1. OBJETO DEL CONTRATO:
1. OBJETO DEL CONTRATO:
OBRA DE LA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA DE TRACCIÓN XX XXXX DE LA LÍNEA 3 DEL F.M.B.
1.1. Expresión de la codificación correspondiente de la nomenclatura de la clasificación nacional de productos por actividades (CPA-2008):
42.22.22
1.2. Número de referencia de la C.P.V (Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento y del Consejo de 5 de noviembre de 2002 modificado por Reglamento (CE) nº 2151/2003 de la Comisión de 16 de diciembre de 2003 y modificado a su vez por Reglamento CE 213/2008 de la Comisión de 28 de noviembre de 2008):
45232221-7.
1.3. Expresión de los documentos del proyecto que revisten carácter contractual:
- “Proyecto Constructivo de la Nueva Subestación Eléctrica de Tracción xx Xxxx de la Línea 3 del F.M.B.” que consta de Memoria, Planos, Pliego de Prescripciones Técnicas, Presupuesto y Estudio de Seguridad y Salud.
- Pliego de Condiciones Generales y su carátula.
1.4. Necesidades administrativas a satisfacer:
Favorecer el transporte público en una zona densamente poblada y promover el desarrollo sostenible de la movilidad.
2. LOTES:
2.1. Existencia de lotes:
No procede la división en lotes.
2.2 Posibilidad de adjudicar el contrato por lotes:
No.
3. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN:
Ente público Euskal Trenbide Sarea.
4. TRAMITACIÓN:
Ordinaria.
5. PROCEDIMIENTO:
Abierto.
6. PRESUPUESTO DEL CONTRATO:
DOS MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO OCHENTA Y SEIS EUROS CON SETENTA Y UN CÉNTIMOS (2.748.186,71 €), IVA excluido.
7. ANUALIDADES:
Año 2016 1.000.000,00 €
Año 2017:..............................................................1.748.186,71 €
8. PLAZO DE EJECUCIÓN:
Se establece un plazo máximo de ejecución de ONCE (11) meses, a contar desde la firma del acta de comprobación del replanteo.
9. PLAZOS DE CUMPLIMIENTO PARCIAL:
No se contemplan.
10. PLAZO PARA LA COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO:
Un mes desde la formalización del contrato.
11. REVISIÓN DE PRECIOS:
No procede
12. LUGAR DONDE SE PUEDE EXAMINAR EL PROYECTO Y DEMÁS DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS:
EUSKAL TRENBIDE SAREA
c/ San Xxxxxxx nº 8. Plantas 14 y 15
XXXXXXXX XXXXX 0 – 00000 XXXXXX
Tfn: 00 000 00 00
Fax: 00 000 00 00
13. FECHA Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: Fecha límite de presentación: 12:00 horas del 00 xx xxxx xx 0000 XXXXXX XXXXXXXX XXXXX
c/ San Xxxxxxx nº 8. Plantas 14 y 15
XXXXXXXX XXXXX 0 – 00000 XXXXXX
Tfn: 00 000 00 00
Fax: 00 000 00 00
13.1. POSIBILIDAD DE ANUNCIAR A TRAVÉS DEL CORREO ELECTRÓNICO EL ENVÍO DE LA OFERTA POR CORREO POSTAL:
No
14. GARANTÍA PROVISIONAL:
Se establece una garantía provisional del 3% del importe de licitación, OCHENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO EUROS CON SESENTA CÉNTIMOS (82.445,60 €), IVA excluido.
15. GARANTÍA DEFINITIVA:
Se establece una garantía definitiva del 5% del importe total de la adjudicación.
16. GARANTÍA COMPLEMENTARIA:
No se contempla.
17. CLASIFICACIÓN O CONDICIONES DE SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA:
Grupo | Subgrupo | Categoría |
I | 4 | E |
18. PORCENTAJE MÁXIMO DE SUBCONTRATACIÓN:
50% del presupuesto del Contrato.
19. PENALIDADES DISTINTAS A LAS ENUMERADAS EN LA NORMATIVA VIGENTE DE CONTRATACIÓN:
No se contemplan.
20. PLAZO DE RECEPCIÓN Y DE GARANTÍA DE LA OBRA:
20.1. Plazo de Recepción:
Dos (2) meses.
20.2. Plazo Garantía:
Doce (12) meses a contar a partir de la recepción de la obra.
21. TRAMITACIÓN URGENTE:
No. Este expediente es de tramitación ordinaria.
22. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
22.1. CRITERIOS QUE HAN DE SERVIR DE BASE PARA LA ADJUDICACIÓN, RELACIONADOS POR ORDEN DECRECIENTE DE IMPORTANCIA Y POR LA PONDERACIÓN QUE SE LES ATRIBUYE:
• CRITERIOS OBJETIVOS
1º.- Propuesta económica formulada, (valoración de 0 a 60 puntos), con los siguientes criterios:
Se valorará este aspecto con el criterio de otorgar los puntos resultantes de la aplicación de las siguientes fórmulas:
• PL = Presupuesto de Licitación
• OB = Oferta más baja
• OM = Media aritmética de las ofertas
• PR = Presupuesto de la oferta
Si el presupuesto de la oferta es mayor o igual a la Media Aritmética de las ofertas recibidas:
PL PR
PL OM
50x
Si el presupuesto de la oferta es menor que la Media Aritmética de las ofertas recibidas:
OM PR
OM OB
50 +10x
• CRITERIOS SUBJETIVOS
2º.- La calidad de la proposición presentada por los licitadores, (valoración de 0 a 24 puntos), con los siguientes criterios:
- Se valorará el estudio exhaustivo del proyecto, comprobando las características técnicas y de funcionamiento propuestas, con referencias concretas a modelos y marcas de aquellos elementos que sean suministrados por terceros (Valoración de 0 a 16 puntos).
- Las soluciones técnicas o constructivas que supongan una mejora respecto a las propuestas, tanto a nivel de calidad en el desarrollo
de ingeniería y fabricación como a nivel de calidad del producto acabado, incluida la calidad ambiental del mismo. (Valoración de 0 a 8 puntos).
3º.- Programación de los trabajos, (valoración de 0 a 16 puntos):
- Se valorará, de acuerdo con lo definido en el punto 23 de esta carátula, la definición y justificación de las diferentes actividades para la ejecución de la obra, así como su coordinación, coherencia y flexibilidad con los trabajos asociados a contratos de obra civil o de otras instalaciones ferroviarias y la afección al servicio y la circulación del ferrocarril en el entorno de la zona de trabajo. (Valoración de 0 a 8 puntos).
- Se valorará la programación de los diferentes procesos de ejecución del contrato, justificada con una mejor ordenación de las actividades y sus rendimientos en base a la maquinaria y equipos auxiliares a utilizar. Se considerará especialmente el plan de envíos a obra y los medios que se disponen, como almacenes, distribución de horarios, transporte, etc., que minimicen los inconvenientes que se produzcan durante las descargas, almacenamiento en obra e interferencias con terceros. (Valoración de 0 a 8 puntos).
22.2. LÍMITES QUE PERMITEN APRECIAR EL CARÁCTER DESPROPORCIONADO O TEMERARIO DE LAS BAJAS EN CUANTO AL PRECIO:
Se considerarán, en principio, desproporcionadas o temerarias las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos:
1. Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
3. Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales.
4. Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
22.3. EN SU CASO, CRITERIOS OBJETIVOS EN FUNCIÓN DE LOS CUALES SE APRECIARÁ EL CARÁCTER DESPROPORCIONADO O
TEMERARIO DE LAS BAJAS RESPECTO A OTROS CRITERIOS QUE NO SEAN EL PRECIO:
No.
22.4. SE OTORGA PREFERENCIA EN LA ADJUDICACIÓN RESPECTO A LAS EMPRESAS QUE TENGAN EN SU PLANTILLA DISCAPACITADOS:
No
23. DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTAR EL LICITADOR JUNTO CON LA PROPOSICIÓN ECONÓMICA EN EL SOBRE "B" AL EFECTO DE ACREDITAR QUE CUMPLE CON LOS CRITERIOS QUE HAN DE SERVIR DE BASE PARA LA ADJUDICACIÓN:
Además de la documentación solicitada en la cláusula 7.3 xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares para cada una de las proposiciones al Proyecto Base y, en su caso, a otras variantes, se incluirá la documentación más abajo mencionada. No es necesario repetir la documentación común a varias proposiciones. Bastará incluirla una sola vez y referirse a ella cuando sea preciso.
SOBRE C “OFERTA TÉCNICA”
1) Descripción técnica de los materiales y equipos presentados en la oferta y sus procesos de fabricación, transporte y montaje.
• Descripción de los materiales y equipos, presentando la relación de todas y cada una de las características técnicas y de funcionamiento de los equipos propuestos, indicando los modelos y marcas de aquellos elementos que sean suministrados por terceros.
Se adjuntarán planos, catálogos y cuanta documentación sea necesaria para una correcta definición de los equipos.
• Memoria técnica, con descripción de la forma y modo en los que se desarrollarán cada uno de los procesos de ejecución del contrato: fabricación, envío a obra, montaje, realización de la documentación y pruebas finales, por cada acceso. Se describirá en particular el plan de envíos de materiales y equipos a obra y los medios que se disponen, como almacenes intermedios, distribución de horarios, transporte, etc. que minimicen los inconvenientes que se produzcan durante las descargas, almacenamiento en obra e interferencias con terceros.
• El licitador podrá incluir, además, en la oferta todos aquellos comentarios, indicaciones, esquemas, etc. que considere oportuno incluir para definir con mayor detalle los equipos ofertados, sus materiales o elementos, su proceso de producción, etc.
• Diseñará y presentará un programa específico de seguimiento del plan de seguridad y salud en todas las fases de la obra, señalando las medidas de control específicas, así como su periodicidad e informes de seguimiento. Definirá y presentará un plan de vigilancia ambiental, en el que se incluyan las variables a controlar, límites admisibles de las mismas (ya sean de carácter normativo o voluntario), y periodicidad de su control.
• Descripción de las soluciones técnicas y constructivas que supongan una mejora respecto a las propuestas, tanto a nivel de calidad en la fabricación como a nivel de producto terminado.
La Administración admitirá tan sólo variantes que, no modificando las dimensiones de los equipos definidos ni su interconexión con el resto, supongan una mejora respecto a las propuestas del Proyecto Base.
Todas las soluciones alternativas o variantes deberán definirse a nivel de proyecto de ejecución y presentarse en la misma forma que el Proyecto Base, conteniendo como mínimo los siguientes conceptos:
a) Memoria con:
- Una descripción completa y concisa de la variación con respecto al Proyecto Base que presente el licitador. De las bases, criterios y experiencias que han regido en su diseño, de forma que la Memoria refleje la totalidad del Estudio, y que de su única lectura se proporcione un conocimiento completo del mismo.
- Justificación detallada de la propuesta. Se realizará una descripción detallada de las bases, criterios y experiencias que han llevado a la presentación de esta alternativa. En el caso de que se basen en ensayos, se adjuntarán estos documentos.
- Principales características de los nuevos equipos.
- Cálculos. Se realizará un estudio de dimensionamiento de todos y cada uno de los nuevos equipos o procesos propuestos, en el caso de que supongan variación con respecto al Proyecto Base.
b) Planos.
De todos aquellos equipos o procesos que sufran variación con lo previsto en el Proyecto Base, se presentarán los planos de conjunto y detalle. Éstos serán los necesarios para que queden definidas todas las obras propuestas así como su situación, dimensiones geométricas, tipo de material, etc. La ordenación de los planos se establecerá según una graduación de lo general a lo particular. Los planos y gráficos de información, estudio o descriptivos se incluirán en el anejo correspondiente a la memoria.
c) Pliegos de Prescripciones Técnicas Particulares.
El licitador asumirá expresamente el Proyecto Base en cuanto a especificaciones de los materiales y elementos propuestos, condiciones que han de reunir, pruebas a que se habrán de someter, normas o reglamentos que han de seguirse y definiciones para la medición y abono de las obras. El licitador contemplará y/o modificará, si procede, el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares solamente en razón de la variante o alternativa presentada.
2) Programación de los trabajos.
Programa de trabajos (actividades – tiempo – presupuesto mensual (Con el fin de preservar el secreto de la oferta, el planning se realizará tomando como base el presupuesto de licitación, sin incluir ninguna referencia que permita conocer la oferta económica del licitador)) propuesto para el desarrollo del contrato, con indicación de caminos críticos, y coherente con el plazo ofertado, que vendrá justificado por:
• Organización del equipo propuesto para su desarrollo, con asignación nominativa de los responsables de cada una de las actividades y grado de dedicación a las mismas. En las actividades que se proponga la realización por empresas subcontratadas, se citará el nombre de éstas y se incluirá carta de compromiso de colaboración de las mismas.
• Talleres de fabricación de los equipos: ubicación, superficie y capacidad de almacenamiento de los equipos fabricados en espera de su transporte a obra.
• Relación de maquinaria y equipos asignados a cada actividad del contrato y método de trabajo.
En el programa de trabajo se integrarán y secuenciarán los programas de cada uno de los equipos incluidos en el contrato. Cada uno de ellos constará como mínimo de las siguientes actividades:
• Acopio de materiales.
• Pruebas en talleres.
• Almacenamiento.
• Fecha más temprana de disponibilidad de área de instalación (hito).
• Transporte a obra.
• Montaje.
• Pruebas locales.
• Pruebas generales.
3) Proforma de seguro.
Incluyendo el compromiso explícito de cumplimiento del Anexo de Seguros y, en particular, la aceptación de los límites máximos. En el caso de incluirse franquicias en determinados supuestos deberán especificarse en cada capítulo. El licitador podrá proponer mejoras en las cláusulas y coberturas de la póliza con respecto a los mínimos marcados en el Anexo de Seguros, y que resulten de interés para ETS, y disminuciones en la cuantía de las franquicias.
SOBRE B “OFERTA ECONÓMICA”
1. Tanto para ofertas sobre la Solución Base, como para cada una de las variantes ofertadas, el licitador aportará Cuadros de Precios Unitarios, Presupuesto de ejecución material y Presupuesto de ejecución por contrata:
a) Relación de precios unitarios de ejecución material de todas y cada una de las unidades de obra que componen el proyecto, redactados en letra, y teniendo en cuenta que a los precios de ejecución material se les añadirá el porcentaje de gastos generales (13%) y un 6% del beneficio industrial. El licitador ofertará las partidas alzadas de abono íntegro a los precios que él mismo decida. Las partidas alzadas a justificar, si las hubiere, serán objeto de liquidación y el licitador ofertará la misma cantidad que figure en el proyecto.
Así mismo, se recuerda que el capítulo del presupuesto correspondiente a Seguridad y Salud no puede ser objeto de baja según la legislación vigente; si fuera objeto de baja por parte de algún licitador, su oferta será excluida.
b) Presupuesto de ejecución material, constituido por el resultado de aplicar a las mediciones del proyecto los precios unitarios ofertados por el licitador.
c) Presupuesto de ejecución por contrata, obtenido adicionando al presupuesto de ejecución material el porcentaje correspondiente de gastos generales (13%) y el beneficio industrial (6%), e incrementando dicha suma en el tipo correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido que grave la ejecución del contrato.
2. Todas las soluciones alternativas o variantes deberán definirse a nivel de proyecto de ejecución y presentarse en la misma forma que el Proyecto Base, conteniendo como mínimo los siguientes conceptos:
d) Presupuesto, con:
- Mediciones. Se incluirán todas y cada una de las mediciones de la variante contemplada. El licitador incluirá un compromiso de límite de mediciones de las unidades más representativas que no podrá sobrepasarse, o si lo fuere tendrá un tratamiento económico determinado a priori por el contratista en su oferta. Si el contratista no lo hiciere se entenderá que el coeficiente a aplicar será 0,90 a todas las mediciones que superen las de su oferta.
- Justificación de Precios Unitarios de aquellas unidades introducidas para la definición de la variante, que no figuren en el cuadro de precios del Proyecto Base.
24. VARIANTES O ALTERNATIVAS QUE PUEDE PRESENTAR EL LICITADOR EN EL SOBRE "B" AL OBJETO DE MEJORAR LA DEFINICIÓN DE LA PRESTACIÓN APROBADA POR LA ADMINISTRACIÓN:
- Número máximo: No limitado.
- Requisitos y modalidades:
• No serán admitidas variantes o soluciones alternativas con un presupuesto superior al formulado en el punto 6 de esta Carátula.
• No se admitirá variante alguna de aquellos licitadores que no presenten proposición sobre el Proyecto Base aprobado por la Administración.
• Las variantes que libremente decida proponer el licitador deberán incluir un compromiso de aseguramiento del costo, basado en una fórmula matemática sencilla, aplicable a los precios de los posibles incrementos de mediciones sobre las ofertadas por el licitador.
25. COSTE DE LOS ENSAYOS Y ANÁLISIS DE LOS MATERIALES Y UNIDADES DE OBRA ORDENADOS POR LA DIRECCIÓN:
Serán por cuenta del contratista todos los análisis y ensayos que están definidos por los Pliegos de Condiciones del proyecto, así como los que determinan las normas y legislación vigente para justificar la calidad de los materiales y de las obras ejecutadas. Además, serán por cuenta del contratista los análisis y ensayos que determine el Director de la Obra, con objeto de contrastar la idoneidad de los análisis y ensayos preceptivos citados en el párrafo anterior, con el límite para estos últimos del 1% de la cifra de contratación. Por encima de este porcentaje los análisis y ensayos exigidos por el Director de la Obra serán a cuenta de ETS.
26. SUPUESTOS EN QUE, EN SU CASO, LOS INCUMPLIMIENTOS DE CARÁCTER PARCIAL SERÁN CAUSA DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO:
No se contemplan.
27. IMPORTE DE LOS GASTOS DE PUBLICIDAD:
Serán a cargo del adjudicatario.
28. DERECHOS Y OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATO:
Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla.
El uso de ambas lenguas oficiales constituye una condición de ejecución del contrato y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato.