Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS QUE HABRÁ DE REGIR LA LICITACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD, PARA LA CONTRATACIÓN DE LA CESIÓN Ó ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS CON CONDUCTOR PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE REGULAR DE VIAJEROS EN AUTOMÓVILES DE TURISMO (SERVICIO DE TAXIBÚS A DEMANDA) EN LOS XXXXXXX XX XXXX Y ULIA DE DONOSTIA / SAN XXXXXXXXX
1. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del contrato lo constituye la cesión o arrendamiento de vehículos turismo con conductor con licencias/autorizaciones de auto-taxi o autorizaciones para la actividad de arrendamiento de vehículo con conductor.
Esos vehículos con conductor prestarán el servicio de transporte de viajeros en taxi o en vehículo con conductor, a demanda, en los xxxxxxx xx Xxxx y Ulia de Donostia / San Xxxxxxxxx, con arreglo a lo previsto en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
En concreto, el contratista deberá ceder los vehículos con conductor para la prestación del servicio de transporte de viajeros en vehículo turismo, previa reserva por parte de los usuarios, en el recorrido indicado en la Cláusula 2ª xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
Sin perjuicio de que el servicio pueda ser prestado por taxi o por vehículo con conductor, a los efectos del presente Pliego y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, el servicio de denominará “servicio de taxibús”.
La reserva por parte de los usuarios del servicio se realizará en la forma descrita en la Cláusula 3ª xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
Como norma general, este servicio estará sujeto al Reglamento de Transporte Urbano de Donostia – San Xxxxxxxxx.
2. ENTIDAD CONTRATANTE Y ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
La entidad contratante es la sociedad COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U. (en adelante, CTSS).
El Órgano de Contratación es el Director Gerente de CTSS o quien ostente facultades suficientes al efecto.
3. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El contrato se adjudicará mediante procedimiento negociado con publicidad.
El procedimiento tendrá por objeto la selección del empresario que presente la oferta económicamente más ventajosa, tras efectuar la correspondiente negociación con los licitadores participantes.
Dicha negociación versará sobre los aspectos económicos y técnicos indicados en la Cláusula 14ª del presente Xxxxxx.
4. VARIANTES
No se admiten.
5. DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL
Tienen carácter contractual, además del correspondiente contrato que se formalice con ocasión de la adjudicación realizada, el presente Pliego de Cláusulas Económico- Administrativas, el Pliego de Prescripciones Técnicas y la oferta final que presente el adjudicatario del contrato.
Dichos documentos habrán de ser firmados por el adjudicatario en prueba de conformidad con los mismos, en el acto de formalización del contrato.
6. DURACIÓN DEL CONTRATO
El inicio de la vigencia del contrato tendrá lugar desde el 1 xx xxxxx del 2018 y su duración será de 6 meses a contar desde dicho momento. Pudiendo prorrogarse en 6 meses, mensualmente, mediando notificación fehaciente por parte de CTSS una semana antes de la finalización del mes en curso, y quedando obligado el contratista al cumplimiento del contrato y xxx Xxxxxx que rige el mismo durante su vigencia, prórrogas incluidas.
7. PRECIOS UNITARIOS MÁXIMOS DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
Los licitadores deberán indicar en su proposición económica los precios unitarios por trayecto efectivamente realizado en ejecución del contrato.
El IVA a soportar por CTSS se indicará por el licitador como partida independiente en su proposición.
Por trayecto se entenderá el recorrido que realice, en ejecución de los servicios de taxibús, un vehículo desde que sale para recoger al/a lo/s usuario/s hasta que le/s transporta hasta su destino, independientemente del número de usuarios que hagan uso del servicio de taxibús en cada trayecto y del número de paradas efectivamente realizadas.
Sin perjuicio del trayecto efectivamente realizado, se establecen los siguientes precios unitarios máximos de licitación (IVA incluido), según si el punto de recogida/destino se sitúa entre el Paseo Colón nº 21 y el Xxxxx xx Xxxx 00 o entre el Xxxxx Xxxxx 00 y el Albergue de Ulia, siendo estos precios unitarios máximos los siguientes:
a) Para días laborables (sábados incluidos):
a. Precio máximo para vehículos de 5 plazas (1 plaza para el conductor y 4 plazas para los usuarios)
- Trayecto Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00 - Xxxxx xx Xxxx 00 - Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00: 13,75 €/trayecto ida o vuelta. (IVA incluido)
- Trayecto Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00 - Xxxxxxxx xx Xxxx - Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00: 16,05 €/ trayecto ida o vuelta. (IVA incluido)
b. Precio máximo para vehículos de 8 plazas (1 plaza para el conductor y 7 plazas para los usuarios)
- Trayecto Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00 - Xxxxx xx Xxxx 00 - Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00: 14,80 €/ trayecto ida o vuelta. (IVA incluido)
- Trayecto Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00 - Xxxxxxxx xx Xxxx - Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00: 17,10 €/ trayecto ida o vuelta. (IVA incluido)
b) Para días festivos:
a. Precio máximo para vehículos de 5 plazas (1 plaza para el conductor y 4 plazas para los usuarios)
- Trayecto Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00 - Xxxxx xx Xxxx 00 - Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00: 16,60 €/ trayecto ida o vuelta. (IVA incluido)
- Trayecto Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00 - Xxxxxxxx xx Xxxx - Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00: 18,20 €/ trayecto ida o vuelta. (IVA incluido)
b. Precio máximo para vehículos de 8 plazas (1 plaza para el conductor y 7 plazas para los usuarios)
- Trayecto Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00 - Xxxxx xx Xxxx 00 - Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00: 17,60 €/ trayecto ida o vuelta. (IVA incluido)
- Trayecto Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00 - Xxxxxxxx xx Xxxx - Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00: 19,20 €/ trayecto ida o vuelta. (IVA incluido)
Los días laborables (sábados incluidos) y festivos, se determinarán de acuerdo a la Resolución del Calendario de Fiestas locales del Territorio de Gipuzkoa publicado en el Boletín Oficial de Gipuzkoa para cada año.
Dichos precios unitarios máximos podrán ser reducidos por los licitadores en sus proposiciones, sin que en ningún caso puedan ofertarse precios superiores.
Se entenderán comprendidos en los precios unitarios ofertados por los licitadores cualesquiera conceptos inherentes a la prestación de los servicios y todos los gastos relativos al personal empleado para la prestación de los mismos (a saber, salarios y Seguridad Social, vacaciones y pagas extraordinarias, trabajos en hora nocturna y festivos, sustituciones por baja o enfermedad, seguros de accidentes, etc.), así como todos los tributos (con excepción del IVA), seguros, licencias, autorizaciones y gastos generales.
Se entenderán, asimismo, comprendidos en los precios unitarios ofertados por los licitadores cualesquiera medios, herramientas, vehículos, equipos, equipos informáticos y aparatos que requiera emplear el contratista en la prestación de los servicios.
El valor estimado total del contrato, a los efectos de lo previsto en el artículo 88 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP), es de NOVENTA Y NUEVE MIL (99.000) euros (IVA excluido).
Dicho valor estimado ha sido calculado conforme a lo dispuesto en el artículo 88. 5.a) del TRLCSP, esto es, atendiendo al valor real de los contratos similares adjudicados durante los doce meses previos, y computado por todo el tiempo de duración del
contrato, es decir, un seis meses de duración inicial, más otros 6 meses de eventuales prórrogas mensuales.
8. FORMA DE PAGO
El precio se abonará mensualmente, previa presentación de la correspondiente factura por el adjudicatario.
El importe a abonar al contratista por los servicios prestados en un mes será el que resulte de aplicar al número de vehículos efectivamente utilizados en el mes en cuestión, el correspondiente precio unitario por vehículo, trayecto y día ofertado por el contratista (IVA incluido) y descontando, posteriormente, los siguientes conceptos:
1. El importe que el contratista haya cobrado en metálico directamente a los usuarios de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 7ª, xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
2. La CTSS no abonará al contratista, el precio por el número de vehículos adicionales enviados en el mes en cuestión, por no enviar vehículos de 8 plazas (1 plaza para el conductor y 7 plazas para los usuarios), de acuerdo al siguiente cálculo:
a: Nº de vehículos que se han enviado en total en el mes en cuestión.
b: Nº vehículos de más enviados en el mes en cuestión. Suma del Nº de vehículos de más enviados a realizar un servicio (horario de salida ofertado del taxibus desde parada inicial o final) el mes en cuestión, cuando ese servicio podía haberse realizado con menos vehículos en caso de utilizar vehículos de 8 plazas (1 plaza para el conductor y 7 plazas para los usuarios).
c: Porcentaje del número de vehículos de más enviados en el mes en cuestión, respecto al número de vehículos totales enviados: (b/a)*100
Cuando “c” sea mayor que el porcentaje del 5%, no se abonará el precio ofertado por el número de vehículos de más enviados a partir de ese porcentaje:
d: Nº de vehículos enviados el mes en cuestión, que se descontarán de la factura: b-(5%*b)
El contratista deberá emitir la factura mensual detallada, en un máximo de 5 días hábiles una vez haya recibido el visto bueno de los datos por parte de Xxxx, con la información que se indica a continuación:
- Desglose de todos y cada uno de los vehículos enviados para cada uno de los servicios (horario de salida ofertado del taxibus desde parada inicial o final) por día, tipo trayecto y el precio unitario por tipo de vehículo, día y trayecto adjudicado.
El precio unitario de los vehículos identificados como de más, no se facturará.
Los vehículos de más serán contrastados junto con Dbus, antes de emitir la factura. Ver punto 4 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
- El importe total de la factura, será la suma de los precios unitarios anteriormente indicados.
- Informativamente, en la última página de la factura se deberá indicar los siguientes datos:
o Nº de viajes pagados en metálico
o Importe recaudado por la venta de billetes en metálico, incluidos los billetes a precio ordinario no emitidos. (este importe se descontará del total de la factura)
o Nº de vehículos de más enviados
Todos los datos arriba indicados, serán contrastados junto con Xxxx, en la información recibida de cada día. Ver Pliego punto 7 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
El precio final por los servicios prestados (Importe de la factura tras descontar los billetes en metálico) se abonará por CTSS en el plazo de 30 días desde la finalización del mes a que corresponda los servicios, siempre que la factura haya sido emitida en el plazo señalado en el párrafo anterior y cuente con el visto bueno de CTSS.
No procederá el abono de ningún trabajo o servicio que se hubiera prestado fuera del objeto contractual previsto en el presente Pliego de Cláusulas Económico- Administrativas y en el Pliego de Prescripciones Técnicas o que, en su caso, no hubiera sido previamente requerido de modo expreso por CTSS.
9. REVISIÓN DE LOS PRECIOS UNITARIOS
No procederá la revisión de los precios unitarios.
10. GARANTÍA
El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva de 4.950 euros.
El licitador que hubiere presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá constituir la citada garantía en el plazo xx xxxx días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que reciba el requerimiento efectuado por CTSS.
Podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del TRLCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación.
En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I.
La acreditación de la constitución de la garantía no podrá hacerse mediante medios electrónicos.
La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales.
En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalizaciones o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación.
En lo no previsto en el presente Pliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 95 y siguientes del TRLCSP.
11. CONDICIONES DE APTITUD
A los efectos del presente procedimiento, únicamente podrán contratar con CTSS las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibición de contratar y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional.
Los licitadores deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituye el objeto del contrato.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Tendrán capacidad para contratar con CTSS, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP.
Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen con dicho requisito.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
Podrán contratar con CTSS las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP.
Los licitadores deberán acreditar estar en posesión de la siguiente solvencia económica y financiera y técnica o profesional:
- Tener un volumen de negocios, en el ámbito de la prestación de servicios de transporte de viajeros en taxi o de alquiler de vehículos con conductor de, al menos, 198.000 euros, en el conjunto de los tres últimos ejercicios cerrados.
Se requerirá, asimismo, el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato, en caso de resultar adjudicatario del mismo, como mínimo, los medios humanos y materiales siguientes:
- 10 vehículos de, al menos, 5 plazas (1 plaza para el conductor y 4 plazas para los usuarios), cuya antigüedad desde su fecha de matriculación no sea superior a 6 años.
- 2 vehículos de, al menos, 8 plazas (1 plaza para el conductor y 7 plazas para los usuarios), cuya antigüedad desde su fecha de matriculación no sea superior a 6 años y adaptados al transporte de personas con movilidad reducida en silla.
Adicionalmente, cinco vehículos de, al menos, 5 plazas (1 plaza para el conductor y 4 plazas para los usuarios), cuya antigüedad desde su fecha de matriculación no sea superior a 6 años y adaptados al transporte de personas con movilidad reducida, en aras a garantizar un servicio óptimo y ante la posibilidad de que alguno de los vehículos que esté prestando un concreto servicio sufra alguna incidencia o avería o el número de reservas sea superior a la capacidad de los diez vehículos adscritos con carácter mínimo. La efectiva adscripción de dichos vehículos deberá producirse en el plazo máximo de 30 minutos desde que se produzca la situación de necesidad (incidencias, averías o mayor demanda).
- Diez conductores que deberán contar, como mínimo, con una antigüedad de permiso de conducir de 3 años y una experiencia en la conducción de vehículos destinados a la prestación de servicios de transporte de viajeros en automóviles turismo de 2 años. Adicionalmente, los conductores deberán tener conocimiento de euskera y castellano (nivel intermedio), suficiente para dar cumplimiento a lo previsto en la Cláusula 10ª xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
Adicionalmente, cinco conductores, con las mismas características mínimas descritas en el párrafo anterior, a fin de dar cobertura a las situaciones de necesidad (incidencias, averías o mayor demanda) previstas en el párrafo xxxxxxx xxx xxxxx anterior.
Dicho compromiso tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP, siendo por tanto el incumplimiento de la misma causa de resolución del contrato, a voluntad de CTSS.
Para acreditar la solvencia antedicha necesaria para celebrar el contrato y/o el compromiso de adscripción de determinados medios humanos y materiales mínimos, asimismo antedichos, los licitadores que pretendan basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, deberán declararlo así en la declaración a incluir en el Sobre 1, que se ajustará al modelo del Anexo II. Adicionalmente, el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá aportar (en la forma prevista en la Cláusula 15ª y según modelo contenido en el Anexo III) escrito otorgado ante Notario, en el que la empresa implicada manifieste: que conoce en todo su alcance las condiciones de la licitación al que concurre el licitador; que ostenta la referida
xxxxxxxxx, aportando documento acreditativo de ello (en la forma prevista en la Cláusula 15ª); y manifieste su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios necesarios para la ejecución del contrato (con aceptación expresa de lo dispuesto en el artículo 1257.2 del Código Civil, debiendo autorizarse expresamente por la Administración su sustitución o modificación). La presentación de dicho escrito tendrá los efectos de aceptación de dicho compromiso por la CTSS, para el supuesto de que el licitador en cuestión resulte adjudicatario.
El licitador que hubiere presentado la oferta económicamente más ventajosa, deberá acreditar ante el Órgano de Contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en la Cláusula 15ª, que acrediten la concurrencia de las condiciones establecidas legalmente para contratar con CTSS, y la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos en la presente Cláusula, a fecha de finalización del plazo de presentación de las proposiciones. Tal acreditación se verificará en la forma establecida en la referida Cláusula 15ª.
En todo caso, el Órgano de Contratación podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten la documentación señalada en la referida Cláusula 15ª.
12. PUBLICIDAD
La presente licitación se publicará en el perfil de contratante de la CTSS.
Asimismo, la adjudicación del contrato se publicará en el perfil de contratante de la CTSS.
El acceso a dicho perfil se podrá realizar a través de la página web de la Plataforma de Contratación Pública de Euskadi (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx).
13. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN
La presentación de ofertas presupone la aceptación incondicional por el empresario de la totalidad del presente Xxxxxx y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, sin salvedad alguna. A dichos efectos, las prescripciones contenidas en Pliego de Prescripciones Técnicas se considerarán requisitos técnicos imperativos.
Para participar en la presente licitación, las empresas deberán presentar en mano, en las oficinas de la CTSS (sitas en X/Xxxxxxxx Xxxxxxx, xx 0 xx Xxxxxxxx / Xxx Xxxxxxxxx), en horario de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, y hasta el viernes día 23 xx xxxxx del 2018, tres sobres cerrados, con la documentación que luego se
señalará, indicando en los mismos, la denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la oferta y el carácter con que lo hace, números de teléfono y de fax y dirección de correo electrónico, todo ello de forma legible.
En cada sobre figurará la inscripción: “Oferta para tomar parte en la licitación, mediante procedimiento negociado con publicidad, para la contratación de la cesión o arrendamiento de vehículos con conductor para la prestación del servicio de transporte regular de viajeros en automóviles turismo; servicio de taxibús a demanda en los xxxxxxx xx Xxxx y Ulia de Donostia / San Xxxxxxxxx”.
En el caso de que el licitador envíe su proposición por correo, deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar a CTSS la remisión de la oferta mediante télex, fax (al número siguiente: 943-000201) o telegrama en el mismo día. También podrá anunciarse por correo electrónico (a la dirección siguiente: xxxxxxxxx@xxxx.xx). El envío del anuncio por correo electrónico sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones, y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. En este supuesto, se procederá a la obtención de copia impresa y a su registro, que se incorporará al expediente.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado en la invitación.
Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
Cada uno de los sobres constará de los documentos que se indican a continuación:
Sobre 1: "Aptitud para contratar y solvencia"
Los licitadores deberán presentar un sobre relativo a la aptitud para contratar. El sobre contendrá los documentos siguientes:
a) Relación numerada, en hoja independiente, de la documentación aportada en el sobre, así como indicación de los números de teléfono y de fax, y dirección de correo electrónico, y el medio preferente para la recepción de notificaciones, que se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo IV. Todo ello de forma legible.
b) Declaración responsable del licitador, ajustada al modelo del Anexo II, indicando que cumple con todas las condiciones establecidas legalmente para contratar con CTSS y con todos los requisitos de capacidad y solvencia exigidos en la Cláusula 11ª del presente Xxxxxx.
Asimismo, dicho documento deberá incluir la declaración de aceptación voluntaria del licitador de dar transparencia institucional a todos los datos derivados del proceso de licitación, adjudicación y ejecución (para el caso de resultar adjudicatario) hasta su finalización.
En el caso de las empresas extranjeras, se incluirá en la referida declaración responsable, en la forma prevista en el referido Anexo II, la mención expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
Asimismo, en el caso de que el licitador perteneciera al mismo grupo empresarial que otro/s licitador/es (entendiendo por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio), en la declaración a que hace referencia este apartado 2 se incluirá dicha circunstancia, identificando al/a los otro/s licitador/es del grupo, en la forma prevista en el referido Anexo II.
c) En el caso de que varios empresarios deseen concurrir a la licitación integrados en una unión temporal, la declaración a que se refiere el apartado 2 anterior deberá ser presentada por todos y cada uno de los que vayan a integrarla.
Adicionalmente, deberán presentar un documento privado, firmado por todos ellos, indicando los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios y de designar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo.
d) Compromiso (según modelo contenido en el Anexo V) de adscribir a la ejecución del contrato, en caso de resultar adjudicatario del mismo, como mínimo los medios humanos y materiales referidos en la Cláusula 11ª del presente Pliego.
En el caso de que dichos medios humanos correspondan a otra empresa, habrá de indicarse así e identificar la empresa a la que correspondan, adicionalmente a la declaración a efectuar en el Anexo II.
Este compromiso tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP, siendo por tanto el incumplimiento de la misma causa de resolución del contrato, a voluntad de CTSS.
Nota 1: CTSS se reserva el derecho a realizar las labores de comprobación que considere oportunas o de exigir cuanta documentación adicional entienda necesaria
con la finalidad de comprobar la veracidad de la información aportada por los licitadores en los apartados anteriores.
Nota 2: La documentación que presenten estas empresas estará traducida de forma oficial al castellano o al euskera, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RD 1098/2001).
Sobre 2: "Propuesta técnica"
a) Memoria técnica comprensiva de los extremos siguientes:
- Organización del servicio. (Definición equipo humano para la prestación del servicio, operativa de recogida y entrega de máquinas y carteles, descarga y envío de datos, etc.)
- Sistemas de localización y comunicación.
- Totales medios humanos y materiales a adscribir a la ejecución del contrato, incluso con carácter adicional a los mínimos exigidos conforme a la Cláusula 11ª del presente Pliego. En relación con aquellos vehículos y conductores que, en su caso, se adscriban con carácter adicional al mínimo previsto en la Cláusula 11ª y, en consecuencia, cuya documentación no se haya incluido en el Sobre 1, una declaración sobre el número de vehículos y conductores adicionales adscritos y las respetivas fichas técnicas de los vehículos (indicándose la antigüedad, datos de matriculación y características de los mismos).
- Servicio de atención al usuario.
b) Mejoras.
- Se valorará la capacidad que tenga el licitador para atender reservas superiores a 4 usuarios con el mínimo de vehículos posibles. Para ello, el licitador deberá proporcionar información sobre el número de vehículos adicionales de capacidad de 8 plazas (1 plaza para el conductor y 7 plazas para los usuarios) que adscribirían a la ejecución del contrato. Estos vehículos deberán tener una antigüedad desde su fecha de matriculación no superior a 6 años y estar adaptados al transporte de personas con movilidad reducida en silla.
CTSS se reserva el derecho a realizar las labores de comprobación que considere oportunas o de exigir cuanta documentación adicional entienda necesaria con la finalidad de comprobar la veracidad de la información aportada por los licitadores.
A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 3/2016, de 7 xx xxxxx, para la inclusión de determinadas cláusulas sociales en la contratación pública, se advierte de que el contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes y que resulten de aplicación en materia laboral, de Seguridad Social y seguridad y salud en el trabajo.
En ese contexto, en la Propuesta Técnica prevista en este apartado los licitadores indicarán el convenio colectivo que será de aplicación a los trabajadores que realicen la actividad objeto del contrato, en el caso de resultar adjudicatarios.
Sobre 3: "Proposición económica"
Los licitadores deberán presentar su proposición económica conforme al modelo que se acompaña como Anexo VI al presente Xxxxxx.
14. FASE DE NEGOCIACIÓN
El personal técnico de CTSS calificará los documentos presentados en tiempo y forma y, si observare defectos u omisiones subsanables, concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane dichos defectos u omisiones.
Subsanados, en su caso, los defectos u omisiones observados en la documentación presentada, y comprobada la personalidad y solvencia de los ofertantes, se abrirá la fase de negociación, que versará sobre los siguientes aspectos económicos y técnicos:
- Precios unitarios ofertados.
- Memoria técnica comprensiva de los aspectos enumerados en la Cláusula 13ª anterior (incluidos los medios humanos y materiales adscritos con carácter adicional al mínimo exigido en la Cláusula 11ª).
- Mejoras, que versarán sobre los aspectos enumerados en la Cláusula 13ª anterior.
Durante la negociación, el Órgano de Contratación velará para que todos los participantes en el procedimiento reciban igual trato. En particular, no facilitará, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados licitadores con respecto al resto.
Terminada la negociación, los participantes que hayan cambiado de postura como consecuencia de aquélla, deberán remitir a la CTSS su oferta final para que se proceda a la identificación y selección de la oferta económicamente más ventajosa.
15. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
A la vista de las ofertas presentadas y realizadas y concluidas, en su caso, las oportunas negociaciones con los participantes, el expediente será estudiado por el personal técnico de la CTSS, que elevará al Órgano de Contratación la relación de proposiciones presentadas, clasificadas por orden decreciente, e identificará la oferta económicamente más ventajosa.
La identificación por parte del personal técnico de la proposición económicamente más ventajosa no genera derecho alguno a favor del licitador frente a la CTSS.
El Órgano de Contratación, como regla general, deberá ajustarse a la propuesta realizada por el personal técnico. En caso contrario, deberá motivar su decisión de separarse de la propuesta, procediendo a realizar, en su caso, la clasificación definitiva de las ofertas.
El Órgano de Contratación requerirá al licitador que hubiere presentado la oferta económicamente más ventajosa para que aporte, en el plazo xx xxxx días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que reciba dicho requerimiento, la siguiente documentación:
a) Documentación justificativa de cumplir, a fecha de finalización del plazo de presentación de las proposiciones, todas las condiciones establecidas legalmente para contratar con CTSS, y todos los requisitos de capacidad y solvencia exigidos en la Cláusula 11ª del presente Pliego, en la forma indicada a continuación. En el supuesto de que la propuesta se hubiera formulado por empresarios que pretenden concurrir integrados en una unión temporal, la referida documentación debe referirse a la totalidad de las empresas que la han de integrar:
1. Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad de obrar del empresario y, en su caso, la de su representante:
- La capacidad de obrar de los empresarios que fuesen personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los Estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
- La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el Registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
- La capacidad de obrar de los restantes empresarios extranjeros se acreditará mediante informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
- La capacidad de obrar de los empresarios que fuesen personas físicas se acreditará mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad, o equivalente de su Estado respectivo.
- Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia del Documento Nacional de Identidad, así como poder bastante al efecto. Si la representada fuera persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando así se exija conforme a lo previsto en el artículo 94 del Reglamento del Registro Mercantil o, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate.
Los licitadores podrán presentar los documentos exigidos mediante originales o mediante copias de los mismos, debidamente compulsados o autenticados.
Aquellos licitadores que se encuentren inscritos en el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi o en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, podrán presentar copia del certificado vigente de inscripción expedido por el letrado responsable del Registro en sustitución de la documentación requerida en el presente apartado 1). El certificado de inscripción deberá acompañarse de una declaración responsable firmada por el licitador en virtud de la cual manifieste que las circunstancias reflejadas en el documento no han variado.
2. Declaración responsable ajustada al modelo del Anexo VII de no estar incurso el licitador en ninguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 60.1 del TRLCSP.
3. Justificante acreditativo de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Se deberá acreditar estar dado de alta en el I.A.E., en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato, mediante la prestación del alta, si se refiere al ejercicio corriente, o del último recibo del I.A.E., en los restantes supuestos. En todo caso, se deberá acompañar de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del referido impuesto ajustada al modelo del Anexo VIII.
4. Justificantes acreditativos de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional del empresario con arreglo a lo previsto en la Cláusula 11ª.
La solvencia económica y financiera y técnica o profesional del empresario se acreditará a través de los medios siguientes:
- Declaración sobre volumen de negocios, en el conjunto de los tres últimos ejercicios cerrados, en el ámbito de la prestación de servicios de transporte de viajeros en taxi o en el de la actividad de alquiler de vehículos con conductor.
En el caso de que se pretenda integrar dicha solvencia con la de otra entidad, dicha acreditación deberá referirse asimismo a la de dicha entidad.
CTSS se reserva el derecho a realizar las labores de comprobación que considere oportunas o de exigir cuanta documentación adicional entienda necesaria con la finalidad de comprobar la veracidad de la información aportada por los licitadores.
En relación con los medios señalados, los requisitos mínimos de solvencia económica y financiera y técnica o profesional que habrán de reunir los licitadores para este contrato serán los indicados en la Cláusula 11ª.
5. En su caso, Acta notarial de manifestaciones para el supuesto de que el licitador, para acreditar la solvencia exigida o cumplir el compromiso de adscripción de determinados medios, pretenda basarse en la solvencia y los medios de otras entidades, según modelo contenido en el Anexo III.
6. Documentación acreditativa de la efectiva disposición de los medios humanos y materiales comprometidos para la ejecución del contrato.
- Respecto de los medios humanos mínimos comprometidos para su adscripción a la ejecución del contrato, el licitador seleccionado deberá aportar la siguiente documentación:
Identificación nominal del total equipo adscrito a la ejecución del contrato, junto la copia del permiso de conducir y los años de experiencia de conducción y, el conocimiento del nivel intermedio exigido de euskera y castellano.
Documentación acreditativa de la efectiva disposición de la totalidad de dichos medios humanos, ajustada al modelo del Anexo IX.
Se hace constar que, de conformidad con lo previsto en la normativa aplicable en materia de protección de datos y atendida la naturaleza de la información comprendida en la aludida documentación referente a los medios humanos, (i) su recopilación y uso supondrán un tratamiento de datos realizado por el licitador seleccionado, como Responsable del Tratamiento; y (ii) su entrega a la CTSS en cumplimiento de lo previsto en la presente Cláusula supondrá una comunicación de datos realizada por éste, como cedente.
A estos efectos, el licitador seleccionado deberá cumplir con las obligaciones que para él se deriven de lo dispuesto en la normativa aplicable en materia de protección de datos en relación con el tratamiento y comunicación de datos aludidos en el párrafo anterior. En particular, y sin perjuicio de cualesquiera otras obligaciones que, como Responsable del Tratamiento le corresponda observar, dicho licitador deberá obtener, bajo su exclusiva responsabilidad, el consentimiento informado de los interesados que habilite la antedicha comunicación de datos, extremo éste que deberá acreditar debidamente ante la CTSS cuando sea requerido para ello.
Respecto a los vehículos:
Deberá aportarse la ficha técnica de cada vehículo que se adscribirá, en caso de resultar adjudicatario, a la ejecución del contrato, indicándose la antigüedad, datos de matriculación del mismo y características de los mismos.
CTSS se reserva el derecho a realizar las labores de comprobación que considere oportunas o de exigir cuanta documentación adicional entienda necesaria con la finalidad de comprobar la veracidad de la información aportada por los licitadores.
7. Copia, en su caso, de la escritura pública de constitución en unión temporal de empresas.
Nota: CTSS se reserva el derecho a realizar las labores de comprobación que considere oportunas o de exigir cuanta documentación adicional entienda necesaria con la finalidad de comprobar la veracidad de la información aportada por los licitadores.
Nota: Si CTSS observara defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se concederá un plazo máximo de tres días hábiles para dicha subsanación.
Nota: La documentación que presenten las empresas extranjeras estará traducida de forma oficial al castellano o al euskera, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 del RD 1098/2001.
b) Justificante acreditativo de haber constituido la garantía definitiva prevista en la Cláusula 10ª.
c) Copia de la póliza de seguro, en los términos previstos en la Cláusula 21ª del presente Pliego.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El Órgano de Contratación acordará la adjudicación del contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la referida documentación, y en el plazo máximo de dos meses a contar desde el día de la apertura de las proposiciones.
La adjudicación se acordará por el Órgano de Contratación en resolución motivada, será notificada a los licitadores, mediante el medio preferente indicado por ellos en su propuesta y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato.
16. PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se perfeccionará mediante su formalización.
El contrato se formalizará en documento privado dentro del plazo máximo de quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación por los licitadores y el adjudicatario.
El adjudicatario podrá solicitar, no obstante, la elevación del contrato a escritura pública. En este caso, los gastos de formalización serán de su cuenta.
Cuando, por causas imputables al contratista, no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, CTSS podrá requerir al siguiente licitador, según el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas, la documentación exigida en la Cláusula 15ª xxx Xxxxxx, concediéndosele un plazo xx xxxx días hábiles para presentar la misma.
17. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se ejecutará con arreglo a las siguientes condiciones:
- El contrato se ejecutará según sus términos y condiciones, según el presente Xxxxxx, el Pliego de Prescripciones Técnicas y la oferta presentada por el contratista y conforme a las instrucciones que, en interpretación técnica del contrato, diera CTSS al contratista.
- El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
- El contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes y que resulten de aplicación en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo.
En este contexto, en la Propuesta Técnica exigida en la Cláusula 13ª del presente Pliego los licitadores indicaran el convenio colectivo que será de aplicación a los trabajadores que realicen la actividad objeto del contrato, en el caso de resultar adjudicatarios. La información sobre el convenio colectivo que la empresa adjudicataria declare aplicable a los trabajadores que realicen la actividad objeto del contrato se incluirá en la resolución de adjudicación y se publicará en el perfil de contratante.
Adicionalmente, el adjudicatario estará obligado a facilitar cuanta información se requiera sobre las condiciones de trabajo que, una vez adjudicado el contrato, se apliquen efectivamente a esos trabajadores.
El adjudicatario deberá, a lo largo de toda la ejecución del contrato, abonar el salario recogido en el convenio colectivo de aplicación según la categoría profesional le corresponda a la persona trabajadora, sin que en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquél.
Lo dispuesto en el presente apartado tiene el carácter de condición especial de ejecución y obligación esencial a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP, siendo por tanto cualquier incumplimiento de la misma causa de resolución del contrato, a voluntad de CTSS.
- CTSS podrá controlar, verificar, supervisar e inspeccionar, en cualquier momento y por cualesquiera medios, el correcto cumplimiento de las obligaciones contractuales y la adecuada ejecución de las mismas.
El contratista no podrá obstaculizar en ningún caso las labores de inspección y control ejercidas desde CTSS.
- El contratista quedará obligado a prestar el servicio con las máximas garantías, procurando entre su personal una actitud profesional y orientada al usuario.
- Durante la prestación del servicio los vehículos deberán ir provistos de una placa con la siguiente distinción: “TB6-ULIA”.
- La totalidad del personal, chóferes o conductores del servicio dependerá exclusivamente del contratista, ostentando el mismo los derechos y deberes inherentes a su condición de empresario, sin que pueda realizarse reclamación alguna a CTSS derivada de tales relaciones laborales o restantes obligaciones.
El contratista será el único responsable ante cualquier siniestro o reclamación (judicial o extrajudicial) relacionada con el personal que trabaje en la ejecución de la prestación, propio o de las eventuales subcontrataciones, no asumiendo CTSS ningún tipo de responsabilidad laboral (incluida la referente a la seguridad, higiene y salud laboral), de Seguridad Social o fiscal que el contratista contraiga directa o indirectamente. Igualmente, el contratista asumirá exclusivamente las responsabilidades que pudieran derivarse de siniestros originados por la ejecución de la prestación.
- El contratista deberá cumplir con las obligaciones que para él se deriven de lo previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (en lo sucesivo, RGPD) y en cualquier otra norma en materia de protección de datos que resulte aplicable durante la vigencia del contrato por razón de los tratamientos de datos personales que lleve a cabo en el marco de sus actividades y por su propia cuenta y decisión, como Responsable de dicho tratamiento, todo ello con independencia de lo expresamente establecido en la Cláusula 19ª del presente Xxxxxx.
18. OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES
Serán obligaciones contractuales esenciales las siguientes:
- Ejecutar el contrato con arreglo al contenido determinado en el mismo, así como en este Pliego, en el Pliego de Prescripciones Técnicas, en la oferta que haya resultado adjudicatario y a las instrucciones que diere al contratista el Órgano de Contratación.
- Obedecer las instrucciones dadas por los responsables del contrato y por el personal técnico de CTSS, y deberá ejecutar las tareas objeto del contrato de manera coordinada con ellos, debiéndoles mantener informados de manera continua.
- Designar un interlocutor único de contacto que realizará las funciones de coordinación y asistencia. Este interlocutor contará con suficiente capacidad para la adopción de las medidas necesarias para una correcta prestación del servicio. El interlocutor deberá disponer de teléfono móvil, localizable en horario establecido en la Cláusula 2ª xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas. CTSS, de forma justificada, y se podrá exigir la sustitución, en cualquier momento durante la licitación o la vigencia, del interlocutor adscrito.
- Constituir la garantía definitiva prevista en la Cláusula 10ª del presente Xxxxxx.
- Suscribir y mantener la póliza de seguros indicada en la Cláusula 21ª del presente Xxxxxx.
- Adscribir a la ejecución del contrato los medios humanos y materiales comprometidos en su oferta.
- Disponer o habilitar, como mínimo, un teléfono de 24 horas para realizar las reservas por teléfono y un correo electrónico al que se puedan redireccionar automáticamente los datos de las reservas que se hicieran a través de la página web de CTSS.
- Garantizar que los conductores que vayan a prestar el servicio están en posesión de los preceptivos permisos de conducir, autorizaciones y licencias para vehículos de transporte urbano e interurbano en vehículos turismo y cuentan, como mínimo, con una antigüedad de permiso de conducir de 3 años y una experiencia en conducción de vehículos destinados a la prestación del servicio de transporte de viajeros de 2 años.
Adicionalmente, garantizar que los conductores adscritos deberán tener conocimiento de euskera y castellano (nivel intermedio).
- Cobrar a los usuarios que no sean titulares de la tarjeta MUGI el precio por el correspondiente desplazamiento en el momento en que hagan uso del servicio, de acuerdo con la Cláusula 4ª xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
- Proporcionar a CTSS la información que, en su caso, le requiera.
- Atender correctamente todas las reclamaciones y quejas que se reciban en un plazo máximo de 48 horas laborales.
- Realizar el servicio respetando las disposiciones del Reglamento del Servicio de Transporte Público Urbano de Donostia / San Xxxxxxxxx.
- Ejecutar el servicio objeto del contrato, en concreto, en sus relaciones con los usuarios del servicio, en euskera y castellano.
A dichos efectos, y en lo que respecta al euskera se deberá observar lo establecido al efecto en la normativa sobre los derechos lingüísticos de las personas consumidoras y usuarias.
- Cumplir la normativa sobre accesibilidad en los transportes públicos, contenida en los artículos 5 y 10 de la Ley del Parlamento Xxxxx 20/1997, de 4 de diciembre, para la Promoción de la Accesibilidad, y en los reglamentos y disposiciones que la desarrollen.
A estos efectos, todos los vehículos adscritos a la ejecución del contrato deberán estar adaptados a personas con movilidad reducida.
- Permitir el acceso a coches o sillas de niños y personas con movilidad reducida, dificultades de comunicación o cualquier otra limitación física o psíquica, en los términos establecidos por el Reglamento del Servicio de Transporte Público Urbano de Donostia / San Xxxxxxxxx aprobado por el Ayuntamiento Pleno de Donostia / San Xxxxxxxxx el 13 de julio de 2001 o norma que, en su caso, lo sustituya.
- Garantizar el cumplimento por los vehículos empleados para la prestación del servicio de todos los requisitos exigidos por la legislación vigente para la realización del transporte de que se trata, que cuentan con las autorizaciones preceptivas de transporte, debiendo aquéllos estar al día en las revisiones e inspecciones que, según la legislación aplicable, deban realizarse sobre los vehículos.
- Obtener cuantas licencias y permisos fuesen necesarios para el ejercicio de su actividad.
- El cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes y que resulten de aplicación en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo, en los términos recogidos en el tercer guion, de la
Cláusula 17ª del presente Pliego. En dicho contexto, el adjudicatario deberá, a lo largo de toda la ejecución del contrato, abonar el salario recogido en el convenio colectivo de aplicación según la categoría profesional le corresponda a la persona trabajadora, sin que en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquél.
- Cumplir con las disposiciones vigentes en materia medioambiental en relación con los vehículos que emplee en la ejecución de la prestación.
- Abonar cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, incluidos los fiscales, tasas y gravámenes según las disposiciones vigentes.
- Indemnizar por los daños que se causen, tanto a CTSS como a terceros, como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, salvo que tales perjuicios hayan sido causados por orden inmediata y directa de CTSS.
- Cumplir los servicios en el supuesto de huelga. Si no se garantizasen tales servicios, CTSS estaría facultada para promover los contratos precisos para cubrir los mismos, deduciéndose de su facturación el importe de los referidos contratos.
Durante el período de huelga, se abonará únicamente el precio correspondiente a los servicios efectivamente prestados.
- Sustituir el personal, cualquiera que sea la labor que realice y el tiempo de duración de la misma, en el supuesto de que no cumpliera su función con la debida diligencia y eficiencia, no estuviese capacitado, fuese poco cuidadoso en el desempeño de los servicios o cometiese actos perniciosos para la buena marcha del contrato. Ello en el plazo máximo de veinticuatro horas desde el requerimiento que efectúe CTSS a tal fin. Las sustituciones de personal no implicarán responsabilidad alguna para CTSS respecto de las relaciones del contratista con el personal afectado.
- Reemplazar el personal para cubrir las ausencias de trabajo ocasionadas por bajas por enfermedad, vacaciones, permisos, licencias, accidentes, etc., garantizando la prestación efectiva del servicio contratado.
- Enviar a CTSS, el primer día hábil de cada semana, datos sobre los servicios (trayecto, tipo de vehículo, etc.) y usuarios registrados la semana anterior, desglosando pagos en metálico y pagos a través de la tarjeta MUGI.
Las obligaciones previstas en la presente Xxxxxxxx tendrán el carácter de obligaciones contractuales esenciales a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP, siendo por tanto el incumplimiento de las mismas causa de resolución del contrato, a voluntad de CTSS.
19. PROTECCIÓN DE DATOS
La prestación de los servicios objeto de esta contratación requerirá, en atención al contenido de los mismos, el tratamiento de datos personales por cuenta de la CTSS por parte del contratista.
En este contexto, el contratista reconoce quedar obligado al cumplimiento de lo dispuesto en el RGPD (en particular a lo dispuesto en sus artículos 28, 29 y 30).
De este modo y por disponerlo así el RGPD, el contratista, en su condición de Encargado del Tratamiento, se obliga a suscribir con la CTSS el correspondiente contrato con el contenido y alcance que determina el artículo 28 del RGPD.
Dicho contrato deberá ser suscrito con carácter simultáneo a la firma del contrato de prestación de servicios entre la CTSS y el contratista.
En todo caso y con independencia de lo que se establezca al efecto en el aludido contrato, con motivo de la contratación objeto de esta licitación, el contratista se obliga a observar las siguientes previsiones:
- Cumplirá lo dispuesto en el RGPD y en el resto de normas en materia de protección de datos que resulten de aplicación durante la vigencia del contrato de prestación de servicios entre la CTSS y el contratista.
- Tratará los datos personales únicamente siguiendo las instrucciones documentadas de la CTSS.
- Dará debido cumplimiento a las obligaciones de información y consentimiento del interesado previstas en el RGPD.
A estos efectos y con carácter meramente enunciativo, el contratista utilizará los medios que resulten necesarios (e.g. cláusulas informativas en los formularios y otros documentos a utilizar en la relación con los interesados, etc.), indicando en todo caso (i) que el tratamiento de datos se realiza por cuenta de CTSS; y (ii) que, en consecuencia, CTSS será el único y exclusivo Responsable de dicho tratamiento, teniendo el contratista la mera consideración de Encargado del Tratamiento.
- Garantizará que las personas autorizadas para tratar datos personales estén sujetas a una obligación de confidencialidad adecuada.
- El contratista aplicará las medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo, teniendo en cuenta el estado de
la técnica, los costes de aplicación, y la naturaleza, el alcance, el contexto y los fines del tratamiento, así como los riesgos de probabilidad y gravedad variables para los derechos y libertades de las personas físicas. Se valorarán, entre otras y a efectos meramente enunciativos, las siguientes medidas:
a) La seudonimización y el cifrado de datos personales;
b) Medidas para garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento;
c) Medidas de restauración y acceso a los datos personales de forma rápida en caso de incidente físico o técnico;
d) Procesos de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento.
- Aportará, cuando así se lo requiera la CTSS y a modo de prueba del cumplimiento de sus obligaciones en materia de protección de datos (i) una copia del registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta de la CTSS; y (ii) cualquier otro documento que la CTSS estime conveniente, siempre que éste tenga relación con el tratamiento de datos personales que el contratista lleve a cabo por cuenta de la CTSS.
- Permitirá y contribuirá a la realización de auditorías, incluidas inspecciones, por parte de la CTSS o de otro auditor autorizado por ésta.
- Comunicará a la CTSS la persona o personas directamente responsable/s de la puesta en práctica e inspección de las medidas de seguridad.
- Formará e informará a su personal en las obligaciones que dimanan de la normativa aplicable en materia de protección de datos.
20. RESPONSABLE DEL CONTRATO
El Órgano de Contratación podrá designar un responsable del contrato, al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de facultades que aquél le atribuya.
Dichas instrucciones serán de obligado cumplimiento para el contratista.
El responsable del contrato podrá ser una persona física o jurídica, vinculada a CTSS o ajena a ella.
21. SEGURO
El contratista deberá tener suscritos a su xxxxx y a lo largo de la vigencia del contrato, los seguros obligatorios que correspondan a este tipo de transporte (y, en concreto, los seguros obligatorios en relación con cada uno de los vehículos que se adscribirán a la ejecución del contrato), para cubrir sus responsabilidades contractuales y civiles derivadas de la ejecución del servicio contratado.
22. CONFIDENCIALIDAD
Sin perjuicio de lo dispuesto en este Pliego en relación con la publicidad de la adjudicación y la información que deba darse a los licitadores, el Órgano de Contratación no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnico o comerciales.
El contratista, por su parte, deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato y a la que se dé el referido carácter en el mismo, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal.
En particular, serán consideradas como confidenciales, no pudiendo ser objeto de publicación o difusión, las informaciones, documentos, archivos o especificaciones en cualquier soporte, que sean facilitadas al contratista como consecuencia de la ejecución del contrato.
Este deber de confidencialidad se mantendrá indefinidamente.
23. PENALIZACIONES
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiera incurrido en demora o ejecución defectuosa de las prestaciones definidas en el contrato, o hubiere incumplido cualesquiera otras condiciones contractuales, CTSS podrá optar, indistintamente, por la resolución del contrato, o continuar en su ejecución, devengándose en este caso, a favor de CTSS, adicionalmente a cualesquiera indemnizaciones de daños y perjuicios que procedan, con carácter cumulativo, penalizaciones por importe de 50 euros/hora de retraso. En el supuesto de ejecución defectuosa, dicha penalización se aplicará, en cada caso concreto, sobre el número de
horas en que la subsanación del defecto haya demorado la ejecución del contrato, y en el supuesto de cualquier otro incumplimiento, sobre el número de horas en que haya persistido el incumplimiento.
Incluso en el supuesto de opción por la continuación en la ejecución del contrato, mientras dure el incumplimiento por ejecución defectuosa, en cualquier momento CTSS podrá optar por la resolución con los efectos antes referidos.
En caso rotura o deterioro de los terminales por mala manipulación por parte de los empleados de la empresa adjudicataria, ésta se hará cargo de los costes de reparación de los terminales.
Las penalizaciones se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al adjudicatario, o sobre la garantía definitiva, cuando no puedan deducirse de aquéllas, siendo objeto de la correspondiente reclamación, en la cuantía que excedan de la garantía definitiva.
En todo caso, tanto de opción por la resolución como por la continuación del contrato, CTSS podrá decidir unilateralmente la continuación del servicio durante el tiempo que estime preciso, por medios propios o de terceros, repercutiendo en ambos casos el coste de dicha continuación en el contratista, sin perjuicio de las indemnizaciones de daños y perjuicios y demás efectos previstos en la presente Cláusula.
24. CESIÓN DEL CONTRATO
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato sólo podrán cederse a un tercero mediando previa autorización, expresa y por escrito de CTSS y siempre que el cesionario cumpla los requisitos legales y los exigidos en este Pliego para contratar con CTSS, no esté incurso en prohibición de contratar y cumpla con el compromiso de adscripción de medios humanos y materiales realizado por el contratista. Todo ello en cuanto se refiera y/o corresponda a los derechos u obligaciones objeto de cesión.
25. SUBCONTRATACIÓN
Sólo se podrán subcontratar las prestaciones del contrato mediando previa autorización, expresa y por escrito de CTSS y siempre que el subcontratista cumpla los requisitos legales y los exigidos en este Pliego para contratar con CTSS, no esté incurso en prohibición de contratar y cumpla con el compromiso de adscripción de medios humanos y materiales realizado por el adjudicatario. Todo ello en cuanto se refiera y/o corresponda a la prestación o prestaciones a subcontratar.
Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el adjudicatario que asumirá, por tanto, la total responsabilidad de la ejecución de la prestación frente a CTSS, con arreglo estricto al Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas, al Pliego de Prescripciones Técnicas y a los términos del contrato que se firme, incluido el cumplimiento de las obligaciones en materia social o laboral.
26. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El Órgano de Contratación podrá modificar el contrato en los supuestos previstos en el artículo 107 del TRLCSP.
27. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
El contratista será responsable de la calidad de los servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para CTSS o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros o que sufran los chóferes o conductores (propios o subcontratados) como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato.
El contratista será responsable de las obligaciones para con los trabajadores del servicio objeto del contrato, ya sean propios o de empresa subcontratada, siendo de su cuenta la retribución de los mismos, y cualesquiera otros gastos sociales o laborales. En ningún caso será responsable CTSS de las obligaciones del contratista para con el personal que preste el servicio.
No alcanzará a CTSS responsabilidad alguna por causa de los daños causados a terceras personas por acciones u omisiones de los representantes legales del contratista, ni de cuantas personas colaboren con ella o le presten sus servicios.
28. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO
Si CTSS acordase la suspensión del contrato o ésta tuviere lugar por la aplicación de lo dispuesto en el artículo 216, apartado 5, del TRLCSP, que a estos efectos se establece expresamente como de aplicación, se levantará un Acta en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquél.
Acordada la suspensión, CTSS abonará al contratista los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste.
29. RECEPCIÓN
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de CTSS, la totalidad de la prestación.
CTSS determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción.
Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, CTSS podrá rechazar los mismos quedando exenta de obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
30. RESOLUCIÓN
Serán causa de resolución del contrato las previstas en el artículo 223 del TRLCSP, letras a) –sin perjuicio de los dispuesto en el artículo 85-, b), d), f), g) y h) y, en general, cualquier incumplimiento de las obligaciones contractuales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 1.124 del Código Civil.
En cualquiera de los casos de resolución previstos en esta Cláusula, la misma operará automáticamente, sin más requisito que la notificación fehaciente que CTSS realice al adjudicatario de su decisión a tal efecto.
Recibida dicha notificación, el adjudicatario vendrá obligado de inmediato a entregar y poner a disposición de CTSS, si ésta así lo requiere, la totalidad de los documentos elaborados o generados por el mismo hasta la fecha en el desarrollo de las prestaciones contratadas, junto con los documentos que le hubiesen sido entregados por CTSS.
CTSS redactará un acta de estado de ejecución, de forma que queden determinados los servicios que aquélla acepta como recibidos, y los que se tienen por no recibidos, así como las razones de tal no recepción. De esta manera, CTSS podrá continuar con la ejecución del contrato, por sí o por tercero.
El adjudicatario procederá a facilitar la transición con el siguiente adjudicatario del servicio con la mayor de las diligencias.
Todo ello, sin perjuicio de la posterior liquidación económica del contrato que proceda, según lo dispuesto a continuación.
Las responsabilidades económicas que pudieran derivarse de la resolución del contrato por las causas previstas en esta Cláusula, así como por cualesquiera otras que pudieran resultar legalmente procedentes, se liquidarán una vez resuelto efectivamente el contrato y entregada la documentación correspondiente, no siendo óbice para que CTSS pueda continuar con su ejecución.
En todo caso de resolución, el adjudicatario tendrá en principio derecho a percibir el precio de la totalidad de los servicios que efectivamente hubiese realizado.
Cuando la resolución del contrato se produzca por cualquier causa imputable al adjudicatario, se devengará a favor de CTSS, adicionalmente a cualesquiera indemnizaciones de daños y perjuicios que procedan, con carácter cumulativo, una cantidad equivalente al 20% del valor estimado del contrato. Ambas cantidades se deducirán de la garantía definitiva y del precio pendiente de abonar al adjudicatario y, en su caso, el exceso, será objeto de la correspondiente reclamación.
31. RÉGIMEN JURÍDICO
El contrato es de carácter privado, rigiéndose, en cuanto a su preparación y adjudicación, por el presente Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas, por el Pliego de Prescripciones Técnicas y, en lo no previsto en los mismos, por las instrucciones internas de contratación de CTSS y por las normas establecidas al efecto en el TRLCSP para los contratos no sujetos a regulación armonizada celebrados por las entidades del sector público que reúnan la condición de poder adjudicador y no sean Administración Pública.
En cuanto a sus efectos y extinción, el contrato se regirá por el presente Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas, por el Pliego de Prescripciones Técnicas y, en lo no previsto en los mismos, por las normas de derecho privado, salvo en lo relativo a la modificación del contrato, en que en todo caso será de aplicación lo dispuesto en el Título V del Libro I del TRLCSP.
Adicionalmente, el TRLCSP, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público y el RD 1098/2001 serán de aplicación en todo en cuanto este Xxxxxx se remita expresamente a dichos textos normativos.
32. JURISDICCIÓN
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato.
En caso de litigio en relación con el contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Donostia / San Xxxxxxxxx.
ANEXO I. MODELO DE AVAL
La entidad […] (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), C.I.F. […], con domicilio en […] (a efectos de notificaciones y requerimientos) y, en su nombre, […] (nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento, AVALA a: […] (nombre y apellidos o razón social del avalado), C.I.F. […], ante la sociedad pública COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U., por importe de […]
euros, para responder de las obligaciones derivadas del contrato de la cesión o arrendamiento de vehículos con conductor para la prestación del servicio de transporte de viajeros en automóviles de turismo (servicio de taxibus a la demanda) en los xxxxxxx xx Xxxx y Ulia de Donostia / San Xxxxxxxxx.
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, que aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y división y con compromiso de pago al primer requerimiento de la sociedad pública COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U.
El presente aval estará en vigor hasta que la sociedad pública COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U. autorice su cancelación o devolución.
Lugar y fecha […].
Razón social de la entidad […]. Firma de los apoderados […].
ANEXO II. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
“D./Xx..................................................................... con domicilio en
......................................................................., D.N.I. nº ,
teléfono....................................................., e-mail........................................., en plena
posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de.................................................................................., con domicilio
en.............................................................................................................., y D.N.I. o
C.I.F. [Según se trate de persona física o jurídica] nº. ,
enterado xxx Xxxxxx de Cláusulas Económico-Administrativas y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas que han de regir la licitación, mediante procedimiento negociado con publicidad, para la contratación de la cesión o arrendamiento de vehículos con conductor para la prestación del servicio de transporte de viajeros en automóviles de turismo (servicio de taxibús a la demanda) en los xxxxxxx xx Xxxx y Ulia de Donostia / San Xxxxxxxxx,
DECLARA:
Primero.- Que, a fecha de presentación de la presente oferta, cumple con todas las condiciones establecidas legalmente para contratar con COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U., y con todos los requisitos de capacidad y solvencia exigidos en el Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas y en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
(A incluir en el caso de que, para acreditar la solvencia exigida y/o cumplir el compromiso mínimo de adscripción de determinados medios humanos y materiales pretendiera basarse en los de otras entidades) Que no obstante lo anterior, a efectos de completar su solvencia y/o cumplir el compromiso mínimo de adscripción de determinados medios humanos y/o materiales, pretende integrar tal solvencia y medios con los de …, lo que acreditará en forma cuando proceda, en la forma establecida en los Pliegos de la licitación a la que concurre.
Segundo.- (A incluir en el caso de que empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial –entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio- presenten individualmente distintas proposiciones para concurrir a la adjudicación del contrato). Que la empresa que representa forma parte del mismo grupo de sociedades que la empresa
…, que también presenta proposición a la presente licitación.
Tercero.- (A incluir en el caso de empresas extranjeras). Que la empresa a la que representa se somete a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran
surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero extranjero que le pudiera corresponder.
Cuarto.- Que acepta expresamente que la entidad contratante dé transparencia institucional a todos los datos derivados del proceso de licitación, adjudicación y ejecución (en caso de resultar adjudicatario) hasta su finalización.
En ........................, a . .de de 2018.
Fdo:……………………
ANEXO III. MODELO DE ACTA NOTARIAL DE MANIFESTACIONES PARA EL SUPUESTO DE QUE EL LICITADOR, PARA ACREDITAR LA SOLVENCIA EXIGIDA O EL COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE DETERMINADOS MEDIOS HUMANOS Y MATERIALES MÍNIMOS, PRETENDA BASARSE EN LA SOLVENCIA Y MEDIOS DE OTRAS ENTIDADES
D./Xx …, con D.N.I. …, en nombre propio (o en representación de ..., con C.I.F. …), manifiesta que conoce en todo su alcance las condiciones de la licitación para la contratación de … a la que concurre el licitador ... (nombre de la empresa licitadora), que ostenta la solvencia referida y manifiesta su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios necesarios para la ejecución del contrato, con aceptación expresa de lo dispuesto en el artículo 1257.2 del Código Civil, debiendo autorizarse expresamente por COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U. su sustitución o
modificación.
La presentación de este escrito ante COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U. tendrá los efectos de aceptación de dicho compromiso, para el supuesto de que el licitador en cuestión resulte adjudicatario.
En ........................, a . .de de 20187.
Fdo:……………………
ANEXO IV. DESIGNACIÓN DE MEDIO PREFERENTE DE RECEPCIÓN DE LAS NOTIFICACIONES
D./Xx ……………………………, con domicilio en …………………… y DNI
……………….., en nombre propio/en representación de ………………., con domicilio en ………………….. y DNI o CIF ............................................., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, enterado xxx Xxxxxx de Cláusulas Económico-Administrativas y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas que han de regir la licitación, mediante procedimiento negociado con publicidad, para la de cesión o arrendamiento de vehículos con conductor para la prestación del servicio de transporte de viajeros en automóviles de turismo (servicio de taxibús a la demanda) en los xxxxxxx xx Xxxx y Ulia de Donostia / San Xxxxxxxxx, mediante la presente, designa como medio preferente para la recepción de cualquier notificación que COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, S.A.U. deba realizar con
motivo de la presente licitación el siguiente *:
□ Correo electrónico.
□ Correo Certificado.
(*) Indíquese el medio designado.
En todo caso, a efectos de notificaciones, se indican los siguientes datos: a) Nº de Fax: ………………………………..
b) Dirección de correo electrónico: ……………………….
c) Dirección postal: ………………………………………..
d) Teléfonos/s de contacto: ………………………………..
[Nota: Al efecto de dar mayor agilidad a las notificaciones, se recomienda designar el correo electrónico del licitador como medio preferente, medio que será plenamente válido a efectos de notificaciones por ser el medio señalado por el propio licitador. No obstante, se admite la designación de otro medio como preferente. De no efectuarse dicha designación, se procederá a la notificación por correo postal certificado en el domicilio indicado.]
En ........................, a . .de de 2018.
Fdo:……………………
ANEXO V. COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS HUMANOS Y MATERIALES
“D./Xx.....................................................................................................con domicilio en
.................................................................................................., D.N.I. nº ,
teléfono....................................................., e-mail........................................., en plena
posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de................................................................................................................................, con
domicilio en.............................................................................................................., y
D.N.I. o C.I.F. [Según se trate de persona física o jurídica] nº ,
enterado xxx Xxxxxx de Cláusulas Económico-Administrativas y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas que han de regir la licitación, mediante procedimiento negociado con publicidad, para la contratación de cesión o arrendamiento de vehículos con conductor para la prestación del servicio de transporte de viajeros en automóviles de turismo (servicio de taxibús a la demanda) en los xxxxxxx xx Xxxx y Ulia de Donostia / San Xxxxxxxxx,
DECLARA:
Que se compromete a adscribir a la ejecución del contrato, en el caso de resultar adjudicatario del mismo, los medios humanos y materiales mínimos exigidos en la Cláusula 11ª xxx Xxxxxx de Cláusulas Económico-Administrativas que rige la presente contratación.
[Nota: En el caso de que los medios humanos correspondan a otra empresa, habrá de indicarse así e identificar la empresa a la que correspondan, adicionalmente a la declaración a efectuar en el Anexo III]
En ........................, a . .de de 2018.
Fdo:……………………
ANEXO VI. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D./Xx ……………………………, con domicilio en …………………… y DNI
……………….., en nombre propio, o en representación de ………………., con domicilio en ………………….. y DNI o CIF ............................................., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, enterado xxx Xxxxxx de Cláusulas Económico-Administrativas y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas que han de regir la licitación, mediante procedimiento negociado con publicidad, para la contratación de cesión o arrendamiento de vehículos con conductor para la prestación del servicio de transporte de viajeros en automóviles de turismo (servicio de taxibús a la demanda) en los xxxxxxx xx Xxxx y Ulia de Donostia / San Xxxxxxxxx,
DECLARA:
1º) Que se compromete a la cesión o arrendamiento de vehículos con conductor para la prestación del servicio de transporte de viajeros en automóviles de turismo (servicio de taxibús a la demanda) en los xxxxxxx xx Xxxx y Ulia de Donostia / San Xxxxxxxxx.
2º) Que durante dicho plazo se compromete a la cesión o arrendamiento de vehículos con conductor para la prestación del servicio de transporte de viajeros en automóviles de turismo (servicio de taxibús a la demanda) en los xxxxxxx xx Xxxx y Ulia de Donostia / San Xxxxxxxxx, por los precios unitarios por trayecto que se determinan a continuación, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 7ª xxx Xxxxxx de Cláusulas Económico-Administrativas de la licitación:
Para días laborables:
a) Precio máximo para vehículos de 5 plazas (1 plaza para el conductor y 4 plazas para los usuarios)
o Trayecto ida o vuelta, Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00 - Xxxxx xx Xxxx 00 - Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00: […] ([…]) euros por trayecto ida o vuelta, con el correspondiente IVA incluido.
o Trayecto ida o vuelta, Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00 - Xxxxxxxx xx Xxxx - Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00: […] ([…]) euros por trayecto ida o vuelta, con el correspondiente IVA incluido.
b) Precio máximo para vehículos de 8 plazas (1 plaza para el conductor y 7 plazas para los usuarios)
o Trayecto ida o vuelta, Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00 - Xxxxx xx Xxxx 00 - Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00: […] ([…]) euros por trayecto ida o vuelta, con el correspondiente IVA incluido.
o Trayecto ida o vuelta, Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00 - Xxxxxxxx xx Xxxx - Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00: […] ([…]) euros por trayecto ida o vuelta, con el correspondiente IVA incluido.
o Para días sábados y festivos:
a) Precio máximo para vehículos de 5 plazas (1 plaza para el conductor y 4 plazas para los usuarios)
o Trayecto ida o vuelta, Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00 - Xxxxx xx Xxxx 00 - Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00: […] ([…]) euros por trayecto ida o vuelta, con el correspondiente IVA incluido.
o Trayecto ida o vuelta, Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00 - Xxxxxxxx xx Xxxx - Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00: […] ([…]) euros por trayecto ida o vuelta, con el correspondiente IVA incluido.
b) Precio máximo para vehículos de 8 plazas (1 plaza para el conductor y 7 plazas para los usuarios)
o Trayecto ida o vuelta, Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00 - Xxxxx xx Xxxx 00 - Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00: […] ([…]) euros por trayecto ida o vuelta, con el correspondiente IVA incluido.
o Trayecto ida o vuelta, Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00 - Xxxxxxxx xx Xxxx - Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00: […] ([…]) euros por trayecto ida o vuelta, con el correspondiente IVA incluido.
3º) Que conoce el Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas y el Pliego de Prescripciones Técnicas, que expresamente asume y acata en su totalidad.
4º) Que cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para la realización del presente contrato.
5º) Que, asimismo, se obliga al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, medioambiental y tributaria.
En ........................, a . .de de 2018.
Fdo:……………………
ANEXO VII. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
“D./Xx............................................................................con domicilio en
............................................................................................., D.N.I. nº. ,
teléfono....................................................., e-mail........................................., en plena
posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de........................................................................................................, con domicilio
en.............................................................................................................., y D.N.I. o
C.I.F. [Según se trate de persona física o jurídica] nº. ,
enterado xxx Xxxxxx de Cláusulas Económico-Administrativas y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas que han de regir la licitación, mediante procedimiento negociado con publicidad, para la cesión o arrendamiento de vehículos con conductor para la prestación del servicio de transporte de viajeros en automóviles de turismo (servicio de taxibús a la demanda) en los xxxxxxx xx Xxxx y Ulia de Donostia
/ San Xxxxxxxxx,
DECLARA:
ÚNICO: Que no se encuentra incurso en ninguna de las incompatibilidades y prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y demás disposiciones vigentes sobre la materia.
En ........................, a . .de de 2018.
Fdo:……………………
ANEXO VIII. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ENCONTRARSE DADO DE ALTA EN EL IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
“D./Xx............................................................................................. con domicilio en
.............................................................................................., D.N.I. nº ,
teléfono....................................................., e-mail........................................., en plena
posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de
..........................................................................., con domicilio en
....................................................................................................., y D.N.I. o C.I.F.
[Según se trate de persona física o jurídica] nº........................................, enterado xxx Xxxxxx de Cláusulas Económico-Administrativas y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas que han de regir la licitación, mediante procedimiento negociado con publicidad, para la contratación de la cesión o arrendamiento de vehículos con conductor para la prestación del servicio de transporte de viajeros en automóviles de turismo (servicio de taxibús a la demanda) en los xxxxxxx xx Xxxx y Ulia de Donostia
/ San Xxxxxxxxx,
DECLARA:
PRIMERO: Que a los efectos de acreditar estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Empresariales (I.A.E), se acompaña a la presente declaración [certificado/ último recibo] de fecha [….].
SEGUNDO: Que [nombre de la empresa] se encuentra dada de en la matricula del Impuesto de Actividades Económicas en la actividad de […]
En ........................, a . .de de 2018.
Fdo:……………………
ANEXO IX. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ACREDITACIÓN DE LA EFECTIVA DISPOSICIÓN DE MEDIOS HUMANOS COMPROMETIDOS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
“D./Xx............................................................................................... con domicilio en
................................................................................................, D.N.I. nº. ,
teléfono....................................................., e-mail........................................., en plena
posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de
..............................................................................................., con domicilio en
.............................................................................................................., y D.N.I. o C.I.F.
[Según se trate de persona física o jurídica] nº........................................, enterado xxx Xxxxxx de Cláusulas Económico-Administrativas y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas que han de regir la licitación, mediante procedimiento negociado con publicidad, para la contratación de la cesión o arrendamiento de vehículos con conductor para la prestación del servicio de transporte de viajeros en automóviles de turismo (servicio de taxibús a la demanda) en los xxxxxxx xx Xxxx y Ulia de Donostia
/ San Xxxxxxxxx,
DECLARA:
Que, a fin de acreditar la efectiva disposición de los medios humanos comprometidos a la ejecución del contrato, se acompaña al presente escrito copia del informe de trabajadores de alta en el código de cuenta cotización de [nombre de la empresa], de fecha […].
En ........................, a . .de de 2018.
Fdo:……………………