VERSIÓN PÚBLICA DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL ART. 30 LAIP
VERSIÓN PÚBLICA DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL ART. 30 LAIP
CONTRATO MARN No. 008/2021
SERVICIO DE ALOJAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA, RESPALDO Y RECUPERACIÓN DE DESASTRES SOBRE LA NUBEPARA SERVICIOS DE
MISIÓN CRITICA
NOSOTROS: XXXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXXXXX, de años de edad,
---- , del domicilio de ------- , con Documento Único de Identidad número ,
expedido en el municipio y departamento de ------- , con Número de Identificación Tributaria ----- ; actuando en nombre y representación del MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES,que puede
abreviarse MARN, en mi calidad de Ministro de dicha Cartera de Estado, la cual posee Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce guion ciento sesenta mil quinientos noventa y siete guion ciento cuatro guion cinco; personería que es legítima y suficiente por c onstar en Certificación extendida por el licenciado Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Secretario Jurídico de la Presidencia de la República, el día tres xx xxxxx de dos mil diecinueve, donde consta el Acuerdo Número Uno, de fecha uno xx xxxxx del año dos mil diecinue ve, por medio del cual el señor Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, en su carácter de Presidente de la República de El Xxxxxxxx, me nombra como Ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a partir del día uno xx xxxxx de dos mil diecinueve; publicado dicho acuerdo en el Diario Oficial de Edición Especial número Cien, Tomo Cuatrocientos Veintitrés de fecha uno xx xxxxx del año dos mil diecinueve; y quien en nombre del Estado y Gobierno de El Xxxxxxxx, en cumplimiento a lo establecido en la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP), estoy facultado para celebrar actos como el presente, y quien en el curso de este instrumento me denominare Ministerio de M edio Ambiente y Recursos Naturales que se abrevia MARN, o ; y XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXX, de ----- años de edad, ----- , del domicilio de ,
con Documento Único de Identidad número ------- , expedido en el municipio y departamento de ------ , con Número de Identificación Tributaria ,
actuando en calidad de Apoderado Especi al Administrativo de la Sociedad DATUM, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE,que puede abreviarse DATUM, S.A. DE C.V., del domicilio de San Xxxxxxxx, departamento de San Xxxxxxxx; sociedad con Número de Identificación Tributaria ------ , calidad que
se acredita con: Testimonio de Escritura Pública de Poder Especial Administrativo otorgado en la ciudad de San Xxxxxxxx, a las quince horas y veinte minutos del día veinte xx xxxxx de dos mil diecisiete, ante los oficios de la Notario Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, por parte del señor Xxxx Xxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx, actuando como Director Presidente de la Junta Directiva y Representante Legal de la Sociedad DATUM, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se
abrevia DATUM, S.A. DE C.V., documento debidamente inscrito en el Registro de Comercio al número veintinueve, del Libro un mil ochocientos veinticuatro , del Registro de Otros Contratos Mercantiles, el tre s de julio de dos mil diecisiete, documento en el cual se faculta a la compareciente para celebrar actos y contratos como el aquí contenido, estando en dicha Escritura plenamente establecida y comprobada la existencia legal de la sociedad, lo mismo que la personería del señor Xxxx Xxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx, por dar fe de ello el Notario autorizante, y quien en lo sucesivo se denominará y en las calidades antes expresadas, MANIFESTAMOS: Que hemos acordado otorgar y en efecto otorgamos proveniente del p roceso de Libre Gestión, denominado Servicio de Alojamiento de Infraestructura, Respaldo y Recuperación de Desastres sEjercicio Fiscal 2021,
de conformidad a la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, que en adelante se denominar á LACAP; su Reglamento, que en adelante se denominará RELACAP; y a las cláusulas que se detallan a continuación: PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO: , se compromete a brindar el Servicio de Alojam iento de Infraestructura, Respaldo y Recuperación de Desastres sobre la Nube para Servicios de Misión Crítica para efecto de dar continuidad operacional y alojamiento de aplicativos institucionales , de conformidad a las Especificaciones Técnicas, y a las condiciones de este contrato . A efecto de garantizar el cumplimiento del mismo, el MARN podrá realizar todas las gestiones de control en los aspectos material, técnico, financiero, legal y contable, que razonablemente considere necesario a fin de salvaguardar los intereses que persigue. SEGUNDA. DOCUMENTOS CONTRACTUALES: Forman parte integral del contrato, y se tiene por incorporados al mismo con plena aplicación, en lo que no se oponga al presente contrato, los siguientes documentos: (a) Solicitud de Obras , Bienes y Servicios No. 246-2020; (b) Especificaciones Técnicas; (c) Oferta Técnica y Económica; (d) Garantía; y (e) otros documentos que emanaren del presente contrato, los cuales son complementarios entre sí y serán interpretados en forma conjunta, e n caso de discrepancia entre estos documen tos y el contrato, prevalecerá e ste último . TERCERA. RESPONSABILIDADES DE LA CONTRATISTA: se
obliga a brindar el Servicio de Alojamiento de Infraestructura, Respal do y Recuperación de Desastres sobre la Nube para Servicios de Misión Crítica , de conformidad a lo establecido el documento de Especificación Técnica ; y a la oferta presentada y aceptada por el MARN. CUARTA. PLAZO DE CONTRATO Y LUGAR DE ENTREGA: El servicio tendrá una vigencia de un año, con tado a partir
del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil veintiuno . El servicio deberá ser entregado en la Gerencia de Tecnología de Información y Comunicación (GTIC), del MARN, ubicada en carretera a Santa Tecla, kilómetro 5
½, calle y colonia Las Mercedes, Edificio 2, Plantel ISTA, San Xxxxxxxx. QUINTA. FUENTE DE LOS RECURSOS, PRECIO Y FORMA XX XXXXX: as obligaciones
emanadas del presente instrumento serán cubiertas con cargo al Fondo General de la Nación, para lo cual se ha verificado la c orrespondiente asignación
, la cantidad de hasta CINCUENTA MIL 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA (US$50,000.00), incluyendo IVA ; los cuales se distribuyen según el siguiente detalle: consistente en: a)
Utilización de Máquina virtual B8MS, Ampliables de uso bajo normalmente, con usos repentinos altos (8 vCPU; 32 GB de RAM) x 1 Months; Linux Ubuntu; Pago por uso; 4 discos de sistema oper ativo administrados: P20; y b) Redundancia Almacenamiento de blobs en bloque, Uso general V2 y LRS, Acceso frecuente, Capacidad: 10 TB, 100,000 Operaciones de escritura, 100 ,000 Operaciones de enumeración y creación de contenedores , 100,000 Operaciones de lectura, 1 Otras operaciones. 1,000 GB Recuperación de datos, 1,000 GB Escritura de datos, por un monto total anual de hasta CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA (US$45,254.00), pago que se realizará de forma mensual, de conformidad al suministro y consumo realizado en dicho período. La Contratistadeberá informar al MARN cuando este último se encuentre próximo a agotar el ochenta por ciento ( 80%) del consumo de los servicios descritos antes que puedan exceder el monto del presupuesto asignado para tales efectos . 2)
ÍTEM 2. Servicio de mantenimiento y soporte 7X24 de los servicios cloud
un monto total de CUATRO MIL SETECIENTOS XXXXXXXX X XXXX00/000 XXXXXXX XX XXX XXXXXXX XXXXXX
XX XXXXXXX (US$4,746.00), pago que se distribuirá en doce (12) cuotas pagaderas de forma mensual, fija, vencida y sucesiva de TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO 50/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA (US$395.50); previa recepción del servicio a entera satisfacción del Administrador del Contrato . El monto será cancelado en un período de sesenta
(60) días calendario, posteriores al retiro del Quedan correspondiente, para lo cual deberá presentar en la Unidad Financiera Institucional (UF I), de las oficinas del MARN, ubicada en Xxxxxxxxx 0 x, xxxxxxxxx x Xxxxx Xxxxx, calle y colonia Las Mercedes (instalaciones ISTA) Xxxxxxxx Xx. 0 XXXX, Xxx Xxxxxxxx, Factura de Consumidor Final a nombre de Naturales a la que anexará dos (2) originales del Acta de Recepción del Servicio,
Contrato, en la que se haga constar que el servicio se ha recibido a entera satisfacción. La factura deberá consignar el descuento del uno por ciento (1%), en concepto de retención de anticipo al pago del Impuesto a la Transferencia de
Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, de conformidad a lo establecido en artículo ciento sesenta y dos, inciso terce ro, del Código Tributario, en atención a la Resolución número 12301-NEX-2146-2007, provista por la Dirección General de Impuestos Internos, del Ministerio de Hacienda, mediante la cual se designa al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales como ag ente de retención .
conformidad a la Declaración Jurada para pago, presentada al MARN. El abono a la cuenta será realizado por el Ministerio de Hacienda, de acuerdo a la implemen tación del Sistema de Pagos de la Cuenta Única xxx Xxxxxx. El Ministerio de Hacienda podrá realizar el pago mediante, uno o más abonos, según lo gran empresa. SEXTA. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: Para
garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato ,
, otorgará a favor del Estado y Gobierno de El Xxxxxxxx , en el Ramo de Medio Ambiente y Recursos Naturales, una Garantía de Cumplimien to de Contrato , la cual podrá ser otorgada mediante Fianza o Garantía Bancaria, emitida por una Institución Bancaria, Compañía Aseguradora o Afianzadora, debidamente autorizada por la Superintendencia del Sistema Financiero de la República de El Xxxxxxxx, de conformidad al artículo treinta y cinco , de la LACAP, por el diez por ciento ( 10%), del valor total contratado, equivalente a CINCO MIL 00 /100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US5$,000.00 ); la
cual tendrá vigencia de quince (15) meses, contados a partir del uno de enero de dos mil veintiuno , y deberá entregarse a la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional del MARN, dentro de los diez (10) días hábiles, después de la recepción del Contrato debidamente legalizado . SÉPTIMA. ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO: El seguimiento al cumplimiento de las obligaciones contractuales estará a cargo del Administrador de Contrato, ingeniero Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Coordinador de l Área de Infraestructura Tecnológica , teniendo como atribuciones l as establecidas en los artículos ochenta y dos Bis, y ciento veintidós , de la LACAP; cuarenta y dos inciso tercero; setenta y cuatro; setenta y cinco inciso segundo; setenta y siete, ochenta; y ochenta y uno , del RELACAP; y otras establecidas en el presente contrato , según sea el caso. OCTAVA. ACTA DE RECEPCION: Corresponderá al Administrador de Contrato , y firma de las Actas de Recepción , las cuales contendrán como mínimo lo que establece el artículo setenta y siete, del RELACAP. NOVENA. COMPROMISOS DEL MARN:
términos y condiciones de este contrato. El MARN se compromete a pagar los
servicios en la forma estipulada en el presente contrato. DÉCIMA. MODIFICACIÓN: El presente contrato podrá ser modificado o ampliado en su plazo y vigencia, o cualquiera de sus Cláusulas, antes del vencimiento de su plazo, de conformidad a lo establecido en los artículos ochenta y tres A y B, de la LACAP, debiendo emitir el MARN la correspondiente Resolución Modificativa,
plazos y montos de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, según lo indique el MARN, y formará parte integral de este C ontrato. DÉCIMA PRIMERA. PRÓRROGA: Previo al vencimiento del plazo pactado, el presente contrato podrá ser prorrogado, de conformidad a lo establecido en el artículo ochenta y tres, de la LACAP, en tal caso, se deberá modificar o ampliar el plazo y monto d e la Garantía de Cumplimiento de Contrato u otras, según el caso en particular, debiendo emitir el MARN la correspondiente resolución de prórroga . DÉCIMA
SEGUNDA. CESIÓN:
podrá transferir o ceder a ningún título, los derechos y obligaciones que emanan del presente contrato. La Transferencia o cesión efectuada sin la autorización antes referida dará lugar a la caducidad del contrato, procediéndose además a hacer efectiva la Garantía de Cumplimiento de Contrato. DÉCIMA TERCERA. CONFIDENCIALIDAD Y ETICA: , se compromete a llevar a cabo el servicio, de acuerdo con los más altos estándares de competencia ética e integridad profesional, así como guardar la confidencialidad de toda informació n revelada por el MARN, independientemente del medio empleado para transmitirla, ya sea en forma verbal o escrita, y se compromete a no revelar dicha información o divulgarla directamente o por terceras personas sin el consentimiento escrito del MARN. , se compromete a hacer del conocimiento únicamente la información que sea estrictamente indispensable para la ejecución encomendada y manejar la reserva de la misma, estableciendo las medidas necesarias para asegurar que la información revelad a por el MARN, se mantenga con carácter confidencial y que no s e utilice para ningún otro fin. El incumplimiento a lo anteriormente dispuesto será causal de caducidad del contrato de manera inmediata, sin ningún tipo de responsabilidad para el MARN, quien será tratada con carácter confidencial. DÉCIMA CUARTA. SANCIONES: En caso de incumplimiento , emanaren de la LACAP, ya sea por imposición de multa por xxxx, inhabilitación, y/o extinción, las que serán impuestas siguiendo el debido proceso por el MARN,
a cuya competencia se somete para efectos de su imposición. DÉCIMA QUINTA. OTRAS CAUSALES DE EXTINCIÓN CONTRACTUAL: Sin perjuicio de lo
establecido en la LACAP y el RELACAP, el MARN se reserva el derecho de dar por terminado el contrato sin responsabilidad de su parte, a iniciativa propia, por las causas establecidas en las leyes de El Xxxxxxxx, y especialmente, en los siguientes casos: (1) Si se comprueba que ha cometido fraude para la obtención del presente contrato; y ( 2 , prestare sus servicios en forma deficiente. En estos casos el MARN hará efectiva la Garantía de Cumplimiento de Contrato. DÉCIMA SEXTA. TERMINACIÓN BILATERAL: Las partes contratantes podrán acordar la extinción de las obligaciones contractuales en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a
,
y que por razones de interés público hag an innecesario o
inconveniente la vigencia del contrato, sin más responsabilidad que la que corresponda a la ejecución del servicio brindado. DÉCIMA SÉPTIMA. SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: Es entendido y aceptado que este contrato se antepone a toda comunicación previa, entendimiento o acuerdo, ya sea verbal o escrito entre las partes. En caso de ambigüedad, duda, o disputa en la interpretación del contrato y sus anexos, el texto del contrato prevalecerá. En caso de conflicto ambas partes se someten a sede judicia l, señalando para tal efecto como domicilio especial la ciudad de San Xxxxxxxx, a la competencia de cuyos
uien releva
, a pagar los gastos ocasionados, inclusive los personales aunque no hubiere condenación en costas. DÉCIMA OCTAVA. INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO: El MARN se
reserva la facultad de interpretar el presente contrato, de conformidad a la Constitución de la República, la LACAP, y el RELACAP, demás legislación aplicable, y a los Principios Generales del Derecho Administrativo y de la forma que más convenga a los intereses del MARN con respecto a la prestación objeto del presente instrumento, pudiendo en tal caso , girar las instrucciones por escrito que al respecto considere conven iente , expresamente acepta tal disposición y se obliga a dar estricto cumplimiento a las i nstrucciones que al respecto dicte el MARN. DÉCIMA NOVENA. MARCO LEGAL: El presente contrato queda sometido en todo a la LACAP, RELACAP, la Constitución de la República, y en forma subsidiaria a las Leyes de la República de El Xxxxxxxx, aplicables a este Contrato. VIGÉSIMA. CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR:Para los efectos de
, significa un evento que escapa al control de una de las partes , y el cual hace que el cumplimiento de las obligaciones contractuales de esa parte resulte imposible o impráctico en atención a las circunstancias. Esto incluye, pero no se limita, a guerras, motines, disturbios civiles, terremotos, incendios, explosión, inundación u otras condiciones climáticas adversas, huelgas, cierres empresariales, u otras acciones similares. En caso fortuito o fuerza mayor, y de conformidad al artículo ochenta y
prórroga del plazo de cumplimiento de las obligaciones objeto del prese nte contrato. En todo caso, y aparte de la facultad del MARN para otorgar tal prórroga, la misma se concederá previa Resolución Razonada que formará parte integrante del presente contrato. VIGÉSIMA PRIMERA. NOTIFICACIONES: Todas las notificaciones referent e a la ejecución de este contrato, serán válidas solamente cuando sean hechas por escrito a las direcciones de las partes contratantes, para cuyos efectos las partes señalan como lugar para recibir notificaciones o comunicaciones las siguientes direcciones : Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en Kilómetro cinco y medio, c arretera a Santa Tecla, calle y colonia Las Mercedes, Edificio MARN (instalaciones ISTA), San Xxxxxxxx, departamento de San Xxxxxxxx, teléfono dos uno tres dos nueve seis
seis uno; y DATUM, S.A. de C.V., en ochenta y nueve avenida norte y calle El Mirador, colonia Escalón , Edificio World Trade Center, tercer nivel, número trescientos uno , San Xxxxxxxx; teléfono : dos dos cero nueve nueve cero cero cero. En fe de lo cual firmamo s el presente contrato, en dos ejemplares de igual valor y tenor, en la ciudad de San Xxxxxxxx , a los doce días del mes de enero de dos mil veintiuno.
Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxx DATUM, S.A. de C.V.
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