CONTRATO DE AFILIACIÓN
CONTRATO DE AFILIACIÓN
DESDE EL MOMENTO DEL REGISTRO Y CREACIÓN DE USUARIO EN LA PÁGINA WEB DE MEGASUBASTAS, AUTOMATICAMENTE EL AFILIADO RECONOZCE Y ACEPTA EXPRESAMENTE CADA UNO DE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES CONTENIDOS EN EL CONTRATO, REGLAMENTO, DOCUMENTO DE DEFINICIONES PARA INTERPRETACIÓN DE CONTRATO DE AFILIACIÓN Y POLÍTICAS INTERNAS
EL AFILIADO. MANIFIESTO Y HAGO CONSTAR: a) que me encuentro en el libre ejercicio de mis derechos civiles; b) que es mi deseo adquirir los servicios y membresía de la entidad MEGASUBASTAS, SOCIEDAD ANÓNIMA, a quien a lo largo del presente contrato se le podrá denominar como MEGASUBASTAS; y, c) que por este acto reconozco y acepto el contrato de AFILIACIÓN que se detalla en las cláusulas siguientes: PRIMERA: ANTECEDENTES. La entidad MEGASUBASTAS, SOCIEDAD ANÓNIMA, fue constituida de conformidad con las leyes de la República de Guatemala, que tiene su domicilio fiscal en el kilómetro 12 Carretera a Xx Xxxxxxxx, xxxx 00 Xxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx, y que dentro de su objeto comercial se encuentra facultada para ofrecer servicios de venta de salvamentos y/o subastas de vehículos, motocicletas, electrodomésticos demás bienes muebles y bienes inmuebles, dentro y fuera del país, fungiendo en todo momento en una calidad de facilitador entre propietarios y/o poseedores de los salvamentos, bienes muebles y/o inmuebles subastados y el comprador (EL AFILIADO) de los mismos, el cual los adquiere a través de subastas realizadas por XXXXXXXXXXXX, por lo que en ningún momento y bajo ninguna circunstancia se comprenderá que MEGASUBASTAS está brindando un servicios de intermediación o vendiendo directamente bienes propiedad de esta última. SEGUNDA: DE LA PERSONA AFILIADA. EL AFILIADO debe de entenderse en el transcurso del presente contrato y durante la duración del mismo o cualquiera de futuras renovaciones celebradas, como: la persona individual o jurídica que va a registrarse formalmente como comprador autorizado ante Xxxxxxxxxxxx, deseando celebrar contrato, ya sea físico o virtual, de afiliación con la entidad MEGASUBASTAS, con un único y exclusivo fin de poder participar de cualquiera de las subastas de salvamentos y cualesquiera bienes muebles e inmuebles relacionados que realice la entidad MEGASUBASTAS; debiendo de cumplir en todo momento con todas y cada una de las estipulaciones del contrato, reglamentos, políticas internas, tasas, fee´s y aranceles de MEGASUBASTAS que son del conocimiento de EL AFILIADO. EL AFILIADO desde el momento de creación de su usuario y registro en la página web de MEGASUBASTAS acepta expresamente todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el contrato, reglamento, términos y condiciones, Documento de Definiciones Para Interpretación De Contrato De Afiliación y políticas internas de MEGASUBASTAS y declara que son de su entero conocimiento. TERCERA: DEL PLAZO Y DEL OBJETO DEL CONTRATO. A) DEL PLAZO DEL CONTRATO: El contrato tendrá una vigencia de UN AÑO, contado a partir del día en que se cree el usuario y se registre virtualmente en la página web de MEGASUBASTAS y podrá ser renovado anualmente a solicitud de EL AFILIADO a MEGASUBASTAS, a través de cualquier medio de comunicación permitido y que más adelante se detallará en el presente contrato, debiendo de efectuar previamente el pago de la suscripción por afiliación que se establece en la cláusula cuarta. MEGASUBASTAS se reserva el derecho de renovar o no el contrato de EL AFILIADO al término del plazo de vigencia del mismo, sin ningún tipo de responsabilidad de su parte. En los casos en que el presente contrato no se haya renovado, por cualquier motivo o causa sin necesidad de mediar una justificación de la misma, este continuará vigente solamente durante el plazo faltante para la finalización del mismo. B) DEL OBJETO DEL CONTRATO: El presente contrato tiene por objeto ofrecer a EL AFILIADO los beneficios de formar parte del sistema de MEGASUBASTAS, pudiendo ser parte y participar en los servicios de venta de salvamentos, bienes muebles y/o bienes inmuebles diversos por medio de subastas tanto físicas como virtuales (en línea) de todo tipo de salvamentos, bienes muebles y/o inmuebles, entre los que figuran: vehículos de todo tipo, electrodomésticos, amueblados de oficina
y/o viviendas, predas de vestir, terrenos urbanos o rústicos, apartamentos, oficinas, locales comerciales, bodegas y cualesquiera otros bienes muebles y/o inmuebles de licito comercio, dentro y fuera del país, así como servicios de almacenamiento temporal de bienes muebles, adjudicados a EL AFILIADO. En el caso de celebración de subastas presenciales, estas se llevarán a cabo en la ciudad de Guatemala. Las subastas presenciales o virtuales (en línea) luego de ser liquidadas y previo a los trámites internos y externos realizados, correspondientes para cada caso particular, así como requerimientos, condiciones y aceptación posterior del Vendedor de salvamentos, bienes muebles y/o bienes inmuebles subastados y adjudicados, le serán entregados únicamente a EL AFILIADO. CUARTA: DEL COSTO Y PAGO DE LA AFILIACIÓN: El costo de la membrecía para afiliarse será de QUINIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q.500.00) por año, la cual le facilita y permite a EL AFILIADO, una afiliación personal y electrónica, debiendo proporcionar todos los datos necesarios que le sean requeridos por MEGASUBASTAS de acuerdo con éste contrato, las normas y políticas de venta, la confidencialidad y seguridad del comercio, y se le asignará un número de usuario y clave temporal para acceder al sistema, de acuerdo al contrato de afiliación. QUINTA: ESTIPULACIONES GENERALES DEL CONTRATO: A) Durante el proceso de afiliación (creación de usuario) EL AFILIADO, informará y brindará los datos completos de sus nombres y apellidos, número de DPI, número de NIT, correo electrónico, dirección de residencia, números de teléfono en línea fija y en línea celular, así como cualesquiera otros datos necesarios que le sean requeridos y que se consignan en el formulario al dorso del presente contrato; B) EL AFILIADO al quedar debidamente registrado, podrá ingresar a las instalaciones de acuerdo al procedimiento designado para este efecto por MEGASUBASTAS, y tiene la responsabilidad de desplazarse dentro de las instalaciones respetando las políticas y condiciones que MEGASUBASTAS tenga asignada para estar y/o transitar por sus instalaciones; C) En los casos en que el contrato sea entre una persona individual y MEGASUBASTAS, la persona individual (EL AFILIADO) tiene derecho al ingreso de dos invitados como máximo a cada evento de subasta presencial; asimismo cuenta con el derecho de ingresar hasta dos invitados para la revisión e inspección de bienes a subastar y para el retiro de bienes subastados completamente adjudicados y pagados por EL AFILIADO, esto último siempre que MEGASUBASTAS le notifique que el o los bienes ya se encuentran listos para entregar; EL AFILIADO y/o sus invitados únicamente pueden ingresar a las áreas autorizadas y permitidas por MEGAUSBASTAS para los casos antes señalados. EL AFILIADO es el único responsable por los actos de el mismo o de sus invitados, debiendo pagar la tarifa que MEGASUBASTAS indique para cada evento o actividad que se lleve a cabo dentro de las instalaciones de esta última, asimismo, reconociendo hacerse responsable de cualquier daño que se cause a las instalaciones, equipos, inventarios o personal de MEGASUBASTAS, así como también sobre daños ocasionados a terceras personas y/o bienes de terceros que se encuentren dentro de las instalaciones; por lo que en esos casos EL AFILIADO reconoce expresamente que deberá cubrir las reparaciones y daños personales o patrimoniales ocasionados de esta manera. Por otro lado, EL AFILIADO reconoce expresamente y libera de todo tipo de responsabilidad civil, penal, administrativa y de cualquier otra naturaleza en los casos en que EL AFILIADO o alguno de sus invitados sufran algún accidente físico o patrimonial dentro de las instalaciones de MEGASUBASTAS por imprudencia, culpa o dolo de estos. En subastas virtuales (en línea) solamente podrá ser parte de la misma EL AFILIADO, siempre que cuente con usuario activo, no pudiendo delegar o ceder bajo ninguna circunstancia su usuario para que una tercera persona participe en la subasta, aunque fuera en favor de esta; en el caso en que violara la prohibición de delegar o ceder su usuario a una tercera persona, EL AFILIADO responderá y será solidariamente responsable de cualquier acto que hubiera sido realizado por dicha tercera persona. Por otro lado, EL AFILIADO reconoce expresamente que tiene terminantemente prohibido el dar la información de su usuario y contraseña con el objetivo de que una o más personas se conecten
simultáneamente desde su usuario en dispositivos electrónicos diferentes, en estos casos cuando MEGASUBASTAS detecte que un mismo usuario está conectado simultáneamente en distintos dispositivos a la vez, procederá a bloquear el usuario sin ningún tipo de responsabilidad de su parte, y solamente se levantará el bloqueo a solicitud por escrito de EL AFILIADO al departamento de servicio al cliente y a través de cualquiera de los canales de comunicación con MEGASUBASTAS, en estos casos MEGASUBASTAS dentro de un término de hasta TRES DÍAS HÁBILES podrá levantar el bloqueo siempre que se cumpla con el procedimiento señalado para el efecto en el reglamento. D) Cuando el contrato se suscribe entre una persona jurídica y MEGASUBASTAS, únicamente podrán ingresar a las instalaciones los Representante Legales vigentes de la entidad, debiendo presentar previo a la celebración de la subasta presencial, la revisión e inspección de bienes a subastar y/o para el retiro de bienes subastados, copia simple del Acta Notarial de su nombramiento con la respectiva razón de registro; no obstante podrán ingresar otros personeros de la entidad que no tengan la representación legal de la misma, siempre y cuando presenten carta poder con legalización de firma, en donde se autorice a estas el ingreso y la representación de la entidad para participar en las subastas presenciales, la revisión e inspección de bienes a subastar y para el retiro de bienes subastados completamente adjudicados y pagados por EL AFILIADO, esto último siempre que MEGASUBASTAS le notifique que el o los bienes ya se encuentran listos para entregar. Los Representantes Legales o personeros de la entidad tienen derecho al ingreso de dos invitados como máximo a cada evento de subasta presencial; asimismo cuenta con el derecho de ingresar hasta dos invitados para la revisión e inspección de bienes a subastar y para el retiro de bienes subastados completamente adjudicados y pagados por EL AFILIADO, esto último siempre que MEGASUBASTAS le notifique que el o los bienes ya se encuentran listos para entregar. EL AFILIADO es el único responsable por los actos de su representante legal, personeros y/o invitados, debiendo pagar la tarifa que MEGASUBASTAS indique para cada evento o actividad que se lleve a cabo dentro de las instalaciones de esta última, asimismo, reconociendo hacerse responsable de cualquier daño que se cause a las instalaciones, equipos, inventarios o personal de MEGASUBASTAS, así como también sobre daños ocasionados a terceras personas y/o bienes de terceros que se encuentren dentro de las instalaciones, ocasionados por el o los representantes legales autorizados, personeros y/o invitados; por lo que en esos casos EL AFILIADO reconoce expresamente que deberá cubrir las reparaciones y daños personales o patrimoniales ocasionados de esta manera. Por otro lado, EL AFILIADO reconoce expresamente y libera de todo tipo de responsabilidad civil, penal, administrativa y de cualquier otra naturaleza en los casos en que los representantes legales, personeros y/o invitados de EL AFILIADO sufran algún accidente físico o patrimonial dentro de las instalaciones de MEGASUBASTAS por imprudencia, culpa o dolo de estos. En subastas virtuales (en línea) solamente podrá ser parte de la misma el Representante Legal autorizado por parte de EL AFILIADO, siempre que cuente con usuario activo, no pudiendo delegar o ceder bajo ninguna circunstancia su usuario para que una tercera persona participe en la subasta, aunque fuera en favor de esta; en el caso en que violará la prohibición de delegar o ceder su usuario a una tercera persona, EL AFILIADO responderá y será solidariamente responsable de cualquier acto que hubiera sido realizado por dicha tercera persona. Por otro lado EL AFILIADO reconoce expresamente que tiene terminantemente prohibido el conectarse de manera simultánea en dos o más dispositivos a la vez o el dar la información de su usuario y contraseña con el objetivo de que una o más personas se conecten simultáneamente desde su usuario en dispositivos electrónicos diferentes; en estos casos cuando MEGASUBASTAS detecte que un mismo usuario está conectado simultáneamente en distintos dispositivos, procederá a bloquear el usuario sin ningún tipo de responsabilidad de su parte, y solamente se levantará el bloqueo a solicitud por escrito de EL AFILIADO al departamento de servicio al cliente y a través de cualquiera de los canales de comunicación con
MEGASUBASTAS; en estos casos MEGASUBASTAS dentro de un término de hasta TRES DÍAS HÁBILES podrá levantar el bloqueo siempre que se cumpla con el procedimiento señalado para el efecto en el reglamento; E) CESIÓN: Las partes contratantes acuerdan expresamente que le queda terminante prohibido a EL AFILIADO ceder los derechos del presente contrato a terceras personas; F) DEL ACCESO VÍA WEB: EL AFILIADO podrá acceder al sitio Web las veinticuatro (24) horas del día, los trescientos sesenta y cinco (365) días al año, sin embargo, el proceso de logística será de lunes a viernes dentro de los horarios hábiles comerciales de MEGASUBASTAS, debiendo EL AFILIADO, en caso de necesitar alguna gestión o apoyo del personal de MEGASUBASTAS para cualesquiera motivos, enviar solicitud por escrito con por lo menos DOS DÍAS HÁBILES de antelación, al departamento de servicios al cliente y a través de los canales de comunicación aceptados en el presente contrato solicitando cita, XXXXXXXXXXXX podrá o no aceptar y reprogramar la cita solicitada por EL AFILIADO sin responsabilidad de su parte, asimismo EL AFILIADO reconoce y acepta que MEGASUBASTAS no está obligado de ninguna manera a atenderlo presencialmente o por los canales de comunicación acordados en el presente contrato, fuera de las horas comerciales de MEGASUBASTAS así como los días inhábiles, asuetos, feriados y descansos reconocidos y establecidos en la legislación guatemalteca vigente; las condiciones de acceso vía web están sujetas a variaciones sin previo aviso por razones de conectividad o disponibilidad de sistemas que determine MEGASUBASTAS; G) COMERCIO ELECTRÓNICO: Las partes establecen que el servicio será provisto por MEGASUBASTAS y podrá estar sustentado en documentos generados virtualmente, por lo cual queda establecido que el presente contrato se ampara en la legislación establecida en la República de Guatemala para este efecto. Toda transacción que sea realizada vía web por un usuario registrado, será responsabilidad cien por ciento (100%) del mismo, por lo que se hace constar clara y expresamente que dicho usuario registrado no es transferible a terceras personas y que los actos llevados a cabo por estas terceras personas que pudieran llegar a tener acceso al usuario de EL AFILIADO, será responsabilidad del titular del mismo; Asimismo, se hace constar expresamente que EL AFILIADO tiene terminantemente prohibido el brindar y/o compartir su contraseña personal del usuario registrado en MEGASUBASTAS a terceras personas que no tengan facultad legal para actuar en nombre de EL AFILIADO; en el caso de brindar y/o compartir dicha información por cualquier motivo, EL AFILIADO será completamente responsable de cualquier acto surgido y realizado por terceras personas a quienes se les haya brindado y/o compartido tal información y hayan tenido acceso a los servicios y beneficios prestados por MEGASUBASTAS a EL AFILIADO derivados del presente contrato, reglamentos, políticas internas y cualquier otra normativa relacionada; H) COMUNICACIONES: Los medios utilizados y reconocidos por MEGASUBASTAS para la comunicación formal con EL AFILIADO, serán los siguientes: a) correo electrónico, b) mensaje de WhatsApp, c) por la página web, d) llamada telefónica; y/o, e) en persona, cada uno de los medios antes señalados serán directamente con el departamento de al cliente de MEGASUBASTAS. Acuerdan ambas partes que cualquier información, avisos, notificaciones, instrucciones, advertencias, llamadas de atención, imposición de multas y cualesquiera otras comunicaciones necesarias entre ambos durante la vigencia del presente contrato, serán completamente válidas si se llevan a cabo a través de cualquiera de los medios de comunicación anteriormente detallados; I) NOTIFICACIÓN DE ADJUDICACIÓN: MEGASUBASTAS informará a EL AFILIADO a través de cualquiera de los medios de comunicación enlistados en la literal H) que antecede, la aprobación de los salvamentos, bienes muebles y/o bienes inmuebles adjudicados EL DÍA DE LA SUBASTA. J) DEPÓSITO EN GARANTÍA DE DERECHO DE PARTICIPACIÓN: EL AFILIADO debe depositar,
previo a la celebración de una subasta, la cantidad determinada por MEGASUBASTAS para la misma, la cual dependerá del valor de el o los bienes a subastar; una vez depositado y recibido el monto determinado por MEGASUBASTAS, EL AFILIADO podrá retirar la paleta de participación en los casos en
los cuales se celebren subastas presencial; o bien para que le sea asignada de manera digital en caso de celebración de subastas virtuales. La cantidad depositada garantiza el recargo por incumplimiento de pago en la adjudicación de bienes y EL AFILIADO autoriza expresamente a MEGASUBASTAS para que a dicho depósito en garantía le haga los descuentos de dinero correspondientes al caso, tal y como se señala en la literal L) de esta cláusula. Este depósito de dinero se regirá bajo la norma establecida en el artículo 714 del Código de Comercio. Asimismo, el monto dado en concepto de depósito en garantía de derecho de participación será devuelto íntegramente a EL AFILIADO, en los casos en que no le sea adjudicado el o los bienes subastados y siempre y cuando se cumplan con todos los requerimientos establecidos en el presente contrato, reglamentos internos y/o políticas. MEGASUBASTAS reintegrara el monto dado en depósito dentro de los CINCO DÍAS HÁBILES SIGUIENTES al día de la subasta. No obstante lo antes señalado, EL AFILIADO podrá dar su autorización por escrito, a través de los canales de comunicación indicados en la literal H de esta misma clausula, a MEGASUBASTAS para que esta última conserve en su posesión el monto dado en depósito en garantía, para poder participar en futuras subastas presenciales o virtuales; en ese caso MEGASUBASTAS no está obligada a devolver el monto, y si fuera necesario, está última (MEGASUBASTAS) podrá pedir la diferencia de dinero en los casos en que el monto conservado para depósito de garantía sea inferior al monto necesario de depósito para la participación de una futura subasta. K) DEL PLAZO DE PAGO DE BIENES ADJUDICADOS: El plazo para efectuar el pago integro de salvamentos, bienes muebles y/o bienes inmuebles adjudicados, será de TRES DÍAS HÁBILES, el cual podrá ser pagado con cheque de caja a nombre de la aseguradora, entidad de cualquier naturaleza o persona individual que vende el o los bienes, de igual manera se podrá hacer el pago a través de transferencia bancaria inmediata a la cuenta asignada por vendedor del bien subastado de que se trate; los cargos adicionales a la operación deben pagarse con cheque, efectivo o transferencia bancaria inmediata en favor de MEGASUBASTAS, dentro de los TRES DÍAS HÁBILES siguientes al día en que se notificó la adjudicación a EL AFILIADO, posterior al TERCER día hábil se cobrará una penalización equivalente a CIEN QUETZALES EXACTOS (Q. 100.00) diarios por cada día de atraso en concepto de almacenaje temporal. De no haberse pagado el valor de los bienes adjudicados al QUINTO día hábil, se anulará la adjudicación del bien y se procederá a hacer efectivo el recargo del 10% del valor de bien adjudicado, el cual se descuenta automáticamente del Depósito en Garantía de Participación dado por EL AFILIADO previamente a la subasta, y se requerirá la diferencia en caso el monto sea mayor al Depósito en Garantía, la cual deberá ser pagada dentro de DOS DÍAS HÁBILES siguientes al requerimiento efectuado por el personal de MEGASUBASTAS. En caso EL AFILIADO NO CUMPLIESE con pagar la diferencia por ser un monto mayor al dado como depósito en garantía, su membresía será cancelada automáticamente lo cual le impide acceso a las instalaciones y participación de eventos de subasta por cualquier medio, así como el bloqueo de su usuario digital registrado y la participación en subastas por medios electrónicos virtuales; L) PAGO DE FEE: El pago de FEE se realiza de acuerdo a la tabla establecida en el reglamento, según rango de precios de cada uno de los bienes a subastar, y este se tendrá la obligación de pagarlo siempre que el bien le sea adjudicado a EL AFILIADO. El FEE debe ser cancelado TRES DÍAS HÁBILES siguientes en que se comunique la adjudicación de la subasta, en caso de no realizar el pago correspondiente en el tiempo antes señalado, MEGASUBASTAS podrá hacerse pago con el depósito dado en garantía por parte de EL AFILIADO que fue dado previo a la subasta, en los casos en que este monto de depósito fuera inferior al del FEE, EL AFILIADO tendrá el plazo improrrogable de DOS DÍAS HÁBILES para cubrir el excedente y si no fuese realizado conllevara la consecuencia de la anulación de la adjudicación del bien o bienes subastados, la anulación de la afiliación y MEGASUBASTAS penalizará a EL AFILIADO con la totalidad del monto dado en calidad de depósito dado en garantía más la diferencia que exista entre el depósito dado en garantía y el 10% del valor de el o los bienes
adjudicados, en concepto de daños y perjuicios, así como gastos generales y administrativos derivados de la subasta y que han sido ocasionados por parte de EL AFILIADO. EL AFILIADO en este caso reconoce y acepta desde ya el monto que se le reclame, siendo el mismo líquido, exigible y de plazo vencido, otorgando ambas partes naturaleza ejecutiva al presente contrato para poder reclamar a través de los Órganos Jurisdiccionales de la República de Guatemala el monto adeudado; M) PAGO DE GESTOR Y TRÁMITES: El pago de la gestión de traspaso se realizará de acuerdo a la tabla establecida por MEGASUBASTAS. EL AFILIADO tiene CINCO DÍAS HÁBILES para retirar los salvamentos o bienes muebles adjudicados, previamente cancelados todos los cargos respectivos y se encuentre finalizado el trámite de traspaso de vehículos. A partir del SEXTO día se cobrará a EL AFILIADO una penalización de CIEN QUETZALES EXACTOS (Q.100.00) diarios en concepto de depósito y almacenamiento temporal de los bienes muebles adjudicados. EL AFILIADO se compromete expresamente a pagar cualquier otro tipo de servicio brindado por MEGASUBASTAS los cuales pueden ser trámite de traspaso de vehículos, gestor de trámites antes instituciones públicas, pago y verificación de impuestos de circulación de vehículos, inscripciones de compraventas de Bienes Inmuebles ante el Registro General de la Propiedad, así como cualesquiera otros trámites de carácter administrativo ante entidades públicas que sean necesarios para cada caso en concreto; asimismo, EL AFILIADO expresamente da desde ya por aceptadas cada una de las tarifas publicadas por cada servicio detallado en el Reglamento de MEGASUBASTAS, el cual es de pleno conocimiento de EL AFILIADO. Asimismo, EL AFILIADO reconoce y acepta expresamente, que los tiempos y plazos de cada uno de los trámites que se necesiten para llevar a cabo los traspasos de los bienes subastados y adjudicados en favor de EL AFILIADO, no dependen de MEGASUBASTAS, si no de las entidades centralizadas, descentralizadas o autónomas del Estado encargadas de llevar el registro y control de los mismos, así como también de los tiempos internos de el vendedor para la firma y/o entrega de documentos legales o administrativos necesarios para los trámites de traspasos; por lo que se libera de responsabilidad de cualquier naturaleza a MEGASUBASTAS por la demora y retardo que pudiera llegar a existir, las cuales devienen única y exclusivamente de las instituciones del Estado. Por último, EL AFILIADO acepta expresamente que los vehículos o cualquier otro bienes muebles y/o bienes inmuebles objeto de la subasta, que sean ofertados, se venden “TAL COMO ESTOS SE ENCUENTRA (AD-corpus) y en el lugar en DONDE SE ENCUENTRAN,” es decir qué, EL AFILIADO lo ésta comprado con todas y cada una de las características, defectos, daños, y demás particularidades que estos tienen al día de la celebración de la subasta, no contando por consiguiente con garantía de ningún tipo; por lo que desde ya se libera la Responsabilidad de cualquier tipo a MEGASUBASTAS, aseguradoras, entidades de cualquier naturaleza o personas individuales vendedores de los bienes subastados, recordando nuevamente que MEGASUBASTAS únicamente actúa en una calidad de FACILITADOR de negocios entre comprador y vendedor de bienes muebles y/o inmuebles, brindando principalmente el servicio de subastas de bienes de manera presencial o virtual, así como servicios de almacenamiento temporal de los bienes y realizados, cuando corresponda, de cualesquiera trámites administrativos para la entrega final de los bienes muebles y/o inmuebles subastados y adjudicados. EL AFILIADO antes de cada una de las subastas que desee participar, contará con un plazo mínimo de tres a un máximo de cinco días hábiles previos a la subasta, para que este pueda acudir al lugar en donde se encuentran el o los bienes muebles y/o inmuebles a subastar para verificar y observar personalmente el estado en que se encuentran los mismos, por lo que es única y exclusivamente responsabilidad de EL AFILIADO el determinar cada uno de los daños, desperfecto y características en las que se encuentran el o los bienes muebles y/o inmuebles a subastar y este tiene la posibilidad de decidir si participa o no de la subasta. Asimismo, EL AFILIADO reconoce que la información de el o los bienes muebles y/o inmuebles a subastar se brindan solo por conveniencia siendo el único responsable de verificar que la información y datos
de el o los bienes a subastar, tales como: año, número de Motor, Chasis, Placa, registro y/o cualesquiera otros datos utilizados para identificar e individualizar el o los bienes a subastar, sean los correctos, y que coincidan con los documentos suministrados por el vendedor. Ni MEGASUBASTAS ni la aseguradora, entidades de cualquier naturaleza o personas individuales que venden el o los bienes muebles y/o inmuebles garantizan que la información proporcionada sea precisa o completa. En ese mismo orden de ideas ambas partes aceptan expresamente que MEGASUBASTAS, la aseguradora, entidades de cualquier naturaleza o personas individuales que venden el o los bienes muebles y/o inmuebles no tienen la obligación de explicar, detallar, enlistar, informar y/o desglosar el estado, características, desperfectos, daños y cualesquiera circunstancias en las que se encuentra el bien a subastar, considerando que toda venta de bienes muebles y/o inmuebles se venden “TAL COMO ESTOS SE ENCUENTRA (AD-corpus) y en el lugar en DONDE SE ENCUENTRAN,” es decir qué, EL AFILIADO lo ésta comprado con todas y cada una de las características, defectos, daños, y demás particularidades que estos tienen al día de la celebración de la subasta, no contando por consiguiente con garantía de ningún tipo. N) MEGASUBASTAS hace del conocimiento de EL AFILIADO que los traspaso de los vehículos y de cualquier otro bien que requiera trámites posteriores ante instituciones públicas, inscripción y/o registro de los mismos, se realizarán las gestiones para que los documentos se emitan únicamente a nombre de EL AFILIADO; siendo EL AFILIADO el único responsable de realizar dichas gestiones ante las autoridades liberando a MEGASUBASTAS, la Aseguradora entidades de cualquier naturaleza o personas individuales vendedores de los bienes subastados de cualquier responsabilidad civil, penal o administrativa derivadas por este efecto; Ñ) AFILIADO EXTRANJERO: En los casos en los cuales EL AFILIADO no se encontrara dentro de la República de Guatemala y ofertara por bienes a través de las subastas electrónicas; este reconoce que es el único responsable de la logística para la recolección y transporte de el o los bienes adjudicados, además de cualesquiera pagos de impuestos, tasas, aranceles y demás gastos derivados del traslado de los bienes al país de destino, asimismo EL AFILIADO también tendrá la responsabilidad de la contratación de el o los seguros que considere oportunos y que cubran los riesgos de daños de el o los bienes adjudicados al momento de llevarse a cabo el transporte de los mismos hasta el destino final. Por lo tanto, EL AFILIADO reconoce y libera expresamente de responsabilidad alguna a MEGASUBASTAS con relación a lo anteriormente indicado. O) DEMAS OBLIGACIONES Y RESPOSANBILIDADES DE EL AFILIADO: Además de las obligaciones y responsabilidades de EL AFILIADO ya descritas tendrá las siguientes: O.1) se compromete a pagar cualquier otro tipo de servicio brindado por MEGASUBASTAS y da por aceptadas las tarifas publicadas y contenidas en el reglamento por cada servicio; O.2) EL AFILIADO tendrá la obligación de comunicar a MEGASUBASTAS de manera inmediata de cualquier hecho que haya producido un uso indebido de la información de su afiliación, ya sea por robo, hurto o extravío. En caso de no comunicar de manera inmediata lo antes señalado, EL AFILIADO será responsable de cualquier acto que se derive de estos sucesos; O.3) EL AFILIADO libera, desde ya, a MEGASUBASTAS, la Aseguradora, entidades de cualquier naturaleza o personas individuales vendedores de el o los bienes subastados, adjudicados, entregados, recibidos o pendientes de entregar, de cualquier responsabilidad sea civil, penal, administrativa o de cualquier otro orden, derivada del uso que haga de tales bienes; O.4) EL AFILIADO autoriza expresamente a MEGASUBASTAS para validar la información proporcionada y la misma puede ser compartida con las empresas afiliadas según corresponda, sin ninguna responsabilidad de XXXXXXXXXXXX, exonerándola desde este momento de cualquier responsabilidad por proporcionar la información de EL AFILIADO que él o ella le autorizan a revelar; y,
P) DEMAS DERECHOS DE MEGASUBASTAS: MEGASUBASTAS, la aseguradora, entidades de cualquier naturaleza o Empresas o personas individuales Vendedoras con las que se tenga suscrito contrato de servicios, se reservan el derecho de admisión de sus AFILIADOS y tiene autonomía para cancelar cuentas
en abandono, inactivas o que presenten antecedentes de fraude o mal uso y en general por cualquier incumplimiento de las obligaciones adquiridas con MEGASUBASTAS y que vayan en contra, de este contrato, reglamento, políticas así como de las Leyes Nacionales vigentes. SEXTA: OTROS DERECHOS Y OBLIGACIONES: Las partes contratantes, en las calidades con que actúan, aceptan expresamente que MEGASUBASTAS se reserva el derecho de modificar, agregar o eliminar en cualquier momento, disposiciones contenidas en el reglamento, las tarifas establecidas en razón de promociones, anuncios o cualquier asunto relacionado con las subastas, sin previo aviso, para adecuarlas de acuerdo a sus políticas y disposiciones internas; dichas modificaciones y actualizaciones serán publicadas en el sitio web de MEGASUBASTAS y EL AFILIADO tendrá la responsabilidad y obligación de leerlas; en el caso en que se realice alguna de las modificaciones, adiciones o eliminaciones antes mencionadas por parte de XXXXXXXXXXXX, EL AFILIADO al momento de participar de una subasta presencial o virtual posterior a dichos cambios, automáticamente reconoce, acepta y se obliga a cumplir con las modificaciones, adiciones o eliminaciones realizadas. EL AFILIADO Se obliga a cumplir con lo establecido por la Ley Contra el Lavado de dinero y Otros Activos y la Ley para Prevenir y Reprimir el Financiamiento del Terrorismo, y sus Reglamentos; SÉPTIMA: FORMA DE PAGO: La forma de pago para los salvamentos, bienes muebles y/ o bienes inmuebles adjudicados será de la siguiente manera: Cheques de caja, depósitos de cheque de caja a cuenta y/o transferencias bancarias inmediatas, de acuerdo a las condiciones autorizadas por las empresas afiliadas que tengan suscrito contrato de servicios con MEGASUBASTAS. OCTAVA: FUERZA MAYOR: Es entendido y así debe entenderse que por ser el presente contrato de carácter mercantil, MEGASUBASTAS, como ya se ha indicado anteriormente, actúa siempre en su carácter de FACILITADOR entre las Aseguradoras, entidades de cualquier naturaleza o personas individuales propietarios de los salvamentos y cualesquiera otros bienes muebles y/o inmuebles subastados, y los compradores (EL AFILIADO), por lo tanto, cualquier evento derivado de un desastre natural que se suscite y que ocasione daños a los salvamentos, bienes muebles y/o bienes inmuebles subastados, en ningún caso MEGASUBASTAS o en su defecto El vendedor del bien subastado responderá por dichos daños ocurridos, así como tampoco en cualquier supuesto perjuicio que el comprador sufriere en los bienes adjudicados. En los casos de que, por fuerza mayor no se celebre una subasta programada, EL AFILIADO tendrá el derecho de reclamarle a MEGASUBASTAS la devolución del dinero que haya depositado para dicho evento; previa entrega del documento que acredite dicho depósito. NOVENA: REVISIÓN DE LOS BIENES Y DOCUMENTOS. EL AFILIADO previamente a la celebración de la subasta, podrá solicitar la entrega de copias físicas o digitales de los documentos relacionados a los salvamentos, bienes muebles y/o inmuebles que serán subastados, los cuales son obligación única y exclusiva de EL AFILIADO, quien deberá revisarlos minuciosamente, verificando y constatando cada uno de los datos de identificación e individualización de los salvamentos, bienes muebles y/o bienes inmuebles por los cuales van a ofertar; en caso de existir documentos con errores y/o inconsistencias relacionadas a los bienes que se van a subastar, EL AFILIADO deberá de comunicarlo a MEGASUBASTAS de manera inmediata para que esta última los verifique y tome la decisión de continuar o cancelar la subasta del bien o bienes que se traten. EL AFILIADO acepta y reconoce que la información del vehículo se proporciona de carácter ilustrativo. Ni MEGASUBASTAS ni los vendedores garantizan que la información proporcionada sea precisa o completa, por lo que desde ya acepta no depender de la información de el o los bienes muebles y/o inmuebles, los aspectos destacados de la subasta o los detalles de la subasta para decidir si ofertar o no por los mismos, liberando por lo tanto a MEGASUBASTAS y/o a los vendedores de responsabilidad civil, penal, administrativa y/o de cualquier otra naturaleza derivado de la adquisición de el o los bienes subastados por propia voluntad de EL AFILIADO. EL AFILIADO es el único responsable de verificar que la información y datos de el o los bienes a subastar, tales como: año, número de Motor, Chasis, Placa,
registro y/o cualesquiera otros datos utilizados para identificar e individualizar el o los bienes a subastar, sean los correctos, y que coincidan con los documentos suministrados por el vendedor. DÉCIMA: ACEPTACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN: EL AFILIADO reconoce que toda venta de el o los bienes adjudicados estará sujeta a posterior aceptación del vendedor; teniendo por consiguiente el vendedor derecho a analizar los términos y precios y tomar una decisión de aceptar o rechazar la oferta final de la subasta celebrada, sin ningún tipo de responsabilidad de su parte, debiendo en ese caso comunicarlo a MEGASUBASTAS para que esta última se lo comunique a EL AFILIADO. EL AFILIADO acepta expresamente el derecho que le corresponde a el vendedor de rechazar la subasta realizada, por lo que libera desde ya de cualesquiera responsabilidades de el vendedor en caso decida no aceptar la oferta final realizada, de igual manera EL AFILIADO durante el proceso de análisis de el vendedor para aceptar o rechazar la venta de el o los bienes subastados, se compromete a mantener en todo momento la oferta final y realizada con la cual gano la subasta, hasta el momento en que se le notifique la aceptación o rechazo de la oferta por parte de El vendedor, en caso de no cumplir con lo antes indicado se aplicara lo contenido en la cláusula décima primera del presente contrato. DÉCIMA PRIMERA. PENALIZACIÓN: En los casos en que los salvamentos, bienes muebles y/o bienes inmuebles xxxx xxxxxxxxxx y EL AFILIADO, con o sin justa causa, desistiere del negocio, MEGASUBASTAS tendrá derecho a penalizarlo con una sanción pecuniaria no mayor xxx xxxx por ciento (10%) del valor de los bienes subastados y adjudicados, en concepto de daños y perjuicios. En el caso que fuere por cancelación sin justa causa de la venta, atribuibles a, Aseguradora, entidades de cualquier naturaleza o personas individuales que fungen en su calidad de Vendedores, posterior a que estos últimos hubieren aceptado expresamente a MEGASUBASTAS la venta de el o los bienes subastados; éstas únicamente responderán hasta un monto xxxxxx xxx xxxx por ciento (10%) del valor adjudicado, que serán entregados a EL AFILIADO en concepto de daños y perjuicios ocasionados, existiendo igualdad de condiciones para ambas partes contratantes. EL AFILIADO reconoce y acepta expresamente que son causas justas para cancelar las ventas posterior a la aceptación expresa de el vendedor las siguientes: a) percatarse de un dato incorrecto en el proceso de subasta y/o los documentos legales y/o administrativos relacionados a él o los bienes muebles e inmuebles subastados; b) Ser materialmente imposible llevar a cabo los trámites de traspaso de la propiedad de el o los bienes subastados, derivado de aspectos legales, criterios y requisitos señalados por las instituciones públicas encargadas de las gestiones; c) por requerimiento de devolución o entrega al propietario de el o los bienes subastados; d) por requerimiento de devolución o entrega al propietario de el o los bienes subastados por orden de instituciones públicas. DÉCIMA SEGUNDA: ESTIPULACIONES ACCESORIAS: A) MEGASUBASTAS actúa en nombre de las aseguradoras, entidades de cualquier naturaleza y personas individuales que la contratan, para realizar la venta de bienes propiedad de dichas personas realizando subastas; por lo tanto, MEGASUBASTAS se rige por los contratos suscritos con las aseguradoras, entidades de cualquier naturaleza y personas individuales, vendedoras de los salvamentos, bienes muebles y/o bienes inmuebles; en consecuencia, se hace constar expresamente que MEGASUBASTAS no es responsable en ningún caso por temas de revisión y verificación de datos contenidos en la papelería y/o documentos legales o administrativos relacionados con los salvamentos, bienes muebles y/o bienes inmuebles a subastar, de los cuales actúa única y exclusivamente como un prestadora de servicios que provee las instalaciones físicas o plataforma en línea para facilitar la venta de los mismos entre EL AFILIADO y el vendedor, por medio del modelo de subasta, en el cual por medio de un evento presencial o virtual según sea el caso, se asigna el bien subastado al mejor postor que esté debidamente afiliado y autorizado como miembro de MEGASUBASTAS para optar a la compra del bien;
B) EL AFILIADO manifiesta expresamente que tiene conocimiento de la forma y calidad en que actúa la entidad MEGASUBASTAS, por los contratos celebrados con terceras personas y reconoce que la
responsabilidad en la entrega de los bienes subastados y su correspondiente documentación le corresponde a las aseguradoras, entidades de cualquier naturaleza y personas individuales propietarios de los salvamentos, bienes muebles y/o bienes inmuebles subastados, que han contratado a MEGASUBASTAS; C) EL AFILIADO debe cumplir con los requisitos de compra establecidos para la subasta y cada una de las condiciones que cada situación requiera. El o los bienes serán facturados por cada aseguradora, entidades de cualquier naturaleza y personas individuales vendedores que promueva las subastas en las instalaciones físicas o a través de la plataforma virtual de MEGASUBASTAS; y EL AFILIADO deberá cancelar todos los costos en que se incurra para que se lleve a cabo el proceso de compraventa, entre ellos los costos relacionados con el depósito en garantía de participación, el FEE por venta, los gastos de trámite de documentos, los gastos de entrega, grúa, renovación anual de membrecía, así como proceso, documentación, seguimiento y finalización del proceso de traspaso entre otros; D) EL AFILIADO (Comprador) tendrá el plazo de 120 días calendario, después de adjudicado un vehículo para los efectos de la reparación del mismo, y llevar a cabo los trámites correspondientes del traspaso a su dominio cumpliendo con todos los requisitos y solicitudes realizadas por parte de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) y demás autoridades correspondientes para cada caso, así como también cumplir con los requisitos y formalidades de el vendedor; transcurrido dicho plazo sin que hubiere notificación por escrito por parte de EL AFILIADO justificando y demostrando fehacientemente el retraso, se procederá a inactivar definitivamente ante el Registro Fiscal de Vehículos de la Superintendencia de Administración Tributaria SAT el vehículo adjudicado. EL AFILIADO tendrá responsabilidad total durante el proceso de liberación y traspaso del bien adjudicado ante dicho Registro, por lo que libera, desde ya, a MEGASUBASTAS, aseguradoras, entidades de cualquier naturaleza y personas individuales propietarios de el o los bienes subastados, adjudicados, de cualquier responsabilidad sea civil, penal, administrativa o de cualquier otro orden, derivada de las operaciones administrativas ante el Registro Fiscal de Vehículos de la Superintendencia de Administración Tributaria SAT; E) En los casos en los cuales se subasten salvamentos de aseguradora y/o personas individuales o jurídicas destinados para para venta de partes, e inactivos definitivamente EL AFILIADO reconoce expresamente que es de su conocimiento, que estos vehículos no pueden ser reparados y puestos nuevamente en circulación bajo ningún motivo, por lo que dichos bienes se adquieren con la finalidad u objetivo únicamente de reutilizar, o vender las piezas que se encuentren en buen estado o ser utilizados como chatarra. F) EL AFILIADO reconoce expresamente que MEGASUBASTAS no tendrá ningún tipo de responsabilidad sea civil, penal, administrativa o de cualquier otro orden relacionadas al tema, y no contara con plazo alguno para llevar a cabo dichas operaciones, toda vez que está sujeta a la eficiencia y plazos internos de el vendedor de el o los bienes muebles y/o inmuebles subastados en cuanto a la firma y/o entrega de documentos administrativos y legales, así como también a la eficiencia y plazos internos ante la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) y criterios específicos y puntuales de los encargados de llevar a cabo estos trámites dentro de la entidad antes mencionada o demás instituciones públicas correspondientes para cada caso; G) RESPONSABILIDAD LIMITADA: Toda información proporcionada por el vendedor o Megasubastas a EL AFILIADO, referente al estado y características específicas de los salvamentos, bienes muebles y/o bienes inmuebles a subastar es únicamente de carácter informativo y en ningún caso contractual. EL AFILIADO acepta recibir los salvamentos, Bienes muebles y/o bienes inmuebles que adquiera a través de la subasta y adjudicación de los mismos, en el estado en el que se encuentran y es responsable de verificar que la información del mismo, tales como: año, número de Motor, Chasis, Placa, así como cualesquiera otros datos utilizados para identificar e individualizar el bien, sean los correctos, y que coincidan con la copia simple de tarjeta de circulación entregada, de igual manera debe EL AFILIADO verificar que los recibos y documentos que
acreditan los pagos realizados, estén redactados correctamente y reflejen los montos correctos que den soporte a su oferta, así como la condición general en las que se encuentra cada bien, por lo que libera a MEGASUBASTAS, Aseguradora entidades de cualquier naturaleza y personas individuales (Vendedores) de cualquier responsabilidad o futuro reclamo debiendo proceder a la firma de orden de salida de los salvamentos o bienes muebles adjudicados en posesión de MEGASUBASTAS. DÉCIMA TERCERA: EFECTOS PROCESALES: EL AFILIADO desde este momento renuncia al fuero de su domicilio y se somete a la jurisdicción de los tribunales de la ciudad de Guatemala; asimismo, desde este mismo momento acepta como buenas, exactas, liquidas, exigibles y de plazo vencido las cantidades de dinero que se reclamen derivadas de las estipulaciones de este contrato y acepta como título ejecutivo suficiente el presente contrato y/o el acta notarial donde se haga constar un saldo deudor, levantada de libros contables llevados de conformidad con la ley. Se señala como lugares para recibir notificaciones, citaciones y comunicaciones las siguientes direcciones: por parte de MEGASUBASTAS en kilómetro 12 Carretera a El Xxxxxxxx, xxxx 12 Villa Nueva, Guatemala; y EL AFILIADO en la direccion registrada en el formulario de registro u online correspondiente o descrita en documentos de registro. Las direcciones antes mencionadas podrán variar haciéndolo del conocimiento de la otra parte por medio de comunicación escrita con constancia de recepción efectuada con una anticipación de un mes a aquel en que se realice el cambio de dirección, de no darse el aviso correspondiente se tendrán por válidas y bien hechas todas las notificaciones, comunicaciones o citaciones que se hagan en los lugares antes mencionados. DÉCIMA CUARTA: INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO. Para los efectos de la correcta interpretación del presente contrato, este deberá interpretarse conforme a su texto, según el sentido propio de sus palabras; cuando exista un aspecto claro no se desentenderá su tenor literal, tratando de aducir ambigüedad o confusión en el mismo para un beneficio personal. Por otro lado, las figuras o instituciones importantes dentro del presente contrato cuentan con definiciones puntuales y correspondientes las cuales se encuentran plasmadas del documento denominado “DEFINICIONES PARA INTERPRETACIÓN DE CONTRATO DE AFILIACIÓN”, documento que manifiesta EL AFILIADO haber leído, siendo por consiguiente de su conocimiento y que por este medio lo ACEPTA EXPRESAMENTE y se tomara como parte integra del presente contrato. DÉCIMA QUINTA: EL AFILIADO en la calidad con que actúo, manifiesto que acepto expresamente el presente contrato y lo contenido en todas sus cláusulas; que di íntegra lectura a todo lo escrito y estando totalmente de acuerdo, y bien enterado de su objeto, contenido, validez y demás efectos legales, lo acepto y ratifico.
REGLAMENTO MEGASUBASTAS, S.A. (MEGASUBASTAS)
DEL REGISTRO: Al momento en que EL AFILIADO firma físicamente el contrato de Afiliación o bien al momento en que se registra y crea su usuario virtualmente, aceptando los términos y condiciones del contrato de afiliación, este reglamento y demás políticas internas en la página web de MEGASUBASTAS, EL AFILIADO reconoce, comprende y acepta que se está registrando para los Servicios de afiliación con la entidad mencionada anteriormente, y que podrá participar de subastas presenciales o virtuales a través de las cuales ofertara para comprar salvamentos, bienes muebles y/o inmuebles de uno de los vendedores que han contratado los servicios de MEGASUBASTAS para ofrecer bienes de su propiedad a través de subastas presenciales o virtuales, por lo que EL AFILIADO en ningún momento está ofertando y/o comprando bienes propiedad de MEGASUBASTAS. EL AFILIADO reconoce que MEGASUBASTAS solamente vende Servicios de afiliación para participación de subastas físicas o en línea.
INGRESO: EL AFILIADO podrá ingresar a las instalaciones o plataforma de subasta en línea, cumpliendo con el registro requerido y respetando los términos, formalidades y condiciones establecidos en el contrato de afiliación, las políticas y limitaciones que MEGASUBASTAS S.A. designe para el efecto.
INVITADOS: En cada evento de: a) subasta presencial; b) revisión e inspección de bienes a subastar; y, c) para el retiro de bienes subastados completamente adjudicados y pagados, El AFILIADO (tanto persona individual como jurídica) podrá solicitar autorización para ingresar a las instalaciones de MEGASUBASTAS un máximo de 2 personas como invitados espectadores, cuando EL AFILIADO sea una persona jurídica deberá de enviar la solicitud el Representante Legal autorizado por MEGASUBASTAS. El titular de la Afiliación, es el único responsable por los actos de sus invitados dentro de las instalaciones de MEGASUBASTAS; asimismo cualquier daño que se cause a las instalaciones, equipos, inventarios o personal de MEGASUBASTAS por parte de EL AFILIADO o los invitados, así como daños físicos o patrimoniales a terceros que se encuentren dentro de las instalaciones por culpa o dolo de EL AFILIADO o sus invitados este último deberá cubrir todas las reparaciones necesarias para restaurar los daños ocasionados, para estos casos EL AFILIADO deberá cumplir para lo que el efecto determina el contrato de afiliación en las literales c) y d) de la cláusula quinta. Los invitados solo podrán participar en la subasta, afiliándose antes del inicio de la subasta. Tanto en subasta presencial como en línea queda terminantemente prohibido AL AFILIADO ceder, en cualquier caso, los derechos de la membresía a sus invitados.
DEPÓSITO: EL AFILIADO, a su ingreso, deberá registrarse con las personas designadas para tal efecto por MEGASUBASTAS, luego podrá en el área de caja realizar el pago del valor del depósito asignado en las políticas de MEGASUBASTAS, posteriormente, presentando el recibo de pago correspondiente, deberá recoger la paleta respectiva que le permitirá participar durante las pujas, lo antes mencionado aplica únicamente para las subastas presenciales. MEGASUBASTAS, S.A. indicara la hora de inicio de las pujas, a través del subastador. En subasta en línea, deberá realizar el depósito o transferencia bancaria, notificar mediante la plataforma de subasta, la cual al confirmar el depósito generará un código de paleta para participar.
TIPO DE MEMBRESIA: EL AFILIADO al momento de inscribirse a MEGASUBASTAS, opta ya sea por: Membresía Oro, la cual le da la opción a ofertar y comprar por todo tipo de salvamento sin excepción; Membresía Plata, la cual le permitirá realizar compras de todo tipo de salvamentos, con la excepción de salvamentos de Aseguradoras que requieren presentar carencia de Antecedentes Penales y Policiacos; Membresía Bronce, la cual da opción a una sola compra en un periodo de cuatro meses dentro de activos clasificados. Durante el evento de subasta, EL AFILIADO con Membresía Plata, podrá ofertar por un Salvamento con clasificación Oro y adjudicárselo, pero al momento de realizar el pago correspondiente, deberá completar los documentos requeridos para contar con la Membresía Oro, en caso contrario, se contemplará como falta de pago, teniendo la obligación de pagar el 10% sobre el monto del valor adjudicado, como se detalla en las Responsabilidades del Afiliado. Todas las unidades en subasta serán claramente identificadas por parte de MEGASUBASTAS, mediante stickers con el color correspondiente (Oro, Plata o Bronce). El adquirir una membresía Bronce, brinda la opción de realizar compras mediante FastBid y/o participar de eventos de subasta bajo condiciones estipuladas por Megasubastas previamente notificadas. Una Membresía Bronce permite una sola compra en cuatro meses, en caso de completar todos los requisitos correspondientes, se puede optar por cambio a Membresía Oro o Plata. Las condiciones de pago, traspaso y entrega bajo una Membresía Bronce serán notificadas a EL AFILIADO según los activos que xxxx xxxxxxxxxx bajo esta clasificación.
NO CONSEJO PROFESIONAL: Cualquier información, orientación o consejo obtenido a través de los Servicios y Servicios de afiliación, incluido el sitio web y los servicios de soporte por teléfono, correo electrónico y chat de WhatsApp, es solo para fines informativos. El personal de MEGASUBASTAS está disponible para ayudarlo y responder las preguntas de EL AFILIADO, pero no son mecánicos, expertos ni profesionales capacitados o calificados en ningún campo relacionado con los bienes a subastar. No han visto los bienes en persona, ni tienen la capacidad para hacerlo. Si EL AFILIADO tiene inquietudes o preguntas específicas que pueden requerir asesoramiento profesional, debe consultar con un profesional debidamente capacitado y calificado antes de realizar una oferta o realizar una compra. EL AFILIADO acepta no confiar en ninguna información, orientación o consejo obtenido del sitio web o personal de MEGASUBASTAS a través de cualquier canal de comunicación disponible, para decidir si ofertar por un bien, por lo que de ofertar es por su propia voluntad y sabiendo los riesgos y consecuencias que esto conlleva.
USUARIO CONECTADO SIMULTÁNEAMENTE: EL AFILIADO reconoce expresamente que tiene terminantemente prohibido el dar la información de su usuario y contraseña con el objetivo de que una o más personas se conecten simultáneamente desde su usuario en dispositivos electrónicos diferentes, en estos casos cuando MEGASUBASTAS detecte que un mismo usuario está conectado simultáneamente en distintos dispositivos, procederá a bloquear el usuario sin ningún tipo de responsabilidad de su parte, y solamente se levantará el bloqueo a solicitud por escrito de EL AFILIADO al departamento de servicio al cliente a través de cualquiera de los canales de comunicación con MEGASUBASTAS, en dicha solicitud por escrito debe contener lo siguiente: a) Nombre y datos generales de EL AFILIADO; y, b) breve explicación del motivo por el cual se encontraba conectado su usuario en distintos dispositivos de manera simultánea.
En los casos en que MEGASUBASTAS bloquee un usuario derivado de lo antes señalado, levantará el bloqueo, siempre que la solicitud por parte de EL AFILIADO contenga los requisitos señalados anteriormente y haya sido enviada por algún canal de comunicación reconocido por MEGASUBASTAS en el contrato de afiliación, dentro de un término de hasta tres días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud de EL AFILIADO.
MEGASUBASTAS llevará registro interno de las faltas de EL AFILIADO y cuando este acto se repita por tres o más ocasiones
XXXXXXXXXXXX está en total libertad de examinar el expediente de EL AFILIADO y poder decidir dar por terminado sin responsabilidad
alguna de su parte, así como no tendrá obligación de reembolsar la cuota de afiliación, el contrato de afiliación, debiendo de dar aviso de esto a EL EX AFILIADO y dar de baja de manera permanente el usuario.
ADJUDICACION: EL AFILIADO, una vez registrado y con paleta asignada, física o virtual, podrá realizar pujas por los salvamentos, bienes muebles y/o bienes inmuebles en subasta. En subastas presenciales o en línea, cada oferta que se realice será tomada por XXXXXXXXXXXX, como un compromiso expreso, formal y voluntario de compra por parte de EL AFILIADO, tanto si la oferta fuese por el valor base o un valor mayor, como también las ofertas realizadas por debajo, siempre teniendo en cuenta que el vendedor podrá una vez finalizada la subasta (presencial o virtual) analizar y revisar las ofertas para aceptar o rechazarlas sin ningún tipo de responsabilidad de su parte. En el caso, de ser aprobada la venta por parte de el vendedor y luego de comunicarlo MEGASUBASTAS a EL AFILIADO este último se rige a los tiempos y sanciones estipulados en este reglamento y los términos y condiciones contenidos en el contrato de afiliación.
RESPONSABILIDADES DEL AFILIADO: MEGASUBASTAS, brinda de 3 a 5 días hábiles previos al día de la subasta para que EL AFILIADO inspeccione minuciosamente de manera física los salvamentos, bienes muebles y/o inmuebles antes de cada subasta, así mismo, se reserva el derecho de poder realizar cambios en valores, clasificación, descripción o cualquier información del salvamento, bienes muebles y/o bienes inmuebles, hasta una vez iniciada la subasta, por lo que es responsabilidad única y exclusiva de EL AFILIADO revisar, verificar, confirmar, estudiar, inspeccionar apropiadamente, constatando por sí mismo, toda la información y estado de los salvamentos, bienes muebles y/o bienes inmuebles subastados antes de ofertar de manera presencial o en línea; liberando desde ya a MEGASUBASTAS o a los vendedores de responsabilidad alguna acerca de cualquier desperfecto, daño o deterioro de los bienes muebles a subastar, teniendo claro que EL AFILIADO cuenta con varios días para inspeccionar y verificar el estado en que se encuentran los bienes muebles y que MEGASUBASTAS no es el encargado de inspeccionar a detalle los bienes a subastar, ya que esta última cabe recordar que solamente actúa como FACILITADORA del negocio jurídico entre el vendedor y comprador, brindando el servicio de subasta de forma presencial o bien subasta virtual a través de su plataforma digital. En caso EL AFIALIADO no verifique de manera física el estado de los salvamentos, bienes muebles y/o bienes inmuebles, acepta en su totalidad el estado y condición general en el que se encuentre y fuese subastado el o los bienes, y no realizara ningún reclamo posterior por temas que no hubiese contemplado, realizando el pago correspondiente según el reglamento actual y los términos y condiciones del contrato de afiliación. De igual manera en el caso en que EL AFILIADO, si hubiese acudido a verificar el estado, características y condiciones de los bienes a subastar, y este participara en la subasta, no tendrá derecho a reclamar posteriormente, por aspectos que este no se haya percatado al momento de la revisión e inspección. El AFILIADO al adjudicarse uno o varios salvamentos deberá realizar un pago No reembolsable en concepto de FEE´s obedeciendo al valor total de cada salvamento adjudicado, el cual es un pago directo a MEGASUBASTAS, el cobro se realiza según la tabla que se muestra al final de este documento y que forma parte de las políticas de MEGASUBASTAS. La falta de pago del valor del FEE respectivo TRES DÍAS HÁBILES siguientes en que se comunique la adjudicación de la subasta, en caso de no realizar el pago correspondiente en el tiempo antes señalado, MEGASUBASTAS podrá hacerse pago con el depósito dado en garantía por parte de EL AFILIADO que fue dado previo a la subasta, en los casos en que este monto de depósito fuera inferior al del FEE, EL AFILIADO tendrá el plazo improrrogable de DOS DÍAS HÁBILES para cubrir el excedente y si no fuese realizado conllevara la consecuencia de la anulación de la adjudicación del bien o bienes subastados, la anulación de la afiliación y MEGASUBASTAS penalizará a EL AFILIADO con la totalidad del monto dado en calidad de depósito dado en garantía más la diferencia que exista entre el depósito dado en garantía y el 10% del valor de el o los bienes adjudicados, en concepto de daños y perjuicios, así como gastos generales y administrativos derivados de la subasta y que han sido ocasionados por parte de EL AFILIADO.
OFERTAS DE VEHÍCULOS: Las ofertas en subasta de salvamentos y/o bienes muebles consistentes en vehículos de modelos 2021 y 2022, se regirá a partir de la presente fecha por las siguientes condiciones y restricciones: Primera: Cuando la oferta sea igual o mayor al monto de la base publicada se entenderá que el valor adjudicado incluye el Ajuste de IVA; Segunda: Los salvamentos y/o bienes muebles consistentes en vehículos que no alcancen el valor Base Publicado quedarán sujetos de aprobación por parte del vendedor sin ninguna obligación de adjudicarlo, pero si este fuera el caso, el vendedor comunicará al comprador las condiciones de venta para su adjudicación. Toda oferta realizada en subasta ya sea por encima del valor base, así como por debajo del mismo, representa un compromiso por parte de EL AFILIADO, y se sujeta a las condiciones establecidas de adjudicación de este reglamento. En subasta en línea, todas las unidades no importando el modelo, quedaran sujetas de aprobación previa por parte del vendedor.
PLAZO DE PAGO BIENES: El plazo para la cancelación del pago de salvamentos, bienes muebles y/o bienes inmuebles será de 3 días hábiles contado a partir del día en que se notificó la adjudicación, en caso de no haberse realizado la cancelación correspondiente, a partir del tercer día se le cobrará, AL AFILIADO, el valor de Q100.00 por concepto de almacenaje. De no ser cancelado al quinto día hábil la adjudicación será anulada. MEGASUBASTAS, S. A. o la Aseguradora, entidades de cualquier naturaleza o personas individuales respectivas (vendedores), o colaboradores NO ASUMEN responsabilidad de realizar ningún reintegro posterior a la recepción del pago del salvamento por ningún tipo de causa. El AFILIADO que incumpla con el pago del salvamento adjudicado en el plazo estipulado, De no haberse pagado el valor de los bienes adjudicados al QUINTO día hábil, se anulará la adjudicación del bien y se procederá a hacer efectivo el recargo del 10% del valor de bien adjudicado, el cual se descuenta automáticamente del Depósito en Garantía de Participación dado por EL AFILIADO previamente a la subasta, y se requerirá la diferencia en caso el monto sea mayor al Depósito en Garantía, la cual deberá ser pagada dentro de DOS DÍAS HÁBILES siguientes al requerimiento efectuado por el personal de MEGASUBASTAS. En caso EL AFILIADO NO CUMPLIESE con pagar la diferencia por ser un monto mayor al dado como depósito en garantía, su membresía será cancelada automáticamente lo cual le impide acceso a las instalaciones y participación de eventos de subasta por cualquier medio, así como el bloqueo de su usuario digital registrado y la participación en subastas por medios electrónicos virtuales. El AFILIADO que se haya adjudicado algún salvamento, bienes muebles y/o bienes inmuebles en la subasta, está obligado a entregar el día del pago, todos y cada uno de los documentos que sean requeridos para el trámite de traspaso y los cuales le informara MEGASUBASTAS, con el conocimiento que para poder traspasar un vehículo debe seguir lo requerimientos establecidos por SAT o cualquier otra entidad pública relacionada, los cuales da por conocidos y entendidos, siendo única y exclusiva responsabilidad del comprador finalizar este proceso, exime de toda responsabilidad para este efecto a la aseguradora, entidades de cualquier naturaleza o personas individuales (vendedores) o MEGASUBASTAS. Además de ser responsable de notificar a MEGASUBASTAS por escrito o correo electrónico cuando se haya adjudicado un vehículo que necesitaba reparaciones y este haya sido totalmente reparado y se encuentre caminando (cuando aplique el caso ) para poder iniciar con el proceso de traspaso. La responsabilidad de acudir al expertaje, pagos, ampliaciones o cualquier requerimiento de SAT y/o cualquier otra institución pública relacionada es exclusiva del comprador y debe dar el seguimiento necesario para poder concluir el proceso. Asimismo, cabe resaltar que la tramitación de liberación y traspaso de vehículos adjudicados, se reconoce expresamente que MEGASUBASTAS no tendrá ningún tipo de responsabilidad sea civil, penal, administrativa o de cualquier otro orden relacionadas al tema, y no contara con plazo alguno para llevar a cabo dichas operaciones, toda vez que está sujeta a la eficiencia y plazos internos de el vendedor y/o de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) o cualquier otra entidad pública relacionada al trámite, así como también criterios específicos y puntuales de los encargados de llevar a cabo estos trámites dentro de cualesquiera entidades antes mencionadas.
EL AFILIADO (Comprador) tendrá el plazo de 120 días calendario, después de adjudicado un salvamento para los efectos de la reparación (cuando proceda), el traspaso a su dominio ante la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT; transcurrido dicho plazo sin que hubiere notificación por escrito por parte de EL AFILIADO justificando el motivo de retraso, se procederá a inactivar definitivamente ante
el Registro Fiscal del Vehículo o vehículos adjudicados. EL AFILIADO tendrá responsabilidad total durante el proceso de liberación y traspaso del bien adjudicado ante dicho Registro, por lo que libera, desde ya, a MEGASUBASTAS, la Aseguradora entidades de cualquier naturaleza o personas individuales (vendedor) de el o los bienes subastados, adjudicados, entregados y recibidos, de cualquier responsabilidad sea civil, penal, administrativa o de cualquier otro orden, derivada de las operaciones administrativas ante el Registro Fiscal de Vehículos.
FORMA DE PAGO: a) para los salvamentos adjudicados según las condiciones aceptadas por las Aseguradoras, Empresa Vendedora, Vendedor y/o MEGASUBASTAS, será únicamente por medio de CHEQUE DE CAJA o TRANSFERENCIA BANCARIA a nombre de la aseguradora, entidades de cualquier naturaleza o personas individuales vendedores de los salvamentos, bienes muebles y/o bienes inmuebles subastados “No se aceptan pagos o depósitos en efectivo, de no respetar esta normativa se somete a lo especificado en el contrato de afiliación; b) el depósito de Garantía debe ser cancelado únicamente en efectivo o transferencia; c) el pago de FEE, gestiones, muellaje y multas puede ser cancelado en efectivo, transferencia o cheque en favor de MEGASUBASTAS. Si fuese pago con cheque, este debe ser compensado antes de entregar el salvamento o bien subastado.
ENTREGA DE SALVAMENTOS: Para el retiro de los salvamentos adjudicados es INDISPENSABLE que el afiliado haya completado expediente de control interno toda su información personal o la de su representada y todos los documentos solicitados por las Aseguradoras, empresa o propietario del bien subastado así mismo, deberá cumplir con el llenado de los formularios IVE-SA que sean necesarios y requeridos a satisfacción por cada operación que realice en MEGASUBASTAS, facilitando para ello la información completa solicitada en dichos formatos. (Las condiciones de venta son fijadas por el vendedor entre las que se puede requerir realizar el traspaso del bien subastado a nombre del comprador como condición única de entrega de las unidades y el comprador acepta que si este fuera el caso libera, desde ya, a MEGASUBASTAS, la Aseguradora entidades de cualquier naturaleza o personas individuales vendedores de el o los bienes subastados de cualquier responsabilidad sea civil, penal, administrativa o de cualquier otro orden, derivada de las operaciones administrativas ante el Registro Fiscal de Vehículos u otro efecto).
EL AFILIADO deberá retirar los salvamentos adjudicados durante los 5 días hábiles posteriores al día que se le notifique. Al sexto día hábil se cobrará Q100.00 quetzales diarios por concepto de almacenamiento temporal. EL AFILIADO se compromete a pagar cualquier otro tipo de servicio brindado por MEGASUBASTAS (trámite de traspaso de vehículos, gestor de trámites antes instituciones públicas, pago y verificación de impuestos de circulación de vehículos y motocicletas, así como cualesquiera otros trámites de carácter administrativo ante entidades públicas que sean necesarios para cada caso en concreto) y da por aceptadas las tarifas publicadas por cada servicio al dorso de este documento. Los vehículos se venden de parte de las aseguradoras “TAL COMO ESTOS SE ENCUENTRA (AD-corpus) y en el lugar en DONDE SE ENCUENTRAN,” es decir qué, EL AFILIADO lo ésta comprado “con todos y cada uno de los defectos que estos tienen” no contando por consiguiente con garantía de ningún tipo; por lo que desde ya se libera la Responsabilidad de cualquier tipo a MEGASUBASTAS en cuanto a los daños, desperfectos y defectos de los bienes subastados, recordando nuevamente que MEGASUBASTAS únicamente actúa como FACILITADOR del negocio entre comprador y vendedor brindando principalmente el servicio de subastas de bienes, para lo antes indicado EL AFILIADO deberá de atenerse a lo pactado en el contrato de afiliación.
RESPONSABILIDAD LIMITADA: Toda información o fotografía proporcionada o publicada por el vendedor o MEGASUBASTAS, referente a los vehículos es únicamente de carácter informativo y en ningún caso contractual. MEGASUBASTAS informará a EL AFILIADO por medio de la página web, correo electrónico, mensaje de WhatsApp o llamada telefónica, la aprobación de los salvamentos adjudicados. Esto aplica para los salvamentos que se encuentren pendientes de aprobación por parte de la aseguradora entidades de cualquier naturaleza o personas individuales propietarios de los bienes subastados. EL AFILIADO acepta recibir los salvamentos que adquiera, en el estado en el que se encuentran y es responsable de: a) verificar que la información del mismo tales como Año, Numero de Motor, Chasis, Placa, así como cualesquiera otros datos utilizados para identificar e individualizar el bien, sean los correctos, y que coincidan con la copia de tarjeta de circulación; b) verificar que los recibos y documentos que acreditan los pagos realizados, percatándose que estén redactados correctamente y reflejen los montos correctos que den soporte a su oferta, por lo que libera a MEGASUBASTAS de cualquier responsabilidad o futuro reclamo. Las fotografías publicadas en los distintos medios pueden variar debido al retiro de piezas o accesorios que no estuviesen contemplados en las pólizas de Aseguradoras, o de la empresa dueña del artículo en venta no importando su tipo. MEGASUBASTAS se reserva el derecho de poder realizar, por requerimiento del propietario del salvamento, bienes muebles y/o inmuebles, cambios en su valor base, descripción, clasificación o retirarlo de subasta, así mismo, una vez adjudicado un bien, la aseguradora, entidades de cualquier naturaleza o personas individuales propietarios de los bienes subastados, posee la libertad de anular una venta y hacer devolución de los pagos que se hayan recibido por parte de EL AFILIADO.
ACEPTACIÓN: EL AFILIADO, acepta expresamente toda la responsabilidad civil por el contenido de cada uno de los artículos enunciados por MEGASUBASTAS tanto en el presente reglamento como en el contrato de afiliación. También acepta y reconoce el derecho de las Aseguradoras, entidades de cualquier naturaleza o personas individuales propietarios de los bienes subastados a revisar los salvamentos ya reparados, antes de entregar documentación.
El Vendedor de los bienes se reserva el derecho de anular cualquier venta, proceder con la devolución de los pagos realizados sin ningún recargo o requerimiento de explicación alguna por parte del comprador, incluyendo la solicitud de devolución del bien entregado por lo que el comprador acepta esta condición, acepta que si este fuera el caso libera , desde ya, a MEGASUBASTAS, la Aseguradora, vendedor y/o al anterior propietario de el o los bienes subastados de cualquier responsabilidad sea civil, penal, administrativa o de cualquier otro orden, derivada de el caso de ser requerido, para tal efecto se aplicara lo establecido sobre este caso en el contrato de afiliación.
TABLA DE TARIFAS y/o COSTOS
MEGASUBASTAS S.A.
FEE FEE MOTOS
DE | A | VALOR |
Q0.00 | Q5,000.00 | Q700.00 |
Q5,001.00 | Q10,000.00 | Q1,300.00 |
Q10,001.00 | Q15,000.00 | Q1,500.00 |
Q15,001.00 | Q50,000.00 | Q2,700.00 |
Q50,001.00 | Q100,000.00 | Q2,900.00 |
Q100,001.00 | Q200,000.00 | Q3,100.00 |
Q200,001.00 | Q300,000.00 | Q4,000.00 |
Q300,001.00 | Q600,000.00 | Q5,000.00 |
Q600,001.00 | en adelante | Q7,000.00 |
DE | A | ||
Q0.00 | Q15,000.00 | 10 | |
Q15,001.00 | en adelante | Ta |
Impuesto de Circulacion 2024
Su valor sera calculado según
va
OBSE
Automoviles hasta modelo 20
Automoviles 2021 en xxxxx
Inactivaciones
Motos de asegurado
Motos de asegura
Motos con tra Motos con
Perimet Fuer
E
MUELLAJE MOTO
Mu
A
MUELLAJE
GRUA
GESTOR
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