NORMAS GENERALES PARA EXPOSITORES
NORMAS GENERALES PARA EXPOSITORES
Estas normas han sido elaboradas para respaldar los intereses de Expositores y Organizadores, y para garantizar unos resultados positivos y eficientes. Estas normas son de gran importancia para todos y son de obligada aceptación por parte del expositor, por lo que recomendamos su atenta lectura.
1. INSCRIPCIÓN
La inscripción por parte del expositor supone la formalización de un contrato de arrendamiento entre el Expositor y los Organizadores, responsables de la dirección, promoción y supervisión del evento.
2. SUPERFICIE
Los costes de participación serán adeudados y pagados de acuerdo a lo establecido en el Contrato de Participación. Los Organizadores, por causa de fuerza mayor o de circunstancias fuera de su control, pueden modificar el lugar de celebración, posponer o adelantar las fechas y horarios del certamen en cualquier momento, sin perjuicio del contrato de arrendamiento suscrito. Si la Exposición no tuviera lugar debido a causas de fuerza mayor o a cualesquiera circunstancias que no dependieran de la voluntad de los Organizadores y/o Arrendador, el importe pagado por el Arrendatario sería reembolsado tan pronto como se produjera la cancelación, menos el 25% del total abonado, en concepto de pago de gestión y promoción.
3. CESIÓN
Los Expositores no están autorizados a ceder o subarrendar el espacio descrito en el Contrato de Arrendamiento; tampoco están autorizados al uso de dicho stand para fines diferentes del de la exposición y comercio de los productos y/o servicios ofrecidos por el Expositor. Se sancionará con una multa de 1.000% en caso de incumplimiento de este punto, y el stand podrá ser adjudicado a otra empresa, según el criterio de los Organizadores.
4. MANIPULACIÓN DE MERCANCÍAS
Toda vez que el Expositor reciba su stand de acuerdo a las especificaciones del Contrato, será responsable de la colocación de todos los elementos y/o servicios de manera que el Stand esté preparado a las 6 de la tarde del día anterior a la inauguración.
Materiales pesados, grandes o difíciles de manejar, tendrán que ser transportados al interior del Pabellón en el primer día de montaje. Todos los elementos tendrán que ser retirados de las instalaciones de la Exposición en las 48 horas siguientes a la clausura del evento. No se permitirá la retirada antes del fin de la exposición. En caso de que estos materiales no fueran retirados, se sancionará con una multa del 30% sobre el valor de la superficie arrendada. Se permitirá el acceso al pabellón de todos los materiales, a excepción de las herramientas del personal encargado del montaje de stands, que serán registradas y retiradas posteriormente, subsiguientemente al pago del cargo correspondiente por la electricidad usada. Los Organizadores recomiendan la retirada el último día del evento, tras la clausura, de todos los materiales de exposición y otros objetos de valor (aparatos de vídeo, equipos de sonido, televisión, etc.), así como pequeños enseres, con el fin de evitar un posible robo, sustracción, daño, pérdida, etc. Los Organizadores también recomiendan a los Expositores mantener su servicio de seguridad en el stand hasta que todos los materiales hayan sido totalmente retirados; los Organizadores no se harán responsables de ningún problema derivado de la falta de seguridad.
5. SUMINISTRO ELÉCTRICO
La instalación xx xxxxx de corriente, que serán responsabidlidad de los Expositores, será realizada por electricistas debidamente autorizados por los Organizadores, y de acuerdo a la normativa reguladora del servicio prestado por autónomos. Será necesario indicar la cantidad de electricidad requerida a los Organizadores antes de la fecha establecida en el manual. Si un Expositor no cumpliera la Normativa en materia de Electricidad, los Organizadores estarán autorizados a negarle o interrumpirle el suministro. Los Expositores deberán rellenar la Solicitud de Electricidad. Cualquier exceso probado en el consumo durante el evento será cargado por los Organizadores según la tarifa descrita más una multa del 25%. Una vez que las tomas de corriente estén instaladas, se llamará a los Organizadores para proceder a su inspección.
6. COLOCACIÓN DE ENSERES EN LA EXPOSICIÓN
Los expositores dispondrán sus pertenencias de modo que se correspondan con el aspecto general de la Exposición.
7. SEGURIDAD
Los Organizadores proporcionarán un servicio de seguridad ininterrumpido que realizará la vigilancia general de las instalaciones de la Exposición. Cada expositor será responsable de su propia superficie, de los materiales y equipamiento expuestos, y los Organizadores no asumirán ninguna responsabilidad por daños o pérdidas causados por personas o por los productos expuestos, antes, durante y después del evento, incluyendo robo, sabotaje, revolución, deficiencias o interrupciones en el suministro eléctrico o de aire comprimido, o por cualquier tipo de accidente.
8. MODIFICACIONES
Estas normas, que forman parte del Contrato de Arrendamiento suscrito entre el Expositor y los Organizadores, podrán ser modificadas según las necesidades de los Organizadores.
9. PAGO
En caso de que el stand contratado no fuera pagado, los Organizadores podrán arrendar este espacio a otra compañía sin devolución de la cantidad adelantada por el incumplidor del contrato, quedando la cantidad restante todavía pendiente de pago, según el criterio de los Organizadores.
10. ACREDITACIONES PARA SERVICIOS
De conformidad con el pago del cargo correspondiente, los Organizadores proporcionarán acreditaciones para los equipos de montaje, decoración, mantenimiento, seguridad, limpieza, y otros equipos de servicios suministrados en el stand del expositor. Para ello se deberá entregar una lista con el nombre y NIF de los profesionales implicados, en papel con el logotipo de las empresas contratistas, indicando también el nombre del stand en el que se vayan a prestar los servicios.
11. LÍMITES DE ALTURA
La altura máxima del stand depende de la ubicación del mismo –compruebe siempre la altura máxima posible, (hasta 2,60m no habrá ningún inconveniente) y las distancias correspondientes que se deban mantener desde los muros divisorios entre stands.
12. ANULACIÓN
En caso de anulación de contrato se aplicarán las siguientes sanciones: si la renuncia se produjera con más de 6 meses de antelación se sancionará con un 25% del valor del contrato, si se produjera con hasta 6 meses de antelación se sancionará con el 30%, hasta 5 meses con el 40%, hasta 4 meses con el 50%, hasta 3 meses con el 70% y hasta 2 meses antes se sancionará con el 100%.