CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCACIONALES AÑO ESCOLAR 2022
ACADEMIA NAHVEL
Corporación Educativa Grasp Número folio …………………
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCACIONALES AÑO ESCOLAR 2022
FAMILIAS ANTIGUAS
En PAINE, a …. de OCTUBRE de 2022, se celebra el siguiente contrato de Prestación de Servicios Educacionales, entre CORPORACIÓN EDUCATIVA GRASP, RUT Nº 00.000.000-0, sostenedora de la ACADEMIA NAHVEL, a través de su Presidente don XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXX, RUT Nº 11.226.142-
7, ambos con domicilio en Las Posesiones 246, comuna xx Xxxxx, Teléfono Nº 00 00 0000000, que en adelante se denominará “ACADEMIA NAHVEL”, por una parte, y por la otra, y APODERAD@ 1 (apoderado financiero) individualizado conforme la ficha de ADHESIÓN A ACADEMIA NAHVEL 2022, y exponen:
PRIMERO: Las partes declaran:
a) Que ACADEMIA NAHVEL es un colegio particular pagado dependiente de la Corporación Educativa Grasp, que funciona en la calle Las Posesiones 246, Paine, conforme a las normas de la Ley General de Educación.
b) Que el apoderado financiero individualizado en la ficha de ADHESIÓN A ACADEMIA NAHVEL anexa al presente contrato declara hacerse responsable del financiamiento del a prestación del servicio educacional brindado al (la) alumno (a) a que se refiere el presente contrato.
c) Que el apoderado financiero individualizado en la ficha de ADHESIÓN A ACADEMIA NAHVEL anexa al presente contrato declara su renuncia al establecimiento educacional particular subvencionado Colegio Xxxxxx xx Xxxxx.
SEGUNDO: El apoderado financiero anteriormente individualizado declara:
a) Que por este contrato matricula en la Academia Nahvel, en calidad de alumno(a) regular a su pupilo(a), individualizad@ más arriba como ALUMN@, en la ficha de ADHESIÓN A ACADEMIA NAHVEL en el curso que se señala, año 2022.
b) Que en caso de requerirse su presencia en el establecimiento educacional, y encontrarse impedido de concurrir, autoriza a que comparezca en su nombre APODERAD@ 2, ya individualizado más arriba. No se autorizan retiros por vía telefónica en el evento de clases presenciales.
c) Que para todos los efectos APODERAD@ 1 se considerará Apoderado Académico, para los efectos de recibir información sobre la progresión curricular del/la alumno/a, ser citado a reuniones presenciales y/o telemáticas
con directivos y/o docentes del colegio y demás actividades atingentes al rendimiento escolar.
TERCERO: Las partes están de acuerdo en los siguientes principios que rigen la educación prestada en virtud del presente contrato:
a) El presente contrato se suscribe mientras nuestro país y la comuna xx Xxxxx sufre una pandemia del virus COVID 19, por lo que la educación se presta presencialmente y/o a distancia, según las condiciones sanitarias y de contagio informadas y dispuestas por el Ministerio de Salud.
b) Es derecho de APODERAD@ 1 optar entre clases presenciales y a distancia para su pupilo/a.
c) Academia Nahvel tiene la autonomía y la responsabilidad de establecer sistemas de clases presenciales que aminoren al máximo los riesgos de contagio del COVID 19 mientras alumnas y alumnos se encuentren asistiendo a clases dentro xxx xxxxxxx escolar. En consecuencia, las partes otorgan al colegio el derecho de establecer los protocolos sanitarios y de seguridad que estimen sus directivos para prevenir al máximo los contagios al interior del establecimiento.
d) Igualmente, tratándose de clases a distancia, las partes otorgan el derecho al colegio de definir las condiciones para impartir enseñanza telemática de calidad, y de entregar una alternativa de enseñanza para alumnas y alumnos que no cumplan con dichas condiciones. En uno y otro caso, las partes entregan Academia Nahvel el derecho de regular los requisitos de acceso de alumnas y alumnos a las clases a distancia, incluyendo el derecho de exclusión de las mismas en el evento que se verifiquen entorpecimientos a la normal transmisión de la enseñanza por esta vía.
e) Los padres, madres y tutores de alumnas y alumnos declaran y aceptan que el control disciplinario de sus pupilas/os, mientras asisten a clases telemáticas de Academia Nahvel, es de su exclusiva responsabilidad, y por tanto, en el caso que las y los menores de edad no cumplan con los requisitos y condiciones establecidos en los protocolos de educación a distancia, aceptan que el colegio les otorgue una alternativa académica que asegure la regularidad de sus estudios, sin asistir a la enseñanza a distancia.
CUARTO. Academia Nahvel, como entidad formativa se compromete a:
1. Entregar, durante la vigencia del presente contrato, la atención para que el alumno(a) desarrolle el proceso educativo dentro de un nivel adecuado de exigencia académica, colocando énfasis en la formación integral.
2. Impartir la enseñanza contenida en los planes de estudio oficiales y programas correspondientes al curso en que se matricula el alumno(a) (considerando la realidad del grupo), y seguir las normas vigentes en materia de evaluación y promoción, por medio de profesionales calificados.
3. Difundir el contenido del Proyecto Educativo, el Reglamento Interno, las Normas de Convivencia del establecimiento, en el caso de clases presenciales, y los protocolos de clases telemáticas, y velar por su cumplimiento.
4. Proporcionar al alumno(a), de acuerdo a las normas internas, la infraestructura que el colegio requiera para el desarrollo del programa curricular, en el caso de clases presenciales y en cumplimiento de las normas sanitarias y de seguridad dispuestas por el Ministerio de Salud.
QUINTO: APODERAD@1 se compromete a:
1. Aceptar y adherir al Proyecto Educativo Institucional, al Reglamento Interno, y las Normas de Convivencias del establecimiento, en el caso de clases presenciales.
2. Acatar los protocolos de las clases telemáticas y ejercer el control parental y disciplinario respecto de su pupilo/a mientras asisten a ellas, haciéndose responsable de las inconductas de el o la menor de edad a su cargo durante las clases virtuales, de manera de asegurar que estas clases no sean entorpecidas, interrumpidas ni saboteadas.
3. Favorecer las tareas educativas y formativas que, en beneficio del alumno(a), conciba y desarrolle el Colegio, y observar las instrucciones que con este objetivo emita el establecimiento.
3. Acatar las normas del Colegio, presentarse al ser citado para reuniones virtuales, seguir el conducto regular ante cualquier situación que le afecte, asistir a las reuniones de Padres y Apoderados y reuniones abiertas convocadas por el Colegio, respetar a cada uno de los integrantes de la comunidad educativa y cooperar en las actividades que se programen.
4. Cumplir en forma oportuna con los pagos de Colegiatura mensual de acuerdo a la siguiente tabla:
2022 | 12 cuotas enero a diciembre | 5 Unidades de Fomento |
2023 | 12 cuotas Enero a diciembre | 5 Unidades de Fomento |
Esta modalidad se pacta para apoderados definidos como antiguos, que provienen del Colegio Xxxxxx xx Xxxxx, particular subvencionado.
La primera cuota de 2022 debe estar pagada conjuntamente con la suscripción de este contrato, y las siguientes se pagarán sucesivamente, los primeros cinco días de cada mes.
5. Responder y cancelar los costos de reparación o reposición ocasionados por la pérdida y/o deterioro de: libros, instrumental, equipos e implementos de propiedad del colegio, sillas, bancos, vidrios, baños, puertas, muros, teléfono en los que el alumno(a) pudiera tener responsabilidad, ya sea individual o colectivamente.
6. Acatar las sugerencias técnico-pedagógicas y disciplinarias que emanen de la Dirección de Academia Nahvel, Inspectoría General, Orientación y Psicopedagogía, sean refrendadas por el Director Académico de Academia Nahvel, y que apunten a velar por el bienestar académico, psicológico y espiritual del alumno(a), como así, resguardar los derechos de las demás personas de su grupo curso, que puedan estar siendo entorpecidas por el actuar negativo del alumno(a).
7.- En caso de que el Apoderado no cumpla oportunamente con sus obligaciones financieras, deberá retirar la documentación de su(s) hijo(a).
8.- Para los efectos de recibir información de Academia Nahvel APODERAD@1 compareciente autoriza el uso del número de teléfono que se indica, el que se usará también como whatsapp exclusivo de difusión.
QUINTO: Abandono escolar. Se considera abandono escolar:
a. Por parte de APODERAD@1, estar inubicable durante toda una semana, en días y horas hábiles, de lunes a viernes, entre 8 hrs y 18 hrs., en alguno de los números celulares indicados en el presente contrato.
b. Por parte de APODERAD@1, no contestar los correos electrónicos enviados desde el colegio en 3 días hábiles distintos.
c. Por parte de ALUMN@, no comparecer a las clases presenciales y/o telemáticas sin justificación de su apoderado/a, durante 5 días hábiles consecutivos
d. En caso de abandono escolar, los antecedentes serán puestos a disposición del Juzgado de Familia, mediante una medida de protección en favor de el alumno o la alumna solicitada por la Dirección de Academia Nahvel.
SEXTO: ALUMN@ al matricularse adquiere los siguientes derechos:
1. A recibir la enseñanza, acorde a los planes del Ministerio de Educación, sin perjuicio de las horas adicionales dispuestas por la Dirección Académica, o a los elaborados por Academia Nahvel y autorizados por el Ministerio de Educación si los hubiere, en lo sucesivo.
2. A desempeñar un rol protagónico en la acción educativa, sustentada en principios y valores.
3. A participar en todas las actividades académicas curriculares, propias de su curso, y de las demás de carácter extra programáticas que Academia Nahvel promueva y ejecute.
4. Utilizar la infraestructura de Academia Nahvel, según las normas internas de éste, y siempre cumpliendo con las normas sanitarias dispuestas por el Ministerio de Salud.
SEPTIMO: ALUMN@ se compromete a:
1. Cumplir con lo establecido en el Proyecto Educativo de la Academia Nahvel, en el Reglamento Interno como en las Normas de Convivencia del Colegio.
2. Cumplir con los protocolos de las clases telemáticas, mientras éstas son impartidas, evitando en especial, distraerse y/o distraer al resto de los alumnos y las alumnas con mensajería instantánea, en cualquier plataforma computacional disponible en su respectivo equipo, así como distraerse y/o distraer al resto de los alumnos y las alumnas jugando aplicaciones online durante las clases a distancia.
3. Asistir regular y puntualmente a las clases y actividades planificadas por Academia Nahvel, sean presenciales o a distancia.
4. Acatar las normas de evaluación y promoción vigentes.
5. Mantener un comportamiento, presentación personal y disciplina compatibles con las exigencias, principios y postulados que persigue Academia Nahvel, cualquiera sea la modalidad de enseñanza a la que asista.
6. Ser el principal impulsor de su propio desarrollo, crecimiento y formación, tanto en el ámbito académico, espiritual, social, afectivo, cultural, deportivo y artístico.
OCTAVO: Si ALUMN@, ya matriculado(a) es retirado(a) del establecimiento educacional, Academia Nahvel no hará devolución de las sumas de dinero pagadas. El apoderado declara conocer y aceptar que el arancel convenido por los servicios educacionales a que se refiere el presente contrato tiene carácter anual.
NOVENO: APODERAD@ 1 no tendrá derecho a solicitar nuevamente el Contrato de Prestación de Servicios Educacionales por un nuevo período debido a las siguientes causales:
1. Si hay incumplimiento, por parte del APODERAD@1, de algunos de los puntos de este contrato.
2. Si APODERAD@1, luego del proceso de evaluación al que será sometido cada año y después de haber recibido el apoyo que demande su situación particular, no demuestre cambios positivos significativos respecto de los incumplimientos detectados a este contrato.
3. Si conforme al procedimiento contemplado en el Reglamento Interno y en las Normas de Convivencia del Colegio, se ha determinado que el alumno(a) ha incurrido en incumplimiento disciplinario grave y/o académico insuficiente y repetitivo en su vida escolar en el establecimiento. En lo académico, la repitencia por más de 1 curso por nivel (básico o medio).
4. Si APODERAD@1 no asiste a todas las reuniones a distancia con los directivos de Academia Nahvel, lo mismo que, a las jornadas de estudio, formación y reflexión. Estas ausencias las partes convienen en calificarlas como evidencia de un claro abandono de sus obligaciones con su hijo(a).
5. Si hay por parte de la familia y del APODERAD@1 acciones reñidas con los principios básicos que sustenta nuestro Proyecto Educativo Institucional, como el respeto y la formación académica de los alumnos y alumnas, así como el amparo o fomento del uso y tráfico de drogas, alcohol y otros estupefacientes, especialmente al interior del colegio.
6. Si permanentemente o de manera constante el(la) alumno(a) no se conecta ni asiste a las clases regulares, no interactúa en ellas con los/las docentes, ni participa de ellas.
DECIMO: El presente contrato respecto de las obligaciones derivadas de la prestación del servicio educacional comenzará a regir el 00 xx xxxxx xx 0000, x xxxxxx hasta el término de dicho año escolar. El apoderado podrá solicitar un nuevo contrato y el colegio se reserva el derecho a aceptarlo o rechazarlo.
El Colegio se compromete a avisar por escrito al apoderado la “no renovación de un nuevo contrato para el año 2022”, a más tardar, el 30 de Noviembre de 2022.
UNDÉCIMO: El apoderado declara, al firmar este Contrato, que le fue informado que debe acceder al sitio web del colegio, donde puede obtener, leer e imprimir el Proyecto Educativo, el Reglamento de Evaluación, las Normas de Convivencia y los Protocolos de Educación Telemática. (xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx). Al mismo tiempo se compromete a tomar conocimiento, leer y estudiar dichos documentos, involucrando en este acto a su familia y pupilo(a).
DÉCIMO SEGUNDO: DECLARACIÓN DE ADHESIÓN ESPECIAL A PROYECTO
EDUCATIVO SOBRE DEBER DE CUIDADO. En tanto el/la alumno/a individualizado/a en el presente contrato sea menor de edad y se encuentre en horario escolar al interior xxx xxxxxxx de Academia Nahvel, el apoderado declara conocer que el/la menor de edad se encuentra bajo el cuidado exclusivo y excluyente del personal docente y no docente de Academia Nahvel. Asimismo, el apoderado conoce, declara y acepta que, dado que Academia Nahvel aspira a la máxima excelencia académica, no es admisible bajo ninguna circunstancia que el / la alumna indicado/a en el presente contrato realice cualquier acto destinado a paralizar el normal funcionamiento de las actividades escolares, en especial, suspender las clases regulares, sean presenciales o a distancia. APODERAD@1 conoce y acepta que son los profesores del colegio los responsables de presentar e implementar las formas de expresión ciudadana de los/las alumnos/as al interior del establecimiento, con conocimiento de los/las apoderados /as. En consecuencia, APODERADO1 conoce que la presente cláusula es el marco de ejercicio del deber de cuidado que comparten Academia Nahvel y la familia de el/la alumno/a individualizado en el presente contrato.
DÉCIMO TERCERO: RENUNCIA A CLASE DE RELIGIÓN. Por el presente
instrumento el/la apoderado/a, de conformidad al DS 924 de 1983, de Educación, viene en renunciar a cualquier clase de religión dentro de Academia Nahvel, y acepta que su proyecto educativo es esencialmente laico y librepensador, adhiriendo a este principio sin reserva alguna que hacer.
Las partes fijan su domicilio en la ciudad xx Xxxxx y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia. En caso de controversias sobre las cláusulas de este Contrato, las partes convienen en que aquellas serán resueltas por un árbitro arbitrador, para lo cual Academia Nahvel propondrá al apoderado mediante correo electrónico a la dirección indicada en este contrato, el árbitro referido precedentemente, el que se tendrá por aceptado si el apoderado no lo objeta presencialmente en el colegio, por escrito y fundadamente, dentro de los 2 días siguientes a la recepción del correo electrónico.
En comprobante y previa lectura firman
APODERAD@1 REPRESENTANTE LEGAL DEL COLEGIO
Nombre, RUT, y Firma