GOBIERNO DE JALISCO
GOBIERNO DE JALISCO
Poder Ejecutivo Secretaría de Administración
Comisión de Adquisiciones y Enajenaciones
BASES
LICITACIÓN PÚBLICA LOCAL LPL29/2015
“SEGURO DE VIDA PARA SERVIDORES PUBLICOS EN ACTIVO Y JUBILADOS DEL SUBSISTEMA ESTATAL Y FEDERAL DE LA SECRETARÌA DE EDUCACIÓN Y SEGURO COLECTIVO DE RETIRO DEL PERSONAL FEDERALIZADO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN”
De conformidad a lo previsto por los Artículos 1, 4, 5, 6, 8 Fracción I, 11 Fracción I 51, 52 Fracción XIII y 53 de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado de Jalisco y el Artículo 19 Fracción I de su Reglamento, la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo en coordinación con la Comisión de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado, ubicadas en Prolongación Xxxxxxx Xxxxxxx xxxxxx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxx Xxxxxx, X.X. 00000, en la Ciudad de Guadalajara, Jalisco; convoca a los proveedores interesados en participar en la Xxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xx. XXX00/0000 para la contratación de “SEGURO DE VIDA PARA SERVIDORES PUBLICOS EN ACTIVO Y JUBILADOS DEL SUBSISTEMA ESTATAL Y FEDERAL DE LA SECRETARÌA DE EDUCACIÓN Y SEGURO COLECTIVO DE RETIRO DEL PERSONAL FEDERALIZADO DE LA SECRETARÍA DE
EDUCACIÓN”, misma que se llevará a cabo con recursos FEDERALES del Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y el Gasto Operativo (FONE), a efecto de normar el desarrollo de la licitación antes señalada, se emiten las siguientes
B A S E S
En el presente proceso licitatorio únicamente podrán participar proveedores establecidos en el Estado de Jalisco, de conformidad con lo prescrito por la fracción I del Artículo 11 de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado de Jalisco, que a la letra reza:
Artículo 11.- Las Licitaciones públicas podrán ser:
I. Locales, cuando únicamente puedan participar proveedores establecidos en el Estado;
II. … …
III … …
Para los fines de estas bases, se entenderá por:
Ley | Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado |
Reglamento | Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado |
Secretaría | Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas |
Comisión | Comisión de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado de Jalisco |
Dirección | Dirección de la Comisión de Adquisiciones de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas. |
Padrón | Padrón de Proveedores de Bienes y Servicios |
Domicilio | Prolongación Xxxxxxx Xxxxxxx Xx. 0000, Xxx. Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx, (ingreso opcional por puerta posterior de Av. Magisterio s/n) |
Propuesta | La propuesta técnica y económica que presenten los participantes |
Participante | Persona Física o Jurídica que presenta propuesta en el proceso de adquisición |
Proveedor | Participante Adjudicado |
I.V.A. | Impuesto al Valor Agregado |
Dependencias | Las que establece la ley orgánica del Poder Ejecutivo |
Entidades | Las que establece la ley orgánica del Poder Ejecutivo |
Dependencia | Secretaría de Educación Jalisco |
1. ESPECIFICACIONES.
La propuesta del participante deberá sujetarse a las especificaciones señaladas en el Anexo 1 (Condiciones Especiales).
2. FECHA, LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA.
El participante adjudicado deberá asegurar a los Servidores Públicos en Activo y Jubilados del Subsistema Estatal de la Secretaría de Educación a partir de las 24:00 horas del día 31 de Diciembre 2015 y hasta las 24:00 horas del día 31 de diciembre del año 2016. Las Condiciones de entrega de los servicios objeto de la presente licitación se especifican en el Anexo 1 de las presentes bases.
3. PUNTUALIDAD.
Sólo podrán ingresar a los diferentes actos, los Participantes registrados que se encuentren en la hora señalada en estas bases o en el lugar donde se vaya a llevar a cabo el acto que corresponda a la hora en que éste comience.
En el caso de que por causas justificadas los actos no se inicien a la hora señalada o se difieran, los acuerdos y las actividades realizadas por la Comisión o por la Secretaría serán válidos. Asimismo la falta de firma de algún Participante en las actas que se deriven de los actos de este proceso de adquisición, no será causa de invalidez o nulidad de algún acto.
4. OBLIGACIONES DE LOS PARTICIPANTES.
a) Ser Compañía Aseguradora y poseer la capacidad administrativa, financiera, legal y técnica, para atender el requerimiento en las condiciones solicitadas implícitas dentro de las presentes bases.
b) El Licitante adjudicado deberá acreditar previo a la firma del contrato con copia de la autorización que emite la Secretaria de Hacienda y Crédito Público para operar como Compañía Aseguradora,
c) La Compañía de Seguros deberá de asignar para las gestiones de reclamaciones y seguimiento de las mismas a una Persona Física o Moral (Agente de Seguros) con experiencia e infraestructura de servicio en la administración de cuentas de gobierno. El Agente Persona Moral o Persona Física deberá de contar con una póliza de Responsabilidad Civil Profesional.
d) Las compañías aseguradoras interesadas en participar deberán comprometerse a otorgar prórroga de la póliza, si el Gobierno del Estado de Jalisco así lo requiere. Dicha prorroga deberá ser por uno, dos o los tres meses, con las mismas condiciones y el mismo costo mensual contratado en esta licitación. Situación que la convocante les hará saber en un plazo máximo de 30 días naturales antes del vencimiento del contrato.
e) El objeto del contrato que se celebrará con motivo de la presente licitación es la adquisición del SEGURO DE VIDA PARA SERVIDORES PUBLICOS EN ACTIVO Y JUBILADOS DEL SUBSISTEMA ESTATAL Y FEDERAL DE LA SECRETARÌA DE EDUCACIÓN Y SEGURO COLECTIVO DE RETIRO DEL PERSONAL FEDERALIZADO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, contra los riesgos cubiertos de acuerdo a los limites, coberturas y cláusulas asentados y pactados en el contrato, de acuerdo a las bases de licitación y sus anexos, propuesta que contienen las condiciones especiales, así como las propuestas económicas, que forma parte integral del mismo.
f) En caso de resultar adjudicado, estar actualizado o inscribirse en el Padrón de Proveedores de Bienes y Servicios del Gobierno de Jalisco, antes de la firma del contrato respectivo; en el entendido de que la falta de inscripción en el Padrón, no imposibilita que pueda participar, pero sí es factor imprescindible para la elaboración y la formalización del contrato. Para efecto de lo anterior comunicarse al teléfono 00- 00-00-00 donde le será proporcionada la información necesaria.
g) Los pagos serán depositados en cuenta, para lo cual deberán llenar una Solicitud de Pago Electrónico
que será proporcionada por la Dirección de Desarrollo de Proveedores.
h) En caso de ser adjudicado deberá cumplir con lo establecido en los artículos 45 de la Ley y 49 del Reglamento, y los documentos que acrediten los datos asentados en el Anexo 4 (acreditación) de estas bases, previo a la firma del contrato.
i) Presentar copia del oficio de autorización del margen de solvencia u oficio sellado por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas por la entrega de la información financiera del año 2014, así como el ultimo del 2015; En donde se muestre que el cumplimiento de los indicadores de solvencia satisfactoria.
Para efectos de inscripción o actualización del registro, favor de comunicarse a la Dirección de Desarrollo de Proveedores al teléfono 0000- 0000, o bien ingresar al módulo “Registrarse como Proveedor del Gobierno de Jalisco” de la página de Internet xxxx://xxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/XxxxxxxxxXxxxxxxxx.xxx/XxxxxXxxxxxxx
5. JUNTA ACLARATORIA.
Se llevará a cabo a las 15:00 horas del día 7 de Diciembre del año 2015, en la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado, ubicada en prolongación Xxxxxxx Xxxxxxx Xx. 0000, xxxxxxx Xxxxxxxxxx, en esta ciudad, con entrada opcional por la puerta posterior del edificio, ubicada en la calle Magisterio s/n, bajo los siguientes lineamientos:
a).- Las preguntas deberán entregarse en forma impresa y digital (en formato de Word en texto), por conducto del apoderado legal de los participantes en la oficina de la Dirección de la Comisión de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado de Jalisco, ubicada en domicilio citado en el párrafo inmediato anterior, a más tardar antes de las 10:00 horas del día 30 de Noviembre del año 2015. No se recibirá o dará curso a las preguntas extemporáneas.
b).- A este acto deberá asistir el Participante y/o su representante legal, debidamente acreditado con su poder notariado e identificación oficial.
c).- Se dará respuesta únicamente a las preguntas relacionadas con las bases y el proceso de adquisición, que se formulen de conformidad a lo establecido en el formato del Anexo 2 (junta aclaratoria).
d).- La asistencia de los Participantes a la junta aclaratoria será bajo su estricta responsabilidad ya que deberán de aceptar lo ahí acordado, en el entendido de que en la misma se podrán modificar las características de los bienes y servicios, señalar la fecha para otra junta aclaratoria o el diferimiento de la misma.
El acta de la junta aclaratoria es parte integral de las presentes bases para los efectos legales a los que haya lugar. El objetivo principal de la junta aclaratoria, será el de discutir y en su caso acordar o disipar cualquier duda o comentario que sobre las presentes bases realicen o formulen los concursantes, en el entendido de que éstos podrán realizar las observaciones conducentes a sus representadas y en caso de no existir manifestación expresa alguna por cada uno de los concursantes, se entenderá como aceptadas en todos sus términos y condiciones de la presente licitación así como el contrato que para el caso se llegue a celebrar con el adjudicado en el concurso, no pudiendo alegar la compañía aseguradora beneficiada con posterioridad a junta aclaratoria, vicios del consentimiento, nulidad, dolo, error, lesión, inexactas declaraciones o cualquier acto figura jurídico que tuviera por efecto anulación, rescisión o incumplimiento del contrato de seguro a celebrar, lo anterior tomando en consideración que la junta aclaratoria en cuestión es parte integran del contrato, puesto que en caso de ser omisa(s) la adjudicada no podrá alegar en su favor las circunstancias antes señaladas en caso de existir controversias ya de índole civil, mercantil o penal, ya que las compañías de seguro concursantes son diestras y expertas en la materia de seguros.
6. CARACTERÍSTICAS DE LA PROPUESTA.
El participante deberá presentar su propuesta técnica y económica mecanografiada o impresa en papel membretado original del participante, debidamente firmada, dirigida a la “Comisión de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado de Jalisco” en la que debe constar el desglose de cada uno de los bienes o servicios que está ofertando y que la convocante solicita adquirir. Queda prohibido para el participante hacer suyo sustituyendo su propuesta técnica con el anexo 1 o la junta aclaratoria; el no observar lo anterior será motivo de sanción para el participante.
a).- Toda la documentación elaborada por el Participante deberá redactarse en español. Únicamente podrán presentarse certificaciones, folletos, catálogos o cualquier tipo de documento informativo en el idioma original, anexando traducción al español en los términos del Art. 35 párrafo tercero de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Jalisco y sus Municipios;
b).- Todas y cada una de las hojas de la propuesta elaborada por el Participante, deberán presentarse firmadas de forma autógrafa por él o su representante legal;
c).- Todos los documentos que integren la propuesta deberán presentarse, dentro de un sobre cerrado de forma inviolable con cinta adhesiva, señalando claramente nombre del Participante, número y nombre del proceso de adquisición;
d).- Los documentos no deberán estar alterado, tachados y/o enmendados;
e).- No se aceptarán opciones, el Participante deberá presentar una sola propuesta;
f).- La propuesta deberá presentarse en los términos de los formatos anexo 5 (técnico) y 6 (económico);
g).- La propuesta deberá realizarse con estricto apego a las necesidades planteadas por la convocante en las presentes bases, de acuerdo a los bienes y servicios, y especificaciones requeridas en el Anexo 1 (especificaciones); y
h).- La oferta se presentará en Moneda Nacional con I.V.A. desglosado y demás impuestos que en su caso correspondan, incluyendo todos los costos involucrados, por lo que no se aceptará ningún costo extra o precios condicionados.
6.1. Características adicionales de las propuestas:
a).- Para facilitar la revisión en el acto de apertura de los documentos requeridos, se sugiere que éstos sean integrados en una carpeta de argollas conteniendo:
1.- Índice que haga referencia al número de hojas;
2.- Separadores dividiendo las secciones de la propuesta;
3.- Las hojas foliadas en el orden solicitado, de la siguiente forma: 1/3, 2/3, 3/3…
4.- Los documentos originales que se exhiban con carácter devolutivo no deberán perforarse, por tanto deberán presentarse dentro de micas.
b).- Dirigida a la “Comisión de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado”, mecanografiada o impresa preferentemente en papel membretado original del Participante.
La falta de alguna de las características adicionales de la propuesta, no será causal de descalificación.
7. PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS.
7.1. PRESENTACIÓN DE PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA, Y APERTURA DE PROPUESTA TÉCNICA
Este acto se llevará a cabo a las 17:00 horas del día 11 de Diciembre del año 2015, en la sala de juntas de la Comisión, ubicada en el mezzanine, del domicilio de la Secretaría, presentándose en el sobre de la propuesta técnica la siguiente documentación:
I.- SOBRE DE PROPUESTA TÉCNICA:
El sobre de la propuesta técnica debe de contener:
a) Anexo 3 (carta de proposición)
b) Anexo 4 (acreditación)
c) Anexo 5 (técnica)
d) Anexo 7 (Estratificación).
II.- SOBRE DE PROPUESTA ECONOMICA
El sobre de la propuesta económica debe contener:
a) Anexo 6 (económica)
La falta de alguno de estos documentos en las fracciones que anteceden, será causal de descalificación de la propuesta del participante
7. 2. Este acto se llevará de la siguiente manera:
a).- A este acto deberá asistir solamente el Participante o su representante legal, debidamente acreditado;
b).- Los Participantes que concurran al acto firmarán un registro para dejar constancia de su asistencia, el cual se cerrará en el momento en que los Participantes ingresen a la sala de juntas;
c).- Los Participantes registrados entregarán su propuesta en sobre cerrado;
d).- En el momento en que se indique, los Participantes ingresarán a la sala, llevándose a cabo la declaración oficial de apertura del acto;
e).- Se hará mención de los Participantes presentes;
f).- Los Participantes registrados entregarán dos sobres por separado cerrados en forma inviolable, uno conteniendo la propuesta técnica y demás documentación solicitada, y otro únicamente la propuesta económica, señalando de manera clara el NOMBRE DEL PARTICIPANTE, PROCESO Y TIPO DE PROPUESTA (TÉCNICA O ECONÓMICA), en caso de omitir algún dato de lo solicitado en este inciso, la Comisión le solicitará al o los participantes que cubran los requisitos solicitados para seguir con el acto;
g).- Se procederá a la apertura del sobre de la propuesta técnica para verificar que contengan la documentación requerida.
h).- El sobre de la propuesta económica (Anexo 6) quedará en resguardo de la Convocante, debidamente firmada por los integrantes de la Comisión y los participantes asistentes.
i).- Cuando menos dos de los integrantes de la Comisión asistentes y dos de los Participantes presentes, rubricarán todas y cada una de las hojas de la propuesta técnica;
j).- Todos los documentos presentados quedarán en poder de la Convocante para su análisis.
7. 3. DICTAMÉN TÉCNICO Y APERTURA DE LAS PROPUESTAS ECONÓMICAS
Este acto se llevará a cabo a las 17:00 hrs del día 16 de diciembre del 2015, en la sala de juntas de la Comisión, ubicada en el mezzanine, del domicilio de la Secretaría, pudiéndose adelantar o posponer la fecha señalada si la Comisión lo considera conveniente, notificando de manera escrita y oportuna a los participantes; acto al que pueden asistir los participantes que presentaron propuestas, sin ser motivo de descalificación el no hacerlo.
7. 4. Este acto se llevará de la siguiente manera:
a).- A este acto deberá asistir solamente el Participante o su representante legal, debidamente acreditado;
b).- Se dará lectura del dictamen técnico donde se mencionará(n) al (los) participante(s) que puedan continuar ofertando y por lo tanto adquiera(n) el derecho a que se realice la apertura de su(s) propuesta(s) económica(s);
c).- Se procederá a la apertura de los sobres que contienen las propuestas económicas para verificar que contengan el documento requerido;
d).- Se les regresará el sobre cerrado, de sus propuestas económicas, transcurridos 15 quince días hábiles contados a partir del acto del fallo, a los participantes que hubiesen sido descalificados, para lo cual se levantará y firmará, un acta circunstanciada dónde al participante que se le regrese el sobre firmará de conformidad el recibirlo sin haber sido aperturado.
e).- Cuando menos dos de los integrantes de la Comisión asistentes y dos de los Participantes presentes, rubricarán todas y cada una de las hojas de las propuestas económicas aperturadas;
f).- Todos los documentos presentados quedarán en poder de la Convocante para su análisis, constancia de los actos y posterior fallo; y
g).- En el supuesto de que algún Participante no cumpla con la obligación de sostener todas y cada una de las condiciones de sus propuestas, o las retire antes de la emisión de la resolución que recaiga en el presente proceso de adquisición, el Director General de Abastecimientos o el funcionario que éste designe para tal efecto, podrá suspender o cancelar el registro xxx Xxxxxx.
8. CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y ADJUDICACIÓN.
La totalidad de los servicios serán adjudicados a un solo participante.
Para evaluar aspectos técnicos y económicos de las propuestas objeto del presente proceso de adquisición, a juicio de la Comisión se considerará:
a).- Precio ofertado; b).- Financiamiento;
c).- Calidad del servicio propuesto; d).- Tiempo de entrega; y
e).- Tiempo de garantía.
Para la adjudicación del objeto del presente proceso de adquisición se procederá conforme a los artículos 18, 20 y 52 fracción I de la Ley y el artículo 19 de su Reglamento.
9. ACLARACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
El Secretario Ejecutivo de la Comisión o el funcionario que éste designe, podrá solicitar aclaraciones relacionadas con las propuestas a cualquier Participante por el medio que disponga.
10. COMUNICACIÓN.
Salvo lo dispuesto en el numeral que antecede, desde el cierre del acta de aclaración de bases y hasta el momento de la notificación de la resolución de adjudicación, los participantes no se pondrán en contacto con los miembros de la Comisión, la Convocante o la dependencia solicitante, para tratar cualquier aspecto relacionado con la evaluación de alguna propuesta. Cualquier intento por parte de un Participante de ejercer influencia para la evaluación o adjudicación, dará lugar a que se descalifique su propuesta.
11. ESTRATIFICACION
Los licitantes que se encuentren en el supuesto establecido en el párrafo segundo del Artículo 9 de la Ley, como criterio de desempate, deberán acreditar que pertenecen al sector de las micro, pequeñas y medianas empresas, entregando para tal fin, el formato denominado Anexo 7 con la manifestación que indica su estratificación.
Los criterios para que el licitante se declare su estratificación, establecidos en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009, son los siguientes:
Estratificación | ||||
Tamaño | Sector | Rango de número de trabajadores | Rango de monto de ventas anuales (mdp) | Tope máximo combinado* |
Micro | Todas | Hasta 10 | Hasta $4 | 4.6 |
Pequeña | Comercio | Desde 11 hasta 30 | Desde $4.01 hasta $100 | 93 |
Industria y Servicios | Desde 11 hasta 50 | Desde $4.01 hasta $100 | 95 | |
Mediana | Comercio | Desde 31 hasta 100 | Desde $100.01 hasta $250 | 235 |
Servicios | Desde 51 hasta 100 | |||
Industria | Desde 51 hasta 250 | Desde $100.01 hasta $250 | 250 |
*Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) X 10% + (Ventas Anuales) X 90%.
El tamaño de la empresa se determinará a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula:
Puntaje de la empresa = (Número de trabajadores) X 10% + (Monto de Ventas Anuales) X 90%, el cual debe ser igual o menor al Tope Máximo Combinado de su categoría.
12. DESCALIFICACIÓN DE LOS PARTICIPANTES.
La Comisión descalificará total o parcialmente a los Participantes que incurran en cualquiera de las siguientes situaciones:
a).- En alguno de los casos previstos por el artículo 19 de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado de Jalisco, o cuando se compruebe su incumplimiento a las condiciones especiales y estándares de servicio de los contratos de seguros celebrados con anterioridad, así como la mala calidad como proveedor del Gobierno de Jalisco, de la Federación, del municipio o de cualquier entidad Federativa;
b).- Si incumple con cualquiera de los requisitos solicitados en las presentes bases y sus anexos;
c).- Si un socio o administrador forma parte de dos o más de las empresas Participantes, o forma parte de alguna empresa a la que se le haya cancelado o suspendido el registro en el Padrón;
d).- Cuando la propuesta presentada no esté firmada por la persona legalmente facultada para ello; e).- La falta de cualquier documento obligatorio solicitado;
f).- La presentación de datos falsos;
g).- Cuando de diversos elementos se advierta la posible existencia de arreglo entre los Participantes, para elevar los precios objeto del presente proceso de adquisición, o se adviertan coincidencias en sus propuestas que presuman la posible existencia de arreglo entre dos o más participantes con el propósito de que uno de ellos sea adjudicado;
h).- Si se acredita que al Participante que corresponda se le hubieren rescindido uno o más contratos por causas imputables al mismo y/o las sanciones aplicadas con motivo de incumplimiento se encuentren en vigor;
i).- Si se acredita que el Participante no demuestra tener capacidad administrativa, financiera, legal, técnica, de producción o distribución adecuada para atender el requerimiento de los bienes y servicios en las condiciones solicitadas;
j).- Si las ofertas presentadas no se realizan con estricto apego a las necesidades planteadas por la convocante en las presentes bases, de acuerdo a la descripción de los bienes y servicios requeridos y cada una de sus especificaciones;
k).- Se descalificará a los participantes que tengan siniestros documentados pendientes por pagar hacia el Estado, la CONVOCANTE, así como a sus Organismos Públicos Descentralizados, Desconcentrados, Intermunicipales, del Poder Legislativo y/o Poder Judicial, así como de aquellos que se hubiere firmado el convenio con la compañía de seguros a través del despacho de ajustadores y del cual se desprenda la promesa de pago por la indemnización y que a la fecha de la presentación de su propuesta no se hubieren finiquitado y/o pagado, y
l).- No podrán presentar propuestas o cotizaciones, ni celebrar contratos o pedido alguno, las personas físicas o jurídicas que por causas imputables a ellas, se encuentran en situaciones xx xxxx, respecto al cumplimiento de otro contrato o pedido celebrado con el Gobierno del Estado, dependencias u organismos auxiliares o fideicomisos públicos y que hayan afectado con ello los intereses del Gobierno; en razón de lo anterior, se descalificara a los participantes que cuenten con sentencia que haya sido emitida por autoridad competente y que la misma haya causado estado, en los términos del artículo 420 del código civil del estado de Jalisco.
13. SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DEL PROCESO DE ADQUISICIÓN.
La Comisión podrá cancelar o suspender parcial o totalmente el proceso de adquisición en los supuestos que a continuación se señalan:
a).- Por caso fortuito o fuerza mayor o cuando ocurran razones de interés general;
b).- Cuando se detecte que las bases difieren de las especificaciones de los bienes y servicios que se pretenden adquirir;
c).- Si se presume o acredita la existencia de irregularidades;
d).- Si la oferta del Participante que pudiera ser objeto de adjudicación, excede el presupuesto autorizado para este proceso de adquisición;
e).- Si ninguna de las ofertas propuestas en este proceso de adquisición, aseguran al Gobierno de Estado de Jalisco las mejores condiciones disponibles para la adjudicación de los bienes y servicios materia de este proceso de adquisición, por resultar superiores a los xxx xxxxxxx o ser inferiores a tal grado que la convocante presuma que ninguno de los Participantes podrá cumplir con el suministro de los mismos;
f).- Por orden escrita debidamente fundada y motivada o por resolución firme de autoridad judicial; por la Contraloría del Estado con motivo de inconformidades; así como por la Comisión, en los casos en que tenga conocimiento de alguna irregularidad; y
g).- A petición de la dependencia solicitante, debido a alguna causa superveniente posterior al inicio del procedimiento de adquisición y antes de que la Comisión de Adquisiciones emita el fallo del proceso.
En caso de que el proceso de adquisición sea suspendido o cancelado se dará aviso a todos los Participantes.
14. DECLARACIÓN DE PROCESO DE ADQUISICIÓN DESIERTO.
La Comisión podrá declarar parcial o totalmente desierto el proceso de adquisición:
a).- Cuando no se reciba por lo menos una propuesta en el acto de presentación y apertura de propuestas; b).- Cuando ninguna de las propuestas cumpla con todos los requisitos solicitados en estas bases;
c).- Si a criterio de la Comisión ninguna de las propuestas cubre los elementos que garanticen al Gobierno del Estado las mejores condiciones señaladas en el numeral 8 de estas bases;
d).- Si después de efectuada la evaluación técnica y económica no sea posible adjudicar a ningún Participante; y
e).- Si ninguna de las ofertas propuestas en este proceso de adquisición, aseguran al Gobierno de Estado de Jalisco las mejores condiciones disponibles para la adjudicación del servicio materia de este proceso de adquisición, por resultar superiores a los xxx xxxxxxx o ser inferiores a tal grado que la convocante presuma que ninguno de los Participantes podrá cumplir con el suministro de los mismos.
15. FACULTADES DE LA COMISIÓN.
La Comisión resolverá cualquier situación no prevista en estas bases y además tendrá las siguientes facultades adicionales:
a).- Dispensar defectos de las propuestas cuya importancia en sí no sea relevante, siempre que exista la presunción de que el Participante no obró de mala fe;
b).- Rechazar propuestas cuyo importe sea de tal forma inferior, que la Comisión considere que el Participante no podrá suministrar los bienes y servicios, por lo que incurriría en incumplimiento;
c).- Si al revisar las propuestas existiera error aritmético y/o mecanográfico se reconocerá el resultado correcto y el importe total será el que resulte de las correcciones realizadas. El Secretario Ejecutivo de la Comisión o a quien él faculte, podrá citar al Participante correspondiente para hacer las aclaraciones respectivas;
d).- Verificar todos los datos y documentos proporcionados en la propuesta correspondiente y si se determina que por omisión o dolo el Participante no estuviera en posibilidad de cumplir con lo solicitado en estas bases y sus anexos, la Comisión podrá adjudicar al Participante que hubiera obtenido el segundo lugar de acuerdo a la evaluación que se practique a las propuestas presentadas o convocar a un nuevo proceso de adquisición si así lo considera conveniente;
e).- Solicitar el apoyo a cualquiera de las áreas técnicas del gobierno del estado, con el fin de emitir su resolución;
f).- Hacer o facultar a personal de la secretaría para que se hagan las visitas de inspección - en caso de ser necesarias - a las instalaciones de los participantes, con el fin de hacerse llegar de elementos para emitir su resolución.
g).- Xxxxxxxx, suspender o declarar desierto el presente proceso de adquisición.
16. DE LA RESOLUCIÓN O FALLO.
La Comisión emitirá la resolución de adjudicación en un plazo no mayor de 10 diez días hábiles posteriores a la fecha del concurso.
17. ACTO DE NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN.
El resultado de la Resolución de Adjudicación, se dará a conocer dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores a la emisión de la Resolución, en los términos de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Jalisco y sus Municipios; y para el caso de que así lo solicite el participante o exista acuerdo que lo autorice, de que todas las notificaciones y aún las personales se le practiquen por correo electrónico en la cuenta que señalen en la carta de proposición, se llevarán en los términos del artículo 123 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco, aplicado de manera supletoria por esta autoridad administrativa.
De la misma forma, la notificación de la resolución que emita la Comisión, podrá practicarse a los participantes en la Dirección de la Comisión de Adquisiciones de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, ubicada en Prolongación Xxxxxxx Xxxxxxx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, con entrada opcional por la puerta posterior del edificio, ubicado en Magisterio s/n.
18. FIRMA DEL CONTRATO.
El Participante adjudicado se obliga a firmar el contrato en un plazo de 10 días hábiles contados a partir de la fecha de la notificación de la resolución de adjudicación, en la Dirección. Una vez firmado en su totalidad se le proporcionará un ejemplar, previa entrega de las garantías de cumplimiento del contrato. El contrato podrá ser modificado de acuerdo a lo establecido en el Artículo 17 de la Ley.
La persona que acuda a la firma del contrato deberá ser el Representante Legal debidamente acreditado con original para cotejo y copia simple del poder notarial de conformidad con el Anexo 4 de las presentes bases, así mismo deberá presentar original de identificación vigente con validez oficial (cartilla, pasaporte, cédula profesional o credencial para votar con fotografía), deberá ser el Representante Legal debidamente acreditado con original para cotejo y copia simple del poder notarial de conformidad con el Anexo 4 de las presentes bases, así mismo.
Si el contrato respectivo no se formaliza con el Participante adjudicado en el plazo señalado anteriormente, por causas imputables a él, de resultar conveniente se podrá celebrar con el segundo lugar, cancelar o iniciar un nuevo proceso de adquisición.
19. ANTICIPO.
En el presente proceso de adquisición no se otorgará anticipo.
20.- GARANTÍAS.
Las garantías podrán ser a través de fianza, cheque certificado o cheque de caja a favor de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco, o bien en efectivo a través de billete de depósito tramitado en la oficina recaudadora metropolitana No. 000 de la Secretaría, ubicada en Xxxxx Xxxxxx Xx. 000, xxxxxxx Xxxxxx, con horarios de 8:30 a 15.30 hrs.
Dichas garantías deberán constituirse en moneda nacional
Las garantías podrán ser exigibles en cualquier tiempo y estarán en vigor a partir de la fecha del contrato.
Para el Cumplimiento del Contrato.
En caso de que el monto total del contrato incluyendo el I.V.A., sea superior a $400,000.00 M.N. (cuatrocientos mil pesos 00/100 moneda nacional), el Proveedor deberá entregar una garantía del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato I.V.A. incluido, para responder por el cumplimiento de las obligaciones establecidas en las presentes bases y en el contrato respectivo
Si el Proveedor opta por garantizar el cumplimiento de contrato a través de fianza, ésta deberá ser expedida por afianzadora nacional y contener el texto del Anexo 8 (fianza del 10% del cumplimiento del contrato).
La garantía deberá entregarse dentro de un plazo no mayor a 5 días hábiles contados a partir de la fecha del contrato en la Dirección.
El hecho de no cumplir con la presentación de esta garantía, será causa suficiente para cancelar el contrato de forma administrativa, pudiendo adjudicársele al segundo lugar que haya presentado la mejor propuesta dentro de este proceso de adquisición.
21.- FORMA DE PAGO.
El pago se realizará en Moneda Nacional de lunes a viernes en días hábiles, de 9:00 a 15:00 horas, debidamente requisitados los documentos conforme al anexo 9.
Una vez cubiertos todos y cada uno de los requisitos y documentos solicitados conforme al anexo 9, se entregará contra recibo por la cantidad equivalente a la prima mensual correspondiente, en un lapso no menor a 5 días hábiles ni mayor a 20 días hábiles a partir de la fecha en que se haya entregado por parte de la compañía aseguradora la documentación pertinente, completa y correcta a que se refiere el anexo 9, en ese sentido la se entregará el correspondiente contra recibo a la compañía Aseguradora, mismo que se tendrá como documento de pago a la obligación por parte del Gobierno del Estado.
Ahora bien, el contra recibo a que se hizo referencia en el párrafo que precede, deberá de presentarse ante la Secretaría a fin de que ésta en un plazo no menor a 30 días hábiles libere el correspondiente cheque a favor de la compañía aseguradora, por lo que en este orden de ideas, la compañía aseguradora no podrá alegar el
incumplimiento en la obligación de pago dado que se estipula por ambas parte la conformidad con lo aquí establecido, atendiendo de igual forma a los dispuesto por los artículos 36, 37, 150 bis, de la Ley de Contrato Sobre Seguro, prevaleciendo en cualquier tiempo la voluntad de las partes aquí plasmada.
En caso de que la documentación no se entregue completa o con todos y cada uno de los requisitos establecidos en el ANEXO 9, la Dirección General de Abastecimiento, dará aviso a la compañía aseguradora por el medio que ésta estime pertinente o en su defecto con oficio con acuse de recibido, lo anterior para el efecto de que la aseguradora lleve a cabo las rectificaciones o complete los documentos faltantes en caso de que esto se actualice, resultado con ello, que el termino de pago empezará a correr a partir de que de nueva cuenta se atienda a la mecánica aquí establecida, no pudiendo por ello alegar la aseguradora que se ha incumplido el pago de la prima, ya que esto solo resultara imputable a la compañía de seguro, al no haber cumplimentado los requisitos para el pago correspondiente a través del contra recibo antes mencionado, sin que por ello esto pueda eximir a la compañía aseguradora en el cumplimiento íntegro del servicio contratado.
Los pagos se realizarán en forma mensual de acuerdo a lo solicitado en el ANEXO 6 de las bases.
Para el pago de parcialidades:
a).- Original y 3 (tres) copias de Factura, a nombre de la Secretaría de planeación, Administración y finanzas del Gobierno de Jalisco, con domicilio en Xxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxxx Xxxxxx, X.X.X. SPC130227L99, sellada y firmada por la Dirección General de Abastecimiento de la Secretaría.
b).- Original y copia del Anexo de Facturación y Entregas. c).- 2 (dos) copias del Contrato.
d).- 2 (dos) copias del Acta de Resolución de Adjudicación.
e).- 2 (dos) copias de la Garantía de cumplimiento del contrato por el 10%.
Para el Pago Total o Finiquito:
a).- Original y 3 (tres) copias de Factura, a nombre de la Secretaría de planeación, Administración y finanzas del Gobierno de Jalisco, con domicilio en Xxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxxx Xxxxxx, X.X.X. SPC130227L99, sellada y firmada por la Dirección General de Abastecimiento de la Secretaría.
b).- Original y copia del Anexo de Facturación y Entregas. c).- 2 (dos) copias del Contrato.
d).- 2 (dos) copias del Acta de Resolución de Adjudicación.
e).- 2 (dos) copias de la Garantía de cumplimiento del contrato por el 10%.
22 SANCIONES.
22.1. Se podrá cancelar el pedido y/o contrato y podrá hacerse efectiva la garantía de cumplimiento de contrato en los siguientes casos:
a) Cuando el Participante no sostenga todas y cada una de las condiciones de sus propuestas o retire su propuesta antes de la emisión y formalización de la Resolución de Adjudicación la presente concurso, dentro del periodo de vigencia de su proposición.
b) Por negativa del Representante Legal del proveedor, para formalizar, por causas imputables a él, su contrato en el término de 10 diez días hábiles contados a partir de la fecha de la notificación de la Resolución de Adjudicación
c) Cuando el Proveedor no cumpla con alguna de las obligaciones estipuladas en el contrato.
d) Cuando hubiese transcurrido el plazo adicional que se concede a los proveedores, para corregir las causas de rechazos que en su caso se efectúen.
e) En caso de entregar servicios con especificaciones diferentes a las ofertadas, la Comisión considerará estas variaciones como un acto doloso y será razón suficiente para hacer efectiva la garantía de cumplimiento de contrato y la cancelación total del pedido y/o contrato, aún cuando el incumplimiento sea parcial e independientemente de los procesos legales que se originen.
22.2 Penas Convencionales
Se aplicará una pena convencional sobre el importe de los servicios del contrato suministrados con retraso, conforme a lo establecido en el Anexo 1 de las presentes bases, en el cuadro denominado PENAS CONVENCIONALES. Sin menoscabo de lo establecido en el artículo 21 del Reglamento.
Si LA SECRETARÍA decidiera rescindir del contrato, por causas imputables a El Proveedor, cobrara al mismo una pena convencional, cuyo importe, será del 10 % del valor del contrato y se hará efectivo con cargo a la fianza otorgada, hasta por la suma garantizada.
En forma independiente a la pena convencional pactada, si la rescisión contractual se ejecutara por incumplimiento de El Proveedor, con motivo en un acto u omisión que causará daños y perjuicios a LA SECRETARÍA, este responderá hasta por el cien por ciento de ellos, quedando garantizado con el importe de la fianza otorgada y si no fuera suficiente, hasta con el cien por ciento de su patrimonio.
Responsabilidad particular del Proveedor.- El Proveedor responde de cualquier responsabilidad o reclamación planteada en contra de LA SECRETARÍA, derivada de actos o hechos realizados directa o indirectamente por personal del Proveedor, así como cubrir a LA SECRETARÍA cualquier erogación que por tales conceptos tuviera que efectuar. Siempre que dichas responsabilidades se produzcan por culpa o negligencia del Proveedor su personal o de terceros que este contrate, así mismo responderá ante LA SECRETARÍA de la realización de ilícitos por cualquiera de las personas antes señaladas o como resultado de actos realizados en contravención a instrucciones de LA SECRETARÍA, o que habiendo requerido consentimiento de esta última, no hubiere sido obtenido previamente en el caso de que LA SECRETARÍA, obligándose El Proveedor, a mantener libre de demandas, reclamaciones, juicios y quejas a LA SECRETARÍA, quedando dichas obligaciones amparadas con la fianza de cumplimiento y en caso de que LA SECRETARÍA tuviera que realizar el pago de concepto alguno, se le dará el tratamiento de crédito fiscal y se aplicarán las reglas que desprendan del código fiscal de la federación para tales casos.
23. DEMORAS.
El Proveedor deberá entregar los servicios contratados dentro de los plazos establecidos en su contrato. En caso contrario, el proveedor se hará acreedor a una pena convencional, cuyos criterios se establecen en el apartado de SANCIONES del numeral 22 y el Anexo 1 de las presentes bases, PENAS CONVENCIONALES, sin menoscabo de las sanciones establecidas en la Ley y su Reglamento.
Si en cualquier momento en el curso de la ejecución del contrato, el Proveedor se encontrara en una situación que impidiera la oportuna entrega de los servicios por causas necesariamente justificadas, éste deberá notificar de inmediato a la Dirección General de Abastecimientos por escrito las causas de la demora y su duración probable, solicitando en su caso prórroga para su regularización, mínimo 10 días hábiles anteriores al vencimiento del plazo de entrega pactado en la orden de compra o contrato. La prórroga se gestionará ante la instancia que autorice el contrato o pedido.
En caso de no ser contestada la prórroga o se conteste de forma negativa, se estará a lo señalado en la cláusula del contrato relativa a la penalizaciones por atraso en la entrega.
24. INCONFORMIDADES.
Se dará curso al procedimiento de inconformidad con lo establecido en el Titulo Séptimo del Capítulo I de la Ley.
25. LEGISLACIÓN SUPLETORIA.
Para efectos de lo no previsto en las presentes bases, en la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado de Jalisco y el Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado de Jalisco, podrá aplicarse por la convocante de manera supletoria la siguiente normatividad:
a).- Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público;
b).- Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público;
c).- Ley del procedimiento Administrativo del Estado de Jalisco;
d).- Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco;
e).- Código Federal de Procedimientos Civiles;
f).- Ley Federal de Procedimiento Administrativo;
g).- Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo;
i).- Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros; y
h).- Demás normas que sean de aplicación al presente proceso de adquisición.
Guadalajara, Jalisco a 23 de Noviembre del 2015.
ESPECIFICACIONES (CONDICIONES ESPECIALES)
LICITACIÓN PÚBLICA LOCAL LPL29/2015
“SEGURO DE VIDA PARA SERVIDORES PUBLICOS EN ACTIVO Y JUBILADOS DEL SUBSISTEMA ESTATAL Y FEDERAL DE LA SECRETARÌA DE EDUCACIÓN Y SEGURO COLECTIVO DE RETIRO DEL PERSONAL FEDERALIZADO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN”
PARTIDA UNICA
“SEGURO DE VIDA PARA SERVIDORES PUBLICOS EN ACTIVO Y JUBILADOS Y PENSIONADOS DEL SUBSISTEMA ESTATAL DE LA SECRETARÌA DE EDUCACIÓN.”
Las especificaciones siguientes, serán contenidas en el clausulado del contrato que se formalice para el aseguramiento de vida posterior a la resolución de adjudicación, así mismo estas condiciones especiales deberán formar parte de la póliza.
ESPECIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES ESPECIALES
Contratante: | Gobierno del Estado de Jalisco (Secretaria de Planeación Administración y Finanzas) |
Asegurados: | Servidores públicos en servicio activo Estatales, Jubilados y Pensionados del Magisterio del Estado. |
Pólizas | Póliza 1.- Seguro Básico (suma asegurada 40 meses) Para los servidores públicos que laboran en la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Jalisco, Póliza 2.- Seguro opcional ex empleados pensionados por jubilación por años de servicio y pensionados por edad avanzada, (suma asegurada 18 meses) del valor de la última pensión recibida a la fecha del fallecimiento. Seguro Opcional para toda persona asegurada que cause baja del servicio a favor de Gobierno del Estado de Jalisco con derecho a pensión por jubilación por años de servicio o pensión por edad avanzada. |
Vigencia: | Desde las 24:00 hrs. del 31 de diciembre de 2015 Hasta las 24:00 hrs. del 31 de diciembre de 2016 |
Cobertura: | Póliza 1.- Seguro Básico (suma asegurada 40 meses) Fallecimiento por cualquier causa que se presente (natural, accidente, suicidio, drogadicción etc). Incapacidad total y permanente, o invalidez total y permanente. La fecha de siniestro para el caso de incapacidad total y permanente o invalidez total y permanente, será la fecha de baja de la Secretaría y la notificación de alta como pensionado por parte del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco (IPEJAL). Adelanto de la suma asegurada para gastos funerarios hasta $ 25,000.00 o hasta el 30% de la suma asegurada contratada. Se dará asesoría, orientación y asistencia por parte del personal especializado de la aseguradora, que brindará a los trabajadores en activo de la Secretaria de Educación; también, a través del sindicato, el servicio plus requerido. Póliza 2.- Seguro opcional ex empleados pensionados por jubilación por años de servicio y pensionados por edad avanzada (suma asegurada 18 meses) del valor de la última pensión recibida a la fecha del fallecimiento. Fallecimiento por cualquier causa que se presente (natural, accidente, suicidio, drogadicción etc). Adelanto de la suma asegurada para gastos funerarios hasta $ 25,000.00 o hasta el 30% de la suma asegurada contratada. Se dará asesoría, orientación y asistencia por parte del personal especializado de la aseguradora, que brindará a los jubilados y pensionados de la Secretaria de Educación; también, a través del sindicato, el servicio plus requerido. |
Edades de aceptación | Fallecimiento por cualquier causa que se presente.- Sin límite de edad. Incapacidad total y permanente o invalidez total y permanente .- Sin límite de edad Baja definitiva del servicio por pensión por jubilación, por pensión por edad avanzada o por incapacidad total y permanente o invalidez total y permanente.- Sin límite de edad. |
Pago xx xxxxxx | Póliza 1.- Seguro Básico (suma asegurada 40 meses) y beneficios adicionales Con cargo al Gobierno del Estado de Jalisco sin aportación del empleado. Póliza 2.- Seguro opcional ex empleados pensionados por jubilación por años de servicio y pensionados por edad |
avanzada (18 meses) del valor de la última pensión recibida a la fecha del fallecimiento. Con cargo a la pensión del ex-empleado y como retenedor el IPEJAL, beneficio adicional, en el caso de los pensionados que fallezcan en el periodo previo al registro o movimiento por parte del Instituto la aseguradora absorberá el monto de las primas correspondientes a este grupo de personas. “La Aseguradora” propondrá el importe mensual o porcentaje que cobrará como prima en los siguientes casos: I. Para el caso de la suma asegurada básica sobre el salario mensual del trabajador que reporte GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO (40 meses xx xxxxxx base mensual). II. Para el caso del seguro opcional de ex trabajadores sobre el monto de la pensión, se debe garantizar que el costo de la prima sea del 0.7% del pago de su pensión mensual. El retenedor de la prima será el IPEJAL, según corresponda. El sueldo y la pensión que servirán de base para determinar el importe de la prima y el de la suma asegurada a que se hace referencia en estas condiciones, serán los que GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO comunique a “la aseguradora”. Para los efectos de las pólizas, el sueldo mensual será el integrado por: el sueldo base que reciba el trabajador en forma mensual, y la pensión mensual que perciba el pensionado al momento de su fallecimiento. | |
Documentación para el pago de sumas aseguradas | Fallecimiento: I. Copia certificada del acta de defunción del asegurado; II. Comprobante del último pago de sueldos del asegurado y/o hoja única de servicio. (En el caso del personal jubilado y pensionado, copia del recibo de pago de su pensión o jubilación) III. Solicitud de pago del beneficiario; IV. Identificación del beneficiario. V. Iidentificación oficial con foto y firma del asegurado, en original y copia (credencial para votar, pasaporte, cédula profesional, cartilla del servicio militar nacional). VI. Formato de designación de beneficiarios, certificado por la Dirección General de Personal de la Secretaría de Educación. VII. Comprobante de domicilio del asegurado o del o los beneficiarios. VIII. Acta de nacimiento de los beneficiarios y en caso de ser la esposa, acta de matrimonio en copias certificadas. Tratándose de MUERTE ACCIDENTAL, además de lo anterior, se deberá presentar copia certificada de las actuaciones del |
Ministerio Público competente para conocer el caso, en donde conste la relación de hechos, informe de la Policía Judicial, declaración de testigos presénciales, parte del accidente y certificado de autopsia o necropsia. Si el (los) beneficiario(s) es (son) ascendiente(s) o descendiente(s) en línea recta del asegurado, encontrándose en el supuesto de exención del impuesto sobre la renta mencionado en el Artículo 93, fracción XXI de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y desea ejercer tal derecho, se requiere presentar en original o copia certificada la documentación que permita acreditar dicho supuesto, como: actas de nacimiento, de matrimonio actualizada, de reconocimiento, adopción o jurisdicción voluntaria de acreditación de concubinato ante autoridad judicial. Incapacidad total y permanente o invalidez total y permanente: A) Constancia del dictamen de incapacidad o invalidez total y permanente, expedida por el Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco. B) Comprobante del último pago de sueldos que hubiere percibido C) Solicitud de pago D) Identificación del asegurado. E) Constancia de baja del servicio activo. F) Comprobante de domicilio con una vigencia no mayor a tres meses G) Oficio de notificación de alta como pensionado por parte del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco (IPEJAL). Se entenderá por incapacidad total y permanente: I. La incapacidad que sufra el asegurado de una manera total y permanente, por accidente o enfermedad a que esté expuesto en el ejercicio de sus actividades laborales o con motivo de su trabajo, o II. La incapacidad total y permanente que inhabilite al asegurado para el desarrollo de su trabajo, por causas ajenas imputables al desempeño de su cargo o empleo. Se entenderá por invalidez total y permanente: I. La invalidez física que sufra el asegurado de una manera total y permanente, por accidente o enfermedad a que esté expuesto en su vida particular, o II. La invalidez total y permanente que inhabilite al asegurado para el desarrollo de su trabajo, por causas ajenas al desempeño de su cargo o empleo. |
En todo caso, el dictamen de incapacidad o invalidez total y permanente deberá ser expedido por el Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco. Al efecto, deberá tomarse la fecha de alta como pensionado por invalidez, la que notifique por escrito la Institución encargada de expedir el dictamen. En caso de ser necesario, “la aseguradora” podrá solicitar los documentos e información que le permitan conocer el fundamento de la reclamación que le haya sido presentada. En ningún caso se deberá solicitar documento alguno que no esté expresamente manifestado en el contrato. El personal activo conservara su calidad de asegurado hasta el momento de causar baja de la dependencia. El derecho al pago del Seguro por fallecimiento se genera en la fecha de baja de la Secretaria de Educación y por incapacidad e invalidez total y permanente en la fecha de alta como pensionado notificada por el IPEJAL. | |
Pago de sumas aseguradas Pólizas 1, y 2 | “La Aseguradora” pagará por concepto de suma asegurada, a más tardar a los 10 días naturales posteriores a la presentación completa de los documentos solicitados y con motivo del fallecimiento del asegurado, durante la vigencia de esta póliza, el monto equivalente a 40 veces el sueldo mensual que perciba el asegurado al momento de ocurrir el siniestro. “GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO se obliga a: A) Recabar los consentimientos de los asegurados y la designación de beneficiarios, vigilando que se exprese el nombre del asegurado, su fecha de nacimiento y su clave única del registro nacional de población (CURP). B) Informar mensualmente a “La Aseguradora”, los movimientos de sueldos y modificaciones que realicen al número de plazas totales aseguradas. El consentimiento para ser asegurado y designación de beneficiarios a que se hace referencia en el inciso A) de este punto, será conservado en el expediente personal de cada trabajador, por el GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO. Siempre que no exista restricción legal en contrario, cualquier miembro de la colectividad asegurada podrá hacer designación de beneficiarios, mediante notificación por escrito que deberá entregar al GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO. Los asegurados tienen derecho a cambiar de beneficiario dos veces al año, haciendo su designación con carácter de irrevocable, para que dicho cambio surta sus efectos, deberá hacerse constar forzosamente en la Carta de Adhesión/Testamentaria para la Designación de Beneficiarios |
para los Trabajadores de GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO o Carta de Designación de Beneficiarios de Pensionados y Jubilados de Educación, respectiva, según sea el caso. Cuando no exista beneficiario designado o si sólo se hubiere nombrado uno y éste fallece antes o al mismo tiempo que el asegurado y no exista designación de otro beneficiario, el importe del seguro se pagará a la sucesión del asegurado, salvo pacto en contrario o que hubiere renunciado al derecho de revocar la designación de beneficiarios. Cuando existan varios beneficiarios, la parte que fallezca antes o al mismo tiempo que el asegurado, acrecentará por partes iguales la de los demás, salvo estipulación en contrario. En caso de que “La Aseguradora”, no obstante haber recibido los documentos e información que le permitan conocer el fundamento de la reclamación que le haya sido presentada, no cumpla con la obligación de pagar la suma asegurada en los términos del artículo 71 de la ley sobre el contrato de seguro, en vez del interés legal aplicable, se obliga a pagar al asegurado o al beneficiario, un interés moratorio calculado, a una tasa anual igual al promedio del costo porcentual promedio de captación que publica mensualmente el Banco de México, durante el lapso xx xxxx. Dicho interés se computará a partir del día siguiente a aquél en que venza el plazo de treinta días señalado en el citado precepto. En caso de juicios o arbitrajes en los términos de los artículos 135 bis, fracción IV de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, los intereses moratorios se calcularán conforme a lo dispuesto en los mismos. Todas las acciones que se deriven de esta póliza de seguro prescribirán en cinco años, contados en los términos del artículo 81 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, desde la fecha del acontecimiento que les dio origen, salvo los casos de excepción consignados en el artículo 82 de la misma ley. La prescripción se interrumpirá no sólo por las causas ordinarias, sino también por la iniciación del procedimiento señalado por el artículo 73 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros. En caso de controversia, GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO acudirá a la CONDUSEF o a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, en sus oficinas centrales o en las de sus delegaciones en los términos del artículo 73 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros y, si dicho organismo no es designado árbitro, podrá concurrir a los tribunales competentes del domicilio de “la aseguradora”. |
“La aseguradora” acepta que las personas protegidas por este seguro, podrá efectuar aportaciones voluntarias adicionales de prima con cargo a su salario a través del sistema de nómina, que se aplicarán al incremento de la suma asegurada de las coberturas de fallecimiento o incapacidad total y permanente a que se hace mérito en esta póliza o a la contratación de otros beneficios adicionales. (ESPECIFICAR LOS NIVELES DE POTENCIACION, ES DECIR 30, 50 Y 70 SALARIOS MINIMOS EN EL CASO DE ACTIVOS Y 18 VECES DE LA ULTIMA PENSION MENSUAL, PARA LOS JUBILADOS) La suma asegurada mediante la aportación voluntaria adicional de prima que haga el trabajador podrá ser hasta por el equivalente a 68 meses xxx xxxxxxx que sirva de base para determinar la suma asegurada básica. GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO se obliga expresamente al cumplimiento de las bases de simplificación administrativa que faciliten a los aseguradores la designación de sus beneficiarios y a que se cubran a los propios asegurados o a sus beneficiarios, las sumas aseguradas que les corresponden en caso de siniestro. Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente; por lo que NO se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones. Este derecho se hace extensivo al GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO. Atendiendo al propósito de hacer llegar de manera inmediata los beneficios del seguro que se aluden en la presente y en la póliza correspondiente, en ambos documentos se establece nuevas bases de aseguramiento para los mismos contratantes y asegurados del seguro de vida concertado de acuerdo a la relación laboral de las personas al servicio de GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, en tanto se obtienen el consentimiento que obre en poder de GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, hecha por tales asegurados para efectos de la póliza que termina al iniciar la que se licita, tendrá plena validez para los beneficios derivados de la última, en caso de fallecimiento de los asegurados protegidos mediante la misma. Para la aplicación de consentimientos de diferentes aseguradoras será indispensable que la misma la certifique el contratante indicado que es la última elaborada por el asegurado. “La aseguradora” deberá responder a las reclamaciones que procedan por siniestros ocurridos y no reportados a partir de la fecha y hora de entrada en vigor de la póliza que se contrate, derivado de la mencionada cobertura de vida, contratada a favor |
de los asegurados mediante la misma. | |
Condiciones especiales | PÓLIZA 1 y 2 SEGURO BÁSICO (40 MESES) La póliza de seguro deberá cubrir los riesgos de fallecimiento, con los beneficios y por incapacidad total y permanente o invalidez total y permanente y en el caso de muerte accidental de los servidores públicos del magisterio que laboran en el Gobierno del Estado; cualquiera que sea su sexo, edad y ocupación y sin necesidad de examen médico, a partir de la fecha de inicio de vigencia de la póliza y posteriormente, de la fecha de ingreso consignada en el nombramiento respectivo o del día en que xxxx incluidos en las listas de nómina. Así como, por incrementos en los sueldos de los servidores públicos. La fecha del siniestro será la establecida en el dictamen médico, por lo que se deberá presentar el aviso de baja a fin de constatar que el asegurado hizo valer el evento ante el contratante. El personal que se encuentre en licencias médicas sin goce xx xxxxxx se considerará asegurado, y el pago de la prima será con cargo a las primas calculadas al inicio de la vigencia del seguro, las que para este caso, deberán presentar el ajuste correspondiente al último mes devengado por el trabajador, notificado a la aseguradora mediante el Oficio en el que se hace constar los sueldos, signado por el (la) titular de la Dirección General de Personal Al separarse el asegurado del servicio activo, automáticamente causará baja de este seguro. En caso de separación definitiva de la colectividad asegurada, la persona de que se trate, sin examen médico y por una sola vez, podrá continuar protegida pasando a formar parte de la cartera de seguro opcional de vida para los ex trabajadores y sin incluir beneficio adicional alguno, siempre que su edad esté comprendida dentro de los límites de admisión establecidos por “La Aseguradora”. Para ejercer este derecho, la persona separada de la colectividad deberá presentar su solicitud a “la aseguradora” dentro de los treinta días naturales siguientes a su separación. PÓLIZA 2 SEGURO OPCIONAL EX EMPLEADOS JUBILADOS POR AÑOS DE SERVICIO Y POR EDAD AVANZADA (18 MESES) Toda persona asegurada que cause baja del servicio a favor del GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO con derecho a la pensión por jubilación por años de servicio, y pensión por edad avanzada, podrá continuar asegurada, pero sólo por el riesgo de |
fallecimiento en una póliza de seguro de grupo que deberá ofrecerse al ex trabajador para su inclusión voluntaria y pago por su cuenta. Este derecho deberá ejercerse a más tardar dentro de los treinta días naturales siguientes a aquél en que la persona de que se trate cause baja del servicio activo. Esta póliza de seguro de grupo para ex-trabajadores no debe representar ningún costo adicional para GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO. El Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco será el encargado de la retención de las primas y a la vez, responsable de enterar el monto correspondiente a la aseguradora, mediante el proceso que el IPEJAL determine. El Instituto también será responsable de entregar mensualmente a la Secretaria de Educación, los listados de los beneficiarios del seguro, señalando la pensión mensual y el monto retenido del seguro. “La aseguradora” pagará por concepto de suma asegurada, con motivo del fallecimiento del pensionado o jubilado asegurado, durante la vigencia de la póliza, el monto equivalente a dieciocho veces el importe de su pensión mensual que le otorga la institución de seguridad social al momento de ocurrir el siniestro, directamente a los beneficiarios designados por el asegurado. Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza; transcurrido este plazo, se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones. Este derecho se hace extensivo al GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO. |
FIRMAS
Los beneficios contenidos en la póliza que se expida con motivo del resultado de la presente Licitación entra en vigor a partir de las 24:00 horas del día 31 de diciembre del 2015 hasta las 24:00 horas del 31 xx xxxxxxxxx xxx 0000, xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx, firmando de conformidad las partes contratantes, el acuerdo de voluntades respectivo, conservando original y copia para el asegurado y una copia para la compañía, tanto del contrato como de la póliza correspondiente.
EL PARTICIPANTE DEBERÁ DECLARAR BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE CUMPLIRÁ CON LO SOLICITADO EN ESTE ANEXO.
COMPROMISOS.
(Razón social Aseguradora) denominada en adelante “La aseguradora” se obliga a indemnizar de acuerdo a las presentes condiciones especiales, a los Servidores Públicos en Activo y Jubilados del Subsistema Estatal y Federal de la Secretaria de Educación, que en lo sucesivo se denominara “El Contratante”.
CONTRATANTE.
Persona jurídica, que ha solicitado la celebración del contrato para terceras personas y que además se responsabiliza por el pago de las primas: de acuerdo al esquema elegido, prorrogable bajo negociación entre las partes.
El contratante actuara a nombre de los demás, para todas las obligaciones y deberes adquiridos en este contrato.
ASEGURADO.
El presente contrato se expide a favor de los Servidores Públicos que cumplan con el requisito de elegibilidad, que se incluyen en el listado de asegurados (archivo electrónico anexo) quienes tendrán el beneficio de la cobertura contratada, siendo esta relación enunciativa mas no limitativa.
Cada uno de los asegurados citados tendrá la misma protección y las mismas obligaciones como si este contrato hubiera sido emitido en forma individual a cada uno de ellos.
ADMINISTRACION.
Al inicio de la vigencia, la aseguradora deberá informar por escrito al contratante, el nombre del personal designado para brindar las actividades propias del servicio tales como: emisión de pólizas, cobranza de prima, atención y pago de siniestros. El servicio deberá ser proporcionado directamente a las dependencias y/o Subsecretaria de Administración como respuesta a una solicitud.
OBJETO.
Es la Contratación del Seguro de Vida para Servidores Públicos en Activo y Jubilados del Subsistema Estatal y Federal de la Secretaria de Educación como consecuencia de fallecimiento que el asegurado incurriera en gastos cubiertos por este contrato, “La aseguradora” pagara el costo de los mismos hasta por la suma asegurada.
MONEDA.
El pago del presente contrato se pacta en Pesos Mexicanos y su pago xx xxxxxx se realizará en Moneda Nacional.
GARANTIA DE PAGO.
El pago de la prima acordada quedara garantizado por parte de la Secretaria de Planeación Administración y Finanzas, por lo que no será motivo de rechazo o condicionamiento para brindar los servicios contratados por desfasamiento en el pago de la prima.
TERRITORIALIDAD.
República Mexicana.
ERRORES U OMISIONES.
La validez del presente contrato no se impugnará cuando alguna persona de la colectividad hubiere incurrido en error u omisión involuntario en la descripción como todos aquellos elementos necesarios para identificar al asegurado o alta de un Servidor Público, o en el trámite de documentación por cualquiera de sus representantes, quedando cubiertos todos los Servidores Públicos, estén en la relación inicial o no, siempre que cumplan con los requisitos de elegibilidad de este contrato.
Al ser descubierto, se deberá notificar ese error u omisión realizando la corrección correspondiente ante la aseguradora desde su fecha de ingreso o durante la vigencia de este contrato, pagando el asegurado la prima, o devolviendo la prima correspondiente, sin liberar a la aseguradora de la obligación de la indemnización, ni al contratante del pago de prima cuando corresponda.
CANCELACIÓN ANTICIPADA.
En caso de que la aseguradora decida de manera unilateral cancelar este contrato, deberá hacerlo mediante notificación por escrito y de manera indubitable, surtiendo efecto la terminación del seguro después de 60 días hábiles contados a partir de la fecha de la notificación, devolviendo la totalidad de la prima no devengada incluyendo los gastos e IVA derivados de la emisión al momento de la notificación. Dicha notificación deberá presentarse en la Dirección General Jurídica de la Sub Secretaria de Administración reintegrando además al asegurado, el 10% de las primas totales del contrato en cheque certificado a nombre de la Secretaria de Planeación, Administración y Finanzas. Sin este requisito, no se tendrá por hecha la notificación de cancelación y seguirá surtiendo todos sus efectos el contrato celebrado hasta en tanto no se cumpla con las presentes disposiciones.
En caso de que el contratante decida sin justificación alguna cancelar este contrato, deberá hacerlo mediante notificación por escrito, surtiendo efecto la terminación del seguro después de 60 días hábiles a partir de la fecha de la notificación, la aseguradora devolverá las primas no devengadas amparando dichos 60 días hábiles contados a partir de la fecha de notificación de cancelación.
En caso de hacerse efectiva la garantía por incumplimiento del contrato, el Gobierno de Jalisco podrá en pleno derecho rescindir el mismo, quedando obligada la aseguradora, a devolver a prorrata las primas no devengadas.
MODIFICACIONES, ALTAS, BAJAS, INCREMENTOS, REDUCCIONES O LÍMITES DE SUMAS ASEGURADAS.
Las altas, bajas, reducciones, incrementos o cambios en los límites de sumas aseguradas, durante la vigencia de este contrato se cobraran o devolverán por parte de la aseguradora calculando a prorrata sobre el costo inicial.
Cualquier modificación emitida por la aseguradora deberá ser la respuesta a una solicitud previa del contratante generada por oficio que expida la Sub Secretaria de Administración del Gobierno de Jalisco, siendo esta la única autorizada para solicitar dichos cambios.
REPORTES DE:
SINIESTRALIDAD.
INFORMACION SEMANAL:
La aseguradora deberá presentar todos los días lunes y a partir de la vigencia del contrato un reporte de las reclamaciones presentadas a la aseguradora así como los cheques expedidos en ese periodo (semana) de reclamaciones anteriores. Conteniendo los siguientes campos:
Número de siniestro
Nombre del titular y afectado.
Causa de fallecimiento.
Importe
Fecha de recibida la documentación.
Fecha de pago y número de cheque en su caso.
Este reporte deberá ser entregado en la Dirección General Jurídica con copia a la Dirección General de Abastecimientos de la Subsecretaria de Administración, y vía electrónica al e-mail: (e-mail: se proporcionara por medio de la dirección jurídica una vez adjudicada la aseguradora). El reporte se dará por recibido una vez que la Sub Secretaria de Administración confirme la recepción del e-mail.
REPORTES TRIMESTRALES.
Se deberá presentar en detalle reportes trimestrales (lapsos de tiempo no mayores a 90 días) a partir de la vigencia del presente contrato de la siniestralidad contemplando los siguientes datos:
No. de certificado
Nombre del servidor público. No. de siniestro.
Causa de Fallecimiento
Fecha de inicio de reclamación. Fecha de pago.
Importe reclamado.
Importe pagado.
Esta información deberá entregarse impresa y en archivo electrónico. La información proporcionada deberá incluir invariablemente y a detalle todas las reclamaciones documentadas o no, así como aquellas que se encuentren en trámite de pago y aquellas que ya han sido pagadas. La omisión de información proporcionada y que no se ajuste a lo solicitado en los párrafos anteriores con las sanciones que procedan dentro de los estándares de servicio.
La Sub Secretaria de Administración a través de la Dirección General Xxxxxxxx, podrá auditar, revisar, así como solicitar todos aquellos documentos que a juicio de esta considere necesarios, para la acreditación de los pagos correspondientes que se desprendan de los expedientes que con motivo de siniestro la aseguradora hubiere abierto como de todos aquellos documentos que a juicio de la propia dependencia y de los cuales se acrediten todos los pagos a juicio de la misma secretaria.
La aseguradora entregará un reporte al final de la vigencia de la póliza, de los siniestros pagados al último de vigencia, a más tardar el día 15 del mes siguiente, dicho reporte deberá desglosar cada uno de los eventos.
ESTANDARES DE SERVICIO
Se deberán aplicar los siguientes estándares de tiempos de respuesta para los siguientes servicios:
INC | SUSCRIPCIÓN | TIEMPO DE RESPUESTA XXXXXX XXXX HABILES | PENAS CONVENCIONALES |
1 | EMISION DE POLIZAS Y CHEQUES POR CONCEPTOS DIFERENTES A SINIESTROS | 10 DIAS HABILES | $1,000.00 POR CADA DIA HABIL DE RETRASO. |
2 | EMISION DE MOVIMIENTOS ENDOSOS A, B, Y D | 10 DIAS HABILES | |
3 | CARTAS COBERTURAS CUANDO SE REQUIERA | 2 DIAS HABILES | |
4 | REEXPEDICION DE POLIZAS Y ENDOSOS CON ERRORES | 7 DIAS HABILES | |
5 | DUPLICADO DE POLIZAS Y RECIBOS CUANDO SE SOLICITE | 5 DIAS HABILES |
PENAS CONVENCIONALES
INC | SINIESTROS | TIEMPO DE RESPUESTA MÁXIMO DIAS HABILES | PENAS CONVENCIONALES |
1 | PAGO DE SINIESTROS | 5 DIAS HABILES | $1,000.00 PESOS M.N. POR CADA DÍA DE ATRASO. |
2 | PAGO DE ADELANTO DE SUMA ASEGURADA PARA FUNERARIOS. | MAXIMO 48 HORAS | $1,000.00 PESOS M.N. POR CADA DÍA DE ATRASO. |
3 | TIEMPO DE REVISION DE LOS DOCUMENTOS PARA SOLICITAR COMPLEMENTO DE DOCUMENTACION O ENTREGAR CARTA RECHAZO | 5 DIAS HABILES | PERDIDA DEL DERECHO DE SOLICITAR DOCUMENTACION ADICIONAL Y PAGO DEL SINIESTRO SIN PROVOCAR RECHAZO, AUN Y CUANDO EL RECHAZO SE ENCUENTRE EN LAS EXCLUSIONES DE LAS CONDICIONES GENERALES. |
5 | REPORTES DE SINIESTRALIDAD IMPRESA Y POR ARCHIVO ELECTRONICO | TRIMESTRAL ENTREGADO DENTRO DE LOS PRIMEROS 10 DIAS DESPUES DEL TRIMESTRE CORRESPONDIE NTE | $2,000.00 PESOS M.N. POR CADA DIA HABIL DE RETRASO. |
EJECUCIÓN DE LAS PENAS CONVENCIONALES.
La Sub Secretaría de Administración a través de la Dirección de lo Consultivo y Contencioso, notificará a la aseguradora por escrito del incumplimiento de los estándares de servicio, así como el importe que se hubiere generado por cada día de atraso, en caso de no pagar puntualmente las penalidades.
COLECTIVIDAD ASEGURABLE.
Está formada por los Servidores Públicos adscritos al contratante que cumplan con los siguientes requisitos de elegibilidad:
Servidores Públicos Estatales, Jubilados y Pensionados del Magisterio del Estado.
La aseguradora respetara la designación de beneficiaros realizada por el asegurado titular de acuerdo al listado proporcionado en la colectividad registrada
Cada uno de los Servidores Públicos cubiertos por este contrato tendrá la misma protección y las mismas obligaciones como si este contrato hubiera sido emitido en forma individual a cada uno de ellos.
EDAD DE ACEPTACION.
Sin límite de edad.
CASOS ESPECIALES:
A petición de la Subsecretaría de administración la aseguradora deberá indemnizar hasta 10 reclamaciones durante la vigencia de este contrato que por alguna situación no pudiera indemnizarse bajo las condiciones pactadas.
Todos los casos especiales serán validados por la comisión interna que para tal efecto integre la Sub Secretaría de Administración. Dicha decisión será inapelable y solamente será solicitada por el Sub Secretario de Administración.
PRELACION.
Las partes contratantes se sujetaran únicamente a lo pactado en el presente contrato, en sus anexos, junta aclaratoria y bases de la licitación, así como a lo establecido expresamente en las condiciones especiales que forman parte integrante de este contrato, voluntades que regirán y regularan en la vigencia de la póliza que se expida, siendo las condiciones generales aplicables únicamente en tanto beneficien al Gobierno del Estado.
PRORROGA.
En caso que el contratante solicite prorrogar la vigencia de la cobertura del contrato, la aseguradora estará obligada a otorgar dicha prorroga por un periodo adicional de 1, 2 y hasta 3 meses, bajo los mismos términos y condiciones pactadas en el presente contrato; por lo tanto se sujetara a la aprobación del presupuesto que para tal efecto autorice el Congreso del Estado de Jalisco.
PRESCRIPCION.
El asegurado tendrá derecho a documentar las reclamaciones a que haya lugar derivados del cumplimiento de este contrato, en un plazo no mayor de dos años a partir de la fecha del siniestro. El Gobierno del Estado de Jalisco podrá solicitar a la aseguradora por escrito y dentro del término de prescripción una prórroga hasta por 12 meses adicionales. La prórroga podrá renovarse siempre que se solicite dentro del periodo vigente de la misma. La aseguradora se obliga a otorgar dicha prorroga siempre que la solicitud se realice de acuerdo a lo establecido en este contrato.
CLAUSULA ARBITRAL
La “aseguradora” acepta que en caso de existir controversia o incumplimiento de las condiciones, coberturas, sumas aseguradas, pago directo a proveedores, cumplimento de los estándares de servicio, de forma amigable ambas partes aceptan el sujetarse al procedimiento arbitral que la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros aplica para el caso de controversias.
El “contratante” se reserva el derecho de ejercer las acciones legales en caso de incumplimiento al presente contrato en los tribunales competentes.
NO ADHESIÓN.
Los términos y condiciones establecidos en el presente contrato fueron acordados y fijados libremente entre “el contratante” y “la aseguradora”, por lo que este es un contrato de no adhesión y por lo tanto no se ubica en el supuesto previsto en el artículo 36-b de la ley general de instituciones y sociedades mutualistas de seguros; en esa virtud este contrato no requiere ser registrada ante comisión nacional de seguros y fianzas por lo que las condiciones generales y sus endosos de las pólizas de “la aseguradora” en términos de articulo antes citado, no aplicaran en cuanto sean contrarias a este contrato.
CONVENIO DE BUENA FE.
Se conviene y acepta por ambas partes tanto “el contratante” como “la aseguradora” aceptar en términos del artículo 50 en cualquiera de sus fracciones, de la ley sobre el contrato de seguro, renunciar a la rescisión o nulidad del contrato por la omisión o inexacta declaración de los hechos a que se refieren los artículos 8, 9, y 10 de la citada ley.
No será motivo de rechazo o perdida de cobertura cualquier situación que provoque una agravación de riesgo dentro de las operaciones normales del Gobierno de Jalisco o sus Dependencias.
JUNTA ACLARATORIA
LICITACIÓN PÚBLICA LOCAL LPL29/2015
SEGURO DE VIDA PARA SERVIDORES PUBLICOS EN ACTIVO Y JUBILADOS DEL SUBSISTEMA ESTATAL Y FEDERAL DE LA SECRETARÌA DE EDUCACIÓN Y SEGURO COLECTIVO DE RETIRO DEL PERSONAL FEDERALIZADO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
NOTAS ACLARATORIAS
1. Las bases no estarán a discusión en esta junta ya que su objetivo es EXCLUSIVAMENTE la aclaración de las dudas formuladas en este documento.
2. Solo se aceptarán preguntas presentadas con este formato.
3 Para facilitar la lectura de sus preguntas favor de presentarlas mecanografiadas o impresas.
NOMBRE COMPLETO DEL PARTICIPANTE:
NOMBRE DE SU REPRESENTANTE LEGAL:
FIRMA:
CARTA DE PROPOSICIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA LOCAL LPL29/2015
SEGURO DE VIDA PARA SERVIDORES PUBLICOS EN ACTIVO Y JUBILADOS DEL SUBSISTEMA ESTATAL Y FEDERAL DE LA SECRETARÌA DE EDUCACIÓN Y SEGURO COLECTIVO DE RETIRO DEL PERSONAL FEDERALIZADO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
COMISIÓN DE ADQUISICIONES Y ENAJENACIONES DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO
P R E S E N T E
En atención a la Licitación Pública Local LPL29/2015 relativa a la adquisición de SEGURO DE VIDA PARA SERVIDORES PUBLICOS EN ACTIVO Y JUBILADOS DEL SUBSISTEMA ESTATAL Y FEDERAL DE LA SECRETARÌA DE EDUCACIÓN Y SEGURO COLECTIVO DE RETIRO DEL PERSONAL FEDERALIZADO DE LA SECRETARÍA
DE EDUCACIÓN el suscrito nombre del firmante en mi calidad de representante legal de Nombre del Participante, (en mi calidad de propietario) manifiesto bajo protesta de decir verdad que:
1. Cuento con facultades suficientes para suscribir la propuesta en el presente proceso de adquisición, así como para la firma, presentación de los documentos y el contrato que se deriven de éste, a nombre y representación de Persona Xxxxxxxx). Así mismo, manifiesto que cuento con número de proveedor y con Registro Federal de Xxxxxxxxx , y en su caso me comprometo a realizar los trámites de registro y actualización ante el padrón de proveedores en los términos señalados en las presentes bases, para la firma del contrato que llegare a celebrarse en caso de resultar adjudicado.
2. Mi representada señala (Que señalo) como domicilio para todos los efectos legales a que haya lugar la finca marcada con el número
de la calle , de la colonia , de la ciudad de , C.P. , teléfono , fax y correo elec trónico
@ ;solicitándoles y manifestando mi conformidad de que todas las notificaciones que se me tengan que practicar y aún las personales, se me hagan por correo electrónico en la cuenta anteriormente señalada, sujetándome a lo que establece el artículo 123 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco, aplicado supletoriamente, para que la autoridad estatal lleve a cabo las notificaciones correspondientes.
3. He leído, revisado y analizado con detalle las bases del presente proceso de adquisición, las especificaciones correspondientes y el juego de anexos que me fueron proporcionados por la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno de Jalisco, obligándome a cumplir con lo estipulado en cada uno de ellos.
4. Mi representada no se encuentra en alguno de los supuestos del artículo 18 de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado de Jalisco, y tampoco en las situaciones previstas para la DESCALIFICACIÓN DE LOS PARTICIPANTES que se indican en las bases del presente proceso de adquisición.
5. Se han formulado cuidadosamente todos y cada uno de los precios unitarios que se proponen, tomando en consideración las circunstancias previsibles que puedan influir sobre ellos. Dichos precios se presentan en pesos mexicanos e incluyen todos los cargos directos e indirectos que se originen en la prestación del servicio hasta su recepción total por parte de la Secretaría de Educación Jalisco, por lo que aceptamos todas y cada una de las condiciones ahí establecidas.
6. En caso de resultar favorecidos, nos comprometemos a firmar el contrato en los términos señalados en las bases del presente proceso de adquisición.
7. Mi representada otorgará el servicio a que se refiere el presente proceso de adquisición de acuerdo con las especificaciones y condiciones requeridas en las bases de este proceso de adquisición, con los precios unitarios señalados en la propuesta económica.
Atentamente, Nombre y firma del
Representante Legal del Participante
ACREDITACIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA LOCAL LPL29/2015
SEGURO DE VIDA PARA SERVIDORES PUBLICOS EN ACTIVO Y JUBILADOS DEL SUBSISTEMA ESTATAL Y FEDERAL DE LA SECRETARÌA DE EDUCACIÓN Y SEGURO COLECTIVO DE RETIRO DEL PERSONAL FEDERALIZADO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Xx, (nombre) , manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados son ciertos y que cuento con facultades suficientes para suscribir la propuesta en el presente proceso de adquisición, así como con los documentos que se deriven de éste, a nombre y representación de (Persona Jurídica).
Nombre del Participante: | |
No. de Registro xxx Xxxxxx de Proveedores de Bienes y Servicios del Gobierno de Jalisco: (en caso de contar con él) | |
No. de Registro en el Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM): | |
No. del Registro Federal de Contribuyentes: | |
Domicilio: (Calle, Número exterior-interior, Colonia, Código Postal) | |
Municipio o delegación: | Entidad Federativa: |
Teléfono (s): | Fax: |
Correo Electrónico: | |
Para Personas Jurídicas: Número de Escritura Pública: (en la que consta su Acta Constitutiva y sus modificaciones* si las hubiera) Fecha y lugar de expedición: Nombre del Fedatario Público, mencionando si es Titular o Suplente: Fecha de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio: Tomo: Libro: Agregado con número al Apéndice: *NOTA: En caso de que hubiere modificaciones relevantes al Acta Constitutiva (cambio de razón social, de domicilio fiscal, de giro o actividad, etc.), deberá mencionar los datos anteriores que correspondan a dicha modificación y la referencia de la causa de la misma. Para Personas Físicas: Número de folio de la Credencial de Elector: | |
P O D E R | Para Personas Jurídicas o Físicas que comparezcan a través de Apoderado, mediante Poder General o Especial para Actos de Administración o de Dominio, que les faculte para comparecer al concurso y a la firma del contrato que resulte del mismo): Número de Escritura Pública: Tipo de poder: Nombre del Fedatario Público, mencionando si es Titular o Suplente: Fecha de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio: Tomo: Libro: Agregado con número al Apéndice: Lugar y fecha de expedición: |
Nombre y firma del Representante Legal
PROPUESTA TÉCNICA
LICITACIÓN PÚBLICA LOCAL LPL29/2015
SEGURO DE VIDA PARA SERVIDORES PUBLICOS EN ACTIVO Y JUBILADOS DEL SUBSISTEMA ESTATAL Y FEDERAL DE LA SECRETARÌA DE EDUCACIÓN Y SEGURO COLECTIVO DE RETIRO DEL PERSONAL FEDERALIZADO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
ESPECIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES ESPECIALES:
PARTIDA | CONCEPTO |
1 | SEGURO DE VIDA PARA SERVIDORES PUBLICOS EN ACTIVO Y JUBILADOS DEL SUBSISTEMA ESTATAL Y FEDERAL DE LA SECRETARÌA DE EDUCACIÓN Y SEGURO COLECTIVO DE RETIRO DEL PERSONAL FEDERALIZADO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN |
ESPECIFICACIONES DETALLADA | |
En caso de ser adjudicado proporcionaré el (los) servicio(s) en los términos y condiciones del presente anexo, el contrato, las bases y los acuerdos de la junta aclaratoria del presente proceso.
Asimismo seré responsable por los defectos, vicios ocultos o falta de calidad en general del(los) servicio(s) por cualquier otro incumplimiento en que puedan incurrir en los términos del contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado
Nombre y firma del Representante Legal
PROPUESTA ECONÓMICA
LICITACIÓN PÚBLICA LOCAL LPL29/2015
“SEGURO DE VIDA PARA SERVIDORES PUBLICOS EN ACTIVO Y JUBILADOS DEL SUBSISTEMA ESTATAL Y FEDERAL DE LA SECRETARÌA DE EDUCACIÓN Y SEGURO COLECTIVO DE RETIRO DEL PERSONAL FEDERALIZADO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN”
PARTIDA UNICA
X. XXXX ASEGURADA DE 40 MESES XX XXXXXX FUNCIONARIOS PUBLICOS ACTIVOS | ||||
NO. DE ASEGURADOS | SUELDO BASE MENSUAL | SUELDO ESTIMADO ANUAL | CUOTA APLICABLE | PRIMA NETA ANUAL ESTIMADO |
COMISION BONIFICADA DERECHO DE POLIZA PRIMA TOTAL ANUAL PRIMA AL COBRO MENSUAL | ||||
B. FUNCIONARIOS PUBLICOS ACTIVOS INCREMENTOS VOLUNTARIOS DE SUMA ASEGURADA EN ADICCION DE LA BASICA | ||||
NO. DE ASEGURADOS | SUELDO BASE MENSUAL ADICIONALES A LA BASICA | CUOTA APLICABLE | ||
OPCIONAL | 30 SALARIOS MINIMOS | |||
OPCIONAL | 50 SALARIOS MINIMOS | |||
OPCIONAL | 70 SALARIOS MINIMOS | |||
C. JUBILADOS | ||||
NO. DE ASEGURADOS | SUELDO BASE MENSUAL | CUOTA APLICABLE | ||
BASICA | 18 VECES DE LA ULTIMA PENSION MENSUAL | |||
OPCIONAL | 18 VECES DE LA ULTIMA PENSION MENSUAL | |||
D. SERVIDORES PUBLICOS CON LICENCIA | ||||
NO. DE ASEGURADOS | SUELDO BASE MENSUAL | CUOTA APLICABLE | ||
OPCIONAL (CASOS AISLADOS) | LA MISMA QUE TENIAN ANTES DE SU LICENCIA | |||
NOTA: ESTA PROPUESTA ES EN MONEDA NACIONAL. SOLO SE PRESENTARAN PRIMAS DE LA ALTERNATIVA A, LAS DEMAS ALTERNATIVAS B, C, Y D SOLO CUOTAS LA COTIZACION DE LAS ALTERNATIVAS B,C, Y D TENDRÁN VALIDEZ DURANTE TODA LA VIGENCIA DE LA POLIZA DE LA ALTERNATIVA A Y ES EN BASE A LOS TERMINOS Y CONDICIONES DE LA PROPUESTA TECNICA DE ESTAS BASES. |
ANEXO 7 ESTRATIFICACIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA LOCAL LPL29/2015
“SEGURO DE VIDA PARA SERVIDORES PUBLICOS EN ACTIVO Y JUBILADOS DEL SUBSISTEMA ESTATAL Y FEDERAL DE LA SECRETARÌA DE EDUCACIÓN Y SEGURO COLECTIVO DE RETIRO DEL PERSONAL FEDERALIZADO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN”
Guadalajara, Jal., a XX de XXXXXX de 2015
COMISIÓN DE ADQUISICIONES Y ENAJENACIONES DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO
P R E S E N T E
En atención a la Licitación Pública Local LPL29/2015 relativa a la adquisición de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX (en lo subsecuente “proceso de adquisición”), el suscrito nombre del firmante en mi calidad de representante legal de Nombre del Participante, (en mi calidad de propietario) manifiesto bajo protesta de decir verdad que:
Que mi representada está constituida conforme a las leyes mexicanas, con registro Federal de Contribuyentes , y asimismo que considerando los criterios establecidos en el numeral 11 de las presentes bases(sector, número total de trabajadores y ventas anuales), establecidos en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009, mi representada tiene un Tope Máximo Combinado de , con base en lo cual se estatifica como una empresa .
De igual forma, declaro que la presente manifestación la hago teniendo pleno conocimiento de que la omisión, simulación o presentación de información falsa, son infracciones previstas por el numeral 12 fracciones e, f y g de las presentes bases, sancionables en términos de lo dispuesto por el artículo 48, fracción I de la Ley de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del estado de Jalisco, y demás disposiciones aplicables.
Atentamente,
Nombre y firma del Participante o Representante Legal del mismo
TEXTO DE LA FIANZA DEL 10% DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Los Participantes que opten por garantizar el cumplimiento del contrato a través de fianza, deberán presentarla con el siguiente texto:
(NOMBRE DE LA AFIANZADORA), EN EL EJERCICIO DE LA AUTORIZACIÓN QUE ME OTORGA EL GOBIERNO FEDERAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO EN LOS TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 5º Y 6° DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, ME CONSTITUYO FIADORA POR LA SUMA DE $ (CANTIDAD CON LETRA) A FAVOR DE LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL GOBIERNO DE JALISCO A EFECTO DE:
GARANTIZAR POR (NOMBRE DEL PROVEEDOR) CON DOMICILIO EN COLONIA CIUDAD _ EL FIEL Y EXACTO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES PACTADAS EN EL CONTRATO NÚMERO _, DE FECHA , CELEBRADO ENTRE NUESTRO FIADO Y LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE JALISCO, CON UN IMPORTE TOTAL DE $ , DERIVADO DEL PROCESO DE ADQUISICIÓN LPL29/2015.
ESTA FIANZA ESTARÁ EN VIGOR POR 12 MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DEL CONTRATO.
ADICIONALMENTE ESTA FIANZA PODRÁ SER EXIGIBLE EN CUALQUIER TIEMPO PARA GARANTIZAR LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y BASES DEL PROCESO QUE LE DIERON ORIGEN, LA BUENA CALIDAD EN GENERAL DE LOS BIENES Y SERVICIOS, CUANDO SEAN DE CARACTERÍSTICAS INFERIORES A LAS SOLICITADAS EN LAS BASES DEL PROCESO DE ADQUISICIÓN ANTERIORMENTE SEÑALADO Y/O CUANDO DIFIERAN EN PERJUICIO DE LA SECRETARÌA Y/O LA DEPENDENCIA, ASÍ COMO LA REPARACIÓN DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS, DAÑOS Y PERJUICIOS QUE PUDIEREN APARECER Y QUE SEAN IMPUTABLES A NUESTRO FIADO CON MOTIVO DE LA CONTRATACIÓN QUE SE MENCIONA Y SOLO PODRÁ SER CANCELADA CON LA PRESENTACIÓN DE SU ORIGINAL POR PARTE DE NUESTRO FIADO.
IGUALMENTE, EN EL CASO QUE SE OTORGUE PRORROGA AL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO ASÍ COMO DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE JUICIOS, RECURSOS O INCONFORMIDADES DE LOS BIENES Y SERVICIOS CONTRATADOS ESTA FIANZA CONTINUARÁ VIGENTE HASTA SU TOTAL RESOLUCIÓN.
EN CASO DE QUE LA PRESENTE FIANZA SE HAGA EXIGIBLE, LA AFIANZADORA Y EL FIADO ACEPTAN EXPRESAMENTE SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 93 AL 95 BIS, 118 Y DEMÁS RELATIVOS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS EN VIGOR, PARA LA EFECTIVIDAD DE LAS FIANZAS, AÚN PARA EL CASO DE QUE PROCEDA EL COBRO DE INTERESES, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA ACEPTANDO SOMETERSE A LA COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES DEL PRIMER PARTIDO JUDICIAL DEL ESTADO DE JALISCO, RENUNCIANDO A LOS TRIBUNALES QUE POR RAZÓN DE SU DOMICILIO PRESENTE O FUTURO, LES PUDIERA CORRESPONDER.
ANEXO 9
REQUISITOS DE DOCUMENTOS PARA PAGO. CONTENIDO IMPRESO COMO DOCUMENTO DE VALOR
FISCAL:
SEGÚN SEA EL CASO QUE SE REQUIERA, SI ES RECIBO, FACTURA O NOTA DE CREDITO (TEXTUALMENTE)
FOLIO
RAZON SOCIAL DE LA CIA QUE EXPIDE DOMICILIO FISCAL DE LA CIA QUE EXPIDE
REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES DE LA CIA QUE
EXPIDE
CEDULA FISCAL DE LA CIA QUE EXPIDE VIGENCIA FISCAL DEL RECIBO
DATOS CON LOS QUE SE DEBE LLENAR LOS RECIBOS
RAZON SOCIAL DOMICILIO FISCAL
REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES FECHA DE EMISION
PERIODO DE LA VIGENCIA DE LA POLIZA
FORMA DE PAGO (MENSUAL, SEMESTRAL, ANUAL)
NUMERO DE PAGO (ESTO ES SI ES EL PGO DEL 2° SEMESTRE POR EJEMPLO), O IGUAL 1/2, 2/2 TRAER LEYENDA DE PAGO EN UNA SOLA EXHIBICION
IMPORTE CON NUMERO
IMPORTE CON LETRA (PROTECCION CON LETRA) NUMERO DE POLIZA
RAMO DE SEGURO AL QUE SE REFIERE (XXXXXXXXX, GASTOS MEDICOS, VIDA, ETC) MONEDA (NACIONAL)
NOTA: Todos los requisitos anteriores son enunciativos mas no limitativos de acuerdo a lo que establece el Artículo 29 y 29A del Código Fiscal de la Federación.
PARA EFECTOS DE PAGO
DOCUMENTOS Y SUS JUEGOS:
SEGURO DE VIDA PARA SERVIDORES PUBLICOS EN ACTIVO Y JUBILADOS DEL SUBSISTEMA ESTATAL Y FEDERAL DE LA SECRETARÌA DE EDUCACIÓN Y SEGURO COLECTIVO DE RETIRO DEL PERSONAL FEDERALIZADO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
FACTURA (En pesos mexicanos al tipo de cambio de la facturación) ORIGINAL Y 2 JUEGOS POLIZA CON LA DESCRIPCION DE CADA UNO DE LOS EQUIPOS
CATASTRÓFICOS 5 JUEGOS
CARATULA DE POLIZA 5 JUEGOS
CONDICIONES ESPECIALES IMPRESAS