SOLICITUD-CONTRATO CRÉDITO DE NÓMINA
Banco Inbursa, S.A., Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Inbursa
SOLICITUD-CONTRATO CRÉDITO DE NÓMINA
Paseo de las Palmas 750, Col. Xxxxx de Chapultepec, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 11000, Ciudad de México
NÓMINA VENTA ABIERTA
NÓMINA GRUPO CARSO
NÓMINA EMPLEADOS GFI
NÓMINA GRUPO WM
1. Datos generales del solicitante
ID Cliente GFI: Primer nombre
Apellido paterno
RFC con homoclave o NIF
1.1 Generales |
Segundo nombre Apellido materno
d | d | / | m | m | / | a | a | a | a |
Fecha de nacimiento Entidad federativa de nacimiento País de nacimiento
Género:
Femenino Masculino
Estado civil:
Casado Soltero
Nacionalidad En caso de ser de nacionalidad extranjera, indique su calidad migratoria en términos de la Ley de Migración:
Residente permanente Residente temporal Otra
Tipo de identificación Número de identificación
CURP FIEL
Ocupación, profesión, actividad, giro u objeto social
1.2 Domicilio particular |
Calle Núm. exterior Edificio Núm. interior C.P. Colonia Delegación o municipio
Ciudad o población Entidad federativa País
Tipo de vivienda:
Propia
Hipotecada
Rentada
Familiar
Otra
1.3 Contacto
Teléfono fijo (con lada) Teléfono móvil (con lada) Compañía celular
Correo electrónico
Inbursa Verde: Deseo consultar por internet el estado de cuenta de mi crédito. Sí No
Radar Inbursa: Autorizo de manera expresa el envío de avisos a mi teléfono móvil. Sí No
1.4 Datos del empleo actual
a | a | / | m | m | |||||||||||||||||||
1.5 Ingresos y referencia de productos |
Nombre de la empresa o entidad donde trabaja
Negocio propio
Antigüedad Teléfono (con lada) Extensión
Sueldo o ingreso fijo Otros ingresos Especifique la fuente de otros ingresos Total de ingresos
Pago de nómina:
Semanal
Catorcenal
Quincenal
Mensual
1.6 Información adicional
BINC-81 (agosto 2016)
¿Usted, su cónyuge, concubina(rio) o persona con parentesco de consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado desempeña o ha desempeñado en los últimos dos años, alguna función pública, política, judicial o militar de alta jerarquía en México o en el extranjero? Sí No
¿Quién?
Cargo: Fecha en que dejó el cargo
d | d | / | m | m | / | a | a | a | a |
Nombre(s) y apellidos:
2. Referencias personales | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Primer nombre | Segundo nombre | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Apellido paterno | Apellido materno | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Teléfono particular (con lada) | Teléfono oficina (con lada) | Extensión | Relación o parentesco | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Correo electrónico | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Primer nombre | Segundo nombre | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Apellido paterno | Apellido materno | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Teléfono particular (con lada) | Teléfono oficina (con lada) | Extensión | Relación o parentesco | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Correo electrónico | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Importe solicitado | Importe solicitado (letra) | Plazo solicitado | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
meses | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
para contacto y gestiones de cobro (mínimo un familiar)
3. Información del crédito |
3.1 información del crédito (para ser llenado por el banco) |
Monto de crédito autorizado
Monto de crédito autorizado (letra)
Plazo autorizado
meses
Periodo para el cómputo de intereses
3.2 Datos de la cuenta en la que se depositará el crédito
El nombre del titular de la cuenta en que se depositará el crédito debe ser el del solicitante del crédito.
Número de cuenta CLABE a 18 posiciones Nombre del banco
Número de tarjeta Folio call center
4. Declaraciones del solicitante |
1. Quedo enterado de que Banco Inbursa, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Inbursa, no contrae ninguna obligación a la entrega y recepción de esta solicitud y la autorizo para que la conserve independientemente de la resolución final del crédito.
2. Autorizo expresamente a esta institución a que comparta mi información y/o datos y/o documentos con cualquiera de las entidades que formen parte directa o indirectamente del Grupo Financiero Inbursa, S.A.B. de C.V. y/o aquellas respecto de las cuales dichas entidades sean de manera directa o indirecta accionistas mayoritarios, para efectos de contratar, en su caso, cualquier producto o servicio financiero con alguna de dichas entidades o con motivo de la relación que se mantiene o se llegue a mantener con las mismas, la autorización que se otorga no implica la aceptación para que esta información, datos y documentación se
utilice por teceros distintos de las entidades antes mencionadas. Sí No
Firma del solicitante
Asimismo declaro bajo protesta de decir verdad que:
i) La información y/o documentación que he proporcionado y que en el futuro llegue a proporcionar en relación con el o los productos o servicios que se solicitan mediante la presente solicitud- contrato son y serán verídicos y auténticos, por lo que autorizo a que ello sea corroborado.
ii) Manifiesto que el origen y procedencia de los recursos empleados en cada una de las operaciones que realice al amparo de cada uno de los productos y servicios contratados con Banco Inbursa, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Inbursa proceden de actividades lícitas y que manifiesto expresamente que no permitiré el uso o acceso a terceros para operar en los productos, cuentas, contratos o servicios contratados con Banco Inbursa, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Inbursa.
iii) Manifiesto que no realizaré transacciones destinadas a favorecer actividades ilícitas, por lo que asumo cualquier responsabilidad que se genere por actuar ante Banco Inbursa, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Inbursa en contravención a lo dispuesto en ésta solicitud-contrato y/o en los demás productos o servicios que se presten en relación con el mismo. Adicionalmente declaro que he sido apercibido de las responsabilidades civiles y/o penales en las que pueden incurrir las personas que permitan a terceros el acceso o uso de sus productos o servicios financieros sin haberlo declarado, que oculten información o presenten información falsa en el uso de los productos o servicios financieros contratados o que actúen como prestanombres de terceros para el uso indebido de dichos productos y servicios financieros.
3. Manifiesto que la información es correcta considerando el artículo 112 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx; que he leído y estoy de acuerdo en los términos y condiciones de la presente solicitud-contrato.
4. He leído y acepto incondicionalmente las condiciones de la presente solicitud-contrato.
5. Por este conducto autorizo expresamente a Banco Inbursa, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Inbursa, para que por conducto de sus funcionarios facultados lleve a cabo investigaciones sobre mi comportamiento crediticio en las Sociedades de Información Crediticia que estime conveniente. Asimismo, declaro que conozco la naturaleza y alcance de la información que se solicitará, del uso que Banco Inbursa, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Inbursa, hará de tal información y de que ésta podrá realizar consultas periódicas de mi historial crediticio, consintiendo que esta autorización se encuentre vigente por un periodo de 3 años contados a partir de la fecha de su expedición y en todo caso, durante el tiempo que mantenga relación jurídica conmigo.
Estoy consciente y acepto que este documento quede bajo propiedad de Banco Inbursa, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Inbursa, para efectos de control y cumplimiento del artículo 28 de la Ley para Regular a las Sociedades de Información Crediticia.
6. Declaro que Banco Inbursa, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Inbursa ha puesto a mi disposición previamente su Aviso de Privacidad, por lo que conociendo su contenido, otorgo mi consentimiento para que mis Datos Personales, incluyendo los sensibles, sean tratados conforme se establece en dicho aviso.
7. Asimismo, en caso de que yo haya proporcionado Datos Personales de otros Titulares, me obligo a hacer del conocimiento de esos Titulares que he proporcionado tales datos a Banco Inbursa, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Inbursa y a hacer de su conocimiento tanto el referido Aviso de Privacidad, como los medios por los cuales esa institución lo tiene a su disposición.
8. Autorizo a Banco Inbursa, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Inbursa para utilizar mi información con fines mercadotécnicos o publicitarios, así como para recibir publicidad. Autorizo a Banco Inbursa, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Inbursa, para utilizar y/o proporcionar la información contenida en esta solicitud y/u otros documentos que deriven de la operación del producto contratado, a cualquier empresa que forme parte del Consorcio al que ésta pertenece (conforme el término Consorcio se define en la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores), para efectos de ofrecimiento y promoción de bienes, productos y servicios y/o prospección comercial.
Lugar: Fecha
d | d | / | m | m | / | a | a | a | a |
Firma del solicitante
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5. Declaraciones de quien promueve o intermedia el producto (debe ser llenado obligatoriamente)
Declaro que durante el llenado del presente formato entrevisté personalmente al solicitante y hago constar que cotejé con su original la documentación referida en este documento y que informaré a esa institución inmediatamente cuando tenga conocimiento sobre cualquier cambio en la información contenida en el mismo,
con el propósito de actualizar el expediente del solicitante. Nombre y firma del asesor
6. Comisiones
Asesor 1
% |
Clave:
Participación: Nombre y firma
Asesor 2
% |
Clave: Participación:
Nombre y firma
7. Documentación requerida
A fin de dar trámite oportunamente a esta solicitud de crédito usted debe cumplir con los siguientes requisitos y anexar copia de la siguiente documentación:
1. Solicitud-contrato debidamente requisitada
2. Comprobante de domicilio no mayor a tres meses de antigüedad a partir de su expedición
3. Edad entre 18 y 65 años
4. Identificación oficial vigente
5. Llamar al centro de atención telefónica y solicitar el número de folio
6. Antigüedad mínima de 1 año
BINC-81 (agosto 2016)
ID Cliente GFI: Número de identificación de clientes de Inbursa. FIEL: Número de serie de la Firma Electrónica Avanzada.
NIF: Número de Identificación Fiscal o equivalente en caso de extranjeros.
Para cualquier consulta estamos a sus órdenes en los teléfonos 0000 0000 o Lada sin costo 01 800 90 90000, de lunes x xxxxxxx de 7:00 a 20:00 hrs., así como en nuestras sucursales y oficinas.
Número de registro en el RECA: 0000-000-000000/00-00000-0000.
CARÁTULA DE CRÉDITO DE NÓMINA VENTA ABIERTA
Banco Inbursa, S.A., Institución de Banca Multiple Grupo Financiero Inbursa
BINC-99 (agosto 2016)
Xxxxx xx xxx Xxxxxx 000, Xxx. Xxxxx xx Xxxxxxxxxxx, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 11000, Ciudad de México
Nombre del Producto: CRÉDITO DE NÓMINA VENTA ABIERTA | |||
Tipo de Crédito: CRÉDITO DE NÓMINA | |||
CAT (COSTO ANUAL TOTAL) | TASA DE INTERÉS ANUAL ORDINARIA Y MORATORIA | MONTO DEL CRÉDITO | MONTO TOTAL A PAGAR |
32.6 % Sin IVA para fines informativos y de comparación exclusivamente. | Fija 32.48 % Incluye impuesto al valor agregado (IVA) No aplica tasa de interés moratoria | Pesos moneda nacional | Pesos moneda nacional |
Plazo del crédito: | Fecha límite de pago: Fecha xx xxxxx: | Las fechas xx xxxxx y límite de pago corresponden al primer periodo, las subsecuentes se podrán consultar en la tabla de amortización. | |
COMISIONES RELEVANTES | |||
Pago tardío (xxxx). Penalidad por incumplimiento por la cantidad de $350.00 (Trescientos cincuenta pesos 00/100 Moneda Nacional) más su correspondiente impuesto al valor agregado (IVA), por cada mes en el que continúe el incumplimiento durante todo el tiempo que dure la xxxx. | |||
ADVERTENCIAS: Incumplir tus obligaciones te puede generar comisiones e intereses moratorios. Contratar créditos que excedan tu capacidad de pago afecta tu historial crediticio. | |||
SEGUROS | |||
Seguro: Liberación de saldos por fallecimiento (obligatorio, sin costo) | Aseguradora: Seguros Inbursa, S.A., Grupo Financiero Inbursa | Cláusula: Décima tercera | |
ESTADO DE CUENTA | |||
Enviar al domicilio indicado en la solicitud-contrato anexa: Consulta vía internet a través de xxx.xxxxxxx.xxx: Envío por correo electrónico: | |||
Aclaraciones y reclamaciones: Unidad Especializada de Atención a Usuarios Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxx. Xxxx Xxxxx, Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. Tel. (00) 0000 0000, 00 000 00 00000, (00) 0000 0000 ó 00 000 00 00000 Correo electrónico: xxxxxx@xxxxxxx.xxx, xxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx Página de internet: xxx.xxxxxxx.xxx | |||
Registro de Contratos de Adhesión Núm.: 0000-000-000000/00-00000-0000. Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) Tel. 00 000 000 0000 y 0000 0000 Correo electrónico: xxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx, xxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx Página de internet: xxx.xxxxxxxx.xxx.xx |
Nombre completo y firma del cliente.
Manifiesto mi consentimiento en los términos señalados en la presente Carátula de Crédito, misma que forma parte de la solicitud-contrato.
CONTRATO DE APERTURA DE CRÉDITO SIMPLE EN MONEDA NACIONAL QUE CELEBRAN POR UNA PARTE BANCO INBURSA, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO INBURSA, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LA PERSONA QUE SE SEÑALA Y FIRMA LA PRESENTE SOLICITUD- CONTRATO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO EL «BANCO», Y POR LA OTRA PARTE LA PERSONA CUYOS DATOS QUEDARON ASENTADOS EN LA SOLICITUD ANEXA A ESTE CONTRATO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO EL «ACREDITADO», AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
l. Declara el ACREDITADO por su propio derecho y bajo protesta de decir verdad que:
a) Es una persona física, mayor de edad, con plena capacidad para celebrar el presente contrato, en lo sucesivo la solicitud-contrato.
b) Ha solicitado al BANCO, un crédito bajo la forma de Apertura de Crédito Simple.
c) Esta solicitud-contrato constituirá una obligación válida y exigible en su contra de conformidad con sus respectivos términos.
d) No existe procedimiento judicial o administrativo alguno en su contra que pueda afectar la legalidad, validez, o exigibilidad de las obligaciones derivadas de la presente solicitud-contrato, ni pasivos contingentes que afecten su solvencia.
e) Se encuentra al corriente en el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo y que a la fecha de este instrumento no ha incurrido en el incumplimiento de ningún contrato o convenio en los que sea parte y que, como consecuencia de dicho incumplimiento se ponga en riesgo la celebración y cumplimiento de este instrumento.
f) Actualmente es trabajador y mantiene una relación laboral con la empresa que se señala en la presente solicitud-contrato y recibe el pago de su nómina a través de la dispersión de nómina que realiza la referida empresa con el BANCO.
g) Los flujos con que pagará el importe del crédito que se le otorga mediante el presente instrumento son y serán propios, de procedencia lícita y producto de su actividad comercial, mercantil, profesional y/o laboral lícitas.
h) La información que ha hecho del conocimiento, así como la que ha entregado al BANCO refleja en forma veraz y fidedigna su condición financiera. Asimismo declara que la información y/o datos y/o documentos de identificación otorgados en copia fotostática son verídicos y autoriza a que se corrobore lo anterior de estimarse conveniente.
i) El BANCO ha puesto a su disposición previamente su Aviso de Privacidad, por lo que conociendo su contenido, otorgó su consentimiento para que sus Datos Personales, incluyendo los sensibles, sean tratados conforme se establece en dicho aviso. Asimismo, en caso de que haya proporcionado Datos Personales de otros Titulares, se obligó a hacer del conocimiento de esos Titulares que ha proporcionado tales datos al BANCO y a hacer de su conocimiento tanto el referido Aviso de Privacidad, como los medios por los cuales esa institución lo tiene a su disposición.
j) El BANCO le explicó los términos de la presente solicitud-contrato antes de la fecha de firma de la misma, la cual ha entendido perfectamente en su contenido con todos los documentos a suscribir por virtud de esta solicitud-contrato, así como el «Costo Anual Total de financiamiento (CAT) expresado en términos porcentuales anuales que, para fines informativos y de comparación, incorpora la totalidad de los costos y gastos inherentes a los Créditos», que corresponde a lo indicado en la carátula informativa que forma parte integral de la presente solicitud-contrato.
k) Conoce que el crédito que se otorga mediante la presente solicitud-contrato, podrá ser otorgado con el apoyo de Nacional Financiera, S.N.C. (en lo sucesivo NAFIN) exclusivamente para fines de desarollo nacional.
l) Que a la fecha de la presente solicitud-contrato, no le ha sido notificado ni se le ha dado a conocer formalmente una situación o hecho relacionado con sus obligaciones fiscales, crédito fiscal o algún acto de inicio de facultades de verificación o dentro de un Procedimiento Administrativo de Ejecución por parte del Servicio de Administración Tributaria o cualquier otra autoridad fiscal.
II. Declara el BANCO a través de su representante legal que:
a) Es una Institución de Banca Múltiple debidamente constituida conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos y que cuenta con las facultades suficientes para la celebración de la presente solicitud-contrato.
b) Su representante cuenta con las facultades suficientes para celebrar la presente solicitud-contrato en nombre y representación de su poderdante, mismas que no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna.
c) Con base en las declaraciones del ACREDITADO está dispuesto a celebrar la presente solicitud-contrato con el fin de otorgarle al ACREDITADO un crédito simple, de conformidad con los términos y condiciones previstos en la presente solicitud-contrato.
Expuesto lo anterior las partes están de acuerdo en otorgar las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- Importe del Crédito.- El BANCO otorga al ACREDITADO un crédito simple individual, en Moneda Nacional por la cantidad que determine el BANCO y se señala en la presente solicitud-contrato, en lo sucesivo el CRÉDITO, del cual el ACREDITADO se dará por recibido en la fecha que el BANCO le abone a la cuenta que se indica en el anverso de la presente solicitud-contrato.
En el importe del CRÉDITO no quedan comprendidos los intereses ni los gastos que se causen en virtud de esta solicitud-contrato.
El CRÉDITO a que se refiere esta solicitud-contrato no es revolvente, es decir, que cuando la disposición sea pagada, no se restablecerá total o parcialmente el monto del CRÉDITO.
SEGUNDA.- Destino.- El ACREDITADO destinará el CRÉDITO señalado en esta solicitud-contrato, para necesidades de liquidez.
TERCERA.- Pagos.- El ACREDITADO se obliga a pagar al BANCO el monto del CRÉDITO en la fecha xx xxxxx que será precisamente el (los) día (s) a la periodicidad de pago, ya sea semanal, catorcenal, quincenal, mensual o en la fecha que al ACREDITADO le depositen su nómina; dichos pagos serán consecutivos y comprenderán amortizaciones de capital y de pagos de intereses de acuerdo a lo pactado en la presente solicitud-contrato y en la tabla de amortizaciones (en lo sucesivo así denominada) misma que será entregada al ACREDITADO en el primer estado de cuenta los cuales no variarán mientras el ACREDITADO se encuentre en cumplimiento de todas y cada una de sus obligaciones derivadas de la presente solicitud-contrato.
El primer pago de capital así como de intereses lo realizará en la fecha xx xxxxx inmediata siguiente a la fecha de disposición del CRÉDITO.
La segunda y subsecuentes amortizaciones de capital y pagos de intereses los realizará en la fecha xx xxxxx inmediata siguiente y así sucesivamente hasta la total liquidación del CRÉDITO dentro del plazo estipulado en la presente solicitud-contrato.
La tasa de interés será la que se determine conforme a lo estipulado en la presente solicitud-contrato.
En caso de que el día en que deba de realizarse el pago del CRÉDITO sea inhábil, dicho pago deberá de realizarse el día hábil inmediato siguiente, sin que esto represente una penalización, cargo de comisiones ni penalidad por incumplimiento para el ACREDITADO.
CUARTA.- Intereses ordinarios.- El ACREDITADO pagará al BANCO ya sea semanalmente, catorcenalmente, quincenalmente, mensualmente ó en la fecha que le depositen su nómina, a partir de la fecha de la presente solicitud-contrato, intereses ordinarios sobre el saldo insoluto del CRÉDITO a razón de aplicar la tasa indicada en la carátula informativa que se anexa a este contrato.
El cálculo de los intereses ordinarios, que se pactan en la presente solicitud-contrato, se generarán dividiendo la tasa de interés anual indicada en la carátula informativa entre la base de un año de 360 (trescientos sesenta) días, el resultado obtenido se multiplica por los días efectivamente transcurridos, de acuerdo a la frecuencia de pago contratada (semanalmente, catorcenalmente, quincenalmente, mensualmente ó en la fecha que al ACREDITADO le depositen su nómina), a fin de obtener la tasa de interés mensual, ésta última tasa se multiplica por el saldo insoluto del crédito y la cantidad que se obtiene corresponde a los intereses ordinarios del periodo, mismos que el ACREDITADO deberá pagar al BANCO antes de la fecha límite de pago, en el entendido que dicho pago de intereses no podrá ser exigible por adelantado, sino únicamente por periodos vencidos.
<<Artículo 363 del Código de Comercio.- Los intereses vencidos y no pagados, no devengarán intereses. Los contratantes podrán, sin embargo capitalizarlos.>>
QUINTA.- Penalidad por incumplimiento.- En caso de incumplimiento de cualesquiera de las obligaciones de pago a cargo del ACREDITADO, éste pagará al BANCO, a partir de la fecha del incumplimiento una penalidad, por la cantidad de $350.00 (trescientos cincuenta pesos 00/100 moneda nacional), más su correspondiente Impuesto al Valor Agregado, por cada mes en el que continúe el incumplimiento, durante todo el tiempo en que dure la xxxx. (en lo sucesivo la “Penalidad por Incumplimiento").
SEXTA.- Estados de Cuenta.- El BANCO deberá enviar al domicilio señalado por el ACREDITADO en la presente solicitud-contrato, por lo menos cada seis meses, durante la vigencia de la presente solicitud-contrato un estado de cuenta de conformidad con la legislación aplicable.
El BANCO, se obliga a informar al ACREDITADO, a través de los estados de cuenta que emita al efecto, el Costo Anual Total del CRÉDITO, en términos de lo dispuesto por la Ley de Transparencia.
El ACREDITADO en este acto acepta y conviene con el BANCO, en que obtendrá los estados de cuenta del CRÉDITO directamente en las sucursales del BANCO y/o a través de la página de Internet del BANCO (xxx.xxxxxxx.xxx) en el entendido de que el ACREDITADO podrá en cualquier momento realizar las consultas de sus saldos en las sucursales del BANCO, en el centro de atención a clientes del BANCO y/o la página de Internet del BANCO. El ACREDITADO en este acto conviene con el BANCO que podrá obtener copia de su solicitud-contrato a través del Portal de Internet del BANCO (xxx.xxxxxxx.xxx) o en su caso acudir directamente a la Sucursal más cercana.
Para realizar consultas de saldos, transacciones, movimientos por cualquiera de los medios antes señalados, el ACREDITADO deberá de contar con su número de CRÉDITO, en el caso de acudir directamente a las Sucursales del BANCO a realizar dichas consultas deberá presentar su identificación oficial vigente.
SÉPTIMA.- Pagos anticipados.- El ACREDITADO y/o alguna Entidad, podrán pagar por anticipado, total o parcialmente el CRÉDITO a cargo del ACREDITADO, en la fecha en que deba realizar los pagos señalados en la presente solicitud-contrato sin penalización alguna, siempre y cuando, esté al corriente en los pagos a que se refiere esta solicitud-contrato y la tabla de amortización sin que ese hecho lo exima de la obligación de efectuar los pagos inmediatos siguientes. En caso de que el pago sea realizado por una Entidad, ésta última debe de cumplir con los requisitos establecidos por el BANCO y debe de realizar el pago por el total del saldo insoluto del CRÉDITO y en este caso el BANCO le cederá todos sus derechos derivados del mismo.
El BANCO deberá entregar al ACREDITADO, un comprobante del monto del pago anticipado realizado por el ACREDITADO cada vez que éste lo realice.
BINC-81 (agosto 2016)
En caso de que el ACREDITADO realice algún pago anticipado parcial, el BANCO le entregará por escrito, la nueva tabla de amortización que contenga el saldo insoluto del CRÉDITO, la cual le será entregada al recibir el pago anticipado o bien, por el medio pactado en la presente solicitud-contrato para la entrega de los estados de cuenta, a más tardar en la fecha que le entregue el estado de cuenta correspondiente al periodo inmediato siguiente al que se realizó dicho pago anticipado.
Si por cualquier circunstancia el ACREDITADO no recibe la nueva tabla de amortización a más tardar en la fecha en que se efectúe el pago anticipado o en la fecha en que se le entregue el estado de cuenta correspondiente al periodo en que se efectúo dicho pago anticipado, o en caso de no recibirla el ACREDITADO podrá acudir directamente a cualquier sucursal del BANCO a solicitarla.
OCTAVA.- Aplicación de pagos.- Todo pago realizado bajo la presente solicitud-contrato, se aplicará de la siguiente manera: en primer lugar a cualquier gasto, costo o comisión pendiente de pago derivada de esta solicitud-contrato, en segundo lugar la penalidad por incumplimiento, en tercer lugar a intereses ordinarios y en último lugar a capital.
NOVENA.- Cargos y Abonos.- El ACREDITADO acepta y autoriza al BANCO para abonar cualquier disposición del CRÉDITO en la cuenta que le maneja el BANCO; asimismo en caso de penalidad por incumplimiento y/o vencimiento de la presente solicitud-contrato, el ACREDITADO, faculta e instruye irrevocablemente al BANCO de conformidad con el documento que el ACREDITADO entrega al BANCO por separado, en la fecha de la presente solicitud- contrato, para efectuar los cargos correspondientes en la cuenta que le maneja el BANCO, respecto de cualquier adeudo que resulte en su contra, así como cualquier penalidad por incumplimiento y/o penas convencionales que se causen por dichos adeudos, ya sea semanalmente, catorcenalmente, quincenalmente, mensualmente o en la fecha que al ACREDITADO le depositen su nómina y en éste acto manifiesta expresamente su consentimiento para que se cargue: el principal, los intereses, gastos o erogaciones que por cualquier concepto se generen con motivo de esta solicitud-contrato.
El ACREDITADO podrá, en cualquier momento cancelar la autorización a que se refiere el párrafo anterior mediante simple aviso dado por escrito al BANCO, en cuyo caso el ACREDITADO se obliga a realizar todos y cada uno de los pagos restantes del CRÉDITO en la cuenta que le señale el BANCO para tal efecto.
En caso de que el BANCO no efectuara el cargo a la cuenta que le maneja el BANCO de los pagos a que el ACREDITADO está obligado conforme a esta solicitud-contrato, o en ésta no existieren fondos suficientes para realizar los cargos autorizados, el ACREDITADO se obliga a pagar directamente en cualquiera de las sucursales del BANCO, los pagos correspondientes, o en su caso, en cualquier otro domicilio que el BANCO le señale al efecto, en días y horas hábiles.
De conformidad con lo establecido en la Circular 22/2008 del Banco de México, el BANCO acreditará el pago del CRÉDITO de acuerdo al medio de pago que se utilice, de la manera siguiente:
MEDIOS DE PAGO FECHAS DE ACREDITAMIENTO DE PAGO:
Efectivo | Se acreditará el mismo día. |
Cheque del BANCO | Se acreditará el mismo día. |
Cheque de otro Banco | Depositado antes de las 16:00 horas se acreditará a más tardar el día hábil bancario siguiente, y después de las 16:00 horas, se acreditará a más tardar el segundo día hábil bancario siguiente. |
Domiciliación | Se acreditará en la fecha que se acuerde con el ACREDITADO En la fecha límite del pago del CRÉDITO |
Transferencias | A través del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI) o mediante cargos y abonos a cuentas del BANCO se acreditará el mismo día. |
Dentro del BANCO | Se acreditará el mismo día. |
De otro Banco | Se acreditará a más tardar el día hábil bancario siguiente. |
DÉCIMA.- Cesión.- El BANCO en el momento que así lo estime pertinente, podrá ceder total o parcialmente los derechos inherentes a esta solicitud contrato, por cualquier medio legal a quien el BANCO considere conveniente en los términos establecidos por la ley para éstos casos, para lo cual el ACREDITADO manifiesta expresamente su conformidad.
El ACREDITADO no podrá ceder ningún derecho y/u obligación derivada de esta solicitud-contrato a ningún tercero, sin la previa autorización del BANCO otorgada por escrito.
El ACREDITADO podrá convenir por escrito la terminación de la operación de la presente solicitud-contrato por conducto de otra institución financiera que se denominará «RECEPTORA», la cual, en caso de ser procedente, debe abrir una cuenta a nombre del ACREDITADO y comunicar al BANCO su compromiso con la veracidad y legitimidad de la instrucción de terminación por parte del ACREDITADO.
En esta situación el BANCO dará a conocer a la institución financiera «RECEPTORA» la información respecto del saldo y aquella que resulte necesaria para la terminación de la operación solicitada por el ACREDITADO.
Lo anterior a fin de que la institución financiera «RECEPTORA» proceda a liquidar el adeudo de EL ACREDITADO convirtiéndose en acreedora del mismo por el importe correspondiente y a llevar a cabo los trámites respectivos bajo su responsabilidad y sin cobro de comisión alguna por tales gestiones.
DÉCIMA PRIMERA.- Plazo.- El plazo para liquidar el presente CRÉDITO será el señalado en la presente solicitud-contrato, mismo que se contará a partir de la fecha de la disposición del CRÉDITO, momento en el cual deberán haber sido cubiertas todas y cada una de las obligaciones de pago a cargo del ACREDITADO y a favor del BANCO, el cual en ningún caso será prorrogable, en el entendido de que el BANCO tendrá el derecho de darlo por terminado en cualquier tiempo, dando aviso al ACREDITADO mediante simple comunicación escrita dirigida al domicilio indicado en la solicitud-contrato o en comunicación posterior.
DÉCIMA SEGUNDA.- Impuestos.- El ACREDITADO se obliga a cubrir al BANCO los cargos que procedan por concepto del Impuesto al Valor Agregado (IVA), conforme a las leyes vigentes aplicables, sobre los intereses ordinarios y en su caso la penalidad por incumplimiento que se generen conforme a lo pactado en esta solicitud-contrato.
DÉCIMA TERCERA.- Seguro.- El BANCO contratará un seguro de vida que cubre el pago del saldo insoluto del CRÉDITO que subsista en caso de fallecimiento del ACREDITADO. Las Condiciones de este seguro serán por el importe necesario para cubrir el saldo insoluto del CRÉDITO y sus accesorios legales y convencionales, dichas condiciones serán entregadas al ACREDITADO a la firma de la presente solicitud-contrato. El BANCO se obliga a cubrir oportunamente el pago de las primas correspondientes.
En este caso el interesado deberá notificar por escrito al BANCO en un plazo no mayor a 180 (ciento ochenta) días contados a partir de la fecha de fallecimiento del ACREDITADO, debiéndose presentar el original del acta de defunción, así como los demás documentos que en su momento informe el BANCO para efectos de hacer efectivo el seguro a que se refiere la presente cláusula.
El BANCO quedará designado beneficiario único e irrevocable de todos los derechos amparados por el seguro a que se refiere los párrafos que anteceden hasta por el saldo insoluto del CRÉDITO, pudiendo el ACREDITADO designar beneficiarios en segundo lugar, para el caso de que una vez que el BANCO se hubiere dado por pagado del adeudo a su favor, sobrare cantidad alguna de la indemnización del seguro; renunciando el ACREDITADO al derecho de revocar la designación de beneficiario anteriormente señalada de conformidad con la Ley del Contrato de Seguro, lo cual deberá hacerse del conocimiento de la aseguradora y hacerse constar en la póliza respectiva.
DÉCIMA CUARTA.- Título ejecutivo.- La presente solicitud-contrato junto con el estado de cuenta certificado por el contador del BANCO es título ejecutivo conforme al artículo 68 (sesenta y ocho) de la Ley de Instituciones de Crédito, el cual se transcribe en el último párrafo de la presente cláusula, sin necesidad de reconocimiento de firma ni de otro requisito, determinándose el saldo insoluto y accesorios legales y convencionales por el contador del BANCO, en los términos de dicho precepto legal.
"Artículo 68.- Los contratos o las pólizas en los que, en su caso, se hagan constar los créditos que otorguen las instituciones de crédito, junto con los estados de cuenta certificados por el contador facultado por la institución de crédito acreedora, serán títulos ejecutivos, sin necesidad de reconocimiento de firma ni de otro requisito.
El estado de cuenta certificado por el contador a que se refiere este artículo, hará fe, salvo prueba en contrario, en los juicios respectivos para la fijación de los saldos resultantes a cargo de los acreditados o de los mutuatarios.
El estado de cuenta certificado antes citado deberá contener nombre del acreditado; importe del crédito concedido; capital dispuesto; fecha hasta la que se calculó el adeudo; capital y además obligaciones de pago vencidas a la fecha xxx xxxxx; las disposiciones subsecuentes que se hicieron del crédito, en su caso; tasas de intereses ordinarios que aplicaron por cada periodo; pagos hechos sobre los intereses, especificando las tasas aplicadas de intereses y amortizaciones hechas al capital; intereses moratorios aplicados y tasa aplicable por intereses moratorios."
DÉCIMA QUINTA.- Lugar de pago.- El ACREDITADO realizará sin necesidad de requerimiento o previa solicitud, cualquier pago tanto de capital como de intereses así como de los gastos en su caso, conforme a esta solicitud-contrato en el domicilio que el BANCO señala en la presente solicitud-contrato, en horas y días hábiles, o en cualquier otro lugar que el BANCO le señale previamente por escrito.
El BANCO manifiesta que respecto del presente producto no realiza operaciones a través de comisionistas bancarios.
DÉCIMA SEXTA.- Terminación Anticipada.- El BANCO podrá dar por vencidas anticipadamente las obligaciones a cargo del ACREDITADO sin lugar a declaración previa en los siguientes casos:
a) Si el ACREDITADO deja de cubrir puntualmente una o más de las obligaciones de pago derivadas de la presente solicitud-contrato.
b) Si el BANCO notifica al ACREDITADO la denuncia del CRÉDITO objeto de la presente solicitud-contrato.
c) Si es entablado por o en contra del ACREDITADO cualquier procedimiento de concurso civil o admite por escrito su incapacidad para pagar sus deudas.
d) Si cualquier declaración hecha y/o información proporcionada por el ACREDITADO para la celebración de esta solicitud-contrato o cualquier certificación o documento que haya entregado en cumplimiento de las obligaciones a su cargo en la presente solicitud-contrato resulta ser falsa en cualquier aspecto al momento de haber sido hecha.
e) Si los bienes del ACREDITADO son objeto de embargo decretado por cualquier autoridad.
f) Si el ACREDITADO incumpliere con cualquiera de las obligaciones a su cargo derivadas de esta solicitud-contrato o de la Ley.
g) Si se vence anticipadamente cualquier obligación y/o contrato y/o convenio a cargo del ACREDITADO, ya sea por falta de pago o incumplimiento de sus obligaciones derivadas de los mismos.
h) Si el ACREDITADO (i) incumple en el pago de principal o intereses respecto de cualquier contrato de crédito con alguna Institución Financiera Nacional o del Extranjero o cualquier otro endeudamiento, o (ii) no cumpliere con cualquier otra obligación, condición o acuerdo relacionado con cualquier endeudamiento o contenido en cualquier instrumento documentando, garantizando o relacionado al mismo y cuyo efecto fuere el de causar o permitir que el acreedor, tenedor o beneficiario de dicho endeudamiento (o sus agentes o delegados fiduciarios) declarare dicho endeudamiento vencido anticipadamente o pagadero antes de su fecha de vencimiento.
i) En caso de muerte, declaración de estado de interdicción, de inhabilitación o ausencia del ACREDITADO.
En los casos anteriores se podrá dar por vencido anticipadamente el término y se hará exigible en una sola exhibición la totalidad del capital adeudado, de sus intereses pactados en el mismo y en el entendido de que el BANCO notificará al ACREDITADO, dentro de los 5 (cinco) días siguientes a que tenga conocimiento de cualquiera de las situaciones anteriores que se llegaren a presentar y su decisión de dar por vencida anticipadamente la presente solicitud- contrato, mientras el saldo insoluto del CRÉDITO no sea pagado, se generará penalidad por incumplimiento a cargo del ACREDITADO, a partir de la fecha en que el BANCO notifique al ACREDITADO la terminación anticipada de la presente solicitud contrato.
El ACREDITADO podrá dar por terminada la presente solicitud-contrato en un periodo xx xxxx días hábiles posteriores a la firma de la misma, sin responsabilidad alguna para el ACREDITADO, siempre y cuando el ACREDITADO no haya realizado alguna disposición del CREDITO, virtud de la mencionada cancelación el BANCO no cobrará comisión alguna.
El ACREDITADO podrá dar por terminada la presente solicitud-contrato en cualquier tiempo, para lo cual deberá solicitar al BANCO su cancelación mediante simple comunicación escrita presentada en cualquier sucursal o en las oficinas del BANCO, y éste último a más tardar el día hábil inmediato siguiente a la fecha de la solicitud respectiva, informará al ACREDITADO el importe de los adeudos y dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes el BANCO pondrá a su disposición dicho dato en la sucursal elegida por el ACREDITADO, asimismo el BANCO proporcionará al ACREDITADO una clave que identificará su solicitud de terminación y una vez liquidados los adeudos,se dará por terminada la presente solicitud-contrato.
Mientras el ACREDITADO no liquide la totalidad del saldo que se le dé a conocer, la presente solicitud-contrato no será cancelada.
BINC-81 (agosto 2016)
Para el caso de que no exista saldo pendiente de pago, el BANCO dará por terminada esta solicitud-contrato el día hábil siguiente a la fecha de presentación de la solicitud del ACREDITADO y reportará a la Sociedad de Información Crediticia que la cuenta está cerrada sin adeudo alguno dentro del plazo que para tales efectos señale la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia; para el caso de que exista algún saldo a favor del ACREDITADO derivado del presente crédito, el BANCO le entregará dicho importe en la fecha de cancelación del mismo, deduciendo en su caso, los cargos y gastos generados a la fecha de terminación de la presente solicitud-contrato, en ambos casos el BANCO entregará al ACREDITADO dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a partir de que hubiera realizado el pago del monto adeudado un estado de cuenta mediante el cual se dará constancia de la cancelación de la solicitud-contrato y la inexistencia de adeudos pendientes entre partes.
DÉCIMA SÉPTIMA.- Imprevisión.- El ACREDITADO renuncia expresa e irrevocablemente a invocar y/o ejercer cualquier derecho que pueda tener a su favor por circunstancias y/o acontecimientos desconocidos, extraordinarios y/o imprevisibles que le afecten o puedan afectar de cualquier manera en el cumplimiento de sus obligaciones en la presente solicitud-contrato. La presente renuncia no afecta el interés público, ni de terceros.
DÉCIMA OCTAVA.- Domicilios.- Para todos los efectos legales derivados de esta solicitud-contrato, las partes señalan como sus domicilios: El ACREDITADO, señala como su domicilio fiscal actual: El señalado en la presente solicitud-contrato.
El BANCO: Xxxxx xx xxx Xxxxxx xxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxxxx, Código Postal 11000, Ciudad de México.
El ACREDITADO y el BANCO señalan como su domicilio los consignados en la presente solicitud-contrato, estando facultado el ACREDITADO, para modificar dicho domicilio en cualquier tiempo, mediante aviso por escrito con acuse de recibo que dirija al BANCO, en el entendido que dicha notificación surtirá efectos en un plazo de 30 (treinta) días hábiles, contados a partir de la fecha en que el ACREDITADO entregue la notificación de cambio de domicilio al BANCO.
Mientras las partes no se notifiquen por escrito cualquier cambio de domicilio, los emplazamientos y demás diligencias judiciales y extrajudiciales se practicarán válidamente en el domicilio señalado en la presente cláusula.
DÉCIMA NOVENA.- Modificaciones.- En caso de que el BANCO durante la vigencia de la presente solicitud-contrato decida modificar parcial o totalmente los términos y condiciones de la misma, en el entendido de que tanto comisiones y/o tasas de interés no tendrán modificación alguna y se respetarán las establecidas en la presente solicitud-contrato. El BANCO hará del conocimiento del ACREDITADO por escrito de la modificación realizada con 30 (treinta) días naturales de anticipación a la fecha en que se pretenda que surtan efectos las modificaciones correspondientes. Para el caso de que el BANCO modifique los términos y condiciones de la presente solicitud-contrato, el ACREDITADO, dentro de un plazo de 30 (treinta) días naturales siguientes a que surta efectos la modificación correspondiente tendrá derecho a dar por terminada la presente solicitud-contrato, en caso de no estar de acuerdo con dicha modificación sin responsabilidad alguna a su cargo, en el entendido de que el ACREDITADO deberá pagar a el BANCO el saldo insoluto del CRÉDITO, los cargos, gastos y comisiones generados a la fecha de terminación de la presente solicitud-contrato y bajo las condiciones pactadas originalmente.
VIGÉSIMA.- Contacto para Gestiones de Cobro.- El ACREDITADO en este acto autoriza y faculta irrevocablemente al BANCO para que cualquier asunto relacionado con la presente solicitud-contrato, inclusive las gestiones de cobro de cualquier cantidad pagadera al amparo de la misma, pueda realizarlo a través de cualquiera de los siguientes medios: i) comunicado por escrito enviado al domicilio del ACREDITADO y/o de las Referencias Personales para Contacto y Gestiones de Cobro que el propio ACREDITADO proporcionó al BANCO en la presente solicitud- contrato y/o a entidades que forman parte directa o indirectamente de Grupo Financiero Inbursa, S.A.B. de C.V., sus subsidiarias y afiliadas, con motivo de alguna relación jurídica celebrada con alguna de dichas entidades y/o los proporcionados directamente a través de alguno de los medios electrónicos al BANCO y/o los proporcionados con posterioridad a la formalización de la relación contractual, con motivo de las actualizaciones de los datos anteriormente proporcionados y/ o a través de los datos obtenidos de manera indirecta relacionados con el ACREDITADO y/o los proporcionados por alguna de las Referencias Personales para Contacto y Cobro (los «AUTORIZADOS»); y/o ii) un mensaje enviado al correo electrónico del ACREDITADO y/o de los «AUTORIZADOS» cuando dicho correo electrónico haya sido proporcionado por el propio ACREDITADO; y/o iii) a través de llamadas a los números telefónicos del ACREDITADO y/o de los
«AUTORIZADOS».
En este sentido, es responsabilidad única y exclusivamente del ACREDITADO la designación de los AUTORIZADOS, y por lo tanto de hacer del conocimiento de los mismos el contenido del Aviso de Privacidad así como los medios por los cuales el BANCO lo tiene a su disposición, en virtud de que el ACREDITADO en este acto manifiesta que cuenta con el consentimiento de los AUTORIZADOS para proporcionar sus datos personales correctos y actualizados para los fines descritos en la presente cláusula, por lo que el BANCO en ningún momento será responsable por las inconformidades que dichas llamadas pudieran ocasionar.
VIGÉSIMA PRIMERA.- Aclaraciones.- Cuando el ACREDITADO no esté de acuerdo con alguno de los cargos que aparezcan en el Estado de Cuenta, podrá presentar una solicitud de aclaración dentro del plazo de 90 (noventa) días naturales contados a partir de la fecha xx xxxxx, la cual podrá presentarse en cualquier sucursal del BANCO, o bien, en la Unidad Especializada de atención a usuarios del BANCO en Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxx. Xxxx Xxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx., Teléfonos en la Ciudad de México 52 38 06 49, en el interior de la República 01 800 849 10 00, xxxxxx@xxxxxxx.xxx mediante escrito, correo electrónico o cualquier otro medio con el que el ACREDITADO pueda acreditar fehacientemente la recepción de dicha solicitud, misma que el BANCO deberá acusar de recibido, o directamente en la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) a los teléfonos, en el interior de la República 01 800 999 8080, o en la Ciudad de México 5340 0999, o en su página de internet xxx.xxxxxxxx.xxx.xx, o al correo electrónico xxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx. el BANCO tendrá un plazo máximo de 45 (cuarenta y cinco) días para entregar por escrito al BANCO el dictamen correspondiente a la aclaración solicitada, al que deberá anexar copia simple del documento o evidencia considerada para la emisión del dictamen que se entregue, con base en la información que, conforme a las disposiciones aplicables, obre en su poder, con un informe detallado en el que se respondan todos los hechos contenidos en la solicitud presentada por el ACREDITADO.
En caso de que conforme al dictamen señalado en el párrafo anterior resulte procedente el cobro realizado por el BANCO, el ACREDITADO deberá realizar el pago de la cantidad a su cargo, más los intereses ordinarios generados conforme a lo establecido en la presente solicitud-contrato, sin que proceda el cobro de la(s) penalidad(es) por incumplimiento y otros accesorios generados por la suspensión del pago que se haya realizado en términos de lo establecido en la presente cláusula.
El BANCO deberá poner a disposición del ACREDITADO en la sucursal en la que entregó la solicitud de aclaración, o bien, en la Unidad Especializada del BANCO, el expediente generado con motivo de la solicitud, así como integrar en éste toda la documentación e información que, conforme a las disposiciones aplicables, obre en su poder y que se relacione directamente con la solicitud de aclaración que corresponda, el expediente no podrá incluir información de operaciones relacionadas con terceras personas.
El BANCO mantendrá a disposición del ACREDITADO, en la sucursal donde presentó su solicitud de aclaración, o bien, en la Unidad Especializada del BANCO la información relativa al estado que guarda su solicitud presentada en términos de lo pactado en la presente cláusula.
Se podrá consultar las cuentas en redes sociales siguientes: en Facebook InbursaGfi y en twitter en @BancoInbursa.
El BANCO proporcionara al ACREDITADO de manera gratuita información para evitar posibles fraudes en los productos o servicios contratados al amparo de la presente solicitud-contrato, como son notificaciones de la realización de operaciones e información en su página de la red mundial de internet.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- Autorización y Cancelación para Proporcionar Información.- El ACREDITADO de conformidad con lo dispuesto en la presente solicitud-contrato, en este acto autoriza al BANCO, para que éste último proporcione sus Datos Personales (nombre, domicilio, teléfono, correo electrónico u información análoga) a cualquier empresa que sea parte integrante de Grupo Financiero Inbursa, S.A.B. de C.V., con la finalidad de que cada una de las empresas integrantes de dicho grupo, puedan ofrecerle sus servicios. El ACREDITADO autoriza al BANCO a que proporcione sus Datos Personales, a terceros distintos a los señalados en el párrafo que antecede para fines promocionales relacionados con bienes o servicios, así como para compartir sus Datos Personales, a efecto de comercializar productos adicionales al que se refiere la presente solicitud-contrato.
En caso de que el ACREDITADO decida cambiar su consentimiento respecto a lo establecido en el párrafo anterior, deberá acudir a cualquier sucursal del BANCO y manifestar por escrito lo anterior, a fin de que el BANCO realice el cambio correspondiente.
VIGÉSIMA TERCERA.- Legislación Aplicable y Jurisdicción.- Para todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento de las obligaciones derivadas de esta solicitud-contrato, las partes y comparecientes se someten a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, y a la jurisdicción y competencia de los tribunales de la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción a la que pudieren tener derecho en virtud de sus domicilios presentes o futuros, de la publicación de sus bienes o por cualquier otra causa.
LEÍDA LA PRESENTE SOLICITUD-CONTRATO POR LAS PARTES Y ENTERADAS DE SU CONTENIDO LO FIRMAN DANDO SU CONSENTIMIENTO EN EL LUGAR Y FECHA SEÑALADA EN ESTA SOLICITUD-CONTRATO ENTREGANDO UN EJEMPLAR AL ACREDITADO.
EL ACREDITADO
Manifiesta que ha leído y entendido perfectamente el contenido, términos y condiciones;
Así como de recibir un ejemplar de la presente solicitud-contrato.
EL BANCO
Banco Inbursa, S.A., Institución de Banca Multiple, Grupo Financiero Inbursa, representado en este acto por la persona que se señala y firma la presente solicitud-contrato
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BINC-81 (agosto 2016)