CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL POR PROCEDIMIENTO ABIERTO
CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL POR PROCEDIMIENTO ABIERTO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES APLICABLE AL CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL DE EXPLOTACIÓN DE UN ESTABLECIMIENTO DE BAR-CAFETERIA EN EL LOCAL CULTURAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXXXXX DENOMINADO “4º ESPACIO CULTURAL” POR UN PERÍODO DE TRES AÑOS, PRORROGABLE ANUALMENTE HASTA SEIS AÑOS.
PRIMERA. OBJETO, Y CALIFICACIÓN.-
El presente Pliego tiene por objeto la contratación de la “EXPLOTACIÓN DE UN ESTABLECIMIENTO DE BAR-CAFETERIA EN EL LOCAL CULTURAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXXXXX DENOMINADO 4º ESPACIO CULTURAL POR UN PERÍODO DE TRES AÑOS, PRORROGABLE ANUALMENTE HASTA SEIS AÑOS” a ubicar en parte del local situado en los bajos del inmueble nº 1 de la Plaza de España xx Xxxxxxxx (de conformidad con el Plano-Anexo I y el Plano- Anexo II que forman parte xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas).
La explotación del bar-cafetería del local cultural “4º Espacio Cultural” incluye también la de su terraza, abarcando además la instalación del equipamiento correspondiente y el mantenimiento del mismo.
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo especial, conforme al artículo 19.1 b) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP) , siendo de aplicación en primer término sus normas específicas .
La clasificación CPA que le corresponde es 56.2 y 56.3.
SEGUNDA. NORMAS Y ORDEN JURISDICCIONAL APLICABLE.-
En atención a lo previsto en el artículo 19.1.b) y 2 de la LCSP este contrato tiene carácter administrativo especial y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por:
Las determinaciones establecidas en el presente Pliego y en el de Prescripciones Técnicas.
- Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 xx xxxxx de 2004, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios.
Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP).
Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, de desarrollo parcial LCSP.
Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP en adelante) en lo que no contradiga a la LCSP, hasta que se apruebe su Reglamento y en lo que no esté derogado por el Real Decreto 817/2009.
Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y las disposiciones que la desarrollen, modifiquen o afecten que sigan vigentes.
Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de régimen local, en lo que resulte de legislación básica (TRRL)
Ley 7/1999, de 9 xx xxxxx, de Administración Local xx Xxxxxx, así como las disposiciones que la desarrollan.
Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
Las restantes normas de Derecho Administrativo y en último término, las del Derecho Privado.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 de la LCSP.
Las prescripciones de este Pliego que incorporen aspectos de la legislación estatal básica o en su caso, de la legislación autonómica, se entenderán automáticamente modificadas en el momento en que se produzca la revisión de tales normas estatales o autonómicas.
En caso de contradicción entre el presente Pliego y el de Prescripciones Técnicas, se entenderá que prevalece el primero.
TERCERA. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN; TRAMITACIÓN; NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER.-
El procedimiento de adjudicación del presente contrato será abierto, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato, de acuerdo con el artículo 141 la LCSP.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, de conformidad con el artículo 134.1 de la LCSP y con lo establecido en la cláusula decimotercera del presente Pliego.
Será de aplicación lo dispuesto en los artículos 74 a 76, 134, 141 a 145 de la LCSP.
La tramitación del presente expediente será la anticipada
Las necesidades administrativas a satisfacer y los factores que intervienen en el presente contrato están acreditados en el expediente correspondiente.
CUARTA. PERFIL DE CONTRATANTE.-
En atención a lo dispuesto en el artículo 126 de la LCSP, se procederá a la publicación del anuncio de licitación en el perfil de contratante, y en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxxx.
El perfil de contratante constituye una sección dentro de la página web de esta Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, a la que se puede acceder directamente a través de xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx , a fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual.
QUINTA. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y PRERROGATIVAS.-
El Órgano de Contratación que actúa en nombre de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, en atención a lo dispuesto en la Disposición Adicional 2ª LCSP, será el Presidente.
Dicho Órgano de Contratación tiene la facultad para adjudicar el correspondiente contrato y ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, de acuerdo con el artículo 194 de la LCSP. En todo caso, se dará audiencia al contratista, siguiendo los trámites previstos en el artículo 195 de la LCSP. Las resoluciones que a este respecto dicte serán ejecutivas, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la jurisdicción competente.
SEXTA. PRESUPUESTO DEL CONTRATO Y SISTEMA DE DETERMINACIÓN DE SU PRECIO.-
El presupuesto de la presente contratación (tres años) asciende a la cuantía mínima (canon) de 126.000 euros, a razón de 42.000 euros anuales, IVA excluido
En el caso de prorrogarse para tres años más la contratación (es decir, un total de seis años ), el valor estimado del contrato asciende a un importe mínimo de 252.000 euros, IVA excluido.
Dichas cuantías podrán ser mejoradas por los licitadores al alza.
El presupuesto de licitación constituirá la cifra mínima a la cual habrán de ajustarse o mejorar, en sus proposiciones económicas, los licitadores, debiendo expresarse tanto en letra como en número.
El presupuesto comprende la totalidad del contrato. Del mismo, y del correspondiente precio (canon) del contrato, no se podrá deducir el adjudicatario concepto alguno, en particular:
El importe de los trabajos accesorios o auxiliares.
Los gastos derivados de la aplicación de las disposiciones legales sobre seguridad y salud en el trabajo, incluyéndose en particular todos los derivados de la elaboración y aplicación del plan de seguridad y salud, y los honorarios correspondientes.
Los gastos correspondientes al control de calidad.
Los gastos de licitación y formalización del contrato.
La imposición fiscal derivada del contrato y de la actividad del contratista en su ejecución.
Los gastos de licitación y formalización del contrato.
El importe de las cargas laborales de todo orden y de todos los eventuales aumentos que se produzcan en el curso del plazo de ejecución del contrato como consecuencia de la negociación colectiva.
Los impuestos, tasas o gastos de cualquier orden correspondientes a la solicitud y obtención de los permisos y licencias necesarios para la ejecución del contrato, a salvo de lo dispuesto en la cláusula trigésimotercera de este Pliego.
Los gastos de transporte y entrega de los bienes objeto del contrato.
A todos los efectos, se entenderá que el presupuesto aprobado por la Administración comprende todos los gastos directos e indirectos que el contratista debe realizar para efectuar la prestación, así como toda clase de tributos que resulten de aplicación y licencias tanto municipales, como provinciales, autonómicas y estatales.
El precio (canon) del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo .
Las ofertas presentadas por los licitadores comprenderán el precio del contrato.
El canon mínimo a satisfacer IVA excluido, se desglosará de la siguiente forma:
AÑOS |
EUROS |
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1º |
42.000 |
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2º |
42.000 |
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3º |
42.000 |
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TOTAL |
126.000 |
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El ingreso correspondiente a dichos ejercicios , deberá aplicarse con cargo a los conceptos que a tal efecto se habiliten en los correspondientes Presupuestos Provinciales de Ingresos, a partir de 2010 y en función del comienzo del plazo de ejecución del contrato.
El importe monetario correspondiente al presupuesto de licitación se hará constar en euros, con un número de decimales no superior a dos.
En cuanto al sistema de determinación del precio del contrato, su cuantía se ha determinado en función del canon referido al componente de la prestación.
SÉPTIMA. ACREDITACIÓN DE LA APTITUD PARA CONTRATAR.-
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, de conformidad con lo establecido en la cláusula siguiente.
OCTAVA. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA.-
La documentación para tomar parte en el presente procedimiento abierto, se presentará en el Registro General de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, en horario de 9 a 14 horas, dentro del plazo de quince días a computar a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Perfil del contratante, sin perjuicio de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxxx.
Los plazos se computarán por días naturales, si bien en el caso de que el último de presentación fuese xxxxxx, xxxxxxx o festivo, se entenderá como fin de plazo de presentación el primer día laborable siguiente.
Las proposiciones podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.
En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 131 de la LCSP sobre admisibilidad de variantes o mejoras. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Xxxxxx y del de Prescripciones Técnicas.
Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en tres sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación en el relativo a la documentación administrativa, del domicilio a efectos de notificaciones, así como fax, correo electrónico en su caso y teléfono de persona de contacto, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda “PROPOSICIÓN PARA LICITAR A LA EXPLOTACIÓN DE UN ESTABLECIMIENTO DE BAR-CAFETERIA EN EL LOCAL CULTURAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXXXXX DENOMINADO “4º ESPACIO CULTURAL” POR UN PERÍODO DE TRES AÑOS, PRORROGABLE ANUALMENTE HASTA SEIS AÑOS”.
— SOBRE A: “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA”.
— SOBRE B: “OFERTA ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN TÉCNICA”.
— SOBRE C: “DOCUMENTACIÓN ALUSIVA A CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN NO OBTENIDOS A TRAVÉS DE LA MERA APLICACIÓN DE FÓRMULAS MATEMÁTICAS.
La documentación deberá presentarse debidamente firmada por el licitador y ser original o autenticada.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:
SOBRE A: “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA”:
A) Los documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario:
a) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas, se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad (y en su caso, modificaciones de la escritura o documento constitutivo) debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
b) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
c) Los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
La prueba por parte de los empresarios de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, podrá realizarse:
1.) Mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
2.) Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
B) Documentos que acrediten la representación.
- DNI o documento que lo sustituya de la persona que formula la proposición, compulsado o legitimado notarialmente
- Deberá acompañarse asimismo en caso de los representantes, poder bastanteado por la Secretaría General de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx
C) Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, incluyendo hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social , así como encontrarse de alta y en su caso al corriente del pago del Impuesto de Actividades Económicas.
Esta declaración será sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
D) Documentos que justifiquen el cumplimiento de los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
- La solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse por uno o varios de los siguientes medios:
Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
- La solvencia técnica de los licitadores se acreditará por los siguientes medios:
Relación de las explotaciones similares en los últimos diez años, indicando su importe, datos y destino público o privado, acompañando documento acreditativo de buena realización.
Declaración responsable por la que el licitador manifieste que es empresa o persona profesional xxx xxxx de la hostelería al menos durante los últimos diez años y que vayan a dirigir y gestionar de forma directa esta explotación.
NO SERÁN ADMITIDAS A ESTA LICITACIÓN TODAS AQUELLAS OFERTAS QUE PROVENGAN DE LICITADORES QUE NO PUEDN APORTAR ESTA DOCUMENTACIÓN, DE CONFORMIDAD CON LA CLÁUSULA 3.1.1 XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TECNICAS.
E) Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía provisional, conforme a lo previsto en la cláusula novena de este Pliego.
F) Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
Aquellas Empresas o personas físicas que estén inscritas en el Registro de Licitadores de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, estarán eximidas de presentar toda la documentación referida, a excepción de la garantía provisional y de la solvencia financiera, económica y técnica específica antes citadas, siempre y cuando aporten el Certificado de Inscripción en dicho Registro, cuya vigencia máxima no haya caducado.
Podrán contratar con esta Diputación las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato.
La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
SOBRE B: “OFERTA ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN TÉCNICA”
Oferta económica.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
«D. ……………………………………………, con domicilio a efectos de notificaciones en ……………………, c/ ……………………, n.º ……., con DNI n.º …………………, en representación de la Entidad ………………………., con CIF n.º ………..,domiciliada en… calle……..,.número……………..CP………,enterado/a de las condiciones exigidas para optar a la contratación relativa a la EXPLOTACIÓN DE UN ESTABLECIMIENTO DE BAR-CAFETERIA EN EL LOCAL CULTURAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXXXXX DENOMINADO “4º ESPACIO CULTURAL” POR UN PERÍODO DE TRES AÑOS, PRORROGABLE ANUALMENTE HASTA SEIS AÑOS, por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, con varios criterios de adjudicación, se compromete a llevarla a cabo con sujeción al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares por un canon de ………………………………euros y………euros de IVA por tres años,………………….euros y ………….euros de IVA por cada año y………………euros y ……….euros de IVA al mes.
(Dichas cantidades tendrán que expresarse en letras y cifras).
En ……………………, a …….. de ………………. de 20…...
Firma del licitador,
Fdo.: ………………….».
Documentos que acrediten los aspectos económicos y técnicos objeto del presente procedimiento, de conformidad con la cláusula decimotercera del presente Xxxxxx, y en particular los siguientes:
Número de empleados propuestos para prestar la explotación, de conformidad con la cláusula 7.2 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
Mejora en el número mínimo de trabajadores propuestos para prestar simultáneamente la explotación y mejora en el número mínimo de empleados adscritos, de conformidad con lo exigido en la cláusula 7.2 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
En su caso, compromiso de ceder a la Diputación , a la expiración del contrato los elementos materiales en relación con la cláusula 3.2.8 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, que los licitadores se comprometen a aportar para el acondicionamiento de la explotación, de conformidad con lo establecido en el Pliego de prescripciones Técnicas.
c) La documentación técnica exigida en el Pliego de Prescripciones Técnicas relativa a la prestación a realizar.
SOBRE C: “DOCUMENTACIÓN ALUSIVA A CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN NO OBTENIDOS A TRAVÉS DE LA MERA APLICACIÓN DE FÓRMULAS MATEMÁTICAS.
Dicho sobre incluirá la documentación alusiva a:
Adscripción de medios materiales a la explotación.
Adscripción de medios personales y materiales para la limpieza de las dependencias del local que correspondan al adjudicatario, así como su compatibilidad tanto con el desarrollo de la actividad de bar-cafetería, como con las exposiciones , eventos y actividades culturales del 4º Espacio Cultural.
Propuesta para prestación de un Servicio de Seguridad de la explotación y planificación del mismo, en coordinación con el Servicio de Seguridad que en su caso la propia Diputación pueda contratar para protección de las Salas que quedan fuera del objeto de la licitación.
Originalidad y adecuación , tanto a la dignidad del Local del 4º Espacio Cultural, como a su vocación cultural, de los uniformes del personal al servicio de la prestación a realizar.
Propuesta de realización en la explotación de otras prestaciones complementarias la explotación principal.
Carta de precios y tarifas.
Compromiso en su caso de realizar precios especiales en las prestaciones del bar-cafetería, para el personal de la Diputación Provincial, estableciéndose el porcentaje de rebaja propuesto, o en su caso, el tipo de ofertas que se realizarán.
Compromiso en su caso, de realizar precios especiales en las prestaciones del bar-cafetería , ante las posibles necesidades de la Diputación para disponer de catering en caso de inauguraciones y eventos en sus dependencias de Plaza de España, estableciéndose el porcentaje de rebaja propuesto.
Proyecto del diseño de los uniformes, colores y texturas, suscrito por profesional del sector, a efectos de su valoración , sin perjuicio de que posteriormente a su adjudicación la Diputación Provincial deba aprobar el uniforme definitivo, con las modificaciones que estime adecuadas.
TODO LO ANTERIOR DE CONFOMIDAD CON LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS.
NOVENA. GARANTÍA PROVISIONAL.-
Los licitadores deberán constituir una garantía provisional por importe de 3.780 euros, que responderá del mantenimiento de sus ofertas hasta la adjudicación provisional del contrato, 3% del presupuesto mínimo de licitación .
La garantía provisional se depositará por cualquiera de los medios previstos en el artículo 84 y los términos del artículo 91.3 de la LCSP.
Dicha garantía será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación definitiva del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al adjudicatario hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación.
El adjudicatario podrá aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la garantía definitiva.
DÉCIMA. VARIANTES Y/O ALTERNATIVAS.-
Los licitadores no podrán presentar en sus ofertas variantes y/o alternativas.
UNDÉCIMA. OFERTAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS.-
En la adjudicación del presente procedimiento, para determinar que una proposición no puede ser cumplida por ser anormal o desproporcionada, se considerarán globalmente los criterios objetivos fijados contrastados con la oferta presentada.
DUODÉCIMA. MESA DE CONTRATACIÓN.-
La Mesa de Contratación, a la vista con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda de la LCSP, estará compuesta por:
Como Presidente: Iltre. Sr. Diputado- Delegado de Economía, Hacienda y Patrimonio, por delegación el Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxxx.
Vocales:
Xxx. Secretario General de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxxx o funcionario en quien delegue.
Sra. Interventora General o Sr. Viceinterventor de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, o funcionario designado por la Intervención General
Sr. Jefe del Servicio de Cultura , Juventud y Deportes o funcionario o personal laboral designado por el Servicio.
Secretario: Sra. Jefe Servicio Contratación y Compras o funcionario designado por el Servicio
DECIMOTERCERA. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EN LA ADJUDICACIÓN DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO Y PONDERACIÓN ATRIBUIDA.-
Los criterios a tener en cuenta a la hora de considerar cuál es la proposición más ventajosa serán, de forma decreciente, los que seguidamente se indican, de acuerdo con la ponderación que se detalla para cada uno de ellos.
La selección se efectuará de conformidad a los siguientes criterios de valoración y baremo de puntuación, sobre un máximo de 100 puntos, detallados a continuación:
A.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN OBTENIDOS A TRAVÉS DE LA MERA APLICACIÓN DE FÓRMULAS MATEMÁTICAS.
………………………… ………………..................................hasta 55 puntos.
A.1. PRECIO(CANON)………..……………………………….…….hasta 45 puntos.
Con un mínimo xx xxxxxxx de 126.000 euros (42.000 anuales), IVA excluido, cuya prorrata se incrementará, con el IPC anual correspondiente a partir del segundo año de contrato.
La puntuación máxima se dará a la mejor propuesta, aplicándose al resto un criterio proporcional.
A.2. Mejora en el número mínimo de trabajadores propuestos para prestar de forma simultánea la explotación del bar - cafetería del Local del “4º Espacio Cultural” y mejora en el número mínimo de empleados adscritos respecto de los que son exigidos en el 7.2. xxx xxxxxx de prescripciones técnicas .......................................hasta 5 puntos
Aquella propuesta que presente más trabajadores propuestos para prestar simultáneamente la explotación obtendrá 3 puntos, aplicándose al resto una puntuación de acuerdo con un criterio proporcional.
Aquella propuesta que presente más empleados adscritos a la explotación obtendrá 2 puntos, aplicándose al resto una puntuación de acuerdo con un criterio proporcional.
En ambos casos, aquella propuesta que no mejore el número mínimo de empleados obtendrá 0 puntos.
A.3. El compromiso de ceder a la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, a la expiración del contrato que nos ocupa, los elementos materiales referidos en la cláusula 3.2.8. xxx xxxxxx de prescripciones técnicas , que los licitadores se comprometen a aportar para el acondicionamiento de la explotación del Bar- Cafetería…………………………………………………………....hasta 5 puntos
Aquellas propuestas que presenten el compromiso de cesión de estos elementos obtendrán 5 puntos y las que no 0 puntos.
B.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN NO OBTENIDOS A TRAVÉS DE LA MERA APLICACIÓN DE FÓRMULAS MATEMÁTICAS..........................hasta 45 puntos
X.0.Xx valorará la adscripción de medios materiales al servicio de la explotación del Bar- Cafetería, a los efectos de dicha valoración se tomará en consideración el aumento, en la oferta de los licitadores, del mínimo de elementos materiales exigidos en el apartado 3.2.8. xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, para el acondicionamiento de la explotación del bar-cafetería del local “4º espacio cultural”……………………………………………………....…hasta 10 puntos
Aquella propuesta que se considera más idónea obtendrá la máxima puntuación, atribuyéndose al resto una puntuación de acuerdo con un criterio proporcional.
B.2. La adscripción de medios personales y materiales para la limpieza de las dependencias del local que correspondan al adjudicatario, así como su compatibilidad tanto con el desarrollo de la actividad de bar-cafetería, como con las exposiciones, eventos y actividades culturales a desarrollar en el 4º Espacio – Cultural, conforme a las cláusulas 5.2. xxx xxxxxx de prescripciones técnicas……..…………………………………….………………….. hasta 10 puntos
Aquella propuesta que se considera más idónea obtendrá la máxima puntuación, atribuyéndose al resto una puntuación de acuerdo con un criterio proporcional.
B.3. La prestación de un Servicio de Seguridad de la explotación así como la planificación de los horarios y de días semanales de prestación del mismo, de acuerdo con el apartado 5.3. xxx xxxxxx de prescripciones técnicas que se prestará en todo caso en coordinación con el Servicio de Seguridad que en su caso la propia Diputación Provincial xx Xxxxxxxx pueda contratar para la protección de las Salas que quedan fuera del objeto de esta licitación……………….............................................hasta 5 puntos
Aquella propuesta que se considera más idónea obtendrá la máxima puntuación, atribuyéndose al resto una puntuación de acuerdo con un criterio proporcional.
B.4. La originalidad y adecuación, tanto a la dignidad del local del 4º espacio-cultural, como a su vocación cultural, de los uniformes del personal al servicio de la actividad de bar- Cafetería, de conformidad con el punto 7.4 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas…………………………………………..hasta 5 puntos
Aquella propuesta que se considera más idónea obtendrá la máxima puntuación, atribuyéndose al resto una puntuación de acuerdo con un criterio proporcional.
B.5 Otras mejoras…………………………….............hasta 15 puntos.
Se valorarán dentro de este apartado:
- B.5.1. La realización en la explotación del bar–cafetería de otras prestaciones complementarias a la explotación principal como repostería, cocktails, aperitivos, tapas y catering no referido a actividades propias de restaurante, de conformidad con la cláusula 5 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas..........................................................................................hasta 5 puntos
Aquella propuesta que se considera más idónea obtendrá la máxima puntuación, atribuyéndose al resto una puntuación de acuerdo con un criterio proporcional.
- B.5.2. El compromiso de fijar precios especiales en las prestaciones del bar-cafetería, para el personal de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, estableciéndose en el porcentaje de rebaja propuesto, o en su caso, el tipo de ofertas que se realizarán, de conformidad con la cláusula 11.1.7. xxx xxxxxx de prescripciones técnicas ………………………………………………………..……..hasta 5 puntos.
Aquella propuesta que resulte más adecuada obtendrá la máxima puntuación, atribuyéndose al resto una puntuación de acuerdo con un criterio proporcional.
- B.5.3 El compromiso de de fijar precios especiales en las prestaciones del bar - cafetería, ante las posibles necesidades de Diputación para disponer de catering en caso de inauguraciones y eventos en sus dependencias de Plaza España, estableciéndose en la oferta el porcentaje de rebaja propuesto, de conformidad con la cláusula 11.1.7. xxx xxxxxx de prescripciones técnicas ………………….........................................................................................hasta 5 puntos
Aquella propuesta que resulte más adecuada obtendrá la máxima puntuación, atribuyéndose al resto una puntuación de acuerdo con un criterio proporcional.
En todo caso, la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx se reserva la facultad de adjudicar el concurso a quien reúna, a su juicio, las condiciones más ventajosas de acuerdo con los criterios señalados, o declararlo desierto.
DECIMOCUARTA. EXAMEN DE PROPOSICIONES.-
La Mesa de Contratación se reunirá en acto no público en el plazo máximo de un mes para proceder a la calificación de la documentación presentada en tiempo y forma contenidos en el Sobre A. A los efectos de la expresada calificación, el presidente de la Mesa de Contratación ordenará la apertura de los sobres, con exclusión del relativo a la proposición económica. Si la Mesa observare defectos materiales en la documentación presentada lo comunicará a los interesados y concederá un plazo no superior a tres días para que el licitador subsane el error.
La Mesa, una vez calificada la documentación presentada y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo.
A los efectos establecidos en los artículos 43 a 53 y 71 de la LCSP la Mesa de Contratación podrán recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirle para la presentación de otros complementarios, lo que deberá cumplimentar en el plazo de cinco días sin que puedan presentarse después de haberse declarado admitidas las ofertas conforme a lo dispuesto en el artículo 83.6 del RGLCAP.
La apertura de las proposiciones deberá efectuarse por la Mesa de Contratación en el plazo máximo de un mes contado desde la fecha de finalización del plazo para presentar las mismas.
Tras la apertura y subsanación, en su caso, de la documentación administrativa, la Mesa de Contratación, en acto público manifestará los licitadores admitidos y excluidos en el procedimiento , procediendo a continuación a la apertura del Sobre C en un plazo no superior a siete días a contar desde la apertura y calificación de la documentación contenida en el sobre A, remitiéndose con posterioridad al Servicio de Cultura, Juventud y Deportes para la evacuación del informe correspondiente.
Con posterioridad, la Mesa de Contratación procederá en acto público a la apertura de las ofertas económicas comunicando a los licitadores admitidos la puntuación obtenida por orden decreciente en relación con el sobre C. Seguidamente se procederá a la apertura del Sobre B de las proposiciones admitidas relativo a la propuesta económica y documentación técnica, realizando en su momento la propuesta de adjudicación al Órgano de Contratación.
En caso de discordancia entre las expresiones dinerarias de la oferta en letra y números prevalece la cifra consignada en letra.
La Mesa podrá solicitar, antes de de formular propuesta de adjudicación provisional podrá solicitar los informes técnicos que considere necesarios y que tengan relación con el objeto del contrato; igualmente, podrán solicitarse estos informes cuando sea necesario verificar que las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas xxx xxxxxx.
DECIMOQUINTA. ADJUDICACIÓN PROVISIONAL.-
La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 295 de LCSP elevará las proposiciones presentadas junto con el Acta y la propuesta de adjudicación al órgano de Contratación.
El Órgano de Contratación adjudicará el contrato en el plazo máximo de dos meses naturales, a contar desde la apertura de las proposiciones. De no dictarse la adjudicación en dicho plazo el empresario tiene derecho a retirar su proposición y a que se le devuelva la garantía depositada.
La adjudicación provisional se acordará por el Órgano de Contratación en resolución motivada que deberá notificarse a los licitadores y publicarse en el Perfil de Contratante y en el Boletín Oficial de la Provincia.
La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto frente a la Diputación Provincial. No obstante, cuando el Órgano de Contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión.
DECIMOSEXTA. GARANTÍA DEFINITIVA.-
El que resulte adjudicatario provisional del contrato deberá constituir una garantía del 5% del importe (canon) de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, en el plazo de los quince días hábiles contados desde la publicación de la adjudicación provisional en el Perfil de Contratante.
La garantía definitiva habrá de prestarse por el adjudicatario provisional en cualquiera de las formas señaladas en el artículo 84 de la L.C.S.P.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.
Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 88 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público.
El adjudicatario provisional del contrato deberá acreditar en el plazo señalado en el párrafo primero la constitución de la garantía. De no cumplir este requisito por causas a él imputables, la Administración declarará decaída la adjudicación provisional a su favor, siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 135.5.
En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
DECIMOSÉPTIMA. ADJUDICACIÓN DEFINITIVA.-
La elevación a definitiva de la adjudicación provisional no podrá producirse antes de que transcurran quince días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que se publique aquélla en el Perfil de Contratante del Órgano de Contratación.
Durante este plazo, el adjudicatario provisional deberá aportar los documentos acreditativos de estar al corriente con sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, presentando la siguiente documentación:
- Último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas o el documento del alta del mismo, cuando ésta sea reciente y no haya surgido aún la obligación de pago, o bien esté dado de alta pero no tenga obligación de contribuir. El alta deberá adjuntarse en todo caso cuando en el recibo aportado no conste el epígrafe correspondiente al objeto del contrato que les faculte para su ejercicio en el ámbito territorial en que las ejercen, debiendo complementarse con una declaración responsable del licitador de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto.
- Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración del Estado, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con este último.
- Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con la misma.
- El licitador que no esté obligado a presentar todas o algunas de las declaraciones o documentos correspondientes a las obligaciones tributarias que se relacionan en el artículo 13 del Reglamento General de la LCAP, deberá presentar una declaración responsable expresiva de la causa de exención y del precepto legal que le ampara.
- Acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social mediante certificación expedida por la autoridad administrativa competente.
- Garantía definitiva por importe del 5% del precio del contrato, IVA excluido, observando los requisitos de la cláusula decimosexta.
- Pago, en su caso, de los anuncios en Diarios Oficiales relativos a la presente contratación
Dentro de los diez días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo de quince días hábiles para la presentación de la documentación de adjudicatario provisional, a que se refiere el párrafo anterior, el Órgano de Contratación deberá dictar resolución de adjudicación definitiva a favor del adjudicatario provisional, siempre que éste haya presentado dicha documentación.
Cuando no proceda la adjudicación definitiva del contrato al licitador que hubiese resultado adjudicatario provisional por no cumplir éste las condiciones necesarias para ello, antes de proceder a una nueva convocatoria la Diputación xx Xxxxxxxx podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que en el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo xx xxxx días hábiles para cumplimentar los señalado precedentemente.
Dicha adjudicación definitiva será notificada a los licitadores y publicada en el Perfil de Contratante.
DECIMOCTAVA. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.-
La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los diez días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación definitiva; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. A dicho contrato se unirá, formando parte del mismo, la oferta del adjudicatario, un ejemplar xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares y del de Prescripciones Técnicas.
Cuando el adjudicatario sea una unión temporal de empresas, dentro del mismo plazo y con anterioridad a la firma del contrato, deberá aportar escritura pública de constitución como tal.
El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
Cuando por causas imputables al contratista no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la resolución del mismo, así como la incautación de la garantía provisional , siendo de aplicación lo previsto los artículos 195.3.a) de la LCSP en cuanto a la intervención del Consejo Consultivo de Xxxxxx xx Xxxxxx en caso de que se formulase oposición por el contratista y 109 del RGLCAP , procediendo asimismo la incautación de la garantía y la indemnización de daños y perjuicios.
DECIMONOVENA. INICIO Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.-
El plazo de inicio de la prestación será contado a partir de los veinte días siguientes a la formalización del contrato.
El plazo de ejecución del presente contrato será de tres años contados desde el momento del inicio de la prestación del mismo y en todo caso coincidirá con el primer día del mes siguiente a su formalización. Dicho plazo podrá ser prorrogable por otros tres años, por períodos anuales, previo acuerdo expreso de las partes.
VIGÉSIMA. LUGAR DE PRESTACIÓN .-
El lugar de prestación del presente contrato será el 4º Espacio Cultural de esta Diputación, sito en Xxxxx xx Xxxxxx 0 , Xxxxxxxx.
VIGESIMOPRIMERA. OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL ADJUDICATARIO y OBLIGACIONES DE LA DIPUTACIÓN-
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el Órgano de Contratación.
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, se Seguridad Social, de seguridad y salud en el trabajo y de integración social de los minusválidos y en general, responderá de cuantas obligaciones le vengan impuestas por su carácter de empresario, así como del cumplimiento de todas las normas que regulen y desarrollen la relación laboral o de otro tipo existente entre aquél o entre sus subcontratistas y los trabajadores de uno y de otros.
- El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación.
- La Administración tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido.
- El adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos.
El importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación de la presente contratación que tendrá que satisfacer el adjudicatario será de 1.000 euros.
Realizar la prestación con la continuidad convenida y garantizar al público y a la Diputación el derecho a acceder a dicha prestación, previo abono de los precios y tarifas correspondientes , que cumplan con la legalidad vigente.
El contratista tiene derecho a utilizar el 4º Espacio Cultural tal y como viene descrito en este Xxxxxx, para la ejecución del presente contrato.
El adjudicatario abonará a la Diputación Provincial el canon que resulte del precio de adjudicación, con las revisiones que procedan del IPC correspondiente.
Además, el adjudicatario observará lo siguiente:
- El contratista se compromete a poner en funcionamiento la explotación del Bar – Cafetería, de acuerdo con las condiciones contenidas en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas en el plazo máximo de veinte días contados a partir de la formalización del contrato.
- El Contratista se obliga en todo momento a tener hojas de reclamaciones a disposición de los Usuarios. De las que se presentaren el adjudicatario remitirá en el mismo día o en el día siguiente hábil, una copia de la misma, junto con un informe al Servicio de Cultura, Juventud y Deportes de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx.
- El Contratista designará a una persona con responsabilidades de gestión como interlocutor con el Área de Cultura y Patrimonio de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, así mismo el Jefe del Servicio de Cultura, Juventud y Deportes designara un técnico cultural como interlocutor con el titular del Adjudicatario.
- El Contratista proporcionará al Servicio de Cultura, Juventud y deportes copia de la documentación referida a autorizaciones, inspecciones higiénico sanitarias, relación nominal de personal laboral especificando su relación contractual, así como cualquier otra que sea precisa para garantizar el correcto funcionamiento de la explotación.
- Serán asimismo de cuenta del adjudicatario:
- Todo el material de hostelería preciso para llevar a cabo el buen funcionamiento de la explotación de bar- cafetería: menaje de cocina, vajilla, cubertería, cristalería, servilletería y complementos, así como toda su reposición.
- En caso necesario los trabajos y materiales derivados de la desinfección, desinsectación y desratización en la zona de bar, almacén y aseos públicos.
- Las revisiones de toda la maquinaria y aparatos utilizados en el bar – cafetería.
- Mantenimiento en todo momento de las mejores condiciones de seguridad, higiene y ornato de las dependencias.
- Mantenimiento y consumos de agua, y luz de las instalaciones de la explotación del bar- cafetería. A este respecto la D.P.Z instalará un contador de luz en la primera planta xxx xxxxxxx para conocer el consumo realizado en la misma, y repercutirlo en su totalidad en el adjudicatario, éste además procederá a dar de alta el oportuno contrato de agua y basuras y otros suministros necesarios que el adjudicatario satisfará directamente a la empresa suministradora o a la administración correspondiente.
- Contratación de una póliza de seguro de responsabilidad civil a terceros, por importe mínimo de 300.500 euros y otra por daños materiales, por importe mínimo de 834.367,88 euros (que responden a la suma del valor del local: 797.961 euros,y del valor del mobiliario entregado: 36.406,88 euros, según la cláusula 2.3 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas) que cubran respectivamente, tanto cualquier daño producido por él a cualquier persona en el primer caso, como cualquier desperfecto ocasionado por él al mobiliario y local cedidos (que deberá ser repuesto por su valor de reposición) sustituyendo a la póliza de daños materiales y de responsabilidad civil que tiene la Diputación con excepción del continente del inmueble donde se ubica la explotación comercial.
- Una vez concluido el contrato para la explotación del bar, el adjudicatario tiene derecho a retirar del mismo todo el mobiliario e instalaciones hosteleras que haya aportado por su cuenta, teniendo la obligación de dejar en perfectas condiciones el mobiliario detallado en la cláusula 2.3 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas y que se aportará por la DPZ, según conste en el inventario de bienes previamente firmado por ambos, lo cual se formalizará en la correspondientes acta de entrega. Todo lo anterior se entiende sin perjuicio de que el Contratista hubiese adquirido el compromiso de ceder a la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx los elementos comprendidos en el apartado 3.2.8 del presente pliego de prescripciones técnicas.
- Los precios y tarifas de los productos servidos en el bar–cafetería deberán cumplir con la legalidad vigente, valorándose como mejora y precios especiales en las prestaciones del bar-cafetería que el licitador proponga para el personal de la Diputación y para las posibles necesidades de ésta en caso de celebrar inauguraciones y eventos que requieran un servicio de catering.
- Acatamiento de todos los pactos y acuerdos convenidos con la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx (DPZ), que se realizarán con toda corrección dentro de un espíritu de colaboración y ayuda mutua.
- . El pago de todos los gastos derivados de tasas e impuestos derivados de la utilización del espacio de la terraza y de sus servicios (Basuras, marquesinas, agua, luz…) .
Finalmente, serán obligaciones específicas de la Diputación:
-. El Mantenimiento y consumo de luz y agua de todas las salas del local 4º Espacio-Cultural que quedan excluidas de la licitación y que se reflejan en los planos-anexos I y II de este pliego. Siendo por tanto obligación del adjudicatario el mantenimiento y consumo de agua y luz de las zonas adjudicadas.
- . Realizar todas las obras de reforma, mantenimiento y consumo de agua que sean necesarias. El adjudicatario no podrá realizar obra alguna sin la autorización previa de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx.
- Verificar la correcta ejecución de la prestación.
- Aprobar el modelo de uniforme para los empleados del bar.
VIGESIMOSEGUNDA. REVISIÓN DE PRECIOS.-
El precio (canon) a percibir por la Diputación se incrementará durante el período de vigencia del contrato, a partir de la segunda anualidad (ejercicio) con el IPC publicado por el Instituto Nacional de Estadística correspondiente a la fecha del contrato, comenzando a ser efectivo una vez transcurrida la primera anualidad de ejecución del contrato.
VIGESIMOTERCERA. SUBCONTRATACIÓN.
Dada la naturaleza del contrato y la prestación que lleva aparejada, no procede la subcontratación.
VIGESIMOCUARTA. RÉGIMEN DE PAGO.-
El precio (canon) a percibir por la Diputación Provincial se ingresará por anticipado en los cinco primeros días de cada mes, en la cuenta que se indique a tal efecto por la Tesorería Provincial y con cargo al concepto de Ingresos que a tal efecto se habilite en los ejercicios presupuestarios correspondientes. Dicho precio será objeto de revisión conforme a la cláusula vigésimo segunda de este Pliego.
Se establece un precio (canon) mínimo de 126.000 euros, a razón de 42.000 euros anuales y 3.500 euros mensuales, IVA excluido.
Del ingreso mensual efectuado por el adjudicatario se expedirá el correspondiente justificante de pago .
En el caso de no satisfacerse el canon en los plazos indicados el adjudicatario incurrirá en la vía de apremio, exigiéndose su pago de conformidad con la normativa tributaria y recaudatoria.
VIGESIMOQUINTA. PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO.-
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo (incluídas en su caso las correspondientes prrórrogas) , la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato.
Las penalidades se impondrán por acuerdo del Órgano de Contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato si se hubiese designado, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante imposición de las mismas o se harán efectivas sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido.
La imposición de penalidades es compatible con la exigencia en su caso de responsabilidad al contratista por los daños y perjuicios causados como consecuencia de la ejecución o inejecución del contrato.
VIGESIMOSEXTA. FINALIZACIÓN DEL CONTRATO.-
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx.
Al acto de la recepción, que deberá llevarse a cabo en el plazo de un mes siguiente a la entrega de local y bienes correspondientes, de conformidad con lo establecido en las cláusulas 2.3 , 3.2.8 y 11.1.6 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, deberán concurrir un facultativo designado por la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx en su representación y el contratista, asistido, si lo estima oportuno de su facultativo; en caso de ser correcta la prestación, se formalizará el acta de recepción y comenzará el plazo de garantía
Si los bienes no se hallan en estado de ser recibidos se hará constar así en el acta de recepción, y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en la Ley 30/2007, de 00 xx xxxxxxx, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx; en particular en su xxxxxxxx 000; y en su caso , será de aplicación la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas y demás normativa concordante ; y se acordará por el Órgano de Contratación, de oficio o a instancia del contratista, así como por las siguientes causas:
-. La falta de subsanación de las correcciones solicitadas por la Excelentísima Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, tras las verificaciones de la correcta ejecución a las que alude la cláusula 3.1.6. xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, así como el incumplimiento del Plan de trabajo de limpieza al que se refiere la cláusula 5.2.3. xxx xxxxxx de prescripciones técnicas.
El incumplimiento por parte del adjudicatario de cualquiera de sus obligaciones descritas en el presente pliego de prescripciones técnicas. Llegado el caso, cualquier desavenencia o desacuerdo entre ambas partes que no afecte al incumplimiento de las condiciones y obligaciones pactadas en este pliego, serán dirimidas por los tribunales competentes.
El desistimiento o la suspensión del contrato por plazo superior a un año acordada por la Diputación.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
VIGESIMOSÉPTIMA. PLAZO DE GARANTÍA.-
El plazo de garantía del presente contrato estará vigente desde la recepción de la prestación hasta transcurridos seis meses desde la finalización del contrato y en su caso prórroga.
VIGESIMOCTAVA. DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA.-
Cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del contrato, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, y transcurrido el período de garantía, en su caso, se dictará por el Órgano de Contratación acuerdo de devolución o cancelación de aquélla, dentro del plazo de los dos meses siguientes a la finalización del plazo de garantía.
VIGESIMONOVENA. POSIBILIDAD DE LICITAR POR LA TOTALIDAD DEL CONTRATO O POR LOTES.-
El presupuesto del contrato se establece en la cantidad mínima de 126.000 euros, IVA excluido, por la totalidad de la contratación, sin que se establezcan lotes.
TRIGÉSIMA. COMPROBACIONES EN EL MOMENTO DE LA RECEPCIÓN DE LA CALIDAD DE LOS BIENES OBJETO DEL CONTRATO.-
La Diputación xx Xxxxxxxx se reserva la realización de comprobaciones sobre la calidad del objeto del contrato, a su recepción.
El adjudicatario está obligado a asumir los gastos derivados de las comprobaciones hasta el límite del 1% del presupuesto de licitación.
TRIGESIMOPRIMERA.- PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Y OBLIGACIÓN SOBRE EVALUACIÓN DE RIESGOS.-
La no exigencia de un Plan de Seguridad y Salud en el trabajo se entiende sin perjuicio, en su caso, de la obligación del adjudicatario de realizar la correspondiente de evaluación de riesgos.
TRIGÉSIMOSEGUNDA.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
El adjudicatario se obliga a cumplir con lo prescrito en la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal y, en especial, las contenidas en el artículo 12, apartados 2 a 4 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
El adjudicatario se obliga a implementar las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar la seguridad de los datos y en especial las establecidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica antes citada.
TRIGÉSIMOTERCERA. LICENCIAS.-
El Local del “4º Espacio Cultural” cumple con todos los requisitos necesarios para instalar en el mismo una explotación de bar – cafetería de las características establecidas en este Pliego de Prescripciones Técnicas; en este sentido, la obtención de las oportunas licencias (Urbanística, de Actividad y de Funcionamiento) que son necesarias tanto para la apertura del Local como para el funcionamiento de la actividad de bar – cafetería objeto de esta licitación, correrán a cargo de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, dichas licencias conllevarán en todo caso que en el precitado local, del 4º Espacio cultural, solamente se podrán instalar los elementos permitidos y realizar actividades musicales en los términos del artículo 4 de la Ordenanza municipal de distancias mínimas y zonas saturadas para actividades reguladas en la Ley 11/2005, de los Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, y de acuerdo con lo establecido en el Artículo 32.1.2 de la Ordenanza para la Protección contra Ruidos y Vibraciones del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx .
La Licencia de Funcionamiento de la explotación del Bar- Cafetería objeto de la presente licitación corre por cuenta de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx; no obstante, una vez que se produzca la adjudicación, el contratista se subrogará en la posición de la propia Diputación Provincial xx Xxxxxxxx en su condición de titular de la actividad. En todo caso, cuando el contrato del adjudicatario expire, este deberá revertir nuevamente dicha licencia de funcionamiento a la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx.
TRIGÉSIMOCUARTA. MODIFICACIÓN Y SUSPENSIÓN DEL CONTRATO.-
Procederá cuando se den las causas de los artículos 202 y 203 LCSP, respectivamente.
TRIGÉSIMOQUINTA. POTESTAD DE DESAHUCIO DE LA DIPUTACIÓN
Finalizado el plazo de explotación previsto en el presente Pliego, la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx recuperará inmediatamente la posesión de los espacios públicos del presente contrato, por vía administrativa, aplicándose en su caso el ejercicio de sus facultades coercitivas a través del desahucio administrativo.
El desahucio por vía administrativa procederá en el caso de que el adjudicatario no desaloje voluntariamente las instalaciones en las condiciones antes referidas y requerirá Acuerdo Plenario previo declarando extinguidos el derecho constituido sobre los bienes de que se trate y en dicho Acuerdo se determinará si la extinción da lugar o no a indemnización.
El correspondiente Acuerdo Plenario se adoptará previa incoación de procedimiento en el que se dará audiencia al interesado.
El referido Acuerdo se notificará al interesado y, si no hubiere lugar a indemnización, se le requerirá para que desalojen la finca en el plazo señalado por la Corporación, que no será inferior a un mes.
En el caso de que hubiese lugar a indemnización, se intentará su fijación por avenencia con los interesados, a cuyo efecto se les requerirá para que, en el plazo de los quince días siguientes contados desde la notificación, formulen propuesta sobre la cuantía de aquélla y el plazo necesario para desalojar la finca, con advertencia de que, en todo caso, deberán desalojarla en el plazo de cuatro meses.
Si la Diputación considera atendible la proposición formulada, se formalizará la avenencia en los términos en que sea aceptada.
Cuando no se llegue a una avenencia, el importe de la indemnización se fijará con arreglo a las previsiones de la legislación sobre expropiación forzosa.
Agotado el plazo para desocupar la finca, el Presidente de la Corporación apercibirá de lanzamiento en el término de otros cinco días.
El día fijado para el lanzamiento, éste se ejecutará por la Entidad local, por sus propios medios y con los auxilios a que, en su caso, hubiere lugar.
Para llevar a efecto el lanzamiento, en los casos necesarios legalmente, se solicitará la autorización judicial.
Los gastos a que dé lugar el lanzamiento o el depósito de los bienes serán de cuenta del desahuciado.
La Corporación retendrá los bienes que considere suficientes para atender al pago de los gastos de la ejecución del desahucio y podrá enajenarlos por el procedimiento de apremio.
El procedimiento para disponer el desahucio de los bienes de dominio público, fijar la indemnización y llevar a cabo el lanzamiento tendrá carácter administrativo, y será de competencia de las Entidades locales titulares de los mismos.
Zaragoza, a 00 xx xxxxxx xx 0000
XX XXXX XX XXXXXXX
Xxx: Xxxxxx Xxxxxxxx Coronas
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