Contract
19/687 CONTRATACIÓN DE LA ADQUISICIÓN DE UN VEHÍCULO CON AUTOESCALERA AUTOMÁTICA DE 42 METROS ARTICULADA PARA USOS MÚLTIPLES Y SERVICIO DE EMERGENCIAS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXX. APROBACIÓN DE LOS PLIEGOS DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS Y DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES ASÍ COMO DEL GASTO Y LA ADJUDICACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO. APERTURA DEL
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.- Examinado el expediente tramitado a los efectos y visto el informe propuesta del Jefe de Servicio de Contratación, Patrimonio y Fomento, de 14 xx xxxxxx de 2014 que, en su parte expositiva, hace constar:
“ANTECEDENTES
X. Xxxxxx de prescripciones técnicas para la adquisición de una autoescalera automática de 42 metros articulada para usos múltiples y servicio de emergencias del Ayuntamiento xx Xxxx, elaborado por el Sargento Jefe de Bomberos y el Jefe del Parque Móvil del Ayuntamiento xx Xxxx.
II. Informe emitido por el Sargento Jefe de Bomberos y el Jefe del Parque Móvil del Ayuntamiento xx Xxxx relativo a los criterios de adjudicación del contrato.
III. Certificado de existencia de consignación presupuestaria en la aplicación 93301.62400 del Presupuesto general de 2014 para el importe de 949.850 euros.
IV. Pliego de cláusulas administrativas particulares que regirá en la contratación de la adquisición de un vehículo con autoescalera automática de 42 metros articulada para usos múltiples y servicio de emergencias del Ayuntamiento xx Xxxx, redactado por el servicio municipal de contratación, patrimonio y fomento.
LEGISLACIÓN APLICABLE
- Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las bases de régimen local (LRBRL).
- Real decreto legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local (TRRL).
- Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia (LALG).
- Real decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos del sector público
- Real decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley de contratos del sector público
- Real decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el reglamento general de la Ley de contratos de las administraciones públicas (RGLCAP).
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales (LPRL) y sus reglamentos.
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC).
- Cualquiera otra disposición legal vigente que les sea de aplicación a las corporaciones locales.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera. Este contrato debe ser calificado como un contrato de suministro recogido y regulado en el artículo 9 del TRCSP que tiene por objeto a adquisición de un
vehículo con autoescalera automática de 42 metros articulada para usos múltiples y servicio de emergencias del Ayuntamiento xx Xxxx. Habida cuenta su importe, se trata de un contrato sujeto a regulación armonizada, de acuerdo con lo previsto en el artículo 15 del TRLCSP.
Segunda. El pliego de condiciones elaborado para disciplinar la licitación y el contrato recoge las exigencias legales señaladas y se adapta a la normativa aplicable. Contiene, con carácter general, los aspectos que son de contenido obligatorio, según lo dispuesto en el TRLCSP y en el RGLCAP, salvo los que no son procedentes habida cuenta la modalidad de contrato elegida.
El procedimiento de adjudicación elegido es el abierto, de acuerdo con lo previsto en los artículos 138 y siguientes del TRLCSP.
Los criterios de adjudicación recogidos en la cláusula decimosegunda xxx xxxxxx respetan, a criterio de este servicio, los principios de objetividad y proporcionalidad exigidos por el TRLCSP.
Tercera. En cuanto al órgano municipal competente para aprobar el expediente de la contratación de referencia, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional segunda del texto refundido de la Ley de contratos del sector público, a la Junta de Gobierno Local le corresponden las contrataciones y concesiones, incluidas las de carácter plurianual.”
La Junta de Gobierno Local, en uso de sus atribuciones, con base en la propuesta del referido servicio conformada por la Ilma. Sra. Tenienta xx Xxxxxxx Delegada del área respectiva, y por unanimidad de los siguientes asistentes: Excmo. Sr. XXX XXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXX, Alcalde Presidente del Ayuntamiento xx Xxxx (Grupo Municipal Socialista -GMS-); llmo. Xx. XXX XXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, Xxxxxxxx xx Xxxxxxx Delegado del área de Urbanismo y Medio Ambiente (GMS); Ilma. Xxx. XXXX XXXXX DEL XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, Tenienta xx Xxxxxxx Delegada del área de Cultura, Turismo, Juventud y Promoción de la Lengua (GMS); Ilmo. Xx. XXX XXXXXX XXXXXXX CHAÍN XXXXXXXXX, Xxxxxxxx xx Xxxxxxx Delegado del área de Infraestructuras y Medio Rural (GMS); Ilmo. Sr. XXX XXXX XXXXXX XXXX XXXXXXX, Xxxxxxxx xx Xxxxxxx Delegado del área de Deportes (GMS); Ilma. Sra. DOÑA XXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX, Tenienta xx Xxxxxxx Delegada del área de Bienestar Social e Igualdad (GMS); el Ilmo. Xx. XXX XXXXXX XXXXX XXXXX, Xxxxxxxx xx Xxxxxxx Delegado del área de Servicios Generales y Participación Ciudadana (GMS); y la Ilma. Xxx. XXXX XXXXXX XXXXX DESBROCES, Tenienta xx Xxxxxxx y suplente de la responsable del área de Economía, Emprendimiento, Autónomos y Educación (GMS), ACUERDA:
PRIMERO.- Aprobar la CONTRATACIÓN DE LA ADQUISICIÓN DE UN VEHÍCULO CON AUTOESCALERA AUTOMÁTICA DE 42 METROS ARTICULADA PARA USOS MÚLTIPLES Y SERVICIO DE EMERGENCIAS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXX.
SEGUNDO.- Aprobar los pliegos de prescripciones técnicas y de cláusulas administrativas particulares que regirán en el procedimiento de contratación que elaborados por el Servicio de Contratación, Patrimonio y Fomento a continuación y literalmente se transcriben:
A) “PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE REGIRÁ EN LA CONTRATACIÓN DE LA ADQUISICIÓN DE UN VEHÍCULO CON AUTOESCALERA AUTOMÁTICA DE 42 METROS ARTICULADA PARA USOS MÚLTIPLES Y SERVICIO DE EMERGENCIAS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXX
PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO
Es objeto de este contrato la adquisición de un vehículo autoescalera automática de 42 metros de altura articulada para usos múltiples y servicio de emergencias del Ayuntamiento xx Xxxx según las características señaladas en el pliego de prescripciones técnicas elaborado por el jefe del Parque Móvil Municipal
CPV:
34144210-3 Vehículos de extinción de incendios 34913700-7 Escaleras de vehículos contra incendios CNAE 2009:
45.1 Venta de vehículos de motor
SEGUNDA. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
Se trata de un contrato de suministro, recogido y regulado en los artículos 9 y 290 y siguientes del TRLCSP y que tiene por objeto a adquisición de un vehículo autoescalera automática de 42 metros de altura articulada para usos múltiples y servicio de emergencias del Ayuntamiento xx Xxxx según las características señaladas en el pliego de prescripciones técnicas elaborado por el jefe del Parque Móvil Municipal
Para la legislación aplicable deberán tenerse en cuenta las siguientes disposiciones:
- Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las bases del régimen local (LRBRL).
- Real decreto legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local (TRRL).
- Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia (LALG).
- Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
- Real Decreto 817/2009 de 8 xx xxxx por el que se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público
- Real decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de contratos de las administraciones públicas (RGLCAP).
- Ley 31/1995 de 8 de noviembre de prevención de riesgos laborales (LPRL) y sus reglamentos.
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común (LRGPAC).
- Cualesquiera otras disposiciones legales vigentes que les sean de aplicación a las corporaciones locales.
El órgano de contratación, según lo dispuesto en el artículo 210 del TRLCSP y dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en ese texto legal y en el resto de la legislación vigente, tiene las prerrogativas de interpretar el contrato administrativo, resolver las dudas que presente su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, lograr su resolución y determinar sus efectos.
Expresamente se hace constar que en caso de existir alguna discrepancia entre los pliegos de prescripciones técnicas y lo previsto en el presente pliego de cláusulas administrativas, prevalecerá este último.
De conformidad con la Disposición Adicional Segunda del TRLCSP la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento xx Xxxx es el órgano de contratación de este contrato sin perjuicio de las delegaciones que se confieran en la Tenienta xx Xxxxxxx Delegada del área.
TERCERA. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo máximo de entrega será de ONCE MESES desde la fecha de formalización del contrato administrativo sin perjuicio de la reducción del plazo ofertada por el licitador (que deberá ofertarse en días naturales)
CUARTA. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El precio máximo del contrato es de 785.000 euros al que sumado el IVA del 21% (164.850 euros) resulta un precio total de 949.850 euros IVA incluido.
El valor estimado del contrato es de 785.000 euros.
Se hace constar la existencia de consignación presupuestaria en la aplicación presupuestaria 93301.62400 del presupuesto general de 2014 (RC 46617; C.P. 14RTSP12)
QUINTA. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. CAPACIDAD DE LICITAR
El presente contrato se adjudicará por el procedimiento abierto, previsto y regulado por los artículos 138, 157 y siguientes del TRLCSP y sujeto a regulación armonizada.
Están facultados para tomar parte en la licitación y contratar con este Excmo. Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibición de contratar, y acrediten la solvencia económica y técnica establecida en la cláusula siguiente.
Además de las condiciones generales exigidas por la Ley, la empresa adjudicataria deberá disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
Podrán asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente de conformidad con el artículo 59 del TRLCSP. Cada uno de los empresarios que componen la agrupación, deberá acreditar su capacidad de obrar y su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato poseerá la plena representación ante la administración y que asumen el compromiso de constituirse en unión temporal de empresas. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión.
SEXTA. CRITERIOS DE SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA
6.1.- La justificación de la solvencia económica y financiera deberá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes:
a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, si es el caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
b) Cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
c) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto de este contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o del inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocio.
Si por razones justificadas un empresario no puede facilitar las referencias solicitadas, podrá acreditar su solvencia económica y financiera por cualquiera otra documentación considerada como suficiente por la Administración.
6.2 La solvencia técnica podrá ser justificada por uno o varios de los medios siguientes:
a) Relación de los principales suministros de vehículos similares a los del objeto de este contrato (vehículos autoescaleras similares) realizadas nos últimos tres años que incluya el importe, fechas y el destinatario, público o privado, de ellos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, o cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este, o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
SÉPTIMA. GARANTÍAS.
De conformidad con el artículo 103 del TRCSP no resulta exigible la constitución de garantía provisional.
El licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa estará obligado a constituir una garantía definitiva de un 5% del importe de adjudicación, excluido el IVA, en el plazo máximo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que recibiese el requerimiento a que se refiere el artículo 151.2 del TRLCSP. De no cumplirse este requisito en plazo se entenderá que el licitador retiró su oferta procediéndose en este caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente por el orden en que quedaran clasificadas las ofertas.
Las garantías podrán prestarse en alguna de las formas señaladas en el artículo 96 del TRLCSP, esto es:
a) En efectivo o en valores de deuda pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en el TRLCSP y normas de desarrollo.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo del TRLCSP, por alguno de los bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberán depositarse en los establecimientos señalados en el artículo 96 del TRLCSP.
c) Mediante contrato de seguro de caución celebrado con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado de seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en el artículo 96 do TRLCSP.
OCTAVA. ANUNCIO DE LICITACIÓN Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES. ACLARACIONES Y DUDAS
El Ayuntamiento xx Xxxx publicará anuncios de licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea, en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxx así como en el perfil del contratante del Ayuntamiento (xxx.xxxx.xx) Teniendo en cuenta que los anuncios se prepararán y enviarán por medios electrónicos y que se ofrecerá acceso por medios electrónicos a los pliegos y a la documentación complementaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 159 del TRLCSP, el plazo de presentación de proposiciones será de cuarenta días naturales contados desde la fecha del envío del anuncio del contrato a la Comisión Europea.
NOVENA. PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
Las empresas presentarán su proposición en TRES sobres cerrados, firmados por el proponente o por su representante, haciendo constar el título del procedimiento, nombre del licitador, dirección, teléfono, correo electrónico y fax, a los efectos de notificaciones. Dichos sobres se denominarán sobre A de DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA, sobre B de OFERTA TÉCNICA Y SUJETA A CRITERIOS NO EVALUABLES AUTOMÁTICAMENTE y sobre C de OFERTA ECONÓMICA Y SUJETA A CRITERIOS EVALUABLES AUTOMÁTICAMENTE.
Los sobres de que consta la proposición se presentarán, durante el plazo señalado en la cláusula octava, antes señalada, en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxx, en horario de 9 a 14 horas (de lunes a viernes) o enviadas
por correo. En el supuesto de que el último día de presentación de las proposiciones coincidiera en sábado o festivo se prorrogará al siguiente día hábil. El mismo tratamiento tendrá en caso de coincidir en los días 24 o 31 de diciembre y 22 xx xxxx que se prorrogará al primero día hábil.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío y anunciarle al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, telegrama o fax en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de final del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, 10 días naturales siguientes a dicha fecha sin recibirse la proposición, esta no será admitida en ningún caso
DÉCIMA. DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA, PROPUESTA TÉCNICA Y PROPUESTA ECONÓMICA Y DE REDUCCIÓN DE PLAZO.
El sobre A, documentación administrativa, contendrá, como mínimo, los siguientes documentos:
1.- Acreditativos de la personalidad y capacidad del licitador, que serán:
a) Si se trata de empresario individual (persona física), copia auténtica del DNI
b) Los restantes empresarios (personas jurídicas):
- Escritura de constitución o modificación en su caso debidamente inscrita en su correspondiente registro mercantil cuando este requisito fuese exigible según la legislación que le sea aplicable.
En su caso, mediante la presentación de escritura o documento de constitución o modificación de los estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos si es el caso, en el correspondiente Registro Oficial.
- Copia del DNI de la persona representante firmante de la proposición.
2.- Acreditativos de la extensión de las facultades del representante o apoderado:
Cuando el licitador actúe mediante representante o se trate de una sociedad o persona jurídica deberá presentar documento fidedigno acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar inscrito en el Registro Mercantil.
Dicho documento o poder de representación deberá estar bastanteado por funcionarios/as del servicio municipal de contratación del Ayuntamiento habilitados al efecto con anterioridad al final del plazo establecido para la presentación de la documentación y ofertas. La tasa por este bastanteo asciende a 10,20 euros
* En el perfil del contratante figuran las instrucciones que deben seguir los licitadores para proceder al abonamiento de esta tasa así como de otros gastos derivados de la licitación.
3.- Declaración responsable del licitador otorgada ante el Ayuntamiento xx Xxxx, notario u organismo profesional calificado en la que se haga constar que no se encuentra incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar con el Ayuntamiento xx Xxxx previstas en el artículo 60 del TRLCSP y de que se encuentra al corriente en el cumplimiento de los deberes tributarios -incluidos
también con el Ayuntamiento xx Xxxx- y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. En esta declaración se hará constar asimismo que el licitador está dado de alta en el IAE en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato no habiendo causado baja en este.
No obstante, los licitadores deberán tener en cuenta que, en el caso de ser seleccionados para ser adjudicatarios, deberán acreditar debidamente estas circunstancias en el plazo y con las formalidades previstas en la Ley y en este pliego.
Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio económico europeo y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por declaración responsable ante una autoridad judicial.
El cumplimiento de las obligaciones tributarias puede sustituirse por certificaciones expedidas por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria según se trate de tributos estatales y de las obligaciones de Seguridad Social mediante certificación expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social.
4.- Presentación del alta y, en su caso, del último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula de dicho impuesto.
Sin perjuicio de la obligación de acreditar el alta en dicho impuesto, en el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones reguladas en el artículo 82.1. del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 xx xxxxx por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, deberá justificarse mediante una resolución expresa de la concesión de la exención de la Administración competente o una declaración responsable de tener una cifra de negocios inferior a un millón de euros.
Los sujetos pasivos a los que se refiere el artículo 00.0.xx), d), g) y h) del Real Decreto legislativo 2/2004 no estarán obligados a presentar declaración de alta en la matrícula del impuesto
Quedarán dispensados de presentar la documentación referida en los cuatro apartados anteriores los licitadores inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o en el Registro General de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Galicia excepto para el cumplimiento del requisito de encontrarse al corriente con las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento xx Xxxx por no ser de obligada inscripción en dichos Registros. Para la acreditación de este requisito deberá aportar una declaración responsable según el modelo del ANEXO de este pliego de cláusulas administrativas.
A efectos de esta dispensa los licitadores deberán aportar en el sobre A el número de inscripción e incluir la correspondiente certificación donde se refleje la información a que se refieren los párrafos anteriores. Esta dispensa tendrá validez siempre y cuando la información que facilite dicho certificado esté vigente en la fecha límite del plazo señalado para la presentación de ofertas.
Según lo establecido en el artículo 146 del TRLCSP deberá aportar una
declaración responsable (según modelo XXXXX XX) en el que se manifieste
que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no experimentaron variación. Dicha declaración se reiterará en el caso de resultar seleccionado y en el documento en el que se formalice el contrato.
5.- Acreditación de la solvencia económica y financiera así como solvencia técnica y profesional por los medios indicados en la cláusula sexta de este pliego de cláusulas.
Los licitadores con inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o en el Registro General de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Galicia deberán presentar - en el caso de no reflejarse esta información en el correspondiente certificado - la documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera así como la solvencia técnica y profesional excepto en los casos que de conformidad con los artículos 62.2 y 74.2 del TRLCSP la justificación de la solvencia puede sustituirse por la correspondiente clasificación. 6.- En caso de que las propuestas fueran presentadas por extranjeros, además de la anterior documentación, tendrán que aportar la siguiente:
a) Los licitadores extranjeros de estados miembros de la Unión Europea o firmantes del acuerdo sobre el espacio económico europeo acreditarán su capacidad de obrar mediante la inscripción en los registros o presentación de las certificaciones que se señalan en el Anexo I del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
b) Los licitadores de estados no miembros de la Comunidad Europea y de los no firmantes del acuerdo sobre el espacio económico europeo además de acreditar la su capacidad para contratar y obligarse conforme a la legislación de su estado y su solvencia económica, financiera, deberán presentar los siguientes documentos:
- Informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España en el lugar de domicilio de la empresa en el que se haga constar, previa demostración por la empresa, que figura inscrita en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local.
- Informe de reciprocidad de la Misión Diplomática Permanente de España en la que haga constar que el estado de origen de la empresa admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la administración en forma sustancialmente análoga. Se exceptúan de este requisito los casos de contratos sujetos a regulación armonizada en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio (artículo 44 de la LCSP)
En todo caso, las empresas extranjeras deberán firmar una declaración de sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden para la resolución de cualquiera de las cuestiones litigiosas que hayan podido surgir durante la formalización y ejecución del contrato.
Los licitadores extranjeros presentarán los documentos que tengan que aportar traducidos de forma oficial en cualquiera de los idiomas xxxxxxx x xxxxxxxxxx.
Los documentos a que se refiere esta cláusula podrán ser originales o presentarse mediante copia autenticada por notario o por el/la funcionario/a encargado/a del Registro de este Excmo. Ayuntamiento.
La inclusión errónea de documentación que deba estar incluida en el sobre B y/o en el sobre C y que se encuentre dentro del sobre A implicará automáticamente el rechazo de la proposición.
El sobre B – PROPUESTA TÉCNICA (RELATIVA A CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN NO EVALUABLES AUTOMÁTICAMENTE)
Dentro de este sobre B presentarán la documentación necesaria para proceder a la valoración de su oferta según los criterios de adjudicación no evaluables automáticamente que se señalan en la cláusula décimo segunda (apartado 12.2) Dentro de este sobre B se incluirá la documentación señalada en el apartado 28 xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas.
El sobre B no podrá contener información que permita conocer la oferta económica de los licitadores o determinar la puntuación que éstes conseguirían en base a los criterios del sobre C
El incumplimiento de esta condición, dará lugar a exclusión automática del procedimiento de adjudicación.
El sobre C – OFERTA RELATIVA A CRITERIOS EVALUABLES
AUTOMÁTICAMENTE - contendrá el siguiente modelo, debidamente cubierto. Don..........................., con dirección en ................... y DNI número ,
expedido lo................, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de........................., con DNI o CIF
número , hace constar:
a) Que solicita tomar parte en el procedimiento convocado para la CONTRATACIÓN DE LA ADQUISICIÓN DE UN VEHÍCULO CON AUTOESCALERA AUTOMÁTICA DE 42 METROS ARTICULADA PARA USOS MÚLTIPLES Y SERVICIO DE EMERGENCIAS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXX
b) Oferta como precio total del contrato:
- Precio sin IVA euros.
- 21% IVA euros.
- Precio total con IVA euros.
c) Oferta un plazo de entrega de........días naturales desde la formalización del contrato.
d) Oferta un plazo de garantía a mayores del mínimo exigido de 24 meses de (indicar número) de meses a mayores.
e) Acepta incondicionalmente cuantos deberes se deriven xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares y de las condiciones técnicas, como licitador y como adjudicatario, si es el caso.
f) Reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
(Lugar, fecha y firma)
UNDÉCIMA. MESA DE CONTRATACIÓN Y APERTURA DE LAS PROPOSICIONES
De conformidad con lo previsto en el artículo 320 del TRLCSP la Mesa de Contratación estará integrada por:
PRESIDENTE: Xxxx. Sra. Tenenta xx Xxxxxxx delegada del área de Economía, Emprendimiento, Autónomos y Educación.
VOCALES:
- El Concejal delegado del área de Urbanismo y Medio Ambiente.
- Un Concejal de cada uno de los grupos políticos que forman la Corporación
- Interventor General o funcionario/a que lo sustituya
- El titular de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento o funcionario/a que lo sustituya. SECRETARIO: El jefe del servicio de contratación o funcionario/a que lo sustituya. El acto de apertura del sobre B se celebrará el segundo día natural contado a partir del final del plazo de presentación de proposiciones, procediéndose previamente a la apertura y calificación de la documentación administrativa (sobre A). Si dicho día coincidiera en sábado o festivo, la apertura se realizará el siguiente día hábil. Dicho plazo se ampliará, en el caso de ser necesario, hasta el décimo primer día, en el supuesto de recibirse reglamentariamente el aviso de presentación de las proposiciones por correo.
DUODÉCIMA. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Los criterios para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa serán los siguientes, los cuales se señalan por orden decreciente de importancia y ponderación:
12.1.- CRITERIOS EVALUABLES AUTOMÁTICAMENTE: Hasta 60 puntos
desglosados como sigue:
- Oferta económica (hasta 30 puntos)
Obtendrá la máxima valoración en este criterio la proposición que presente el precio más bajo. Obtendrán 0 puntos las proposiciones que no oferten baja sobre el precio de licitación y las restantes se valorarán de forma directamente proporcional a la baja ofertada sobre el precio de la licitación.
- Plazo de entrega (hasta 20 puntos).
Obtendrá la máxima valoración en este criterio la proposición que presente el menor plazo de entrega. Obtendrán 0 puntos las proposiciones de las empresas que no oferten una reducción en el plazo de entrega establecido en este pliego y las restantes se valorarán de forma directamente proporcional a la reducción del plazo ofertado.
Las ofertas sobre el plazo de entrega deberán realizarse en días naturales.
- Plazo de garantía (hasta 10 puntos).
Obtendrá la máxima valoración en este criterio la proposición que presente el mayor incremento del plazo de garantía sobre el mínimo de 24 meses. Obtendrán 0 puntos las proposiciones que no aumenten el plazo de garantía establecido en este pliego y las restantes se valorarán de forma directamente proporcional al incremento del plazo de garantía ofertado.
Las ofertas de incremento sobre el plazo mínimo de garantía se realizarán en meses
12.2.- CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIO DE VALOR: Hasta 40
Puntos desglosados como sigue.
- Mejores prestaciones técnicas y de equipamiento (hasta 25 puntos).
En este apartado se valorarán exclusivamente las prestaciones técnicas y de equipamiento ofertadas que mejoren y superen las características mínimas exigidas en el pliego de prescripciones técnicas.
Los que presenten las mejores prestaciones técnicas y de equipamiento en su conjunto obtendrán 25 puntos, los que no superen las características mínimas por este apartado obtendrán 0 puntos y las demás serán valoradas y puntuadas según el criterio motivado de un técnico municipal por comparación de ofertas.
- Servicio técnico y de mantenimiento (hasta 10 puntos).
Se valorará en este criterio la cercanía al término municipal xx Xxxx así como las características del servicio técnico y de mantenimiento que cubra las necesidades de asistencia técnica post-venta y disponibilidad de repuestos que oferten los licitadores.
Así tendrán la máxima puntuación (10 puntos) los que oferten un servicio técnico y de mantenimiento más próximo y las demás serán valoradas y puntuadas según el criterio motivado de un técnico municipal por comparación de ofertas.
- Rapidez de respuesta en las reparaciones (hasta 5 puntos).
Se valorará la rápida respuesta en la recogida y reparación del vehículo una vez entregado por avería.
Para la valoración de los criterios evaluables mediante juicio de valor que se relacionan anteriormente las empresas licitadoras deberán aportar una memoria descriptiva y explicativa separadamente para cada uno de los dos apartados que se valoran, de forma que facilite el estudio de la oferta sin perjuicio de presentación, a mayores, de dossieres fotográficos, catálogos, etc., que permitan una mayor comprensión de la oferta.
La documentación deberá proporcionar la información necesaria y clara para la comprobación del cumplimiento de los requisitos mínimos de prestaciones técnicas exigidos y aparte los ofertados a mayores.
DECIMOTERCERA. ADJUDICACIÓN
La adjudicación del contrato será realizada por el órgano competente, a propuesta de la mesa de contratación. Una vez seleccionada la oferta económicamente más ventajosa según los criterios de adjudicación establecidos en este pliego, se requerirá al licitador que presentara esta oferta para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en el que haya recibido el requerimiento, presente la documentación acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social y de tener constituida la garantía definitiva que sea procedente.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador retira su oferta, procediéndose en cuyo caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en el que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
Una vez acordada la adjudicación del contrato, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante
En la notificación así como en el perfil del contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato.
DECIMOCUARTA. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
La formalización del contrato en documento administrativo no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos. El órgano competente requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en el plazo no superior a cinco días contados desde el siguiente a aquel en que recibiera el requerimiento, una vez transcurrido el plazo anterior sin interponerse el recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato.
Cuando por causas imputables al contratista no se pudiera formalizar el contrato dentro del plazo señalado, el Ayuntamiento podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso, hubiera exigido.
Antes de la formalización del contrato la empresa adjudicataria deberá aportar justificante de abonamiento de los gastos de anuncios y del importe de los anuncios y del importe de los impuestos, derechos, tasas, precios públicos y demás que origine la licitación y formalización del contrato
DECIMOQUINTA. EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
1. Los trabajos se ejecutarán con estricta sujeción a las cláusulas estipuladas en este pliego y en el pliego de prescripciones técnicas aprobado por el Ayuntamiento y según las instrucciones que, en interpretación técnica de este, haya dado al contratista el responsable del contrato (el jefe del parque móvil) el cual tendrá las facultades señaladas en el artículo 41 de la LCSP.
Cuando las instrucciones fueran de carácter verbal deberán ser ratificadas por escrito, a la mayor brevedad, para que sean vinculantes a las partes.
2. La modificación de este contrato se sujetará al dispuesto en el artículo 202 de la LCSP así como por lo dispuesto en el título V del Libro I (artículos 92 bis a 92 quinquies) de la LCSP.
3. Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 209 de la LCSP y que las calidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato.
4. Se hace constar expresamente que la contratación por el adjudicatario de la realización parcial del contrato con terceros estará sujeta a los requisitos establecidos en el artículo 210 de la LCSP, así como el pago a subcontratistas y suministradores deberá ajustarse a lo dispuesto en el artículo 211 de la LCSP.
5.- Los gastos que se deriven de los embalajes, portes, certificados, etc., serán por cuenta del adjudicatario.
DECIMOSEXTA. GASTOS
Los gastos derivados de la contratación y de la formalización del contrato serán por cuenta del contratista adjudicatario.
Se encontrará asimismo obligado, si fuera necesario, al pago de todos los géneros de tributos estatales, locales y autonómicos y a solicitar la concesión de las autorizaciones y licencias que le fueran necesarias de las administraciones u organismos públicos o privados, siendo de su cuenta las gestiones y gastos que se ocasionen.
DECIMOSÉPTIMA.- RECEPCIÓN. LUGAR Y PLAZO DE ENTREGA. PLAZO DE GARANTÍA
El contratista esta obligado a entregar y poner a disposición del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxx el vehículo objeto de este contrato en el plazo indicado en la cláusula tercera de este pliego o si es el caso el ofertado, en las dependencias municipales del Parque Móvil. A tal efecto deberá notificar por escrito al responsable del servicio (jefe del Parque Móvil) con una antelación mínima de 48 horas el día y hora y lugar de entrega, no siendo responsable el Ayuntamiento de los vicios o defectos que tuvieran los bienes motivada por la entrega de los mismos sin previo aviso.
El vehículo será recibido por el Jefe del Parque Móvil Municipal tras la realización de las pruebas oportunas y según el apartado 34 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas. En el momento de la entrega se levantará la correspondiente acta de recepción. Si los vehículos no se encuentran en estado de ser recibidos se hará constar así en el acta de recepción dando las instrucciones precisas al contratista para que arregle los defectos observados o proceda a un nuevo suministro ajustado al contratado.
Los gastos de entrega y transporte de los bienes objeto del suministro al lugar indicado serán de cuenta del contratista.
La demora del adjudicatario no precisará de previa intimación por parte del Ayuntamiento.
El adjudicatario no tendrá derecho a indemnización a causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados a los bienes antes de su entrega al Ayuntamiento.
El plazo de garantía sobre el conjunto del vehículo y equipamiento será de 24 meses desde la data de recepción. En este apartado se estará a lo establecido en el apartado 35 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas
Asimismo y durante los cinco primeros años desde la recepción será de cuenta del adjudicatario la revisión anual en cumplimiento de las normas UNE (excepto recambios)
No procederá la devolución de la garantía definitiva hasta transcurrido este plazo de cinco años.
DECIMOCTAVA. CUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES SOCIALES Y LABORALES
El contratista estará obligado a cumplir las disposiciones vigentes en materia de protección de la industria y obligado, igualmente, a cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y higiene en el trabajo.
El incumplimiento de las obligaciones señaladas en esta cláusula o cualquier otra que le venga impuesta por el carácter de empleador no implicará responsabilidad ninguna para la Administración contratante. En cualquiera caso, el contratista indemnizará al ayuntamiento xx Xxxx por toda cantidad que se haya visto obligada a pagar por incumplimiento de los deberes establecidos en esta cláusula ya se imponga por resolución judicial o administrativa.
A los efectos del establecido en el artículo 206 las obligaciones establecidas en esta cláusula tienen el carácter de obligaciones contractuales esenciales cuyo incumplimiento dará lugar a resolución. Para el cumplimiento de esta obligación a empresa contratista deberá mantener actualizado en todo momento a lo largo de la vida del contrato los correspondientes certificados de encontrarse al corriente con la Seguridad Social y con la Administración Tributaria estatal que se presentarán, cuando proceda, junto con las correspondientes facturas para su tramitación por el responsable del contrato.
Asimismo podrá exigirse cualquier documentación que el Ayuntamiento estime oportuna para la comprobación del cumplimiento das obligaciones laborales.
La autorización para acceder a los datos de carácter personal que consten en la Seguridad Social -que se aportará por el contratista previamente a la formalización del contrato- non excusará da obligación de presentar los certificados anteriormente señalados.
DECIMONOVENA. PAGO
El pago se efectuará contra factura una vez firmada el acta de recepción y efectuados los controles reglamentarios correspondientes y conformada por el responsable del contrato, el responsable del área de Régimen Interior y Protección de la Comunidad y la Concejal delegada del área de Economía, Emprendimiento, Autónomos y Educación.
VIGÉSIMA.- PENALIDADES
El suministrador seleccionado queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato establecido en estos pliegos o en el ofertado, si es el caso.
Si llegado el final del plazo fijado, el suministrador haya incurrido en demora por causas imputables al mismo, el Ayuntamiento podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas.
Por cada día natural de retraso en la entrega, por causas imputables al contratista, se impondrá una penalidad diaria en proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio ofertado por el vehículo (IVA incluido)
Asimismo se podrán imponer al contratista penalidades por incumplir los criterios de adjudicación, esto es, por incumplimiento de alguno o algunos de los compromisos asumidos en su oferta. En particular, se impondrá una penalidad diaria de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio ofertado por el vehículo por el incumplimiento del criterio de rapidez de respuesta ante averías.
VIGÉSIMO PRIMERA. EXTINCIÓN DEL CONTRATO.
Además de por su cumplimiento, el contrato podrá extinguirse por las causas previstas en los artículos 223 y 299 del TRLCSP, así como por el incumplimiento por parte del adjudicatario de las condiciones técnicas establecidas en la memoria técnica o de las condiciones ofertadas así como por el incumplimiento del plazo de entrega.
La Administración estará facultada para proceder a la resolución del contrato por las causas señaladas en el párrafo anterior y con los efectos previstos en los artículos 224,225 y 300 del TRLCSP.
A los efectos de resolución del contrato se incoará un procedimiento contradictorio en el que se le otorgue audiencia al contratista a los efectos de planteamiento de alegaciones y presentación de cuantos documentos estime conveniente en defensa de sus derechos.
La resolución del contrato por incumplimiento culpable del contratista implicará la incautación de la garantía definitiva sin perjuicio de la indemnización, si es el caso, por los daños y perjuicios causados en el que exceda del importe de la garantía definitiva.
VIGÉSIMO PRIMERA.- RÉGIMEN DE RECURSOS
Contra los actos a que se refiere el artículo 40 del TRLCSP se podrá interponer recurso administrativo especial en materia de contratación ante la Junta de Gobierno Local o ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (avda. Xxxxxxx Xxxxx 00; 00000 Xxxxxx) sin que proceda la interposición de recurso potestativo de reposición, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado contencioso administrativo xx Xxxx.
La interposición de este recurso especial en materia de contratación se sujetará al dispuesto en el artículo 44 del TRLCSP y se presentará en el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que se remita la notificación del acto impugnado sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 44.2.
ANEXO II
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE VIGENCIA DE LOS DATOS ANOTADOS EN EL REGISTRO DE LICITADORES DE PRESENTACIÓN OBLIGATORIA JUNTO CON LA CERTIFICACIÓN DE INSCRIPCIÓN REGISTRAL D./D.ª...........................con el DNI n.º , en nombre propio o
en representación de la empresa........................................................., inscrita en el Registro de Licitadores con el n.º..................................., en calidad
de , con el objeto de participar en la CONTRATACIÓN DE LA
ADQUISICIÓN DE UN VEHÍCULO CON AUTOESCALERA AUTOMÁTICA DE 42 METROS ARTICULADA PARA USOS MÚLTIPLES Y SERVICIO DE EMERGENCIAS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXX declaro bajo mi
responsabilidad:
1º.- Que los datos de esta empresa que constan en el Registro de Licitadores
………………………………. (indicar cual es el registro) no fueron alterados en
ninguna de sus circunstancias y que se corresponden con la certificación del Registro que se aporta a esta declaración.
Que los datos de esta empresa que constan en el Registro de Licitadores referentes a:
1. ………………………………………………………………………….
2. ………………………………………………………………………….
3. ………………………………………………………………………….
sufrieron alteración según se acredita mediante los documentos que se aportan a esta declaración y que estas circunstancias fueron comunicadas al Registro con fecha............................................, manteniéndose el resto de los datos sin alteración alguna respecto del contenido de la certificación del Registro
2º.- Que la empresa que represento se encuentra al corriente con los deberes tributarios con el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxx.
En................................., a....... de de 2012
Fdo.:
ANEXO I
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D./D.ª con el DNI n.º , en nombre propio o
en representación de la empresa.........................................................,en calidad de , con el objeto de participar en la CONTRATACIÓN DE LA
ADQUISICIÓN DE UN VEHÍCULO CON AUTOESCALERA AUTOMÁTICA DE 42 METROS ARTICULADA PARA USOS MÚLTIPLES Y SERVICIO DE EMERGENCIAS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXX declaro bajo mi
responsabilidad:
Que el firmante de esta declaración como la compañía mercantil a la que represento es los administradores y representantes de la misma tienen plena capacidad de obrar y no se encuentran comprendidos en ninguna de las causas de prohibición para contratar con el Ayuntamiento xx Xxxx, enumeradas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Que la empresa se encuentra al corriente en el cumplimiento de los deberes tributarios (con la Administración del Estado, con el Ayuntamiento xx Xxxx, así como de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, y al corriente de su pago, en su caso), y con la Seguridad Social establecidas por las disposiciones vigentes. Todo ello sin perjuicio de que en caso de ser seleccionado la justificación fehaciente de tales requisitos se presentará antes de la adjudicación en el plazo concedido para ello.
Asimismo, declara que no está incurso en ninguna de las causas a las que se refieren la Ley 12/1995, de 11 xx xxxx, la Ley 9/1996, de 18 de octubre, sobre incompatibilidades de altos cargos, Ley 5/2006, de 10 xx xxxxx, de regulación de los conflictos de interés de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, la ley 5/1985, de 19 xx xxxxx, de Régimen Electoral General, en los términos establecidos en las mismas, o en cualquiera otra norma de aplicación en la materia.
En último término, declara que conoce el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y o de Prescripciones Técnicas que sirven de base al presente procedimiento de contratación, y que los acepta total e incondicionalmente, así como que es conocedor de las responsabilidades en las que incurriría en el caso de falsedad de lo anteriormente manifestado.
Asimismo autorizo al órgano de contratación a recabar los datos que obren en poder de la Administración que fueran necesarios para comprobar la veracidad de las declaraciones realizadas.
................................,......... de.............................. de................
(Lugar, fecha y firma del licitador)”
B) “PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA ADQUISICIÓN DE UNA (1) AUTOESCALERA AUTOMÁTICA DE 42 METROS ARTICULADA, PARA USOS MÚLTIPLES Y SERVICIO DE EMERGENCIAS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXX.
1. OBJETO DEL SUMINISTRO.
2. NORMATIVA TÉCNICA
3. DIMENSIONES.
4. MOTOR.
5. BASTIDOR.
6. SUSPENSIÓN.
7. DIRECCIÓN.
8. TRANSMISIÓN.
9. CAJA DE CAMBIOS.
10. TOMA DE FUERZA.
11. FRENOS.
12. DEPÓSITO DE COMBUSTIBLE.
13. CARROCERÍA.
14. INSTRUMENTOS Y MANDOS EN CABINA.
15. KIT DE MANTENIMIENTO Y ARRANQUE EN FRÍO.
16. GANCHOS DE REMOLQUE.
17. SISTEMA ELÉCTRICO.
18. SEGURIDAD VIAL.
19. RUEDAS.
20. EQUIPAMIENTO COMPLEMENTARIO.
21. GENERADOR ELÉCTRICO.
22. COMPARTIMENTOS DE MATERIAL.
23. PLATAFORMA DEL TRABAJO.
24. SISTEMA DE APOYO. PUNTO 1.
25. CONJUNTO DE RESCATE EN ALTURA.
26. INSTALACIÓN ELÉCTRICA (EQUIPOS DE ILUMINACIÓN Y ALARMA ACÚSTICA).
27. ROTULACIÓN Y PINTURA.
28. EQUIPO Y DOTACIÓN DEL VEHÍCULO.
29. APORTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN POR LOS LICITADORES.
30. DOCUMENTACIÓN A APORTAR POR EL ADJUDICATARIO.
31. EQUIPO DE COMUNICACIONES.
32. PRUEBAS Y ENSAYOS PREVIOS A LA ENTREGA.
33. CRITERIOS DE ACEPTACIÓN O RECHAZO.
34.) MATRICULACIÓN PLAZO DE ENTREGA Y RECEPCIÓN.
35.) PLAZO DE GARANTÍA.
36.) FORMACIÓN.
37 ) PRECIO BASE.
38 ) CRITERIOS BASE DE ADJUDICACIÓN
1) OBJETO DEL SUMINISTRO:
El objeto del contrato es el suministro de UNA (1) AUTOESCALERA AUTOMÁTICA de 42 metros de altura de trabajo articulada que se pretende adquirir para destinar a usos múltiples y servicio de emergencias del Ayuntamiento xx Xxxx. Con el fin de conseguir altura en edificaciones ya que la actual que disponemos en el servicio tiene un alcance máximo de 30 metros.
La adquisición de la autoescalera viene determinada por la necesidad inmediata y urgente de dotar al Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento del Ayuntamiento xx Xxxx de los medios precisos y necesario para poder garantizar las labores de rehabilitación y reparación de inmuebles e infraestructuras municipales (cubiertas, canalones, bajantes, medianeras, fachadas, etc) e incluso privadas en casos de emergencias, siniestros, incendios, rescates y labores de prevención, riesgos de desprendimientos materiales de cubiertas, fachadas, etc, hasta una altura nominal de 42 m., dando cumplimiento de esta manera a la normativa vigente a nivel estatal y europeo tanto a nivel de medios y equipos como en lo determinado en las disposiciones mínimas de seguridad y salud en la materia. Por otra parte, la utilización de este tipo xx xxxxxxxx viene obligada por ley, teniendo en cuenta el tipo de edificaciones existentes en la ciudad, para garantizar en condiciones óptimas los inmuebles tanto de titularidad municipal (pabellones, polideportivos, auditorio, edificios, etc) como ajena, tanto a nivel de estabilidad, como de seguridad y obviamente en lo referente a las personas, animales y usuarios, incluyendo posibles rescates motivados por incendios u otro tipo de emergencias (temporales, siniestros, etc).
2) NORMATIVA TÉCNICA:
Los elementos objeto de este Pliego deberán cumplir, además de los requisitos contemplados en el presente pliego de prescripciones técnicas, la legislación vigente en España y la Unión Europea, así como los requisitos mínimos y con- dicciones técnicas de las normativas.- El vehículo y equipos instalados cumplirán la norma UNE-EN 1846-2 y cumplirá la clasificación de categoría 1 conforme a la norma UNE-EN 1846-1, la designación conforme a dicha norma será: Camión con equipo elevador AEA con cabina con capacidad como mínimo para tres personas con altura nominal de rescate 42 metros y con cesta de rescate para cuatro personas y con capacidad de carga como mínimo 400 kgr.
El vehículo cumplirá la norma UNE-EN 14043:2007+A1:2009 e igualmente todas las normas sobre la seguridad de las máquinas en relación a los distintos aspectos y componentes de las mismas
Las máquinas y equipos instalados en el vehículo cumplirán las disposiciones mínimas de seguridad y salud según el R.D. 1215/1997, de 18 de Julio, así como los requisitos esenciales establecidos en el R.D. 1644/2008, de 10 de Octubre, por el que se regulan las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas.
3 ) DIMENSIONES:
Para garantizar la maniobrabilidad del vehículo en las mejores condiciones en el trazado urbano, se requiere que las dimensiones y pesos máximos, con chasis y escalera montada, en orden de marcha, sean:
Longitud total inferior a 11.100 mm.
Distancia entre ejes...................................................inferior a 5.700 mm.
Anchura total............................................................inferior a 2.650 mm.
Altura total (cesta recogida)....................................inferior a 3.360 mm.
4) MOTOR:
Diesel de cuatro tiempos cumpliendo la Norma Euro 6 vigente en el momento de adjudicación con potencia mínima de 295 CV.
Podrá ser refrigerado por aire o por agua y el sistema de refrigeración tendrá suficiente eficacia para no permitir la elevación de la temperatura por encima de la admisible, aún en situación estacionaria.
Los tubos de escape se prolongarán hasta el exterior de la carrocería, dejándolos visibles, de modo que sea factible de fácil manera conectar el boquerel de los enrolladores de la instalación de extracción de humos.
No serán admitidos aquellos motores que hayan sufrido cambios o modificaciones para aumentar su potencia (sobrealimentación de inyectores y bomba de inyección, etc.) si no han sido homologados o garantizados simultáneamente por los constructores del motor y del chasis, mediante la presentación de los certificados originales correspondientes, en caso de no estar en español se aportará traducción jurada.
5 ) BASTIDOR:
El conjunto de dos ejes, estará calculado y dimensionado para poder transportar las cargas máximas fijadas por el fabricante, sin sobrepasar en ningún instante los valores límites establecidos. No serán admitidos aquellos bastidores que hayan sufrido modificaciones tales como, taladro, soldado, cortado etc., si no se han realizado de acuerdo con las normas fijadas por la firma constructora del chasis.
6 ) SUSPENSIÓN:
Suspensión delantera y trasera mediante ballestas parabólicas o sistemas de superiores prestaciones ej.: neumáticas los dos ejes estarán dotados de estabilizadores y amortiguadores telescopicos reuniendo las características
adecuadas para soportar en todo momento la carga total especificada en este pliego sin deformación permanente, aún en las más duras condiciones de utilización previstas y sin detrimento de la estabilidad del vehículo.
7 ) DIRECCIÓN:
El sistema de dirección será asistida hidráulicamente por accionamiento manual.
8 ) TRANSMISIÓN:
El tipo de tracción será trasera y los puntos de engrase del sistema serán perfectamente accesibles y practicables para la realización de las operaciones de inspección y mantenimiento.
9 ) CAJA DE CAMBIOS:
Cambio de cambios automática con convertidor de par adecuada a las características del vehículo. Dispondrá de freno motor.
10 ) TOMA DE FUERZA:
Permitirá obtener la potencia necesaria para el accionamiento de los dispositivos que lo precisen, su conexión se realizará desde la cabina con accionamiento de mando electro-neumático el cuál estará al alcance del conductor, existiendo además indicador luminoso y acústico en el salpicadero del puesto de conducción. Deberá estar homologada por el organismo competente.
11 ) FRENOS:
La unidad irá provista de frenos de disco en eje delantero y trasero, siendo el sistema neumático xx xxxxx circuito. Estará equipado con sistema antibloqueo de frenos (ABS), dispositivo antiderrapaje y de control de estabilidad. El freno de estacionamiento actuará sobre las cuatro ruedas, contará con sistema de apoyo a la frenada ESP.
El sistema neumático de frenos ha de estar garantizado ante pérdidas de presión, por un período superior a 10 horas, sin necesidad de recarga. La ubicación de los calderines de aire estarán en lugar que no dificulte o entorpezca la posterior colocación de armarios para equipamiento de material, dichos calderines tendrán fácil accesibilidad para su mantenimiento.
12) DEPÓSITO DE COMBUSTIBLE:
Capacidad mínima 120 litros.
13) CARROCERÍA:
Tendrá una disposición tal que no presente, en ninguno de sus componentes, lugares donde puedan quedar retenidos humedad o concentraciones de agua procedente de lluvia o de maniobras hidráulicas.
No se permitirá el uso xx xxxxxx para piezas soportantes de la carrocería y si se emplea para otros fines deberá estar protegida contra la humedad. No existirá ninguna superficie inaccesible o que requiera operaciones complicadas de
xxxxxxxxxx para dejarlas al descubierto, para proceder a pintarla con fines de conservación.
14 ) INSTRUMENTOS Y MANDOS EN CABINA
Con capacidad mínima para tres personas (incluido conductor), se admite doble cabina, cumplirá con lo establecido por la Norma EN 1846, los asientos contarán con cinturón de seguridad y estarán diseñados para incorporar los equipos de respiración (E.R.A). A excepción del asiento del conductor, irá provista de aire acondicionado y todos los vidrios de la cabina serán de seguridad. El asiento del conductor será regulable en altura, distancia a pedales e inclinación del respaldo, contará con dos espejos retrovisores laterales, espejo de aproximación y gran angular.
El volante será ajustable tanto en ángulo como en altura.
Además del equipo de serie contará al menos, con los siguientes dispositivos de medición y control:
- Nivel de combustible.
- Cuenta kilómetros graduado en km/h.
- Cuenta horas.
- Cuenta revoluciones graduado en r.p.m.
- Manómetro doble presión de frenos en ambos circuitos.
- Lámpara de advertencia presión en calderín.
- Termómetro de agua.
- Nivel de burbuja en cabina u otro sistema de control con indicación de posibilidad de trabajo, junta a la toma de fuerza.
- Manómetro indicador de la presión de aceite.
- Indicador de carga de baterías.
- Xxx xxxxxx freno de mano puesto.
- Mando y xxx xxxxxx de toma de fuerza conectada.
- Mando e indicadores xx xxxxx prioritarias.
- Mando de sirena acústica.
- Luz indicadora de persianas elevadas.
- Indicador de desgaste de pastillas de frenos.
- Luz indicadora xx xxxxxxxx en situación de trabajo.
15 ) KIT DE MANTENIMIENTO Y ARRANQUE EN FRÍO:
El vehículo estará equipado con calentador eléctrico del bloque de motor, cargador de baterías automático y compresor auxiliar, conectados a red exterior de
220 V de corriente alterna con testigo luminoso de vehículo conectado en salpicadero, con enclavamiento electromecánico que impida el arranque del vehículo estando conectado a la red exterior, de forma tal, que mantenga una temperatura adecuada del motor para arranque rápido, un grado de llenado de los calderines del sistema de frenos que permita la salida inmediata, así como un óptimo estado de todas las baterías del vehículo.- Se colocará un enchufe de alimentación 220 V AC en un lugar protegido con clavija exterior de suelta automática.
16 ) GANCHOS DE REMOLQUE:
El vehículo estará provisto de dispositivos de remolque delanteros y traseros con grilletes anclados a los perfiles resistentes del bastidor y anclados debidamente capaces de soportar el arrastre y elevación del vehículo en plena carga.
17 ) SISTEMA ELÉCTRICO:
El sistema eléctrico básico del vehículo estará compuesto de dos baterías 2 X 12 V
- 140 Ah como mínimo con desconectador de baterías.
Todos los circuitos estarán protegidos por fusibles calibrados y fácilmente accesibles.
Así mismo debidamente apantallados y aislados para evitar interferencias con los equipos de comunicación.
18 ) SEGURIDAD VIAL:
El vehículo dispondrá de todos los elementos de seguridad vial obligatorios, según la legislación actual como barra antiempotramiento, luces de gálibo, cinturones de seguridad, apoya cabezas, triángulos de señalización de averías y todos aquellos que garanticen el correcto y seguro funcionamiento del mismo.
19 ) RUEDAS:
Las ruedas serán las recomendadas por el fabricante del chasis para el PMA del vehículo y el uso al que irá destinado el mismo.- El vehículo se suministrará con una rueda de repuesto de idénticas características que las de las ruedas montadas se dispondrá conveniente anclada a la superestructura.
Las presiones de servicio de cada una de las ruedas quedarán reflejadas con claridad sobre cada uno de los guardabarros correspondientes (placa grabada o rotulada), y de manera complementaria sobre una placa situada en el interior de la puerta delantera izquierda.
20 ) EQUIPAMIENTO COMPLEMENTARIO.
Se incorporará el siguiente material:
- Caja herramientas equipada con:
- 1 juego de llaves fijas planas del 5 mm hasta 24 mm.
- 1 juego de llaves pipa del 5 mm hasta el 27 mm.
- 1 juego de llaves xxxxxxxx xxxxxx de 5 al 27 mm
- 1 juego de llaves de tubo de 5 al 27mm.
- 1 juego de destornilladores del 3 al 8 mm.
- 1 juego de destornilladores estrella del 2 al 7 mm.
- 1 juego de llaves xxxxx del 2 al 10 mm
21) GENERADOR ELÉCTRICO PORTATIL
E l vehículo estará equipado con un generador eléctrico con una potencia mínima de 5 KVA ubicado en lugar protegido y fácilmente extraíble y maniobrable por una sola persona, con arranque desde el puesto de mando de la escalera.
Dispondrá de los siguientes accesorios:
- Toma de tierra con dispositivo.
- Conexión trifásica con devanadera de 25 metros y correspondientes conexio- Nes.
- Recipiente para combustible 20 litros.
22 ) COMPARTIMENTOS DE MATERIAL:
Se construirán armarios a ambos lados dependiendo del espacio con capacidad libre para alojar material mayor de 3,5 m3. El más próximo a la cabina tendrá configuración alta (quedando por debajo el nivel de cabina si se trata de cabina simple y será pasante. Los restantes quedarán integrados en el espacio disponible bajo la plataforma. Estarán provistos de elementos de cerramiento, formados por persianas de láminas de aluminio de alta resistencia y con superficie xxxx en el interior, debiendo ser a prueba de agua y polvo, así como insensibles a la congelación. Se enrollarán en su parte superior, debiendo quedar alojados por el interior en un cajón hermético, permitiendo el acceso sin obstáculos a todos los compartimentos, siendo registrables desde la parte superior para mantenimiento y reparación. Para facilitar su utilización dispondrá de una xxxxxx o material de alta resistencia, sujeta a la parte inferior de la persiana que sirva de ayuda para tirar de ella cuando ésta esté en la parte más alta. El sistema de cierre será de tipo tirador. Los armarios estarán forrados interiormente con chapa de aluminio por todas sus caras, evitando así cualquier saliente que pueda dificultar la retirada del material. Todas las chapas serán de aluminio e irán debidamente selladas con silicona especial y remachadas con elementos de alta resistencia, debiendo colocarse los remaches a una distancia idónea en base a la función que desempeñen, ya sea transitable o de separación.
Los armarios llevarán bandejas, cajones y soportes necesarios para la colocación de todo el material especificado en el presente documento, y estarán construidos en aluminio los cajones y bandejas, y en material inoxidable los soportes. Además, en su parte inferior dispondrán de una serie de orificios que faciliten la salida del agua al exterior. En todo caso, se tomarán las precauciones necesarias para evitar los roces con los racores de los rollos de manguera u otras piezas con superficies rugosas y/x xxxxxx. Todos los compartimentos tendrán alumbrado de conexión automática con lámpara de control en la cabina de conducción, debiendo ir conectados a la luz de posición del vehículo.
Las bandejas extraíbles sobre carriles, y ubicadas en los armarios, que sobresalgan de la proyección horizontal del vehículo incorporarán marcado retorreflectante a 45 º blanco-rojo o material reflectante en el perfil base y por ambos laterales. Todos los cajones irán rotulados con placa identificativa del material/equipamiento que contienen en su interior.
La escalera de acceso rápido x xxxxx, se instalará en una zona superior, en disposición horizontal se instalará también el soporte para la camilla de rescate de la cesta.
La empresa adjudicataria facilitará plano de la distribución del material durante la construcción del vehículo.
23 ) PLATAFORMA DEL TRABAJO:
La estructura de base de la plataforma de trabajo estará ejecutada a base de perfiles de aluminio atornillados, sobre los que se montarán paneles antideslizantes del mismo material.
La plataforma del trabajo será accesible desde el nivel del suelo por ambos lados del vehículo, permitiendo a su vez el acceso al puesto de mando de la escalera.
Todos los puntos importantes de inspección, control y engrase, tanto del vehículo, como del conjunto de elevación (eléctrico, hidráulico, mecánico) serán fácilmente accesibles.
La plataforma de trabajo dispondrá de armarios forrados en chapa de aluminio, para la colocación de distinto material, con plafones de iluminación que permitan la visión de todos los elementos de dotación, accionados por la apertura de las persianas, con un volumen total libre no inferior a 3 m3.
Dichos armarios se cerrarán mediante persianas xx xxxxx de aluminio, estancas al agua y al polvo, y estarán provistos de las sujeciones idóneas, seguras y fáciles de operar, para cada elemento que integra la dotación de material prevista
24) SISTEMA DE APOYO:
Con el fin de proporcionar a la escalera máxima estabilidad y una amplia base de apoyo, llevará un dispositivo de bloqueo xx xxxxxxxxx (que anulará totalmente la suspensión en el eje trasero) y dispondrá de cuatro apoyos dispuestos de forma cruzada, solidarios al chasis, y capaces de soportar ampliamente los esfuerzos producidos por el trabajo de la escalera. Serán de accionamiento hidráulico con extensión y elevación independientes y de tipo variable - progresivo.
Los cilindros y tubos hidráulicos quedarán alojados en el interior del tubo de apoyo, lo que evita la exposición y desprotección de los elementos (no existirán latiguillos hidráulicos expuestos). El sistema ha de permitir que la estabilización de los cuatro apoyos pueda realizarse a diferentes alturas y con distintas longitudes.
Los soportes se pueden extender en pares o de forma individual para adaptarse de forma óptima al espacio disponible. El sistema de apoyo contará con un dispositivo que mantenga las ruedas en contacto con el terreno.
25 ) CONJUNTO DE RESCATE EN ALTURA:
El conjunto de rescate en altura del vehículo autoescalera estará compuesto por los siguientes elementos: Sistema de estabilización y apoyo, plataforma giratoria, mecanismos de maniobra y control, escalera telescópica, cesta de salvamento y dispositivos de seguridad.
El conjunto ofrecerá como mínimo, las siguientes prestaciones:
- Altura de trabajo mínima 400 kgr en cesta 40,00 m.
- Cota de trabajo bajo rasante mínimo 90 kgr en cesta.......... -4,00 m.
- Ángulo de trabajo mínimo en elevación +70º
- Ángulo de trabajo mínimo bajo rasante.............................. - 15º.
- Proyección horizontal mínimo 300 kg en cesta. 10,00 m.
Los tiempos de maniobra serán, como máximo los siguientes:
- Extensión apoyos y estabilización del vehículo. 75 seg.
- Elevación 0º - 70º máxima 50 seg.
- Extensión total a los 40 metros 50 seg.
El conjunto estará provisto de los siguientes sistemas.
- Suministro eléctrico emergencia exterior a 220 v.
- Recogida automática de: Cesta, escalera y apoyos estabilizadores.
- Memorización de movimientos.
- Movimiento automático rescate vertical.
26 ) INSTALACIÓN ELÉCTRICA: ( EQUIPOS DE ILUMINACIÓN Y ALARMA ACÚSTICA ).
La autoescalera contará, al menos, con las siguientes instalaciones de iluminación:
- Un foco orientable con lámpara de xenón, ubicado en el extremo superior del primer tramo xx xxxxxxxx, maniobrable desde el puesto de mando de la escalera y desde la cesta, mediante un motor eléctrico.
- Foco frontal de xenón instalado en cesta.
- Instalación para dos focos de 1000 w o equivalente, que podrá instalarse en la cesta, con alimentación de corriente alterna de una fuente exterior o de un generador complementario.
La autoescalera contará con los equipos de iluminación y acústicos exigidos por la Ley de Seguridad Vial y Reglamentos que la desarrollan, y además estará equipada con:
- Cuatro trompetas bitono de accionamiento neumático por compresor eléctrico.
- Equipo de megafonía exterior con sirena eléctrica de tres tonos, cambio en el claxon.
- Dos faros rotativos delanteros en cabina y un rotativo trasero, del color establecido por la normativa vigente en el momento de entrega del vehículo.
- Luces estroboscópicas delanteras y traseras.
- Iluminación de los armarios, con encendido automático al abrir las puertas, y testigo de puerta abierta en cabina.
- Iluminación perimetral de la carrocería 5 plafones.
- Avisador acústico de marcha atrás.
27 ) ROTULACIÓN Y PINTURAS:
El vehículo deberá ser rotulado conforme a las indicaciones de los servicios municipales competentes del Ayuntamiento xx Xxxx, pintura roja RAL 3000 y blanca en las partes indicadas por el servicio.
En un lugar de la carrocería y cercano a las ruedas se pintarán los datos correspondientes a la presión de inflado de los neumáticos.
Las zonas ocultas irán protegidas por doble capa de pintura especial protectora. Todos los elementos de mando y control irán debidamente identificados con rótulos en castellano.
28 ) EQUIPO Y DOTACIÓN DEL VEHÍCULO:
E l equipo y dotación material del vehículo, será suministrado por el adjudicatario, debiendo realizar la soportería, bandejas y cajones necesarios para ubicar el mismo. El equipamiento a suministrar por el adjudicatario será:
- Monitor de agua manual con lanza caudal mínimo 1.600 l/m.
- Generador eléctrico trifásico de al menos 5 kv, instalado en la plataforma.
- Soportería para dos equipos de respiración autónoma.
- Una tabla de rescate de fibra.
- Dos lanzas de 45 mm.
- Dos lanzas de 25 mm de alta presión.
- Dos bifurcaciones de 45 - 25 mm.
- Dos reducciones de 45 - 25 mm.
- Cuatro tramos de manguera de 45 y 15 metros de longitud de cuatro capas con racor barcelona en ambos extremos.
- Cuatro tramos de manguera de 25 y 20 metros de longitud de cuatro capas con racor barcelona en ambos extremos.
- Dos extintores: Agua + aditivo
- Dos extintores de CO2 de 5 kgr.
- 1 motosierra de 2,3 cv y 35 cm xx xxxxx. Bidón de gasolina y aceite.
- Una caja de herramientas. Con equipamiento estándar del servicio.
- Una caja de balizas luminosas.
- Dos mazas de 3 kgr.
- Un pico.
- Dos palas
- Un hacha.
- Dos palanquetas.
- Una cizalla manual de pico de loro.
- Una cubeta de goma flexible.
- Escobón.
Todo el material estará distribuido con sujeción en el vehículo.
29) APORTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN POR LOS LICITADORES:
Junto a la propuesta económica cada licitador entregará el resto de la documentación y el pliego de cláusulas administrativas del contrato, una memoria descriptiva del vehículo ofertado, instalaciones y dotaciones, que recoja convenientemente toda la información sobre sus características y prestaciones.
Incluirá plano general del vehículo carrozado, indicando sus cotas fundamentales, diagramas decargas, posiciones de los centros de gravedad y estudios de vuelco, especificará la masa en vacío, la masa total en carga y la masa total autorizada en carga, tal como vienen definidas por la UNE-EN 1846-2.
Dentro de la memoria el licitador informará sobre la organización de que disponen en España, en referencia a la ubicación de sus instalaciones industriales propias, oficinas técnicas, talleres, almacén de repuestos y, en su caso, de los servicios, propios o concertados, de mantenimiento y reparaciones.
Incluirá una relación de los vehículos autoescaleras que haya suministrado en los últimos tres años a otras entidades, con indicación, en cada caso, de éstas, de la fecha de suministro y de las características básicas de los mismos..
La memoria se presentará por duplicado y en castellano.
30 ) DOCUMENTACIÓN A APORTAR POR EL ADJUDICATARIO.
A la entrega del vehículo presentará toda la documentación o información prevista en las normas UNE-EN 1846-2 Y UNE-EN 14043, y también en relación con las máquinas instaladas en el vehículo incluidas dentro del ámbito de aplicación del
R.D. 1644/2008, de 10 de octubre, presentará la documentación complementaria necesaria.
Deberá entregar la siguiente documentación:
- Certificados y documentos técnicos de fabricación del chasis y el motor, y de fabricación y montaje de las instalaciones, expedidos por sus constructores.
- Certificados de las pruebas y ensayos.
- Manual del curso de formación.
Además de los documentos mencionados, el SEIS del Ayuntamiento xx Xxxx podrá pedir otros complementarios para el mejor conocimiento de aquellos aspectos que requiera.
31) EQUIPO DE COMUNICACIONES:
El vehículo se entregará equipado con los sistemas que se describen a continuación y estos sistemas estarán operativos en el momento de la recepción, conforme a los criterios operativos del servicio e integrados con las correspondientes infraestructuras ya existentes.
Sistema de radio: Se suministrará instalado, operativo e integrado en la red de radio del servicio, conforme a los criterios de instalación y especificaciones técnicas que definan los responsables del servicio. Este sistema estará formado por:
- Un equipo de radio móvil, de iguales características y prestaciones que los utilizados por el servicio en ese momento.
- El equipo estará configurado y parametrizado para ser operativo en la red de radio del servicio.
- La instalación y mecanización del equipo permitirá que en caso de necesidad, pueda sustituirse este equipo por otro existente, sin modificación alguna de la instalación.
- Altavoces externos en cabina, que garanticen un nivel de audio adecuado a las condiciones de trabajo habituales del vehículo, conforme a especificaciones definidas por el servicio para estas instalaciones.
Sistema de navegación: Se suministrará instalado, operativo e integrado con los sistemas de navegación y de gestión de emergencias, conforme a los criterios de instalación y especificaciones técnicas y operativas que definan los responsables del servicio. Este sistema estará formado por:
Un monitor, una unidad de proceso, cartografía navegable, el equipo estará configurado y parametrizado para ser operativo con la red de radio del servicio e integrado con los sistemas de navegación operativos en el servicio.
La instalación y mecanización del equipo permitirá que en caso de necesidad, pueda sustituirse cualquier elemento del equipo suministrado, por otro existente en el repuesto, sin modificación alguna de la instalación.
Altavoces externos en cabina, con regulación de volumen y que garanticen un nivel de audio adecuado a las condiciones de trabajo habituales del vehículo.
Sistema de alimentación: Todos los equipos instalados estarán alimentados desde la batería del vehículo, a través de los adecuados conversores de tensión y con las protecciones eléctricas necesarias.
Asimismo, deberá entregar la siguiente documentación:
32) PRUEBAS Y ENSAYOS PREVIOS A LA ENTREGA.
Los servicios técnicos competentes del Ayuntamiento xx Xxxx podrá solicitar la comprobación del cumplimiento de las condiciones exigidas en este pliego sobre las prestaciones y/o cumplimiento de las normas y condiciones técnicas requeridas.
Las pruebas podrán ejecutarse, bien en las propias instalaciones del adjudicatario, en presencia, en este caso, de personal del Ayuntamiento xx Xxxx o de técnicos designados al efecto, o bien, a juicio del adjudicatario, en las instalaciones de un organismo independiente que sea competente para ello. Alternativamente, en función de los medios que posea el adjudicatario, parte de las pruebas podrán realizarse en las instalaciones, y las restantes en las de un organismo independiente.
33 ) CRITERIOS DE ACEPTACIÓN O RECHAZO
Si todas las pruebas efectuadas satisfacen las condiciones, el vehículo será aceptado.
Si no supera alguna de las pruebas, se realizarán las reparaciones o sustituciones que procedan, por cuenta del adjudicatario y en el plazo que se le asigne, que será proporcional a la importancia de los trabajos a realizar. Finalizados éstos, se repetirán las pruebas afectadas y, en el caso de que las supere, el vehículo será aceptado.
Si nos la supera, el vehículo será rechazado, salvo que el motivo de la disconformidad afecte únicamente a un componente, módulo, conjunto o circuito determinado, caso en el que habrá de ser sustituido el elemento concreto afectado.
34 ) MATRICULACIÓN PLAZO DE ENTREGA Y RECEPCIÓN.
La entrega del vehículo, conjuntamente con la documentación se realizará en las dependencias que indiquen los servicios técnicos competentes del Ayuntamiento xx Xxxx en fecha y hora concertada, previa superación favorable de todas las pruebas y ensayos.
En el momento de la entrega vendrá equipado con la totalidad de los materiales que conforman su dotación y que deban ser suministrados por el adjudicatario, colocados en sus soportes o ubicaciones correspondientes.
El vehículo debe ser entregado matriculado a cargo del propio adjudicatario, y autorizado legalmente para realizar las tareas a las que estará encomendado.
Hecho esto y en un plazo no superior a 15 días naturales desde la entrega, se procederá a formalizar la recepción.
El plazo máximo de entrega será de 12 meses a partir de la fecha de formalización del contrato.
35) PLAZO DE GARANTÍA:
El plazo de garantía sobre el conjunto será de veinticuatro meses y empezará a contar desde la fecha de recepción. Durante este plazo será de cuenta del adjudicatario todas las reparaciones que sean precisas, incluyendo material y mano de obra, tanto por deficiencias del material como por defectuosa construcción, así como los mantenimientos que procedan en el chasis del vehículo, en el cuerpo de escala y en los accesorios.
Asi mismo durante los 5 primeros años la revisión anual en cumplimientos de las normas UNE, ha de ser por cuenta del adjudicatario (excepto recambios).
36) FORMACIÓN:
Curso de 5 días de duración, de forma que se cubran todos los turnos de trabajo del parque, formación a toda la plantilla de este parque en: Terminología, características y accesorios del vehículo, operación de la plataforma, dispositivos de control, formación práctica y mantenimiento.
37) PRECIO BASE
El presupuesto para el mencionado suministro es de nueve cientos cuarenta y nueve mil ochocientos cincuenta euros (949.850 e ).”
TERCERO.- Aprobar el gasto de 949.850 euros con cargo a la aplicación 93301.62400 del vigente Presupuesto general de 2014 (RC 46617) (C.P: 14RTSP12).
CUARTO.- Aprobar la adjudicación por procedimiento abierto, de acuerdo con el dispuesto en los artículos 157 y siguientes del Real decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos del sector público.
QUINTO.- Publicar el anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxx así como en el perfil del contratante del Ayuntamiento xx Xxxx.