PLIEGO DE CLAUSULAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR EL PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACION DEL CONTRATO PARA LA REALIZACION DE LA PLANIFICACIÓN, EJECUCIÓN Y CONTROL DE LA CAMPAÑA DE PUBLICIDAD EN TELEVISIÓN DE LA RIOJA TURISMO EN 2016
PLIEGO DE CLAUSULAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR EL PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACION DEL CONTRATO PARA LA REALIZACION DE LA PLANIFICACIÓN, EJECUCIÓN Y CONTROL DE LA CAMPAÑA DE PUBLICIDAD EN TELEVISIÓN DE LA RIOJA TURISMO EN 2016
INDICE
1. OBJETO XXX XXXXXX Y DEL CONTRATO
2. DOCUMENTACION CONTRACTUAL
3. PRESUPUESTO DE LICITACION Y PRECIO DEL CONTRATO
4. PLAZO DE EJECUCIÓN
5. REGIMEN JURÍDICO
6. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION
7. CAPACIDAD PARA CONTRATAR DE LAS EMPRESAS
8. REQUISITOS DE SOLVENCIA DE LAS EMPRESAS
9. GARANTÍA PROVISIONAL
10. GARANTÍA DEFINITIVA
11. PRESENTACION DE PROPOSICIONES
12. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
13. APERTURA Y EXÁMEN DE OFERTAS
14. CRITERIOS DE ADJUDICACION
15. ADJUDICACION
16. DOCUMENTACION
17. DOCUMENTO DE FORMALIZACION
18. REGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
19. SUMISION DEL ADJUDICATARIO A LOS PLIEGOS Y AL CONTRATO IV.-ANEXOS
ANEXO I. MODELO DE OFERTA ECONOMICA ANEXO II. CONTRATO TIPO
1. DISPOSICIONES GENERALES
1. OBJETO XXX XXXXXX Y DEL CONTRATO
1.1. El presente Pliego de Cláusulas Particulares tiene por objeto establecer el procedimiento, las normas y los criterios por los que se regirá el procedimiento para la adjudicación del contrato que se formalizará para la realización de los trabajos de planificación, ejecución, seguimiento y medición de resultados de la campaña de publicidad de La Rioja Turismo en televisión convencional y online correspondiente al año 2016, de acuerdo con las condiciones establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, así como el establecimiento de las cláusulas contractuales que determinaran los derechos y obligaciones de las partes contratantes.
1.2. No se admite la presentación de variantes al objeto definido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
1.3. Se valorará la presentación de mejoras, únicamente sobre los elementos y en los términos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas, que en todo caso, estaban comprendidas en el precio de licitación del contrato.
2. DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL
2.1. Además del Contrato y sus Anexos, tendrán carácter contractual los siguientes documentos:
2.1.1. EI presente Pliego de Cláusulas Particulares y sus Anexos.
2.1.2. El Pliego de Prescripciones Técnicas.
2.2. Los interesados podrán consultar y obtener copias de los Pliegos de Cláusulas Particulares y de Prescripciones Técnicas Particulares a través del perfil de contratante de LA RIOJA TURISMO en la web xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx, e-mail: xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx y en el domicilio social de La Rioja Turismo, SAU en la xxxxx Xxx Xxxxxx, 00. 00000 xx Xxxxxxx (Xx Xxxxx). Teléfono 000 000 000 y Fax 000 000 000.
3. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y PRECIO DEL CONTRATO
3.1. El presupuesto máximo que servirá de base a la licitación es de 500.000 € IVA incluido y que corresponde al siguiente desglose:
Precio del contrato: 413.223,14 € IVA al 21% 86.776,86 €
TOTAL con IVA 500.000,00 €
El precio del Contrato será el que se deduzca de la oferta presentada por el licitador que resulte adjudicatario, debiendo comprender la completa realización de los trabajos enumerados en el Pliego de Prescripciones Técnicas y, en su caso, de las mejoras propuestas por el adjudicatario en los términos establecidos en el referido Pliego.
3.2. El precio del contrato, fijado como se establece en el previo apartado 3.1. anterior, no será objeto de revisión.
3.3. En dicho precio se entenderán incluidos, y serán de cuenta de la empresa adjudicataria, sin que pueda repercutirlos separadamente a LA RIOJA TURISMO, todos los tributos, tasas, cánones de cualquier índole que fuesen de aplicación y los gastos necesarios para la completa ejecución del objeto del presente contrato; en concreto, pero no exclusivamente, se consideran incluidos los gastos necesarios para la obtención de autorizaciones, licencias, documentos, avales o cualquier otra información de organismos oficiales o particulares; los derivados de la contratación de los pertinentes seguros de responsabilidad civil, de daños o de cualquier otro tipo; y todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, que resulten de aplicación. La empresa adjudicataria correrá con dichos importes y también se encargará de realizar todas las gestiones para su obtención. Se considera expresamente incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, que consta en el desglose del precio especificado en el apartado 3.1 anterior.
3.4. Los gastos de publicidad de la licitación y adjudicación del contrato, serán de cuenta del adjudicatario, tanto en los boletines oficiales como en otros medios de difusión, hasta un limite máximo de 1.000,00 €.
4. PLAZO DE EJECUCIÓN
4.1. Los trabajos objeto del contrato que se adjudicará de conformidad con el presente Xxxxxx habrán de ejecutarse con arreglo a las fechas que para la campaña se fijen por LA RIOJA TURISMO en ejercicio de sus funciones de supervisión y dirección. En todo caso, el contrato comprenderá la ejecución de los trabajos previstos en el Pliego de Prescripciones Técnicas y estará vigente desde la fecha de su perfección y hasta el 31 de diciembre de 2016.
4.2. Serán también obligatorios para el adjudicatario, en su caso, los plazos que deriven de su oferta o del plan o calendario de trabajo presentado por el mismo.
5. RÉGIMEN JURÍDICO
5.1. EI contrato a que se refiere el presente Pliego, conforme al articulo 20.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público de 14/11/11 (TRLCSP), tiene la consideración de contrato privado, y sus efectos y extinción se regirán por lo dispuesto en el Contrato y en este Pliego de Cláusulas Particulares y en el Pliego de
Prescripciones Técnicas y, supletoriamente, por lo dispuesto en el ordenamiento jurídico privado español.
5.2. En virtud de lo previsto en el citado artículo 20.2 TRLCSP, la presente contratación queda sujeta a las prescripciones de dicha Ley en lo concerniente a su preparación y adjudicación, en los términos establecidos en los arts. 137 y 190 LCSP, aplicándose supletoriamente las restantes normas de derecho privado.
II. CLAUSULAS ESPECIALES DE LICITACIÓN
6. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
6.1. De conformidad con lo previsto en el articulo 109.4 LCSP, la empresa pública LA RIOJA TURISMO SAU ha determinado que la tramitación de la presente contratación será ordinaria, y se llevará a cabo por procedimiento abierto, puesto que se considera que los criterios de valoración no han de ser exclusivamente económicos, en consideración a la relevancia de los aspectos técnicos a proponer por los licitadores para la selección de la oferta más ventajosa.
7. CAPACIDAD PARA CONTRATAR DE LAS EMPRESAS
7.1. Podrán licitar y, en su caso, resultar adjudicatarias del contrato, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, cuyo objeto social o actividad comprenda las prestaciones objeto del Contrato, según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales, que tengan plena capacidad para obrar, que no estén incursas en una prohibición de contratar y que acrediten, a través de los medios establecidos en este Pliego, una solvencia económica, financiera y técnica suficiente para la correcta ejecución del objeto del contrato, conforme se establece en los apartados siguientes de esta misma cláusula. Asimismo, los empresarios deberán contar con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituye el objeto del contrato.
7.2. Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar ante LA RIOJA TURISMO que, con arreglo a la legislación del Estado en que están establecidas, se encuentran habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Deberán además acreditar, en su caso, que cuentan con la autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar el servicio de que se trate en el Estado en que se encuentran establecidas cuando la legislación del mismo así lo exija.
7.3. Podrán asimismo presentar proposiciones uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, de conformidad con dispuesto en el artículo 59 LCSP. Cada uno de los empresarios que compongan la agrupación deberá tener y acreditar plena capacidad de obrar. Cuando concurran en la unión empresarios nacionales, extranjeros no comunitarios o extranjeros comunitarios, los dos primeros deberán acreditar su clasificaci6n y los últimos, en defecto de esta, su solvencia
económica, financiera y técnica o profesional, de conformidad con lo exigido en este Xxxxxx.
8. REQUISITOS DE SOLVENCIA DE LAS EMPRESAS
8.1. Los empresarios españoles, y los extranjeros de Estados que no formen parte de la Unión Europea, deberán acreditar haber obtenido previamente la correspondiente clasificación en el Grupo T, Subgrupo 1, Categoría D.
Además de acreditar su clasificación, o en su caso, su solvencia, los empresarios deberán comprometerse a dedicar a la ejecución del contrato los medios personales y materiales suficientes para ello.
8.2. Los empresarios no españoles de estados miembros de la Unión Europea que concurran al contrato aisladamente o integrados en una unión, deberán acreditar ante LA RIOJA TURISMO que cuentan con la solvencia económica y financiera, y técnica o profesional necesarias.
A tal efecto, se entenderá que una empresa tiene suficiente solvencia económica y financiera para la correcta ejecución del objeto del contrato, cuando acredite que el importe neto de la cifra de negocios de cada uno de los tres últimos ejercicios depositados sea superior al cuádruplo del presupuesto base de licitación sin IVA de este contrato.
Y se entenderá que tiene suficiente solvencia técnica cuando acredite haber ejecutado en los últimos tres años contratos de servicios cuyo objeto coincida con el de la presente convocatoria por un importe global superior doce veces del presupuesto base de licitación sin IVA de este contrato y al menos uno de dichos contratos ejecutados en los últimos tres años sea por importe igual o superior al de la presente convocatoria.
9. GARANTIA PROVISIONAL
9.1. Exigencia y constitución de la garantía.
9.1.1. Los empresarios que concurran a la licitación deberán acreditar la constitución previa a favor de La Rioja Turismo SAU de una garantía provisional equivalente al dos por ciento (2%) del presupuesto base de licitación sin IVA, que responderá del mantenimiento de sus ofertas.
9.1.2. En el caso de uniones temporales de empresarios, las garantías provisionales podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida en este Pliego y se garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal.
9.1.3. La garantía se constituirá ante LA RIOJA TURISMO, en alguna de las formas previstas en el artículo 96 de la TRLCSP.
9.2. Devolución y ejecución.
9.2.1. La garantía provisional permanecerá vigente hasta que LA RIOJA TURISMO adjudique el contrato.
Una vez realizada la adjudicación, la garantía provisional quedara extinguida, acordándose su devolución para todos los licitadores, excepto para el empresario adjudicatario, a quien se le retendrá la garantía provisional hasta la constitución de la garantía definitiva.
9.2.2. Si algún licitador retira su proposición injustificadamente antes de la adjudicación, o si el adjudicatario no cumpliese las obligaciones que le impone el párrafo segundo del artículo 151.2 TRLCSP o, por causas imputables al mismo, no pudiese formalizarse en plazo el contrato, se procederá a la ejecución de la garantía provisional. La falta de contestación a la solicitud de información en los supuestos de presunción de desproporción o anormalidad de la oferta presentada, o el reconocimiento por parte del licitador de que su proposición adolece de error, o inconsistencia que la hagan inviable, tendrán la consideración de retirada injustificada de la proposición.
10. GARANTÍA DEFINITIVA
10.1. EI adjudicatario deberá constituir y poner a disposición de LA RIOJA TURISMO la garantía definitiva por importe del cinco por ciento (5%) del importe de adjudicación sin IVA, que deberá prestarse en alguna de las formas establecidas en el artículo 96 de la TRLCSP.
10.2. Si, como consecuencia de la modificación del Contrato, el valor de las prestaciones contratadas experimentase variación, se reajustara la garantía constituida en la cuantía necesaria para que se mantenga la debida proporcionalidad entre la garantía y el presupuesto de los trabajos vigentes en cada momento.
10.3. La garantía será cancelada y devuelta una vez hayan sido recibidos y aceptados definitivamente por LA RIOJA TURISMO, a su plena satisfacción, los trabajos objeto del Contrato y siempre que exista conformidad sobre la liquidación de los mismos.
10.4. La garantía definitiva responderá de las penalidades impuestas al adjudicatario con motivo de la ejecución del Contrato o de su eventual resolución; del reintegro de las cantidades que, en su caso, LA RIOJA TURISMO hubiera abonado en exceso al adjudicatario; de los daños y perjuicios derivados del incumplimiento de sus obligaciones, incluso los que pudieran ser reclamados a LA RIOJA TURISMO por terceros y, con carácter general, del cumplimiento de todas las obligaciones del adjudicatario.
10.5. De no cumplirse este requisito por causas imputables al adjudicatario, LA RIOJA TURISMO podrá declarar resuelto el Contrato.
11. PRESENTACION DE PROPOSICIONES
11.1. Las proposiciones serán entregadas directamente en el domicilio social de LA RIOJA TURISMO, que se indica en la cláusula 2.2 del presente pliego, o enviadas por correo certificado. EI plazo de presentación o de envió finalizara el 01/08/2016 (14:00) horas para la presentación directamente en el domicilio de LA RIOJA TURISMO y a las veinticuatro (24:00) horas si se remite por correo certificado. Cuando las proposiciones se envíen por correo certificado, se incluirán los sobres señalados en la cláusula siguiente en el interior de otro sobre x xxxxxx de remisión, debiendo justificarse la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos. Simultáneamente a la presentación de la precitada documentación en la oficina de Correos, se deberá anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante correo electrónico (xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx) y fax (000000000) en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición, si es recibida con posterioridad a la indicada fecha de terminación del plazo de presentación de proposiciones. En cualquier caso, transcurridos los diez días naturales siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación sin que LA RIOJA TURISMO haya recibido la propuesta, esta no será admitida.
11.2. La oferta y la documentación que se acompañe se presentarán en idioma castellano, y si los documentos originales están en otro idioma, deberá acompañarse traducción jurada de los mismos.
11.3. La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicionada por parte de los licitadores del contenido de la totalidad de las cláusulas de este Pliego y del de Prescripciones Técnicas y sus Anexos sin salvedad alguna, así como las contenidas en el Contrato y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con LA RIOJA TURISMO.
11.4. Las ofertas tendrán una validez de seis meses desde la apertura de proposiciones.
11.5. Ningún concursante podrá presentar más de una oferta, ni suscribir ninguna otra en unión temporal o agrupación con otros si lo ha hecho individualmente, ni figurar como miembro de más de una unión temporal o agrupación. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las ofertas por él suscritas.
12. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
12.1. Las proposiciones constaran de tres (3) sobres, numerados, cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, en cada uno de los cuales se hará constar:
12.1.1. Numero del sobre y su respectivo contenido.
12.1.2. Nombre y apellidos del licitador o razón social del empresario o empresa licitadora, C.I.F. o N.I.F., en su caso; dirección completa, teléfono y fax del licitador actualizados, a efectos de las comunicaciones que se deriven de la presente licitación.
12.1.3. La denominación del procedimiento de licitación: «CONTRATO PARA LA REALIZACION DE LA PLANIFICACIÓN, EJECUCIÓN Y CONTROL DE LA CAMPAÑA DE PUBLICIDAD EN TELEVISIÓN CONVENCIONAL Y ONLINE DE LA RIOJA TURISMO EN 2015»
12.2. Sobre numero 1. "DOCUMENTACIÓN GENERAL":
Este sobre contendrá los documentos originales o auténticos; en caso de ser notariales, ajustados a los requisitos que establece el Reglamento Notarial respecto de la legalización y legitimación; y en caso de que sean administrativos, originales o copias debidamente compulsadas. Se incluirá asimismo, en hoja independiente, un índice de su contenido.
12.2.1. DOCUMENTOS COMUNES PARA TODOS LOS LÍCITADORES:
A) Documentos que acrediten, en su caso, la representación.
Las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otra persona, física o jurídica, presentarán poder bastante al efecto y fotocopia legitimada notarialmente de su D.N.I. o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. Si el licitador representado fuera persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el Art. 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
B) Compromiso de constitución de Unión Temporal de Empresas, en su caso.
En caso de concurrir a la licitación varias empresas, constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad, capacidad y representación. Además, deberán indicar en un documento firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión Temporal los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriban la proposición, el porcentaje de participación de cada una de ellas en la unión y la responsabilidad solidaria de cada una de ellas frente a LA RIOJA TURISMO y cualesquiera terceros, así como la persona o entidad que, durante la vigencia del Contrato, haya de ostentar la plena representación de la Unión Temporal de Empresas frente a LA RIOJA TURISMO, y el compromiso de constituirse formalmente en Unión Temporal, caso de resultar adjudicatarios.
C) Declaración de no estar incurso en prohibición de contratar.
Declaración responsable de no hallarse incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 de la TRLCSP. Dicha declaración comprenderá además expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba exigirse
antes de la adjudicación definitiva a los que vayan a resultar adjudicatarios del contrato, a cuyo efecto se les concederá un plazo máximo de quince días hábiles contados desde la fecha que se le requiera como licitador de la oferta más ventajosa.
Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable otorgada ante una autoridad judicial.
D) Garantía provisional
Resguardo acreditativo de la garantía provisional constituida.
E) Declaración sobre empresas pertenecientes al mismo grupo.
Declaración, si es el caso, de las empresas pertenecientes al mismo grupo que el licitador, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del articulo 42.1 del Código de Comercio, o de sociedades en las que concurran alguno de los supuestos alternativos establecidos en el articulo 42.1 del Código de Comercio, respecto de los socios que las integran, que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación del presente Contrato.
F) Domicilio y datos a efectos de notificaciones.
En hoja independiente bajo el titulo "NOTIFICACIONES" y a efectos de las que procedan en relación con la presente licitación, se hará constar el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora, su dirección completa, número de teléfono y numero de fax, que deberán ser coincidentes con los que figuren en los sobres de la licitación.
12.2.2. DOCUMENTOS ESPECÍFICOS PARA LOS DIFERENTES GRUPOS DE L1CITADORES:
A) Licitadores españoles:
Además de los documentos comunes indicados los licitadores españoles deberán presentar la siguiente documentación:
a. Documentos que acrediten su capacidad. La capacidad de obrar de los licitadores que fueren personas jurídicas se acreditara mediante la escritura de constitución y modificación, en su caso, debidamente inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constarán las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso en el correspondiente Registro Oficial.
b. Para los empresarios individuales será obligatoria la presentación de la fotocopia legitimada notarialmente del Documento Nacional de Identidad o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
c. Certificado de clasificación para contratar con la Administración en el grupo, subgrupo y categoría que se expresa en la cláusula 8.1 del presente Xxxxxx, así como declaración responsable de que las circunstancias reflejadas en dichos certificados no han experimentado variación.
d. Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo justificar el estar en posesión de la clasificación exigida en el plazo previsto para la subsanación de defectos u omisiones en la documentación.
B) Licitadores no españoles de Estados Miembros de la Unión Europea.
Además de los documentos comunes indicados estos licitadores deberán presentar la siguiente documentaci6n:
a. Documentos que acrediten su capacidad. La capacidad de obrar se acreditara mediante la presentación de certificaciones indicativas de la inscripción en los Registros procedentes de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
b. Declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto pudieran surgir del Contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
c. Las Cuentas Anuales depositadas en el Registro oficial o público que corresponda, que contengan los importes correspondientes a los tres últimos ejercicios aprobados.
d. Declaración sobre el volumen global de negocios correspondiente a los tres últimos ejercicios disponibles (importe neto de la cifra de negocios).
e. Una declaración responsable de todos los contratos ejecutados por el licitador en los últimos tres años cuyo objeto coincida con el del presente contrato, que deberá reflejar el contenido del contrato, el destinatario, publico o privado, de los servicios, la fecha de ejecución y el importe.
C) Restantes licitadores extranjeros.
Además de los documentos comunes indicados, estos licitadores deberán presentar la siguiente documentación:
a. Documentos que acrediten su capacidad. La capacidad de obrar se acreditara mediante informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
b. Informe de la Misión Diplomática Permanente española sobre reciprocidad a que se refiere el artículo 44.1 TRLCSP o acreditación sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contrataci6n Publica de la Organización Mundial del Comercio.
c. Declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto pudieran surgir del Contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
d. Certificado de clasificación para contratar con la Administración en el grupo, subgrupo y categoría que se expresa en la cláusula 8.1 del presente pliego, así como declaración responsable de que las circunstancias reflejadas en dichos certificados no han experimentado variación.
e. Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo justificar el estar en posesión de la clasificación exigida en el plazo previsto para la subsanación de defectos u omisiones en la documentación.
12.3 Sobre número 2. “OFERTA TÉCNICA”
Las propuestas deberán incluir los elementos detallados a continuación según corresponda, y en cualquier caso las referencias necesarias para ser objeto de valoración conforme a lo dispuesto en la presente convocatoria. Las ofertas deberán contener al menos los siguientes aspectos:
12.3.1. Descripción esquemática de la empresa, medios técnicos actuales, especialmente en cuanto a contratación de medios, personas que se dedicarían a la cuenta y cuantos otros datos se consideren necesarios para el mejor conocimiento de la empresa.
12.3.2. Plan de Medios indicando la actuación publicitaria que se considere más idónea para llevar a cabo la Campaña de acuerdo con los objetivos y características marcados en este pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
12.3.3. Resumen óptico indicándose:
• Fechas de actividad y soportes a utilizar.
• Coeficiente de afinidad por soporte y global xx xxxxxxx.
• Cobertura total sobre core target.
• GRP's core target, GRP’s target de compra
• OTS's de target compra y core target estimados por soporte y globales xx xxxxxxx.
• Por soporte se especificara distribución de la campaña por franjas, grupos (sobremesa, tarde, prime time noche 1) en %. Y posicionamiento, % pases posicionados indicándose franja (prime time o day time) y posición.
• CPM por soporte y por campaña. Formatos, campañas y acciones de impacto on line. Número estimado de visualizaciones on line del spot. Cobertura total xx xxxxxxx sobre el core target.
12.4 Sobre número 3. “OFERTA ECONÓMICA” En el sobre numero 3 se incluirán el documento:
12.4.1. Una única oferta económica, ajustada al modelo que se incluye como Anexo I del presente pliego. En el precio ofertado se considerarán comprendidos todos los gastos relacionados en el apartado 3.3 de estos pliegos. El importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido, deberá indicarse en la proposición como partida independiente.
La proposición se presentará escrita a maquina y no se aceptarán aquellas que contengan omisiones, errores, tachaduras o enmiendas que impidan conocer claramente la oferta.
La proposición presentada por una Unión Temporal de Empresas deberá estar firmada por los representantes de cada una de las empresas componentes de la citada Unión.
Cuando el firmante actúe como Director, Apoderado, etc... de una empresa o de un tercero, hará constar claramente su apoderamiento o representación.
Para la determinación de la baja ofertada, en su caso, por cada licitador se restará de la base cien el porcentaje que resulte de dividir el importe de la oferta económica de cada candidato entre el importe del presupuesto de licitación.
Las proposiciones que excedan del precio de licitación serán rechazadas.
13. APERTURA Y EXAMEN DE OFERTAS.
13.1. Concluido el plazo de presentación de proposiciones, el Órgano de contratación procederá a la apertura y examen de los documentos incluidos por los licitadores en el Sobre nº 1, presentados en tiempo y forma.
Si el Órgano de Contratación observara omisiones o defectos formales en la documentación presentada en los sobres podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres (3) días hábiles para que el licitador los subsane. Si la
documentación adoleciera de defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición.
En este caso, se comunicara el rechazo de la proposición a los licitadores excluidos y se devolverá al licitador los sobres nº 2 y 3 sin abrir.
13.2. La fecha para la apertura de ofertas será debidamente comunicada a los participantes admitidos y en la misma se procederá a la apertura del Sobre nº 3 "Oferta económica". Comprobada la documentación incorporada a cada una de ellas, el Órgano de Contratación indicará las excluidas por no ajustarse a las bases explicitadas en este Pliego.
El Órgano procederá a la apertura y examen de las proposiciones y a su valoración mediante los criterios de valoración que se recogen en el presente Xxxxxx, recabando para ello los informes técnicos que considere precisos, y formulará la adjudicación que estime pertinente, haciendo constar en ella la proposición que, en su caso, considere mas ventajosa teniendo en cuenta los criterios de valoración reflejados en los apartados precedentes del presente Pliego o proponiendo que se declare desierto el procedimiento.
14. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Los criterios de valoración y puntuaciones que han de servir de base para la adjudicación serán los siguientes:
OFERTA ECONÓMICA Entre 0 y 20 puntos. OFERTA TÉCNICA. Entre 0 y 80 puntos.
14.1 OFERTA TÉCNICA
Se valorarán y ponderarán las diferentes propuestas, de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Eficacia, impacto y alcance de la campaña TV Hasta 50 puntos Valorándose:
- Cobertura, hasta 10 puntos
- Frecuencia, hasta 10 puntos
- GRP's hasta, 10 puntos
- Posicionamiento de la campaña, hasta 5 puntos
- % Prime time, hasta 5 puntos
- Afinidad campaña, hasta 10 puntos
b) Eficacia, impacto y alcance de la campaña On line, hasta 20 puntos
Valorándose:
- Aprovechamiento de los formatos y soportes de la On line TV, con especial interés en Youtube y las plataformas de TV a la carta y On line TV xx xxxxxxx convencionales, hasta 10 puntos
- Uso de formatos innovadores en soporte video on line que reviertan en un impacto extra de la campaña, hasta 3 puntos
- Numero total de visualizaciones estimadas por la campaña, hasta 7 puntos.
c) Mejoras presentadas sobre el pliego, hasta 10 puntos Valorándose:
Se considerará como mejora a la campaña cualquier extra no presente en el pliego
relativo a:
- Negociaciones especiales con las cadenas para hacer acciones no convencionales fuera de la pauta habitual de publicidad
- Cualquier acción creativa en planificación de medios que pueda aumentar la visualización de la campaña y su difusión.
- Estudios de impacto que sirvan para medir la eficacia de la campaña
- Acciones no convencionales de difusión de la campaña que no impliquen un sobrecoste pero ayuden a mejorar la efectividad.
La oferta técnica deberá presentarse en papel, y podrá incluirse, a mayores, en soporte magnético.
Serán descartadas las ofertas que no alcancen, en esta fase de valoración, al menos la mitad de la puntuación máxima prevista para cada criterio y, en su conjunto, al menos sesenta de los ochenta puntos posibles.
14.2. OFERTA ECONÓMICA
Se considerará como mejor oferta, y valorara hasta el máximo de 20 puntos, a la propuesta por el menor precio. A las demás propuestas económicas se les adjudicara la puntuación que corresponda al aplicar una proporción inversa siguiendo la siguiente formula:
Se otorgarán 20 puntos a la oferta más baja y al resto proporcionalmente según se expone:
PL – PO
x 20 puntos PL – POB
Siendo:
PL: Precio de licitación PO Precio ofertado
POB: Precio de la oferta más baja
De acuerdo con el articulo 152.3 del TRLCSP, cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, por ser su presupuesto inferior al valor correspondiente al 90% del presupuesto medio de todas las ofertas, por grupos homogeneizados, el Órgano dará audiencia al licitador que la haya presentado a fin de que justifique la valoración de la oferta y las condiciones de la misma, a fin de apreciar, en su caso, que la proposición o las proposiciones afectadas no pueden ser cumplidas como consecuencia de su desproporcionalidad o anormalidad, en cuyo caso se procederá conforme dispone el articulo 152.4 del TRLCSP.
No obstante, a efectos de la determinación de la media aritmética de las ofertas presentadas, si entre las mismas existe alguna que sea superior a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
15. ADJUDICACIÓN
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa en función de los criterios establecidos en el pliego, para que dentro del plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y seguridad social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, (si no la hubiera presentado anteriormente) y cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato.
Asimismo, previamente a la adjudicación del contrato, el adjudicatario deberá aportar la garantía definitiva mencionada en la cláusula décima del presente pliego.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El órgano de contratación en resolución motivada, adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, dicha resolución será notificada a los licitadores y publicada en el perfil del contratante de La Rioja Turismo.
III. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
16. DOCUMENTACIÓN
16.1. Con anterioridad a la formalización del Contrato, el adjudicatario deberá acreditar ante LA RIOJA TURISMO el abono de los gastos de los anuncios de licitación y adjudicación así como aquellos documentos complementarios que fuesen requeridos por el órgano de contratación.
16.2. En el caso de que el adjudicatario fuera una Unión Temporal de Empresas, esta deberá acreditar la constitución de la misma en escritura pública y el CIF asignado a la UTE, dentro del plazo otorgado para la formalización del Contrato, así como la designación de la persona que, en calidad de gerente único o apoderado de ésta, actuará en su representación frente a LA RIOJA TURISMO.
17. DOCUMENTO DE FORMALIZACIÓN
17.1. El adjudicatario deberá suscribir, cuando sea requerido para ello, y una vez transcurrido un periodo de 15 días hábiles desde la fecha de la notificación de la adjudicación del contrato, el correspondiente documento de formalización del mismo, según el modelo que se adjunta a este Pliego como Contrato-tipo y como Anexo II.
17.2. En caso de que no se llegase a formalizar el Contrato LA RIOJA TURISMO podrá optar acordar la resolución del mismo así como la incautación de la garantía constituida.
17.3. El Contrato podrá formalizarse en escritura pública cuando así lo solicite cualesquiera de las partes, siendo en tal caso los gastos e impuestos que dicho otorgamiento implique de cuenta exclusiva de la parte que lo hubiere requerido.
18. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
18.1. Las cláusulas del presente Pliego y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas y sus Anexos forman parte integrante del Contrato, en todo lo no regulado expresamente por este, por lo que dichos documentos serán firmados por las partes contratantes en el momento de la formalización del mismo.
18.2. EI Contrato tendrá naturaleza jurídico-privada, siendo de aplicación al mismo las normas de Derecho Privado, el contenido del presente Pliego y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas y cualesquiera otras normas que resulten de aplicación. Será de aplicación lo dispuesto en la cláusula 5.1 de este Pliego.
18.3. Las disputas o diferencias que surgieren entre las partes en relación con el Contrato serán resueltas, en el caso de que dieran lugar a litigio, por el orden jurisdiccional civil.
19. SUMISIÓN DEL ADJUDICATARIO A LOS PLIEGOS Y AL CONTRATO
19.1. EI adjudicatario se someterá a todos los términos y condiciones del presente Pliego de Cláusulas Particulares, a las xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, a sus Anexos y en particular, a las contenidas en el modelo de Contrato incluido como Anexo II.
19.2. EI desconocimiento por el adjudicatario de las referidas estipulaciones, así como de las pactadas en el Contrato o contenidas en sus Anexos, no le eximirá de su más estricta observancia.