Contract
33.- ANUNCIO Y MODELO XX XXXXXX DE CONDICIONES PARTICULARES, DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS Y DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA QUE DEBE REGIR EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIENES INMUEBLES POR CONCURSO (OPCIÓN DE COMPRA)
Aprobado por Resolución de la consejera
de Hacienda y Administraciones Públicas día ....de.......de 2015, de acuerdo con el que establece el artículo 134.2, en conexión con el artículo 84, del Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 xx xxxxx, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Xxxxx Balears, aprobado por el Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, habiendo emitido un informe el Servicio Jurídico de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas día...... de 2016.
— Procedimiento de adjudicación: abierto
— Forma de adjudicación: concurso
— Tramitación: ordinaria
Descripción del contrato:
Órgano de contratación: Consejera de Hacienda y Administraciones PúblicasServicio: Servicio de Patrimonio Órgano interesado: Secretaría General de la Consejería de Educación y Universidad |
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Objeto del contrato: arrendamiento con opción de compra de un inmueble para ubicar las dependencias administrativas de la Consejería de Educación y Universidad del Gobierno de las Xxxxx Balears.
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Exp. SEINCO: AMBDE xxx/2016 Núm. exp. Patrimonio: xxxxx/2016 |
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Necesidades administrativas que se deben satisfacer: ubicación de las dependencias administrativas y archivo de la Consejería de Educación y Universidad del Gobierno de las Xxxxx Balears |
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Precio base de licitación del arrendamiento: 12.000.000,00€ (IVA incluido) Precio base de licitación de la opción de compra: 9.344.667,99€ (IVA/ITP incluido), de acuerdo con el cuadro que se adjunta:
Anualidad 2016 0,00 €
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Código CPV: 08 70130000-1 |
1. Carácter y régimen jurídico del contrato
Carácter del contrato
El contrato de que es objeto este pliego
es de carácter privado.Normativa aplicable
Este contrato es de naturaleza privada y se rige, en cuanto a su preparación, tramitación y adjudicación, por
la Ley 6/2001, de 11 xx xxxxx, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Xxxxx Balears, por su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, y para las cláusulas que contiene este pliego y el pliego de prescripciones técnicas, y se aplicarán los principios de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, por la cual se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE Y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.En cuanto a los efectos y extinción de este contrato, se rige por lo que prevén este pliego
y el pliego de prescripciones técnicas, el contrato que se formalice, la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos (XXX) y, supletoriamente, por el Código Civil.
Disposiciones generales
Objeto del contrato
2.1.1. El objeto de este contrato es el arrendamiento con opción de compra de un inmueble para ubicar la sede de la Consejería
de Educación y Universidad. A este efecto, el adjudicatario debe formalizar un contrato con la Administración de la Comunidad Autónoma de las Xxxxx Balears.
2.1.2. El inmueble debe disponer de una superficie de metros útiles de, como mínimo, 6.675 m², más el espacio destinado a aparcamientos (mínimo 30 plazas de aparcamiento propias, ya sea en superficie o sótano). No se aceptarán ofertas de inmuebles que no tengan la superficie exigida.
2.1.3. Las referencias que al articulado de este pliego de condiciones particulares se hacen a los metros cuadrados (m²), se deben entender realizadas en m² útiles.
Presupuesto del contrato
El precio máximo de la oferta de arrendamiento es de 600.000,00 €( IVA incluido) anuales; es decir, un máximo de precio de arrendamiento de 50.000,00€ (IVA incluido) mensuales en 7,49€/m². Los licitadores pueden formular ofertas económicas que mejoren el presupuesto de licitación.
Las cuantías económicas de estos pliegos
se deben entender siempre con el IVA incluido.
En este precio se deben considerar incluidos, además del periodo de carencia, los gastos generales y de servicios, expresamente los gastos de comunidad (si hay).
Los gastos individualizados, como el consumo de energía eléctrica, los gastos de telefonía y los gastos de energía para la calefacción y la climatización, individualizados mediante un contador y/o un contrato con la compañía suministradora del servicio, van a cargo de la parte arrendataria.
El precio máximo de adquisición será de: 9.344.667,99 €.
Existencia de crédito
Se hace constar que se dispone del crédito para atender las obligaciones que se deriven del cumplimiento
del contrato hasta que finalice.
El crédito para atender las obligaciones económicas del contrato se debe aplicar a cargo de la partida presupuestaria .xxxx del presupuesto de la Comunidad Autónoma de las Xxxxx Balears para el ejercicio xxxx.
Duración del contrato
La duración de este contrato es 20 años, incluido el periodo de carencia, desde la firma del contrato, de manera obligatoria para la parte arrendadora y potestativa para la arrendataria.
Asimismo, la parte arrendataria puede —en cualquier momento y con un preaviso de tres meses— considerar finalizado el contrato y/o sus prórrogas, de manera que la obligación de pago de la renta queda limitada al último mes en que se haya ocupado el espacio efectivamente.
El contrato de arrendamiento se puede prorrogar de forma tácita, por el mismo periodo que el contrato principal, en caso de que ninguna de las partes contratantes se manifieste en sentido contraria, mediante un preaviso con al menos tres meses de antelación a la finalización del contrato o de sus prórrogas respectivas.
En el caso de prórroga se mantendrá el precio del arrendamiento inicial para el año 20 del contrato y se actualizará en los siguientes años según lo que se establece en el apartado 2.5.
Dentro de los primeros cuatro años desde la firma del contrato, la arrendataria puede manifestar su intención de optar por la compra del inmueble, con las repercusiones de los precios siguientes:
En caso de que se opte por la opción de compra el primer año se repercutirá el 100% de la totalidad del alquiler pagado.
En caso de que se opte por la opción de compra el segundo año se repercutirá el 87,50% de la totalidad del alquiler pagado.
En caso de que se opte por la opción de compra el tercer año se repercutirá el 75% de la totalidad del alquiler pagado.
En caso de que se opte por la opción de compra el cuarto año se repercutirá el 50% de la totalidad del alquiler pagado.
Revisión de precios
La renta anual no será objeto de revisión de precios a lo largo del contrato principal. En caso de prórroga, la renta se actualizará de conformidad con el sistema establecido en el artículo 4.6 de la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de desindexación de la economía española, según el cual el índice de variación anual aplicable es el índice de precios del alquiler de oficinas.
Procedimiento y forma de adjudicación
La adjudicación del contrato se debe llevar a cabo mediante un concurso público por
el procedimiento ordinario, previsto en los artículos 133 y 134, en conexión con los artículos 84 y concordantes del Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Xxxxx Balears, aprobado por el Decreto 127/2005, de 16 de diciembre.
Capacitado para contratar
Pueden contratar con la Administración las personas físicas, las agrupaciones de estas que estén legalmente constituidas y las personas jurídicas que, teniendo la capacidad legal necesaria, no estén comprendidas en cualquiera de las circunstancias que prevé el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, por la cual se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE Y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. La capacidad se debe acreditar en los términos que establece la cláusula 4.3.1 de este pliego
.
Licitación
Presentación de proposiciones
Para participar en el concurso que regula este pliego
, el licitador debe presentar la documentación exigida en el lugar y el plazo que se señale en el anuncio de publicación y, en todo caso, en un mes como máximo, a contar a partir del día siguiente de la publicación del anuncio en el BOIB.
Todos los plazos se deben entender referidos a días naturales, a menos que se indique expresamente que son días hábiles. Si el término final indicado es el sábado o festivo, se entiende prorrogado al primer día hábil siguiente.
La presentación de proposiciones presupone que el interesado acepta incondicionalmente las cláusulas de este pliego
y que se conoce el pliego de prescripciones técnicas del contrato que se habrán podido examinar en las oficinas indicadas en el anuncio de licitación.
Las oficinas receptoras deben dar entrada a cada proposición en que conste el nombre del licitador, la denominación del objeto de la licitación y el día y la hora de presentación. No se puede retirar la proposición una vez que se haya presentado.
Cuando la documentación se envíe por correo, el licitador debe justificar la fecha del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación —mediante fax, telegrama o mensaje electrónico— que se ha enviado la oferta el mismo día. En el último caso —por correo electrónico— solo se admite si se envía a la dirección que se exprese en el anuncio. Sin la concurrencia de ambos requisitos no se admitirá la documentación si el órgano de contratación la recibe después de la fecha y la hora finales del plazo que señala el anuncio. No obstante, una vez transcurridos los diez días naturales siguientes a la fecha indicada sin que se haya recibido la documentación, esta no se admitirá en ningún caso.
También se admitirán las proposiciones presentadas de acuerdo con las disposiciones legales y que cumplan los requisitos que se establecen, siempre que tengan entrada al registro del órgano de contratación antes del día y la hora del término final.
Cada licitador no puede presentar más de una proposición referida en el mismo inmueble. La infracción de esta norma da lugar a la no admisión de todas las propuestas suscritas por el licitador.
Formalidades de las proposiciones
Las proposiciones deben constar en tres sobres cerrados y firmados por el licitador o por quien lo represente; en cada uno se debe hacer constar el objeto del concurso, el título indicativo del contenido y la denominación del licitador (con el NIF, el nombre y los apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace). También se debe hacer constar el teléfono, el fax y la dirección de correo electrónico de contacto.
Los títulos de los sobres deben ser:
a) Sobre A “Documentación del titular. Arrendamiento de un inmueble con opción de compra para ubicar las dependencias administrativas de la Consejería
de Educación y Universidad del Gobierno de las Xxxxx Balears”.b) Sobre B “Documentación técnica y jurídica del inmueble. Arrendamiento de un inmueble con opción de compra para ubicar las dependencias administrativas de la Consejería
de Educación y Universidad del Gobierno de las Xxxxx Balears”.c) Sobre C “Propuesta económica. Arrendamiento de un inmueble con opción de compra para ubicar las dependencias administrativas de la Consejería
de Educación y Universidad del Gobierno de las Xxxxx Balears”, que tendrá que contener, por una parte, el precio de arrendamiento anual con IVA incluido y, por otra parte, el precio de adquisición, con IVA/ITP incluido, en caso de aplicar la opción de compra. Propuesta económica según modelo adjunto.
Los documentos deben ser originales o copias autenticadas por un notario o la autoridad administrativa competente y deben estar escritos en una de las lenguas oficiales de las Xxxxx Balears o traducidos oficialmente a una de estas.
Las declaraciones o los compromisos que se presenten deben estar firmados por quien acredite poder legal suficiente.
Contenido de las proposiciones
El sobre A debe contener la documentación siguiente:
En cuanto a la personalidad y la capacidad del licitador:
— Si el licitador es una persona física, debe presentar su DNI o, si procede
, pasaporte.— Si el licitador es una persona jurídica, debe presentar el NIF de la empresa y la escritura de constitución y/o modificación, debidamente adaptada a la ley e inscrita en el Registro Mercantil.
— Todo eso sin perjuicio que el licitador propuesto como adjudicatario tenga que aportar, en el plazo máximo de cinco días hábiles, los certificados que acrediten que está al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y la Administración tributaria impuestas por las disposiciones vigentes, a menos que ya las haya presentado en el sobre documentación administrativa.
En cuanto a la representación de los licitadores:
Si no firma la proposición económica el titular registral del inmueble, se debe incluir también la escritura de apoderamiento
inscrita debidamente en el Registro Mercantil a favor de la persona que tenga poder suficiente para contratar con el órgano de contratación correspondiente en este contrato.
Declaración responsable:
Declaración responsable ante
un funcionario debidamente autorizado, un notario público o un organismo profesional calificado que exprese:
Que no está afectado de prohibición de contratar, de acuerdo con el artículo 71 de la vigente LCSP.
Que no incurre en ninguno de los supuestos a que se refiere la Ley 2/1996, de 19 de noviembre, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Comunidad Autónoma de las Xxxxx Balears.
Que está al corriente de las obligaciones legales y tributarias con el Estado, con la Administración de la Comunidad Autónoma de las Xxxxx Balears y con la Seguridad Social.
Sumisión jurisdiccional:
Si se trata de empresas extranjeras, deben presentar ante el órgano de contratación una declaración de sumisión a la jurisdicción de los juzgados y los tribunales de Palma de Mallorca de cualquier orden, para todas las incidencias que, de manera directa o indirecta, puedan derivarse del contrato, con renuncia expresa, si procede
, de su propio fuero jurisdiccional. También en el caso de empresas nacionales que tengan una jurisdicción diferente.
El sobre B debe contener los documentos que se enumeran en el apartado 4 xxx xxxxxx
de prescripciones técnicas con el fin de acreditar que se cumplen los criterios de adjudicación indicados en el apartado 3 de los mismos pliegos .
El sobre C debe contener la oferta económica expresada claramente en letras y en números, sin errores, omisiones ni obstáculos para interpretarla correctamente, y firmada debidamente por quien
tenga poder suficiente. El licitador debe presentar una sola oferta económica según el modelo anexado a este pliego . La oferta debe ser firme y se debe mantener al menos durante un plazo de tres meses a partir de haberla presentado. Esta oferta económica contendrá la proposición, por una parte, del precio de arrendamiento anual con IVA incluido y, por otra parte, el precio de adquisición, con IVA incluido, en caso de optar por la compra del inmueble.
Adjudicación y formalización del contrato
Mesa de Contratación
De acuerdo con el artículo 134 del Reglamento de la Ley 6/2001, de 11 xx xxxxx, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Xxxxx Balears, en conexión con el artículo 87.2, la Mesa de Contratación quedará constituida de la manera siguiente:
Como presidente, el director general competente en materia de patrimonio.
Un vocal representante de la Intervención General de la Comunidad Autónoma de las Xxxxx Balears.
Un vocal representante y designado por la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las Xxxxx Balears.
Un vocal representante de la consejería
u organismo interesado, designado por el órgano competente.Un vocal representante del Servicio de Patrimonio, que debe actuar como secretario.
Apertura
de las ofertas
La Mesa debe calificar previamente los documentos presentados en el plazo y en la forma apropiada en los sobres A y B. Si en la documentación presentada se detectan defectos u omisiones para enmendar, este hecho se debe notificar al interesado y se le debe conceder un plazo no superior a tres días hábiles para que los enmiende.
La Mesa puede considerar la no presentación de la documentación o la presentación inadecuada como motivo de exclusión.
De las actuaciones y de las reuniones que se lleven a cabo, en cumplimiento de las fases que prevén los apartados 5.2.1 y 5.2.2, se debe extender el acta correspondiente.
Una vez acabado el plazo establecido para enmendar los errores, en un acto público, en el lugar
y fecha y a la hora señalados en el anuncio del concurso en el BOIB, la Mesa debe rendir cuenta de las proposiciones recibidas y aceptadas, debe abrir y leer el sobre C y extender el acta correspondiente.
Después, la Mesa debe elevar al consejero
competente en materia de patrimonio las proposiciones recibidas junto con el acta, la documentación pertinente y la propuesta de adjudicación provisional del contrato, según los criterios y las ponderaciones que indica el punto 5.3 de este pliego .
Antes de formular su propuesta, la Mesa puede solicitar los informes técnicos que considere convenientes, relacionados con el objeto del contrato, siguiendo las previsiones de los artículos 88.4 de la Ley 6/2001, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Xxxxx Balears.
En el plazo máximo de 45 días contadores desde la apertura
de las proposiciones, el consejero competente en materia de patrimonio, mediante una resolución motivada, debe adjudicar el contrato de conformidad con la propuesta de la Mesa, excepto en el caso que considere, por causas debidamente razonadas, que la oferta más ventajosa es una diferente de la propuesta por la Mesa. También puede declarar desierto el concurso, mediante resolución motivada, por alguna de las causas que establece el artículo 89.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 xx xxxxx, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Xxxxx Balears.
Criterios de adjudicación y valoración
Los criterios de valoración de las ofertas presentadas son los siguientes, siguiendo un orden decreciente de importancia:
Oferta económica: hasta 45 puntos distribuidos de la siguiente manera:
Arrendamiento anual: hasta 25 puntos. Se calculará el tanto por ciento de descuento del precio ofrecido por m² mensual, respecto del precio base de licitación por m² mensual, y se puntuará como se expone al apartado a) 1 de la mesa
de baremación. Si el precio ofrecido es igual en la base de licitación no recibirá ningún punto. Si la rebaja del precio es superior al 20% recibirá la máxima puntuación en este apartado (25 puntos). El resto, según la baremación establecida en la mesa .
Precio de adquisición opción de compra: hasta 20 puntos. Se calculará el tanto por ciento de descuento del precio ofrecido por m² mensual, respecto del precio base de licitación por m² mensual, y se puntuará como se expone al apartado a) 2 de la mesa
de baremación. Si el precio ofrecido es igual en la base de licitación no recibirá ningún punto. Si la rebaja del precio es superior al 20% recibirá la máxima puntuación en este apartado (20 puntos). El resto, según la baremación establecida en la mesa .
Requerimientos funcionales: hasta 40 puntos, que son los siguientes por orden decreciente de importancia y puntuación:
Situación. Se valorará con un máximo de 15 puntos. El parámetro que se tiene en cuenta para la asignación de la puntuación es la proximidad al centro administrativo con kilómetro 0 en la Plaza xx Xxxx. El punto de referencia es el olivo conocido como “Xxxxx xx Xxxx”. La distancia se computará en kilómetros lineales estableciendo uno radio máximo de 7,5 km de acuerdo con la información cartográfica del Servicio de Información Territorial de las Xxxxx Balears (SITIBSA) de la Consejería
de Territorio, Energía y Movilidad. Los puntos se distribuirán según la baremación establecida en el apartado b) 1 de la mesa , que consiste en priorizar el municipio xx Xxxxx, dividiéndolo en tres sectores: Ciutat Xxxxx (Avenidas), Eixample (vía de cintura) y extrarradio.
Antigüedad. Se valorará con un máximo de 10 puntos. La mayor antigüedad del edificio produce una mayor depreciación de su valor. Es por eso que estos puntos se distribuyen de manera decreciente en el tiempo según se establece en el punto b) 2 de la mesa
. Si la antigüedad del edificio es inferior a 8 años se obtendrá el máximo de puntuación, los edificios de más de 40 años no obtendrán puntos.
Superficie. Las ofertas recibirán una puntuación (expuesta en la mesa
siguiente) según la superficie extra del edificio ofrecido. Si la superficie alcanza los 8.675,00 m² recibirá la máxima puntuación de este apartado (6 puntos), el resto según la baremación establecida en la mesa en el punto b) 3. No se aceptarán inmuebles con una superficie superior a 8.675,00 m² ni se otorgarán puntos en inmuebles de 6.675,00 m².
Facilidad de acceso desde las zonas de influencia (vía de cintura) y proximidad al transporte público. Se valorará con un máximo de 6 puntos la facilidad de acceso en transporte público (autobús, metro, tren); la puntuación se distribuirá según la baremación establecida en la mesa
al punto a) 4. Este acceso se tendrá que acreditar en el momento de presentación de las ofertas.
Uso exclusivo. Se valorará con 3 puntos que el edificio se dedique a uso exclusivo de la Consejería
de Educación y Universidad. Si el edificio se dedica a otros usos no se obtendrá ningún punto.
Proyecto de adecuación: hasta 10 puntos. Mediante informe técnico realizado por un técnico designado por la Consejería
de Educación y Universidad que distribuirá la puntuación de la manera siguiente:
Calidad arquitectónica, de los materiales y de las instalaciones. 4 puntos. Se valorará la calidad arquitectónica del edificio así como de las oficinas, considerando que se trata de un uso administrativo e institucional; todo eso junto con la flexibilidad y la versatilidad de los espacios. La calidad de los materiales y de las instalaciones, se valorará en aquello que afecta a la durabilidad y mantenimiento.
Viabilidad técnica y funcional. 3 puntos. Se valorará la organización de los espacios interiores y especialmente el desarrollo práctico de las necesidades previstas. Se tendrá en cuenta la disponibilidad de luz natural en los diferentes espacios, la orientación y protección solar, la ventilación y el confort acústico y la versatilidad de los espacios interiores.
Facilidad de aparcamiento exterior. 2 puntos. También se tendrá en cuenta la facilidad de aparcamiento exterior, tanto para el personal de la consejería
como para facilitar la atención a los ciudadanos. Servirán para valorar esta facilidad la existencia o no de zonas de aparcamiento gratuitas, de aparcamientos de pago y de zona ORA.
Criterios energético y medioambiental. 1 punto. Se valorará que las propuestas contengan criterios de comportamiento energético eficiente y de respeto al medio ambiente.
d) Plazas de aparcamiento: hasta 5 puntos. Se valorará según la puntuación siguiente, el ofrecimiento de plazas extra de aparcamientos (más allá de las 30 plazas mínimas requeridas). Si no se ofrece ninguna plaza extra no se obtendrá ningún punto.
a) Oferta económica |
|
45 |
a) 1. Arrendamiento anual |
Rebaja precio >20,00 % |
25 |
Rebaja entre 15,01 -20,00% |
20 |
|
Rebaja entre 10,01 – 15,00 % |
15 |
|
Rebaja entre 5,01 -10,00% |
10 |
|
Rebaja <5,00 % |
5 |
|
Precio igual base de licitación |
0 |
|
MÁXIMO |
25 |
|
a) 2. Precio de adquisición opción de compra |
Rebaja precio >20,00 % |
20 |
Rebaja entre 15,01 -20,00% |
16 |
|
Rebaja entre 10,01 – 15,00 % |
12 |
|
Rebaja entre 5,01 -10,00% |
8 |
|
Rebaja <5,00 % |
4 |
|
Precio igual base de licitación |
0 |
|
MÁXIMO |
20 |
|
b) Requerimientos funcionales |
|
40 |
b) 1. Situación |
Distancia <1,00 km |
15 |
|
Distancia entre 1,01km - 4,5 km |
10 |
|
Distancia entre 4,6 km – 7,5 km |
5 |
|
Distancia >7,5km |
0 |
|
MÁXIMO |
15 |
b) 2. Antigüedad |
<8 años |
10 |
|
Entre 8-12 años |
8 |
|
Entre 12 años y 1 día – 20 años |
6 |
|
Entre 20 años y 1 día – 30 años |
4 |
|
Entre 30 años y 1 día – 40 años |
2 |
|
>40 años y 1 día |
0 |
|
MÁXIMO |
10 |
b) 3. Superficie |
8.675,00 m² |
6 |
7.676,00 – 8.674,99 m² |
4 |
|
6.675,01 - 7.675,99 m² |
2 |
|
6.675,00 m² |
0 |
|
MÁXIMO |
6 |
|
b) 4. Facilidad de acceso en transporte público o privado |
Desde centro xx Xxxxx (referencia Plaza de España) con más de una línea directa de transporte público |
5 |
Desde centro xx Xxxxx (referencia Plaza de España) con una línea directa de transporte público |
3 |
|
Distancia no superior a 1,00 km desde vía de cintura |
1 |
|
MÁXIMO |
6 |
|
b) 5. Uso exclusivo |
|
3 |
c) Proyecto de adecuación |
Arquitectónico y calidad de los materiales y de las instalaciones |
4 |
|
Viabilidad Técnica y Funcional |
3 |
|
Facilidad de aparcamiento exterior |
2 |
|
Criterios energético y medioambiental |
1 |
|
MÁXIMO |
10 |
d) Plazas de aparcamiento |
Más de 30 plazas extra |
5 |
|
21 a 30 plazas extra de aparcamiento |
4 |
|
11 a 20 plazas extra de aparcamiento |
3 |
|
1 a 10 plazas extra de aparcamiento |
2 |
|
MÁXIMO |
5 |
|
MÁXIMO TOTAL |
100 |
Forma de acreditar los criterios de adjudicación: el cumplimiento
de los criterios se debe acreditar mediante declaraciones escritas y firmadas, los documentos justificativos que se consideren convenientes y suficientes y la inspección ocular de los edificios ofrecidos.
Perfeccionamiento del contrato
El contrato se perfeccionará mediante la adjudicación hecha por el órgano de contratación competente, de conformidad con la legislación de patrimonio.
La adjudicación se notificará al adjudicatario, que debe llevar a cabo las actuaciones siguientes:
Pagar los anuncios de esta licitación.
Comparecer ante el órgano de contratación para formalizar el contrato administrativo.
Aportar los certificados que acrediten que está al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y la Administración tributaria.
Formalización del contrato
El contrato se formalizará en documento administrativo, según el modelo anexado al pliego
, en el plazo de 30 días a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la adjudicación.
Si el contratista lo solicita, el contrato se puede elevar a escritura pública, si bien los gastos de otorgarla serían a su cargo. En este supuesto el arrendador está obligado a entregar una copia simple a la Comunidad Autónoma de las Xxxxx Balears.
Ejecución del contrato
Adecuación del inmueble
Una vez formalizado el contrato de arrendamiento, el arrendador tendrá que realizar, con la supervisión de los técnicos de la consejería y/o del IBISEC, la adecuación del inmueble propuesto, en un plazo máximo de 3 meses. Todos los proyectos técnicos necesarios y las direcciones de obras correrán a cargo del arrendador.
El arrendador se obliga a solicitar todos los permisos o licencias que sean necesarios, así como a entregar el inmueble adecuado con plena disponibilidad para la parte arrendataria.
En caso de que por causa imputable al arrendador la adecuación no se ajuste a las condiciones propuestas será motivo de resolución del contrato sin que se pueda generar ninguna indemnización en favor del arrendador por la adaptación realizada o el plazo de carencia transcurrido. Cada mes de retraso en la adecuación por causa imputable al arrendador supondrá un aumento por
el mismo periodo en el plazo de carencia del apartado siguiente.
La correcta adecuación y posterior entrega tendrá que contar con el informe favorable de la Consejería
de Educación y Universidad. Desde la fecha del informe favorable se considerará que el inmueble se encuentra a disposición de la Consejería de Educación y Universidad y empezará a contar el plazo de carencia del apartado 6.3.1.
Reparaciones y reformas
La parte arrendadora está obligada a hacer —sin derecho a incrementar la renta por eso— todas las reparaciones necesarias para conservar el local en las condiciones de habitabilidad para el uso convenido, excepto cuándo el deterioro que se debe reparar sea imputable a la parte arrendataria, según lo que disponen los artículos 1563 y 1564 del Código Civil.
En caso de que se tengan que hacer obras en el local arrendado, la parte arrendataria debe presentar a la arrendadora un proyecto para que lo autorice.
La parte arrendataria puede modificar la configuración del local mediante mamparas
y elementos usuales en las oficinas. Asimismo, puede hacer dentro del local las modificaciones que considere oportunas en las instalaciones audiovisuales, de electricidad y de climatización, tomando las medidas oportunas para que estas modificaciones no afecten al resto del edificio (todo eso sin que repercutan en la renta pactada).
Una vez acabado el contrato, quedan a beneficio del propietario las obras o las instalaciones que se hayan hecho en el local y que no se puedan separar sin perjuicio del inmueble. La parte arrendataria puede retirar las otras obras o instalaciones.
Pagos
El arrendador tiene el derecho a la contraprestación económica prevista en el contrato, y se DEBE hacer efectiva mensualmente la cantidad que resulte de dividir entre doce el precio de adjudicación anual (incluido el IVA), con las retenciones previas que correspondan, quedando el periodo de carencia estipulado de 2 meses.
La arrendataria empezará a pagar una vez el inmueble esté a disposición de la consejería
de Educación y Universidad según se establece en el apartado 6.1.
Correrán a cargo de la parte arrendadora el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) y el resto de impuestos derivados de la propiedad del inmueble y del contrato, como también los gastos de la comunidad, si hay.
Correrán a cargo de la parte arrendataria:
El consumo de agua, de electricidad y de teléfono que se produzca en el local arrendado.
La conservación y las reparaciones derivadas del uso del local.
Todos los impuestos y las tasas que tengan como causa la actividad que se lleve a cabo en el local arrendado.
Extinción del contrato
Resolución del contrato
En caso de que por causa imputable al arrendador no se cumpla este plazo o la adecuación no se ajuste a las condiciones propuestas será motivo de resolución del contrato sin que se pueda generar ninguna indemnización en favor del arrendador por la adaptación realizada o el plazo de carencia transcurrido. Cada mes de retraso en la adecuación por causa imputable al arrendador supondrá un aumento por
el mismo periodo en el plazo de carencia del apartado siguiente.
Exclusión de la resolución del contrato por impago de la fianza
La arrendataria quedará exenta de prestar la fianza, según lo que dispone la disposición 4ª de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, que modifica el artículo 36.6 de la XXX.
En consecuencia, se excluye expresamente la aplicación del artículo 35 respecto a la causa prevista en el artículo 27.2 b de la XXX.
Orden jurisdiccional y arbitraje 1
La contratación que es el objeto de este pliego
es de naturaleza privada. Por lo tanto, todas las incidencias que se deriven quedarán sometidas a las normas procesales comunes, concretamente a la competencia de la jurisdicción civil. No obstante, se consideran actos jurídicos separables los que se dicten en relación con la preparación y la adjudicación del contrato. En consecuencia, los actos administrativos dictados hasta la adjudicación podrán ser objeto de los recursos administrativos que correspondan, así como del recurso contencioso administrativo.
Las empresas extranjeras estarán sometidas a la jurisdicción de los juzgados y los tribunales xx Xxxxx de cualquier orden para todas las incidencias, que de manera directa o indirecta puedan surgir en el contrato.
ANEXO
MODELO OFERTA ECONÓMICA
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DECLARO:
Que estoy informado/informada de las condiciones y los requisitos que se exigen para poder ser adjudicatario/adjudicataria del contrato el arrendamiento con opción de compra de un inmueble para ubicar las dependencias administrativas de la Consejería
de Educación y Universidad.Que me comprometo, en nombre propio / en nombre de la empresa que represente, a ejecutarlo con sujeción estricta a los requisitos y a las condiciones estipulados en los pliegos
de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas, por los importes siguientes:
Precio de arrendamiento anual:
Precio (con el IVA excluido): ............................................... euros (en números); .................................................................................................................. (en letras).
IVA: .....................................euros (en números); …………………………………………………. ....................................................................................................................(en letras)
Tipo impositivo de IVA aplicable: ……….
Precio total: ..........................................euros (en números); ............................................ ................................................................................................................... (en letras)
Precio de arrendamiento mensual:
Precio (con IVA excluido) .......................... euros (en números); .......................................................................................................... (en letras), que resulta un precio (con IVA excluido) de .................. €/m² (en números); ................................................................................................................... (en letras).
Tipo impositivo de IVA aplicable: ……….
Precio total mensual ........... euros (en números); ................................................................................. (en letras), que resulta un precio total de .............. €/m² (en números); ......................................................................................... (en letras).
Precio de adquisición del inmueble (sin perjuicio del porcentaje de repercusión según el año de opción de compra)
Precio (con el IVA excluido): ............................................... euros (en números); .................................................................................................................. (en letras).
IVA: .....................................euros (en números); …………………………………………………. .................................................................................................................. (en letras)
Tipo impositivo de IVA aplicable: ……….
Precio total: ..........................................euros (en números); ............................................ .................................................................................................................. (en letras)
………………, …….. de ................................ de ............
(lugar
, fecha y firma del licitador)
Pliego
de prescripciones técnicas particulares para contratar el arrendamiento con opción de compra de un inmueble para ubicar las dependencias administrativas de la Consejería de Educación y Universidad del Gobierno de las Xxxxx Balears
ÍNDICE
Objeto.
Localización y superficie.
Requerimientos funcionales. Proyecto de adecuación.
3.1. Requerimientos.
3.2. Valoración.
3.3. Proyecto de adecuación.
Documentación técnica.
Disponibilidad y periodo de carencia.
OBJETO
El objeto del presente pliego
es establecer las Prescripciones Técnicas que deben regir el expediente de contratación de un arrendamiento urbano, con opción de compra, como sede de la Consejería de Educación y Universidad (dependencias administrativas, registro e información al ciudadano y archivo central) del Gobierno de las Xxxxx Balears.
LOCALIZACIÓN Y SUPERFICIE.
Localización. El inmueble se debe encontrar ubicado en el término municipal xx Xxxxx.
Superficie. La superficie útil debe ser de un mínimo de 6.675 m² y de un máximo de 8.675 m², más el espacio destinado a aparcamientos (mínimo 30 plazas de aparcamiento propias, ya sea en superficie o sótano). Todas las referencias a metros cuadrados (m²) de este documento se entenderán realizadas en metros útiles.
REQUERIMIENTOS FUNCIONALES. PROPUESTA DE ADECUACIÓN
REQUERIMIENTOS:
Dentro de la propuesta de adecuación del inmueble se tendrán que reflejar todas las características que se detallan a continuación y que serán objeto de valoración por el informe técnico correspondiente según se establece en el punto 5.3 xxx xxxxxx de condiciones particulares.
VALORACIÓN. Los aspectos a valorar están ordenados por orden decreciente en relación a su importancia.
Situación. Por motivos funcionales, económicos y de atención a la ciudadanía, se valorará positivamente la proximidad al centro del núcleo xxxxxx xx Xxxxx.
Antigüedad. Se valorará positivamente la menor antigüedad del inmueble.
Superficie. Actualmente trabajan en la sede de la Consejería
de Educación aproximadamente 325 trabajadores, por lo cual el nuevo local tendrá que disponer, como mínimo, de estos puestos de trabajo y se valorará la posibilidad de ampliar en un futuro hasta 390 puestos (incremento del 20% del empleo actual).
En función de la normativa de Prevención de Riesgos Laborales, se considera una media mínima aproximada de 19 m² de superficie útil de oficina por trabajador, en esta superficie se computa la parte proporcional de servicios comunes.
Facilidad de acceso desde las zonas de influencia (vía de cintura) y proximidad al transporte público. Se valorará positivamente la facilidad de acceso al edificio tanto de los empleados públicos como de los ciudadanos.
Uso exclusivo. El edificio preferentemente será de uso exclusivo de la sede institucional de la Consejería
de Educación y Universidad o tendrá que contar, en todo caso, con acceso independiente.
PROPUESTA DE ADECUACIÓN.
La propuesta de adecuación del local o edificio se tendrá que incluir dentro del sobre B. Este proyecto será ponderado de conformidad con un juicio de valor mediante informe emitido por el técnico designado, con la puntuación máxima que se establece en el punto 5) 3.1.c) xxx xxxxxx de condiciones particulares.
El inmueble, una vez adecuado, tendrá que estar dotado, como mínimo, con las siguientes instalaciones:
Iluminación suficiente (preferentemente natural) según los niveles establecidos para los usos requeridos.
Suelo y techo desmontable para facilitar la adaptación de las instalaciones.
Climatización (frío y calor) sectorizada. Se tendrá que tener en cuenta la posibilidad, o no, de ventilar de manera natural.
Accesos controlados electrónicamente.
Sistema de alimentación ininterrumpida para equipos informáticos.
Grupo electrógeno para zonas comunes (accesos), ascensores.
Sistemas homologados de Protección contra Incendios.
Sistemas avanzados de seguridad, con especial mención al sistema de control de intrusión.
Red integrada de voz y datos: se dispondrá de un despacho apto para un lugar
de trabajo, a disposición de la consejería , para las tareas de mantenimiento o administración de la red. Además del despacho, se precisará, contigua a él, una sala destinada a albergar las infraestructuras de la red de voz/datos. Esta sala reunirá los requisitos básicos necesarios para el funcionamiento de los servicios en cuanto a climatización, extinción automática de incendios, alimentación eléctrica directa desde el cuadro general, etc.Las instalaciones y espacios serán los necesarios para el correcto funcionamiento de los servicios generales del edificio y deben cumplir con la normativa técnica en vigor.
Las entradas de vehículos a través de las aceras (vado permanente) y las reservas de la vía pública para el aparcamiento exclusivo, prohibición del estacionamiento y carga o descarga de mercancías de cualquier clase.
Se dará cumplimiento
con el CTE en materia de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad, de acuerdo con el RD 173/2010, de 19 de febrero, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 xx xxxxx, en materia de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad; el RD 505/2007, de 20 xx xxxxx por lo que se aprueban las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones; y el Decreto 110/2010, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para la mejora de la accesibilidad y la supresión de las barreras arquitectónicas.
El licitador tendrá que presentar unos planos orientativos con una propuesta de distribución según esta descripción orientativa y con las áreas y el personal aproximado siguiente:
Consejero
y gabinete: 11 personas. Estará situado preferentemente en la primera planta o en la parte más representativa del edificio. Dispondrá de un acceso fácil desde el vestíbulo pero a la vez no debe ser una zona de paso para las otras áreas. Además del acceso principal debe disponer de un acceso restringido y preferentemente directo desde la zona de aparcamiento.
Secretaría General y direcciones generales. La distribución interna se hará por secretaría general y direcciones generales. Se preverán despachos para los directores generales, jefes de departamento y jefes
de servicio, que se concretarán en la fase de adecuación del inmueble, según las indicaciones de los técnicos de la Consejería y/o IBISEC:
Secretaría General: 76 personas
DG de Planificación, Ordenación y Centros: 68 personas
DG de Personal Docente: 66 personas
DG de Formación Profesional y Formación del Profesorado: 54 personas
DG de Política Universitaria y de Enseñanza Superior: 11 personas
DG de Innovación y Comunidad Educativa: 39 personas
Las oficinas se proyectarán con un criterio espacial y de funcionamiento, flexible y polivalente, pero dotado de adecuadas condiciones de aislamiento y tranquilidad que permitan mejorar cualitativamente las condiciones de trabajo del personal. Sin perjuicio de cualquier cambio posterior y solo a efectos orientativos, se incluirán como referencia los datos mencionados al apartado de superficies.
Vestíbulo general de acceso. El vestíbulo se debe conformar de manera que, sirviendo de acceso único a las diferentes áreas, posibilite el funcionamiento autónomo de ellas. En el vestíbulo se deben concretar las funciones de atención directa al ciudadano, el que confiere en este espacio su carácter público, y de transición hacia las áreas de acceso controlado o restringido. Contará con los filtros de seguridad y control que se requieran. Xxxx disponer de directorio general y paneles específicos, facilitará el acceso a la Sala de Prensa o Salón de Actos, al Registro, a los núcleos de comunicación vertical y a los lavabos para el público.
Registro e información. El registro e información deben disponer de acceso directo desde el vestíbulo y de espacio suficiente par
a la espera. Esta área también incluirá la oficina para los servicios de seguridad así como la oficina x xxxx de los ordenanzas.
Salas de uso múltiple o de reuniones. El edificio debe disponer xx xxxxx de uso múltiple o de reuniones repartidas por el edificio y comunes a las diferentes direcciones generales y a la Secretaría General. Estas salas deben estar equipadas con red de voz y datos. La distribución es la siguiente: 2 salas de entre 50-60m², 4 salas de 20-25m² y 8 salas de 10-15m².
Además, se dispondrá de una Sala de Actos/prensa (entre 170,00m²-200,00m²). Esta sala dispondrá de acceso fácil y restringido desde las oficinas y preferentemente desde el área del Gabinete del Consejero
.
Archivo de documentos. Se debe prever espacio suficiente (entre 500,00 m² y 800,00 m²) para el archivo de documentos (Archivo Central), situado preferentemente en plantas sótano. En caso de que no sea subterráneo, se tendrá que certificar la idoneidad en cuanto a la sobrecarga del forjado.
Almacenes. Se deben prever almacenes suficientes e independientes para el almacenaje de material fungible necesario para el funcionamiento de la Consejería
(material de papelería principalmente) y para la provisión o depósito de mobiliario y utensilios necesarios para el funcionamiento. Ambos almacenes se situarán en zonas de acceso restringido y tendrán una superficie aproximada de 30m² cada uno.Lavabos de personal. Se preverán lavabos de personal en cada planta o área, según la configuración del edificio de manera que, evitando una dispersión innecesaria, se garantice una adecuada dotación y accesibilidad que, en todo caso, tendrá que respetar la normativa aplicable.
Sala descanso del personal. Se debe prever una sala para descanso del personal de una medida
de entre 15-20m², con un fregadero con punto de agua y enchufes suficientes para la conexión de máquinas dispensadoras de bebidas, agua, café, etc.
Limpieza. Existirá un oficio de limpieza de una medida
adecuada a su función que podrá estar vinculado en los lavabos generales por cada planta. Dentro de la zona de acceso restringido se preverá un almacén principal de limpieza.
Los espacios deben ser modulares y flexibles, de manera que permita varias formas de compartimentación. La modulación será tal que permita adoptar múltiples formas de compartimentación, en función de las necesidades, en todas las áreas de oficina, mediante el desmontaje y montaje de elemento de tabiques, dividiendo o agrupando espacios en base a la modulación establecida, sin que sea necesario modificar instalaciones, techos o suelo, si no simplemente desplazando, eliminando o disponiendo elemento de tabiques.
Dentro del proyecto de adecuación también se tendrá en cuenta la facilidad de aparcamiento exterior, tanto para el personal de la Consejería
como para facilitar la atención a los ciudadanos. Servirán para valorar esta facilidad la existencia o no de zonas de aparcamiento gratuitas, de aparcamientos de pago y de zona ORA.
DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
La valoración técnica de los inmuebles ofrecidos se realizará en base a la documentación aportada. En el sobre B se tendrá que incluir la información y los documentos siguientes:
Escritura pública de titularidad del inmueble, inscrita en el Registro de la Propiedad.
Certificado actualizado del Registro de la Propiedad, que acredite la titularidad del inmueble, las cargas, servidumbres, gravámenes o afecciones
que pueda tener, así como los límites y la superficie del inmueble.Certificación catastral actualizada del inmueble.
Resguardo acreditativo de estar al corriente del pago del impuesto sobre bienes inmuebles o certificación emitida por el ayuntamiento correspondiente de esta circunstancia y que no tiene ninguna deuda con el ayuntamiento.
Resguardo acreditativo de estar al corriente del pago de la tasa de residuos sólidos urbanos o certificación emitida por el ayuntamiento correspondiente de esta circunstancia.
Certificado relativo al estado de deudas de la comunidad de propietarios, si el inmueble está bajo el régimen de propiedad horizontal.
Informe del Ayuntamiento xx Xxxxx sobre el uso, la idoneidad de la ubicación y los parámetros urbanísticos. (d.a. 7ª ley 7/2013, de 26 de noviembre).
Tendrá que disponer de calificación urbanística para uso administrativo público según el Plan
General de Palma de Mallorca.Propuesta de adecuación del edificio a sede de la Consejería
. La propuesta debe recoger los requerimientos funcionales y de superficie establecidos en el apartado 3 de estos pliegos . Esta propuesta tendrá que incluir:Memoria justificativa de la propuesta presentada.
Memoria de cualidades con especificación de materiales, texturas y colores.
Memoria de cualidades de las instalaciones.
Cuadro comparativo de las superficies útiles de la propuesta (como mínimo por áreas o direcciones generales).
Plantas, alzados, secciones, detalles, perspectivas o fotografías que se consideren adecuadas o que justifiquen los requisitos exigidos en los pliegos
.Planos de emplazamiento y accesos.
DISPONIBILIDAD Y PERIODO DE CARENCIA.
Una vez formalizado el contrato de arrendamiento, el arrendador tendrá que realizar, con la supervisión de los técnicos de la Consejería y/o del IBISEC, la adecuación del inmueble propuesto, en un plazo máximo de 3 meses. Todos los proyectos técnicos necesarios y las direcciones de obras correrán a cargo del arrendador.
El arrendador se obliga a solicitar todos los permisos o licencias que sean necesarios, así como a entregar el inmueble adecuado con plena disponibilidad para la parte arrendataria.
En caso de que por causa imputable al arrendador la adecuación no se ajuste a las condiciones propuestas, será motivo de resolución del contrato sin que se pueda generar ninguna indemnización en favor del arrendador por la adaptación realizada o el plazo de carencia transcurrido. Cada mes de retraso en la adecuación por causa imputable al arrendador, supondrá un aumento por
el mismo periodo en el plazo de carencia del apartado siguiente.
La correcta adecuación y posterior entrega tendrá que contar con el informe favorable de la Consejería
de Educación y Universidad. Desde la fecha del informe favorable se considerará que el inmueble se encuentra a disposición de la Consejería de Educación y Universidad y empezará a contar el plazo de carencia del apartado 6.3.1.
1 Ver art. 24 y ss. de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.