Contract
C.A. MJG
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES, QUE COMO LEY FUNDAMENTAL DEL CONTRATO REGIRÁ EL PROCEDIMIENTO ABIERTO, TRAMITADO PARA ADJUDICAR EL SERVICIO DE PUNTO DE ENCUENTRO Y MEDIACIÓN FAMILIAR EN EL MUNICIPIO DE PINTO (MADRID).
PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO.- El objeto del presente contrato de servicio es la contratación del “Punto de Encuentro Familia y Mediación familiar ” en el Municipio xx Xxxxx (Madrid),
Código CPV:85300000-2
Servicios de asistencia social y servicios conexos.
Las características específicas del servicio, así como las condiciones en que ha de realizarse vienen determinadas en el Pliego de prescripciones técnicas.
SEGUNDA. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.- La adjudicación del
presente contrato se llevará a cabo mediante tramitación ORDINARIA y por el procedimiento ABIERTO, de conformidad con lo previsto en los artículos 122 y 141 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
TERCERA. NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO.- El contrato que
basándose en este Pliego se perfeccione, tendrá carácter administrativo y en todo lo no previsto en él se estará en lo dispuesto específicamente en el Libro IV, Titulo II, Capítulo V de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como en las demás normas aplicables a la contratación de las Administraciones Públicas.
CUARTA. DURACIÓN DEL CONTRATO.- La duración del presente contrato será de UN AÑO (1) AÑO, a contar desde EL DÍA 1 DE ENERO DE 2.010 hasta el 31 de Diciembre de 2.010, siendo susceptible de prorroga por un periodo igual o inferior al inicial.
QUINTA. BASE O TIPO DE LICITACIÓN.- Los precios-tipo del contrato que servirán de base de licitación serán los siguientes:
- Hora laboral normal 23,23 €/hora más el 7% de I.V.A.
- Hora festiva 33,33 €/hora más el 7% de I.V.A.
Estos precios unitarios, excluido el I.V.A., suponen el tipo máximo de licitación, que podrán ser objeto de baja por parte de los licitadores y serán los que sirvan de base a la facturación en función del número de horas que se presten.
No obstante, el importe máximo de contratación para los dos servicios no superará la cantidad global de 49.999,04 € (CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON CUATRO CENTIMOS,
más la cantidad de 3.499,94 €, en concepto de 7% de I.V.A., lo que supone un total de 53.498,98 €.
SEXTA. FINANCIACIÓN DEL CONTRATO.- El objeto del contrato se financiará con cargo a la partida presupuestaria habilitada al efecto en el Presupuesto General del Ayuntamiento xx Xxxxx para el ejercicio 2010
SÉPTIMA. PAGO DEL PRECIO DE ADJUDICACIÓN.- El pago del servicio se realizará mensualmente contra presentación de facturas que deberán contar con el Vº. Bº. de los Servicios Municipales correspondientes y previos los trámites contables establecidos en la legislación vigente.
OCTAVA. CAPACIDAD PARA CONTRATAR.- Están capacitados para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el art. 49 de la Ley de Contratos del Sector Público y acrediten la solvencia económica, financiera y técnica o profesional en los términos previstos en los artículos 63, 64 y 67 de la mencionada Ley.
Así mismo, las empresas no comunitarias deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 44 de la Ley de Contratos del Sector Público.
La Administración podrá contratar con Uniones de Empresas que se constituyan temporalmente al efecto (sin que sea necesaria la formalización de las mismas en Escrituras Públicas hasta que se haya efectuado la adjudicación), las cuales responderán solidariamente ante la Administración y ante la cual nombrarán un representante u apoderado único.
NOVENA. GARANTÍA DEFINITIVA.- El adjudicatario del servicio deberá, una vez comunicada la adjudicación provisional, depositar una garantía definitiva que será del 5% del importe de adjudicación, excluido el I.V.A., a través de cualquiera de las formas previstas en el artículo 84 de la Ley de Contratos del Sector Público.
En el caso de efectuarse la garantía mediante talón conformado o cheque bancario, aval o seguro de crédito y caución, se ingresará en la Caja de la Corporación. Si se realizara en metálico deberá ingresarse en cualquiera de las entidades bancarias de la localidad. En este caso el resguardo acreditativo del ingreso se canjeará por la Carta de Pago, veinticuatro horas después del ingreso. El horario de la Caja de la Corporación, es de 9 a 13 horas, de lunes a viernes.
En caso de optar por aval bancario, se realizará según modelo del Xxxxx XXX.
De conformidad con lo previsto en el art. 135.4 de la Ley de Contratos del Sector Público, la constitución de la garantía definitiva deberá acreditarse antes de la adjudicación definitiva, es decir, dentro de los QUINCE (15) DÍAS hábiles contados desde el día siguiente a aquél en que se publique la adjudicación provisional en el perfil del contratante del órgano de contratación. El incumplimiento de este requisito, por causa imputable al adjudicatario, dará lugar a la no adjudicación definitiva.
DÉCIMA. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES: LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN, FORMALIDADES Y DOCUMENTACIÓN.-
10.1.- Lugar y plazo de presentación.- Las proposiciones se presentarán en las Dependencias Municipales, en horario de 9 a 14:00 horas, y de lunes a viernes durante los QUINCE (15) DÍAS siguientes a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
A efectos de finalización del plazo citado el sábado será señalado día inhábil, considerándose último día para presentar las proposiciones el día siguiente hábil posterior.
No se pueden admitir proposiciones por medios electrónicos, informáticos o telemáticos al no disponer el Ayuntamiento xx Xxxxx de un programa informático para tal fin.
La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicional por el licitador de la totalidad del contenido de las cláusulas o condiciones previstas en los pliegos que rigen en el contrato, sin salvedad o reserva alguna.
10.2.- Formalidades.- Las proposiciones se dirigirán al Sr. Alcalde- Presidente del Ayuntamiento xx Xxxxx, y se titularán “Proposición para tomar parte en el procedimiento abierto, tramitado para adjudicar el servicio de punto de encuentro y mediación familiar en el municipio de Pinto (MADRID)” constando el nombre del licitador y se presentarán en un sobre en cuyo interior figurarán otros tres sobres cerrados,
pudiendo ser lacrados y precintados denominados SOBRE “A”, SOBRE “B” y SOBRE “C”, en cada uno de los cuáles se hará constar su contenido y el nombre del licitador de la forma que se indica:
A) En el SOBRE “A”, titulado “Documentos generales para tomar parte en el procedimiento abierto, tramitado para adjudicar el servicio de punto de encuentro y mediación familiar en el municipio de Pinto (MADRID)”, se incluirá la siguiente documentación administrativa:
1. Documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistentes:
(a) Documento Nacional de Identidad del licitador cuando se trate de personas físicas por fotocopia compulsada, o Escrituras de constitución, adaptación, modificación de la Sociedad Mercantil, debidamente inscritas en el Registro Mercantil, cuando el empresario fuera persona jurídica así mismo por original o fotocopia compulsada.
(b) Poder Bastanteado por el Sr. Secretario del Ayuntamiento xx Xxxxx, cuando se actúe por representación y presentación de fotocopia compulsada del D.N.I. de quien actúa por representación.
Para proceder al Bastanteo de Poder, los licitadores deberán personarse en el Ayuntamiento, con una antelación mínima de 24 horas a la finalización del procedimiento, debiendo aportar D.N.I. de quien actúa por representación (original o fotocopia compulsada), Escrituras de poder, de constitución, adaptación, modificación de la Sociedad (por originales o fotocopias compulsadas), así como una declaración responsable de que el poder se encuentra en vigor y no ha sido revocado.
(c) En caso de concurrir a la licitación varias empresas, constituyendo una unión temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben las proposiciones, la participación de cada una de ellas, designando la persona o Entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la representación de la unión entre la Administración.
2. Declaración responsable del licitador haciendo constar que no se halla incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar enumeradas en el art. 49 de la Ley de Contratos del Sector Público, según Xxxxx XX.
3. Documentos acreditativos de la solvencia económica y financiera según lo establecido en el art. 64 de la Ley de Contratos del Sector Público, mediante los siguientes medios:
- Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
- Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
4. Acreditación de la solvencia técnica, con la presentación de los siguientes documentos:
- Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos.
- Relación del personal que llevara a cabo el servicio debiendo acreditar las titulaciones de Educador Social , Trabajador o psicólogo con formación especifica en mediación familiar y/o intervención familiar
Dicha documentación será informada por los técnicos municipales quienes emitirán un informe a la mesa de contratación sobre el contenido de los mismos.
5. Para las empresas extranjeras, una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
6. Declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, impuestas por la disposición vigente, así como no tener deuda alguna con el Ayuntamiento xx Xxxxx (MADRID).
Quien resulte adjudicatario deberá presentar en el plazo de QUINCE (15) DÍAS hábiles, contados a partir de la publicación de la adjudicación provisional en el perfil del contratante del órgano de contratación, Certificado de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social que acredite la inscripción de la empresa y hallarse al
corriente de las cuotas de la Seguridad Social del personal que trabaje a su servicio (por original o fotocopia compulsada), modelos de cotización TC1 y TC2 (por original o fotocopia compulsada), Certificado de la Delegación de Hacienda correspondiente que acredite estar al corriente de sus obligaciones tributarias conforme establece el artículo 49 apartado d) de la Ley de Contratos del Sector Público (por original o fotocopia compulsada), y Certificado de la Intervención de Fondos del Ayuntamiento xx Xxxxx de que no exista deuda alguna con este Ayuntamiento (por original o fotocopia compulsada).
7. Declaración por la que el licitador se obliga al cumplimiento de todas las disposiciones vigentes sobre Protección a la Industria Nacional, Legislación Social, Estatutos de los Trabajadores, Prevención de Riesgos Laborales y demás normas sobre la materia.
8. Declaración responsable firmada por el licitador en la que se comprometa a suscribir seguro de responsabilidad civil, que cubra todos los accidentes, daños o perjuicios ocasionados a terceros como consecuencia de la ejecución del contrato, con un mínimo de indemnización por siniestro de 600.000 €.
El adjudicatario provisional en el mismo plazo que se detalla en el apartado 6, deberá presentar copias compulsadas del último recibo y de la póliza del seguro de responsabilidad civil.
9. Escrito firmado por el licitador en el que conste la dirección, e-mail, número de teléfono, número de fax y la persona a la que se dirigirán las comunicaciones y requerimientos que sean precisos realizar durante el procedimiento selectivo.
B) En el SOBRE “B”, denominado “Proposición técnica para tomar parte en el procedimiento abierto, tramitado para adjudicar el servicio de punto de encuentro y mediación familiar en el municipio de Pinto (MADRID)” se incluirá la siguiente documentación:
Proyecto detallado donde se especifique como se van a prestar los servicios que requiere la Administración.
Declaración jurada de aquellos compromisos especiales y mejoras adicionales a las prescripciones mínimas que los licitadores estimen incluir en su plica, y que sean valorables en cuanto al procedimiento, y que se presentan como variantes.
C) En el SOBRE “C”, denominado “Proposición económica para tomar parte en el procedimiento abierto, tramitado para adjudicar el servicio de punto de encuentro y mediación familiar en el municipio de Pinto (MADRID)” ”, se incluirá la siguiente documentación:
1. Oferta económica, una sola proposición formulada estrictamente conforme al modelo que figura como Xxxxx X a este Xxxxxx.
No se tendrán por correctas ni válidas aquellas ofertas económicas que contengan cifras comparativas o expresiones ambiguas, aquellas que se presenten con enmiendas o raspaduras que puedan inducir a duda racional sobre su contenido ni aquellas en las que la cantidad expresada en letra y en número sea diferente.
Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición. Tampoco podrá suscribirse ninguna propuesta de unión temporal con otros, si lo ha hecho individualmente o figuran en más de una unión temporal.
Todos los documentos que formen parte de la proposición, es decir, la documentación general, la oferta económica y la memoria técnica deberán estar redactados en castellano.
UNDÉCIMA. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.-
11.1.- La adjudicación recaerá en el ofertante que en conjunto haga la proposición más ventajosa, sin atender exclusivamente al valor económico de la misma y no pudiendo declararse desierta la licitación si existe alguna proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios objetivos que figuran en el presente Xxxxxx.
11.2.- El acto de apertura de plicas tendrá lugar ante la Mesa de Contratación.
La Mesa de Contratación estará integrada por los miembros que constituyen la Mesa de Contratación para todos los procedimientos de contratación, aprobada por el Ayuntamiento Pleno con fecha 8 de enero de 2009, según lo establecido en el artículo 295 apartado 1 de la Ley de Contratos del Sector Público.
11.3.- Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación procederá a la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el SOBRE “A”, el martes hábil siguiente a la finalización del plazo de presentación de proposiciones, a las 12:00 horas, en un acto no público.
Con anterioridad se procederá a la apertura por los Técnicos Municipales (Secretario General de la Corporación, Interventora Municipal, Técnico/a del Área correspondiente y Secretaria delegada de las Mesas de Contratación) quienes emitirán y darán cuenta a los miembros de la Mesa de un informe relativo a la documentación presentada por los licitadores en el SOBRE “A”.
Si la Mesa de Contratación observara defectos materiales en la documentación presentada, podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el licitador lo subsane. Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición.
Los defectos subsanables o insubsanables apreciados serán publicados en el perfil del contratante y en el tablón de anuncios de esta Entidad, a efectos de la notificación prevista en el art. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 27 de Noviembre de 1992), comenzando, en su caso, el cómputo del plazo concedido para la subsanación de los defectos calificados como tales, el día inmediatamente posterior.
11.4.- Actuación de la Mesa de Contratación.- El acto de apertura de proposiciones técnicas será público y la convocatoria fecha y hora de su celebración se anunciará en el perfil del contratante y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, con al menos, un día hábil de antelación a la fecha en que se celebre.
La Mesa iniciará su actuación dando cuenta del resultado de la calificación de documentación general presentada por los licitadores en el SOBRE “A”, indicando los licitadores excluidos y las causas de exclusión, invitando a los asistentes a formular observaciones que se recogerían en el Acta.
Cualquier asistente, a propia petición podrá examinar la documentación presentada, que a tal efecto señale.
A continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del SOBRE “B” y dará cuenta de las proposiciones técnicas formuladas por cada uno de los licitadores.
Terminado el acto público de apertura del SOBRE “B”, la Mesa elevará el Acta correspondiente, en la que se recogerán las observaciones que estime pertinentes, así como la documentación relativa a los criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor por un organismo técnico especializado, remitiendo toda esta documentación a los Servicios Técnicos Municipales para que por aquellos se emitan los correspondientes informes técnicos acerca de la valoración de las proposiciones técnicas presentadas y la valoración de las mismas.
11.5.- El acto de apertura de proposiciones económicas será público y la convocatoria de fecha y hora de su celebración se anunciará en el perfil del contratante y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, con al menos, un día hábil de antelación a la fecha en que se celebre.
La Mesa iniciará su actuación dando cuenta del informe técnico resultado de la calificación de documentación presentada por los licitadores en el SOBRE “B”. A continuación se procederá a la apertura del SOBRE “C” OFERTA ECONÓMICA y una vez examinada la misma se procederá por la Mesa de Contratación, reunida a tal efecto, a formular la propuesta que estime pertinente que elevará al Órgano de Contratación que haya de efectuar la adjudicación.
La Mesa de Contratación podrá solicitar antes de formular su propuesta tantos informes técnicos como considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato.
DUODÉCIMA. CRITERIOS BASE PARA LA ADJUDICACIÓN.- Los criterios
objetivos que servirán de base para la adjudicación del contrato, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 134 de la Ley de Contratos del Sector Público, serán los señalados en la cláusula 5º xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas. Dichos criterios se detallarán en el anuncio de licitación.
DECIMOTERCERA. ADJUDICACIÓN PROVISIONAL Y DEFINITIVA.- El
Órgano de Contratación, recibida la documentación de la Mesa de Contratación y evacuados los informes técnicos correspondientes, acordará en resolución motivada la adjudicación provisional a la proposición más ventajosa, sin atender exclusivamente al valor económico de la misma, o declarar desierta la licitación si no se cumpliera lo previsto en el art. 135.1 de la Ley de Contratos del Sector Público, es decir, cuando no exista alguna proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios fijados en el Pliego.
La adjudicación provisional será notificada a todos los candidatos o licitadores y se publicará en el perfil del contratante del órgano de contratación según lo establecido en los arts. 42 y 135.3 de la L.C.S.P. Al efectuar dicha notificación se requerirá al adjudicatario para que aporte la documentación necesaria y constituya la garantía definitiva, en la cuantía y forma indicadas en la cláusula novena.
La adjudicación provisional se elevará a definitiva en los plazos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público. La adjudicación definitiva, una vez acordada, será notificada a todos los participantes en la licitación y se publicará conforme a lo establecido en el artículo 138 de la L.C.S.P.
DECIMOCUARTA. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.- La Corporación y el
contratista deberán formalizar el contrato de adjudicación del servicio en documento administrativo dentro de los DIEZ (10) DÍAS hábiles, a
contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación definitiva, según lo establecido en el artículo 140.1 de la L.C.S.P., constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
El Pliego de cláusulas administrativas particulares y el Pliego de prescripciones técnicas tienen carácter contractual por lo que deberán ser firmados en prueba de conformidad por el adjudicatario en el acto de formalización del contrato.
DECIMOQUINTA. GASTOS A CARGO DEL ADJUDICATARIO.- Serán de
cuenta del adjudicatario del contrato los siguientes gastos y obligaciones:
(a) Todos los anuncios que genere la licitación (incluidos los de boletines oficiales y prensa) hasta un máximo de 3.000 €, y los preparatorios y de formalización del contrato.
(b) Los tributos estatales, municipales y regionales que deriven del contrato.
(c) Asumir el pago del I.V.A., si se devengara.
(d) Los de formalización pública del contrato de adjudicación.
DECIMOSEXTA. OBLIGACIONES LABORALES DEL CONTRATISTA.- El
contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el trabajo, quedando la Administración exonerado de responsabilidad por este incumplimiento.
DECIMOSÉPTIMA. RELACIÓN LABORAL.- El presente contrato no implicará ninguna vinculación laboral con el Ayuntamiento xx Xxxxx ni del adjudicatario ni de sus asalariados, que serán por su cuenta y deberán estar dados de alta en la Seguridad Social.
DECIMOCTAVA. REVISIÓN DE PRECIOS.- Únicamente procederá la revisión de precios a partir del primer año de contrato. El sistema de revisión será el Índice General de precios al consumo que publique el Instituto Nacional de Estadística u organismo que le sustituya, a cuyo efecto, vendrá obligado el contratista a presentar el pertinente certificado acreditativo de los coeficientes de revisión en cada fecha respecto a la fecha última del contrato o sus prórrogas.
DECIMONOVENA. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.- El contrato podrá
extinguirse por alguna de las causas generales de resolución de los artículos 206 y 284 de la Ley de Contratos del Sector Público.
En cuanto a la aplicación de las causas y efectos de resolución, se estará a lo dispuesto en los artículos 207, 208 y 285 de la mencionada Ley.
VIGÉSIMA. DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA.- De conformidad
con el art. 90 de la Ley de Contratos del Sector Público, una vez finalizado el contrato y transcurrido el plazo de garantía de un mes sin que existan objeciones por parte de la Administración por el cumplimiento del mismo, se dará curso a la devolución de la garantía definitiva en los términos previstos por la vigente legislación, siempre que la misma no se halle afecta a responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la misma.
VIGESIMOPRIMERA. RETIRADA DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA
POR LOS LICITADORES.- Transcurrido UN (1) MES desde la notificación de la adjudicación definitiva del contrato, los licitadores que no hayan sido adjudicatarios deberán retirar la documentación aportada, señalándose que si en dicho plazo no fuera retirada se procederá a la destrucción de la misma por este Ayuntamiento.
VIGESIMOSEGUNDA. RÉGIMEN JURÍDICO.- En lo no previsto
expresamente en el presente Pliego de cláusulas administrativas particulares o elementos administrativos, se estará a lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en lo que no se oponga a la Ley antes mencionada, Ley 7/85, de 2 xx xxxxx y Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 xx xxxxx, en las demás normas establecidas aplicables a la contratación de las Administraciones Públicas, así como lo dispuesto en la normativa específica vigente sobre el objeto del contrato.
Las discrepancias o contradicciones que pudieran surgir entre el Pliego de cláusulas administrativas particulares y el Pliego de prescripciones técnicas se resolverán conforme a lo establecido en el primero de los Pliegos.
VIGESIMOTERCERA. JURISDICCIÓN COMPETENTE.- Las cuestiones
litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y
efectos de los contratos serán resueltas por los Órganos de Contratación, cuyas resoluciones agotarán la vía administrativa y abrirán la vía contencioso-administrativa, a tenor de la Ley de dicha jurisdicción.
VIGESIMOCUARTA. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA.- El contratista
será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 198 de la Ley de Contratos del Sector Público.
VIGESIMOQUINTA.- Corresponde a la Administración la prerrogativa de dirigir el servicio, de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público.
En Pinto, a 4 de Noviembre de 2009 LA TÉCNICO JEFE
DEL SERVICO DE CONTRATACIÓN
Fdo.: Xx. Xx. Xxxxx Xxxxxx Xxxxx
I N F O R M E D E S E C R E T A R Í A
Examinado el Pliego de cláusulas administrativas particulares que antecede y que habrá de regir el procedimiento abierto para adjudicar el servicio de punto de encuentro y mediación familiar en el Municipio xx Xxxxx (MADRID), se considera que el mismo reúne todos los requisitos exigibles por la legislación vigente, por lo que no existe inconveniente en que, previa su aprobación por el Órgano competente, por el Departamento de Contratación se inicien los trámites encaminados a la contratación de empresa o persona física que lleve a cabo el objeto del contrato.
Pinto, a 4 de noviembre de 2009 EL SECRETARIO
Fdo.: X. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx
(MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA)
D/Xx. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , con domicilio en . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . , calle . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , nº . . . . , NIF nº . . . . . . .
. (en el caso de actuar en representación como apoderado de . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . , con domicilio en , calle .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , nº . . . . , CIF o NIF nº ,
teléfono . . . . . . . . . . . , fax , enterado de la solicitud de
proposiciones del Ayuntamiento xx Xxxxx así como de las condiciones y requisitos para concurrir al procedimiento abierto, tramitado para adjudicar el servicio de punto de encuentro y mediación familiar en el municipio xx Xxxxx (MADRID), cree que se encuentra en situación de acudir como licitador de la misma.
A este efecto hace constar que conoce el Pliego de cláusulas administrativas particulares y el Pliego de prescripciones técnicas por los que se rige la convocatoria, que acepta incondicionalmente sus cláusulas, que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración, y se compromete en nombre . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (propio o de la empresa que representa), a tomar a su cargo el mencionado contrato, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por los precios que se detallan a continuación:
a) Hora laboral normal: . . . . . . . . . . . . . . . . . € (EN LETRA Y NÚMERO), que supone un tanto por ciento de rebaja del %,
más la cantidad de . . . . . . . . . . . . . €, en concepto de % de
I.V.A., lo que hace un total de . . . . . . . . . . . . . € (EN LETRA Y NÚMERO).
b) Hora festiva € (EN LETRA Y NÚMERO), que supone
un tanto por ciento de rebaja del . . . . %, más la cantidad de . .
. . . . . . . . . . . €, en concepto de % de I.V.A., lo que hace un
total de € (EN LETRA Y NÚMERO).
. . . . . . . , a . . de . . . . . de 200. . (FIRMA DEL PROPONENTE)
SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXX.-
(MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE)
D/Xx , mayor de edad, con
domicilio en . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ., calle . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . , nº . . . . . . . . . y NIF nº . . . . . . . . . . . . . . . , (En el caso de
actuar en representación como apoderado de . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . , con domicilio en . . . . . . . . . . . . . . . . . . ., calle . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . nº . . . . . . . CIF o NIF )
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD
Que no se halla incurso (caso de actuar en representación: Que ni la empresa a la que representa, ni los administradores de la misma se hallan incursos) en ninguna de las circunstancias que determinan la prohibición para contratar con la Administración, a que se refiere el art. 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y el Real Decreto 390/96, de 18 xx Xxxx.
Y para que conste y surta los efectos oportunos ante el Ayuntamiento xx Xxxxx, expido y firmo la presente declaración en Pinto, (Madrid), a . . . . . . . . . . . . de . . . . . . . . . . . de 2 . . . . . .
SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXX.-
(MODELO DE AVAL)
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . NIF con domicilio
(a efectos de notificaciones y requerimientos) en en
la calle/plaza/avenida . . . . . . . . . . . . . . C.P. . . . . y en su nombre (nombre y apellidos de los apoderados). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento,
A V A L A
a:(nombre y apellidos o razón social del avalado). . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . en virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que impone/n la constitución de esta garantía), para responder de las obligaciones derivadas de la adjudicación del contrato de SERVICIO DE PUNTO DE ENCUENTRO Y MEDIACIÓN FAMILIAR (EXPTE.: 040/09),
ante el Ayuntamiento xx Xxxxx, por importe de . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. euros (en letra y en cifra).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del Ayuntamiento xx Xxxxx (Madrid), con sujeción a los términos previstos en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos.
. . . . . . . . . . . . . . . .(lugar y fecha)
. . . . . . . . . (razón social de la entidad)
. . . . . . . . . . .(firma de los Apoderados)
VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA C.G.D. O ABOGACÍA DEL ESTADO
Provincia: Fecha: Nº Código:
C.A.mjg/mv
RESOLUCIÓN DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXX (MADRID) POR LA QUE SE ANUNCIA EL PROCEDIMIENTO ABIERTO, TRAMITADO PARA ADJUDICAR EL SERVICIO DE PUNTO DE ENCUENTRO Y MEDIACIÓN FAMILIAR EN EL MUNICIPIO XX XXXXX (MADRID).
OBJETO DEL CONTRATO: Servicio de Punto de Encuentro y Mediación Familiar en el Municipio xx Xxxxx.
DURACIÓN DEL CONTRATO: Un año.
TIPO DE LICITACIÓN:
- Hora laboral normal: 23,23 euros/hora más el 7% de I.V.A., a la baja
- Hora festiva: 33,33 €/hora más el 7% de I.V.A., a la baja
No obstante, el importe máximo de contratación para el año no superará la cantidad global de 49.999,04 euros más la cantidad de 3.499,94 euros, en concepto de 7% de I.V.A., lo que supone un total de 53.498,98 euros.
EXPEDIENTE: El Pliego de cláusulas administrativas particulares y el Pliego de prescripciones técnicas se encuentran a disposición de los interesados en el perfil del contratante (xxx.xxxx-xxxxx.xx), durante el plazo de presentación de plicas.
PRESENTACIÓN DE PLICAS: El plazo para presentar proposiciones será hasta el día 27 de noviembre de 2009. Las proposiciones se presentarán en las Dependencias Municipales, en horario de 9 a 14:00 horas.
MESA DE CONTRATACIÓN Y APERTURA DE PLICAS: El acto de apertura
pública de las proposiciones técnicas se celebrará en el salón de sesiones del Ayuntamiento xx Xxxxx, a las 14:00 horas del día 9 de diciembre de 2009.
La Mesa de Contratación estará integrada por los miembros que constituyen la Mesa de Contratación para todos los procedimientos de contratación, aprobada por el Ayuntamiento Pleno con fecha 8 de enero de 2009.
En Pinto, a 12 de noviembre de 2009 EL CONCEJAL DELEGADO
DE CONTRATACIÓN
Fdo.: Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx
C.A. mjg/mv.
RESOLUCIÓN DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXX (MADRID) POR LA QUE SE ANUNCIA LA CONVOCATORIA DE LA MESA DE CONTRATACIÓN PARA LA APERTURA PÚBLICA DEL SOBRE C “PROPOSICIÓN ECONÓMICA” DEL PROCEDIMIENTO ABIERTO, TRAMITADO PARA ADJUDICAR EL SERVICIO DE PUNTO DE ENCUENTRO Y MEDIACIÓN FAMILIAR DEL MUNICIPIO XX XXXXX (MADRID).
OBJETO DEL CONTRATO: Servicio del Punto de Encuentro y Mediación Familiar en el Municipio xx Xxxxx (Madrid).
APERTURA PÚBLICA DEL SOBRE C “PROPOSICIÓN ECONÓMICA”:
a) Dirección: Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0.
b) Localidad y Código Postal: Pinto 28320.
c) Lugar: Salón de sesiones del Ayuntamiento xx Xxxxx.
d) Fecha y hora: El lunes día 11 de enero de 2010, a las 12:00 horas.
La Mesa de Contratación estará integrada por los miembros que constituyen la Mesa de Contratación para todos los procedimientos de contratación, aprobada por el Ayuntamiento Pleno con fecha 8 de enero de 2009.
En Pinto, a 5 de enero de 2010 EL PRESIDENTE DE LA MESA
DE CONTRATACIÓN
Fdo.: X. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx
Sec EF/ac.-
X. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, SECRETARIO GENERAL DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DE LA XXXXX XX XXXXX (MADRID),
C E R T I F I C A: Que en la sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local de fecha 8 de febrero de 2010 se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo que se transcribe del borrador del acta y dice:
“2.- CONCEJALÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA, RECURSOS HUMANOS, CONTRATACIÓN
, PATRIMONIO, RÉGIMEN INTERIOR Y COMPRAS
2.2. ADJUDICACION DEFINITIVA DEL CONTRATO DE SERVICIO DE PUNTO DE ENCUENTRO Y MEDIACION FAMILIAR
Se pone de manifiesto el expediente en el que consta, entre otros documentos, la propuesta del Concejal Delegado de Patrimonio que en extracto dice:
Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I
“La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada con fecha 18 de enero de 2010, adjudicó provisionalmente el contrato de servicio de punto de encuentro y mediación familiar en el municipio xx Xxxxx (Madrid) a la empresa “Fundación Grupo Norte”.
Visto que el adjudicatario provisional ha presentado la documentación requerida por el órgano de contratación para poder proceder a la formalización del contrato administrativo, y a la vista del informe jurídico emitido por la Técnico Jefe del Servicio de Contratación que consta unido al expediente,”
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad y en votación ordinaria acuerda:
PRIMERO.- Adjudicar definitivamente el contrato de servicio de punto de encuentro y mediación familiar en el municipio xx Xxxxx (Madrid), a la empresa FUNDACIÓN GRUPO NORTE, por un plazo de duración de UN (1) AÑO, y por los siguientes importes:
a)Hora laboral normal: 22,07 €, que supone un tanto por ciento de rebaja del 5 %, más la cantidad de 0 €, en concepto de EXENCIÓN DE I.V.A., lo que hace un total de 22,07 €.
b)Hora festiva: 31,66 €, que supone un tanto por ciento de rebaja del 5 %, más la cantidad de 0 €, en concepto de EXENCIÓN DE I.V.A., lo que hace un total de 31,66 €.
SEGUNDO.- Notificar el presente acuerdo al adjudicatario para que dentro del plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la notificación, proceda a la formalización del contrato administrativo en el Departamento de Contratación de este Ayuntamiento.”
Y para que así conste y surta los efectos oportunos expido la presente de orden y con el VºBº del Señor Alcalde a reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente (art 206 ROF) en la Xxxxx xx Xxxxx a nueve de febrero de dos mil diez.
VºBº
Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I
EL ALCALDE
Sec ef/bv.-
X. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, SECRETARIO DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DE LA XXXXX XX XXXXX (MADRID),
C E R T I F I C A: Que en la sesión Ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local de fecha 18 de Enero de 2010 se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo que se transcribe del borrador del acta y dice:
“3.- CONCEJALIA DE ECONOMIA, HACIENDA, RECURSOS HUMANOS, CONTRATACION, PATRIMONIO, REGIMEN INTERIOR Y COMPRAS.
3.1 ADJUDICACION PROVISIONAL DEL CONTRATO DEL SERVICIO DE PUNTO DE ENCUENTRO Y MEDIACION FAMILIAR .
Se pone de manifiesto el expediente en el que consta, entre otros documentos, la propuesta del Concejal Delegado de Contratación que en extracto dice:
“Visto el estado procedimental en el que se encuentra el expediente de contratación mediante procedimiento abierto, tramitado para adjudicar el SERVICIO DE PUNTO DE ENCUENTRO Y MEDIACIÓN FAMILIAR EN EL MUNICIPIO XX XXXXX (MADRID).
Visto el informe técnico emitido por la Coordinadora de Programas de Bienestar Social, Igualdad y Mayores y la Trabajadora Social de la Concejalía de Bienestar Social, con fecha 22 de diciembre de 2009, así como el Acta de la Mesa de Contratación celebrada el 11 de enero de 2010, en los que se dictamina que la oferta presentada por la empresa “FUNDACIÓN GRUPO NORTE”, es la que más se ajusta a las necesidades de este Ayuntamiento en cuanto al objeto del contrato en cuestión al haber obtenido la mayor puntuación conforme a los criterios de valoración del presente procedimiento.”
La Junta de Gobierno Local por unanimidad y en votación ordinaria acuerda: PRIMERO.- Declarar válido el acto de licitación.
SEGUNDO.- Excluir la plica nº. 3 presentada por la ASOCIACIÓN XXXXXXXX, PARA LA PREVENCIÓN DEL DELITO Y EL TRATAMIENTO DE LA VICTIMA Y EL DELINCUENTE, por no
corresponder el objeto social de la asociación con el objeto del presente contrato, por tanto, no pudiéndose proceder a realizar el bastanteo de poder.
TERCERO.- Adjudicar provisionalmente el contrato de servicio de punto de encuentro y mediación familiar en el municipio xx Xxxxx (Madrid), a la empresa FUNDACIÓN GRUPO NORTE, por un plazo de duración de UN (1) AÑO y por los siguientes importes:
a)Hora laboral normal: 22,07 €, que supone un tanto por ciento de rebaja del 5 %, más la cantidad de 0 €, en concepto de EXENCIÓN DE I.V.A., lo que hace un total de 22,07 €.
b)Hora festiva: 31,66 €, que supone un tanto por ciento de rebaja del 5 %, más la cantidad de 0 €, en concepto de EXENCIÓN DE I.V.A., lo que hace un total de 31,66 €.
CUARTO.- Notificar el presente acuerdo al adjudicatario que en el plazo máximo de 15 días hábiles, a contar desde su publicación en el perfil del contratante del órgano de contratación, deberá presentar en el Departamento de Contratación de este Ayuntamiento la siguiente documentación: Copia de la Carta de Pago de haber depositado la garantía definitiva por un importe de 2.374,87 euros, Certificado de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, modelos de cotización TC1 y TC2, Certificado de la Delegación de Hacienda, Certificado de la Intervención de Fondos del Ayuntamiento xx Xxxxx y copias compulsadas del último recibo y de la póliza del seguro de responsabilidad civil.”
Y para que así conste y surta los efectos oportunos expido la presente de orden y con el VºBº del Señor Alcalde a reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente (art 206 ROF) en la Xxxxx xx Xxxxx a diecinueve de enero de dos mil diez.
VºBº
EL ALCALDE
Sec EF/ac.-
X. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, SECRETARIO GENERAL DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DE LA XXXXX XX XXXXX (MADRID),
C E R T I F I C A: Que en la sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local de fecha 9 de Noviembre de 2009 se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo que se transcribe del borrador del acta y dice:
“2.- CONCEJALIA DE ECONOMIA, HACIENDA, RECURSOS HUMANOS, CONTRATACION, PATRIMONIO, REGIMEN INTERIOR Y COMPRAS
2.4 APROBACION DE LOS PLIEGOS DE CLAUSULAS QUE HAN DE REGIR PARA ADJUDICAR EL SERVICIO DE PUNTO DE ENCUENTRO Y MEDIACION FAMILIAR EN EL MUNICIPIO
Se pone de manifiesto el expediente en el que consta, entre otros documentos, la propuesta del Concejal Delegado de Contratación que en extracto dice:
“Vista la orden de inicio de la Concejala de Bienestar Social, Igualdad y Mayores, donde se expresa el interés en la contratación del SERVICIO DE PUNTO DE ENCUENTRO Y MEDIACIÓN FAMILIAR EN EL MUNICIPIO XX XXXXX (MADRID), englobados dentro de las actividades a realizar en el marzo del convenio que, para el desarrollo de los servicios sociales de atención social primaria, se suscribe anualmente entre el Ayuntamiento xx Xxxxx y la Consejería de Familia y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid.
Visto el Pliego de cláusulas administrativas particulares elaborado en el Departamento de Contratación e informado por la Técnico Jefe de Servicio de Contratación y el Pliego de prescripciones técnicas elaborado e informado por la Coordinadora de Programas de Bienestar Social, Igualdad y Mayores, así como los informes de la Secretaría y de la Intervención Municipal que constan unidos al expediente,”
La Junta de Gobierno Local, vistos los antecedentes que obran en el expediente, por unanimidad y en votación ordinaria acuerda:
PRIMERO.- Aprobar el expediente de contratación del servicio de punto de encuentro y mediación familiar en el municipio xx Xxxxx (Madrid).
SEGUNDO.- Declarar de tramitación ordinaria el expediente de contratación citado anteriormente.
TERCERO.- Aprobar el Pliego de cláusulas administrativas y el Pliego de prescripciones técnicas que habrán de regir la contratación, por el procedimiento abierto, del servicio de punto de encuentro y mediación familiar en el municipio xx Xxxxx (Madrid).
CUARTO.- Que se proceda a convocar la licitación conforme a los Pliegos de cláusulas aprobados, siendo los precios-tipo de licitación, excluido I.V.A., y a la baja, los siguientes:
- Hora laboral normal ……………… 23,23 €/hora más el 7% de I.V.A.
- Hora festiva 33,33 €/hora más el 7% de I.V.A.
No obstante, el importe máximo de contratación para el año no superará la cantidad global de 49.999,04 euros, más la cantidad de 3.499,94 €, en concepto de 7% de I.V.A., lo que supone un total de 53.498,98 €.
QUINTO.- Aprobar el gasto de 49.999,04 euros más la cantidad de 3.499,94 euros, en concepto de 7% de I.V.A., lo que hace un total de 53.498,98 euros que dicha contratación supone para el año de contrato, con cargo a la partida presupuestaria habilitada al efecto en el Presupuesto General del Ayuntamiento xx Xxxxx para el ejercicio 2010.
SEXTO.- Designar como vocal técnico de las Mesas de Contratación que se celebren en el presente procedimiento, a la Coordinadora de Programas de Bienestar Social, Igualdad y Mayores, Xx. Xxx Xxxxxx xxx Xxxx Xxxxx.
SÉPTIMO.- Cumplir los demás trámites preceptivos de impulso hasta la formalización del oportuno contrato.”
Y para que así conste y surta los efectos oportunos expido la presente de orden y con el VºBº del Señor Alcalde a reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente (art 206 ROF) en la Xxxxx xx Xxxxx a diez de Noviembre de dos mil nueve.
VºBº
EL ALCALDE
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HABRÁN DE REGIR EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN ORDINARIO ABIERTO, TRAMITADO PARA ADJUDICAR “LOS SERVICIOS DE PUNTO DE ENCUENTRO Y MEDIACIÓN FAMILIAR” INCLUIDOS DENTRO DEL PROYECTO DE INTERVENCIÓN DE APOYO A LA FAMILIA EN EL MUNICIPIO XX XXXXX (MADRID).
1º OBJETO XXX XXXXXX
El objeto del presente contrato es la contratación por el procedimiento ordinario abierto de concurso público de los servicios de “Punto de Encuentro Familiar y Mediación Familiar” en el Municipio xx Xxxxx, consolidando el servicio ya iniciado en el año 2007 con resultados positivos para las familias beneficiarías.
Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I
Habida cuenta de que estas actuaciones se encuentran englobadas dentro de las actividades a realizar en el marco del convenio que, para el desarrollo de los servicios sociales de atención social primaria, se suscribe anualmente entre el Ayuntamiento xx Xxxxx y la Consejería de Familia y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid.
Fundamentación y Xxxxx Xxxxxxxx de los
“ Servicios de Punto de Encuentro y Mediación Familiar”
Los poderes públicos tienen entre sus potestades la protección social y jurídica de la familia, para ello se han articulado distintas medidas legislativas y en distintos niveles territoriales y políticos
La Unión Europea inició el camino con la elaboración de la Carta Europea de los Puntos de Encuentro para el mantenimiento de las relaciones entre los hijos y sus padres (Carta Europea, 2004). La redacción de la Carta Europea de Puntos de Encuentro pretendía establecer acuerdos acerca de temas como la formación, el estatus legal, la relación con la justicia y otros profesionales, el papel de la Mediación Familiar, criterios de selección de casos y otros aspectos. En esta carta se especifica el objetivo y finalidad de estos lugares. Considera que la acción de los Puntos de Encuentro y Mediación Familiar se basa en el reconocimiento del vínculo de filiación y en el interés y el derecho del menor en ver aseguradas la instauración y la continuidad de todas las relaciones necesarias para la construcción de su identidad. Esta se sitúa en la articulación de las dimensiones psicológica, social y jurídica.
Además especifica que la acción de los Puntos de Encuentro y la Mediación Familiar se inscribe en el respeto de los textos legislativos en vigor de cada país, de la “Convención sobre las relaciones personales referidas a los menores” del Consejo de Europa y de la “Convención Internacional de los Derechos del Niño”.
PUNTO DE ENCUENTRO Y SERVICIO DE MEDIACIÓN FAMILIAR 2009 1
Tras los primeros años de implantación y puesta en marcha de estos servicios de apoyo a las familias en situaciones de crisis de convivencia y / o rupturas existe consenso sobre la valoración de su ejecución y desarrollo tanto las Administraciones Públicas y el Consejo General del Poder Judicial han reconocido su utilidad y eficacia en la resolución de conflictos familiares y se pretende que extiendan y generalicen estos servicios según el principio de proximidad a los ciudadanos.
▪ Objetivos del “ Servicio de Punto de Encuentro Familiar “
El objetivo general de este proyecto es el de favorecer el cumplimiento del derecho del menor a relacionarse con ambos progenitores después de la separación, así como con las familias extensas, estableciéndose los vínculos necesarios para su desarrollo psíquico, afectivo y emocional. Asimismo, pretende facilitar a ambos padres la orientación y apoyo profesional que necesitan para resolver sus conflictos después de la separación, y consigan la autonomía necesaria para mantener una relación adecuada con sus hijos/ as sin tener que depender de este servicio
Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I
Dentro de los objetivos específicos encontramos los siguientes; facilitar en situaciones de separación o ruptura, las visitas y contactos de los menores con sus familiares para garantizar el mantenimiento de los vínculos necesarios para su adecuado desarrollo. Contener los conflictos entre los progenitores durante las visitas y prevenir los episodios de violencia y ayudar a los padres para que sean capaces de mantener una adecuada relación con sus hijos de forma autónoma, sin necesidad de apoyo institucional.
El Punto de Encuentro Familiar es un recurso neutral para aquellas familias que, en su proceso de ruptura, necesitan un apoyo técnico e institucional que facilite las relaciones entre los menores y otros familiares con los que no conviven habitualmente.
Ofrecer una intervención temporal, para facilitar la vinculación entre padres e hijos u otros miembros de la familia, a través del adecuado cumplimiento del régimen de visitas
Serían lugares transitorios donde se llevarían a cabo una intervención familiar, dirigida a la normalización del régimen de visitas, bien porque desaparezcan las circunstancias que motivaron la derivación a este servicio, o bien por que los progenitores asuman sus responsabilidades parentales y puedan cumplir los acuerdos relativos al régimen de comunicación y /o estancia con sus hijos.
▪ Familias destinatarias del servicio de Punto de Encuentro Familiar
Las familias a las que va dirigido este proyecto deben estar empadronadas en el municipio xx Xxxxx ( o al menos el progenitor custodio y el/ los menor / res), y deben ser derivadas a este recurso por los Juzgados de 1º Instancia o de Familia xx Xxxxx, así como aquellas que por su problemática social,
PUNTO DE ENCUENTRO Y SERVICIO DE MEDIACIÓN FAMILIAR 2009 2
valorada por los equipos especializados de los Servicios Sociales Municipales xx Xxxxx, presentan las siguientes características:
Familias que durante y después del proceso de separación o divorcio tienen conflicto o dificultad en la relación paterno-filial.
Familias donde existe una situación de violencia de género contra la mujer, cuando hay orden de protección con medida penal de alejamiento. Así como en aquellos casos que, sin haber orden de alejamiento, el cumplimiento del régimen de visitas supone un riesgo para la integridad física y/ o psicológica de la madre.
Familias donde el padre o madre no custodio carece de vivienda en Pinto, o cuando ésta no reúna las condiciones adecuadas, y tiene que ejercer su derecho a visita.
Familias donde el padre o madre que no ostenta la guarda y custodia padezca algún trastorno mental, conducta adictiva o problemática social que aconsejen la supervisión de estos encuentros.
Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I
Situaciones donde el menor se encuentra separado de sus progenitores con medida de protección de acogimiento familiar con familia extensa o ajena, administrativo o judicial.
Situaciones donde los menores se niegan a relacionarse con el progenitor no custodio.
Familias en las que existe oposición o bloqueo al régimen de visitas por parte del progenitor custodio.
Cuando las circunstancias personales de los progenitores hacen aconsejable la supervisión Dificultades en casos de Acogimiento con familia biológica.
▪ Objetivos del Servicio de Mediación Familiar
El servicio de mediación familiar es un procedimiento voluntario de gestión o resolución positiva de tensiones o conflictos familiares en el que las partes solicitan y aceptan la intervención de un
mediador, profesional imparcial, neutral y sin capacidad para tomar decisiones por ellas, que les asiste con la finalidad de favorecer vías de comunicación y búsqueda de acuerdos consensuados.
El objetivo general se dirigirá a prevenir o minimizar los conflictos intrafamiliares, a evitar la apertura de procedimientos judiciales de carácter contencioso, poner fin a los ya iniciados o reducir sus
PUNTO DE ENCUENTRO Y SERVICIO DE MEDIACIÓN FAMILIAR 2009 3
consecuencias negativas, así como a facilitar a las partes en la mediación del cumplimiento de sentencias judiciales que afecten a las relaciones familiares. Así como ayudar a orientar y clarificar a la unidad familiar para que pueda adaptarse al nuevo sistema de relaciones, resultante de la ruptura elegida por la pareja.
Entre los Objetivos específicos del servicio destacamos: el mantenimiento de la cooperación parental, asegurando la continuidad de la relación con sus progenitores y su permanencia en su entorno social, material y afectivo. Dotar a las familias de las habilidades necesarias para afrontar sus necesidades, proporcionándoles la autonomía suficiente para la superación de sus propias dificultades y favoreciendo la relación entre sus miembros. Evitar la instrumentalización de los hijos, ante diferentes situaciones de conflictividad conyugal. Reducir los enfrentamientos en la pareja como consecuencia de un proceso de separación o divorcio. Conseguir que la pareja llegue a acuerdos sobre los aspectos que se van a desarrollar en un convenio regulador. Continuar con la relación paterno filial, después de la ruptura. Prevenir, el incumplimiento de las responsabilidades contraídas a través del mutuo acuerdo y facilitando la modificación de las mismas, si procede.
Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I
▪ Destinatarios del Servicio de Mediación Familiar
El Servicio se dirige a familias en procesos de ruptura de la convivencia por separación o divorcio y que presentan: problemáticas relacionales y de comunicación entre sus miembros, como crisis conyugales, crisis paterno - filiales, crisis con la relación familia extensa o por cuidado de discapacitados, relaciones conflictivas, crisis mixtas.
Las personas unidas por vínculo matrimonial o unión de hecho en los conflictos intrafamiliares de convivencia, o en los supuestos de ruptura, separación, divorcio o nulidad y en cualquier fase de estos procesos, con el fin de lograr acuerdos.
Las personas unidas por vínculo de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o afinidad, en las tensiones o conflictos intrafamiliares de convivencia, en los conflictos por herencias o con el fin de evitar o simplificar un litigio judicial en el ámbito de la familia.
La familia acogedora, los acogidos y la familia biológica, respecto a cualquier conflicto o aspecto del acogimiento o convivencia.
La familia adoptante, los adoptados y la familia biológica en la búsqueda de orígenes del adoptado y al objeto de facilitar el eventual encuentro o relaciones posteriores, de acuerdo con lo previsto en la legislación estatal en esta materia.
Las personas con menores a cargo no incluidas en los apartados anteriores en los conflictos que surjan con respecto a los menores o para prevenir o simplificar un litigio judicial en el ámbito del derecho de familia.
PUNTO DE ENCUENTRO Y SERVICIO DE MEDIACIÓN FAMILIAR 2009 4
▪ Todas las derivaciones de cualquier tipología de las familias descritas anteriormente serán derivadas a los servicios de Punto de Encuentro Familiar Mediación Familiar gestionados por la empresa adjudicataria a través de un protocolo de derivación que se establecerá previamente por los profesionales de la Concejalía de Bienestar Social, Igualdad y Mayores.
2º PRECIO
Los precios unitarios máximos que servirán de base para la negociación serán de;
▪ Coste / hora para el servicio de Punto de Encuentro Familiar por días laborable de lunes a viernes: 23,23 €
Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I
▪ Coste / hora para el servicio de Punto de Encuentro Familiar por días xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos: 33,33 €
▪ Coste/ hora para el servicio de Mediación Familiar 23, 23 €
Los precios unitarios máximos que servirán de base para la negociación serán de 23, 23 €, las horas prestadas en días laborables del Punto de Encuentro, Mediación Familiar como las horas de gestiones administrativas y coordinación. Y de 33,33 € las horas prestadas en días de fin de semana y festivos del Punto de Encuentro Familiar.
Que podrá ser objeto de baja por parte de los licitadores y será el que sirva de base a la facturación en función del número de horas y tipo de servicio que se preste.
El número máximo de horas que servirán de base para la negociación en los12 meses de duración del contrato entre el Ayuntamiento xx Xxxxx y la empresa adjudicataria será:
▪ 884 horas al año a el precio unitario de 23,23 € ( precio días laborables tanto del Punto de Encuentro como de Mediación Familiar
▪ 884 horas al año a el precio unitario de 33,33 € ( precio días fin de semana y festivos del Punto de Encuentro.
▪ El número de horas total entre las prestadas en días laborables y las de fin de semana y festivos entre los dos servicios será de: 1.768
PUNTO DE ENCUENTRO Y SERVICIO DE MEDIACIÓN FAMILIAR 2009 5
En cualquier caso, el precio máximo del contrato que el Ayuntamiento xx Xxxxx abonará al adjudicatario por la realización de los 2 servicios de “Punto de Encuentro y Mediación Familiar“ será la cantidad anual de 49.999,04 € más la cantidad de 3.499,94 € en concepto de 7 % de IVA Ascendiendo la cantidad anual a 53.498,98 incluido el 7% de IVA.
La facturación del servicio se presentará mensualmente, recogiendo en cada factura en nº de horas del servicio prestadas de cada una de las dos tarifas según sean días laborables o días de fin de semana y festivos, no pudiendo exceder el nº de horas mensuales previstas en el punto 3º de esta plica: “Servicios a prestar”sin justificación ,coordinación y aprobación previa de los profesionales responsables del Servicio del Punto de Encuentro Familiar de la Concejalía de Bienestar Social, Igualdad y Mayores.
Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I
3º SERVICIOS A PRESTAR
▪ Actuaciones y funciones de los profesionales del Punto de Encuentro Familiar
La puesta en marcha del servicio de Punto de Encuentro Familiar supone llevar a cabo las siguientes actividades:
1. Facilitar el régimen de visitas estipulado en la Sentencia Judicial, o mediante acuerdo formal con los profesionales de los equipos especializados de los Servicios Sociales Municipales ( Intervención Familiar y Punto Municipal del Observatorio Regional de violencia de Genero).
Se pueden dar diferentes tipos de visitas:
-visita de recogida y entrega: se cita al progenitor no custodio a una hora determinada, quien está en el centro hasta la llegada del progenitor custodio y el/ los menor / res. Posteriormente el progenitor custodio abandona el PEF, permaneciendo en el centro el progenitor no custodio con el/ los menor/ res, quienes pasados diez minutos abandonan el servicio.
-visita tutelada: visitas controladas dentro del servicio, asistida por un profesional que supervisará la situación.
-visita de recogida y entrega con posibilidad de permanencia en el PEF: cuando el progenitor no custodio no tiene domicilio en el municipio o éste no tiene condiciones adecuadas para la estancia del menor.
PUNTO DE ENCUENTRO Y SERVICIO DE MEDIACIÓN FAMILIAR 2009 6
2. Ofrecer a los progenitores orientaciones educativas y asesoramiento profesional, para ayudarles a establecer un nuevo sistema de relaciones que les permita comunicarse sin necesidad de acudir al Punto de Encuentro.
Los profesionales que llevarán a cabo este servicio estarán debidamente cualificados, siendo la titulación exigida la de educador social, trabajador social o psicólogo, y con formación específica en mediación familiar y /o intervención familiar en modelo sistémico.
Las funciones de los profesionales del PEF serían:
- Entrevistas previas con el servicio que deriva en los casos que se estime oportuno.
- Entrevistas con los usuarios, para explicarles el servicio y firmar los acuerdos.
- Realización de intervenciones familiares para favorecer el acercamiento del/ los menor/ res al progenitor no custodio, en los casos necesarios.
- Realización de mediación familiar, para la consecución del objetivo de la independencia del servicio.
- Observación de la conducta del menor y del titular del derecho a visitas.
Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I
- Valoración de las relaciones familiares respecto al cumplimiento del derecho a visitas.
- Elaboración de registros y documentación.
- Emisión de informes periódicos para la entidad derivante ( Juzgados, Servicios Sociales Municipales).
- Reuniones de coordinación con los Servicios Sociales Municipales
- Reuniones de coordinación del equipo multidisciplinar del PEF.
Ubicación, funcionamiento y Horario del P. E. F. xx Xxxxx.
La ubicación de este servicio en el municipio xx Xxxxx será en dependencias de titularidad municipal a determinar por la Dirección de la Concejalía de Bienestar Social, Igualdad y Mayores.
El horario contemplado de atención a las familias será el siguiente, estando en función de las necesidades del servicio de las familias derivadas al mismo.
-miércoles y viernes de 18 h. a 21h.
-sábados y domingos, de 9:30 h. a 12:30 h. y de 18 h. a 21h.
-Gestiones administrativa, coordinación , 2 horas semanales
PUNTO DE ENCUENTRO Y SERVICIO DE MEDIACIÓN FAMILIAR 2009 7
La puesta en marcha del servicio se ajustará a la franja horaria establecida, pudiendo incrementarse en función a las demandas de las familias y sentencias de los Juzgados que deriven el caso a los profesionales de la Concejalía de Bienestar Social, Igualdad y Mayores. Siendo necesario en caso de necesidad la aprobación mensual por parte de los responsables de dicha Concejalía del incremento de horas prestadas por la empresa adjudicataria.
▪ Actuaciones y funciones de los profesionales del Servicio de Mediación Familiar
Apoyo y orientación familiar, social y jurídica ante las crisis familiares, derivadas del proceso de ruptura de la convivencia.
Asesoramiento e intervención familiar especializada a los destinatarios del servicio.
Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I
Prevención y en su caso, ayuda a la superación de crisis específicas de los procesos de educación y evolución de los hijos.
Apoyo y orientación a las familias en proceso de reestructuración por entrada o salida de algún miembro del sistema familiar.
Mediación familiar, como acciones específicas, dirigidas a promover procesos de negociación entre los miembros de la pareja, con objeto de llegar a acuerdos entre ambas partes, y si procede, ayudar a resolver las modificaciones necesarias en el Convenio Regulador.
Asesoramiento jurídico en materias de familia y menores.
Asesoramiento a profesionales de la Corporación Local y del Centro de Servicios Sociales sobre temas relacionados con la familia y menores, en especial dificultad.
Formación a profesionales sobre el proceso de mediación familiar, el sistema de relaciones interpersonales, metodologías y técnicas de intervención, aspectos legales en materia de familia e infancia. Protección jurídica del menor.
Reuniones de coordinación periódicas con los profesionales y Coordinador/a de la Concejalía de Bienestar Social, Igualdad y Mayores.
Emisión de informes periódicos a demanda de los profesionales y Coordinador/a de la Concejalía de Bienestar Social, Igualdad y Mayores.
PUNTO DE ENCUENTRO Y SERVICIO DE MEDIACIÓN FAMILIAR 2009 8
▪ Ubicación, funcionamiento y Horario del Servicio de Mediación Familiar
La ubicación de este servicio en el municipio xx Xxxxx será en dependencias de titularidad municipal a determinar por la Dirección de la Concejalía de Bienestar Social, Igualdad y Mayores
.
El horario de atención a las familias del servicio de Mediación Familiar será el siguiente:
4 horas semanales ; Martes de 16:·30 h. a 20:30 h.
La puesta en marcha del servicio será de forma progresiva atendiendo las derivaciones de las/los profesionales de Servicios Sociales Públicos Municipales xx Xxxxx.
▪ Elaboración de 2 Memorias; anuales de los 2 servicios, una con carácter semestral y otra al finalizar el periodo del contrato.
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▪ Realización de informes; de los casos derivados tanto al servicio del Punto de Encuentro como del servicio de Mediación familiar a petición de los profesionales de Servicios Sociales y del /la Coordinador de Programas de la Concejalía de Bienestar Social, Igualdad y mayores.
▪ Los profesionales que atiendan el servicio de Mediación Familiar deberán tener además de la titulación universitaria diplomatura y / o licenciatura en ciencias sociales ( Trabajo Social, Educación Social, Psicología, ) Formación específica en mediación familiar homologada por la Comunidad de Madrid, presentando la acreditación de las mismas
▪ Se exigirá Estabilidad en el tipo de contratación de las personas encargadas de la prestación directa de los 2 servicios, debido a la importancia para el desarrollo de la intervención con las familias y los menores.
4º PLAZO DE EJECUCIÓN Y DURACIÓN
La duración del presente contrato será de un año a contar desde el 1 de enero de 2010, siendo susceptible de prórroga de mutuo acuerdo por un año más. Para hacer efectiva la prórroga por mutuo
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acuerdo el adjudicatario vendrá obligado a solicitarla con dos meses de antelación antes del término del contrato y se acordará por el órgano competente.
El Servicio de Mediación Familiar no se prestará durante el mes xx xxxxxx. Las vacaciones de los profesionales que presten los 2 servicios Punto de Encuentro , Mediación Familiar correrán por cuenta de la empresa /asociación/ entidad adjudicataria, teniendo esta que remplazar a los profesionales durante los permisos vacacionales. Estas suplencias deberán realizarse por profesionales con la titulación y experiencia exigidas en esta plica.
La Concejalía de Bienestar Social, Igualdad y Mayores del Ayuntamiento xx Xxxxx podrá, motivadamente, modificar la duración, horarios e incremento de horas de prestación de los 2 servicios.
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5º CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Para la adjudicación del procedimiento Ordinario Abierto, se efectuará una ponderación conjunta de los indicadores técnicos que figuran a continuación, en cada una de las ofertas y /o propuestas presentadas por los licitadores.
1. OFERTAS ECONÓMICAS: Se valorarán las propuestas presentadas con 2 puntos por cada 500
€ a la baja hasta un máximo de 10 puntos. En total el máximo de rebaja contemplada seria
2.500 €
2. PROPUESTA DE MEJORAS: Referidas a servicios o actividades complementarias al servicio, se, distribuidos del siguiente modo:
▪ Por ofertar una ampliación de horario del mínimo semanal de las contempladas en el punto 3 de esta plica, para la atención al público y el desarrollo de visitas. Se valorarán hasta un máximo de 5 puntos entre los dos servicios
a) 3 puntos por cada 2 horas más mensuales para el servicio del Punto de Encuentro.
b) 2 puntos por cada 2 horas más mensuales para el servicio de Mediación Familiar.
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▪ Por ofertar la contratación de 1 profesional de personal de seguridad en el horario dedicado a visitas del Punto de Encuentro Familiar, 5 puntos.
6º OBLIGACIONES TÉCNICAS DEL ADJUDICATARIO
Prestar directamente el servicio objeto del contrato, sin que pueda subrogar en éste a ninguna persona, ni subarrendar ni ceder, directa o indirectamente, en todo o en parte, la gestión del mismo.
Prestar los servicios a los que se comprometa en la plica, garantizando su calidad integral, con absoluto respeto normativo y legal en el desarrollo de las actuaciones.
Realizar las actuaciones especificadas de acuerdo a los horarios y temporalizaciones establecidas o a las variaciones que sobre ellas dicte la Concejalía de Bienestar Social, Igualdad y Mayores del Ayuntamiento xx Xxxxx.
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El adjudicatario deberá aportar la documentación necesaria que acredite la formación específica conocimientos y aptitudes para desempeñar las funciones de Mediador Familiar homologado por la Comunidad de Madrid.
Prestar los servicios a los que se comprometa en la plica, garantizando su calidad integral, con absoluto respeto normativo y legal en el desarrollo de las actuaciones.
Realizar las actividades especificadas de acuerdo a los horarios y temporalizaciones establecidas en los puntos 3º y 4º de este pliego técnico “ o a las variaciones que sobre ellas dicte la Concejalía de Bienestar Social, Igualdad y Mayores del Ayuntamiento xx Xxxxx.
El adjudicatario aportará los instrumentos informaticos (ordenador portátil) necesarios para elaborar la documentación general, informes correspondientes y demás gestiones administrativas derivadas de los servicios prestados.
7º RELACIÓN ENTRE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL Y EL ADJUDICATARIO
La relación técnica entre el Ayuntamiento y el adjudicatario se canalizará a través de la Concejalía de Bienestar Social, Igualdad y Mayores del Ayuntamiento xx Xxxxx. Los técnicos / as correspondientes brindarán al adjudicatario todos los detalles organizativos, en base a las condiciones contratadas.
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Los técnicos / as municipales confirmarán la materialización y calidad de los servicios prestados y podrán recabar del adjudicatario toda la información necesaria sobre la marcha general de las distintas actividades.
En el supuesto de graves problemas planteados por los usuarios / familias de los servicios, el adjudicatario pondrá siempre los términos de los mismos en conocimiento del Ayuntamiento, a fin de adoptar conjuntamente las decisiones oportunas.
8º RELACIÓN ENTRE EL ADJUDICATARIO Y LOS USUARIOS DEL SERVICIO
La relación entre el adjudicatario y los usuarios se establecerá siempre a través del Ayuntamiento, excepto en las situaciones lógicas en que aquella debe darse directamente.
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El adjudicatario no podrá cobrar a los usuarios ninguna cantidad monetaria, si se diese el caso, por la realización de los servicios o ampliaciones de los mismos, o de manera indirecta en la realización de actividades.
Pinto, a 22 de octubre de 2009
COORDINADORA DE PROGRAMAS DE BIENESTAR SOCIAL IGUALDAD Y MAYORES
Xx. Xxx Xxxxxx Xxx Xxxx Xxxxx
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