Contract
Convocatoria de concesión de subvenciones por la Fundación Biodiversidad, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de proyectos del Programa empleaverde cofinanciado por el Fondo Social Europeo en 2019.
1. Objeto de la subvención
De acuerdo con las Bases Reguladoras y con el Plan de Actuación aprobado por el Patronato, la Dirección de la Fundación Biodiversidad (FB), en el marco de las competencias que tiene atribuidas, convoca, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para la ejecución de proyectos en el marco del Programa empleaverde, iniciativa a través de la cual la Fundación Biodiversidad del Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO) desarrolla su actividad como Organismo Intermedio del Programa Operativo Empleo, Formación y Educación (POEFE) del Fondo Social Europeo (FSE) para el periodo de programación 2014-2020.
El Programa empleaverde apoya proyectos que pongan en marcha actuaciones dirigidas a fomentar la creación y mejora del empleo y empresas en actividades económicas vinculadas al medio ambiente y que tengan entre sus objetivos:
Crear empleo verde y azul.
Mejorar las competencias y cualificaciones de los trabajadores en sostenibilidad.
Impulsar la innovación social con impacto ambiental positivo.
Promover la creación y crecimiento de empresas verdes y azules.
Conectar los ecosistemas europeos de apoyo al emprendimiento y empleo verde y azul.
2. Temática de los proyectos
Desde el Programa empleaverde, aprovechando las oportunidades reales de crecimiento que ofrecen las actividades vinculadas al medio ambiente y la biodiversidad, se apoyarán proyectos que fomenten la creación de empleo y empresas y el impulso del emprendimiento, la innovación social y el intercambio de experiencias en el marco de una economía verde y azul.
Este Programa busca impulsar la sostenibilidad de las actividades económicas en todos los sectores, promoviendo la transición justa hacia una economía baja en carbono y circular, integrando la biodiversidad en la gestión y procesos empresariales y haciendo un uso más eficiente de los recursos naturales, constituyendo un motor de crecimiento económico sostenible y de progreso social.
Se incluyen a continuación algunos ejemplos orientativos sobre los que podrían versar los proyectos:
Acuicultura y pesca sostenibles.
Agricultura y ganadería sostenibles.
Ahorro y eficiencia energética.
Elaboración, distribución y/o venta de productos ecológicos.
Energías renovables.
Gestión eficiente del agua.
Gestión forestal sostenible.
Gestión, mejora ambiental y eco-innovación en la industria o empresa.
Reconversión industrial a actividades ambientalmente sostenibles.
Reactivación económica y el desarrollo alternativo de las comarcas vinculadas a actividades económicas del sector primario en declive.
Lucha contra el despoblamiento de zonas rurales.
Reducción, reutilización y reciclaje de residuos.
Rehabilitación y edificación sostenible.
Transporte y movilidad sostenible.
Turismo sostenible.
Esta convocatoria del Programa empleaverde cuenta con dos bloques temáticos: Empleaverde, proyectos dirigidos a fomentar la creación y mejora del empleo y el emprendimiento verde, y Empleazul, proyectos dirigidos a fomentar la mejora y la creación de empleo y empresas en el marco de una economía azul sostenible.
3. Ejes y líneas de la convocatoria
Las entidades solicitantes podrán presentar un proyecto a cada una de las 8 líneas de la convocatoria. En caso de que una entidad presente más de un proyecto a una misma línea, solo uno de ellos, en función del registro de entrada, formará parte del proceso de evaluación. La presente convocatoria está estructurada de la siguiente forma:
EmpleaVERDE | |||
Para personas desempleadas | |||
EJE | Líneas | Objetivo que persigue | Acciones que se pueden ejecutar |
CREA | 1. Empleaverde CREA | Crear empleo y obtener una cualificación | Cursos de formación |
INNOVA | 2. Empleaverde INNOVA | Acciones de innovación social | |
Para personas trabajadoras | |||
EJE | Líneas | Objetivo que persigue | Acciones que se pueden ejecutar |
MEJORA | 3. Empleaverde MEJORA | Mejorar la empleabilidad y obtener una cualificación | Cursos de formación Asesoramientos Acciones de innovación social |
Para personas emprendedoras | |||
EJE | Líneas | Objetivo que persigue | Acciones que se pueden ejecutar |
IMPULSA | 4. Empleaverde IMPULSA | Impulsar la creación de empresas | Acompañamientos Acciones de innovación social |
*Se considera personas emprendedoras tanto a personas trabajadoras como a personas desempleadas con iniciativa emprendedora.
EmpleaAZUL | |||
Para personas desempleadas | |||
EJE | Líneas | Objetivo que persigue | Acciones que se pueden ejecutar |
CREA | 5. Empleazul CREA | Crear empleo y obtener una cualificación | Cursos de formación |
Para personas trabajadoras | |||
EJE | Líneas | Objetivo que persigue | Acciones que se pueden ejecutar |
MEJORA | 6. Empleazul MEJORA | Mejorar la empleabilidad y obtener una cualificación | Cursos de formación Asesoramientos Acciones de innovación social |
Para personas emprendedoras | |||
EJE | Líneas | Objetivo que persigue | Acciones que se pueden ejecutar |
IMPULSA | 7. Empleazul IMPULSA | Impulsar la creación de empresas | Acompañamientos Acciones de innovación social |
CONECTA | 8. Empleazul CONECTA | Conectar a emprendedores españoles con otras experiencias y actores europeos | Cursos de formación Asesoramientos Estancias formativas Encuentros Acciones de innovación social |
*Se considera personas emprendedoras tanto a personas trabajadoras como a personas desempleadas con iniciativa emprendedora.
4. Bloque temático EmpleaVERDE
Los proyectos enmarcados en la temática Empleaverde, son proyectos dirigidos a fomentar la creación y mejora del empleo y el emprendimiento verde.
La economía verde es aquélla que garantiza el crecimiento y el desarrollo, protege la salud y el bienestar de las personas, crea empleos dignos, reduce las desigualdades e invierte en la biodiversidad, incluidos los servicios ecosistémicos que presta.
Se detallan a continuación las características de cada línea Empleaverde:
Para personas desempleadas
Línea 1. Empleaverde CREA
Proyectos cuyo objetivo sea la creación de empleo y la obtención de una cualificación. Se persigue impulsar la creación de empleo y mejorar la empleabilidad de las personas, especialmente de aquellas con mayores dificultades de acceso al mercado laboral, para que
adquieran las competencias demandadas para la adaptación a una economía verde y mejoren su empleabilidad por medio de la adquisición de experiencia profesional.
Destinatarios del proyecto
Los destinatarios del proyecto serán personas desempleadas debidamente inscritas como demandantes de empleo en el servicio público correspondiente.
Tipología de acciones
i. Cursos de formación.
Los proyectos contarán con, al menos, un curso de formación presencial.
i. Cursos de formación
Formación para la adquisición de las competencias para la adaptación a una economía verde, con el objetivo de facilitar el acceso al empleo de las personas desempleadas. Se persigue así mejorar la cualificación y aumentar la empleabilidad y las posibilidades de contratación de personas desempleadas.
Cada curso de formación deberá tener una duración mínima de 20 horas. La formación podrá ser:
Curso de formación presencial, con presencia física el 100% del tiempo.
Curso de formación a distancia.
Curso de formación mixta, con presencia física de, al menos, el 10% del tiempo.
Para el desarrollo de los cursos de formación, se podrán elaborar productos formativos en papel o formato electrónico. El contenido de estos productos deberá ser original, ya que de no ser así, los costes asociados no serán elegibles. Asimismo, los productos formativos podrán ser revisados por la FB para comprobar la adecuación de los mismos al proyecto. Para el desarrollo de la modalidad on-line en la formación mixta o a distancia, se podrá emplear como herramienta una plataforma e-learning.
Para considerar que el destinatario ha aumentado su cualificación, deberá realizarse una evaluación sobre los conocimientos adquiridos.
Resultado esperado:
Teniendo en cuenta que el objetivo de los proyectos presentados a esta línea debe ser la creación de empleo, la entidad beneficiaria deberá conseguir que los destinatarios del proyecto firmen un contrato de trabajo en España. Por tanto, todas las solicitudes deberán incluir un porcentaje de creación de empleo.
Las entidades contratantes deberán estar vinculadas a la economía verde, o poseer o tener prevista la creación de una línea de negocio vinculada al medio ambiente o el establecimiento de una mejora ambiental en la empresa.
Características mínimas que deberán cumplir los contratos:
al menos, los 6 primeros meses a contar desde la firma del contrato. Este aspecto será verificado en la liquidación del proyecto.
El contrato será formalizado con el destinatario, quedando en todos sus aspectos (formalización, ejecución y extinción) sometido a la legislación laboral vigente en el momento de la contratación.
Línea 2. Empleaverde INNOVA
Proyectos que experimenten y ensayen soluciones innovadoras dirigidas a mejorar la empleabilidad de las personas y a facilitar la creación de empleo vinculado al medio ambiente. La innovación social significa desarrollar nuevas ideas, servicios y modelos para abordar problemas sociales, generar cambios de comportamiento para resolver los grandes retos de la sociedad, capacitando a la ciudadanía y generando nuevas relaciones sociales y nuevos modelos de colaboración. Implica un proceso de mejora continuo en la intervención de los diferentes problemas que afectan a la calidad de vida de cualquier comunidad, al objeto de optimizar recursos y lograr un mayor y mejor impacto.
Destinatarios del proyecto
Los destinatarios del proyecto serán personas desempleadas debidamente inscritas como demandantes de empleo en el servicio público correspondiente.
Tipología de acciones
Los proyectos propondrán acciones innovadoras que experimenten con nuevas formas de creación de empleo, que además puedan ser replicables y servir de modelo a otras organizaciones. El objetivo de los proyectos será siempre que sus destinatarios encuentren un empleo.
Es importante tener en cuenta que, aunque en esta línea no estén estipuladas las acciones a ejecutar, la entidad beneficiaria deberá ajustarse a las indicaciones y modelos detallados en el Anexo de la presente convocatoria así como en la Guía de presentación, ejecución y justificación de proyectos del Programa empleaverde.
Resultado esperado:
Teniendo en cuenta que el objetivo de los proyectos presentados a esta línea debe ser la creación de empleo, la entidad beneficiaria deberá conseguir realizar contrataciones en España en el marco del proyecto. Por tanto, todas las solicitudes deberán incluir un porcentaje de creación de empleo.
Las entidades contratantes deberán estar vinculadas a la economía verde, o poseer o tener prevista la creación de una línea de negocio vinculada al medio ambiente o el establecimiento de una mejora ambiental en la empresa.
Características mínimas que deberán cumplir los contratos:
al menos, los 6 primeros meses a contar desde la firma del contrato. Este aspecto será verificado en la liquidación del proyecto.
El contrato será formalizado con el destinatario, quedando en todos sus aspectos (formalización, ejecución y extinción) sometido a la legislación laboral vigente en el momento de la contratación.
Para personas trabajadoras
Línea 3. Empleaverde MEJORA
Proyectos de mejora de la empleabilidad de los trabajadores. El objetivo es apoyar a trabajadores para mejorar su adaptación al mercado laboral y aumentar sus competencias en temas demandados por la transición a una economía verde. Se persigue adaptar así la cualificación de las personas trabajadoras a las necesidades xxx xxxxxxx laboral, así como mejorar su situación contractual para garantizar el mantenimiento del empleo y permitir la progresión profesional. Las acciones que podrán plantearse son acciones de formación, asesoramiento y acciones de innovación social que aumenten las competencias de las personas trabajadoras.
La entidad beneficiaria deberá realizar encuestas a los destinatarios en el plazo de los 6 meses siguientes a su participación en el proyecto para comprobar si han mejorado su situación en el mercado de trabajo.
Destinatarios del proyecto
Los destinatarios de los proyectos serán personas trabajadoras (por cuenta ajena y propia). No serán elegibles, en ningún caso, los trabajadores de la entidad beneficiaria como destinatarios del proyecto.
Tipología de acciones
i. Cursos de formación.
ii. Asesoramientos.
iii. Acciones de innovación social.
Los proyectos deberán contener, como mínimo, un curso de formación.
i. Cursos de formación
Formación orientada a aumentar las competencias de los destinatarios en temas ambientales con el objetivo de mejorar su adaptación al mercado laboral y a la transición a una economía verde.
La formación podrá ser:
Curso de formación presencial, con presencia física el 100% del tiempo.
Curso de formación a distancia.
Curso de formación mixta, con presencia física, al menos, el 10% del tiempo.
Para el desarrollo de los cursos de formación, se podrán elaborar productos formativos en papel o formato electrónico. El contenido de estos productos deberá ser original, ya que de no ser así, los costes asociados no serán elegibles. Asimismo, los productos formativos podrán ser revisados por la FB para comprobar la adecuación de los mismos al proyecto. Para el desarrollo de la modalidad on-line en la formación mixta o a distancia, se podrá emplear como herramienta una plataforma e-learning.
Para considerar que el destinatario ha aumentado su cualificación, deberá realizarse una evaluación sobre los conocimientos adquiridos.
ii. Asesoramientos
Acciones específicas de apoyo a trabajadores encaminadas a mejorar su situación en el mercado de trabajo en temas ambientales. Los asesoramientos podrán estar dirigidos, asimismo, a prestar ayuda especializada a trabajadores de empresas verdes para contribuir a la consolidación de las mismas.
Los asesoramientos podrán ser de tres tipos:
Asesoramiento presencial, con presencia física el 100% del tiempo.
Asesoramiento a distancia.
Asesoramiento mixto, con presencia física de, al menos, el 10% deltiempo.
Para el desarrollo de la modalidad on-line en el asesoramiento mixto o a distancia, se podrá emplear como herramienta una plataforma e-learning.
iii. Acciones de innovación social
El solicitante propondrá acciones de innovación social que experimenten y ensayen soluciones innovadoras para la mejora de la empleabilidad y las competencias de las personas trabajadoras, que planteen nuevas formas de mejorar la adaptación de los trabajadores al mercado laboral y aumentar sus competencias en temas demandados por la transición a una economía verde.
Para personas emprendedoras
Línea 4. Empleaverde IMPULSA
Proyectos cuyo objetivo sea impulsar la creación de nuevas empresas y de iniciativas de trabajo por cuenta propia en el marco de una economía verde y mejorar las competencias de las personas emprendedoras. Se plantea la realización de acciones de acompañamiento con mentores expertos y acciones de innovación social para impulsar la creación de empresas viables en actividades vinculadas al medio ambiente.
Resultados esperados: Al menos el 10% de los destinatarios crearán una empresa durante la ejecución del proyecto.
Destinatarios del proyecto
Los destinatarios de los proyectos podrán ser:
Personas desempleadas debidamente inscritas como demandantes de empleo en el servicio público correspondiente y que quieran crear una empresa.
Personas trabajadoras (por cuenta xxxxx y propia) que quieran poner en marcha una nueva iniciativa empresarial.
No serán elegibles, en ningún caso, los trabajadores de la entidad beneficiaria como destinatarios del proyecto.
Tipología de acciones
i. Acompañamientos.
ii. Acciones de innovación social.
i. Acompañamientos
Acciones en las que los futuros emprendedores contarán con el apoyo de un mentor que les acompañará y asesorará en los procesos de toma de decisiones para la creación de su empresa, pudiendo recibir asesoramiento especializado adicional en las áreas que se haya identificado la necesidad de reforzar.
El acompañamiento podrá ser:
Acompañamiento presencial, con presencia física el 100% del tiempo.
Acompañamiento a distancia.
Acompañamiento mixto, con presencia física de, al menos, el 10% deltiempo.
ii. Acciones de innovación social
Acciones que experimenten y ensayen soluciones innovadoras para la creación de nuevas empresas y de iniciativas de trabajo por cuenta propia sostenibles vinculadas a la economía verde, y para la mejora de las competencias de las personas emprendedoras.
5. Bloque temático EmpleAZUL
Los proyectos enmarcados en la temática Empleazul, son proyectos dirigidos a fomentar la creación y mejora del empleo y el emprendimiento vinculados a una economía azul sostenible.
Esta temática se crea en el marco del proyecto LIFE IP INTEMARES, del que la FB es coordinadora y que se gestiona de forma integrada con otros fondos comunitarios como el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) y el Fondo Social Europeo (FSE). Su objetivo es conseguir una red consolidada de espacios marinos Natura 2000 gestionada de manera eficaz e integrada. Desde el punto de vista de la conservación de estos espacios, la diversificación de las actividades de los distintos sectores representa una buena alternativa para disminuir la presión y el impacto que ocasionan, potenciando otro tipo de actividades que resultan compatibles con
la conservación del medio xxxxxx.
En el marco del proyecto LIFE IP INTEMARES, se ha elaborado una Estrategia de Capacitación dirigida a los principales usuarios (personas desempleadas, trabajadoras y emprendedoras de los sectores relacionados con la economía azul) y a los gestores de los espacios marinos Red Natura 2000.
El objetivo principal de esta estrategia ha sido identificar las necesidades de formación y capacitación relacionadas con la gestión de espacios marinos protegidos y con las posibilidades de desarrollo profesional en torno al medio xxxxxx.
Teniendo en cuenta los resultados obtenidos y con el objetivo de crear empleo y empresas vinculadas a la economía azul y capacitar en formas de gestión sostenible de las zonas marinas de la Red Natura 2000, se valorarán positivamente, en los criterios estratégicos de evaluación, aquellos proyectos que propongan algunas de las siguientes acciones de capacitación:
Sobre la gobernanza de los espacios de la Red Natura 2000 marina:
o Generación de herramientas que ayuden a aumentar y fomentar la participación y la diversidad de actores en la gestión de la Red Natura 2000 marina.
o Aplicación de modelos innovadores y nuevas tecnologías para la gobernanza.
o Fomento de técnicas, herramientas y protocolos de coordinación entre los actores implicados para lograr una mayor efectividad en la gestión.
o Formación a pescadores en buenas prácticas en materia ambiental y en medidas de mejora de la sostenibilidad de la práctica pesquera, relacionadas con la conservación de la biodiversidad.
Sobre normativa aplicable a la Red Natura 2000 marina.
Para la elaboración de planes de gestión (valoraciones económicas, socio-ambientales y usos de la Red Natura 2000 marina), especialmente focalizado a gestores.
En mejora de conocimientos sobre especies y en medidas de reducción y mitigación de impactos, como por ejemplo:
o En técnicas de avistamiento, identificación y registro de mamíferos marinos y otras especies de fauna marina protegidas.
o En técnicas de identificación de aves y mejora del conocimiento de la interacción con la pesca para lograr una buena gestión de las ZEPA (Zonas de Especial Protección para las Aves).
En interpretación del patrimonio natural y diseño de itinerarios interpretativos adaptados a Red Natura 2000 marina.
De apoyo al emprendimiento en Red Natura 2000 marina (promoción de productos locales y respetuosos con los objetivos de la Red Natura 2000 marina, desarrollo y comercialización de productos de ecoturismo basados en la interpretación de los valores de la Red Natura 2000 marina, etc.).
El documento completo de la Estrategia de Capacitación en la Red Natura 2000 marina está disponible para consulta en: xxx.xxxxxxxxx.xxx.
Los proyectos de la temática Empleazul podrán presentarse a las siguientes líneas:
Para personas desempleadas
Línea 5. Empleazul CREA
Proyectos cuyo objetivo sea la creación de empleo y la obtención de una cualificación. Se persigue impulsar la creación de empleo y mejorar la empleabilidad de las personas, especialmente de aquellas con mayores dificultades de acceso al mercado laboral, para que adquieran las competencias demandadas para la adaptación a una economía azul y mejoren su empleabilidad por medio de la adquisición de experiencia profesional.
Destinatarios del proyecto
Los destinatarios del proyecto serán personas desempleadas debidamente inscritas como demandantes de empleo en el servicio público correspondiente.
Tipología de acciones
i. Cursos de formación.
Los proyectos contarán con, al menos, un curso de formación presencial.
i. Cursos de formación
Formación para la adquisición de las competencias para la adaptación a una economía azul, con el objetivo de facilitar el acceso al empleo de las personas desempleadas. Se persigue así mejorar la cualificación y aumentar la empleabilidad y las posibilidades de contratación de personas desempleadas.
Cada curso de formación deberá tener una duración mínima de 20 horas. La formación podrá ser:
Curso de formación presencial, con presencia física el 100% del tiempo.
Curso de formación a distancia.
Curso de formación mixta, con presencia física de, al menos, el 10% del tiempo.
Para el desarrollo de los cursos de formación, se podrán elaborar productos formativos en papel o formato electrónico. El contenido de estos productos deberá ser original, ya que de no ser así, los costes asociados no serán elegibles. Asimismo, los productos formativos podrán ser revisados por la FB para comprobar la adecuación de los mismos al proyecto. Para el desarrollo de la modalidad on-line en la formación mixta o a distancia, se podrá emplear como herramienta una plataforma e-learning.
Para considerar que el destinatario ha aumentado su cualificación, deberá realizarse una evaluación sobre los conocimientos adquiridos.
Resultado esperado:
Teniendo en cuenta que el objetivo de los proyectos presentados a esta línea debe ser la creación de empleo, la entidad beneficiaria deberá conseguir que los destinatarios del
proyecto firmen un contrato de trabajo en España. Por tanto, todas las solicitudes deberán incluir un porcentaje de creación de empleo.
Las entidades contratantes deberán estar vinculadas a la economía azul, o poseer o tener prevista la creación de una línea de negocio vinculada al medio ambiente o el establecimiento de una mejora ambiental en la empresa.
Características mínimas que deberán cumplir los contratos:
El contrato laboral deberá formalizarse dentro del periodo de ejecución del proyecto.
La tipología de contratos elegibles serán tanto contratos indefinidos como temporales.
Cualquiera que sea la tipología de contrato elegida, se deberá garantizar un mantenimiento mínimo del empleo durante, al menos, los 6 primeros meses a contar desde la firma del contrato. Este aspecto será verificado en la liquidación del proyecto.
El contrato será formalizado con el destinatario, quedando en todos sus aspectos (formalización, ejecución y extinción) sometido a la legislación laboral vigente en el momento de la contratación.
Para personas trabajadoras
Línea 6. Empleazul MEJORA
Proyectos de mejora de la empleabilidad de los trabajadores. El objetivo es apoyar a trabajadores para mejorar su adaptación al mercado laboral y aumentar sus competencias en temas demandados por la transición a una economía azul. Las acciones que podrán plantearse son acciones de formación, asesoramiento y acciones de innovación social que aumenten las competencias de las personas trabajadoras.
La entidad beneficiaria deberá realizar encuestas a los destinatarios en el plazo de los 6 meses siguientes a su participación en el proyecto para comprobar si han mejorado su situación en el mercado de trabajo.
Destinatarios del proyecto
Los destinatarios de los proyectos serán personas trabajadoras (por cuenta ajena y propia). No serán elegibles, en ningún caso, los trabajadores de la entidad beneficiaria como destinatarios del proyecto.
Tipología de acciones
i. Cursos de formación.
ii. Asesoramientos.
iii. Acciones de innovación social.
Los proyectos deberán contener, como mínimo, un curso de formación.
i. Cursos de formación
Formación orientada a aumentar las competencias de los destinatarios en temas ambientales con el objetivo de mejorar su adaptación al mercado laboral y a la transición a una economía azul.
La formación podrá ser:
Curso de formación presencial, con presencia física el 100% del tiempo.
Curso de formación a distancia.
Curso de formación mixta, con presencia física, al menos, el 10% del tiempo.
Para el desarrollo de los cursos de formación, se podrán elaborar productos formativos en papel o formato electrónico. El contenido de estos productos deberá ser original, ya que de no ser así, los costes asociados no serán elegibles. Asimismo, los productos formativos podrán ser revisados por la FB para comprobar la adecuación de los mismos al proyecto. Para el desarrollo de la modalidad on-line en la formación mixta o a distancia, se podrá emplear como herramienta una plataforma e-learning.
Para considerar que el destinatario ha aumentado su cualificación, deberá realizarse una evaluación sobre los conocimientos adquiridos.
ii. Asesoramientos
Acciones específicas de apoyo a trabajadores encaminadas a mejorar su situación en el mercado de trabajo en temas ambientales. Los asesoramientos podrán estar dirigidos, asimismo, a prestar ayuda especializada a trabajadores de empresas azules para contribuir a la consolidación de las mismas.
Los asesoramientos podrán ser de tres tipos:
Asesoramiento presencial, con presencia física el 100% del tiempo.
Asesoramiento a distancia.
Asesoramiento mixto, con presencia física de, al menos, el 10% deltiempo.
Para el desarrollo de la modalidad on-line en el asesoramiento mixto o a distancia, se podrá emplear como herramienta una plataforma e-learning.
iii. Acciones de innovación social
El solicitante propondrá acciones de innovación social que experimenten y ensayen soluciones innovadoras para la mejora de la empleabilidad y las competencias de las personas trabajadoras, que planteen nuevas formas de mejorar la adaptación de los trabajadores al mercado laboral y aumentar sus competencias en temas demandados por la transición a una economía azul.
Para personas emprendedoras
Línea 7. Empleazul IMPULSA
Proyectos cuyo objetivo sea impulsar la creación de nuevas empresas y de iniciativas de trabajo por cuenta propia en el marco de una economía azul sostenible y mejorar las competencias de las personas emprendedoras. Se plantea la realización de acciones de acompañamiento con mentores expertos y acciones de innovación social para impulsar la creación de empresas viables en actividades sostenibles vinculadas al medio xxxxxx.
Resultados esperados: Al menos el 10% de los destinatarios crearán una empresa durante la ejecución del proyecto.
Destinatarios del proyecto
Los destinatarios de los proyectos podrán ser:
Personas desempleadas debidamente inscritas como demandantes de empleo en el servicio público correspondiente y que quieran crear una empresa.
Personas trabajadoras (por cuenta xxxxx y propia) que quieran poner en marcha una nueva iniciativa empresarial.
No serán elegibles, en ningún caso, los trabajadores de la entidad beneficiaria como destinatarios del proyecto.
Tipología de acciones
i. Acompañamientos.
ii. Acciones de innovación social.
i. Acompañamientos
Acciones en las que los emprendedores contarán con el apoyo de un mentor que les acompañará y asesorará en los procesos de toma de decisiones para la creación de su empresa, pudiendo recibir asesoramiento especializado adicional en las áreas que se haya identificado la necesidad de reforzar.
El acompañamiento podrá ser:
Acompañamiento presencial, con presencia física el 100% del tiempo.
Acompañamiento a distancia.
Acompañamiento mixto, con presencia física de, al menos, el 10% deltiempo.
ii. Acciones de innovación social
Acciones que experimenten y ensayen soluciones innovadoras para la creación de nuevas empresas y de iniciativas de trabajo por cuenta propia sostenibles vinculadas a la economía azul, y para la mejora de las competencias de las personas emprendedoras.
Línea 8. Empleazul CONECTA
Proyectos dirigidos a mejorar las competencias de personas emprendedoras mediante el aprendizaje mutuo con otros actores de la Unión Europea en temas relacionados con la economía azul. Los proyectos deberán contar con la participación de, como mínimo, un socio de otro Estado miembro que aporte valor añadido al proyecto.
Destinatarios del proyecto
Los destinatarios de los proyectos podrán ser:
Personas desempleadas debidamente inscritas como demandantes de empleo en el servicio público de empleo correspondiente y con espíritu empresarial o que estén dispuestas a desarrollar su potencial emprendedor.
Personas trabajadoras (por cuenta ajena o propia) que quieran poner en marcha una nueva iniciativa empresarial.
No serán elegibles, en ningún caso, los trabajadores de la entidad beneficiaria como destinatarios del proyecto.
En todo caso, para considerar que el destinatario ha aumentado sus competencias emprendedoras, deberá realizarse una evaluación sobre los conocimientos adquiridos sobre el conjunto de las acciones en las que ha participado.
Tipología de acciones
i. Cursos de formación.
ii. Asesoramientos.
iii. Estancias formativas.
iv. Encuentros.
v. Acciones de innovación social.
Como mínimo deberá desarrollarse una acción presencial en un Estado miembro diferente de España.
i. Cursos de formación
Formación para la adquisición de las competencias emprendedoras necesarias para la puesta en marcha y consolidación de iniciativas empresariales vinculadas a la economía azul. Se persigue así mejorar las capacidades de los emprendedores, contribuyendo a la creación de empresas e iniciativas de trabajo por cuenta propia sostenibles. Entre los formadores podrán incluirse emprendedores de otros Estados miembros con iniciativas empresariales consolidadas, favoreciendo así el intercambio de experiencias y conocimiento con los emprendedores que reciben la formación.
La formación podrá ser:
Curso de formación presencial, con presencia física el 100% del tiempo.
Curso de formación a distancia.
Curso de formación mixta, con presencia física de, al menos, el 10% del tiempo.
Para el desarrollo de los cursos de formación, se podrán elaborar productos formativos en papel o formato electrónico. El contenido de estos productos deberá ser original, ya que de no ser así, los costes asociados no serán elegibles. Asimismo, los productos formativos podrán ser revisados por la FB para comprobar la adecuación de los mismos al proyecto. Para el desarrollo de la modalidad on-line en la formación mixta o a distancia, se podrá emplear como herramienta una plataforma e-learning.
ii. Asesoramientos
Acciones dirigidas a prestar ayuda personalizada y especializada a emprendedores para la puesta en marcha y consolidación de empresas azules, abordando temas como factores de éxito, eficacia de la planificación, gestión financiera y operativa, desarrollo de productos y servicios innovadores, prácticas acertadas de venta y comercialización, etc.
Los asesoramientos podrán ser de tres tipos:
Asesoramiento presencial, con presencia física el 100% del tiempo.
Asesoramiento a distancia.
Asesoramiento mixto, con presencia física de, al menos, el 10% deltiempo.
Para el desarrollo de la modalidad on-line en el asesoramiento mixto o a distancia, se podrá emplear como herramienta una plataforma e-learning.
iii. Estancias formativas
Visitas y estancias para el intercambio de conocimientos técnicos, experiencias, ideas novedosas y talento con empresas, mentores especializados y agentes clave del ecosistema emprendedor de otros Estados miembros que contribuyan a mejorar las competencias para la puesta en marcha y consolidación de iniciativas empresariales.
Podrán incluir visitas a iniciativas verdes consolidadas, asistencia a ferias en las que participen empresas de referencia del sector, estancias en incubadoras con servicios de apoyo y, en general, cualquier acción que contribuya al objetivo arriba mencionado.
iv. Encuentros
Eventos presenciales de aprendizaje dirigidos a fomentar la transmisión de conocimientos, la puesta en común de experiencias y la canalización de la inversión entre emprendedores, expertos sectoriales e inversores de los Estados miembros participantes en el proyecto. Podrán incluir la celebración de foros de inversión, talleres, etc.
v. Acciones de innovación social
Acciones que experimenten y ensayen soluciones innovadoras para mejorar las competencias de personas emprendedoras mediante el aprendizaje mutuo con otros actores de la Unión Europea.
6. Dotación de la convocatoria, cofinanciación e importe de los proyectos
6.1 Dotación de la convocatoria
En esta convocatoria se podrá llegar a comprometer hasta 9.410.000€, siendo el importe disponible por línea el siguiente:
LÍNEA | PRESUPUESTO | |
VERDE | 1. Empleaverde CREA | 4.420.000€ |
2. Empleaverde INNOVA | 825.000€ | |
3. Empleaverde MEJORA | 1.277.000€ | |
4.Empleaverde IMPULSA | 206.000€ | |
AZUL | 5. Empleazul CREA | 1.000.000€ |
6. Empleazul MEJORA | 1.200.500€ | |
7. Empleazul IMPULSA | 206.500€ | |
8. Empleazul CONECTA | 275.000€ | |
TOTAL | 9.410.000€ |
Atendiendo a la calidad de los proyectos, el Comité de Evaluación podrá optar por no comprometer la totalidad de la dotación anteriormente indicada. En caso de no haberse adjudicado la totalidad del importe comprometido por línea, el Comité de Evaluación podrá optar por trasvasar dichos fondos no adjudicados a otras líneas.
Teniendo en cuenta la distribución geográfica del presupuesto establecida por la Unidad Administradora del Fondo Social Europeo (UAFSE) al inicio del periodo y el importe comprometido en anteriores ediciones de la convocatoria del Programa empleaverde, la dotación presupuestaria disponible por línea y región objetivo para esta convocatoria es la siguiente:
Ejes CREA y MEJORA:
Líneas de la convocatoria | Región objetivo | |||
Menos desarrollada (80%) | En transición (80%) | Más desarrolladas (80%) | Más desarrolladas (50%) | |
1. Empleaverde CREA | 431.733,10€ | 2.908.626,68€ | 445.803,97€ | 633.836,25€ |
3. Empleaverde MEJORA | 135.320,40€ | 773.846,58€ | 0,00€ | 367.833,02€ |
5. Empleazul CREA | 97.677,17€ | 658.060,33€ | 100.860,63€ | 143.401,87€ |
6. Empleazul MEJORA | 127.213,89€ | 727.488,51€ | 0,00€ | 345.797,60€ |
Ejes INNOVA, IMPULSA y CONECTA:
Líneas de la convocatoria | Región objetivo | |||
Menos desarrollada (90%) | En transición (90%) | Más desarrolladas (90%) | Más desarrolladas (60%) | |
2. Empleaverde INNOVA | 101.464,87€ | 575.802,49€ | 64.845,15€ | 82.887,49€ |
4.Empleaverde IMPULSA | 15.973,32€ | 134.413,98€ | 34.915,95€ | 20.696,75€ |
7. Empleazul IMPULSA | 16.012,08€ | 134.740,23€ | 35.000,70€ | 20.746,99€ |
8. Empleazul CONECTA | 6.334,91€ | 208.268,95€ | 28.148,67€ | 32.247,47€ |
6.2 Determinación del ámbito de ejecución del proyecto
El ámbito de intervención de la convocatoria se extiende a todo el territorio nacional. Los proyectos se desarrollarán, como mínimo, en dos comunidades y/o ciudades autónomas.
En el caso del Eje CONECTA, el ámbito de ejecución de los proyectos tendrá que abarcar además, como mínimo, otro Estado miembro de la Unión Europea.
De cara a determinar el porcentaje de cofinanciación del FSE a cada proyecto, la entidad solicitante deberá recoger en la memoria económica el importe y porcentaje del coste total a ejecutar en las comunidades y/o ciudades autónomas donde se vaya a desarrollar el proyecto. Cada acción se asignará a una única comunidad o ciudad autónoma, teniendo que ser los destinatarios de la acción residentes en esa comunidad o ciudad autónoma. En el caso del Eje CONECTA, la regionalización de las acciones se realizará, de la misma forma, por comunidad autónoma según el lugar de residencia de los destinatarios, incluidas las acciones ejecutadas fuera de España.
6.3 Cofinanciación de los proyectos
El porcentaje de cofinanciación del FSE a cada proyecto se determinará dependiendo del ámbito geográfico del mismo y del eje en el que se enmarque. A continuación se especifican los porcentajes de cofinanciación del FSE por región objetivo, establecidos por el POEFE:
% COFINANCIACIÓN FSE | ||
REGIÓN OBJETIVO | Ejes CREA y MEJORA | Ejes INNOVA, IMPULSA y CONECTA |
Menos Desarrollada: Extremadura | 80% | 90% |
En transición: Andalucía, Canarias, Castilla La Mancha, Melilla y Murcia | 80% | 90% |
Más Desarrolladas: Asturias, Ceuta y Galicia | 80% | 90% |
Más Desarrolladas: Xxxxxx, Xxxxx Baleares, Cantabria, Castilla y León, Cataluña, Comunidad | 50% | 60% |
Valenciana, Madrid, Navarra, La Rioja y País
Xxxxx
Tras la ejecución del proyecto, el FSE cofinanciará el porcentaje correspondiente sobre el total de los gastos aceptados por la FB tras el proceso de justificación técnica y económica.
La entidad beneficiaria deberá asumir, expresamente, la obligación de cofinanciar el porcentaje no financiado por el FSE. Por otra parte, tal y como se menciona en el punto 8 de la presente convocatoria, los colaboradores deberán asumir la obligación de cofinanciar el porcentaje al que se hayan comprometido, siendo este, como mínimo, del 2% del coste total del proyecto.
En el siguiente cuadro puede visualizarse un resumen de los diferentes porcentajes de cofinanciación según el financiador y la región objetivo:
Ejes CREA y MEJORA:
FINANCIADOR | ||
REGIÓN OBJETIVO | FSE | ENTIDAD BENEFICIARIA + COLABORADOR |
Menos desarrollada (80%) | 80% | 20% |
En transición (80%) | 80% | 20% |
Más desarrolladas (80%) | 80% | 20% |
Más desarrolladas (50%) | 50% | 50% |
Ejes INNOVA, IMPULSA y CONECTA:
FINANCIADOR | ||
REGIÓN OBJETIVO | FSE | ENTIDAD BENEFICIARIA + COLABORADOR |
Menos desarrollada (90%) | 90% | 10% |
En transición (90%) | 90% | 10% |
Más desarrolladas (90%) | 90% | 10% |
Más desarrolladas (60%) | 60% | 40% |
6.4 Importe de los proyectos
El importe mínimo solicitado por proyecto será de 100.000 € y el máximo de 300.000 €. Este importe incluye tanto la cofinanciación del FSE como la financiación de la entidad beneficiaria y, en su caso, la de los colaboradores.
Las solicitudes que se presenten fuera de estos rangos no serán admitidas.
Por otra parte, si el importe solicitado por una entidad con ánimo de lucro resulta finalmente inferior a 100.000 € tras la comprobación del cumplimiento del régimen de mínimis, dicha solicitud no será admitida.
6.5 Anticipos a cuenta
Según lo indicado en el punto 6. Financiación de las Bases Reguladoras, se podrá conceder un anticipo de la subvención del proyecto previa petición del representante legal de la entidad beneficiaria y justificación de la necesidad del mismo.
El anticipo podrá solicitarse desde la fecha de la resolución de la convocatoria y hasta un mes antes de la fecha de finalización del proyecto.
El importe máximo a conceder en concepto de anticipo será el 40% del total del importe cofinanciado por el FSE.
En el caso de que se solicite este anticipo, el beneficiario queda obligado a constituir un aval bancario a favor de la FB, de duración indefinida y por el importe solicitado, si bien quedan eximidas de presentar esta garantía las entidades no lucrativas que realicen proyectos o programas de acción ambiental hasta el límite 30.000 € y el porcentaje máximo indicado para anticipos.
Quedan exonerados de la constitución del aval, en su caso, aquellas entidades previstas en el artículo 42.2 de Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
En ningún caso podrán realizarse pagos anticipados a beneficiarios cuando se haya solicitado la declaración de concurso voluntario, haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declarado en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia un convenio, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
7. Duración de los proyectos
Los proyectos tendrán una duración máxima de 12 meses.
Los proyectos aprobados comenzarán su ejecución entre la fecha de la resolución de la convocatoria y no más tarde de la fecha de la firma del DECA.
En casos debidamente justificados, podrá concederse una prórroga de ejecución de un mes. La prórroga deberá solicitarse con, al menos, 2 meses de antelación a la fecha de finalización de la ejecución del proyecto.
8. Requisitos para ser entidad beneficiaria
Los solicitantes serán personas jurídicas públicas o privadas (en adelante entidades), con o sin ánimo de lucro, que estén legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con personalidad jurídica propia y que tengan sede en España.
La entidad beneficiaria de la subvención ejecuta el proyecto al amparo de un Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda (DECA) con la FB. Cada DECA sólo tendrá como partes del mismo a la FB, por un lado, y a la entidad beneficiaria por otro.
La entidad beneficiaria será la única responsable jurídica y financiera de la ejecución del proyecto ante la FB.
Colaboradores
Si lo estima conveniente, la entidad beneficiaria podrá contar con la participación de uno o varios colaboradores, entidades públicas o privadas con o sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia.
Cada colaborador deberá asumir la obligación de cofinanciar, como mínimo, un 2% del coste total del proyecto. Asimismo, la contribución del colaborador siempre aportará valor añadido al proyecto, pudiendo consistir en garantizar resultados positivos, reforzar el carácter innovador, facilitar el acceso a los destinatarios, potenciar la divulgación de las actuaciones, etc.
Socios
En el Eje CONECTA es un requisito indispensable para poder presentar un proyecto contar, como mínimo, con un socio que tenga sede en otro Estado miembro de la Unión Europea. Este socio facilitará el cumplimiento de los objetivos del proyecto y la ejecución de las acciones que se realicen en dicho Estado miembro.
El socio no podrá ejecutar gasto del proyecto ni sus trabajadores podrán ser contratados para la ejecución del mismo.
9. Personas destinatarias
Todas y cada una de las acciones que integran los proyectos deberán ir dirigidas a los destinatarios elegibles indicados en la línea a la que concurre el proyecto.
Para determinar el número de destinatarios del proyecto, deberá tenerse en cuenta que cada destinatario se contabilizará una única vez con independencia del número de acciones en las que participe en un mismo proyecto. Dichas acciones serán gratuitas para los destinatarios, no pudiéndose cobrar cantidad alguna por ningún concepto.
Los destinatarios deberán ser seleccionados por la entidad beneficiaria del proyecto conforme a criterios objetivos y no discriminatorios. En caso de realizar un proceso de selección, se
priorizarán los destinatarios pertenecientes a colectivos prioritarios (ver punto 10. Colectivos prioritarios).
Se prestará especial atención a mantener el principio de igualdad de oportunidades y a garantizar que las acciones ejecutadas sean accesibles para personas con discapacidad.
Los destinatarios serán informados por la entidad beneficiaria de sus derechos y obligaciones derivados de su participación en las acciones del proyecto, así como del uso de sus datos personales, concediendo autorización para el tratamiento de los mismos y siendo informados del destino que tendrán.
Los datos de los destinatarios, en cualquier caso, deberán estar acreditados por la entidad beneficiaria, responsabilizándose éste de la veracidad de los mismos, por lo cual deberá tomar las medidas de control que estime oportunas (con independencia de las pautas de control ya establecidas por la FB).
La acreditación de los destinatarios dependerá de la tipología de la acción. La documentación a recabar de los destinatarios se especifica en el Anexo de esta convocatoria.
10. Colectivos prioritarios
Tanto el acceso como el mantenimiento y la progresión en el empleo y el emprendimiento presentan más dificultades para ciertos sectores de la población. Es por ello que, entre los destinatarios del proyecto, se prestará especial atención a los siguientes colectivos prioritarios, valorados en base a los criterios y subcriterios definidos en la presente convocatoria, agrupados en dos bloques:
Mujeres.
Otros colectivos prioritarios
Jóvenes hasta 35 años.
Mayores de 45 años.
Personas inmigrantes.
Personas con discapacidad.
Residentes en áreas protegidas y/o zonas rurales.
11. Información y comunicación
Los proyectos incorporarán actuaciones de información y comunicación con el fin de garantizar la concurrencia de los destinatarios. La FB revisará el cumplimiento de las obligaciones en materia de información y publicidad que realicen las entidades beneficiarias, para lo que se recomienda el envío de los materiales previo a su publicación. En todo momento, deberá garantizarse que los participantes tengan conocimiento de que la actuación que realizan está cofinanciada por el FSE y es gratuita.
La entidad beneficiaria deberá realizar las siguientes medidas obligatorias:
a) Elaboración de, al menos, una nota de prensa del proyecto en la que se mencionará
expresamente al MITECO, a la FB, al Programa empleaverde y al FSE.
b) Publicidad del proyecto en la página web de la entidad, si dispone deella.
c) Difusión del proyecto en redes sociales, mencionando expresamente al MITECO, a la FB, al Programa empleaverde y al FSE.
d) Al menos un cartel en la sede de la entidad con información sobre el proyecto (de tamaño mínimo A3), en el que se mencionará la ayuda de la Unión Europea, en lugar visible para el público.
e) Realización de una memoria final del proyecto y resumen ejecutivo del mismo, en el formato que facilite la FB en la Guía para la presentación, ejecución y justificación de proyectos del Programa empleaverde.
Adicionalmente se podrá contemplar la realización de contenidos en línea con la temática del proyecto, pudiendo consistir en el desarrollo de material informativo y divulgativo. No será cofinanciable el desarrollo de una página web específica para el proyecto.
En toda información verbal o escrita, emitida con ocasión de la actividad subvencionada se deberá mencionar el apoyo del MITECO, la FB, el Programa empleaverde y del FSE, cumpliendo con todas las medidas de información y publicidad incluidas en el artículo 20 del Reglamento (UE) Nº 1304/2013 y en la Estrategia de Comunicación del Programa Operativo. Se incluirá, en su caso, la imagen corporativa de forma correcta del MITECO, la FB, el Programa empleaverde y el FSE en los términos establecidos en las correspondientes convocatorias y de aquellos otros posibles financiadores que la FB indique en cada momento.
En toda la información y comunicación relativa al proyecto se deberán incluir los siguientes logotipos en el orden indicado a continuación:
Logotipo del beneficiario
En caso de que alguno de estos logotipos sufriera cambios, se notificará a las entidades beneficiarias para su conocimiento y uso.
En caso de que el proyecto cuente con la participación de colaboradores, se podrá incluir su logotipo a continuación del de la entidad beneficiaria bajo el epígrafe “Con la colaboración de”. Todos los logotipos serán del mismo tamaño y este será acorde al material donde sean editados. Los logotipos de la FB, el Programa empleaverde y el FSE deberán contener un hipervínculo a su dirección web correspondiente.
En toda la publicidad y productos formativos se incluirá, de forma obligatoria y de modo que sea perfectamente visible, la frase “Acción gratuita cofinanciada por el FSE” y, siempre que el tamaño lo permita, se incluirá también la frase “Conseguir formación y un empleo de calidad”, que hace referencia al objetivo temático en el que se enmarca el Programa empleaverde.
En los objetos de pequeño tamaño podrá prescindirse xxx xxxx del emblema de la Unión Europea “El FSE invierte en tu futuro”, y de la referencia al FSE y a la Unión Europea. El resto de logotipos no se podrán modificar.
Si la entidad beneficiaria quisiera hacer referencia en la publicidad a otras entidades que de forma indirecta participen en algún aspecto concreto e identificable del proyecto, siempre y cuando dicha participación sea gratuita para la entidad beneficiaria, deberá solicitarlo a la FB y estará sujeto a aprobación. No obstante, en ningún caso aparecerá su logotipo, ni se identificarán estas entidades como colaboradoras en la ejecución del proyecto. Se podrá hacer mención expresa de forma clara y directa al papel desempeñado en el marco de la acción.
En caso de realizarse publicidad del proyecto en radio, deberá mencionarse expresamente la cofinanciación por el FSE, el lema “El FSE invierte en tu futuro”, el Ministerio para la Transición Ecológica, la Fundación Biodiversidad, el Programa empleaverde y la gratuidad del proyecto para los participantes.
Accesibilidad de la información y publicidad:
Los materiales deberán ser accesibles a personas con discapacidad, empleándose subtítulos en los audiovisuales que se elaboren, adaptando los productos digitales a los distintos tamaños de pantalla, para que se pueda leer el contenido con independencia del dispositivo que se elija o que se necesite utilizar. Se empleará, cuando sea conveniente, programas de lectura de texto (TTS, Text to Speech), que permitan convertir el texto digital a voz sintetizada a través del programa informático adecuado.
El importe de estas actuaciones se ubicará en la partida de información y comunicación del proyecto, no pudiendo superar ésta el 15% del coste total del proyecto.
12. Minoraciones
La FB comprobará en el momento de la justificación que la entidad beneficiaria ha alcanzado el número de destinatarios finales elegibles del proyecto, que ha logrado el porcentaje de creación de empleo o empresas previsto y que ha alcanzado los porcentajes de colectivos prioritarios a los que se comprometió en su proyecto. En caso de no haberlos alcanzado, se procederá a minorar la cuantía de la subvención de la siguiente forma:
En primer lugar se realizará la minoración según número de destinatarios finales elegibles. Esta minoración se realizará sobre el importe elegible tras el análisis de la documentación económica presentada en la justificación. En caso de que este importe sea mayor que el importe aprobado, la minoración se realizará sobre éste último.
A continuación se procederá a realizar el resto de minoraciones que serán calculadas tomando como base el importe resultante del punto anterior.
Se detalla a continuación cómo se procederá en cada uno de los casos:
12.1. Minoración económica según número de destinatarios finales elegibles
La FB comprobará en el momento de la justificación que la entidad beneficiaria ha alcanzado el número de destinatarios por acción establecido en el proyecto.
En caso de haber alcanzado un número de destinatarios finales elegibles igual o superior al 70% de los inicialmente establecidos en cada acción, el coste elegible de la misma será del
100%. En caso de no obtener el 70% de los destinatarios señalados inicialmente, se aplicará una minoración económica de forma proporcional al número de destinatarios elegibles finalmente alcanzados. Para ello se aplicará la siguiente fórmula, cuyo importe resultante será el coste máximo elegible de la acción:
á =
× ó
× 0,7
12.2. Minoración económica según objetivo de creación de empleo o empresas
La FB comprobará en el momento de la justificación que la entidad beneficiaria ha alcanzado el porcentaje de creación de empleo (Eje CREA y Eje INNOVA) o de creación de empresas (Eje IMPULSA) establecido en el proyecto, según la siguiente fórmula:
% =
%
%
× 100
Según el resultado obtenido en la fórmula se aplicará, si procede, una minoración sobre el presupuesto final elegible del proyecto de acuerdo a los siguientes rangos:
Porcentaje logrado respecto al previsto | Porcentaje de minoración a aplicar |
x ≤ 10% | 20% |
10% < x ≤ 25% | 10% |
25% < x ≤ 50% | 6% |
50% < x ≤ 75% | 3% |
75% < x ≤ 100% | No se aplica minoración |
12.3. Minoración económica según colectivos prioritarios alcanzados
La FB comprobará en el momento de la justificación que la entidad beneficiaria ha alcanzado el porcentaje de destinatarios pertenecientes a colectivos prioritarios establecido en el proyecto. El análisis de la conveniencia de aplicar una minoración económica se efectuará sobre el número de destinatarios finales elegibles totales del proyecto.
Esta comprobación se realizará sobre el porcentaje total de colectivos prioritarios alcanzados. El porcentaje resultante de aplicar la siguiente fórmula, será el que se tenga en cuenta para aplicar la correspondiente minoración, de acuerdo a los rangos de la tabla del punto 12.2.
% = % + % . × 100
% + % .
13. Modificación de la subvención
Una vez comenzado el proyecto, si la entidad beneficiaria necesitase efectuar una modificación
que afecte al normal desarrollo de las acciones, podrá solicitarlo de acuerdo al punto 15. Modificación de la subvención de las Bases Reguladoras.
El plazo para la comunicación de las modificaciones Tipo A será de, como mínimo, 3 días naturales antes del día de inicio de la acción para la que se solicita modificación y, de las modificaciones Tipo B de, como mínimo, 10 días naturales de antelación a la fecha de inicio de todas las acciones para las que se solicita modificación. El plazo comenzará a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación.
En caso de que la modificación afecte a aspectos generales del proyecto (presupuesto por partidas, etc.), esta podrá ser solicitada aunque alguna de las acciones ya se haya ejecutado.
En ningún caso las modificaciones supondrán un incremento del presupuesto total del proyecto aprobado.
La FB revisará y analizará la solicitud de modificación propuesta por la entidad beneficiaria, de forma que se constate que los cambios a introducir no desvirtúan los objetivos perseguidos por el proyecto. En caso de disconformidad con las modificaciones planteadas, la FB puede considerar que la modificación o cancelación de la acción desvirtúa de forma significativa el carácter de dicha acción o del proyecto, por lo que buscará una alternativa consensuada.
En caso de fuerza mayor, podrán ser aceptadas modificaciones presentadas fuera del plazo anteriormente indicado, siempre que se comuniquen antes o durante la ejecución de la acción. En la Guía para la presentación, ejecución y justificación de proyectos se detallan los modelos y procedimientos necesarios para la solicitud de ambos tipos de modificaciones.
14. Seguimiento y control de la subvención por parte de la Fundación Biodiversidad
La FB nombrará a una persona responsable que será la encargada del seguimiento del proyecto junto con la persona designada por la entidad beneficiaria como responsable del mismo.
14.1. Seguimiento técnico y económico
La FB ha establecido procedimientos de seguimiento de los proyectos aprobados con el objeto de conocer el estado de ejecución de los mismos. Con este objetivo, la entidad beneficiaria remitirá a la FB, cuando esta lo solicite, un informe de seguimiento con los datos relativos a los trabajos desarrollados hasta ese momento y, en su caso, las dificultades encontradas. El modelo para la realización de este informe se incluye en la Guía para la presentación, ejecución y justificación de proyectos.
En caso de que se detecte que la ejecución del proyecto no se esté desarrollando conforme a lo aprobado, la FB podrá convocar a la entidad beneficiaria a una reunión de seguimiento para trasladarle todas las observaciones que considere necesarias, asesorándole y realizando las recomendaciones pertinentes.
14.2. Inspecciones
La FB efectuará a las entidades beneficiarias cuantas inspecciones entienda necesarias, con objeto de comprobar tanto la realidad y correcta ejecución de las acciones, como el grado de satisfacción de los destinatarios. Éstas podrán realizarse en el emplazamiento de la acción o en la sede de la entidad y se llevarán a cabo con o sin preaviso a la misma. Asimismo, la FB podrá recabar la documentación y las evidencias que estime pertinentes.
Los resultados de las inspecciones servirán de base para las liquidaciones de los proyectos. Si durante la inspección se detectan anomalías en la ejecución de la acción, la FB procederá a realizar las minoraciones oportunas.
Con el fin de poder realizar convenientemente las inspecciones, las entidades beneficiarias que lleven a cabo acciones presenciales deberán comunicar su inicio con un plazo de antelación mínimo de 3 días naturales previos al día de inicio de la acción. El plazo comenzará a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación. En caso de no cumplirse este plazo, las correspondientes acciones no serán cofinanciables, excepto causas de fuerza mayor.
En la Guía para la presentación, ejecución y justificación de proyectos se definen con más detalle los aspectos a tener en cuenta de cara a las inspecciones.
15. Ejecución económica - Gastos susceptibles definanciación
En materia de elegibilidad del gasto, se atenderá a lo dispuesto en las Bases Reguladoras, así como lo establecido en la presente convocatoria. En caso de que la normativa que rige los principios de elegibilidad del gasto para el periodo de programación 2014-2020 varíe, la FB siempre que pueda informará para su conocimiento a la entidad beneficiaria.
Adicionalmente a lo indicado en el punto 12. Elegibilidad de los gastos de las Bases Reguladoras, a continuación se especifican las categorías, conceptos y límites máximos y mínimos de los gastos que serán admitidos como cofinanciables por el FSE y aquellos que no podrán optar a su cofinanciación:
GASTOS ELEGIBLES
1. Gastos de personal:
1. El 100% del coste laboral del personal contratado exclusiva y específicamente para la ejecución de las actividades del proyecto.
2. El coste del personal propio de la entidad beneficiaria que esté adscrito al proyecto realizando alguna de sus tareas será financiable hasta el límite máximo del 85%.
De forma más específica, tendrán la consideración de elegibles los siguientes gastos:
La retribución bruta salarial de las personas contratadas laboralmente y asociadas al proyecto. Los complementos salariales y los conceptos incluidos en el bruto salarial deberán estar convenientemente explicados y contemplados en el convenio aplicable o el contrato de la persona trabajadora. No obstante, será la FB quien se pronuncie
sobre la elegibilidad dedichos conceptos y complementos.
Cargas sociales que soporta la entidad por el personal contratado laboralmente.
El IRPF de las personas contratadas laboralmente, asumido por la entidad.
Para calcular los costes de personal se tendrá en cuenta solamente el tiempo efectivo dedicado al proyecto, incluyéndose las vacaciones, los días de libre disposición, o el tiempo de asistencia a cursos de formación relacionados con el puesto de trabajo, siempre y cuando su desempeño tenga conexión con el mismo. En el caso de dedicación parcial al proyecto, las vacaciones y días de libre disposición se deberán imputar a prorrata entre el tiempo total trabajado y el tiempo dedicado al proyecto.
A estos efectos, no se deben computar las situaciones con derecho a retribución en las que no se presta servicio efectivo, como las ausencias o las incapacidades temporales, ni las situaciones recogidas en el artículo 37.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. En esos casos, del importe de los gastos de personal reembolsables deberá excluirse también la parte proporcional de las cotizaciones a la Seguridad Social que proceda.
2. Gastos indirectos
Gastos corrientes de la entidad beneficiaria generados por la ejecución del proyecto, normalmente comunes a los diferentes servicios o actividades que ofrecen las entidades. Únicamente se considerarán elegibles los gastos relativos a:
1. Suministros de agua, electricidad, calefacción y limpieza.
2. Correo, teléfono e internet.
3. Material de oficina.
4. Gastos de alquiler de locales.
El porcentaje de gastos indirectos del presupuesto vendrá determinado por el método de costes simplificados de aplicación.
3. Subcontrataciones
Todas aquellas subcontrataciones y contrataciones externas que realice la entidad beneficiaria para la realización de la actividad subvencionada no podrán superar el 50% del presupuesto total del proyecto, incluyendo los gastos de amortización de instalaciones y material inventariable y los gastos de publicidad.
Será gasto elegible el IRPF de las personas contratadas externamente, asumido por la entidad. Dentro de las contrataciones externas se incluyen los costes correspondientes a dietas que cubran las necesidades de locomoción, manutención y estancia del personal de la entidad beneficiaria vinculado al proyecto. En la Guía para la presentación, ejecución y justificación de proyectos se indican los importes máximos de estos conceptos que serán subvencionables.
Serán financiables los gastos de desplazamiento y dietas de personal involucrado en las actividades objeto de la subvención siempre que éstos estén directamente vinculados al proyecto, se identifique la actividad por la que han sido generados y la persona que ha
incurrido en el gasto. El importe máximo financiable aplicado a este tipo de gastos de desplazamiento será el exceptuado de gravamen según el Reglamento del I.R.P.F. (Orden EHA/3771/2005 de 2 de diciembre, por la que se revisa la cuantía de los gastos de locomoción y de las dietas en el I.R.P.F. o normativa que le sustituya). Igualmente, salvo excepciones justificadas, la elegibilidad del resto de gastos de la partida de viajes y manutención tendrá como límite máximo las cuantías establecidas para el grupo 2 por el RD 462/ 2002 de 24 xx xxxx sobre indemnizaciones por razón de servicio. En todo caso, los desplazamientos deberán realizarse en clase turista y el alojamiento en categoría máxima de 3 estrellas.
Estos límites serán de aplicación para los gastos de locomoción y estancia de las personas destinatarias, siempre y cuando se trate de visitas prácticas que deberán ser debidamente justificadas. En ningún caso será elegible el desplazamiento del destinatario desde su domicilio o trabajo al lugar de desarrollo de la acción.
En el caso de acciones ejecutadas en otros Estados miembro (Eje CONECTA), serán elegibles los gastos de los destinatarios relativos a locomoción y estancia siendo de aplicación los requisitos y límites mencionados anteriormente.
Los procesos de subcontratación y contratación deberá respetar lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
GASTOS NO ELEGIBLES
Adicionalmente a los gastos no elegibles recogidos en el punto 12. Elegibilidad de los gastos de las Bases Reguladoras, no serán subvencionables los gastos generados por la contratación de los participantes (eje Crea y eje Innova) ni los gastos incurridos por los participantes para la creación de las empresas (eje Impulsa).
16. Justificación técnica y económica
La entidad beneficiaria tendrá un plazo de 2 meses desde la finalización del proyecto para presentar la documentación relativa a la justificación del mismo. La documentación tanto técnica como económica a entregar se detalla en el Anexo de la presente convocatoria. Para facilitar la recopilación de la información requerida, la FB pone a disposición las entidades beneficiarias los modelos de documentos necesarios. Estos modelos están incluidos en la Guía para la presentación, ejecución y justificación de proyectos.
Presentada dicha documentación, la FB la verificará según lo dispuesto en el punto 13. Justificación técnica y económica de las Bases Reguladoras. En virtud de los resultados del análisis realizado por la FB de la documentación presentada por la entidad beneficiaria, la FB aprobará el importe a cofinanciar y abonará el porcentaje correspondiente de los gastos aceptados.
El importe final a cofinanciar por el FSE a la entidad beneficiaria por el desarrollo de las actuaciones queda sujeto, además, a las consideraciones posteriores que los organismos
competentes pudieran realizar en base a las disposiciones legales y reglamentarias, tanto nacionales como comunitarias, referentes al Fondo Social Europeo.
Costes simplificados
El método de costes simplificados de aplicación vendrá determinado por el importe de cofinanciación del FSE, de forma que:
Proyectos cuyo importe FSE sea igual o superior a 50.000€: en caso de que la entidad beneficiaria quiera imputar costes indirectos al proyecto, no será necesaria su justificación, ya que estos se calcularán en base a la metodología de costes simplificados establecida en el artículo 68.1b del Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 diciembre de 2013. De esta forma, los costes indirectos del proyecto se calcularán en base a un tipo fijo del 15% de los costes directos de personal subvencionables.
Proyectos cuyo importe FSE sea inferior a 50.000€: deberán aplicar el método de costes simplificados del art. 14.2 del Reglamento (UE) 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2013 de tal modo que los gastos indirectos y de subcontrataciones sean como máximo el 40% de los gastos de personal, no siendo necesaria su justificación.
17. Presentación, evaluación y selección de propuestas
17.1. Fase I: Presentación de la solicitud
La presentación de proyectos se realizará a través de la página web de la FB (www.fundacion- xxxxxxxxxxxxx.xx) de forma telemática por parte de la entidad solicitante, a través de los formularios habilitados al efecto, asignándose un código de registro que incluye la fecha y hora de recepción de la solicitud.
El plazo para la presentación de solicitudes comenzará desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria, hasta el día 30 xx xxxxx de 2019 a las 14:00h (hora peninsular).
Las solicitudes se presentarán conforme a los modelos y formularios oficiales facilitados por la FB, y constarán de la siguiente documentación:
a) Solicitud firmada por el/la representante legal.
b) Datos de la entidad, datos del proyecto y, en su caso, datos de los colaboradores y socios.
c) Memoria técnica.
d) Presupuesto.
e) Compromiso de las entidades colaboradoras y/o socios, en su caso.
La FB pondrá a disposición de las entidades solicitantes el documento Guía para la presentación, ejecución y justificación de proyectos del Programa empleaverde, donde se recogen de forma detallada todos los requisitos y pautas a seguir para la presentación de
proyectos.
17.2. Fase II: Admisión y evaluación
La admisión y, en su caso, evaluación técnica de las solicitudes presentadas será realizada por el equipo del Área Programa empleaverde de la FB, quien analizará en primera instancia la admisibilidad de las solicitudes presentadas en base a los criterios de admisibilidad recogidos en el punto 8.1 de las Bases Reguladoras.
Las propuestas admitidas serán evaluadas en concurrencia competitiva conforme a los siguientes criterios de evaluación:
CRITERIOS Y SUBCRITERIOS | PUNTUACIÓN MÁXIMA |
A. CRITERIOS TÉCNICOS | 50 puntos |
1. Dimensión ambiental | 5 puntos |
1.1 Justificación de la necesidad ambiental del proyecto. | 5 |
2. Dimensión social | 20 puntos |
2.1 Justificación de la necesidad social del proyecto. | 5 |
2.2 Cuantificación de destinatarios totales del proyecto, de la creación de empleo y/o de la creación de empresas. | 8 |
2.3 Destinatarios pertenecientes a colectivos prioritarios. | 7 |
3. Dimensión técnica | 20 puntos |
3.1 Descripción del proyecto y las acciones y coherencia de las mismas con los resultados planteados. | 13 |
3.2 Asignación de recursos adecuados. | 3 |
3.3 Participación de colaboradores. | 3 |
3.4 Capacidad de acceso a los destinatarios de las acciones. | 1 |
4. Dimensión económica | 5 puntos |
4.1 Desarrollo correcto del presupuesto. | 5 |
B. CRITERIOS ESTRATÉGICOS DEL PROYECTO | 50 puntos |
Disponibilidad presupuestaria según región objetivo. | 10 |
Actuación en ámbitos territoriales prioritarios o de interés. | 10 |
Vinculación con políticas, estrategias, planes o programas públicos | 20 |
Grado de innovación del proyecto. | 10 |
TOTAL | 100 puntos |
La evaluación de los proyectos se realizará por línea y, atendiendo a la naturaleza de los proyectos, el Comité de Evaluación podrá modificar la ubicación de los proyectos en una línea de actuación u otra. El proceso de evaluación se detalla en el punto 8.2 de las Bases Reguladoras.
17.3. Fase III: Resolución
Una vez remitida la documentación indicada en el punto 8 de las Bases Reguladoras y
comprobada la adecuación del proyecto y la documentación administrativa recibida, la Dirección de la FB emitirá resolución con los proyectos beneficiarios de la subvención, y en su caso, la fecha de inicio de los proyectos.
El plazo máximo para resolver y notificar esta resolución no podrá exceder de seis meses a partir de la fecha de cierre de recepción de solicitudes.
El plazo de resolución podrá ser prorrogado o suspendido por falta de disponibilidad de los fondos correspondientes y será comunicado a través de la página web de la FB.
La inclusión como entidad beneficiaria en la resolución supone su aceptación a ser incluido en la lista pública prevista en el artículo 115, apartado 2 del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013.
17.4. Fase IV: Firma del DECA
Una vez resuelta la convocatoria, se procederá a la firma del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda (DECA) entre la FB y la entidad beneficiaria, en el plazo máximo de 2 meses desde la fecha de publicación de la resolución.
18. Huella de carbono de los proyectos
Las entidades beneficiarias deberán realizar un seguimiento de la huella de carbono derivada de las actividades ejecutadas en el marco del proyecto, para lo que se solicitarán los datos necesarios para su cálculo.
19. Regulación de la ayuda e información adicional
Las Bases Reguladoras de la concesión de subvenciones por la FB, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de proyectos del Programa empleaverde cofinanciado por el Fondo Social Europeo (FSE) en el marco del POEFE 2014-2020 (BOE núm. 25, de 29 de enero de 2019, Anexo I) serán aplicables en todo aquello no previsto en esta convocatoria.
En la Guía para la presentación, ejecución y justificación de proyectos se detallan los procedimientos, documentación y modelos concretos a utilizar. Se incluyen, además, ejemplos explicativos de muchas de las cuestiones tratadas en la convocatoria.
ANEXOS I Y II: LISTAS DE COTEJO PARA LA JUSTIFICACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA
ANEXO I: DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA LA JUSTIFICACIÓN TÉCNICA
La documentación técnica se presentará en formato digital, con excepción de los productos y materiales físicos que deberán presentarse en su formato original.
1) | Aspectos generales del proyecto (AG) |
2) | Cursos de formación presencial (FP) y estancias formativas (EF) |
3) | Cursos de formación a distancia (FD) |
4) | Cursos de formación mixta (FM) |
5) | Asesoramiento y acompañamiento presencial (AP) |
6) | Asesoramiento y acompañamiento a distancia (AD) |
7) | Asesoramiento y acompañamiento mixto (AM) |
8) | Encuentros (E) |
9) | Acciones de innovación social (IS) |
1) Aspectos generales del proyecto (AG)
Para cada una de las personas destinatarias del proyecto, se deberá facilitar la documentación justificativa que se relaciona a continuación. Los modelos propuestos para recopilar la información requerida se proporcionan en la Guía para la presentación, ejecución y justificación de proyectos del Programa empleaverde.
Memoria final del proyecto y resumen ejecutivo.
Memoria de información y comunicación del proyecto, a la que se adjuntará un dossier de prensa con reseñas del proyecto y ejemplares de los materiales elaborados, si procede.
Base de datos de las personas participantes en el proyecto (Excel) en la que se recogerán los siguientes datos de cada una de las personas:
- Datos personales:
Nombre y apellidos.
Comunidad autónoma y provincia de residencia.
Teléfono.
Correo electrónico.
Edad.
- Nivel de estudios: educación primaria o secundaria inferior (hasta 3º ESO), educación secundaria superior (incluye 4º de ESO, bachillerato, formación profesional básica 1º y 2º, ciclos formativos de grado medio), enseñanza postsecundaria no terciaria, educación superior (grados, master, ciclos formativos de grado superior).
- Pertenencia a colectivos prioritarios:
Mujeres.
Otros colectivos prioritarios: jóvenes hasta 35 años, mayores de 45 años, personas inmigrantes, personas con discapacidad, residentes en áreas protegidas y/o zonas rurales.
- Situación en el hogar: participantes que viven en hogares sin empleo, participantes que viven en hogares sin empleo con un hijo a cargo, y, participantes que viven en hogares compuestos por un único adulto con hijo a su cargo.
- Situación laboral del destinatario: empleado por cuenta xxxxx, empleado por cuenta propia o desempleado.
Solicitud de participación.
Documentación del destinatario:
- DNI o Tarjeta de residencia.
- Para acreditar la situación laboral del destinatario:
Trabajador por cuenta ajena: nómina de uno de los 3 últimos meses previos a la fecha de la solicitud de participación, o certificado de empresa sellado en el que se certifique la relación laboral.
Trabajador por cuenta propia: justificante del pago de la cuota de autónomos de uno de los 3 últimos meses previos a la fecha de la solicitud de participación.
Desempleado: tarjeta de desempleo en vigor de uno de los 3 meses previos a la fecha de la solicitud de participación.
- Para acreditar la pertenencia a determinados colectivos prioritarios, deberá presentarse la siguiente documentación:
Las personas con discapacidad deberán presentar el correspondiente certificado.
Las personas residentes en áreas protegidas deberán presentar una declaración jurada.
Para acreditar la creación de empleo en el eje CREA y eje INNOVA:
- Contrato laboral.
- Nóminas de los 6 primeros meses desde la firma del contrato de trabajo o certificado de vida laboral del destinatario.
Para acreditar la creación de empresas en el eje IMPULSA:
- En el caso de una empresa constituida por un empresario individual se aportará alguno de los siguientes documentos: alta en declaración censal de inicio de actividad (modelo 036) o documento acreditativo de la afiliación en el Régimen General de Xxxxxxxx.
- En el caso de constitución de una sociedad mercantil, se aportará alguno de los siguientes documentos: escritura de constitución, identificación fiscal de la sociedad o inscripción en el registro mercantil.
Para acreditar el aumento de las competencias emprendedoras de los destinatarios de proyectos del eje CONECTA, se deberá presentar el certificado de notas firmado y la evaluación de los destinatarios.
2) Cursos de formación presencial (FP) y estancias formativas (EF)
Programa de la acción.
Partes de asistencia.
Evaluación y certificado de notas de los alumnos firmado por el docente.
Ejemplar del material entregado al destinatario en el mismo formato en el que fue elaborado, en su caso.
Para estancias formativas: informe del destinatario que describa su participación en la acción y acredite la mejora de sus competencias emprendedoras.
Reportaje fotográfico de la acción.
Cualquier otra documentación que acredite la correcta realización de la acción.
En el caso que se haya realizado proceso de selección, se presentará:
Listado de solicitantes ordenados alfabéticamente.
Listado de destinatarios seleccionados y reservas, incluyendo la puntuación obtenida, ordenado alfabéticamente.
3) Cursos de formación a distancia (FD)
Programa de la acción.
Evaluación y certificado de notas de los alumnos firmado por el docente.
Ejemplar del material entregado al destinatario en el mismo formato en el que fue elaborado, en su caso.
Cualquier otra documentación que acredite la correcta realización de la acción.
En el caso que se haya realizado proceso de selección, se presentará:
Listado de solicitantes ordenados alfabéticamente.
Listado de destinatarios seleccionados y reservas, incluyendo la puntuación obtenida, ordenado alfabéticamente.
En el caso de contar con una plataforma e-learning, se presentará:
Capturas de pantalla de los diferentes apartados de laplataforma.
Informe con accesos de los destinatarios.
4) Cursos de formación mixta (FM)
Programa de la acción.
Partes de asistencia.
Evaluación y certificado de notas de los alumnos firmado por el docente.
Ejemplar del material entregado al destinatario en el mismo formato en el que fue elaborado, en su caso.
Reportaje fotográfico de la acción.
Cualquier otra documentación que acredite la correcta realización de la acción.
En el caso que se haya realizado proceso de selección, se presentará:
Listado de solicitantes ordenados alfabéticamente.
Listado de destinatarios seleccionados y reservas, incluyendo la puntuación obtenida, ordenado alfabéticamente.
En el caso de contar con una plataforma e-learning, se presentará:
Capturas de pantalla de los diferentes apartados de laplataforma.
Informe con accesos de los destinatarios.
5) Asesoramiento (ASP) y acompañamiento presencial (AP)
Memoria descriptiva indicando en qué ha consistido la acción.
Informe de asesoramiento o acompañamiento, detallando el contenido de cada uno de los asesoramientos o acompañamientos realizados. Se aportará la documentación soporte generada, en su caso.
Partes de asistencia.
Reportaje fotográfico de la acción.
Cualquier otra documentación que acredite la correcta realización de la acción.
En el caso que se haya realizado proceso de selección, se presentará:
Listado de solicitantes ordenados alfabéticamente.
Listado de destinatarios seleccionados y reservas, incluyendo la puntuación obtenida, ordenado alfabéticamente.
6) Asesoramiento (ASD) y acompañamiento a distancia (AD)
Memoria descriptiva indicando en qué ha consistido la acción.
Informe de asesoramiento o acompañamiento, detallando el contenido de cada uno de los asesoramientos o acompañamientos realizados. Se aportará la documentación soporte generada, en su caso.
Cualquier otra documentación que acredite la correcta realización de la acción.
En el caso que se haya realizado proceso de selección, se presentará:
Listado de solicitantes ordenados alfabéticamente.
Listado de destinatarios seleccionados y reservas, incluyendo la puntuación obtenida, ordenado alfabéticamente.
En el caso de contar con una plataforma on-line, se presentará:
Capturas de pantalla de los diferentes apartados de laplataforma.
Informe con accesos de los destinatarios.
7) Asesoramiento y acompañamiento mixto (AM)
Memoria descriptiva indicando en qué ha consistido la acción.
Informe de asesoramiento o acompañamiento, detallando el contenido de cada uno
de los asesoramientos o acompañamientos realizados. Se aportará la documentación soporte generada, en su caso.
Partes de asistencia.
Reportaje fotográfico de la acción.
Cualquier otra documentación que acredite la correcta realización de la acción.
En el caso que se haya realizado proceso de selección, se presentará:
Listado de solicitantes ordenados alfabéticamente.
Listado de destinatarios seleccionados y reservas, incluyendo la puntuación obtenida, ordenado alfabéticamente.
En el caso de contar con una plataforma on-line, se presentará:
Capturas de pantalla de los diferentes apartados de laplataforma.
Informe con accesos de los destinatarios.
8) Encuentros (E)
Programa del encuentro.
Partes de asistencia.
Ejemplar del material entregado al destinatario en el mismo formato en el que fue elaborado, en su caso.
Reportaje fotográfico de la acción.
Cualquier otra documentación que acredite la correcta realización de la acción.
En el caso que se haya realizado proceso de selección, sepresentará:
Listado de solicitantes ordenados alfabéticamente.
Listado de destinatarios seleccionados y reservas, incluyendo la puntuación obtenida, ordenado alfabéticamente.
9) Acciones de innovación social (IS)
Memoria descriptiva indicando en qué ha consistido la acción.
Partes de asistencia, en su caso.
Ejemplar del material entregado al destinatario en el mismo formato en el que fue elaborado, en su caso.
Reportaje fotográfico de la acción, en su caso.
Cualquier otra documentación que acredite la correcta realización de la acción.
En el caso que se haya realizado proceso de selección, se presentará:
Listado de solicitantes ordenados alfabéticamente.
Listado de destinatarios seleccionados y reservas, incluyendo la puntuación obtenida, ordenado alfabéticamente.
En el caso de contar con una plataforma on-line, se presentará:
Capturas de pantalla de los diferentes apartados de laplataforma.
Informe con accesos de los destinatarios.
ANEXO II: DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA LA JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA
La documentación económica constará de originales y copias para su cotejo por parte de la FB o de copias compulsadas en formato digital.
Únicamente se admitirán como documentos de pago los que se relacionan a continuación:
Adeudo bancario nominativo.
Transferencia bancaria nominativa.
Certificado del banco firmado y sellado por la propia entidad bancaria en que se detalle que dicha factura ha sido efectivamente pagada.
Pago nominativo realizado por internet donde se indique que el pago ha sido realizado, sellado por el banco. Si el banco con el que se opera no dispone de sucursales físicas y el sellado no resulta posible, se aceptarán extractos de bancos on-line no sellados siempre que cumplan con estos requisitos:
- Nombre del titular de la cuenta bancaria.
- Numeración completa del número de cuenta (20 dígitos).
- Nombre del receptor.
- Fechas de los cargos bancarios.
- Importes de los cargos bancarios.
Excepcionalmente, para la compra de pequeño material fungible, gastos de bolsillo, etc. y siempre que no se superen los 600 euros, podrá aceptarse el pago en efectivo aportando el correspondiente documento justificativo emitido por el proveedor, acompañado del apunte contable reflejado en el libro mayor de la entidad beneficiaria que acredite que ha sido efectivamente pagado. El documento justificativo deberá indicar el importe abonado, el número de la factura correspondiente y la fecha en la que se efectuó el pago.
1) Documentación económica general
Autoliquidación económica (formato electrónico).
Contabilidad analítica o separada del proyecto.
Cuenta de subvenciones del libro mayor.
Justificante de la transferencia bancaria efectuada por el/los colaborador/es.
2) Gastos de personal
Convenio, acuerdo o norma laboral de la entidad.
Contrato laboral de las personas contratadas en exclusiva para el proyecto.
Certificado de coste hora aplicado.
Partes de trabajo mensuales.
Nóminas y documentos justificativos delpago.
Documentos justificativos del gasto y del pago de las cargas sociales (TC2 y TC1).
Documentos justificativos del pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) (modelos 111 o 190).
3) Subcontrataciones y contrataciones
Expediente de contratación que contenga toda la documentación generada durante el proceso de contratación: presupuestos, pliegos, anuncios, etc.
Facturas o documentos con valor probatorio equivalente junto a los documentos justificativos del pago.
En el caso de gastos pagados por un trabajador de la entidad asociados a un desplazamiento y/o estancia en el marco del proyecto, se deberán aportar tanto los justificantes de gasto como del pago de los mismos por parte del trabajador.
Impuesto sobre el Valor Añadido: dependiendo de la situación de la entidad beneficiaria respecto a dicho impuesto, se deberá entregar alguno de los siguientes documentos:
- Certificado de la Agencia Tributaria en el que se especifique la totalidad de las actividades económicas en las que la entidad beneficiaria está dada de alta para el ejercicio/s correspondientes a la ejecución delproyecto.
- Certificado de la Agencia Tributaria en el que se especifique que la entidad beneficiaria está exenta del pago del impuesto en todas sus actividades o certificado de la Agencia Tributaria en que se indique que la entidad beneficiaria no ha presentado declaraciones del impuesto en el año/s de ejecución del proyecto.
- Documento justificativo emitido por la Agencia Tributaria y certificado firmado por el responsable legal de la entidad beneficiaria en los que se explique la situación de la entidad beneficiaria respecto al impuesto en el ejercicio/s correspondiente/s, indicando si la totalidad de actividades que ha realizado están exentas, si no ha realizado ninguna actividad exenta o si ha realizado actividades tanto exentas como no exentas. En este último caso, la entidad beneficiaria deberá indicar si aplica prorrata general o especial y entregará copia del modelo correspondiente a efectos de conocer el porcentaje de prorrata aplicado.
Cualquier otra documentación que justifique la correcta ejecución económica.