INSTITUCIÓN EDUCATIVA PARTICULAR GARABATOS KIDS
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PARTICULAR
GARABATOS KIDS
R.D.S 006423-001610
CONTRATO DE MATRÍCULA Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCACIONALES
Conste por el presente documento, el contrato de prestación de servicios Educaciones que celebran de una parte de la Institución Educativa Particular Garabatos Kids con Razon Social XXXXXXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXX y RUC: 10413937863 empresa autorizada por el Ministerio de Educación mediante Resolución N°006423 y domicilio en Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 0000 Xx xxxxx – Xxxxxxxx debidamente representada por su gerente general XXXXXXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXX, con DNI N° 00000000 en adelante la INSTITUCION EDUCATIVA PARTICULAR “GARABATOS KIDS” y la otra parte el Señor(a)_________________________________________________________________________________________________ D.N.I.________________________, padre, madre o apoderado del estudiante________________________________________________________, con número telefónico__________________, con domicilio en adelante EL APODERADO, en términos y condiciones siguientes:
PRIMERO: BASE NORMATIVA DEL CONTRATO DE SERVICIOS EDUCATIVOS
Ley de Protección a la Economía Familiar respecto al Pago de Pensiones de Enseñanza 27665.
Ley de Promoción e Inversión en la Educación por Decreto Legislativo Nº 882.
Ley de Centros Educativos Privados 26549.
Ley de Código de Protección y Defensa del Consumidor 29571.
Código Civil Decreto legislativo N° 295.
Nuevo código de los niños y adolescentes ley 27337.
Ley General de Educación 28044.
Decreto de urgencia N° 002 – 2020
Norma sobre el proceso de matrícula en la educación básica, Resolución Ministerial Nº 447-2020-MINEDU.
Resolución Ministerial N° 531-2021-MINEDU, Disposiciones para el retorno a la presencialidad y/o semipresencialidad, así como para la prestación del servicio educativo para el año escolar 2022 en instituciones y programas educativos de la Educación Básica, ubicadas en los ámbitos urbano y rural, en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19, y modificatoria.
Reglamento de Instituciones Educativas Privadas de Educación Básica por Decreto Supremo Nº 005-2021-MINEDU
SEGUNDO: RESPONSABLES DEL ESTUDIANTE
EL APODERADO, tiene conocimiento que mamá y papá son los responsables de la patria potestad del estudiante, siendo los únicos autorizados en formalizar la matrícula de su hijo(a).
EL APODERADO, tiene conocimiento que para autorizar la matricula del estudiante con un vínculo distinto a mamá o papá, deberá presentar la orden judicial que autoriza la tenencia del estudiante o la carta poder simple de mamá o papá que lo faculta para realizar dicha diligencia.
EL APODERADO tiene conocimiento que mamá y papá son los responsables económicos titulares del estudiante para el pago de los servicios enlistados en el numeral 3.7, salvo, orden judicial que indique lo contrario.
EL APODERADO, tiene conocimiento que, al matricular al estudiante con un vínculo distinto a mamá o papá, será considerado como responsables solidarios de los pagos por los servicios educativos enlistados en el numeral 3.7. Este proceso administrativo, no excluye a los responsables económicos del numeral 2.3.
EL APODERADO tiene conocimiento que mamá y papá tienen derecho a recibir toda información relacionada a su menor hijo por parte de la escuela. En caso EL APODERADO, desee limitar este derecho a uno o a ambos padres, entonces, deberá presentar la orden judicial que lo limita.
TERCERO: INFORMACIÓN ECONÓMICA
EL COLEGIO hace entrega a favor de EL APODERADO una vacante anual, para los servicios educativos 2023 de su pupilo(a) declarado en el numeral 10.4 del presente documento, el cual será cancelable en 10 pensiones de enseñanza, xx xxxxx a diciembre, de acuerdo con el cronograma de pagos del numeral 3.7.
EL APODERADO conoce que período de vigencia del presente contrato es del 01/03/2023 al 20/12/2023
EL APODERADO conoce, que el pago de la cuota de matrícula informado en el numeral 3.6, se cancelará antes de iniciado el servicio educativo.
EL APODERADO conoce, que nuestra institución educativa si cobra cuota de ingreso.
EL APODERADO acepta que la obligación del pago por la vacante anual surtirá efecto con la suscripción del presente contrato hasta la cancelación del cronograma de pagos del numeral 3.7. Este contrato quedará trunco ante la solicitud voluntaria de EL APODERADO para el traslado de su pupilo(a) a otra escuela, en dicho caso, la institución calculará el pago de los servicios brindados proporcionalmente hasta la fecha de solicitud del traslado.
EL APODERADO conoce que por el contexto de emergencia sanitaria que nos encontramos, ha sido informado que durante el año 2023 se brindará de forma continua o alternada los servicios educativos de forma remota y/o semipresencial y/o presencial. Estos servicios se actualizarán de acuerdo con las disposiciones que establezca el Ministerio de educación para el período lectivo 2023, teniendo los siguientes costos:
CUOTAS DE ENSEÑANZA EN LA MODALIDAD PRESENCIAL DEL PERIODO 2023
NIVEL INICIAL
Cuota de Ingreso
S/ 250.00
1ra cuota matrícula 2023
S/ 200.00
10 cuotas mensuales de
S/ 250.00
NIVELES PRIMARIA Y SECUNDARIA
Cuota de Ingreso
S/ 250.00
1ra cuota matrícula 2023
S/ 200.00
10 cuotas mensuales
S/ 280.00
NIVELES SECUNDARIA
Cuota de Ingreso
S/ 250.00
1ra cuota matrícula 2023
S/ 200.00
10 cuotas mensuales
S/ 320.00
EL APODERADO acepta haber sido informado de los números de cuotas y oportunidad de pago de las pensiones de enseñanza programadas por EL COLEGIO, según como sigue:
MENSUALIDAD
FECHA DE VENCIMIENTO
MENSUALIDAD
FECHA DE VENCIMIENTO
MARZO
31 XX XXXXX
AGOSTO
31 XX XXXXXX
XXXXX
30 XX XXXXX
SEPTIEMBRE
29 DE SEPTIEMBRE
MAYO
31 XX XXXX
OCTUBRE
31 DE OCTUBRE
JUNIO
30 XX XXXXX
NOVIEMBRE
31 DE NOVIEMBRE
JULIO
16 DE JULIO
DICIEMBRE
E DICIEMBRE
COLEGIO se reserva el derecho de incrementar las pensiones del presente contrato por las amenazas macroeconómicas que escapan de nuestro control, como son: la inflación del país, el aumento de impuestos y el aumento de los costos laborales.
EL COLEGIO se reserva el derecho de activar durante el período lectivo los intereses moratorios según la tasa efectiva para entidades no financieras de 0.015% diario o 5.40% anual, así como sus posibles variaciones, reguladas por el Banco Central de Reserva del Perú.
EL APODERADO conoce la información histórica de la cuota de matrícula y pensiones de enseñanza, de acuerdo con lo siguiente:
-
AÑO
CUOTA DE INGRESO
MATRICULA
PENSION DE ENSEÑANZA
INICIAL
PRIM. / SEC.
INICIAL
PRIM.
2018
S/. 0.00
130.00
130.00
150.00
180.00
2019
S/. 0.00
150.00
150.00
150.00
180.00
2020
S/.0.00
180.00
180.00
200.00
230.00
2021
S/. 0.00
200.00
200.00
200.00
250.00
2022
S/. 0.00
200.00
200.00
200.00
250.00
CUARTO: INFORMACIÓN DE ÚTILES Y UNIFORMES
EL COLEGIO no señala ni recomienda, ninguna marca para la compra de los útiles escolares, ni señala establecimientos para la compra del uniforme escolar del estudiante.
EL APODERADO deberá adquirir el uniforme escolar de su menor hijo(a) respetando el diseño institucional detallado en el Reglamento interno del colegio.
EL APODERADO es el único responsable en proveer los útiles escolares de su menor hijo(a), por lo que, hemos clasificado la disponibilidad de los útiles escolares por bimestre. De esta forma el padre de familia tendrá todas las facilidades para organizar mejor el abastecimiento de los útiles escolares de su menor hijo(a). Si a pesar de esto, el estudiante lo encontráramos desabastecido con sus útiles escolares, activaremos el Protocolo para contingencias administrativas, a fin de salvaguardar la integridad emocional del estudiante.
QUINTO: INFORMACIÓN DE HORARIO DE ESTUDIO Y AFORO
EL APODERADO acepta conocer, el horario del servicio educativo contratado para su hijo(a), de acuerdo con lo siguiente:
HORARIO DE CLASES
El horario de clases durante el año escolar es el siguiente:
INICIAL |
PRIMARIA |
3 AÑOS Entrada: 8:30 x.x Xxxxxx: 13:15 p.m 4 AÑOS Y 5 AÑOS Entrada: 8:30 a.m Salida: 13:30 p.m |
Entrada: 7:30 a.m Salida: 2:00 p.m SECUNDARIA Entrada: 7:30 a.m Salida: 2:00 p.m
|
La modificación ocasional de este horario por alguna particularidad será debidamente informada.
EL APODERADO acepta conocer, el número de estudiantes del aula de su menor hijo(a), de acuerdo con lo siguiente: Número máximo de alumnos por aula es de:
INICIAL 3 AÑOS |
INICIAL 4 Y 5 AÑOS |
PRIMARIA |
SECUNDARIA |
18 POR AULA |
20 POR AULA |
20 POR AULA |
|
3. EL APODERADO acepta conocer, que es el único responsable en recoger a su menor hijo(a) de acuerdo con el horario del numeral 5.1, por lo que, en caso de superar el margen de salida, se activará el Protocolo de contingencias administrativas a fin de salvaguardar la integridad del estudiante.
4. EL APODERADO es el responsable de informar a EL COLEGIO, si su menor hijo(a) se retirará de la escuela en la hora de salida sin restricciones, en dicho caso, deberá dar su consentimiento con la presentación del formato autorización de salida del estudiante.
5. EL APODERADO acepta conocer, que el colegio abrirá sus puertas para el alojamiento de los estudiantes, de acuerdo con la hora de ingreso detallado en el numeral 5.1.
6. EL COLEGIO no restringe el ingreso a la escuela del estudiante por tardanzas.
SEXTO: RENOVACIÓN DE CONTRATO PARA EL AÑO 2023
EL APODERADO acepta y conoce, que nuestro contrato no será renovado en el período lectivo
2024 por los siguientes motivos:
Mantener deudas económicas con EL COLEGIO.
Mostrar desidia en los procesos administrativos y citaciones de EL COLEGIO.
Ocasionar daños y/o irrespeto hacia los estudiantes, padres, empleados o directivos de la escuela.
EL APODERADO acepta y conoce, que de no efectuarse la renovación del contrato en los plazos y requisitos establecidos para el proceso de matrícula del período lectivo 2024, EL COLEGIO dispondrá de la vacante para los nuevos estudiantes.
SEPTIMO: INFORMACIÓN DE PAGOS Y COBRANZAS:
7.1 EL COLEGIO garantiza sus servicios educativos hasta finalizar el año lectivo 2023, por lo que EL APODERADO accede a una vacante anual para su pupilo(a), cancelable en 10 cuotas mensuales, de acuerdo con el cronograma de pagos del numeral 3.7 del presente documento.
7.2 EL COLEGIO mide la gestión de la cobranza con los siguientes indicadores:
• Cobranzas preventivas, sin pensiones atrasadas.
• Cobranzas en xxxx temprana, de 1 a 2 pensiones atrasadas.
• Cobranzas en xxxx tardía, con 3 pensiones atrasadas.
7.3 EL APODERADO conoce que la cobranza en xxxx tardía origina el contrato de servicios de terceros para notificaciones notariales y trámites judiciales. EL APODERADO tiene conocimiento que estos servicios no son parte de los servicios educativos y nacen por el incumplimiento de 3 pensiones impagas del cronograma de pagos del numeral 3.7; siendo estos, de exclusiva responsabilidad de EL APODERADO.
7.4 EL APODERADO conoce, que la cobranza en xxxx tardía o impagas originarán los procedimientos del numeral 7.3.
7.5 EL COLEGIO no condiciona ni impide la asistencia a clases, la evaluación de los alumnos, ni la atención de los reclamos formulados, al pago de las pensiones de enseñanza. En caso de incumplimiento en el pago de las pensiones de enseñanza, se retendrá el certificado oficial de estudios, correspondiente a grados de estudios no pagados.
7.6 EL COLEGIO deja claramente establecido que, para realizar la matrícula del estudiante en el año 2023 en adelante, es requisito indispensable no mantener ninguna deuda pendiente de pago a la fecha de la solicitud. Si EL APODERADO realiza algún pago en las cuentas bancarias o caja de EL COLEGIO por cualquier concepto, teniendo deudas impagas, este será considerado automáticamente como pago parcial o total de la deuda más atrasada que mantenga con EL COLEGIO.
7.7 EL APODERADO conoce que, en cumplimiento de la ley del devengado, el comprobante de pago de las pensiones se emitirá a partir del 1er día hábil del inicio de clases de cada mes, con fechas de vencimiento de acuerdo con el cronograma de pagos del numeral 3.7. La entrega de la boleta de venta electrónica cancelada se entregará mediante correo electrónico al momento del pago, asimismo, EL APODERADO podrá solicitar en nuestra oficina de tesorería, una representación impresa del comprobante electrónico cancelado.
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA:
EL APODERADO acepta, haber sido informado mediante el Reglamento interno del colegio de: Los requisitos, plazos y procedimiento para el ingreso de nuevos estudiantes; Plan curricular del año lectivo o período promocional, donde detallamos su duración, contenido, metodología y sistema pedagógico; los sistemas de evaluación y control de asistencia de los estudiantes; el calendario del año lectivo o período promocional y el horario de clases; el número máximo de estudiantes por aula; los servicios de apoyo para los estudiantes; la resolución de autorización del sector educación que sustenta los servicios educativos que brindamos; los datos de identificación del propietario o promotor(a) y del director(a) de nuestra institución educativa; la línea axiológica, misión, visión y organigrama de nuestra institución educativa; el régimen económico, régimen disciplinario, régimen de pensiones y régimen de becas; las formas de participación en nuestra organización educativa de los estudiantes, padres y/o madres de familia bajo los principios de la educación de equidad e inclusión; normas de convivencia escolar con sus respectivas medidas de prevención y atención de situaciones de violencia, así como, su respectivo procedimiento para atender los casos y las denuncias o quejas que se presenten y los deberes, derechos y responsabilidades de los estudiantes, docentes, personal administrativo, directivos y familias.
EL APODERADO conoce que el vínculo contractual se mantendrá hasta la cancelación total de los servicios prestados de acuerdo con lo indicado en el numeral 3.5.
EL APODERADO declara que la suscripción del presente contrato no ha mediado dolo, siendo su contenido la
espontánea expresión de su voluntad, en ese sentido, declaran tener pleno conocimiento de las condiciones y
características del servicio que se ofrecerá a su pupilo(a).
EL APODERADO obtiene una vacante a favor de su pupilo(a) ________________________________________________________ con Nro DNI _____________para el aula ________________de educación ____________.
El Tambo, ______ de _______________ de 2023