AYUNTAMIENTO DE BARAÑÁIN
AYUNTAMIENTO DE BARAÑÁIN
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE ASISTENCIA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ATENCIÓN A DOMICILIO DEL AREA DE SERVICIOS SOCIALES, RESERVANDO SU PARTICIPACIÓN A LOS CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO (CEE) ASÍ COMO A LOS CENTROS DE INSERCIÓN SOCIOLABORAL (CIS)
1.- OBJETO
Constituye el objeto del presente pliego el establecimiento de las condiciones económicas, administrativas y técnicas con arreglo a las que ha de efectuarse el contrato de asistencia para la prestación del servicio Atención a Domicilio (S.A.D.) del Ayuntamiento de Barañáin.
Esta asistencia consistirá en la prestación por parte de personal cualificado de una serie de horas de atención determinadas por el propio SAD municipal a usuarios residentes en el municipio de Barañáin, valorados por técnicos municipales y de acuerdo a los objetivos y principios establecidos por el Ayuntamiento de Barañáin para el SAD municipal, recogido en el pliego de prescripciones técnicas.
Se entiende por Servicio el conjunto de las atenciones que se prestan de forma individualizada a las personas usuarias de atención domiciliaria, en razón de cada situación de dependencia y dificultades de autovalimiento. El marco normativo específico y definición del programa, se establece en el pliego de condiciones técnicas.
Visto el objeto del contrato así como las prestaciones del contrato de asistencia previstas en el Anexo II de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos, el mismo se encuentra en número de referencia CPV 85311100 (servicios de bienestar social proporcionados a ancianos) y 85311200 (servicios de bienestar social proporcionados a minusválidos).
2. IDENTIFICACIÓN DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y DE LA UNIDAD GESTORA DEL CONTRATO
El órgano de contratación es la Sra. Alcaldesa o el organismo en quien delegue esta competencia y la unidad gestora es el Área de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Barañáin, junto con el Área de Compras.
3. VALOR DE LICITACIÓN DEL CONTRATO
El valor de licitación del contrato vendrá determinado por el precio/hora de dedicación directa al usuario del servicio. En dicho precio/hora se deberán incluir todos los costes directos e indirectos derivados del objeto del contrato.
El valor de licitación máximo será de 18,70 € la hora de atención directa, IVA incluido, en caso de no estar exento (indicar esto en la oferta). Serán desestimadas las proposiciones económicas que superen dicho valor de licitación.
La estimación de horas que se realizarán durante el año 2016 es de 6.734 horas, no garantizando su completa utilización, ni considerándose una limitación máxima, pudiendo modificarse posteriormente, y estará condicionado a la existencia de crédito en el presupuesto municipal correspondiente.
La estimación para el año 2016 es de 125.925,80 € (6.734 h. x 18,7 €/h)
El precio por hora de intervención es la contraprestación contractual por el desarrollo, por parte del adjudicatario, de un período de una hora de servicio directo e individualizado al usuario.
El precio por hora de intervención incluye todos los factores de valoración imputables al desarrollo del servicio, ya sean gastos de gestión, desplazamientos, reuniones o cualesquiera gastos que el adjudicatario deba realizar para el normal cumplimiento de la prestación contratada.
Serán gastos a satisfacer por el Contratista y se entenderán incluidos, en cualquier caso en su oferta, los gastos a que hubiera lugar para la realización del contrato, como son: financieros, benéficos, seguros, transporte y desplazamientos, así como tiempo necesario para llevarlos a cabo, honorarios, gastos de formación, coordinación, horas sindicales, tiempo de bocadillos , materiales (batas identificativas, guantes, bonobús,
telefonía, equipos informáticos.......) y todo aquello que sea necesario para la realización del contrato.
4. DURACIÓN DEL CONTRATO
El contrato tendrá vigencia de un año desde su firma. Sin perjuicio de lo anterior, el contrato podrá prorrogarse por tres años más permaneciendo invariables las condiciones de la adjudicación, excepto el precio que se actualizará cada fecha 31 de diciembre, con el IPC nacional del año que finaliza.
La prórroga será anual y automática, de tal manera que si con cuatro meses de antelación a la finalización del contrato en vigor no se hace notificación escrita en contrario por alguna de las partes, éste quedará automáticamente prorrogado.
No obstante, su adjudicación y las sucesivas prórrogas quedarán condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo, el Órgano Contratante podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de una penalidad, de conformidad con la escala establecida en el artículo 103 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos xx Xxxxxxx.
Cuando las penalidades por demora alcancen el 20 por 100 del importe del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
Si el retraso fuese producido por motivos no imputables al contratista y éste ofreciera cumplir sus compromisos dándole prórroga del tiempo que se le había señalado, se concederá por el órgano contratante un plazo que será, por lo menos, igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor.
Con carácter excepcional y siempre que la continuidad y la necesidad de la prestación así lo requiera, finalizada la vigencia del contrato, el adjudicatario vendrá obligado a continuar en la prestación en las mismas condiciones establecidas en el mismo, en el supuesto de que no se hubiera producido la nueva adjudicación y por el tiempo restante hasta que ésta se produzca. Asimismo, si el contrato se resolviere con anterioridad a la finalización del periodo de vigencia del mismo, el adjudicatario deberá seguir ejecutando, excepcionalmente, en las mismas condiciones el contrato, a instancia del Ayuntamiento de Barañáin, hasta que se resuelva la adjudicación del siguiente.
5. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
Los trabajos objeto del presente condicionado serán adjudicados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos, y por establecerse así en el artículo 83.1.a) del mismo cuerpo legal, por procedimiento abierto inferior al umbral comunitario conforme a los criterios fijados en este condicionado para determinar la oferta más ventajosa y sin perjuicio del derecho del Ayuntamiento de Barañain a declararlo desierto.
6. CAPACIDAD DE LOS LICITADORES
En cumplimiento del artículo 9 de la Ley Xxxxx 6/2006 de contratos públicos, modificado por la Ley Xxxxx 13/2009, este procedimiento queda RESERVADO a la participación de Centros Especiales de Empleo (CEE) y Centros de Inserción Sociolaboral (CIS) (en adelante los licitadores).
6.1 Aptitud y capacidad.
Están capacitadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica o financiera y técnica o profesional de acuerdo con lo previsto en el presente Pliego y no estén incursas en ninguna de las causas de prohibición para contratar establecidas en el artículo 18 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
Los empresarios o profesionales deberán acreditar que su finalidad o actividad tiene relación directa con el objeto del contrato y que disponen de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones
estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Las empresas que presenten oferta conjunta de licitación no podrán presentar proposiciones individuales.
6.2 Uniones de empresarios y licitadores en participación
- Uniones temporales de empresas.
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato.
- Licitadores en participación
Se podrá contratar con licitadores que participen conjuntamente que quedarán obligados solidariamente. Dicha participación se instrumentará mediante la aportación de un documento privado en el que deberá manifestarse la voluntad de concurrencia conjunta, la participación de cada uno de ellos así como la designación de un representante o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
7. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición u oferta. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en participación conjunta con otros licitadores si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una de esas agrupaciones. La infracción de ello, así como la presentación simultánea de ofertas por parte de empresas vinculadas dará lugar a la inadmisión de todas las ofertas suscritas.
La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicional por el licitador del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones previstas en los pliegos que rigen el contrato, sin salvedad o reserva alguna.
Los licitadores deberán presentar sus proposiciones en el Registro General del Ayuntamiento de Barañáin (horario de lunes a viernes de 8:30 a 14:00 horas) sito en Xxxxx Xxxxxxxxxxxx, x/x, 00000 xx Xxxxxxxx, en el plazo indicado en el anuncio de licitación en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx.
Cuando la documentación se envíe por correo, el interesado deberá remitir, antes de que finalice el plazo indicado en el anuncio de licitación, el resguardo correspondiente acreditando la fecha de imposición del envío, bien mediante correo electrónico indicando en el asunto: “OFERTA: Servicio de Atención a domicilio SAD”, a las direcciones xxxx@xxxxxxxx.xxx y xxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx o mediante Fax al número 000000000. Sin cumplir tales requisitos no será admitida la proposición en el caso en que se recibiera fuera del plazo establecido. No obstante, transcurridos 10 días naturales desde la terminación del plazo de presentación, no será admitida ninguna proposición enviada por correo.
El licitador queda informado, según lo establecido en la Ley 15/1999 Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, por parte del AYUNTAMIENTO DE BARAÑAIN, de que mantendrá sus datos personales en los ficheros bajo su responsabilidad con la finalidad de tramitar la documentación requerida a efectos de participar en el presente concurso. La finalidad del tratamiento de los datos de los proveedores ya contratados será la gestión administrativa, fiscal y contable de la relación comercial entre ambas partes. Los interesados podrán ejercitar sus derechos de acceso, cancelación y rectificación en los términos establecidos en la legislación vigente, dirigiéndose a la Secretaría del AYUNTAMIENTO DE BARAÑAIN, Xxx. Xxxxxxxxxxxx x/x xx Xxxxxxxx, X.X. 00000 (Xxxxxxx).
El escrito de solicitud contendrá la identificación del licitador que se presente, haciendo constar expresamente una dirección postal, teléfono y dirección de correo electrónico a efectos de comunicaciones.
Junto con la solicitud o instancia de admisión a la licitación debidamente cumplimentada, se presentará un sobre único en el que se incluirán otros tres sobres numerados y rotulados indicando su contenido, debiendo estar todos ellos cerrados y firmados o sellados por el licitador. En el caso de que no se presente un “sobre” en sentido estricto, sino cajas, etc..., el licitador deberá tomar las medidas oportunas para garantizar el secreto de proposición, de modo que de ningún modo pueda conocerse sin abrir los “sobres” el contenido de los mismos, quedando en caso contrario, automáticamente excluido de la licitación. Igualmente, la inclusión en los sobres nº 1 y nº 2 de cualquier referencia a la oferta económica, determinará la inadmisión o exclusión de la proposición.
En cada uno de los sobres figurará el nombre del licitador y la inscripción “Proposición para participar en el procedimiento para la contratación de Servicio de Atención a domicilio SAD de Barañáin”.
La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con el Ayuntamiento de Barañáin. Además conllevará la aceptación voluntaria de dar transparencia institucional a todos los datos derivados del proceso de licitación, adjudicación y ejecución hasta su finalización, tal y como lo establece el artículo 4 de la Ley Xxxxx 1/2015, de 22 de enero, por la que se modifica la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos, para la introducción de cláusulas sociales en los pliegos de cláusulas administrativas.
8.- CONTENIDO DE LA PROPUESTA DE LICITACIÓN.
Únicamente se puntuará aquellos términos expresados que se justifiquen documentalmente en la presentación.
Cada uno de los sobres contendrá los siguientes documentos, que deberán ser originales, copias compulsadas o copias que tengan carácter de auténticas conforme a la legislación vigente:
Sobre Nº 1: Documentación Administrativa.
Este sobre, referido a la documentación general acreditativa de la capacidad, solvencia y personalidad, contendrá los siguientes documentos:
1. Identificación del Centros Especiales de Empleo (CEE) y Centros de Inserción Sociolaboral (CIS).
2. Declaración responsable del licitador conforme al modelo Anexo II o III que se adjunta al presente Xxxxxx, en la que conforme al artículo 54.4 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos se indique que se cumple con las condiciones exigidas para contratar.
3. Documentos para la justificación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional en los términos de los artículos 13 y 14 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx de contratos públicos,
- Solvencia económica y financiera: deberá acreditarse al menos por uno de los siguientes medios:
a. Declaraciones formuladas por entidades financieras sobre la capacidad económica del licitador, o en el caso de profesionales un justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
b. La presentación de balances o de extractos de balances, en el supuesto de que la publicación de los mismos sea obligatoria en la legislación del país en el que el candidato o licitador esté establecido.
c. Una declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades objeto del contrato, referida como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del candidato o licitador, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
- Solvencia técnica o profesional: Deberá acreditarse por los siguientes medios:
a. Relación de los principales servicios con éste objeto de contrato, efectuados durante los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario público o privado, avalada por cualquier prueba admisible en derecho. Al menos uno de los relacionados será de un importe anual igual o superior a 65.000 euros, IVA excluido. En el caso de que no hubiera cumplido tres años de
actividad, deberá incorporar los documentos correspondientes a los ejercicios en activo.
b. Declaración que indique la plantilla media anual del empresario o profesional y la descripción del personal directivo durante los tres últimos años.
c. Declaración sobre los medios humanos y materiales con que cuenta el Centro, con referencia a organigrama de la misma y adscripción y dedicación en su caso a la ejecución del contrato.
4. Si la proposición es suscrita por licitadores que participen conjuntamente, se incorporará un documento privado en el que se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta, se indique el porcentaje de participación que corresponde a cada uno y se designe un representante o apoderado único con facultades para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato hasta la extinción del mismo. El escrito habrá de estar firmado tanto por las diversas empresas o licitadores concurrentes como por el citado apoderado.
5. En caso de subcontratación, el licitador deberá presentar una relación de los subcontratistas y aportar un documento que demuestre la existencia de un compromiso formal con los mismos para la ejecución del contrato.
6. Resguardo de haber constituido garantía para tomar parte en la licitación, equivalente al 2% del presupuesto máximo anual del contrato, es decir 2.518,52 euros, que será constituida por cualquiera de los medios recogidos en el artículo
53.2 de la Ley Xxxxx de Contratos, y que será devuelta inmediatamente después de la adjudicación del contrato, salvo la correspondiente al adjudicatario que será retenida hasta la formalización del contrato.
Sobre Nº 2: Documentación Técnica.
En este sobre se adjuntará toda la documentación de índole técnico que aporte el licitador, detallando plan de trabajo. Se incluirá la propuesta técnica y se adjuntará toda la documentación de índole técnico que aporte el licitador a efectos de la valoración y puntuación de los criterios de adjudicación establecidos en el pliego y que cumplan los mínimos exigidos en el pliego de prescripciones técnicas (excepto la proposición económica).
Sobre Nº 3: Propuesta Económica.
Habrá de presentarse conforme al modelo que acompaña como Xxxxx XX a este condicionado, será única, y en ella se hará constar el importe sin IVA y el porcentaje de IVA a aplicar. Incluyendo cualquier otro impuesto, tasa o coste de cualquier tipo que graven el servicio contratado sin que, por tanto puedan repercutirse éstos como parte independiente.
La proposición deberá estar firmada por el licitador o persona que lo represente. No serán admitidas las proposiciones cuyo importe sea superior al valor de licitación de 18,70 €/hora IVA incluido en caso de no estar exento.
9. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Para la selección del adjudicatario se tendrán en cuenta los siguientes criterios y sus correspondientes ponderaciones, teniendo en cuenta que, en su caso, las valoraciones numéricas que resulten de la aplicación de los métodos de ponderación, deberán tener al menos dos cifras decimales.
1.- PROYECTO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO........................... | 50 Puntos | |
1.1.- Gestión organizativa................................................................................................... | 25 p. | |
1.2.- Gestión - Intervención técnica.................................................................................... | 20 p. | |
1.3. Prácticas concretas de conciliación de la vida personal, laboral y familiar para el proyecto de prestación del servicio que se compromete a aplicar para la plantilla que ejecute el contrato........................................................................................................... | 5 p. | |
2.- OFERTA ECONÓMICA REFERENCIADA AL COSTE /HORA (IVA excluido) Según ANEXO IV............................... | 45 Puntos | |
3.- CERTIFICADOS DE CALIDAD CONCEDIDOS A LA ENTIDAD PRESTADORA DEL SERVICIO…………………………………………. Se valorará únicamente el de mayor puntuación, debiendo acreditarse. | 5 puntos | |
Compromiso EFQM hacia la excelencia 200 + | 1 punto | |
ISO 9001 | 2 puntos | |
Compromiso EFQM hacia la excelencia 300 + | 3 puntos | |
Compromiso EFQM hacia la excelencia 400 + | 4 puntos | |
Compromiso EFQM hacia la excelencia 500 + | 5 puntos | |
TOTAL | 100 Puntos |
Los puntos se distribuirán de la siguiente manera:
1. PROYECTO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO: (50 puntos)
Las empresas licitadoras deberán presentar una memoria técnica descriptiva del Proyecto de prestación del servicio que se ciña a los aspectos que a continuación se indican, no incluyéndose documentación reiterativa o superflua.
En este apartado se valorarán los siguientes aspectos:
1.1.- Gestión organizativa hasta 25 puntos
Sistema de gestión propuesto, tanto a nivel interno (organización interna del servicio) como externa (coordinación con los servicios sociales municipales) con descripción detallada de los distintos procesos y procedimiento para la prestación del servicio, tanto en situaciones habituales como en situaciones de emergencia, baja o enfermedad de la trabajadora familiar, etc.
Se valorará también entre otros aspectos:
• Distribución de tareas entre profesionales
• Organización de horarios y calendarios
• Supervisión de la labor de equipo profesional del servicio
• Procedimientos para el control de la calidad, seguimiento y evaluación continua de los servicios prestados, con especificación de indicadores operativos de evaluación y procedimientos de control y mejora continua del servicio.
1.2.- Gestión - Intervención técnica hasta 20 puntos
- Descripción del proyecto técnico de atención a la persona usuaria.
- Coordinación y seguimiento en relación a la atención a la persona usuaria.
- Plan de formación de los/as profesionales asignados/as a las prestaciones objeto del contrato dirigido a obtener formación específica y adecuada para el puesto a desempeñar, conforme a las líneas señaladas en las prescripciones técnicas.
1.3. Prácticas concretas de conciliación de la vida personal, laboral y familiar para el proyecto de prestación del servicio que se compromete a aplicar para la plantilla que ejecute el contrato hasta 5 puntos
En este subapartado 1.3. deberá adjuntarse documentación acreditativa o declaración responsable por parte del licitador sobre aquello que indica que va a realizar.
NOTA: Resultarán automáticamente eliminadas aquellas proposiciones que no alcancen al menos el equivalente a la mitad de la totalidad de puntos establecidos para el criterio 1.
2.- OFERTA ECONÓMICA COSTE /HORA (IVA incluido o precio exento IVA) Valoración de la oferta económica: (45 puntos)
Criterios de valoración de la oferta económica: 40,5 puntos se repartirán proporcionalmente entre las ofertas con una baja de hasta el 20%.
Las bajas entre el 20% y el 50%, además de obtener el total de puntuación del tramo anterior se repartirán proporcionalmente los 4,5 puntos restantes.
Las bajas iguales y superiores al 50%, tendrán los 45 puntos
La puntuación de la oferta económica se obtendrá de la siguiente fórmula:
p= 2,025 x b | b <= 20 |
p= 40,5 + 4,5/30 x (b-20) | 20 < b > 50 |
p= 45 | b >= 50 |
Siendo:
p = Puntuación económica obtenida por cada oferta.
b = % de baja de la cantidad ofertada con respecto al valor de licitación máximo.
Los criterios para apreciar las ofertas anormalmente bajas serán los recogidos en el artículo 91 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
En caso de empate en la puntuación total entre dos o más licitadores éste se dirimirá a favor de la empresa que tenga un mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad, siempre que éste no sea inferior al 3 por 100; en su defecto o persistiendo el empate, a favor de la empresa con un menor porcentaje de trabajadores eventuales, siempre que éste no sea superior al 10 por 100 y, en su defecto o persistiendo el empate, a favor de la empresa que acredite la realización de buenas prácticas en materia de género, atendiendo en todos los supuestos a la concurrencia de las citadas circunstancias en el momento de finalización del plazo de presentación de ofertas. A tal efecto se requerirá a las empresas afectadas la documentación pertinente, otorgándoles un plazo de cinco días para su aportación.
En el caso de que en aplicación de los criterios anteriores persistiera el empate, éste se resolverá mediante sorteo.
10. MESA DE CONTRATACION
De conformidad con las características del presente contrato y en virtud de lo dispuesto en el artículo 228.1 de la Ley Xxxxx 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local xx Xxxxxxx, por remisión del artículo 60.4 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos, es preceptiva la constitución de una Mesa de Contratación que desarrollará las funciones establecidas en el artículo 61 de esta última Ley.
La composición de la Mesa de Contratación, ex artículo 228.2 de la Ley Xxxxx 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local xx Xxxxxxx, por remisión del artículo 60.4 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos será la siguiente:
1.- Presidente: Sra. Alcaldesa: Xx. XXXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXXXX, o en quien delegue. 2.- Vocal Técnico trabajadora social del Servicio Social de Base.
3.- Vocal: el Sr. Interventor del Ayuntamiento de Barañáin: Xxxxx Xxxxxx
4.- Vocal: Tesorera-Jefa de Compras del Ayuntamiento de Barañáin. Xxxxxxxx Xxxxxxxx 5.- Vocal-Secretario: el del Ayuntamiento de Barañáin: Xxxxxxx Xxxxx
11. APERTURA DE PROPOSICIONES
Concluido el plazo de presentación de proposiciones, en acto interno la Mesa de contratación procederá a la apertura y análisis de la documentación del sobre nº 1 “Documentación administrativa”, calificándola, valorando la solvencia económica y financiera, técnica o profesional y resolviendo la admisión de los licitadores que hayan presentado en tiempo y forma la documentación exigida.
De conformidad con lo preceptuado en el artículo 54.3 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos, si se observasen defectos en la documentación presentada o se considerase incompleta, se concederá un plazo de entre cinco y diez
días para su posible subsanación debiendo presentarse la documentación requerida en el Registro General del Ayuntamiento de Barañáin en el plazo que se establezca.
Seguidamente y también en acto interno, la Mesa de Contratación procederá a la apertura y análisis de la documentación correspondiente al sobre de “Documentación Técnica” de los licitadores admitidos con el fin de otorgar los puntos de los criterios de adjudicación, excepto el de la oferta económica.
Si alguna oferta presentada adolece de oscuridad o de inconcreción se podrán solicitar aclaraciones complementarias, que no podrán modificar la oferta presentada.
Efectuada la valoración, se publicará en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx, con al menos 72 horas de antelación el lugar, fecha y hora de la apertura pública del precio ofertado.
En el acto de apertura pública de los sobres de “oferta económica” y con anterioridad a la misma, se comunicará a los asistentes el resultado de la valoración efectuada por la Administración.
Una vez determinado por la Mesa cuál de las ofertas ha obtenido mejor puntuación tras la aplicación de todos los criterios de valoración, incluido el de la oferta o proposición económica, y con carácter previo a la elevación de la propuesta de adjudicación al órgano de contratación, se procederá a comprobar la capacidad de obrar de la empresa que haya obtenido mejor puntuación, la inexistencia de causas de incompatibilidad o de prohibición para contratar, comprobándose igualmente el poder, la inscripción de éste en el registro correspondiente y la personalidad del representante legal de la empresa.
A los efectos anteriores y, sin perjuicio en su caso de la aplicación del apartado 3 del artículo 54 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos, la Mesa de contratación, requerirá al representante legal de la empresa -o a la licitadora en el caso de personas físicas- que haya obtenido la mejor puntuación para que, en el plazo máximo de 7 días naturales desde la recepción del requerimiento, presente el original o copia compulsada ante notario o administración de la documentación que a continuación se señala, quedando en otro caso excluido de la licitación e imponiéndose una penalidad del 2% del precio de licitación y proponiéndose la adjudicación a favor de la siguiente adjudicataria con mejor puntuación que acredite los requisitos de capacidad e inexistencia de causas exclusión para contratar con el Ayuntamiento de Barañáin:
1. Documentación acreditativa de la personalidad jurídica y representación:
a) Si el licitador fuese persona física:
- Documento Nacional de Identidad o documento que reglamentariamente le sustituya.
- Quienes comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otra persona presentarán poder bastante, así como el Documento Nacional de Identidad o documento que reglamentariamente le sustituya del apoderado.
b) Si el licitador fuese persona jurídica:
- La escritura de constitución y, en su caso, de modificación debidamente inscrita en el Registro correspondiente.
- Quienes comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otra persona, poder notarial bastante que deberá figurar inscrito en el registro correspondiente, si tales extremos no constaren en la escritura referida en el párrafo anterior.
- Copia del Documento Nacional de Identidad o documento que reglamentariamente le sustituya de la persona representante de la empresa.
c) Si la empresa está inscrita en el Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx, será suficiente para acreditar la personalidad y representación de la empresa la presentación de copia del certificado expedido por el Registro, junto con una declaración responsable del representante de la empresa en la que se manifieste la vigencia de dicho certificado, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Xxxxx 236/2007, de 5 de Noviembre, por el que se regula la Junta de Contratación Pública y los procedimientos y registros a su cargo.
d) Empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo:
- Poder bastante a favor de la persona que firme la proposición en nombre de la empresa que deberá figurar inscrito en el registro correspondiente.
- Documento Nacional de Identidad o documento que reglamentariamente le sustituya de la persona representante de la empresa.
- Cuando la legislación del Estado respectivo exija la inscripción en un registro profesional o comercial, acreditación de la inscripción, la presentación de una declaración jurada o de un certificado de los previstos en el Anexo IX X xx xx Xxxxxxxxx 0.000/00, xx 00 xx xxxxx, xxx Xxxxxxxxxx Europeo y del Consejo, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios, con arreglo a las condiciones previstas en el Estado miembro en el que se encuentren establecidas.
e) Empresas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo:
- Poder bastante a favor de la persona que firme la proposición en nombre de la empresa que deberá figurar inscrito en el registro correspondiente.
- Documento Nacional de Identidad o documento que reglamentariamente le sustituya de la persona representante de la empresa.
- Informe de la respectiva representación diplomática española que acredite que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite, a su vez, la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga.
- Informe de la respectiva representación diplomática española en el que se haga constar que la empresa figura inscrita en el registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúa con
habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
2. Declaración del licitador, o en su caso, de su apoderado o representante, en la que se afirme, bajo su responsabilidad, que ni la empresa ni los administradores están incursos en ninguna de las causas de exclusión del procedimiento de licitación a que se refieren los artículos 18 y 20 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
3. Certificado de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y al corriente del mismo, para licitadores domiciliados fuera de Barañáin. Si el licitador se halla domiciliado en Barañáin, la comprobación del cumplimiento de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias municipales se efectuará de oficio.
4. Certificado expedido por el Departamento de Economía y Hacienda del Gobierno xx Xxxxxxx y, además, el de los órganos competentes de las Administraciones Públicas respecto de las cuales el licitador tenga obligaciones tributarias, acreditativos de que se halla al corriente en el cumplimiento de las mismas, expedido con una antelación no superior a seis meses de la fecha de expiración del plazo de presentación de proposiciones.
5. Certificado oficial acreditativo de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones de Seguridad Social.
6. Declaración responsable del licitador, en su caso de su apoderado o representante, en la que afirme, hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y de prevención de riesgos laborales, impuestas por las disposiciones vigentes.
7. Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional que pudiera corresponder al candidato.
Los documentos que se exigen deberán ser originales o copias que tengan carácter de auténticas conforme a la legislación vigente.
12. ADJUDICACIÓN
El órgano de contratación, vistos los informes técnicos previos correspondiente y la propuesta que en tal sentido efectúe la Mesa de Contratación, adjudicará el contrato en el plazo máximo de dos meses a contar desde el acto de apertura pública del precio ofertado, a la proposición que contenga la oferta más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios establecidos en el presente Xxxxxx.
Los licitadores podrán retirar sus proposiciones sin penalidad alguna si transcurridos tres meses desde el fin del plazo de presentación de proposiciones o transcurrido el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la apertura pública de las ofertas sin que el órgano de contratación haya adjudicado el contrato.
La adjudicación una vez acordada será notificada a los participantes en la licitación. La eficacia de la adjudicación quedará suspendida durante el plazo de 10 días naturales contados desde la fecha de remisión de la notificación de la adjudicación.
13.- DOCUMENTACIÓN PREVIA A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El adjudicatario deberá presentar, como requisito previo e indispensable para la formalización del contrato, la siguiente documentación dentro del plazo xxxxxx xx xxxx días naturales contados desde la terminación del plazo de suspensión de la adjudicación a que hace referencia el artículo 93 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos:
1. Poder a favor de la persona (en el supuesto de que sea diferente a la que haya firmado la proposición económica) que xxxx a firmar el contrato y D.N.I. de la persona apoderada. Sí el adjudicatario fuere persona jurídica el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación que le sea aplicable.
2. En el caso de que se trate de una unión temporal de empresas, las escrituras de constitución de la misma cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinción y CIF de dicha Unión.
3. Justificante de haber consignado a favor del Ayuntamiento de Barañain la garantía para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato por importe del 4% del precio de adjudicación, que será constituida por cualquiera de los medios recogidos en el artículo 95.2 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos. En el caso de que la empresa adjudicataria hubiera presentado una oferta que pueda presumirse anormalmente baja de conformidad con la legislación xxxxx de contratos públicos, se deberá constituir una fianza complementaria del 5% del precio de adjudicación de conformidad a lo establecido en el artículo 230 de la Ley Xxxxx 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local xx Xxxxxxx.
4. Acreditación de haber suscrito un seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos derivados de la ejecución del contrato por la cuantía mínima de 200.000 euros.
5. En el caso de que se trate de una unión temporal de empresas las escrituras de constitución de la misma cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinción y CIF de dicha Unión.
6. Declaración del número de cuenta bancaria en la que se procederá al pago correspondiente de las facturas que se emitan, derivadas de éste contrato.
Los documentos que se exigen deberán ser originales o copias que tengan carácter de auténticas conforme a la legislación vigente. Si la documentación aportada fuera incompleta u ofreciese alguna duda, se concederá un plazo de cinco días para su posible subsanación.
La falta de aportación de la documentación aludida en dicho plazo podrá dar lugar a la resolución del contrato, previa audiencia del adjudicatario, con incautación en su caso de las garantías constituidas para la licitación o con abono por parte de éste de una penalidad equivalente al 5 por 100 del valor estimado del contrato e indemnización complementaria de daños y perjuicios en todo lo que exceda dicho porcentaje. No obstante lo anterior, se podrá optar igualmente por conceder un nuevo plazo improrrogable con aplicación en ese caso del régimen de penalidades previsto en este pliego para la demora en la ejecución del contrato.
14.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se formalizará dentro del plazo de quince días naturales contados desde la terminación del plazo de suspensión de la adjudicación a que hace referencia el artículo 93 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato, el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato, previa audiencia del interesado, o conceder un nuevo plazo improrrogable, todo ello en los términos establecido en la cláusula anterior.
En los casos en que se acuerde la resolución del contrato porque el adjudicatario no haya formalizado el contrato en el plazo establecido, la Administración podrá adjudicar el contrato al licitador o licitadores siguiente a aquel, por orden decreciente de valoración de sus ofertas, siempre que ello fuese posible y previa conformidad del interesado, antes de proceder a una nueva licitación.
15.- ABONO DE LOS TRABAJOS
Los trabajos se abonarán por mensualidades iguales y vencidas, al precio contratado, y mediante liquidación efectuada por el Servicio correspondiente a su recepción.
A estos efectos mensualmente, el adjudicatario presentará la factura correspondiente, por importe que resulte de los servicios contratados, indicando el número de horas.
Se detraerán, en su caso, previa audiencia del contratista, las cantidades correspondientes a la no prestación o realización incompleta de los servicios adjudicados, y/o las sanciones a que hubiere lugar.
El abono de la factura se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta del adjudicatario, con el Vº Bº del servicio municipal correspondiente encargado del seguimiento del contrato en un plazo no superior a los 30 días naturales siguientes
contados desde la fecha de presentación de la factura en el registro municipal. Previamente se deberán adjuntar los TC1 y TC2 correspondientes al mes anterior.
El precio del contrato no será revisado, manteniéndose en este sentido invariable la oferta económica realizada por el adjudicatario y en base a la cual el Ayuntamiento efectúe la adjudicación definitiva, excepto por el porcentaje de variación del Índice de Precios al Consumo estatal correspondiente al año natural que termina. Las revisiones se harán una sola vez al año, empezando a aplicarse los nuevos precios el 1 de enero de cada año.
IMPORTANTE
- Factura 1: No dependientes.
- Factura 2: Dependientes grado Moderado .
- Factura 3: Dependientes grado Severo y Grandes Dependientes.
La contratista deberá presentar así en el Registro General o en cualquiera de los Registros auxiliares del Ayuntamiento tres facturas, en función del grado de dependencia de los usuarios, separadamente, adjuntando el correspondiente listado de usuarios y horas de servicio por ellos recibidas el mes anterior.
De la siguiente manera:
16. CESION Y SUBCONTRATACION
La cesión del contrato y el subcontrato sólo serán admisibles en los casos y con los requisitos previstos en los artículos 111 y 110 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
17. EJECUCION DEL CONTRATO
El contratista tendrá en todo momento la obligación de obedecer las órdenes e instrucciones que, por escrito, le sean dictadas por el personal designado para el seguimiento de los trabajos, tanto en la realización de los mismos como en la forma de ejecución.
Los trabajos se ejecutarán con estricta sujeción a las presentes cláusulas y a las prescripciones técnicas particulares que sirven de base al contrato, conforme a las instrucciones que por escrito sean dadas por el personal encargado, sometiéndose el contratista a las facultades de interpretación, modificación y resolución del contrato que la legislación vigente confiere a la Administración contratante.
18. RIESGO Y XXXXXXX
La ejecución del presente contrato se realiza a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario quien no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas averías o perjuicios que experimente durante la ejecución del contrato.
El contratista no podrá reclamar bajo ningún pretexto, ni aun de error u omisión aumento de los precios fijados en su oferta.
19.- OBLIGACIONES DE CARÁCTER LABORAL, SOCIAL O MEDIOAMBIENTAL DEL CONTRATISTA
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y seguridad y salud en el trabajo, y deberá tener en cuenta en todo caso las siguientes advertencias:
a) La de que el contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo y, en particular, a las condiciones establecidas por el último convenio colectivo sectorial del ámbito más inferior existente en el sector en el que se encuadre la actividad de la empresa contratista.
b) La de que la oferta económica deberá ser adecuada para que el adjudicatario haga frente al coste derivado de la aplicación del convenio sectorial que corresponda, sin que en ningún caso los precios/hora de los salarios contemplados puedan ser inferiores a los precios/hora del convenio más los costes de Seguridad Social.
El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista, o la infracción de las disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico por él designado, no implicarán responsabilidad alguna para la Administración contratante, y en todo caso para el supuesto del incumplimiento de las anteriores cláusulas sociales, se podrá optar, de conformidad a lo establecido en el artículo 49.4 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos, por:
a) Resolver el contrato e inhabilitar al contratista para contratar con las entidades sometidas a la presente ley xxxxx por un periodo de 5 años.
b) Continuar con la ejecución del contrato por el mismo contratista con la imposición de una penalidad del 35 por ciento del precio del contrato.
En el supuesto de que se opte por la resolución del contrato, se podrá adjudicar lo que reste del contrato a la empresa que en la licitación quedó en segundo lugar, y, en caso de renuncia de esta, a quienes la siguieron en el orden de clasificación.
20.- RÉGIMEN DE INCUMPLIMIENTOS Y PENALIDADES.
Sin perjuicio de los incumplimientos a que se refiere la cláusula anterior, que se regirán por lo establecido en la misma, todas aquellas conductas del contratista que, con carácter general, signifiquen el incumplimiento total o parcial de las obligaciones impuestas por el presente pliego o derivadas del contrato, la omisión de actuaciones
que fueran obligatorias así como el incumplimiento de los plazos para la ejecución del contrato, serán objeto de penalización por el Ayuntamiento de Barañáin.
Igualmente podrán ser objeto de penalización el incumplimiento de las instrucciones u órdenes dictadas por la Unidad Gestora del contrato en aplicación de sus facultades de supervisión e inspección de la ejecución del contrato.
Con el fin de determinar la existencia o no de infracción, habrá de valorarse la importancia de la prestación no satisfecha, la concurrencia o no de negligencia, la reincidencia o reiteración de la omisión de prestaciones, la importancia de la incidencia en relación al conjunto del servicio, etc.
Sólo cuando de tal valoración resulte equitativa y proporcionalmente, la existencia de una infracción, se iniciará el procedimiento de imposición de penalidades.
Independientemente de la tipificación o no de la conducta como infracción contractual, el Ayuntamiento descontará del abono a la empresa el importe correspondiente a las prestaciones no satisfechas, exigiendo, si se producen daños o perjuicios, la correspondiente indemnización.
Los incumplimientos del contrato se tipificarán de la siguiente manera:
1. Faltas leves:
Serán faltas leves de la empresa en el desarrollo del contrato:
a) El retraso o suspensión en la prestación del servicio inferior a tres días, negligencia o descuido en el cumplimiento de las obligaciones.
b) La ligera incorrección en la prestación del servicio.
c) En general, la falta de puntualidad o el incumplimiento de sus deberes por negligencia o descuido excusable.
2. Faltas graves:
Son faltas graves imputables a la empresa:
a) El retraso o suspensión en la prestación del servicio igual o superior a tres días e inferior a 15 días, las faltas repetidas de puntualidad, la negligencia o descuido continuado.
b) En general el incumplimiento grave de los deberes y obligaciones y la comisión de tres faltas leves en el transcurso de un año.
c) No guardar la debida discreción respecto de los asuntos que se conozcan en razón del servicio prestado.
3. Faltas muy graves:
Son faltas muy graves de la empresa en el desarrollo del servicio, las siguientes:
a) El incumplimiento de los compromisos ofertados y que han servido como criterio de adjudicación.
b) El retraso o suspensión en la prestación del servicio igual o superior a 15 días, o el abandono del servicio.
c) La acumulación o reiteración de tres faltas graves cometidas en el transcurso de un año.
d) La notoria falta de rendimiento, la prestación incorrecta y defectuosa del servicio, tanto en su calidad como en la cantidad.
e) La negativa infundada a realizar los servicios o tareas ordenados por escrito por los técnicos municipales, siempre que ésta sea una actitud directamente imputable a la empresa o a sus directivos responsables o empleados.
f) Cualquier conducta constitutiva de delito especialmente las coacciones y robo en las instalaciones municipales
g) Ceder los derechos y obligaciones dimanantes del contrato sin autorización del Ayuntamiento.
h) La inobservancia de la obligación xx xxxxxxx profesional, sancionable con la resolución del contrato.
Las sanciones que habrán de imponerse en el caso de comisión de alguna falta tipificada en este Pliego serán las siguientes:
Por cada día de retraso en el inicio de la ejecución del contrato o de suspensión de la ejecución del contrato, se impondrá la sanción prevista por el artículo 103 de la Ley Xxxxx 6/2006, de Contratos Públicos xx Xxxxxxx y además se impondrán las siguientes sanciones:
A) La comisión de una falta leve podrá dar lugar, previo expediente instruido al efecto, con audiencia del adjudicatario, al apercibimiento de la entidad contratista.
B) La comisión de cualquier falta grave dará lugar, previo expediente instruido al efecto, con audiencia del adjudicatario, a la imposición de sanción pecuniaria de hasta el 5 por ciento del importe anual del contrato.
C) La comisión de cualquier falta muy grave dará lugar, previo expediente instruido al efecto, con audiencia del adjudicatario, a la imposición de sanción pecuniaria de hasta el 10 por ciento del importe anual del contrato y/o resolución del contrato.
D) La acumulación de cuatro faltas graves en el período de un año podrá dar lugar a la resolución de contrato.
E) Asimismo, la comisión de tres faltas graves o dos muy graves en seis meses podrá lugar, previo expediente instruido al efecto, a la resolución del contrato correspondiente, todo ello sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que hubiere lugar y de la obligación del adjudicatario de pagar la multa.
F) La reiteración xx xxxxxx graves o muy graves, supondrá la resolución de todos los contratos adjudicados a dicha entidad, con las consecuencias previstas en la legislación de contratos.
El adjudicatario en caso de incumplimiento deberá reparar el daño causado, todo ello sin perjuicio de la exigencia de responsabilidad a que el hecho diera lugar.
Los importes de las penalidades se harán efectivos mediante deducción de los mismos en los pagos o, en su caso, de la fianza.
La imposición de las penalidades no excluye la eventual indemnización a la Administración como consecuencia de la infracción. Y, en todo caso, en los supuestos de falta de prestación del servicio, habrá de descontarse su coste.
21.- ASISTENCIA A LA ADMINISTRACIÓN CONTRATANTE
La Administración contratante, por medio del personal que considere oportuno, ejercerá el control de los trabajos comprendidos en esta contrata, comprometiéndose el contratista a facilitar la práctica del control al personal encargado.
22. MODIFICACION DEL CONTRATO
Una vez perfeccionado el contrato, podrán efectuarse modificaciones al mismo en los supuestos y con arreglo a los procedimientos establecidos en los artículos 105 y siguientes de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx.
23. JURISDICCIÓN Y RECURSOS
La contratación de los trabajos objeto del presente Xxxxxx es de naturaleza administrativa y se rige por la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos y la Ley Xxxxx 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local xx Xxxxxxx. Contra los actos que se aprueben en relación con la licitación de este contrato podrá interponerse además de los recursos administrativos y jurisdiccionales aludidos en el artículo 333 de la Ley Xxxxx 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local xx Xxxxxxx, la reclamación en materia de contratación pública establecida en el Libro III de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos, cuando concurran los requisitos establecidos en el mismo.
Los licitadores se encuentran obligados a suministrar una dirección de correo electrónico para la realización de notificaciones a través de medios telemáticos. El incumplimiento de esta obligación conlleva la imposibilidad de interponer la reclamación en materia de contratación pública que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 210 y siguientes de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos, posibilita la impugnación de los actos de trámite o definitivos que les excluyen de la licitación o perjudiquen sus expectativas.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
24.- OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO.
a) Determinar y comunicar las altas en el servicio de atención domiciliaria.
b) Determinar y comunicar las modificaciones en la prestación del servicio.
c) Determinar y comunicar las bajas en la prestación del servicio.
d) Presentar la figura profesional de trabajo familiar ante la persona usuaria.
e) Realizar el seguimiento de los casos en colaboración con la coordinadora de la empresa asignada.
f) Recabar información de la empresa adjudicataria sobre el estado y la evolución de las personas atendidas.
g) Supervisar el desarrollo de las tareas de trabajo familiar asignadas
h) Establecer reuniones periódicas entre el personal municipal del trabajo social y el personal de coordinación de la empresa, así como con las trabajadoras familiares.
i) Recibir y tramitar las posibles no conformidades de las personas usuarias e incidencias del servicio.
j) Promover estudios de satisfacción o cualquier otra actividad analítica
k) Garantizar la aplicación de los códigos éticos
l) Cobrar a los usuarios la tasa establecida
25.- OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA
El adjudicatario proceda a dar cumplimiento a la totalidad de las obligaciones laborales impuestas por la legislación sectorial y, en concreto, de las dispuestas en el convenio colectivo, entre las que se encuentra la de subrogación del personal de la empresa cesante
Serán obligaciones de la empresa adjudicataria además de las contenidas en otros puntos de este Pliego, las siguientes:
- Con el fin de facilitar las relaciones con el personal técnico municipal, la adjudicataria mantendrá un servicio operativo de correo electrónico, fax y telefónico en horario de mañana de lunes a viernes, para las comunicaciones diarias de los inicios de servicio, asignación de los casos al personal, bajas, suspensiones del servicio e incidencias, que permita a los servicios sociales municipales conocer a tiempo real y en un momento determinado y desde las oficinas municipales la situación y características de la atención definidas en el presente Pliego en un momento determinado: Días de atención, horarios, tareas, nombre del auxiliar de ayuda a domicilio que atiende a cada usuario, fecha, horario y tiempo de duración de las mismas y cualesquiera otra de las circunstancias que definan la situación de disfrute del servicio de un usuario concreto.
- Contar con los medios materiales, técnicos y personales suficientes en número y calificación para atender el servicio objeto de contrato.
- Adoptar las medidas necesarias, así como establecer aquellas de contratación laboral cuyas características favorezcan la permanencia de sus trabajadores, a los efectos de garantizar la continuidad del servicio y evitar su rotación.
- No podrá la adjudicataria del Servicio subarrendar, ceder o traspasar los derechos y obligaciones dimanantes del contrato sin autorización del Ayuntamiento, siendo la infracción de lo aquí dispuesto causa de resolución del contrato.
26.- OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA
a) Recibir, organizar y materializar las altas en el servicio de atención domiciliaria de las personas o familias en el plazo que establezca el Ayuntamiento
b) Recibir, organizar y materializar las modificaciones en la prestación del servicio en el plazo establecido.
c) Recibir, organizar y materializar las bajas en la prestación del servicio.
d) Organizar los calendarios de actividad del personal de trabajo familiar.
e) Contar con los medios materiales, técnicos y personales suficientes en número y cualificación para atender el Servicio objeto de contrato, asumiendo todos los costes derivados de la relación de dependencia de dicho personal, así como todas las responsabilidades derivadas tanto de los hechos susceptibles de producirlas, como de las relaciones laborales con dicho personal, que en ningún caso, se considerará como personal municipal.
f) Asignar los/as trabajadores/as familiares atendiendo el principio de idoneidad entre el usuario/a, tareas a desarrollar. Dadas las características del Servicio, en el que es fundamental la buena relación usuario/a – trabajador/a familiar, por parte de los/as técnicos/as municipales, y con el visto bueno de la Responsable Técnica del SAD, se podrá exigir a la Empresa la sustitución del personal, siempre que existan razones fundamentadas para ello.
g) La empresa adjudicataria deberá asignar con carácter permanente la figura de un/a coordinador/a, y, en su defecto de su suplente, con disponibilidad durante el horario de trabajo de los/as trabajadores/as familiares, a efectos de solucionar, de forma inmediata, cualquier incidente.
h) Informar al personal de trabajo familiar, a través de las figuras de coordinación, del desarrollo de su Plan de trabajo y/o de los cambios que sea preciso producir.
i) Seguimiento del trabajo familiar desarrollado por su personal.
j) Entregar al Ayuntamiento de Barañain el listado donde deberán constar los nombres de las personas atendidas y las horas de servicio asignadas y recibidas por cada usuario/a a mes vencido, en los cinco primeros días del mes siguiente.
k) Informar mensualmente el calendario de cada trabajador/a familiar donde quede constancia de los domicilios atendidos, tipificación del grado de dependencia de los
usuarios, horas de atención prestadas, así como los tiempos dedicados a la coordinación y formación.
l) Informar según el procedimiento establecido sobre las incidencias observadas.
ll) Mantener reuniones para el seguimiento entre los responsables de la empresa y el Ayuntamiento.
m) Asumir la responsabilidad del correcto funcionamiento del servicio, así como de los daños que el personal pudiera ocasionar en el cumplimiento de su trabajo, por cualquier causa, en el domicilio de las personas usuarias, ya sea en el mobiliario, instalaciones u objetos personales.
n) Presentar anualmente la memoria de actividad sobre el trabajo desarrollado, conforme lo establecido.
ñ) Formar a sus trabajadores en las materias propias del Servicio que deban prestar y prepararles con la formación específica que requiera la atención de calidad a las personas usuarias, así como dotarles de los medios que sean precisos para la prevención de riesgos laborales, incluidos los universales.
o) Cumplir íntegramente las obligaciones derivadas de la Ley de Protección de Datos.
p) proporcionar a las trabajadoras ropa de trabajo identificadora.
q) La empresa adjudicataria cumplirá las medidas relativas a la prevención de riesgos laborales establecidas en la legislación vigente.
r) Si la empresa adjudicataria tuviera en su poder llaves del domicilio del/a usuario/a, la responsabilidad será de ambos (usuario/a-entidad). No obstante es preceptivo que la entidad adjudicataria comunique por escrito a los servicios sociales municipales de los/as usuarios/as de los que dispone de juego de llaves de sus domicilios.
s) El contratista o adjudicatario queda obligado desde el mismo momento de iniciación del contrato a la subrogación de los contratos del personal que actualmente presta los servicios, en los términos expresamente enunciados en el convenio colectivo de aplicación. A tal efecto y en Anexo VI al Pliego de prescripciones Técnicas, se adjunta una relación de personal indicando antigüedad, categoría profesional, número de horas empleadas y tipo de contrato, así como información relativa al convenio colectivo actualmente es aplicable a dicho personal. Dichos datos se acompañan a mero título informativo habiendo sido facilitados por la empresa actualmente prestadora del servicio sin que este Ayuntamiento se responsabilice de la exactitud o veracidad de los mismos, todo ello sin perjuicio de los efectos jurídicos originados en la empresa suministradoras de los mismos.
t) Se prestará el servicio directo siempre, independientemente de huelgas, bajas médicas, vacaciones, derechos sindicales de los trabajadores, etc.
u) Facilitar al Ayuntamiento la inspección y fiscalización del Servicio y de la documentación relacionada con el mismo.
v) Prestar el Servicio en la forma que, sin apartarse del contenido del presente Pliego de condiciones, le sea ordenado por el Área de Bienestar Social.
27.- DERECHOS DEL ADJUDICATARIO.
a) Derecho a percibir el importe correspondiente a todas las prestaciones efectuadas a los precios y condiciones recogidos en la oferta adjudicada.
b) Cualesquiera otros que tuviera reconocidos en el ordenamiento jurídico o vinieren determinados en el pliego de cláusulas administrativas.
28.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
La adjudicataria, en cuanto al tratamiento de los datos de carácter personal relativos a los usuarios del servicio, deberá respetar en todo caso las prescripciones de la Ley Orgánica 15/1.999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal.
Por consiguiente, la realización del presente contrato conllevará la necesidad de que el Ayuntamiento de Barañáin recabe datos de carácter personal y los transfiera a la adjudicataria. Xxxx deberá hacerse de conformidad a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1.999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
A tal efecto, el Ayuntamiento de Barañáin facilitará al adjudicatario el listado con los datos de carácter personal relacionados en el Anexo V “Transferencias de Ficheros. Plan de Caso”. En él se indicará también la periodicidad de traspaso de los datos contenidos y el modo de trasferencia utilizado.
El Ayuntamiento solicitará permiso a las personas participantes del programa para recabar dicha información y para remitirla a la empresa adjudicataria. En el caso de que la empresa adjudicataria necesitara recabar más datos requerirá que ello esté autorizado previamente por el Ayuntamiento.
Habida cuenta de que el acceso a datos de carácter personal es necesario para la prestación del servicio y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y
81.3 a) del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, la adjudicataria debe adoptar y garantizar las medidas de seguridad correspondientes al nivel Alto .
La adjudicataria se obliga y compromete a no tratar o utilizar los datos con fines distintos a los propios, objeto del contrato y a no comunicarlos, ni siquiera para su conservación a otras personas. Asimismo, la adjudicataria procederá, una vez concluida la realización de la prestación objeto del contrato a la devolución al Ayuntamiento de Barañain de los ficheros recibidos, en el plazo máximo de treinta días naturales, así como a la entrega de los datos recabados y sus correspondientes
soportes, no pudiendo conservar, en forma alguna, copia total o parcial de dichos ficheros o datos o de cualesquiera otros que hubieran podido ser generados como resultado, o a consecuencia de los trabajos encomendados.
29.- SECRETO PROFESIONAL
La adjudicataria y las personas que realicen directamente las tareas relativas a la prestación de servicios de atención en el domicilio del Área de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Barañain, tratarán de modo confidencial cualquier información que les sea facilitada por el Ayuntamiento, así como cualquier información obtenida en la ejecución del contrato. La información será utilizada únicamente dentro del marco de los servicios que se describen en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Para garantizar la observancia de esta cláusula, la adjudicataria deberá divulgar entre sus empleados la obligación del deber xx xxxxxxx.
Asimismo, la adjudicataria se compromete a tomar las medidas necesarias para la buena conservación de la información y del material de cualquier tipo suministrado o perteneciente al Ayuntamiento de Barañain.
La obligación xx xxxxxxx y confidencialidad obliga a las partes incluso una vez cumplido, terminado y resuelto el contrato.
La adjudicataria que incurra en contravención de esta obligación xx xxxxxxx y confidencialidad, será responsable de todos los daños y perjuicios que su actuación pueda ocasionar al Ayuntamiento de Barañain o a terceros.
30.- RELACIONES CON LAS PERSONAS USUARIAS
- La adjudicataria deberá prestar el servicio a toda persona que cumpla los requisitos para ser destinataria del mismo.
- La adjudicataria y el personal que presta la atención deberán eludir todo conflicto personal con los usuarios informando expresamente a través de los canales de coordinación, de todo incidente al Ayuntamiento para que éste resuelva.
- La adjudicataria deberá velar por el mantenimiento de una relación de respeto con el usuario, basándose en las reglas de la buena fe y diligencia.
- La adjudicataria deberá prohibir a sus trabajadores la percepción de cualquier tipo de gratificación o contraprestación económica por parte de los usuarios.
- La adjudicataria asume la responsabilidad del correcto funcionamiento de servicio, así como los daños que su personal pueda ocasionar, por cualquier causa en el domicilio de las personas usuarias, en su mobiliario, instalaciones y objetos personales, sin que esa responsabilidad repercuta en ningún caso en el Ayuntamiento de Barañáin.
31.- MARCO NORMATIVO
La Ley Xxxxx 15/2006 de 14 de diciembre de Servicios Sociales regula la estructura del Sistema de Servicios Sociales, estableciendo en su artículo 31 los Programas de los Servicios Sociales de Base, cuyas actuaciones se articularán a través de cuatro programas, siendo uno de ellos el Programa de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia, que tendrá como objetivo posibilitar a las personas en situación de dependencia la permanencia en su medio habitual el máximo tiempo posible. Este programa podrá estar dirigido también a personas que no se encuentren en dicha situación, siempre que no se pueda conseguir este objetivo a través de otros programas. El Programa de Promoción de Autonomía Personal y atención a las personas en situación de dependencia, incluirá obligatoriamente la atención domiciliaria municipal.
De esta manera el Decreto Xxxxx 69/2008, 17 xx xxxxx por el que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales de ámbito general establece como prestación garantizada el servicio de atención domiciliaria municipal, indicando la intensidad del servicio para aquellas personas valoradas con dependencia.
La Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia, en su artículo 15 establece el catálogo de servicios sociales de promoción de la autonomía y atención a la dependencia, siendo la atención a domicilio uno de ellos, que deberá ser asignado en el Programa Individual de Atención (PIA).
Por su parte , el Ayuntamiento de Barañáin en Sesión Ordinaria del Pleno del Ayuntamiento celebrada en fecha 26 xx xxxxxxx xx 0000, xxxxxx xx xxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xeguladora de la atención domiciliaria de personas con dificultades de autovalimiento, publicándose en el BON nº 14 de 31 de enero de 2007.
Mediante el Decreto Xxxxx 32/2013 de 22 xx xxxx por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley Xxxxx de Servicios Sociales en materia de Programas y Financiación de los Servicios Sociales de Base, quedan establecidos el contenido y las actuaciones del SAD municipal.
32.- ÁMBITO DE APLICACIÓN
La prestación del SAD se desarrollará en el término municipal de Barañain, dentro del ámbito de las competencias municipales en materia de servicios sociales.
33.- DEFINICIÓN DEL SAD
El Servicio municipal de Atención a Domicilio (SAD) es un Servicio que se dirige hacia el conjunto de la población que cuente con limitaciones para la cobertura de las necesidades básicas en su medio habitual y que ofrece la prestación de una serie de servicios de carácter individual, pudiendo ser de carácter temporal o permanente en
función de cada situación, procurando la mejor integración de la persona en su entorno, el incremento de su autonomía funcional y la mejora de su calidad de vida.
34.- OBJETIVOS DEL SAD
El Programa de Atención a Domicilio persigue los siguientes objetivos:
- Favorecer la permanencia de las personas en su entorno habitual el mayor tiempo posible y con el mayor grado de calidad de vida, previniendo y evitando con una alternativa adecuada, internamientos innecesarios y el consiguiente desarraigo del entorno.
- Lograr la optimización de las destrezas, capacidades y habilidades personales y familiares que permitan el máximo grado de autonomía, potenciando hábitos de vida saludables, aumentando la seguridad y autoestima personal.
- La oferta de un conjunto de prestaciones en el domicilio habitual que facilite y apoye, de forma integral, la cobertura de las actividades de la vida diaria.
- Coordinar las actuaciones con la red profesional que interviene, fundamentalmente de la red sociosanitaria, con la utilización y aplicación de recursos adecuados con la finalidad de obtener la mayor eficacia y eficiencia en la intervención.
- Mejorar el equilibrio personal del individuo, de su familia, y de su entorno mediante el reforzamiento de los vínculos familiares, vecinales y de amistad, potenciando y fortaleciendo la mayor colaboración de las redes naturales de apoyo, especialmente de la familia, con los apoyos necesarios a las personas cuidadoras.
- Atender situaciones coyunturales de crisis personal y/o familiar que afecten a la autonomía personal o social
- Potenciar las relaciones sociales y las actividades de las personas atendidas en el entorno comunitario, previniendo posibles problemas de aislamiento y soledad.
35.- PERSONAS USUARIAS/DESTINATARIAS DEL SAD
Podrán ser personas usuarias del SAD, todas aquellas personas empadronadas en Barañain, que presenten limitaciones para el desarrollo de una vida autónoma y que les impida satisfacer sus necesidades personales y sociales por medios propios, requiriendo asistencia para su continuidad en el domicilio habitual.
Los usuarios del SAD se encuadrarán por tanto en los grupos establecidos en la Ordenanza municipal reguladora del servicio y en aquellas personas que tengan reconocida una dependencia y tengan asignado este servicio en el correspondiente
P.I.A. ( Programa Individual de Atención) tal y como indique la Cartera de Servicios de ámbito general y la progresiva implementación de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.
A valorar si se incluye o no en el condicionado:
Por Real decreto 1051/2013 de 27 de diciembre se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia establecidas en la Ley 39/2006. En el ANEXO V se indica la intensidad del servicio de ayuda a domicilio según grado de dependencia siendo:
Grado III. Gran Dependencia: Entre 46 y 70 horas mensuales Grado II. Dependencia Severa: Entre 21 y 45 horas mensuales Grado I. Dependencia Moderada: Máximo 20 horas mensuales.
36.- CARTERA DE SERVICIOS DEL SAD
El Servicio de Atención a Domicilio contempla todas o alguna de las siguientes actuaciones:
1º Actuaciones de apoyo y atención personal, son las dirigidas directamente a la persona usuaria para la realización de las actividades básicas de la vida diaria. Contempla las relacionadas con la higiene personal, vestido/calzado, movilidad básica y actuaciones de carácter socio- sanitario.
2º Actuaciones de apoyo doméstico: Son las relacionadas con la alimentación, la compra, el cuidado xxx xxxxxxx y la ropa de uso personal y del hogar y el mantenimiento de la vivienda.
3º Actuaciones básicas de apoyo psicosocial: Son las actuaciones realizadas en el proceso de ayuda dirigidas a la superación de situaciones que se plantean en el ámbito personal, familiar y/o social:
• Actuaciones psicosocioeducativas: Orientadas a la promoción y fomento de la adquisición, recuperación, aprendizaje y manejo de destrezas, conductas y habilidades básicas que potencien al máximo la autonomía de la persona usuaria y su entorno.
• Actuaciones de apoyo a la familia y/o personas cuidadoras: Orientadas a apoyar y potenciar la labor de la familia y/o personas cuidadoras, en y para la realización de cuidados a la persona usuaria.
• Actuaciones de apoyo sociocomunitario: Orientadas a mantener y fomentar la participación de la persona usuaria en la vida social y relacional así como en el conocimiento y uso de los recursos comunitarios.
4º Actuaciones de apoyo técnico: Incluye actuaciones de apoyo técnico en la vivienda orientadas a apoyar la adecuación del domicilio a las necesidades de las personas usuarias.
37.- CARACTERÍSTICAS DEL SAD
El SAD se prestará principalmente en el domicilio residencial de la persona usuaria y su entorno comunitario, dentro del término municipal de Barañain.
Teniendo en cuenta la posibilidad de que la persona usuaria se encuentre en situación de rotación familiar, se podrá prestar el servicio en uno o más domicilios, siempre que se hallen dentro del término municipal de Barañain, en los términos que se prevean en relación con las personas usuarias del Servicio y previa autorización de los servicios sociales municipales.
x. Xxxx de atención
Con carácter general, el servicio se prestará de lunes a viernes, días laborales, durante todo el año. Los festivos serán los que así determine el Ayuntamiento de Barañáin en el calendario anual..
En fiestas de Barañáin, se organizarán desde el Servicio Social de Base junto a los/as coordinadores/as de la empresa adjudicataria los servicios mínimos correspondientes a los casos que sea preciso atender por el personal de trabajo familiar de la empresa.
b. Intensidad horaria
Tal y como se marca en la Ordenanza Municipal vigente, las atenciones máximas que se establecen desde el SAD municipal son de un máximo de 2 horas diarias, pudiendo estar repartidas en varias intervenciones al día. Si la atención se realiza por dos trabajadoras familiares durante una hora, se contabilizarán dos horas de atención.
c. Horarios de atención
Los servicios se desarrollarán en horario comprendido entre las 7:45 y las 14:30 horas.
38.- PERFILES PROFESIONALES (equipo mínimo)
A) Por el Ayuntamiento de Barañáin
a) Trabajador/a social
Corresponderá al/la trabajador/a social municipal recibir la demanda, siendo responsable en la realización del estudio y valoración del caso, el diseño del programa de intervención adecuado, además de la supervisión, seguimiento y evaluación del proyecto.
Elaborar la propuesta de alta, baja o modificaciones en el servicio, definir la intensidad y tipo de prestación contenidas en el Proyecto de Atención Individual y el seguimiento y control de calidad de la prestación del servicio a la persona usuaria.
b) Personal administrativo que desarrollará las tareas administrativas y organizativas necesarias derivadas del servicio.
B) Por la entidad prestadora del servicio
a) Responsable del Servicio
La entidad prestadora del servicio designará a una persona que será la máxima responsable de las tareas de dirección, planificación y gestión del
servicio.
b) Coordinadores/as del Servicio
La figura del coordinador es la que debe promover la relación permanente a partir de reuniones periódicas de formación y asesoramiento con el equipo de
trabajadores/as familiares, así como realizar el seguimiento y la supervisión de su trabajo. Así mismo, será la figura que canalice las relaciones entre el equipo de trabajo familiar y los/as trabajadores/as sociales municipales.
La entidad adjudicataria dispondrá para la prestación del servicio de, al menos, una figura de coordinador.
c) Trabajadores/as Familiares/as
Profesional que, bajo la supervisión del equipo de coordinación, se encarga de realizar la atención directa en el ámbito del domicilio de la persona usuaria. Le corresponde realizar las tareas de carácter personal, doméstico y de apoyo a la creación y mantenimiento de hábitos y capacidades, así como valorar e informar periódicamente de la evolución de la situación con su intervención continuada.
Xxxxxx excluidas de las tareas citadas, todas aquellas prestaciones con carácter exclusivamente sanitario que requieran especialización, y que constituyan una competencia propia de los recursos sanitarios.
39. FORMACIÓN
En el marco de la Ley de Dependencia y la Ley Xxxxx de Servicios Sociales la formación es un instrumento indispensable para el buen desarrollo del Servicio de Atención a Domicilio, diferenciando dos niveles básicos que se detallan a continuación:
• Formación de acogida e incorporación al puesto de trabajo en la entidad:
Módulo básico de formación de acogida que sitúe al personal de trabajo familiar en el contexto laboral concreto: misión, valores fundamentales de la organización, código deontológico, tareas a realizar, colectivos a atender, perfiles profesionales con los que se relacionará, mecanismos de información, coordinación y trabajo en equipo, etc.
• Formación continuada:
Toda acción formativa tiene que contemplar formación en materias de conocimiento, desarrollo de habilidades profesionales, desarrollo de competencias y evaluación de la eficacia de la formación.
La empresa adjudicataria posibilitará y se asegurará que todos los profesionales trabajadores familiares de la empresa tengan reconocida una acreditación profesional , ya sea a través de Certificados de Profesionalidad, Formación profesional específica dirigida a trabajadores ocupados que de acceso al título de grado medio en cumplimiento de la normativa.
40.- GESTIÓN DEL SERVICIO DE ATENCIÓN A DOMICILIO
A) Alta de usuarios/as
Corresponderá a los/as trabajadores/as sociales municipales la acogida, valoración y diseño del Plan de Intervención así como del seguimiento continuado del caso.
Desde el SAD se facilitará a la empresa adjudicataria los datos de los/as usuarios/as, en el que constará: titular, número de SIUSS (Sistema Informático de Usuarios de Servicios Sociales) que identifica el expediente, domicilio, grado de dependencia, tareas contempladas, horario, horas de dedicación y aquellos datos que sean necesarios para la prestación de un Servicio de calidad. El encargo se podrá realizar en formato SIUSS o cualquier otro a criterio de la Trabajadora Social municipal.
Por parte de la Empresa se asignará a un/a trabajador/a familiar, el/la cual será presentado/a al usuario/a por el/la trabajador/a social municipal referente al inicio del Servicio. No se producirán cambios de trabajador/a familiar, una vez iniciado el caso, salvo causa justificada, con conocimiento y conformidad previa del/a trabajador/a social municipal referente del caso. El cambio de trabajador/a familiar, bien por suplencias o necesidades del Servicio, no exime de la realización de las tareas encomendadas por el Área de Bienestar Social.
Las posibles incidencias por parte de los usuarios se comunicarán a la trabajadora social responsable del SAD y ésta informará a la empresa adjudicataria.
B) Modificaciones de la atención
Se establecerá idéntico protocolo que para los casos de alta.
C) Suspensión temporal programada
La suspensión tendrá como efecto la interrupción del servicio de forma temporal. La duración máxima del servicio en estado de suspenso será de un mes, con reserva del servicio en las mismas condiciones ya aprobadas. Se restablecerá la prestación de forma inmediata a petición de los/as interesados/as. A efectos económicos, este supuesto es asimilada al de alta.
Se notificará a la empresa, las bajas temporales y el reinicio de la atención.
D) Extinción del servicio
La extinción tendrá como efecto la interrupción total del servicio. Se notificará a la empresa las bajas definitivas.
E) Plazo de inicio (altas y modificaciones)
Se iniciará la atención cuando el Ayuntamiento así lo establezca en función de su ordenanza y de las obligaciones dimanantes de normas de rango superior.
F) Seguimiento
Se sitúa en el nivel de supervisión y seguimiento del servicio y pretende que tanto el/a trabajador/a social municipal como la empresa estén informados de cualquier
incidencia o dificultad que pueda producirse para que pueda resolverse y garantizar la cobertura de las necesidades del/a usuario/a.
El seguimiento se realizará a través de:
• Una reunión mensual en la que la coordinadora de la empresa informe al/a trabajador/a social municipal sobre las incidencias, evolución... del caso. En ellas se abordarán todos los aspectos que afecten a la prestación del servicio. Siempre que el/a trabajador/a social municipal considere necesario, podrá participar en ella el/a trabajador/a familiar de la empresa asignada al caso.
• Comunicación telefónica o por correo electrónico de cualquier tipo de incidencia en el momento que se produzca.
• Partes mensuales de ejecución de tareas cumplimentados por las trabajadoras familiares.
Los/as técnicos/as en Trabajo Social del S.S.B. de Barañain realizarán un seguimiento continuado de la adecuación de los servicios a las necesidades de las personas usuarias en su entorno, proponiendo las modificaciones pertinentes y evaluando junto con las personas usuarias la consecución de los objetivos propuestos.
41.- COORDINACIÓN Y SEGUIMIENTO
A) Por el Ayuntamiento de Barañáin:
• Seguimiento del prestador del servicio, según las condiciones contractuales
• Seguimiento de la intensidad y adecuación de las prestaciones al modelo de servicio
• Planificación de recursos y presupuestos
• Seguimiento y coordinación de la gestión del servicio
• Coordinación para la gestión de casos y seguimiento individual del plan de Intervención
• Coordinación con otras áreas
B) Por la entidad prestadora del servicio:
• Cumplimiento de las condiciones contractuales
• Seguimiento y apoyo al/a trabajador/a familiar
• Seguimiento y coordinación de la gestión del servicio
• Coordinación para la gestión de casos y seguimiento individual del plan de intervención
• Control interno de la gestión del servicio
42.- INFRAESTRUCTURAS Y MEDIOS MATERIALES REQUERIDOS PARA EL DESARROLLO DEL SERVICIO
Será exigible a la empresa adjudicataria:
• Equipos de telefonía e informática, como el correo electrónico entre otros, que permitan la comunicación.
• Telefonía móvil para hacer uso de la misma en los periodos en que están cerradas las oficinas de la adjudicataria, festivos locales al objeto de que las emergencias y las incidencias puedan ser comunicadas y atendidas de forma inmediata.
43.- OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO Y EL ADJUDICATARIO
Además de lo ya establecido en las presentes prescripciones técnicas ambos deberán cumplir, respectivamente, aquellas obligaciones establecidas que se precisen en el resto xxx xxxxxx de cláusulas administrativas que rige la presente contratación.
44.- DERECHOS Y DEBERES DE LAS PERSONAS USUARIAS
1. Derechos de las personas usuarias:
En el presente apartado se plantea, desde una perspectiva técnica, los derechos y deberes específicos de las personas usuarias del servicio municipal de Atención a Domicilio del Ayuntamiento de Barañáin.
Dichos derechos y deberes van a complementarse y quedarán encuadrados de una forma más general con aquellos otros que se indiquen en las normativas que pudiera aplicarse en tanto perdure la ejecución del contrato. ( arts. 6 y 7 de la Ley Xxxxx 15/2006 de 14 de diciembre de Servicios Sociales)
Formulado en forma positiva, se considera que cada persona usuaria del S.A.D. municipal tiene derecho a:
• Recibir la atención por vez primera (alta en el Programa) en el plazo acordado entre la empresa y el Ayuntamiento de Barañáin. Seguir recibiendo la atención de servicio que corresponda sin interrupción (casos ya atendidos), excepto si se ha acordado una modificación y/o cambio en la prestación.
• Recibir la atención según las condiciones y tareas planteadas en el protocolo establecido para la atención individualizada de cada caso.
• Recibir la atención a la hora establecida (salvo aviso de modificación justificado).
• Ser atendida de forma correcta y educada.
• Ser informada de forma clara y concreta en relación al servicio que se recibe.
• Ser respetada en sus convicciones personales, ideológicas, culturales, religiosas... etc.
• Ser respetada quedando salvaguardado el secreto profesional.
• Ser tratada sin coacciones y a que sean respetados sus objetos personales y propiedades.
2.- Deberes de las personas usuarias:
Las personas destinatarias del servicio municipal de atención domiciliaria que marca esta contrata, además de aquellos otros que se indiquen en las normativas que pudiera aplicarse en tanto perdure la ejecución del contrato, tendrán los siguientes deberes:
• Cumplir las normas, condiciones y procedimientos establecidos en la prestación del Servicio municipal de Atención a Domicilio y seguir el programa de atención y las orientaciones establecidas por los/as profesionales competentes.
• Facilitar información veraz sobre sus circunstancias personales, familiares y económicas, siempre que su conocimiento sea necesario para valorar y atender su situación, así como comunicar las variaciones en las mismas.
• Respetar al personal de trabajo familiar que realice las tareas de apoyo encomendadas, así como al resto de profesionales adscritos al Programa del S.A.D.
• Informar de las modificaciones que se puedan producir.
• Contribuir a la financiación del coste del servicio asignado según lo establecido en la normativa vigente que sea de aplicación en cada momento.
Barañáin, noviembre de 2015
El licitador queda informado, según lo establecido en la Ley 15/1999 Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, por parte del AYUNTAMIENTO DE BARAÑAIN, de que mantendrá sus datos personales en los ficheros bajo su responsabilidad con la finalidad de tramitar la documentación requerida a efectos de participar en el presente concurso. La finalidad del tratamiento de los datos de los proveedores ya contratados será la gestión administrativa, fiscal y contable de la relación comercial entre ambas partes. Los interesados podrán ejercitar sus derechos de acceso, cancelación y rectificación en los términos establecidos en la legislación vigente, dirigiéndose a la Secretaría del AYUNTAMIENTO DE BARAÑAIN, Xxx. Xxxxxxxxxxxx x/x xx Xxxxxxxx, X.X. 00000 (Xxxxxxx).
ANEXO I
MODELO DE INSTANCIA
Don ,
documento nacional de identidad ,
domicilio en ,
teléfono , móvil, _ fax _
y email , en nombre propio o en
representación de (según xxxxxxx) ,
con domicilio en ,
N.I.F. _ _ , Teléfono , Fax _ , en relación al contrato de asistencia de X.X.X. xx Xxxxxxxx, EXPONE:
Que enterado xxx xxxxxx de condiciones que rige el procedimiento de adjudicación de dicho contrato y conforme con el mismo,
SOLICITA: ser admitido en dicho concurso indicando que será el firmante o su representado quien formalice el contrato con el Ayuntamiento de Barañáin en caso de resultar adjudicatario.
Acompaña los tres sobres, de documentación administrativa, técnica y económica, conforme al pliego.
, a _ de _ de
( Firma )
ANEXO II
(Documentación Personal para las personas físicas)
Don , D.N.I. nº , con domicilio en Calle teléfono fax
y señalando como correo electrónico válido para recibir comunicaciones
(este dato es de consignación obligatoria), en nombre propio o en representación de N.I.F: con domicilio en
.
(En el caso de que se actúe en representación añádanse los siguientes datos)
Que mediante poder otorgado el día ante el Notario fue nombrado apoderado de Don .
Que su poder está vigente y es bastante para presentarse a licitaciones públicas y para efectuar la presente declaración.
Que, enterado de las condiciones para la adjudicación del contrato de asistencia del servicio S.A.D. de
Barañain, y asumiendo las mismas,
SUSCRIBE LA PRESENTE DECLARACIÓN RESPONSABLE MANIFESTANDO:
• Que tiene capacidad de obrar suficiente para la ejecución del contrato.
• Que no se encuentra incurso en ninguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad para contratar previstas por el artículo 229 de la Ley Xxxxx 6/1990 y el artículo 18 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
• Que no tiene débitos en vía ejecutiva con el Ayuntamiento de Barañáin ni con sus organismos autónomos y autoriza a la comprobación de oficio por el Área de Hacienda del Ayuntamiento de Barañáin.
• Que está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y sociales, así como en el cumplimiento de sus obligaciones de seguridad y salud, y de prevención de riesgos laborales.
Por lo expuesto, SOLICITA: que se tenga por efectuada la presente declaración responsable y se admita a la licitación a
, a de de
(Firma y número del D.N.I. la persona licitadora o su representante legal)
Nota: En el caso de empresas o personas que expresen la voluntad de las partes de constituirse en U.T.E., cada una de las licitadoras deberán aportar declaración responsable Anexo IV A ó B que se corresponda a su tipo social o persona física, debiendo presentar igualmente una declaración en la que expresen su voluntad de constituirse en U.T.E, indicando la persona que será la representante de la U.T.E. en la licitación.
En el caso de empresas o personas que expresen la voluntad en concurrir conjuntamente a la licitación, cada una de las licitadoras deberán aportar declaración responsable Anexo IV A ó B que se corresponda a su tipo social y, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 10 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos, deberán instrumentar su participación mediante la aportación de un documento privado suscrito por todas las personas representantes legales de las empresas en el que se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta, se indique el porcentaje de participación de cada uno de ellos en el contrato, la xxxxxxxx de responsabilidad solidaria en el cumplimiento de las obligaciones dimanantes del contrato, y se designe un representante o apoderado único con facultades para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de facultades mancomunadas para los cobros y pagos de cuantía significativa y de lo regulado en el presente pliego en cuanto a la solvencia y el porcentaje de participación.
ANEXO III
(Documentación Personal para personas jurídicas)
Don , D.N.I. nº , con domicilio en Calle teléfono fax y señalando como correo electrónico válido para recibir comunicaciones (este dato es de consignación
obligatoria), en representación de
,
N.I.F:
con domicilio en
Que, enterado de las condiciones para la adjudicación del contrato de asistencia del servicio de S.A.D. de
Barañain, y asumiendo las mismas,
SUSCRIBE LA PRESENTE DECLARACIÓN RESPONSABLE MANIFESTANDO:
• Que mediante poder otorgado el día ante el Notario fue nombrado representante legal de la Sociedad
• Que su poder está vigente y es bastante para presentarse a licitaciones públicas y para efectuar la presente declaración.
• Que la empresa se constituyó mediante escritura autorizada el día por el Notario
número de protocolo, y se encuentra inscrita en el Registro .
• Que su objeto social le habilita para presentarse a este procedimiento.
• (En su caso:) Que mediante escritura autorizada el día por el Notario
número de protocolo, se modificaron los estatutos de la Sociedad para su adaptación al Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1654/89, de 22 de diciembre, ampliación de capital social,
.
• Que ni la sociedad ni ninguno de sus administradores se encuentran incursos en alguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad para contratar previstas por el artículo 18 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
• Que no tiene débitos en vía ejecutiva con el Ayuntamiento de Barañáin ni con sus organismos autónomos y autoriza a la comprobación de oficio por el Área de Hacienda del Ayuntamiento de Barañáin.
• Que está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y sociales, así como en el cumplimiento de sus obligaciones de seguridad y salud, y de prevención de riesgos laborales.
Por lo expuesto, SOLICITA: que se tenga por efectuada la presente declaración responsable y se admita a la licitación a
, a de de
(Firma y número del D.N.I. de la persona licitadora o su representante legal)
Nota: En el caso de empresas o personas que expresen la voluntad de las partes de constituirse en U.T.E., cada una de las licitadoras deberán aportar declaración responsable Anexo IV A ó B que se corresponda a su tipo social o persona física, debiendo presentar igualmente una declaración en la que expresen su voluntad de constituirse en U.T.E, indicando la persona que será la representante de la U.T.E. en la licitación.
En el caso de empresas o personas que expresen la voluntad en concurrir conjuntamente a la licitación, cada una de las licitadoras deberán aportar declaración responsable Anexo IV A ó B que se corresponda a su tipo social y, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 10 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos, deberán instrumentar su participación mediante la aportación de un documento privado suscrito por todas las personas representantes legales de las empresas en el que se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta, se indique el porcentaje de participación de cada uno de ellos en el contrato, la xxxxxxxx de responsabilidad solidaria en el cumplimiento de las obligaciones dimanantes del contrato, y se designe un representante o apoderado único con facultades para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de facultades mancomunadas para los cobros y pagos de cuantía significativa y de lo regulado en el presente pliego en cuanto a la solvencia y el porcentaje de participación.
ANEXO IV
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D/Xx..............................................................................................................................., titular del
DNI nº (o la referencia al documento procedente en caso de ser extranjero.........................................................................................................................................
., con domicilio ...................................................................................................................
C.P.................. , localidad........................................................, teléfono ,
Fax.................., email, en nombre propio o
en representación de.........................................................................................
DNI/CIF......................., con domicilio ,
C.P.................. , localidad...................................... Teléfono..................., fax ,
email, ………………………………….…………………………… enterado del procedimiento tramitado para adjudicar el siguiente contrato,
DECLARO:
− Que conozco y acepto / Que la entidad por mí representada conoce y acepta (según xxxxxxx) el condicionado del contrato, con sus anexos.
− Que me comprometo/ Que la entidad por mí representada se compromete (según proceda) al cumplimiento del contrato en las siguientes condiciones económicas:
*El valor de licitación anual ofertado para Servicio Atención a Domicilio S.A.D. de Barañáin” (en letra y número*):………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………..
..................................................................................................€/hora IVA excluido,
Porcentaje de IVA _ %
En caso de contradicciones se atenderá al importe en letra.
(FECHA, FIRMA Y SELLO DE LA ENTIDAD)
ANEXO V-
TRANSFERENCIA DE FICHEROS PLAN DE CASO-
Siempre que se transfieran ficheros con Datos considerados Personales se deberá indicar:
▪ Fecha del Traspaso y en su caso si hubiera lugar, periodicidad o condiciones de posteriores traspasos. El traspaso de la documentación se realizará al día siguiente de la entrada en registro municipal del solicitud de prestación.
▪ El Fichero contiene los siguientes datos:
Proyecto Individual de Atención
1.-Datos de Identificación del Expediente
Nº de expediente | Nº de intervención | Fecha de solicitud | Fecha de Inicio |
Sector de Referencia | Ámbito de Atención | Nº Total de Usuarios |
Nombre y Apellidos | Fecha de Nacimiento | DNI | Sexo | Estado Civil |
Nº de Proyecto | Fecha del Proyecto | Fecha Fin de Proyecto |
Diagnóstico:
2.-Atención Idónea
Días de la semana
L | M | X | J | V | S | D | Nº de horas semanales | Horario | ||
Tipo de Servicio a prestar:
Profesiones:
Otros servicios:
4.-Recursos Aplicados registrados en las Intervenciones de este Expediente
Nº Intervención | Recurso Aplicado | Estado del Recurso |
5.-Otros Servicios de Ayuda a Domicilio
Existencia:
Servicios a Prestar:
Nº de horas semanales:
6.-Objetivos específicos y tareas que se proponen
Objetivos del Servicios: Tareas:
7.-Propuesta de Seguimiento
Puntuación Baremo | Fecha de Derivación | Tipo de Propuesta |
Fecha de Inicio de atención | Sector de Referencia | Nº exp. General | Nº exp. SIUSS | Nº Personas domicilio | • Nº Usuario/as |
Nombre y Apellidos del Usuario/a | Fecha de Nacimiento | DNI | Sexo | Estado Civil |
Dirección | C.P | Población | Teléfono | U.B |
Convivientes | Fecha Nacimiento | Relación |
Persona contacto | Teléfono | Relación |
Centro de Salud | Médico de familia | Teléfono |
Trabajador/a Social: Fdo.:
Firma del solicitante
Fecha:
ANEXO VI
Se adjunta características de la plantilla a subrogar.