Contract
XXXXXXXX Xx. | 000 - 0000. |
CLASE DE CONTRATO | |
CONTRATANTE | SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E. NIT: 890.205.335 - 2 R/L: XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX Gerente |
CONTRATISTA | FERROGASES JG S.A.S. Nit. 900.936.825 - 1 R/L: XXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXXX C.C. No. 91.074.145 de Bucaramanga. Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 0 – 00, Xxx Xxx, Xxxxxxxxx. Teléfono: 0-000000 Celular: 000-0000000 |
OBJETO | “RECARGA DE OXIGENO GASEOSO MEDICINAL PARA LAS BALAS DE PROPIEDAD DEL SANATORIO DE CONTRATACIÓN E.S.E., DURANTE LA VIGENCIA 2018 Y/O HASTA AGOTAR LOS RECURSOS”. |
PLAZO DE EJECUCION | Desde la suscripción del acta de inicio y hasta el treinta y uno (31) de Diciembre de dos mil dieciocho (2.018) y/o hasta agotar los recursos asignados. |
VALOR | CINCO MILLONES DE PESOS ($5.000.000,oo) M/CTE., IVA incluido. |
Entre los suscritos a saber, XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX, mayor de edad y vecino del municipio de Contratación, departamento xx Xxxxxxxxx, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.290.424 de Bogotá, quien obra en nombre y representación legal del SANATORIO DE CONTRATACIÓN E.S.E., en su calidad de Gerente, según Decreto No. 657 xx xxxxx 21 de 2017, expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social y Acta de Posesión de fecha mayo 03 de 2017, autorizado para celebrar convenios y contratos a nombre del Sanatorio de Contratación E.S.E. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Acuerdo No. 06 xx xxxxxx 26 de 2014 “Por el cual se adopta el Estatuto Contractual del Sanatorio de Contratación, Empresa Social del Estado”; quien para efectos del presente contrato se denomina EL CONTRATANTE por una parte y por la otra, FERROGASES JG S.A.S., identificada con el Nit. 900.936.825-1, representada legalmente por el señor XXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXXX, identificado con xxxxxx xx xxxxxxxxxx Xx. 00.000.000 xx Xxxxxxxxxxx - Xxxxxxxxx, con Matricula Mercantil No.00-000000-00 del 2016/02/11, renovada el 31 xx xxxxx de 2017 expedida por la Cámara de Comercio de Bucaramanga, quien afirma hallarse legalmente capacitado, sin inhabilidades e incompatibilidades de acuerdo con lo previsto artículo 8° de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la Ley 1474 de 2011, el parágrafo segundo del artículo 3 del Manual de Contratación del Sanatorio de Contratación E.S.E. y demás normas aplicables a la materia y que para efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido suscribir el presente contrato, previas las
siguientes CONSIDERACIONES: 1) Que existe estudio de análisis de conveniencia y oportunidad suscrito por la Encargada de Farmacia del Sanatorio de Contratación E.S.E., que registra los aspectos fundamentales que permiten concluir la necesidad y conveniencia de realizar dicha contratación. 2) Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 31.1.1.2 del artículo 31 del Acuerdo 06 de 26 xx xxxxxx de 2014 “Por el cual se adopta el manual de contratación del Sanatorio de Contratación Empresa Social del Estado”, y teniendo en cuenta que se trata de contratar la prestación de servicios de recarga de oxígeno medicinal en las balas de propiedad del Sanatorio de Contratación
E.S.E y cuyo valor estimado no supera los veintiocho (28) SMLMV, la selección del contratista se desarrollará mediante la modalidad de CONTRATACION DIRECTA causal “PARA CELEBRAR CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES, DE SALUD Y DE APOYO A LA GESTIÓN”, razón por la cual se realizará una invitación directa a presentar oferta a un proveedor que cumpla los requisitos exigidos en el estudio previo, en razón que no se requiere la obtención de varias ofertas. 3) Que existe disponibilidad presupuestal para atender el contrato según consta en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) No.18-00126 de fecha Marzo 12 de 2018, expedido por el Encargado de Presupuesto de la Entidad. 4) Que por lo anterior se invitó a presentar oferta de manera directa a la empresa FERROGASES JG S.A.S., identificada con el Nit. 900.936.825-1, quien presentó su oferta dentro del término establecido para el efecto, propuesta que una vez analizada, se consideró que era la más adecuada para la entidad, toda vez que cumple con los requisitos de idoneidad y experiencia exigidos, además que es la más económica y no supera el presupuesto oficial establecido por la entidad. 5) Que de acuerdo a lo anterior, las partes hemos acordado suscribir el presente contrato de prestación de servicios, el cual se regirá por las normas legales vigentes y por las siguientes clausulas así: CLAUSULA PRIMERA - OBJETO: “RECARGA DE OXIGENO GASEOSO MEDICINAL PARA LAS BALAS DE PROPIEDAD DEL SANATORIO DE CONTRATACIÓN E.S.E., DURANTE LA VIGENCIA 2018 Y/O HASTA AGOTAR LOS RECURSOS”, de conformidad con lo dispuesto en los estudios y documentos previos y la oferta presentada por el contratista; documentos que forman parte integral del presente contrato y según la siguiente relación:
ITEM | DESCRIPCION DEL PRODUCTO | UNIDAD | VALOR UNITARIO |
1 | RECARGAS OXIGENO GASEOSO MEDICINAL - BALAS PORTATIL. | BALAS | $31.000,oo |
2 | RECARGAS OXIGENO GASEOSO MEDICINAL - BALAS DE AMBULANCIA. | BALAS | $60.000,oo |
3 | RECARGAS OXIGENO GASEOSO MEDICINAL- BALAS DE 6.5 M3. | BALAS | $98.500,oo |
CLAUSULA SEGUNDA - VALOR Y FORMA DE PAGO: Para los efectos legales y fiscales, el valor del presente contrato asciende a la suma de CINCO MILLONES DE PESOS ($5.000.000,oo) M/CTE., IVA incluido. FORMA DE PAGO: Se cancelará mediante la modalidad de actas parciales, cuyo valor se liquidará de acuerdo a la cantidad de
recargas solicitadas y efectivamente realizadas, por los valores acordados en la cotización y contrato, previa presentación de cuenta de cobro o factura de venta, certificación de cumplimiento expedida por el funcionaria encargada de la Supervisión del Contrato y constancia de pago de las obligaciones por conceptos de seguridad social integral (Salud, Pensión, Riesgos Laborales) y Parafiscales si a ello hubiere lugar. CLAUSULA TERCERA
- PLAZO DEL CONTRATO: Desde la suscripción del acta de inicio y hasta el treinta y uno (31) de diciembre de dos mil dieciocho (2.018) y/o hasta agotar los recursos asignados. CLAUSULA CUARTA - DECLARACIÓN DEL CONTRATISTA: EL
CONTRATISTA manifiesta conocer perfectamente la naturaleza del contrato a ejecutar, las normas legales que le son inherentes, los plazos y costos requeridos para ejecutar el objeto contractual; todo lo cual queda bajo su responsabilidad. CLAUSULA QUINTA - OBLIGACIONES DEL SANATORIO DE CONTRATACIÓN E.S.E.: a) Efectuar los
registros y operaciones presupuéstales y contables necesarios para cumplir cabalmente el pago de los bienes y/o servicios que el Contratista haya prestado a ésta con base en el presente contrato. b) Suministrar la información que sea requerida por el contratista para la correcta ejecución del contrato. c) Realizar la supervisión del contrato a través del funcionario designado por la gerencia. d) Pagar oportunamente el valor de los bienes y/o servicios, dentro de los plazos fijados en el contrato. CLAUSULA SEXTA - OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: a) Cumplir con el objeto y especificaciones técnicas del contrato en el plazo convenido. b) Garantizar la cantidad y calidad de las recargas de oxigeno solicitadas de conformidad con lo acordado en el contrato. c) Garantizar la oportunidad (menor a 24 horas), de las recargas de oxígeno cuando estas sean solicitadas por la supervisión. d) Mantener el precio las recargas de oxigeno solicitadas por el plazo convenido en el contrato. e) Hacer la entrega de las recargas de oxigeno solicitadas, en la Calle 3 No.2-72, Sanatorio de Contratación E.S.E. como domicilio contractual. f) Prestar oportuna colaboración para la diligente ejecución del contrato, utilizando de manera eficaz su idoneidad y experiencia en el desarrollo del mismo. g) Dar curso a las directrices impartidas por la supervisión del contrato con los requisitos exigidos para la ejecución del mismo. h) Suministrar a la supervisión toda la información requerida para el ejercicio oportuno de su gestión. i) Asumir el valor de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones a que haya lugar, relativos a los trabajadores empleados en éstas labores. j) Estar al día con el pago de la seguridad social (Salud, Pensión, Riesgos laborales) y parafiscales si a ellos hubiere lugar. k) Asumir los gastos que genere el futuro contrato. l) Responder ante las autoridades de los actos u omisiones que en el ejercicio de las actividades que dentro del desarrollo del contrato, se cumplan, cuando con ellos se cause perjuicio a la administración o a terceros. m) Las demás que se requieran para el cabal cumplimiento del objeto contractual. CLAUSULA SEPTIMA - IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: Los pagos que asume EL CONTRATANTE en virtud del presente contrato, se sujetan a las apropiaciones presupuestales respectivas y se pagarán con recursos del presupuesto General de Gastos Vigencia 2018, Rubros 2010 Gastos Generales - Adquisición de Bienes – Materiales y Suministros – Medicamentos y Productos Farmacéuticos, de conformidad con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) No.1-00126 xx Xxxxx 12 de 2018, expedido por el Encargado de Presupuesto de la entidad. CLAUSULA OCTAVA -
SUPERVISIÓN: La supervisión del presente contrato de Prestación de Servicios será efectuada por la Encargada de Farmacia del Sanatorio de Contratación E.S.E., quien tendrán la atribución de exigir al CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado, verificando que se cumpla con las especificaciones descritas en el objeto del mismo, dando cumplimiento a lo establecido en los artículos 44 al 47 del Acuerdo 06 de 2014, por el cual se Adopta el Manual de Contratación del Sanatorio de Contratación E.S.E, además de lo contemplado en la Ley 1474 de 2011 “Estatuto Anticorrupción”. CLAUSULA NOVENA - SOLUCION DIRECTA DE LAS
CONTROVERSIAS CONTRACTUALES: Se considera que las diferencias o discrepancias, surgidas de la actividad contractual, se solucionan de manera ágil, rápida y directa para lo cual se podrá acudir a la conciliación, transacción o cualquier otro mecanismo de solución de controversia contractual previsto en la ley. CLAUSULA DECIMA - GARANTÍAS: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 numeral 2, y concordantes del manual interno de contratación de la entidad, teniendo en cuenta que se trata de contratar la prestación de servicios de recarga de oxígeno medicinal en las balas de propiedad del Sanatorio de Contratación E.S.E., se considera necesario y oportuno exigir al CONTRATISTA la constitución a su xxxxx y a favor del SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E., garantías únicas que amparen los siguientes riesgos: a) Cumplimiento del contrato: para precaver los perjuicios que se deriven del incumplimiento de las obligaciones contractuales incluidas las multas y la cláusula penal que se pacte en el contrato; por una cuantía mínima del veinte por ciento (20%) del valor del contrato, y una vigencia igual a la del plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los servicios prestados: Este amparo cubre al Sanatorio de Contratación E.S.E por los perjuicios derivados de la deficiente calidad del servicio prestado; por una cuantía mínima del veinte por ciento (20%) del valor del contrato y una vigencia igual a la del plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. CLAUSULA DÉCIMO PRIMERA - CLAUSULAS EXORBITANTES: El presente contrato se regirá por el Derecho Privado, el Manual de Contratación de la entidad y acoge las cláusulas exorbitantes como terminación, modificación e interpretación unilateral y la caducidad, referidas en el parágrafo primero del artículo 3 del manual de contratación. CLAUSULA DÉCIMO SEGUNDA - CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder ni total, ni parcialmente éste contrato, ni subcontratar sin autorización expresa y por escrito del contratante. CLAUSULA DÉCIMO TERCERA - CAUSALES DE TERMINACIÓN: Además
de las causales de terminación previstas en la Ley y expresadas anteriormente, este contrato se podrá dar por terminado por: a) Mutuo acuerdo de las partes. b) Por el incumplimiento de alguna de las partes. c) Por la ocurrencia de hechos imprevisibles que imposibiliten su cumplimiento. CLAUSULA DÉCIMO CUARTA - DOMICILIO CONTRACTUAL Y SITIO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Se pacta como domicilio contractual el Municipio de Contratación y el lugar de ejecución del contrato en el Sanatorio de Contratación E.S.E. XXXXXXXX DÉCIMO QUINTA - INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad de juramento el cual se entiende prestado con la aceptación y firma del presente contrato, que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en el artículo 8° de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la Ley 1474 de 2011 y demás
normas aplicables a la materia en concordancia con el parágrafo segundo del artículo 3 del Manual de Contratación de la entidad. CLAUSULA DECIMO SEXTA - CLAUSULA DE INDEMNIDAD: El CONTRATISTA mantendrá indemne al SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E., en cualquier demanda o acción judicial o administrativa con ocasión de la ejecución del presente contrato, por causas imputables al contratista. CLAUSULA DÉCIMO SÉPTIMA - DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE INTEGRAL
DEL CONTRATO. Forma parte integral del presente contrato los siguientes documentos:
1. Estudios previos. 2. Propuesta técnica y económica presentada por el Contratista. CLAUSULA DECIMO OCTAVA - PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se perfecciona con las firmas de los de los que intervinieron en el mismo y para su ejecución requiere el Registro Presupuestal expedido por el funcionario Encargado de Presupuesto del Sanatorio de Contratación E.S.E. la constitución y aprobación de las Garantías exigidas y la suscripción del acta de inicio respectiva.
En constancia de entendimiento y aceptación del presente documento, se firma en dos
(02) ejemplares del mismo tenor y valor, a los catorce (14) días del mes xx xxxxx del año dos mil dieciocho (2018).
POR EL CONTRATANTE: POR EL CONTRATISTA:
(ORIGINAL FIRMADO)
XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX. XXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXXX
Gerente C. C. No.91.074.145 de Bucaramanga.
Sanatorio Contratación E.S.E. R/L: FERROGASES JG S.A.S.
Proyectó: | Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxx. Procesos Contractuales | |
Revisó: | Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx Asesor Jurídico Interno. |