CONTRATO
CONTRATO
PROCESO: MCO- GADPRSC-002-2021
Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte, El Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural San Xxxxxx, representado por el Xx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, en calidad de Presidente, a quien en adelante se le denominará CONTRATANTE; y, por otra el oferente XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX con RUC 1204593329001; a quien en adelante se le denominará CONTRATISTA. Las partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas:
Cláusula Primera. - ANTECEDENTES:
De conformidad con los artículos 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP-, y 25 y 26 de su Reglamento General - RGLOSNCP-, el Plan Anual de Contrataciones de la CONTRATANTE, contempla la ejecución de la “CONSTRUCCIÓN DEL TRAMO 1 DEL CERRAMIENTO PERIMETRAL DEL CEMENTERIO GENERAL XXXXXXX XXXXX DE LA PARROQUIA SAN XXXXXX, CANTÓN QUEVEDO, PROVINCIA DE LOS XXXX”;
Previo los informes y los estudios respectivos, la máxima autoridad de la CONTRATANTE resolvió aprobar el pliego del procedimiento MCO-GADPRSC- 002-2021 para la “CONSTRUCCIÓN DEL TRAMO 1 DEL CERRAMIENTO PERIMETRAL DEL CEMENTERIO GENERAL XXXXXXX XXXXX DE LA PARROQUIA SAN XXXXXX, CANTÓN QUEVEDO, PROVINCIA DE LOS XXXX”
1.1. Se cuenta con la existencia y suficiente disponibilidad de fondos en la partida presupuestaria N°73.01.04 denominada Infraestructura de Urbanización y Embellecimiento, conforme consta en la certificación de Fondos conferida por la CPA. Xxxxx Xxxxxxx Xxxx.
1.2. Se realizó la respectiva convocatoria el 12 de octubre del 2021, a través del portal institucional del SERCOP (xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx).
1.3. Luego del proceso correspondiente, el Xx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, en su calidad de máxima autoridad de la CONTRATANTE, mediante Resolución Administrativa N°017-GADPRSC-2021 del 21 de octubre del 2021, adjudicó la ejecución de menor cuantía de obra para la “CONSTRUCCIÓN DEL TRAMO 1 DEL CERRAMIENTO PERIMETRAL DEL CEMENTERIO GENERAL XXXXXXX XXXXX DE LA PARROQUIA SAN XXXXXX, CANTÓN XXXXXXX, PROVINCIA
XX XXX XXXX”, al oferente XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX con RUC 1204593329001.
Cláusula Segunda. - DOCUMENTOS DEL CONTRATO:
2.1 Forman parte integrante del contrato los siguientes documentos:
a) El pliego (Condiciones Particulares xxx Xxxxxx CPP y Condiciones Generales xxx Xxxxxx CGP) incluyendo los términos de referencia que corresponden a la obra contratada.
b) Las Condiciones Generales de los Contratos de Ejecución de obra N° MCO- GADPRSC-002-2021 publicados y vigentes a la fecha de la Convocatoria en la página institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública - SERCOP.
c) La oferta presentada por el CONTRATISTA, con todos sus documentos que la conforman.
d) La resolución de adjudicación.
e) Las certificaciones del departamento de tesorería, que acrediten la existencia de la partida presupuestaria y disponibilidad de recursos, para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.
Los documentos que acreditan la calidad de los comparecientes y su capacidad para celebrar el contrato deberán protocolizarse conjuntamente con las condiciones particulares del contrato.
CERTIFICADO DE HABILITACION DEL RUP CERTIFICACION DE CUENTA
Cláusula Tercera. - OBJETO DEL CONTRATO:
3.1 El CONTRATISTA se obliga para con la CONTRATANTE a ejecutar, terminar y entregar a entera satisfacción de la misma la “CONSTRUCCIÓN DEL TRAMO 1 DEL CERRAMIENTO PERIMETRAL DEL CEMENTERIO GENERAL XXXXXXX XXXXX DE LA PARROQUIA SAN XXXXXX, CANTÓN XXXXXXX, PROVINCIA DE LOS XXXX”; se compromete al efecto, a ejecutar el trabajo de menor cuantía de obra, con sujeción a su oferta, plan de trabajo y metodología, términos de referencia, anexos, Condiciones generales de los contratos de Ejecución de obra MCO- GADPRSC-002-2021 para instrucciones de la entidad y demás documentos contractuales, tanto los que se protocolizan en este instrumento, cuanto los que
forman parte del mismo sin necesidad de protocolización, y respetando la normativa legal aplicable.
Cláusula Cuarta. - OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:
4.1 En virtud de la celebración del contrato, el contratista se obliga para con EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL SAN XXXXXX, a prestar servicios de calidad y todo aquello que fuere necesario para la total ejecución del objeto de la Contratación, de conformidad con la oferta presentada, los términos de referencia, las condiciones generales y especiales y los demás documentos contractuales.
Cláusula Quinta. - ALCANCE DE LOS TRABAJOS:
5.1.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, el contratista se compromete a prestar AL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL
RURAL SAN XXXXXX todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Contratación como es la “CONSTRUCCIÓN DEL TRAMO 1 DEL CERRAMIENTO PERIMETRAL DEL CEMENTERIO GENERAL XXXXXXX XXXXX DE LA PARROQUIA SAN XXXXXX, CANTÓN XXXXXXX, PROVINCIA
DE LOS XXXX”, y en general los que a continuación se indican:
- Todo aquello que fuere necesario para la total ejecución del contrato, de conformidad con la oferta negociada, los términos de referencia, las condiciones generales y específicas y los demás documentos contractuales.
- Para el cumplimiento de los servicios contratados, contará durante la vigencia del contrato, con el personal técnico clave señalado en su oferta presentada, conforme al cronograma de actividades aprobado.
- Para sustituir personal técnico clave, asignado al proyecto, solicitará la previa autorización, por escrito, del administrador del contrato.
- A solicitud de la entidad, fundamentada en la ineficiencia comprobada del personal, a su costo, deberá sustituir uno o más de los profesionales, empleados o trabajadores asignados al proyecto.
- Solicitará a la entidad la aprobación correspondiente en caso de que requiera personal adicional al indicado en su oferta.
Dar solución a las peticiones y problemas que se presentaren en la ejecución del contrato, en un plazo de 5 días contados a partir de la petición escrita formulada por el administrador de contrato.
La Entidad contratante se obliga por tanto a:
Proporcionar al contratista los documentos, accesos e información relevante relacionada con los trabajos de obra, de los que dispusiera, y realizar las gestiones que le corresponda efectuar al contratante, ante los distintos organismos públicos, en un plazo de 5 días contados a partir de la petición escrita formulada por el contratista.
En caso de ser necesario, celebrar los contratos complementarios en un plazo de 5 días contados a partir de la decisión de la máxima autoridad.
Suscribir las actas de entrega recepción de los trabajos recibidos, siempre que se haya cumplido con lo previsto en la ley para la entrega recepción; y, en general, cumplir con las obligaciones derivadas del contrato.
Cláusula Sexta. - PRECIO DEL CONTRATO:
6.1. El valor estimado del presente contrato, que la CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA, es de $44,376.10 (cuarenta y cuatro mil trescientos setenta y seis con 10/100 dólares americanos), sin incluir el IVA., de conformidad con la oferta presentada por el CONTRATISTA.
6.2. Los precios acordados en el contrato por los trabajos especificados, constituirán la única compensación al CONTRATISTA por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que tuviese que pagar, excepto el Impuesto al Valor Agregado que será añadido al precio del contrato conforme se menciona en el numeral 4.1.
Cláusula Séptima. - FORMA DE PAGO:
7.1. La CONTRATANTE entregará al CONTRATISTA, el valor total del contrato en planillas mensuales, previo informe favorable del administrador del contrato.
PRODUCTO:
“CONSTRUCCIÓN DEL TRAMO 1 DEL CERRAMIENTO PERIMETRAL DEL CEMENTERIO GENERAL XXXXXXX XXXXX DE LA PARROQUIA SAN XXXXXX, CANTÓN XXXXXXX, PROVINCIA DE LOS XXXX”
ACTA DE RECEPCIÓN DE ENTREGA PROVISIONAL FACTURA
PLANILLAS MENSUALES CORRESPONDIENTES
INFORME DE OBRA
INFORME ADMINISTRADOR DE CONTRATO
Cláusula Octava. - GARANTÍAS:
En este contrato se rendirán las siguientes garantías:
En este proceso no se rendirán garantías.
8.2.-Las garantías entregadas se devolverán de acuerdo a lo establecido en el artículo 77 de la LOSCNP y 118 del RGLOSNCP. Entre tanto, deberán mantenerse vigentes, lo que será vigilado y exigido por la CONTRATANTE.
Cláusula Novena. - PLAZO:
9.1.-El plazo para la ejecución y terminación de la totalidad de los trabajos contratados es de sesenta días (60 días), contados a partir de la fecha de suscripción del contrato, de conformidad con lo establecido en los pliegos y términos de referencia.
Xxxxxxxx Xxxxxx. - MULTAS:
10.1.-Por cada día de retardo en el cumplimiento de la ejecución de las obligaciones contractuales conforme al cronograma valorado, se aplicará la multa del dos por mil del monto contratado.
Cláusula Undécima. - DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO:
11.1 El Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural San Xxxxxx designa al Ing. Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, en calidad de administrador del contrato, quien deberá atenerse a las condiciones generales y particulares de los pliegos que forman parte del presente contrato.
11.2 El Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural San Xxxxxx podrá cambiar de administrador del contrato, para lo cual bastará cursar al CONTRATISTA la respectiva comunicación; sin que sea necesario la modificación del texto contractual.
Cláusula Duodécima. - TERMINACION DEL CONTRATO:
12.1 Terminación del contrato. -El contrato termina conforme lo previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y las Condiciones Particulares y Generales del Contrato.
12.2 Causales de Terminación unilateral del contrato. -Tratándose de incumplimiento del CONTRATISTA, procederá la declaración anticipada y unilateral de la CONTRATANTE, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP. Además, se considerarán las siguientes causales:
Si el CONTRATISTA no notificare a la CONTRATANTE acerca de la transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación;
Si la CONTRATANTE, en función de aplicar lo establecido en el artículo 78 de la LOSNCP, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social del CONTRATISTA;
Si el CONTRATISTA incumple con las declaraciones que ha realizado en el numeral
3.1 del formulario de oferta –Presentación y compromiso;
El caso de que la entidad contratante encontrare que existe inconsistencia, simulación y/o inexactitud en la información presentada por contratista, en el procedimiento precontractual o en la ejecución del presente contrato, dicha inconsistencia, simulación y/o inexactitud serán causales de terminación unilateral del contrato por lo que, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, lo declarará contratista incumplido, sin perjuicio además, de las acciones judiciales a que hubiera lugar.
(La entidad contratante podrá incorporar causales adicionales de terminación unilateral, conforme lo previsto en el numeral 6 del Art. 94 de la LOSNCP.)
12.3.- Procedimiento de terminación unilateral. - El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la LOSNCP.
Cláusula Décima Tercera. - SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS:
13.1.- Si respecto de la divergencia o controversia existentes no se lograre un acuerdo directo entre las partes, éstas se someterán al procedimiento establecido en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; siendo competente para conocer la controversia el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la Entidad Contratante.
(En caso de que la entidad contratante sea de derecho privado, la cláusula 12.1.- “Solución de Controversias dirá: Si respecto de la divergencia o controversia
existentes no se lograre un acuerdo directo entre las partes, éstas recurrirán ante la justicia ordinaria del domicilio de la Entidad Contratante”.
13.2.- La legislación aplicable a este contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el contratista declara conocer el ordenamiento jurídico ecuatoriano y, por lo tanto, se entiende incorporado el mismo en todo lo que sea aplicable al presente contrato.
Cláusula Décima cuarta: COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES:
14.1.- Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a los trabajos, serán formuladas por escrito y en idioma castellano. Las comunicaciones entre la administración del contrato y el CONTRATISTA se harán a través de documentos escritos, cuya constancia de entrega debe encontrarse en la copia del documento.
Cláusula Décima Quinta. - DOMICILIO:
15.1. Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes:
LA CONTRATANTE: G.A.D Parroquial Rural San Xxxxxx
PROVINCIA: Los Xxxx
CANTON: Quevedo
PARROQUIA: San Xxxxxx
DIRECCION: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx y 9 de octubre
CORREO ELECTRONICO: xx.xxxxxxxxx@xxxxx.xxx
El CONTRATISTA: XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX
CIUDAD: Quevedo
CALLE: Xxxxxxx de Xxxxx y Primero xx Xxxx, solar 43
TELEFONOS: 000000000
CORREO ELECTRONICO: xxxxxxxxxxxxxxx000@xxxxx.xxx
Las comunicaciones también podrán efectuarse a través de medios electrónicos.
Cláusula Décima Sexta. - ACEPTACION DE LAS PARTES:
16.1.- Declaración. - Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos de Ejecución de obra MCO-GADPRSC-002-2021, publicado en la página institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, vigente a la
fecha de la Convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de las Condiciones Particulares del Contrato que lo están suscribiendo.
16.2.- Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones.
Para mayor constancia se imprimirán dos copias originales de igual valor.
Dado, en las oficinas del Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural San Xxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Provincia de Los Xxxx, a los 28 días del mes de octubre del dos mil veintiuno.
Firmado electrónicamente por:
XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX
Firmado electrónicamente por:
XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXX
Xx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Ing. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx