Contract
Ayuntamiento xx Xxxxxxx | ||||
Negociado y Funcionario SEC.- Secretaria 244.- JVG | ||||
Código de Verificación ² 0 M3 R4 0 0 I 3 4 2 Y 6 4 2 9 1 4 0 1 L » ² 0 M3 R4 0 0 I 3 4 2 Y 6 4 2 9 1 4 0 1 L » 0M3R400I342Y64291401 | ||||
SECWI2MI | VACIO | 02-10-12 11:41 | ||
Asunto | Interesado |
Borrador Acta de la sesión AYT/PLE/11/2012
VACIO
ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO EL DÍA 1 DE OCTUBRE DE 2012
Asistentes:
D. XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX
X. XXXXX DEL XXXXXX XXXXXX ISLA
X. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXX. XXXXX DEL XXXXXX XXXXXX XXXXXXX
X. XXXXXXXXX XXXXX XXXXX DÑA. XXXXXX CUERNO XXXXXXX
X. XXXX XXXXXX XXXX CORRALES
D. XXXX XXXXX DIESTRO XXXX
DÑA. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX
X. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX
X. XXXX XXXX XXXXXX
X. XXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXX. XXXXX XXXXX XXXXX XXXX
X. XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX DÑA. XXXXXXXX XXXXX XXXXXX Xx XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX
X. XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXXXX TOME
D. XXXXX XXXXXX XXXXX
X. XXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXXXX
X. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX
X. XXXXX XXXXXX XXX XXX
En Xxxxxxx siendo las diecinueve horas del día 1 de Octubre de 2012 se reúnen en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial los Srs. Concejales que al margen se indica al objeto de celebrar la sesión ordinaria del Pleno de la Corporación convocada para el día de la fecha.
Preside la sesión el Sr Alcalde- Presidente X. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Alcalde-Presidente, actuando como Secretario, el que lo es de la Corporación,
D. Xxxx Xxxx De Xxxxxxx Xxxxxxxx, que da fe del acto.
Asiste igualmente el Sr Interventor
X. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx.
De la presente sesión se efectúa grabación integra de las intervenciones realizadas por los asistentes a la misma, la cual se une al expediente de la sesión y a la que me remito para mayor detalle de estas, las cuales son recogidas en extracto en este acta.
Comprobada la existencia de quórum suficiente para celebrar la sesión, en primera convocatoria, el Presidente declara abierta la misma, pasando seguidamente a tratar y debatir los asuntos incluidos en el orden del día que era el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1.- TOMA DE POSESION DE X. XXXX XXXXXX XXXXX COMO CONCEJAL DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX
2.- APROBACIÓN ACTA SESIÓN ANTERIOR, ORDINARIA, DE FECHA 30 XX XXXXXX DE 2012
3.- DICTAMEN PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DE SOLICITUD DE COMPATIBILIDAD PARA ACTIVIDADES PRIVADAS SOLICITADA POR TRABAJADOR MUNICIPAL. EXPTE RHU/51/2012
4.- DICTAMEN PROPUESTA FIESTAS LOCALES AÑO 2013. EXPTE SEC/384/2012.
5.- DICTAMEN APROBACION DE LA IMPOSICION Y ORDENACION PROVISIONAL DE LA CONTRIBUCION ESPECIAL PARA EL ESTABLECIMIENTO, AMPLIACION Y MEJORA DEL SERVICIO DE EXTINCION DE INCENDIOS
6.- DICTAMEN APROBACION MODIFICACION CONVENIO COLECTIVO MEDIANTE INCLUSION COMPLEMENTO DE DISPONIBILIDAD
7.- DICTAMEN DECLARACION DE DESIERTO DE LICITACION CONVOCADA POR EL AYUNTAMIENTO CON DESTINO A LA CONCERTACION DE CREDITO PREVISTO EN LOS PRESUPUESTOS MUNICIPALES Y APROBACION DE LA SUSTITUCION DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACION MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO. EXPTE CON/22/2012
8.- DICTAMEN PROPUESTA DE CONCESION DE SUBVENCION NOMINATIVA POR IMPORTE DE 4500€ CON DESTINO A ACTIVIDADES DE VOLUNTARIADO. EXPTE SEC/335/2012
9.- DICTAMEN PROPUESTA DE CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES CON DESTINO A LA CONCESION DE AYUDAS EN MATERIA DE ADQUISICION DE LIBROS Y MATERIAL ESCOLAR. EXPTE SEC/345/2012
10.- DICTAMEN PROPUESTA DE CONCESION DE SUBVENCION CON DESTINO A LA FERIA DE LA XXXXXXX Y A LA FERIA DEL STOCK. EXPTE SEC/390/2012
11.- DAR CUENTA DE LAS RESOLUCIONES DE LA ALCALDÍA.
11.1. DAR CUENTA DE LAS RESOLUCIÓN DICTADAS POR LA ALCALDÍA DESDE LA ÚLTIMA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA
11.2. DAR CUENTA DE LA RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA DE FECHA 25/09/2012 POR LA QUE SE CESA AL SECRETARIO DEL GRUPO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA Y SE NOMBRA NUEVO SECRETARIO, A PROPUESTA DEL CITADO GRUPO MUNICIPAL
12.- MOCIONES
13.- XXXXXX Y PREGUNTAS
Puestos a debate los asuntos indicados se adoptaron los siguientes acuerdos:
Ayuntamiento xx Xxxxxxx | ||||
Negociado y Funcionario SEC.- Secretaria 244.- JVG | ||||
Código de Verificación ² 0 M3 R4 0 0 I 3 4 2 Y 6 4 2 9 1 4 0 1 L » ² 0 M3 R4 0 0 I 3 4 2 Y 6 4 2 9 1 4 0 1 L » 0M3R400I342Y64291401 | ||||
SECWI2MI | VACIO | 02-10-12 11:41 |
1.- TOMA DE POSESION DE X. XXXX XXXXXX XXXXX COMO CONCEJAL DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX
En desarrollo del acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión de fecha 30 xx Xxxxxx de 2012, se dio cuenta por la Alcaldía de la expedición, por la Junta Electoral Central, de credencial de Concejal de este Ayuntamiento a favor de X. XXXX XXXXXX XXXXX.
En su razón, una vez acreditada su personalidad se informó al Pleno de la presentación por el interesado de la oportuna declaración de bienes previstas en el artículo 75, apartado 7 de la Ley estatal 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases del Régimen Local en su redacción dada por el Real Decreto Legislativo 2/2008, de 28 xx xxxxx.
A continuación por la Alcaldía-Presidencia se procedió a la toma de juramento o promesa de su cargo de Concejal electo de D. XXXX XXXXXX XXXXX con arreglo a la formula legal establecida en el Real Decreto 707/1979, de 5 xx xxxxx, formulándose por el Sr Concejal la misma en los términos legales.
En consecuencia, por la Alcaldía se declaró efectuada la toma de posesión de su cargo de Concejal de este Ayuntamiento por D. XXXX XXXXXX XXXXX, dándole la bienvenida a la Corporación e incorporándose el mismo a la presente sesión.
2º.- APROBACION DEL ACTA SESION ANTERIOR , ORDINARIA , DE FECHA 00 XX XXXXXX XX 0000.
Por la Alcaldía se dio cuenta del borrador del acta de la sesión celebrada por el Pleno del Ayuntamiento el fecha 30 xx Xxxxxx de 2012, copia de la cual se encontraba a disposición de los Srs Concejales junto con la documentación incorporada al expediente de la presente sesión.
D. Xxxxxx Xxxxxxxx, en su calidad de Portavoz del Grupo Municipal del PSOE; indicó que en relación con el punto 6 del Pleno de 30/08/12 consideraba que se había aplicado a los miembros de su Grupo de forma inadecuada el artículo 100.1 del RD 2568/1986 de 28 de Noviembre, ya que antes del inicio del punto había solicitado la palabra a la Alcaldía para manifestar la posición del Grupo del PSOE, lo que le fue negado por esta, entendiendo el Sr Concejal que con ello lo que se pretendía era forzar la aplicación de dicha norma con la única finalidad de hacer figurar su ausencia como abstención.
En consecuencia, señaló, entendía que en el punto 6 no debía quedar reflejada su ausencia como abstención, sino como no asistencia a la sesión por cuanto simplemente no se encontraban en la misma, solicitando que se le facilitase copia de la grabación efectuada en dicha sesión para acreditar tal situación, finalizando su intervención tras señalar que de no recogerse tal modificación el voto de su Grupo sería contrario a la aprobación del acta,
con excepción de los dos miembros del Grupo del PSOE que no pudieron asistir a la misma y que, en consecuencia, se abstendrían en este punto.
Por la Alcaldía se indicó que consideraba que el acta recogía adecuadamente lo acontecido en la sesión, estimando correctamente aplicado el artículo 100 del RD 2568/1986 y en consecuencia entendía que procedía someter a votación el acta de acuerdo con el borrador facilitado a los Grupos municipales, señalando que facilitaría al Sr Portavoz la grabación de la sesión que ha solicitado.
No solicitándose la palabra por ningún Concejal la Alcaldía sometió a aprobación el borrador del acta de la sesión celebrada el día 30 xx Xxxxxx de 2012, siendo el resultado de la misma el siguiente:
Miembros que de derecho integran el Pleno: 21 Miembros presentes en el momento de la votación: 21 Votos a favor: 14
Votos en contra: 5 Abstenciones: 2
Total de votos emitidos: 21
Por todo lo cual, el Pleno del Ayuntamiento por catorce votos a favor, cinco en contra y dos abstenciones, acordó aprobar el acta de la sesión celebrada por el Pleno de la Corporación el día 30/08/12 así como su traslado al libro de actas de los de la Corporación en los términos aprobados.
3.- DICTAMEN PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DE SOLICITUD DE COMPATIBILIDAD PARA ACTIVIDADES PRIVADAS SOLICITADA POR TRABAJADOR MUNICIPAL. EXPTE RHU/51/2012
Dada cuenta de la solicitud sobre compatibilidad para actividades privadas presentada por la trabajadora municipal Xx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx.
Incorporado al expediente el informe del Técnico de RR.HH. de fecha 05/09/2012, parte del cual se transcribe a continuación
“ANTECEDENTE DE HECHO
PRIMERO: En fecha 23/07/2012 tuvo entrada en el Registro General del Ayuntamiento xx Xxxxxxx con número de registro de entrada 6594 escrito presentado por Xx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, personal laboral de esta Entidad Local, solicitando compatibilidad para actividades privadas consistentes en “principalmente formación y esporádicamente psicojurídica en todo caso con carácter eventual y a título personal, el tiempo dedicado a dichas tareas no excederá del 5% de la jornada laboral normal anual”.
SEGUNDO: En fecha 01/08/2012 tuvo salida en el Registro de esta Entidad Local requerimiento remitido a la interesada instando subsanación de la solicitud de compatibilidad al no cumplir la misma los requisitos establecidos en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al Servicio de las Administraciones Públicas, al no establecerse con claridad la actividad privada a desarrollar, es decir, si se trataba de una de las actividades exceptuadas del régimen de incompatibilidades (como es la dirección de seminarios o el dictado de cursos o conferencias en centros oficiales destinados a la formación de funcionarios o profesorado, cuando no tengan carácter permanente o habitual ni supongan mas de setenta y cinco horas al año, así como la preparación para el acceso a
la función publica en los casos y forma que reglamentariamente se determine) o de un supuesto que requiriera el previo reconocimiento de compatibilidad.
TERCERO: En fecha 10/08/2012 tuvo entrada en el Registro General del Ayuntamiento xx Xxxxxxx escrito presentado por Xx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx en el que reiteraba su solicitud, manteniéndose sin aclarar si la formación a realizar se incardinaba en el supuesto exceptuado del régimen de incompatibilidades o no.
CUARTO: Xx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx presta sus servicios como psicólogo en el Ayuntamiento xx Xxxxxxx en horario de mañana a jornada completa de lunes a viernes de 7:45 a 15:00 horas. Las retribuciones previstas para el puesto de trabajo desempeñado por la citada trabajadora son 2.593’83 euros brutos mensuales, de los cuales 811’08 euros corresponden al complemento equivalente al específico, 509’84 euros correspondientes al complemento equivalente al de destino, 1.103’24 euros como salario base, 169’67 euros en concepto de antigüedad.
Y considerando:
PRIMERO: Que la Ley 53/1984 de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas tiene carácter básico para todas las Administraciones Públicas, señalándose en su Disposición Final Primera que las normas de la Ley se considerarán bases del régimen estatutario de la función pública, dictadas al amparo del art. 149.1.18 de la Constitución. Por su parte, el art. 2.1.c) de la Ley 53/1984 señala que la misma es de aplicación al personal al servicio de las Corporaciones Locales, aplicándose a todo el personal al servicio de las mismas cualquiera que sea la naturaleza jurídica de la relación de empleo, según lo dispuesto en el apartado segundo de dicho precepto.
SEGUNDO: Que la Disposición Final Tercera de la Ley 7/2007, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, modifica la Ley 53/1984 de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. En particular el apartado 2 de la Disposición Final Tercera modifica el artículo 16.1 de la Ley 53/1984, pasando a ser su redacción la siguiente “No podrá autorizarse o reconocerse compatibilidad al personal funcionario, al personal eventual y al personal laboral cuando las retribuciones complementarias que tengan derecho a percibir del apartado b del artículo 24 del presente Estatuto incluyan el factor de incompatibilidad al retribuido por arancel y al personal directivo, incluido el sujeto a la relación laboral de carácter especial de alta dirección.” De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final Cuarta.2 de la Ley 7/2007 dicha modificación no producirá efectos en cada Administración Pública hasta la entrada en vigor del Capítulo III del Título III del Estatuto Básico del Empleado Público con la aprobación de las Leyes de Función Pública de las Administraciones Públicas que se dicten en desarrollo del mismo. Hasta que se hagan efectivos esos supuestos la autorización o denegación de compatibilidades continuará rigiéndose por la actual normativa, la cual señala que “No podrá autorizarse o reconocerse compatibilidad alguna al personal que desempeñe puestos que comporten la percepción de complementos específicos o concepto equiparable, y al retribuido por arancel”. Pero por excepción el artículo 16.4 establece que “por excepción y
sin perjuicio de las limitaciones establecidas en los artículos 1.3, 11, 12 y 13 de la presente Ley, podrá reconocerse compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas al personal que desempeñe puestos de trabajo que comporten la percepción de complementos específicos, o concepto equiparable, cuya cuantía no supere el 30 por 100 de su retribución básica, excluidos los conceptos que tengan su origen en la antigüedad”.
TERCERO: Que Xx Xxxxxxx percibe un complemento equivalente al complemento específico de 811’08 euros mensuales y un salario base de 1.103’24 euros. Por tanto su complemento específico supera el 30% de su retribución básica, de forma que no le puede ser reconocida compatibilidad alguna para el desempeño de actividades privadas.
CUARTO: Que asimismo de la descripción de la actividad que Xx Xxxxxxx pretende realizar se deriva que no es una de las previstas como exentas del régimen de incompatibilidades, que son las esdtablecidas en el artículo 19 de la Ley 53/1984 de Incompatibilidades.”
QUINTO.- Dada cuenta de que la competencia para la denegación de la compatibilidad corresponde al Pleno del Ayuntamiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 53/1984 de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
No solicitándose la palabra por ningún Concejal, la Alcaldía sometió a votación el Dictamen siendo este aprobado por unanimidad de los 21 Srs/as Concejales presentes en la sesión.
Por todo lo cual, el Pleno del Ayuntamiento por unanimidad, acordó:
PRIMERO: Desestimar la solicitud de compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas consistentes principalmente en formación y esporádicamente psicojurídica por Xx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, al tener dicha trabajadora un complemento equivalente al específico que supera el 30% de sus retribuciones básicas.
SEGUNDO: Notifíquese la presente Resolución a la interesada
4.- DICTAMEN PROPUESTA FIESTAS LOCALES AÑO 2013. EXPTE SEC/384/2012.
El Pleno del Ayuntamiento, considerando:
Primero.- Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre, que modifica el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre la Regulación de la Jornada de Trabajo, Jornadas Especiales y Descansos procede efectuar propuesta de fiestas locales.
Segundo.- Que es competencia del Pleno de este Ayuntamiento proponer el señalamiento de las fiestas de ámbito local.
No solicitándose la palabra por ningún Concejal, la Alcaldía sometió a votación el Dictamen siendo este aprobado por unanimidad de los 21 Srs/as Concejales presentes en la sesión.
Por todo lo cual, el Pleno del Ayuntamiento por unanimidad, acordó:
Fijar como fiestas locales de este municipio para el ejercicio 2013 las siguientes:
− Lunes 00 xx xxxxx xx 0000, Xxxxxxxxxx xx Xxx Xxxx
− Martes 16 de julio de 2013, Festividad de Nª Sª Xxxxxx xxx Xxxxxx
5.- DICTAMEN APROBACION DE LA IMPOSICION Y ORDENACION PROVISIONAL DE LA CONTRIBUCION ESPECIAL PARA EL ESTABLECIMIENTO, AMPLIACION Y MEJORA DEL SERVICIO DE EXTINCION DE INCENDIOS
El Pleno del Ayuntamiento:
Primero.- Visto el expediente tramitado por este Ayuntamiento con destino a la imposición y ordenación provisional de la contribución especial para el establecimiento, ampliación y mejora del servicio de extinción de incendios.
Segundo.- Visto el informe emitido por la Intervención municipal en fecha 20 xx Xxxxxx de 2012.
No solicitándose la palabra por ningún Concejal, la Alcaldía sometió el Dictamen a votación siendo el resultado de la misma el siguiente:
Miembros que de derecho integran la Comisión: 21 Miembros presentes en el momento de la votación: 21 Votos a favor: 18
Votos en contra: 0 Abstenciones: 3
Total de votos emitidos: 21
Por todo lo cual, el Pleno del Ayuntamiento por dieciocho votos a favor ninguno en contra y tres abstenciones acordó:
1º.- Aprobar con carácter provisional imponer, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 15.1 y 34.1 y 3 del Texlo Refundido de la Ley Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, y de conformidad con lo previsto en el artículo 17.1 del mismo, una Contribución Especial por establecimiento, ampliación y mejora del Servicio de Extinción de Incendios en el Ayuntamiento xx Xxxxxxx para el 2013.
2°) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 a que se refiere el punto 1 anterior, el presente Acuerdo provisional, así como la Ordenanza Fiscal anexa al mismo, se expondrán al público en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento durante el plazo de al menos 30 días hábiles y en el Boletín Oficial de Cantabria, contados a partir del siguiente a ser publicación, a fin de que los
interesados pueden examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Anexo
Ordenanza Fiscal Provisional o "Acuerdo de Ordenación" de la Contribución Especial por ampliación y mejora del Servicio de Extinción de Incendios en el Ayuntamiento xx Xxxxxxx.
Al tener aprobada el Ayuntamiento xx Xxxxxxx la Ordenanza General de Contribuciones Especiales la Ordenanza específica de ampliación y mejora del Servicio de Extinción de Incendios, de conformidad con el artículo 33.3 y 34.3 del Texto Refundido de la L.R.H.L. aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 xx xxxxx incluirá el coste de la ampliación y mejora del Servicio de Extinción de Incendios, la cuantificación de la base imponible a repartir entre los beneficiarios, los criterios de reparto y la determinación de las cuotas de los sujetos pasivos sobre las primas recaudadas por las aseguradoras en el año inmediatamente anterior, pudiendo remitirse en todo lo demás a la Ordenanza General ya existente.
Artículo Io Hecho Imponible.
Constituye el hecho imponible de esta contribución Especial la obtención por los sujetos pasivos de un beneficio como consecuencia de la ampliación y mejora del Servicio de Extinción de Incendios en el Ayuntamiento xx Xxxxxxx.
Artículo 2" Sujetos Pasivos.
Son sujetos pasivos de esta contribución, además de los propietarios de los bienes afectados, las compañías de Seguros que desarrollan su actividad en el ramo, en el término municipal xx Xxxxxxx, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 00.Xx del R.D.L 2/2004. de 5 xx xxxxx, por el que se aprobó el Texto Refundido de la L.R.H.L.
Artículo 3 Base Imponible.
1. - La base imponible de la Contribución Especial será como máximo el 90% del coste de la ampliación y mejora del Servicio de Extinción de incendios, en el período que no ha sido sufragado y amortizado por anteriores contribuciones especiales.
2. -El coste total de la ampliación y mejora del Servicio de Extinción de Incendios, en las diversas anualidades, estará integrado por uno o varios conceptos de los que se relacionan a continuación:
1. - Los gastos ocasionados por la adquisición de terrenos destinados a completar las instalaciones del Servicio.
2. - El importe de las obras, tanto de nueva planta como de remodelación y mejora y acondicionamiento de dichas instalaciones.
3. - Adquisición de vehículos y equipos remodelables.
4. - Adquisición de equipos fijos y portátiles, material y equipos de protección personal, material no fungíble y equipos de extinción.
5. - Adquisición de mobiliario y equipos para las distintas dependencias del Servicio.
6. - El interés del capital invertido en los gastos indicados anteriormente cuando este Ayuntamiento hubiere apelado al crédito
para financiar la porción no cubierta por contribuciones especiales o la cubierta por éstas en caso de fraccionamiento general de las mismas.
Artículo 4 Cuota.
La base imponible, ante la dificultad de concretar e individualizar a los sujetos pasivos propietarios de bienes afectados, y de conformidad con el artículo
32.1 .b) del R.D.L. 2/2004 será distribuida en entre las sociedades o Entidades que cubren el riesgo por !os bienes sitos en el término municipal xx Xxxxxxx, proporcionalmente al importe de las primas recaudadas en el año inmediatamente anterior al acuerdo de imposición y ordenación de la contribución especial. Si la cuota exigible a cada sujeto pasivo fuera superior al 5% del importe de las primas recaudadas por el mismo, e! exceso se trasladará a los ejercicios sucesivos hasta su total de amortización. La Gestora de Conciertos en representación de las entidades aseguradoras, será la que sufragará las cuotas de las mismas.
Artículo 5 Imposición y Ordenación.
La exacción de estas Contribuciones Especiales se efectuará previa adopción de acuerdo de Imposición y Ordenación, cuya tramitación se sujetará a lo dispuesto en el artículo 34 del R.D.L 2/2004, de 5 xx xxxxx, por e! que se aprueba el Texto Refundido de la L.R.H.L.
Artículo 6 Normas de Gestión.
a) El Ayuntamiento xx Xxxxxxx suscribirá un Convenio con la Gestora de Conciertos para la gestión y cobro de las cuotas de contribuciones especiales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 43.1 del Reglamento de Haciendas Locales de 4 xx xxxxxx de 1952.
b} Los criterios de reparto; El reparto de las cuotas entre las compañías afectadas se realizará por la Gestora de conciertos para la contribución especial de los servicios de extinción de incendios, en virtud del Convenio que suscribirá con el Ayuntamiento xx Xxxxxxx.
c) Que la gestora, en representación de las Entidades Aseguradoras, sujetos pasivos de la Contribución Especial para el establecimiento, mejora o ampliación del Servicio de Extinción de Incendios, se obligará a abonar al Ayuntamiento, para cada uno de los años del Convenio que se firme, la cantidad resultante de aplicar el 5% a la totalidad de las primas de los seguros de incendios más el 5% sobre e) 50
% de las primas de los seguros multirriesgos xxx xxxx de incendios recaudados en el año inmediatamente anterior.
d) Las cantidades recaudadas por Contribuciones Especiales sólo podrán destinarse a sufragar los gastos de la obra o servicio por cuya razón se hubieran exigido, es decir, para inversiones, ampliación y mejora del Servicio de Extinción de Incendios.
En todo lo no previsto en esta Ordenanza se estará a lo dispuesto en el Texto Refundido de la L.R.H.L, aprobado por R.D.L. 2/2004 , de 5 xx xxxxx, y por la Ordenanza General de Contribuciones Especíales publicada en el Boletín Oficial de Cantabria de fecha 30 de diciembre de 1989 ( extraordinario n° 15)
6.- DICTAMEN APROBACION MODIFICACION CONVENIO COLECTIVO MEDIANTE INCLUSION COMPLEMENTO DE DISPONIBILIDAD
El Pleno del Ayuntamiento, considerando:
Primero.- Que en la actualidad, el Ayuntamiento xx Xxxxxxx está prestando, dentro de sus competencias, un elevado y variado número de servicios públicos a la comunidad vecinal. Esta variedad de servicios, que superan con creces los previstos como mínimos obligatorios por la Ley 7/1985 de 2 xx xxxxx Reguladora de las Bases del Régimen Local, unida a la amplitud del termino municipal xx Xxxxxxx, xxx dado lugar a la existencia de un elevado número de instalaciones municipales, las cuales necesitan de personal encargado de la atención al público. Estos puestos de atención al público son puestos especialmente delicados ya que representan el primer contacto de ia Administración con el ciudadano destinatario de los servicios públicos y porque se trata de puestos de trabajo que deben estar cubiertos necesariamente cu todo momento, es decir, se trata de puestos que requieren la presencia tísica del trabajador, de forma que cualquier ausencia impide la adecuada prestación del servicio. Circunstancia que exige prever específicas medidas para suplir las ausencias de los trabajadores que desempeñan estas tareas, ya que no es posible aplicar el criterio de sustitución entre compañeros, general en otros ámbitos de actuación de la Administración y según el cual la ausencia temporal del empleado encargado de una concreta tarea es suplida por otro compañero que temporalmente desempeña tanto sus propias funciones habituales como las del ausente.
Segundo.- Que asimismo, ciertos servicios municipales implican la necesidad de tener personal disponible en cualquier momento, ya que es habitual en los mismos que surjan contingencias imprevisibles que no pueden ser solventadas por los funcionarios de la Policía Local, los cuales son los únicos empleados municipales que prestan servicios a turnos durante las 24 horas del día.
Tercero.- Que hasta la fecha se había seguido el sistema de establecer una productividad lija por disponibilidad-dedicación de los trabajadores que realizaban las sustituciones y de aquellos otros que tenían disponibilidad para atender eventos imprevisibles. Dicho sistema se ha considerado como inapropiado, ya que el complemento de productividad está previsto para retribuir el grado de iniciativa, interés o esfuerzo con el que se realiza el trabajo y los rendimientos o resultados obtenidos en el mismo, es decir, la productividad retribuye al empleado por realizar especialmente bien su trabajo y nunca puede tener un carácter fijo.
Cuarto.- Que tampoco se estima aplicable el régimen de las gratificaciones por cuanto las mismas, que en ningún caso pueden ser fijas en su cuantía ni periódicas en su devengo, se refieren a servicios extraordinarios realizados fuera de la jornada normal de trabajo, situación que en el ámbito del derecho laboral es atendida, fundamentalmente, por la percepción por horas extras.
Quinto.- Que si bien , en el ámbito de la función pública la dedicación y la disponibilidad se retribuyen a través del complemento especifico valorado para
cada concreto puesto de trabajo, en el ámbito de las relaciones laborales debe estarse a lo fijado en el artículo 22.3 del Estatuto de los Trabajadores que viene a señalar que mediante la negociación colectiva o. en su defecto, el contrato individual, se determinará la estructura xxx xxxxxxx, que deberá comprender el salario base, como retribución fijada por unidad de tiempo o de obra y, en su caso, complementos salariales fijados en función de circunstancias relativas a las condiciones personales del trabajador, al trabajo realizado o a la situación y rcsullados de la empresa, que se calcularán conforme a los criterios que a tal efecto se pacten
Sexto.- Que por otra parte, en e! convenio colectivo del personal laboral del Ayuntamiento xx Xxxxxxx sólo se señala en su articulo 21 que "el personal que tenga reconocida una retribución por especial dedicación o disponibilidad deberá realizar en todo caso una jornada superior a la establecida en el calendario general del Ayuntamiento, atendiendo a los servicios que generaron el reconocimiento de dicha dedicación ", dicha jornada superior se retribuiría en el presente caso mediante la percepción del complemento salarial cuya aprobación ahora se propone.
Séptimo.- Que el presente expediente no genera mayor gasto para el Ayuntamiento pues se limita a regularizar la percepción del complemento de productividad anteriormente indicado, por lo que. a salvo de las acomodaciones presupuestarias necesarias en función del distinto concepto de retribución, no debe llevar un mayor incremento de gasto sobre la masa salarial establecida en los presupuestos.
Octavo.- Que la creación de dicho complemento no afectará a las productividades fijas reconocidas con anterioridad, las cuales se mantendrán siempre y cuando pervivan las circunstancias que dieron lugar a su reconocimiento.
Noveno.- Que abierto el turno se intervenciones se efectuaron las siguientes:
X. Xxxxxx Xxxxxxxx, por el Grupo Municipal del PSOE, indicó que en la consideración, que se le había trasladado, de que en este apartado existía acuerdo con la representación sindical, si bien quedaba el mismo pendiente de su formalización, se justificaba que su Grupo votaría a favor de la propuesta.
No solicitándose la palabra por ningún otro Concejal, la Alcaldía dio por finalizado el debate sometiendo la propuesta a votación siendo la misma aprobada por unanimidad de los 21 Srs/as Concejales presentes en la sesión.
Por todo lo cual, el Pleno del Ayuntamiento por unanimidad, acordó:
Primero.- Aprobar con carácter inicial la modificación del Convenio Colectivo del personal laboral del Ayuntamiento xx Xxxxxxx incorporando un artículo 16 bis
COMPENSACIÓN POR DISPONIBILIDAD-DEDICACIÓN del siguiente tenor
Se crea el complemento salarial por disponibilidad-dedicación, el cual retribuirá al personal que desempeñe puestos de trabajo que impliquen disponibilidad horaria para atender imprevistos o disponibilidad horaria para realizar sustituciones, y cuyo importe se fija en la cuantía de! 24% de sus retribuciones correspondientes al salario base mensual y el complemento salarial mensual equivalente al complemento específico y al complemento de destino. Dicho complemento se percibirá en 12 pagas, no percibiéndose en las pagas extraordinarias.
Por la Alcaldía, dentro de los límites presupuestarios, se fijarán provisionalmente los puestos de trabajo y las concretas plazas adscritas a los mismos que deban percibir el complemento por disponibilidad-dedicación. Siendo necesario para el establecimiento de este complemento que los puestos de trabajo afectados realicen de forma continuada y permanente o bien tareas de correturnos, con disponibilidad para sustituir a los trabajadores ausentes de cualquier instalación municipal de igual o inferior categoría cualquiera que sea el turno de horario a realizar, o bien que tengan que estar disponibles a cualquier hora del día para solventar imprevistos en cualquiera de los servicios municipales.
No dará derecho al establecimiento de este complemento de carácter permanente la realización esporádica de sustituciones en turnos diferentes al propio, la cual se retribuirá con una compensación en descanso de 1 día de trabajo y en su caso con el descanso correspondiente por la realización de horas extraordinarias si ha sido necesario doblar turno. Tampoco dará derecho a este complemento de carácter permanente la esporádica realización de horas extraordinarias fuera de la jornada habitual de trabajo las cuales se retribuirán preferentemente en descanso de conformidad con el sistema previsto en el presente, convenio.
La percepción del complemento por dedicación-disponibilidad imposibilitará la realización de horas extraordinarias y su compensación tanto económica como en descanso. Excepcionalmente se retribuirán mediante descanso, conforme al sistema previsto para las horas extraordinarias, aquellos supuestos en los que haya sido necesario doblar turno en el mismo día para realizar la sustitución.
La negativa a la realización de las sustituciones o la atención de los imprevistos dará lugar a responsabilidad disciplinaria, salvo causa justificativa debidamente acreditada, y a la perdida del complemento, a estos efectos se entiende por causa justificativa la existencia de un compromiso de carácter personal previo e ineludible acreditado de forma fehaciente, como serta el caso de citación médica o viaje previamente concertado.
Segundo.- Delegar en la Alcaldía para elevar el presente acuerdo a definitivo previo negociación y acuerdo con la representación sindical.
7.- DICTAMEN DECLARACION DE DESIERTO DE LICITACION CONVOCADA POR EL AYUNTAMIENTO CON DESTINO A LA CONCERTACION DE CREDITO PREVISTO EN LOS PRESUPUESTOS MUNICIPALES Y APROBACION DE LA SUSTITUCION DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACION MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO. EXPTE CON/22/2012
El Pleno del Ayuntamiento, considerando:
Primero.- Visto el expediente de contratación CON/15/2012 tramitado para la concertación de una operación de crédito prevista en el Presupuesto General para el ejercicio 2012, y habiendo sido declarado desierto el mismo en base a las consideraciones efectuadas en los informes realizados en el expediente de contratación.
Segundo.- Teniendo en cuenta los informes obrantes en el expediente y las previsiones contenidas en la base 15 de ejecución del Presupuesto aprobado por esta Corporación Municipal para el ejercicio 2012.
Tercero.- Abierto el turno se intervenciones se efectuaron las siguientes:
Por la Secretaria, antes del inicio del debate de este punto, se dio cuenta de que debería incluirse en la votación el apartado relativo a la declaración de desierto del concurso convocado en su día por el Ayuntamiento y que por error no se había incorporado en el dictamen de la Comisión, si bien figura en la propuesta de la Alcaldía.
Por X. Xxxxxx Xxxxxxxx se indicó que entendía que se trataban de dos puntos distintos que deberían ser objeto de votación separada al referirse a expedientes distintos.
La Alcaldía señaló en este punto que no existía objeciones a la votación de estos dos puntos de forma separada.
X. Xxxxxxx Xxxxxxx, por el Equipo de Gobierno, vino a justificar las propuestas contenidas en este punto, señalando a tal efecto que no cumpliendo ninguna de las ofertas presentadas las condiciones establecidas en los pliegos, por los motivos que se recogen en los informes municipales, esto debía dar lugar a que se propusiese al Pleno la declaración de desierto del concurso convocado por el Ayuntamiento, a partir de este momento, señaló, se ha abierto un proceso de negociación con las entidades financieras que ha sido encomendado a la Tesorería municipal para que, dentro de lo estrictos términos xxx xxxxxx, se analice la posibilidad de que las entidades financieras presenten ofertas que en su día serán elevadas a la consideración del Pleno.
D. Xxxxx Xxxxxx, por el Grupo de IU, tras agradecer la disponibilidad de los miembros de la Corporación para cambiar la fecha de realización del mismo, indicó que su postura no cambiaba con lo ya manifestado en Plenos anteriores, recordando que se encontraba a favor de la concertación del crédito, del cual indicó se lleva hablando casi un año, y reiterando que al día xx xxx se sigue sin conocer cual va a ser el destino a que el mismo se adscribe, por lo que no puede conocer como la presente situación puede afectar al presupuesto, en consecuencia señaló esta a favor de la concertación del crédito pero, reitero, esto no puede conllevar la entrega de un cheque en blanco para no se sabe muy bien que finalidad, terminando tras señalar que espera que se efectúe de una vez la apertura del debate para determinar cual es el destino a que se va a destinar el crédito objeto de este punto del orden del día.
D. Xxxxxx Xxxxx, por el Grupo Municipal del PRC, indicó que en este punto mantendría lo ya señalado en otras ocasiones, señalando que entiende que a la presente situación se llega por dos factores, en primer lugar por cuanto, si bien el Ayuntamiento no se encuentra en una mala situación económica, se ha propiciado declaraciones en sentido contrario, por lo que es difícil obtener un crédito cuando se asusta a las personas que deben concederlo, y en segundo lugar por cuanto si bien es una decisión del Grupo, no se ha especificado el destino para el que se pretende el préstamo, por tanto , a juicio del Sr Portavoz, el problema no es si podemos o no concertar un crédito, sino si alguien no los va a conceder, trayendo a tal efecto x xxxxxxxx una recientes declaraciones del Sr Alcalde en los diarios en los que se hace referencia a una mala situación económica, terminando tras señalar que este tipo de actuaciones, referidas a este tipo de entrevistas, debe cambiar en la medida que es un tema que afecta al propio Xxxxx xx Xxxxxxx.
X. Xxxxxx Xxxxxxxx por el Grupo Municipal del PSOE, vino a indicar que esta es el segundo revés de los Bancos al Alcalde, imputando el mismo a la irresponsabilidad de la Alcaldía, refiriéndose a tal efecto a las declaraciones efectuadas por este.
Señaló que la Alcaldía debería reconocer que había mentido, o al menos que se había equivocado, reiterando que la contradicción es manifiesta y la desconfianza generado, que no se corresponde con la realidad, ha llevado a la presente situación por cuanto los hechos son tozudos.
Se preguntó el Sr Concejal porqué queda desierta otra vez la licitación convocada, achacando la misma a la irresponsabilidad xxx Xxxxxxx, e indicando que han transcurrido ocho meses y no se ha rectificado lo que lleva a que tenga que efectuarse un tercer intento, con base en un procedimiento que entiende que es conforme a la Ley, pero que el propio Alcalde en otras ocasiones ha tildado de obscurantista.
Indicó el Sr Concejal que si bien su Grupo no había votado a favor de los Presupuestos había señalado que estaba de acuerdo con la filosofía en conjunto del mismo, teniendo en cuenta la situación económica y el dinamismo de la misma, pudiéndose apreciar que en estos ocho meses han ocurrido muchos cambios, lo que ha llevado a que desde los Servicios Municipales se advirtiese de tal situación.
El Grupo Municipal del PSOE, señaló el Sr Portavoz, ha adoptado siempre una postura razonable en materia económica, lo que lleva a que, a la vista del informe de la Intervención que se recoge en el expediente, deba variar su postura inicial refiriéndose a tal efecto a las diversas cuestiones recogidos en el Informe de la Intervención incorporado al expediente y en el que se recoge los incrementos de gastos previsibles y la disminución de ingresos que pudieran producirse en los próximos meses y la necesidad de plantear un marco presupuestario a tres años que sea coherente con el principio de estabilidad presupuestaria, haciendo expresa referencia a la indicación de la Intervención relativa a la necesidad de que la Corporación adopte medidas concretas de no disponibilidad de créditos así como otras medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria, concluyendo que por tanto no es posible que no ha pasado nada por cuanto de incidir en esta situación se podría producir que el Ayuntamiento no pudiera hacer frente a sus pagos.
Incidió el Sr Portavoz en que su Grupo compartía la parte técnica del informe, aunque solo sea por desconocimiento, y atender a la parte técnica siempre ha dado buenos resultados a su Grupo cuando ejercía las funciones de gobierno, por lo que entendía que debía atenderse al mismo bajo dos premisas:
x.- Xxxxxxx procederse a la retirada de la propuesta de la concertación del crédito por importe de 6.000.000 € para permitir la realización de un plan financiero realista, entendiendo esta propuesta como un ejercicio de responsabilidad.
b.- Realizar un estudio técnico en el que se tengan mas datos actualizados para adoptar una solución y con base en los mismos proponer el importe definitivo del crédito a realizar.
Por tanto el Sr Portavoz señaló que su propuesta era postponer la decisión de la cantidad a obtener hasta el mes de Noviembre y enmarcar la misma en el ámbito del Presupuesto del ejercicio 2013, lo que entendía que no conllevaría retraso para la actividad municipal teniendo en cuenta las fechas en las que nos encontramos.
Indicó para finalizar que su Grupo ejercería su voto de forma responsable, reiterando que solicitaba que se dejase el punto sobre la mesa procediéndose a la realización de un plan económico-financiero del que podría desprenderse un importe menor del crédito que , si bien no lo tiene cuantificado, estimaba que debería rondar los 3.000.000 €, y todo ello en razón de las circunstancias actuales que entendía que no eran imputable a la Alcaldía sino a la situación económica.
X. Xxxxxxx Xxxxxxx, por el Equipo de Gobierno, en su turno de replica vino a indicar que a su juicio los bancos no dan, o no conceden, créditos en base a los titulares de la prensa, sino en base a las cuentas y a los balances de los solicitantes, en este sentido señaló que la situación actual es muy complicada para todos y que la actitud del Equipo de Gobierno siempre ha sido en este sentido responsable, haciendo expresa referencia a que en la primera licitación si hubo una propuesta de crédito por importe de 6.000.000 € pero se desecho en razón de los altos intereses ofertados.
Indicó que este año se finalizaría con equilibrio presupuestario o con superavit, y, tras indicar que su Grupo se encuentra conforme con el informe del Sr Interventor, finalizó su intervención tras señalar que en cuanto al crédito no descartaba ninguna posibilidad, como señala el PSOE, porque la adjudicación del mismo dependerá de los intereses ofertados y este sentido su Grupo siempre actuará con criterio de responsabilidad.
En el turno de replica X. Xxxxxx Xxxxx , por el Grupo Municipal del PRC, vino a indicar que transcurridos estos últimos meses desde el inicio de la legislatura la situación es claramente distinta y parece acreditar que no es viable meterse en la totalidad del crédito, porque la esencia de la Ley es la del equilibrio presupuestario y este puede ponerse en peligro en tal caso.
X. Xxxxxx Xxxxxxxx, por el Grupo Municipal del PSOE, se reiteró en su propuesta de que se deje el punto sobre la mesa y se reduzca el crédito a concertar a 3.000.000 €, señalando que la propuesta no supondría una demora en la actuación municipal y se dispondría de tiempo para que puedan incorporarse los informes técnicos.
X. Xxxxxxx Xxxxxxx indicó que en la concertación del crédito se cumpliría estrictamente el artículo 53 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales y en el hipotético caso de que no se cumpliese se plantearían otros escenarios.
D. Xxxxxx Xxxxx reiteró que no pedía que se renunciase al Plan de inversiones, pero entendía que ahora se hablaba de otra cosa, siendo necesario asegurar la liquidez para poder acceder al crédito, pero debía actuarse con cautela y la propuesta solo supone un retraso de dos meses.
La Alcaldía en el cierre del debate del punto vino a indicar que ciertamente el barco no se hunde y pese a la tempestad financiera seguirá adelante, recalcó que los proyectos a los que se destina el crédito existen, se van a dar a conocer y existirá la adecuada participación, pero entendía que no sería responsable generar expectativas condicionadas a la obtención de un crédito que es posible que no pudieran cumplirse si no se obtiene este.
Indicó que las decisiones se adoptarán siempre con los informes favorable, señalando que si bien es cierto que en otras ocasione ha señalado el procedimiento negociado sin publicidad como obscurantista, debe recordar que en este momento se acude al mismo después de dos licitaciones mediante procedimiento abierto y que las negociaciones serán efectuadas por los técnicos y no por los políticos.
Señaló que a la hora de tomar las decisiones se tiene en cuenta los informes técnicos y si es necesario la aprobación de un Plan financiero así se efectuará, pero sin perjudicar en ningún caso a la económica municipal ni a las familias xx Xxxxxxx, en este sentido, señaló las decisiones del Equipo de Gobierno se están adoptando con total responsabilidad, indicando que no creía que los bancos tomaran las decisiones por sus declaraciones pues entendía irresponsable pensar que las decisiones de los Bancos se toman por las declaraciones de un representante político sin tener en cuenta el estado real de las cuentas de la entidad.
Vino a indicar en la gestión económica se efectúa en un campo de minas haciendo referencia a los sentencias derivadas de Xxxxxx Xxxxxxxxx S.A, convenio con MRA y otras situaciones que daban lugar a reconocimiento de gastos y obligaciones, en todo caso finalizó se están buscando vías de financiación sin que en ningún caso se vaya a perjudicar a los Camargueses.
D, Xxxxxx Xxxxxxxx en este punto solicitó la palabra de la Alcaldía en razón de las alusiones efectuadas en su última intervención, en particular en lo que se refiere a los expedientes mencionados por la Alcaldía como generadores de gasto para el Ayuntamiento, al objeto de explicar la postura de su Grupo en relación con los mismos, siendo la misma negada por la Alcaldía al entender consumido ya los turnos de intervención.
Por X. Xxxxxx Xxxxxxxx se reiteró el uso de la palabra entendiendo que procedía la misma en razón de las alusiones efectuadas, siendo llamado al orden por la Alcaldía que volvió a indicar que no procedía la intervención y si la votación de la propuesta al haber terminado el turno de intervenciones, por lo que procedía que la Secretaria efectuase la petición de votación. Reiterada dicho deseo de intervención por X. Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx efectúo una segunda llamada al orden con advertencia de posible expulsión por lo que reiterado por X. Xxxxxx Xxxxxxxx su deseo de intervenir la Alcaldía, tras la tercera llamada al orden, ordeno el abandono de la sala del Sr Concejal en razón de la expulsión ordenada por la Alcaldía abandono el salón de sesiones, abandonando igualmente la sesión en este acto los seis miembros restantes del Grupo Municipal del PSOE.
No solicitándose la palabra por ningún otro Concejal, la Alcaldía dio por finalizado el debate sometiendo a votación de la Corporación los siguientes acuerdos de acuerdo con las consideraciones recogidas en el debate anterior.
a.- Declaración de desierto del concurso convocado por el Ayuntamiento.
Miembros que de derecho integran la Comisión: 21 Votos a favor: 11
Votos en contra: 0 Abstenciones: 3
Abstenciones artículo 100.1 RD 2568/1986 de 28 de Noviembre: 7 Total de votos emitidos: 21
b.- Petición efectuada por el Grupo del PSOE de dejar sobre la mesa el expediente de concertación de un crédito por importe de 6.000.000 € mediante procedimiento negociado sin publicidad, para su mayor estudio.
Miembros que de derecho integran la Comisión: 21 Votos a favor: 3
Votos en contra: 11
Abstenciones artículo 100.1 RD 2568/1986 de 28 de Noviembre: 7 Total de votos emitidos: 21
c.- Aprobación de nueva tramitación del expediente de concertación de créditos mediante procedimiento negociado.
Miembros que de derecho integran la Comisión: 21 Votos a favor: 11
Votos en contra: 0 Abstenciones: 3
Abstenciones artículo 100.1 RD 2568/1986 de 28 de Noviembre: 7 Total de votos emitidos: 21
Por todo lo cual, el Pleno del Ayuntamiento de acuerdo con las votaciones arriba referenciadas, acordó:
PRIMERO.- Declarar desierta la licitación convocada por el Ayuntamiento xx Xxxxxxx con destino a la concertación de una operación de crédito por importe de
6.000.000 € al no cumplir las ofertas presentadas las determinaciones recogidas en el pliego de condiciones que rige la licitación.
SEGUNDO.- Aprobar la concertación de una operación de crédito por importe de 6.000.000,00 € mediante negociado sin publicidad y de conformidad con lo estipulado en las bases de ejecución del Presupuesto.
TERCERO.- Aprobar el expediente de contratación CON/22/2012 que regulará la licitación de la operación de crédito.
CUARTO.- Aprobar los pliegos de condiciones redactados y que se proceda a invitar a las entidades bancarias con sede en el municipio, en el plazo de 20 días naturales fijado en los pliegos de condiciones.
8.- DICTAMEN PROPUESTA DE CONCESION DE SUBVENCION NOMINATIVA POR IMPORTE DE 4500€ CON DESTINO A ACTIVIDADES DE VOLUNTARIADO. EXPTE SEC/335/2012
A la vista del expediente tramitado por este Ayuntamiento con destino a la concesión de una subvención por importe de 4.500 € a la Asociación de Jubilados y Pensionistas del Xxxxx xx Xxxxxxx con destino a la promoción de acciones de voluntariado, y considerando:
a.- Que por la característica de la actuación pretendida se estima que concurren especiales circunstancias que impiden la realización de convocatoria pública de subvenciones, pues como se señala en el informe de la Coordinadora de Servicios Sociales la Asociación beneficiaria es la referencia habitual para las personas xx Xxxxxxx que demandan este tipo de ayudas.
b.- Que se estiman que concurren circunstancias de interés social que justifican la concesión de la ayuda, dada el objeto de la misma, encontrándose los mismos explicitados y recogidos en el Convenio de colaboración redactado a tal fin.
c.- Que se ha incorporado al expediente informe de los Servicios Municipales.
d.- Que efectuada la apertura del turno de intervenciones se efectuaron las siguientes:
X. Xxxxxxx Xxxxxx, por el Equipo de Gobierno, dio cuenta al Pleno del contenido recogido en el presente punto del orden del día, justificando a tal efecto la propuesta dictaminada en Comisión informativa.
D. Xxxxxx Xxxxx, por el Grupo Municipal del PRC, señaló que en primer lugar quería agradecer la labor realizada por la Asociación y las personas vinculadas al voluntariado, manifestando que estaba conforme con la propuesta presentada ya que la misma se encuentra en la misma línea que las que efectúa su Grupo, finalizando tras señalar que en esta línea quedaba pendiente de concertar diversas cuestiones como son las propuestas relativas al Alzheimer y otros asuntos relacionados con las personas mayores siendo de su interés alcanzar los acuerdos oportunos a tal efecto.
No solicitándose la palabra por ningún otro Concejal, la Alcaldía dio por finalizado el debate sometiendo el Dictamen a votación siendo el mismo aprobado por unanimidad de los 14 Concejales presentes en la sesión.
Por todo lo cual, el Pleno del Ayuntamiento por unanimidad, acordó:
a.- Conceder a la Asociación de Jubilados y Pensionistas del Xxxxx xx Xxxxxxx una subvención de carácter directo por importe de 4.500 €, con destino a la realización de actuaciones de voluntariado, la cual se hará efectiva con cargo a la partida presupuestaria
920.480.00 “Otras subvenciones que se concedan”, del presupuesto del ejercicio 2012.
b.- Aprobar el convenio de colaboración entre el Ayuntamiento xx Xxxxxxx y la Asociación de Jubilados y Pensionistas xx Xxxxxxx y en el que se recogen las obligaciones de ejecución y justificación correspondientes a la subvención ahora concedida.
9.- DICTAMEN PROPUESTA DE CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES CON DESTINO A LA CONCESION DE AYUDAS EN MATERIA DE ADQUISICION DE LIBROS Y MATERIAL ESCOLAR. EXPTE SEC/345/2012
Tramitado por este Ayuntamiento expediente con destino a la aprobación de la convocatoria con destino a la concesión de ayudas para la adquisición de libros de texto y material escolar de educación infantil y primaria.
Vistos los informes obrantes en el expediente y considerando que la misma se sujeta a las determinaciones recogidas en la Ordenanza General de Subvenciones aprobadas por el Pleno de este Ayuntamiento en la sesión celebrada el día 30/08/12.
Abierto el turno de intervenciones se efectuaron las siguientes:
Por X. Xxxx Xxxx se dio cuenta de este punto justificando la propuesta que, señaló, que afecta a los 2.120 alumnos matriculados en educación infantil y a 1.199 de primaria.
D. Xxxxx Xxxxxx, por el Grupo Municipal de IU, vino a indicar que para su Grupo la gratuidad de la enseñanza es un principio fundamental, y en consecuencia no pueden estar de acuerdo en que se subvencione algo que debería ser gratuito, a tal efecto indicó que no entendía porque podría haber tanto miedo a hablar de gratuidad de los libros de texto cuando en otros lugares, en los que existen Gobiernos municipales del PP, los libros son gratis.
A juicio del Sr Portavoz se deben adoptar medidas que no son las propuestas, cierto es, señaló, que los libros de texto han incrementado su precio y que sube el número de niños posibles beneficiarios, pero eso es porque hay mas niños necesitados de ello y porque se han quitado subvenciones del Gobierno de Cantabria, por tanto lo que procede, según el Sr Portavoz, es cambiar el modelo, esto es; en vez de subvencionar a los padres lo que debe efectuarse es subvencionar a los colectivos que gestionan los libros, lo que sería una mejor solución, señaló que si se inciden en la gestión de los bancos de libros se estaría cambiando el modelo lo que ciertamente puede conllevar mas trabajo pero sería a la vez de mayor xxxxxx, terminando su intervención señalando que animaba al Equipo de Gobierno a que tomara ejemplo de otras Corporaciones cercanas que van en esa dirección.
D. Xxxxxxx Xxxxxx, por el Grupo Municipal del PRC, vino a indicar que hacía una valoración positiva por el hecho de la ampliación que se recoge en la convocatoria, señalando diversas deficiencias que entendia deberían subsanarse, como la existencia de un límite de 70.000 €, al considerar que la convocatoria debería quedar abierta, así como limitar los ingresos a 3 veces el IPREM, estimando que al menos debería ser de 3,5 veces dicho indicador, lo que parecería mas correcto teniendo en cuenta la situación económica actual, incidió igualmente en que sería bueno la creación de un banco de libros municipal que aunque fuera llevado por las AMPAS fuera coordinado o dirigido por el Ayuntamiento pudiendo destinar las ayudas a dichos colectivos.
X. Xxxx Xxxx, por el Equipo de Gobierno, vino a señalar que ciertamente le gustaría que todo fuera gratis pero que el dinero que se dispone es el que hay, incidió en que las bolsas de libros son gestionadas adecuadamente por las AMPAS y los Centros y en
consecuencia las becas en este ejercicio no se dirigen solo a libros, sino a material escolar y concluyendo que cuando existen dificultades especiales lo que se acude a las ayudas de urgente necesidad.
Señaló a continuación que no es posible establecer una convocatoria abierta, pues todos los gastos municipales deben encontrarse limitados en cuanto a su cuantía, no obstante la convocatoria prevé la posibilidad de incrementar los créditos destinados a la convocatoria sin nueva apertura de solicitudes, señaló igualmente que en lo que afecta a los ingresos de la unidad familiar debe existir siempre un límite y ciertamente con el propuesto las ayudas llegarán a familias con necesidades económicas, por último señaló que entendía que no debían ser los centros los encargados de conocer las necesidad familiares, si conocen las de los niños pero no necesariamente las de sus familias, en consecuencia estas situaciones deben ser atendidas desde los Servicios Sociales municipales que desarrollan en este aspecto adecuadamente su función.
En su turno de replica D. Xxxxx Xxxxxx, por el Grupo Municipal de IU, vino a indicar que entendía que no existía voluntad política de cambiar el modelo, manifestando que si bien entendía que debía existir límite en la convocatoria podría darse la paradoja de no gastar íntegramente la misma, y esto puede ser debido a que el límite de ingresos se ha fijado muy bajo.
Continuó el Sr Concejal indicando que existía un compromiso de puesta a disposición de un local para implantar un banco de libros , preguntándose si se disponía ya de ese local, y manifestando la predisposición de IU a colaborar en la creación y gestión del banco de libros, considerando que la misma es una cuestión de voluntad política que si no se intenta es imposible de desarrollar, finalizando su intervención tras indicar que consideraba que la falta de medios en la educación pública es debida a las ayudas que se conceden a la enseñanza privada.
X. Xxxxxxx Xxxxxx, por el Grupo Municipal del PRC, vino a puntualizar su intervención en cuanto al conocimiento de los equipos educativos en relación con la situación de los niños, indicando que no se refería a los de ropa o alimentación sino a la situación de si van aseados, si llevan los libros etc y por tanto se refieren a necesidades derivadas de la educación.
X. Xxxx Xxxx, por el Equipo de Gobierno, vino a indicar que no existe un compromiso del Equipo de Gobierno de facilitar el local a que se había referido el Sr Portavoz de IU, declarando que el Ayuntamiento xx Xxxxxxx no financia a los centros privados y contestando al Sr Portavoz del Grupo del PRC que entendía que los Equipos Directivos apreciaban la situación a que se refería el mismo, pero la misma no tenía mucho que ver con la compra de libros.
La Alcaldía cerro el debate tras incidir en la puntos planteados en el debate y reiterar que los casos que se aprecian de grave dificultad son atendidos a través de los ayudas de urgente necesidad.
No solicitándose la palabra por ningún otro Concejal, la Alcaldía dio por finalizado el debate sometiendo el Dictamen a votación siendo el resultado de la misma el siguiente:
Miembros que de derecho integran la Comisión: 21 Miembros presentes en el momento de la votación:14 Votos a favor: 13
Votos en contra: 1 Abstenciones: 0
Total de votos emitidos: 14
Por todo lo cual, el Pleno de la Corporación por trece votos a favor uno en contra y ninguna abstención, acordó:
Primero.- Aprobar la convocatoria de ayudas con destino a la concesión de libros de texto y material escolar de educación infantil y primaria , correspondientes al curso 2012- 2013.
Segundo.- Aprobar el gasto correspondiente a la presente convocatoria, en el importe máximo de 70.000 €, con cargo a la partida presupuestaria 320.481.00 del Presupuesto de Gastos del Ayuntamiento xx Xxxxxxx del ejercicio 2012.
Tercero.- Proceder a la exposición pública de la presente convocatoria al objeto de que por los interesados puedan presentarse las solicitudes correspondientes para su inclusión en la misma.
10.- DICTAMEN PROPUESTA DE CONCESION DE SUBVENCION CON DESTINO A LA FERIA DE LA XXXXXXX Y A LA FERIA DEL STOCK. EXPTE SEC/390/2012.
A la vista de las solicitudes presentadas con destino a la organización de la Feria de la Cerveza y de la Feria del Stock y considerando:
a.- Que es interés del Ayuntamiento favorecer el desarrollo de actuaciones promovidas por el comercio y la hostelería xx Xxxxxxx.
b.- Que dentro de las mismas el Ayuntamiento ha venido colaborando con las Asociaciones de Hosteleros y de Comerciantes con destino a la realización de diversas actuaciones programadas por las mismas.
c.- Que planteada la posible colaboración del Ayuntamiento en la realización de la Feria de la Cerveza y la del Stock se estima adecuado colaborar en dichos eventos, aportando a tal efecto medios municipales, así como subvencionando los gastos de infraestructuras que las mismas conllevan.
d.- Que a tal efecto y conforme establece la Ley 10/2006:
2. Las entregas a título gratuito de bienes y derechos se regirán por la legislación patrimonial. No obstante, se aplicará esta Ley cuando la ayuda consista en la entrega de bienes, derechos o servicios cuya adquisición se realice con la finalidad exclusiva de entregarlos a un tercero. En todo caso, la adquisición se someterá a la normativa sobre contratación de las Administraciones Públicas
e.- Que abierto el turno se intervenciones se efectuaron las siguientes:
X. Xxxx Xxxxxx Xxxx, por el Equipo de Gobierno, informó al Pleno de la Corporación sobre el contenido del presente punto y de la propuesta sometida a su consideración.
D. Xxxxxxx Xxxxxx, por el Grupo Municipal del PRC, vino a indicar en su intervención que su Grupo se encontraba a favor de la concesión de ayudas a los hosteleros y comerciantes xx Xxxxxxx, les parece correcto pero en su justa medida, por lo que entendía que era correcta la ayuda mediante la aportación de infraestructura como carpa, servicios municipales pero estaba en desacuerdo con que se subvencionasen eventos, finalizando su intervención señalando los problemas que se apreciaron en la instalación de las carpas estimando necesario que en estos casos se garanticen la adopción de medidas de seguridad necesarias.
X. Xxxxxx Xxxx, en su turno de contestación, vino a indicar que las subvenciones se destinan exclusivamente a infraestructuras y que no van a ser objeto de subvención las actuaciones , aunque si los gastos como equipo de sonido que son infraestructuras, ya que coincidiendo con las ferias se realizan actos culturales que también utilizan dichos medios.
Por último D. Xxxxxx Xxxx informó de las dificultades apreciadas con motivo de la instalación de la carpa y las medidas adoptadas a tal efecto para su subsanación.
No solicitándose la palabra por ningún otro Concejal, la Alcaldía dio por finalizado el debate sometiendo el dictamen a votación siendo el resultado de la misma el siguiente:
Miembros que de derecho integran la Comisión: 21 Miembros presentes en el momento de la votación: 14 Votos a favor: 11
Votos en contra: 0 Abstenciones: 3
Total de votos emitidos: 14
Por todo lo cual, el Pleno del Ayuntamiento por once votos a favor, ninguno en contra y tres abstenciones, acordó:
Primero.- Aprobar la concesión de una subvención por importe de 15.000 € con destino a la organización de la Feria de la Cerveza y la Fería del Stock.
Segundo.- La ayuda concedida se hará efectiva con cargo a la partida presupuestaria
434.226.12 “Área de promoción económica y de empleo” del presupuesto general del Ayuntamiento del año 2012.
Tercero.- Por el Ayuntamiento, con cargo a la subvención concedida, se harán efectivas de forma directa las facturas relativas a los gastos correspondientes a la instalación de carpas, eventos y servicios aportados al Ayuntamiento en el detalle recogido en el expediente y hasta la cuantía máxima indicada.
A la finalización del debate y votación del presente punto del orden del día abandono la sesión el Sr Concejal D. Xxxxx Xxxxxx del Rio.
11.- DAR CUENTA DE LAS RESOLUCIONES DE LA ALCALDÍA.
11.1. DAR CUENTA DE LAS RESOLUCIÓN DICTADAS POR LA ALCALDÍA DESDE LA ÚLTIMA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA
De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del RD 2568/1986 de 28 de Noviembre, se dio cuenta de que unido a la documentación correspondiente a la presente sesión se encontraban recogidas todas las Resoluciones de la Alcaldía efectuadas desde la última sesión celebrada por la Corporación.
El Pleno se dio por enterado.
11.2. DAR CUENTA DE LA RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA DE FECHA 25/09/2012 POR LA QUE SE CESA AL SECRETARIO DEL GRUPO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA Y SE NOMBRA NUEVO SECRETARIO, A PROPUESTA DEL CITADO GRUPO MUNICIPAL
De conformidad con lo establecido en el artículo 13.4 del RD 2568/1986 de 28 de Noviembre, se dio cuenta de la Resolución de la Alcaldía de fecha 25/09/12 por la que se efectúa cese del cargo de Secretario del Grupo Municipal de IU y nuevo nombramiento del mismo a favor de D. XXXX XXXXXX XXXXX XX XX XXXXXXXX.
12º.- MOCIONES.
Por la Alcaldía se dio cuenta de este punto preguntando a los Grupos Municipales si deseaban presentar alguna moción para, tras su previa inclusión en el orden del día tras declaración de urgencia, si así procediese, tratar y debatir las mismas, manifestando a tal efecto el Sr Portavoz del Grupo Municipal del PRC que deseaba presentar una, procediendo a continuación la Alcaldía a la apertura de la tramitación de la declaración de urgencia de las mociones, siguiendo el orden de su presentación, sometiendo en primer lugar a votación la inclusión en el orden del día , para pasar a continuación al debate y votación de estas, si así procediese.
PRIMERA.- MOCION PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL DEL P.R.C RELATIVA A LA CREACION DE UNA PARTDIA PRESUPUESTARIA DENOMINADA PROVISION FONDO DE PENSIONES EN DESARROLLO DEL RD LYE 20/2012.
Por X. Xxxxxx Xxxxx, por el Grupo Municipal del PRC, se dio lectura a la moción presentada justificando la urgencia de la misma en las medidas derivadas de la aplicación del RD Ley 20/2012.
Sometida a votación la petición de declaración de urgencia con carácter previo a su debate y votación por el Pleno del Ayuntamiento, siendo el resultado de esta el siguiente:
Concejales que integran la Corporación: 21 Concejales presentes: 13
Votos a favor: 2 Votos en contra: 0 Abstenciones: 11
No alcanzando el quórum de mayoría absoluta exigida en el artículo 83 del RD 2568/1986 de 28 de noviembre, quedó decaída la solicitud de declaración de urgencia para la inclusión de este punto en el orden del día de la presente sesión del Pleno de la Corporación.
13º.-XXXXXX Y PREGUNTAS.-
Por X. Xxxxxxx Xxxxxx, en representación del Grupo Municipal del PRC, se indicó que como había señalado en el Pleno anterior existían una serie de ruegos y preguntas que aún no habían sido contestado, por lo que reiteraba las mismas que se concretan en el siguiente detalle:
En el apartado de ruegos se efectuaron los siguientes:
1º.- Rogamos que se vigile la limpieza de las calles, sobre todo por el incremento de excrementos de animales en las últimas semanas.
2º.- Rogamos la planificación de los trabajos de limpieza de las alcantarillas antes de que comience la época de las lluvias..
En el apartado de preguntas se reiteraron las siguientes efectuadas en Plenos anteriores:
Pleno_25_08_2011:
A la vista del mal estado que presentan desde hace tiempo tanto los accesos y viales del Polígono xx Xxxx como el aparcamiento del Centro Cultural La Vidriera, ¿qué acciones se han puesto en marcha desde del Ayuntamiento xx Xxxxxxx sobre este tema?
Pleno_29_09_2011:
1º.- Sr. Alcalde, ¿qué cantidad de horas extras y que importe se ha pagado por ellas desde el 1 de enero hasta el 31 xx xxxxxx de 2011 a los miembros de la Policía Local?
¿Xxxxxxx cumple con la ratio de policía local por habitante?
2º.- Mediante Resolución de Alcaldía de fecha 8 xx xxxxxx de 2011, se declaró resuelto el contrato privado de arrendamiento de terreno con destino a depósito de vehículos (Expte. SEC/11/2008), con efectos desde el día 1 de julio de 2011. Sr. Alcalde, desde ese momento hasta el día de la fecha ¿a dónde se están llevando los vehículos que es necesario retirar de las vías públicas?
Pleno_26_01_2012:
Sr. Alcalde, ¿la calle Xxxx Xxxxxxxx es en su totalidad propiedad municipal? Y si no es así, ¿nos podría decir hasta que punto exacto de dicha calle es propiedad municipal y/o
si tiene el Ayuntamiento concedida alguna cesión de uso en el resto de la calle? Rogamos se nos conteste por escrito a esta pregunta.
Pleno_26_04_12:
1º.- Sr. Alcalde, varios vecinos nos han hecho llegar sus quejas por la retirada de varios bancos en diversas calles del Municipio, ¿a qué se debe?, ¿se van a colocar de nuevo?
2º.- Sr. Alcalde, a día de la fecha seguimos sin recibir contestación a la pregunta que efectuamos en el Pleno de 29 de septiembre de 2011 relativa al lugar en el que se están guardando los vehículos que se retiran de las calles, motivo por el cual reiteramos la misma:
¿Dónde está guardando el Ayuntamiento los vehículos retirados de las calles?
Pleno_28_06_2012:
1º.- Por todos es sabido que el Proyecto de Soterramiento del Ferrocarril es estratégico para el Municipio xx Xxxxxxx y condiciona el desarrollo y planificación urbanística, social y medioambiental del mismo, máxime en este momento en el que al parecer estamos inmersos en la elaboración de un nuevo Plan General de Ordenación Urbana.
¿Piensa el Sr. Alcalde realizar de manera inmediata alguna gestión con el Ministerio Fomento para conocer la posición definitiva del gobierno central respecto al Proyecto de Integración del Ferrocarril en Xxxxxxx? ¿Han conseguido algún compromiso con la Ministra de Fomento tras su reciente visita?
2º.- Sr. Alcalde, ¿por qué se retiró la fuente del Parque Xxxxxxx Xxxxxxx? ¿Dónde la van a reubicar?
Por otra parte el Sr Concejal efectúa las siguientes preguntas, no incluidas en el apartado anterior, para su contestación por la Alcaldia:
1º.- Es nuestra obligación salvaguardar la salud de nuestros vecinos y nos encontramos con la posibilidad cierta de que la población de nuestro municipio esté soportando niveles de emisiones electromagnéticas que ponen en riesgo su salud, por ello queremos hacer las siguientes preguntas:
¿Qué medidas ha adoptado el ayuntamiento, si ha adoptado alguna, para el control de la contaminación electromagnética en nuestro municipio?
Respecto a las subestaciones, transformadores eléctricos y líneas de alta y media tensión, ¿tiene intención el grupo de gobierno de realizar algún plan de soterramiento de las mismas?
2º.- Sr. Alcalde, ¿nos puede decir cual es el motivo de que siga cerrada al público la zona denominada Áreas para la vida, situada detrás de Macro?
3º.- Varios vecinos nos han mostrado su preocupación por el aumento alarmante de robos que se están produciendo últimamente en el municipio. Sr. Xxxxxxx, cómo responsable directo de la policía ¿tomará alguna medida al respecto?
Por la Alcaldía se contestó al Sr Concejal indicando que se alegrará de que se presentarán ya las preguntas que se había reiterado en el anterior Pleno por el Grupo del PRC que faltaban por contestar, manifestando que analizarían si las mismas se encuentran o no contestadas para en su caso efectuarlo.
En lo que se refiere a la última pregunta efectuada la Alcaldía indicó que de acuerdo con los datos que son facilitados desde la Jefatura de la Policía Local el Ayuntamiento xx Xxxxxxx es privilegiado en materia de seguridad ciudadana, por cuanto si bien existe un ligero incremento en este apartado en el estado y en la región, se podía afirmar que Xxxxxxx es uno de los municipios mas seguros, indicando que en todo caso lo que se produce es una mayor cargo en el computo estadístico como consecuencia de la existencia en el municipio de grandes superficies en los que se producen pequeños hurtos que afectan a la estadística, e indicando que no existía por su parte ninguna objeción para invitar al Sr Concejal a una reunión con el Sr Jefe de la Policía Local para conocer el estado actual de la seguridad ciudadana en Xxxxxxx.
En cuanto a la pregunta relacionada con la Fundación Naturaleza y Xxxxxx señaló que no entendía como se había suscrito un contrato con una duración tan larga, si bien manifestó que espera que pudiera llegarse a un acuerdo con la misma para desbloquear la situación.
Por último la Alcaldía señaló que en lo que se refiere a la pregunta relativa a la contaminación electromagnética daría contestación posteriormente por cuanto actualmente carecía de datos para poder efectuarlo.
No habiendo mas asuntos que tratar, por la Alcaldía se levantó la sesión siendo las
21.15 horas del día 1 de Octubre de 2012, de todo lo cual yo, el Secretario, doy fe.
Fdo: Xxxx Xxxx Xx Xxxxxxx Xxxxxxxx.
Xx Xxxxxxxxxx
Xxx; Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx
El Alcalde-Presidente