BORRADOR DE PLIEGO TÉCNICO PARA CONTRATACIÓN DE TV LOCAL
BORRADOR XX XXXXXX TÉCNICO PARA CONTRATACIÓN DE TV LOCAL
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES DEL SERVICIO DE REDACCIÓN, EDICIÓN Y PROGRAMACIÓN Y LA DIRECCIÓN TÉCNICA DE LA “TELEVISIÓN LOCAL DE ________”.
1. OBJETO DE LAS PRESCRIPCIONES
El presente pliego tiene como finalidad establecer las prescripciones técnicas del contrato que se desglosa en los siguientes servicios: REDACCIÓN, EDICIÓN, PROGRAMACIÓN Y LA DIRECCIÓN TÉCNICA DE LA TELEVISIÓN LOCAL DE ____.
En la cláusula siguiente se describen las características y los aspectos básicos de los servicios.
2. CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO QUE SE CONTRATO
2.1. MEDIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUALES: SERVICIO DE TELEVISIÓN MUNICIPAL
El servicio consistirá en la realización, edición y emisión de la programación de Televisión Local de _______, en las instalaciones y maquinaria del Ayuntamiento incorporando la empresa adjudicataria el personal necesario para la prestación del servicio. Este personal no tendrá ninguna relación laboral y funcionarial con el Ayuntamiento siendo a cargo de la empresa su remuneración.
Los contenidos de la emisión serán los siguientes:
Las emisiones serán de lunes a viernes. El sábado y domingo se hará una repetición de los contenidos de la semana. La duración mínima de los programas será como mínimo de 60 minutos diarios.
Entre los contenidos estarán los informativos, espacios monográficos como emisiones de actos culturales: conciertos, exposiciones, teatro... programas deportivos, entrevistas a personajes de actualidad.
Las sesiones plenarias del Ayuntamiento se retransmitirán íntegramente por la televisión.
El contenido viene determinado por la propuesta de programación que tratará necesariamente de información local de Barbastro, reservándose la Comisión de Cultura su supervisión.
2.2 MEDIOS DE COMUNICACIÓN POR INTERNET Y GESTIÓN DE REDES SOCIALES
Televisión Local de _____ por internet. Producción y mantenimiento de la programación de la televisión en la red, adaptando sus emisiones al formato electrónico.
2.3 APOYO AL GABINETE DE PRENSA MUNICIPAL Y PROTOCOLO
Atención a los medios de comunicación en ruedas de prensa y convocatorias. Realización Fotográfica en los actos institucionales.
3. PUBLICIDAD EN TELEVISIÓN LOCAL DE BARBASTRO
La publicidad será gestionada por la empresa adjudicataria, el Ayuntamiento se reserva la posibilidad de supervisar el contenido de esta publicidad, siendo el beneficiario la empresa adjudicataria. En cualquier caso, no se podrá admitir publicidad que fomente el racismo, la xenofobia, la violencia y que atente contra cualquiera derecho fundamental de la Constitución Española.
No se admitirá, en ningún caso, publicidad de carácter político. En la Televisión Local de ____ la publicidad no podrá exceder de ___ del total de la programación diaria.
4. PERSONAL QUE LA EMPRESA ADJUDICATARIA DEBERÁ ADSCRIBIR AL SERVICIO.
La empresa adjudicataria debe incorporar a su plantilla el personal adscrito al servicio con las características siguientes:
En lo concerniente al personal a aportar por la empresa adjudicataria, los periodistas deberán acreditar experiencia profesional de periodismo acreditado con certificaciones de las empresas donde haya desarrollado sus servicios y deberán ser licenciados en Ciencias de la Información/Comunicación Audiovisual.
Al menos una de las personas deberá acreditar experiencia en maquetación y diseño, así como en nuevas tecnologías de la información y comunicación.
Los técnicos de imagen y sonido (fotógrafos y cámaras) deberán acreditar experiencia profesional o haber cursado al menos la formación profesional en imagen y sonido.
El director de la televisión deberá reunir los siguientes requisitos: Titulado universitario superior en Periodismo o Comunicación Audiovisual, así como contar con el título de máster o postgrado en Dirección de Comunicación. Esta persona llevará la dirección de la televisión y la coordinación con el Ayuntamiento.
No obstante, con la finalidad de garantizar y contribuir al principio de estabilidad en la ocupación, la empresa adjudicataria vendrá obligada a subrogar al personal que venía prestando el servicio, datos de los cuales figuran en anexo a este pliego, todo de acuerdo con el convenio colectivo de aplicación.
5. REALIZACIÓN E INSPECCIÓN DEL SERVICIO
A. El servicio se realizará con sujeción estricta a las cláusulas estipuladas en el contrato.
B. El Ayuntamiento se reserva mediante la Comisión de Cultura la posibilidad de supervisión e inspección del servicio.
6. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
Con carácter general el adjudicatario tendrá tanto las obligaciones impuestas en el presente pliego por el otorgamiento del contrato como las aceptadas por administración en virtud de las mejoras presentadas por los licitadores en la proposición de ofertas que vincularán al adjudicatario durante la vigencia del contrato.
Serán obligaciones del adjudicatario:
A) La gestión de todos los puntos con las características generales enumeradas en la cláusula segunda de este pliego.
B) El cumplimiento de las disposiciones legales, de trabajo, previsión y seguridad social en todos los aspectos, y quedará exenta la Corporación contratante de cualquiera responsabilidad de estas normas y otras infracciones de carácter laboral que cometa el contratista. El contratista asume los derechos laborales de los trabajadores estipulados en el Anexo de este pliego de condiciones.
C) Serán a cargo del contratista todos los impuestos, tasas, tributos estatales, de la Comunidad Autónoma o provinciales y municipales que graven la actividad y medio materiales sobre los que recae la prestación del servicio objeto de este contrato y en concreto el IVA.
D) El contratista no podrá ceder los derechos que se deriven del contrato sin autorización de Ayuntamiento, el cual lo otorgará si concurren las condiciones legales por el otorgamiento y en consideración a las condiciones que oferte el posible contratista y podrá hasta establecer garantías adicionales por la autorización de la cesión.
E) Irán a cargo del contratista todos los gastos que origine la prestación del servicio.
F) El contratista se compromete a prestar el servicio con la regularidad y continuidad requerida.
G) La empresa está obligada a elaborar una memoria anual que recoja como mínimo: horas de programación, título de la programación, contenido, horas y contenidos de los de anuncios…
H) La empresa adjudicataria debe elaborar un archivo ordenado del material audiovisual de la Televisión Local de ______ y que se depositará en las dependencias que designe el Ayuntamiento. La empresa adjudicataria deberá colaborar con la persona que se designe por parte del Ayuntamiento en la confección de un archivo de contenidos.
J) La empresa viene obligada al cumplimiento de la legislación vigente de tratamiento de datos de carácter personal (LOPD y su Reglamento).
E) La empresa viene obligada a satisfacer las cantidades correspondientes a las sociedades de gestión de derechos de autor: SGAE, AGEDI, AIE.
Constituirán obligaciones municipales con los correlativos derechos a favor del contratista las siguientes:
A) Abono puntual al contratista de las cantidades adeudadas por la ejecución del servicio.
B) Asistirlo en los impedimentos que se puedan presentar para la correcta prestación del servicio.
7. RÉGIMEN DE INFRACCIONS Y SANCIONES A APLICAR
Las infracciones que pueda cometer el adjudicatario se clasificarán en muy graves, graves y leves.
A) Se considerarán infracciones muy graves:
1) La demora en el comienzo de la prestación de los servicios superior a una semana sobre la fecha prevista excepto que haya causas de fuerza mayor.
2) Paralizaciones o interrupciones en la prestación del servicio por más de 24 horas, excepto que concurra la misma causa del punto anterior.
3) La prestación manifiestamente defectuosa o irregular del servicio con incumplimiento de las condiciones establecidas o que el adjudicatario haya ofertado.
4) Cesión total o parcial del servicio sin autorización expresa por parte del Ayuntamiento.
5) El cese por parte del contratista o empresa adjudicataria sin que concurran circunstancias legales que la hagan legítima.
6) La percepción por parte del contratista de cualquiera remuneración o canon por parte de los usuarios del servicio que no estén autorizadas a excepción del rendimiento publicitario.
B) Infracciones graves. Tendrán la consideración de infracciones graves:
1) Incumplimientos de acuerdos o decisiones municipales sobre variaciones de detalle de los servicios que no impliquen gastos para el contratista.
2) Irregularidades inadmisibles en la prestación de los servicios de acuerdo con las condiciones fijadas en el presente pliego.
3) La reiteración en la comisión xx xxxxxx leves.
C) Infracciones leves. Se considerarán infracciones leves todas las previstas que no estado anteriormente y que vulneren las condiciones establecidas en este pliego en perjuicio leve de los servicios.
Las sanciones que podrá imponer la corporación al contratista serán las siguientes:
Por la comisión de infracciones calificadas de muy graves multas de ______ € diarias.
La comisión de dos infracciones muy graves podrá ser sancionada con la rescisión del contrato, confiscación de la garantía e indemnización de daños y perjuicios
B) Las infracciones graves se sancionarán con multas de ____ diarias. La comisión de cinco infracciones graves podrá ser sancionada con la rescisión del contrato, confiscación de la fianza e indemnización de daños y perjuicios.
C) Las infracciones leves se sancionarán con multa de _______ € diarias.
La imposición de sanciones requerirá la incoación del oportuno expediente y actuará de instructor el alcalde o por concejal delegado y el secretario de la corporación o funcionario en quien delegue.
En el mencionado expediente se dará audiencia al contratista; asimismo se practicará la información y prueba necesaria para la justificación de los hechos y se observarán las garantías jurídico-administrativas en todo aquello que resulte aplicable.
La resolución del expediente compete: A la Alcaldía cuando se trate de sancionar infracciones graves y leves. Al Ayuntamiento en Pleno si concurre la existencia de infracciones muy graves o cinco graves acumuladas. El importe de las sanciones económicas podrá ser descontado por la administración municipal al adjudicatario con carácter subsidiario al percibir el importe periódico del servicio que preste, pero preferentemente se cargará sobre la garantía constituida y será necesario que el contratista reponga el importe en su totalidad inicial en el plazo de quince días.
7. DURACIÓN DEL CONTRATO
El contrato tendrá una duración inicial de ___ años, contados a partir de la formalización del contrato, si bien podrá ser prorrogado de año en año hasta __ por mutuo acuerdo de las partes contratantes de forma expresa manifestado con tres meses de finalización de cada período contractual.
El máximo de años que podrá tener el contrato será de ___ años. A partir del segundo año el importe de este contrato se actualizará según varíe el Índice de Precios al Consumo sobre la base prevista en la LCSP.
8. IMPORTE DEL CONTRATO
El precio máximo anual del contrato será de _________ € más IVA.