POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS EN COLOMBIA
POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS EN COLOMBIA
1. Información general
1.1. Procedimientos y políticas del Asociado
1.2. Asociado independiente
1.3. Contrato y solicitud de Asociado/Números de
identificación
1.4. Constitución de una compañía, asociación o fideicomiso
1.5. Combinación de un contrato con terceros con su
actividad comercial Mannatech
1.6. Responsabilidades con su organización de línea
descendente
1.7. Terminación voluntaria de la Compañía
2. Manejo de su actividad comercial, uso de Internet, ventas de productos e inscripción
2.1. Publicidad
2.2. Anuncios clasificados
2.3. Publicidad en directorios telefónicos
2.4. Cómo contestar el teléfono
2.5. Papelería de la actividad comercial
2.6. Utilización del nombre, logotipo o marcas de la
2.22. Promoción de los productos para el uso animal
2.23. Tergiversación de la imagen de la Compañía
2.24. Tergiversación de los ingresos y del plan de Compensación y xx Xxxxxxx
2.25. Tergiversaciones y declaraciones sobre los productos
2.26. Eventos de la Compañía
2.27. Cumplimiento con el acuerdo del OAG
2.28. Conductas perjudiciales hacia Mannatech
3. Políticas internacionales
3.1. Cómo operar la actividad comercial
internacionalmente
3.2. Obsequio de productos
3.3. Patrocinio internacional
3.4. País de reubicación
4. Reglas comerciales para el patrocinio
4.1. Derecho a escoger el patrocinio
4.2. Incentivos de selección de un patrocinador diferente
4.3. Información sobre el reclutador y el patrocinador
5. Operaciones, pedidos, devolución de productos, reembolsos y envíos
5.1. Opciones de pedidos
5.2. Pedidos por correo
5.3. Pedidos automáticos
5.4. Reservado para expansión futura
5.5. Opciones de pago
5.6. Cheques devueltos
5.7. Tarjetas de crédito
5.8. Impuestos a las ventas
5.9. Compra para uso propio (Requisitos de inventario)
5.10. Producto acumulado
5.11. La regla del 70%
5.12. Reemplazo de productos defectuosos
2.7.
2.8.
compañía
Creación, uso y divulgación de los materiales de
terceros
4.4. Modificación de las líneas de patrocinio
4.5. Venta o transferencia de una posición de un
5.13. Garantía de satisfacción
6. Leyes, regulaciones y procedimientos
Declaraciones sobre los productos
2.9. Reproducción de materiales educativos y
promocionales aprobados
2.10. Uso de las patentes de Mannatech en la promoción
de los productos Mannatech
2.11. Registro de las reuniones presenciales y teleconferencias
2.12. Utilización de testimonios
2.13. Utilización de medios de venta en línea
2.14. Reservado para expansión futura
2.15. Uso y registro de sitios Web en Internet, medios electrónicos y marcas de la compañía
2.16. Lineamientos del sitio Web de la Compañía
2.17. Correspondencia a través del correo electrónico
2.18. Trasmisión de fax
2.19. Contacto con los medios
2.20. Ferias y exposiciones comerciales
2.21. Ventas al por menor
Asociado
4.6. Herencia de las posiciones de los Asociados
4.7. Posiciones múltiples
4.8. Xxxxxxxxxx xxxxxxx de los cónyuges y familiares
4.9. Renovaciones
4.10. Informes de línea descendente
4.11. Información confidencial de propiedad exclusiva de la compañía/Informes suministrados a los Asociados
4.12. Períodos comerciales
4.13. Impuestos sobre la renta
4.14. Solicitudes de investigación de comisiones
disciplinarios
6.1. Modificaciones a las políticas y procedimientos
6.2. Eliminación de políticas y procedimientos
6.3. Cesión
6.4. Leyes gubernamentales
6.5. Contactos con entes reguladores gubernamentales
6.6. Personal militar
6.7. Esta sección dejada intencionadamente en blanco
6.8. Requisitos para la capacitación en materia de reglamentación
6.9. Monitoreo de reuniones
6.10. Reporte de incumplimientos
6.11. Resolución de disputas
6.12. Procedimiento disciplinario
6.13. Procedimiento de apelación disciplinaria
6.14. Terminación del contrato por parte de la Compañía
6.15. Efectos de la terminación
6.16. Sanciones
6.17. Readmisión luego de la terminación por parte de la Compañía
6.18. Indemnización
6.19. Arbitraje y leyes aplicables
Exención
Índice de actualizaciones de 2013
1. Información general
1.1. Procedimientos y políticas del Asociado
Los procedimientos y políticas del Asociado (“Políticas y Procedimientos”) son una parte integral del Contrato y de la Solicitud de Asociado de Mannatech (“Solicitud”) (en lo sucesivo denominada de forma colectiva como “Contrato”). Como Asociado Independiente, usted deberá cumplir
con todos los términos y condiciones establecidos por Mannatech, Incorporated (en lo sucesivo denominada como la “Compañía”) dentro de las Políticas y Procedimientos, el Contrato y Solicitud de Asociado, el Plan de Compensación y xx Xxxxxxx, todas las disposiciones indicadas en los formularios elaborados por Mannatech y todos los anuncios de la Compañía, así como honrar todas las regulaciones y leyes aplicables en la ciudad, país u otra subdivisión política donde habite y en la que funcione su actividad comercial Mannatech. Sírvase estudiar este documento cuidadosamente. Cada Asociado Independiente Mannatech (el “Asociado”) tiene la responsabilidad de cumplir con el Contrato y las Políticas y Procedimientos. Las Políticas y Procedimientos se aplican a todos los Asociados
y serán aplicadas como tal. El incumplimiento someterá al Asociado al Procedimiento de Administración de Cumplimiento y a cualquier sanción disciplinaria asociada impuesta por dicho Procedimiento. La Junta Directiva (“Junta”) se reserva el derecho de renunciar a cualesquiera reglas incorporadas en los contenidos del presente como considere apropiado sin explicación alguna.
1.2. Asociado independiente
“Asociado” es un término utilizado para describir un distribuidor independiente. Un distribuidor independiente es un Asociado que adquiere productos de la Compañía para él o ella y/o para la venta al detal a los consumidores y obtiene participaciones a través del Plan de Compensación y xx Xxxxxxx al cumplir con una serie de requisitos
de volumen. Como Asociado Independiente, usted
tiene los siguientes derechos y responsabilidades:
1.2.1. Ganar participaciones y bonos sobre las ventas de los productos de la Compañía en Colombia y en cualquier otro país de operación tal y como se define en la Sección 3 en el que Mannatech tiene su actividad comercial.
1.2.2. 1.2.2. Para todos los efectos, usted es un colaborador independiente, incluyendo para fines legales y fines impositivos gubernamentales. No existe una relación empleador/empleado, relación de asociación, agencia o empresa mixta entre un Asociado y la Compañía. Los Asociados establecen sus horas comerciales y determinan sus propios métodos de órdenes de compra.
Los Asociados son los únicos responsables de pagar todos los impuestos o aranceles
requeridos por ley, incluyendo el impuesto sobre la renta, las contribuciones al seguro social y el informe pertinente, la presentación y el pago de impuestos sobre las ventas y sobre los bonos, participaciones e incentivos. Deberá mantener los registros adecuados necesarios para garantizar la evaluación y el pago adecuados de cualesquiera impuestos y aranceles.
1.2.2.1. La DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia) exige que declaremos sus ingresos anuales que excedan una cantidad de valor en pesos.
1.2.3. No podrá vincular a la Compañía o incurrir en deuda alguna o gasto a nombre de la Compañía o abrir una cuenta corriente a nombre de la Compañía, para ésta o en representación de la misma.
1.2.4. La Compañía no será responsable por las deudas y obligaciones en las que usted pueda incurrir, ya sea o no que dichas obligaciones se adquieran durante la vigencia de este Contrato.
1.2.5. Siempre se deberá identificar como un “Asociado Independiente” en todas las comunicaciones orales y escritas.
1.2.6. La Compañía tiene derecho a solicitar información sobre su actividad comercial y la línea descendente para garantizar el cumplimiento del Contrato.
1.2.7. Usted no obtiene bonos sobre sus propias compras de productos personales y debe saber
que los bonos, participaciones e incentivos únicamente se pagan sobre las ventas de los productos. No se pagarán o recibirán beneficios o bonos únicamente por patrocinar a otros Asociados en el Plan de Compensación y xx
Xxxxxxx, y no se garantizarán ingresos por la simple participación en el Plan de Compensación y xx Xxxxxxx.
1.2.8. Su actividad comercial deberá realizarse de conformidad con las leyes y/o regulaciones aplicables.
1.2.9. No podrá promover o vender a los Asociados existentes o Asociados potenciales productos, servicios u oportunidades que no sean directamente elaborados o aprobados por la Compañía ya sea en una presentación de la Compañía, evento de capacitación o de otra manera establecido en la Sección 4.9.
1.2.10. No podrá utilizar los servicios de un Asociado que haya sido despedido por la Compañía, o cualquier Accionista, Miembro o Socio de dicho Asociado despedido, conjuntamente con su negocio Mannatech.
1.2.11. No podrá utilizar los servicios de una persona,
ya sea que actúe como su agente o en
su representación, que la Compañía haya determinado que actúa en incumplimiento de estas Políticas y Procedimientos.
1.2.12. No podrá fungir como ejecutivo, líder o empleado de MannaRelief mientras usted sea un Asociado Independiente de Mannatech.
1.3. Contrato y Solicitud de Asociado/ Números de Identificación
1.3.1. Cualquier persona, compañía u otra institución que desee una condición de Asociado Independiente deberá rellenar el Contrato y la Solicitud de Asociado de la Compañía. La Compañía se reserva el derecho de rechazar la aceptación de cualquier solicitante potencial sin explicación y a su sola discreción. Todas las cuentas deberán tener un nombre de contacto válido (una persona natural domiciliada en el país de operación en la que
se presente la solicitud) y un número telefónico mencionado en la cuenta. Las cuentas presentadas con información falsa inmediatamente serán canceladas y la persona que reclutó la cuenta se verá sometida a una acción legal y/o disciplinaria.
1.3.2. La Compañía rechazará cualquier solicitud, a su sola discreción, en caso de que el solicitante potencial no suministre esta información.
Los solicitantes que elijan no suministrar
la información podrán inscribirse como un Miembro. Los asociados que no tengan 18 años o más deberán unirse a un distribuidor con su(s) padre(s) o representante(s). El padre o representante deberá firmar personalmente
todos los contratos pertinentes de Mannatech y reconocimientos como cotitulares. En caso de que se verifique que un Asociado no tenga 18 años,
la relación comercial finalizará inmediatamente a menos que un padre o representante asuma la responsabilidad por la actividad comercial del menor con la Compañía y provea una indemnización (MOD 1802041), o si el menor de edad ha sido emancipado por una orden de un juez o a menos que la ley lo disponga de otra forma.
1.3.3. La Compañía deberá recibir (por correo, fax o en línea) en Bogotá Colombia, el Contrato y la
Solicitud de Asociado completo y firmado (por el solicitante potencial) en su totalidad. El Contrato no se hará efectivo hasta que sea aceptado por la Compañía y se le haya asignado un número de cuenta. No se podrán obtener participaciones, bonos o incentivos hasta que la Compañía reciba los documentos válidos y/o la documentación
de soporte de la solicitud (que incluye pero no se limita al contrato firmado y los términos y condiciones, el formulario de consentimiento del
menor o los formularios comerciales, corporativos, de asociación o de fideicomiso) En caso de
que no se reciban los documentos solicitados, la documentación de soporte y los formularios dentro de los treinta (30) días siguientes a la
inscripción, la cuenta estará sujeta a la terminación
automática.
1.3.4. Una vez que la Compañía realice la aceptación de la Solicitud, se le asignará un “Número de Cuenta” de la compañía que servirá como su número de identificación oficial cuando patrocine a nuevos asociados o haga la colocación de las órdenes de productos.
1.3.5. Deberá informar sobre los cambios a su cuenta, propietario único, nombre o dirección del Asociado a la Compañía dentro de los catorce
(14) días del cambio. Si el cambio tiene un error evidente, un dígito invertido o una entrada incompleta en un nombre o dirección, este cambio se podrá hacer por teléfono.
1.3.6. Si usted presenta una información falsa a la Compañía, podrá estar sujeto a la finalización comercial inmediata. En caso de presentar firmas falsificadas o información falsa en cualquiera de los formularios de Mannatech para usted o a nombre de otra persona sin el consentimiento expreso por escrito del Asociado y/o la persona que concede el permiso, su Contrato podrá estar sujeto a la terminación inmediata.
1.3.7. Un Asociado nuevo podrá realizar una solicitud por teléfono. Sin embargo, la Compañía deberá recibir un Contrato y una Solicitud firmados o un Formulario de firmas para la Solicitud por
teléfono (MOD 0000000) de todos los Asociados nuevos dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de inscripción. Si el contrato firmado
o el formulario de firma no se recibe dentro de los treinta (30) días, la cuenta estará sujeta a la terminación inmediata. Véase la Sección 1.3.3 y 1.4.1.
1.3.8. Usted será el único responsable de registrar y/u obtener las licencias en las ciudades, estados o provincias exigidas para vender los productos de la Compañía.
1.4. Constitución de una compañía, asociación o fideicomiso
1.4.1. Si su solicitud está a nombre de una empresa, asociación o fideicomiso, deberá identificar a los accionistas, ejecutivos y directivos de su entidad empresarial, de asociación o de fideicomiso rellenando el Formulario C-1 (MOD 1806441), Divulgación de Asociaciones (MOD 1808441) o Divulgación de Empresa (institución, organización, asociación, etc.) Miembros o un Formulario C-1
(a) (MOD 1806341), Divulgación de Miembros del Fideicomiso. Todos los ejecutivos y directivos de la Compañía o Asociación deberán suministrar una Declaración de garantía e indemnización (Formulario C-2 o Formulario C-2 [a]), respectivamente a la Compañía en el momento en que se presente el Contrato y la Solicitud de Asociado.
Los formularios de divulgación pertinentes
deberán ser presentados a la Compañía dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de inscripción. En caso de que los formularios no se reciban dentro de los treinta (30) días, la cuenta estará sujeta a la terminación inmediata. Véase la sección 1.3.3.
1.4.2. El Contrato y la Solicitud de Asociado no se podrá procesar sin todos los anexos adecuados. En
caso de que la entidad comercial agregue nuevos ejecutivos y/o directivos, se deberá completar otra Declaración de garantía e indemnización (Formulario C-2 o Formulario C-2 [a]) y presentarlo a la Compañía. Usted deberá notificar a la
Compañía los cambios de los socios, beneficiarios, fideicomisarios, directivos o ejecutivos por individual dentro de los catorce días del cambio.
1.4.3. Usted no podrá utilizar el nombre “Mannatech” o cualquiera de sus productos o nombres comerciales en el nombre de su negocio que pudieran confundirse con la Compañía. La Compañía se reserva el derecho de aprobar
o rechazar su cambio de nombre comercial (“nombre DBA”) en caso de que resulte ofensivo
o esté en conflicto con sus nombres comerciales, marcas, marcas de servicio o el derecho en inglés. Si la Compañía aprueba dicho cambio, el nombre de la organización y los nombres de los directivos de la organización deberán aparecer en el Formulario de Cambio de Información del Asociado o un formulario de divulgación con
la Garantía de Indemnización firmada. Véase la Sección 2.6.1.
1.5. Combinación de un contrato con terceros con su actividad comercial Mannatech
1.5.1. Un “tercero” incluye, pero no se limita a, otro Asociado Independiente o a una persona o compañía no relacionada que ofrece servicios de desarrollo comercial o bienes y servicios relacionados o no relacionados.
1.5.2. La Compañía no apoya o permite representaciones, garantías u otras representaciones de ingresos de terceras personas para establecer su organización de línea descendente. Por otra parte, la Compañía no permite a ninguna tercera persona o compañía que realice declaraciones de ingresos a través del uso de asistencia en ventas de terceros.
1.5.3. Si elige celebrar un contrato con un tercero, lo hará a su propio riesgo. La Compañía no estará vinculada por dicho acuerdo o contrato. La Compañía no le reembolsará los costos incurridos como resultado del acuerdo o contrato antes descrito.
1.5.4. Usted no podrá celebrar contratos con terceros que combinen aspectos de la actividad comercial de la Compañía, tal y como haya sido presentada por la Compañía, con otra oferta relacionada
con la venta de los productos de la Compañía, la oportunidad o el Plan de Compensación y xx Xxxxxxx con otro componente, contrato, plan de
negocios, método o dispositivo que no pertenezca a la Compañía. La Compañía no honra estos contratos. La Compañía no dirimirá controversias que resulten de contratos con terceros o entre Asociados.
1.5.5. La Compañía no permite que los productos Mannatech o que el Plan de Compensación y xx Xxxxxxx se presente u ofrezca junto con cualquier otro plan de negocios u otra forma comercial. El incumplimiento de esta Política se considerará como un incumplimiento de su Contrato y estará sujeto a la terminación del mismo.
1.5.6. 1.5.6. No deberá inducir a terceros para que adquieran los productos de la Compañía declarando a esos terceros que luego de la adquisición de los productos de la Compañía recibirán comisiones o bonos en efectivo o cualquier otro beneficio de su parte a cambio de la asistencia en el suministro de los productos de la Compañía a otros.
1.6. Responsabilidades con su organización de línea descendente
1.6.1. Usted tendrá la responsabilidad de la capacitación de su organización de línea descendente con métodos efectivos y lícitos para desarrollar un negocio exitoso, y se eximirá de aconsejar a
los Asociados para que reestructuren su línea descendente de manera que el Patrocinador o los Asociados de línea ascendente tengan una ventaja de ingreso, lo que ocasionaría un daño potencial a la posición del Asociado a largo plazo.
1.6.2. Usted tendrá la responsabilidad de contestar las preguntas para los Asociados que haya patrocinado personalmente. Los Asociados que
tengan preguntas sobre cualquier aspecto de la Compañía deberán contactar a sus Patrocinadores de línea ascendente para obtener asistencia.
1.6.3. Usted tendrá la responsabilidad de analizar y determinar con su línea descendente (antes de completar una nueva Solicitud de Asociado) o de otra manera reclutar para una nueva posición, cuál parte recibirá el Bono Directo. La Compañía no dirimirá controversias entre los Asociados
con respecto a estos u otros tipos de acuerdos financieros. La Compañía pagará participaciones a la parte que aparece en la base de datos suministrada a la Compañía.
1.6.4. Usted tendrá la responsabilidad de explicar a cabalidad la política de Garantía de Satisfacción establecida en la Sección 5.13.1 de estas Políticas y Procedimientos.
1.7. Terminación voluntaria de la compañía
1.7.1. Un Asociado que desee cancelar su cuenta de Asociado deberá presentar dicha solicitud por escrito (o completar un formulario de Terminación Voluntaria (MOD 1806041).
1.7.2. Un Asociado que finalice voluntariamente su actividad podrá solicitar la readmisión luego de que pasen seis (6) períodos hábiles completos (el “período de espera”). La solicitud presentada
bajo esta sección no se procesará hasta el primer día luego del vencimiento del período de espera. Los cónyuges, hijos a cargo u otros miembros de la familia de los Asociados que hayan finalizado su actividad comercial no podrán solicitar ser un Asociado o Miembro en otra línea de patrocinio hasta que el Asociado despedido sea elegible para su readmisión. (Véase Líneas de Cambio de Patrocinio 4.4.4, 4.4.5 y 4.4.6).
1.7.3. Un Asociado que ha finalizado su actividad comercial no puede patrocinar nuevos Asociados. Si un Asociado que ha finalizado su actividad comercial aparece en la Solicitud de Asociado como Patrocinador, se contactará al nuevo Asociado para que suministre a la Compañía un Número válido de Identificación del Patrocinador que se relacione con un Asociado en regla.
2. Manejo de su actividad comercial, uso de Internet, ventas de productos e inscripción
2.1. Publicidad
2.1.1. A excepción del caso de la publicidad
suministrada por la Compañía para la promoción de su sitio MannaPages® o sujeto a las disposiciones de la Sección 2.15, usted no podrá publicitar productos a través de Internet o por cualquier otro medio como la radio o la televisión.
2.1.2. Con el fin de proteger sus marcas, la Compañía prohíbe a sus Asociados elaborar sus propias publicidades para promocionar la Compañía o sus productos. La Compañía suministra anuncios conformes para su uso. Únicamente se podrán utilizar materiales de venta producidos por la Compañía para promocionar la Compañía y
sus productos. Los anuncios aprobados por la
Compañía deberán ser textuales.
2.1.3. 2.1.3 Los materiales prohibidos incluyen, pero no
se limitan a:
2.1.3.1. Documentación elaborada por la Compañía desactualizada que ya no está en circulación, y
2.1.3.2. Los materiales que el Asociado Independiente formule y produzca que no cumplen con los puntos 2.7, 2.8 ó 2.25 de estas Políticas y Procedimientos.
2.2. Anuncios clasificados
Independientemente de la Política de Publicidad del Asociado, usted podrá utilizar anuncios clasificados de oportunidad o de “linaje” (menos de 30 palabras de extensión) suministrados por la Compañía para la publicación a través de los motores de búsqueda de Internet y en la sección de oportunidades de los periódicos, revistas
y directorios locales. Los anuncios clasificados aprobados están disponibles en Internet en Xxxxxxxxx.xxx bajo Recursos luego Programa de publicidad para el Asociado. Estos anuncios deben reproducirse totalmente sin modificación
alguna. Todo lo que puede agregar es su nombre e
información de contacto.
2.3. Publicidad en directorios telefónicos
2.3.1. Usted podrá anunciarse en el directorio telefónico. La publicidad en las páginas xxxxxxxxx deben cumplir todas las Políticas y Procedimientos aplicables. La lista de las páginas xxxxxxxxx y blancas aprobadas será de la manera siguiente: Nombre del Asociado
Asociado Independiente Mannatech® Dirección del Asociado
Número de teléfono del Asociado
2.3.2. En caso de que la impresora no pueda insertar el signo ®, tendrá que incluirse una línea en la parte inferior de la publicidad que señale “Mannatech es una marca registrada de Mannatech, Incorporated”.
2.3.3. Usted no podrá utilizar un número de teléfono o número gratuito, en el cual cuando los números se conviertan en letras, se deletreen todas o parte del nombre Mannatech o cualquiera de sus productos.
2.4. Cómo contestar el teléfono
No podrá contestar el teléfono de manera que el interlocutor tenga la impresión de que se comunicó con la oficina corporativa de la Compañía. Los
éstos utilizan las marcas sin la autorización de la Compañía, sin Compensación alguna.
2.6.4. No podrá utilizar los nombres o imágenes de
los empleados, ejecutivos, consultores, atletas, celebridades de la Compañía y/u organizaciones que apoyan a la Compañía, a excepción de lo escrito específicamente en los materiales vigentes aprobados por la Compañía o a excepción de lo permitido en el punto 2.15.
2.6.5. No podrá utilizar nombres de ninguna otra compañía, hospitales o instituciones cuando promocione a la Compañía.
2.7. Creación, uso y divulgación de los materiales
Mannatech.
2.7.5. Deberá notificar a la Compañía dentro de los 30 días de la primera distribución sobre cualquier material promocional de un tercero (folleto, CD, DVD, u otro) relacionado con la Compañía, sus productos o gliconutrientes que no sea elaborado por la Compañía y del cual pueda obtener (directa o indirectamente) cualquier Compensación. Usted deberá:
2.7.5.1. 2.7.5.1. Suministrar su nombre, número de cuenta del Asociado, el material promocional xxx xxxxxxx recientemente creado, el título, autor y fecha de la primera distribución para la
mensajes grabados deben explicar que se han comunicado con un “Asociado Independiente” de Mannatech.
2.5. Papelería de la actividad comercial
Podrá adquirir tarjetas de presentación y papelería
de terceros
2.7.1. Todos los soportes de venta, materiales genéricos u otros materiales no producidos por la Compañía se consideran “materiales de terceros”. Esta definición tiene como fin incluir los soportes de
2.7.5.1.1.
Compañía mediante:
2.7.5.1.1. El envío en un correo electrónico de la información solicitada y las transcripciones del CD o DVD en un formato de Word o PDF a lec- xxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx;
con membrete a través de la Compañía. La tienda en línea se consigue en la sección “Recurso” del área de seguridad del Asociado. El título “Asociado Independiente” siempre debe acompañar su nombre cuando sea utilizado en conjunto con la Compañía.
2.6. Utilización del nombre, logotipo o marcas comerciales de la compañía
2.6.1. 2.6.1. A excepción de lo permitido en la Sección 2.15, no podrá utilizar el nombre, logotipo, marcas de la Compañía y/o nombres de los productos
de la Compañía en publicidades o materiales
producidos por el Asociado.
2.6.2. Únicamente podrá utilizar el logotipo del “Asociado Independiente de Mannatech”. No podrá reproducir el logotipo de “Mannatech, Incorporated” a excepción de lo establecido en la Sección 2.15.
2.6.3. Excepto en el caso de la publicidad o las instrucciones suministradas por la Compañía para la promoción de su sitio MannaPages, usted no podrá utilizar el nombre de Mannatech o cualquiera de sus marcas como parte de su nombre comercial, nombre de la Compañía, nombre en Internet, URL o nombre del dominio, fuente de metaetiquetas y código de búsqueda o dirección de correo electrónico. La Compañía exigirá la renuncia de los derechos sobre las marcas Mannatech que tienen los Asociados si
venta y materiales que estén impresos, en audio, formato de video o electrónicos.
2.7.2. Los materiales se consideran “genéricos” si pueden ser utilizados por cualquier otra compañía en nuestra industria.
2.7.3. Usted no podrá crear, vender o distribuir materiales de terceros que relacionen los beneficios de los productos Mannatech, los ingredientes de los productos Mannatech y/o los gliconutrientes con cualquier enfermedad particular, proceso de enfermedad o declaración de enfermedad o que incumpla los puntos
2.8 ó 2.25 de estas Políticas o Procedimientos. Únicamente podrá utilizar materiales conformes cuando represente la Compañía y los negocios de la Compañía, el Plan de Compensación y xx Xxxxxxx, capacite a otros Asociados y/o realice representaciones vinculadas con los productos. Los Materiales deben cumplir las normas del país en los que se van a utilizar.
2.7.4. 2.7.4. Además del requisito establecido en el punto 2.7.3., podrá utilizar materiales genéricos únicamente si:
2.7.4.1. No mencionan a la Compañía, sus productos, las marcas, los ingredientes específicos de los productos o el Plan de Compensación, y
2.7.4.2. No han sido creados únicamente para ser utilizados en relación con la promoción o venta de los productos o con la oportunidad de
2.7.5.1.2. El envío de un fax con la información solicitada al
972.471.5619; o
2.7.5.1.3. Enviando un correo postal de la copia de dichos materiales a:
Mannatech, Incorporated Attn: Legal Department 000 X. Xxxxx Xxxx, Xxxxx 000
Xxxxxxx, XX 00000
2.8. Declaraciones sobre los productos
Como Asociado Independiente usted reconoce que los productos Mannatech no son un sustituto de la atención médica o de un estándar de cuidado en
el tratamiento o prevención de una enfermedad específica, y no hará declaraciones de lo contrario.
2.9. 2.9. Reproducción de materiales educativos y promocionales aprobados
Para llevar a cabo su actividad comercial podrá copiar al pie de la letra en parte o en su totalidad los materiales promocionales producidos
por la Compañía. Los materiales educativos ÚNICAMENTE se podrán utilizar al pie de la letra y EN SU TOTALIDAD. No podrá reproducir o grabar materiales de audio o video (incluyendo los materiales producidos para el uso en el sitio Web corporativo) producidos por la Compañía. Se prohíbe cualquier grabación o reproducción.
Mannatech podrá exigir, entre otros, que cese y se
abstenga de utilizar o distribuir dichas grabaciones;
y/o destruir, a su costo, grabaciones no autorizadas.
2.10. Uso de las patentes de Mannatech en la promoción de los productos Mannatech
2.10.1. No se podrá realizar ninguna referencia a las patentes de los productos de suplemento alimenticio de Mannatech a menos que dichas referencias se encuentren en las etiquetas o en los materiales promocionales creados por Mannatech para sus productos.
2.10.2. Los gliconutrientes mencionados en la patente de Mannatech no están destinados o pretenden ser la cura de los malestares mencionados en la
patente y, como tal, los Asociados tienen la estricta prohibición de utilizar las patentes emitidas por Mannatech y/o cualquier parte de las mismas en la promoción de los productos Mannatech.
2.11. Registro de las reuniones presenciales y teleconferencias
2.11.1. Reuniones presenciales. Usted (como el “Patrocinador de la Reunión”) deberá notificar a la Compañía de cada reunión presencial en la que pretenda publicitar o promocionar la Compañía, sus productos o la oportunidad de
negocios en donde haya o se espera que asistan razonablemente más de 40 invitados. Deberá suministrar a la Compañía:
2.11.1.1. Una notificación de la reunión con 21 días de antelación, incluyendo su nombre, número de cuenta de Asociado y la fecha, hora y lugar de la reunión, con una notificación dentro de las 24 horas de cualquier reunión cuando no se pueda notificar de la reunión con 21 días de antelación, suministrando la información solicitada en el punto 2.11.1.1. No se podrá programar ninguna reunión sin haber notificado con al menos 5 días de antelación a la Compañía.
2.11.2. Teleconferencias. Usted (como el “Patrocinador de la Reunión”) deberá notificar a la Compañía de cada teleconferencia en la que pretenda publicitar o promocionar la Compañía, sus productos o la oportunidad de negocios en donde haya o se espera que asistan razonablemente más de 20 invitados. Deberá suministrar a la Compañía:
2.11.2.1. Una notificación de la reunión con 5 días de antelación, incluyendo su nombre, número de cuenta de Asociado y la fecha, hora e información de código de acceso para la teleconferencia.
2.11.2.2. Una notificación dentro de las 24 horas antes de cualquier reunión en la que no se pueda hacer la notificación con 5 días de antelación, suministrando la información solicitada en el punto 2.11.2.1. No se podrá programar ninguna reunión sin haber notificado con al menos 24 horas de antelación a la Compañía.
2.11.3. La notificación de las reuniones o teleconferencias se podrán informar a la Compañía mediante:
2.11.3.1. El envío de la información solicitada en un correo electrónico a xxx-xxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx;
2.11.3.2. 2.11.3.2. El envío de un fax con la información solicitada al 0 1 800-041-3821;
2.11.3.3. 2.11.3.3. Enviando un correo postal con la
información solicitada a:
Mannatech, Incorporated Attn: Legal Department 000 X. Xxxxx Xxxx, Xxxxx 000
Xxxxxxx, XX 00000
2.12. Utilización de testimonios
2.12.1. Testimonios. Con la venta de los productos Mannatech, los Asociados Independientes no podrán utilizar los testimonios que relacionen los beneficios de los productos Mannatech, los ingredientes de los productos Mannatech y/o los gliconutrientes con cualquier enfermedad particular, proceso de enfermedad o declaración de enfermedad.
2.12.2. Reuniones de oportunidad. Sujeto al punto 2.12.1., el anfitrión en las reuniones de oportunidad podrá permitir que los participantes den su testimonio con respecto al mejoramiento general de la salud y el bienestar (declaraciones que no vinculen
los beneficios de los productos Mannatech y/o los gliconutrientes con cualquier enfermedad particular, proceso de enfermedad o declaración de enfermedad) que han experimentado personalmente luego del uso de los productos de la Compañía. Durante el segmento de los testimonios en la reunión de oportunidad, se deberán desplegar las declaraciones pertinentes (véase el texto a continuación).
Exención de responsabilidad: los productos Mannatech están diseñados para mantener la salud y el bienestar en general. Mannatech sólo hace aquellas declaraciones que aparecen en las
etiquetas de sus productos o en los materiales promocionales aprobados por Mannatech. Los productos nutricionales de Mannatech no se promueven para la prevención, tratamiento o cura de ninguna enfermedad y no tienen la intención de sustituir la atención médica ni
2.12.3. Grabaciones. La grabación de los testimonios permitidos (por audio, video o cualquier otro método) en las reuniones de oportunidad no está permitida y el anfitrión y/o los líderes de la reunión harán que sea de obligatorio cumplimiento.
2.12.4. Reuniones educativas. El propósito de las reuniones educativas es la información; no se deberán promocionar los productos ni la actividad comercial de la Compañía.
2.12.5. GlycoSlim®. Los asociados podrán dar testimonios relacionados con los productos GlycoSlim® a condición de que:
2.12.5.1. Todas las declaraciones sean verdaderas;
2.12.5.2. Todas las declaraciones sean precisas;
2.12.5.3. Todas las declaraciones sean verificables; y
2.12.5.4. Se notifique que los resultados individuales
pueden variar.
2.12.6. Los Asociados pueden dar testimonios y usar fotos de antes y después relacionados con los productos Uth y el Sistema TruHealth de Mannatech previendo que:
2.12.6.1. Todas las declaraciones sean verdaderas;
2.12.6.2. Todas las declaraciones sean precisas;
2.12.6.3. Todas las declaraciones sean verificables; y
2.12.6.4. Se notifique que los resultados individuales
pueden variar.
2.12.7. Mannatech OsoLean®. Los asociados podrán dar testimonios relacionados con los productos OsoLean® a condición de que:
2.12.7.1. Todas las declaraciones sean verdaderas;
2.12.7.2. Todas las declaraciones sean precisas;
2.12.7.3. Todas las declaraciones sean verificables; y
2.12.7.4. Se notifique que los resultados individuales pueden variar, y que OsoLean® debe ingerirse junto con una ingesta calórica reducida y un plan de ejercicio físico.
2.12.8. Fotografías, cintas de video y otros medios de
difusión. A excepción de lo que está permitido en estas Políticas y Procedimientos, el uso de fotografías, cintas de video “antes y después” u otras formas de grabación en las que se sugiera o implique un vínculo entre los beneficios de los productos Mannatech, los ingredientes de los productos Mannatech y/o los gliconutrientes con cualquier enfermedad en particular o proceso de enfermedad, está completamente prohibido.
2.13. Utilización de medios de venta en línea Los Asociados no podrán vender los productos Mannatech en las subastas de los sitios Web en Internet, en los centros comerciales virtuales, ni en otros medios de venta en línea.
2.13.1. En caso de que se vendan o transfieran productos de Mannatech a un tercero con el fin de eludir esta política, el(los) Asociado(s) deberá(n) compartir
la responsabilidad total con el tercero en caso de que el tercero incumpla esta política. El(los) Asociado(s) y, a discreción de la Compañía, el tercero en cuestión será(n) objeto de todas las
acciones disciplinarias que la Compañía considere necesarias. Para evitar este tipo de acciones, El(los) Asociado(s) y el tercero deberán asumir todas las obligaciones aplicables a la Compañía, de conformidad con la Secciones 2.13, 2.21.6, y/o 5.13.2.
2.14. Reservado para expansión futura
2.15. Uso y registro de sitios Web en Internet, medios electrónicos y marcas de la compañía
2.15.1. Uso de Internet. La Compañía mantiene un sitio Web en Xxxxxxxxx.xxx., y ofrece a nuestros Asociados sitios Web elaborados por la Compañía (“MannaPages”). Los Asociados podrán tener
sus propios sitios Web, blogs y otros medios electrónicos (como YouTube, MySpace, Facebook, Twitter, etc.) en lo sucesivo denominados “Sitios en Internet para Asociados”, para promocionar
su actividad comercial con Mannatech siempre que se cumplan las disposiciones a continuación mencionadas.
2.15.2. Requisito de registro. Usted deberá registrar cada sitio Web, blog u otro medio electrónico utilizado junto con su negocio Mannatech dentro de los diez (10) días hábiles a la creación del sitio, junto con su nombre, número de cuenta, URL del sitio
y cualquier contraseña necesaria para tener un acceso completo al sitio. Podrá suministrar esta información a través de:
2.15.2.1. El envío de la información solicitada en un correo electrónico a xxx-xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx;
2.15.2.2. El envío de un fax con la información solicitada al 972.471.5619; o
2.15.2.3. Enviando un correo postal con la información
solicitada a:
Mannatech, Incorporated Attn: Legal Department 000 X. Xxxxx Xxxx, Xxxxx 000
Xxxxxxx, XX 00000
2.15.3. Uso del nombre de la Compañía y Propiedad intelectual. Los Asociados deberán cumplir con las condiciones de los materiales promocionales elaborados en la compañía y con el uso de las marcas de propiedad intelectual adecuadas y las descripciones de los productos cuando se haga referencia al nombre corporativo, las marcas, derechos registrados, nombres de los productos, ingredientes o al analizar las oportunidades de
negocios. Los Asociados deberán representar ante el público de manera evidente que son Asociados Independientes de Mannatech.
2.15.4. Vínculos para los sitios corporativos. Los Asociados podrán suministrar un vínculo directo a partir de
su sitio de Internet de Asociados al sitio Web de MannaPages a Xxxxxxxxx.xxx, y a cualquier otro URL controlado por la Compañía. Asimismo, un Asociado podrá suministrar un vínculo directo a partir del sitio Web de MannaPages a su sitio de Internet de Asociados.
2.15.5. Motores de búsqueda. Los Asociados podrán suministrar un vínculo directo a su sitio Web de MannaPages y cualquier sitio de Internet de Asociados a partir de motores de búsqueda de Internet a condición de que los parámetros de búsqueda (metaetiquetas, códigos de búsqueda y de fuente, etc.) sean conformes.
2.15.5.1. No podrá ofrecer palabras clave, publicitar en los sitios Web o utilizar parámetros de búsqueda que se refieran a enfermedades específicas, declaraciones de enfermedades o procesos de enfermedades.
2.15.6. Acciones prohibidas. Su sitio de Internet de Asociados no podrá:
2.15.6.1. Tener un contenido (texto, testimonio, audio, fotografía, video u otros) que afirme o implique que los productos Mannatech, los
ingredientes de los productos Mannatech o los gliconutrientes curan, tratan, mitigan o evitan una enfermedad en particular, una declaración de enfermedad o un proceso de enfermedad;
2.15.6.2. Vincularse con otro sitio Web con un contenido que afirme o implique que los productos Mannatech, los ingredientes de los productos Mannatech o los gliconutrientes curan, tratan, mitigan o evitan una enfermedad en particular, una declaración de enfermedad o un proceso de enfermedad;
2.15.6.3. Tener el nombre de la Compañía, los nombres de los productos de la Compañía, las marcas de la Compañía o los nombres y el cuadro clínico de las enfermedades en el URL;
2.15.6.4. Tener un contenido (texto, testimonio, audio, fotografía, video u otros) que tergiverse a Mannatech, sus productos o la oportunidad de negocios para el público; y
2.15.6.5. Ofrecer productos Mannatech bajo un nombre de producto diferente y/o genérico, ya sea al colocarle otro nombre, etiquetarlo con otra etiqueta o volverlo a empacar; y
2.15.6.6. Utilizar una característica del comercio electrónico que no sea la de ofrecer un vínculo directo al sitio Web de MannaPages del Asociado o Xxxxxxxxx.xxx.
2.15.7. Responsabilidad del sitio. La Compañía responsabilizará de manera estricta a los Asociados y a los proveedores de contenido por el material incluido en el sitio Internet del Asociado.
2.15.8. Reserva de derechos. La Compañía se reserva el derecho de buscar todas y cada una de las soluciones legales disponibles, incluyendo medidas cautelares, además de una acción disciplinaria de cumplimiento por parte de la Compañía para eliminar el material no conforme u ofensivo de Internet que se relacione con la
Compañía, sus ejecutivos, directivos, empleados, Asociados, marcas, propiedad exclusiva, productos o la actividad comercial. Las sanciones para la acción disciplinaria de cumplimiento aparecen
en la Sección 6.12.13, e incluyen desde una advertencia hasta la exclusión del Asociado.
2.16. Lineamientos del sitio Web de la Compañía La Compañía podrá proporcionar a los Asociados el acceso a la información del sitio Web, el cual está protegido mediante el uso de una contraseña. Esta información tiene la intención de servir como una herramienta de comunicación únicamente para Asociados. No deberá usar partes de este sitio protegido por contraseñas con fines de inscripción y/o venta de productos. No deberá
dar su contraseña a ninguna otra persona para que pueda tener acceso a la información del sitio Web. Cualquier uso indebido de este privilegio tendrá como resultado una acción disciplinaria de
conformidad con el Procedimiento Disciplinario del Asociado.
2.17. Correspondencia a través del correo electrónico Podrá utilizar el correo electrónico para transmitir información de la Compañía. Usted es el único responsable de garantizar que el contenido cumpla con las Políticas y Procedimientos del Asociado y con las leyes aplicables relacionadas con la correspondencia electrónica antes de enviar correspondencia escrita a cualquier persona. Los Asociados que incumplan esta política estarán
sujetos al Procedimiento Disciplinario del Asociado.
2.17.1. Los destinatarios que quieran ser eliminados de la lista de correo electrónico deberán notificar al remitente directamente. Al recibir la notificación, el Asociado deberá eliminar inmediatamente
al solicitante de la lista de correo tal y como lo establece la ley.
2.17.2. Los Asociados no deberán enviar o extraer
materiales que incumplan las secciones 2.7, 2.8 ó
2.25 de estas Políticas y Procedimientos a otros Asociados o Asociados potenciales.
2.17.3. Los Asociados siempre deberán cumplir con la ley colombiana. Los Asociados tienen estrictamente prohibido enviar correos electrónicos que no hayan sido solicitados (por ejemplo, correos electrónicos masivos o “spam”) y/o publicar mensajes electrónicos en la cartelera de Internet para publicitar a la Compañía, los productos
y/o el Plan de Compensación y xx Xxxxxxx de Mannatech. Si participa en espacios de foros, lo hará bajo su propio riesgo y será el único
responsable por cualquier declaración efectuada a través de este medio, por lo tanto deberá cumplir con las Políticas de la Compañía que prohíben
dar una imagen falsa acerca de aspectos médicos,
productos e ingresos en todos los formatos de
mensajería electrónica.
2.17.4. Está prohibido comprar listas de direcciones de correos electrónicos y enviar materiales que no hayan sido solicitados a las personas que no le hayan dado su consentimiento.
2.17.5. La Compañía podrá notificarle por correo electrónico (en caso que nos haya proporcionado su dirección de correo electrónico) lo relacionado con futuros eventos o información general. Si
no desea recibir esta correspondencia, xxxxxxx contactar al Departamento de Relaciones para Asociados en la dirección de correo electrónico que aparece en el documento.
2.17.6. Los Asociados pueden incluir vínculos o referencias a su sitio MannaPages siempre y cuando la fuente original del vínculo no infrinja las Políticas y Procedimientos del Asociado. Las fuentes prohibidas incluyen, pero no se limitan a,
los sitios en la Web que no sean conformes y/o las fuentes que incluyen referencias a enfermedades, testimonios personales, declaraciones de ingresos y asuntos similares.
2.17.7. Los Asociados no podrán utilizar el programa Success Tracker™ , su dirección de correo electrónico de MannaPages u otras herramientas de negocios o sistemas de la Compañía para enviar por correo electrónico, publicar, descargar, acceder, guardar o distribuir cualquier material que sea (1) obsceno, ofensivo, amenazante, deliberadamente falso o difamatorio o que
de cualquier otra forma transgreda o aliente a otros a incumplir cualquier ley o (2) difame la reputación de la Compañía, sea vergonzoso para la Compañía, denigre los productos de la Compañía, la gerencia o a los Asociados.
Asimismo, los Asociados no podrán usar el programa Success Tracker, su dirección de correo electrónico de MannaPages u otras herramientas de negocios o sistemas de la Compañía para difundir mensajes personales, enviar cadenas, promocionar, publicitar u ofrecer oportunidades de negocio a terceros o transmitir o descargar material que cuente con derechos de autor que no esté autorizado para su reproducción. Los incumplimientos a esta política pueden tener como resultado una acción disciplinaria.
2.18. Trasmisión de fax
La Compañía prohíbe estrictamente el uso de transmisiones de fax que no hayan sido solicitadas, para comerciar, promover o de otra forma anunciar a la Compañía o sus productos. Podrá enviar por fax los materiales que promocionen la Compañía o los productos, pero únicamente a las personas que le hayan dado su consentimiento previo. Sin embargo, deberá suspender de inmediato el envío de faxes, si la persona revoca su consentimiento previo. Los Asociados que incumplan esta Política también serán responsables de incumplir las regulaciones colombianas.
2.19. Contacto con los medios
2.19.1. Todas las consultas realizadas por los medios de difusión (radio, televisión, periódicos, revistas o cualquier otra publicación o medios de difusión), deberán ser referidas al Director Ejecutivo de Mercadeo. Los Asociados que contacten a los medios de difusión directa o indirectamente para participar de cualquier forma, tienen totalmente prohibido hablar acerca de la Compañía, los productos, el negocio o el Plan de Compensación y xx Xxxxxxx, así como suministrar testimonios de cualquier índole. En caso de ser contactado por los medios, no tendrá autorización para representar a la Compañía.
2.19.2. Presentaciones personales. Tiene prohibido representar directa o indirectamente a la Compañía en la televisión, televisión por cable o en la radio sin la autorización previa por escrito de la Compañía.
2.19.3. Relaciones públicas. Tiene prohibido utilizar directa o indirectamente los medios de difusión como una forma de relaciones públicas, incluyendo pero no limitándose a los comunicados de prensa, artículos y presentaciones en programas de entrevistas sin el consentimiento previo por escrito de la Compañía.
2.19.4. Notificaciones de reuniones. La notificación
de reuniones públicas de oportunidad para su inclusión en los periódicos o publicaciones deberá cumplir con todas las Políticas y Procedimientos del Asociado. Específicamente, no deberá hacer alusión a ninguna declaración de ingresos o declaración médica o de enfermedad, ni referirse a nombres de enfermedades.
2.20. Ferias y exposiciones comerciales
2.20.1. Usted podrá realizar su actividad comercial Mannatech en ferias comerciales, exposiciones y otros foros públicos.
2.20.2. Un Asociado Independiente es responsable de garantizar todas las aprobaciones, admisiones, espacios, etc. junto con la participación en dichos eventos.
2.20.3. Un Asociado Independiente debe estar físicamente presente en el puesto todo el tiempo durante el evento.
2.20.4. Únicamente los materiales en cumplimiento con las secciones 2.7, 2.8 ó 2.25 de estas Políticas y Procedimientos se podrán exhibir y usted deberá identificarse como un “Asociado Independiente de Mannatech®”.
2.21. Ventas al por menor
2.21.1. La Compañía utiliza las redes de mercadeo como el método escogido para compartir la oportunidad del negocio. El xxxxx de esta base es el contacto de persona a persona con aquellos que pudieran querer los productos y que pudieran querer participar en la oportunidad del negocio. Una vez que se elija este método de comercialización y un Asociado Independiente utilice su tiempo, energía y recursos para fomentar su propio negocio,
la Compañía y todos los Asociados tendrán la
responsabilidad de apoyar las redes de mercadeo.
2.21.2. Usted podrá vender o exhibir los productos de la Compañía en (1) oficinas u otras áreas localizadas en un club privado que no estén accesibles o a la vista del público en general; o (2) oficinas privadas de profesionales que funcionan solamente por citas, incluyendo pero no limitándose a salones de belleza, spas, consultorios médicos y dentales. Su habilidad para vender los productos de la Compañía según este párrafo está sujeta a las leyes estadales y otras normas y regulaciones de dependencias gubernamentales y organizaciones profesionales. Usted se hace completamente responsable de cumplir con todas las leyes, normas y regulaciones relacionadas con la venta de los productos de la Compañía.
2.21.3. No podrá vender ni exhibir los productos de la Compañía en establecimientos permanentes minoristas. Como ejemplo se incluye, pero no se limita a las tiendas por departamentos, de artículos
de belleza, supermercados, farmacias, puestos de periódicos, de productos naturales, máquinas expendedoras, kioscos en centros comerciales y mercados de las pulgas.
2.21.4. Sin embargo, usted podrá ofrecer los productos de la Compañía en establecimientos permanentes minoristas a condición de que (1) el dueño sea un Asociado, (2) la tienda se dedique a la promoción del bienestar físico y al cuidado complementario de la salud, (3) haya consultas disponibles sobre
el uso de los productos de la Compañía para los clientes, (4) solamente se utilicen materiales de promoción que hayan sido aprobados por la Compañía, (5) los productos de la Compañía se mantengan dentro de una vitrina cerrada, en un
lugar separado o no estén disponibles como auto
servicio.
2.21.5. Podrá vender los productos al precio de su preferencia. Los precios sugeridos por la Compañía para las ventas al detal son únicamente recomendaciones.
2.21.6. No podrá volver a etiquetar o alterar de ninguna manera las etiquetas de cualquiera de los productos de la Compañía. Además, no podrá volver a envasar o rellenar los productos y deberá vender los productos en su recipiente original cerrado. Si participa en este tipo de actividades, se estará exponiendo a cargos penales potenciales y/o a demandas civiles por daños y perjuicios.
2.21.7. Deberá suministrar a todos sus clientes minoristas una factura o recibo de venta apropiado en un formato aplicable a su jurisdicción. Para más información y formularios disponibles sírvase consultar la biblioteca de Documentos en línea de Mannatech. El Asociado deberá guardar las copias de los recibos de venta por un periodo de tiempo no menor a dos años y deberá enviarlos a la Compañía si así se requiere.
2.21.7.1. Procedimiento de devolución para clientes al
por menor.
2.21.7.2. Si el cliente minorista compró productos directamente de la Compañía, Mannatech procesará la devolución en nombre del Asociado. El cliente minorista debe ponerse en contacto con Atención al Cliente 018005183349 para solicitar un numero de autorización para devoluciones y formulario dentro de treinta (30)
idas de la fecha de compra.
2.21.7.3. Si el cliente minorista le compró los productos a un Asociado, el Asociado está obligado a honrar los derechos de cancelación del comprador y
la garantía de retorno de satisfacción de treinta
(30) días. Al recibir los productos y la prueba
de reembolso al Cliente, el Asociado puede devolver los productos usado a Mannatech para el intercambio siguiendo los procedimientos descritos en 5.13.1.
2.21.8. Ventas de productos no listados por un Asociado.
2.21.9. Solo podrán promoverse o venderse los productos que están en los materiales de la Compañía aprobados para el uso en Colombia. No debe implicar que puede suministrar productos de la Compañía que no hayan sido aprobados para su distribución en Colombia.
2.21.10. Ventas de productos no publicados por parte de un Asociado. Únicamente se podrán promocionar o vender aquellos productos publicados en los materiales elaborados por la Compañía tal y como hayan sido aprobados para su uso en Colombia. No podrá presumir que puede suministrar productos de la Compañía que no hayan sido aprobados para su distribución en Colombia.
2.22. Promoción de los productos para el uso animal
Los productos de la Compañía están diseñados solamente para consumo o aplicación en seres humanos. Por lo tanto, está prohibida la promoción de estos productos para uso animal.
2.23. Tergiversación de la imagen de la Compañía Presentar a la Compañía, el Plan de Compensación y xx Xxxxxxx, los empleados o productos en una forma falaz, fraudulenta, difamatoria o engañosa, resultará en una acción disciplinaria que puede incluir la finalización de su Contrato de Asociado, cuando dicha conducta sea del conocimiento de la Compañía.
2.23.1. Está prohibido hacer referencia a la investigación o a las publicaciones realizadas o financiadas por Mannatech sin que se muestre de manera clara
y evidente la participación de Mannatech en la investigación.
2.23.2. Está prohibido hacer referencia a la investigación o a las publicaciones realizadas o financiadas
o de otra forma controladas por un Asociado Independiente de Mannatech sin que se muestre de manera clara y evidente que la investigación
y la publicación fueron realizadas, financiadas
o de otra forma controladas por un Asociado Independiente de Mannatech, el cual recibe una compensación por la venta de los productos Mannatech.
2.23.3. Está prohibido hacer referencia a una publicación
que directa o indirectamente evidencia que sea una publicación científica, publicada por un Asociado Independiente de Mannatech, sin que se muestre de manera clara y evidente que la publicación está controlada por un Asociado
Independiente de Mannatech, el cual recibe una compensación por la venta de los productos Mannatech.
2.23.4. Está prohibido hacer referencia a la investigación o a las publicaciones realizadas por el Instituto Xxxxxx sin que se muestre de manera clara y evidente
la condición del Asociado Independiente del Instituto Xxxxxx al momento en que se realizó la investigación o se publicaron los resultados.
2.24. Tergiversación de los ingresos y del plan de Compensación y xx Xxxxxxx
Las oportunidades de obtener ingresos mediante el Plan de Compensación y xx Xxxxxxx están determinadas por muchos factores, incluyendo la habilidad y perseverancia del individuo. Usted no deberá hacer ninguna declaración que aluda al potencial de ingresos de un Asociado potencial, excepto en la manera como se estipula en los documentos Corporativos o hacer declaraciones acerca de sus ingresos personales sin establecer que dichos ingresos no necesariamente representan los ingresos que puede obtener un Asociado típico o promedio. Para poder presentar adecuadamente las cantidades de los ingresos promedios o potenciales, los Asociados deberán utilizar las Estadísticas de Ingresos proporcionadas por la Compañía. Todos los ingresos se generan estrictamente de la venta de productos. Una tergiversación sobre los ingresos o sobre el Plan de Compensación y xx Xxxxxxx incluye, pero no se limita a lo siguiente:
2.24.1. Revisar el Plan de Compensación y xx Xxxxxxx con cualquier persona sin: (i) estipular claramente que no se recibe Compensación alguna por el solo
hecho de inscribir o patrocinar a nuevos Asociados y (ii) proporcionar información requerida sobre la Compensación.
2.24.2. Revisar el Plan xx Xxxxxxx y de Compensación con cualquier persona sin informarle que aparte del pago inicial de 49$ por la solicitud (lo cual le
permite convertirse en Asociado), no existe ningún requisito continuo de compra para convertirse o mantenerse como Asociado.
2.24.3. Revisar el Contrato con todos los Asociados potenciales sin señalarles todos los niveles de entrada y ascenso, explicando las diferencias entre Xxxxxxx, Asociado Preferente y las opciones Estelares antes de que el nuevo reclutado firme la Solicitud y el Contrato.
2.24.4. Revisar los detalles de la Orden Automático (AO por sus siglas en inglés), sin divulgar que la AO es opcional, que se genera 13 veces al año (cada 28 días), que se carga automáticamente a la tarjeta de crédito proporcionada o debitada directamente de su cuenta bancaria y que los productos seleccionados son enviados directamente a
la dirección proporcionada, en cada Período Comercial hasta que se notifique a la Compañía por escrito el deseo de interrumpir la Orden Automática (AO).
2.24.5. Declarar, directa o implícitamente que todos los participantes que entran al negocio tendrán éxito.
2.24.6. Dar una idea falsa sobre el monto que un Asociado promedio esperaría ganar al tener su propio negocio (por ejemplo, usted no puede mostrar copias de cheques emitidos por la Compañía para mostrar los ingresos potenciales).
2.24.7. Dar una idea falsa sobre el costo en que podría incurrir un Asociado promedio para tener su propio negocio.
2.24.8. Dar una idea falsa acerca del tiempo que un Asociado promedio tendría que dedicar al negocio para alcanzar niveles de ingresos o de liderazgo. Usted no deberá declarar o sugerir que es relativamente sencillo tener éxito en el negocio, pero sólo podrá declarar que el éxito de los participantes sucede a través de un esfuerzo arduo y diligente.
2.24.9. Mostrar a través de declaraciones o implicaciones,
que usted va a construir una línea descendente
para una persona.
2.24.10. 2.24.10 Utilizar cualquier método de inscripción que sea engañoso, fraudulento o injusto.
2.24.11. Debatir o dar garantías, manifestaciones o declaraciones concernientes a los productos de la Compañía de una manera incongruente con las publicaciones elaboradas por la Compañía.
2.24.12. Promover la Compañía, sus productos y/o su plan de negocios junto con la venta de acciones o valores relacionados a la Compañía.
2.24.13. Manipular o reconstruir organizaciones en línea descendente a través de incumplimientos del xxxxxxxxxx xxxxxxx, incentivos y/o políticas de posiciones múltiples.
2.25. Tergiversaciones y declaraciones sobre los productos
Está prohibido hacer cualquier afirmación de forma directa, indirecta o implícita de tipo médico o de otro tipo de afirmaciones en referencia a
la prevención, tratamiento, cura o mitigación de cualquier enfermedad mediante el uso de los productos de la Compañía. Además, no podrá:
2.25.1. Hacer declaraciones (orales, escritas o de cualquier otra clase) sobre los productos de la Compañía que incumplan con las secciones 2.7,
2.8 o con las disposiciones de esta sección de las
Políticas y Procedimientos.
2.25.2. Debatir o dar garantías, manifestaciones o declaraciones concernientes a los productos de la Compañía en una forma que incumpla con las secciones 2.7, 2.8 u otras disposiciones de esta sección de las Políticas y Procedimientos.
2.25.3. Usar o distribuir materiales, con el propósito de comercializar los productos o de promover el Plan xx Xxxxxxxx y de Compensación que incumplan con las secciones 2.7, 2.8 u otras disposiciones de esta sección de las Políticas y Procedimientos.
2.25.4. Volver a etiquetar o alterar de cualquier forma la etiqueta de cualquier producto de la Compañía. Además, no deberá volver a empacar o rellenar los productos de la Compañía y deberá vender los productos de la Compañía en sus envases originales cerrados.
2.25.5. Emplear terceras partes, entidades de negocios
y/u organizaciones (tales como Miembros de
Mannatech, MannaRelief, Instituto Xxxxxx, etc.), de cualquier manera falsa o engañosa en lo relacionado con la promoción de los productos Mannatech.
2.26. Eventos de la Compañía
2.26.1. La Compañía organizará eventos durante el trascurso del año calendario para ofrecer
oportunidades de capacitación para Asociados Independientes, ofreciendo información sobre productos nuevos y en existencia, herramientas nuevas de mercadotecnia y adiestramiento, técnicas para hacer crecer su negocio y formación relativa al cumplimiento con las Políticas y Procedimientos del Asociado. Se recomienda encarecidamente la asistencia de los Asociados Independientes a todos los eventos patrocinados por la Compañía.
2.26.2. Durante un evento de la Compañía, no podrá grabar (mediante audio, video, fotografía, medio electrónico u otro medio) los discursos o las ayudas visuales utilizadas con dichos discursos. La Compañía podrá proporcionar material escrito y/o mensajes enviados a su sitio Web para uso de los Asociados Independientes.
2.27. Esta sección dejada intencionadamente en blanco
2.28. Conductas perjudiciales hacia Mannatech.
Si un Asociado tiene una conducta que Mannatech, a su sola discreción, determina como perjudicial para la Compañía, Mannatech sancionará a dicho Asociado. La magnitud de la sanción impuesta deberá ser establecida por Mannatech, a su sola discreción, e incluye desde colocar al Asociado
en período de prueba hasta la terminación del Contrato del Asociado con la compañía.
3. POLÍTICAS INTERNACIONALES
3.1. Cómo operar la actividad comercial internacionalmente
3.1.1. Países de Operación. Mannatech está autorizado a celebrar negocios en los países establecidos en el MOD 1817641 (“Países de Operación”).
A excepción de lo permitido específicamente en esta sección, los Asociados Independientes de Mannatech no podrán celebrar negocios (promocionando a la Compañía y/o vendiendo
productos) en otros países que no sean los Países
de Operación aprobados.
3.1.2. Productos ofrecidos para la venta. El ofrecimiento de productos puede variar de un país a otro. Los Asociados Independientes de Mannatech sólo ofrecerán productos específicamente aprobados y etiquetados para uso en el País de Operación específico. Sírvase consultar la lista de productos para cada País de Operación.
3.1.3. Actividades de Prelanzamiento. Cuando Mannatech determine comenzar operaciones en un nuevo país, emitirá un comunicado de prensa y fijará de manera formal la fecha en que el nuevo país comenzará sus actividades. La Compañía también publicará un MOD en el que se especifiquen los lineamientos del
Prelanzamiento de Mannatech que los Asociados Independientes deberán cumplir en relación con la apertura del nuevo país, incluyendo (pero no limitándose a) al inicio de las actividades antes del lanzamiento, la lista aprobada de productos, precios, comercialización y materiales del plan de compensación, así como los lineamientos de
reuniones y publicidad. El MOD de Prelanzamiento
también especificará las acciones prohibidas para los Asociados Independientes antes del lanzamiento.
3.1.4. Cumplimiento con las leyes del país. Deberá cumplir con todas las leyes, leyes impositivas, leyes de inmigración, reglas y regulaciones de cualquier País de Operación. Únicamente podrá utilizar materiales promocionales aprobados por la Compañía para uso en ese País de Operación y sólo vender productos aprobados para la venta en ese país. Acepta toda la responsabilidad para
llevar a cabo su actividad comercial independiente
de manera legal dentro del País de Operación.
3.1.5. 3.1.5. Viajes en otros países. Cuando se encuentre en un país diferente al País de Operación, los Asociados Independientes de Mannatech no podrán:
• Promocionar a la Compañía, el Plan de Compensación y xx Xxxxxxx o los productos;
• Ofrecer los productos de la Compañía para la venta o distribución;
• Fotocopiar o generar documentación para su distribución;
• Aceptar pagos para el reclutamiento o la inscripción de ciudadanos de países donde Mannatech no realiza su actividad comercial;
• Dirigir reuniones de oportunidades; y/o
• Fomentar la expansión internacional a través de Internet o en documentación promocional.
3.1.6. Si se determina que usted está incumpliendo
una política internacional, será sometido al procedimiento disciplinario del Asociado que está en la Sección 6 de estas Políticas y Procedimientos del Asociado.
3.2. Obsequio de Productos
El obsequio de productos a una persona en un País de Operación no autorizado sólo estarán permitidos siempre y cuando el país no autorizado permita tales obsequios de conformidad con las
leyes y regulaciones aplicables a los productos de la Compañía. Tendrá la responsabilidad de confirmar con la oficina de aduanas del lugar donde planifica obsequiar el producto para determinar si los productos están permitidos en el país.
3.3. Patrocinio Internacional
3.3.1. Sólo los Asociados en regla pueden actuar como Patrocinadores Internacionales. La Compañía,
a su sola discreción, se reserva el derecho de rechazar en cualquier momento su distribución internacional y los derechos de patrocinador mediante la notificación por escrito en su última dirección conocida.
3.3.2. Su derecho para fungir como un Patrocinador Internacional o para recibir comisiones en el País de Operación puede ser revocado en cualquier momento si la Compañía determina que usted no se ha comportado de conformidad con los términos y condiciones contenidas aquí o en las leyes aplicables del País de Operación.
3.3.3. No está autorizado para tomar iniciativas en la introducción o promoción de la Compañía en ningún país; incluyendo, pero no limitándose a, cualquier intento por registrar o reservar nombres de Compañías, marcas o nombres comerciales, garantizar aprobaciones para los productos o prácticas comerciales o establecer actividades comerciales o contactos gubernamentales. Acepta indemnizar a la Compañía por todos los costos
en que ésta incurra por cualesquiera medidas correctivas necesarias para exonerar a la Compañía
en caso de que actúe de manera indebida supuestamente a nombre de la misma.
3.3.4. La Compañía se reserva el derecho de establecer Políticas y Procedimientos adicionales que sean aplicables a un país específico. Los Asociados que dirigen negocios internacionales acuerdan cumplir todas las políticas especiales establecidas por la Compañía para el País específico de Operación.
3.4. 3.4. País de reubicación
Los Asociados reubicados en otros países de operaciones deberán ponerse en contacto con el departamento de atención al cliente en el país
para recibir la información específica del país en lo relativo a los procedimientos de reubicación (Véase MOD 1817741).
4. Reglas Comerciales para el patrocinio
4.1. Derecho a escoger el patrocinio
4.1.1. Los solicitantes potenciales tienen derecho a escoger su línea inmediata de patrocinio. La lealtad implícita a una persona que realizó la introducción inicial de la Compañía no obliga a aceptar ese patrocinio de la persona. (Por ejemplo, los solicitantes potenciales no están obligados a ser patrocinados o reclutados por
alguien que simplemente proporciona un video de la compañía u otro material promocional.) La Compañía no tiene la obligación de resolver o ser parte de cualesquiera disputas concernientes al patrocinio (o acuerdos relacionados con bonos de patrocinio). El patrocinador o reclutador de un nuevo Asociado será el Asociado indicado en la Solicitud de Asociado y en el Contrato firmado por el solicitante potencial y/o ingresado como
patrocinante o reclutador en el sistema informático
de la Compañía.
4.1.2. 4.1.2. Una vez que el Contrato y la Solicitud de Asociado han sido aceptados por la Compañía y/o el número de cuenta ha sido asignado, los cambios del patrocinador o reclutador sólo serán permitidos en caso de error de la Compañía
o si el nuevo Asociado y/o el patrocinador o reclutador nuevo y vigente del Asociado notifican por escrito a la Compañía antes de que cualquier participación sea pagada.
4.2. Incentivos de selección de un patrocinador diferente
4.2.1. Independientemente de los derechos de la política
de patrocinio, es contrario a la política de la Compañía inducir, persuadir, reclutar o permitirle a una persona, un familiar o un socio de negocios de un Asociado existente inscribirse bajo su línea de patrocinio con el propósito de eludir la línea ascendente original de ingresos futuros.
4.2.2. Las reuniones de la Compañía están abiertas a todas las partes interesadas. No deberá asumir que las partes interesadas no son bienvenidas para asistir a las reuniones o deducir que no se les prestará asistencia si no están en su línea descendente. Los Asociados deben sentirse tranquilos cuando envíen miembros potenciales a estas reuniones y todos los miembros potenciales que asistan a la reunión deberán ser remitidos
a la persona que los envió. Es contrario a las políticas de la Compañía patrocinar a un miembro potencial en la reunión a la que fue invitado por otro Asociado.
4.2.3. No podrá ofrecer incentivos monetarios, productos gratuitos u otro incentivo material para que un miembro potencial se inscriba bajo su línea de patrocinio cuando se sabe que él o ella han estado trabajando con otro Asociado.
4.3. Información sobre el reclutador y el patrocinador
4.3.1. Al momento de someter su solicitud, deberá proporcionar a la Compañía datos actualizados del Patrocinador y del Reclutador (se incluyen las solicitudes telefónicas). Las solicitudes que
xxxx recibidas sin la información del Patrocinador
y del Reclutador serán devueltas al solicitante sin ser procesadas. Los Patrocinadores o los Reclutadores deberán pertenecer a la misma línea de una organización. Las solicitudes que sean recibidas tanto con un Patrocinador y un
Reclutador serán procesadas considerando que el Patrocinador y el Reclutador son la misma persona. La Compañía no es responsable de contactar al solicitante o a la línea ascendente para verificar la información proporcionada. Los Asociados que
no proporcionen el Patrocinador y el Reclutador correctos, en el Cambio de Patrocinador, serán rechazados.
4.3.2. Los Asociados tienen siete días hábiles para hacer
cambios del Patrocinador o Reclutador, siempre y cuando queden siete días hábiles en el período comercial vigente. Cuando queden menos de
siete días hábiles en el período comercial vigente, los Asociados tendrán hasta el final de dicho período comercial vigente para solicitar cambios del Patrocinador o Reclutador. Sírvase utilizar el Formulario para Solicitar Cambio de Patrocinador, (MOD 1807241).
4.4. Modificación de las líneas de patrocinio
4.4.1. La Compañía no permitirá ningún cambio en la línea de patrocinio excepto en las siguientes circunstancias:
• Cuando un Asociado haya sido inducido
fraudulentamente a unirse a la Compañía, o
• Cuando, debido a un error de la Compañía,
el patrocinador ha sido registrado de forma
incorrecta en la base de datos de la Compañía.
4.4.2. Si la petición es hecha después de siete días, pero no más de 28 días a partir de la fecha de inscripción, el Asociado deberá presentar el consentimiento por escrito de su Patrocinador actual y las firmas adicionales tal y como se exige en el Formulario de Solicitud de Cambio de Patrocinador, en el MOD 1807241). Si al momento de la solicitud, el Asociado solicitante ya cuenta con una organización en línea descendente, la Compañía no concederá el cambio.
4.4.3. El Asociado debe proporcionar el consentimiento por escrito de todos los Asociados en
la organización cuyos ingresos puedan probablemente verse afectados. Sin embargo, la Compañía se reserva el derecho de rechazarlo si las circunstancias infringen otras Políticas, Procedimientos y/o las Reglas Comerciales de la Compañía.
4.4.4. Si finaliza su posición por escrito, podrá volver a unirse bajo la línea del Patrocinador de su elección luego de seis (6) Períodos Comerciales completos. La finalización de su posición tendrá como consecuencia la pérdida de todos sus derechos, bonificaciones y comisiones bajo la línea de Patrocinio anterior (véase la Política 1.7). Después de que la Compañía haya recibido la notificación de terminación voluntaria, no podrá realizar reuniones, ni tratar de reclutar nuevos Asociados
o vender productos. Si se descubre que continúa realizando su actividad comercial activamente durante el período de terminación, la Compañía
se reserva el derecho de rechazar su Solicitud y a permitir que se incorpore bajo una nueva línea de patrocinio. Los Asociados que terminaron
voluntariamente su posición de Asociados pueden unirse a una nueva posición bajo una nueva línea o en la misma línea de patrocinio siempre y cuando se cumplan todos los requisitos. La transferencia de posiciones está sujeta a la aprobación de la Compañía la cual puede retenerlas en cualquier momento.
4.4.5. Podrá inscribirse en una nueva posición con
un Patrocinador diferente si no ha renovado la posición original después de su fecha efectiva de renovación, y si no ha tenido ninguna actividad en la posición original en los últimos seis (6)
Períodos Comerciales completos. En su calidad de Asociado inactivo, no deberá referirse a sí mismo como Asociado Independiente de Mannatech,
ni realizar o participar en reuniones educativas o promocionales. Deberá dejar de usar cualquier material que lleve el logotipo, marcas o marca(s) de servicio de la Compañía, no podrá continuar comunicándose con la Compañía, ni intentará patrocinar o reclutar nuevos Asociados o vender producto(s) de la Compañía. Si se descubre que continúa practicando activamente su actividad comercial durante el período de inactividad, la Compañía se reserva el derecho de rechazar
su solicitud bajo una nueva línea de Patrocinio. Deberá completar y presentar una Notificación de Terminación Voluntaria (MOD 1806041) y presentar una nueva Solicitud y Contrato. Los Asociados que deseen volver a unirse en estas circunstancias, son elegibles para unirse en una nueva posición. Las transferencias de posiciones están sujetas a la aprobación de la Compañía las cuales pueden ser denegadas en cualquier momento.
4.4.6. No podrá persuadir o intentar persuadir a cualquier otro Asociado para que finalice su inscripción con la Compañía y así poder unirse a su línea descendente, ni utilizar cualquier táctica desleal o acción indebida para conseguir algún consentimiento (Véase 4.2.1).
4.4.7. La Compañía se reserva el derecho de retomar cualquier posición inactiva o finalizada y de transferir dicha posición a otra parte al valor real.
4.5. Venta o transferencia de posiciones del Asociado
4.5.1. Venta de la posición de un Asociado
Un Asociado activo puede vender su posición de Asociado a otro individuo o entidad con la aprobación escrita de la Compañía. Para
vender una posición de Asociado, el Asociado debe primero notificar a la Compañía de su intención de vender al correo electrónico 4-start@ xxxxxxxxx.xxx, debe estar al corriente, cubrir todas las deudas, obligaciones y cuotas que adeude a la Compañía, y no puede estar en violación de ningún término de estas Políticas
y Procedimientos. Para poder preservar la línea de Auspiciador, el Asociado que vende debe ofrecer la venta de su posición de Asociado en el orden de prioridad indicado a continuación, y el Asociado interesado en comprar la posición debe estar al corriente y cumplir con los términos de estas Políticas y Procedimientos. Las partes deben presentar el Formulario de Venta de Posición a
la Compañía para su aprobación por escrito y pagar la cuota de proceso de la transacción. Los términos, condiciones, e información adicionales en relación al proceso de venta de posición, están incluidos en el formulario.
4.5.1.1. La primera opción para compra es para el Afiliador de la posición que está a la venta por el Asociado que vende. Si el Afiliador rechaza la
oferta para la compra, o si está inactivo o no está al corriente, la segunda opción para la compra pertenece al primer Asociado Presidencial Calificado en línea ascendente del Afiliador.
Si ese líder Presidencial rechaza la oferta para comprar, o si está inactivo o no está al corriente, entonces el Asociado que vende puede ofrecer la posición a la venta a cualquier otro Asociado en su línea ascendente que cumpla con estas condiciones y a cualquier individuo o entidad con las suficientes habilidades y recursos para operar la posición.
4.5.1.2. Se alienta a, pero no se requiere, que las partes involucren a un experto independiente en valuación para determinar el valor xxxxx xx xxxxxxx de la Posición de Asociado a la venta.
Ante una solicitud por escrito, la Compañía ofrecerá una recomendación para un proveedor de servicios. El costo del servicio será cubierto por las partes y no por la Compañía. La Compañía no es responsable legal ante las partes por la opinión del experto.
4.5.1.3. Cuando se vende la posición de un Asociado, seguirá en el mismo lugar dentro de la línea de auspiciador. Si la adquisición de la posición por parte del nuevo Asociado pone al Asociado
en conflicto con la regla de Posiciones múltiples bajo la sección 4.7 de estas Políticas y
Procedimientos, el Asociado que compra deberá terminar o transferir una de sus posiciones originales.
4.5.2. Transferencia de posiciones de Asociados inactivos
La Compañía se reserva el derecho, bajo la Sección 4.4.7 de estas Políticas y Procedimientos de transferir a un individuo o entidad a la posición inactiva o terminada. El Afiliador de una posición inactiva puede requerir transferir
a un Asociado existente en la línea ascendente, o a un Asociado existente de primer nivel, o a un nuevo Asociado, a la posición inactiva. Si el Afiliador de la posición está inactivo o no está al corriente o en cumplimiento con estas Políticas y Procedimientos, el primer Asociado Presidencial Calificado en la línea ascendente del Afiliador puede iniciar la solicitud de transferencia de
posición. El Asociado que solicita la transferencia de posición debe completar el Formulario de Transferencia de Posición y presentarla a la Compañía para su aprobación y pagar la cuota de proceso de transacción. Algunos términos,
condiciones e información con relación al proceso de transferencia de posición se incluyen en el formulario.
4.5.2.1. La posición de un Asociado está inactiva si no han habido compras por seis (6) meses
consecutivos y si el Asociado no ha renovado su
cuenta con la Compañía.
4.5.2.2. Si un Asociado termina voluntariamente su posición o si la posición es terminada por la Compañía por incumplimiento con estas
Políticas y Procedimientos, la posición terminada podría ser elegible para la transferencia de posición por parte del Afiliador original de la posición terminada o por el primer Asociado Presidencial Calificado en línea ascendente a ese Afiliador, como se establece en el artículo 4.5.2. anterior. Una posición terminada es elegible para una transferencia de posición, si la posición ha permanecido terminada por seis (6) meses
consecutivos. Las posiciones terminadas por la Compañía por razones disciplinarias solo son elegibles para transferencia de posición a criterio exclusivo de la Compañía una vez que ha pasado un periodo de seis (6) meses.
4.5.3. Ya sea por venta o transferencia de posición, el nuevo dueño de la posición de Asociado debe firmar el formulario vigente de Acuerdo del Asociado, y cumplir con estas Políticas
y Procedimientos. La Compañía se reserva el derecho a negar la solicitud de venta o transferencia, o a imponer ciertos términos y condiciones a la aprobación de cualquier
solicitud, a su exclusivo criterio. La Compañía no puede autorizar la venta o la transferencia de una posición de un País de Operación a otro. La
posición quedará siempre en el País de Operación en la que se originó.
4.6. Herencia de las posiciones de los Asociados
4.6.1. Al ocurrir la muerte de un Asociado, todos los derechos de la posición del Asociado,
incluidos los derechos a las comisiones, bonos y las responsabilidades del Asociado, deberán transmitirse al heredero tal y como se haya establecido en el testamento del Asociado o de cualquier otra forma que ordene un tribunal con competencia jurisdiccional. En caso que
el Asociado no haya realizado testamento, los derechos a las comisiones, bonos y las
responsabilidades del Asociado se transmitirán de conformidad con las leyes sobre sucesiones intestadas de la jurisdicción del patrimonio del fallecido tal como señale una orden válida de un juez de la República. Para recibir la transmisión, el (los) heredero(s) debe(n) presentar una copia certificada del acta de defunción del Asociado, o cualquier otra documentación requerida por la Compañía para probar el heredero verdadero (incluyendo pero no limitándose a una orden
de un tribunal, copia del testamento, cartas testamentarias en caso que exista un testamento y/o cartas de administración para el caso de que no exista testamento).
4.6.2. El(los) heredero(s) deberá(n) cumplir con todas las responsabilidades de la posición del Asociado y deberá(n) firmar la versión vigente del Contrato
y la Solicitud de Asociado. El heredero puede
heredar y mantener otra posición de Asociado a
pesar de que el (los) heredero(s) ya estuviese(n)
trabajando en una posición existente.
4.7. Posiciones múltiples
4.7.1. Usted y su cónyuge pueden tener una posición independiente y una tercera posición como propietario, compañía, asociación o fideicomiso exclusivo. Todas estas posiciones deben estar en la misma organización de línea descendente de la primera posición propia.
4.7.2. Si una pareja se divorcia, la compañía deberá acatar la decisión firme de un tribunal de la jurisdicción competente con respecto a la división y adjudicación de la participación patrimonial y los derechos de cada parte. La parte concerniente debe suministrar la documentación requerida por la Compañía para probar tal división.
4.7.3. La Compañía no procesará ningún cambio en una cuenta durante un procedimiento pendiente de divorcio a menos que reciba un consentimiento por escrito de ambos cónyuges.
4.7.4. La Compañía se reserva el derecho de intervenir en cualquier procedimiento de divorcio y depositar los cheques por comisiones en el tribunal de la jurisdicción competente en caso de controversia entre los cónyuges sobre las ganancias.
4.7.5. Una sola persona puede detentar dos posiciones. Una posición puede ser una posición independiente y la segunda posición puede ser
de propiedad, compañía, asociación o fideicomiso exclusivo. Todas estas posiciones deben estar en la misma organización de línea descendente de la primera posición propia.
4.8. Xxxxxxxxxx xxxxxxx de los cónyuges y familiares
4.8.1. No podrá sustraerse a su línea original de patrocinio al unirse a otra organización de línea descendente o a una línea diferente de su patrocinador al patrocinarse a usted mismo, su cónyuge, hijos dependientes, familiar (partes vinculadas) o cualquier negocio o compañía que opere bajo una denominación comercial (DBA por sus siglas en inglés) en cuyo caso usted y/o la
parte vinculada tiene una participación patrimonial directa o indirecta. El marido, la esposa, los familiares DBA, socios y/o hijos dependientes, tienen que estar todos en la misma línea descendente por debajo de la primera posición
propia. Se permite estar en líneas separadas
siempre que estén bajo la primera posición propia.
4.8.2. El incumplimiento de estas políticas tendrá como resultado la terminación de la cuenta de xxxxxxxxxx xxxxxxx, y se le solicitará que trabaje exclusivamente en su posición original. Ni la posición de xxxxxxxxxx xxxxxxx ni la organización de línea descendente se transferirán. Si el
Patrocinador o el Reclutador de manera consciente y voluntaria están incitando al xxxxxxxxxx xxxxxxx, el Patrocinador y el Reclutador serán objeto a
otras medidas disciplinarias de conformidad con el Procedimiento Disciplinario de Cumplimiento.
4.8.3. En caso de incumplimiento de estas políticas no podrá participar como socio, consultor o empleado de otra posición de Asociado hasta
que hayan transcurrido seis períodos de negocios completos.
4.9. Esta sección dejada intencionadamente en blanco
4.10. Renovaciones
4.10.1. 4.10.1 Usted mantendrá su estatus por el período de un año coincidiendo con su fecha de
aniversario. No se exigirá ningún requisito para la renovación de los Asociados, aunque participará en el Programa de retención de la Compañía, el cual automáticamente deduce 50% del Pago real (APO, por sus siglas en inglés) de sus pedidos
de productos realizados durante o posterior a la culminación de un año desde la fecha de su inscripción. La no renovación del estatus de un
Asociado Estelar resultará en que el estatus será degradado al nivel Preferido, al momento de colocar una(as) orden(es) a los, o después de catorce días del Período comercial, contados a partir de su última renovación, si no lo acompaña con un Paquete de renovación de Asociado estelar o el equivalente de Volumen de puntos de miembro personal (PMPV, por sus siglas en inglés).
4.10.2. Si la posición no se renueva, y no se han pedido productos bajo esa posición en seis (6) Períodos comerciales completos, el Representante puede transferir la posición a otra persona de acuerdo con la política de transferencia.
4.10.3. Los Asociados tienen prohibido renovar sus posiciones sin el consentimiento expreso de la persona o entidad que posee la posición.
4.11. Informes de línea descendente
Las solicitudes de informes de línea descendente (MOD 1802641) deben ser presentadas en la correspondiente planilla que se obtiene a través de la Compañía y del Programa rastreador de éxito de la Compañía. Usted sólo puede solicitar informes de línea descendente para su propia organización de línea descendente. Los informes de línea descendente son propiedad patentada y confidencial de la Compañía y le son entregadas únicamente para suministrar información para las
actividades comerciales su Compañía y por ninguna otra razón. La información contenida en el informe de línea descendente es valioso y de propiedad de la Compañía y debe mantenerse confidencial y no ser directa o indirectamente diseminado o copiado a terceras personas u otros Asociados y están sujetas a la política 4.12.
4.12. Información confidencial de propiedad exclusiva de la compañía/Informes suministrados a los asociados
La genealogía de la Compañía (siendo ésta la información en poder de la Compañía
relacionada con sus Asociados, incluyendo pero sin limitarse a su relación con cada uno de sus Asociados, el patrocinio de cada Asociado, la línea ascendente y descendente del Asociado, los gráficos, informes de datos, otros materiales e información sobre el historial de compras de cada Asociado [colectivamente llamada “Información
confidencial”]) son propiedad de la Compañía, son altamente sensibles y valiosas para las actividades comerciales de la
Compañía y le son transmitidas a Usted en estricta confidencialidad. Los intereses legítimos de las actividades comerciales de la Compañía requieren la no divulgación de los mismos (entre otras cosas) a los competidores de la Compañía. Y en el caso de que la Compañía le divulgue algún detalle de cualquiera de sus genealogías durante la vigencia de este Contrato:
4.12.1. Usted deberá en todo momento y sin límite de tiempo, considerar tales detalles como Información confidencial bajo la naturaleza xx xxxxxxx comercial y no podrá divulgar tales
detalles a ninguna persona (incluyendo cualquier compañía o persona que esté en competencia con la Compañía). Deberá tomar medidas
razonables para proteger y mantener la seguridad de la información y deberá usar tales detalles únicamente para el beneficio de las actividades comerciales de la Compañía y para el propósito para el cual fue previsto.
4.12.2. No podrá publicar, vender, reproducir para la venta o de ninguna manera distribuir Información confidencial a cualquier otro Asociado, individuo o tercero no relacionado con la Compañía.
4.12.3. No podrá durante la vigencia del Período de este Contrato o por un período de dos años en lo sucesivo tomar o impulsar cualquier acción en la cual pueda esquivar, incumplir, interferir con o disminuir el valor del beneficio de la genealogía de la Compañía.
4.12.4. No podrá usar la Información confidencial para
sus actividades comerciales de Mannatech.
4.12.5. La Compañía sufriría un daño irreparable en el caso de que la Información confidencial
y propiedad exclusiva de la Compañía sea diseminada de una forma que contravenga sus intereses. La Compañía se reserva el derecho de buscar medidas cautelares o cualquier otro recurso disponible en la ley para proteger su Información confidencial.
4.12.6. La Compañía le suspenderá el acceso a la información confidencial durante cualquier procedimiento Disciplinario de Asociados y en lo sucesivo.
4.13. Períodos comerciales
4.13.1. Los Períodos comerciales terminan cada 28 días en días viernes. (Calendario del período comercial, MOD 1992041)
4.13.2. Las participaciones de menos de $10,500 (COP) se trasladarán al siguiente período. Todas las participaciones serán pagadas en pesos colombianos.Commissions paid on Member
purchases will be paid on the product check issued two weeks after the end of the Business Period.
4.13.3. Las participaciones correspondientes a las compras de los Miembros, serán pagadas en el cheque de producto emitido dos semanas después del final del Período comercial.
4.13.4. Las participaciones ganadas que totalicen menos de $10,500 (COP) en un año calendario serán confiscadas luego de un año.
4.13.5. Ninguna participación, bonificación y/o incentivo se pagará hasta que la Compañía reciba la solicitud firmada o, al registrase electrónicamente, la firma electrónica del Asociado aceptando los Términos y Condiciones.
4.13.6. El método preferido de pago de la participación es por depósito directo el cual puede ser solicitado en línea o presentando el MOD 1800741.
4.14. Impuesto sobre la renta
Usted es un Asociado independiente. La Compañía no deduce impuestos personales de sus cuentas de comisiones. Al final de cada año calendario. La Compañía le entregará a Usted y a las autoridades fiscales competentes toda la información sobre ingresos establecida por ley.
4.15. Solicitud de investigación de participaciones
4.15.1. Toda consulta de investigación de participaciones debe ser presentada por escrito a la Compañía dentro de los 45 días siguientes a la emisión del cheque en cuestión.
4.15.2. Los reclamos de errores en los pagos de participación y solicitudes de recalculo de participaciones derivadas de un error del Asociado deben ser presentadas por escrito y deben incluir:
(i) una aprobación por escrito del Asociado de línea ascendente que recibió el ingreso por error,
(ii) una aprobación del líder para que la Compañía recalcule las comisiones y (iii) la autorización del Asociado líder para que la Compañía deduzca
el monto total de la próxima participación del Asociado líder respectivo. La Compañía no es responsable de recalcular las participaciones para Asociados Independientes que no sigan todos los pasos anteriormente descritos.
4.15.3. Únicamente los errores de la Compañía serán recalculados sin autorización escrita de un líder ascendente.
4.15.4. La Compañía se reserva el derecho de retener en futuros pagos de participaciones cualquier cantidad de dinero adeudada por Usted a
la Compañía, incluyendo pero sin limitarse a cualquier participación errónea o con sobre pago, incluyendo participaciones pagadas en productos devueltos o reembolsados o paquetes o dinero adeudado a la Compañía u otro Asociado.
5. Operaciones, pedidos, devolución de
productos, reembolsos y envíos
5.1. Opciones de pedidos
5.1.1. Los pedidos telefónicos serán aceptados con pagos con tarjetas de crédito o cheques. Llame a la Compañía al número _018005183349_ para
realizar el pedido. No envíe por correspondencia a la Compañía la copia impresa del pedido cuando realice el pedido vía telefónica.
5.1.2. Para realizar un pedido por comercio electrónico, ingrese el pedido a través de la página web de Xxxxxxxxx.xxx. La única opción de pago es por tarjeta de crédito.
5.1.3. Para realizar un pedido vía fax, envíe llena la Planilla de pedido del producto vía fax, incluyendo la información de tarjeta de crédito o un cheque lleno a través de la Planilla de autorización
por fax al número 00 0 000 0000. No envíe por correspondencia a la Compañía la copia impresa del pedido.
5.1.4. Para realizar un pedido por correspondencia, envíe llena la Planilla de pedido de producto con la información de la tarjeta de crédito, cheques (únicamente en los Estados Unidos de América), cheque de gerencia u orden de pago en dólares de los Estados Unidos de América, a nombre de: Mannatech Colombia
S.A.S Xx. Xxxxxxx 00 Xx. 000-00 Xxxxx 0 Xx. 0000 (Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx 000) Xxxxxx X.X.
5.2. Pedidos por Correspondencia
Todos los pedidos de productos recibidos por correspondencia que no han sido apropiadamente llenados y firmados se devolverán al Asociado.
Pedidos sin pago o pago adjunto incompleto, no pueden ser procesados. A menos que la Compañía disponga de cualquier otra forma en condiciones especiales, el valor de la bonificación del pedido se acreditará en el mismo Período comercial en el que es recibido y aprobado el pago. Si se incluye más de una planilla de pedido en una correspondencia, es posible emitir un cheque para múltiples pedidos.
5.3. Pedidos automáticos
5.3.1. 5.3.1. Usted puede participar en un Programa de pedido automático opcional. El Pago real (APO) del 11% se descuenta automáticamente de todos los pedidos. Al inscribirse como Asociado puede
participar en el programa. Simplemente llene la Planilla de pedidos automáticos (MOD 1801641) o realice el pedido por teléfono a través del número 018005183349 e identifique los productos que automáticamente le serán enviados cada cuatro semanas. La Compañía automáticamente cargará a su tarjeta de crédito u otra opción de pago
el monto del producto pedido, los impuestos aplicables y cargos de envío/manejo, hasta que notifique a la Compañía que desea suspender el Pedido automático (AO, por sus siglas en inglés). Debe informar a la Compañía una fecha de vencimiento actualizada de la tarjeta de crédito o débito para seguir recibiendo los AOs.
5.3.2. Una vez iniciado el AO se mantendrá activo hasta que lo cancele por escrito o llamando al número 018005183349. Puede cancelar el AO en cualquier momento.
5.3.3. Puede realizar cambios al AO a través de la
Internet.
5.3.4. La Compañía debe recibir cualquier cambio o cancelación de los AO por escrito, por teléfono o en línea, cinco (5) días antes de la fecha de generación del AO o los cambios/cancelación
pueden no tener efecto hasta el siguiente Período de actividad comercial.
5.3.5. En el caso de que un Asociado no tome los pasos necesarios para cancelar su pedido automático
y se niegue a aceptar el envío del artículo provocando que el pedido sea devuelto a la Compañía, el Asociado solicitante debe costear tanto en el envío como la devolución del pedido. En el caso de que dicho Asociado desee hacer otro pedido automático, la Compañía tiene el derecho de no procesar la solicitud del pedido automático hasta que la Compañía haya sido reembolsada por el costo del anterior pedido automático.
5.3.6. La participación en el programa no lo exime del cumplimiento de la regla 70/30 conforme con lo dispuesto en el presente documento. Refiérase a la sección 5.11. y 5.13.
5.4. Reservado para expansión futura
5.5. Opciones de pago
5.5.1. Todos los pagos por productos y materiales deben ser realizados en moneda de los Estados Unidos de América. Otros medios aceptados de
pago incluyen, dinero efectivo solamente para compras en los establecimientos comerciales, cheques personales, tarjetas de crédito o débito aceptadas por la Compañía y lo siguiente debe ser pagado en moneda de los Estados Unidos de América: cheque de gerencia, cheque certificado y órdenes de pago. No envíe dinero en efectivo por correspondencia. La Compañía no acepta Pedidos contra reembolso (COD, por sus siglas en inglés).
5.5.2. Cheques personales - La Compañía solo acepta pesos colombianos. Un cheque de un Asociado debe contener su nombre y
dirección. Se adicionará un cargo por servicio al total recolectado de cada cheque devuelto a la Compañía. La Compañía acepta cheques u
órdenes de pago pagaderos únicamente en pesos
colombianos.
5.6. Esta sección dejada intencionadamente en blanco
5.7. Tarjetas de crédito
Los productos y materiales promocionales pueden ser adquiridos con tarjetas de crédito aceptadas por la Compañía. El titular de la tarjeta de crédito debe firmar todos los pedidos/pagos de tarjeta de crédito recibidos por correspondencia o fax (incluyendo los Pedidos automáticos y cambios).
Los Asociados pueden usar únicamente tarjetas de crédito que le pertenezcan o para las cuales son usuarios autorizados. Los Asociados que procesen pedidos sin el consentimiento del titular de la tarjeta están violando la ley colombiana y serán sometidos a una terminación inmediata. Cualquier Asociado que realice un cargo sin garantía a la Compañía debido a una transacción no autorizada estará sujeto a terminación inmediata. Las disputas relativas a tarjetas de crédito deben ser presentadas a la Compañía por escrito, durante el año siguiente a la fecha de la transacción.
5.8. Impuestos a las ventas
5.8.1. El(Los) Asociado(s) en Colombia cobrarán el impuesto a las ventas sobre la base del precio de venta minorista sugerido del producto, siempre que estén obligados a ello según lo normatividad vigente.
5.8.2. El “Monto adeudado” en la Planilla de pedido de productos del Asociado, incluyendo los impuestos de IVA, pueden ser aplicados.
5.8.3. Esta sección dejada intencionadamente en blanco Con el fin de eliminar el cobro de impuesto de ventas en pedidos de productos en Colombia
los Estados Unidos de América, Usted debe proporcionar un certificado de impuesto válido de reventa del país en el que reside o de su domicilio comercial.
5.9. Compra para uso propio (Requisitos de inventario)
Compra para uso propio (Requisitos de inventario)
5.10. Producto acumulado
5.10.1. El Plan de compensación y xx xxxxxxx de Mannatech se basa en las ventas de productos al por menor. No es necesario que Usted mantenga un inventario de productos para ventas al por menor. La acumulación es el pedido excesivo de cantidades de productos únicamente con el propósito de calificar para participaciones, bonificaciones o ascensos en el Plan de compensación y xx xxxxxxx. Usted debe
pedir solamente una cantidad de productos para un período de cuatro semanas para satisfacer razonablemente sus necesidades y/o pedidos
de clientes minoristas. La acumulación es una manipulación del Plan de compensación y xx xxxxxxx y lleva injustamente a que un Asociado obtenga ganancias mientras otro pierde.
5.10.2. Cualquier Asociado que solicite un reembolso de productos acumulados puede ser reembolsado según la regla del 70% (refiérase a la política 5.11.) a discreción de la Compañía y está sujeto a una acción disciplinaria y/o terminación si se determina que el Asociado violó la Regla del 70%.
5.11. La regla del 70%
5.11.1. Ventas de Productos: El Plan de compensación y carrera se basa en las ventas de servicios y productos Mannatech a consumidores finales. Usted debe llenar los requisitos personales y de ventas al por menor de organización de línea descendente (al igual que cumplir con otras
responsabilidades expresadas en el Contrato) para poder optar por las bonificaciones, comisiones y ascensos a niveles más altos de desempeño.
5.11.2. Se debe cumplir con los siguientes requisitos de ventas para poder optar por las comisiones:
• Debe cumplir con los requisitos del Volumen de
Puntos Personal (PPV, por sus siglas en inglés),
para mantener su estatus especificado en el Plan de compensación y xx xxxxxxx. El “volumen de puntos personal” incluirá sus propias compras.
• Debe utilizar o vender a sus propios Clientes minoristas al menos un setenta por ciento (70%) de sus pedidos personales antes de pedir productos adicionales.
• En cada período de actividad comercial, Usted debe desarrollar y servir a los clientes tal y como está estipulado en el Plan xx xxxxxxxx y compensación de la Compañía. Estos clientes
pueden ser Clientes minoristas propios, Clientes de pedidos automáticos de productos, Clientes preferidos o cualquiera de las combinaciones de estos tres.
5.12. Reemplazo de productos defectuosos
La Compañía reemplazará cualquier producto defectuoso por uno igual o similar durante los 90 días siguientes a la compra. Sin embargo, ningún producto(s) será devuelto
a la Compañía sin previa aprobación. Para asegurar el reemplazo del producto, debe cumplir con los procedimientos de devolución establecidos en la sección
5.13. Garantía de satisfacción
Mannatech respalda la calidad de sus productos y su satisfacción. Si por algún motivo, al probar nuestro producto no queda completamente
satisfecho, debe devolverlo a la Compañía durante los 90 días posteriores a la compra para el canje
o reembolso de su costo y su correspondiente impuesto aplicable. (La información impresa corporativa y el material promocional de Mannatech no son considerados productos a los fines de la Garantía de satisfacción. Sin embargo, Mannatech permite el canje del material impreso corporativo
y de los materiales promocionales actualizados de Mannatech. Por favor, refiérase a la sección de política de Canje de Mannatech 5.13.3.3.)
NOTA: Participar en el Plan de compensación
y Carrera es opcional. 1. Diversos incentivos/ programas/premios/viajes/promociones especiales/ campañas, etc. (en lo sucesivo denominados “incentivos”) pueden tener criterios específicos de devolución/reembolso/canje.
Asegúrese xx xxxx las directrices/reglas para tales
incentivos. 2. Está prohibido acumular para obtener incentivos; incluyendo, aquellos productos que compre a través de cuentas de línea descendente. Los Asociados que ganen participaciones/ bonificaciones/incentivos, etc., pueden estar sujetos a la acumulación (refiérase a la sección 5.10.) o la Regla del 70 % (refiérase a la sección 5.11.) cuando los pedidos de productos que se utilizaron para calificar a incentivos sean devueltos.
La Compañía tendrá la decisión final en cuanto a si cualquier producto comprado para calificar a participaciones/bonificaciones/incentivos es
elegible para devoluciones/reembolsos. Cualquier devolución/reembolso de productos, de pedidos realizados por su línea descendente durante el período de incentivos (sin importar el beneficiario) también están sujetos a la aprobación de la Compañía. Basado en la decisión de la Compañía, esto puede conducir a la disminución de los montos de devolución/reembolso/canje y/o pérdida
de participaciones/bonificaciones/incentivos/ calificaciones, etc.
5.13.1. Procedimientos de devolución de los Asociados Para devolver un producto a ser reembolso, Usted
debe:
5.13.1.1. Contactar a Atención al Cliente para obtener una Planilla de solicitud de autorización de devolución. Las devoluciones no autorizadas no serán aceptadas y se puede destruir los contenidos.
5.13.1.2. Llene la Planilla de solicitud de autorización de devolución.
5.13.1.3. Cumpla con las instrucciones que se encuentran en la Planilla de solicitud de autorización de devolución.
5.13.1.4. Coloque en el paquete las botellas (vacías o con porciones sin usar) en el paquete.
5.13.1.5. Usted es responsable de los costos de envío, cualquier seguro, y rastreo de su paquete de envío devuelto en caso de ser necesario.
5.13.1.6. El Reembolso máximo de productos es de
$3,000,000. Mannatech no reembolsará ni devolverá ningún producto adicional recibido en exceso de $3,000,000. Los asociados
cuya devoluciones de productos superen los
$3,000,000 serán considerados por Mannatech
como dados de baja voluntariamente.
5.13.1.7. Si alguien de su organización de línea descendente devuelve cualquier producto a la Compañía y solicita un reembolso por causa de tergiversación y/o cualquier otra presunta violación de las políticas, Usted puede ser sometido a un procedimiento disciplinario de cumplimiento
En caso de que se considere apropiado, Usted deberá reembolsar a la compañía y/o autorizar a la compañía a deducir de sus futuras Comisiones el monto total reembolsado a la línea descendente. (Refiérase también a la sección 5.12.5).
5.13.2. Procedimiento de devolución al cliente minorista
Para devolver productos usados a ser
reembolsados, Usted debe:
5.13.2.1. Si fue comprado directamente a la Compañía, Mannatech procesará la devolución directamente a nombre del Asociado. Siga los procedimientos establecidos en la sección 5.12.1.
5.13.2.2. Si fue comprado a un Asociado, el Asociado está obligado a honrar la Garantía de satisfacción
de Mannatech (refiérase a la sección 2.21.8). Tras la recepción los productos y la prueba de reembolso al Cliente, el Asociado puede devolver los productos usados a Mannatech para ser reembolsado o canjeado siguiendo los procedimientos establecidos en la sección 5.12.1.
5.13.3. Canje de productos
5.13.3.1. La Compañía canjeará por igual valor cualquier
producto que sea devuelto en condiciones de
5.13.3.4. La Compañía pagará el franqueo de devolución
por el producto que se le regresa al cliente.
5.13.3.5. No hay Pago real (APO, por sus siglas en inglés) adicional o Volumen de puntos personal (PPV, por sus siglas en inglés) en pedidos canjeados.
5.13.3.6. Los productos devueltos no tienen ningún valor en dinero efectivo y no será acreditado a su cuenta Mannatech.
5.13.4. Reembolsos a Asociados independientes y Terminación voluntaria. Los Asociados pueden solicitar un reembolso de todos los productos no utilizados al momento de presentar la Planilla de terminación voluntaria por escrito a la compañía. La Compañía volverá a comprar cualquier producto que no haya sido abierto y pueda ser colocado de nuevo en el inventario y también cualquier material corporativo impreso actualizado que esté en una condición buena y
utilizable (colectivamente denominado “inventario comercializable”) sujeto a un 10% de la tarifa de procesamiento. A los fines de la presente Política, el inventario comercializable debe limitarse al inventario que haya sido devuelto antes de los doce (12) meses posteriores a la fecha de su compra.
5.13.5. Participación sobre productos reembolsados Cualquier producto reembolsado o paquete a ser reembolsados que le da derecho a cualquier Asociado a optar por incentivos y/o
participaciones, puede resultar, a discreción de la Compañía, en la pérdida de calificación para optar a incentivo y de cualquier participación obtenida. En caso de ser aplicable, la Compañía deducirá las participaciones pagadas por productos o paquetes reembolsados, bien sea del monto reembolsado adeudado o de futuros cheques de
de entrega serán enviados separadamente, sin ningún costo adicional, tan pronto como lleguen al almacén. Por favor, reporte cualquier envío incompleto o incorrecto dentro de los siguientes siete (7) días.
5.14.3. En el caso de que su pedido no llegue dentro de los siguientes diez (10) días hábiles, contacte a Atención al Cliente. Por favor, proporcione
información relacionada con su cuenta, al pedido
y al envío.
5.14.4. Por favor revise el paquete al momento de recibirlo para verificar si hay algún daño, y reporte dicho daño a Mannatech dentro de los siguientes siete (7) días.
6. Leyes, regulaciones y procedimientos disciplinarios
6.1. Modificaciones a las políticas y procedimientos
La Compañía se reserva específicamente
el derecho a realizar cualquier cambio que considere necesario a cualquiera de las Políticas y procedimientos y al Plan de remuneración y xx xxxxxxx (Precios y/o características comerciales)
previa notificación escrita o impresa a los Asociados en los Documentos en línea de Mannatech y/o en otros materiales impresos. Cualquier revisión a las Políticas y procedimientos y al Plan de remuneración y xx xxxxxxx será vinculante para todos los Asociados cuando se realice la publicación de
tales revisiones en los Documentos en línea de Mannatech o tal y como anunciado oficialmente en cualquier comunicación de la Compañía.
6.2. Eliminación de políticas y procedimientos
Si cualquiera de las disposiciones del Contrato del Asociado y de las Políticas y procedimientos se
considera inválida, ilegal o inaplicable, la Compañía
ser comercializado y adquirido durante los doce
(12) meses siguientes a la fecha de la compra.
5.13.3.2. Contacte a Atención al Cliente para obtener una Autorización de devolución de mercancía siguiendo los procedimientos establecidos en la sección 5.13.1
5.13.3.3. Todo canje se realizará uno por uno en función de igual valor. Las botellas abiertas o sucias no le serán canjeadas o devueltas. La Compañía sólo canjeará material promocional sin usar durante los treinta (30) días siguientes a la compra.
participaciones.
5.14. Envío
5.14.1. Mannatech se esfuerza para enviar su pedido dentro de las 24 horas siguientes de su recepción, excluyendo fines de semana y feriados. Mayores volúmenes como los incentivos u otros eventos pueden extender dicho lapso a 72 horas.
5.14.2. Por favor revise los productos dentro del paquete. Por favor, compare la nota de envío del paquete con su pedido y revise si hay algún producto cuya entrega está pendiente. Los productos pendientes
puede modificar o eliminar dicha disposición. La modificación o eliminación de cualquier cláusula o disposición no afectará las disposiciones y cláusulas restantes, las cuales se mantendrán en pleno vigor.
6.3. Cesión
Nada en el presente documento impedirá a la Compañía ceder sus derechos y obligaciones a sus Asociados, a cualquier persona, empresa o corporación.
6.4. Leyes gubernamentales
6.4.1. Usted no puede aseverar que la Compañía o cualquiera de sus productos han sido aprobados o avalados por alguna autoridad competente.
6.4.2. Si se le encuentra culpable de haber violado
la ley colombiana durante la realización de sus actividades comerciales Mannatech, al ofrecer el plan de negocios de la Compañía y/o al vender cualquiera de los productos de la Compañía, Usted será sometido a una acción disciplinaria, hasta llegar inclusive a la Terminación inmediata del Contrato.
6.4.3. Ofrecimiento de los productos de Mannatech en escuelas privadas y públicas.
Puede que existan varias prohibiciones a nivel nacional en contra del uso de las escuelas privadas o públicas, maestros, instructores y/o administradores de cualquier función relacionada con los esfuerzos promocionales de los productos.
A los Asociados se les exige que se
familiaricen con tales prohibiciones/disposiciones y que cumplan con las mismas durante la promoción y realización de sus actividades comerciales Mannatech. Los Asociados no podrán:
6.4.3.1. Poner a la venta, vender, comercializar y distribuir los productos de la Compañía o materiales promocionales a los maestros, funcionarios administrativos u otros empleados de cualquiera de las escuelas privadas o públicas en la propiedad escolar durante el horario escolar o mientras que dichos individuos están ejerciendo sus funciones como empleados de la escuela; o
6.4.3.2. Reclutar para inscripción como Asociado a cualquiera de los maestros, funcionarios
administrativos u otros empleados de cualquiera de las escuelas privadas o públicas en la propiedad escolar durante el horario escolar o mientras que dichos individuos están ejerciendo sus funciones como empleados de la escuela.
6.4.3.3. Nada en esta política impide a los maestros, empleados o funcionarios administrativos en ejercicio de sus funciones privadas como lo establece la ley aplicable que sean Asociados de Mannatech.
6.4.4. El Asociado que cometa un delito relacionado con las actividades Comerciales de Mannatech.
6.4.4.1. Cualquier Asociado que sea sentenciado o se declare culpable de un delito que esté de una u otra forma relacionado o que haya ocurrido durante las actividades comerciales de Mannatech se someterá a una acción disciplinaria, que puede llegar inclusive a la
terminación inmediata del presente Contrato.
6.4.4.2. Cualquier Asociado Independiente acusado de una actividad criminal relacionada con sus actividades comerciales Mannatech puede, dependiendo de la naturaleza y severidad de los cargos, a discreción de Mannatech, ser suspendido con o sin pago de las participaciones, en espera del fallo judicial.
6.4.4.3. A discreción de Mannatech, los Asociados Independientes en condición de suspendidos no pueden: celebrar reuniones, inscribir nuevos Asociados, vender productos, participar en los eventos de Mannatech o incentivos o actuar de cualquier otra forma en nombre de Mannatech durante la suspensión.
6.4.5. A los fines de las presentes Políticas y procedimientos, la Compañía determinará a su única discreción si un Asociado Independiente es contratado para la realización de las actividades comerciales de Mannatech, ofreciendo el plan de negocios de la Compañía o contratado para la venta de cualquiera de los productos de la Compañía.
6.5. Contactos con entes reguladores gubernamentales
No puede contactar a ningún ente regulador gubernamental (por ejemplo: el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA por sus siglas en español), y/o la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC por sus siglas en español)) en nombre de la Compañía. No puede representar a la Compañía si es contactado por los entes regulatorios gubernamentales. En caso de que un ente
regulador se ponga en contacto con Usted, deberá contactar al Departamento de Asuntos Regulatorios de la Compañía al 000-000-0000.
6.6. Esta sección dejada intencionadamente en blanco
6.7. Esta sección dejada intencionadamente en
blanco
6.8. Requisitos para la capacitación en materia de reglamentación
La Compañía puede ofrecer ocasionalmente seminarios en relación con la capacitación en materia de reglamentación en eventos patrocinados por empresas. Se insta a los Asociados a participar en dicha capacitación antes o durante el transcurso de sus actividades comerciales de la Compañía.
6.9. Monitoreo de reuniones
La Compañía puede llevar a cabo un monitoreo anónimo y al azar de las reuniones de los Asociados y/o convocatorias de conferencias
y puede grabar las reuniones pese a cualquier admonición a contrario. Usted debe seguir los lineamientos regulatorios y adherirse a las Políticas y procedimientos del Asociado cuando lleve a cabo u organice reuniones de oportunidad o educativas.
6.10. Reportes de incumplimientos
Nuestros productos están regulados por la Ley colombiana y la forma en la que promovemos nuestros productos está regulada por la ley misma. La Compañía está comprometida con el cumplimiento de todos los requerimientos legales. Es esencial para los Asociados cumplir igualmente. Nosotros dependemos los unos de
otros. El incumplimiento de uno puede ocasionar problemas para los demás. En este sentido, con el fin de permitir a la Compañía asegurar que
sus operaciones en cada nivel cumplan con los requerimientos legales, se requiere que Usted informe acerca de cualquier incumplimiento con las Políticas y procedimientos de la Compañía que
llaman su atención en Xxxxxxxxx.XxxxxxXxxxx.xxx o por teléfono llamando al 0 0 000-000-0000.
6.11. Resolución de disputas
Xxxx intentar resolver cualquier agravio o demanda en contra de otro Asociado buscando primero resolverlo con asesoría de su líder.
6.12. Procedimiento disciplinario
6.12.1. Alegaciones de incumplimiento de una Política (en lo sucesivo denominada el “Asunto”) realizadas en contra de un Asociado de la Compañía por uno de los siguientes como un “Iniciador” del procedimiento: un empleado de la Compañía, un Asociado de la Compañía y/o cualquier tercero que haya sido afectado por la
conducta de un Asociado. El Iniciador comenzará el proceso llenando la Planilla de demanda por incumplimiento 1 (“F1”). El Asunto puede ser reportado vía web en Mannatech.EthicsPoint. com o por teléfono llamando al 0 1 800-041- 3821. Tenga en cuenta que una demanda F1
una vez introducida será comunicada al primer Presidencial en línea ascendente del Demandado y al Presidencial platino en línea ascendente del Demandado.
6.12.2. Se debe instituir un “Asunto” dentro de los seis (6) meses después de su ocurrencia, al menos que se demuestre causa de fuerza mayor para el retraso.
6.12.3. Todas las referencias en las presentes Políticas y procedimientos al “Director de cumplimiento”
se referirán al funcionario o empleado que ocupe dicho cargo o su designado.
6.12.4. El Director de cumplimiento puede determinar a partir de la F1 u otra evidencia correspondiente a la alegación que no constituye una violación
a alguna política de la Compañía. Se le enviará al Iniciador una respuesta a este efecto y no se derivará ningún otro proceso.
6.12.5. El Director de cumplimiento puede determinar que las alegaciones se pueden fundamentar y no justificar una investigación, en dicho caso se enviará una notificación de Advertencia al
Asociado en incumplimiento instándolo a cesar la actividad actual. La Advertencia incluirá un contrato que el Asociado debe firmar y devolver
dentro del plazo asignado y no se derivará ningún otro proceso.
6.12.6. Si las alegaciones justifican una investigación, se enviará una Planilla de respuesta 2 (“F2”) al “Demandado” Asociado quien ha incumplido presuntamente con la política establecida en la
Demanda. La F2 está diseñada para permitirle al Demandado dar detalles del “Asunto” y aclarar los hechos para el Departamento de cumplimiento.
Una vez recibida, el Director de cumplimiento determinará si ha ocurrido un incumplimiento de política y, en ese caso, se agendará para revisión del Comité de cumplimiento. Si las alegaciones no pueden ser fundamentadas debido a evidencia insuficiente, o si se determina que no
6.12.7. 6.12.7. El Demandado debe llenar y devolver
la Planilla 2 (Respuesta a la Demanda del
Demandado) dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud para hacerlo por parte del Director de cumplimiento (o designado). Se presume que Xxxxx recibió la solitud para llenar una Planilla 2 a más tardar a los tres (3) días hábiles después de que fue enviada por la Compañía (siete [7] días hábiles si fue enviada internacionalmente).
6.12.8. El Comité de cumplimiento (el “Comité”) estará conformado por al menos de tres jefes de departamento seleccionados sólo a discreción del Director de cumplimiento. Las siguientes personas no pueden formar parte del Comité: un miembro actual de la Junta directiva o el jefe de Legal y cumplimiento. Adicionalmente, una persona no puede participar en el Comité si para ello generara un conflicto de intereses.
6.12.9. Corresponderá al Iniciador la mayor carga de la prueba. El demandante y el Demandado son
responsables de asegurar que la Compañía reciba
las declaraciones de los testigos en su nombre.
6.12.10. El Iniciador debe notificar a la Compañía por escrito en el caso de que él o ella desee retirar una demanda.
6.12.11. Al Iniciador y al Demandado se le concederá a cada uno una duración de tiempo razonable en la reunión por teleconferencia para presentar sus respectivas posiciones al Comité. El Iniciador y el Demandado deben suministrar al Director de cumplimiento el número de teléfono correcto
a través del cual pueden ser contactados en el tiempo programado o una aceptación por escrito o exención de su deseo de presentar oralmente una posición.
6.12.12. El Comité considerará solamente las declaraciones escritas y las presentaciones de la posición oral con respecto a la presunta
infracción. La decisión del Comité con respecto a la validación y/o acción disciplinaria impuesta (de ser el caso) se determinará mediante el voto mayoritario confidencial.
6.12.13. Salvo a lo establecido en la sección 6.12.13.10 que aparece más adelante, el Comité puede imponer una o la combinación de las siguientes sanciones:
6.12.13.1. Una advertencia escrita aclarando el significado y la aplicación de una Política o Procedimiento específico y advirtiendo que una violación
reiterada resultará en acciones adicionales.
Except as set forth in 6.12.13.10 below, the Committee may impose any one or a combination of the following sanctions:
6.12.13.2. Un período de prueba, que puede incluir solicitar al Asociado tomar una medida correctiva y pudiera incluir supervisión de seguimiento por parte de la Compañía para asegurar el cumplimiento del Contrato.
6.12.13.3. La suspensión de ciertos privilegios del Asociado, incluyendo pero sin limitarse a la colocación de órdenes de producto,
participación en los programas de la Compañía, ascenso en el Plan de remuneración y xx xxxxxxx o participación como Patrocinador (incluyendo participación como un Patrocinador Internacional) durante un período de tiempo
o hasta que el Asociado satisfaga ciertas
condiciones específicas.
6.12.13.4. El retiro o denegación de un premio o reconocimiento o la restricción de participación en los eventos patrocinados por la Compañía, ya sea por un período específico de tiempo o hasta que Usted satisfaga ciertas condiciones específicas.
6.12.13.5. La retención de participaciones o bonificaciones durante un período específico de tiempo o hasta que Usted haya satisfecho ciertas condiciones específicas.
6.12.13.6. La imposición de multas u otras penalidades
previstas en la ley.
6.12.13.7. La terminación de su Contrato de Asociado.
6.12.13.8. En los casos en los cuales el Comité de cumplimiento determine que el Asociado Independiente ha alegado que los productos de la Compañía curan, tratan, mitigan o previenen una enfermedad específica (una “Violación por alegación relativa a enfermedad”), el Comité de cumplimiento realizará una búsqueda específica para determinar si la Violación por alegación relativa a enfermedad fue aislada o trivial.
6.12.13.9. Si se determina que la Violación por alegación relativa a enfermedad es aislada y trivial, el Comité de cumplimiento impondrá las sanciones establecidas en la sección 6.12.13, suficiente para que el Asociado Independiente esté
consciente de la infracción y para asegurar el futuro cumplimiento de las políticas concernientes a las alegaciones relativas a enfermedad.
6.12.13.10. Salvo que se considere la Violación por alegación relativa a enfermedad como aislada y trivial, el Comité de Cumplimiento impondrá la sanción de terminación, ordenará un período de espera de 2 años mínimo antes de que el Asociado Independiente pueda solicitar la readmisión e introducirá una orden para que el Asociado terminado pierda permanentemente su línea descendente y el derecho a cualquier participación de dicha línea descendente.
6.12.14. El Comité emitirá su decisión en una Notificación de disposición. El Director de cumplimiento enviará al Iniciador y al Demandado la Notificación de disposición dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su emisión.
6.13. Disciplinary Appeal Procedure
6.13.1. Si Usted ha sido objeto de una acción disciplinaria (ya sea el Iniciador o el Demandado), puede apelar la decisión del Comité de cumplimiento contenida en la Notificación de Disposición introduciendo al Consejo general de la Compañía una apelación por escrito señalando sus razones con respecto
a porqué la acción disciplinaria es inapropiada y/o cualquier nueva evidencia no disponible para revisión del Comité. La Apelación debe ser recibida el 30vo día calendario después de que
Usted haya recibido la Notificación de disposición informándole sobre la acción disciplinaria (el “Período de apelación”). Se presume que Usted recibió la Notificación de disposición al menos tres
(3) días hábiles después de que fue enviada por la Compañía (siete [7] días hábiles si fue enviada internacionalmente).
6.13.2. Todas las sanciones y recomendaciones del Comité entran en vigencia inmediatamente al recibir la Notificación de disposición.
6.13.3. La apelación será considerada por un subcomité de tres (3) miembros del nivel Vice-Presidencial o por arriba, ninguno de los ellos involucrados en el proceso de revisión original del Comité de cumplimiento (el “Panel de apelación”). El Panel de apelación no puede estar conformado por ninguna de las siguientes personas: un miembro
actual de la Junta directiva o Jefe de Legal, ética y cumplimiento. Adicionalmente, una persona no puede pertenecer al Panel de apelación si para ello estuviera en conflicto de intereses. Con el voto confidencial de la mayoría, el Panel de apelación puede ratificar la decisión del Comité de cumplimiento, referir el Asunto de nuevo al Comité de cumplimiento, revertir la decisión a su
única discreción o substituir una nueva decisión en
base a la evidencia.
6.13.4. La decisión del Panel de apelación se emitirá por escrito y el Director de cumplimiento la enviará tanto al Iniciador como al Demandado en el lapso de tres (3) días hábiles después de su emisión. Se presume que Xxxxx recibió la Decisión del Panel de apelación al menos tres (3) días después de que fue enviada por la Compañía (siete [7] días hábiles si se envió internacionalmente).
6.13.5. Si la decisión del Panel de apelación debiera desviarse de la Notificación de disposición del Comité de cumplimiento, la Compañía
emprenderá dicha acción cuando se requiera que se ajuste a la decisión del Panel de apelación.
6.13.6. La decisión del Panel de apelación es definitiva y no está sujeta a revisión posterior.
6.14. Terminación del contrato por parte de la compañía
6.14.1. En el caso de que la Compañía termine su contrato, la Compañía se lo notificará por correo electrónico o por correo certificado a su dirección registrada en la Compañía. [Nota: Constituyen una Excepción a esta Sección, aquellas cuentas terminadas debido a un proceso de solicitud incompleto como se prevé en las Secciones 1.3.3., 1.3.7., y 1.4.1.]
6.14.2. La terminación de un Asociado Independiente entra en vigor inmediatamente al recibir la Notificación de disposición vía correo certificado a su última dirección conocida o cuando Usted reciba su notificación actual, cualquiera que llegue primero. Se presume que Usted recibió
la Notificación de disposición al menos tres
(3) días hábiles después de ser enviada por la Compañía (siete [7] días hábiles si fue enviada internacionalmente).
6.14.3. En el caso de terminación, Usted debe cesar
inmediatamente de presentarse como un
Asociado Independiente.
6.14.4. En el caso de terminación proveniente de una Notificación de disposición del Comité de cumplimiento, una decisión del Panel de apelación o cualquier otra acción iniciada por la Compañía, la Compañía se reserva el derecho de iniciar una acción disciplinaria, que puede llegar inclusive a
la terminación de cualquier otra posición, nombre asumido o DBS (Doing Business as), compañía, asociación, fideicomiso o cualquier otra posición subsidiaria en la cual el Asociado Independiente tenga intereses creados.
6.14.5. Sujeto a revisión de la Compañía de todas las demandas potenciales, una vez que se termina una posición, todas las comisiones y/o bonificaciones
o de cualquier otra forma atribuida a la posición terminada, se asignará a la próxima posición calificada.
6.14.6. La Compañía se reserva el derecho de terminar una posición inactiva. Una “posición inactiva” se define como aquella que ha pasado su fecha de renovación y no ha tenido actividad alguna
durante seis (6) períodos completos de actividad
comercial consecutivos.
6.15. Efectos de la terminación
6.15.1. Cuando se termine el contrato, ya sea voluntariamente o que la Compañía lo haya iniciado, Usted no tendrá derecho, título ni podrá reclamar compensación alguna proveniente de las ventas de los productos en su organización de línea descendiente o cualquier bonificación futura y/o participación por ventas generadas por la organización. Usted:
6.15.1.1. No se identificará como un Asociado
Independiente de Mannatech.
6.15.1.2. 6.15.1.2. No tendrá derecho a vender los productos de la Compañía.
6.15.1.3. Debe dejar de usar cualquier material que lleve el logo, la marca registrada o marca comercial de la Compañía,
6.15.1.4. No continuará comunicándose con la Compañía
excepto si se requiere para perfeccionar y llevar a adelante una apelación de terminación o para solicitar la readmisión de conformidad con la sección 6.17 de las presentes Políticas y procedimientos.
6.15.1.5. No trabajará para, ni trabajara con ni asistirá de cualquier otra manera ni será utilizado en ninguna función por los Asociados
Independientes de Mannatech en la operación de su actividad comercial. Esto incluye pero no se limita a realizar cualquier función en las
ventas, apoyo, promoción o en la celebración de reuniones de cualquier naturaleza relacionada con las actividades comerciales de Mannatech.
6.15.2. En caso de que su contrato sea terminado debido a una Violación por alegación relativa a enfermedad de conformidad con la sección
6.12.13.10, perderá de forma permanente su línea descendente así como el derecho a cualquier compensación de esa línea descendiente y debe esperar un mínimo de dos años antes de que pueda solicitar su readmisión.
6.16. Sanciones
Las Políticas y procedimientos están incluidas en el Contrato y aplicación para los Asociados y constituye una parte integral del contrato de las Partes con respecto a su relación comercial. Los Asociados que realizan actividades comerciales
violando las presentes Políticas y procedimientos ponen en riesgo la integridad y la credibilidad de la Compañía. En los casos en los cuales la
Compañía considere las acciones de un Asociado como graves, la Compañía se reserva el derecho de evaluar las sanciones disciplinarias, que pueden llegar inclusive a la terminación del estatus del Asociado. Una terminación bajo tales circunstancias entra en vigor de forma inmediata después de que la Compañía realiza la notificación. Se presume que Xxxxx recibió la notificación de la terminación al menos tres (3) días después de que fue enviada por la Compañía (siete [7] días hábiles si fue enviada internacionalmente).
6.17. Readmisión luego de la terminación por parte de la compañía
6.17.1. Salvo para los Asociados Independientes cuyo contrato ha sido terminado debido a Violaciones por alegación relativa a enfermedad, un Asociado Independiente (individuo, entidad o de otra clase) cuyo contrato ha sido terminado por la Compañía (el “Asociado terminado”) no pude solicitar la readmisión como un Asociado Independiente de Mannatech hasta la expiración del período de 365 días después de la fecha efectiva de terminación.
6.17.1.1. Los Asociados Independientes terminados debido a Violaciones por alegación relativa a enfermedad de conformidad con la sección
6.12.13.10 no pueden solicitar la readmisión hasta una vez transcurridos dos años enteros (730 días) después de la fecha efectiva de terminación.
6.17.2. El Asociado Terminado entregará una solicitud por escrito para la readmisión al Consejo general de la Compañía. La solicitud debe señalar las razones para la readmisión y estará acompañada por un Contrato y aplicación para los Asociados debidamente celebrado (como se establece
en la sección 1.3.1. de las presentes Políticas y
procedimientos).
6.17.3. La solicitud será considerada por el Panel de apelación (como se establece en la sección 6.13.3. de las presentes Políticas y procedimientos). Con el voto confidencial de la mayoría, el Panel de apelación aprobará o rechazará la solicitud de readmisión.
6.17.4. La decisión del Panel de apelación se emitirá por escrito y el Director de cumplimiento la enviará al Asociado Terminado dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su emisión. Se presume que
Usted recibió la decisión del Panel de apelación a más tardar tres (3) días hábiles después de que fue enviada por la Compañía (siete [7] días hábiles si fue enviada internacionalmente).
6.17.5. Si la solicitud para readmisión es rechazada, el Asociado Terminado debe esperar un tiempo adicional de 365 días antes de realizar otra solicitud de readmisión.
6.17.6. Si la solicitud para readmisión es aprobada, el Asociado Terminado se convierte de nuevo en un Asociado Independiente. El Asociado Terminado no retoma la posición que ocupaba antes de la terminación.
6.17.6.1. Si existió una Violación por alegación relativa a enfermedad, el Asociado Terminado readmitido no puede reincorporarse a su anterior línea descendiente.
6.18. Indemnización
Usted debe indemnizar y mantener indemne a la Compañía en contra de cualquier acción, demanda, responsabilidad o pérdida, o costo o gasto, incluyendo pero sin limitarse a los honorarios de
abogado que surjan o que se alegue surjan de sus actividades. Poseer una cuenta de Compañía no implica autoridad para actuar en nombre de o vincular a la Compañía contractualmente.
6.19. Arbitraje y leyes aplicables
El Contrato y aplicación para los Asociados se rige por las leyes de la República de Colombia. Usted y la compañía acuerdan que cualquier acción, disputa o cualquier otra diferencia entre el Asociado Independiente, sus propietarios,
funcionarios, empleados, agentes y/o socios, por un lado, y la Compañía, sus propietarios, funcionarios, empleados, y/o agentes, por otro lado, serán resueltas mediante el mecanismo de solución
de conflictos del Contrato. Usted y la Compañía convienen además que la Compañía, a su única discreción, se reserva el derecho de invocar la presente sección en cualquier punto en el proceso disciplinario del Asociado Independiente.
EXENCIÓN: LA COMPAÑÍA NUNCA RENUNCIA A SU DERECHO DE INSISTIR EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS PRESENTES REGLAS O CON LAS LEYES APLICABLES QUE RIGEN LA CONDUCTA DE UNA ACTIVIDAD COMERCIAL. ESTO SE APLICA EN TODOS LOS CASOS, EN AMBOS ESPECÍFICAMENTE EXPRESADOS E IMPLÍCITOS. ADEMÁS, SI LA COMPAÑÍA DA PERMISO PARA INCUMPLIR CON LAS REGLAS, POR CUALQUIER MOTIVO, EN CUALQUIER MOMENTO, DICHO PERMISO NO SE EXTIENDE A INCUMPLIMIENTOS FUTUROS. LA PRESENTE DISPOSICIÓN SE OCUPA DEL CONCEPTO DE “EXENCIÓN”, Y LAS PARTES CONVIENEN QUE LA COMPAÑÍA NO RENUNCIA A NINGUNO DE SUS DERECHOS BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA A FALTA DE LA CONFIRMACIÓN ESCRITA MENCIONADA ANTERIORMENTE.
Índice de actualizaciones y cambios de 2015 de MOD 1290141
Políticas y Procedimientos de Colombia
Hay cambios en los siguientes a partir del 1 de julio del 2017:
2.12.6. Uso de Testimonios.
2.21.8.1. Procedimiento de devolución para clientes
al por menor.
5.3.4. Pedidos Automáticos.
5.13.1.6. Satisfacción Garantizada
Nota: Para obtener información sobre las cuentas de Xxxxxxxx, refiérase a MOD#1290241 Políticas y procedimientos de Miembros colombianos.