PRÓRROGA No. 1 AL CONTRATO DE ADHESIÓN No. 013 DE 2017 AL CONTRATO DE NEGOCIACIÓN GLOBAL DE PRECIOS No. 39 DE 2015, SUSCRITO ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA Y REPRESENTACIONES E INVERSIONES ELITE LIMITADA.
XXXXXXXX Xx. 0 XX XXXXXXXX XX XXXXXXXX Xx. 000 DE 2017 AL CONTRATO DE NEGOCIACIÓN GLOBAL DE PRECIOS No. 39 DE 2015, SUSCRITO ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA Y REPRESENTACIONES E INVERSIONES ELITE LIMITADA.
Las partes firmantes del contrato de adhesión No. 013 de 2017 al contrato de negociación global de precios No. 39 de 2015, con base en las siguientes consideraciones: a) Que mediante comunicación DLOG-242 del 18 xx xxxx de 2017, la jefe de la División de Logística de la Sede Bogotá, como supervisora del contrato de adhesión No. 013 de 2017 al contrato de negociación global de precios No. 39 de 2015, solicitó al Comité de Contratación de la Sede Bogotá aprobar y recomendar al señor Vicerrector de la Sede Bogotá la suscripción de la prórroga al contrato de adhesión No. 013 de 2017, teniendo en cuenta las razones allí expuestas. b) Que el Comité de Contratación de la Sede Bogotá en sesión celebrada el 22 xx xxxx de 2017, según acta No. 18 aprobó la solicitud y recomendó al señor Vicerrector de la Sede Bogotá la suscripción de la prórroga al contrato de negociación global de precios No. 39 de 2015. Hemos convenido celebrar la presente prórroga de acuerdo con las siguientes cláusulas: PRIMERA: Prorrogar el plazo de ejecución previsto en la cláusula cuarta del contrato, en dos (02) días, siendo estos el día 01 y el día 02 xx xxxxx de 2017. SEGUNDA. GARANTÍA ÚNICA: El CONTRATISTA se obliga para con la UNIVERSIDAD a modificar la garantía única establecida en la cláusula séptima del contrato, en los términos señalados en la presente prórroga. PARÁGRAFO: La modificación de la garantía está sujeta a la aprobación por parte de la UNIVERSIDAD. TERCERA. INTEGRALIDAD: Salvo la prórroga aquí pactada, continúan vigentes los demás términos y condiciones del contrato de negociación global de precios No. 39 de 2015 y sus modificaciones, conservando todo su vigor y efecto. CUARTA. PERFECCIONAMIENTO, LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN: La presente prórroga se perfecciona con la firma de las partes. Para su legalización y ejecución se requiere la modificación de la garantía pactada por parte del CONTRATISTA y la aprobación por parte de la UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO: El CONTRATISTA deberá tramitar y devolver a la Sección de Contratación Sede Bogotá de la UNIVERSIDAD con la mayor celeridad, la prórroga firmada para su respectiva legalización, acompañada de la garantía en los términos establecidos en el presente documento. Una vez cumplidos los anteriores requisitos, se procederá a la publicación del mismo en el sitio web de contratación por parte de la UNIVERSIDAD, en los términos del Manual de Convenios y Contratos. Para constancia se firma en la ciudad de Bogotá D.C., el 24 xx xxxx de 2017.
(ORIGINAL FIRMADO) XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX | (ORIGINAL FIRMADO) XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXX |
Vicerrector Sede Bogotá | Representante Legal |
UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA | REPRESENTACIONES E INVERSIONES ELITE LIMITADA |