BASES ESTÁNDAR DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS1
CORPAC S.A.
LICITACION PUBLICA N°005.2017.CORPAC S.A.
BASES ESTÁNDAR DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS1
LICITACIÓN PÚBLICA Nº005.2017.CORPAC S.A.
PRIMERA CONVOCATORIA
CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: PARCHADO, TRATAMIENTO DE GRIETAS, FISURAS, SELLADO ASFÁLTICO Y SEÑALIZACIÓN DEL ÁREA DE MOVIMIENTO DE AERONAVES DEL AEROPUERTO DE YURIMAGUAS
1 Estas bases se utilizarán para la contratación de la ejecución de obras. Para tal efecto, se deberá tener en cuenta la siguiente definición:
Obra: Construcción, reconstrucción, remodelación, mejoramiento, demolición, renovación, ampliación y habilitación de bienes inmuebles, tales como edificaciones, estructuras, excavaciones, perforaciones, carreteras, puentes, entre otros, que requieren dirección técnica, expediente técnico, mano de obra, materiales y/o equipos.
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DEBER DE COLABORACIÓN
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista, deben conducir su actuación conforme a los principios previstos en la Ley de Contrataciones del Estado.
En este contexto, se encuentran obligados a prestar su colaboración al OSCE y al Consejo Multisectorial de Monitoreo de las Contrataciones Públicas, en todo momento según corresponda a sus competencias, a fin de comunicar presuntos casos de fraude, colusión y corrupción por parte de los funcionarios y servidores de la Entidad, así como los proveedores y demás actores que participan en el proceso de contratación.
De igual forma, deben poner en conocimiento del OSCE y a la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI los indicios de conductas anticompetitivas que se presenten durante el proceso de contratación, en los términos del Decreto Legislativo N° 1034, "Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas", o norma que la sustituya, así como las demás normas de la materia.
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista del proceso de contratación deben permitir al OSCE o al Consejo Multisectorial de Monitoreo de las Contrataciones Públicas el acceso a la información referida a las contrataciones del Estado que sea requerida, prestar testimonio o absolución de posiciones que se requieran, entre otras formas de colaboración.
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SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
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CAPÍTULO I
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
1.1. BASE LEGAL
- Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.
- Decreto Supremo N° 350-2015-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.
- Directivas del OSCE.
- Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
- Decreto Supremo N° 304-2012-EF, TUO de la Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
- Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, TUO de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
- Código Civil.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes bases.
1.2. PRECALIFICACIÓN
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 57 del Reglamento, cuando el valor referencial de la contratación de la ejecución de una obra sea igual o superior a veinte millones de Soles (S/ 20 000 000,00) la Entidad puede optar por convocar la licitación pública con precalificación con la finalidad de preseleccionar a proveedores con calificaciones suficientes para ejecutar el contrato, e invitarlos a presentar su oferta. En este caso en la sección específica de las bases debe preverse las etapas, los requisitos de precalificación y demás condiciones del procedimiento.
1.3. CONVOCATORIA
Se realiza a través de su publicación en el SEACE de conformidad con lo señalado en el artículo 33 del Reglamento, en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección, debiendo adjuntar las bases.
1.4. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de participantes se lleva a cabo desde el día siguiente de la convocatoria hasta antes del inicio de la presentación de ofertas, de forma ininterrumpida. En el caso de un consorcio, basta que se registre uno (1) de sus integrantes.
Importante |
En las licitaciones públicas con precalificación, el registro de participantes se realiza hasta antes del término del plazo para la presentación de solicitudes de precalificación. |
El registro de participantes es gratuito y electrónico a través del SEACE.
El proveedor que desee participar en el presente procedimiento de selección debe registrarse como participante, debiendo contar para ello con inscripción vigente en el RNP, conforme al objeto de la contratación.
Importante
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En caso los proveedores no cuenten con inscripción vigente en el RNP y/o se encuentren inhabilitados o suspendidos para ser participantes, postores y/o contratistas, el SEACE restringirá su registro, quedando a potestad de estos intentar nuevamente registrar su participación en el procedimiento de selección en cualquier otro momento, dentro del plazo establecido para dicha etapa, siempre que haya obtenido la vigencia de su inscripción o quedado sin efecto la sanción que le impuso el Tribunal de Contrataciones del Estado.
1.5. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Todo participante puede formular consultas y observaciones a las bases, en el plazo señalado en el calendario del procedimiento de selección, que no puede ser menor a diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 51 del Reglamento.
Las observaciones a las bases, se realizan de manera fundamentada, por supuestas vulneraciones a la normativa de contrataciones u otra normativa que tenga relación con el objeto de contratación.
Para formular consultas y observaciones se debe emplear el Anexo N° 1 Formato para formular consultas y observaciones de la Directiva “Disposiciones sobre la formulación y absolución de consultas y observaciones”.
1.6. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
La absolución simultánea de las consultas y observaciones por parte del comité de selección mediante pliego absolutorio se notifica a través del SEACE en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección, en un plazo que no puede exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir consultas y observaciones.
La absolución se realiza de manera motivada debiendo emplear el Anexo N° 2 Formato xx xxxxxx de absolución de consultas y observaciones de la Directiva “Disposiciones sobre la formulación y absolución de consultas y observaciones”. Cabe precisar que en el caso de las observaciones se debe indicar si estas se acogen, se acogen parcialmente o no se acogen.
Importante |
No se absolverán consultas y observaciones a las bases que se presenten extemporáneamente, en un lugar distinto al señalado en las bases o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes. |
1.7. ELEVACIÓN AL OSCE XXX XXXXXX DE ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES
En el plazo de tres (3) días hábiles siguientes a la notificación xxx xxxxxx absolutorio a través del SEACE, los participantes pueden solicitar la elevación de los cuestionamientos al pliego de absolución de consultas y observaciones, a fin que el OSCE emita el pronunciamiento correspondiente, en los siguientes supuestos:
a) Cuando la absolución a una consulta por parte del Comité de Selección se considere contraria a la normativa de contratación pública u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el procedimiento de selección o con el objeto de la contratación.
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b) Cuando la absolución de observaciones por parte del Comité de Selección se considere contraria a la normativa de contratación pública u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el procedimiento de selección o con el objeto de la contratación.
El pronunciamiento emitido por el OSCE se notifica a través del SEACE, dentro de los siete (7) días hábiles, computados desde el día siguiente de recepción del expediente completo por el OSCE.
Importante |
Constituye infracción pasible de sanción según lo previsto en el artículo 50 de la Ley, presentar cuestionamientos maliciosos o manifiestamente infundados al pliego de absolución de consultas y/u observaciones. |
1.8. INTEGRACIÓN DE BASES
Las bases integradas constituyen las reglas definitivas del procedimiento de selección. Estas incorporan obligatoriamente, las modificaciones que se hayan producido como consecuencia de las consultas, observaciones, la implementación del pronunciamiento emitido por el OSCE, así como las modificaciones requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión, y se publican en el SEACE en la fecha establecida en el calendario del procedimiento.
Las bases integradas no pueden ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad, salvo las acciones de supervisión a cargo del OSCE. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del procedimiento por deficiencias en las bases.
El comité de selección no puede continuar con la tramitación del procedimiento de selección si no ha publicado las bases integradas en el SEACE, bajo sanción de nulidad de todo lo actuado posteriormente, conforme lo establece el artículo 52 del Reglamento.
Importante |
En caso el OSCE haya emitido pronunciamiento, dentro de los cuatro (4) días hábiles siguientes a la publicación de la integración de las bases, los participantes pueden solicitar al OSCE, la emisión de Dictamen sobre implementación del Pronunciamiento, según lo previsto en el numeral 8.2 de la Directiva “Acciones de Supervisión a Pedido de Parte”. En caso el OSCE no haya emitido pronunciamiento, los participantes pueden solicitar al OSCE en cualquier momento la emisión de Dictamen sobre Cuestionamientos, cuando consideren de manera sustentada que las bases integradas no recojan aquello que ha sido materia de aclaración y/o precisión en el pliego de absolución de consultas y observaciones, según lo previsto en el numeral 8.8 de la Directiva “Acciones de Supervisión a Pedido de Parte”, en el plazo previsto en la misma. |
1.9. FORMA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Los documentos que acompañan las solicitudes de precalificación, de ser el caso, y las ofertas, se presentan en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción simple con la indicación y suscripción de quien oficie de traductor debidamente identificado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
Las solicitudes de precalificación, de ser el caso, y las ofertas se presentan por escrito, debidamente foliadas y en un (1) único sobre cerrado.
Las declaraciones juradas, formatos o formularios previstos en las bases que conforman las solicitudes de precalificación, de ser el caso, y las ofertas deben estar debidamente firmados por el postor. Los demás documentos deben ser rubricados (visados) por el postor. En el caso de persona jurídica, por su representante legal, apoderado o mandatario designado para dicho fin y, en el caso de persona natural, por este o su apoderado.
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El precio de la oferta debe incluir todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo de la ejecución de la obra a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración legal, no incluirán en el precio de su oferta los tributos respectivos.
El precio total de la oferta y los subtotales que lo componen deben ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos decimales.
1.10. PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS
La presentación de ofertas se realiza en acto público en presencia xx xxxxxxx o xxxx xx xxx en el lugar indicado en las bases, en la fecha y hora establecidas en la convocatoria.
La presentación puede realizarse por el mismo participante o a través de un tercero, sin que se exija formalidad alguna para ello.
Importante |
Los integrantes de un consorcio no pueden presentar ofertas individuales ni conformar más de un consorcio en un procedimiento de selección, o en un determinado ítem cuando se trate de procedimientos de selección según relación de ítems. |
El acto público se inicia cuando el comité de selección empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron en el procedimiento, para que entreguen sus ofertas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se tiene por desistido.
En la apertura del sobre que contiene la oferta, el comité de selección debe anunciar el nombre de cada participante y el precio de la misma. Además, verifica la presentación de los documentos requeridos en la sección específica de las bases de conformidad con el artículo 53 del Reglamento. De no cumplir con lo requerido la oferta se considera no admitida.
Asimismo, el comité de selección devuelve las ofertas que excedan el valor referencial en más xxx xxxx por ciento (10%) y aquellas que se encuentren por debajo en un veinte por ciento (20%) del promedio de las ofertas admitidas incluido el valor referencial, teniéndose estas por no admitidas.
Esta información debe consignarse en acta, con lo cual se da por finalizado el acto público.
De no estar conformes los postores pueden solicitar que se anote tal circunstancia en el acta, debiendo el notario o xxxx xx xxx mantener en custodia la oferta económica hasta el consentimiento de la buena pro, salvo que en el acto de presentación de ofertas o en fecha posterior el postor solicite su devolución.
Después de abierto cada sobre que contiene la oferta, el notario o xxxx xx xxx procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la oferta.
Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el notario o xxxx xx xxx, los miembros del comité de selección, el veedor y los postores que lo deseen.
De acuerdo a lo previsto en el artículo 53 del Reglamento, en el acto de presentación de ofertas se puede contar con un representante del Sistema Nacional de Control, quien participa como veedor y debe suscribir el acta correspondiente.
1.11. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La evaluación de las ofertas que cumplan con lo señalado en el numeral anterior tiene por objeto determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, según los factores y el procedimiento de evaluación enunciados en la sección específica de las bases.
Para que el comité de selección considere válida la oferta económica que supere el valor referencial, hasta el límite máximo previsto en el artículo 28 de la Ley, se debe contar con la certificación de crédito presupuestario suficiente y la aprobación del Titular de la Entidad, previa opinión favorable del
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área usuaria; que no puede exceder de cinco (5) días hábiles, contados desde la fecha prevista en el calendario para el otorgamiento de la buena pro, bajo responsabilidad, salvo que el postor acepte reducir su oferta económica.
En caso no se cuente con la certificación de crédito presupuestario se rechaza la oferta.
La evaluación se realiza sobre la base de cien (100) puntos, considerando la ponderación establecida en el numeral 2.3 del Capítulo II y en el Capítulo IV de la sección específica de las bases.
Para determinar la oferta con el mejor puntaje, se toma en cuenta lo siguiente:
a) Cuando la evaluación del precio sea el único factor, se le asigna cien (100) puntos a la oferta más próxima al promedio de las ofertas admitidas que quedan en competencia, incluyendo el valor referencial y otorga a las demás ofertas puntajes, según la siguiente fórmula:
| |
Importante |
Las dos barras ǀǀ representan el valor absoluto. En ese sentido, para la aplicación de la fórmula, se debe considerar que el valor absoluto de un número es su valor numérico sin tener en cuenta su signo, sea este positivo (+) o negativo (-). |
Donde:
i = Oferta
Pi = Puntaje de la oferta a evaluar Oi = Precio i
Om = Precio de la oferta más próximo al promedio de ofertas validas incluido el valor referencial PMOE = Puntaje máximo del precio
En el supuesto de que dos o más ofertas obtengan el mismo puntaje, obtiene el mejor orden de prelación aquella oferta más cercana por debajo del promedio.
En caso de empate en puntaje y en oferta económica, el orden de prelación se determina por sorteo.
b) Cuando existan otros factores de evaluación además del precio, aquella que resulte con el mejor puntaje, en función de los criterios y procedimientos de evaluación enunciados en la sección específica de las bases. La evaluación del precio se sujeta a la aplicación de la fórmula prevista en el literal anterior.
Si dos (2) o más ofertas empatan, la determinación del orden de prelación de las ofertas empatadas se realiza a través de sorteo.
Para la aplicación del sorteo se requiere la participación xx xxxxxxx o xxxx xx xxx y la citación oportuna a los postores que hayan empatado, pudiendo participar en calidad de veedor un representante del Sistema Nacional de Control.
Importante |
En el caso de procedimientos de selección por relación de ítems cuando la obra se ejecute fuera de la provincia de Lima y Callao y el monto del valor referencial de algún ítem no supere los novecientos mil Soles (S/ 900,000.00), a solicitud del postor se asigna una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre el puntaje total obtenido en dicho ítem por los postores con domicilio en la provincia donde se ejecuta la obra, o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio es el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP2. |
2 La constancia de inscripción electrónica se visualizará en el portal web del Registro Nacional de Proveedores: xxx.xxx.xxx.xx
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1.12. CALIFICACIÓN DE OFERTAS
Luego de culminada la evaluación, el comité de selección debe determinar si los postores que obtuvieron el primer y segundo lugar según el orden de prelación, cumplen con los requisitos de calificación detallados en la sección específica de las bases. La oferta del postor que no cumpla con los requisitos de calificación debe ser descalificada. Si ninguno de los dos postores cumple con los requisitos de calificación, el comité de selección debe verificar los requisitos de calificación de los postores admitidos, según el orden de prelación obtenido en la evaluación.
Importante |
Cuando los postores presenten dentro de su oferta como personal permanente a profesionales que se encuentran laborando como residente o supervisor en obras contratadas por la Entidad que no cuentan con recepción, dicha oferta será descalificada. |
1.13. SUBSANACIÓN DE LAS OFERTAS
La subsanación de las ofertas se sujeta a los supuestos establecidos en el artículo 39 del Reglamento.
Cuando se requiera subsanación, la oferta continua vigente para todo efecto, a condición de la efectiva subsanación dentro del plazo otorgado, el que no puede exceder de tres (3) días hábiles. La presentación de las subsanaciones se realiza a través de la Unidad de Tramite Documentario de la Entidad. La subsanación corresponde realizarla al mismo postor, su representante legal o apoderado acreditado.
1.14. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
Luego de la calificación de las ofertas, el comité de selección otorga la buena pro en la fecha señalada en el calendario de las bases mediante su publicación en el SEACE.
El otorgamiento de la buena pro en acto privado se publica y se entiende notificado a través del SEACE, el mismo día de su realización, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados de la evaluación y calificación.
1.15. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Cuando se hayan presentado dos (2) o más ofertas, el consentimiento de la buena pro se produce a los ocho (8) días hábiles siguientes de la notificación de su otorgamiento en el SEACE, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.
En caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se produce el mismo día de la notificación de su otorgamiento.
El consentimiento del otorgamiento de la buena pro se publica en el SEACE al día hábil siguiente de producido.
Importante |
Una vez consentido el otorgamiento de la buena pro, la Entidad realiza la inmediata verificación de la oferta presentada por el postor ganador de la buena pro. En caso de comprobar inexactitud o falsedad en las declaraciones, información o documentación presentada, la Entidad declara la nulidad del otorgamiento de la buena pro o del contrato, dependiendo de la oportunidad en que se hizo la comprobación, de conformidad con lo establecido en la Ley y en el Reglamento. Adicionalmente, la Entidad comunica al Tribunal de Contrataciones del Estado para que inicie el procedimiento administrativo sancionador y al Ministerio Público para que interponga la acción penal correspondiente. |
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CAPÍTULO II
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
2.1. RECURSO DE APELACIÓN
A través del recurso de apelación se pueden impugnar los actos dictados durante el desarrollo del procedimiento de selección hasta antes del perfeccionamiento del contrato.
El recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado.
Los actos que declaren la nulidad de oficio y otros actos emitidos por el Titular de la Entidad que afecten la continuidad del procedimiento de selección, pueden impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.
2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN
La apelación contra el otorgamiento de la buena pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse notificado el otorgamiento de la buena pro.
La apelación contra los actos dictados con posterioridad al otorgamiento de la buena pro, contra la declaración de nulidad, cancelación y declaratoria de desierto del procedimiento, debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.
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CAPÍTULO III DEL CONTRATO
3.1. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Dentro del plazo de ocho (8) días hábiles siguientes al registro en el SEACE del consentimiento de la buena pro o de que esta haya quedado administrativamente firme, el postor ganador de la buena pro debe presentar la totalidad de los requisitos para perfeccionar el contrato. En un plazo que no puede exceder de los tres (3) días hábiles siguientes de presentados los documentos la Entidad debe suscribir el contrato, u otorgar un plazo adicional para subsanar los requisitos, el que no puede exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación de la Entidad. Al día siguiente de subsanadas las observaciones, las partes suscriben el contrato.
Para perfeccionar el contrato, el postor ganador de la buena pro debe presentar los documentos señalados en los artículos 117 y 151 del Reglamento, así como los previstos en la sección específica de las bases.
3.2. GARANTÍAS
Las garantías que deben otorgar los postores y/o contratistas, según corresponda, son las de fiel cumplimiento del contrato y por los adelantos.
3.2.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Como requisito indispensable para perfeccionar el contrato, el postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del mismo por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Esta debe mantenerse vigente hasta la hasta el consentimiento de la liquidación final.
3.2.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS
En las contrataciones que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se debe otorgar una garantía adicional por este concepto, la misma que debe ser renovada periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.
3.2.3. GARANTÍA POR XXXXXXXX
En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.
3.3. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que se presenten deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país, al solo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión directa de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
Importante |
Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro y/o contratista cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución; sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan. |
ADVERTENCIA
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LOS FUNCIONARIOS DE LAS ENTIDADES NO DEBEN ACEPTAR GARANTÍAS EMITIDAS BAJO CONDICIONES DISTINTAS A LAS ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE NUMERAL.
3.4. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
La Entidad puede solicitar la ejecución de las garantías conforme a los supuestos contemplados en el artículo 131 del Reglamento.
3.5. INICIO DE PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA3
El inicio del plazo de ejecución de obra comienza a regir desde el día siguiente de que se cumplan las siguientes condiciones:
1. Que la Entidad notifique al contratista quien es el inspector o el supervisor, según corresponda;
2. Que la Entidad haya hecho entrega total o parcial del terreno o lugar donde se ejecuta la obra, según corresponda;
3. Que la Entidad provea el calendario de entrega de los materiales e insumos que, de acuerdo con las Bases, hubiera asumido como obligación;
4. Que la Entidad haya hecho entrega del expediente técnico de obra completo, en caso este haya sido modificado con ocasión de la absolución de consultas y observaciones;
5. Que la Entidad haya otorgado al contratista el adelanto directo, en las condiciones y oportunidad establecidas en el artículo 156 del Reglamento.
Las condiciones a que se refieren los numerales precedentes, deben ser cumplidas dentro de los quince (15) días contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato. En caso no se haya solicitado la entrega del adelanto directo, el plazo se inicia con el cumplimiento de las demás condiciones.
La Entidad puede acordar con el contratista diferir la fecha de inicio del plazo de ejecución de la obra según los supuestos previstos en el artículo 152 del Reglamento.
Las circunstancias invocadas se sustentan en un informe técnico que forma parte del expediente de contratación, debiendo suscribir la adenda correspondiente.
Importante |
De acuerdo con el artículo 159 del Reglamento, debe designarse a un supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse sea igual o mayor al monto establecido por la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal en el que se convoca el procedimiento de selección. |
3.6. RESIDENTE DE OBRA4
Profesional colegiado, habilitado y especializado designado por el contratista, previa conformidad de la Entidad, el cual puede ser ingeniero o arquitecto 5, según corresponda a la naturaleza de los trabajos, con no menos de dos (2) años de experiencia en la especialidad, en función de la naturaleza, envergadura y complejidad de la obra6.
Por su sola designación, el residente representa al contratista como responsable técnico de la obra, no estando facultado a pactar modificaciones al contrato.
3 De conformidad con la Décimo Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento, en las obras bajo la modalidad de concurso oferta para el inicio de la ejecución de la obra es requisito previo la presentación y aprobación del expediente técnico por el íntegro de la obra.
4 De acuerdo con el artículo 154 del Reglamento, durante la ejecución de la obra debe contarse, de modo permanente y directo, con un residente de obra.
5 Según lo definido en el expediente técnico de obra que es parte de las bases, conforme a la naturaleza de la obra a ser ejecutada.
6 En el expediente técnico que es parte de las bases, la Entidad puede establecer experiencia adicional para el profesional propuesto como residente de obra, según la naturaleza, envergadura y complejidad de la obra a ejecutar.
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Importante |
El residente de obra no puede prestar servicios en más de una obra a la vez, salvo el caso de obras convocadas por paquete, en las cuales la participación permanente, directa y exclusiva del residente de obra es definida en la sección específica de las bases por la Entidad, bajo responsabilidad, teniendo en consideración la complejidad y magnitud de las obras a ejecutar, de conformidad con el artículo 154 del Reglamento. |
3.7. INSPECTOR O SUPERVISOR7 DE OBRA
Profesional colegiado, habilitado y especializado, con no menos de dos (2) años de experiencia en la especialidad, designado por la Entidad para velar directa y permanentemente por la correcta ejecución técnica, económica y administrativa de la obra y del cumplimiento del contrato. Debe cumplir, como mínimo, con la misma experiencia y calificaciones profesionales establecidas para el residente de obra.
En caso que el supervisor sea una persona jurídica, esta debe designar a una persona natural como supervisor permanente en la obra.
Importante |
El supervisor de obra, cuando es persona natural, o el jefe de supervisión, en caso el supervisor sea persona jurídica, no podrá prestar servicios en más de una obra a la vez, salvo, el caso de obras convocadas por paquete, en las cuales la participación permanente, directa y exclusiva del inspector o supervisor es definida en la sección específica de las bases por la Entidad, bajo responsabilidad, teniendo en consideración la complejidad y magnitud de las obras a ejecutar, de conformidad con el artículo 159 del Reglamento. |
3.8. CUADERNO DE OBRA Y ANOTACIÓN DE OCURRENCIAS
En la fecha de entrega del terreno, el contratista entrega y abre el cuaderno de obra, el mismo que debe encontrarse legalizado y es firmado en todas sus páginas por el inspector o supervisor, según corresponda, y por el residente, a fin de evitar su adulteración. Dichos profesionales son los únicos autorizados para hacer anotaciones en el cuaderno de obra.
El cuaderno de obra consta de una hoja original con tres (3) copias desglosables, correspondiendo una de estas a la Entidad, otra al contratista y la tercera al inspector o supervisor. El original de dicho cuaderno debe permanecer en la obra, bajo custodia del residente no pudiendo impedirse el acceso al mismo.
Si el contratista o su personal, no permite el acceso al cuaderno de obra al inspector o supervisor, impidiéndole anotar las ocurrencias, constituye causal de aplicación de una penalidad equivalente al cinco por mil (5/1000) del monto de la valorización del periodo por cada día de dicho impedimento.
En el cuaderno de obra se anotan los hechos relevantes que ocurran durante la ejecución de esta, firmando al pie de cada anotación el inspector o supervisor o el residente, según sea el que efectúe la anotación. Las solicitudes que se requieran como consecuencia de las ocurrencias anotadas en el cuaderno de obra, se presentan directamente a la Entidad o al inspector o supervisor según corresponda por el contratista o su representante, por medio de comunicación escrita.
El cuaderno de obra es cerrado por el inspector o supervisor cuando la obra haya sido recibida definitivamente por la Entidad.
Concluida la ejecución y recibida la obra, el original queda en poder de la Entidad.
Importante
7 De acuerdo con el artículo 159 del Reglamento, debe designarse a un supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse sea igual o mayor al monto establecido por la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal en el que se convoca el procedimiento de selección.
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El inspector o supervisor, y/o el residente, deben anotar en el cuaderno de obra la fecha de inicio del plazo de ejecución de la obra, a efectos de evitar futuras controversias sobre el particular.
3.9. ADELANTOS
La Entidad puede establecer la entrega de adelantos directos y adelantos para materiales o insumos, de conformidad con el artículo 155 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las bases8.
3.10. VALORIZACIONES
Las valorizaciones son la cuantificación económica de un avance físico en la ejecución de la obra, realizada en un período determinado, tienen el carácter de pagos a cuenta y son elaboradas el último día de cada período previsto en la sección específica de las bases, por el inspector o supervisor, según corresponda y el contratista. Si el inspector o supervisor no se presenta para la valorización conjunta con el contratista, este la efectúa.
En caso de retraso en el pago de las valorizaciones, por razones imputables a la Entidad, el contratista tiene derecho al reconocimiento de los intereses legales efectivos, de conformidad con el artículo 39 de la Ley y los artículos 1244, 1245 y 1246 del Código Civil.
En caso se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago de las valorizaciones se realizará a quien se indique en el contrato de consorcio.
3.11. REAJUSTES
En el caso de contratos de obra pactados en moneda nacional, las valorizaciones que se efectúen a precios originales del contrato y sus ampliaciones son ajustadas multiplicándolas por el respectivo coeficiente de reajuste “K” que se obtenga de aplicar la fórmula o fórmulas polinómicas previstas en el expediente técnico de obra que es parte de las bases, los Índices Unificados de Precios de la Construcción que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, correspondiente al mes en que debe ser pagada la valorización. Una vez publicados los índices correspondientes al mes en que debió efectuarse el pago, se realizan las regularizaciones necesarias.
Dado que los Índices Unificados de Precios de la Construcción son publicados con un mes de atraso, los reajustes se calculan en base al coeficiente de reajuste “K” conocido al momento de la valorización. Cuando se conozcan los Índices Unificados de Precios que se deben aplicar, se calcula el monto definitivo de los reajustes que le corresponden y se pagan con la valorización más cercana posterior o en la liquidación final sin reconocimiento de intereses.
Importante |
Tanto la elaboración como la aplicación de las fórmulas polinómicas se sujetan a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 011-79-VC y sus modificatorias, ampliatorias y complementarias. |
3.12. PENALIDADES
3.12.1. PENALIDAD POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de conformidad con en el artículo 133 del Reglamento.
3.12.2. OTRAS PENALIDADES
La Entidad puede establecer penalidades distintas a la mencionada en el numeral precedente, siempre y cuando sean objetivas, razonables, congruentes y proporcionales con el objeto de la contratación. Para estos efectos, se deben incluir en la sección específica de las bases los
8 En el caso de obras bajo la modalidad de ejecución contractual de concurso oferta, si la Entidad prevé la entrega del adelanto directo para la elaboración del expediente técnico, el monto de este adelanto no puede ser superior al diez por ciento (10%) del monto original correspondiente a esta prestación. Asimismo, si la Entidad prevé la entrega del adelanto directo para la ejecución de la obra, el monto de este adelanto no podrá ser superior al diez por ciento (10%) del monto original correspondiente a esta prestación.
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supuestos de aplicación de penalidad, la forma de cálculo de la penalidad para cada supuesto y el procedimiento mediante el cual se verifica el supuesto a penalizar.
Estos dos tipos de penalidades se calculan en forma independiente y pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.
3.13. RECEPCIÓN DE LA OBRA
La recepción de la obra se sujeta a las disposiciones previstas en el artículo 178 del Reglamento. Está permitida la recepción parcial de secciones terminadas de las obras, cuando ello se hubiera previsto expresamente en la sección específica de las bases, en el contrato o las partes expresamente lo convengan. La recepción parcial no exime al contratista del cumplimiento del plazo de ejecución; en caso contrario, se le aplican las penalidades correspondientes.
3.14. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA
El procedimiento para la liquidación del contrato de obra que debe observarse, es el que se encuentra descrito en el artículo 179 del Reglamento. No procede la liquidación mientras existan controversias pendientes de resolver.
Luego de consentida la liquidación y efectuado el pago que corresponda, culmina definitivamente el contrato y se cierra el expediente respectivo.
Toda discrepancia respecto a la liquidación, incluso las controversias relativas a su consentimiento o al incumplimiento de los pagos que resulten de la misma, se resuelve según las disposiciones previstas en el numeral 45.2 del artículo 45 de la Ley y en el artículo 179 del Reglamento, sin perjuicio del cobro de la parte no controvertida.
3.15. CONSTANCIA DE PRESTACIÓN
Otorgada la conformidad de la prestación, la Entidad otorga al contratista, una constancia de prestación de ejecución de obra según el formato establecido en el Capítulo VI de la sección específica de las bases, la cual es entregada conjuntamente con la liquidación de la obra. Solo se puede diferir la entrega de la constancia en los casos en que hubiera penalidades, hasta que estas sean canceladas.
3.16. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 36 de la Ley y 135 del Reglamento.
3.17. PRESTACIONES PENDIENTES EN CASO DE RESOLUCIÓN O NULIDAD DEL CONTRATO
Cuando se resuelva un contrato y exista la necesidad urgente de culminar con la ejecución de las prestaciones derivadas de este, para asegurar la terminación de la obra, sin perjuicio de que dicha resolución se encuentre sometida a alguno de los medios de solución de controversias; la Entidad puede contratar a alguno de los postores que participaron en el procedimiento de selección. Para dicho efecto debe seguir el procedimiento previsto en el artículo 138 del Reglamento. Agotado dicho procedimiento, la Entidad puede contratar directamente con determinado proveedor, según lo previsto en el literal l) del artículo 27 de la Ley.
El párrafo precedente aplica también para los contratos declarados nulos por las causales previstas en los literales a) y b) del artículo 44 de la Ley.
3.18. DISPOSICIONES FINALES
Todos los demás aspectos del presente procedimiento no contemplados en las bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
Importante
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Cuando se trate de obras bajo la modalidad de ejecución contractual de concurso oferta, a cada una de las prestaciones involucradas se le aplicarán, en principio, las disposiciones de la normativa de contrataciones del Estado que sean compatibles con su naturaleza, salvo en aquellos supuestos que impliquen la erogación de mayores fondos públicos (adelantos y prestaciones adicionales), en los que se aplicarán las disposiciones de dicha normativa que regulan la ejecución de obras
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SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
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CAPÍTULO I GENERALIDADES
1.1. ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre | : | Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial S.A. |
RUC Nº | : | 20100004675 |
Domicilio legal | : | Xx. Xxxxx Xxxxxxx 0000 Xxxx Xxx, Xxxxxxxx Xxxxx xxx Xxxxxxxxxx Internacional “Xxxxx Xxxxxx”, Xxxxxx |
Teléfono/Fax: | : | 000-0000 |
1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente procedimiento de selección tiene por objeto la contratación de la ejecución de la obra de Parchado, Tratamiento de Grietas, Fisuras, Sellado Asfáltico y Señalización del Área de Movimiento de Aeronaves del Aeropuerto de Yurimaguas.
1.3. VALOR REFERENCIAL9
El valor referencial asciende a Dos Millones Doscientos Dieciocho Mil Veinticuatro y 10/100 Soles (S/.2´218,024.10), incluidos los impuestos xx Xxx y cualquier otro concepto que incida en el costo total de la ejecución de la obra. El valor referencial ha sido calculado al mes de Diciembre 2016.
Valor Referencial (VR) | Límite Superior10 | |
Con IGV | Sin IGV | |
Dos Millones Doscientos Dieciocho Mil Veinticuatro y 10/100 Soles (S/.2´218,024.10), INCLUYE IGV | Dos Millones Cuatrocientos Treinta y Nueve Mil Ochocientos Veintiséis y 51/100 Soles (S/.2´439,826.51), CON IGV | Dos Millones Sesenta y Siete Mil Seiscientos Cuarenta y Nueve y 58/100 Soles (S/.2´067,649.58), SIN IGV |
Importante |
El precio de las ofertas no puede exceder los límites del valor referencial de conformidad con el numeral 28.2 del artículo 28 de la Ley. |
1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El expediente de contratación fue aprobado mediante Memorando GCAF.GL.143.2017 el 05 xx Xxxx de 2017.
Asimismo, el expediente técnico de obra fue aprobado mediante Memorando GAP.0154.2017.M el 14 de Febrero de 2017.
1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Recursos directamente recaudados
1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El presente procedimiento se rige por el sistema de Precios Unitarios, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
9 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del procedimiento en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las bases aprobadas.
10 De acuerdo a lo señalado en el artículo 27 del Reglamento, el límite superior se calcula considerando dos decimales y sin efectuar el redondeo en el segundo decimal.
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1.7. MODALIDAD DE EJECUCIÓN
No corresponde
1.8. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El alcance de la ejecución de la obra está definido en el Capítulo III de la presente sección de las bases.
1.9. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA
El plazo de ejecución de la obra materia de la presente convocatoria, es de Noventa (90) días calendario, en concordancia con lo establecido en el expediente de contratación y en el expediente técnico de obra.
1.10. COSTO DE REPRODUCCIÓN Y ENTREGA DE BASES Y EXPEDIENTE TÉCNICO DE LA OBRA
Los participantes registrados tienen el derecho a recabar las bases y el expediente técnico de la obra, para cuyo efecto deben cancelar Veinte y 00/100 Soles (S/.20.00) en el Área de Caja de la Gerencia de Finanzas, sito en Av. Xxxxx Xxxxxxx 3400 Aeropuerto Xxxxx Xxxxxx – Zona Sur xx XXXXXX S.A. en el horario de 08:30 a 16:30 horas.
1.11. BASE LEGAL
- Ley Nº 30518 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017
- Ley Nº 30519 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal 2017.
- Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.
- Decreto Supremo N° 350-2015-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.
- Directivas del OSCE.
- Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
- Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
- Decreto Supremo N° 304-2012-EF, TUO de la Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
- Código Civil.
- Directiva de Gestión de FONAFE y sus modificaciones vigentes
- Normas Técnicas de Control Interno para el Sector Público, aprobadas por Resolución de Contraloría Nº320-2006-CG
- El Decreto Legislativo N° 1071, Ley de Arbitraje.
- Decreto Supremo Nº 011-79-VC.
- Reglamento Nacional de Edificaciones
- Normas Técnicas y Metrados para las Obras de Edificaciones y Habilitaciones urbanas
- Expediente Técnico de la Obra
- Normas OACI
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
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CAPÍTULO II
DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
2.1. CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN11
Etapa | Fecha, hora y lugar | |
Convocatoria | : | 19.05.2017 |
Registro de participantes12 A través del SEACE | : | Desde las: 00:01 horas del 22.05.2017 Hasta las 09:59 horas del 21.06.2017 |
Formulación de consultas y | : | Del: 22.05.2017 |
observaciones a las bases | Al: 02.06.2017 | |
A través del | : | Formato para formular consultas y observaciones del Anexo N° 01 de la Directiva “Disposiciones sobre la formulación y absolución de |
consultas y observaciones”13 | ||
En Mesa de Partes o la que haga sus veces en la Entidad en | : | Ventanilla xx Xxxx de Partes (Trámite Documentario), sito en Av. Xxxxx Xxxxxxx 3400 Aeropuerto Internacional Xxxxx Xxxxxx – Zona Sur xx XXXXXX S.A, en el horario de 08:30 a 16:30 horas |
Adicionalmente, remitir el archivo electrónico a la siguiente dirección | : | xxxxxx@xxxxxx.xxx.xx; xxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx; xxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx |
Absolución de consultas y observaciones a las bases | : | 07.06.2017 |
Integración de bases | : | 08.06.2017 |
Presentación de ofertas | : | 21.06.2017 |
Sala de Reuniones de la Gerencia de Logística (Av. Xxxxxxx S/N Aeropuerto Internacional Xxxxx Xxxxxx – Zona Norte xx XXXXXX S.A. a las 10:00 horas | ||
Evaluación y Calificación de ofertas | : | Del 22.06.2017 Al 27.06.2017 |
Otorgamiento de la buena pro | : | 28.06.2017 |
A través del SEACE |
Importante |
Los proveedores que deseen registrar su participación deben ingresar al SEACE utilizando su Certificado SEACE (usuario y contraseña). Asimismo, deben observar las instrucciones señaladas en el documento de orientación “Guía para el registro de participantes electrónico” publicado en xxx.xxxxx.xxx.xx, pestaña 1. Inicio, opción Documentos y Publicaciones, página Manuales y Otros (Proveedores). |
2.2. CONTENIDO DE LAS OFERTAS
La oferta se presenta en un (1) sobre cerrado en original, dirigido al comité de selección de la
Licitación Pública N°005.2017.CORPAC S.A., conforme al siguiente detalle:
11 La información del calendario indicado en las bases no debe diferir de la información consignada en la ficha del procedimiento en el SEACE. No obstante, en caso de existir contradicción primará el calendario indicado en la ficha del procedimiento en el SEACE.
12 El registro de participantes se lleva a cabo desde el día siguiente de la convocatoria hasta antes del inicio de la presentación de ofertas, según lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento.
13 Para acceder al formato ingrese a xxxx://xxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxxx/xxxxxxx/xxxxxxxxxx_xxxxxxxxxx_xxxxxxxxxx.
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Señores CORPAC S.A.
Av. Xxxxx Xxxxxxx s/n Aeropuerto Internacional Xxxxx Xxxxxx – Zona Norte xx XXXXXX S.A Atte.: Comité de Selección
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“OBRA DE PARCHADO, TRATAMIENTO DE GRIETAS, FISURAS, SELLADO ASFÁLTICO Y SEÑALIZACIÓN DEL ÁREA DE MOVIMIENTO DE AERONAVES DEL AEROPUERTO DE YURIMAGUAS”
OFERTA
(NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR)
La oferta contendrá, además de un índice de documentos, la siguiente documentación:
2.2.1. Documentación de presentación obligatoria
2.2.1.1. Documentos para la admisión de la oferta
a) Declaración jurada de datos del postor.
Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada debe ser presentada por cada uno de los integrantes del consorcio. (Anexo Nº 1)
b) Declaración jurada de acuerdo con el numeral 1 del artículo 31 del Reglamento. (Anexo Nº 2)
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.
c) Declaración jurada de cumplimiento del Expediente Técnico, según el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo Nº 3)
d) Declaración jurada de plazo de ejecución de la obra. (Anexo Nº 4)
e) Carta de compromiso del personal que integra el plantel profesional clave con firma legalizada, según lo previsto en el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo Nº 11)
f) El precio de la oferta en Soles (S/.) y el detalle de precios unitarios (Anexo Nº 5)
El precio total de la oferta y los subtotales que lo componen deben ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos decimales.
Importante |
El comité de selección devuelve las ofertas que no se encuentren dentro de los límites del valor referencial previstos en el numeral 28.2 del artículo 28 de la Ley, teniéndose estas por no admitidas. El comité de selección verifica la presentación de los documentos requeridos. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida. |
2.2.1.2. Documentos para acreditar los requisitos de calificación
El postor debe incorporar en su oferta los documentos que acreditan los “Requisitos de Calificación” que se detallan en el numeral 3.2 del Capítulo III de la presente sección de las bases.
Importante |
Cabe subsanación de las ofertas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento. La legalización de las firmas en la promesa de consorcio y en la carta de compromiso del personal clave, son subsanables. |
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2.2.2 Documentación de presentación facultativa:
a) Los postores que soliciten el beneficio de la exoneración del IGV previsto en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, deben presentar la Declaración Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV. (Anexo Nº 6)
En el caso de consorcios, todos los integrantes que figuran en la promesa formal de consorcio deben reunir las condiciones exigidas para acceder al beneficio de la exoneración del IGV, debiendo presentar de manera independiente la declaración jurada antes señalada.
2.3 DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL DE LAS OFERTAS
La evaluación se realiza sobre la base de cien (100) puntos.
Para determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, se considera lo siguiente:
Precio = 100.00 puntos
Importante |
Luego de culminada la evaluación según los factores de evaluación señalados en el Capítulo IV de esta sección, el comité de selección debe determinar si el postor que obtuvo el primer lugar según el orden de prelación cumple con los requisitos de calificación especificados en el numeral 3.2 del capítulo III de la sección específica de las bases. Si dicho postor no cumple con los requisitos de calificación su oferta será descalificada. |
2.4 REQUISITOS PARA PERFECCIONAR EL CONTRATO
El postor ganador de la buena pro debe presentar los siguientes documentos para perfeccionar el contrato:
a) Constancia de capacidad libre de contratación.
b) Garantía de fiel cumplimiento del contrato. Carta Fianza
c) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de cada uno de los integrantes, de ser el caso.
d) Código de cuenta interbancaria (CCI).
e) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa que acredite que cuenta con facultades para perfeccionar el contrato, cuando corresponda.
f) Copia de DNI del postor en caso de persona natural, o de su representante legal en caso de persona jurídica.
g) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.
h) Calendario de avance de obra valorizado sustentado en el Programa de Ejecución de Obra (CPM), el cual debe presentar la ruta crítica y la lista de hitos claves de la obra.
i) Calendario de adquisición de materiales o insumos necesarios para la ejecución de obra, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado. Este calendario se actualiza con cada ampliación de plazo otorgada, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado vigente.
j) Calendario de utilización de equipo, en caso la naturaleza de la contratación lo requiera.
k) Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado.
l) Copia del RUC de la empresa.
Importante
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En caso que el postor ganador de la buena pro sea un consorcio, las garantías que presente este para el perfeccionamiento del contrato, así como durante la ejecución contractual, de ser el caso, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 33 de la Ley, deben consignar expresamente el nombre completo o la denominación o razón social de los integrantes del consorcio, en calidad de garantizados, de lo contrario no podrán ser aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes indicado si se consigna únicamente la denominación del consorcio, conforme lo dispuesto en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”.
De conformidad con la Décima Séptima Disposición Complementaria Final del Reglamento, dentro del supuesto de hecho de la infracción establecida en el literal h) del artículo 50.1 de la Ley, referida a la presentación de información inexacta, se encuentra comprendida la presentación de garantías que no hayan sido emitidas por las empresas indicadas en el segundo párrafo del artículo 33 de la Ley.
Importante |
De conformidad con el artículo 234 del Reglamento, las Entidades son responsables de verificar la vigencia de la inscripción en el RNP del postor ganador de la buena pro en el perfeccionamiento del contrato, ingresando al portal web del OSCE xxx.xxxx.xxx.xx sección RNP. Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan. La Entidad no puede exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para el perfeccionamiento del contrato. |
2.5 PERFECCIONAMIENTO EL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene. Para dicho efecto el postor ganador de la buena pro, dentro del plazo previsto en el numeral 3.1 de la sección general de las bases, debe presentar la documentación requerida en Mesa de Partes xx XXXXXX S.A. sito en Xx. Xxxxx Xxxxxxx 0000 Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx – Xxxx Xxx.
2.6 ADELANTOS
2.6.1 ADELANTO DIRECTO
La Entidad otorgará un adelanto directo por el 10% del monto del contrato original
El contratista debe solicitar formalmente el adelante directo dentro de los ocho (8) días siguientes a la suscripción del contrato, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos14 mediante Carta Fianza y el comprobante de pago correspondiente. La Entidad debe entregar el monto solicitado dentro de los siete (7) días contados a partir del día siguiente de recibida la solicitud del contratista.
Vencido el plazo para solicitar el adelanto no procede la solicitud.
2.6.2 ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS
La Entidad otorgará un adelanto para materiales o insumos por el 20% del monto del contrato original, conforme al calendario de adquisición de materiales o insumos presentado por el contratista.
La entrega de los adelantos se realizará en un plazo de siete (7) días calendarios previos a la fecha prevista en el calendario de adquisición de materiales o insumos para cada adquisición, con la finalidad que EL CONTRATISTA pueda disponer de los materiales o insumos en la oportunidad prevista en el calendario de avance de obra valorizado. Para tal efecto, EL CONTRATISTA debe
14 De conformidad con el artículo 129 del Reglamento, esta garantía debe ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable por un plazo idéntico hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución contractual sea menor a tres (3) meses, las garantías pueden ser emitidas con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.
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solicitar la entrega del adelanto en un plazo de ocho (8) días calendario anteriores al inicio del plazo antes mencionado, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos15 mediante Carta Fianza y el comprobante de pago respectivo.
2.7 VALORIZACIONES
El periodo de valorización será Mensual.
Importante |
Cuando el periodo de valorización establecido por la Entidad sea el mensual, el plazo del pago de la valorización se regirá por lo dispuesto en el sexto párrafo del artículo 166 del Reglamento. |
De acuerdo con los párrafos quinto y sexto del artículo 166 del Reglamento, para efectos del pago de las valorizaciones, la Entidad debe contar con la valorización del periodo correspondiente, debidamente aprobada por el inspector o supervisor, según corresponda; a la que se debe adjuntar el comprobante de pago respectivo.
2.8 PLAZO PARA EL PAGO DEL SALDO DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA
La Entidad o el contratista, según corresponda, deben efectuar el pago del monto correspondiente al saldo de la liquidación del contrato de obra, en el plazo de Sesenta (60) días calendario, computados desde el día siguiente del consentimiento de la liquidación. Para tal efecto, la parte que solicita el pago debe presentar el comprobante de pago respectivo.
15 De conformidad con el artículo 129 del Reglamento, esta garantía debe ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable por un plazo idéntico hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución contractual sea menor a tres (3) meses, las garantías pueden ser emitidas con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.
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CAPÍTULO III REQUERIMIENTO
3.1. EXPEDIENTE TÉCNICO E INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA DEL EXPEDIENTE TÉCNICO
REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS
OBRA: “PARCHADO, TRATAMIENTO DE GRIETAS, FISURAS, SELLADO ASFALTICO Y SEÑALIZACION DEL AREA DE MOVIMIENTO DE AEROVAVES DEL AEROPUERTO DE YURIMAGUAS”
1. ANTECEDENTES
Con Resolución D.L. N º 099, el Aeropuerto de Yurimaguas, se encuentra ubicado en la Región Xxxxxx, Provincia del Alto Amazonas, Distrito de Yurimaguas a 0.2 Km. de la ciudad y cuenta con una pista asfaltada de 1800 metros de largo por 30 metros de ancho, Terminal de pasajeros de un piso de 436 m2, Xxxx Principal 285. 14 m2, tres Counters y 14 metros de altura. Actualmente, se encuentra administrado por CORPAC S.A. y es la principal puerta de entrada a la selva alta peruana.
Con la finalidad de detener el deterioro de los pavimentos en el área de movimiento de aeronaves del aeropuerto de Yurimaguas, generado principalmente por la acción del interperismo, CORPAC S.A., ejecutara la obra “Parchado, tratamiento de grietas, fisuras, sellado asfaltico y señalización del área de movimiento de aeronaves del aeropuerto de Yurimaguas.
2. OBJETIVO
La ejecución del presente proyecto tiene como objetivo principal la habilitación del área de movimiento de aeronaves a fin de detener el deterioro y mantener en condiciones adecuadas el área movimiento.
3. FINALIDAD PUBLICA
Considerando que a la culminación de la Obra: PARCHADO, TRATAMIENTO DE GRIETAS, FISURAS, SELLADO ASFALTICO Y SEÑALIZACION DEL AREA DE MOVIMIENTO DE AERONAVES DEL
AEROPUERTO DE YURIMAGUAS, en el distrito de Yurimaguas, provincia del Alto Amazonas, región Xxxxxx, permitirá mantener en mejores condiciones las operaciones aéreas de la zona. De esta manera mantener y mejorar nuestro nivel de servicio a la aeronavegación, fortalecer la gestión e incrementar las actividades de mantenimiento.
4. UBICACIÓN
La obra se llevará a cabo en el Aeropuerto de Yurimaguas, que se encuentra ubicada a 200m de la ciudad, distrito de Yurimaguas, provincia del Alto Amazonas, de la región Xxxxxx.
5. APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO
Expediente Técnico aprobado mediante : Memorando GAP.0154.2017.M Fecha de aprobación : 14 de febrero de 2017
6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El Sistema de contratación es a precios unitarios.
7. NORMATIVA ESPECIFICA
- Decreto Legislativo Nº 1341 que modifica la Ley N° 30225 “Ley de Contrataciones del Estado”, en adelante la Ley.
- Decreto Supremo Nº 056-2017-EF que modifica el Reglamento de la “Ley de Contrataciones del Estado”, aprobado por el Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, en adelante el Reglamento.
8. NORMATIVA TECNICA
Reglamento Nacional de Edificaciones.
Normas técnicas y Metrados para la obras de edificaciones y Habilitaciones Urbanas.
Expediente Técnico de la Obra.
Normativas OACI.
9. ÁREA USUARIA
El área Usuaria es el Área de Infraestructura, unidad orgánica dependiente de la Gerencia de Aeropuertos.
10. CAPACIDAD PROFESIONAL (Personal Clave Propuesto)
Deberá contar con el personal profesional:
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INGENIERO RESIDENTE DE OBRA
Ingeniero Civil Titulado, con experiencia mínima de 60 meses como Residente y/o Supervisor y/o Inspector en la Ejecución de Obras iguales o similares.
INGENIERO ASISTENTE DE OBRA
Ingeniero Civil Titulado, con experiencia mínima acumulada de 36 meses de experiencia como Residente y/o Supervisor y/o Inspector y/o Asistente de Residente y/o Asistente de Supervisor y/o Asistente de Inspector en ejecución de Obras iguales o similares.
ADMINISTRADOR
Ingeniero Administrativo Titulado, con experiencia mínima acumulada de 12 meses de experiencia como Administrador y/o Especialista en Ingeniería de la Administración en la ejecución y/o supervisión de Obras en general.
Dícese de obras similares:
Se precisa que las Obras similares son obras de rehabilitación y/o mejoramiento y/o mantenimiento y/o construcción y/o reconstrucción y/o refacción y/o ampliación y/o adecuación de pavimentos rígidos o flexibles en vías en general, asimismo pistas de aterrizaje, vías urbanas, veredas, sardineles a nivel de pavimento rígido o flexible.
11. CAPACIDAD TECNICA (Equipamiento)
La obra deberá contar con los siguientes equipamientos obligatorios:
Camión volquete de 10 m3
Cargador Frontal 125 HP 2.5Yd3
Compresora neumática 87 HP 250 – 330 PCM
Equipo Topográfico (Estación total)
Máquina esparcidora de asfalto
Máquina señalizadora
Martillo neumático de 24Kg
Motobomba de 4”
Motoniveladora 125 HP
Plancha compactadora
Rodillo liso vibratorio autopropulsado 101-135 HP 10-12 Ton
Rodillo neumático autop. 81-100HP 8–10 Ton
Xxxxxxx Xxxxxx estático aut. 58-70HP 8-10 Ton
12. ADELANTOS
El adelanto directo y adelanto para materiales o insumos se otorgarán de acuerdo a lo siguiente:
ADELANTO DIRECTO
La Entidad otorgará un adelanto directo por el 10% del monto del contrato original.
El contratista debe solicitar formalmente adelanto directo dentro de los ocho (8) días siguientes a la suscripción del contrato adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos mediante carta fianza y el comprobante de pago correspondiente. La Entidad debe entregar el monto solicitado dentro de los siete
(7) días contados a partir del día siguiente de recibida la solicitud del contratista. Vencido el plazo para solicitar el adelanto no procede la solicitud.
ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS
La Entidad otorgará un adelanto para materiales o insumos por el 20% del monto del contrato original, conforme al calendario de adquisición de materiales o insumos presentado por el contratista.
La entrega de los adelantos se realizará en un plazo de siete (7) días calendario previo a la fecha prevista en el calendario de adquisición de materiales o insumos para cada adquisición, con la finalidad que EL CONTRATISTA pueda disponer de los materiales o insumos en la oportunidad prevista en el calendario de avance de obra valorizado. Para tal efecto, EL CONTRATISTA debe solicitar la entrega del adelanto en un plazo de ocho (8) días calendario anterior al inicio del plazo antes mencionado, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos mediante carta fianza y el comprobante de pago respectivo.
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13. PLAZOS DE RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
El contratista es el responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos en el caso de obras, no podrá ser inferior a siete (7) años, contado a partir de la conformidad de la recepción total o parcial de la obra, según corresponda. Lo solicitado se sustenta en el artículo 40° de la Ley de Contrataciones de Estado, Responsabilidades del Contratista.
14. FORMA DE PAGO
Por valorizaciones mensuales, de conformidad con lo establecido en los artículos 166°. Las valorizaciones tienen el carácter de pagos a cuenta y serán elaboradas el último día de cada periodo previsto en las Bases, por el inspector o supervisor y el contratista.
El plazo máximo de aprobación por el inspector o el supervisor de las Valorizaciones y su remisión a la Entidad para períodos mensuales es de cinco (5) días, contados a partir del primer día hábil del mes siguiente al de la valorización respectiva, y será cancelada por la Entidad en fecha no posterior al último día de tal mes.
15. VALOR REFERENCIAL
El valor referencial para la ejecución de la Obra ““PARCHADO, TRATAMIENTO DE GRIETAS, FISURAS, SELLADO ASFALTICO Y SEÑALIZACION DEL AREA DE MOVIMIENTO DE AERONAVES DEL AEROPUERTO DE YURIMAGUAS”, que asciende a:
S/.2´218,024.10 (Dos Millones Doscientos Dieciocho Mil Veinticuatro y 10/100 Soles), monto de incluye el IGV.
16. PLAZO Y PERIODO DE EJECUCIÓN
El Plazo de ejecución de la Obra es de 90 días calendarios, los cuales empezarán a regir de acuerdo a lo estipulado en el artículo 152° del Reglamento de la Ley de Contrataciones de Estado.
17. PENALIDAD POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA
La penalidad se aplicará de acuerdo a lo establecido en los artículos 132° y 133° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Por retraso injustificado atribuido al contratista en la ejecución de la obra, la Entidad aplicará una penalidad por cada día de retraso, hasta un monto máximo equivalente al 10% del monto del contrato vigente. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de fiel cumplimiento.
18. OTRAS PENALIDADES
N° | Supuestos de aplicación de penalidad | Forma de cálculo | Procedimiento |
1 | En caso culmine la relación contractual entre el contratista y el personal ofertado y la Entidad no haya aprobado la sustitución del personal por no cumplir con las experiencias y calificaciones del profesional a ser reemplazado. | 0.50 UIT por primera vez y 1 UIT. Por reincidencia. | Según informe del Supervisor de Obra |
2 | Si el contratista o su personal, no permite el acceso al cuaderno de obra al Supervisor de la Obra, impidiendo anotar ocurrencias | Cinco por mil (5/1000) del monto de la valorización del periodo por cada día de dicho impedimento. | Según informe del Supervisor de Obra |
3 | Cuando el ingeniero residente no se encuentra en forma permanente en la obra. La multa es por cada día de ausencia no justificada. El Supervisor de Obra deberá anotar en el cuaderno de obra cada día de inasistencia injustificada. | 0.2UIT | Según informe del Supervisor de Obra |
4 | El contratista de manera injustificada, no asista con sus especialistas a reuniones convocados por la entidad o el Supervisor; la multa es por cada día de inasistencia | 0.02 UIT | Según informe del Supervisor de Obra |
5 | Cuando el contratista no cumple con controlar o dotar a su personal o parte del personal el uso de los implementos de seguridad, la multa es por cada día. | 0.02 UIT | Según informe del Supervisor de Obra |
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6 | Cuando el contratista ingrese materiales a la obra sin la autorización del supervisor, la multa es por cada material no autorizado. | 0.02UIT. | Según informe del Supervisor de Obra |
7 | Cuando el contratista no realiza las pruebas o ensayos oportunamente para verificar la calidad de los materiales y los trabajos, la multa es por cada incumplimiento. Los ensayos se realizaran en las fechas indicadas por el Supervisor de Obra mediante anotación en el cuaderno de obra, y en concordancia con el Calendario de Avance de Obra y Expediente Técnico. | 0.2UIT. | Según informe del Supervisor de Obra |
8 | Cuando el contratista no coloque el cartel de obra desde el inicio contractual del Contrato, la penalidad es por día no colocado hay obligación de mantener el cartel de obra durante la ejecución de la obra, se penaliza de la misma forma, cuando no se mantenga en el tiempo establecido. | S/. 500 | Según informe del Supervisor de Obra |
9 | Por máquinas y equipos que se encuentren inoperativos y que conlleven a un atraso en el cronograma de ejecución de obra. | 0.50 UIT. | Según informe del Supervisor de Xxxx |
El Supervisor de Obra aplicara el descuento por las penalidades en cada valorización de obra
19. CONFORMIDAD DE OBRA
La Gerencia de Aeropuertos será la encargada de designar la fecha de recepción y los miembros de comité de recepción.
La conformidad de la obra será otorgada a través de la respectiva Acta de Recepción suscrita por los miembros del comité de acuerdo a lo estipulado en el artículo 178° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, “Recepción de Obra y plazos”.
Importante |
Para determinar que los postores cuentan con las capacidades necesarias para ejecutar el contrato, las cuales deben ser acreditadas documentalmente, la Entidad incorpora los requisitos de calificación que se extraen del expediente técnico, no pudiendo incluirse requisitos adicionales a los previstos en el mismo, los cuales son los siguientes: |
3.2. REQUISITOS DE CALIFICACIÓN16
A | CAPACIDAD LEGAL |
A.1 | REPRESENTACIÓN |
Requisitos: Documento que acredite fehacientemente la representación de quien suscribe la oferta. En el caso de consorcios, este documento debe ser presentado por cada uno de los integrantes del consorcio que suscriba la promesa de consorcio, según corresponda. Promesa de consorcio con firmas legalizadas 17 , en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 7) La promesa de consorcio debe ser suscrita por cada uno de sus integrantes. |
16 La Entidad puede adoptar solo los requisitos de calificación contenidos en el presente capítulo, de acuerdo al artículo 28 del Reglamento. Los requisitos de calificación son fijados por el área usuaria en el requerimiento.
17 En caso de presentarse en consorcio.
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El representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades. Acreditación: Tratándose de persona jurídica, copia del certificado de vigencia de poder del representante legal, apoderado o mandatario designado para tal efecto, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión. En caso de persona natural, copia del documento nacional de identidad o documento análogo, o del certificado de vigencia de poder otorgado por persona natural, del apoderado o mandatario, según corresponda, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión. Promesa de consorcio con firmas legalizadas. | |
B | CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL |
B.1 | EQUIPAMIENTO ESTRATÉGICO |
Requisitos: La obra deberá contar con los siguientes equipamientos obligatorios: Camión volquete de 10 m3 Cargador Frontal 125 HP 2.5Yd3 Compresora neumática 87 HP 250 – 330 PCM Equipo Topográfico (Estación total) Máquina esparcidora de asfalto Máquina señalizadora Martillo neumático de 24Kg Motobomba de 4” Motoniveladora 125 HP Plancha compactadora Rodillo liso vibratorio autopropulsado 101-135 HP 10-12 Ton Rodillo neumático autop. 81-100HP 8–10 Ton Xxxxxxx Xxxxxx estático aut. 58-70HP 8-10 Ton Acreditación: Copia de documentos que sustenten la propiedad, la posesión, el compromiso de compra venta o alquiler u otro documento que acredite la disponibilidad del equipamiento estratégico requerido. | |
B.2 | CALIFICACIONES DEL PLANTEL PROFESIONAL CLAVE |
FORMACIÓN ACADÉMICA | |
Requisitos: INGENIERO RESIDENTE DE OBRA Ingeniero Civil Titulado INGENIERO ASISTENTE DE OBRA Ingeniero Civil Titulado. ADMINISTRADOR Ingeniero Administrativo Titulado. Acreditación: Se acreditará con copia simple de diploma de título profesional, según corresponda. |
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B.3 | EXPERIENCIA DEL PLANTEL PROFESIONAL CLAVE |
Requisitos: INGENIERO RESIDENTE DE OBRA Ingeniero Civil, con experiencia mínima de 60 meses como Residente y/o Supervisor y/o Inspector en la Ejecución de Obras iguales o similares. INGENIERO ASISTENTE DE OBRA Ingeniero Civil, con experiencia mínima acumulada de 36 meses de experiencia como Residente y/o Supervisor y/o Inspector y/o Asistente de Residente y/o Asistente de Supervisor y/o Asistente de Inspector en ejecución de Obras iguales o similares. ADMINISTRADOR Ingeniero Administrativo, con experiencia mínima acumulada de 12 meses de experiencia como Administrador y/o Especialista en Ingeniería de la Administración en la ejecución y/o supervisión de Obras en general. Acreditación: La experiencia del personal profesional clave requerido se acreditará con cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal profesional clave propuesto. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 8 referido al plantel profesional clave propuesto para la ejecución de la obra. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado. | |
C | EXPERIENCIA DEL POSTOR |
C.1 | EXPERIENCIA EN OBRAS EN GENERAL |
Requisitos: El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a tres (3) veces el valor referencial de la contratación (S/.6´654,072.30), en la ejecución de obras en general, durante los 10 años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas, correspondientes a un xxxxxx xx xxxx (10) contrataciones. Acreditación: Copia simple de contratos y sus respectivas actas de recepción y conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o contratos y cualquier otra documentación de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, así como su monto total. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”, debiendo presumirse que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando los contratos presentados se encuentren expresados en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción. |
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Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 8 referido a la experiencia en obras en general del postor. La obra presentada para acreditar la experiencia en obras similares servirá para acreditar la experiencia en obras en general. | |
C.2 | EXPERIENCIA EN OBRAS SIMILARES |
Requisitos: El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente una (1) vez el valor referencial de la contratación (S/.2´218,024.10), en la ejecución de obras similares, durante los 10 años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas, correspondientes a un xxxxxx xx xxxx (10) contrataciones. Dícese de obras similares: Se precisa que las Obras similares son obras de rehabilitación y/o mejoramiento y/o mantenimiento y/o construcción y/o reconstrucción y/o refacción y/o ampliación y/o adecuación de pavimentos rígidos o flexibles en vías en general, asimismo pistas de aterrizaje, vías urbanas, veredas, sardineles a nivel de pavimento rígido o flexible. Acreditación: Copia simple de contratos y sus respectivas actas de recepción y conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o contratos y cualquier otra documentación de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, así como su monto total. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”, debiendo presumirse que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando los contratos presentados se encuentren expresados en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 9 referido a la experiencia en obras similares del postor. |
Importante |
Las consultas y observaciones no deben emplearse para formular pretensiones que desnaturalicen la decisión de compra adoptada por la Entidad. Si como resultado de una consulta u observación debe modificarse el requerimiento, debe solicitarse la autorización del área usuaria y remitir dicha autorización a la dependencia que aprobó el expediente de contratación para su aprobación, de conformidad con el artículo 51 del Reglamento. Los requisitos de calificación determinan si los postores cuentan con las capacidades necesarias para ejecutar el contrato, lo que debe ser acreditado documentalmente. Para ello, las Entidades deben establecer de manera clara y precisa los requisitos que deben cumplir los postores a fin de acreditar su calificación en el numeral 2.2.1.2 concordante con el numeral 3.2 de esta sección de las bases. |
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CAPÍTULO IV FACTORES DE EVALUACIÓN
Puntaje Total: 100 Puntos
FACTOR DE EVALUACIÓN | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN | |
A. | PRECIO | |
Evaluación: Se evaluará considerando el precio ofertado por el postor. Acreditación: Se acreditará mediante el documento que contiene el precio de la oferta ( Anexo N° 5) | La evaluación consistirá en otorgar el máximo puntaje a la oferta más próxima al promedio de las ofertas admitidas que quedan en competencia incluyendo el valor referencial y otorgar a las demás ofertas puntajes, según la siguiente fórmula:
| | i = Oferta Pi = Puntaje de la oferta a evaluar Oi = Precio i Om = Precio de la oferta más próximo al promedio de ofertas válidas incluido el valor referencial PMOE = Puntaje máximo del precio 100.00 puntos |
Importante |
Los factores de evaluación elaborados por el comité de selección deben ser objetivos y deben guardar vinculación, razonabilidad y proporcionalidad con el objeto de la contratación. Asimismo, estos no pueden calificar con puntaje el cumplimiento del Expediente Técnico ni los requisitos de calificación. |
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CAPÍTULO V PROFORMA DEL CONTRATO
Conste por el presente documento, la contratación de la ejecución de la obra PARCHADO, TRATAMIENTO
DE GRIETAS, FISURAS, SELLADO ASFÁLTICO Y SEÑALIZACIÓN DEL ÁREA DE MOVIMIENTO DE
AERONAVES DEL AEROPUERTO DE YURIMAGUAS, que celebra de una parte la CORPORACIÓN PERUANA DE AEROPUERTOS Y AVIACIÓN COMERCIAL S.A., en adelante CORPAC S.A., con RUC Nº
20100004675, con domicilio legal en la Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xx 0000 Xxxx Xxx, Xxxxxxxx Xxxxx xxx Xxxxxxxxxx Internacional “Xxxxx Xxxxxx”, de la Provincia Constitucional del Callao, representada por [… ],
identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con
domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [… ], debidamente representado
por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [ ], según poder inscrito
en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha [………………..], el comité de selección adjudicó la buena pro de la LICITACIÓN PÚBLICA Nº005.2017.CORPAC S.A. para la contratación de la ejecución de la obra PARCHADO, TRATAMIENTO DE GRIETAS, FISURAS, SELLADO ASFÁLTICO Y SEÑALIZACIÓN DEL ÁREA DE MOVIMIENTO DE AERONAVES DEL AEROPUERTO DE YURIMAGUAS, a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA
BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
El presente contrato tiene por objeto la contratación de la ejecución de la obra PARCHADO, TRATAMIENTO DE GRIETAS, FISURAS, SELLADO ASFÁLTICO Y SEÑALIZACIÓN DEL ÁREA DE MOVIMIENTO DE AERONAVES DEL AEROPUERTO DE YURIMAGUAS.
CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], que incluye todos los impuestos xx Xxx.
Este monto comprende el costo de la ejecución de la obra, todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre la ejecución de la prestación materia del presente contrato.
CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO
CORPAC S.A. se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en [INDICAR MONEDA], en periodos de valorización MENSUALES, conforme a lo previsto en la sección específica de las bases. Asimismo, CORPAC S.A. o EL CONTRATISTA, según corresponda, se obligan a pagar el monto correspondiente al saldo de la liquidación del contrato de obra, en el plazo de Sesenta (60) días calendario, computados desde el día siguiente del consentimiento de la liquidación.
En caso de retraso en el pago de las valorizaciones, por razones imputables a CORPAC S.A., EL CONTRATISTA tiene derecho al reconocimiento de los intereses legales efectivos, de conformidad con el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado y los artículos 1244, 1245 y 1246 del Código Civil. Para tal efecto, se formulará una valorización de intereses y el pago se efectuará en las valorizaciones siguientes.
CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
El plazo de ejecución del presente contrato es de Noventa (90) días calendario, el mismo que se computa desde el día siguiente de cumplidas las condiciones previstas en el numeral 3.5 de la sección general de las bases.
CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por las bases integradas, la oferta ganadora, así como los documentos derivados del procedimiento de selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS
EL CONTRATISTA entregó al perfeccionamiento del contrato la respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y de realización automática en el país al solo requerimiento, a favor xx XXXXXX S.A., por los conceptos, montos y vigencias siguientes:
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De fiel cumplimiento del contrato18: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la Carta Fianza N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que es
equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final.
CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN
CORPAC S.A. puede solicitar la ejecución de las garantías cuando EL CONTRATISTA no las hubiere renovado antes de la fecha de su vencimiento, conforme a lo dispuesto por el artículo 131 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA NOVENA: ADELANTO DIRECTO19
CORPAC S.A. otorgará un adelanto directo por el 10% del monto del contrato original.
EL CONTRATISTA debe solicitar formalmente el adelanto directo dentro de los ocho (8) días calendario siguiente a la suscripción del contrato, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos20 mediante Carta Fianza y el comprobante de pago correspondiente. CORPAC S.A. debe entregar el monto solicitado dentro de los siete (7) días siguientes a la presentación de la solicitud de EL CONTRATISTA.
Vencido el plazo para solicitar el adelanto no procederá la solicitud.
CLÁUSULA DÉCIMA: ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS
CORPAC S.A. otorgará adelanto para materiales o insumos por el 20% del monto del Contrato Original conforme al calendario de adquisición de materiales o insumos presentado por EL CONTRATISTA.
La entrega de los adelantos se realizará en un plazo de siete (7) días calendarios previos a la fecha prevista en el calendario de adquisición de materiales o insumos para cada adquisición, con la finalidad que EL CONTRATISTA pueda disponer de los materiales o insumos en la oportunidad prevista en el calendario de avance de obra valorizado. Para tal efecto, EL CONTRATISTA debe solicitar la entrega del adelanto en un plazo de ocho (8) días calendarios anteriores al inicio del plazo antes mencionado, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos21 mediante carta Fianza y el comprobante de pago respectivo.
CLÁUSULA UNDÉCIMA: CONFORMIDAD DE LA OBRA
La conformidad de la obra será dada con la suscripción del Acta de Recepción de Obra.
CLÁUSULA DUODÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: ASIGNACIÓN XX XXXXXX DEL CONTRATO DE OBRA
Correrán por cuenta de EL CONTRATISTA y de acuerdo x Xxx, todos los riesgos de pérdidas y daños que sufran los bienes materiales y las lesiones o muerte del personal de EL CONTRATISTA que se produzcan durante el periodo de cumplimiento del Contrato como consecuencia del mismo.
No serán riegos de EL CONTRATISTA los siguientes:
- Los riesgos de fenómenos naturales extraordinarios, guerras, hostilidades, invasión, actos de enemigos extranjeros, rebelión, revolución, insurrección, golpe militar o usurpación del poder, guerra civil, motín conmoción o alteración de orden, a menos que se limiten a los empleados del Contratista, y contaminación
18 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la garantía de fiel cumplimiento debe ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y mantenerse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final.
19 Si la Entidad ha previsto la entrega de xxxxxxxxx, deberá consignar el procedimiento para su entrega y la respectiva garantía, precisando el plazo en el cual el contratista solicitará los adelantos. Asimismo, deberá consignar la oportunidad y plazo en el cual se entregarán dichos adelantos, conforme a lo previsto por los artículos 186 y 187 del Reglamento.
20 De conformidad con el artículo 129 del Reglamento, esta garantía debe ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable por un plazo idéntico hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución contractual sea menor a tres (3) meses, las garantías pueden ser emitidas con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.
21 De conformidad con el artículo 129 del Reglamento, esta garantía debe ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable por un plazo idéntico hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución contractual sea menor a tres (3) meses, las garantías pueden ser emitidas con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.
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procedentes de cualquier combustible o desecho nuclear o explosivo tóxico radioactivo, y/o
- Las circunstancias que se deben exclusivamente al diseño de las obras que hayan sido oportunamente advertidas por EL CONTRATISTA
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD POR XXXXXX XXXXXXX
Ni la suscripción del Acta de Recepción de Obra, ni el consentimiento de la liquidación del contrato de obra, enervan el derecho xx XXXXXX S.A. a reclamar, posteriormente, por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por los artículos 40 de la Ley de Contrataciones del Estado y 146 de su Reglamento.
El plazo máximo de responsabilidad de EL CONTRATISTA es de Siete (7) años, contados a partir de la conformidad de la recepción total de la obra.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: PENALIDADES
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, CORPAC S.A. le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = | 0.10 x Monto |
F x Plazo en días |
Donde:
F = 0.15 para plazos mayores a sesenta (60) días o;
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.
Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse.
Se considera justificado el retraso, cuando EL CONTRATISTA acredite, de modo objetivamente sustentado, que el mayor tiempo transcurrido no le resulta imputable. Esta calificación del retraso como justificado no da lugar al pago de gastos generales de ningún tipo, conforme el artículo 133 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Adicionalmente a la penalidad por xxxx se aplicarán las siguientes penalidades:
OTRAS PENALIDADES
N° | Supuestos de aplicación de penalidad | Forma de cálculo | Procedimiento |
1 | En caso culmine la relación contractual entre el contratista y el personal ofertado y la Entidad no haya aprobado la sustitución del personal por no cumplir con las experiencias y calificaciones del profesional a ser reemplazado. | 0.50 UIT por primera vez y 1 UIT. Por reincidencia. | Según informe del Supervisor de Obra |
2 | Si el contratista o su personal, no permite el acceso al cuaderno de obra al Supervisor de la Obra, impidiendo anotar ocurrencias | Cinco por mil (5/1000) del monto de la valorización del periodo por cada día de dicho impedimento. | Según informe del Supervisor de Obra |
3 | Cuando el ingeniero residente no se encuentra en forma permanente en la obra. La multa es por cada día de ausencia no justificada. El Supervisor de Obra deberá anotar en el cuaderno de obra cada día de inasistencia injustificada. | 0.2UIT | Según informe del Supervisor de Obra |
4 | El contratista de manera injustificada, no asista con sus especialistas a reuniones convocados por la entidad o el Supervisor; la multa es por cada día de inasistencia | 0.02 UIT | Según informe del Supervisor de Obra |
5 | Cuando el contratista no cumple con controlar o dotar a su personal o parte del personal el uso de los implementos de seguridad, la multa es por cada día. | 0.02 UIT | Según informe del Supervisor de Obra |
6 | Cuando el contratista ingrese materiales a la obra sin la autorización del supervisor, la multa es por cada material no autorizado. | 0.02UIT. | Según informe del Supervisor de Obra |
7 | Cuando el contratista no realiza las pruebas o ensayos oportunamente para verificar la calidad de los materiales y los trabajos, la multa es por cada | 0.2UIT. | Según informe del Supervisor de Xxxx |
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CORPAC S.A.
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incumplimiento. Los ensayos se realizaran en las fechas indicadas por el Supervisor de Obra mediante anotación en el cuaderno de obra, y en concordancia con el Calendario de Avance de Obra y Expediente Técnico. | |||
8 | Cuando el contratista no coloque el cartel de obra desde el inicio contractual del Contrato, la penalidad es por día no colocado hay obligación de mantener el cartel de obra durante la ejecución de la obra, se penaliza de la misma forma, cuando no se mantenga en el tiempo establecido. | S/. 500 | Según informe del Supervisor de Obra |
9 | Por máquinas y equipos que se encuentren inoperativos y que conlleven a un atraso en el cronograma de ejecución de obra. | 0.50 UIT. | Según informe del Supervisor de Xxxx |
El Supervisor de Obra aplicara el descuento por las penalidades en cada valorización de obra.
Estas penalidades se deducen de las valorizaciones o en la liquidación final, según corresponda; o si fuera necesario, se cobra del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.
La penalidad por xxxx y las otras penalidades pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad por xxxx o el monto máximo para otras penalidades, CORPAC S.A. puede resolver el contrato por incumplimiento.
CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes puede resolver el contrato, de conformidad con el literal d) del inciso 32.3 del artículo 32 y artículo 36 de la Ley de Contrataciones del Estado, y el artículo 135 de su Reglamento. De darse el caso, CORPAC S.A. procederá de acuerdo a lo establecido en los artículos 136 y 177 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
Cuando se resuelva el contrato por causas imputables a algunas de las partes, se debe resarcir los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan.
Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: ANTICORRUPCIÓN
EL CONTRATISTA declara y garantiza no haber, directa o indirectamente, o tratándose de una persona jurídica a través de sus socios, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores o personas vinculadas a las que se refiere el artículo 248-A, ofrecido, negociado o efectuado, cualquier pago o, en general, cualquier beneficio o incentivo ilegal en relación al contrato.
Asimismo, el CONTRATISTA se obliga a conducirse en todo momento, durante la ejecución del contrato, con honestidad, probidad, veracidad e integridad y de no cometer actos ilegales o de corrupción, directa o indirectamente o a través de sus socios, accionistas, participacionistas, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores y personas vinculadas a las que se refiere el artículo 248-A.
Además, EL CONTRATISTA se compromete a comunicar a las autoridades competentes, de manera directa y oportuna, cualquier acto o conducta ilícita o corrupta de la que tuviera conocimiento; y adoptar medidas técnicas, organizativas y/o de personal apropiadas para evitar los referidos actos o prácticas.
CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado.
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CLÁUSULA VIGÉSIMA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Las controversias que surjan entre las partes durante la ejecución del contrato se resuelven mediante conciliación o arbitraje, según el acuerdo de las partes.
Cualquiera de las partes tiene derecho a iniciar el arbitraje a fin de resolver dichas controversias dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 122, 146, 152, 168, 170, 177, 178, 179 y 180 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado o, en su defecto, en el inciso 45.2 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado.
Las controversias que surjan entre las partes durante la ejecución del contrato se resuelven mediante conciliación o arbitraje, según el acuerdo de las partes.
Cualquiera de las partes tiene derecho a iniciar el arbitraje a fin de resolver dichas controversias dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 122, 137, 140, 143, 146, 147 y 149 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado o, en su defecto, en el inciso 45.2 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado.
El arbitraje será institucional y resuelto un Tribunal Arbitral conformado por tres (3) árbitros. CORPAC S.A. propone las siguientes instituciones arbitrales:
- Centro de Análisis y Resolución de Conflictos de la Pontificia Universidad Católica del Perú.
- Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima.
Importante |
Al momento de la presentación de su oferta, el postor elegirá a una de las instituciones arbitrales propuestas por la Entidad, señalando un orden de prelación con relación a las demás, de ser el caso. Si el postor no cumple con realizar la elección, se procederá de conformidad con el inciso 185.3 del artículo 185 del Reglamento. Asimismo, el postor puede consentir o no la propuesta de la Entidad sobre el número de árbitros que resuelven las controversias. Si el postor no está de acuerdo con la propuesta o no se pronuncia al respecto en su oferta o si la Entidad no formula ninguna propuesta, se procederá de conformidad con el inciso 189.1 del artículo 189 del Reglamento. |
Facultativamente, cualquiera de las partes tiene el derecho a solicitar una conciliación dentro del plazo de caducidad correspondiente, según lo señalado en el artículo 183 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio de recurrir al arbitraje, en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas partes o se llegue a un acuerdo parcial. Las controversias sobre nulidad del contrato solo pueden ser sometidas a arbitraje.
El Laudo arbitral emitido es inapelable, definitivo y obligatorio para las partes desde el momento de su notificación, según lo previsto en el inciso 45.8 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado.
Importante |
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado las controversias que surjan desde el inicio del plazo de ejecución de la obra hasta la recepción total de la misma pueden ser sometidas a la Junta de Resolución de Disputas. Las partes pueden pactar hasta antes del inicio de la ejecución de la obra, una cláusula de solución de disputas a cargo de una Junta de Resolución de Disputas en aquellos contratos de ejecución de obra cuyos montos sean superiores a cinco millones de Soles (S/ 5 000 000,00), siendo sus decisiones vinculantes para las partes. |
CLÁUSULA VIGÉSIMO PRIMERA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes puede elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
CLÁUSULA VIGÉSIMO SEGUNDA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:
DOMICILIO XX XXXXXX S.A.: Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xx 0000 Xxxx Xxx, Xxxxxxxx Xxxxx xxx Xxxxxxxxxx
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Internacional “Xxxxx Xxxxxx”
DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO]
La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.
De acuerdo con las bases integradas, la oferta y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [. ] al [CONSIGNAR FECHA].
“CORPAC S.A.” | “EL CONTRATISTA” |
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CAPÍTULO VI
CONSTANCIA DE PRESTACIÓN DE EJECUCIÓN DE OBRA
De conformidad con el artículo 145 del Reglamento, se deja expresa constancia de la culminación de la prestación derivada del contrato mencionado en el numeral 3 del presente documento. | |||||
1 | DATOS DEL DOCUMENTO | Número del documento | |||
Fecha de emisión del documento | |||||
2 | DATOS DEL CONTRATISTA | Nombre, denominación o razón social | |||
RUC | |||||
EN CASO EL CONTRATISTA SEA UN CONSORCIO, ADEMÁS SE DEBERÁ REGISTRAR LA SIGUIENTE INFORMACIÓN: | |||||
Nombre o razón social del integrante del consorcio | RUC | % | Descripción de las obligaciones | ||
3 | DATOS DEL CONTRATO EJECUTADO | Número del contrato | |||
Tipo y número del procedimiento de selección | |||||
Descripción del objeto del contrato | |||||
Fecha de suscripción del contrato | |||||
Plazo total ejecutado | días calendario | ||||
Monto total ejecutado | |||||
4 | DATOS DE LA OBRA | Denominación de la obra | |||
Ubicación de la obra | |||||
Nombres y apellidos del Supervisor de la Obra | |||||
Plazo de ejecución de la obra | Plazo original | días calendario | |||
Ampliación(es) de plazo | días calendario | ||||
Total plazo | días calendario | ||||
Fecha de recepción de la obra | |||||
Fecha de culminación de la obra | |||||
Fecha de liquidación de la obra | |||||
Monto de la obra | Número de adicionales de obra | ||||
Monto total de los adicionales | |||||
Número de deductivos | |||||
Monto total de los deductivos | |||||
Monto total de la obra (sólo componente de obra) |
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5 | APLICACIÓN DE PENALIDADES | Monto de las penalidades por xxxx | ||||
Monto de otras penalidades | ||||||
Monto total de las penalidades aplicadas | ||||||
6 | SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DEL CONTRATO | Junta de Resolución de Disputas | Si | No | ||
Arbitraje | Si | No | ||||
N° de arbitrajes | ||||||
7 | DATOS DE LA ENTIDAD | Nombre de la Entidad | ||||
RUC de la Entidad | ||||||
Nombres y apellidos del funcionario que emite la constancia | ||||||
Cargo que ocupa en la Entidad | ||||||
Teléfono de contacto | ||||||
8 | ||||||
NOMBRE, FIRMA Y SELLO DEL FUNCIONARIO COMPETENTE |
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ANEXO Nº 1
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº005.2017.CORPAC S.A.
Presente.-
El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N°
[CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], DECLARO
BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombre, Denominación o Razón Social : | |||
Domicilio Legal : | |||
RUC : | Teléfono(s) : | ||
Correo electrónico : |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
Importante |
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada debe ser presentada por cada uno de los integrantes del consorcio. |
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ANEXO Nº 2
DECLARACIÓN JURADA
(ART. 31 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº005.2017.CORPAC S.A.
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:
1.- No tener impedimento para postular en el procedimiento de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 11 de la Ley de Contrataciones del Estado.
2.- Xxxxxxx, aceptar y someterme a las bases, condiciones y reglas del procedimiento de selección.
3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento en el presente procedimiento de selección.
4.- No haber incurrido y me obligo a no incurrir en actos de corrupción, así como respetar el principio de integridad.
5.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el procedimiento de selección y a perfeccionar el contrato, en caso de resultar favorecido con la buena pro.
6.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como las disposiciones aplicables en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
Importante |
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio. |
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CORPAC S.A.
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ANEXO Nº 3
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DEL EXPEDIENTE TÉCNICO
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº005.2017.CORPAC S.A.
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las bases y demás documentos del procedimiento de la referencia y, conociendo todos los alcances y las condiciones existentes, el postor que suscribe ofrece la ejecución de la obra PARCHADO, TRATAMIENTO DE GRIETAS, FISURAS, SELLADO ASFÁLTICO Y SEÑALIZACIÓN DEL ÁREA DE MOVIMIENTO DE AERONAVES DEL
AEROPUERTO DE YURIMAGUAS, de conformidad con el respectivo Expediente Técnico y las demás condiciones que se indican en el numeral 3.1 del Capítulo III de la sección específica de las bases y los documentos del procedimiento.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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CORPAC S.A.
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ANEXO Nº 4
DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº005.2017.CORPAC S.A.
Presente.-
Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las bases del procedimiento de la referencia, me comprometo a ejecutar la obra PARCHADO, TRATAMIENTO DE GRIETAS, FISURAS, SELLADO ASFÁLTICO Y SEÑALIZACIÓN DEL ÁREA DE MOVIMIENTO DE AERONAVES DEL AEROPUERTO DE YURIMAGUAS en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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CORPAC S.A.
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ANEXO Nº 5
PRECIO DE LA OFERTA
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº005.2017.CORPAC S.A.
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con las bases, mi oferta es la siguiente:
CONCEPTO | PRECIO TOTAL [CONSIGNAR PRECIO TOTAL DE LA OFERTA EN LA MONEDA DE LA CONVOCATORIA] |
EJECUCION DE OBRA: PARCHADO, TRATAMIENTO DE GRIETAS, FISURAS, SELLADO ASFÁLTICO Y SEÑALIZACIÓN DEL ÁREA DE MOVIMIENTO DE AERONAVES DEL AEROPUERTO DE YURIMAGUAS | |
TOTAL |
El precio de la oferta incluye todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo de la obra a ejecutar; excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración legal, no incluirán en el precio de su oferta los tributos respectivos.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
Importante para la Entidad |
“El postor debe consignar en su oferta los precios unitarios ofertados considerando las partidas, planos y cantidades referenciales contenidos en el expediente técnico que es parte de las bases; y que se valorizarán en función a su ejecución real y por un determinado plazo de ejecución”. |
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CORPAC S.A.
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ANEXO Nº 6
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA EXONERACIÓN DEL IGV
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº005.2017.CORPAC S.A.
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento que gozo del beneficio de la exoneración del IGV previsto en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, dado que cumplo con las condiciones siguientes:
1.- Que el domicilio fiscal de la empresa22 se encuentra ubicada en la Amazonía y coincide con el lugar establecido como sede central (donde tiene su administración y lleva su contabilidad);
2.- Que la empresa se encuentra inscrita en las Oficinas Registrales de la Amazonía (exigible en caso de personas jurídicas);
3.- Que, al menos el setenta por ciento (70%) de los activos fijos de la empresa se encuentran en la Amazonía; y
4.- Que la empresa no ejecuta obras fuera de la Amazonía.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
Importante |
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados. |
22 En el artículo 1 del “Reglamento de las Disposiciones Tributarias contenidas en la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía” se define como “empresa” a las “Personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas consideradas jurídicas por la Ley del Impuesto a la Renta, generadoras xx xxxxxx de tercera categoría, ubicadas en la Amazonía. Las sociedades conyugales son aquéllas que ejerzan la opción prevista en el Artículo 16 de la Ley del Impuesto a la Renta.”
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CORPAC S.A.
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ANEXO Nº 7
PROMESA DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº005.2017.CORPAC S.A.
Presente.-
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el procedimiento de selección, para presentar una oferta conjunta a la LICITACIÓN PÚBLICA Nº005.2017.CORPAC S.A.
Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio, de conformidad con lo establecido por el artículo 118 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, bajo las siguientes condiciones:
a) Integrantes del consorcio
1. [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 1].
2. [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 2].
b) Designamos a [CONSIGNAR NOMBRES Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE COMÚN], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y ejecución del contrato correspondiente con [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD].
Asimismo, declaramos que el representante común del consorcio no se encuentra impedido, inhabilitado ni suspendido para contratar con el Estado.
c) Fijamos nuestro domicilio legal común en [. ].
d) Las obligaciones que corresponden a cada uno de los integrantes del consorcio son las siguientes:
1. | OBLIGACIONES DE [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 1] | [ % ] 23 |
[DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIADO 1]
2. | OBLIGACIONES DE [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 2] | [ % ] 24 |
[DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIADO 2]
TOTAL OBLIGACIONES | 100%25 |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
23 Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
24 Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
25 Este porcentaje corresponde a la sumatoria de los porcentajes de las obligaciones de cada uno de los integrantes del consorcio.
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CORPAC S.A.
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..…………………………………………. Consorciado 1 Nombres, apellidos y firma del Consorciado 1 o de su Representante Legal Tipo y N° de Documento de Identidad | ..………………………………………….. Consorciado 2 Nombres, apellidos y firma del Consorciado 2 o de su Representante Legal Tipo y N° de Documento de Identidad |
Importante |
De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, las firmas de los integrantes del consorcio deben ser legalizadas. |
48
CORPAC S.A.
LICITACION PUBLICA N°005.2017.CORPAC S.A.
ANEXO Nº 8
DECLARACIÓN JURADA DEL PLANTEL PROFESIONAL CLAVE PROPUESTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº005.2017.CORPAC S.A.
Presente.-
De nuestra consideración,
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento que la información del plantel profesional clave propuesto para la ejecución de la obra es el siguiente:
NOMBRES Y APELLIDOS | DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD U OTRO ANÁLOGO | CARGO | ESPECIALIDAD | N° DE FOLIO EN LA OFERTA | TIEMPO DE EXPERIENCIA ACREDITADA | N° DE FOLIO EN LA OFERTA |
Residente de la Obra | ||||||
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
Importante |
El postor debe presentar dentro de su oferta la carta de compromiso de cada integrante del plantel profesional clave, con firma legalizada, según Anexo Nº 11. Cuando los postores presenten dentro de su oferta como personal permanente a profesionales que se encuentran laborando como residente o supervisor en obras contratadas por la Entidad que no cuentan con recepción, dicha oferta será descalificada. |
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CORPAC S.A.
LICITACION PUBLICA N°005.2017.CORPAC S.A.
ANEXO Nº 9
EXPERIENCIA DEL POSTOR EN OBRAS EN GENERAL
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº005.2017.CORPAC S.A.
Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla la siguiente EXPERIENCIA EN OBRAS EN GENERAL:
Nº | CLIENTE | OBJETO DEL CONTRATO | N° CONTRATO | FECHA26 | MONEDA | IMPORTE | TIPO DE CAMBIO VENTA27 | MONTO FACTURADO ACUMULADO28 |
1 | ||||||||
2 | ||||||||
… | ||||||||
10 | ||||||||
TOTAL |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
26 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato.
27 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato.
28 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.
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CORPAC S.A.
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ANEXO Nº 10
EXPERIENCIA DEL POSTOR EN OBRAS SIMILARES
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº005.2017.CORPAC S.A.
Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN OBRAS SIMILARES:
Nº | CLIENTE | OBJETO DEL CONTRATO | N° CONTRATO | FECHA29 | MONEDA | IMPORTE | TIPO DE CAMBIO VENTA30 | MONTO FACTURADO ACUMULADO31 |
1 | ||||||||
2 | ||||||||
… | ||||||||
10 | ||||||||
TOTAL |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
29 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato.
30 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato.
31 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.
51
CORPAC S.A.
LICITACION PUBLICA N°005.2017.CORPAC S.A.
ANEXO Nº 11
CARTA DE COMPROMISO DEL PERSONAL CLAVE
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº005.2017.CORPAC S.A.
Presente.-
Yo [CONSIGNAR NOMBRES Y APELLIDOS COMPLETOS] identificado con documento de identidad N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DNI O DOCUMENTO DE IDENTIDAD ANÁLOGO], domiciliado en
[CONSIGNAR EL DOMICILIO LEGAL], declaro bajo juramento:
Que, me comprometo a prestar mis servicios en el cargo de [CONSIGNAR EL CARGO A DESEMPEÑAR] para ejecutar la obra [CONSIGNAR LA OBRA A EJECUTAR, OBJETO DE LA CONVOCATORIA] en caso que el postor [CONSIGNAR EL NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN
SOCIAL DEL POSTOR32] resulte favorecido con la buena pro y suscriba el contrato correspondiente. Para dicho efecto, declaro que mis calificaciones y experiencia son las siguientes:
A. Calificaciones
Carrera o Especialidad | |||
Universidad | |||
Bachiller | Título Profesional | ||
Fecha de expedición del grado o título |
B. Experiencia
N° | Cliente o Empleador | Objeto de la contratación | Fecha de inicio | Fecha de culminación | Tiempo acumulado |
1 | |||||
2 | |||||
(…) |
La experiencia total acumulada es de: [CONSIGNAR LA EXPERIENCIA TOTAL ACUMULADA EN AÑOS, MESES Y/O DÍAS]
Asimismo, manifiesto mi disposición de ejecutar las actividades que comprenden el desempeño del referido cargo, durante el periodo de ejecución de la obra.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del personal
Importante |
De conformidad con el numeral 3 del artículo 31 del Reglamento la carta de compromiso de cada integrante del plantel profesional clave, debe contar con la firma legalizada. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado. |
32 En el caso que el postor sea un consorcio se debe consignar el nombre del consorcio o de uno de sus integrantes.
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