Optimas OE Solutions SL Condiciones generales de venta - España
Optimas OE Solutions SL Condiciones generales de venta - España
El Comprador debe prestar especial atención a las disposiciones de la Condición 11
1. DEFINICIONES
"La Sociedad" se refiere a Optimas OE Solutions SL o a la sociedad Optimas OE Solutions identificada en la parte frontal de este documento.
"El Comprador" significa la persona, firma o empresa a los que la Sociedad suministrará los productos y servicios. "Productos" significa los productos, materiales y / u otros artículos que se suministrarán de conformidad con el Contrato.
“Servicios” hace referencia a los servicios que se suministrarán de conformidad con el Contrato.
"El Contrato" significa el contrato para la compraventa de Productos y la prestación de Servicios entre la Sociedad y el Comprador, tal como se describe en la propuesta a la que se aplican estas Condiciones.
2. ALCANCE
Estas condiciones se aplican a todas las ventas de Productos y prestaciones de Servicios por parte de la Sociedad y prevalecerán sobre cualesquiera otras condiciones a las que se haga referencia en el pedido del Comprador o en otra correspondencia, salvo acuerdo específico contrario por escrito por parte de la Sociedad y expresado en forma que pase a formar parte del Contrato, y cualesquiera otras condiciones o estipulaciones contrarias quedan excluidas o extinguidas por el presente.
3. PRESUPUESTO
Un presupuesto presentado por la Sociedad no constituye una oferta y la Sociedad se reserva el derecho de retirarlo o modificarlo en cualquier momento antes de la aceptación del pedido del Comprador por parte de la Sociedad.
4. PRECIOS
4.1. Salvo que se indique que los precios presupuestados son precios fijos, los precios de los Productos o Servicios serán los que la Sociedad esté cobrando en el momento del envío o prestación de los mismos, de modo que la Sociedad se reserva el derecho de revisar los precios presupuestados para reflejar incrementos del coste, incluyendo (sin limitaciones) los costes de la materia prima o de la mano de obra y cualquier variación que se produzca en los tipos de cambio.
4.2. Los precios presupuestados son “ex-works” y no incluyen IVA ni otros gravámenes fiscales que deban aplicarse a los Productos suministrados o a los Servicios por un Gobierno u otras autoridades.
5. CONDICIONES DE PAGO
5.1. Con sujeción a la Condición 5.5, salvo que se acuerde lo contrario por escrito, el pago de las facturas deberá hacerse de forma íntegra sin deducciones ni compensaciones de ningún tipo, en el plazo de 30 días a partir de la fecha de la factura.
5.2. En cualquier momento se podrá modificar o anular el crédito autorizado al Comprador.
5.3. La Sociedad tendrá derecho a reclamar intereses de conformidad con la Ley 3/2004, y resto de legislación aplicable.
5.4. Si, en opinión de la Sociedad, la solvencia del Comprador se ha deteriorado con anterioridad a la entrega, ésta podrá exigir el pago total o parcial de la factura antes de la entrega de los productos o la presentación de un aval que garantice el pago de la factura por parte del Comprador en una forma aceptable para la Sociedad.
5.5. En los casos en que el Comprador resida fuera de España y salvo que se acuerde lo contrario, el pago de los productos se garantizará mediante una carta de crédito irrevocable a satisfacción de la Sociedad que será emitida por el Comprador a favor de la Sociedad inmediatamente después de la recepción de la aceptación de la Sociedad y la confirmación de un banco del Comprador aceptable para la Sociedad. La carta de crédito será por el valor del contrato, incluyendo los impuestos o gravámenes que deberán ser pagados por el Comprador y será válida durante el periodo especificado por la Sociedad. La Sociedad podrá ejecutar el cobro contra presentación de los documentos especificados por la misma a dicho Banco.
6. ENTREGA
6.1. Las fechas que se indican en un presupuesto, en la aceptación o en cualquier otro documento, son meramente indicativas y no tienen ningún efecto contractual, y el plazo de entrega no se pondrá como condición indispensable mediante una notificación. La Sociedad no será en ningún caso responsable frente al Comprador con respecto a retrasos en la entrega que se produzcan por cualquier motivo.
6.2. En el caso de que el Comprador devolviera o se negara a aceptar una entrega de los Productos de conformidad con lo dispuesto en el Contrato, la Sociedad podrá optar, a su discreción, por facturar al Comprador dichos Productos o por entregar y facturar al Comprador los Productos pendientes de servir o bien suspender o cancelar las demás entregas en virtud de lo dispuesto en el Contrato. La Sociedad podrá almacenar a riesgo del Comprador los productos que éste se niegue a aceptar y el Comprador deberá pagar, además del importe de la factura, todos los gastos de dicho almacenamiento y otros gastos adicionales o de transporte incurridos como resultado de dicha negativa. Transcurrido un periodo de 3 meses después de la fecha en la que el pago debería de haberse realizado, la Sociedad podrá disponer de los Productos en el modo que crea conveniente.
6.3. Salvo que se especifique lo contrario, la entrega será “ex-works” de modo que se estimará que los productos han sido entregados y la responsabilidad de los mismos recae en el Comprador una vez que la Sociedad notifique al Comprador que los productos están listos y disponibles.
6.4. En los casos en que la entrega de los productos sea CIF o FOB o en base a cualquier otro término comercial internacional, se aplicará el significado de tales términos contenidos en los últimos Incoterms aprobados del mismo modo que si se contemplaran en el presente documento, salvo cuando exista inconsistencia con las disposiciones contenidas en estas Condiciones
6.5. En el caso de entrega FOB de los productos, la Sociedad no vendrá obligada a asumir ningún coste adicional diferente de los previstos en dicha norma de comercio internacional .
6.6. Xxxxx que se acuerde expresamente lo contrario, la sociedad puede efectuar la entrega en una o varias veces. Si la entrega se realiza en varias veces, cada entrega se procesará como un contrato separado.
6.7. Si el Contrato implica más de una entrega, y se produce algún impago, la Sociedad podrá suspender todas o algunas de las entregas pendientes de pago o rescindir el Contrato en su totalidad mediante notificación por escrito al Comprador
7. EXPORTACIÓN
El Comprador declara y garantiza que no infringirá ninguna legislación de EE.UU., de la Unión Europea, ni la legislación local de ningún otro país relativa a la exportación en relación con los Productos.
8. RESERVA DE DOMINIO
8.1. Los productos serán propiedad de la Sociedad, como propietaria legal y usufructuaria hasta que haya recibido en fondos disponibles todos los importes pendientes en relación con (a) los Productos, y (b) todos los demás importes vencidos o pagaderos a la Sociedad por parte del Comprador por cualquier concepto.
8.2. Hasta que se realice dicho pago, el Comprador tendrá la posesión de los productos únicamente como depositario para la Sociedad y en capacidad de fiduciario y el Comprador almacenará los productos de manera que pueda identificarlos como propiedad de la Sociedad.
8.3. La Sociedad se reserva el derecho de volver a tomar la posesión de los productos cuyo título de propiedad haya conservado según lo anteriormente indicado y de volver a venderlos, y a estos efectos el Comprador por el presente otorga un derecho y licencia irrevocables a los empleados y agentes de la Sociedad para entrar en sus locales con o sin vehículos durante las horas normales de oficina. El derecho persistirá sin perjuicio de la resolución del Contrato por cualquier motivo y sin perjuicio de los derechos que se deriven para la Sociedad.
8.4. El Comprador acepta inmediatamente, a petición de la Sociedad, ceder a ésta todos los derechos que el Comprador pueda tener frente a sus clientes por subventas de Productos hasta que se haya realizado la totalidad del pago.
8.5. Sin perjuicio de las anteriores disposiciones de esta Condición 8, el Comprador estará autorizado a utilizar los Productos en el transcurso normal de su actividad.
9. VARIACIONES
Se considerará que la Sociedad ha cumplido con sus obligaciones contractuales con respecto a cualquier entrega aunque exista una diferencia de un diez por ciento en más o en menos de la cantidad especificada en el Contrato. En tal caso el Comprador pagará por la cantidad que se haya entregado realmente.
10. ESPECIFICACIONES DEL COMPRADOR
El Comprador mantendrá indemne a la Sociedad frente a todo tipo de reclamaciones, costes, daños y gastos incurridos por ésta o por los que la Sociedad pueda ser responsable como resultado directo o indirecto de la realización de los trabajos que tengan que hacerse a los productos de conformidad con los requisitos de las especificaciones del Comprador y que impliquen un incumplimiento, reclamación o infracción de derechos de propiedad intelectual de otra persona, firma o sociedad.
11. RESPONSABILIDAD
11.1. No existirá responsabilidad para la Sociedad por defectos visibles o no conformidades y/o por haber entregado una cantidad inferior si no recibe una reclamación escrita del Comprador en el plazo de 7 días después de la entrega de los Productos. Cuando la Sociedad acepte responsabilidad por haber entregado menos cantidad de la acordada, su única obligación será complementar dicha entrega hasta entregar la cantidad acordada.
11.2. La Sociedad garantiza que (con sujeción a otras disposiciones contenidas en estas Condiciones), durante un periodo de 12 meses (o, en el caso de software, 30 días) a partir de la entrega, los Productos estarán libres de defectos materiales y de mano de obra de conformidad con las especificaciones facilitadas por el fabricante de los Productos.
11.3. La Sociedad prestará los Servicios con un cuidado y unas habilidades razonables.
11.4. La Sociedad no garantiza que el software vaya a funcionar de manera ininterrumpida, ni que vaya a estar libre de errores.
11.5. Las garantías de la Condición 11.2 no cubren el desgaste producido por el uso habitual y no serán aplicables a los Productos que hayan sido objeto de mal uso o abuso, negligencia, accidente, daños, o almacenamiento, instalación o mantenimiento inadecuados.
11.6 Con sujeción a las Condiciones 11.4 y 11.5, si los Productos no cumplen con las garantías establecidas en la Condición 11.2 la Sociedad podrá, a su elección, sustituir o reparar dichos Productos sin coste o devolver el precio de los mismos a condición de que, si la Sociedad así lo solicita, el Comprador deberá, a su cargo, devolver a la Sociedad los Productos o la parte de ellos que sean defectuosos. La única acción del Comprador en caso de incumplimiento por parte de la Sociedad de las garantías establecidas en la Condición 11.2 será solicitar la reparación, sustitución o reembolso (en todos los casos a elección de la Sociedad). El Comprador se dirigirá exclusiva y directamente contra el fabricante de los Productos cuando así se lo solicite la Sociedad. Todos los Productos reparados o sustituidos estarán garantizados por estas condiciones durante el periodo no vencido de los 12 meses.
11.7. Sin perjuicio de la reparación o sustitución de los Productos, la responsabilidad total máxima de la Sociedad (incluyendo responsabilidad por actos u omisiones de sus empleados, agentes y subcontratistas) frente al Comprador por responsabilidad extracontractual (ya sea por negligencia o incumplimiento de obligaciones legales) incumplimiento de contrato, declaración falsa, restitución, o de otro modo, no podrá, en ningún caso, sobrepasar el 100% del coste de los Productos en cuestión o el 100% del coste de los servicios correspondientes, que den lugar a dicha responsabilidad, tal como queda establecido por el precio neto facturado al Comprador.
11.8. La Sociedad no será responsable ante el Comprador de lucro cesante, pérdida de negocio ni reducción del fondo de comercio en ningún caso, ya sea directo, indirecto o emergente, así como tampoco de reclamaciones de ningún tipo por indemnizaciones (sea cual sea la causa) que se deriven del Contrato, tanto si dicha pérdida o reclamación era previsible como si no, y tanto si se deriva o ha sido causada por incumplimiento de contrato, responsabilidad civil (incluyendo negligencia e incumplimiento de obligación), indemnidad, etc.
11.9. Con sujeción a lo anterior, todas las condiciones, garantías, declaraciones y otros términos expresados o implícitos por la ley, la jurisprudencia u otra legislación quedan, por el presente excluidos, en la medida permitida por la ley.
11.10. Ni la presente Condición 11 ni el resto del Contrato excluyen o limitan la responsabilidad de la Sociedad (a) por fallecimiento o lesiones causadas por negligencia de la Sociedad; o (b) por cualquier asunto por el que la Sociedad no pueda legalmente excluir su responsabilidad; o (c) por fraude o declaración falsa.
12. LICENCIAS Y CONSENTIMIENTOS
12.1. El Contrato está condicionado a la obtención de todas las licencias o los consentimientos necesarios para su cumplimiento (salvo para la importación de los Productos por parte del Comprador) en relación con lo cual el Comprador deberá firmar todos los impresos y los documentos necesarios, así como prestar a la Sociedad la asistencia que convenga.
12.2. El Comprador obtendrá, a su coste, las licencias o consentimientos necesarios para la importación de los Productos por parte del Comprador, y si fuera necesario o así se requiriera, presentará pruebas de los mismos a la Sociedad a petición.
13. MATERIALES PROPIEDAD DEL COMPRADOR
La propiedad y el riesgo de pérdida de los materiales propiedad del Comprador que están en posesión de la Sociedad pertenecerán al Comprador. La Sociedad no será responsable de pérdidas ni daños a los materiales propiedad del Comprador a menos que hayan sido resultado únicamente de la negligencia de la Sociedad. El pago por parte de la Sociedad por dicha pérdida o daños se limitará al coste de fabricación directa de los materiales propiedad del Comprador (producidos por el Comprador o por sus filiales), o al coste de sustitución (si fue adquirido a un tercero), en cualquier caso menos el valor residual. El Comprador será responsable de asegurar sus materiales contra pérdida o daños no causados únicamente por la negligencia de la Sociedad. La Sociedad no asume ninguna responsabilidad por pérdida o daños a los materiales propiedad del Comprador por circunstancias de fuerza mayor (según se define en la Condición 14.2).
14. FUERZA MAYOR
14.1. La Sociedad no será responsable frente al Comprador de las pérdidas o daños que pudiera sufrir el Comprador como resultado directo o indirecto de que se impida, obstaculice o retrase el suministro de Productos o Servicios por motivo de fuerza mayor.
14.2. En esta condición "circunstancias de fuerza mayor" significará desastres naturales, disturbios, huelga, cierre patronal, disputa mercantil o disturbios laborales, avería accidental de maquinaria, incendio, inundación, dificultad para conseguir mano de obra, material o transporte u otras circunstancias de cualquier tipo que queden fuera del control de la Sociedad y afecten el suministro de los Productos por la fuente principal de suministro de la Sociedad, la fabricación de los Productos por los medios habituales de la Sociedad o la entrega de los Productos por la ruta o el medio habitual de la Sociedad.
15. RESOLUCION
Si el Comprador firma un acuerdo de quita y espera, entra en concurso de acreedores, o si se dicta contra éste una orden de administración de bienes o (siendo una sociedad) se aprobara la resolución o el Juzgado dictaminara la liquidación del Comprador (salvo a los efectos de fusiones o reconstrucciones) o si se nombrara un administrador concursal para activos o empresas del Comprador o se produjeran circunstancias que autorizaran a un juzgado o a un acreedor a nombrar a administrador concursal o que autorizaran a un Juzgado a emitir una orden de disolución, o si el Comprador iniciara o sufriera una acción similar como consecuencia de deudas o cometiera un incumplimiento de alguna parte de éste o de cualquier otro contrato entre la Sociedad y el Comprador, la Sociedad podrá detener Productos en tránsito y suspender posteriores entregas y mediante notificación escrita al Comprador, podrá, inmediatamente, resolver el Contrato sin perjuicio de las disposiciones de la Condición 5.3 del presente y de las reclamaciones existentes.
16. RENUNCIA
El hecho de que alguna de las partes del Contrato no ejerza alguno de sus derechos derivados del presente Contrato no se interpretará como una renuncia a dichos derechos, ni funcionará como una prohibición del ejercicio de dichos derechos en cualquier momento posterior.
17. NOTIFICACIONES
Toda notificación que deba entregarse por escrito con motivo del presente se considerará debidamente enviada si se envía por correo urgente x xxxxxx pagados dirigido a la parte interesada a su sede social o a su última dirección conocida.
18. TÍTULOS
Los títulos de estas Condiciones se han introducido para facilitar su lectura y no afectarán la interpretación del presente.
19. INDEPENDENCIA DE LAS CLÁUSULAS
En el caso de que algún juzgado u otra autoridad de jurisdicción competente considerara que alguna Condición del contrato (o alguna parte de una Condición) es inválida, ilegal o no se puede ejecutar, dicha se considerará que dicha Condición o dicha parte de una Condición, en la medida que sea necesario, no forma parte del Contrato, y la validez y ejecutabilidad de las demás Condiciones no se verán afectadas por ello.
20. LEY APLICABLE
El Contrato se regirá y se interpretará de conformidad con la ley española y a los efectos de resolver conflictos derivados del Contrato las partes por el presente se someten a la exclusiva jurisdicción de los tribunales españoles.
21. TIPO DE OPERACIONES DE VENTA
Estas Condiciones Generales de Venta no son aplicables a transacciones electrónicas o realizadas a través de internet. Las páginas web utilizadas por el Comprador para realizar dichos pedidos electrónicos tienen sus propias condiciones de venta.
Septiembre 2016