Contract
ESTUDIOS PREVIOS | |
A. DATOS GENERALES DE LA CONTRATACIÓN | |
Identificación Proyecto o Necesidad incluida en el plan Anual de Adquisiciones | CONTRATAR LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE ADECUACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA DE LA E.S.E. MUNICIPAL XX XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXX – SEDE CIUDADELA SUCRE SOACHA, PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS ESTÁNDARES DE HABILITACIÓN EXIGIDOS POR LAS NORMATIVIDAD VIGENTE |
Modalidad de selección, y fundamentos jurídicos | CONVOCATORIA PÚBLICA El proceso de selección y el contrato celebrado estarán sometidos a la legislación y jurisdicción Colombiana, por ser esta una Empresa Social del Estado de categoría especial a la cual se le aplica el régimen jurídico previsto en el Capítulo III, Título II del Libro II de la Ley 100 de 1993 y sus modificaciones contenidas en las Leyes 1122 de 2007 y 1438 de 2011; así como el artículo 13 Que la ley 1150 de 2007 “Principios generales de la actividad contractual para entidades no sometidas al estatuto general de contratación de la administración pública”. El numeral 6 del artículo 195 de la Ley 100 de 1993, establece que las Empresas Sociales del Estado se someterán al régimen contractual de derecho privado y se regirán por lo preceptuado en el de estatuto interno de contratación, así como por las demás disposiciones legales que la complementen, modifiquen o reglamenten. En virtud de lo expuesto, el presente proceso de selección se adelantará bajo la modalidad de convocatoria pública, atendiendo a lo preceptuado en el PÁRRAFO del artículo 36 del Acuerdo 005 xx xxxxxx 31 de 2016, Estatuto Contractual de la E.S.E. MUNICIPAL XX XXXXXX, en el cual se determina que se acudirá a la modalidad de selección de convocatoria pública “cuando el monto del contrato supere los 50 SALARIOS MÌNIMOS LEGALES MENSUALES VIGENTES y no corresponda a la modalidad de contratación directa…”. Se hace oportuno indicar que se seleccionará la propuesta siempre y cuando cumpla con las condiciones exigidas, dentro de los Términos de Referencia del Proceso. El presente proceso se llevará acabo según el Procedimiento descrito en los artículos 36 y 37 del Acuerdo 005 del 31 xx xxxxxx de 2016 |
Documentos soporte del Estudio Previo | 1. Solicitud Certificado de Disponibilidad Presupuestal. 2. Certificado de Disponibilidad Presupuestal. 3. Justificación de la necesidad. |
B. DATOS ESPECIFICOS DE LA CONTRATACIÓN | |
Fecha de elaboración del estudio previo | Julio de 2023 |
Nombre del funcionario que diligencia y elabora el estudio previo | -Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxx Arquitecto Contratista - Quien proyecta y verifica el componente Técnico - Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Subgerente Administrativa y Financiera, quien verifica el componente Financiero y aprueba el estudio previo. - Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx-Xxxxxxx Contratista-Quien proyecta y verifica el componente Jurídico. |
Fase de Planeación | Subgerencia Administrativa y Financiera |
Tipo de contrato | Obra Publica |
C. REQUISITOS DEL ESTUDIO PREVIO (Artículo 32 del Acuerdo 005 de 31 xx xxxxxx 2016) |
1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN |
La Constitución Política prevé en el artículo 2 como fines del Estado: “servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación. (…)”. Que las Empresas Sociales del Estado constituyen una categoría especial de entidad pública descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, creadas por la ley o por las Asambleas o Concejos, según el caso, sometidas al régimen jurídico previsto en el Capítulo III, Título II del Libro II de la Ley 100 de 1993 y sus modificaciones contenidas en las Leyes 1122 de 2007 y 1438 de 2011. Que el numeral 6 del artículo 195 de la Ley 100 de 1993, establece que las Empresas Sociales del Estado se someterán al régimen contractual de derecho privado, pero podrán, discrecionalmente, utilizar las cláusulas excepcionales previstas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. Que de conformidad con lo establecido en el Acuerdo No. 49 del 9 de Enero de 1997, modificado por el Acuerdo No. 085 de diciembre 22 de 1998 la E.S.E del Municipio xx Xxxxxx, es una Entidad de primer nivel de atención y constituye una categoría especial de Entidad pública descentralizada de orden municipal, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, integrante del Sistema General de Seguridad Social en Salud y sometida al régimen jurídico previsto en el Capítulo III, Artículos 194, 195 y 197 de la Ley 100 de 1993, ley 1150 de 2007 artículo 13 y sus decretos reglamentarios; en éste orden de ideas la E.S.E. debe garantizar a la población xx Xxxxxx una atención oportuna sin barrera alguna, eficiente y de calidad. En estas condiciones la ESE Municipal xx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx resulta ser una Entidad prestadora del servicio público de salud, que sirve a la población que habita en el Municipio xx Xxxxxx, con énfasis, en la población menos favorecida y vulnerable que se encuentra afiliada a las EAPB y que tiene suscrito contrato con la E.S.E. Y potencialmente disponible para la prestación de servicios de salud de la población del régimen contributivo, población afiliada a administradoras de riesgos laborales o beneficiarias de algún tipo de seguro (SOAT, seguros estudiantiles, entre otros). Así como personas sin ningún tipo de afiliación al SGSSS y que requieran atención en salud; Siendo sus fines primordiales: • Contribuir al desarrollo social y local del país mejorando la calidad de vida y reduciendo la morbilidad, la mortalidad, la incapacidad, el dolor y la angustia evitables en la población usuaria, en la medida en que esto esté de su alcance. • Producir servicios de salud eficientes y efectivos, que cumplan con las normas vigentes y las que se expidan para tal efecto por los entes competentes. • Prestar los servicios de salud que sean requeridos por la población y que la empresa de acuerdo con su desarrollo y recursos disponibles pueda ofrecer. • Garantizar mediante un manejo gerencial adecuado la rentabilidad social y financiera de la Empresa. • Ofrecer a las Entidades promotoras de salud del régimen subsidiado (y/o) contributivo y demás personas naturales o jurídicas que lo demanden los diferentes servicios que tenga habilitados. • Satisfacer los requerimientos del entorno, adecuando continuamente sus servicios y su funcionamiento. • Prestar servicios de salud que satisfagan de manera óptima las necesidades y expectativas en la prevención, tratamiento y rehabilitación de la enfermedad. • Contribuir a la satisfacción de las necesidades esenciales y secundarias de salud de la población usuaria a través de acciones organizativas, técnico-científicas y técnico administrativas. • Desarrollar la estructura y capacidad operativa de la Empresa mediante la aplicación de técnicas gerenciales que aseguren su supervivencia, crecimiento, calidad de sus servicios, capacidad de competir en el mercado y rentabilidad social y financiera. Así mismo, la ESE MUNICIPAL XX XXXXXX es una entidad de baja complejidad, que debe garantizar a la población xx Xxxxxx, una atención oportuna, eficiente y de calidad, a través de sus Sedes cinco (05) San Xxxxxx, Compartir, San Xxxxx, Ciudadela Sucre y los Olivos. Que el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 3100 del 25 de noviembre de 2019 ”POR LA CUAL SE DEFINEN LOS PROCEDIMIENTOS Y CONDICIONES DE INSCRIPCIÒN DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD Y DE HABILITACIÒN DE LOS SERVICIOS DE SALUD Y SE ADOPTA EL MANUAL DE INSCRIPCIÒN DE LOS PRESTADORES Y |
HABILITACIÒN DE LOS SERVICIOS DE SALUD”, entendido este como el cumplimiento de los estándares y las condiciones para que los servicios de salud ofertados y prestados en el país, cumplan con los requisitos mínimos para brindar seguridad a los usuarios en el proceso de la atención en salud y dicta disposiciones y define los procedimientos y las condiciones de inscripción de los prestadores de servicios de salud y de habilitación de los servicios de salud , así como la adopción, en el anexo técnico, del Manual de inscripción de prestadores y habilitación de servicios de salud. Que mediante ordenanza 07 de 2020 se dispone la REORGANIZACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE LA RED PÚBLICA DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA cuyo objeto es “disponer la reorganización y modernización de la red pública de prestadores de servicios de salud del departamento de Cundinamarca, conformando redes integradas e integrales de prestadores de servicios como componente del modelo de atención integral territorial XXXXX”. Considerando lo anteriormente expuesto, este programa territorial de la red de Empresas Sociales del Estado tiene el propósito de: garantizar el acceso a los servicios básicos de salud a toda la población del departamento en su municipio de domicilio, garantizando la sostenibilidad de las Empresa Sociales del Estado como elemento clave para cumplir con el propósito de reducir los costos y la ineficiencia administrativa y aplicarlos en la prestación de servicios como estrategia encaminada a garantizar el disfrute efectivo de los derechos de la población. En el estudio de redes, la ESE Municipal fue incluida como parte de la red departamental y aprobando una tipología mayor en dos (2) de sus sedes, lo cual se puede realizar gradualmente. Que, la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO E.S.E MUNICIPAL XX XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXX (antes Empresa de Salud E.S.E. del Municipio xx Xxxxxx) se halla inscrita en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud, y en cumplimiento de la Resolución 3100 de 2019, adelanta autoevaluación y actualización de las condiciones de habilitación necesarias para subsanar las observaciones emitidas por la Dirección de Inspección, Vigilancia y Control de la Secretaría de Salud de Cundinamarca, en el marco de la competencia que le atribuye el artículo 191 del Decreto Ordenanza 437 del 25 de Septiembre de 2020, quien frente a incumplimientos puede aplicar las medidas y sanciones a los prestadores de servicios de salud en el Departamento de Cundinamarca. Que, la E.S.E. Municipal xx Xxxxxx, presta sus servicios de salud a la población del municipio xx Xxxxxx en sus cinco (5) sedes, atendiendo su población menos favorecida y vulnerable; lo cual hace que requiera mejorar su infraestructura en cada uno de los puntos de atención, con el objeto principal de dar cumplimiento con los estándares de habilitación que se determinan en la Resolución 3100 de 2019, y así cumplir con su objeto misional, y poder aumentar la capacidad de atención a los usuarios, y mejorar la prestación de los servicios de salud, con condiciones ambientales y sanitarias seguras. Necesidades a solucionar: 1. Dar una respuesta oportuna en servicios a la demanda de salud de cada una de las comunas. 2. Cumplir con la normatividad vigente en cuanto a la infraestructura de acuerdo a la resolución 3100 de 2019. |
3. Garantizar la accesibilidad en los territorios y la oportunidad de los servicios de la población Soachuna. 4. Fortalecer la oferta de servicios para dar respuesta al comportamiento de la demanda. ● Sede San Xxxxxx – Sede Administrativa: Carrera 2 No. 12-38 ● Sede Compartir: Xxxxx 00 xxx Xx. 00 X 00 MJ ● Sede Olivos: Xxxxxxxxxxx 00 Xx. 00x-00 Xxxxxx XX Xxxxxx ● Sede Ciudadela Sucre: Xxxxx 00 Xx. 34 - 24 Este ● Sede San Xxxxx: Xxxxx 00x Xx. 7-50 Teniendo en cuenta las condiciones, accesibilidad y dispersión de la población y bajo el criterio de eficiencia se hace necesario que se mejoren las condiciones de infraestructura en la que se prestan de servicios de salud en las sedes de la ESE Municipal xx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx. Para ello, y bajo Convenio Interadministrativo número 2190 de 2019, se llevó el proceso de mejoras locativas para las sedes de San Xxxxx, San Xxxxxx y Compartir; de esta manera la institución como prestador primario desarrolla la atención según su perfil epidemiológico, cumpliendo con la normatividad vigente. De igual manera para las necesidades expuestas, la Secretaría de Xxxxx xx Xxxxxx y la ESE Municipal xx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, celebraron el convenio interadministrativo 3444-2021 a través del cual aunaron esfuerzos para garantizar la adecuada prestación de servicios por parte de la E.S.E., a través de la mejora de la infraestructura de las sedes Olivos y Compartir cumpliendo con los estándares de habilitación en calidad y garantizando el acceso de la comunidad, que cada día es más creciente, y en una búsqueda imparable de mejorar la calidad de vida de estos pobladores; estrategia a la que le apunta la Constitución Política de Colombia dentro de su contexto garantista como marco rector en un Estado Social de Derecho De conformidad con la Resolución 2772 de 2022 de fecha 27 de diciembre de 2022, emanada por el Ministerio de Salud y Protección Social, se efectúa una asignación de recursos al proyecto de inversión “Mejoramiento de la capacidad instalada asociada a la prestación de servicios de salud nacional” para financiar proyectos relacionados con adecuaciones físicas de puestos y centros de salud de Empresas sociales del Estado, en tal virtud, el Ministerio financiara el proyecto presentado por la Entidad “ADECUACION DE LA INFRAESTRUCTURA DE LA E.S.E MUNICIPAL XX XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXX – SEDE CIUDADELA SUCRE SOACHA” con recursos de inversión para la ejecución de la obra, por valor de DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y DOS PESOS CON OCHENTA Y CINCO CVS. ($284.671.532,85) M/CTE. y recursos para la interventoría por la suma de QUINCE MILLONES TRESCIENTOS VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS CON QUINCE CVS. ($15.328.467,15), no obstante, al recibir la asistencia técnica para viabilización del Proyecto, por parte de la SECRETARIA DE SALUD DEL DEPARTAMENTO, se evidenció que. se requiere adicionar 13 items que son necesarios para dar cumplimiento a la normatividad vigente Resolución 3100 de 2019 y estándares de Habilitación, por lo cual este contrato podrá adicionarse y/o prorrogarse por parte de la ESE, en el momento que la Entidad cuente con recursos para tal efecto, de manera que se garantice el cabal cumplimiento a los requisitos de habilitación y mejoramiento de la Sede. En caso de adición de adición de recursos al contrato que se celebre, estos se ejecutarán y liquidarán en forma independiente de los recursos provenientes del Ministerio. Para efectos de la ejecución del contrato, a continuación se establecen las características de la Sede y las obras a ejecutar. ESE MUNICIPAL SOACHA – SEDE CIUDADELA SUCRE 1.Infraestructura De acuerdo a la necesidad generada por el el periodo de tiempo en el cual se encuentra en funcionamiento la ESE MUNICIPAL XX XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXX - SEDE CIUDADELA SUCRE SOACHA se requiere realizar intervenciones frente a dicha área con el fin de mejorar las condiciones de infraestructura en lo correspondiente a su cubierta, pisos, mampostería, redes hidrosanitarias, redes eléctricas, carpintería metálica y suministro e instalación de equipos contraincendios. Estándar de infraestructura: Se evidenció edificaciones de uso exclusivo en salud y edificaciones de uso mixto que deban estar bajo los preceptos de la resolución No. 3100 de 2019 en los siguientes ítems: |
8. Los prestadores de servicios de salud ubicados en edificaciones de hasta tres (3) pisos o niveles contados a partir del nivel más bajo construido, y que funcionen en segundo o tercer nivel o piso cuentan con ascensor o rampa o sistema alternativo de elevación- elevador) 18. Las áreas y ambientes de todos los servicios de salud cuentan con ventilación e iluminación natural o artificial. 25. El prestador de servicios de salud que realice el proceso de esterilización, cuenta con: 25.1. Ambiente o área de recibo de material contaminado. 25.2. Ambiente o área xx xxxxxx. 25.3. Ambiente o área de secado. 25.4. Ambiente o área de empaque. 25.5. Ambiente o área de esterilización. 25.6. Ambiente o área para almacenamiento de material estéril. 25.7. Mesón de trabajo con poceta. 25.8. Lavamanos, cuando el proceso se realice fuera del servicio de salud 28.1. Consultorio donde se realiza examen físico: Ambiente con mínimo 10 m2 (sin incluir la unidad sanitaria) que cuenta con: 28.1 1. Área para entrevista. 28.1.2. Área de examen. 28.2. Consultorio donde se realizan procedimientos: Ambiente con mínimo 10 m2 (sin incluir la unidad sanitaria) que cuenta con: 28.2.3. Las áreas están separadas entre sí por barrera física fija. 28.2A. Mesón de trabajo. 28.2.5. Poceta, cuando la requiera, según los procedimientos que el prestador documente en el estándar de procesos prioritarios. 28.2.6. Lavamanos. 28A.1. Área adicional por cada unidad odontológica que permita la instalación y movilización xx xxxxxxx humano, pacientes, usuarios y equipos biomédicos. 28A.2. Barrera física fija o móvil entre las unidades odontológicas. 28.4.3. Mínimo un lavamanos por cada tres unidades odontológicas o fracción. 28A.4. Para dos unidades odontológicas, área con mesón de trabajo con poceta. 28.4.5. A partir de tres unidades odontológicas, adicional a lo mencionado en los numerales 28.4.1, 28.4.2 Y 28.4.3, tiene disponibilidad de un ambiente con mesón de trabajo y poceta 28.4.6. Los cielosrasos o techos y paredes o muros deben ser impermeables, lavables, sólidos, resistentes a factores ambientales e incombustibles y de superficie xxxx y continua. La IPS cuenta con unidad sanitaria pero no está adecuada para personas en situación de discapacidad ni discriminada por sexo, puesto que no cuenta con las barras de apoyo y las medidas que establece la norma para el ingreso de xxxxxx xx xxxxxx. 14. En edificaciones donde se presten servicios de cirugía, atención del parto, laboratorio clínico, urgencias, gestión pre transfusional, diálisis, hospitalarios. Imágenes diagnósticas, vacunación. Servicio farmacéutico y los que requieran cadena de frío, cuentan con planta. 2. Descripción de las condiciones actuales a intervenir El espacio a intervenir corresponde al área física de la ESE MUNICIPAL XX XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXX - SEDE CIUDADELA SUCRE SOACHA en la cual se realizará intervención a infraestructura existente con el fin de adecuar las diferentes zonas relacionadas constructivamente en la descripción del proyecto. Al tratarse de una adecuación no requiere planos de detalle, las especificaciones técnicas están señaladas en el presente documento y se soporta con el presupuesto de obra insumo técnicos necesarios para la realización de la adecuación. 2.1. Localización El sector donde se encuentra el Barrio Ciudadela Sucre, del cual hace parte el predio, ha tenido un desarrollo subnormal producto de autoconstrucción del sector, sin seguir lineamientos urbanos definidos, generando que el sector cuente con un sistema urbano desordenado y de desarrollo progresivo, no se cuentan con vías contiguas al centro médico, lo que produce un efecto negativo ocasionado por el polvo del sector. Adicionalmente, la acera del centro médico no cumple con las características técnicas, siendo un riesgo latente para la accesibilidad y accidentalidad de la población, y en especial de las personas en condiciones de movilidad reducida. |
Figura 1.1. Localización del Proyecto - Ese Municipal Xx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx - Sede Ciudadela Sucre Soacha – Fuente: Google Maps. 2.2 Generalidades de la sede: Cimentación: El tipo de cimentación es superficial, con zapatas aisladas enlazadas mediante vigas de amarre en concreto armado; Estructura portante: Muros de carga en mampostería en ladrillo tolete y bloque, y sistema a porticado en concreto armado configurando dos niveles de pórticos; Cubierta, Sistema de cubierta elaborado con cerchas metálicas, a 1 agua, y con viga canal perimetral hacia la fachada; La fachada tiene acabado de ladrillo a la vista, con aplicación de pintura tipo de aceite para exteriores Servicios públicos: Electricidad y Telecomunicaciones: se cuenta con acometida eléctrica, y a nivel de datos y telecomunicaciones, se cuenta con fibra óptica a través del proveedor Internexa SAS. Acueducto y alcantarillado: se cuenta con sistema de acueducto, y se cuenta adicionalmente con sistema de alcantarillado Diagnostico actual de la planta física sede Ciudadela Sucre: El predio actualmente se encuentra en estado regular, evidenciando un deterioro significativo en las cubiertas principalmente, lo cual ha ocasionado filtraciones menores en algunos espacios de archivo, adicionalmente, se evidencia la necesidad de realizar adecuaciones locativas para mejorar componentes relacionados a accesibilidad, requerimientos habilitantes según normatividad vigente 3100 del 2019 (elaboración de rampas en áreas externas al centro médico, ampliación del baño destinado para movilidad reducida, para garantizar maniobrabilidad), también, es necesaria la modificación y el cambio total de carpinterías metálicas y xx xxxxxx por elementos que garanticen la asepsia y el correcto funcionamiento de las áreas asistenciales (cambio de puertas y ventanas a materiales que cumplan, ej. aluminio para Ventanearía, y puertas con acabados en pintura Epóxica o similar) así como las adecuaciones pertinentes para garantizar la correcta operatividad de los procedimientos (mejoramiento de área de esterilización, ajuste de área destinada a unidades odontológicas) los pisos y enchapes se encuentra en estado regular, por lo que se recomienda realizar un proceso de mejoramiento y cambio de acabados al interior del centro médico, y reparaciones menores a nivel de fachada el enchape actual (se evidencia ausencia de algunas piezas cerámicas). Redes Hidrosanitarias: El sistema de redes hidráulicas son redes antiguas, donde se evidencia materiales que ya no se usan en la actualidad, (tubería galvanizada y de gres). Redes Eléctricas: El sistema eléctrico de la sede es un sistema obsoleto, acorde al tiempo de construcción de la sede (aproximadamente 24 años) lo que evidencia materiales y circuitos sobrecargados, hay ausencia de sistema de planta, las redes internas están saturadas de cableados defectuosos, lo cual es un riesgo latente de conato de incendios fruto de malas conexiones entre otras. Actividades a ejecutar y alcance: Las actividades u obras a ejecutar son las siguientes: PRELIMINARES: CERCA EN TELA VERDE H = 2.10 M Se deberá hacer un cerramiento por todo el lindero del predio, que permita el cuidado de toda persona externa a la obra utilizándola como cortina de protección que permiten aislar las zonas de trabajo de forma segura generando la señalización adecuada. DEMOLICIONES: |
Este ítem se refiere a los trabajos para demoler y retirar el material que se encuentra adherido al concreto o mortero (Enchape), de acuerdo con los planos arquitectónicos, en las especificaciones particulares o por la interventoría. Se efectuará los muros de las áreas comunes, demolición y retiro de enchapes en áreas comunes, retiro xx xxxxxxx, guarda escobas, demolición de baldosa existente. La unidad de medida de pago será por unidad (M2) de demolición de material que se encuentra adherido al concreto (Enchape) y ML de guarda-escoba retirado, recibido a satisfacción por la interventoría. El pago se hará por precios unitarios ya establecidos en el contrato que incluyen herramienta, mano de obra, equipos y transporte necesario para su ejecución. MAMPOSTERÍA Corresponde a la implementación xx xxxxx en superboard doble cara de 0.12 para las áreas xx xxxxx. ESTRUCTURA CUBIERTA Corresponde al desmonte de cubiertas (asbesto cemento), Cubierta alta resistencia, aislamiento acústico y térmico, incluye accesorios y todos los elementos para su optima instalación, Flanche en lámina galvanizada cal. 22; ds=30,Perfil metalico estructura soporte cubierta, incluye pintura. Demolición cielo raso falso (desmonte y retiro incluye estructura); Cieloraso plano en pvc, incluye estructura y templetes, Media caña en cieloraso en polimero sellado extrasolido color blanco, evitando problemas de filtración y dándole estética a la construcción. PISOS Este ítem correponde al mejoramiento de pisos utilizando enchape piso formato 50x50, incluye alistado, guarda-escoba formato 50x50 (ml), mediacaña piso en polimero sellado extrasolido color blanco. La instalación de esta cerámica permite la terminación del piso obteniendo un excelente acabado con baldosas puestas según la forma que la interventoría requiera teniendo en cuenta la dilatación con la que serán instaladas las baldosas, de acuerdo con las descripciones previamente indicadas en los planos arquitectónicos, en las especificaciones particulares o definidas por la interventoría. PAÑETES La aplicación del acabado liso sobre las superficies de mampostería con una o varias capas de mezcla de arena lavada fina y cemento, llamada mortero, y cuyo fin es el de emparejar la superficie que va a recibir un tipo de acabado tal como pinturas, forros entre otras; dándole así mayor resistencia y estabilidad a los muros. Este proceso también es llamado revoque o repello el cual incluye materiales, equipo y retiro de residuos generados, de acuerdo con los planos arquitectónicos, en las especificaciones particulares o por la interventoría, En los extremos xxx xxxx se coloca con mortero unas guías maestras verticales a distancias máximas de 2 metros con espesor de 1,5 a 2 cm, el con fin de obtener pañetes perfectamente hilados, plomados y reglados. Humedecer la mampostería para obtener una buena adherencia con el mortero. Luego de obtener el fraguado inicial de las guías o fajas maestras, se procede a aplicar el mortero fuertemente sobre el muro a base de palustre. La altura de los muros estará sobre los 2.30 metros del primer piso. PINTURAS Este Ítem se refiere a todos los trabajos de aplicación de vinilo tipo 1 a tres manos sobre las superficies de block, pañetadas o estucadas, en muros interiores. El contratista suministrará al Interventor un catálogo de colores, para éste seleccione los que deban emplearse. Todos los muros y áreas que se vayan a pintar se limpiarán cuidadosamente con trapo seco, la grasa y el mortero que puedan tener y resanando los huecos y desportilladuras, se aplicarán luego una o dos capas de estuco con llana metálica (donde se especifique), finalmente se lijará hasta obtener una superficie uniforme y tersa. Después de que se haya secado el pulimento se aplicarán tres manos de pintura, extendida en forma pareja y ordenadas sin rayas, goteras o huellas de brocha. Nunca se aplicará pintura sobre superficies húmedas o antes de que la mano anterior esté completamente seca y haya transcurrido por lo menos una hora desde su aplicación. Debe cumplir norma NTC 1335. Para la Pintura Epoxica se deberá tener en cuenta las recomendaciones del proveedor. Aplicación de pintura en vinilo en áreas exteriores en el proyecto, de acuerdo con la localización y las indicaciones del Interventor; así mismo el procedimiento para la protección de pintura con vinilo en exterior a tres manos es el siguiente: • Consultar planos de detalles o indicaciones del Interventor. • Aprobación por interventoría de pintura acrílica a usar. • Garantizar colores y acabados de alta calidad. • Diluir y mezclar pintura siguiendo instrucciones del fabricante. • Limpiar superficies a pintar, liberarlas de todo tipo de residuos de materia orgánica y grasas. • Humedecer previamente con imprimante, según especificación del fabricante. • Aplicar de dos a cuatro manos de pintura según recubrimiento, solución usada y equipo de aplicación. • Dejar secar entre manos de acuerdo con las recomendaciones del fabricante. • Ejecutar y conservar dilataciones exigidas por Interventoría. • Verificar acabados para aceptación. Esta actividad corresponde al suministro, transporte y aplicación de una masilla acrílica que viene en una presentación lista para usar, se aplicara en muros interiores y exteriores y se utiliza como un material para pre acabados de pañetes frisos, revoques o repellos. Su |
aplicación se realizará en los sitios indicados en los Planos Arquitectónicos (plantas, secciones y fachadas). Se ejecutarán dejando las ranuras mostradas en los planos ó, en ausencia de esta indicación, se harán ranuras en los sitios donde los muros o revoques terminen y se ajusten a elementos tales como estructuras, xxxxxx xx xxxxxxx y ventanas, intersección xx xxxxx y losas, también donde se presenten cambios del material por enchapes, elementos de concreto o donde lo determine el Interventor. APARATOS SANITARIOS Esta actividad se refiere al desmonte aparatos sanitarios (lavamanos existente), el Desmonte aparatos sanitarios, suministro e instalación lavamanos de empotrar (incluye grifería) y el suministro e instalación sanitario tanque (incluye grifería). EQUIPOS Este ítem hace referencia al suministro e instalación de un sensor de humo fotoeléctrico direccionable d-7050, el cual permite incrementar los niveles de seguridad dentro de las instalaciones físicas de la sede Ciudadela Sucre. CARPINTERÍA DE ALUMINIO , ACERO Y MATÁLICAS Incluye suministro xx xxxxx, desmonte xx xxxxxx, suministro e instalación de lavaplatos, mesones en acero, divisiones modulares con herrajes, entre otros. ESPEJOS, VIDRIOS Y CERRADURAS Este ítem se refiere al suministro e instalación xx xxxxxx incoloro para el cubrimiento de los vanos de los xxxxxx de ventanas y puertas, estas instalaciones deben ejecutase con las normas de seguridad, tomando las precauciones necesarias para evitar accidentes de los trabajadores o terceras personas, y daños a las obras que se construyen en propiedades vecinas. ASEO Este ítem se refiere al suministro de personal, equipos y materiales para hacer la limpieza de todas las áreas que fueron intervenidas en la construcción de la obra. Organizar logísticamente al personal que ejecutará la actividad. Revisar los puntos de conexión de los equipos a emplear. Acopiar los materiales necesarios para ejecutar la actividad. Tomar las medidas de seguridad necesarias como avisos, elementos de protección personal, etc. Se deberá tener especial cuidado en no dañar algún elemento de la construcción en el momento de ejecutar la actividad. Lavar los pisos en concreto y los ladrillos con ácido muriático. Teniendo cuidado de no salpicar sobre el pie. Fases y etapas del proyecto La fase se realizará en una etapa al tratarse de actividades de adecuación. | |
2. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR IDENTIFICANDO CON EL CUARTO NIVEL DE CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS | |
Objeto | CONTRATAR LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE ADECUACIÓN DE LA SEDE CIUDADELA SUCRE DE LA E.S.E. MUNICIPAL XX XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXX, PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS ESTÁNDARES DE HABILITACIÓN EXIGIDOS POR LAS NORMATIVIDAD VIGENTE |
Alcance del Objeto | Se pretende mejorar, restaurar, reparar, adecuar las condiciones de infraestructura físicas de las sede Ciudadela Sucre por parte de la ESE Municipal xx Xxxxxx, en beneficio de los usuarios, dando cumplimiento a la normatividad de infraestructura en salud establecida y de conformidad con la Resolución 2772 de 2022 de fecha 27 de diciembre de 2022, emanada por el Ministerio de Salud y Protección Social, por la cual se efectúa una asignación de recursos al proyecto de inversión “Mejoramiento de la capacidad instalada asociada a la prestación de servicios de salud nacional”. |
3. CONDICIONES TECNICAS EXIGIDAS | |
Para la presentación de la propuesta y ejecución del contrato, el contratista debe contemplar y tener en cuenta las normas aplicables al objeto contractual, a saber, Resolución 3495 de 2019, por la cual se establece la Clasificación Única de Procedimientos en Salud (CUPS), que derogó la Resolución 5851 de 2018, la Resolución 3100 de 2019 y NSR 10 Titulo A. y cumplir con las especificaciones técnicas y condiciones mínimas señaladas a continuación: |
6.1. Especificaciones técnicas De acuerdo al tipo de proyecto se relaciona cada una de las especificaciones que aplican para el presente proyecto: 6.1.1. Especificaciones técnicas de materiales La reglamentación técnica aplicable, estará sujeta al cumplimiento de las siguientes exigencias establecidas en los siguientes xxxxxx normativos: |
Norma NRS-10 - Resolución 3100 de 2019 Ministerio de Salud y Protección Social - Ley 361 de 1997 sobre discapacidad y la Ley 12 de 1987 sobre accesibilidad en Colombia. - Legislación y reglamentación sobre manejo ambiental y recursos hídricos. - Legislación de seguridad industrial y de salud ocupacional - Norma NFPA-NEC y Código Nacional de Incendios. - Ley 400 de 1997 - Código eléctrico Nacional, norma ICONTEC 2050 - Reglamento técnico del sector de agua potable y saneamiento básico, RAS-2000 - Ley 915 de 2004 - Ley 388 de 1997 sobre Ordenamiento Territorial. - Norma técnica vigente aplicable al objeto contractual. - Especificaciones generales relacionadas con dimensiones y áreas mínimas requeridas para el desarrollo de las actividades físicas, ajustadas a los estándares establecidos por cada uno de los organismos rectores de estas Actividades. - Autorizaciones, permisos y licencias que hacen parte del proyecto. Por otra parte, la Cámara Colombiana de la Construcción CAMACOL ha listado una serie de reglamentos técnicos que serán aplicables según: la modalidad, objeto y alcance del contrato. A continuación, se relaciona el listado de reglamentos técnicos establecidos por CAMACOL, así: Reglamentos Técnicos Bomberos Ley 1575 del 21/08/2012 Resolución 661 del 26/06/2014 Resolución 1112 del 28/08/2015 - 1a. Suspensión (art. 221-225) Resolución 0340 del 30/03/2016 - 2a. Suspensión (art. 221-225) Construcción Sismo Resistente Ley 400 del 19/08/1997 Ley 1229 del 16/07/2008 - Ampliación xx Xxx 400 de 1997 NRS-10 Decreto 926 del 19/03/2010 Decreto 2525 del 13/07/2010 Decreto 092 del 17/01/2011 Decreto 340 del 13/02/2012 Decreto 945 del 05/06/2017 Anexo técnico Decreto 926 del 19/03/2010 Anexo técnico Decreto 092 del 17/01/2011 Anexo técnico Decreto 340 del 13/02/2012 Título A NSR-10 del Decreto 926 del 19/03/2010 Título B NSR-10 del Decreto 926 del 19/03/2010 Título C NSR-10 del Decreto 926 del 19/03/2010 Título D NSR-10 del Decreto 926 del 19/03/2010 Título E NSR-10 del Decreto 926 del 19/03/2010 Título F NSR-10 del Decreto 926 del 19/03/2010 Título G NSR-10 del Decreto 926 del 19/03/2010 Título H NSR-10 del Decreto 926 del 19/03/2010 Título I NSR-10 del Decreto 926 del 19/03/2010 Título J NSR-10 del Decreto 926 del 19/03/2010 Título K NSR-10 del Decreto 926 del 19/03/2010 Resolución 0017 del 04/12/2017 |
Construcción Sostenible Decreto 1285 del 12/06/2015 Resolución 549 del 10/07/2015 ANEXO 1 - Guía de Construcción Sostenible del 08/06/2015 ANEXO 2 - Zonificación Climática del 07/07/2015 Iluminación y Alumbrado Público Resolución 180265 del 19/02/2010 Resolución 180540 del 30/03/2010 Resolución 181568 del 01/09/2010 Resolución 182544 del 29/12/2010 Resolución 180173 del 14/02/2011 Resolución 91872 del 28/12/2012 Resolución 90980 del 15/11/2013 Resolución 40122 del 08/02/2016 Materiales para la Construcción Resolución 277 del 02/02/2015 - RT Mallas del Min Comercio, Industria y Turismo (MCIT) Resolución 1856 del 04/10/2017 - RT Barras Corrugadas del MCIT Resolución 501 del 04/08/2017 - RT Tuberías y Accesorios del Min Vivienda, Ciudad y Territorio (MVCT) Piscinas Ley 1209 del 14/07/2008 Decreto 554 del 27/03/2015 Resolución 1618 del 13/05/2010 Resolución 1510 del 06/05/2011 Resolución 4113 del 07/12/2012 Resolución 4498 del 28/12/2012 Resolución 1394 del 30/04/2015 Redes de Telecomunicaciones Resolución 5405 del 16/07/2018 – Ritel Resolución 5993 del 29/05/2020 - Ritel Modificado Circular 123 del 18/06/2019 Redes Eléctricas Resolución 90708 del 30/08/2013 - Actualizada última versión en 2015 Resolución 40157 del 01/03/2017 Resolución 40259 del 29/03/2017 Redes Hidráulicas y Sanitarias Decreto 1898 del 23/11/2016 - Título J Rural (Ac+Alc+As) Resolución 330 del 08/06/2017 - Nuevo RAS Resolución 0844 del 08/11/2018 - RAS Rural Redes Internas de Gas Natural |
Resolución 1509 del 05/06/2009 - Gasodomésticos por el MCIT Resolución 90902 del 24/10/2013 por el Min Minas y Energía (MME) Resolución 40488 del 23/04/2015 - Modifica al 90902 del 2013 Resolución 41385 del 07/12/2017 - Modifica al 90902 del 2013 Seguridad y Salud en el Trabajo Decreto 1072 del 26/05/2015 - Últimos modificaciones incorporadas (28/01/20) Decreto 676 del 19/05/2020 - Actualización de tabla de enfermados laborales Resolución 2400 del 22/05/1979 - Reglamentación de vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo Resolución 2413 del 22/05/1979 - Reglamentación de Higiene y Seguridad para la Industria de la Construcción Resolución 1409 del 23/07/2012 - Trabajos Seguro en Altura (TSA) Resolución 1178 del 28/03/2017 - Requisitos técnicos y de seguridad entrenadores en trabajo en alturas Resolución 0312 del 13/02/2019 - Estándares Mínimos de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) Resolución 5018 del 20/11/2019 - SST en actividades con energía eléctrica Resolución 0491 del 24/02/2020 - Reglamentación para espacios confinados Circular 00-0000-000000 del 09/09/2015 xxx XXXX - Sobre Examen Médico para Curso Avanzado de Trabajos Seguros en Alturas Guía Trabajo Seguro en Excavaciones del 09/02/2015 Uso Racional de Agua y Eficiencia Energética Decreto 3102 del 30/12/1997 - Instalación de equipos, sistemas e implementos de bajo consumo de agua Decreto 1073 del 26/05/2015 - Reglamentación para el sector minas y energía del MME Resolución 41286 del 30/12/2016 - Eficiencia energética (2017-2022) Resolución 40072 del 29/01/2018 - Medidores Avanzados del MME Resolución 463 del 28/08/2018 - Beneficios tributarios por proyectos de eficiencia energética Vertimientos y Residuos Resolución 631 del 17/03/2015 - Vertimientos del Min Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS) Resolución 0472 del 28/02/2017 - Residuos del MADS 6.1.2. Pruebas y ensayos No aplica para el presente proyecto por tratarse de una adecuación. El contratista deberá entregar los certificados de calidad de cada uno de los materiales inmersos en la obra a la supervisión, con el fin de garantizar la calidad frente a los acabados y la integralidad de la obra. 6.2. Documentos que entregará la Entidad para la ejecución del Contrato Entregara cada uno de los análisis de precios unitarios objeto de cada ítem de obra detallado en el presupuesto de obra con las memorias de cálculo para su revisión y estricto cumplimiento. 6.3. Notas técnicas específicas del proyecto Las notas técnicas especificas ya se detallaron en el numeral 6.1.1. del presente anexo técnico. 6.4. Método Constructivo La metodología constructiva utilizada por el Contratista para desarrollar las actividades contratadas, deberá garantizar los siguientes aspectos: 1. Las calidades previstas en planos y especificaciones que le sean entregados. 2. La estabilidad de la obra contratada. |
3. El cumplimiento de las normas de calidad que reglamentan algunos materiales y elementos constructivos. 4. El cumplimiento de las normas de seguridad durante la ejecución de la obra. 5. El cumplimiento de los aspectos de diseño y/o construcción sismo-resistente de acuerdo con la NSR vigente. No afectar el desarrollo de las otras actividades que no estén a cargo suyo y que se ejecuten simultáneamente. El contratista adoptara su programación previa aprobación de la supervisión con la finalidad de dar a buen término los plazos establecidos en el proyecto. 7. ASPECTOS RELACIONADOS CON SOSTENIBILIDAD TÉCNICO-AMBIENTAL Los criterios o medidas sostenibles que la Entidad decida implementar deberán estar sintonizadas con los objetivos de las políticas públicas ambientales. El análisis realizado por la Entidad debe estar orientado por un modelo de Desarrollo Sostenible. La implementación de los criterios sostenibles o medidas a las que se refiere este numeral deberá realizarse de manera armónica con el cumplimiento de las obligaciones impuestas por licencias, permisos, autorizaciones y demás instrumentos aplicables a la respectiva obra. De igual manera, las medidas deberán estar acordes con la Norma Técnica aplicable a cada sector, en los casos que aplique. Por ejemplo: NTC 4595 relativa al «Planteamiento y diseño de instalaciones y ambientes escolares». Cada proyecto constituye un escenario en particular, por lo que es deber de la Entidad Estatal realizar el análisis respectivo en cada caso, de manera tal que se logre identificar los aspectos y particularidades asociadas al desarrollo de la obra. Asimismo, el análisis deberá determinar la incidencia de la implementación de las medidas sostenibles en el Presupuesto Oficial del proyecto.] Para aplicar lo aquí dispuesto, la Entidad podrá tener en cuenta los siguientes criterios, los cuales se mencionan a título enunciativo, sin perjuicio de la posibilidad de que decida implementar otras siempre que se ajusten a lo arriba señalado: A. Agua [Aspectos relacionados con el uso del agua y los recursos hídricos] • Instalación de sistema de aprovechamiento de aguas lluvias. • Sistemas de aprovechamiento y/o reutilización de aguas grises. • Instalación de dispositivos ahorradores de agua (sanitarios con doble descarga o interrupción de descarga, dispositivos que propendan por la reducción de caudal y aumento de presión). • Eliminación de grasas de aguas residuales (instalación de trampas de grasa) • Uso de baldosas en cerámica. • Sistemas para reducir los vertimientos. B. Energía [Aspectos relacionados con el uso de los recursos energéticos] • Aprovechamiento de la energía solar. Instalar colectores solares o celdas fotovoltaicas y sus instalaciones de manera que correspondan con las especificaciones definidas en las memorias de cálculo y diseño de acuerdo con los requerimientos deseados. • Bombillas ahorradoras y equipos eléctricos de bajo consumo o utilización de tecnología LED • Interruptores conmutables que permiten encendido y apagado de luminarias desde diferentes puntos de un recorrido, temporizadores que controlan el tiempo de activación y apagado de lámparas o equipos eléctricos. • Reguladores lumínicos, que controlan la intensidad de las luminarias. • Detectores de presencia: dispositivos sensores que activan las luminarias cuando detectan la presencia de personas. C. Aprovechamiento del suelo [Aspectos relacionados con el uso eficiente del suelo] • Generación de espacios de uso múltiple que incrementen la eficiencia de los sistemas implementados, mediante el uso de divisiones livianas, fijas o móviles. • Proyectos de recuperación de suelo circundante a las edificaciones. • Plan reforestación con especies endémicas. |
D. Materiales: [Aspectos relacionados con el uso de materiales y sus variaciones que garanticen condiciones de calidad y durabilidad con elementos diferentes a los convencionales.] • Módulos de mampostería que, sin mayor incremento en la cantidad de arcilla, desarrollan geometrías con cavidades de acumulación de calor • Prefabricados de concreto con doble pared o aislamientos amortiguadores. • Bloques cerámicos o de concreto con fibras naturales o artificiales o agregados recuperados de demolición. • Usar materiales reciclables como acero, aluminio, cobre, concretos y ladrillos de demolición, vidrio, plásticos, o cartón, separados por categorías para su recolección. • Recuperar elementos como ventanas, puertas, cerraduras, divisiones, cubiertas y vigas xx xxxxxx para reutilización o reciclaje. • Usar plásticos, madera y cartón reciclables para su recolección. • Usar suelo procedente de excavación como material de base en restitución de suelos exteriores, jarillones y jardineras. • Ladrillos procedentes de industrias con procesos tecnificados y buen manejo ambiental. • Aluminios con certificados de producción y garantía de calidad. • Pinturas sin contenido de plomo. • Sustituir el uso de ácidos y detergentes en labores de limpieza por jabones y productos biodegradables. • Pintar o utilizar materiales de colores claros en muros y cubiertas para reflejar el calor o de colores obscuros para absorberlo y acumularlo. • Implementar el uso de cerramientos provisionales de obra, desmontables y reutilizables. • Disponer de los sobrantes xx xxxxx para reutilización o reciclaje y eliminar la generación de segmentos cuya dimensión no sea aprovechable. • Al realizar los pedidos, preferir el suministro de materiales procesados en planta, premezclados, despiezados o prefigurados, en cuyo procesamiento se garantice el reúso o reducción de desperdicios. • Implementar el uso de cerramientos provisionales de obra, desmontables y reutilizables. • Restringir el uso de materiales que requieran pulimento en obra y emitan residuos volátiles o nocivos o utilizar equipos que capturen las emisiones. • Uso xx xxxxxx protectoras en el contorno de la edificación para eliminar emisión de polvo a la atmósfera. • Uso xx xxxxx desarenadoras y filtros para capturar y retirar sólidos de las aguas residuales, antes de su vertimiento E. Movilidad sostenible • Construcción xx xxxxxxxx peatonal verde. • Fomento de diferentes medios de transporte. F. Uso racional del papel • Papel reciclado o de origen vegetal. • Comunicaciones a través de medios digitales que disminuyan en mayor medida los entregables en físico. • Entre otros. La información señalada en el presente numeral se deberá implementar en el presente proyecto con el fin de aportar a la sostenibilidad ambiental. |
PERSONAL REQUERIDO |
El proponente deberá presentar con su oferta el equipo mínimo requerido para la ejecución de las obras, el cual deberá contar con las calidades académicas y de experiencia que se relacionan a continuación: |
Perfil No. | Cargo | Título profesional | Título de posgrado | Experiencia general (años mínimos) | Experiencia específica (años mínimos) | ||
1 | DIRECTOR DE OBRA | INGENIERO CIVIL | Título de Posgrado en Gerencia de Proyectos o Administración Financiera | CINCO (05) AÑOS | Experiencia como Director de Obras de construcción, adecuación y/o mantenimiento de infraestructura pública y/o privada CINCO (05) AÑOS. | ||
1 | RESIDENTE DE OBRA | INGENIERO CIVIL | N/A | CINCO (05) AÑOS | Experiencia como residente de obra de infraestructura pública y/o privada CINCO (05) AÑOS En caso de que la propuesta sea presentada por una empresa de mujeres con domicilio en el territorio nacional, la experiencia requerida será de cuatro (4) años | ||
3 | PROFESIONAL EN SALUD OCUPACIONAL | PROFESIONAL EN SALUD OCUPACIONAL | "N.A." | TRES (03) AÑOS | Experiencia en Salud Ocupacional asociada a construcción, adecuación y/o mantenimiento de infraestructura pública y/o privada TRES (03) AÑOS | ||
La experiencia profesional se computará a partir de la terminación y aprobación del pensum académico, salvo en los casos que se realicen prácticas laborales para obtener el título profesional o tecnólogo. El tiempo de experiencia en la práctica es válido si se realizan durante los veinticuatro (24) meses anteriores o posteriores a la expedición de la Ley 1955 de 2019 o después de su expedición. Es decir, la práctica realizada antes de la terminación de materias contará como experiencia profesional si se cumplen los criterios mencionados. En el evento de que el oferente no entregue alguno de estos documentos, la Entidad contará la experiencia profesional a partir de la expedición del acta de grado o el diploma, el cual debe ser allegado con posterioridad a la celebración del Contrato.] El personal relacionado anteriormente es el personal operacional y profesional mínimo necesario para la ejecución del proyecto. Si el Contratista contrata persona adicional, este correrá por su cuenta, por lo que no habrá lugar a pago alguno por parte de la Entidad frente al personal extra que el Contratista utilice en la ejecución del Contrato, ya que la Entidad en la etapa de planeación estableció el personal profesional y operacional mínimo requerido para el cumplimiento del Contrato. Para cada uno de los profesionales mencionados se deberá anexar fotocopia de la tarjeta profesional y certificado de vigencia y antecedentes expedido por el consejo profesional competente. El requisito de la tarjeta profesional se puede suplir con el requisito de que trata el artículo 18 del Decreto – Ley 2106 de 2019. Los estudios de posgrado que se exijan como requisito mínimo se acreditarán mediante copia de los diplomas respectivos o certificado de obtención del título correspondiente. Además, la Entidad podrá solicitar las certificaciones laborales que permitan verificar la información relacionada en los Anexos. Para cada uno de los profesionales se debe aportar la información solicitada. Para garantizar lo ofertado el proponente debe incluir para cada profesional la siguiente información: ✓ Cedula de ciudadanía. ✓ Copia título pregrado. ✓ Copia título posgrado cuando lo requiera. ✓ Copia de la matricula profesional a fin. ✓ Vigencia de la matricula profesional a fin. ✓ Acreditación experiencia requerida. ✓ Certificación de disposición e intención laboral firmada en original. | |||||||
4. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y SU JUSTIFICACIÓN | |||||||
Valor estimado del contrato y su justificación | VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO - PRESUPUESTO OFICIAL: Para dar cumplimiento al objeto del presente contrato, se tiene como presupuesto estimado la suma de DOSCIENTOS OCHENTA Y |
CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y DOS PESOS CON OCHENTA Y CINCO CVS. ($284.671.532,85) M/CTE., INCLUIDO AIU E IVA. La anterior necesidad se encuentra contemplada dentro del Plan Anual de Adquisiciones de la entidad. | ||
JUSTIFICACIÓN: Con el fin de determinar el valor estimado de la contratación, la ESE Municipal xx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx tomo como base financiera y presupuestal los precios xxx xxxxxxx y los precios ICCU, a su vez, para los precios no establecidos en la cartilla ICCU, la ESE realizó la invitación a cotizar a empresas constructoras de la zona definiendo características y procesos constructivos requeridos. Se incluye soporte de presupuesto de obra | ||
Forma de pago | 1. La E.S.E Municipal xx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, pagará al contratista el valor fijado de la siguiente manera: a. Pagos por corte de obra equivalentes al porcentaje de ejecución, previa entrega del acta parcial de obra que evidencie y soporte el avance ejecutado, derivado del Mejoramiento, Restauración, Reparación, Adecuación y Mejoras Locativas de la sede intervenida. Es requisito para los pagos, la aprobación de interventoría, anexando cronograma de actividades, informe técnico, financiero, ambiental, de SG-SST, memorias cantidades de obra, APU y sus respectivas actas de aprobación si se requieren y registro fotográfico (inicial, de ejecución y final), pagos de seguridad social y demás documentos que soporten la ejecución de las actividades ejecutadas. b. Los pagos parciales de obra se realizarán hasta el monto máximo del 90% del valor total contratado, en virtud al soporte de evidencia ejecutado; Es requisito para los pagos, la aprobación de interventoría, anexando cronograma de actividades, informe técnico, financiero, ambiental, de SG-SST, memorias cantidades de obra, APU y sus respectivas actas de aprobación si se requieren y registro fotográfico (inicial, de ejecución y final), pagos de seguridad social y demás documentos que soporten el avance de ejecución. c. Un pago final equivalente al 10% del valor total del contrato una vez sea revisada, avalada y entregada el acta de liquidación, junto con el Paz y Salvo de los servicios Públicos por el periodo de ejecución de la obra por parte del contratista. Para la suscripción del acta de liquidación, el contratista deberá haber cumplido con todas las obligaciones derivadas del objeto del contrato. PARÁGRAFO 1. Los pagos se realizarán por medio de precios unitarios fijos, precio que incluye todos los gastos directos e indirectos, derivados de la celebración, ejecución y liquidación del contrato. En el valor pactado se entienden incluidos entre otros los gastos de administración, salarios, prestaciones, sociales e indemnizaciones del personal, incrementos salariales y prestacionales, transporte, alojamiento, alimentación en la totalidad del equipo de trabajo; adquisición, transporte y almacenamiento de materiales, herramientas y toda clase de equipos necesarios, honorarios y asesorías en actividades relacionadas con la ejecución del contrato. La E.S.E Municipal xx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx podrá analizar posibles reajustes en relación a precios unitarios, costos, gastos o actividades de obra adicionales que se requieran para la funcionalidad de la obra y ejecución del contrato, los cuales deben ser coherentes técnicamente, razonables con el mercado y previsibles al momento del desarrollo de la obra. PARÁGRAFO 2: Los pagos y el desembolso de los recursos relacionados en el contrato quedan sometidos a las condiciones anteriormente previstas y al cumplimiento de los siguientes requisitos: (i) Deberán ser refrendados y avalados por el interventor en los formatos que la E.S.E suministre para el efecto. (ii) La acreditación por parte del contratista al interventor que todo el personal necesario para la ejecución del contrato se encuentra afiliado a los sistemas de seguridad, pensiones, y riesgos profesionales, aportes a caja de compensación familiar, ICBF, y SENA incluso los trabajadores independientes y que los pagos de las |
VALOR DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN | NATURALEZA DEL OBJETO A CONTRATAR | TIPO DE CONTRATO | RIESGO |
$284.671.532,85 | CONVOCATORIA PUBLICA | OBRA CIVIL | MEDIO |
cotizaciones respectivas se encuentren al día. (iii) Los impuestos y retenciones a los que haya lugar por la celebración, ejecución y liquidación del contrato corren por cuenta del contratista. | |||
5. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO | |||
Plazo | El plazo de ejecución del contrato será de tres (3) meses, Término contado a partir de la suscripción del acta de inicio del contrato, previa expedición del registro presupuestal y aprobación de la Garantía Única. | ||
Vigencia | El contrato tendrá una vigencia igual al plazo de ejecución y seis (6) meses más, el término adicional al de ejecución será sólo para fines de liquidación del contrato o de sancionar al contratista en el evento que sea procedente. | ||
6. CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL QUE RESPALDA LA CONTRATACIÓN | |||
CDP No. | 724 de 28 xx xxxxx de 2023 | ||
CONCEPTO | RESOLUCION 2772 DE 2022 DEL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL | ||
VALOR TOTAL | DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y DOS PESOS CON OCHENTA Y CINCO CVS. ($284.671.532,85) M/CTE., IVA INCLUIDO. | ||
OBJETO | EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE ADECUACIÓN DE LA SEDE CIUDADELA SUCRE DE LA E.S.E. MUNICIPAL XX XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXX, RESOLUCION 2772 DE 2022 DEL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL. | ||
EXPEDIDO | TÉCNICO DE PRESUPUESTO | ||
CRITERIOS DE SELECCIÓN | |||
Capacidad jurídica | Las personas naturales colombianas deberán presentar copia de su Cédula de Ciudadanía. Las personas naturales extranjeras, deberán acreditar su existencia mediante la copia de su pasaporte, y si se encuentran residenciadas en Colombia, mediante la presentación de la copia de la Cédula de Extranjera expedida por la autoridad colombiana competente. El proponente persona jurídica deberá acreditar su existencia y representación legal mediante la presentación con la oferta del certificado correspondiente, (o persona natural cuando sea comerciante) cuya fecha de expedición no deberá ser anterior a los treinta (30) días calendarios previos a la fecha de cierre del presente proceso de contratación, adicionalmente se deberán tener en cuenta las siguientes reglas: ✓ El objeto social del oferente debe permitir la actividad, gestión y operación que se solicita en este proceso de contratación y en el contrato que de él se derive. ✓ Para contratar, la persona jurídica oferente deberá demostrar que cuenta con fecha de constitución mínima xx xxxx (10) años anteriores a la fecha de apertura del presente proceso y duración no será inferior a la duración del contrato y un (1) año más contado a partir de la fecha de liquidación de este., en caso de unión temporal y/o consorcio todos los integrantes que conforman dicha figura deberán cumplir con este requisito. ✓ Autorización del órgano social competente, si el representante legal tiene limitadas las facultades para comprometer al oferente. ✓ Si figuran limitaciones en los estatutos para el Representante Legal, deberá adjuntar fotocopia de los mismos. ✓ En caso de prórroga del plazo para la entrega tendrán validez con la primera fecha para la presentación de las propuestas, señalada en este estudio previo. ✓ Si la participación es en forma conjunta, los consorcios o uniones temporales en su conformación deberán cumplir con los requisitos previstos en el artículo 7° de la Ley 80 de 1993 y demás normas |
complementarias; efecto para lo cual debe adjuntar el documento de constitución del consocio o unión temporal. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA: El proponente deberá allegar la carta de presentación de la propuesta firmada por la proponente persona natural o el representante legal de la persona jurídica, del consorcio o de la unión temporal, según sea el caso, de conformidad con el anexo No. 1 xxx Xxxxxx de Condiciones del presente proceso de contratación. CERTIFICACIÓN DE PAGO DE APORTES A SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES PARAFISCALES: El proponente debe adjuntar con su propuesta, una certificación en la cual acredite estar al día hasta la fecha en el pago de los aportes realizados durante el término de vigencia de la empresa y por lo menos durante los últimos seis (6) meses anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección a los Sistemas de Salud, Pensiones, Riesgos laborales, Cajas de Compensación Familiar, ICBF y SENA, de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y en la Ley 828 de 2003. Se debe anexar copia de las planillas de los pagos efectuados durante los últimos seis (6) meses, a seguridad social, ARL, pensiones, cajas de compensación familiar, SENA, ICBF, de sus empleados Dicha certificación debe estar suscrita por el Revisor Fiscal de la sociedad si existe obligación legal de tenerlo, o en su defecto la certificación debe estar suscrita por el Representante Legal de la sociedad proponente. En caso de haber suscrito un acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas, deberá el Revisor Fiscal o en su defecto el Representante Legal manifestar en la certificación que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento de este. En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes deberá presentar en forma independiente dicha certificación expedida por el Representante Legal o Revisor Fiscal respectivo según corresponda legalmente. REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO. RUT. Actualizado de acuerdo con la Resolución No. 139 de 2012 de la DIAN. CERTIFICADO DE REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES (RUP) DE LA CÁMARA DE COMERCIO: El proponente persona natural o jurídica, nacional o extranjero con domicilio o sucursal en Colombia, y cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal cuando se utilicen estas figuras, deberán presentar con su oferta la certificación de su inscripción en el Registro Único de Proponentes xxx Xxxxxx de Comercio. Este certificado debe haber sido expedido dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha definitiva de cierre del presente proceso de selección. La inscripción en el RUP por parte del proponente y cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, debe estar vigente y en firme al momento de la adjudicación del proceso, de conformidad con lo señalado en el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto 019 de 2012 y la Circular Externa No. 13 del 13 xx xxxxx de 2014 expedida por Colombia Compra Eficiente. La E.S.E. Municipal xx Xxxxxx, verificará el cumplimiento de los requisitos habilitantes (capacidad jurídica, condiciones de experiencia, capacidad financiera, y organizacional de los proponentes), tomando la información inscrita en el RUP, en donde constar dichas condiciones. Nota 1: La inscripción en el RUP por parte del proponente y cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, debe estar vigente y en firme al momento de la adjudicación del proceso, de conformidad con lo señalado en el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto 019 de·2012, en concordancia con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.1.5.1. del Decreto 1082 de 2015, Circular Externa No. 13 del 13 xx xxxxx de 2014 expedida por Colombia Compra Eficiente. Nota 2: Cuando el proponente sea un Consorcio o Unión Temporal, todos sus miembros deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Entidad en el presente numeral. |
ANTECEDENTES JUDICIALES: La entidad consultará en la página web de la Policía Nacional el certificado de antecedentes judiciales de la persona natural que presente la propuesta o del representante legal de la persona jurídica que presente la propuesta, así como los antecedentes de los representantes legales y personas naturales que conforman los consorcios, uniones temporales y promesas de sociedad futura, en aras de verificar que no reportan antecedentes judiciales. En caso de que los antecedentes judiciales del proponente o su representante legal reporte que alguno de estos presenta inhabilidad para contratar con el estado, conforme lo previsto en la Ley 1474 de 2011, la propuesta será RECHAZADA. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACIÓN: El proponente y todos los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, no deben tener antecedentes disciplinarios que le inhabiliten o impidan presentar la propuesta y celebrar el contrato. Los proponentes deberán presentar el Certificado expedido por la Procuraduría General de la Nación, donde conste que ha sido declarados responsables disciplinariamente y que no tienen inhabilidad por ese hecho. La E.S.E. Municipal xx Xxxxxx, de conformidad con lo previsto por la Ley 1238 de 2008, consultará los antecedentes en la página web de la Procuraduría General de la Nación. CERTIFICADO DE NO INCLUSIÓN EN EL BOLETIN DE RESPONSABLES FISCALES: De conformidad con los previsto por el artículo 60 de la Ley 610 de 2000 y el parágrafo 1 del artículo 38 de la Ley 734 de 2002, la proponente persona natural, o persona jurídica, y/o cada uno de los integrantes del proponente plural (consorcio o unión temporal), no deben estar relacionados en el Boletín de Responsables Fiscales. De conformidad con lo dispuesto por la Ley 962 de 2005 y la circular 005 del 25 de febrero de 208, suscrita por el Contralor General de la República, el Ministerio verificará en la página web de la Contraloría General de la Republica. Certificado de medidas correctivas donde se evidencie que no tiene comparendos según la Ley 1.801 de 2016. PACTO DE TRANSPARENCIA E INTEGRIDAD: deberá aportarse el pacto de transparencia debidamente firmado según formato anexo 3 de los términos de referencia. Declaración de no existencia de inhabilidades e incompatibilidades. (de las contenidas en la Ley 80 de 1993, Ley 1474 de 2011 y demás normas vigentes que la adicionen, modifiquen o deroguen). Garantía de seriedad de la propuesta. El proponente deberá anexar a su propuesta, a favor de la Empresa Social del Estado E.S.E Municipal xx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, NIT. 832.002.794- 2, una garantía que ampare la seriedad de su propuesta, por un valor equivalente mínimo al diez por ciento (10%) del valor de la propuesta, con una vigencia mínimo de tres (3) meses contados a partir de la fecha de presentación de la propuesta, expedida por una compañía de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia. En caso de requerirse la ampliación de la vigencia de la propuesta, la vigencia de esta Garantía deberá ser igualmente ampliada de conformidad con lo requerido por de la E.S.E. Municipal xx Xxxxxx. La garantía debe ser tomada a nombre del proponente, persona natural o de la razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio o su equivalente, sin utilizar sigla, a no ser que el Certificado de la Cámara de Comercio o su equivalente establezca que la firma podrá identificarse con la misma. | ||||
BENEFICIARIO | ESE MUNICIPAL XX XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXX NIT 832.001.794-2. | |||
OBJETO | CONTRATAR LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE ADECUACIÓN DE LA SEDE CIUDADELA SUCRE DE LA E.S.E. MUNICIPAL XX XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXX, PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS ESTÁNDARES DE HABILITACIÓN EXIGIDOS POR LAS NORMATIVIDAD VIGENTE. | |||
AFIANZADO | EL OFERENTE |
VIGENCIA | Con una vigencia mínima de t r e s (3) meses, contada a partir de la fecha de presentación de la propuesta. | |||
CUANTIA | 10% DEL VALOR DEL PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO | |||
A la propuesta debe anexarse el original de la correspondiente póliza debidamente firmada por el proponente o su representante legal, el recibo de pago, o el sello de pago en la carátula de la misma. En caso de presentarse propuestas en Consorcio o Unión Temporal, la póliza de seriedad de la propuesta debe ser tomada a nombre del Consorcio o Unión Temporal, indicando el nombre de cada uno de sus integrantes y debe estar suscrita por el representante de este. | ||||
En el evento de prórroga del plazo del proceso de convocatoria, la Entidad tomará para determinar la vigencia la fecha final de cierre. En el evento de prórroga del plazo de adjudicación o del plazo para la suscripción del contrato, el proponente debe ampliar la garantía de seriedad por el período de la prórroga, si la vigencia inicial no cubre este nuevo término, previa solicitud. Si la garantía de seriedad no se constituye por el monto requerido o su vigencia resulta insuficiente o no es constituida a favor de la E.S.E. Municipal xx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, la entidad formulará solicitud por escrito al oferente, para que dentro del término que establezca en la misma, presente el documento aclaratorio correspondiente. Si vencido dicho término el oferente no presenta el documento requerido la entidad se abstendrá de estudiar la propuesta. | ||||
Experiencia Acreditada | El Registro Único de Proponentes es el instrumento a través del cual los proponentes deberán acreditar el requisito de experiencia, para tal efecto, las personas naturales o jurídicas o uniones temporales o consorcios o cualquier forma de asociación que participen en este proceso, para efectos de verificación de este requisito, deberán acreditar experiencia como se menciona a continuación: La experiencia presentada deberá estar inscrita y en firme en el Registro único de Proponentes de la persona natural, jurídica, integrantes de figuras consorciales o uniones temporales; la experiencia adjuntada deberá estar acreditada e inscrita en su consecutivo individual de relación de contratos celebrados, códigos de bienes y servicios en el tercer nivel del RUP, y deberá disponer de los siguientes códigos y salarios mínimos mensuales legales vigentes: | |||
Relación de contrato (s) celebrado(s), Código del clasificador de Bienes y Servicios en el tercer nivel | Valor expresado en SMML | |||
CODIGO DE LA CLASIFICACION UNSPSC | CUANTIA EN SALARIOS MINIMOS | |||
72121400 72141500 72151500 72151100 72151600 72152400 | 246 SMMLV |
EXPERIENCIA GENERAL | Acreditar experiencia general mediante la presentación de copia de mínimo dos (2) contratos de obra, celebrados, ejecutados y liquidados, cuyo objeto desarrollado sea la CONSTRUCCIÓN Y/O AMPLIACIÓN Y/O RECONSTRUCCIÓN Y/O TERMINACIÓN Y/O MEJORAMIENTO Y/O REMODELACIÓN Y/O ADECUACIÓN Y/O MODIFICACIÓN Y/O MANTENIMIENTO DE EDIFICACIONES; para lo cual se deberá presentar copia de los contratos de obra pública, copia certificación de ejecución y cumplimiento, la experiencia presentada deberá estar inscrita y en firme en el Registro único de Proponentes de la persona natural, jurídica, integrantes de figuras consorciales o uniones temporales; la experiencia adjuntada deberá estar acreditada e inscrita en su consecutivo individual de relación de contratos celebrados |
EXPERIENCIA ESPECÍFICA | Mínimo un (1) contrato válido de los aportados como experiencia general debe corresponder a una edificación institucional en salud, cuyo valor ejecutado corresponda como mínimo al cien por ciento (100%) del presupuesto oficial del presente proceso, expresado en salarios mínimos legales mensuales vigentes en la vigencia actual y cuya área intervenida o construida sea igual o superior al 100% del total de metros cuadrados a intervenir en el proceso de selección |
La E.S.E. Municipal xx Xxxxxx, realizará la evaluación a la experiencia siempre y cuando se encuentre reportada en el RUP. Para la experiencia general se tomará como base de cálculo los salarios reportados en el consecutivo independiente de clasificación del RUP, tomando como coeficiente multiplicador el SMMLV del año en curso. En caso de acreditar experiencia con parte de un proponente plural, serán tenidas en cuenta de acuerdo con el porcentaje de participación, para lo cual se deberá adjuntar el documento de confirmación del proponente plural y su respectiva certificación de la entidad pública contratante. Como soporte de acreditación de experiencia general, los códigos de clasificación deberán estar inscritos en el consecutivo individual de cada contrato celebrado, códigos de bienes y servicios en el tercer nivel del RUP en calidad de experiencia presentada, según el consecutivo del reporte del contrato ejecutado, inscrito y en firme del RUP del proponente. Para la experiencia específica se tomará como base de cálculo los salarios reportados en el consecutivo independiente de clasificación del RUP, tomando como coeficiente multiplicador el SMMLV del año en curso. | |
Financiera | La capacidad financiera no está sujeta a puntaje, pero será verificada para habilitar la propuesta mediante los indicadores de Índice de liquidez, Índice de Endeudamiento y Razón de Cobertura de Interés, por lo tanto, el proponente que no cuente con los indicadores mínimos exigidos dentro de los indicadores señalados se calificará la oferta como NO CUMPLE FINANCIERAMENTE. Conforme lo establecido en el numeral 3 del Artículo 2.2.1.1.1.5.3. Del Decreto 1082 de 2015, en el que se establece el procedimiento para la verificación de los requisitos habilitantes, el proponente debe cumplir con los siguientes indicadores: Si el proponente es un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, uno de sus integrantes deberá cumplir con la capacidad financiera exigida en el presente proceso de contratación, en virtud a su figura comercial o planteamiento. Todas las cifras deben presentarse en moneda colombiana, de conformidad con los artículos 50 y 51 del Decreto 1536 de 2007 y demás normas que lo modifiquen adicionen o sustituyan. |
Capacidad de Organizacional | El proponente debe cumplir con los siguientes indicadores con base en la tomada en las mismas fuentes y en las condiciones descritas para la verificación de la capacidad financiera, aplicadas en la capacidad organizacional. Serán declaradas CUMPLE ORGANIZACIONALMENTE las propuestas que cumplan con los porcentajes mínimos de los indicadores mencionados en la anterior tabla. |
Indicador | Valor concertado |
Índice de liquidez | ≥1,19 |
Índice de endeudamiento | ≤ 70% |
Razón de cobertura de intereses | ≥ 1 |
Indicador | Valor concertado |
Rentabilidad del patrimonio | ≥ 0,04 |
Rentabilidad del activo | ≥ 0,02 |
Rentabilidad sobre el Patrimonio = utilidad operacional / patrimonio Determina la rentabilidad del patrimonio del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el patrimonio. Rentabilidad de Activo = utilidad operacional / activo total Determina la rentabilidad del patrimonio del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el activo. La habilitación de cada proponente se determinará por el cumplimiento de cada uno de los indicadores organizacionales mencionados anteriormente. Cada indicador se evaluará por separado y utilizando las fórmulas indicadas en cada caso. Este aspecto es objeto de verificación y no de calificación, por tanto, si el proponente cumple todos los aspectos que determinan la capacidad financiera, se evaluara como CUMPLE ORGANIZACIONALMENTE. En caso contrario se evaluará como NO CUMPLE organizacionalmente y la propuesta será RECHAZADA. | |
Factor de Evaluación | La E.S.E MUNICIPAL XX XXXXXX, debe evaluar las Ofertas de los Proponentes que hayan acreditado los requisitos habilitantes establecidos en el presente proceso de contratación. La Entidad calificará las ofertas que hayan cumplido con los requisitos habilitantes con los siguientes puntajes: Si como resultado de la calificación, dos o más proponentes obtuvieren igual puntaje total entre todas las propuestas y este fuere el mayor de la evaluación final, siempre y cuando se cumpla las condiciones antes previstas, se resolverá el empate de acuerdo a los siguientes criterios: 1. Se adjudicará a la propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en el primero de los factores de escogencia y calificación establecidos en el pliego de condiciones. 2. Si persiste el empate se escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el segundo de los factores de escogencia y calificación establecido en los pliegos de condiciones y así sucesivamente hasta agotar la totalidad de los factores de escogencia y calificación establecidos en el Pliego de Condiciones. 3. Si después de aplicar los anteriores criterios persiste el empate, se entenderá que las propuestas se encuentran en igualdad de condiciones, respetando los compromisos adquiridos por Acuerdos Comerciales, de manera que se aplicarán las reglas señaladas en el artículo 2.2.1.1.2.2.9. del Decreto 1082 de 2015, así: Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros. Preferir las ofertas presentada por una Mipyme nacional. |
Concepto | Puntaje máximo |
Oferta económica | 59,5 |
Factor de calidad | 10 |
Factor de sostenibilidad técnico ambiental agregado | 9 |
Apoyo a la industria nacional | 20 |
Vinculación de personas con discapacidad | 1 |
Emprendimientos y empresas de mujeres | 0,25 |
Mipyme | 0,25 |
Total | 100 |
Preferir la oferta presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura.4. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta. Utilizar un método aleatorio para seleccionar el oferente, método que deberá haber sido previsto en los términos de referencia del proceso de Contratación. Como método aleatorio, la E.S.E MUNICIPAL XX XXXXXX, escogerá el Proponente que haya entregado y radicado su propuesta en la sede de la E.S.E. Municipal xx Xxxxxx (en el lugar establecido para ello) primero en el tiempo (Dentro del plazo para la entrega de ofertas). | |
Factor Económico | A. Menor Valor La Entidad otorgará el máximo puntaje a la oferta económica hábil para calificación económica de menor valor. Vmin = Mínimo (V1; V2. . ; … Vm) Donde: • Vi: Es el valor total corregido de cada una de las propuestas “i”. • m: Es el número total de propuestas económicas válidas recibidas por la Entidad. • Vmin: Es el valor total corregido de la propuesta válida más baja. La Entidad procederá a ponderar las propuestas de acuerdo con la siguiente fórmula: Puntaje máximo ∗ Vmin Puntaje = Vi Donde: • Vmin: Es el valor total corregido de la propuesta válida más baja. • Vi: Es el valor total corregido de cada una de las propuestas “i”. |
Factor Calidad | La Entidad asignará 10 puntos al Proponente que se comprometa a instaurar un programa de gerencia de proyectos mediante la suscripción del Formato 7A – Programa de gerencia de proyectos, en el cual bajo la gravedad de juramento conste el compromiso que en este sentido asume. Por gerencia de proyectos se entiende la aplicación de conocimientos, habilidades, herramientas y técnicas a las actividades del proyecto para cumplir con los requisitos de este, lo cual se logra mediante la aplicación de procesos de gerencia de proyectos en las fases de inicio, planificación, ejecución, monitoreo, control, y cierre del proyecto. La gerencia de proyectos requiere: identificar requisitos; abordar las diversas necesidades, inquietudes y expectativas de los interesados; equilibrar las contingencias que se relacionan entre otros aspectos con el alcance, la calidad, el cronograma, el presupuesto, los recursos y el riesgo. Para la ejecución del Contrato, el adjudicatario deberá instaurar el programa de Gerencia de Proyectos y contar con un profesional tiempo completo en las áreas de la ingeniería o de la arquitectura, con matrícula profesional vigente, que cumpla con las siguientes condiciones: Profesional que acredite tener una especialización, maestría o doctorado en Gerencia de Proyectos o afines, con mínimo un (1) año de experiencia como coordinador, gerente, líder o director de proyectos de construcción, mantenimiento, mejoramiento o adecuación de edificios de Salud. |
Para comprobar lo anterior, el adjudicatario deberá aportar copia del acta de grado y/o diploma que certifique que el profesional es ingeniero y/o arquitecto, así como copia de los títulos de postgrado, acreditados mediante copia de los diplomas y/o actas de grado. Adicionalmente, deberá presentar certificaciones o contratos en los que se evidencie la experiencia solicitada en gerencia de proyectos. Cuando la especialización, maestría o doctorado no sea específica en Gerencia de Proyectos, se deberá aportar copia del pénsum académico, plan de estudios y certificación de la Universidad en la cual se indique que los estudios adelantados guardan equivalencia con los de una Gerencia de Proyecto. Para efectos de los presentes Términos, se entiende por pénsum académico, como el documento que contiene todas las asignaturas o materias que componen el plan de estudio de una determinada carrera. Para efectos de la equivalencia, el pénsum académico deberá contener como mínimo estudios en las áreas de: • Formulación, Evaluación o Gestión de Proyectos • Gerencia xxx xxxxxxx humano • Principios de administración de proyectos (Planeación, organización, dirección y control) • Planeación Estratégica • Finanzas El programa de Gerencia de Proyectos estará sujeto al seguimiento de la interventoría durante la ejecución del Contrato. En el evento de que el título académico haya sido obtenido en el extranjero, el Proponente deberá acreditar la convalidación de dicho título ante el Ministerio de Educación Nacional, de conformidad con lo establecido en la Sección ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.. Para efectos de estimar el tiempo de experiencia como coordinador, gerente, líder o director de proyectos de construcción, mantenimiento, mejoramiento o adecuación de edificios de Salud se tendrá en consideración el tiempo transcurrido entre la fecha de inicio y de terminación indicada en las certificaciones presentadas, independientemente de su dedicación. En el evento de que existan traslapos de tiempo, solamente se tendrá en cuenta una vez el tiempo traslapado. | |
Factor de Sostenibilidad Técnico Ambiental Agregado | INSTALACIÓN XX XXXXXXXX CON FINES ORNAMENTALES HORIZONTALES O VERTICALES El Proponente que se comprometa a través del Formato respectivo a instalar por cuenta propia un jardín con fines ornamentales, el cual puede ser de forma horizontal, de mínimo 3 metros cuadrdaos o vertical de mínimo 1metro cuadrado, y se adelantará adelantado el proyecto de infraestructura social, será acreedor de nueve (9) puntos. Entendiéndose un jardín en los términos definidos en el Diccionario de la Lengua Española como un terreno donde se cultivan plantas con fines ornamentales. Dicho jardín podrá ser horizontal o vertical, según la disponibilidad de espacio físico con que cuente el predio en el cual se desarrollará el proyecto de obra pública, bajo los siguientes lineamientos: En la ejecución del proyecto será identificada la viabilidad de la instalación del jardín horizontal, y en caso tal de no ser posible por limitaciones físicas de espacio o de zonas verdes, se procederá con el jardín vertical,. Adicionalmente, el tamaño establecido para el jardín podrá ser implementado en dos zonas independientes del predio logrando que la suma de estos sea igual al establecido y ofertado. |
Emprendimientos y Empresas De Mujeres | La Entidad asignará un puntaje xx xxxx punto veinticinco (0.25) puntos al Proponente que acredite la calidad de emprendimientos y empresas de mujeres con domicilio en el territorio nacional de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.1.2.4.2.14. del Decreto 1082 de 2015 o la norma que lo modifique, sustituya o complemente. Para que el Proponente obtenga este puntaje debe diligenciar el Formato 13 – Acreditación de emprendimientos y empresas de mujeres y aportar la documentación requerida. Si el Proponente debió subsanar dicho formato y/o los documentos exigidos para probar esta condición será válido para el criterio diferencial en cuanto al requisito habilitante relacionado con el número de contratos aportados para demostrar la experiencia solicitada. Sin embargo, no se tendrá en cuenta para la asignación de puntaje, por lo que obtendrá cero (0) puntos por este factor de evaluación. Tratándose de Proponentes Plurales este puntaje se otorgará si por lo menos uno de los integrantes acredita la calidad de emprendimientos y empresas de mujeres y tiene una participación igual o superior al diez por ciento (10 %) en el Consorcio o en la Unión Temporal. |
Mipyme Domiciliada En Colombia | La E.S.E. otorgará un puntaje xx xxxx punto veinticinco (0.25) puntos al Proponente que acredite la calidad de Mipyme domiciliada en Colombia de conformidad con el artículo 2.2.1.2.4.2.4 del Decreto 1082 de 2015, en concordancia con el parágrafo del artículo 2.2.1.13.2.4 del Decreto 1074 de 2015, o la norma que lo modifique, complemente o sustituya. Así las cosas, para obtener el puntaje, el Proponente entregará copia del certificado del Registro Único de Proponentes, el cual deberá encontrarse vigente y en firme al momento de su presentación. Si el Proponente debió subsanar la entrega del RUP, éste será válido para los criterios diferenciales en cuanto a los requisitos habilitantes relacionados con el número de contratos aportados para demostrar la experiencia solicitada y los índices de la Capacidad Financiera y Organizacional. Sin embargo, el certificado no se tendrá en cuenta para la asignación del puntaje adicional, por lo que obtendrá cero (0) puntos por este factor de evaluación. Tratándose de Proponentes Plurales este puntaje se otorgará si por lo menos uno de los integrantes acredita la calidad de Mipyme y tiene una participación igual o superior al diez por ciento (10%) en el Consorcio o en la Unión Temporal |
Vinculación De Personas Con Discapacidad | La Entidad asignará un (1) punto al Proponente que acredite el número mínimo de personas con discapacidad de acuerdo con el número total de trabajadores de la planta de su personal en los términos señalados en el artículo 2.2.1.2.4.2.6. del Decreto 1082 de 2015 (adicionado por el Decreto 392 de 2018), o la norma que lo modifique, adicione, complemente o sustituya. Para esto debe presentar: i) el Formato 8 – Vinculación de personas con discapacidad suscrito por la persona natural, el representante legal o el revisor fiscal, según corresponda, en el cual certifique el número total de trabajadores vinculados a la planta de personal del Proponente o sus integrantes a la fecha de cierre del Proceso de Contratación, ii) acreditar el número mínimo de personas con discapacidad en su planta de personal, de conformidad con lo señalado en el certificado expedido por el Ministerio de Trabajo, el cual deberá estar vigente a la fecha de cierre del Proceso de Contratación. |
ACREDITACIÓN TRATO NACIONAL | La Entidad asignará hasta veinte (20) puntos a la oferta de: i) Servicios Nacionales o ii) con Trato Nacional. Para que el Proponente nacional obtenga puntaje por Servicios Nacionales debe presentar, además del Formato 9 A – Promoción de Servicios Nacionales o con Trato Nacional, alguno de los siguientes documentos, según corresponda: A. Persona natural colombiana: La cédula de ciudadanía del Proponente. B. Persona natural extranjera residente en Colombia: La visa de residencia que le permita la ejecución del objeto contractual de conformidad con la ley. C. Persona jurídica constituida en Colombia: El certificado de existencia y representación legal emitido por alguna de las cámaras de comercio del país. Para que el Proponente extranjero con trato nacional obtenga el puntaje por apoyo a la industria nacional por promoción de Servicios Nacionales o con Trato Nacional solo deberá presentar el Formato 9A – Promoción de Servicios Nacionales o con Trato Nacional. |
Para el Proponente extranjero con trato nacional que diligencie la opción 3 del Formato 9A – Promoción de Servicios Nacionales o con Trato Nacional obtenga el puntaje por Trato Nacional, deberá acreditar que los servicios son originarios de: a) los Estados mencionados en la sección de acuerdos comerciales aplicables al presente Proceso de Contratación; b) los Estados en los cuales si bien no existe Acuerdo Comercial, el Gobierno Nacional ha certificado que los oferentes extranjeros gozan de Trato Nacional, en los términos del artículo 2.2.1.2.4.1.3. del Decreto 1082 de 2015; o c) los Estados miembros de la Comunidad Andina de Naciones. Para esto, deberá demostrar que cumple con la regla de origen contemplada para los Servicios Nacionales del respectivo país, allegando la información y/o documentación que sea requerida. El Proponente nacional podrá subsanar la falta de presentación de la cédula de ciudadanía o del certificado de existencia y representación legal para acreditar el requisito habilitante de capacidad jurídica. No obstante, no podrá subsanar esta circunstancia para la asignación del puntaje por Promoción de Servicios Nacionales o con Trato Nacional. La Entidad Estatal asignará el puntaje por apoyo a la industria nacional por promoción de Servicios Nacionales o con Trato Nacional al Proponente Plural conformado por nacionales cuando cada uno de sus integrantes presente alguno de los documentos indicados en este numeral, según corresponda. A su vez, el representante del Proponente Plural deberá diligenciar el Formato 9A – Promoción de Servicios Nacionales o con Trato Nacional. Cuando uno o varios de sus integrantes no cumplan con las condiciones descritas, el Proponente Plural no obtendrá puntaje por Promoción de Servicios Nacionales o Trato Nacional. | ||||||
Análisis de Riesgo | La E.S.E MUNICIPAL XX XXXXXX, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20 del Acuerdo 203 de 2016 en el numeral 20.1.8 y la guía de la Metodología para identificar y clasificar los riesgos elaborado por Colombia Compra Eficiente, procede a tipificar, estimar y asignar los riesgos de la presente contratación. La matriz contempla la identificación, descripción de los riesgos, evaluación (impacto y su probabilidad de ocurrencia) y los mecanismos de control que existen de manera general para los servicios que se desean contratar. VER MATRIZ DE RIESGO ANEXA. Esta matriz podrá modificarse de acuerdo con lo determinado en audiencia de asignación de riesgos? | |||||
Garantías | SE SOLICITAN GARANTÍAS: SI _X NO En virtud al manual de contratación de la E.S.E, modalidad de contratación y garantizando la buena inversión de los recursos derivados del presente proceso de contratación, cuyo objeto es CONTRATAR LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE ADECUACIÓN DE LA SEDE CIUDADELA SUCRE DE LA E.S.E. MUNICIPAL XX XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXX, PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS ESTÁNDARES DE HABILITACIÓN EXIGIDOS POR LAS NORMATIVIDAD VIGENTE. basados en lo anterior, se requerirán las siguientes garantías: | |||||
GARANTÍA | APLICA/NO APLICA | PORCENTAJE (%) | PLAZO | |||
Seriedad de la oferta | SI | 10% del valor del Presupuesto oficial | Vigencia de tres (3) meses, a partir de la presentación de la oferta | |||
Cumplimiento | SÍ | 10% del valor total del contrato | Vigencia igual al plazo del contrato y seis (6) meses más. | |||
Pago de salarios y prestaciones sociales e indemnizaciones laborales | SÍ | 5% del valor total del contrato | Vigencia igual al plazo del contrato y tres (3) años más. | |||
Estabilidad y calidad de obras | SÍ | 30% del valor total del contrato | Vigencia de 60 meses contados a partir del acta de recibo definitivo de la obra. | |||
Calidad de los bienes suministrados | SÍ | 20% del valor total del contrato | Vigencia igual al plazo del contrato y 2 años más. | |||
Responsabilidad civil Extracontractual | SÍ | 400 S.M.L.M.V. | La vigencia de esta garantía se otorgará por todo el periodo de ejecución del contrato |
Indemnidad | El contratista mantendrá indemne a la ESE libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratos o dependientes. |
CONDICIONES CONTRACTUALES | |
Obligaciones Generales del contratista | 1. Dar cumplimiento al objeto y alcance del Contrato de acuerdo con lo establecido en el presente documento y en sus anexos. 2. Atender oportunamente los requerimientos del interventor. 3. Facilitar la labor de seguimiento y control que realiza el interventor, atendiendo y dando respuesta oportuna a las observaciones o requerimientos que se realicen. 4. Disponer del personal idóneo, así como de los recursos logísticos, materiales, y/o equipos, necesarios para desarrollar el contrato dentro de la oportunidad y con la calidad establecidos. 5. Acreditar el cumplimiento del factor de calidad ofrecido durante la fase de selección en los plazos acordados con la Entidad. 6. Acreditar el cumplimiento del factor de sostenibilidad ofrecido durante la fase de selección en los plazos acordados con la Entidad. 7. Identificar las oportunidades para promover el empleo local durante la ejecución del contrato. 8. Aportar todo su conocimiento y experiencia para desarrollar adecuadamente el objeto del contrato de conformidad con lo requerido por la Entidad Estatal. 9. Cumplir con las normas de gestión ambiental, de seguridad y salud en el trabajo que rijan durante la vigencia del contrato y atender las acciones y evidencias que deben presentarse de conformidad con los anexos del contrato. 10. Realizar todos los pagos de honorarios y/o salarios, parafiscales e indemnizaciones a que haya lugar e igualmente dar cumplimiento a las normas de afiliación y pago de seguridad social integral (salud, pensiones y riesgos), que le correspondan de acuerdo con el personal que llegare a emplear en la ejecución del Contrato, en las cuantías establecidas por la ley y oportunamente. Deberá demostrar, cuando sea requerido por la Entidad, el aporte a los sistemas de seguridad social integral y parafiscal (artículo 50 Ley 789 de 2002) que le corresponda. 11. Manejar con la debida confidencialidad la información a que tenga acceso, así como la producida a lo largo de la ejecución del Contrato. 12. Reportar la información relacionada con la ejecución del Contrato o que tenga incidencia en ella cuando sea requerida por la Entidad. 13. Asumir especiales obligaciones de cuidado y custodia de los bienes que la Entidad le llegue a entregar para el debido desarrollo de las obligaciones a cargo y en consecuencia estará obligado a hacer el correspondiente reintegro en especie o en dinero cuando por su responsabilidad se produzca daño o pérdida, sin que esto excluya la indemnización de perjuicios. Lo anterior sin perjuicio de las acciones que del hecho se puedan predicar. 14. Cumplir los criterios sostenibles que se implementarán en el desarrollo de la obra de acuerdo con lo previsto en el numeral 7 del Anexo 1 – Anexo técnico. 15. Incorporar como mínimo cien por ciento (100%), sin perjuicio de incluir uno superior] de personal colombiano para el cumplimiento del contrato. |
Obligaciones especificas | 1. Realizar el objeto del contrato en un todo de conformidad con la propuesta presentada, en estricto cumplimiento a las especificaciones técnicas y en las cantidades, unidades de medida, valores unitarios y valores totales pactados. 2. Realizar reuniones con la supervisión e interventoría por lo menos una (1) vez al mes con el fin de verificar el desarrollo del contrato y elaborar las actas que documenten el estado del mismo 3. Suministrar toda la información requerida en el Aviso de invitación, como obligaciones posteriores a la aceptación de la oferta. 4. Ejecutar el objeto del presente contrato en los plazos establecidos, bajo las condiciones económicas, técnicas y financieras estipuladas en las cláusulas correspondientes y de acuerdo con su oferta y estudio previo, los cuales hacen parte vinculante del contrato. 5. Suministrar y mantener durante la ejecución del contrato, el personal profesional ofrecido y presentado en la propuesta. Si EL CONTRATISTA requiere cambiar el profesional o personales propuestos, deberá hacerlo con otro de un perfil igual o superior al que se retiró. La aceptación del nuevo profesional estará sujeta a la aprobación de LA E.S.E previo visto bueno del supervisor. Será por cuenta del CONTRATISTA |
el pago de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones de todo el personal que ocupe en la ejecución de las adecuaciones y mejoramientos, igualmente la elaboración de los subcontratos necesarios, quedando claro que no existe ningún tipo de vínculo laboral del personal con LA E.S.E. 6. Elaborar y presentar conjuntamente con el Supervisor y la interventoría, actas parciales de avance y acta final, y liquidación. 7. Responder por el pago de los impuestos que cause la legalización y ejecución del contrato. 8. Retirar los materiales sobrantes y entregar las áreas intervenidas en perfecto estado y limpieza con periodicidad máxima de 48 horas contadas a partir de la colocación de estos materiales y realizar la disposición final de los mismos con pleno cumplimiento de la normatividad vigente. 9. Garantizar las normas de seguridad industrial para la ejecución del contrato en los siguientes aspectos: (i) Elementos de seguridad industrial para obreros y todo el personal que interviene en cada una de las actividades. (ii) Manipulación de equipos, herramientas, combustibles y todos los elementos que se utilicen para cumplir el contrato. (iii) Todo el contenido de seguridad industrial debe acogerse a las normas vigentes. 10. Mantener todo el personal debidamente identificado con carné y chaleco o prenda de vestir para su inmediato reconocimiento. 11. Practicar las medidas ambientales, sanitarias, forestales, ecológicas e industriales necesarias para no poner en peligro las personas ni las cosas ni el medio ambiente, respondiendo por los perjuicios que se causen. 12. Garantizar el programa de trabajo acordado; el CONTRATISTA no podrá modificarlo unilateralmente. La modificación del programa de trabajo deberá fundarse en causas plenamente justificadas y requerirá la aprobación escrita previa del supervisor y la interventoría, verificación por parte de la E.S.E. En caso que el CONTRATISTA no cumpla con el programa de trabajo, el Supervisor y la interventoría le podrá exigir por escrito el aumento del número de turnos, la jornada de trabajo y/o el equipo, y, en general, las acciones necesarias para el cumplimiento del programa de trabajo, sin que por la realización de tales acciones se genere costo adicional alguno para la E.S.E. La renuencia del CONTRATISTA a adoptar las medidas exigidas se considera como incumplimiento de conformidad con lo establecido en el contrato. Tales requerimientos del Supervisor y/o interventoría no incrementarán el valor del contrato y estas condiciones serán aceptadas por el PROPONENTE con la entrega de la propuesta. 13. Llevar una memoria diaria (bitácora) de todos los acontecimientos, sucesos y decisiones tomadas en la ejecución de los trabajos, registrarse la visita de funcionarios que tengan que ver con el proyecto. Xxxx firmarse por el director del proyecto y la interventoría, se debe llevar foliado y en orden cronológico. Tienen acceso a esta bitácora, el representante de la E.S.E, los supervisores y el interventor. 14. Cumplir a cabalidad con los requerimientos ambientales legales, reglamentarios y contractuales vigentes, que no generen daño o perjuicios a terceros por esta causa y en consecuencia exime de cualquier responsabilidad a la E.S.E Municipal xx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, en caso de aplicación de sanciones o multas que por este concepto impongan las autoridades ambientales. 15. Garantizar que las adecuaciones y mejoramientos cumplan con los estándares de calidad requeridos para lograr un buen servicio en las sedes intervenidas, basados en los lineamientos dados en el sistema único de habilitación de acuerdo con la Resolución 3100 de 2019, Resolución 1619 de 2015 y Resolución 4445 de 1996. Al respecto podrá presentar sugerencias y recomendaciones a los supervisores y al interventor del contrato. 16. Acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 xx xxx 789 de 2006 y la ley 828 de 2003, el cumplimiento del pago mensual de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales, Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Cajas de Compensación Familiar, mediante certificación expedida por el representante legal o revisor fiscal según el caso. 17. El contratista deberá presentar y dar cumplimiento al Plan de Manejo Ambiental para intervención, documento que debe contener las directrices relacionadas a continuación: Programa para el manejo ambiental en los frentes de trabajo. Programa para el manejo de residuos de construcción y demolición. Programa para el manejo integral de residuos sólidos. Programa para el manejo de aire y ruido. |
Programa de manejo de sustancias peligrosas. Programa de control de roedores o vectores. | |
Obligaciones de la E.S.E | 1. Contratar la Interventoría de la Obra, de conformidad con el Proyecto Aprobado por el Ministerio de Salud y Protección Social. 2. Designar un supervisor por parte de la E.S.E, para que esté atento al todo el desarrollo, ejecución y liquidación del contrato. 3. Contratar la interventoría de acuerdo al manual de contratación. 4. Expedir y tramitar los certificados de cumplimiento del objeto contractual luego de la previa verificación y cumplimiento de los requisitos exigidos para los trámites de pago. 5. Cancelar al contratista las sumas indicadas en el contrato, en los plazos y términos allí previstos. 6. Prestar la colaboración necesaria para que los trabajos contratados se realicen en las mejores condiciones posibles. 7. Facilitar la información, documentos y los medios necesarios que requiera el CONTRATISTA para el cabal desarrollo del objeto contratado. |
Supervisión | 1. Cumplir con las obligaciones de control y vigilancia establecidas por la Ley 1474 de 2011, demás normas y disposiciones concordantes. 2. Verificar el cumplimiento del objeto contractual y de las obligaciones contraídas por las partes. 3. Elaborar los informes de cumplimiento de la ejecución del contrato si se solicitan y las actas a que haya lugar, remitiéndolos de manera oportuna a las instancias correspondientes. 4. Verificar la realización del objeto del presente contrato en los términos y condiciones pactados en el mismo. 5. Suscribir las actas de iniciación y de recibo definitivo, y a satisfacción de los servicios objeto del presente contrato y remitirlas a la Gerencia para el respectivo archivo. 6. Suscribir los demás documentos que se generen en desarrollo del presente contrato y enviarlos a la Oficina de Gerencia. 7. Solicitar oportunamente las adiciones o modificaciones al contrato, cuando sea procedente. 8. Si durante la ejecución del contrato o al vencerse el término estipulado en él, se presenta incumplimiento de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, deberá informar inmediatamente al ordenador del gasto. 9. Suscribir la certificación del cumplimiento y/o recibo a satisfacción del objeto contractual, con el fin de proceder al pago correspondiente, previa verificación del cumplimiento por parte del CONTRATISTA de sus obligaciones con el Sistema de Seguridad Social en Salud, Pensión y riesgos laborales, en los porcentajes xx xxx. |
Responsabilidad del Supervisor | En caso de incumplimiento de las obligaciones antes citadas, se aplicarán las sanciones previstas en la Ley 1474 de 2011 y demás normas concordantes. |
Supervisión | Estará a cargo de la Subgerencia Administrativa y Financiera. |
Perfeccionamiento y ejecución | El contrato se entiende perfeccionado con la suscripción de las partes. Para su ejecución se requiere la suscripción del Acta de Inicio, previa expedición del registro presupuestal y aprobación de la Garantía Única. |
Permisos y/o licencias requeridas | CONCEPTO 23200145 DE REPARACIONES LOCATIVAS DE LA SEDE CIUDADELA SUCRE, expedida por la Curaduría Urbana Nro. 2, del Municipio xx Xxxxxx. - Dando cumplimiento al proceso técnicos constructivos establecidos, resolución 3100 de 2019, NSR 10, lineamiento de ordenamiento territorial y acatando las exigencias territoriales en virtud a los procesos constructivos, la ESE mediante gestión propia inicio el trámite de reparaciones locativas. |
Imposición de multas sanciones y declaratorias de incumplimiento | Se dará cumplimiento a lo establecido en el Estatuto de Contratación adoptado por la Entidad artículo 28. MULTAS: En caso de incumplimiento total o parcial de cualquiera de las obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA en virtud del presente contrato, la E.S.E MUNICIPAL XX XXXXXX, podrá imponer multas mensuales sucesivas equivalentes al uno (1%) por ciento diario, sobre el valor total del presente contrato, acorde con la gravedad del incumplimiento, la cual deberá ser determinada por el supervisor de la misma, sin que el valor total de la multa exceda el diez (10%) por ciento del valor total del presente contrato, de igual forma sin perjuicio de hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria pactada en la misma. PARAGRAFO. Pese a que la ESE no está sometida al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, para la imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento, se dará aplicación al artículo 86 de la Ley 1474 de 2011. |
Clausula penal y aplicación del valor de las sanciones pecuniarias | En los términos de las normas civiles y comerciales que rigen la materia, en caso de incumplimiento grave de las obligaciones contractuales por parte del contratista, la E.S.E MUNICIPAL XX XXXXXX podrá ser efectiva la cláusula penal pecuniaria equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del presente. EL CONTRATISTA autoriza con la suscripción del presente contrato a la E.S.E MUNICIPAL XX XXXXXX, para que descuente el mencionado porcentaje de las sumas que por cualquier concepto le adeude la Entidad y desde ya renuncia a cualquier requerimiento judicial para constituirlo en xxxx. El pago o la deducción de las multas, no exonerará al CONTRATISTA de terminar la ejecución, ni demás obligaciones nacidas del contrato. |
Cesiones y subcontratos | EL CONTRATISTA no podrá ceder el presente contrato a persona alguna sin autorización previa y expresa del CONTRATANTE. No obstante, lo anterior, el CONTRATISTA prestará sus servicios de manera autónoma e independiente, esto es, sin subordinación laboral. |
Impuestos | El Contratista pagará todos los impuestos, tasas y similares que se deriven de la ejecución del contrato, de conformidad con la Ley colombiana. |
Liquidación | El presente contrato será objeto de liquidación y se aplicaran los términos previstos en el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007 |
RESPONSABLE DEL PROCESO | |
(ORIGINAL FIRMADO) XXXXXX XXXXXXX XXXXXX Cargo: SUBGERENTE ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA |