Contract
CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA ESTATAL XXX XXXXXX, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA UPEC”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU RECTOR, EL XX. XXXXX XXXX; Y POR LA OTRA PARTE, LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA UDENAR”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU RECTORA, LA DRA. XXXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, A QUIENES EN SU CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, CONFORME A LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES
D E C L A R A C I O N E S:
I. DECLARA “LA UPEC”:
1. La Universidad Politécnica Estatal xxx Xxxxxx, es una institución de Educación Superior, con personería jurídica de Derecho Público, que goza de autonomía administrativa y académica, con domicilio en la ciudad xx Xxxxxx, Provincia xxx Xxxxxx, fue creada mediante la Ley N° 2006-36, publicado en el Registro oficial N°244 de fecha 5 xx xxxxx del 2006, se rige por la Constitución de la República del Ecuador, la Ley Orgánica de Educación Superior, su Estatuto y Reglamentos Universitarios. Su misión y fundamentales propósitos constituyen la formación de profesionales humanistas, competentes y emprendedores, poseedores de conocimientos científicos y solución de problemas del entorno para contribuir con el desarrollo y la integración fronteriza.
2. Que la representación legal de esta Casa de Estudios recae en su Rector, el Xx. Xxxxx Xxxx, según lo dispuesto normativamente.
3. Que, para los propósitos del presente Xxxxxxxx, señala como su domicilio legal la Calle Antisana y Avenida Universitaria, ciudad xx Xxxxxx, Ecuador.
II. DECLARA “LA UDENAR”:
1. Que es una institución autónoma, de carácter oficial de orden departamental, creada mediante decreto No 49 de noviembre 7 de 1904, con personería jurídica, autonomía académica, administrativa financiera y patrimonio independiente, que elaborará y manejará su presupuesto de acuerdo con las funciones que le corresponde. En lo que se refiere a las políticas y la planeación del sector educativo, está vinculada al Ministerio de Educación Nacional.
2. Que la representación legal de esta Institución recae en su rectora, la Dra. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, mayor de edad, domiciliada en la ciudad xx Xxxxx, identificada con cédula de ciudadanía No.30.738.251 xx Xxxxx, designada como Rectora, mediante la Resolución 09 del 26 xx xxxx del 2021 y posesionada mediante acta No.040 del 04 xx xxxxx del 2021, actuando en nombre y representación de la UNIVERSIDAD XX XXXXXX, NIT. No. 800.118.954.-1.
3. Que señala como su domicilio legal para los efectos del presente Convenio, el ubicado en la Ciudadela Universitaria Torobajo, Xxxxx 00 xxx Xxxxxxx 00, XXX 0000 (0) 0000000, en la ciudad de San Xxxx xx Xxxxx, Nariño, Colombia.
III. DECLARAN “LAS PARTES”:
1. Que es su voluntad dar paso al presente instrumento con el fin de contemplar actividades y alcances más extensos respecto de la cooperación que pretenden llevar a cabo.
2. Que están conformes en suscribir el presente Convenio Xxxxx de acuerdo a los términos insertos en las siguientes:
C L Á U S U L A S PRIMERA. OBJETO
El presente convenio tiene por propósito fundamental de establecer programas de cooperación académica, aunar esfuerzos y recursos, compartir conocimiento e información para fortalecer las capacidades afines y complementarias, asegurando un sólido desarrollo de las actividades de ambas instituciones.
SEGUNDA. ALCANCES
Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio, “LAS PARTES” están de acuerdo en llevar a cabo actividades como las enlistadas a continuación:
1. La movilidad de docentes, investigadores y estudiantes de pregrado y posgrado para participar en conferencias, simposios, talleres, seminarios de investigación y de propuestas de investigación y enseñanza que consoliden la relación académica.
2. Intercambio de personal académico a corto y mediano plazo para apoyar en la consolidación de programas de formación xxx xxxxxxx humano de alta calidad.
3. Intercambio de personal académico y técnico que apoye los trabajos y programas de investigación y vinculación con la sociedad.
4. intercambio de información científica, tecnológica y material y recursos bibliográficos que se produzca.
5. Intercambio de asesoría en aspectos relacionados con las áreas de especialización académica, técnica o de servicios de las instituciones, en beneficio que se realizan en ellas.
6. Establecer canales de comunicación que permitan la difusión de las actividades académicas, científicas, culturales, ambientales y sociales.
7. Intercambio de estudiantes de pregrado y posgrado, de acuerdo a la oferta de programas de cada una de las instituciones parte del Convenio.
8. El intercambio de acervo cultural para su exhibición y difusión, así como de artistas para realizar estancias de creación.
9. Las Partes se obligan a presentar por escrito programas específicos de trabajo para colaborar en tareas de mutuo interés.
TERCERA. DESARROLLO
La formalización de programas de trabajo derivados del Convenio Marco serán constituidos en Convenios Específicos, en los cuales se detallen de forma precisa actividades a desarrollar, la responsabilidad de cada una de las partes, el presupuesto para cada actividad, definición xx xxxxxxx de financiamiento, personal involucrado, instalaciones y equipo a utilizar, calendario de trabajo, así como todo lo necesario para determinar con exactitud los fines, alcances y beneficios equilibrados de cada uno de dichos convenios que serán los instrumentos operativos.
CUARTA. COMPROMISOS COMUNES DE “LAS PARTES”
Para alcanzar el objeto del presente Convenio, “LAS PARTES”, tendrán como objetivos:
1. Desarrollar programas de cooperación en docencia, investigación y de servicio a la comunidad en áreas de desempeño actual de “LAS PARTES”
2. Elaborar un Plan de Trabajo dentro de los treinta (30) días hábiles después de suscrito el acuerdo, para organizar y programar el desarrollo de las actividades o Convenios Específicos.
4. Tomar las medidas necesarias, pertinentes y conducentes a lograr el cumplimiento de los objetivos propios e inherentes del presente convenio.
5. Formular y desarrollar investigaciones, trabajos y prácticas conjuntas en las áreas de interés.
6. Concertar acciones conjuntas para la formulación y desarrollo de programas académicos y de material educativo en las áreas de interés.
7. Promover y facilitar el intercambio docente y estudiantil, dentro de los programas académicos que las dos instituciones ofrecen.
8. Las demás que se deriven de la naturaleza de la alianza y que garanticen su cabal y oportuna ejecución.
QUINTA. TÉRMINOS FINANCIEROS
Los términos financieros de cualquier actividad en el marco de este Convenio se determinarán en los Convenios Específicos sobre la base de los recursos financieros disponibles. Es posible involucrar a otras organizaciones y fondos para financiar la cooperación.
SEXTA. FINANCIAMIENTO
El presente convenio no constituye de forma alguna, compromisos económicos para las instituciones involucradas. Las Partes del Convenio buscarán en forma conjunta o separa, ante otras instituciones y dependencias gubernamentales u organismos de carácter nacional o internacional, la obtención de recursos económicos necesarios para el desarrollo de programas relativos a los Convenios Específicos, en caso de que dichos recursos no puedan ser aportados total o parcialmente en forma conjunta equivalentemente por las Partes. No obstante, se consideran las siguientes pautas en cuanto al financiamiento:
1. Los docentes participantes en el intercambio no pagaran tasas en la institución receptora, los demás gastos (viajes, hospedajes, etc.) quedaran a cargo del interesado, que podrá buscar financiación.
2. Los estudiantes participantes en el intercambio deberán pagar las tasas académicas, cuando estas existan, en su institución de origen. Los demás gastos (viajes, hospedajes, etc.) quedarán a cargo del interesado, quien podrá buscar financiación. La existencia del convenio no implica un compromiso de soporte financiero por cuenta de las instituciones; y
3. En el caso de intercambio de personal técnico-administrativo, los gastos serán por cuenta de la institución de origen, siempre y cuando haya disponibilidad financiera para ello.
SÉPTIMA. SUPERVISIÓN
La supervisión coordinación y revisión de las actividades que se desarrollen en el marco del presente convenio estarán a cargo las Direcciones de Relaciones Internacionales de las dos instituciones. Ambos representantes harán el seguimiento a la ejecución del presente Convenio Xxxxx. En ejercicio de su función desarrollarán las siguientes actividades:
1. Velar por el cumplimiento del convenio en los términos pactados.
2. Llevar el consolidado de la información que se genere en ejecución del convenio.
3. Organizar el archivo de la documentación que se genere en el desarrollo del convenio y remitirla a su expediente original.
4. Emitir informes sobre las diferentes circunstancias que se presenten en la ejecución del Convenio marco
5. Tramitar oportunamente, de ser necesario las modificaciones del convenio, prórrogas, suspensiones y liquidación.
6. Verificar el cumplimiento de los requisitos de ejecución del convenio.
Parágrafo. Los supervisores presentarán anualmente y por escrito, todas las observaciones y sugerencias que consideren necesarias para el cabal desarrollo del objeto del convenio y el cumplimiento de las obligaciones de “LAS PARTES”.
OCTAVA. CONFIDENCIALIDAD
“LAS PARTES” aceptan, y declaran que:
1. Toda información de la otra Parte, tiene el carácter de confidencial;
2. Es de propiedad exclusiva de ésta, y
3. Ha sido, o le será revelada únicamente con el propósito de permitir el cabal cumplimiento del presente convenio o de los convenios específicos que surjan con ocasión de este y no puede ser reproducida, comercializada, ni cedida a terceros, sin previa autorización de la parte generadora de la información.
El uso de la información una vez autorizada, obliga a reconocer los créditos correspondientes a las Partes, en todos los informes y publicaciones que se realicen como resultado de cada convenio. En todo caso cualquier información suministrada por una parte a la otra, previa a la suscripción y/o durante la ejecución de este convenio o de los específicos, deberá mantenerse en reserva, y por lo tanto no podrá ser revelada a terceros, so pena de que la parte afectada con la revelación de la información de que trata esta cláusula, pueda exigir la indemnización de los perjuicios que le sean causados como consecuencia del incumplimiento de lo establecido.
NOVENA. TITULARIDAD DE DERECHOS Y PROPIEDAD INTELECTUAL.
Cada uno de los Convenios Específicos de Colaboración contendrán las estipulaciones que sean necesarias para regular lo relativo a la propiedad de los derechos de autor de los resultados y materiales que se elaboren como producto de la actividad conjunta de las Partes y lo concerniente a la propiedad de los derechos de tipo industrial (patentes, certificados de invención y registros de modelo o dibujo industrial, etc.), que pudieran llegar a derivarse de los trabajos de investigación.
DÉCIMA. VIGENCIA
Este acuerdo tendrá una duración de siete (07) años a partir de la fecha de su última firma. El presente convenio podrá ser renovado o modificado por voluntad de las partes, mediante comunicación escrita con una antelación de seis (06) meses, apegándose a la normatividad aplicable de las dos instituciones y a través de los instrumentos jurídicos correspondientes.
DÉCIMO PRIMERA. NO EXISTENCIA DE RELACIÓN LABORAL
En todas las acciones derivadas del presente acuerdo y de los subsecuentes acuerdos específicos, las partes convienen en que el personal de cada institución que sea comisionado para la realización conjunta de cada acción, continuará en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la institución con la cual tiene establecida su relación laboral, independientemente de estar prestando otros servicios fuera de ella, o en las instalaciones de la institución a la que fue comisionado.
Si en la realización de una acción del acuerdo interviene personal ajeno a las partes, este continuará siempre bajo la dirección o dependencia de la institución o persona con quien esté contratado, por lo que su intervención no originará relación de carácter laboral de ninguna naturaleza o especie, con las instituciones firmantes. Este Convenio Xxxxx no excluye otras formas de cooperación que puedan ser propuestas para discusión por alguna de “LAS PARTES”.
DÉCIMO SEGUNDA. SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS
De suscitarse alguna controversia en la aplicación y ejecución de este Convenio Xxxxx de Cooperación, las mismas serán resultas por las Máximas Autoridades de las Instituciones comparecientes mediante el diálogo directo; de no superarse las partes se someten al Centro de Mediación y Arbitraje de la Procuraduría General del Estado xx Xxxxxx; y al trámite previsto en la Ley de Mediación y Arbitraje.
DÉCIMO TERCERA. CAUSALES DE TERMINACIÓN
Este Convenio se terminará por la ocurrencia de las siguientes causas:
1. Por vencimiento del plazo de duración.
2. Por mutuo acuerdo de las partes manifestado por escrito y con causa justificada con al menos un (1) mes de antelación a la terminación del mismo.
3. Por el incumplimiento total o parcial de alguna de las obligaciones pactadas por las partes.
4. Por fuerza mayor o caso fortuito que impida en forma total el desarrollo del Convenio.
PARÁGRAFO. No obstante, las causas mencionadas anteriormente, las actividades, proyectos o programas que se estén desarrollando en ese momento, continuarán hasta la fecha programada o hasta que sea aprobada su conclusión.
DÉCIMO CUARTA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
“LAS PARTES” declaran con la firma de este convenio, que no se hallan incursas en causales de inhabilidad e incompatibilidad para la celebración de este convenio.
DÉCIMO QUINTA. PERFECCIONAMIENTO
Para el perfeccionamiento del presente acuerdo se requiere la firma de “LAS PARTES” que en él intervienen, tomando como fecha de perfeccionamiento la última registrada por las entidades firmantes.
DÉCIMO SEXTA. DOMICILIO
Para todos los efectos del presente Convenio se fija como domicilio la cuidad xx Xxxxxx, Ecuador y la ciudad xx Xxxxx, Colombia.
Universidad Politécnica Estatal xxx Xxxxxx | Universidad xx Xxxxxx |
Xxxxx Xxxx | Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Rectora |
Fecha: | Fecha: a los 21 días del mes de dic de 2021 |
Supervisora | |
Universidad Politécnica Estatal xxx Xxxxxx Calle Antisana y Avenida Universitaria Tel. x(000) 000000000/ (000) 000000000 | Universidad xx Xxxxxx Ciudadela Universitaria Torobajo Calle 18 Carrera 50. Pasto Tel/fax: + 60 0000000000 |
En constancia, “las Partes” firman el presente Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional.