CONTRATO DE PROMESA DE COMPRAVENTA DE INMUEBLE
CONTRATO DE PROMESA DE COMPRAVENTA DE INMUEBLE
EL PROMETIENTE COMPRADOR: XXXX XXXXX
EL PROMETIENTE VENDEDOR: XXXXXX XXXXX
OBJETO: APARTAMENTO # 1002 del XXXXXXXX XXXXXXXXX, XXXXXXX XX XXXXXXXXX XX XXXXXX, X.X. X X., XXXXXX XXXXXXXXXX, AVENIDA PRIMERA O
AVENIDA DEL MALECON. No 9-67, más el derecho de uso de parqueo.
Folio de matrícula inmobiliaria: 060-24387 Referencia Catastral: 01-01-0033-0112-907 Coeficiente de Copropiedad: 0.72072%
Entre los suscritos a saber: XXXXXX XXXXX, ciudadano colombiano, identificado con cédula de ciudadanía No. 70.425.398, mayor de edad, domiciliado en la ciudad xx Xxxxxxxxx, de estado civil casado, quien en adelante para los efectos del presente contrato se denominará, EL PROMETIENTE VENDEDOR, y por otra parte el señor: XXXX XXXXX, varón, mayor de edad, ciudadano estadounidense, residente de la ciudad de Baton Rouge, identificado con pasaporte No. 00000000, quien en adelante, para los efectos del presente contrato se denominará EL PROMETIENTE COMPRADOR acuerdan suscribir este contrato de compraventa en recíproco beneficio, mediante el cual EL PROMETIENTE VENDEDOR, promete vender al PROMETIENTE COMPRADOR el inmueble objeto de este contrato y este se compromete a pagar el precio aquí pactado. Este contrato se rige por la Ley Colombiana y por las siguientes clausulas:
PRIMERA: OBJETO Y DESCRIPCION DEL INMUEBLE.- Apartamento 1002 que hace
parte del Edificio Emperador, ubicado en Avenida 1ra No. 9-67 en el barrio de Bocagrande, de la ciudad de Cartagena de Indias, AREA PRIVADA APARTAMENTO: 85m²; Consta xx Xxxx-comedor, Cocina tipo americana, Zona de labores, Dos (2) alcobas dos baños y Balcón. LINDEROS Y MEDIDAS: Por el NORTE, linda con el Mar Caribe y mide quince metros (15). Por el ESTE linda con el cerro de la Popa y mide diez metros (10). Por el SUR linda con la Bahía xx Xxxxxxxxx y mide quince metros (15) y por el OESTE linda con Playita Hollywood y mide diez metros (10) Por el CENIT; Con el apartamento 1102; Por el NADIR, con el apartamento 902. PARÁGRAFO: no obstante su cabida y linderos la venta se hace como cuerpo cierto.
SEGUNDA: PRECIO DE VENTA Y FORMA DE PAGO.- El precio de venta del inmueble objeto de la presente promesa es la suma de QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS M/CTE ($555.000.000), que EL PROMETIENTE
COMPRADOR pagará a EL PROMETIENTE VENDEDOR o a su orden así:
1.- La suma de DOSCIENTOS SETENTA MILLONES DE PESOS ($270.000.000), que
serán consignados en la cuenta de ahorros Bancolombia # 000-000000-00 del Xx XXXXXX XXXXX. PARAGRAFO: Este pago inicial se constituye en ARRAS obligantes de este negocio. Este primer pago es para el pago de una hipoteca que tiene el PROMETIENTE VENDEDOR con BANCOLOMBIA. Este pago debe hacerse maximo cinco 5 dias despues de tener este contrato las firmas diligenciadas.
2.- La suma de DOSCIENTOS SETENTA MILLONES DE PESOS ($270.000.000) el
día de la firma de la escritura pública que perfecciona este negocio. El PROMETIENTE COMPRADOR puede hacer abonos parciales conforme tenga recursos, y debe consignarlos en la cuenta bancaria anteriormente descrita.
3.- La suma de QUINCE MILLONES DE PESOS ($15.000.000) serán pagados por LOS PROMETIENTES COMPRADORES directamente al Xx. XXXX XXXXXXXXX XXXX
XXXXXXXXXX por comisión inmobiliaria a cargo de EL PROMETIENTE VENDEDOR quien autoriza al PROMETIENTE COMPRADOR a realizar este pago y descontar del precio.
PARÁGRAFO: Para giros bancarios internacionales deben usar esta ruta bancaria: Banco Receptor final: BANCOLOMBIA
SWIFT: XXXXXXXX
Beneficiario final: XXXXXX XXXXX Cuenta de Ahorros : 000-000000-00
EL PROMETIENTE COMPRADOR garantiza que los recursos que emplea para adquirir el inmueble aquí tratado provienen de la ocupación, profesión u oficio que desarrolla lícitamente y que dichos recursos no provienen de ninguna actividad ilícita de las consignadas en el Código Penal Colombiano o en cualquier norma que lo modifique, adicione o complemente.
TERCERA: FIRMA DE LA ESCRITURA PUBLICA DE COMPRAVENTA.- Habiendo
cumplido las partes a cabalidad las obligaciones aquí estipuladas, la Escritura Pública de Compraventa se firmará en la Notaría Cuarta del Círculo xx Xxxxxxxxx el día dieciseis 16 de Diciembre de 2021 a las 10:00 a.m. Esta fecha podrá ser modificada por común acuerdo de las partes.
CUARTA: ENTREGA DEL INMUEBLE AL PROMETIENTE COMPRADOR: el mismo
día de la firma de la escritura y el pago final.
QUINTA: IMPUESTOS GASTOS NOTARIALES Y DE REGISTRO: – Los gastos
notariales se dividen en partes iguales entre las partes contratantes. La retención en la fuente la paga el PROMETIENTE VENDEDOR y todos los gastos de registro los paga EL PROMETIENTE COMPRADOR.
SEXTA: TRADICION: El PROMETIENTE VENDEDOR adquirió el inmueble objeto de este contrato por compra que le hiciera a XXXXXXX XXXXXXXXXX mediante escritura pública No. 136 de 2015 de la notaria Xxxxxx xx Xxxxxxxxx y debidamente registrada en el folio de matrícula 060-24387
SEPTIMA: SANEAMIENTO: El inmueble que se promete en venta por el PROMETIENTE VENDEDOR, no lo ha enajenado por acto anterior al presente y garantiza que lo entregará libre de gravámenes, hipotecas, servidumbres, desmembraciones, usufructo, uso, habitación, condiciones resolutorias de dominio, pleitos pendientes, embargos judiciales, censo, anticresis, arrendamiento por escritura pública, movilización, patrimonio de familia, y en general, libre de cualquier limitación de dominio, obligándose EL PROMETIENTE VENDEDOR en todo caso al saneamiento de lo vendido en los casos xx Xxx, salvo las derivadas del Régimen de Propiedad Horizontal a que se encuentran sometidos los inmuebles prometidos en venta. PARÁGRAFO: EL PROMETIENTE VENDEDOR, Se compromete a pagar la deuda a Bancolombia una vez recibido el primer pago de este negocio, y autorizará al Xx. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxx a adelantar las gestiones pertinentes para hacer el levantamiento de dicha hipoteca. PARÁGRAFO: EL PROMETIENTE VENDEDOR entregara x Xxx y Salvo por concepto de servicios públicos: energía, agua, gas y los impuestos de Catastro, Valorización y Administración hasta la firma de la escritura pública que perfeccione este contrato.
OCTAVA: CLAUSULA COMPROMISORIA: Con excepción de aquellas obligaciones cuyo cumplimiento deba tramitarse mediante procesos ejecutivos, los cuales son de competencia de los jueces ordinarios, toda diferencia que surja entre las partes de este contrato por la interpretación del mismo, su ejecución, su cumplimiento, su terminación, juicio arbitral serán por cuenta de la parte vencida, su liquidación o las consecuencias futuras, serán sometidas a la decisión de un Tribunal de Arbitramento, integrado por un Arbitro designado de común acuerdo por ambas partes. En el evento en que esto no sea posible, el Árbitro será elegido por la Cámara de Comercio xx Xxxxxxxxx, de las listas que para tal efecto lleve dicha entidad. El Tribunal sesionará en la sede Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio xx Xxxxxxxxx, se sujetara a las reglas y tarifas del mencionado Centro y en lo no previsto se aplicará la Legislación Colombiana en materia de Arbitramento Mercantil, sus decisiones serán en derecho y tendrá una duración de dos (2) meses contados desde la terminación de la primera Audiencia de Tramite.
NOVENA: ARRAS: Si alguno de los contratantes no cumpliere en todo o en parte de sus obligaciones, pagará en favor del contratante cumplido o que se hubiere allanado a cumplir lo suyo, a título xx xxxx, la suma estipulada en la clasula segunda, numeral 1, pudiendo en tal evento el contratante cumplido, además de la pena, exigir la ejecución forzada de la obligación o la resolución del contrato, y en uno u otro caso la indemnización de los perjuicios. Se entiende que si el incumplido fuere el
PROMETIENTE VENDEDOR, deberá además del valor de esta cláusula, devolver el dinero recibido como primer pago más sus correspondientes intereses
DIRECCIONES para notificaciones:
EL PROMETIENTE VENDEDOR: Xxx 0 Xx 0/00, Xxxx 0000, Xxxxxxxxx. Celular: +1 304
000 0000 email: xxxxxx-xxxxx@xx.xxx
EL PROMETIENTE COMPRADOR: 000 Xxxxxxxxx Xx # 0000. Xxxxx Xxxxx, XX 00000. Celular: x0 000 000 0000 email: xxxxxxxxx00@xxxxx.xxx
DOMICILIO.- La ciudad de Cartagena de Indias, D.T. y C., en la República de Colombia es el lugar del cumplimiento del presente contrato.
Se firma en tres ejemplares de igual valor probatorio.
EL PROMETIENTE VENDEDOR:
XXXXXX XXXXX
EL PROMETIENTE COMPRADOR:
XXXX XXXXX
[todos los nombres, números y propiedad son ficticios, si por coincidencia resultare alguno real, por favor indíqueme y lo cambiamos]