ACTA ENTREGA RECEPCIÓN DEFINITIVA CONTRATO 08 - 2023
ACTA ENTREGA RECEPCIÓN DEFINITIVA CONTRATO 08 - 2023
CDC-MDMQ-FM-2023-01
“CONSULTORIA ESTUDIO DE SUELO SALON DE USO MULTIPLE UEMFM”
COMPARECIENTES:
En la ciudad de Quito, a los 7 días del mes de diciembre de 2023, comparece por una parte la UNIDAD EDUCATIVA MUNICIPAL “XXXXXXXXX MADRID” representada por el Ing. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx, Administrador de Contrato, y, el Arq. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxx, como Técnico No Interviniente, quiénes para efectos de esta Acta se denominarán ADMINISTRADOR DEL CONTRATO y TÉCNICO NO INTERVINIENTE; y por otra parte, el Ing. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, con RUC 1711429108001, que para efectos de esta Acta se le denominará “EL CONSULTOR”; quiénes acuerdan suscribir la presente Acta Entrega Recepción Definitiva, bajo las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA. - ANTECEDENTES. -
Del Contrato y designaciones
Mediante Memorando Nro. GADDMQ-SERD-2023-00296-M de 01 de febrero de 2023, el Mgs. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Secretario de Educación, Recreación y Xxxxxxx, designó al Ing. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx como Administrador del Contrato.
Mediante Resolución de Adjudicación No. 069 de 05 de octubre de 2023, la MSc. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Rectora, resolvió en lo pertinente lo siguiente:
“Art. 1.- Adjudicar, conforme el Art. 37 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, al Ing. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, con RUC 1711429108001, la “CONSULTORIA ESTUDIO DE SUELO SALON DE USO MULTIPLE UEMFM (…)”
El Contrato 08 - 2023 del Proceso de Contratación de Código CDC-MDMQ-FM-2023-01 para “CONSULTORIA ESTUDIO DE SUELO SALON DE USO MULTIPLE UEMFM” se suscribió entre la MSc. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Rectora de la Unidad Educativa Municipal “Xxxxxxxxx Madrid” y el Ing. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Contratista, con RUC 1711429108001, el 12 de octubre de 2023.
Mediante Memorando Nro. GADDMQ-SERD-UEMFM-2023-00052-M de 15 de noviembre de 2023, la Mgs. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Rectora UEM “Xxxxxxxxx Madrid”, Encargada, designó al Arq. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxx como Técnico No Interviniente.
De la ejecución y recepción
Con fecha 12 de octubre de 2023, el Ing. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx, Administrador del Contrato, notificó la autorización de inicio a partir del día 13 de octubre de 2023, al Ing. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Consultor.
Mediante Oficio SVV-CDC-UEMFM-002-OF de 10 de noviembre de 2023, el Ing. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Consultor, entregó los productos de la Consultoría al Ing. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx, Administrador del Contrato.
Mediante Oficio Nro. GADDMQ-SERD-DMPPE-2023-00774-M de 22 de noviembre de 2023, el Ing. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx, Administrador del Contrato, se dirigió a la Mgs. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Rectora UEM “Xxxxxxxxx Madrid”, Encargada, para solicitar autorice y disponga a quien corresponda proceder con
el pago del Contrato de la referencia, adjuntando los correspondientes documentes de respaldo en su expediente.
Mediante Oficio Nro. GADDMQ-SERD-UEMFM-2023-00338-M de 01 diciembre de 2023, la Mgs. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Rectora UEM “Xxxxxxxxx Madrid”, Encargada, se dirigió al Ing. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx, Administrador del Contrato, para devolver el expediente indicando las observaciones a ser subsanadas previo solicitar el correspondiente trámite de pago.
Mediante Oficio Nro. GADDMQ-SERD-DMPPE-2023-00133-O de 01 de diciembre de 2023, el Ing. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx, Administrador del Contrato, se dirigió al Ing. Santiago Xxxxx Xxxxxxx, Consultor, para solicitar sean subsanadas las observaciones en el expediente encontradas durante el control previo, para proceder a solicitar nuevamente el pago.
Mediante Oficio SVV-CDC-UEMFM-003-OF de 05 de diciembre de 2023, el Ing. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Consultor, reingresó el expediente de la Consultoría al Ing. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx, Administrador del Contrato.
Mediante Memorando Nro. GADDMQ-SERD-DMPPE-2023-00830-M de 07 de diciembre de 2023, el Ing. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx, Administrador del Contrato, se dirigió al Arq. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxx, Técnico No Interviniente, para solicitar su informe previo suscripción del Acta Entrega Recepción Definitiva.
Mediante Memorando Nro. GADDMQ-SERD-DMPPE-2023-00832-M de 07 de diciembre de 2023, el Arq. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxx, Técnico No Interviniente, se dirigió al Ing. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx, Administrador del Contrato, para remitir su Informe de Técnico No Interviniente donde en su conclusión y recomendación indica:
“Tras la verificación de los documentos entregados por el Consultor y a la petición del Ing. Xxxxxx Xxxx Administrador de Contrato, mediante Memorando Nro. GADDMQ-SERD-DMPPE-2023-00830-M de 7 de diciembre de 2023, respecto de la emisión del informe respectivo previa firma del Acta Entrega Recepción Definitiva; se indica que se reciben los documentos de la CONSULTORIA ESTUDIO DE SUELO SALON DE USO MULTIPLE UEMFM a entera satisfacción.
Se recomienda proseguir con la suscripción del Acta Entrega Recepción Definitiva y el pago del 100% en favor del Ing. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Consultor del código del proceso: CDC-MDMQ-FM-2023-01, CONTRATO 08 – 2023, CONTRATACION DIRECTA: “CONSULTORIA ESTUDIO DE SUELO SALON DE USO MULTIPLE UEMFM””
CLAUSULA SEGUNDA: CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN. –
• Obligaciones del Consultor:
El consultor se prestó sus servicios, en cumplimiento de lo exigido en los pliegos, a lo previsto en su oferta y a lo establecido en la legislación ecuatoriana vigente.
El consultor facilitó a las personas designadas por la entidad contratante, toda la información y documentación requerida.
El consultor está obligado a cumplir con cualquiera otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y sea exigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal específicamente aplicable.
El consultor contó con todos los permisos y autorizaciones que le habilitan para el ejercicio de su actividad, así como la de su equipo técnico de trabajo.
• Obligaciones de la contratante:
La Contratante designó un Administrador de Contrato, mediante Memorando Nro. GADDMQ-SERD- 2023-00296-M de 01 de febrero de 2023.
La Contratante proporcionó al Consultor los documentos, accesos e información relevante relacionada con la ejecución del contrato.
CLÁUSULA TERCERA. - CONDICIONES OPERATIVAS. –
De conformidad con el Estudio Técnico, Términos de Referencia, Pliegos y Contrato del procedimiento de contratación de la referencia, se estableció la entrega de dos (2) productos, compuestos de la siguiente manera:
PRODUCTO | METODOLOGÍA | CAPÍTULO | METODOLOGÍA |
PRODUCTO 1 INFORME DIAGNÓSTICO | Esta fase corresponde al levantamiento de los datos de campo, a la recolección de muestras del suelo, topografía, ubicaciones de instalaciones, etc., se utilizará la metodología indicada en la Norma Ecuatoriana de la Construcción capítulo NEC-SE-GC. | Estudio de Suelos | Se realizarán ensayos de exploración en el suelo, extracción de muestras alteradas con el fin de determinar el perfil estratigráfico, clasificación y tipo de suelo encontrado. En el laboratorio y en el gabinete se determinará a través de un estudio, las conclusiones y recomendaciones, mismas que servirán para que el experto estructural determine la mejor solución para los elementos constitutivos del Salón de Uso Múltiple. |
Levantamiento Topográfico | Con estos estudios de campo, se determinará la forma del terreno y/o patio, sus alrededores, sus cotas, curvas de nivel, además se reflejarán en los planos los elementos constitutivos del entorno. El trabajo de campo será complementado con el de gabinete donde se generará el modelo digital CAD del terreno para ser entregado al experto en ingenierías y al arquitecto, quienes utilizarán la topografía como insumo para los diseños arquitectónicos definitivos y los detalles de ingenierías. | ||
Evaluación Estructural | En este acápite se evaluará in situ, los elementos estructurales involucrados en la estabilidad y contención del patio del Salón de Uso Múltiple, así como el subsuelo bajo el patio, tanto como el estado de la estructura del contrapiso, y si las patologías encontradas, repercuten en la seguridad e integridad de los elementos circundantes. | ||
Estudio de Instalaciones | De igual manera se realizará una prospección en campo acerca de las instalaciones eléctricas y sanitarias, con el fin de que los especialistas respectivos determinen la optimización de los sistemas encontrados en el patio. | ||
PRODUCTO 2 INFORME DE SOLUCIÓN CONSTRUCTIVA | Conforme las conclusiones y recomendaciones de los estudios respectivos que conforman (*PRODUCTO 1: INFORME DIAGNÓSTICO), se procederá a determinar la solución constructiva para las diferentes patologías encontradas en la prospección. * Se corrige el error de tipeo encontrado en los Términos de Referencia. | Solución Estructural | El profesional designado emitirá el informe final de estado de los elementos estructurales constitutivos, así como las estructuras del suelo, considerando los parámetros de la NEC-SE-GC, emitiendo de ser el caso, planos estructurales, memorias técnicas, cantidades de obra y demás insumos que permitan la futura contratación de las obras conexas. |
Solución Arquitectónica | En este capítulo se considerarán planos y memorias técnicas de la propuesta constructiva arquitectónica del patio del salón de uso múltiple, en este estudio constarán también los cuadros de acabados, implantación general, y memoria de materiales a utilizar, también se entregará la propuesta de uso final en concordancia al estudio estructural, además se determinará la ubicación de los contenedores de residuos sólidos. | ||
Solución de Ingenierías | Posterior a la investigación de campo, el profesional designado entregará los planos de propuesta de implementación y/o reubicación de las instalaciones eléctricas y sanitarias que atraviesan el patio del salón de uso múltiple, en este contexto, se generarán las respectivas memorias técnicas. | ||
Estudio de Costos y Presupuesto | Recabando todos los insumos anteriores el consultor generará un presupuesto de la obra que conformará la solución constructiva integral (obra)del patio del salón de uso múltiple. El estudio de costos contendrá el presupuesto general de la obra (tabla de cantidades), análisis de precios unitarios, cronograma valorado, ruta crítica, especificaciones técnicas de los rubros. |
La ejecución de la Consultoría estuvo a cargo del Ing. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx. Los productos realizados por el Consultor se encuentran de acuerdo al Estudio Técnico, Términos de Referencia, Pliegos y Contrato del proceso de contratación y Contrato, mismos que se presentan a continuación:
PRODUCTO | CAPÍTULO | ENTREGABLES | METODOLOGÍA SOLICITADA CUMPLE/NO CUMPLE |
PRODUCTO 1 INFORME DIAGNÓSTICO | Estudio de Suelos | Estudio de Suelos.pdf Estudio de Suelos.docx | CUMPLE |
Levantamiento Topográfico | Levantamiento Topográfico.docx Levantamiento Topográfico.pdf Levantamiento Topográfico Plano.dwg Levantamiento Topográfico Plano.pdf | CUMPLE | |
Evaluación Estructural | Evaluación Estructural.docx Evaluación Estructural.pdf | CUMPLE | |
Estudio de Instalaciones | Estudio de Instalaciones.docx Estudio de Instalaciones.pdf Estudio de Instalaciones Plano.dwg Estudio de Instalaciones Plano.pdf | CUMPLE | |
PRODUCTO 2 INFORME DE SOLUCIÓN CONSTRUCTIVA | Solución Estructural | Solución Estructural.docx Solución Estructural.pdf Solución Estructural Plano E1.dwg Solución Estructural Plano E1.pdf Solución Estructural Plano E2.dwg Solución Estructural Plano E2.pdf | CUMPLE |
Solución Arquitectónica | Solución Arquitectónica.docx Solución Arquitectónica.pdf Solución Arquitectónica Plano A1.dwg Solución Arquitectónica Plano A1.pdf Solución Arquitectónica Plano A2.dwg Solución Arquitectónica Plano A2.pdf Solución Arquitectónica Plano A3.dwg Solución Arquitectónica Plano A3.pdf Solución Arquitectónica Plano A4.dwg Solución Arquitectónica Plano A4.pdf Solución Arquitectónica Plano A5.dwg Solución Arquitectónica Plano A5.pdf | CUMPLE | |
Solución de Ingenierías | Solución de Ingenierías.docx Solución de Ingenierías.pdf Solución de Ingenierías Plano HS1.dwg Solución de Ingenierías Plano HS1.pdf Solución de Ingenierías Plano HS2.dwg Solución de Ingenierías Plano HS2.pdf Solución de Ingenierías Plano EE1.dwg Solución de Ingenierías Plano EE1.pdf Solución de Ingenierías Plano IN1.dwg Solución de Ingenierías Plano IN1.pdf | CUMPLE | |
Estudio de Costos y Presupuesto | Estudio de Costos y Presupuesto APUs Cal.xls Estudio de Costos y Presupuesto APUs Cal.pdf Estudio de Costos y Presupuesto APUs Cot.pdf Estudio de Costos y Presupuesto Cronograma.xls Estudio de Costos y Presupuesto Cronograma.pdf Estudio de Costos y Presupuesto Esp Tec Rub.docx Estudio de Costos y Presupuesto Esp Tec Rub.pdf Estudio de Costos y Presupuesto Presupuesto.xls Estudio de Costos y Presupuesto Presupuesto.pdf Estudio de Costos y Presupuesto Ruta Crítica.mmp Estudio de Costos y Presupuesto Ruta Crítica.pdf | CUMPLE |
Todos los documentos en extensión .pdf cuentan con firmas de responsabilidad de los profesionales responsables. El Consultor ha llevado adelante la presente consultoría utilizando los equipos y con la participación del equipo presente en su oferta, condiciones que fueron verificadas por la Comisión Técnica en la etapa precontractual de este procedimiento de contratación.
CLÁUSULA CUARTA: LIQUIDACIÓN ECONÓMICA. –
El Contrato 08 - 2023 del Proceso de Contratación de Código CDC-MDMQ-FM-2023-01 para “CONSULTORIA ESTUDIO DE SUELO SALON DE USO MULTIPLE UEMFM”, en su Cláusula Quinta. - PRECIO DEL CONTRATO,
establece lo siguiente:
“5.1 El valor del presente contrato, que la entidad CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA, es la cantidad de VEINTE Y UN MIL SETECIENTOS VEINTE Y SEIS CON 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA ($ 21,726.00); SIN INCLUIR IVA., de conformidad con el acta de sesión de negociación realizada entre la Contratante y el Contratista. (…)”
Es así que, procede el pago de $ 21,726.00 (valor que no incluye IVA), una vez se firme el Acta Entrega Recepción Definitiva correspondiente al PRODUCTO 1 INFORME DIAGNÓSTICO y al PRODUCTO 2 INFORME DE SOLUCIÓN CONSTRUCTIVA.
DESCRIPCIÓN | VALOR | IVA | TOTAL |
PRODUCTO 1 INFORME DIAGNÓSTICO; y, PRODUCTO 2 INFORME DE SOLUCIÓN CONSTRUCTIVA | $ 21,726.00 | $ 2,607.12 | $ 24,333.12 |
CLÁUSULA QUINTA. - LIQUIDACION DE PLAZOS. –
El Contrato 08 - 2023 del Proceso de Contratación de Código CDC-MDMQ-FM-2023-01 para “CONSULTORIA ESTUDIO DE SUELO SALON DE USO MULTIPLE UEMFM”, en su Cláusula Octava. - PLAZO, establece lo siguiente:
“El plazo de ejecución del contrato será de 30 días, e inicia desde el día siguiente de la autorización por escrito del plazo por parte del Administrador del Contrato. Este plazo fue acordado mediante Acta de Negociación No. 005 de 4 de octubre de 2023, suscrita entre la MSc. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx y el Ing. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Consultor Invitado (…)”
FECHA FIRMA CONTRATO | 12 DE OCTUBRE DE 2023 |
FECHA NOTIFICACIÓN DE AUTORIZACIÓN DE INICIO | 12 DE OCTUBRE DE 2023 |
FECHA INICIO PLAZO CONTRACTUAL | 13 DE OCTUBRE DE 2023 (DÍA 1) |
FECHA DE VENCIMIENTO CONTRACTUAL | 11 DE NOVIEMBRE DE 2023 (DÍA 30) |
PRÓRROGAS DE PLAZO | NINGUNA |
FECHA SOLICITUD DE RECEPCIÓN | 10 DE NOVIEMBRE DE 2023 (DÍA 29) |
CLÁUSULA SEXTA. - CONSTANCIA DE RECEPCIÓN. –
Se realiza conforme el primer párrafo del Art. 81. - Clases de Recepción, de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, que indica:
“En los contratos de adquisición de bienes y de prestación de servicios, incluidos los de consultoría, existirá una sola recepción, que se producirá de conformidad con lo establecido en el contrato y tendrá los efectos de recepción definitiva. Producida la recepción se devolverán las garantías otorgadas, a excepción de la garantía técnica.”
Mediante Memorando Nro. GADDMQ-SERD-DMPPE-2023-00832-M de 07 de diciembre de 2023, el Arq. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxx, Técnico No Interviniente, se dirigió al Ing. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx, Administrador del Contrato, para remitir su Informe de Técnico No Interviniente donde en su conclusión y recomendación indica:
“Tras la verificación de los documentos entregados por el Consultor y a la petición del Ing. Xxxxxx Xxxx Administrador de Contrato, mediante Memorando Nro. GADDMQ-SERD-DMPPE-2023-00830-M de 7 de diciembre de 2023, respecto de la emisión del informe respectivo previa firma del Acta Entrega Recepción Definitiva; se indica que se reciben los documentos de la CONSULTORIA ESTUDIO DE SUELO SALON DE USO MULTIPLE UEMFM a entera satisfacción.
Se recomienda proseguir con la suscripción del Acta Entrega Recepción Definitiva y el pago del 100% en favor del Ing. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Consultor del código del proceso: CDC-MDMQ-FM-2023-01,
CONTRATO 08 – 2023, CONTRATACION DIRECTA: “CONSULTORIA ESTUDIO DE SUELO SALON DE USO MULTIPLE UEMFM””
Mediante Informe de Administrador DMPPE-AT-2023-35, el al Ing. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx, Administrador del Contrato, concluye y recomienda lo siguiente:
“Tras la verificación de los documentos entregados por el Consultor, el Informe de Técnico No Interviniente, es procedente la firma del Acta Entrega Recepción Definitiva, para posteriormente solicitar el pago en favor del Consultor del 100% del valor del contrato en razón de que se recibe la CONSULTORIA ESTUDIO DE SUELO SALON DE USO MULTIPLE UEMFM a entera satisfacción.
Se recomienda proseguir con la suscripción del Acta Entrega Recepción Definitiva y posteriormente solicitar el pago del 100% en favor del Ing. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Consultor.”
CLÁUSULA SÉPTIMA: CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES. –
Quienes suscriben la presente acta dejan constancia que “EL CONSULTOR”, ha cumplido con todas las obligaciones establecidas en el Contrato 08 - 2023 del Proceso de Contratación de Código CDC-MDMQ-FM- 2023-01 para “CONSULTORIA ESTUDIO DE SUELO SALON DE USO MULTIPLE UEMFM”.
Los productos entregados por el consultar con la presente Acta Entrega Recepción Definitiva se reciben a entera satisfacción.
CLÁUSULA OCTAVA. - GARANTÍAS. –
El contrato en la Cláusula Séptima. - GARANTÍAS establece: “No aplica por el monto, tampoco este contrato prevé anticipo; por lo tanto, no hay rendición de garantías.”
CLÁUSULA NOVENA: REAJUSTE DE PRECIOS. –
El contrato en la Cláusula Décima Primera. - DEL REAJUSTE DE PRECIOS establece: “El valor de este contrato es fijo y no estará sujeto a reajuste de precio por ningún concepto, por lo que el Consultor, expresamente renunció a cualquier reajuste de precios para la ejecución del presente contrato al haber entregado la comunicación correspondiente.”
CLÁUSULA DÉCIMA: ACEPTACIÓN. –
Por lo expuesto, el Administrador del Contrato, Técnico No Interviniente y Contratista, proceden a suscribir el Acta de Entrega Recepción Definitiva del Contrato 08 - 2023 del Proceso de Contratación de Código CDC- MDMQ-FM-2023-01 para “CONSULTORIA ESTUDIO DE SUELO SALON DE USO MULTIPLE UEMFM”. Para
constancia de lo actuado firman la presente Acta el día 7 de diciembre de 2023.
Firmado electrónicamente por:
XXXXXX XXXXXXX XXXX XXXXXX
Firmado electrónicamente por:
XXXXX XXXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXX
Ing. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx | Arq. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxx |
ADMINISTRADOR DE CONTRATO | TÉCNICO NO INTERVINIENTE Firmado electrónicamente por: SANTIAGO |
XXXXXX XXXXXXX Ing. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | |
CONSULTOR | |
RUC 1711429108001 |