PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA ADJUDICACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO DEL CONTRATO DE LOS SERVICIOS CONTABILIDAD, ASESORIA FISCAL Y LABORAL.
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA ADJUDICACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO DEL CONTRATO DE LOS SERVICIOS CONTABILIDAD, ASESORIA FISCAL Y LABORAL.
1ª OBJETO DEL CONTRATO.
Es objeto de este contrato privado la prestación de servicios de “Servicios de contabilidad, asesoría fiscal y laboral”.
2ª. CODIFICACIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO.
- Código CPA: 74.11.17 Otros servicios de asesoramiento e información jurídicos.
- Código CPV: 79200000-6 Servicios de contabilidad, de auditoría y fiscales.
3ª NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER MEDIANTE EL CONTRATO Y LOS FACTORES DE TODO ORDEN A TENER EN CUENTA.
El contrato satisfará las necesidades de servicios de Contabilidad, de asesoría fiscal y laboral, prestándose las actuaciones que específicamente se definen en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
4ª RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.
Este contrato privado se rige por el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, por el Manual de Instrucciones de Contratación de Bahía De Mazarrón Ingeniería Urbana 2007 S.L.U., Pliego de Prescripciones Técnicas, por la Ley 03/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público en adelante (TRLCSP), supletoriamente el resto de normas de derecho administrativo y en su defecto las normas de derecho privado.
5ª ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.
-El órgano de contratación será el Consejo de Administración de Bahía de Mazarrón Ingeniería Urbana 2.007, S.L.
6ª PERFIL DEL CONTRATANTE
El acceso público al perfil del contratante será a través de la página Web http: //xxx.xxxxxxxx.xx. y en el apartado de Ingeniería Urbana, Anuncios.
7ª PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN FORMULADO POR EL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y SU DISTRIBUCIÓN EN ANUALIDADES.
7.1.- El presupuesto base de licitación se fija en 58.080,00 € (IVA incluido) 7.2.- Impuesto sobre el Valor Añadido: 10.080,00 €.
7.3.- Valor estimado del contrato: 48.000,00 €.
8ª CRÉDITO PRESUPUESTARIO O EL PROGRAMA O RÚBRICA CONTABLE CON CARGO AL QUE SE ABONARÁ EL PRECIO.
Con cargo a la partida presupuestaria de Bahía de Mazarrón Ingeniería Urbana 2007, S.L.U.
9ª DURACIÓN DEL CONTRATO, CON DETERMINACIÓN Y EN SU CASO, DE LAS PRÓRROGAS
El plazo de duración del contrato se fija en treinta y seis meses (36) prorrogable otros veinticuatro
(24) meses más desde la formalización del contrato.
10ª TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE A EFECTOS DE LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
El expediente de contratación se tramitará por el procedimiento ordinario al no concurrir razones que hagan aconsejable su tramitación urgente.
11ª PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD.
Según Manual de Instrucciones de Bahía de Mazarrón Ingeniería Urbana 2007 S.L.U.
12ª MATERIA OBJETO DE NEGOCIACIÓN.
La valoración de ofertas se realizará con criterios exclusivamente económicos (a la baja).
13ª DOCUMENTACIÓN CON CARÁCTER CONTRACTUAL.
A todos los efectos, el contrato objeto del presente procedimiento negociado tiene la consideración de privado y se entiende celebrado a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario. Tendrán carácter contractual este Pliego, sus respectivos anexos, el pliego de prescripciones técnicas y el contrato que se formalice.
14ª DERECHOS Y OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LAS PARTES DEL CONTRATO.
Los derechos y obligaciones específicos del contrato serán los que dimanen de la oferta finalmente aceptada.
15ª CONTRATISTA. CAPACIDAD.
Los candidatos o los licitadores deberán acreditar su personalidad jurídica y capacidad de obrar. Cuando fueran personas jurídicas deberán justificar que el objeto social de la entidad comprende el desarrollo de todas las actividades que constituyen el objeto del contrato al que concurren. La acreditación se realizará mediante la presentación de los estatutos sociales inscritos en el Registro mercantil o en aquel otro registro oficial que corresponda en función del tipo de entidad social.
Igualmente los empresarios, de conformidad con lo establecido en el artículo 54 del TRLCSP deberán contar con la habilitación que sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituye el objeto del presente contrato.
a) El documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la solicitud de participación, en la forma siguiente:
-Documento Nacional de Identidad, o copia compulsada del D.N.I. cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, o copia compulsada de modificación en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial que fuera preceptivo.
-Cuando el solicitante actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, bastanteado por la Secretaría de la Corporación.
-Si varios empresarios formulan la solicitud constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
16ª CONTRATISTA. PROHIBICIÓN DE CONTRATAR.
Los candidatos o los licitadores no deberán estar incursos en ninguna de las causas de prohibición de contratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP en la fecha de conclusión del plazo de proposiciones. Tampoco deberán estar incursos en tal situación cuando se proceda a la adjudicación definitiva del contrato.
Para acreditar tal circunstancia deberán aportar la correspondiente declaración responsable en la que el empresario, su representante o apoderado, en su caso, deje constancia de tal requisito.
17ª CONTRATISTA. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA.
Los licitadores deberán acreditar su solvencia económica y financiera por uno de los dos medios a que se refiere el artículo 75 del TRLCSP, concretamente:
. Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.
18ª CONTRATISTA. SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL.
18.1.- Se acreditará por aquellos medios exigidos en el artículo 78.d del TRLCSP, concretamente:
- Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato, que deberá ser economista y graduado social.
18.2.- Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar el contrato, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios durante el tiempo en que sea necesario para ejecutar el contrato.
18.3.- Los empresarios se comprometerán a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello.
19ª CONTRATISTA. CLASIFICACIÓN.
No se exige.
20ª SOLICITUD DE OFERTAS.
20.1.- Por el Órgano de Contratación se solicitarán ofertas, al menos a tres empresas capacitadas para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible. En el expediente se deberá dejar constancia de las invitaciones cursadas.
20.2.- Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, no admitiéndose las variantes. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
21ª MODO DE PRESENTACIÓN DE LAS CANDIDATURAS O DE LAS PROPOSICIONES
Solo se admitirá la presentación de ofertas por escrito.
22ª PROPOSICIONES.
22.1.- Las proposiciones, acompañadas de la documentación que acredite la personalidad del interesado, su representación, en su caso, y los requisitos de solvencia, en los términos que se establecen en las cláusulas 17 y 18 del presente pliego, se presentarán, en la forma indicada en los apartados
siguientes, en el Registro de entrada del Ayuntamiento de Mazarrón, sito en X/ Xxxxx xxx Xxxxxxxxxxxx X/x xx Xxxxxxxx, 00000 Xxxxxx, en un plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente a la invitación y dirigidas a Bahía de Mazarrón Ingeniería Urbana 2007 S.L.U., con igual dirección que la mencionada en este párrafo.
22.2.- Los interesados podrán examinar los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas así como la documentación complementaria en las oficinas de Bahía de Mazarrón Ingeniería Urbana 2007 S.L., sitas en Xxxx Xxxxxxxx x Xxxxxx xx 0, 00000 Xxxxxxxx, Xxxxxx y en
w xx.xxxxxxxx.xx, Ingeniería Urbana, Anuncios.
23 ª CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES.
23.1.- Las proposiciones se presentarán en sobres cerrados, identificados en su exterior con indicación del procedimiento al que se concurra y el nombre y apellidos o razón social de la empresa interesada, números de teléfono y de fax, y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del interesado o persona que le represente. Los sobres deberán contener la documentación que se detalla a continuación.
23.2.- Sobre A: deberá tener el siguiente título: " SOBRE A: Documentación administrativa para participar en el procedimiento negociado para los servicios de Contabilidad, de Asesoría Fiscal y Laboral de Bahía de Mazarrón Ingeniería Urbana 2007 S.L.U.”.
El contenido del sobre, que deberá estar relacionado numéricamente en hoja independiente, deberá tener los requisitos que se señalan a continuación:
a) El documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la solicitud de participación, en la forma siguiente:
-Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, o de modificación en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial que fuera preceptivo.
-Cuando el solicitante actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, bastanteado por la Secretaría de la Corporación.
-Si varios empresarios formulan la solicitud constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
b) Los interesados deberán aportar la documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera, y técnica o profesional, de conformidad con lo señalado en las cláusulas 17 y 18 del presente Xxxxxx.
Las empresas que liciten en unión temporal, deberán acreditar individualmente los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica.
c) Declaración responsable del interesado otorgado ante el Órgano de Contratación de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 60 del TRLCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Para ser tenida en cuenta, dicha documentación, que deberá estar suscrita en su totalidad por el solicitante o ir acompañada de una relación de los documentos que la integran, firmada por el interesado declarando, bajo su responsabilidad, ser ciertos los datos aportados, reservándose la Administración la facultad de comprobar en cualquier momento su veracidad. La falsedad o inexactitud de tales datos provocará la desestimación de la proposición, así como la exigencia de las responsabilidades e indemnizaciones que de tal hecho se deriven.
Toda la documentación a presentar por los interesados habrá de ser documentación original o bien copias que tengan carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia, excepto el documento acreditativo de la garantía provisional, en su caso, que habrá de aportarse en original. Asimismo, los interesados presentarán su documentación en castellano.
Sobre B: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE B: Proposición económica para participar en el procedimiento negociado para los servicios de Contabilidad, de asesoría fiscal y laboral de Bahía de Mazarrón Ingeniería Urbana 2007 S.L.U.”. Su contenido será el siguiente:
Oferta económica redactada según el modelo Anexo 1 al presente pliego, sin errores o tachaduras que dificulten conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar las ofertas, y que, de producirse, provocarán que la proposición sea rechazada.
23.3.- Si algún licitador no aporta la documentación relativa a alguno de los criterios a que se refiere este apartado, o la misma no contiene todos los requisitos exigidos en los párrafos anteriores, la proposición de dicho licitador no será valorada respecto del criterio de que se trate.
23.4.- Los licitadores habrán de presentar sus proposiciones referidas a la totalidad de las prestaciones objeto del contrato.
23.5.- Cada licitador podrá presentar sólo una proposición en relación con el objeto del contrato, sin que se puedan presentar variantes o alternativas.
23.6.- El empresario que haya licitado en unión temporal con otros empresarios no podrá, a su vez, presentar proposiciones individualmente, ni figurar en más de una unión temporal participante en la licitación. El incumplimiento de esta prohibición dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas.
24ª PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
El plazo de presentación de proposiciones será el que se indique en los oportunos escritos de solicitud de ofertas a empresas competentes para la ejecución del contrato.
25ª LUGAR DE RECEPCIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
25.1.- Registro de Entrada del Ayuntamiento de Mazarrón, sito en C/ Plaza del Ayuntamiento de Mazarrón, y dirigidas a Bahía de Mazarrón Ingeniería Urbana 2007 S.L.U., Xxxxx xxx Xxxxxxxxxxxx x/x, 00000 Xxxxxxxx, Xxxxxx, o bien mediante envío por correo o mensajería, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío y comunicar en el mismo día al órgano de contratación, telex o telegrama, la remisión de la proposición. Dicha comunicación podrá también realizarse por correo electrónico, si bien este medio sólo será válido si existe constancia de su transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición en el caso que fuera recibida con posterioridad a la fecha y hora del plazo fijado en la carta de invitación.
No obstante, transcurridos diez días naturales desde la terminación del plazo, no será admitida ninguna proposición enviada por correo.
25.2.- La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por el empresario de la totalidad del contenido del presente pliego, sin salvedad alguna.
26ª FECHA DE EXAMEN DE LA DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LOS REQUISITOS DE CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES O CANDIDATOS.
26.1.- Concluido el plazo de presentación de proposiciones, habiéndose recibido todas las ofertas, el Órgano de contratación procederá a la apertura y verificación de la documentación administrativa presentada por los licitadores, en tiempo y forma, en el denominado Sobre A. Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los interesados, por teléfono o, en su defecto, por fax o correo electrónico a través de los medios que los licitadores hayan indicado en la “HOJA RESUMEN DATOS DEL LICITADOR A EFECTOS DE NOTIFICACIONES”, del Sobre A,
concediéndoles un plazo no superior a tres (3) días hábiles para su corrección o subsanación.
26.2.- Una vez calificada la documentación administrativa la Mesa, cuando proceda, determinará las empresas que se ajustan a los criterios de selección indicados en el presente Pliego. A estos efectos, se podrá recabar del empresario la presentación de documentación complementaria o aclaratoria de la ya aportada, lo que deberá cumplimentar en un plazo máximo de cinco (5) días naturales. Concluidos estos trabajos la Mesa realizará un pronunciamiento expreso sobre los admitidos a licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo.
27ª APERTURA DE LAS PROPOSICIONES ADMITIDAS.
27.1.- Posteriormente, se realizará el acto en el que se procederá a la apertura de las proposiciones admitidas (Sobre B), el día y hora que previamente se determine.
Este acto comprenderá las actuaciones que se indican en el artículo 151 del TRLCAP.
Antes de proceder a la apertura de las proposiciones económicas, se invitará a los licitadores interesados a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la Mesa a las aclaraciones y contestaciones pertinentes, pero sin que en este momento pueda aquélla hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas o el de corrección o subsanación de defectos u omisiones.
27.2.- Las ofertas que correspondan a proposiciones rechazadas, quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato y los sobres que las contengan no podrán ser abiertos.
El Órgano de Contratación declarará la adjudicación provisional, o declaración de desierto, en su caso, del procedimiento.
27.3.- De todo lo actuado conforme a los apartados anteriores, se dejará constancia en el Acta correspondiente en la que se reflejará el resultado del procedimiento y sus incidencias.
28ª OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS.
Las bajas en el precio superiores al 5% con respecto a la media aritmética de las ofertas presentadas serán consideradas bajas temerarias, a los efectos de cuanto establece el art. 152 del TRLCSP.
29ª VARIANTES O MEJORAS.
No se admiten variantes.
30ª CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
No se establecen.
31ª RENUNCIA O DESISTIMIENTO.
31.1.- Corresponde al Órgano de Contratación por razones de interés público debidamente justificadas renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.
32ª ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
32.1.-Adjudicación provisional
32.1.1.- El Órgano de Contratación, solicitará, si lo considera oportuno, los informes que estime convenientes y las ampliaciones o aclaraciones que considere necesarias, y acordará la adjudicación provisional del contrato en favor de la propuesta más económica, a excepción de que opte por declarar desierta la licitación. No podrá declararse desierta la licitación si existe alguna proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en este pliego.
El plazo máximo para efectuar la adjudicación provisional será de quince días a contar desde el día siguiente a la apertura de las ofertas económicas.
32.2. Requisitos previos para la adjudicación definitiva
32.2.1.- Acordada la adjudicación provisional del contrato se procederá a efectuar la correspondiente notificación al adjudicatario. Asimismo, se publicará la adjudicación provisional en el BORM o en el perfil del contratante, mediante un anuncio en el que se dé cuenta de la misma. Dicha adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato
32.2.2.- Efectuada la publicación, el adjudicatario dispondrá de quince días hábiles para aportar con carácter previo a la adjudicación definitiva del contrato la siguiente documentación:
1º.-Obligaciones tributarias.
a) Cuando se ejerzan actividades sujetas al Impuesto sobre Actividades Económicas: Alta, referida al ejercicio corriente, o último recibo, junto con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto.
b) Certificación administrativa acreditativa de:
-Haber presentado, si estuvieran obligadas, las declaraciones por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Impuesto sobre la Renta de no Residentes o el Impuesto sobre Sociedades, según se trate de personas o entidades sujetas a alguno de estos impuestos, así como las correspondientes declaraciones por pagos fraccionados, ingresos a cuenta y retenciones que en cada caso procedan.
-Haber presentado, si estuvieran obligadas, las declaraciones periódicas por el Impuesto sobre el valor Añadido, así como la declaración resumen anual.
-No tener con el Estado ni deudas de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo o, en el caso de contribuyentes contra los que no proceda la utilización de la vía de apremio, deudas no atendidas en periodo voluntario.
- Certificación acreditativa de no tener deudas tributarias con el Ayuntamiento de Mazarrón ni con la Seguridad Social.
a) Certificación Administrativa acreditativa de:
-Estar inscritas en el sistema de la Seguridad Social y, en su caso, si se tratare de un empresario individual, afiliado y en alta en el régimen que corresponda por razón de la actividad.
-Haber afiliado, en su caso, y haber dado de alta, a los trabajadores que presten sus servicios a la misma.
-Haber presentado los documentos de cotización correspondientes a las cuotas de Seguridad Social y, si procediese, de los conceptos de recaudación conjunta con las mismas, así como de las asimiladas a aquellas a efectos recaudatorios, correspondientes a los doce meses anteriores a la fecha de solicitud de la certificación.
-Estar al corriente en el pago de las cuotas o de otras deudas con la Seguridad Social.
b) No obstante, cuando la empresa no esté obligada a presentar las declaraciones o documentos a que se refieren los apartados anteriores, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable.
Las certificaciones administrativas exigidas en los apartados 1º y 2º tendrán una validez de seis meses a contar desde la fecha de su expedición.
3) Justificante del abono de los gastos por anuncios de adjudicación, si procede.
4) Cuando resulte adjudicataria una UTE, además de los documentos anteriormente indicados habrá de aportarse, dentro del mismo plazo, escritura pública de su constitución, CIF asignado a la Unión Temporal y nombramiento de representante o apoderado con poder bastante.
32.3.- Adjudicación definitiva
32.3.1.- La adjudicación provisional deberá elevarse a definitiva dentro de los diez días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo señalado en la cláusula anterior, siempre que el adjudicatario haya presentado la documentación señalada y constituido la garantía definitiva.
32.3.2.- Cuando no proceda la adjudicación definitiva del contrato al licitador que hubiese resultado adjudicatario provisional por no cumplir éste las condiciones necesarias para ello, antes de proceder a una nueva convocatoria la Administración podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo xx xxxx días hábiles para cumplimentar lo señalado en cláusula anterior.
33ª FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
33.1.- El contrato se formalizará en el plazo xx xxxx días hábiles, contados desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación, constituyendo título suficiente para acceder a cualquier registro público. El documento en que se formalice el contrato será, en todo caso, administrativo.
33.2.- A petición del contratista se elevará el contrato a escritura pública, siendo a su xxxxx los gastos de otorgamiento. En este caso, el contratista viene obligado a la entrega de una copia autorizada a la Administración contratante.
33.3.- Cuando por causas imputables al adjudicatario o adjudicatarios no pudieran formalizarse los contratos en el plazo señalado en la Cláusula anterior, Bahía de Mazarrón Ingeniería Urbana 2007 S.L.U. podrá acordar la resolución del mismo, previa audiencia del interesado, y cuando se formule oposición por aquél, informe del Consejo Jurídico de la Región xx Xxxxxx.
33.4.- En estos supuestos, Bahía de Mazarrón Ingeniería Urbana 2.007, S.L.U. podrá optar entre adjudicar el contrato al licitador o licitadores siguientes, por orden de calificación de sus ofertas o convocar una nueva licitación.
34ª REVISIÓN DE PRECIOS. FÓRMULA O ÍNDICE OFICIAL APLICABLE A LA REVISIÓN DE PRECIOS.
No procede la revisión.
35ª RÉGIMEN DE LOS PAGOS DEL PRECIO
35.1.-El contratista tiene derecho al abono, conforme a los precios convenidos, de los servicios real y debidamente ejecutados, a satisfacción de Bahía de Mazarrón Ingeniería Urbana 2.007, S.L.U.
35.2.-El pago del precio del contrato se efectuará tras la firma del acta de entrega definitiva de los trabajos y previa emisión de la oportuna factura, que deberá ser conformada por el servicio correspondiente, para su aprobación por Bahía de Mazarrón Ingeniería Urbana 2.007, S.L.U.
36ª GARANTÍAS Y RESPONSABILIDADES.
36.1.- Garantía Provisional y definitiva.
No es exigible según el artículo 6º del Manual de Contratación de Bahía de Mazarrón Ingeniería Urbana 2007 S.L.
36.2- Responsabilidad patrimonial por incumplimiento
En caso de incumplimiento por parte del concesionario de las obligaciones que les conciernen conforme al presente pliego, sus anexos, documentación complementaria y el correspondiente contrato y constituya o no dicho incumplimiento causa de extinción del contrato, se aplicará lo dispuesto a las citadas Cláusulas, anexos, documentación complementaria y contratos en cuanto a penalizaciones y pérdida de garantías constituidas. Todo ello sin perjuicio de la indemnización de daños y perjuicios que corresponda, la cual se hará efectiva contra las citadas garantías y el patrimonio de las personas físicas o jurídicas responsables.
37ª CAUSAS ESPECIALES DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
a) El incumplimiento por parte del contratista de la obligación de guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, salvo que Bahía de Mazarrón Ingeniería Urbana 2007 S.L.U. lo autorice expresamente.
b) El abandono por parte del contratista de la prestación objeto del contrato. Se entenderá producido el abandono cuando la prestación haya dejado de desarrollarse o no se desarrolle con la regularidad adecuada o con los medios humanos o materiales precisos para la normal ejecución del contrato en plazo. No obstante, cuando se dé este supuesto, Bahía de Mazarrón Ingeniería Urbana 2007 S.L.U., antes de proceder a la resolución, requerirá al contratista para que regularice la situación en el plazo de cinco días a contar desde el requerimiento salvo que su ejecución exija un plazo menor.
c) El incurrir el contratista, durante la vigencia del contrato en alguna de las prohibiciones de contratar previstas en el artículo 60 del TRLCSP o en supuesto de incompatibilidad, sin la obtención inmediata de la correspondiente resolución de compatibilidad.
d) Las reiteradas deficiencias en la ejecución del contrato.
e) El incumplimiento de alguno de los compromisos ofertados.
f) El incumplimiento del pago de los anuncios de adjudicación.
38ª PENALIDADES.
El Órgano de Contratación exigirá al contratista la subsanación de los defectos, insuficiencias técnicas, errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios que le sean imputables, otorgándole al efecto un plazo prudencial que no podrá exceder de un mes.
De persistir el incumplimiento en cuanto a la ejecución parcial de las prestaciones objeto del contrato, Bahía de Mazarrón Ingeniería Urbana 2.007, S.L.U, podrá optar indistintamente, por su resolución o por computar el tiempo requerido para las correcciones de los trabajos defectuosos o mal ejecutados a efectos de penalidades por retrasos.
39ª MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato podrá ser objeto de modificación de conformidad con lo previsto en el TRLCSP por razones de interés público debidas a necesidades nuevas o causas imprevistas debidamente justificadas. La tramitación de las modificaciones se ajustará a lo previsto para ello en el TRLCSP.
40ª RECEPCIÓN DEL CONTRATO.
La recepción del objeto del contrato se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 222 del TRLCSP.
En los supuestos en que la prestación realizada sea susceptible de recepción física la misma será efectuada mediante un acto formal y positivo que se expresará en acta extendida al efecto.
41ª PLAZO DE GARANTÍA DE LA PRESTACIÓN CONTRATADA.
A partir de este acto de recepción empezará el cómputo del período de garantía del contrato, que se fija en un mes.
42ª SUBCONTRATACIÓN.
No se podrán subcontratar las prestaciones objeto del presente contrato.
43ª INFORMACIÓN SOBRE LAS OBLIGACIONES RELATIVAS A LA FISCALIDAD, PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE, EMPLEO Y CONDICIONES LABORALES.
43.1.-El personal adscrito a los trabajos dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo.
43.2.-En general, el contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquél, o entre sus subcontratistas, y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir contra Bahía de Mazarrón Ingeniería Urbana 2.007, S.L.U. ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas pudieran imponerle los organismos competentes.
43.3.-En cualquier caso, el contratista indemnizará a Bahía de Mazarrón Ingeniería Urbana 2007 S.L.U, de toda cantidad que se viere obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones aquí consignadas, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.
44ª SEGUROS.
Sin contenido.
45ª INFORMACIÓN CONFIDENCIAL FACILITADA AL CONTRATISTA
El contratista estará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, salvo que Bahía de Mazarrón Ingeniería Urbana 2007 S.L.U, lo autorice expresamente.
46ª GASTOS DE PUBLICIDAD
El contratista estará obligado a tener suscrito un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños y perjuicios que se derivasen de negligencias u omisiones en el ejercicio de su actividad profesional con una cobertura mínima de 100.000 euros.
47ª PRERROGATIVAS
47.1.-El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato administrativo y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente podrá modificarlo y acordar su resolución, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el TRLCSP y demás disposiciones reglamentarias de desarrollo.
47.2.-Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, previo informe de los Servicios Jurídicos, en su caso, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución pondrán fin a la vía administrativa, y serán inmediatamente ejecutivos.
48ª JURISDICCIÓN.
El orden Jurisdiccional Civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del contrato, sometiéndose las partes, con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles, a la Jurisdicción de los Tribunales que corresponda a Mazarrón y Superiores Jerárquicos.
Xxxxxxxx, 16 de enero de 2.018
Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
Gerente
Anexo 1.
Modelo de proposición económica.
D/Xx. ………………………………………………………………………………………………… con residencia en calle
……………………………………………. nº …....de …………………….. provincia de ………………………… y con Documento Nacional de Identidad nº ……………………….. enterado del procedimiento negociado para la adjudicación del contrato de servicios de contabilidad y asesoría fiscal y laboral a Bahía de Mazarrón Ingeniería Urbana 2007 S.L.U., y enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para dicha adjudicación, se compromete en nombre (propio o de la empresa que representa) a tomar a su cargo la ejecución de los trabajos, con estricta sujeción a los requisitos exigidos (pliego de cláusulas administrativas particulares y pliego de prescripciones técnicas) de acuerdo con las condiciones ofertadas y por la siguiente cantidad.
Principal | IVA | Total | |
En cifra | € | € | € |
En letra |
Lugar, fecha y firma del ponente.