ORIGEN DE LOS FONDOS: GOES ARRENDANTE: LUCELEC, S.A. DE C.V.
XXXXXXXX XX XXXXXXXX Xx. 00/0000
“ARRENDAMIENTO DE INMUEBLE PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA OFICINA DEPARTAMENTAL DE LA LIBERTAD”
ORIGEN DE LOS FONDOS: GOES ARRENDANTE: LUCELEC, S.A. DE C.V.
Nosotros, XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX,
I
en mi calidad de Apoderada General Administrativa y Judicial del INSTITUTO SALVADOREÑO PARA EL DESARROLLO DE LA MUJER, Institución Oficial
Autónoma de Derecho Público, de este domicilio, con Número de Identificación Tributaria
personería compuesta por la documentación siguiente: a) Decreto Legislativo número seiscientos cuarenta y cuatro, en el que se decreta la ley del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer y publicada en el Diario Oficial número cuarenta y tres, Tomo trescientos treinta, de fecha uno xx xxxxx de mil novecientos noventa y seis, por medio de la cual fue creado el mencionado Instituto; b) Testimonio de la Escritura Pública de Poder General Administrativo y Judicial con Cláusula Especial, otorgado ante los oficios notariales de Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, a las catorce horas del día veintiséis xx xxxxxx del año dos mil catorce, por la Presidenta de la Junta Directiva del Instituto, XXXXX XXXXXXX XXXXXXX, a favor de la Licenciada XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, por medio del cual la faculta, para que en nombre del Instituto, pueda comparecer a celebrar Contratos como el presente, en dicho Poder se encuentra relacionada la existencia legal del Instituto y la calidad con la cual compareció la otorgante en nombre del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer, a suscribir el mencionado Poder; quien en este instrumento me denominaré "El Arrendatario " o "el Instituto”; y por otra parte el señor, XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX,
actuando en calidad de Administrador Único Propietario y Representante Legal de la sociedad XXXX XXXXXX ELECTRICISTAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse LUCELEC, S.A. DE C.V., con Número de Identificación Tributaria cero seis uno cuatro – uno dos uno dos cero ocho – uno cero dos - uno, de nacionalidad Salvadoreña, del domicilio de Santa Tecla, departamento de La Libertad, calidad que compruebo mediante: a) Testimonio de Escritura Pública de Constitución de la sociedad LUCELEC, S.A. DE C.V., otorgada en la Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx el día doce de diciembre de dos mil ocho, ante los oficios notariales xx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxx; la cual se encuentra inscrita en el Registro de Comercio al número CUATRO del Libro DOS MIL CUATROCIENTOS UNO del Registro de Sociedades, del Folio once al folio veinticuatro de la cual consta que su denominación, nacionalidad, naturaleza, y domicilio son los antes expresados, que el plazo es indeterminado; y en la cláusula vigésima tercera consta que la representación legal de la Sociedad corresponderá al Administrador Único Propietario, pudiendo celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos o contratos con entera libertad dentro del giro ordinario de los negocios; b) Credencial de Elección de Administrador Único Propietario y Suplente de la sociedad LUCELEC, S.A. DE C.V., inscrita en el Registro de Comercio al número CIENTO UNO del libro TRES MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO del Registro de Sociedades, del Folio cuatrocientos veinte a folios cuatrocientos veintiuno, de la cual consta la certificación del punto de acta número nueve asentada en el libro de actas de Junta General de Accionistas que legalmente lleva la sociedad, celebrada en la Ciudad de Nueva San Xxxxxxxx, a las quince horas del día nueve de diciembre de dos mil trece en la cual consta que en el punto ÚNICO se acordó elegir la Administración de la sociedad, habiendo sido electo para el cargo de Administrador Único Propietario de la Sociedad el señor XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX y como suplente al señor XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX para el período de CINCO años, contado a partir de la inscripción en el Registro de Comercio de dicha Credencial la cual se encuentra vigente a la fecha, por lo cual estoy plenamente facultado para otorgar actos como el presente; quien en este
instrumento me denominaré “La Arrendante”, y en las calidades antes expresadas, MANIFESTAMOS: Que hemos acordado otorgar la Prórroga al Contrato Número 04/2017 denominado “ARRENDAMIENTO DE INMUEBLE PARA XX XXXXXXXXXXXXXX XX XX
XXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXXXX”; de conformidad a la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, que en adelante se denominará LACAP, su Reglamento que en adelante se denominará RELACAP y a la CLÁUSULA XV) PRÓRROGA: Previo al vencimiento del plazo pactado, el presente contrato podrá ser prorrogado de conformidad a lo establecido en el artículo ochenta y tres de la LACAP y setenta y cinco del RELACAP; en tal caso,
se deberá modificar o ampliar los plazos y montos de la Garantía de Cumplimiento de Contrato; debiendo emitir El Arrendatario la correspondiente resolución de prórroga, la prórroga solicitada por la Administradora del Contrato, obedece a las Cláusulas III) FUENTE DE LOS RECURSOS, PRECIO Y FORMA DE PAGO y IV) PLAZO DE CONTRATO Y VIGENCIA, detalladas de la
siguiente manera: a la Cláusula III) FUENTE DE LOS RECURSOS, PRECIO Y FORMA DE PAGO: Las obligaciones emanadas del presente instrumento serán cubiertas con cargo a GOES, para lo cual se ha verificado la correspondiente asignación presupuestaria. El Contratante hace constar que el importe del presente Contrato se hará con aplicación a la ejecución presupuestaria del año 2018 o la prórroga del presupuesto 2017. El Arrendatario se compromete a cancelar a La Arrendante la cantidad de DIECISIETE MIL SEISCIENTOS VEINTIOCHO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 17,628.00), incluyendo el impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la prestación de Servicios. Los pagos se realizarán por medio de DOCE cuotas mensuales, vencidas, fijas y sucesivas de UN MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
(US$1,469.00), a la cantidad correspondiente de los cánones de arrendamiento se le deducirá el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y Prestación de Servicios y a la cantidad neta resultante se le efectuará una retención directa del uno por ciento, según manda el Artículo ciento sesenta y dos del Código Tributario; dichos pagos serán cancelados en un período de sesenta días contados a partir de la fecha en que el Instituto reciba: Factura de Consumidor Final. En caso xx xxxx en el pago de los cánones de arrendamiento, La Arrendante concede al Instituto hasta DOS meses de plazo para ponerse al día, siempre y cuando las cuotas en xxxx sean consecutivas y el retraso del pago sea originado por causas no imputables al instituto; en caso contrario, se dará por terminado el presente contrato y el Instituto desocupará el inmueble al finalizar el segundo mes xx xxxx, con la obligatoriedad del pago de los cánones no cancelados hasta el día de la desocupación. El Instituto hace constar que el importe del presente Contrato se hará con aplicación a la Programación de Ejecución Presupuestaria del Ejercicio Fiscal del Año Dos Mil Dieciocho; y a la Cláusula IV) PLAZO DE CONTRATO Y VIGENCIA: El plazo de ejecución de las obligaciones emanadas del presente contrato de arrendamiento será de DOCE MESES CALENDARIO. La vigencia del presente contrato es de enero a diciembre, para el funcionamiento de la Oficina Departamental de La Libertad; y en función del incremento, la Cláusula V) GARANTÍAS: Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato La Arrendante otorgará a favor del Gobierno de El Xxxxxxxx Instituto Salvadoreña para el Desarrollo de la Mujer, Garantía de Cumplimiento de Contrato: de conformidad al artículo treinta y cinco de la LACAP, equivalente al diez por ciento del valor contratado; la cual deberá de exceder 60 días posteriores a la
vigencia del contrato y deberá entregarse a la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer, dentro de los quince días hábiles después de la recepción de un ejemplar del contrato debidamente legalizado. La presente prorroga se emite con base a la opinión técnica, análisis y recomendación de Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxx Administradora de Contrato, nota de aceptación del contratista y Resolución Razonada Número DE 145/2017, emitida por el Titular, el día diecinueve de diciembre del dos mil diecisiete, se prorrogó el contrato Número 04/2017 en los términos descritos anteriormente. La presente prórroga al contrato antes mencionado, no altera de manera alguna los efectos, términos, naturaleza del mismo y demás condiciones pactadas. Así nos expresamos los comparecientes, quienes enterados y conscientes de los términos y efectos legales de la presente prórroga de contrato, la cual queda incorporado al contrato que se prórroga y forma parte integral del mismo, juntamente con los documentos que la generan. En fe de lo cual firmamos en tres ejemplares, en la ciudad de San Salvador, el día tres de enero de dos mil dieciocho.
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx El Arrendatario | Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx La Arrendante |