Artículo 1º.- Definición y alcance.
Casino Gran Los Angeles S.A.
Reglamento del Fondo Comunitario de Propinas
Artículo 1º.- Definición y alcance.
Las partes signatarias del presente Reglamento concuerdan en que la propina consiste en la donación, aporte espontáneo o liberalidad que realiza un tercero (público) ajeno a la relación laboral, sin intervención alguna del empleador, como demostración de satisfacción o conformidad con el servicio prestado por la empresa y sus dependientes, y/o como consecuencia del uso social en el tipo de actividad que explota CASINO GRAN LOS ANGELES.
Los empleados comprendidos en el presente Reglamento percibirán además de los rubros y adicionales remuneratorios establecidos en los artículos pertinentes de sus respectivos contratos laborales en las condiciones, términos y forma de cálculo allí previstos, propina que surgirá de la participación en el FONDO COMUNITARIO DE PROPINA (en adelante F.C.P.), en los términos y condiciones que a continuación se disponen. El sistema de explotación de la actividad, su organización y medios disponibles a tal fin, hace que ese concepto se genere en virtud de la acción empresaria y del trabajo de los empleados, con diferente grado de participación, directamente afectados a los Sectores de producción determinados en el Artículo 3 del presente Reglamento.
Las partes coinciden que se recaudaran los aportes del cliente con destino al F.C.P., en los términos y condiciones convenidas en el “Procedimiento de aplicación para la operación con Propinas”, el cual es parte integrante del presente Reglamento.
Se considera que la propina no es generada por un trabajador en particular, sino por el conjunto de los trabajadores directamente afectados al personal de juego, según surge del Artículo 3 del presente Reglamento, toda vez que estos van rotando entre sí tanto en los turnos asignados, como en los diferentes juegos o sectores en que deben laborar en una misma o distinta jornada de trabajo, y aún en los períodos de descanso dentro de una misma jornada de trabajo.
En razón de lo expuesto, es que resulta útil e imprescindible la creación de un Fondo, al cual serán dirigidos la totalidad de los aportes de los clientes con destino al Fondo de propina.
Conformado el fondo denominado FONDO COMUNITARIO DE PROPINA (F.C.P.) se distribuirá entre el personal alcanzado, teniendo en cuenta lo establecido en el Artículo 4 de este Reglamento y según asistencia a su puesto de trabajo en el mes a distribuir.
Luego de las consideraciones precedentemente convenidas, se establece el siguiente sistema de administración, fiscalización, participación, percepción, liquidación y rubros que regirán el funcionamiento del nuevo sistema de repartición de la propina.
Artículo 2º.-Administración y Fiscalización del F.C.P.
2.a) Administración directa de los recursos ingresados al fondo comunitario de propinas:
1.- La administración del Fondo Comunitario de Propinas estará a cargo de la Empresa. Los delegados del personal que participa del F.C.P. tienen el derecho de fiscalizar el conteo de la recaudación diaria del F.C.P., en los términos y condiciones que se explicitan en el presente Reglamento.
2.- Es obligación de la Empresa publicar diariamente, por el medio que oportunamente esta dispondrá, la recaudación obtenida en concepto de F.C.P. del día inmediato anterior, así como la evolución mensual del fondo aportado por los clientes.
3.- Las cajas que contienen los aportes de los clientes destinados al F.C.P. serán recolectadas por personal de seguridad al final de cada sesión, conjuntamente con la recolección de las cajas de dinero de las mesas.
4.- Concluida la recolección se asegurará el carro donde estén ubicadas las cajas que contienen los aportes de los clientes destinados al F.C.P., y este será transportado a un sector de espera controlada.
5.- Antes de iniciar el conteo de las cajas de dinero de las mesas de juego, se dará comienzo al conteo de las cajas que contienen los aportes de los clientes destinados al F.C.P. dentro del sector de conteo o bóveda. La tarea del conteo de los aportes de los clientes destinados al F.C.P. será efectuada por personal de la empresa con la fiscalización por uno de los representantes de los trabajadores en la empresa (delegado de personal en actividad) en las condiciones y términos que surgen del Artículo 2.b del presente Reglamento.
6.- La metodología de conteo a aplicar será la misma que se utiliza en el recuento de fichas americanas de mesas de juego. De haber efectivo en las cajas de propina de Tesorería Operativa o Máquinas xx xxxx, se clasificará y contará de igual manera que el efectivo de una caja de dinero.
7.- Los valores serán imputados en un formulario único para cada mesa y área y será validado con la firma del personal de conteo interviniente.
8.- El resultado de la recaudación del F.C.P., será informado a los interesados conforme lo expuesto precedentemente.-
9.- La recaudación en fichas del F.C.P., será cambiada por dinero efectivo que sale de la caja principal. Un jefe de recuento o asistente de recuento, será el encargado de realizar esta transacción y de depositar este dinero en la cuenta interna especial. La misma será administrada por el jefe de caja o jefe xx xxxxxx y fiscalizada por el delegado del fondo comunitario de propina. La cuenta interna especial se encontrará en la bóveda dentro de una caja con llave.
10.- La recaudación del F.C.P. a los efectos de su contabilización para su posterior liquidación y distribución al personal participante, se efectuará desde el primer día de cada mes y hasta el último día del mes que corresponda.
11.- La liquidación y pago de la propina, una vez desafectada la porción de participación en el F.C.P. que corresponda a cada empleado, será efectuada por cada jefe de área, dentro de las dependencias del Casino, en forma separada a la remuneración mensual correspondiente a cada trabajador, dentro de los primeros cinco días del mes siguiente que le corresponda liquidar.
12.- La empresa efectuará las deducciones convenidas del F.C.P. a los fines correspondientes según lo establecido en el artículo 5 del presente reglamento.
13.- Las cajas de propinas son en total doce (12).
Se encuentran ubicadas en los siguientes sectores:
1. Área de mesas de juegos
• Una caja de propina por cada mesa de juego. Total diez (10)
2. Área de Bingo
• Una caja de propina sobre la mesa de control. Total uno (1)
3. Área de maquinas xx Xxxx
• No posee caja de propina, toda propina recibida en este sector será presentada en la ventanilla de atención al público de la caja principal e ingresada en la caja de propina de ese sector.
4. Área de Tesorería Operativa
• Una caja de propina sobre el mostrador de ventanillas de atención al público principal. Total uno (1)
2.b) Fiscalización de los ingresos del FCP.
1.- La fiscalización estará a cargo del delegado o al que se designe en reemplazo entre todo el personal que recibe propina según este reglamento.
2.- Sin perjuicio de ello se conviene que las tareas de fiscalización diarias serán cumplidas por tan solo un representante. Es decir, no podrán coincidir dentro del Sector de Conteo más de un representante al momento del conteo de la recaudación del F.C.P.
3.- Por todo lo expuesto, se conviene expresamente que no podrán realizar tareas de fiscalización otros trabajadores que no sean los delegados designados y que actualmente se encuentran en funciones o que se encuentren oportunamente.
4.- La tarea de fiscalización consiste en la participación del conteo de las mismas y confección de planillas vinculadas.
5.- El ejercicio diario de las tareas del fiscalizador culminará una vez que le sean entregados, por parte del Jefe o Asistente de recuento, el formulario correspondiente al total de la recaudación diaria, firmada por todos los participantes de este conteo. A la vez, esta información estará disponible en departamento de vigilancia.
6.- Asimismo, los delegados podrán requerir a la Empresa toda la información referida a los montos que se depositen en la cuenta interna, las planillas de ausentismo y toda la información que la empresa deba publicar en relación directa al FCP.
Artículo 3º.- Condición para su percepción. Sectores y Categorías que participan.
El sólo hecho de desempeñarse, el empleado, en alguno de los sectores y categorías a que se refiere este Reglamento, les otorga el derecho a participar en el Fondo Comunitario de Propinas, de acuerdo a los parámetros que se describen a continuación:
3. a.-Sectores Comprendidos:
1. Mesas de Juego
2. Máquinas xx Xxxx
3. Bingo
4. Tesorería Operativa
5. Seguridad.
3. b.- Categorías Comprendidas por Sector
3. b.1.- Mesas de Juego
• Croupier
• Croupier/Jefe xx Xxxx
• Jefe xx Xxxx
• Jefe xx Xxxx/Jefe de Sección
• Jefe de Sección
• Gerente de Turno de Mesas de juego
• Director de Mesas de juego.
3. b.2.- Máquinas xx Xxxx
• Controlador
• Técnico
• Jefe Técnico
• Jefe de Sección
• Asistente de Director de Máquinas xx Xxxx
• Director de Máquinas xx Xxxx
3. b.3. Bingo
• Cajero
• Locutor
• Jefe xx xxxx
• Director de Xxxxx
3. b.4.- Tesorería Operativa
• Cajero
• Cambista
• Asistente xx Xxxxxx
• Asistente de recuento
• Oficial de cambio
• Jefe xx Xxxxxx
• Jefe xx xxxxx
• Jefe de cambio
• Jefe de recuento
• Director de Tesorería operativa.
3. b.5.- Seguridad
• Agente de seguridad
• Supervisor de seguridad
• Director de Seguridad
Artículo 4º.- Sistema de participación en el FCP.
Los dependientes incluidos en los Sectores y Categorías mencionados en el Artículo 3ro. del presente Reglamento, participarán del F.C.P., conforme al siguiente puntaje:
a) Puntos por Sector y categoría:
Mesas de Juegos | Tesorería Operativa | Máquinas xx Xxxx | Seguridad | Bingo | |||||
Cargo | Ptos | Cargo | Ptos | Cargo | Ptos | Cargo | Ptos | Cargo | Ptos |
Croupier | 25 | Cajero | 20 | Controlador | 20 | Agente de seguridad | 20 | Cajero | 20 |
Croupier/Jefe xx Xxxx | 30 | Cambista | 20 | Técnico | 20 | Supervisor de seguridad | 25 | Locutor | 20 |
Jefe xx xxxx | 35 | Oficial de cambio | 20 | Jefe técnico | 30 | Asistente de Director de seguridad | 10 | Jefe xx Xxxx | 20 |
Jefe xx xxxx/JS | 40 | Asistente xx Xxxxxx | 20 | Jefe de Sección | 30 | Director de Seguridad | 5 | Director Bingo | 30 |
Jefe de Sección | 45 | Asistente de recuento | 20 | Asistente de Director de Máquinas xx xxxx | 10 | ||||
Gerente de Turno de mesas de juego | 30 | Oficial de cambio | 20 | Director de Máquinas xx xxxx | 5 | ||||
Director de Mesas de Juegos. | 5 | Jefe xx Xxxxxx | 30 | ||||||
Jefe xx xxxxx | 30 | ||||||||
Jefe de cambio | 30 |
Jefe de recuento | 30 |
Director de Tesorería Operativa | 5 |
Importante: El cálculo de los puntos de los trabajadores Part Time de cada área, se obtendrá según las horas trabajadas mensualmente, en base a la tabla superior según el cargo de un Full Time.
Ejemplo
Croupier Full-time: 25 puntos, esto corresponde a 180 horas mensuales, que son las 45 horas trabajadas semanalmente por 4 semanas mensuales.
Croupier Part-time: Para este cálculo se requiere saber las horas trabajadas mensualmente, esta cantidad de horas se multiplica por el puntaje base de un croupier Full-Time (25 puntos), el resultado se divide por las 180 horas que trabaja mensualmente un croupier full-time. Por ejemplo si un part-time trabaja 60 horas al mes, el cálculo del punto es:
(60 x 25) / 180 = 8,3 puntos part-time, esta cantidad se multiplica por el valor del punto del grupo.
Se deja expresa constancia que a los fines de la distribución del fondo comunitario de propinas se tendrá en consideración la categoría registrada por el trabajador, aún en el supuesto de que cumpliera tareas en reemplazos transitorios.
El personal nuevo ingresante a la empresa que participa en algunos de los sectores que están enumerados en el presente reglamento, participará con el 50% del puntaje mínimo correspondiente a su categoría durante los primeros tres meses, cumplido ese plazo, participará por el total correspondiente a su categoría.
b) Asignación de puntaje al personal de juegos
Para el cálculo del puntaje individual de cada empleado participante del F.C.P., se tendrá en cuenta la antigüedad en el sector que le otorga, en cada caso, derecho a participar del mismo y la calificación propia de la función asignada en el área correspondiente.
El aumento del puntaje individual por antigüedad de cada trabajador será de 1,0 puntos anual, hasta alcanzar un total de 5 puntos máximo asignados por antigüedad.
Los aumentos de puntaje por antigüedad tendrán lugar el 1° de enero de cada año. Para el aumento anual del puntaje individual, se tendrá en cuenta la fecha de ingreso del trabajador participante, teniendo derecho al aumento de sus puntos si su fecha efectiva de ingreso fuera anterior al 30 de septiembre de cada año.
El primer cambio de puntaje individual, de acuerdo a las cláusulas anteriores, se efectuará el 1 de enero de 2009.-
Los aumentos de puntaje por calificación de la función asignada, tendrán validez una vez se haga efectivo su nuevo cargo luego de los 3 meses a prueba en su nueva función.
En caso de un cambio de funciones -por pedido del interesado o decidido por la empresa pero consentido expresamente por el empleado- a un Sector de Trabajo distinto a los contemplados en el presente Reglamento, ya sea en forma definitiva o transitoria, éste concepto dejará de percibirse.
Tendrán derecho a participar del F.C.P. exclusivamente, todo el personal mencionado en este Reglamento.
Mensualmente se podrá otorgar 10 puntos de propina o premio, para el o los empleados que se hayan destacado en el desempeño de sus funciones. La designación de las personas destacadas dependerá de una reunión con el Director General de Juegos y los Directores de cada área.
Artículo 5°.- Distribución individual del F.C.P.
Con el objetivo de incrementar los aportes de clientes al F.C.P., resulta necesario que la totalidad de las mesas de juego necesarias para la prestación de un servicio óptimo al cliente se encuentren abiertas y en funcionamiento, para lo cual se requiere obtener el menor nivel de ausentismo posible.
a.- Cálculo de días para pago propina
Al número de los días del mes (28, 29, 30 ó 31 días según corresponda) se sumará la cantidad de días viernes, xxxxxxx, Xxxxxxxx y días feriados presentes en el mes, el resultado será los días totales del mes.
(Ej.: 30 días + 5 Viernes + 4 Sábados + 4 Domingos + 1 día Feriado = 44 días totales)
La cantidad de puntos designado por categoría-cargo, se divide por los días totales del mes como base fija (Ej.: 44 días) y se multiplican por los días totales descontándose 1 día por cada día que faltó si es lunes, martes, miércoles o jueves y 2 días si faltó un día viernes, xxxxxx, xxxxxxx o feriado, los descuentos a realizar se detallan en el artículo 5° b. En el caso que un trabajador falte por motivos de licencias médicas, fallas, días de permisos, etc., se descontará cada viernes, xxxxxx, xxxxxxx y festivos que hubiere estado ausente.
Si un trabajador se incorpora a la empresa después que comienza el mes o se retira antes de que éste termine, el cálculo de los días será proporcional a la cantidad de días de antigüedad. Para el cálculo de los días totales se sumará a la cantidad de días todos aquellos viernes, xxxxxx, xxxxxxx y feriados que se encuentren dentro del período de antigüedad.
La sumatoria del puntaje individual del conjunto de los empleados a la fecha de la distribución representa el puntaje general.
Para obtener el valor de un punto, o sea su valor en dinero, se realizará el siguiente cálculo:
El total de dinero a distribuir se dividirá en porcentajes por grupo, tal cual se detallan a continuación:
1. Mesas de Juego 60%
2. Máquinas xx Xxxx
3. Bingo 30%
4. Tesorería Operativa
5. Seguridad. 10%
El valor del punto se calculará en base al puntaje general por grupo (suma de todos los puntajes individuales) dividido por el total de dinero, por lo tanto, cada grupo tendrá el punto con un valor distinto.
Ejemplo:
Total de dinero a distribuir: $ 11.049.827.-
1.-Mesas de Juego, le corresponde un 60%: $ 6.629.896.-a distribuir.
$ 6.629.896.- / 847 puntos (suma de todos los puntajes individuales) = $ 7.826.- valor del punto.
2.-Máquinas xx Xxxx, Bingo y Tesorería Operativa, les corresponde un $ 30%: $ 3.314.948.- a distribuir.
$ 3.314.948.- / 498 puntos (suma de todos los puntajes individuales) = $ 6.656.- valor del punto.
3.-Seguridad, le corresponde un 10%: $ 1.104.983.- a distribuir.
$ 1.104.983.- / 373 puntos (suma de todos los puntajes individuales)= $ 2.962.- valor del punto.
El importe nominal asignado a cada empleado participante sobre el monto de distribución, será el resultado de multiplicar el valor del punto por la cantidad de puntos personales, asignados previamente. Este cálculo se hará mensualmente.
b.- Descuento de días por cálculo de propina
Se descontaran días de propina a los trabajadores en las siguientes circunstancias:
1. Un día de descuento por cada día de falta justificada.
2. Un día de descuento por cada día de falta injustificada en los días desde el lunes hasta el jueves.
3. Dos días cada día de falta injustificada en los días viernes, xxxxxxx, Xxxxxxxx o feriados.
4. Descuento de tantos días cuantos sean los días de suspensión.
5. Un día de descuento si el empleado se reportará al trabajo tarde (cada tres veces o una vez al día si éste llegara más de 15 minutos tarde).
c.- Pago Normal de días por cálculo de propina Se pagarán normalmente los días de propina:
1. En los días libres correspondientes a cada trabajador.
2. En los días de vacaciones.
3. En los meses que corresponde por licencia pre y post natal.
4. En los días que esté desempeñando comisiones de servicios encargadas por la empresa.
5. En los días que esté realizando curso de capacitación.
6. En los días que este de baja médica por fractura en miembros inferiores o superiores con presentación de certificado médico.
7. En los días que el trabajador goce de licencia médica por accidente laboral o de trayecto, acreditado con documento emitido por la Mutual de Seguridad.
Una vez efectuados todos los procedimientos precedentemente descriptos y obtenidos el valor final de la participación de cada trabajador participante en el F.C.P., dicha participación se convierte, recién en ese acto o instante, en propina.
Artículo 6°.- Procedimiento de elección de delegado.
a. Los candidatos que se presenten a elección para delegado del Fondo de Propinas del Casino serán los representantes de los demás trabajadores y sus intereses deberán ser consensuados con sus compañeros. Para la segunda elección deberán tener una antigüedad de al menos seis meses.
b. Las personas que sean miembros de FCP por votación oral o escrita propondrán a los candidatos que más los representen, también podrán en forma voluntaria declararse como candidatos para llegar a ser el delegado oficial.
c. Para ejercer el derecho a voto que le corresponde a cada trabajador miembro del FCP, deberá ser un trabajador de la empresa y su presencia oportuna a la reunión de elección del delegado.
d. La elección del delegado se hará dentro de las dependencias de la empresa, en el día, hora y lugar fijado anticipadamente y comunicado a todos los miembros y trabajadores de la compañía. Puede ser por correo electrónico, en un fichero público, etc.
e. Las personas que se encuentren en su día libre o que tengan distinto turno de trabajo, tendrán la opción de presentarse voluntariamente en el lugar de votación fijado para ejercer su derecho a sufragio entendiendo que dicha presencia no tendrá remuneración alguna de parte de la compañía.
f. El voto es libre, secreto, personal y directo. Se depositará la papeleta que corresponda en la urna de elección, la cantidad de votos será limitado dependiendo el número de participantes; quiere decir que habrá un sólo voto para cada persona. Los votos estarán anticipadamente impresos con el nombre de los candidatos. Cada votante tendrá que señalar la opción que más sea de su preferencia.
g. Se puede votar a tres candidatos, a dos, a uno, se puede votar nulo o en blanco. Cualquier voto con enmendaduras, borrón o que no sea 100 % legible se considerará como nulo. La validez del voto será convalidada por las tres personas que conforman la mesa electoral, por mayoría simple. El delegado sustituto surgido del acto eleccionario anterior será el encargado de recibir los reclamos derivados de los votos que la mesa electoral considere nulos.
h. En esta elección se elegirá al delegado y a dos sustitutos para reemplazar al delegado en caso de ausencia por licencia médica o vacaciones.
i. La mesa electoral que es la que soporta la urna donde se depositan los sufragios o votos, es quién vigila el proceso electoral, preside la votación, realiza el escrutinio, levanta el acta correspondiente. Los miembros de la mesa electoral serán tres. El Director General de Juegos designará un presidente xx xxxx, éste será elegido entre los Directores de Área, responsable del cumplimiento de este reglamento y transparencia del proceso, y un secretario, de Recursos Humanos de la empresa, responsable del conteo de votos y redacción del acta de constitución del fondo comunitario de propina. El tercer miembro será un auditor, siendo este, el último delegado votado del fondo comunitario de propina, responsable del correcto conteo de votos. En su ausencia, el Director General de Juegos elegirá a una persona que sea parte del personal de Gran Casino Los Ángeles.
j. El proceso de votación tendrá una hora de duración exacta o se entenderá terminada cuando todos los trabajadores ya hayan votado, se entiende que la votación debe ser bajo ningún tipo de presión o influencia, éste debe ser libre y voluntario. Una vez que concluya el proceso de votación el encargado de la mesa electoral en presencia de todos los miembros presentes procede al recuento de los votos donde con la ayuda de un secretario presenta en forma pública el avance de las votaciones. Luego se informa en forma oficial el delegado designado y elegido. Una copia de la nómina en que conste la firma de cada una de las personas correspondientes al personal de juegos, deberá ser remitida a la Superintendencia, en señal de conocimiento y recepción del reglamento de propina.
k. Para que la asamblea de elección sea válida se requiere la participación mínima del 50 % de los miembros incluidos en FCP.
l. El delegado y los sustitutos elegidos serán los que obtengan la mayor cantidad de votos en orden de puntaje, y durarán un año en el cargo, pudiendo ser reelegido solo uno de ellos y por una sola vez. Ningún delegado y/o sustituto, podrá durar más de dos periodos consecutivos en su cargo.
m. En caso de que se presenten voluntariamente para ocupar las funciones de delegado y sustitutos, que estos no sean más de tres y que no hayan objetantes, estos quedaran designados en sus funciones sin necesidad de ir a votación.
Artículo 7º.-Procedimiento de modificación del reglamento del FCP.
a. Se convocará a votación a todo el personal que participa del F.C.P mediante afiches en lugares visibles, correo electrónico, etc. indicando día, hora y lugar de votación.
b. La votación se hará dentro de las dependencias de la empresa. Las personas que se encuentren en su día libre, tendrán la opción de presentarse voluntariamente en el lugar de votación fijado para ejercer su derecho a sufragio entendiendo que dicha presencia no tendrá remuneración alguna de parte de la compañía.
c. Se leerá un acta la cual tendrá la (s) modificación (es) al reglamento del F.C.P, para que la audiencia la apruebe o rechace.
d. El voto es libre, secreto, personal y directo. Se depositará la papeleta que corresponda en la urna, la cantidad de votos será limitado dependiendo el número de participantes; quiere decir que habrá un sólo voto para cada persona. Los votos estarán anticipadamente impresos con apruebo o rechazo. Cada votante tendrá que señalar la opción que más sea de su preferencia.
e. Se puede votar nulo o en blanco. Cualquier voto con enmendaduras, borrón o que no sea 100 % legible se considerará como nulo.
f. Los representantes externos al F.C.P, serán quienes vigilarán el proceso, presidirán la votación, realizarán el escrutinio, y levantarán el acta correspondiente. Los miembros externos serán tres. El Director General de Juegos, un representante de Recursos Humanos de la empresa, responsable del conteo de votos y redacción del acta de modificación del reglamento del F.C.P. el tercer miembro será
un administrativo de la empresa. En ausencia de algún representante, el Director General de Juegos o un suplente elegirá a una persona que sea parte del personal de Gran Casino Los Ángeles.
g. El proceso de votación se dará por finalizado cuando la totalidad de miembros del F.C.P hayan emitido su sufragio, se entiende que la votación no debe ser bajo ningún tipo de presión o influencia, éste debe ser libre y voluntario. Una vez que concluya el proceso de votación un representante externo en presencia de todos los miembros procede al recuento de los votos. Luego se informa en forma oficial el resultado de la votación. Una copia del acta de votación y acuerdo en la que consten las firmas de cada una de las personas correspondientes al personal de juegos, deberá ser remitida a la Superintendencia, en señal de conocimiento y aprobación de la modificación al reglamento del F.C.P.
h. Para que la asamblea de votación sea válida se requiere la participación mínima del 50 % de los miembros incluidos en el FCP.
i. Para que la (s) modificación (es) al Reglamento del F.C.P sea aceptada, se requiere la aprobación mínima del 50% de los asistentes a la Asamblea del FCP.
Artículo 8°.- Cláusulas especiales.
a. El delegado del Fondo comunitario de propina, deberá remitir a la Superintendencia copia de los balances trimestrales y anuales del fondo de propina. El delegado tendrá un plazo xx xxxx días hábiles para remitir dicha información. El primer informe trimestral será enviado durante los primeros 10 días hábiles de octubre. Dentro de los primeros 10 días hábiles de enero será enviado el informe anual.
b. Toda situación que no se encuentre contemplada en este reglamento, deberá ser analizada y resuelta por el Director General de Juegos y el delegado del fondo comunitario de propina. De continuar habiendo una discordancia, se realizará una reunión con los Directores de Área y delegados sustitutos, dónde se resolverá por votación simple.
Artículo 9º.-Funciones del delegado del FCP.
a) El delegado no recibirá ningún tipo de remuneración por su labor encomendada.
b) Recibir las quejas o reclamos de los trabajadores incluidos en el presente reglamento referente al monto percibido por el concepto de propinas en su liquidación xx xxxxxx.
c) Preparar un informe oportuno al departamento de RR-HH con las quejas que reciba del personal.
d) Formar parte de la mesa electoral como auditor en la elección del siguiente delegado y sustituto.
Artículo 10º.-Funciones del delegado sustituto del FCP.
a) El delegado sustituto debe ejercer la función de delegado en su ausencia.
b) El delegado sustituto será la persona encargada de recibir y dirimir los reclamos derivados de los votos que se consideran nulos en la elección del delegado siguiente y sus sustitutos.