Contract
I. Acuerdo y costos
Acuerdo de licencia de vivienda
Este Acuerdo de licencia de vivienda es entre el Consejo directivo de la universidad estatal de California por Humboldt State University, referida como “Universidad,” y la persona que está completando la solicitud de vivienda, referida como el “Licenciatario."
El periodo de pago de costos en año académico 2021-2022, empieza el 16 xx xxxxxx de 2021 y termina el 14 xx xxxx de 2022.
En caso que el Licenciatario empiece en la primavera de 2022, el periodo empieza el 10 de enero de 2022 y termina el 14 xx xxxx de 2022.
Para tener el derecho de ocupar y ser asignado una vivienda en la universidad, el Licenciatario por lo tanto tiene la obligación de pagar los costos que varían entre $6,638 - $7,008 dólares dependiendo la unidad asignada. Además de los costos de comidas que varía entre $2,100 - $5,600 dólares.
Para el semestre xx xxxxxxxxx del 2022 los costos son entre $3,319 - $3,504 dólares dependiendo de la vivienda asignada. Además del gasto de comidas que varía entre $1,050 - $2,800 dólares.
II. Ocupación de vivienda
A. La Universidad da el permiso al Licenciatario de ocupar un lugar en la instalación de vivienda por el periodo del año académico 2021-2022 que empieza a las 8:00 a.m. el lunes 16 xx xxxxxx de 2021 y termina a las 10:00 a.m. el sábado 14 mayo de 2022, a menos que sea terminado tempranamente por las provisiones de este Acuerdo de licencia de vivienda. Para primavera de 2022 la ocupación comienza a las 9:00 a.m. el lunes 10 de enero de 2022, y termina a las 10:00 a.m. el sábado 14 mayo de 2022, a menos que sea terminado tempranamente por las provisiones de este Acuerdo de licencia de vivienda. La asignación de vivienda es hecha por la Universidad y puede ser cambiado por la Universidad en cualquier momento.
B. La Universidad asignará a cada Licenciatario un lugar con cama dentro de las instalaciones de vivienda. La Universidad tiene el derecho de cambiar esta asignación, asignar un nuevo Licenciatario, reasignar a otro Licenciatario existente a otro lugar y cama no ocupado en cualquier momento, y/o consolidará la asignación de lugares de acuerdo al beneficio de la salud, la disciplina, la ocupación adecuada o para el bienestar general del Licenciatario.
III. El fortalecimiento de la experiencia educacional
A. La Universidad tendrá un profesional y un paraprofesional para trabajar con los alumnos y desarrollar el concepto comunitario dentro de las viviendas. La Universidad proveerá la oportunidad de contribución del Licenciatario para el desarrollo de la comunidad.
B. El Licenciatario acepta seguir las regulaciones indicadas en el ResLife & You Handbook, disponible en el sitio web: xxxxx://xxxxxxx.xxxxxxxx.xxx/xxxxx/xxxxxxx/xxxxx/xxxxxxxx.xxx
C. La Universidad está moralmente y legalmente comprometida a la igualdad de oportunidades en la educación, el empleo y la vivienda universitaria. No discrimina a base de raza, color, religión, origen nacional, sexo, edad, discapacidad, orientación sexual o estatus de veterano.
IV. Términos y condiciones
A. Este Acuerdo de licencia de vivienda está sometido a las regulaciones contenidas en el Title 5 of the California Code of Regulations Sections 42000-42103. Copias de las regulaciones están disponibles en las oficinas del Department of Housing & Residence Life, la biblioteca universitaria y con el vicerrector de Asuntos estudiantiles, como también en el sitio web: aquí (Subchapter 5. Administration, Article 5 - Housing).
B. Este Acuerdo de licencia de vivienda no será transferido, excepto como se permite en la sección IX.
C. Queda entendido por el Licenciatario y la Universidad que este acuerdo es una Licencia y no un contrato de arrendamiento de largo plazo, o cualquier otro compromiso de propiedad de la instalación; ni tampoco crea otros acuerdos, expresos o implícitos, como un acuerdo de gozo y tranquilidad, no establecidos en este acuerdo.
D. Cada Licenciatario, con la excepción de los Licenciatarios asignados a College Creek y Campus Apartments, está obligado a tener un plan de comidas. No se permite reducción en los gastos del servicio de comida por problemas dietéticos u otros problemas relacionados.
E. El Licenciatario debe de estar inscrito (1 unidad mínimo) en la universidad para ser elegible a la ocupación de viviendas.
V. Mantenimiento de las instalaciones
A. La universidad proveerá al Licenciatario con el amueblamiento. Al registrarse, el Licenciatario es responsable de reportar el estado de la cama asignada y los muebles, en la sección de ‘Room Condition’ en su portal de myHousing. El Licenciatario acepta cuidar su habitación y muebles y pagará cualquier daño o pérdida a la Universidad. El Licenciatario dejará la habitación en buen orden y condición, desgastes por el uso son aceptables. En el caso que el Licenciatario no mantenga su habitación en buen estado y condición, el Licenciatario pagará a la Universidad los gastos razonables para reponer el estado de la habitación.
B. El Licenciatario no hará alteraciones a la instalación de vivienda sin el permiso de la Universidad. Cualquier adición estructural está prohibida sin el permiso escrito de la Universidad.
C. El Licenciatario no deberá tener materiales o sustancias altamente flamable, armas de fuego, munición, fuegos artificiales, explosivos, armas peligrosas o cualquier material o sustancia, instrumento, que, en el punto de vista de las autoridades de la universidad, posee un posible riesgo de peligro o daño.
D. El Licenciatario acepta ser colectivamente responsable con los otros Licenciatarios de proteger los muebles de las áreas comunes y las instalaciones. En caso de daño o pérdida de los muebles de las áreas comunes y las instalaciones, costos de reparación serán divididos igualmente entre todos los miembros de grupo de vivienda que tengan acceso regularmente a las áreas comunes.
VI. Cancelación por el Licenciatario antes del inicio del período de pago
A. El Licenciatario puede cancelar su reservación de vivienda con aviso escrito a la Oficina de viviendas con treinta días de anticipación al período de pagos de vivienda. El período empieza el 16 xx xxxxxx de 2021.
B. Si se requiere cancelar la licencia el Licenciatario tendrá que presentar una declaración de justificación. La Universidad aprobará o negará la apelación tomando en cuenta el Título 5 del código de regulaciones de California, sección 42019 y las normas del campus.
C. Normas de cancelación:
Año académico 2021 - 2022
Cancelación antes del 16 de julio de 2021:
Por favor leer con cuidado la información de cancelación en la Solicitud del año académico 2021-2022. Los estudiantes que quieran cancelar su intención de vivir en el campus para 2021-2022 tienen que notificar por escrito a la Oficina de viviendas o por correo electrónico antes del 16 de julio de 2021. La notificación a otra oficina de la Universidad no cumple la obligación de notificar a la Oficina de viviendas por escrito. Las cancelaciones que estén con matasellos o sean recibidas antes del 16 de julio serán otorgadas.
Cancelación entre el 00 xx xxxxx x xx 00 xx xxxxxx xx 0000:
Las cancelaciones con matasellos o que sean recibidas entre el 17 de julio y el 15 xx xxxxxx, serán otorgadas; sin embargo, estas cancelaciones se aplicará un cargo prorrateado diario, por cada día que la cancelación esté fuera de los 30 días requeridos. Si la Universidad encuentra un reemplazo de Licenciatario para que la ocupación no sea impactada, el Licenciatario recibirá el reembolso de todos los gastos pagados por adelantado. El periodo de 30 días será calculado tomando en cuenta la fecha que la cancelación es recibida por la Housing & Residence Life and Dining Services. Si hay alguna cantidad que no ha sido pagada, se deducirá del depósito y el Licenciatario será otorgado el reembolso del balance de gastos pagados por adelantado. Si aún queda una deuda, el licenciatario recibirá una factura.
Cancelación en o después del 16 xx xxxxxx de 2021:
Después del 16 xx xxxxxx de 2021 las cancelaciones no serán otorgadas y los estudiantes serán financieramente responsables del Acuerdo de licencia de vivienda del año académico. La única vez que los gastos son exonerados es si no hubiéramos podido ofrecer o garantizar la vivienda antes del 16 xx xxxxxx de 2021 y usted cancela su solicitud para vivir en el campus. Si usted permanece en la lista de espera después del 16 xx xxxxxx y ofrecemos o garantizamos una vivienda y usted la rechaza, usted es financieramente responsable por todos los gastos de la vivienda y alimentación del año académico, como es acordado en el Acuerdo de licencia de vivienda.
Primavera 2022
Cancelación antes del 2 de enero de 2022:
Por favor leer con cuidado la información de cancelación en la solicitud de la primavera de 2022. Los estudiantes que quieran cancelar su intención de vivir en el campus en la primavera de 2022 tienen que notificar por escrito a la Oficina de viviendas o por correo electrónico antes del 2 de enero de 2022. La notificación a otra oficina de la Universidad no cumple la obligación de notificar a la Oficina de viviendas por escrito. Las cancelaciones que estén con matasellos o sean recibidas antes del 2 de enero de 2022 serán otorgadas..
Cancelación entre el 3 y 9 de enero de 2022:
Las cancelaciones con matasellos o que sean recibidas entre el 3 y 10 de enero, serán otorgadas; sin embargo, se aplicará un cargo prorrateado diario, por cada día que la cancelación esté fuera de los 30 días requeridos. El periodo de 30 días será calculado tomando en cuenta la fecha que la cancelación es recibida por Housing & Residence Life and Dining Services.
Cancelación en o después del 10 de enero de 2022:
Después del 10 de enero de 2022 las cancelaciones no serán otorgadas y los estudiantes serán financieramente responsables del Acuerdo de licencia de vivienda del año académico. La única vez que los gastos son exonerados es si no hubiéramos podido ofrecer o garantizar la vivienda antes del 10 de enero de 2022 y usted cancela su solicitud para vivir en el campus. Si usted permanece en la lista de espera después del 11 de enero y ofrecemos o garantizamos una vivienda y usted la rechaza, usted es financieramente responsable por todos los gastos de la vivienda y alimentación del año académico, como es acordado en el Acuerdo de licencia de vivienda.
VII. Cancelación después del comienzo del periodo de pagos
A. Cualquier licenciatario que elija dejar las instalaciones de vivienda debe dar un aviso escrito por los menos de treinta (30) días de anticipación.
B. La Universidad puede otorgar o rechazar la propuesta de deshabitar la vivienda conforme a la sección A previa. La decisión será basada en las condiciones establecidas por el Título 5 del código de regulaciones de California, sección 42000-42103 y el ResLife & You Handbook.
C. Una solicitud de deshabitar puede ser remitida en o después del principio del periodo de pagos y requiere una notificación escrita por lo menos 30 días de anticipación. Si la solicitud no cumple con las condiciones establecidas abajo, el Licenciatario deberá pagar los costos de vivienda y comida hasta el fin del año académico. Cuando la solicitud del Licenciatario es aprobada recibirá un reembolso prorrateado por los pagos hechos con anticipación, que son calculados desde la fecha que el Licenciatario deja la unidad de vivienda hasta el fin del período. Estas solicitudes serán aprobadas si cumplen al menos con una de las siguientes circunstancias:
▪ El Licenciatario es miembro del Programa internacional de intercambio por un semestre.
▪ El Licenciatario se gradúa de la Universidad.
▪ El Licenciatario renuncia o toma un permiso de ausencia y no se matricula en la Universidad durante el periodo de pagos.
▪ El Licenciatario es académicamente descalificado de la Universidad.
▪ El Licenciatario admisión denegada de la Universidad
▪ El Licenciatario se transfiere a otra universidad y provee la documentación de que ya no estará matriculado en la Universidad.
▪ La Universidad encuentra un reemplazo que tome el lugar del Licenciatario.
▪ El Licenciatario solicita deshabitar la vivienda y demostrando mediante apelación escrita y documentación justificada, que por causas extraordinarias o circunstancias médicas o financieras serias y convincentes, confrontadas después de firmar el Acuerdo de licencia de vivienda y fuera de su control. El Licenciatario debe proveer documentación de apoyo. El rector o su representante determinará si las causas son válidas y la decisión será definitiva.
Una solicitud para Deshabitar la vivienda aprobada durante el período de pagos y hecha con menos de 30 días antes de deshabitar, será multada con el equivalente a 30 días de costo de vivienda y comida. El período de 30 días será calculado contando el día en el que la solicitud de Deshabitar la vivienda es recibida por la Housing & Residence Life and Dining Services. Además, en el evento que la solicitud de Deshabitar la vivienda no sea aprobada, el Licenciatario deberá pagar los costos de vivienda y comida por el resto del año académico.
VIII. Revocación del Acuerdo de licencia de vivienda
A. La Universidad puede revocar este Acuerdo de licencia de vivienda bajo las siguientes condiciones:
▪ En caso de mala conducta señalado el Título 5 del código de regulaciones de California, sección 41301.
▪ Exigencia administrativa universitaria; esto incluye notificación recibida en la oficina de vivienda de rechazo de no admisión a la Universidad o retiro del Licenciatario de la Universidad.
▪ Incumplimiento del Licenciatario de mantener su estatus de estudiante en la Universidad.
▪ Incumplimiento del Licenciatario de cualquier término y condición de este Acuerdo de licencia de vivienda, o normas indicadas en el ResLife & You Handbook, e incluyendo el incumplimiento de pagar los costos requeridos.
B. La Universidad proveerá al Licenciatario notificación al menos tres (3) días de anticipación en caso de surgir las condiciones señaladas las subsecciones (1), (3) o (4) y al menos catorce (14) días de anticipación de notificación escrita en caso de surgir la condición señalada en la subsección (2), excepto en casos de emergencias.
C. Es esencial que el Licenciatario reconozca que la revocación del Acuerdo de licencia de vivienda como resultado de una acción disciplinaria, no excluye al Licenciatario de sus obligaciones financieras de todo el período con la Housing & Residence Life and Dining Services. Las acciones disciplinarias pueden ocurrir por incumplimientos de las normas del Acuerdo de licencia de vivienda o en el ResLife & You Handbook. En caso de revocación del Acuerdo de licencia de vivienda, El rector o su representante determinará la acción disciplinaria y los costos asociados, notificándose al Licenciatario.
IX. Abandono o terminación por el Licenciatario
Excepto a lo permitido por la Sección VI o VII, la terminación de este Acuerdo de licencia de vivienda o abandono de las instalaciones, no excluye al Licenciatario de la obligación de pagar a la Universidad pagos pendientes, hasta cuando la Universidad no suspenda los derechos del Licenciatario a una habitación. En el evento de terminación o abandono, el Licenciatario tiene el derecho de ser liberado de este Acuerdo de licencia de vivienda si un reemplazo que tome su lugar, siguiendo las reglas y es aprobado por la Universidad, sin dilatar la decisión indebidamente.
X. Destrucción o indisponibilidad
En el evento que la habitación sea destruida o esté indisponible como resultado de condiciones inesperadas al momento que este Acuerdo de licencia de vivienda es firmado, el Licenciatario tendrá el derecho a un reembolso prorrateado de cualquier pago aplicado al periodo en el cual el Licenciatario es requerido a deshabitar su vivienda. Las condiciones incluyen, pero no se limitan a daños ocurridos por inundaciones, deslaves, fuegos, terremotos, otros desastres naturales y vandalismo; desorden civil, el complimiento con leyes federales y estatales, interrupciones inesperadas de servicios básicos, una baja en el índice de cancelaciones proyectadas por la Universidad, si esta baja excede la capacidad disponible de las habitaciones.
XI. Reembolsos
La Universidad autorizará reembolsos que se alineen con las normas del campus y el Título 5 del código de regulaciones de California.
XII. La desocupación de la vivienda
El Licenciatario desocupará la vivienda al término o a la revocación de este Acuerdo de licencia de vivienda, lo que suceda primero.
XIII. Medidas administrativas de deudas
El incumplimiento del Licenciatario de acatar las obligaciones financieras de este Acuerdo de licencia de vivienda resultará en lo siguiente:
▪ Revocación de este Acuerdo de licencia de vivienda.
▪ Desalojo
▪ Bloqueo de servicios de la Universidad en acuerdo con la sección 42380, et. seq., Título 5 del código de regulaciones de California. Incluye la negación de la matrícula.
▪ Descontar fondos de cheques, préstamos, subsidios o becas pagadas por la Universidad, y/o reembolsos de impuestos o rebajas.
▪ Pagos de abogados, costos de la corte y otros costos podrían ocurrir.
XIV. Derecho de entrada
La Universidad tiene el derecho de entrar a la vivienda ocupada por el Licenciatario por razones de emergencia, salud, mantenimiento, administración de reglas y regulación, o por cualquier otra razón legal. La Universidad ejerce estos derechos con razón y con respecto hacia el Licenciatario, quien tiene el derecho de no ser allanado ni invadida su privacidad.
XV. Seguro
La Universidad no tiene seguro para cubrir daño personal o de propiedad del Licenciatario. Por lo tanto, la Universidad recomienda altamente que el Licenciatario obtenga seguro de póliza de inquilinos. La Universidad no asume ninguna responsabilidad por artículos personales guardados en las áreas de almacenamientos de la Universidad.
Durante el periodo cubierto por el Acuerdo de licencia de vivienda del Licenciatario, es altamente recomendado tener seguro individual, o grupal, médico y para accidentes.
XVI. Visitantes y huéspedes
El Licenciatario no permitirá entrar a ningún visitante o huésped a la vivienda, con excepción a las reglas señaladas en el manual ResLife & You Handbook.
XVII. No Exención
La exención de cualquier incumplimiento de término o condición de este Acuerdo de licencia de vivienda no constituye una exención de incumplimiento a futuro.
XVIII. Impuestos de interés posesorio
Es la posición de la Universidad que este Acuerdo de licencia de vivienda no crea impuestos de interés posesorio de propiedad. Sin embargo, conforme a la sección 107.6 del Revenue and Taxation Code, se le hace saber al Licenciatario que un representante de impuestos quizá tome una posición contraria a la expresada aquí y asigne impuestos por intereses de propiedad del Licenciatario basado en este Acuerdo de licencia de vivienda.
XIX. Viviendas de estudiantes pertenecientes al estado o administración de instalaciones
Licenciatarios que vivan en viviendas de la Universidad, quizás, de vez en cuando, sufran ruidos ambientales, causando inconveniencia, y/o no puedan acceder a otras instalaciones secundarias debido a proyectos de construcción, y/o eventos atléticos cerca de las instalaciones de viviendas y que afecte negativamente la calidad de vida del entorno de los Licenciatarios.
XX. La xxx Xxxxx
Aviso: conforme a la sección 290.46 del Código penal, información sobre ofensores sexuales identificados y registrados está disponible al público vía sitio web, administrado por el Departamento de justicia, en: xxx.xxxxxxxxx.xx.xxx. Dependiendo del historial criminal del ofensor, esta información incluye la dirección donde vive el ofensor o la comunidad de residencia y código postal donde habita.
ACUERDO DE LICENCIA DE VIDA Y RESIDENCIA DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL XX XXXXXXXX ENMIENDA NO 1.
Esto es una Enmienda al Acuerdo de Licencia de Vivienda de la Universidad Estatal xx Xxxxxxxx. El Acuerdo sigue en pleno vigor y efecto, excepto lo que se indica a continuación. En consideración de los convenios, compromisos y acuerdos mutuos contenidos en el presente documento, la recepción y suficiencia de lo que
se reconoce por lo presente, Universidad y Licenciatario - como estos términos se utilizan en el Acuerdo - cada uno reconoce y acuerda de la siguiente manera:
• La Sección X (Destrucción o Indisponibilidad) se anula del Acuerdo y ya no está en vigor.
• La siguiente sección se añade al Acuerdo:
X: Fuerza Mayor
Ni el Licenciatario ni la Universidad serán responsables de ningún retraso o incumplimiento de sus obligaciones en virtud del presente documento si dicho retraso o incumplimiento es causado por circunstancias fuera del control razonable de la parte, incluyendo, pero no limitado a, actos de Dios, restricciones u órdenes gubernamentales, guerras, disturbios, insurrecciones, desastres, actos de terrorismo, brote de enfermedades transmisibles, epidemia, pandemia, o cualquier evento comparable o causa fuera del control razonable del Licenciatario o de la Universidad que se vea afectado. El Licenciatario y la Universidad reconocen que el impacto total de COVID-19 no es conocido actualmente o razonablemente previsible. En caso de que circunstancias relacionadas con COVID-19 o con alguna recurrencia del virus COVID-19 prevenga o obstaculice razonablemente el desempeño de una parte en virtud del presente documento, la parte cuyo desempeño se vea afectado puede invocar la cláusula de Fuerza Mayor inmediatamente anterior de este Acuerdo y ser excusado de responsabilidad por su incumplimiento o retraso en el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del presente, incluso si las circunstancias relacionadas con COVID-19 eran previsibles en el momento de la ejecución del Acuerdo por las partes o esta Enmienda. No obstante lo anterior, en ningún caso el Licenciatario será excusado de pagar las tarifas o cantidades adeudadas por el período de tiempo durante el cual el Licenciatario ocupó un espacio dentro de la instalación de vivienda como Licenciatario.
En caso de que el Licenciatario no pueda ocupar un espacio dentro de la vivienda como Licenciatario debido a circunstancias relacionadas con COVID-19, la universidad proporcionará al Licenciatario reembolsos prorrateados por cualquier monto de la tarifa de licencia que represente el período de tiempo durante el cual el Licenciatario no pudo ocupar un espacio dentro de la vivienda como Licenciatario debido a circunstancias relacionadas con COVID-19.
Universidad Estatal xx Xxxxxxxx
Términos y condiciones del acuerdo de licencia de vivienda para estudiantes
Anexo para COVID-19 del año académico 2021-2022
Este acuerdo de licencia de vivienda y residencia “Residence life” está expresamente incorporado y complementa los términos y condiciones del acuerdo de licencia de vivienda y residencia “Residence life” para el año escolar 2021- 2022. Antes de completar y firmar electrónicamente este apéndice, lea atentamente las disposiciones. Salvo que se indique expresamente en este documento, este apéndice no altera ninguna condición u obligación en la licencia. Este apéndice es efectivo para todo el año académico, desde el otoño hasta la primavera, o para la parte del año académico que quede en el momento en que se firme la licencia y / o el apéndice. En consideración a los convenios, compromisos y acuerdos mutuos contenidos en este documento, cuya recepción y suficiencia se reconoce por la presente, el licenciatario acepta lo siguiente:
I. Aviso y reconocimiento con respecto a COVID-19
El licenciatario reconoce que la pandemia del coronavirus SARS-CoV-2 es un riesgo mundial para la salud humana. COVID-19 es una enfermedad altamente contagiosa que se puede propagar fácil y exponencialmente y puede provocar una enfermedad grave o la muerte. Según las organizaciones de salud pública, las personas de todas las
edades están en riesgo. Las personas mayores de 65 años de edad y aquellas con problemas de salud preexistentes son especialmente vulnerables.
Existe un riesgo inherente de exposición al COVID-19, o a cualquier variante del virus SARS-CoV-2 (en adelante denominado colectivamente “COVID-19”), en cualquier espacio público o compartido donde haya personas presentes, incluidas las viviendas en el campus. La Universidad Estatal xx Xxxxxxxx ha tomado y seguirá tomando varias medidas para abordar la salud y seguridad de las personas que viven en viviendas en el campus. Sin embargo, esas medidas no eliminarán el riesgo de exposición al COVID-19. En consecuencia, los estudiantes que regresan para recibir instrucción presencial y que residirán voluntariamente en un alojamiento en el campus enfrentarán un riesgo de exposición y pueden contraer COVID-19.
Para minimizar el riesgo para el licenciatario y otras personas en el alojamiento en el campus, el licenciatario confirma y acepta:
1. El licenciatario entiende que, aunque la Universidad Estatal xx Xxxxxxxx ha tomado y continuará tomando varias medidas para protegerse contra la exposición de acuerdo con los mandatos y pautas de las autoridades de salud federal, estatal y local, esas medidas no eliminarán todos los riesgos y, por lo tanto, seguirá existiendo el riesgo de exposición al COVID-19.
2. Al asumir la ocupación, el licenciatario certifica que, según su xxxx saber y entender, el
licenciatario no está infectado con COVID-19.
3. Al asumir la ocupación, el licenciatario certifica que el licenciatario no está experimentando síntomas asociados con COVID-19. Los síntomas pueden incluir, entre otros, pérdida del gusto u olfato, fiebre, dolores de cabeza intensos, fatiga intensa o dolores corporales / musculares, malestar gastrointestinal inusual y / o signos de enfermedad respiratoria, como tos seca, falta de aire o dificultad para respirar.
4. Al asumir la ocupación, el licenciatario certifica que, según su xxxx saber y entender, dentro de los 14 días inmediatamente anteriores a la fecha en que asumió la ocupación, el licenciatario no ha estado en contacto personal o cercano (dentro de los seis pies por un total de quince minutos o más) con un individuo infectado con COVID-19.
5. El licenciatario comprende y acepta que el propósito exclusivo por el cual la Universidad Estatal xx Xxxxxxxx proporciona alojamiento voluntario es permitirle completar y / o participar en un programa educativo del campus, pero que participar en el alojamiento no es un requisito y el licenciatario lo hace de forma voluntaria. Acceder voluntariamente o permitir el acceso a la vivienda del campus podría exponer al licenciatario u otras personas al COVID- 19.
II. Derecho de entrada al campus
Además de las condiciones y situaciones descritas en el acuerdo de licencia, el licenciatario debe abandonar las instalaciones autorizadas a las que está asignado el licenciatario según lo solicite razonablemente durante las inspecciones de salud y seguridad, los servicios de conserje/limpieza, las reparaciones de mantenimiento o cualquier otra inspección para poder practicar un distanciamiento físico seguro y reducir el riesgo de exposición al COVID- 19 (u otras enfermedades infecciosas) o cuando un representante de la Universidad Estatal xx Xxxxxxxx exija legalmente la entrada a las instalaciones autorizadas.
III. Preparación para COVID-19
Además de cualquier artículo que el licenciatario está requerido mantener en virtud del acuerdo de licencia, el licenciatario debe adquirir y mantener los siguientes suministros de atención médica y equipo de protección
personal, de modo que estos suministros estén accesibles para el licenciatario mientras esté en campus y vivienda en el campus:
1. Desinfectante de manos (al menos 70% a base de alcohol);
2. Cubrimientos faciales apropiados, según lo definido por las autoridades de salud estatales y locales, y la Universidad; y
3. Un termómetro.
IV. Los requisitos de ocupación debido a COVID-19
1. El licenciatario acepta cumplir con las directivas, políticas y órdenes de la Universidad Estatal xx Xxxxxxxx y la Junta de Fideicomisarios de la Universidad Estatal de California (colectivamente, la "Universidad"), y las autoridades de salud estatales y locales relacionadas con COVID- 19, según se pueda enmendar de vez en cuando durante la vigencia de esta licencia y anexo, incluidos, entre otros, todos los requisitos de enmascaramiento protector / cubrimiento facial, distanciamiento social, pruebas, aislamiento, cuarentena e inmunización.
2. El licenciatario acepta cumplir con todas las leyes, regulaciones, órdenes y guías de salud pública federales, estatales y locales aplicables relacionadas con COVID-19, según se puedan enmendar de vez en cuando durante la vigencia de esta Licencia.
3. El licenciatario acepta cumplir con los protocolos de prueba de COVID-19 que puedan ser requeridos por la Universidad y cooperar razonablemente con la Universidad para cumplir con las obligaciones del licenciatario en virtud de esta sección.
4. El licenciatario comprende y acepta que la Universidad requiere la inmunización COVID-19 como condición para la ocupación, antes de ocupar las instalaciones autorizadas. El licenciatario acepta proporcionar la certificación de vacunación de la Universidad dentro del período de tiempo y en la forma solicitada por la Universidad.
V. Procedimientos si está confirmado como positivo o exposición a COVID-19
1. En caso de que el licenciatario desarrolle síntomas de COVID-19, obtenga un resultado positivo de COVID-19 y / o esté expuesto a alguien que se sepa o se crea que está infectado con COVID- 19, el licenciatario notificará a Servicios de salud y bienestar para estudiantes de conformidad con los protocolos de notificación descritos en la página web COVID-19 de la Universidad, que se encuentra en xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx/. Sin perjuicio de cualquier otro término o comunicación, el licenciatario debe informar un resultado positivo de la prueba COVID-19 a Servicios de salud y bienestar para estudiantes a través del sistema de informes en línea de Servicios de salud y bienestar para estudiantes como se describe en xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxx.xxx/ inmediatamente después de recibir el resultado de la prueba y a más tardar dos (2) horas después de recibir el resultado de la prueba.
2. Si el licenciatario da positivo por COVID-19, el licenciatario acepta ser trasladado a una unidad de aislamiento que elija la Universidad. Además, el licenciatario acepta no asistir a clases o actividades en persona o visitar otras instalaciones en el campus (incluidos, entre otros, comedores) o terminar el aislamiento hasta que el licenciatario haya satisfecho, a criterio de la Universidad, todos los
requisitos federales aplicables, criterios de salud pública, estatales y locales para interrumpir el aislamiento.
3. El licenciatario reconoce y acepta que una autoridad médica, que puede ser Servicios de salud y bienestar estudiantil u otra autoridad médica aprobada por la Universidad, determinará si el licenciatario puede aislarse por sí mismo en una unidad de aislamiento designada en el campus o si el licenciatario debe ser referido a un centro de salud fuera del campus, según la gravedad de los síntomas del licenciatario. El licenciatario acepta cooperar con cualquier directiva emitida por Servicios de salud estudiantil o por una autoridad médica aprobada por la Universidad bajo esta sección.
4. El incumplimiento de los términos y condiciones de este anexo COVID-19 al acuerdo de licencia puede resultar en la terminación del acuerdo de licencia, la remoción de la Vivienda para estudiantes y / o una acción disciplinaria de conformidad con la orden ejecutiva 1098 de CSU (sigla para Universidad Estatal de California).
Acuerdo de licencia de comida
(Dining License Agreement)
Términos y condiciones de uso -- el uso de las Instalaciones de servicio de comida se adhiere a las normas del Artículo 5 y 6 del capítulo 1 parte 5 del Título 5 del código de regulaciones de California, secciones 42000-42103. El uso de las Instalaciones de comida se adhiere a todas las normas de este Acuerdo de licencia de comida, una copia deberá tener el estudiante y además deberá tener todas las normas y procedimientos establecidos en ResLife & You Handbook y está disponible en el sitio web: xxxxx://xxxxxxx.xxxxxxxx.xxx/xxxxx/xxxxxxx/xxxxx/xxxxxxxx.xxx
Cada estudiante que viva en el Xxxx (Redwood/Sunset), Canyon,Creekview y Cypress tendrá que adquirir un Plan de comida de vivienda. Los planes de comida y las localidades están sujetos a la discreción de los Servicios de comida. No se permite reducción en los costos de servicio de comida por problemas dietéticos u otros problemas relacionados, incluyendo alergias de comida o por ser vegano o vegetariano. Reembolso por no usar comidas o saldo decreciente de dólares solo son permitidos cuando el estudiante demuestra su retiro de la Universidad antes del fin del semestre. Comidas o saldo decreciente de dólares no usados al fin del semestre xx xxxxxxxxx no serán reembolsadas.
Terminación de Plan de comidas de vivienda -- Incumplimiento de pagar todos los costos por adelantado, puede resultar en la revocación de este Acuerdo de licencia de comida, desde el último día cubierto por pago anterior.
La Universidad puede revocar este Acuerdo de licencia de comida por cualquier razón, dando al menos 72 horas de aviso por escrito al estudiante. La terminación de este acuerdo de licencia de comida o el abandono de la vivienda no excluye al estudiante de la obligación de pagar a la Universidad.
La cancelación de este Acuerdo de licenciatario de comida, en conjunción con la cancelación de Acuerdo de licencia de vivienda, reembolsará costos por servicios no usados y el valor de comidas o saldo decreciente de dólares, antes del período de tarifa. Fallo de notificar la intención de cancelar el Acuerdo de licencia de
comida con 30 días de anticipación resultará en un cargo prorrateado por cada día que sea menos de los 30 días de notificación. Tal notificación debe ser establecida entregando una solicitud de desocupación.
Este Acuerdo de licencia de comida puede ser cancelado con un aviso de 30 días si el estudiante se retira de la Universidad, se transfiere o se muda a una vivienda que no requiere un plan de comida, o se gradúa y no continúa como estudiante con el Acuerdo de licencia de vivienda.
Tarjeta de comida -- La identificación de la Universidad: Humboldt State University (referida como la tarjeta XXX) es usada como la tarjeta de comida del estudiante. Esta tarjeta debe ser presentada al momento que compren comida. Comidas son electrónicamente deducidos de la cuenta del estudiante cada vez que compre comida. Si la tarjeta se pierde o es robada, debe de ser inmediatamente reportada al supervisor del J o la Oficina de pagos de vivienda. Una tarjeta temporal será asignada por el supervisor del J o la oficina de pagos de viviendas y es válida por 3 días y sólo es válida en el J. Una identificación de reemplazo puede ser comprada en la Oficina de pagos de vivienda por $5 dólares.
Costos y pagos -- El costo del plan de comida está incluido en el calendario de pagos disponible en el Housing & Residence Life and Dining Services. Los estudiantes asignados a una vivienda después de comenzar el semestre, pagarán un costo prorrateado por el resto del semestre. Los estudiantes con pagos atrasados tendrán un cargo de penalidad de $10 dólares y el plan de comida podría ser bloqueado hasta que se realice el pago.