CONDICIONES FINALES DE WARRANTS CAIXABANK, S.A.
CONDICIONES FINALES DE WARRANTS CAIXABANK, S.A.
00 XX XXXXX XX 0000
ACTIVO SUBYACENTE: ACCIONES (CALL)
Las Condiciones Finales se han elaborado a efectos de lo dispuesto en el artículo 5, apartado 4, de la Directiva 2003/71/CE y deben leerse en relación con “Programa de Emisión de Warrants 2015” de Caixabank, S.A. inscrito el 17 de diciembre de 2015, el cual incorpora por referencia el Documento de Registro del Emisor, inscrito el 23 xx xxxxx de 2015.
El Documento de Registro y el Folleto de Base están publicados en las páginas web del emisor (xxx.xxxxxxxxx.xxx) y de CNMV (xxx.xxxx.xx) de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la directiva 2003/71/CE.
A fin de obtener la información completa, deberán leerse conjuntamente el Documento de Registro, el Folleto de Base y las Condiciones Finales.
Aneja a estas Condiciones Finales figura un resumen de la presente emisión.
1.- DESCRIPCIÓN, CLASE Y CARACTERÍSTICAS DE LOS VALORES EMITIDOS
▪ Tipo de valores: warrants call
▪ ISIN: según tabla a continuación
▪ Características de las emisiones:
Tipo | Activo subyacente | Precio ejercicio | Moneda ejercicio | Tipo ejercicio | Fecha emisión | Fecha Vto. | Nº warrants | Ratio | Prima | Código ISIN |
CALL | BBVA | 5,5 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 19/08/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,06 | ES0640612XJ1 |
CALL | BBVA | 5,5 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/09/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,1 | ES0640612XK9 |
CALL | BBVA | 6,25 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 21/10/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,04 | ES0640612XL7 |
CALL | BBVA | 6,5 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 18/11/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,04 | ES0640612XM5 |
CALL | IBE | 6,25 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 21/10/2016 | 400.000 | 0,5 | 0,12 | ES0640612XN3 |
CALL | IBE | 6,5 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 18/11/2016 | 400.000 | 0,5 | 0,1 | ES0640612XO1 |
CALL | ITX | 30 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/09/2016 | 400.000 | 0,5 | 0,86 | ES0640612XP8 |
CALL | ITX | 30 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 21/10/2016 | 400.000 | 0,5 | 1,05 | ES0640612XQ6 |
CALL | ITX | 30,5 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 18/11/2016 | 400.000 | 0,5 | 1,04 | ES0640612XR4 |
CALL | ITX | 31 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/12/2016 | 400.000 | 0,5 | 1,03 | ES0640612XS2 |
CALL | REP | 11,75 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 19/08/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,3 | ES0640612XT0 |
CALL | REP | 11,75 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/09/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,4 | ES0640612XU8 |
CALL | REP | 12 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 21/10/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,43 | ES0640612XV6 |
CALL | REP | 12 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 18/11/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,5 | ES0640612XW4 |
CALL | REP | 12 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/12/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,56 | ES0640612XX2 |
CALL | SAN | 3,75 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 19/08/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,07 | ES0640612XY0 |
XXXX | XXX | 0 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/09/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,06 | ES0640612XZ7 |
CALL | SAN | 4,25 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 21/10/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,06 | ES0640612YA8 |
CALL | SAN | 4,25 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 18/11/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,07 | ES0640612YB6 |
CALL | SAN | 4,5 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/12/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,06 | ES0640612YC4 |
CALL | TEF | 9 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 19/08/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,14 | ES0640612YD2 |
CALL | TEF | 9 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/09/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,21 | ES0640612YE0 |
CALL | TEF | 9,25 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 21/10/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,22 | ES0640612YF7 |
CALL | TEF | 9,5 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 18/11/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,2 | ES0640612YG5 |
CALL | TEF | 9,75 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/12/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,18 | ES0640612YH3 |
▪ Número de warrants emitidos: 16.650.000
▪ Importe efectivo emitido: 4.455.000 Euros
Todos los warrants emitidos han sido suscritos y desembolsados en su totalidad.
Los warrants emitidos han sido suscritos en la fecha de emisión en el mercado primario por GDS-CUSA, S.A.U.
Una vez admitidos a negociación, los valores, durante su vida, pueden ser adquiridos en cualquier momento por los inversores a través de los canales de CaixaBank, S.A. o a través de cualquier intermediario financiero.
▪ Saldo dispuesto del Folleto de Base: 41.531.500 Euros
▪ Saldo disponible del Folleto de Base: 78.468.500Euros
▪ Potenciales Inversores: Público en general.
▪ Liquidación de los warrants:
Precio de Liquidación:
Precio oficial de cierre del activo subyacente en el Mercado Continuo en la Fecha de Ejercicio o en la Fecha de Vencimiento.
Fecha de Valoración:
La Fecha de Valoración coincidirá siempre con la Fecha de Ejercicio.
Momento de Valoración:
Hora en la que se publican los precios de cierre del activo subyacente en el mercado continuo, esto es 17:35 CET.
El tenedor puede ejercitar el derecho sobre el warrant en cualquier Día Hábil anterior a la Fecha de Vencimiento, mediante la presentación, en la entidad donde tenga depositados los valores, de un Aviso de Ejercicio. El Aviso de Ejercicio debe ser recibido antes de las 17.00 CET (Central European Time) para ser ejecutado el día siguiente, en este caso la Fecha de Ejercicio será el día siguiente a tal recepción. Los avisos de ejercicio recibidos por el Emisor después de las 17:00 CET tendrán Fecha de Ejercicio dos Días Hábiles siguientes a la recepción del aviso. Asimismo, los avisos de ejercicio recibidos después de las 17:00 CET de terceras entidades en la que los inversores tengan depositados los valores, tendrán Fecha de Ejercicio dos Días Hábiles siguientes
a la recepción del aviso. El límite final para dar Aviso de Ejercicio será por tanto las 17:00 C.E.T. del Día Hábil anterior a la Fecha de Vencimiento. Pasado ese momento los warrants no ejercitados por los tenedores serán ejercitados de forma automática por el Emisor en la Fecha de Vencimiento.
El número mínimo de warrants para los que se solicite el ejercicio no podrá ser inferior a cien, salvo el Día Hábil anterior a la Fecha de Vencimiento. En dicha fecha se atenderán todas las peticiones de ejercicio o “Avisos de Ejercicio” que se presenten. Por tanto, aquellos inversores que tengan un número de valores inferior a 100 no podrán ejercitarlos antes de su vencimiento, si bien podrán transmitirlos en el mercado secundario con el fin de realizar su inversión.
Los Avisos de Ejercicio habrán de ser presentados al Emisor por fax, correo o en persona. La dirección a estos efectos es Servicios Bancarios y Operaciones de Caixabank, S.A., Xxxx. Xxxxxxxx 000, 00000, Xxxxxxxxx y el número de fax es 00 000 00 00. El modelo para el Aviso de Ejercicio podrá obtenerse en cualquier oficina del Emisor así como a través de su página web.
Día Hábil significa el día en que los Bancos Comerciales estén abiertos para la realización de operaciones financieras en Barcelona y estén abiertas para negociación las bolsas donde coticen los warrants.
▪ Mercados Secundarios:
Mercado de Negociación de los warrants: Bolsas de Madrid, Barcelona, Valencia y Bilbao y módulo de contratación electrónica de warrants del SIBE.
Ultimo Día de Negociación:
• Para warrants con Fecha de Vencimiento 19 xx xxxxxx de 2016, el último día de negociación será el 18 xx xxxxxx de 2016.
• Para warrants con Fecha de Vencimiento 16 de septiembre de 2016, el último día de negociación será el 15 de septiembre de 2016.
• Para warrants con Fecha de Vencimiento 21 de octubre de 2016, el último día de negociación será el 20 de octubre de 2016.
• Para warrants con Fecha de Vencimiento 18 de noviembre de 2016, el último día de negociación será el 17 de noviembre de 2016.
• Para warrants con Fecha de Vencimiento 16 de diciembre de 2016, el último día de negociación será el 15 de diciembre de 2016.
Método de Valoración de la prima Binomial xx Xxx-Xxxx-Xxxxxxxxxx
▪ Información sobre el activo subyacente:
Información adicional sobre el Activo Subyacente, emisor, volatilidad histórica e implícita, trayectoria pasada y reciente en Bloomberg:
Subyacente | Emisor | Código Bloomberg | Tipo |
BBVA | Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. | BBVA SM | Equity |
REP | Repsol, S.A. | REP SM | Equity |
SAN | Banco Santander, S.A. | SAN SM | Equity |
TEF | Telefónica, S.A. | TEF SM | Equity |
ITX | Inditex, S.A. | ITX SM | Equity |
IBE | Iberdrola, S.A. | IBE SM | Equity |
Páginas de información sobre el activo subyacente:
• Código Bloomberg <tipo> HP <Go> para precios históricos,
(trayectoria pasada y reciente).
• Código Bloomberg <tipo> HVT <Go> para volatilidades históricas.
• Código Bloomberg <tipo> XXXX <Go> para volatilidades implícitas.
Mercado de Cotización del Activo Subyacente: Mercado Continuo.
Mercado de Cotización Relacionado del Subyacente: MEFF Renta Variable. Distorsión xxx xxxxxxx del subyacente:
Se comunicará a la CNMV como hecho relevante y será publicado en su página web (xxx.xxxx.xx).
Asimismo, los diferentes supuestos de distorsión xx xxxxxxx del subyacente se pueden consultar en el apartado 4.2.3 de Folleto de Base “Programa de Emisión de Warrants 2015” de CaixaBank referido.
2.- ACUERDOS EN VIRTUD DE LOS CUALES SE EMITEN LOS WARRANTS Y VIGENCIA DE LOS MISMOS
Las resoluciones y acuerdos por los que se autoriza la emisión de los warrants siguen vigentes a esta fecha y son los que se enuncian a continuación:
• Acuerdo de la Junta General de Accionistas de fecha 25 xx xxxxx de 2013, en virtud del cual delegó en el Consejo de Administración la facultad de emitir cualquier tipo de valores , xx xxxxx fija o variable, en cualquiera de las formas admitidas en Derecho, incluyendo entre otras, pagarés, cédulas, warrants (excepto los que den derecho a la adquisición o suscripción de acciones de la Sociedad), participaciones preferentes, bonos u obligaciones de cualquier tipo, incluso subordinadas, simples o con garantía de cualquier clase, o canjeables por acciones de la Sociedad o de otras sociedades cotizadas, participadas o no por la Sociedad, hasta un importe máximo total de sesenta mil millones de euros o su contravalor en divisas.
• Acuerdo del Consejo de Administración de 19 de noviembre de 2015, por el cual se aprueba la elaboración de un Folleto de Base de Emisión de Warrants, por importe máximo de ciento veinte millones de euros, al objeto de llevar a cabo emisiones de cualquier tipo de warrants al amparo del mismo y donde se establecen las líneas generales y principales características. En virtud del citado acuerdo se faculta a determinados apoderados para que, de forma solidaria cualquiera de ellos, pueda fijar los términos y condiciones de las emisiones a realizar al amparo de dicho Folleto de Base y realice cuantas actuaciones y otorgue en nombre y representación de CaixaBank los documentos de cualquier naturaleza, que sean necesarios o convenientes para dicho fin.
3.- ACUERDOS DE ADMISIÓN A NEGOCIACIÓN
CaixaBank solicitará la admisión a negociación de los warrants descritos en las presentes “Condiciones Finales” en la Bolsa de Valores de Barcelona, Madrid, Bilbao y Valencia y se compromete a realizar los trámites necesarios para que se incorporen a la negociación en dichos mercados en el plazo de 7 Días Hábiles desde la Fecha de Emisión.
Las presentes Condiciones Finales incluyen la información necesaria para la admisión a cotización de los warrants en los mercados mencionados anteriormente.
La liquidación se realizará a través de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A, (IBERCLEAR).
Barcelona, a 12 de julio de 2016
Firmado en representación del Emisor: Caixabank, S.A.
Fdo. X. Xxxxxxxx Xxxx Xxxx
Director de Departamento de Rates & Equity Derivatives
RESUMEN
(Anexo XXII del Reglamento CE nº 809/2004)
Los elementos de información de este resumen (el “Resumen”) están divididos en cinco secciones (A-E) y numerados correlativamente dentro de cada sección según la numeración exigida por el Reglamento CE nº 809/2004 (por ejemplo, B.1-B.50). Los números omitidos en este Resumen se refieren a elementos de información previstos en dicho Reglamento para otros modelos de folleto. Por otra parte, los elementos de información exigidos para este modelo de folleto pero no aplicables por las características del tipo de valor o del emisor se mencionan como “no procede”.
Sección A – Introducción y advertencias | |
A.1 | Advertencia: • Este Resumen debe leerse como introducción al presente Xxxxxxx, que se compone del Documento de Registro de CAIXABANK, S.A. (en adelante, “CaixaBank”, el “Emisor” o la “Entidad Emisora”), inscrito en los registros oficiales de la CNMV el 23 xx xxxxx de 2015, el Folleto de Base de Warrants inscrito en los registros oficiales de la CNMV el 17 de diciembre de 2015 y el Suplemento al mismo inscrito en los registros oficiales de la CNMV el 15 xx xxxxx de 2016. • Toda decisión de invertir en los valores debe estar basada en la consideración por parte del inversor del Folleto en su conjunto. • Cuando se presente ante un tribunal una demanda sobre la información contenida en el Folleto, el inversor demandante podría, en virtud del Derecho nacional de los Estados Miembros, tener que soportar los gastos de traducción del Folleto antes de que dé comienzo el procedimiento judicial. • La responsabilidad civil solo se exigirá a las personas que hayan presentado el Resumen, incluida cualquier traducción del mismo, y únicamente cuando el Resumen sea engañoso, inexacto o incoherente en relación con las demás partes del Folleto, o no aporte, leído junto con las otras partes del Folleto, información fundamental para ayudar a los inversores a la hora de determinar si invierten o no en dichos valores. |
A.2 | Consentimiento del Emisor relativo a la utilización del Folleto Base para una venta posterior o la colocación final de los valores por parte de los intermediarios No procede. CaixaBank no ha otorgado consentimiento a ningún intermediario financiero para la utilización del Folleto en la venta posterior o colocación final de los valores. |
Sección B – Emisor | |
B.1 | Nombre legal y comercial del emisor La denominación social del Emisor es CaixaBank, S.A. |
B.2 | Domicilio y forma jurídica del Emisor, legislación conforme a la cual opera y país de constitución El Emisor está domiciliado en España, en la Xxxxxxx Xxxxxxxx xxxxxx 000 xx Xxxxxxxxx, tiene la forma jurídica de sociedad anónima y su actividad está sujeta a la legislación española especial para entidades de crédito en general y, en particular, a la supervisión, control y normativa del Banco de España, si bien desde el 4 de noviembre de 2014, el Banco Central Europeo (BCE) asumió sus nuevas funciones de supervisión con la entrada en funcionamiento del Mecanismo Único de Supervisión (MUS). El MUS se compone del BCE y de las autoridades nacionales de los Estados miembros participantes. |
B.3 | Descripción y factores clave relativos al carácter de las operaciones en curso del Emisor y de sus principales actividades, declarando las principales categorías de productos vendidos y/o servicios prestados, e indicación de los mercados principales en los que compite el Emisor. CaixaBank es un banco con un modelo de banca universal, basado en la calidad y la especialización, con una oferta integral de productos y servicios (bancarios, aseguradores, de pensiones y fondos de inversión) y una red comercial multicanal. Además, mantiene participaciones en bancos internacionales y en compañías del sector servicios. Los principales segmentos de negocio del Grupo CaixaBank son los siguientes: Negocio bancario y de seguros: es la principal actividad del Grupo CaixaBank; incluye la totalidad del negocio bancario (banca minorista, banca corporativa, tesorería y mercados) y de seguros, desarrollado, básicamente, en el territorio español a través de la red de oficinas y del resto xx xxxxxxx complementarios. Recoge tanto la actividad como los resultados generados por los clientes del Grupo, sean particulares, empresas o instituciones. También incorpora la gestión de la liquidez y de activos y pasivos y los ingresos por la financiación al negocio de participaciones. Negocio de Participaciones: recoge los ingresos por dividendos y/o método de la participación de las participaciones bancarias internacionales y de servicios del Grupo CaixaBank, netos del coste de financiación. Adicionalmente, se incluyen otras participaciones significativas en el ámbito de la diversificación sectorial, incorporadas en las últimas adquisiciones del Grupo. En cuanto a los principales mercados donde compite, el Grupo CaixaBank desarrolla su actividad básicamente en el mercado español, de donde provienen aproximadamente el 97% de sus ingresos ordinarios a 31 de diciembre de 2015. |
B.4 | Descripción de las tendencias recientes más significativas que afecten al emisor y a los sectores en los que ejerce su actividad Escenario macroeconómico La eurozona mantiene la senda de gradual recuperación de la actividad económica. Aunque en 2015 el crecimiento no fue extraordinariamente dinámico, tampoco fue mediocre, ya que creció a un ritmo en línea con su potencial. Si bien esta evolución depende en gran medida de apoyos temporales como el abaratamiento de las materias primas, la depreciación del euro o la expansión cuantitativa del BCE, la expansión europea también refleja que, en aquellos países que han mostrado mayor ambición, las reformas estructurales están contribuyendo a cimentar la recuperación. De momento, la economía de la eurozona mantiene su |
ritmo de expansión gracias al buen comportamiento de la demanda doméstica, que se espera que continúe en 2016. En España, los datos más recientes muestran que se mantiene el tono expansivo de la actividad económica, ligeramente por encima de lo previsto hace unos meses. El crecimiento del PIB en 2015 fue del 3,2%, el más elevado entre las principales economías de la eurozona. Tras un año muy notable en términos de aumento del PIB, en 2016 esperamos que la velocidad de avance se modere ligeramente hasta el 2,8%, a medida que vayan desvaneciéndose el impacto de los apoyos temporales recibidos a lo largo de 2015, como la rebaja fiscal o la caída del precio del petróleo mientras van ganando peso algunos elementos que ayudan a sostener un crecimiento más equilibrado a largo plazo. En concreto, se espera la consolidación de la mejora de las condiciones de financiación, que el sector inmobiliario vuelva a sumar y que las reformas estructurales sigan dando frutos, sobre todo en el mercado laboral gracias a la creación de empleo. Sin duda, en 2015, la recuperación de la economía española recibió el apoyo de la evolución favorable del sector bancario. La expansión monetaria del BCE y el proceso de saneamiento llevado a cabo en los últimos años ha facilitado que el crédito prosiga su senda de normalización. De hecho, la nueva concesión de crédito se aceleró en el último año, sobre todo la nueva concesión de crédito a hogares y a pymes (avanzó respectivamente un 19,4% y un 5,7% interanual en diciembre). Sin embargo, el saldo vivo siguió cayendo, aunque menos, debido al proceso de desapalancamiento de los hogares y las empresas (-4,3% interanual en 2015 frente al -7,1% en 2014). se espera que la demanda de crédito aumente en 2016, pues dicho proceso de desapalancamiento está ya muy avanzado. Desde la óptica de la oferta, las entidades bancarias también están en mejor posición de conceder crédito que en el pasado gracias, en buena parte, al proceso de reestructuración y consolidación bancaria que ha permitido reforzar la posición de solvencia y liquidez de las entidades resultantes. En el ámbito regulatorio, destaca la modificación del tratamiento de los DTA, que eliminó la incertidumbre sobre su compatibilidad con la legislación comunitaria, y la aprobación del real decreto ley que regula las comisiones por la retirada de efectivo en los cajeros de otra entidad. Además, el proceso de creación de una unión bancaria efectiva siguió avanzando en 2015. Por un lado, se traspuso a la legislación nacional la normativa europea de recuperación y resolución de entidades de crédito, que permite intervenir las entidades financieras con problemas de forma ágil y con el menor coste posible para las arcas públicas. Por otro lado, se inició el proceso de negociación para el sistema de garantía de depósitos europeo, paso final para la culminación de la unión bancaria. En definitiva, la actividad económica española se está beneficiando de factores de apoyo temporal, pero también se aprecia cómo las reformas llevadas a cabo durante los últimos años están permitiendo un crecimiento de fondo más sólido y equilibrado. Con todo, los riesgos no son menores, especialmente los que proceden del exterior, debido a la posible desaceleración de los países emergentes, por lo que es imprescindible seguir fortaleciendo los cimientos para estar preparados ante las eventualidades. Confianza e imagen del sector Continúa sin recuperarse la confianza de la sociedad española y europea en la banca, en un contexto complejo, al que los factores antes mencionados también están contribuyendo (crisis financiera, reacción regulatoria en ocasiones generalizada, etc.). En esta línea también estarían encuadradas las sanciones a determinadas entidades financieras a escala global, en materia del denominado “riesgo de conducta”. Este concepto englobaría malas prácticas en el diseño, venta y post-venta de productos y servicios financieros, con las que la entidad financiera habría aprovechado su mayor información y control del proceso para obtener un mayor beneficio, generando un perjuicio a clientes, a contrapartes o a inversores. A efectos de consumo de capital, estos perjuicios económicos quedarían recogidos en la medición y gestión del riesgo operacional. Asimismo, la crisis económica, el elevado apalancamiento de familias y de empresas, y la pérdida de valor de las inversiones en productos financieros, entre otros aspectos, han provocado una erosión generalizada de la imagen sectorial. Amenazas ancladas en la evolución tecnológica La proliferación acelerada de soluciones digitales a las necesidades de clientes particulares y de empresas está dando lugar a nuevos patrones de consumo, de pago, de ahorro y de financiación. En este contexto, están apareciendo múltiples “FinTechs”: empresas de nueva creación, que prestan servicios vinculados a la industria financiera, basándose en innovaciones disruptivas en tecnologías de información y de comunicación (TICs). En concreto, ponen en valor una combinación de nuevos lenguajes de programación, mayores capacidades de almacenamiento y procesamiento de datos, algoritmos analíticos, menores restricciones legales/regulatorias (también se les incluye en el concepto de “shadow banking”) y modelos de negocio más ligeros en costes. También de origen tecnológico son los “ciber-ataques”, que consisten en el acceso fraudulento a los datos contenidos en las infraestructuras tecnológicas de información y comunicación de la Entidad, o manipulación fraudulenta de los procesos desarrollados mediante dichas infraestructuras, buscando un beneficio para quienes los cometen. Además del perjuicio para los clientes correspondientes, todo ello puede ser objeto de sanciones económicas y de lucro cesante con otros clientes por la imagen de vulnerabilidad que han transmitido las entidades que los han sufrido, con inmediata repercusión mediática. Los crecientes hábitos de compra online/móvil de los clientes facilitan la actuación de grupos criminales, cuya capacidad y alcance están aumentando de forma notoria. Normativa europea de Solvencia II En 2013 las autoridades europeas establecieron el 1 de enero de 2016 como la fecha de entrada en vigor de la Normativa Europea de Solvencia II. En 2014 se aprobó la Directiva Omnibus II que modifica la Directiva de Xxxxxxxxx XX y completa el nuevo marco de regulación y supervisión de seguros en la UE, dando poderes a EIOPA para finalizar el proyecto de Xxxxxxxxx XX. Durante 2015 a nivel europeo se han finalizado los desarrollos normativos actualmente en discusión (Actos Delegados, Normas Técnicas de Implementación y Guías). A nivel nacional, durante 2015 se han transpuesto al ordenamiento jurídico español todo el conjunto de normativas de Solvencia II. Con el fin de preparar la adaptación a Solvencia II hasta su entrada en vigor el 1 de enero de 2016, en 2014 EIOPA (el supervisor Europeo de seguros) emitió cuatro guías de preparación, las cuales tienen como objetivo ayudar a que las compañías aseguradoras vayan incorporando progresivamente determinados aspectos que desarrolla Solvencia II hasta 2016. Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito Con fecha 20 xx xxxxx de 2015 entró en vigor la Ley 11/2015, de 18 xx xxxxx, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, la cual modifica el régimen jurídico del Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito (FGD) consecuencia de la trasposición de la Directiva 2014/49/UE, de 16 xx xxxxx de 2014, que armoniza determinados |
aspectos de los sistemas de garantía de depósitos a nivel europeo. Esta Ley se complementa con el Real Decreto 1012/2015, de 6 de noviembre, que la desarrolla reglamentariamente que modifica el Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, sobre Fondos de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito. El Fondo se divide en dos compartimentos estancos (i) el compartimento de garantía de depósitos, cuyos fondos se destinarán a las tareas encomendadas por la Directiva, y (ii) el compartimento de garantía de valores cuyos fondos se destinarán a los titulares de valores u otros instrumentos financieros confiados a una entidad de crédito. En el caso del compartimento de garantía de depósitos, se establece un nivel objetivo mínimo que deberán alcanzar sus recursos del 0,8 por ciento de los depósitos garantizados antes del 0 xx xxxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxxxxxxx xxxx xxxxx xx 0,5 por ciento previa autorización de la Comisión Europea. De acuerdo con las modificaciones introducidas, la base de cálculo de las aportaciones al Fondo pasa a determinarse por las cuantías efectivamente garantizadas. Hasta 100.000 euros, los depósitos no están sujetos a absorción de pérdidas y tienen preferencia de cobro. Las modificaciones también prevén que las aportaciones anuales de las entidades al compartimento de garantía de depósitos se ajusten en función de su perfil de riesgo una vez el Banco de España haya desarrollado los métodos necesarios para el cálculo. Dado que la fecha máxima para este desarrollo es el 31 xx xxxx de 2016, dichos ajustes no han sido de aplicación a las aportaciones correspondientes al ejercicio 2015. Respecto a la aportación al Fondo correspondiente al ejercicio 2015, en su sesión de 2 de diciembre de 2015 la Comisión Gestora del Fondo acordó fijar la aportación anual al compartimento de garantía de depósitos en el 1,6 por mil de la base de cálculo de los depósitos efectivamente garantizados. Fondo de Resolución Nacional Consecuencia de la transposición de la Directiva 2014/59/UE, de 15 xx xxxx de 2014, por la que se establece un marco para la reestructuración y la resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, es la creación de un Fondo de Resolución Nacional (FRN) a través de la Ley 11/2015, el cual tiene como finalidad financiar las medidas de resolución que ejecute el FROB (Fondo de Resolución Ordenada Bancaria), quien ejerce su gestión y administración. El Fondo está financiado por las aportaciones de las entidades de crédito y las empresas de servicios de inversión, debiendo alcanzar sus recursos financieros, al menos, el 1 por ciento de los depósitos garantizados de todas las entidades no más tarde del 31 de diciembre de 2024. Con el fin de alcanzar este nivel, el FROB recaudará, al menos anualmente y con inicio en el ejercicio 2015, contribuciones ordinarias de las entidades, incluidas sus sucursales en la Unión Europea, tomando en consideración (i) la proporción que la entidad represente sobre el total agregado de las entidades, en términos de pasivos totales, excluidos los recursos propios y el importe garantizado de depósitos, y (ii) el perfil de riesgo de cada entidad, el cual incluye una evaluación de la probabilidad de ser objeto de resolución, la complejidad de su estructura y resolubilidad, e indicadores de la situación financiera y nivel de riesgo entre otros. De acuerdo con el calendario previsto, en enero de 2016 la Autoridad Única de Resolución Europea inició plenamente sus operaciones, habiéndose fusionado a finales de ese mismo mes el FRN con el resto de Fondos Nacionales de los Estados miembros de la Zona del Euro en un Fondo Único de Resolución Europeo. Las aportaciones correspondientes al ejercicio 2016 y siguientes serán realizadas a este Fondo Europeo, quedando el FRN únicamente para las empresas de servicios de inversión. | |
B.5 | Si el emisor es parte de un grupo, una descripción del grupo y la posición del emisor en el grupo CaixaBank y sus sociedades dependientes integran el Grupo CaixaBank (Grupo CaixaBank o el Grupo). CaixaBank es una sociedad anónima cuyas acciones se encuentran admitidas a cotización en las bolsas de Barcelona, Madrid, Valencia y Bilbao a través xxx xxxxxxx continuo, formando parte del IBEX-35 desde el 4 de febrero de 2008. CaixaBank, participado mayoritariamente (56,76% a 31 de diciembre de 2015) por CriteriaCaixa tras la reorganización del Grupo que se produjo en el ejercicio 2014, es una entidad de referencia en el mercado español con actividad bancaria y de seguros. Además, mantiene participaciones en bancos internacionales y en compañías del sector servicios. Como entidad bancaria, se encuentra sujeta a la supervisión del Banco Central Europeo y del Banco de España. A 31 de diciembre de 2015, la estructura societaria del Grupo, en el cual se integra el Grupo CaixaBank, es: A 31 de diciembre de 2015 el Grupo CaixaBank está formado por 69 sociedades participadas directas, de las que 5 son cotizadas y 93 sociedades participadas indirectamente. |
B.6 | En la medida en que tenga conocimiento de ello el emisor, el nombre de cualquier persona que, directa o indirectamente, tenga un interés declarable, según el derecho nacional del emisor en el capital o en los derechos de voto del emisor, así como la cuantía del interés de cada una de esas personas. Si los accionistas principales del emisor tienen distintos derechos de voto, en su caso. En la medida en que sea del conocimiento del emisor, declarar si el emisor es directa o indirectamente propiedad o está bajo control de un tercero y de quién se trata y describir el carácter de ese control A 31 de diciembre de 2015, y según la información pública disponible, Criteria Caixa, S.A., Sociedad Unipersonal, sociedad íntegramente participada por la Fundación Bancaria Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona, “la Caixa”, ostenta una participación en CaixaBank del 56,76% (*). Asimismo, Invesco Limited, a través de Invesco Asset Management Limited y otras entidades individualmente admitidas a cotización bajo la Sección10, ostenta una participación en CaixaBank del 1,00%. Los miembros del Consejo, directa o indirectamente, ostentan en su conjunto una participación en CaixaBank, a 31 de diciembre de 2015, representativa del 1,865% del capital social. (*) Respecto a la situación de la participación de Fundación Bancaria “la Caixa” en CaixaBank, cabe informar que la Asamblea General de la Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona (“la Caixa”), celebrada el 22 xx xxxx de 2014, aprobó su transformación en fundación bancaria, manifestando la voluntad de que la Fundación Bancaria “la Caixa”, adoptase un acuerdo de segregación a favor de Criteria CaixaHolding, S.A.U. (actualmente denominada Criteria Caixa, S.A.U. y en adelante, Criteria Caixa) de las emisiones de títulos de deuda en las que la “la Caixa” tuviese la condición de emisor y de su participación en CaixaBank, que la Fundación Bancaria ostentaba entonces de forma directa. El 14 de octubre de 2014, se inscribió la escritura de segregación a favor de Criteria Caixa de las emisiones de títulos de deuda y de otros activos y pasivos y de la participación en CaixaBank, de modo que la Fundación Bancaria, “la Caixa” pasó a ostentar su participación en CaixaBank a través de Criteria Caixa. Tras este proceso y a cierre del ejercicio 2015, la Fundación Bancaria Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona (“la Caixa”) ostenta a través de Criteria Caixa (sociedad controlada al 100% por la Fundación Bancaria) 3.305.666.049 acciones de CaixaBank. Asimismo, es menester dejar constancia que de conformidad con la Disposición Adicional 8ª de la Ley 26/2013 de 27 de diciembre de 2013, xx Xxxxx de Ahorro y Fundaciones Bancarias, las fundaciones bancarias que acudan a procesos de ampliación de capital de la entidad de crédito participada no podrán ejercer los derechos políticos correspondientes a aquella parte del capital adquirido que les permita mantener una posición igual o superior al 50% o de control, por ello, la Fundación Bancaria Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona (“la Caixa”) de la totalidad de acciones de CaixaBank controladas a cierre de 2015 (3.305.666.049 acciones) sólo puede ejercer los derechos de voto referentes a 3.271.232.029 acciones. Por ende también se deja constancia de que el 3 de diciembre de 2015 se registró en la CNMV la comunicación del Hecho relevante por parte de CaixaBank, S.A. sobre la formalización de un contrato de permuta con su accionista de control, Criteria Caixa, en virtud del cual CaixaBank, S.A. transmitirá a Criteria Caixa todas sus acciones en Grupo Financiero Inbursa, S.A.B. de C.V. (representativas del 9,01% de GFI) y de The Bank of East Asia, Limited (representativas del 17,24% de BEA) y a su vez recibirá de Criteria Caixa, acciones de CaixaBank, S.A. (representativas del 9,9% del capital social) y un importe en efectivo. Asimismo, se informaba que el cierre de la permuta se prevé para el primer trimestre de 2016 y que el consejo de administración de XxxxxXxxx tiene previsto proponer a la próxima junta general de CaixaBank la amortización de un número de acciones propias que representen como mínimo las acciones que adquiera de Criteria Caixa bajo la Permuta (9,9%) y como máximo el 10% del capital social que CaixaBank llegue a tener en autocartera en ese momento. |
B.7 | Información financiera fundamental histórica seleccionada relativa al Emisor que se presentará para cada ejercicio del período cubierto por la información financiera histórica, y cualquier período financiero intermedio subsiguiente, acompañada de datos comparativos del mismo período del ejercicio anterior, salvo que el requisito para la información comparativa del balance se satisfaga presentando la información del balance final del ejercicio. Se adjuntará una descripción narrativa de todo cambio significativo en la situación financiera del Emisor y los resultados de sus operaciones durante o después del período cubierto por la información financiera histórica fundamental. La siguiente información financiera ha sido obtenida a partir de los registros de contabilidad y de gestión consolidados del Grupo CaixaBank y se presenta siguiendo los criterios establecidos en las Normas Internacionales de Información Financiera adoptadas por la Unión Europea (NIIF-UE) y tomando en consideración la Circular 4/2004 del Banco de España, de 22 de diciembre, y posteriores modificaciones. A continuación se informa de las principales magnitudes de gestión del Grupo CAIXABANK, correspondientes al 31 de diciembre de los ejercicios de 2015, 2014 y 2013. La información financiera del Grupo CAIXABANK correspondiente a los ejercicios 2015 y 2014 se basa en datos contables que han sido auditados. La información financiera auditada correspondiente al ejercicio 2013 se presenta únicamente a efectos comparativos. La información financiera histórica de 2013 ha sido reestimada de acuerdo con el nuevo registro de las aportaciones al Fondo de Garantía de Depósitos en aplicación de la IFRIC 21 y la NIC 8. Al respecto de la comparativa anual cabe considerar, a efectos de cambios de perímetro, el registro de la combinación de negocios con Barclays Bank, SAU, desde el 1 de enero de 2015, a efectos contables. A. Balance de situación A continuación se presenta el Balance de situación de Grupo CAIXABANK correspondiente a los ejercicios 2015, 2014 y 2013. |
Importes en millones de euros | 31.12.15 | 31.12.14 | Variación anual | 31.12.13 | ||||
absoluta % | ||||||||
Caja y depósitos en bancos centrales | 5.772 | 4.157 | 1.615 | 38,8 | 6.968 | |||
Cartera de negociación | 13.532 | 12.257 | 1.275 | 10,4 | 10.002 | |||
Activos financieros disponibles para la venta | 62.997 | 71.101 | (8.104) | (11,4) | 56.450 | |||
Inversiones crediticias | 211.317 | 195.731 | 15.586 | 8,0 | 206.846 | |||
Cartera de inversión a vencimiento | 3.820 | 9.608 | (5.788) | (60,2) | 17.831 | |||
Activos no corrientes en venta | 7.961 | 7.248 | 713 | 9,8 | 6.215 | |||
Participaciones | 9.674 | 9.266 | 408 | 4,4 | 8.774 | |||
Activo material | 6.293 | 6.404 | (111) | (1,7) | 5.518 | |||
Activo intangible | 3.672 | 3.635 | 37 | 1,0 | 3.629 | |||
Resto activos | 19.217 | 19.216 | 1 | 0,0 | 18.087 | |||
Total activo | 344.255 | 338.623 | 5.632 | 1,7 | 340.320 | |||
Pasivo | 319.051 | 313.391 | 5.660 | 1,8 | 316.374 | |||
Cartera de negociación | 12.200 | 11.975 | 225 | 1,9 | 7.891 | |||
Pasivos financieros a coste amortizado | 253.499 | 247.539 | 5.960 | 2,4 | 263.201 | |||
Pasivos por contratos de seguros | 40.575 | 40.434 | 141 | 0,3 | 32.028 | |||
Provisiones | 4.598 | 4.371 | 227 | 5,2 | 4.321 | |||
Resto pasivos | 8.179 | 9.072 | (893) | (9,8) | 8.933 | |||
Patrimonio neto | 25.204 | 25.232 | (28) | (0,1) | 23.946 | |||
Fondos propios | 23.689 | 23.373 | 316 | 1,4 | 23.259 | |||
Intereses minoritarios y ajustes por valoración | 1.515 | 1.859 | (344) | (18,5) | 687 | |||
Total pasivo y patrimonio neto | 344.255 | 338.623 | 5.632 | 1,7 | 340.320 | |||
B. Cuenta de resultados A continuación se informa de las partidas más relevantes de la cuenta de resultados correspondientes a los ejercicios 2015, 2014 y 2013. * La cuenta de resultados de 2013 ha sido re expresada en aplicación de la IFRIC 21 y la NIC 8 que ha supuesto un impacto neto de -180MM€ correspondientes al registro de la derrama extraordinaria del FGD de 2013 y -7MM€ al registro anticipado de la aportación ordinaria del FGD de 2013 y 2014. Impacto total de -267 brutos. ** En 2015 no incluye -259 asociados a la integración de Barclays Bank, SAU, y -284 relacionados con el Acuerdo Laboral. En 2013 no incluye -267 (impacto bruto FGD) y -839 gastos extraordinarios. En la partida denominada “Resultado atribuido a intereses minoritarios y otros” se incluye el Resultado de Operaciones Ininterrumpidas (neto) C. Principales ratios de gestión A continuación se informa de las principales magnitudes de gestión del Grupo CAIXABANK, correspondientes al 31 de diciembre de los ejercicios de 2015, 2014 y 2013. |
Importes en millones de euros | Enero - Diciembre 2015 2014 | Variación en % | Enero - Diciembre 2013* | |
Ingresos financieros | 8.372 | 8.791 | (4,8) | 9.301 |
Gastos financieros | (4.019) | (4.636) | (13,3) | (5.346) |
Margen de intereses | 4.353 | 4.155 | 4,8 | 3.955 |
Dividendos | 203 | 185 | 9,4 | 107 |
Resultados de entidades valoradas por el método de la participación | 375 | 306 | 22,7 | 339 |
Comisiones netas | 2.013 | 1.825 | 10,3 | 1.760 |
Resultados de operaciones financieras y diferencias de cambio | 867 | 640 | 35,5 | 679 |
Otros productos y cargas de explotación | (85) | (171) | (50,4) | (475) |
Xxxxxx xxxxx | 7.726 | 6.940 | 11,3 | 6.365 |
Gastos de explotación recurrentes (4.063) (3.773) | 7,7 | (3.947) | ||
Gastos de explotación extraordinarios (543) | (839) | |||
Margen de explotación Margen de explotación sin costes extraordinarios** | 3.120 3.663 | 3.167 3.167 | (1,5) 15,7 | 1.579 2.685 |
Pérdidas por deterioro de activos financieros y otros (2.516) (2.579) | (2,4) | (4.329) | ||
Ganancias/pérdidas en baja de activos y otros 34 (386) | 1.770 | |||
Resultado antes de impuestos | 000 | 000 | 000,6 | (980) |
Impuesto sobre beneficios 181 418 | 1.288 | |||
Resultado consolidado del ejercicio | 819 | 620 | 31,7 | 308 |
Resultado atribuido a intereses minoritarios y otros 5 0 | (8) | |||
Resultado atribuido al Grupo | 814 | 620 | 31,4 | 316 |
En millones de euros | 2015 | 2014 | Variación anual | 2013 | ||||
EFICIENCIA Y RENTABILIDAD (últimos 12 meses) | ||||||||
Ratio de eficiencia (Total Gastos de explotación / Margen bruto) | 59,6% | 54,4% | 5,2 | 75,2% | ||||
Ratio de eficiencia sin costes extraordinarios* | 52,6% | 54,4% | (1,8) | 59,5% | ||||
ROE (Resultado atribuido / Fondos propios medios) | 3,4% | 2,7% | 0,7 | 1,4% | ||||
ROTE (Resultado atribuido / Fondos propios tangibles medios) | 4,3% | 3,4% | 0,9 | 1,7% | ||||
XXX (Resultado neto / Activos totales medios) | 0,2% | 0,2% | 0,0 | 0,1% | ||||
RORWA (Resultado neto / Activos ponderados por riesgo) | 0,7% | 0,5% | 0,2 | 0,2% | ||||
GESTIÓN DEL RIESGO | ||||||||
Ratio de morosidad | 7,9% | 9,7% | (1,8) | 11,7% | ||||
Ratio de morosidad ex-promotor | 6,2% | 6,4% | (0,2) | 6,8% | ||||
Coste del riesgo | 0,7% | 1,0% | (0,3) | 1,9% | ||||
Cobertura de la morosidad | 56% | 55% | 1 | 61% | ||||
Cobertura de la morosidad con garantía real | 128% | 132% | (4) | 140% | ||||
Cobertura de inmuebles adjudicados disponibles para la venta | 58% | 55% | 3 | 54% | ||||
LIQUIDEZ | ||||||||
Liquidez | 54.090 | 56.665 | (2.575) | 60.762 | ||||
Loan to deposits | 106,1% | 104,3% | 1,8 | 109,9% | ||||
SOLVENCIA | ||||||||
Common Equity Tier 1 (CET1) 12,9% 13,0% (0,1) 11,8% | ||||||||
Capital Total 15,9% 16,1% (0,2) 14,6% | ||||||||
APRs 143.312 139.729 3.583 152.502 | ||||||||
Leverage Ratio 5,7% 5,7% 0,0 5,4% | ||||||||
Common Equity Tier 1 (CET1) fully loaded 11,55% 12,1% (0,56) 11,3% | ||||||||
*En 2015 no incluye -259 asociados a la integración de Barclays Bank, SAU, y -284 relacionados con el Acuerdo Laboral. En 2013 no incluye -267 (impacto bruto FGD) y -839 gastos | ||||||||
extraordinarios. | ||||||||
Cambios significativos en la situación financiera del Emisor durante o después del período cubierto por la información | ||||||||
financiera histórica fundamental: | ||||||||
Cambios de perímetro | ||||||||
Destacan como cambios más significativos la integración de Banco de Valencia y la adquisición de Barclays Bank, SAU. | ||||||||
En este sentido, la adquisición de Banco de Valencia fue efectiva a efectos contables desde el 1 de enero de 2013, afectando, por | ||||||||
tanto, al cierre de ejercicio de 2013. | ||||||||
Asimismo, con fecha 2 de enero de 2015, se formalizó la adquisición de Barclays Bank, SAU que incluye el negocio de banca | ||||||||
minorista, gestión de patrimonios y banca corporativa de Barclays Bank en España, excluyendo los negocios de banca de | ||||||||
inversión y de tarjetas. Posteriormente, los Consejos de Administración de CaixaBank y Barclays Bank, SAU aprobaron el 30 xx | ||||||||
xxxxx de 2015 el Proyecto Común de Fusión. La citada fusión ha implicado: (i) la extinción de Barclays Bank, SAU y (ii) la | ||||||||
transmisión en bloque de su patrimonio social a CaixaBank, que ha adquirido por sucesión universal los derechos y obligaciones | ||||||||
de la primera. Con fecha 14 xx xxxx de 2015 quedó inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona la escritura pública de fusión | ||||||||
por absorción de CaixaBank (sociedad absorbente) y Barclays Bank, SAU (sociedad absorbida), con la consiguiente extinción de | ||||||||
la segunda. | ||||||||
OPA sobre Banco BPI | ||||||||
Con fecha 17 de febrero de 2015 CaixaBank comunicó a la Comissão do Mercado de Valores Mobiliários portuguesa (CMVM) su | ||||||||
intención de lanzar una oferta pública de adquisición (OPA) de carácter voluntaria sobre las acciones ordinarias del banco | ||||||||
portugués BPI no pertenecientes a CaixaBank. | ||||||||
Con fecha 18 xx xxxxx de 2015, el Consejo de Administración de CaixaBank acordó presentar ante la CMVM el desistimiento del | ||||||||
registro de su oferta de adquisición sobre las acciones de BPI anunciada el pasado 17 de febrero, a la vista de no haberse dado | ||||||||
cumplimiento a la condición de que se eliminara el límite de derechos de voto que un accionista puede emitir establecido en los | ||||||||
estatutos de BPI, pues la Junta General de BPI, celebrada el 17 xx xxxxx de 2015, acordó no eliminar dicha limitación estatutaria. | ||||||||
Posteriormente, con relación al comunicado divulgado al mercado por BPI, con fecha 4 de febrero de 2016, sobre la propuesta de | ||||||||
su consejo de administración a la asamblea general para eliminar la limitación de derechos de voto (voting cap), CaixaBank | ||||||||
manifestó su posición favorable para eliminar el voting cap y en ese sentido valoró positivamente la decisión. | ||||||||
Asimismo, el pasado 2 xx xxxxx de 2016, CaixaBank informó mediante Xxxxx Xxxxxxxxx: (i) que está manteniendo contactos con | ||||||||
BPI y con el accionista de BPI, Xxxxxxx Finance-Prestação de Serviços, S.A. en el contexto de la situación del exceso de | ||||||||
concentración de riesgos de BPI derivada de su participación de control en BFA. (ii) En estos contactos, CaixaBank y Xxxxxxx | ||||||||
Finance han explorado distintas alternativas para alcanzar una solución a dicha situación que pudiera ser aceptable para todas las | ||||||||
partes interesadas, sin que hasta ahora se haya llegado a una solución en ese sentido. | ||||||||
A fecha de la publicación del presente documento CaixaBank no ha tomado ninguna decisión acerca de su participación en BPI. | ||||||||
CaixaBank tomará las decisiones que considere apropiadas y las comunicará al mercado oportunamente en función del resultado |
de la votación sobre la eliminación del voting cap por la asamblea general y de otras circunstancias que puedan ser relevantes. Venta de la participación en Boursorama a Société Générale y de la participación en Self Trade Bank a Boursorama Con fecha 00 xx xxxxx xx 0000 XxxxxXxxx xxxxxxx xx xxxxx a Société Générale Group de la totalidad de su participación en Boursorama, que representaba un 20,5% del capital social, así como los derechos de voto, por un precio de 218,5 millones de euros. El precio pagado por Société Générale fue el mismo que el ofrecido a los accionistas minoritarios durante la oferta pública de adquisición simplificada y del proceso de exclusión del año 2014, esto es, 12 euros por acción. Con esta operación finalizó la alianza entre Société Générale y CaixaBank que se inició en 2006 tras la venta de CaixaBank France a Boursorama. Como consecuencia de ello, el acuerdo de accionistas firmado en mayo de 2006 y renegociado en marzo de 2014 por ambas instituciones se dio también por terminado. Asimismo, CaixaBank también anunció la firma de la venta a Boursorama de la totalidad de su participación en Self Trade Bank, la joint venture que ambas entidades mantenían en España, y que representa el 49% del capital social. La contraprestación acordada fue de 33 millones de euros. Como consecuencia de esta transacción se da por terminada la joint venture así como los acuerdos firmados en julio de 2008 por Xxxxxxxxxx y CaixaBank. Las plusvalías consolidadas después de impuestos generadas en ambas transacciones ascienden a 38 millones de euros. Firma de un acuerdo de permuta con CriteriaCaixa sobre las participaciones en Grupo Financiero Inbursa y The Bank of East Asia El día 3 de diciembre de 2015 los Consejos de Administración de CaixaBank y de CriteriaCaixa acordaron la firma de un contrato de permuta bajo el cual CaixaBank se obligaba a entregar a CriteriaCaixa el 17,24% de The Bank of East Asia (BEA) y el 9,01% de Grupo Financiero Inbursa (GFI) y CriteriaCaixa se obligaba, por su parte, a entregar a CaixaBank el 9,9% de acciones propias de CaixaBank titularidad de CriteriaCaixa y 642 millones de euros en efectivo. El Consejo de Administración de CaixaBank tiene previsto proponer a la Junta General de Accionistas de CaixaBank la amortización de, como mínimo, las acciones propias que adquiera de Criteria bajo esta permuta (9,9%) y como máximo el 10% del capital social que CaixaBank llegue a tener en autocartera en ese momento. El cierre de la permuta está sujeto a (i) la modificación de los actuales acuerdos suscritos por CaixaBank relativos a sus participaciones en BEA y GFI de modo que Criteria ocupe la posición de CaixaBank, como nuevo accionista de estos bancos y CaixaBank continúe siendo parte como socio bancario de dichos bancos, (ii) la obtención de las autorizaciones regulatorias aplicables en Hong Kong y en Méjico; (iii) la autorización del Consejo de Administración de GFI a la adquisición de las acciones de GFI por parte de Criteria; y (iv) la autorización del Banco Central Europeo para la adquisición por parte de CaixaBank de las acciones propias de CaixaBank, así como la posterior amortización de las mismas, que el Consejo de Administración de CaixaBank prevé proponer a su próxima Junta General de Accionistas. Dado que la entrega de las acciones de BEA y GFI únicamente se producirá si se obtienen la totalidad de las autorizaciones, y no es la intención del grupo enajenar las mismas en caso de no autorizarse la transacción, dichas participaciones se mantienen clasificadas a 31 de diciembre de 2015 como entidades asociadas. Cuando se ejecute esta operación, la participación de CriteriaCaixa en CaixaBank descenderá del 56,76% a 31 de diciembre de 2015 al 52%. Si se considera la participación fully diluted (teniendo en cuenta el bono de CriteriaCaixa de 750 millones de euros canjeable en acciones de CaixaBank con vencimiento en noviembre de 2017), ésta bajaría del 54% al 48,9%. | |
B.8 | Información financiera seleccionada pro forma, identificada como tal No procede, puesto que el Documento de Registro de CaixaBank no incorpora información financiera pro forma. |
B.9 | Si se realiza una previsión o estimación de los beneficios, indíquese la cifra No procede, puesto que no se ha incluido en el Documento de Registro del Emisor |
B.10 | Descripción de la naturaleza de cualquier salvedad en el informe de auditoría sobre la información financiera histórica No procede, puesto que los informes de auditoría emitidos sobre las cuentas anuales del Emisor individuales y de su grupo consolidado, correspondientes a los ejercicios 2015, 2014 y 2013 contienen respectivas opiniones favorables, sin salvedades |
Sección C – Valores | |
C.1 | Descripción del tipo y de la clase de valores ofertados y/o admitidos a cotización, incluido, en su caso, el número de identificación del valor Los warrants emitidos están representados por anotaciones en cuenta. La Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores (en adelante Iberclear), con domicilio en la Plxxx xx xx Xxxxxxx xx0, 00000 Xxxxxx, será la encargada de su registro contable junto con sus entidades participantes. El Código ISIN (Internacional Securities Identification Number) de cada warrant es el que consta en la tabla anexa a este resumen Warrant significa valor negociable en Bolsa que otorga a su tenedor el derecho, pero no la obligación, a comprar (call warrant) o vender (put warrant) una cantidad determinada de un activo (Activo Subyacente) a un precio (precio de ejercicio o strike) a lo largo de toda la vida del warrant (americano) o a su vencimiento (europeo). Para adquirir el derecho, el comprador debe pagar una prima. La liquidación será exclusivamente por diferencias y no por entrega física del Activo Subyacente. El derecho que otorgan a su tenedor está sujeto, en algunos casos, a ciertas condiciones. Call Warrant Derecho a comprar Put Warrant Derecho a vender Tipos de warrants Los tipos de warrants emitidos son: Warrants de Compra Tradicionales (Call Warrants): son warrants que otorgan a su titular el derecho (no la obligación) a comprar una cantidad determinada de un activo subyacente en la Fecha de Ejercicio y al Precio de Ejercicio, percibiendo, en la Fecha de Pago, la diferencia positiva que existiere entre el Precio de Liquidación y el Precio de Ejercicio en la Fecha de Ejercicio |
Estilo de Warrants Los warrants emitidos son: Warrants Americanos: el tenedor puede ejercitar el derecho sobre el warrant en cualquier Día Hábil anterior a la fecha de vencimiento, mediante la presentación en la entidad donde tengan depositados los valores de un Aviso de Ejercicio. El Aviso de Ejercicio debe ser recibido antes de las 17.00 CET (Central European Time) para ser ejecutado el día siguiente. En caso de que el inversor no proceda a ejercitar sus derechos sobre el warrant en el plazo indicado, el ejercicio será automático a vencimiento. Las características de los warrants a emitir son las indicadas en la tabla anexa a este resumen | |
C.2 | Divisa de emisión de los valores Los warrants estarán denominados en Euros. |
C.3 | Número de acciones emitidas y desembolsadas totalmente, así como las emitidas, pero aún no desembolsadas en su totalidad. Indicar el valor nominal por acción, o que las acciones no tienen ningún valor nominal. El capital social de Caixabank a 9 xx xxxxx de 2016 es de 5.823.990.317 euros, representado por 5.823.990.317 acciones de 1 euro de valor nominal cada una de ellas, pertenecientes a una sola clase y serie, con idénticos derechos políticos y económicos, y representadas en anotaciones en cuenta. Las acciones de la sociedad están admitidas a cotización en las bolsas de valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo) |
C.5 | Descripción de cualquier restricción sobre la libre transmisibilidad de los valores No existen restricciones a la libre transmisibilidad de los valores. |
C.7 | Descripción de la política de dividendos La política de retribución al accionista de CaixaBank se articula a través de un esquema de retribución denominado Programa Dividendo/Acción por el que, en determinados trimestres, se va a permitir a los accionistas elegir entre las siguientes tres opciones: a) Recibir acciones mediante una ampliación de capital liberada, o b) Recibir efectivo, como consecuencia de la venta en el mercado de los derechos asignados en dicha ampliación, o c) Recibir efectivo, por la venta a CaixaBank, a un precio fijado por la entidad, de los derechos asignados en dicha ampliación. Los accionistas también podrán combinar estas tres opciones. No obstante lo anterior, el pasado 12 xx xxxxx de 2015, el Consejo de Administración acordó, en el marco de su política de remuneración al accionista, que la remuneración con cargo al ejercicio 2015 sea de 0,16 euros por acción, mediante dos pagos en efectivo y dos pagos bajo el programa Dividendo/Acción (habiendo propuesto a la Junta General de Accionistas la aprobación de los correspondientes aumentos de capital), manteniéndose en todo caso la política de remuneración trimestral que permite a los accionistas optar entre recibir acciones o efectivo o una combinación de ambos. Este cambio en la política de remuneración al accionista, combinando la aplicación del “Programa Dividendo/Acción” con pagos íntegramente en efectivo ya fue anunciado mediante Hecho Relevante publicado el 17 de febrero de 2015, fecha en la que fue acordado por el Consejo al amparo de la Junta General de Accionistas celebrada el 24 xx xxxxx de 2014. A continuación se detalla la remuneración al accionista correspondiente a los últimos 12 meses: Concepto €/acc Pago1 Dividendo en efectivo, a cuenta 2015 0,04 24/12/2015 Programa Dividendo/ Acción2 0,04 25/09/2015 Dividendo en efectivo, complementario 2014 0,04 12/06/2015 Programa Dividendo/ Acción3 0,04 20/03/2015 (1) Fecha de liquidación de los derechos que se vendieron a la propia sociedad para el programa Dividendo/ Acción. (2) Fecha de inicio cotización derechos de asignación gratuita: 08/09/15. (3) Fecha de inicio cotización derechos de asignación gratuita: 03/03/15. En relación con la Junta General Ordinaria de Accionistas de XxxxxXxxx, S.A.(la “Junta”) que esta previsto que se celebre el día 28 xx xxxxx de 2016 en primera convocatoria, el Consejo de Administración someterá a la Junta Aprobar la distribución del resultado neto individual, que es de un beneficio de 650.692.362,47 euros, de la siguiente forma: (1) Importe estimado (ver nota (2) siguiente). (2) Importe estimado correspondiente al pago de un dividendo complementario de 0,04 euros por acción, a abonar en efectivo en junio de 2016. Este importe se incrementará o reducirá en función del número total de acciones que finalmente se emitan en el marco del acuerdo de ampliación de capital liberado aprobado por la Junta General de Accionistas celebrada el 23 xx xxxxx de 2015 bajo el punto 8.2 del orden del día (Programa Dividendo/Acción) y que el Consejo de Administración acordó ejecutar en su sesión de 25 de febrero de 2016. Asimismo, este importe se reducirá en función del número de acciones en autocartera que CaixaBank tenga en el momento del pago del dividendo, dado que, conforme exige la Ley de Sociedades de Capital, las acciones propias no podrán percibir dividendo. (3) Importe estimado (ver nota (6) posterior). (4) Importe que permite alcanzar el 20% de la cifra de capital social a 31 de diciembre de 2015, superior al importe mínimo que debe destinarse a reserva legal |
conforme al artículo 274 de la Ley de Sociedades de Capital (10% del beneficio del ejercicio). (5) Conforme a lo exigido por el artículo 273.4 de la Ley de Sociedades de Capital. (6) Importe estimado que se destina a la reserva voluntaria. Este importe se incrementará o reducirá en la misma cuantía en que se reduzca o incremente el importe destinado al pago del dividendo complementario (véanse notas 1 y 2 anteriores). El dividendo complementario del ejercicio 2015 se hará efectivo a los accionistas a partir del 1 xx xxxxx de 2016. En el supuesto de que a la fecha de pago del dividendo complementario la Sociedad fuera titular de acciones que no tuvieran derecho a percibir dividendo, el importe que les hubiera correspondido será aplicado a reservas voluntarias. | |
C.8 | Descripción de los derechos vinculados a los valores, incluida cualquier limitación de éstos, y del procedimiento para el ejercicio de tales derechos Derechos Políticos: Conforme a la legislación vigente, los valores carecerán para el inversor que los adquiera de cualquier derecho político presente y/o futuro sobre el Emisor o sobre el emisor de los subyacentes que pueden tener los warrants. Derechos Económicos: Los warrants emitidos no otorgarán a sus titulares derecho alguno de reembolso, sino el derecho a percibir los importes que, en su caso, y de conformidad con lo previsto en las Condiciones Finales, resulten a favor de los mismos. Se liquidarán exclusivamente por diferencias y se entenderán automáticamente ejercitados por sus titulares en sus respectivas Fechas de Ejercicio o de Vencimiento, procediendo el Emisor directamente a realizar a sus titulares las correspondientes liquidaciones positivas a las que tuvieran derecho como consecuencia de dicho ejercicio en las Fechas de Pago de la emisión. Ejercicio de los derechos económicos: El ejercicio de los derechos económicos de los warrants se llevará a cabo de acuerdo con lo establecido a continuación: Warrants Americanos: los warrants emitidos cuyo ejercicio sea americano requieren que sea el titular del warrant el que solicite el ejercicio de acuerdo con el procedimiento establecido a continuación. El Período de Ejercicio se iniciará en la Fecha de Emisión y se prolongará hasta las 17:00 C.E.T. del día hábil anterior a la Fecha de Vencimiento, esto es: • Para warrants con Fecha de Vencimiento 19 xx xxxxxx de 2016, el último día de negociación será el 18 xx xxxxxx de 2016. • Para warrants con Fecha de Vencimiento 16 de septiembre de 2016, el último día de negociación será el 15 de septiembre de 2016. • Para warrants con Fecha de Vencimiento 21 de octubre de 2016, el último día de negociación será el 20 de octubre de 2016. • Para warrants con Fecha de Vencimiento 18 de noviembre de 2016, el último día de negociación será el 17 de noviembre de 2016. • Para warrants con Fecha de Vencimiento 16 de diciembre de 2016, el último día de negociación será el 15 de diciembre de 2016. El tenedor puede ejercitar el derecho sobre el warrant en cualquier Día Hábil anterior a la Fecha de Vencimiento, mediante la presentación, en la entidad donde tenga depositados los valores, de un Aviso de Ejercicio. Los Avisos de Ejercicio habrán de ser presentados al Emisor por fax, correo o en persona. La dirección a estos efectos es Servicios Bancarios y Operaciones de CaixaBank S.A., Avxx. Xxxxxxxx 000, 00000, Xxxxxxxxx x el número de fax es 00 000 00 00. El modelo para el Aviso de Ejercicio puede obtenerse en cualquier oficina del Emisor así como a través de su página web. El Aviso de Ejercicio será irrevocable y debe ser recibido antes de las 17.00 CET (Central European Time) para ser ejecutado el día siguiente, en este caso la Fecha de Ejercicio será el día siguiente a tal recepción. Los avisos de ejercicio recibidos por el Emisor después de las 17:00 CET tendrán Fecha de Ejercicio dos Días Hábiles siguientes a la recepción del aviso. Asimismo, los avisos de ejercicio recibidos después de las 17:00 CET de terceras entidades en la que los inversores tengan depositados los valores, tendrán Fecha de Ejercicio dos Días Hábiles siguientes a la recepción del aviso. El límite final para dar Aviso de Ejercicio será por tanto las 17:00 C.E.T. del Día Hábil anterior a la Fecha de Vencimiento. Pasado ese momento los warrants no ejercitados por los tenedores serán ejercitados de forma automática por el Emisor en la Fecha de Vencimiento. El número mínimo de warrants para los que se solicite el ejercicio no podrá ser inferior a 100, salvo el día hábil anterior a la Fecha de Vencimiento. En dicha fecha se atenderán todas las peticiones de ejercicio o “Avisos de Ejercicio” que se presenten. Por tanto, aquellos inversores que tengan un número de valores inferior a 100 no podrán ejercitarlos antes de su vencimiento, si bien podrán transmitirlos en el mercado secundario con el fin de realizar su inversión. Día Hábil significa el día en que los Bancos Comerciales estén abiertos para la realización de operaciones financieras en Barcelona y estén abiertas para negociación las bolsas donde cotizan los warrants. Los derechos económicos que en su caso correspondan a los titulares de los warrants se abonarán por el Emisor a través de las entidades encargadas de la llevanza de los registros contables correspondientes. Prelación Las emisiones de warrants no tienen garantías reales ni de terceros, quedando sujetas por tanto al régimen de responsabilidad patrimonial universal del Emisor. Los warrants serán obligaciones contractuales directas, generales y sin pignoración del Emisor, y tendrán carácter pari passu entre ellas y todas las demás obligaciones sin pignoración y sin subordinación del Emisor. Por tanto, con respecto a la prelación de los inversores en caso de situación concursal del Emisor, los titulares de warrants se situarán detrás de los créditos con privilegio establecidos en la legislación concursal y delante de los acreedores subordinados. |
C.11 | Indicación de si los valores ofertados son o serán objeto de una solicitud de admisión a cotización, con vistas a su distribución en un mercado regulado o en otros mercados equivalentes, indicando los mercados en cuestión. Los warrants emitidos al amparo del Folleto de Base serán suscritos en el mercado primario por GDS-CUSA S.A.U, sociedad del Grupo CaixaBank, S.A., con domicilio en Barcelona, calle Provençals nº 39. |
El Emisor tiene previsto solicitar la admisión a negociación de las emisiones de warrants emitidas en la Bolsa de Valores de Barcelona Madrid, Valencia Bilbao, así como en el Sistema de Interconexión Bursátil. El Emisor se compromete a realizar los trámites necesarios para que los warrants que se emitan se incorporen a la negociación en dichos mercados en el plazo más reducido posible pero nunca superior a 7 días hábiles desde la Fecha de Emisión. Los warrants no tradicionales cotizarán en un segmento diferenciado dentro de la plataforma de warrants del S.I.B.E. Se puede obtener información sobre los warrants en cualquiera de las oficinas del Emisor, página web del Emisor o en las páginas web de las bolsas donde coticen. Para fomentar la liquidez, difusión y formación de precios de los warrants en el mercado, el Emisor realizará las funciones de entidad especialista de los warrants que se emitan al amparo del Folleto de Base, desarrollando sus funciones de acuerdo con lo establecido en la Circular 1/2009 y la Instrucción Operativa 131/2015 de Sociedad de Bolsas. | |
C.15 | Descripción de cómo el valor de su inversión resulta afectado por el valor del instrumento o instrumentos subyacentes Los warrants son valores que conllevan un alto riesgo si no se gestionan adecuadamente. Entre dichos riesgos se encuentra el de tipo de interés, el riesgo de crédito, riesgo xx xxxxxxx, riesgo de tipo de cambio, la volatilidad, la rentabilidad por dividendos o el plazo de tiempo. El inversor debe asumir que podrá obtener una rentabilidad negativa de su inversión en caso de que la evolución del Activo Subyacente sea contraria a la esperada y además debe tener en cuenta que en la valoración del warrant intervienen los siguientes factores: ▪ El precio del subyacente: El precio de un warrant depende del precio del Activo Subyacente. En caso de un warrant de compra (tipo call) se incrementará cuando el precio del Activo Subyacente aumente y bajará cuando éste disminuya. En el caso de un warrant de venta (tipo put), el precio de cotización del warrant se incrementará cuando baje el precio del Activo Subyacente y viceversa. Para aquellos subyacentes con cotización en divisa distinta a la de emisión del warrant, el inversor debe tener presente la existencia de riesgo de tipo de cambio tanto en caso de ejercicio de los warrants como en la cotización diaria, puesto que el Precio de Ejercicio del warrant está determinado en una divisa distinta a la del precio del subyacente. ▪ Dividendos: En el caso de warrants sobre acciones, índices, cestas de acciones y cestas de índices el valor del warrant se calculará teniendo en cuenta los dividendos. Cuantos mayores sean los dividendos, más bajo es el precio del warrant de compra (tipo call) y más alto el precio del warrant de venta (tipo put). ▪ Tipos de interés: En el caso de warrants sobre acciones, índices, cestas de acciones y cestas de índices el valor del warrant se calculará teniendo en cuenta los tipos de interés. Cuanto más alta sea la tasa de interés, más alto es el precio del warrant de compra (tipo call) y más bajo el precio del warrant de venta (tipo put). Para warrants sobre tipos de cambio se tendrá en cuenta para el cálculo del valor del mismo el tipo de interés de la divisa subyacente. ▪ Volatilidad: Cuanto más volátil sea el Activo Subyacente, es decir, cuanto más alta sea la variación estimada de su precio con respecto a una media estimada, mayor precio tendrá el warrant pues en un momento dado el precio del Activo Subyacente tiene más posibilidades de subir o bajar en el período de ejercicio del warrant. De acuerdo con lo anterior, en el momento de liquidación del warrant, el Precio de Liquidación puede haber subido o bajado más con respecto a una media estimada. ▪ Tiempo de vencimiento: Cuanto mayor sea el período de ejercicio, mayor será el precio del warrant, pues la probabilidad de que el precio del Activo Subyacente suba o baje aumenta con el tiempo. Es lo que se denomina “valor temporal” del warrant. El efecto de estos factores tiene que analizarse conjuntamente; así, es posible que a pesar de que la evolución del subyacente sea favorable su valor a una fecha dada se reduzca como consecuencia de la evolución desfavorable de alguno o algunos de los restantes factores. |
C.16 | Fecha de vencimiento o expiración de los valores derivados – fecha de ejercicio o fecha de referencia final Fecha de vencimiento La fecha de vencimiento de los warrants de la emisión es la establecida en la tabla anexa a este resumen. Fecha de Ejercicio La Fecha de Ejercicio y demás parámetros necesarios para determinar los derechos de cada titular son los especificados en la tabla anexa a este resumen Momento de Valoración: Ver elemento C.19 posterior. Fecha de Ejercicio: Ver elemento C.8 anterior. |
C.17 | Descripción del procedimiento de liquidación de los valores derivados Warrants Tradicionales: La cantidad a percibir, en su caso, por el titular de cada warrant, en la Fecha de Pago establecida para cada emisión, será la resultante de aplicar para cada warrant la siguiente fórmula. El Importe de Liquidación se obtendrá de multiplicar el importe de liquidación unitario (redondeado al cuarto decimal) por el número de warrants que se vayan a ejercitar. Para los call warrants: Importe de Liquidación Unitario = Ratio * Max [(PL-PE),0] Si bien la fórmula de pago de los Warrants Turbo es idéntica a la de los warrants tradicionales, su pago está condicionado a que el precio subyacente no toque un determinado Nivel xx Xxxxxxx. El Importe de Liquidación será cero si el Activo Subyacente toca el Nivel xx Xxxxxxx. Donde: PE: Precio de Ejercicio del Activo Subyacente, y significa el precio del Activo Subyacente fijado inicialmente, al que el titular del warrant tendría derecho a comprar (“call”) o vender (“put”) el Activo Subyacente en la Fecha de Ejercicio. El Precio de Ejercicio |
tiene un máximo de 4 decimales. PL: Precio de Liquidación del Activo Subyacente, y significa el precio del Activo Subyacente que se utilizará por el Emisor como precio de referencia final del Activo Subyacente. El Precio de Liquidación tiene un máximo de 4 decimales. Ratio: cantidad de Activo Subyacente a la que da derecho cada warrant (representada por cada warrant). El Ratio puede tener 4 decimales y puede ser una fracción o un múltiplo de 1. El Ratio se puede modificar a lo largo de la vida del warrant si se produjeran circunstancias excepcionales en el Activo Subyacente que serán debidamente comunicadas al inversor. | |
C.18 | Descripción de cómo se van a realizar los pagos provenientes de los valores derivados El Emisor, a partir de la Fecha de Ejercicio y dentro de los 5 días hábiles posteriores, procederá, a pagar a los tenedores de los warrants el Importe de Liquidación que, en su caso, resulten a favor de los mismos de acuerdo con el elemento C.17 anterior. El abono del importe de liquidación se abonará por el Emisor directamente o a través de las entidades encargadas de los registros contables correspondientes. |
C.19 | Precio de ejercicio y Precio de Liquidación o Precio de Referencia Final del subyacente El Precio de Ejercicio es el precio del Activo Subyacente fijado inicialmente, al que el titular del warrant tendría derecho a comprar (call) o vender (put) el Activo Subyacente en la Fecha de Ejercicio, y que se utilizará por el Emisor como precio de referencia inicial del Activo Subyacente, a fin de determinar, mediante la aplicación de la fórmula de liquidación, si corresponde un Importe de Liquidación a los titulares de los warrants. Véase el Precio de Ejercicio en la tabla anexa a este resumen. |
C.20 | Descripción del tipo de subyacente y lugar en el que puede encontrarse información sobre el subyacente Tipo de subyacente: Acciones Call Nombres de los subyacentes: el nombre de cada uno de los subyacentes están recogidos en la tabla anexa a este resumen Descripción de los subyacentes: Páginas de información sobre el activo subyacente: • Código Bloomberg <tipo> HP <Go> para precios históricos, (trayectoria pasada y reciente). • Código Bloomberg <tipo> HVT <Go> para volatilidades históricas. • Código Bloomberg <tipo> XXXX <Go> para volatilidades implícitas. Mercado de Cotización del Activo Subyacente: Mercado Continuo. Mercado de Cotización Relacionado del Subyacente: MEFF Renta Variable Distorsión xxx xxxxxxx del subyacente: Se comunicará a la CNMV como hecho relevante y será publicado en su página web (xxx.xxxx.xx). |
Sección D – Riesgos | |
D.1 | Información fundamental sobre los principales riesgos específicos del Emisor o de su sector de actividad A continuación se resumen los factores de riesgo inherentes al Emisor que se desarrollan en la sección “Factores de Riesgo “ del Documento de Registro de CAIXABANK, inscrito en los registros oficiales de la CNMV el 23 xx xxxxx de 2015, cuyas cifras se actualizan a continuación a 31 de diciembre de 2015: 1. RIESGOS ASOCIADOS A LA ACTIVIDAD FINANCIERA DE LA ENTIDAD • Riesgo de Crédito: Se refiere a las pérdidas derivadas del incumplimiento de un acreditado en alguna de sus obligaciones. El riesgo de crédito, es el más significativo del balance del Grupo CAIXABANK y se deriva de la actividad bancaria y aseguradora, de la operativa de tesorería y de la cartera de participadas. El Grupo CaixaBank orienta su actividad a la financiación de familias y empresas. La gestión del riesgo de crédito se caracteriza por una política de concesión prudente y de coberturas adecuadas. Con respecto a la distribución geográfica, la actividad crediticia del Grupo CaixaBank se centra, básicamente, en España. A continuación se muestran los datos más relevantes de gestión del riesgo a 31 de diciembre de 2015, 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 x 00 xx xxxxxxxxx xx 0000: |
Subyacente | Emisor | Código Bloomberg | Tipo |
BBVA | Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. | BBVA SM | Equity |
REP | Repsol, S.A. | REP SM | Equity |
SAN | Banco Santander, S.A. | SAN SM | Equity |
TEF | Telefónica, S.A. | TEF SM | Equity |
ITX | Inditex, S.A. | ITX SM | Equity |
IBE | Iberdrola, S.A. | IBE SM | Equity |
Diciembre 2015 Diciembre 2014 Diciembre 2013 En millones de euros | |||
GESTIÓN DEL RIESGO (créditos + riesgos contingentes) | |||
Dudosos 17.100 20.110 25.365 Ratio de morosidad 7,9% 9,7% 11,7% Ratio de morosidad ex-promotor 6,2% 6,4% 6,8% Provisiones para insolvencias 9.512 11.120 15.478 Cobertura de la morosidad 56% 55% 61% Cobertura de la morosidad con garantía real 128% 132% 140% Fallidos1 14.604 11.602 10.453 (1) Incluye intereses devengados por los activos. Cláusulas suelo: Durante el tercer trimestre de 2015 se eliminaron la práctica totalidad de las cláusulas suelo de los préstamos hipotecarios a clientes particulares, procedentes, en su mayoría, de las recientes integraciones. El impacto de menores ingresos financieros estimado por la eliminación de la totalidad de las cláusulas suelo en base anual es de aproximadamente 220 millones de euros. Adicionalmente, existe un procedimiento judicial en el que se está ejercitando una acción colectiva de cesación en la aplicación de las cláusulas suelo que existen en determinadas hipotecas de la entidad. La resolución de dicho procedimiento podría implicar el cese y pretensiones accesorias en la aplicación de algunas de dichas cláusulas. En 2015 el Grupo ha procedido a registrar una provisión de aproximadamente 500 millones de euros que recoge el coste esperado por la devolución de las cantidades percibidas desde mayo 2013 hasta dicha eliminación. Exposición al sector inmobiliario: A 31 de diciembre de 2014 la financiación al sector promotor ascendía a 14.069 millones de euros (-5.911 millones de euros respecto de 2013, -29,6%), con una cobertura específica de 4.387 millones de euros. La ratio de morosidad de promotores se situaba en el 54,6% (59,4% a 31 de diciembre de 2013) y el nivel de cobertura considerados problemáticos (dudosos y subestándar) se situaba en el 52,9% (53,7% a 31 de diciembre de 2013). A 31 de diciembre de 2015 la financiación al sector promotor asciende a 9.825 millones de euros (-4.244 millones de euros respecto de 2014, -30,2%), con una cobertura específica de 2.375 millones de euros. La ratio de morosidad de promotores se sitúa en el 44,1% y el nivel de cobertura considerados problemáticos (dudosos y subestándar) se sitúa en el 48,8%. Los activos adjudicados disponibles para la venta ascendían a 6.719 millones de euros a 31 de diciembre de 2014 (+550 millones de euros respecto a 31 de diciembre de 2013). Adicionalmente, los activos inmobiliarios adjudicados de CaixaBank destinados al alquiler (clasificados contablemente como Inversiones Inmobiliarias) ascendían, a 31 de diciembre de 2014, a 2.771 millones de euros netos de provisiones. En 2014 se comercializaron (venta o alquiler) inmuebles por importe de 2.512 millones de euros. La ratio de ocupación de la cartera destinada al alquiler se situó en el 87%. Los activos adjudicados disponibles para la venta ascienden a 7.259 millones de euros a 31 de diciembre de 2015 (+540 millones de euros respecto a 31 de diciembre de 2014, +316 millones de euros aislando la incorporación de saldos de Barclays Bank, SAU). Adicionalmente, los activos inmobiliarios adjudicados de CaixaBank destinados al alquiler (clasificados contablemente como Inversiones Inmobiliarias) ascienden, a 31 de diciembre de 2015, a 2.966 millones de euros netos de provisiones. En 2015 se han comercializado (venta o alquiler) inmuebles por importe de 2.077 millones de euros. La ratio de ocupación de la cartera destinada al alquiler se ha situado en el 93%. Los activos adjudicados disponibles para la venta no incluyen los derechos de remate de inmuebles procedentes de subasta al no disponerse de la posesión del bien (692 y 745 millones de euros netos de provisiones en 2015 y 2014, respectivamente). Refinanciaciones: La refinanciación es la reinstrumentación de riesgos de clientes con impagados para intentar mejorar las garantías disponibles y facilitar el cumplimiento de sus compromisos. El 2 de octubre de 2012 el Banco de España publicó la circular 6/2012, de 28 de septiembre, sobre el tratamiento y clasificación de las operaciones de refinanciación y reestructuración. El Grupo cuenta con una detallada política de refinanciación de deudas de clientes, que cumple con la mencionada Circular 6/2012 y que comparte los principios generales publicados por la Autoridad Bancaria Europea para este tipo de operaciones. A 31 de diciembre de 2014, el total de operaciones refinanciadas ascendía a 20.653 millones de euros. De éstas, 8.280 millones de euros (40% de la cartera) estaban clasificados como activos dudosos y 2.101 millones de euros (10% de la cartera) como subestandar. Las provisiones asociadas ascendían a 3.759 millones de euros (3.339 millones de euros para dudoso y 420 millones de euros para subestandar). A 31 de diciembre de 2015, el total de operaciones refinanciadas se sitúa en 20.131 millones de euros. De éstas, 7.659 millones de euros (38% de la cartera) están clasificados como activos dudosos y 1.543 millones de euros (8% de la cartera) como subestándar. Las provisiones asociadas a estas operaciones ascienden a 3.501 millones de euros (3.144 millones de euros para dudosos y 357 para subestándar). Riesgo soberano: Se refiere a la posibilidad de sufrir pérdidas como consecuencia de las exposiciones significativas o alta concentración de riesgo de crédito en determinados países. La posición en deuda soberana del Grupo, concentrada principalmente en CaixaBank y el Grupo Asegurador, está sujeta a la política general xx xxxxxxxx de riesgos de la Sociedad que asegura que la totalidad de las posiciones tomadas estén alineadas con el perfil de riesgo objetivo de la misma. A continuación se presenta el valor en libros de la información relevante en relación a la exposición al riesgo soberano referida a 31 de diciembre de 2014 y 31 de diciembre de 2015. La información se presenta desglosada distinguiendo las posiciones |
mantenidas por CAIXABANK directamente de aquéllas correspondientes al Grupo asegurador, cuya entidad más importante es VidaCaixa, SA de Seguros y Reaseguros:
31.12.2015 (CaixaBank + Grupo Asegurador)
(M iles de euros)
C artera de nego xxxxxx x
xxxx res
representativo s de deuda
C artera de nego xxxxxx n
po sicio nes co rtas
A ctivo s
financiero s
dispo nibles para la vent a
Inversio nes crediticias
X xxxxxx xx xxxxxxxx x x xxxxxxxxxxx
Xxxx | |||||
Xxxxxx | 2.653.960 | (2.582.979) | 12.970.235 | 14.116.486 | 2.040.794 |
Italia | 346.196 | (118.704) | 2.288.619 | 0 | 0 |
Resto | 51.653 | 0 | 817.927 | 36.191 | 0 |
Total CaixaBank | 3.051.809 | (2.701.683) | 16.076.781 | 14.152.677 | 2.040.794 |
Total Grupo Asegurador | 0 | 0 | 36.666.787* | 0 | 0 |
Total CaixaBank + Grupo Asegurador | 3.051.809 | (2.701.683) | 52.743.568 | 14.152.677 | 2.040.794 |
* De los cuales, el 95,56% corresponden a España
31.12.2014 (CaixaBank + Grupo Asegurador)
(M iles de euros)
C artera de nego xxxxxx x
xxxx res
representativo s de deuda
C artera de nego xxxxxx n
po sicio nes co rtas
A ctivo s
financiero s
dispo nibles para la vent a
Inversio nes crediticias
X xxxxxx xx xxxxxxxx x x xxxxxxxxxxx
Xxxx | |||||
Xxxxxx | 1.483.108 | (1.795.083) | 22.453.460 | 13.961.373 | 6.309.235 |
Italia | 82.929 | (74.383) | 0 | 0 | 0 |
Resto | 254.624 | 0 | 409.730 | 21.863 | 0 |
Total CaixaBank | 1.820.661 | (1.869.466) | 22.863.190 | 13.983.236 | 6.309.235 | |
Total Grupo Asegurador | 0 | 0 | 36.324.161 | * | 0 | 0 |
Total CaixaBank + Grupo Asegurador | 1.820.661 | (1.869.466) | 59.187.351 | 13.983.236 | 6.309.235 |
* De los cuales, el 95,56% corresponden a España
Riesgo de contrapartida generado por la operativa de Tesorería:
La máxima exposición autorizada de riesgo de crédito con una contrapartida se determina mediante un cálculo, aprobado por la Dirección, basado fundamentalmente en los ratings de las entidades y en el análisis de sus estados financieros.
La práctica totalidad de las exposiciones en el ámbito de la actividad de la Sala de Tesorería se asumen con contrapartidas localizadas en países europeos y en Estados Unidos.
Riesgo asociado a la cartera de participadas:
El riesgo de la cartera de participadas del Grupo CaixaBank es el asociado a la posibilidad de incurrir en pérdidas por los movimientos de los precios xx xxxxxxx y/o por la quiebra de las posiciones que forman la cartera de participaciones con un horizonte de medio y largo plazo.
A 31 de diciembre de 2015 el deterioro del fondo de comercio de la cartera de participadas asciende a 621 millones de euros (674 millones de euros a 31 de diciembres de 2014).
• Riesgo xx Xxxxxxx:
Se refiere a la pérdida potencial sobre la rentabilidad o el valor de la cartera derivada de los movimientos desfavorables de los tipos o precios xx xxxxxxx.
Riesgo estructural de tipo de interés:
El riesgo de tipo de interés es inherente a toda actividad bancaria y se produce cuando los cambios en la estructura de tipos de interés xx xxxxxxx afectan a las masas de activo y pasivo del balance con diferentes vencimientos e índices de referencia, provocando su renovación o contratación a tipos diferentes de los anteriores con efectos en su valor económico y en el margen financiero.
La sensibilidad del margen de intereses a un año de las masas sensibles del balance, considerando un escenario de subida y otro de bajada de tipos instantáneo de 100 puntos básicos cada uno, es aproximadamente del +2,4% en el escenario de subida y del -2,0% en el de bajada. Dado el nivel actual de tipos de interés es importante señalar que el escenario de stress de bajada de -100pbs no supone la aplicación de tipos de interés negativos.
La sensibilidad del valor patrimonial a los tipos de interés mide cuál sería el impacto en el valor actual del balance ante variaciones en los tipos de interés.
Impacto de un incremento de 1 punto básico en la curva
(miles de euros) 31.12.2015 31.12.2014
Sobre el Valor actual de los flujos futuros 3.399 (1.501)
Riesgo estructural de tipos de cambio:
Es el riesgo generado básicamente por posibles fluctuaciones del valor de activos y pasivos denominados en divisa. La gestión de este riesgo se desarrolla a través de la actividad de cobertura en los mercados bajo la premisa de minimizar los riesgos de cambio asumidos, hecho que explica la reducida exposición de CaixaBank a este riesgo xx xxxxxxx.
El contravalor en euros de los activos y pasivos en moneda extranjera mantenidos por CaixaBank a 31 de diciembre de 2015 es el siguiente: 8.855 millones de euros el activo (6.378 millones de euros a 31 de diciembre de 2014) y 8.882 millones de euros el pasivo (7.224 millones de euros a 31 de diciembre de 2014).
• Riesgo de Liquidez: Consiste en la posibilidad de que, a causa de un desfase entre los plazos de vencimiento de activos y pasivos, el Grupo se encontrara en una eventual incapacidad para atender sus compromisos de pago a un coste razonable o que no pudiera dotarse de una estructura de financiación estable capaz de soportar los planes de negocio a futuro. La liquidez bancaria materializada en efectivo, el neto de depósitos interbancarios, la deuda pública neta de repos y no incluida en póliza y añadiendo el saldo disponible de la póliza de crédito con el Banco Central Europeo, ascendía a 54.090 y 56.665 millones de euros a 31 de diciembre de 2015 y 2014, respectivamente. CaixaBank gestiona el riesgo de liquidez con un sentido de anticipación a posibles necesidades de fondos prestables, así dispone de varios mecanismos que le permiten habilitar y acortar los plazos de acceso al mercado: o Mantiene programas de emisión registrados en CNMV con el fin de acortar los plazos de formalización de la emisión de valores al mercado. o Delegación de la Junta General de Accionistas para emitir. o Para facilitar la salida en los mercados a corto plazo, se dispone actualmente de:líneas interbancarias con un importante número de entidades y de terceros estados, líneas repo con varias contrapartidas nacionales y acceso a Cámaras de Contrapartidas Central para la operatoria de repos. o Se dispone de varias líneas abiertas con: el Instituto de Crédito Oficial (ICO), con el Banco Europeo de Inversiones (BEI) y el Council of Europe Development Bank (CEB). o Capacidad de emisión de cédulas hipotecarias y territoriales. o Instrumentos de financiación con el Banco Central Europeo para el que se tienen depositadas una serie de garantías que permiten obtener de forma inmediata elevada liquidez. o En el Plan de Contingencia de Liquidez y Recovery Plan se contemplan un amplio abanico de medidas que permiten generar liquidez en situaciones de crisis de diversa naturaleza. Entre ellas se incluyen potenciales emisiones de deuda secured and unsecured, recursos al mercado repo, etc. La financiación obtenida del Banco Central Europeo, a través de los distintos instrumentos de política monetaria, es de 18.319 millones de euros a 31 de diciembre de 2015 frente a los 6.868 millones de euros a 31 de diciembre de 2014. Tanto el saldo actual dispuesto a 31 de diciembre de 2015 como el dispuesto a 2014 se corresponde a las subastas extraordinarias de liquidez denominada TLTRO (vencimiento hasta septiembre de 2018). El incremento de la financiación obtenida del Banco Central Europeo se debe a la integración de Barclays Bank, SAU (5.450 millones de euros) y al incremento de operaciones de financiación (6.001 millones de euros). El 1 de octubre de 2015 ha entrado en vigor el cumplimiento de la ratio LCR que supone mantener un nivel de activos disponibles de elevada calidad para hacer frente a las necesidades de liquidez en un horizonte de 30 días, bajo un escenario de estrés que considera una crisis combinada del sistema financiero y de nombre. El límite regulatorio establecido es del 60% a partir del 1 de octubre de 2015, 70% a partir del 1 de enero de 2016, del 80% a partir del 1 de enero de 2017 y del 100% a partir del 1 de enero de 2018. CaixaBank ha establecido en el Marco de Apetito al Riesgo, y como objetivo financiero de su Plan Estratégico vigente, mantener una ratio de un nivel superior al 130%. A 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 xx xxxxx XXX xx del 172% (175% a 31 de diciembre de 2014). • Riesgo Actuarial y del negocio asegurador: En 2013 las autoridades europeas establecieron el 1 de enero de 2016 como la fecha de entrada en vigor de la Normativa Europea de Solvencia II. En 2014 se aprobó la Directiva Omnibus II que modifica la Directiva de Xxxxxxxxx XX y completa el nuevo marco de regulación y supervisión de seguros en la UE, dando poderes a EIOPA para finalizar el proyecto de Xxxxxxxxx XX. Durante 2015 a nivel europeo se han finalizado los desarrollos normativos actualmente en discusión (Actos Delegados, Normas Técnicas de Implementación y Guías). A nivel nacional, durante 2015 se han transpuesto al ordenamiento jurídico español todo el conjunto de normativas de Solvencia II. Con el fin de preparar la adaptación a Solvencia II hasta su entrada en vigor el 1 de enero de 2016, en 2014 EIOPA (el supervisor Europeo de seguros) emitió cuatro guías de preparación, las cuales tienen como objetivo ayudar a que las compañías aseguradoras vayan incorporando progresivamente determinados aspectos que desarrolla Solvencia II hasta 2016. El Grupo, además de trabajar en el cumplimiento de estas guías de adaptación, trabajó activamente en la implantación de Solvencia II desde el inicio del proyecto, participando en los grupos de trabajo a nivel del sector asegurador y en los test de impacto cuantitativo y cualitativo realizado por los supervisores, y desarrollando las adaptaciones y mejoras necesarias en los sistemas y la gestión. En este sentido, el Grupo está preparado para el cumplimiento de la normativa de Solvencia II a partir de su entrada en vigor el 1 de enero de 2016. • Riesgo de rebaja de la calificación crediticia: Cualquier descenso de los ratings de CaixaBank puede incrementar los costes de su financiación, limitar el acceso a los mercados de capitales y afectar negativamente a la venta o comercialización de productos y a la participación en operaciones en especial, las de plazos mayores y operaciones con derivados. Esto podría reducir la liquidez del Grupo y tener un efecto adverso en el resultado operacional y en su situación financiera Los ratings de CaixaBank a 14 xx xxxxx de 2016 son: | |||||||
Agencia | Fecha Revisión | Calificación a corto plazo | Calificación a largo plazo | Perspectiva | |||
Standard & Poor’s Credit Market Services Europe Limited, Sucursal en España | 06/10/2015 | A-2 | BBB | Estable |
Moody’s Investors Services España, S.A. | 17/06/2015 | P-2 | Baa2 | Estable | |||
Xxxxx Ratings España, S.A.U. | 23/02/2016 | F2 | BBB | Positiva | |||
DBRS | 20/11/2015 | R-1 (low) | A (low) | Positiva | |||
Las agencias de calificación crediticia mencionadas han sido registradas en la European Securities and Markets Authority (ESMA) de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1060/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009 sobre agencias de calificación crediticia. Las calificaciones A (low), Baa2, BBB y BBB otorgadas a CaixaBank, S.A. por DBRS, Xxxxx´s, Fitch y Standard & Poor´s, respectivamente, indican la capacidad buena para hacer frente al pago de las obligaciones. Estas calificaciones crediticias no constituyen una recomendación para comprar, vender o ser titular de valores. Las calificaciones crediticias pueden ser revisadas, suspendidas o retiradas en cualquier momento por las agencias de calificación responsables de las mismas, no existiendo ninguna garantía de mantenimiento de las mismas durante todo el periodo de vigencia del Folleto. Las mencionadas calificaciones crediticias son sólo una estimación y no tienen por qué evitar a los potenciales inversores la necesidad de efectuar sus propios análisis de CaixaBank, S.A. en tanto Emisor • Riesgo de situación de recursos propios: El riesgo de solvencia, se debe a la restricción de la capacidad del Grupo CaixaBank para adaptar su volumen de recursos propios a las exigencias normativas o a la modificación de su perfil de riesgo. La efectiva gestión del capital del grupo es importante para su capacidad para operar y fijar su estrategia de negocio. En este sentido, la gestión de los recursos propios de la entidad viene en gran parte determinada por el marco normativo aplicable. La solvencia de las entidades financieras está regulada, desde el 1 de enero de 2014, por el Reglamento (EU) nº 575/2013 (CRR) y la Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, ambos del 26 xx xxxxx de 2013, que incorporan el marco normativo de Xxxxxxx XXX (Bis III) en la Unión Europea. Adicionalmente, y con posterioridad a la transposición legal europea, el Comité de Basilea y otros organismos competentes han publicando normas y documentos adicionales, con nuevas especificaciones en el cálculo de recursos propios. Esto conlleva un estado de permanente desarrollo, por lo cual CaixaBank va adaptando continuamente los procesos y los sistemas, para asegurar que el cálculo del consumo de capital y de las deducciones directas de recursos propios estén totalmente alineados con los nuevos requerimientos establecidos. A 31 de diciembre de 2015, el Grupo CaixaBank alcanza una ratio de Common Equity Tier 1 (CET1) del 12,9% (-5 puntos básicos en el año). Los recursos propios computables totales se sitúan en el 15,9% de los activos ponderados por riesgo. La evolución anual del CET1 responde a la integración de Barclays Bank, SAU, así como a la generación de capital, tanto por los resultados del Grupo como por la gestión prudente de los riesgos. Los activos ponderados por riesgo (APR) se sitúan a 31 de diciembre de 2015 en 143.312 millones de euros, lo que supone un crecimiento de 3.583 millones de euros respecto al cierre del ejercicio anterior (2,6%), básicamente por la incorporación de los activos ponderados por riesgo de Barclays Bank, SAU, compensado en parte por el desapalancamiento de la cartera crediticia. Aplicando los criterios previstos para el final del periodo transitorio (fully loaded), CaixaBank alcanza una ratio CET1 de 11,55%. CaixaBank ha recibido la decisión del Banco Central Europeo (BCE) sobre los requisitos mínimos de capital regulatorio, una vez analizados los resultados del proceso de revisión y evaluación supervisora (SREP), que exigen que mantenga una ratio CET1 regulatoria del 9,25%, que incluye el mínimo común exigido por el Xxxxx 1 del 4,5% así como un 4,75% adicional que agrega los requerimientos específicos xx Xxxxx 2 y el colchón de conservación de capital. Asimismo, CaixaBank ha recibido la decisión del Banco de España sobre el colchón de capital exigible como Otra Entidad de Importancia Sistémica (OEIS) a partir del 1 de enero de 2016 (0,25% de implantación gradual en 4 años hasta 2019). Estas decisiones, en su conjunto, exigen que CaixaBank mantenga en 2015 una ratio CET1 del 9,25% (el 9,3125% en 2016). Este requerimiento comparado con los niveles actuales de la ratio CET1, constata que los requerimientos aplicables a CaixaBank no implicarían ninguna limitación de las referidas en la normativa de solvencia sobre distribución de dividendos, de retribución variable y de intereses a los titulares de valores de capital de nivel 1 adicional. 2. RIESGOS ASOCIADOS A LA CONTINUIDAD DE LA ACTIVIDAD • Riesgo operacional: El riesgo operacional comprende las eventuales pérdidas que pueden producirse como resultado de una falta de adecuación o un fallo en los procesos, el personal o los sistemas internos, o bien como consecuencia de acontecimientos externos imprevistos incluyendo el riesgo legal. Incluye el riesgo legal y regulatorio y excluye el riesgo estratégico, el de reputación y el de negocio. La gestión del riesgo operacional llevada a cabo contempla aquellas pérdidas de riesgo de crédito o riesgo xx xxxxxxx cuyo origen es la materialización de riesgos operacionales. El objetivo global es mejorar la calidad en la gestión del negocio aportando información de riesgos operacionales que permita la toma de decisiones que aseguren la continuidad de la organización a largo plazo, la mejora en sus procesos y la calidad de servicio al cliente, ya sea interno o externo, cumpliendo con el marco regulatorio establecido y optimizando el consumo de capital. Durante el 2015 se ha consolidado el proyecto de evolución de la gestión de riesgo operacional, con el doble objetivo de implantar las mejores prácticas de gestión de riesgo operacional y, a la vez, disponer de mediciones internas sensibles al riesgo. El Grupo CAIXABANK posee pólizas de seguro corporativas para dar cobertura a los principales riesgos en que puede incurrir como resultado del desarrollo de su actividad |
• Riesgo reputacional El Área de Responsabilidad Social Corporativa y Reputación de CaixaBank, de acuerdo con el Comité de Reputación de CaixaBank, es la encargada de realizar el seguimiento de aquellos riesgos que, de materializarse, puedan afectar negativamente a la reputación de XxxxxXxxx, entendida como la percepción y las expectativas que tienen de la entidad sus grupos de interés. En 2015 se ha renovado el Comité de Reputación del Grupo, ahora denominado Comité de Responsabilidad Corporativa y Reputación, para adaptarlo a las recomendaciones del nuevo Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas, aprobado en febrero de 2015 por la CNMV. El Comité reportará a la Comisión de Nombramientos del Consejo de Administración el Grupo, entre cuyas funciones figura: “Supervisar la actuación de la entidad en relación con los temas de responsabilidad social corporativa y elevar al Consejo las propuestas que considere oportunas en esta materia”. Una de las principales acciones llevadas a cabo en este sentido ha sido la elaboración de la Política de Responsabilidad Social Corporativa el Grupo. • Riesgo de cumplimiento El riesgo de cumplimiento se define como el riesgo de sufrir deficiencias en los procedimientos que originen actuaciones u omisiones no ajustadas al marco jurídico, regulatorio, o a los códigos y normas internas, de las que se puedan derivar sanciones administrativas o daños reputacionales. El objetivo del Grupo CaixaBank es, por un lado, minimizar la probabilidad de que se materialice este riesgo y, por otro lado, en caso de que se pudiera materializar, que las deficiencias fueran detectadas, reportadas y solventadas con celeridad. El riesgo de cumplimiento no corresponde a un área específica sino a toda la Entidad que, a través de sus empleados, debe asegurar el cumplimiento de la normativa vigente, aplicando procedimientos que traslade dicha normativa a la actividad que realizan. • Riesgo legal El riesgo legal y regulatorio va asociado a la potencial pérdida o disminución de rentabilidad a consecuencia de las modificaciones en el marco regulatorio o de los fallos judiciales desfavorables para el Emisor. CaixaBank, en su condición de entidad financiera, está sujeta a un entorno altamente regulado y, entre otros requisitos, al cumplimiento de la normativa del Banco de España referente a niveles de solvencia y recursos propios, normativa que afecta, entre otros aspectos, a los niveles de inversión que la entidad financiera y sus filiales puedan efectuar, y a la normativa sobre actividad transfronteriza de las entidades de crédito conforme a la cual las inversiones significativas en entidades de crédito y en establecimientos financieros de crédito que realicen sus filiales estarán, en determinadas circunstancias, sometidas al régimen de autorización previa por parte del Banco de España. Asimismo, CaixaBank está sujeta a la regulación y/o supervisión de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores. No obstante lo anterior, el pasado 4 de noviembre de 2014, el Banco Central Europeo (BCE) asumió sus nuevas funciones de supervisión con la entrada en funcionamiento del Mecanismo Único de Supervisión (MUS). El MUS se compone del BCE y de las autoridades nacionales de los Estados miembros participantes. | |
D.6 | Información fundamental sobre los principales riesgos específicos de los valores 1. Riesgo de Pérdidas: Se advierte sobre el riesgo de que los inversores puedan perder el valor de toda su inversión o parte de ella Los warrants son valores que contienen una apuesta por una evolución determinada del precio de un Activo Subyacente; es preciso, por tanto, que el inversor adquiera en todo momento los warrants con un juicio fundado sobre el riesgo de su inversión y sobre las expectativas de evolución del Activo Subyacente, asumiendo que podrá obtener una rentabilidad negativa de su inversión en caso de que la evolución del Activo Subyacente sea contraria a la esperada o apostada, o se produzca cualquier supuesto extraordinario que afecte a los Activos Subyacentes, pudiendo incluso llegar a perder parte o la totalidad de la inversión efectuada. 2. Fluctuación del valor del warrant: El inversor debe tener en cuenta que en la valoración del warrant intervienen otros factores, además de la evolución del precio del Activo Subyacente, tales como la evolución de la volatilidad, la evolución de los tipos de interés, los supuestos de interrupción xx xxxxxxx y los dividendos. El efecto de estos factores tiene que analizarse conjuntamente. Así, es posible que a pesar de que la evolución del subyacente sea favorable su valor a una fecha dada se reduzca como consecuencia de la evolución desfavorable de alguno o algunos de los restantes factores. 3. Riesgo de Liquidez: El inversor que compra warrants debe tener en cuenta que, si trata de venderlos antes de su vencimiento, la liquidez puede ser limitada. Si bien el Emisor, para fomentar la liquidez, difusión y formación de precios en el mercado, realizará las funciones de entidad especialista de los warrants que se emitan al amparo del Folleto de Base, de acuerdo con lo establecido en la Circular 1/2002 de la Sociedad de Bolsas, esta función de contrapartida no siempre evita el riesgo de liquidez. 4. Riesgos específicos de los Warrants Turbo: (eliminar cuando no se emitan warrants turbo) • Cancelación anticipada por toque xx xxxxxxx: En el caso de los Warrants Turbo Call y los Warrants Turbo Put el inversor debe también tener en cuenta que incorporan una barrera que se activa cuando el valor del Activo Subyacente alcanza ese nivel xx xxxxxxx (“Nivel xx Xxxxxxx”) en sus mercados de referencia, activación que puede ocurrir en cualquier momento durante la vida del Turbo, trayendo como consecuencia el vencimiento anticipado del warrant correspondiente, sin producirse liquidación alguna y con pérdida total de la inversión. • Vencimiento anticipado por pago de dividendos: Se debe tener en cuenta que la rentabilidad por dividendos y el pago de los mismos podrá afectar al valor del Activo Subyacente y por tanto podría también provocar que éste tocara el Nivel xx Xxxxxxx. • Coste adicional de los Warrants Turbo(“Pin Risk”): |
Se trata de un sobreprecio adicional que el emisor traslada al inversor en concepto del coste que tendría en caso de deshacer la cobertura de estos valores. Este coste que soporta el inversor consiste en una cantidad fija que se calcula como un porcentaje del precio del Strike del Turbo, no siendo inferior al 0% ni superior al 5% del precio del Strike. El inversor debe tener en cuenta que este coste adicional que asume, en ningún caso, tanto si toca el Nivel xx Xxxxxxx como si se liquida a vencimiento, le será reembolsado. 5. Ineficiencia de Xxxxxxxxx: El inversor debe ser consciente, en caso de adquirir el warrant como instrumento de cobertura, que existe un riesgo de correlación. El warrant no es un instrumento perfecto de cobertura de un Activo Subyacente o cartera que incluye el Activo Subyacente. 6. Garantía: El Emisor en ningún caso garantiza la rentabilidad de la inversión efectuada ni hace recomendación alguna sobre la evolución de cualquiera de los Activos Subyacentes, asumiendo por tanto el suscriptor o comprador de los warrants emitidos el riesgo de una evolución desfavorable de alguno o algunos de los factores que determinan el precio del warrant y, por tanto, la pérdida total o parcial de la inversión efectuada. 7. Producto de estructura compleja: El Folleto de Base se refiere a productos cuya estructura, descripción y comprensión son complejas por lo que el warrant no es un valor apto para todo tipo de inversor. Los potenciales inversores deben tener los conocimientos y la experiencia suficientes para poder realizar una valoración adecuada de los warrants así como los riesgos que pueda conllevar la inversión de los mismos. Asimismo, los posibles inversores deben tener recursos financieros y liquidez suficientes para poder soportar el riesgo de invertir en warrants. Los potenciales inversores deberían entender las condiciones concretas de cada emisión y estar familiarizados con el comportamiento de los índices relevantes y mercados financieros. Asimismo, deberían estar capacitados para evaluar escenarios posibles para factores económicos, tipos de interés y otros factores que puedan influir en la inversión. El Folleto de Base recoge en términos generales la información que un posible inversor deberá tener en cuenta antes de invertir en este tipo de productos. En todo caso, es responsabilidad de cada potencial inversor hacer su propio análisis (incluyendo un análisis legal, fiscal y contable) con anterioridad a su decisión sobre la compra de los warrants. Cualquier evaluación sobre la idoneidad de los warrants para un inversor depende de, entre otras cosas, sus circunstancias financieras. Si un potencial inversor no tuviera la suficiente experiencia en temas financieros, de negocio o inversión como para decidir su compra de los warrants deberá consultar a su asesor financiero antes de tomar una decisión sobre dicha inversión. Se resalta, además, que para la descripción y los métodos de valoración de los warrants se utilizan en este folleto fórmulas matemáticas complejas |
Sección E – Oferta | |
E.2b | Motivos de la oferta y destino de los ingresos cuando esos motivos no sean la obtención de beneficios o la cobertura de ciertos riesgos Las emisiones de valores a realizar al amparo del presente Folleto de Base, obedecen a la actividad propia del negocio bancario de CaixaBank, S.A. |
E.3 | Descripción de las condiciones de la oferta. • Fecha de emisión: 12 de julio de 2016 • Nº de Warrants emitidos: 16.650.000 • Importe efectivo emitido 4.455.000 euros • Plazo durante el que estará abierta la oferta y descripción del proceso de solicitud: Los warrants emitidos serán suscritos, en el mercado primario por GDS-CUSA, S.A.U. Una vez admitidos a negociación, los valores, durante su vida, pueden ser adquiridos en cualquier momento por los inversores a través de los canales de CaixaBank, S.A. • Cantidad mínima y/o máxima de solicitud La cantidad mínima de solicitud es de 1 (un) warrant En relación con los warrants de ejercicio americano el número mínimo de warrants para los que se solicite el ejercicio es de 100. • Procedimiento de solicitud Los inversores podrán realizar operaciones de compraventa de valores en el mercado secundario oficial, cursando órdenes a través de los intermediarios financieros. El inversor que desee cursar órdenes de compraventa de valores habrá de suscribir la correspondiente orden normalizada de valores. En la orden podrá indicar un precio o limitar el mismo, de conformidad con lo establecido por la normativa bursátil aplicable a todas las compraventas de valores realizadas en Bolsa, incluidos los warrants. Las órdenes se cursarán por número de warrants y no por importes efectivos. El intermediario financiero informará, a petición del inversor, de las cotizaciones de compra y venta que se publiquen en el sistema de Interconexión Bursátil Español -“SIBE” (Segmento de Contratación de Warrants, Certificados y Otros productos), advirtiéndole que dichas cotizaciones son para importes máximos y mínimos y que tienen carácter indicativo en el sentido de que pueden haberse modificado en el momento en el que se ejecute la orden. • Método y plazos para el pago de los valores y para la entrega de los mismos. El método y los plazos para el pago de los valores y la entrega de los mismos, una vez admitidos a negociación, estarán sujetos a las prácticas habituales para los valores cotizados. • Categorías de posibles inversores a los que se ofertan los valores Los warrants emitidos serán suscritos, en el mercado primario por GDS-CUSA, S.A.U., sociedad del Grupo CaixaBank. Una vez admitidos a cotización, los warrants, durante su vida, se podrán adquirir en cualquier momento por los inversores a través de cualquier intermediario financiero y podrán comercializarse entre el público en general, con las únicas limitaciones que puedan resultar de normas que prohíban o limiten específicamente a determinadas instituciones la inversión en este tipo de activos (por ejemplo, la normativa sobre coeficientes de inversión de Sociedades de Inversión Colectiva o Fondos de Pensiones). Destinatarios de la emisión: público en general. |
Una vez admitidos a cotización, la comercialización de los valores objeto de la emisión se realizará a través del Emisor, a través de sus oficinas así como por vía telefónica y telemática. • Precios El precio de la emisión: Véase tabla anexa al presente resumen En importe efectivo de los valores de la emisión dependerá de las condiciones existentes en el mercado en el momento de su lanzamiento. El Precio de Emisión o Prima, como precio efectivo a satisfacer por los suscriptores de los warrants a emitidos, varía, según sea el subyacente elegido y el momento de la emisión. El método de cálculo utilizado por el Emisor para determinar la Prima a pagar por los suscriptores de los warrants estará basado fundamentalmente en la aplicación del método de valoración: - Binomial x xx Xxx-Xxxx-Xxxxxxxxxx. • Colocación y aseguramiento La entidad colocadora es CaixaBank, S.A. La entidad que suscribirá las emisiones de warrants en el mercado primario es GDS-CUSA, S.A.U., entidad del Grupo CaixaBank. • Agente de Pagos Las funciones de agente de pagos de las emisiones serán realizadas por el propio Emisor. • Agente de Cálculo El Agente de Cálculo de las emisiones realizadas bajo el Folleto de Base será Analistas Financieros Internacionales, S.A. con domicilio en Madrid, C/ Españoleto nº 19. | |
E.4 | Descripción de cualquier interés que sea importante para la emisión/oferta, incluidos los conflictivos. CaixaBank, el Agente de Cálculo, GDS-CUSA, S.A.U. (100% de Caixabank), y cualesquiera otras personas participantes en las futuras emisiones no tienen ningún interés particular que sea importante para la misma. |
E.7 | Gastos estimados aplicados al inversor por el Emisor o el oferente. Sin perjuicio de la Prima o Precio de Emisión, al inversor se le aplicarán las siguientes comisiones que, en cada momento, CaixaBank tenga establecidas y que podrán consultarse en el correspondiente folleto de tarifas en Banco de España y en la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores. La inscripción, mantenimiento y liquidación de los valores, a favor de los suscriptores y de los tenedores posteriores, en los registros de detalle a cargo de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores y de las Entidades Participantes al mismo, estará sujeto a las comisiones y gastos repercutibles que, en cada momento, dichas entidades tengan establecidos, y correrán por cuenta y cargo de los titulares de los valores. Dichos gastos y comisiones se podrán consultar por cualquier inversor en los correspondientes folletos de tarifas que las entidades sujetas a supervisión del Banco de España y de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores están legalmente obligadas a publicar. Se pueden consultar copias de dichas tarifas en los organismos supervisores mencionados. |
ANEXO
Tabla características de la emisión
Tipo (C.1) | Activo subyacente (C.20) | Precio ejercicio (C.19) | Moneda ejercicio (C.2) | Tipo ejercicio (C.1) | Fecha emisión (C.8) | Fecha Vto. (C.16) | Nº warrants (E.3) | Ratio (C.17) | Prima (E.3) | Código ISIN (C.1) |
CALL | BBVA | 5,5 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 19/08/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,06 | ES0640612XJ1 |
CALL | BBVA | 5,5 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/09/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,1 | ES0640612XK9 |
CALL | BBVA | 6,25 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 21/10/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,04 | ES0640612XL7 |
CALL | BBVA | 6,5 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 18/11/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,04 | ES0640612XM5 |
CALL | IBE | 6,25 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 21/10/2016 | 400.000 | 0,5 | 0,12 | ES0640612XN3 |
CALL | IBE | 6,5 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 18/11/2016 | 400.000 | 0,5 | 0,1 | ES0640612XO1 |
CALL | ITX | 30 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/09/2016 | 400.000 | 0,5 | 0,86 | ES0640612XP8 |
CALL | ITX | 30 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 21/10/2016 | 400.000 | 0,5 | 1,05 | ES0640612XQ6 |
CALL | ITX | 30,5 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 18/11/2016 | 400.000 | 0,5 | 1,04 | ES0640612XR4 |
CALL | ITX | 31 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/12/2016 | 400.000 | 0,5 | 1,03 | ES0640612XS2 |
CALL | REP | 11,75 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 19/08/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,3 | ES0640612XT0 |
CALL | REP | 11,75 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/09/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,4 | ES0640612XU8 |
CALL | REP | 12 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 21/10/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,43 | ES0640612XV6 |
CALL | REP | 12 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 18/11/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,5 | ES0640612XW4 |
CALL | REP | 12 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/12/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,56 | ES0640612XX2 |
CALL | SAN | 3,75 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 19/08/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,07 | ES0640612XY0 |
XXXX | XXX | 0 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/09/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,06 | ES0640612XZ7 |
CALL | SAN | 4,25 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 21/10/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,06 | ES0640612YA8 |
CALL | SAN | 4,25 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 18/11/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,07 | ES0640612YB6 |
CALL | SAN | 4,5 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/12/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,06 | ES0640612YC4 |
CALL | TEF | 9 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 19/08/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,14 | ES0640612YD2 |
CALL | TEF | 9 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/09/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,21 | ES0640612YE0 |
CALL | TEF | 9,25 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 21/10/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,22 | ES0640612YF7 |
CALL | TEF | 9,5 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 18/11/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,2 | ES0640612YG5 |
CALL | TEF | 9,75 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/12/2016 | 750.000 | 0,5 | 0,18 | ES0640612YH3 |
CONDICIONES FINALES DE WARRANTS CAIXABANK, S.A.
00 XX XXXXX XX 0000
ACTIVO SUBYACENTE: ACCIONES (PUT)
Las Condiciones Finales se han elaborado a efectos de lo dispuesto en el artículo 5, apartado 4, de la Directiva 2003/71/CE y deben leerse en relación con “Programa de Emisión de Warrants 2015” de Caixabank, S.A. inscrito el 17 de diciembre de 2015, el cual incorpora por referencia el Documento de Registro del Emisor, inscrito el 23 xx xxxxx de 2015.
El Documento de Registro y el Folleto de Base están publicados en las páginas web del emisor (xxx.xxxxxxxxx.xxx) y de CNMV (xxx.xxxx.xx) de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la directiva 2003/71/CE.
A fin de obtener la información completa, deberán leerse conjuntamente el Documento de Registro, el Folleto de Base y las Condiciones Finales.
Aneja a estas Condiciones Finales figura un resumen de la presente emisión.
1.- DESCRIPCIÓN, CLASE Y CARACTERÍSTICAS DE LOS VALORES EMITIDOS
▪ Tipo de valores: warrants put
▪ ISIN: según tabla a continuación
▪ Características de las emisiones:
Tipo | Activo subyacente | Precio ejercicio | Moneda ejercicio | Tipo ejercicio | Fecha emisión | Fecha Vto. | Nº warrants | Ratio | Prima | Código ISIN |
PUT | BBVA | 4,5 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 21/10/2016 | 500.000 | 0,5 | 0,17 | ES0640612YM3 |
PUT | BBVA | 4,25 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 18/11/2016 | 500.000 | 0,5 | 0,15 | ES0640612YN1 |
PUT | BBVA | 4,25 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/12/2016 | 500.000 | 0,5 | 0,18 | ES0640612YO9 |
PUT | IBE | 5,25 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 19/08/2016 | 250.000 | 0,5 | 0,02 | ES0640612YP6 |
PUT | IBE | 5,25 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/09/2016 | 250.000 | 0,5 | 0,05 | ES0640612YQ4 |
PUT | IBE | 5 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 21/10/2016 | 250.000 | 0,5 | 0,05 | ES0640612YR2 |
PUT | IBE | 5 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 18/11/2016 | 250.000 | 0,5 | 0,06 | ES0640612YS0 |
PUT | ITX | 29 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 19/08/2016 | 250.000 | 0,5 | 0,44 | ES0640612YT8 |
PUT | ITX | 29 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/09/2016 | 250.000 | 0,5 | 0,64 | ES0640612YU6 |
PUT | ITX | 28 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 21/10/2016 | 250.000 | 0,5 | 0,64 | ES0640612YV4 |
PUT | ITX | 28 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 18/11/2016 | 250.000 | 0,5 | 0,8 | ES0640612YW2 |
PUT | REP | 11 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/09/2016 | 500.000 | 0,5 | 0,26 | ES0640612YX0 |
PUT | REP | 10,75 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 21/10/2016 | 500.000 | 0,5 | 0,3 | ES0640612YY8 |
PUT | REP | 10,75 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 18/11/2016 | 500.000 | 0,5 | 0,36 | ES0640612YZ5 |
PUT | SAN | 3,25 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 21/10/2016 | 500.000 | 0,5 | 0,12 | ES0640612ZA5 |
PUT | SAN | 3 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 18/11/2016 | 500.000 | 0,5 | 0,11 | ES0640612ZB3 |
PUT | SAN | 3 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/12/2016 | 500.000 | 0,5 | 0,12 | ES0640612ZC1 |
PUT | TEF | 8,25 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 19/08/2016 | 500.000 | 0,5 | 0,14 | ES0640612ZD9 |
PUT | TEF | 8,25 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/09/2016 | 500.000 | 0,5 | 0,2 | ES0640612ZE7 |
PUT | TEF | 8 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 21/10/2016 | 500.000 | 0,5 | 0,22 | ES0640612ZF4 |
PUT | TEF | 8 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 18/11/2016 | 500.000 | 0,5 | 0,31 | ES0640612ZG2 |
PUT | TEF | 8 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/12/2016 | 500.000 | 0,5 | 0,35 | ES0640612ZH0 |
▪ Número de warrants emitidos: 9.000.000
▪ Importe efectivo emitido: 2.170.000 Euros
Todos los warrants emitidos han sido suscritos y desembolsados en su totalidad.
Los warrants emitidos han sido suscritos en la fecha de emisión en el mercado primario por GDS-CUSA, S.A.U.
Una vez admitidos a negociación, los valores, durante su vida, pueden ser adquiridos en cualquier momento por los inversores a través de los canales de CaixaBank, S.A. o a través de cualquier intermediario financiero.
▪ Saldo dispuesto del Folleto de Base: 41.531.500 Euros
▪ Saldo disponible del Folleto de Base: 78.468.500Euros
▪ Potenciales Inversores: Público en general.
▪ Liquidación de los warrants:
Precio de Liquidación:
Precio oficial de cierre del activo subyacente en el Mercado Continuo en la Fecha de Ejercicio o en la Fecha de Vencimiento.
Fecha de Valoración:
La Fecha de Valoración coincidirá siempre con la Fecha de Ejercicio.
Momento de Valoración:
Hora en la que se publican los precios de cierre del activo subyacente en el mercado continuo, esto es 17:35 CET.
El tenedor puede ejercitar el derecho sobre el warrant en cualquier Día Hábil anterior a la Fecha de Vencimiento, mediante la presentación, en la entidad donde tenga depositados los valores, de un Aviso de Ejercicio. El Aviso de Ejercicio debe ser recibido antes de las 17.00 CET (Central European Time) para ser ejecutado el día siguiente, en este caso la Fecha de Ejercicio será el día siguiente a tal recepción. Los avisos de ejercicio recibidos por el Emisor después de las 17:00 CET tendrán Fecha de Ejercicio dos Días Hábiles siguientes a la recepción del aviso. Asimismo, los avisos de ejercicio recibidos después de las 17:00 CET de terceras entidades en la que los inversores tengan depositados los valores, tendrán Fecha de Ejercicio dos Días Hábiles siguientes a la recepción del aviso. El límite final para dar Aviso de Ejercicio será por tanto las 17:00 C.E.T. del Día Hábil anterior a la Fecha de Vencimiento. Pasado ese momento los warrants no ejercitados por los tenedores serán ejercitados de forma automática por el Emisor en la Fecha de Vencimiento.
El número mínimo de warrants para los que se solicite el ejercicio no podrá ser inferior a cien, salvo el Día Hábil anterior a la Fecha de Vencimiento. En dicha fecha se atenderán todas las peticiones de ejercicio o “Avisos de Ejercicio” que se presenten. Por tanto, aquellos inversores que tengan un número de valores inferior a 100 no podrán ejercitarlos antes de su vencimiento, si bien podrán transmitirlos en el mercado secundario con el fin de realizar su inversión.
Los Avisos de Ejercicio habrán de ser presentados al Emisor por fax, correo o en persona. La dirección a estos efectos es Servicios Bancarios y Operaciones de Caixabank, S.A., Xxxx. Xxxxxxxx 000, 00000, Xxxxxxxxx y el número de fax es 00 000 00 00. El modelo para el Aviso de Ejercicio podrá obtenerse en cualquier oficina del Emisor así como a través de su página web.
Día Hábil significa el día en que los Bancos Comerciales estén abiertos para la realización de operaciones financieras en Barcelona y estén abiertas para negociación las bolsas donde coticen los warrants.
▪ Mercados Secundarios:
Mercado de Negociación de los warrants: Bolsas de Madrid, Barcelona, Valencia y Bilbao y módulo de contratación electrónica de warrants del SIBE.
Ultimo Día de Negociación:
• Para warrants con Fecha de Vencimiento 19 xx xxxxxx de 2016, el último día de negociación será el 18 xx xxxxxx de 2016.
• Para warrants con Fecha de Vencimiento 16 de septiembre de 2016, el último día de negociación será el 15 de septiembre de 2016.
• Para warrants con Fecha de Vencimiento 21 de octubre de 2016, el último día de negociación será el 20 de octubre de 2016.
• Para warrants con Fecha de Vencimiento 18 de noviembre de 2016, el último día de negociación será el 17 de noviembre de 2016.
• Para warrants con Fecha de Vencimiento 16 de diciembre de 2016, el último día de negociación será el 15 de diciembre de 2016.
Método de Valoración de la prima Binomial xx Xxx-Xxxx-Xxxxxxxxxx
▪ Información sobre el activo subyacente:
Información adicional sobre el Activo Subyacente, emisor, volatilidad histórica e implícita, trayectoria pasada y reciente en Bloomberg:
Subyacente | Emisor | Código Bloomberg | Tipo |
BBVA | Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. | BBVA SM | Equity |
REP | Repsol, S.A. | REP SM | Equity |
SAN | Banco Santander, S.A. | SAN SM | Equity |
TEF | Telefónica, S.A. | TEF SM | Equity |
ITX | Inditex, S.A. | ITX SM | Equity |
IBE | Iberdrola, S.A. | IBE SM | Equity |
Páginas de información sobre el activo subyacente:
• Código Bloomberg <tipo> HP <Go> para precios históricos,
(trayectoria pasada y reciente).
• Código Bloomberg <tipo> HVT <Go> para volatilidades históricas.
• Código Bloomberg <tipo> XXXX <Go> para volatilidades implícitas.
Mercado de Cotización del Activo Subyacente: Mercado Continuo.
Mercado de Cotización Relacionado del Subyacente: MEFF Renta Variable. Distorsión xxx xxxxxxx del subyacente:
Se comunicará a la CNMV como hecho relevante y será publicado en su página web (xxx.xxxx.xx).
Asimismo, los diferentes supuestos de distorsión xx xxxxxxx del subyacente se pueden consultar en el apartado 4.2.3 de Folleto de Base “Programa de Emisión de Warrants 2015” de CaixaBank referido.
2.- ACUERDOS EN VIRTUD DE LOS CUALES SE EMITEN LOS WARRANTS Y VIGENCIA DE LOS MISMOS
Las resoluciones y acuerdos por los que se autoriza la emisión de los warrants siguen vigentes a esta fecha y son los que se enuncian a continuación:
• Acuerdo de la Junta General de Accionistas de fecha 25 xx xxxxx de 2013, en virtud del cual delegó en el Consejo de Administración la facultad de emitir cualquier tipo de valores , xx xxxxx fija o variable, en cualquiera de las formas admitidas en Derecho, incluyendo entre otras, pagarés, cédulas, warrants (excepto los que den derecho a la adquisición o suscripción de acciones de la Sociedad), participaciones preferentes, bonos u obligaciones de cualquier tipo, incluso subordinadas, simples o con garantía de cualquier clase, o canjeables por acciones de la Sociedad o de otras sociedades cotizadas, participadas o no por la Sociedad, hasta un importe máximo total de sesenta mil millones de euros o su contravalor en divisas.
• Acuerdo del Consejo de Administración de 19 de noviembre de 2015, por el cual se aprueba la elaboración de un Folleto de Base de Emisión de Warrants, por importe máximo de ciento veinte millones de euros, al objeto de llevar a cabo emisiones de cualquier tipo de warrants al amparo del mismo y donde se establecen las líneas generales y principales características. En virtud del citado acuerdo se faculta a determinados apoderados para que, de forma solidaria cualquiera de ellos, pueda fijar los términos y condiciones de las emisiones a realizar al amparo de dicho Folleto de Base y realice cuantas actuaciones y otorgue en nombre y representación de CaixaBank los documentos de cualquier naturaleza, que sean necesarios o convenientes para dicho fin.
3.- ACUERDOS DE ADMISIÓN A NEGOCIACIÓN
CaixaBank solicitará la admisión a negociación de los warrants descritos en las presentes “Condiciones Finales” en la Bolsa de Valores de Barcelona, Madrid, Bilbao y Valencia y se compromete a realizar los trámites necesarios para que se incorporen a la negociación en dichos mercados en el plazo de 7 Días Hábiles desde la Fecha de Emisión.
Las presentes Condiciones Finales incluyen la información necesaria para la admisión a cotización de los warrants en los mercados mencionados anteriormente.
La liquidación se realizará a través de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A, (IBERCLEAR).
Barcelona, a 12 de julio de 2016
Firmado en representación del Emisor: Caixabank, S.A.
Fdo. X. Xxxxxxxx Xxxx Xxxx
Director de Departamento de Rates & Equity Derivatives
RESUMEN
(Anexo XXII del Reglamento CE nº 809/2004)
Los elementos de información de este resumen (el “Resumen”) están divididos en cinco secciones (A-E) y numerados correlativamente dentro de cada sección según la numeración exigida por el Reglamento CE nº 809/2004 (por ejemplo, B.1-B.50). Los números omitidos en este Resumen se refieren a elementos de información previstos en dicho Reglamento para otros modelos de folleto. Por otra parte, los elementos de información exigidos para este modelo de folleto pero no aplicables por las características del tipo de valor o del emisor se mencionan como “no procede”.
Sección A – Introducción y advertencias | |
A.1 | Advertencia: • Este Resumen debe leerse como introducción al presente Xxxxxxx, que se compone del Documento de Registro de CAIXABANK, S.A. (en adelante, “CaixaBank”, el “Emisor” o la “Entidad Emisora”), inscrito en los registros oficiales de la CNMV el 23 xx xxxxx de 2015, el Folleto de Base de Warrants inscrito en los registros oficiales de la CNMV el 17 de diciembre de 2015 y el Suplemento al mismo inscrito en los registros oficiales de la CNMV el 15 xx xxxxx de 2016. • Toda decisión de invertir en los valores debe estar basada en la consideración por parte del inversor del Folleto en su conjunto. • Cuando se presente ante un tribunal una demanda sobre la información contenida en el Folleto, el inversor demandante podría, en virtud del Derecho nacional de los Estados Miembros, tener que soportar los gastos de traducción del Folleto antes de que dé comienzo el procedimiento judicial. • La responsabilidad civil solo se exigirá a las personas que hayan presentado el Resumen, incluida cualquier traducción del mismo, y únicamente cuando el Resumen sea engañoso, inexacto o incoherente en relación con las demás partes del Folleto, o no aporte, leído junto con las otras partes del Folleto, información fundamental para ayudar a los inversores a la hora de determinar si invierten o no en dichos valores. |
A.2 | Consentimiento del Emisor relativo a la utilización del Folleto Base para una venta posterior o la colocación final de los valores por parte de los intermediarios No procede. CaixaBank no ha otorgado consentimiento a ningún intermediario financiero para la utilización del Folleto en la venta posterior o colocación final de los valores. |
Sección B – Emisor | |
B.1 | Nombre legal y comercial del emisor La denominación social del Emisor es CaixaBank, S.A. |
B.2 | Domicilio y forma jurídica del Emisor, legislación conforme a la cual opera y país de constitución El Emisor está domiciliado en España, en la Xxxxxxx Xxxxxxxx xxxxxx 000 xx Xxxxxxxxx, tiene la forma jurídica de sociedad anónima y su actividad está sujeta a la legislación española especial para entidades de crédito en general y, en particular, a la supervisión, control y normativa del Banco de España, si bien desde el 4 de noviembre de 2014, el Banco Central Europeo (BCE) asumió sus nuevas funciones de supervisión con la entrada en funcionamiento del Mecanismo Único de Supervisión (MUS). El MUS se compone del BCE y de las autoridades nacionales de los Estados miembros participantes. |
B.3 | Descripción y factores clave relativos al carácter de las operaciones en curso del Emisor y de sus principales actividades, declarando las principales categorías de productos vendidos y/o servicios prestados, e indicación de los mercados principales en los que compite el Emisor. CaixaBank es un banco con un modelo de banca universal, basado en la calidad y la especialización, con una oferta integral de productos y servicios (bancarios, aseguradores, de pensiones y fondos de inversión) y una red comercial multicanal. Además, mantiene participaciones en bancos internacionales y en compañías del sector servicios. Los principales segmentos de negocio del Grupo CaixaBank son los siguientes: Negocio bancario y de seguros: es la principal actividad del Grupo CaixaBank; incluye la totalidad del negocio bancario (banca minorista, banca corporativa, tesorería y mercados) y de seguros, desarrollado, básicamente, en el territorio español a través de la red de oficinas y del resto xx xxxxxxx complementarios. Recoge tanto la actividad como los resultados generados por los clientes del Grupo, sean particulares, empresas o instituciones. También incorpora la gestión de la liquidez y de activos y pasivos y los ingresos por la financiación al negocio de participaciones. Negocio de Participaciones: recoge los ingresos por dividendos y/o método de la participación de las participaciones bancarias internacionales y de servicios del Grupo CaixaBank, netos del coste de financiación. Adicionalmente, se incluyen otras participaciones significativas en el ámbito de la diversificación sectorial, incorporadas en las últimas adquisiciones del Grupo. En cuanto a los principales mercados donde compite, el Grupo CaixaBank desarrolla su actividad básicamente en el mercado español, de donde provienen aproximadamente el 97% de sus ingresos ordinarios a 31 de diciembre de 2015. |
B.4 | Descripción de las tendencias recientes más significativas que afecten al emisor y a los sectores en los que ejerce su actividad Escenario macroeconómico La eurozona mantiene la senda de gradual recuperación de la actividad económica. Aunque en 2015 el crecimiento no fue extraordinariamente dinámico, tampoco fue mediocre, ya que creció a un ritmo en línea con su potencial. Si bien esta evolución depende en gran medida de apoyos temporales como el abaratamiento de las materias primas, la depreciación del euro o la expansión cuantitativa del BCE, la expansión europea también refleja que, en aquellos países que han mostrado mayor ambición, las reformas estructurales están contribuyendo a cimentar la recuperación. De momento, la economía de la eurozona mantiene su |
ritmo de expansión gracias al buen comportamiento de la demanda doméstica, que se espera que continúe en 2016. En España, los datos más recientes muestran que se mantiene el tono expansivo de la actividad económica, ligeramente por encima de lo previsto hace unos meses. El crecimiento del PIB en 2015 fue del 3,2%, el más elevado entre las principales economías de la eurozona. Tras un año muy notable en términos de aumento del PIB, en 2016 esperamos que la velocidad de avance se modere ligeramente hasta el 2,8%, a medida que vayan desvaneciéndose el impacto de los apoyos temporales recibidos a lo largo de 2015, como la rebaja fiscal o la caída del precio del petróleo mientras van ganando peso algunos elementos que ayudan a sostener un crecimiento más equilibrado a largo plazo. En concreto, se espera la consolidación de la mejora de las condiciones de financiación, que el sector inmobiliario vuelva a sumar y que las reformas estructurales sigan dando frutos, sobre todo en el mercado laboral gracias a la creación de empleo. Sin duda, en 2015, la recuperación de la economía española recibió el apoyo de la evolución favorable del sector bancario. La expansión monetaria del BCE y el proceso de saneamiento llevado a cabo en los últimos años ha facilitado que el crédito prosiga su senda de normalización. De hecho, la nueva concesión de crédito se aceleró en el último año, sobre todo la nueva concesión de crédito a hogares y a pymes (avanzó respectivamente un 19,4% y un 5,7% interanual en diciembre). Sin embargo, el saldo vivo siguió cayendo, aunque menos, debido al proceso de desapalancamiento de los hogares y las empresas (-4,3% interanual en 2015 frente al -7,1% en 2014). se espera que la demanda de crédito aumente en 2016, pues dicho proceso de desapalancamiento está ya muy avanzado. Desde la óptica de la oferta, las entidades bancarias también están en mejor posición de conceder crédito que en el pasado gracias, en buena parte, al proceso de reestructuración y consolidación bancaria que ha permitido reforzar la posición de solvencia y liquidez de las entidades resultantes. En el ámbito regulatorio, destaca la modificación del tratamiento de los DTA, que eliminó la incertidumbre sobre su compatibilidad con la legislación comunitaria, y la aprobación del real decreto ley que regula las comisiones por la retirada de efectivo en los cajeros de otra entidad. Además, el proceso de creación de una unión bancaria efectiva siguió avanzando en 2015. Por un lado, se traspuso a la legislación nacional la normativa europea de recuperación y resolución de entidades de crédito, que permite intervenir las entidades financieras con problemas de forma ágil y con el menor coste posible para las arcas públicas. Por otro lado, se inició el proceso de negociación para el sistema de garantía de depósitos europeo, paso final para la culminación de la unión bancaria. En definitiva, la actividad económica española se está beneficiando de factores de apoyo temporal, pero también se aprecia cómo las reformas llevadas a cabo durante los últimos años están permitiendo un crecimiento de fondo más sólido y equilibrado. Con todo, los riesgos no son menores, especialmente los que proceden del exterior, debido a la posible desaceleración de los países emergentes, por lo que es imprescindible seguir fortaleciendo los cimientos para estar preparados ante las eventualidades. Confianza e imagen del sector Continúa sin recuperarse la confianza de la sociedad española y europea en la banca, en un contexto complejo, al que los factores antes mencionados también están contribuyendo (crisis financiera, reacción regulatoria en ocasiones generalizada, etc.). En esta línea también estarían encuadradas las sanciones a determinadas entidades financieras a escala global, en materia del denominado “riesgo de conducta”. Este concepto englobaría malas prácticas en el diseño, venta y post-venta de productos y servicios financieros, con las que la entidad financiera habría aprovechado su mayor información y control del proceso para obtener un mayor beneficio, generando un perjuicio a clientes, a contrapartes o a inversores. A efectos de consumo de capital, estos perjuicios económicos quedarían recogidos en la medición y gestión del riesgo operacional. Asimismo, la crisis económica, el elevado apalancamiento de familias y de empresas, y la pérdida de valor de las inversiones en productos financieros, entre otros aspectos, han provocado una erosión generalizada de la imagen sectorial. Amenazas ancladas en la evolución tecnológica La proliferación acelerada de soluciones digitales a las necesidades de clientes particulares y de empresas está dando lugar a nuevos patrones de consumo, de pago, de ahorro y de financiación. En este contexto, están apareciendo múltiples “FinTechs”: empresas de nueva creación, que prestan servicios vinculados a la industria financiera, basándose en innovaciones disruptivas en tecnologías de información y de comunicación (TICs). En concreto, ponen en valor una combinación de nuevos lenguajes de programación, mayores capacidades de almacenamiento y procesamiento de datos, algoritmos analíticos, menores restricciones legales/regulatorias (también se les incluye en el concepto de “shadow banking”) y modelos de negocio más ligeros en costes. También de origen tecnológico son los “ciber-ataques”, que consisten en el acceso fraudulento a los datos contenidos en las infraestructuras tecnológicas de información y comunicación de la Entidad, o manipulación fraudulenta de los procesos desarrollados mediante dichas infraestructuras, buscando un beneficio para quienes los cometen. Además del perjuicio para los clientes correspondientes, todo ello puede ser objeto de sanciones económicas y de lucro cesante con otros clientes por la imagen de vulnerabilidad que han transmitido las entidades que los han sufrido, con inmediata repercusión mediática. Los crecientes hábitos de compra online/móvil de los clientes facilitan la actuación de grupos criminales, cuya capacidad y alcance están aumentando de forma notoria. Normativa europea de Solvencia II En 2013 las autoridades europeas establecieron el 1 de enero de 2016 como la fecha de entrada en vigor de la Normativa Europea de Solvencia II. En 2014 se aprobó la Directiva Omnibus II que modifica la Directiva de Xxxxxxxxx XX y completa el nuevo marco de regulación y supervisión de seguros en la UE, dando poderes a EIOPA para finalizar el proyecto de Xxxxxxxxx XX. Durante 2015 a nivel europeo se han finalizado los desarrollos normativos actualmente en discusión (Actos Delegados, Normas Técnicas de Implementación y Guías). A nivel nacional, durante 2015 se han transpuesto al ordenamiento jurídico español todo el conjunto de normativas de Solvencia II. Con el fin de preparar la adaptación a Solvencia II hasta su entrada en vigor el 1 de enero de 2016, en 2014 EIOPA (el supervisor Europeo de seguros) emitió cuatro guías de preparación, las cuales tienen como objetivo ayudar a que las compañías aseguradoras vayan incorporando progresivamente determinados aspectos que desarrolla Solvencia II hasta 2016. Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito Con fecha 20 xx xxxxx de 2015 entró en vigor la Ley 11/2015, de 18 xx xxxxx, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, la cual modifica el régimen jurídico del Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito (FGD) consecuencia de la trasposición de la Directiva 2014/49/UE, de 16 xx xxxxx de 2014, que armoniza determinados |
aspectos de los sistemas de garantía de depósitos a nivel europeo. Esta Ley se complementa con el Real Decreto 1012/2015, de 6 de noviembre, que la desarrolla reglamentariamente que modifica el Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, sobre Fondos de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito. El Fondo se divide en dos compartimentos estancos (i) el compartimento de garantía de depósitos, cuyos fondos se destinarán a las tareas encomendadas por la Directiva, y (ii) el compartimento de garantía de valores cuyos fondos se destinarán a los titulares de valores u otros instrumentos financieros confiados a una entidad de crédito. En el caso del compartimento de garantía de depósitos, se establece un nivel objetivo mínimo que deberán alcanzar sus recursos del 0,8 por ciento de los depósitos garantizados antes del 0 xx xxxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxxxxxxx xxxx xxxxx xx 0,5 por ciento previa autorización de la Comisión Europea. De acuerdo con las modificaciones introducidas, la base de cálculo de las aportaciones al Fondo pasa a determinarse por las cuantías efectivamente garantizadas. Hasta 100.000 euros, los depósitos no están sujetos a absorción de pérdidas y tienen preferencia de cobro. Las modificaciones también prevén que las aportaciones anuales de las entidades al compartimento de garantía de depósitos se ajusten en función de su perfil de riesgo una vez el Banco de España haya desarrollado los métodos necesarios para el cálculo. Dado que la fecha máxima para este desarrollo es el 31 xx xxxx de 2016, dichos ajustes no han sido de aplicación a las aportaciones correspondientes al ejercicio 2015. Respecto a la aportación al Fondo correspondiente al ejercicio 2015, en su sesión de 2 de diciembre de 2015 la Comisión Gestora del Fondo acordó fijar la aportación anual al compartimento de garantía de depósitos en el 1,6 por mil de la base de cálculo de los depósitos efectivamente garantizados. Fondo de Resolución Nacional Consecuencia de la transposición de la Directiva 2014/59/UE, de 15 xx xxxx de 2014, por la que se establece un marco para la reestructuración y la resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, es la creación de un Fondo de Resolución Nacional (FRN) a través de la Ley 11/2015, el cual tiene como finalidad financiar las medidas de resolución que ejecute el FROB (Fondo de Resolución Ordenada Bancaria), quien ejerce su gestión y administración. El Fondo está financiado por las aportaciones de las entidades de crédito y las empresas de servicios de inversión, debiendo alcanzar sus recursos financieros, al menos, el 1 por ciento de los depósitos garantizados de todas las entidades no más tarde del 31 de diciembre de 2024. Con el fin de alcanzar este nivel, el FROB recaudará, al menos anualmente y con inicio en el ejercicio 2015, contribuciones ordinarias de las entidades, incluidas sus sucursales en la Unión Europea, tomando en consideración (i) la proporción que la entidad represente sobre el total agregado de las entidades, en términos de pasivos totales, excluidos los recursos propios y el importe garantizado de depósitos, y (ii) el perfil de riesgo de cada entidad, el cual incluye una evaluación de la probabilidad de ser objeto de resolución, la complejidad de su estructura y resolubilidad, e indicadores de la situación financiera y nivel de riesgo entre otros. De acuerdo con el calendario previsto, en enero de 2016 la Autoridad Única de Resolución Europea inició plenamente sus operaciones, habiéndose fusionado a finales de ese mismo mes el FRN con el resto de Fondos Nacionales de los Estados miembros de la Zona del Euro en un Fondo Único de Resolución Europeo. Las aportaciones correspondientes al ejercicio 2016 y siguientes serán realizadas a este Fondo Europeo, quedando el FRN únicamente para las empresas de servicios de inversión. | |
B.5 | Si el emisor es parte de un grupo, una descripción del grupo y la posición del emisor en el grupo CaixaBank y sus sociedades dependientes integran el Grupo CaixaBank (Grupo CaixaBank o el Grupo). CaixaBank es una sociedad anónima cuyas acciones se encuentran admitidas a cotización en las bolsas de Barcelona, Madrid, Valencia y Bilbao a través xxx xxxxxxx continuo, formando parte del IBEX-35 desde el 4 de febrero de 2008. CaixaBank, participado mayoritariamente (56,76% a 31 de diciembre de 2015) por CriteriaCaixa tras la reorganización del Grupo que se produjo en el ejercicio 2014, es una entidad de referencia en el mercado español con actividad bancaria y de seguros. Además, mantiene participaciones en bancos internacionales y en compañías del sector servicios. Como entidad bancaria, se encuentra sujeta a la supervisión del Banco Central Europeo y del Banco de España. A 31 de diciembre de 2015, la estructura societaria del Grupo, en el cual se integra el Grupo CaixaBank, es: A 31 de diciembre de 2015 el Grupo CaixaBank está formado por 69 sociedades participadas directas, de las que 5 son cotizadas y 93 sociedades participadas indirectamente. |
B.6 | En la medida en que tenga conocimiento de ello el emisor, el nombre de cualquier persona que, directa o indirectamente, tenga un interés declarable, según el derecho nacional del emisor en el capital o en los derechos de voto del emisor, así como la cuantía del interés de cada una de esas personas. Si los accionistas principales del emisor tienen distintos derechos de voto, en su caso. En la medida en que sea del conocimiento del emisor, declarar si el emisor es directa o indirectamente propiedad o está bajo control de un tercero y de quién se trata y describir el carácter de ese control A 31 de diciembre de 2015, y según la información pública disponible, Criteria Caixa, S.A., Sociedad Unipersonal, sociedad íntegramente participada por la Fundación Bancaria Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona, “la Caixa”, ostenta una participación en CaixaBank del 56,76% (*). Asimismo, Invesco Limited, a través de Invesco Asset Management Limited y otras entidades individualmente admitidas a cotización bajo la Sección10, ostenta una participación en CaixaBank del 1,00%. Los miembros del Consejo, directa o indirectamente, ostentan en su conjunto una participación en CaixaBank, a 31 de diciembre de 2015, representativa del 1,865% del capital social. (*) Respecto a la situación de la participación de Fundación Bancaria “la Caixa” en CaixaBank, cabe informar que la Asamblea General de la Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona (“la Caixa”), celebrada el 22 xx xxxx de 2014, aprobó su transformación en fundación bancaria, manifestando la voluntad de que la Fundación Bancaria “la Caixa”, adoptase un acuerdo de segregación a favor de Criteria CaixaHolding, S.A.U. (actualmente denominada Criteria Caixa, S.A.U. y en adelante, Criteria Caixa) de las emisiones de títulos de deuda en las que la “la Caixa” tuviese la condición de emisor y de su participación en CaixaBank, que la Fundación Bancaria ostentaba entonces de forma directa. El 14 de octubre de 2014, se inscribió la escritura de segregación a favor de Criteria Caixa de las emisiones de títulos de deuda y de otros activos y pasivos y de la participación en CaixaBank, de modo que la Fundación Bancaria, “la Caixa” pasó a ostentar su participación en CaixaBank a través de Criteria Caixa. Tras este proceso y a cierre del ejercicio 2015, la Fundación Bancaria Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona (“la Caixa”) ostenta a través de Criteria Caixa (sociedad controlada al 100% por la Fundación Bancaria) 3.305.666.049 acciones de CaixaBank. Asimismo, es menester dejar constancia que de conformidad con la Disposición Adicional 8ª de la Ley 26/2013 de 27 de diciembre de 2013, xx Xxxxx de Ahorro y Fundaciones Bancarias, las fundaciones bancarias que acudan a procesos de ampliación de capital de la entidad de crédito participada no podrán ejercer los derechos políticos correspondientes a aquella parte del capital adquirido que les permita mantener una posición igual o superior al 50% o de control, por ello, la Fundación Bancaria Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona (“la Caixa”) de la totalidad de acciones de CaixaBank controladas a cierre de 2015 (3.305.666.049 acciones) sólo puede ejercer los derechos de voto referentes a 3.271.232.029 acciones. Por ende también se deja constancia de que el 3 de diciembre de 2015 se registró en la CNMV la comunicación del Hecho relevante por parte de CaixaBank, S.A. sobre la formalización de un contrato de permuta con su accionista de control, Criteria Caixa, en virtud del cual CaixaBank, S.A. transmitirá a Criteria Caixa todas sus acciones en Grupo Financiero Inbursa, S.A.B. de C.V. (representativas del 9,01% de GFI) y de The Bank of East Asia, Limited (representativas del 17,24% de BEA) y a su vez recibirá de Criteria Caixa, acciones de CaixaBank, S.A. (representativas del 9,9% del capital social) y un importe en efectivo. Asimismo, se informaba que el cierre de la permuta se prevé para el primer trimestre de 2016 y que el consejo de administración de XxxxxXxxx tiene previsto proponer a la próxima junta general de CaixaBank la amortización de un número de acciones propias que representen como mínimo las acciones que adquiera de Criteria Caixa bajo la Permuta (9,9%) y como máximo el 10% del capital social que CaixaBank llegue a tener en autocartera en ese momento. |
B.7 | Información financiera fundamental histórica seleccionada relativa al Emisor que se presentará para cada ejercicio del período cubierto por la información financiera histórica, y cualquier período financiero intermedio subsiguiente, acompañada de datos comparativos del mismo período del ejercicio anterior, salvo que el requisito para la información comparativa del balance se satisfaga presentando la información del balance final del ejercicio. Se adjuntará una descripción narrativa de todo cambio significativo en la situación financiera del Emisor y los resultados de sus operaciones durante o después del período cubierto por la información financiera histórica fundamental. La siguiente información financiera ha sido obtenida a partir de los registros de contabilidad y de gestión consolidados del Grupo CaixaBank y se presenta siguiendo los criterios establecidos en las Normas Internacionales de Información Financiera adoptadas por la Unión Europea (NIIF-UE) y tomando en consideración la Circular 4/2004 del Banco de España, de 22 de diciembre, y posteriores modificaciones. A continuación se informa de las principales magnitudes de gestión del Grupo CAIXABANK, correspondientes al 31 de diciembre de los ejercicios de 2015, 2014 y 2013. La información financiera del Grupo CAIXABANK correspondiente a los ejercicios 2015 y 2014 se basa en datos contables que han sido auditados. La información financiera auditada correspondiente al ejercicio 2013 se presenta únicamente a efectos comparativos. La información financiera histórica de 2013 ha sido reestimada de acuerdo con el nuevo registro de las aportaciones al Fondo de Garantía de Depósitos en aplicación de la IFRIC 21 y la NIC 8. Al respecto de la comparativa anual cabe considerar, a efectos de cambios de perímetro, el registro de la combinación de negocios con Barclays Bank, SAU, desde el 1 de enero de 2015, a efectos contables. D. Balance de situación A continuación se presenta el Balance de situación de Grupo CAIXABANK correspondiente a los ejercicios 2015, 2014 y 2013. |
Importes en millones de euros | 31.12.15 | 31.12.14 | Variación anual | 31.12.13 | ||||
absoluta % | ||||||||
Caja y depósitos en bancos centrales | 5.772 | 4.157 | 1.615 | 38,8 | 6.968 | |||
Cartera de negociación | 13.532 | 12.257 | 1.275 | 10,4 | 10.002 | |||
Activos financieros disponibles para la venta | 62.997 | 71.101 | (8.104) | (11,4) | 56.450 | |||
Inversiones crediticias | 211.317 | 195.731 | 15.586 | 8,0 | 206.846 | |||
Cartera de inversión a vencimiento | 3.820 | 9.608 | (5.788) | (60,2) | 17.831 | |||
Activos no corrientes en venta | 7.961 | 7.248 | 713 | 9,8 | 6.215 | |||
Participaciones | 9.674 | 9.266 | 408 | 4,4 | 8.774 | |||
Activo material | 6.293 | 6.404 | (111) | (1,7) | 5.518 | |||
Activo intangible | 3.672 | 3.635 | 37 | 1,0 | 3.629 | |||
Resto activos | 19.217 | 19.216 | 1 | 0,0 | 18.087 | |||
Total activo | 344.255 | 338.623 | 5.632 | 1,7 | 340.320 | |||
Pasivo | 319.051 | 313.391 | 5.660 | 1,8 | 316.374 | |||
Cartera de negociación | 12.200 | 11.975 | 225 | 1,9 | 7.891 | |||
Pasivos financieros a coste amortizado | 253.499 | 247.539 | 5.960 | 2,4 | 263.201 | |||
Pasivos por contratos de seguros | 40.575 | 40.434 | 141 | 0,3 | 32.028 | |||
Provisiones | 4.598 | 4.371 | 227 | 5,2 | 4.321 | |||
Resto pasivos | 8.179 | 9.072 | (893) | (9,8) | 8.933 | |||
Patrimonio neto | 25.204 | 25.232 | (28) | (0,1) | 23.946 | |||
Fondos propios | 23.689 | 23.373 | 316 | 1,4 | 23.259 | |||
Intereses minoritarios y ajustes por valoración | 1.515 | 1.859 | (344) | (18,5) | 687 | |||
Total pasivo y patrimonio neto | 344.255 | 338.623 | 5.632 | 1,7 | 340.320 | |||
E. Cuenta de resultados A continuación se informa de las partidas más relevantes de la cuenta de resultados correspondientes a los ejercicios 2015, 2014 y 2013. * La cuenta de resultados de 2013 ha sido re expresada en aplicación de la IFRIC 21 y la NIC 8 que ha supuesto un impacto neto de -180MM€ correspondientes al registro de la derrama extraordinaria del FGD de 2013 y -7MM€ al registro anticipado de la aportación ordinaria del FGD de 2013 y 2014. Impacto total de -267 brutos. ** En 2015 no incluye -259 asociados a la integración de Barclays Bank, SAU, y -284 relacionados con el Acuerdo Laboral. En 2013 no incluye -267 (impacto bruto FGD) y -839 gastos extraordinarios. En la partida denominada “Resultado atribuido a intereses minoritarios y otros” se incluye el Resultado de Operaciones Ininterrumpidas (neto) F. Principales ratios de gestión A continuación se informa de las principales magnitudes de gestión del Grupo CAIXABANK, correspondientes al 31 de diciembre de los ejercicios de 2015, 2014 y 2013. |
Importes en millones de euros | Enero - Diciembre 2015 2014 | Variación en % | Enero - Diciembre 2013* | |
Ingresos financieros | 8.372 | 8.791 | (4,8) | 9.301 |
Gastos financieros | (4.019) | (4.636) | (13,3) | (5.346) |
Margen de intereses | 4.353 | 4.155 | 4,8 | 3.955 |
Dividendos | 203 | 185 | 9,4 | 107 |
Resultados de entidades valoradas por el método de la participación | 375 | 306 | 22,7 | 339 |
Comisiones netas | 2.013 | 1.825 | 10,3 | 1.760 |
Resultados de operaciones financieras y diferencias de cambio | 867 | 640 | 35,5 | 679 |
Otros productos y cargas de explotación | (85) | (171) | (50,4) | (475) |
Xxxxxx xxxxx | 7.726 | 6.940 | 11,3 | 6.365 |
Gastos de explotación recurrentes (4.063) (3.773) | 7,7 | (3.947) | ||
Gastos de explotación extraordinarios (543) | (839) | |||
Margen de explotación Margen de explotación sin costes extraordinarios** | 3.120 3.663 | 3.167 3.167 | (1,5) 15,7 | 1.579 2.685 |
Pérdidas por deterioro de activos financieros y otros (2.516) (2.579) | (2,4) | (4.329) | ||
Ganancias/pérdidas en baja de activos y otros 34 (386) | 1.770 | |||
Resultado antes de impuestos | 000 | 000 | 000,6 | (980) |
Impuesto sobre beneficios 181 418 | 1.288 | |||
Resultado consolidado del ejercicio | 819 | 620 | 31,7 | 308 |
Resultado atribuido a intereses minoritarios y otros 5 0 | (8) | |||
Resultado atribuido al Grupo | 814 | 620 | 31,4 | 316 |
En millones de euros | 2015 | 2014 | Variación anual | 2013 | ||||
EFICIENCIA Y RENTABILIDAD (últimos 12 meses) | ||||||||
Ratio de eficiencia (Total Gastos de explotación / Margen bruto) | 59,6% | 54,4% | 5,2 | 75,2% | ||||
Ratio de eficiencia sin costes extraordinarios* | 52,6% | 54,4% | (1,8) | 59,5% | ||||
ROE (Resultado atribuido / Fondos propios medios) | 3,4% | 2,7% | 0,7 | 1,4% | ||||
ROTE (Resultado atribuido / Fondos propios tangibles medios) | 4,3% | 3,4% | 0,9 | 1,7% | ||||
XXX (Resultado neto / Activos totales medios) | 0,2% | 0,2% | 0,0 | 0,1% | ||||
RORWA (Resultado neto / Activos ponderados por riesgo) | 0,7% | 0,5% | 0,2 | 0,2% | ||||
GESTIÓN DEL RIESGO | ||||||||
Ratio de morosidad | 7,9% | 9,7% | (1,8) | 11,7% | ||||
Ratio de morosidad ex-promotor | 6,2% | 6,4% | (0,2) | 6,8% | ||||
Coste del riesgo | 0,7% | 1,0% | (0,3) | 1,9% | ||||
Cobertura de la morosidad | 56% | 55% | 1 | 61% | ||||
Cobertura de la morosidad con garantía real | 128% | 132% | (4) | 140% | ||||
Cobertura de inmuebles adjudicados disponibles para la venta | 58% | 55% | 3 | 54% | ||||
LIQUIDEZ | ||||||||
Liquidez | 54.090 | 56.665 | (2.575) | 60.762 | ||||
Loan to deposits | 106,1% | 104,3% | 1,8 | 109,9% | ||||
SOLVENCIA | ||||||||
Common Equity Tier 1 (CET1) 12,9% 13,0% (0,1) 11,8% | ||||||||
Capital Total 15,9% 16,1% (0,2) 14,6% | ||||||||
APRs 143.312 139.729 3.583 152.502 | ||||||||
Leverage Ratio 5,7% 5,7% 0,0 5,4% | ||||||||
Common Equity Tier 1 (CET1) fully loaded 11,55% 12,1% (0,56) 11,3% | ||||||||
*En 2015 no incluye -259 asociados a la integración de Barclays Bank, SAU, y -284 relacionados con el Acuerdo Laboral. En 2013 no incluye -267 (impacto bruto FGD) y -839 gastos | ||||||||
extraordinarios. | ||||||||
Cambios significativos en la situación financiera del Emisor durante o después del período cubierto por la información | ||||||||
financiera histórica fundamental: | ||||||||
Cambios de perímetro | ||||||||
Destacan como cambios más significativos la integración de Banco de Valencia y la adquisición de Barclays Bank, SAU. | ||||||||
En este sentido, la adquisición de Banco de Valencia fue efectiva a efectos contables desde el 1 de enero de 2013, afectando, por | ||||||||
tanto, al cierre de ejercicio de 2013. | ||||||||
Asimismo, con fecha 2 de enero de 2015, se formalizó la adquisición de Barclays Bank, SAU que incluye el negocio de banca | ||||||||
minorista, gestión de patrimonios y banca corporativa de Barclays Bank en España, excluyendo los negocios de banca de | ||||||||
inversión y de tarjetas. Posteriormente, los Consejos de Administración de CaixaBank y Barclays Bank, SAU aprobaron el 30 xx | ||||||||
xxxxx de 2015 el Proyecto Común de Fusión. La citada fusión ha implicado: (i) la extinción de Barclays Bank, SAU y (ii) la | ||||||||
transmisión en bloque de su patrimonio social a CaixaBank, que ha adquirido por sucesión universal los derechos y obligaciones | ||||||||
de la primera. Con fecha 14 xx xxxx de 2015 quedó inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona la escritura pública de fusión | ||||||||
por absorción de CaixaBank (sociedad absorbente) y Barclays Bank, SAU (sociedad absorbida), con la consiguiente extinción de | ||||||||
la segunda. | ||||||||
OPA sobre Banco BPI | ||||||||
Con fecha 17 de febrero de 2015 CaixaBank comunicó a la Comissão do Mercado de Valores Mobiliários portuguesa (CMVM) su | ||||||||
intención de lanzar una oferta pública de adquisición (OPA) de carácter voluntaria sobre las acciones ordinarias del banco | ||||||||
portugués BPI no pertenecientes a CaixaBank. | ||||||||
Con fecha 18 xx xxxxx de 2015, el Consejo de Administración de CaixaBank acordó presentar ante la CMVM el desistimiento del | ||||||||
registro de su oferta de adquisición sobre las acciones de BPI anunciada el pasado 17 de febrero, a la vista de no haberse dado | ||||||||
cumplimiento a la condición de que se eliminara el límite de derechos de voto que un accionista puede emitir establecido en los | ||||||||
estatutos de BPI, pues la Junta General de BPI, celebrada el 17 xx xxxxx de 2015, acordó no eliminar dicha limitación estatutaria. | ||||||||
Posteriormente, con relación al comunicado divulgado al mercado por BPI, con fecha 4 de febrero de 2016, sobre la propuesta de | ||||||||
su consejo de administración a la asamblea general para eliminar la limitación de derechos de voto (voting cap), CaixaBank | ||||||||
manifestó su posición favorable para eliminar el voting cap y en ese sentido valoró positivamente la decisión. | ||||||||
Asimismo, el pasado 2 xx xxxxx de 2016, CaixaBank informó mediante Xxxxx Xxxxxxxxx: (i) que está manteniendo contactos con | ||||||||
BPI y con el accionista de BPI, Xxxxxxx Finance-Prestação de Serviços, S.A. en el contexto de la situación del exceso de | ||||||||
concentración de riesgos de BPI derivada de su participación de control en BFA. (ii) En estos contactos, CaixaBank y Xxxxxxx | ||||||||
Finance han explorado distintas alternativas para alcanzar una solución a dicha situación que pudiera ser aceptable para todas las | ||||||||
partes interesadas, sin que hasta ahora se haya llegado a una solución en ese sentido. | ||||||||
A fecha de la publicación del presente documento CaixaBank no ha tomado ninguna decisión acerca de su participación en BPI. | ||||||||
CaixaBank tomará las decisiones que considere apropiadas y las comunicará al mercado oportunamente en función del resultado |
de la votación sobre la eliminación del voting cap por la asamblea general y de otras circunstancias que puedan ser relevantes. Venta de la participación en Boursorama a Société Générale y de la participación en Self Trade Bank a Boursorama Con fecha 00 xx xxxxx xx 0000 XxxxxXxxx xxxxxxx xx xxxxx a Société Générale Group de la totalidad de su participación en Boursorama, que representaba un 20,5% del capital social, así como los derechos de voto, por un precio de 218,5 millones de euros. El precio pagado por Société Générale fue el mismo que el ofrecido a los accionistas minoritarios durante la oferta pública de adquisición simplificada y del proceso de exclusión del año 2014, esto es, 12 euros por acción. Con esta operación finalizó la alianza entre Société Générale y CaixaBank que se inició en 2006 tras la venta de CaixaBank France a Boursorama. Como consecuencia de ello, el acuerdo de accionistas firmado en mayo de 2006 y renegociado en marzo de 2014 por ambas instituciones se dio también por terminado. Asimismo, CaixaBank también anunció la firma de la venta a Boursorama de la totalidad de su participación en Self Trade Bank, la joint venture que ambas entidades mantenían en España, y que representa el 49% del capital social. La contraprestación acordada fue de 33 millones de euros. Como consecuencia de esta transacción se da por terminada la joint venture así como los acuerdos firmados en julio de 2008 por Xxxxxxxxxx y CaixaBank. Las plusvalías consolidadas después de impuestos generadas en ambas transacciones ascienden a 38 millones de euros. Firma de un acuerdo de permuta con CriteriaCaixa sobre las participaciones en Grupo Financiero Inbursa y The Bank of East Asia El día 3 de diciembre de 2015 los Consejos de Administración de CaixaBank y de CriteriaCaixa acordaron la firma de un contrato de permuta bajo el cual CaixaBank se obligaba a entregar a CriteriaCaixa el 17,24% de The Bank of East Asia (BEA) y el 9,01% de Grupo Financiero Inbursa (GFI) y CriteriaCaixa se obligaba, por su parte, a entregar a CaixaBank el 9,9% de acciones propias de CaixaBank titularidad de CriteriaCaixa y 642 millones de euros en efectivo. El Consejo de Administración de CaixaBank tiene previsto proponer a la Junta General de Accionistas de CaixaBank la amortización de, como mínimo, las acciones propias que adquiera de Criteria bajo esta permuta (9,9%) y como máximo el 10% del capital social que CaixaBank llegue a tener en autocartera en ese momento. El cierre de la permuta está sujeto a (i) la modificación de los actuales acuerdos suscritos por CaixaBank relativos a sus participaciones en BEA y GFI de modo que Criteria ocupe la posición de CaixaBank, como nuevo accionista de estos bancos y CaixaBank continúe siendo parte como socio bancario de dichos bancos, (ii) la obtención de las autorizaciones regulatorias aplicables en Hong Kong y en Méjico; (iii) la autorización del Consejo de Administración de GFI a la adquisición de las acciones de GFI por parte de Criteria; y (iv) la autorización del Banco Central Europeo para la adquisición por parte de CaixaBank de las acciones propias de CaixaBank, así como la posterior amortización de las mismas, que el Consejo de Administración de CaixaBank prevé proponer a su próxima Junta General de Accionistas. Dado que la entrega de las acciones de BEA y GFI únicamente se producirá si se obtienen la totalidad de las autorizaciones, y no es la intención del grupo enajenar las mismas en caso de no autorizarse la transacción, dichas participaciones se mantienen clasificadas a 31 de diciembre de 2015 como entidades asociadas. Cuando se ejecute esta operación, la participación de CriteriaCaixa en CaixaBank descenderá del 56,76% a 31 de diciembre de 2015 al 52%. Si se considera la participación fully diluted (teniendo en cuenta el bono de CriteriaCaixa de 750 millones de euros canjeable en acciones de CaixaBank con vencimiento en noviembre de 2017), ésta bajaría del 54% al 48,9%. | |
B.8 | Información financiera seleccionada pro forma, identificada como tal No procede, puesto que el Documento de Registro de CaixaBank no incorpora información financiera pro forma. |
B.9 | Si se realiza una previsión o estimación de los beneficios, indíquese la cifra No procede, puesto que no se ha incluido en el Documento de Registro del Emisor |
B.10 | Descripción de la naturaleza de cualquier salvedad en el informe de auditoría sobre la información financiera histórica No procede, puesto que los informes de auditoría emitidos sobre las cuentas anuales del Emisor individuales y de su grupo consolidado, correspondientes a los ejercicios 2015, 2014 y 2013 contienen respectivas opiniones favorables, sin salvedades |
Sección C – Valores | |
C.1 | Descripción del tipo y de la clase de valores ofertados y/o admitidos a cotización, incluido, en su caso, el número de identificación del valor Los warrants emitidos están representados por anotaciones en cuenta. La Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores (en adelante Iberclear), con domicilio en la Xxxxx xx xx Xxxxxxx xx0, 00000 Xxxxxx, será la encargada de su registro contable junto con sus entidades participantes. El Código ISIN (Internacional Securities Identification Number) es de cada warrant es el que consta en la tabla anexa a este resumen. Warrant significa valor negociable en Bolsa que otorga a su tenedor el derecho, pero no la obligación, a comprar (call warrant) o vender (put warrant) una cantidad determinada de un activo (Activo Subyacente) a un precio (precio de ejercicio o strike) a lo largo de toda la vida del warrant (americano) o a su vencimiento (europeo). Para adquirir el derecho, el comprador debe pagar una prima. La liquidación será exclusivamente por diferencias y no por entrega física del Activo Subyacente. El derecho que otorgan a su tenedor está sujeto, en algunos casos, a ciertas condiciones. Call Warrant Derecho a comprar Put Warrant Derecho a vender Tipos de warrants Los tipos de warrants emitidos son: Warrants de Venta Tradicionales (Put Warrants): son warrants que otorgan a su titular el derecho (no la obligación) a vender una cantidad determinada de un activo subyacente en la Fecha de Ejercicio y al Precio de Ejercicio, percibiendo, en la Fecha de Pago, |
el valor absoluto de la diferencia negativa que existiere entre el Precio de Liquidación del Activo Subyacente y el Precio de Ejercicio en la Fecha de Ejercicio Llegada la Fecha de Vencimiento no será necesario que los titulares de los warrants emitidos realicen acto alguno para el ejercicio de sus derechos ya que son de Ejercicio Automático. Estilo de Warrants Los warrants emitidos son: - Warrants Americanos: el tenedor puede ejercitar el derecho sobre el warrant en cualquier Día Hábil anterior a la fecha de vencimiento, mediante la presentación en la entidad donde tengan depositados los valores de un Aviso de Ejercicio. El Aviso de Ejercicio debe ser recibido antes de las 17.00 CET (Central European Time) para ser ejecutado el día siguiente. En caso de que el inversor no proceda a ejercitar sus derechos sobre el warrant en el plazo indicado, el ejercicio será automático a vencimiento. Las características de los warrants a emitir son las indicadas en la tabla anexa a este resumen. | |
C.2 | Divisa de emisión de los valores Los warrants estarán denominados en Euros. |
C.3 | Número de acciones emitidas y desembolsadas totalmente, así como las emitidas, pero aún no desembolsadas en su totalidad. Indicar el valor nominal por acción, o que las acciones no tienen ningún valor nominal. El capital social de Caixabank a 9 xx xxxxx de 2016 es de 5.823.990.317 euros, representado por 5.823.990.317 acciones de 1 euro de valor nominal cada una de ellas, pertenecientes a una sola clase y serie, con idénticos derechos políticos y económicos, y representadas en anotaciones en cuenta. Las acciones de la sociedad están admitidas a cotización en las bolsas de valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo) |
C.5 | Descripción de cualquier restricción sobre la libre transmisibilidad de los valores No existen restricciones a la libre transmisibilidad de los valores. |
C.7 | Descripción de la política de dividendos La política de retribución al accionista de CaixaBank se articula a través de un esquema de retribución denominado Programa Dividendo/Acción por el que, en determinados trimestres, se va a permitir a los accionistas elegir entre las siguientes tres opciones: a) Recibir acciones mediante una ampliación de capital liberada, o b) Recibir efectivo, como consecuencia de la venta en el mercado de los derechos asignados en dicha ampliación, o c) Recibir efectivo, por la venta a CaixaBank, a un precio fijado por la entidad, de los derechos asignados en dicha ampliación. Los accionistas también podrán combinar estas tres opciones. No obstante lo anterior, el pasado 12 xx xxxxx de 2015, el Consejo de Administración acordó, en el marco de su política de remuneración al accionista, que la remuneración con cargo al ejercicio 2015 sea de 0,16 euros por acción, mediante dos pagos en efectivo y dos pagos bajo el programa Dividendo/Acción (habiendo propuesto a la Junta General de Accionistas la aprobación de los correspondientes aumentos de capital), manteniéndose en todo caso la política de remuneración trimestral que permite a los accionistas optar entre recibir acciones o efectivo o una combinación de ambos. Este cambio en la política de remuneración al accionista, combinando la aplicación del “Programa Dividendo/Acción” con pagos íntegramente en efectivo ya fue anunciado mediante Hecho Relevante publicado el 17 de febrero de 2015, fecha en la que fue acordado por el Consejo al amparo de la Junta General de Accionistas celebrada el 24 xx xxxxx de 2014. A continuación se detalla la remuneración al accionista correspondiente a los últimos 12 meses: Concepto €/acc Pago1 Dividendo en efectivo, a cuenta 2015 0,04 24/12/2015 Programa Dividendo/ Acción2 0,04 25/09/2015 Dividendo en efectivo, complementario 2014 0,04 12/06/2015 Programa Dividendo/ Acción3 0,04 20/03/2015 (1) Fecha de liquidación de los derechos que se vendieron a la propia sociedad para el programa Dividendo/ Acción. (2) Fecha de inicio cotización derechos de asignación gratuita: 08/09/15. (3) Fecha de inicio cotización derechos de asignación gratuita: 03/03/15. En relación con la Junta General Ordinaria de Accionistas de XxxxxXxxx, S.A.(la “Junta”) que esta previsto que se celebre el día 28 xx xxxxx de 2016 en primera convocatoria, el Consejo de Administración someterá a la Junta Aprobar la distribución del resultado neto individual, que es de un beneficio de 650.692.362,47 euros, de la siguiente forma: (1) Importe estimado (ver nota (2) siguiente). (2) Importe estimado correspondiente al pago de un dividendo complementario de 0,04 euros por acción, a abonar en efectivo en junio de 2016. Este importe se incrementará o reducirá en función del número total de acciones que finalmente se emitan en el marco del acuerdo de ampliación de capital liberado aprobado por la |
Junta General de Accionistas celebrada el 23 xx xxxxx de 2015 bajo el punto 8.2 del orden del día (Programa Dividendo/Acción) y que el Consejo de Administración acordó ejecutar en su sesión de 25 de febrero de 2016. Asimismo, este importe se reducirá en función del número de acciones en autocartera que CaixaBank tenga en el momento del pago del dividendo, dado que, conforme exige la Ley de Sociedades de Capital, las acciones propias no podrán percibir dividendo. (3) Importe estimado (ver nota (6) posterior). (4) Importe que permite alcanzar el 20% de la cifra de capital social a 31 de diciembre de 2015, superior al importe mínimo que debe destinarse a reserva legal conforme al artículo 274 de la Ley de Sociedades de Capital (10% del beneficio del ejercicio). (5) Conforme a lo exigido por el artículo 273.4 de la Ley de Sociedades de Capital. (6) Importe estimado que se destina a la reserva voluntaria. Este importe se incrementará o reducirá en la misma cuantía en que se reduzca o incremente el importe destinado al pago del dividendo complementario (véanse notas 1 y 2 anteriores). El dividendo complementario del ejercicio 2015 se hará efectivo a los accionistas a partir del 1 xx xxxxx de 2016. En el supuesto de que a la fecha de pago del dividendo complementario la Sociedad fuera titular de acciones que no tuvieran derecho a percibir dividendo, el importe que les hubiera correspondido será aplicado a reservas voluntarias. | |
C.8 | Descripción de los derechos vinculados a los valores, incluida cualquier limitación de éstos, y del procedimiento para el ejercicio de tales derechos Derechos Políticos: Conforme a la legislación vigente, los valores carecerán para el inversor que los adquiera de cualquier derecho político presente y/o futuro sobre el Emisor o sobre el emisor de los subyacentes que pueden tener los warrants. Derechos Económicos: Los warrants emitidos no otorgarán a sus titulares derecho alguno de reembolso, sino el derecho a percibir los importes que, en su caso, y de conformidad con lo previsto en las Condiciones Finales, resulten a favor de los mismos. Se liquidarán exclusivamente por diferencias y se entenderán automáticamente ejercitados por sus titulares en sus respectivas Fechas de Ejercicio o de Vencimiento, procediendo el Emisor directamente a realizar a sus titulares las correspondientes liquidaciones positivas a las que tuvieran derecho como consecuencia de dicho ejercicio en las Fechas de Pago de la emisión. Ejercicio de los derechos económicos: El ejercicio de los derechos económicos de los warrants se llevará a cabo de acuerdo con lo establecido a continuación: Warrants Americanos: los warrants emitidos cuyo ejercicio sea americano requieren que sea el titular del warrant el que solicite el ejercicio de acuerdo con el procedimiento establecido a continuación.. El Período de Ejercicio se iniciará en la Fecha de Emisión y se prolongará hasta las 17:00 C.E.T. del día hábil anterior a la Fecha de Vencimiento, esto es: • Para warrants con Fecha de Vencimiento 19 xx xxxxxx de 2016, el último día de negociación será el 18 xx xxxxxx de 2016. • Para warrants con Fecha de Vencimiento 16 de septiembre de 2016, el último día de negociación será el 15 de septiembre de 2016. • Para warrants con Fecha de Vencimiento 21 de octubre de 2016, el último día de negociación será el 20 de octubre de 2016. • Para warrants con Fecha de Vencimiento 18 de noviembre de 2016, el último día de negociación será el 17 de noviembre de 2016. • Para warrants con Fecha de Vencimiento 16 de diciembre de 2016, el último día de negociación será el 15 de diciembre de 2016. El tenedor puede ejercitar el derecho sobre el warrant en cualquier Día Hábil anterior a la Fecha de Vencimiento, mediante la presentación, en la entidad donde tenga depositados los valores, de un Aviso de Ejercicio. Los Avisos de Ejercicio habrán de ser presentados al Emisor por fax, correo o en persona. La dirección a estos efectos es Servicios Bancarios y Operaciones de CaixaBank S.A., Xxxx. Xxxxxxxx 000, 00000, Xxxxxxxxx y el número de fax es 00 000 00 00. El modelo para el Aviso de Ejercicio puede obtenerse en cualquier oficina del Emisor así como a través de su página web. El Aviso de Ejercicio será irrevocable y debe ser recibido antes de las 17.00 CET (Central European Time) para ser ejecutado el día siguiente, en este caso la Fecha de Ejercicio será el día siguiente a tal recepción. Los avisos de ejercicio recibidos por el Emisor después de las 17:00 CET tendrán Fecha de Ejercicio dos Días Hábiles siguientes a la recepción del aviso. Asimismo, los avisos de ejercicio recibidos después de las 17:00 CET de terceras entidades en la que los inversores tengan depositados los valores, tendrán Fecha de Ejercicio dos Días Hábiles siguientes a la recepción del aviso. El límite final para dar Aviso de Ejercicio será por tanto las 17:00 C.E.T. del Día Hábil anterior a la Fecha de Vencimiento. Pasado ese momento los warrants no ejercitados por los tenedores serán ejercitados de forma automática por el Emisor en la Fecha de Vencimiento. El número mínimo de warrants para los que se solicite el ejercicio no podrá ser inferior a 100, salvo el día hábil anterior a la Fecha de Vencimiento. En dicha fecha se atenderán todas las peticiones de ejercicio o “Avisos de Ejercicio” que se presenten. Por tanto, aquellos inversores que tengan un número de valores inferior a 100 no podrán ejercitarlos antes de su vencimiento, si bien podrán transmitirlos en el mercado secundario con el fin de realizar su inversión. Día Hábil significa el día en que los Bancos Comerciales estén abiertos para la realización de operaciones financieras en Barcelona y estén abiertas para negociación las bolsas donde cotizan los warrants. Los derechos económicos que en su caso correspondan a los titulares de los warrants se abonarán por el Emisor a través de las entidades encargadas de la llevanza de los registros contables correspondientes. Prelación Las emisiones de warrants no tienen garantías reales ni de terceros, quedando sujetas por tanto al régimen de responsabilidad patrimonial universal del Emisor. Los warrants serán obligaciones contractuales directas, generales y sin pignoración del Emisor, y tendrán carácter pari passu entre ellas y todas las demás obligaciones sin pignoración y sin subordinación del Emisor. Por tanto, con respecto a la prelación de los inversores en caso de situación concursal del Emisor, los titulares de warrants se situarán detrás de los créditos con privilegio establecidos en la legislación concursal y delante de los acreedores subordinados. |
C.11 | Indicación de si los valores ofertados son o serán objeto de una solicitud de admisión a cotización, con vistas a su distribución en un mercado regulado o en otros mercados equivalentes, indicando los mercados en cuestión. Los warrants emitidos al amparo del Folleto de Base serán suscritos en el mercado primario por GDS-CUSA S.A.U, sociedad del Grupo CaixaBank, S.A., con domicilio en Barcelona, calle Provençals nº 39. |
El Emisor tiene previsto solicitar la admisión a negociación de las emisiones de warrants emitidas en la Bolsa de Valores de Barcelona Madrid, Valencia Bilbao, así como en el Sistema de Interconexión Bursátil. El Emisor se compromete a realizar los trámites necesarios para que los warrants que se emitan se incorporen a la negociación en dichos mercados en el plazo más reducido posible pero nunca superior a 7 días hábiles desde la Fecha de Emisión. Los warrants no tradicionales cotizarán en un segmento diferenciado dentro de la plataforma de warrants del S.I.B.E. Se puede obtener información sobre los warrants en cualquiera de las oficinas del Emisor, página web del Emisor o en las páginas web de las bolsas donde coticen. Para fomentar la liquidez, difusión y formación de precios de los warrants en el mercado, el Emisor realizará las funciones de entidad especialista de los warrants que se emitan al amparo del Folleto de Base, desarrollando sus funciones de acuerdo con lo establecido en la Circular 1/2009 y la Instrucción Operativa 131/2015 de Sociedad de Bolsas. | |
C.15 | Descripción de cómo el valor de su inversión resulta afectado por el valor del instrumento o instrumentos subyacentes Los warrants son valores que conllevan un alto riesgo si no se gestionan adecuadamente. Entre dichos riesgos se encuentra el de tipo de interés, el riesgo de crédito, riesgo xx xxxxxxx, riesgo de tipo de cambio, la volatilidad, la rentabilidad por dividendos o el plazo de tiempo. El inversor debe asumir que podrá obtener una rentabilidad negativa de su inversión en caso de que la evolución del Activo Subyacente sea contraria a la esperada y además debe tener en cuenta que en la valoración del warrant intervienen los siguientes factores: ▪ El precio del subyacente: El precio de un warrant depende del precio del Activo Subyacente. En caso de un warrant de compra (tipo call) se incrementará cuando el precio del Activo Subyacente aumente y bajará cuando éste disminuya. En el caso de un warrant de venta (tipo put), el precio de cotización del warrant se incrementará cuando baje el precio del Activo Subyacente y viceversa. Para aquellos subyacentes con cotización en divisa distinta a la de emisión del warrant, el inversor debe tener presente la existencia de riesgo de tipo de cambio tanto en caso de ejercicio de los warrants como en la cotización diaria, puesto que el Precio de Ejercicio del warrant está determinado en una divisa distinta a la del precio del subyacente. ▪ Dividendos: En el caso de warrants sobre acciones, índices, cestas de acciones y cestas de índices el valor del warrant se calculará teniendo en cuenta los dividendos. Cuantos mayores sean los dividendos, más bajo es el precio del warrant de compra (tipo call) y más alto el precio del warrant de venta (tipo put). ▪ Tipos de interés: En el caso de warrants sobre acciones, índices, cestas de acciones y cestas de índices el valor del warrant se calculará teniendo en cuenta los tipos de interés. Cuanto más alta sea la tasa de interés, más alto es el precio del warrant de compra (tipo call) y más bajo el precio del warrant de venta (tipo put). Para warrants sobre tipos de cambio se tendrá en cuenta para el cálculo del valor del mismo el tipo de interés de la divisa subyacente. ▪ Volatilidad: Cuanto más volátil sea el Activo Subyacente, es decir, cuanto más alta sea la variación estimada de su precio con respecto a una media estimada, mayor precio tendrá el warrant pues en un momento dado el precio del Activo Subyacente tiene más posibilidades de subir o bajar en el período de ejercicio del warrant. De acuerdo con lo anterior, en el momento de liquidación del warrant, el Precio de Liquidación puede haber subido o bajado más con respecto a una media estimada. ▪ Tiempo de vencimiento: Cuanto mayor sea el período de ejercicio, mayor será el precio del warrant, pues la probabilidad de que el precio del Activo Subyacente suba o baje aumenta con el tiempo. Es lo que se denomina “valor temporal” del warrant. El efecto de estos factores tiene que analizarse conjuntamente; así, es posible que a pesar de que la evolución del subyacente sea favorable su valor a una fecha dada se reduzca como consecuencia de la evolución desfavorable de alguno o algunos de los restantes factores. |
C.16 | Fecha de vencimiento o expiración de los valores derivados – fecha de ejercicio o fecha de referencia final Fecha de vencimiento La fecha de vencimiento de los warrants de la emisión es la establecida en la tabla anexa a este resumen. Fecha de Ejercicio La Fecha de Ejercicio y demás parámetros necesarios para determinar los derechos de cada titular son los especificados en la tabla anexa a este resumen Momento de Valoración: Ver elemento C.19 posterior. Fecha de Ejercicio: Ver elemento C.8 anterior. |
C.17 | Descripción del procedimiento de liquidación de los valores derivados Warrants Tradicionales La cantidad a percibir, en su caso, por el titular de cada warrant, en la Fecha de Pago establecida para cada emisión, será la resultante de aplicar para cada warrant la siguiente fórmula. El Importe de Liquidación se obtendrá de multiplicar el importe de liquidación unitario (redondeado al cuarto decimal) por el número de warrants que se vayan a ejercitar. Para los put warrants: Importe de Liquidación Unitario = Ratio * Max [(PE-PL),0] Donde: PE: Precio de Ejercicio del Activo Subyacente, y significa el precio del Activo Subyacente fijado inicialmente, al que el titular del warrant tendría derecho a comprar (“call”) o vender (“put”) el Activo Subyacente en la Fecha de Ejercicio. El Precio de Ejercicio tiene un máximo de 4 decimales. PL: Precio de Liquidación del Activo Subyacente, y significa el precio del Activo Subyacente que se utilizará por el Emisor como precio de referencia final del Activo Subyacente. El Precio de Liquidación tiene un máximo de 4 decimales. |
Ratio: cantidad de Activo Subyacente a la que da derecho cada warrant (representada por cada warrant). El Ratio puede tener 4 decimales y puede ser una fracción o un múltiplo de 1. El Ratio se puede modificar a lo largo de la vida del warrant si se produjeran circunstancias excepcionales en el Activo Subyacente que serán debidamente comunicadas al inversor. | |
C.18 | Descripción de cómo se van a realizar los pagos provenientes de los valores derivados El Emisor, a partir de la Fecha de Ejercicio y dentro de los 5 días hábiles posteriores, procederá, a pagar a los tenedores de los warrants el Importe de Liquidación que, en su caso, resulten a favor de los mismos de acuerdo con el elemento C.17 anterior. El abono del importe de liquidación se abonará por el Emisor directamente o a través de las entidades encargadas de los registros contables correspondientes. |
C.19 | Precio de ejercicio y Precio de Liquidación o Precio de Referencia Final del subyacente El Precio de Ejercicio es el precio del Activo Subyacente fijado inicialmente, al que el titular del warrant tendría derecho a comprar (call) o vender (put) el Activo Subyacente en la Fecha de Ejercicio, y que se utilizará por el Emisor como precio de referencia inicial del Activo Subyacente, a fin de determinar, mediante la aplicación de la fórmula de liquidación, si corresponde un Importe de Liquidación a los titulares de los warrants. Véase el Precio de Ejercicio en la tabla anexa a este resumen. |
C.20 | Descripción del tipo de subyacente y lugar en el que puede encontrarse información sobre el subyacente Tipo de subyacente: Acciones Put Nombres de los subyacentes: el nombre de cada uno de los subyacentes están recogidos en la tabla anexa a este resumen Descripción de los subyacentes: Páginas de información sobre el activo subyacente: • Código Bloomberg <tipo> HP <Go> para precios históricos, (trayectoria pasada y reciente). • Código Bloomberg <tipo> HVT <Go> para volatilidades históricas. • Código Bloomberg <tipo> XXXX <Go> para volatilidades implícitas Mercado de Cotización del Activo Subyacente: Mercado Continuo. Mercado de Cotización Relacionado del Subyacente: MEFF Renta Variable Distorsión xxx xxxxxxx del subyacente: Se comunicará a la CNMV como hecho relevante y será publicado en su página web (xxx.xxxx.xx). |
Sección D – Riesgos | |
D.1 | Información fundamental sobre los principales riesgos específicos del Emisor o de su sector de actividad A continuación se resumen los factores de riesgo inherentes al Emisor que se desarrollan en la sección “Factores de Riesgo “ del Documento de Registro de CAIXABANK, inscrito en los registros oficiales de la CNMV el 23 xx xxxxx de 2015, cuyas cifras se actualizan a continuación a 31 de diciembre de 2015: 3. RIESGOS ASOCIADOS A LA ACTIVIDAD FINANCIERA DE LA ENTIDAD • Riesgo de Crédito: Se refiere a las pérdidas derivadas del incumplimiento de un acreditado en alguna de sus obligaciones. El riesgo de crédito, es el más significativo del balance del Grupo CAIXABANK y se deriva de la actividad bancaria y aseguradora, de la operativa de tesorería y de la cartera de participadas. El Grupo CaixaBank orienta su actividad a la financiación de familias y empresas. La gestión del riesgo de crédito se caracteriza por una política de concesión prudente y de coberturas adecuadas. Con respecto a la distribución geográfica, la actividad crediticia del Grupo CaixaBank se centra, básicamente, en España. A continuación se muestran los datos más relevantes de gestión del riesgo a 31 de diciembre de 2015, 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 x 00 xx xxxxxxxxx xx 0000: Diciembre 2015 Diciembre 2014 Diciembre 2013 En millones de euros GESTIÓN DEL RIESGO (créditos + riesgos contingentes) Dudosos 17.100 20.110 25.365 Ratio de morosidad 7,9% 9,7% 11,7% Ratio de morosidad ex-promotor 6,2% 6,4% 6,8% Provisiones para insolvencias 9.512 11.120 15.478 Cobertura de la morosidad 56% 55% 61% Cobertura de la morosidad con garantía real 128% 132% 140% Fallidos1 14.604 11.602 10.453 (1) Incluye intereses devengados por los activos. Cláusulas suelo: Durante el tercer trimestre de 2015 se eliminaron la práctica totalidad de las cláusulas suelo de los préstamos hipotecarios a |
Subyacente | Emisor | Código Bloomberg | Tipo |
BBVA | Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. | BBVA SM | Equity |
REP | Repsol, S.A. | REP SM | Equity |
SAN | Banco Santander, S.A. | SAN SM | Equity |
TEF | Telefónica, S.A. | TEF SM | Equity |
ITX | Inditex, S.A. | ITX SM | Equity |
IBE | Iberdrola, S.A. | IBE SM | Equity |
clientes particulares, procedentes, en su mayoría, de las recientes integraciones. El impacto de menores ingresos financieros estimado por la eliminación de la totalidad de las cláusulas suelo en base anual es de aproximadamente 220 millones de euros. Adicionalmente, existe un procedimiento judicial en el que se está ejercitando una acción colectiva de cesación en la aplicación de las cláusulas suelo que existen en determinadas hipotecas de la entidad. La resolución de dicho procedimiento podría implicar el cese y pretensiones accesorias en la aplicación de algunas de dichas cláusulas. En 2015 el Grupo ha procedido a registrar una provisión de aproximadamente 500 millones de euros que recoge el coste esperado por la devolución de las cantidades percibidas desde mayo 2013 hasta dicha eliminación. Exposición al sector inmobiliario: A 31 de diciembre de 2014 la financiación al sector promotor ascendía a 14.069 millones de euros (-5.911 millones de euros respecto de 2013, -29,6%), con una cobertura específica de 4.387 millones de euros. La ratio de morosidad de promotores se situaba en el 54,6% (59,4% a 31 de diciembre de 2013) y el nivel de cobertura considerados problemáticos (dudosos y subestándar) se situaba en el 52,9% (53,7% a 31 de diciembre de 2013). A 31 de diciembre de 2015 la financiación al sector promotor asciende a 9.825 millones de euros (-4.244 millones de euros respecto de 2014, -30,2%), con una cobertura específica de 2.375 millones de euros. La ratio de morosidad de promotores se sitúa en el 44,1% y el nivel de cobertura considerados problemáticos (dudosos y subestándar) se sitúa en el 48,8%. Los activos adjudicados disponibles para la venta ascendían a 6.719 millones de euros a 31 de diciembre de 2014 (+550 millones de euros respecto a 31 de diciembre de 2013). Adicionalmente, los activos inmobiliarios adjudicados de CaixaBank destinados al alquiler (clasificados contablemente como Inversiones Inmobiliarias) ascendían, a 31 de diciembre de 2014, a 2.771 millones de euros netos de provisiones. En 2014 se comercializaron (venta o alquiler) inmuebles por importe de 2.512 millones de euros. La ratio de ocupación de la cartera destinada al alquiler se situó en el 87%. Los activos adjudicados disponibles para la venta ascienden a 7.259 millones de euros a 31 de diciembre de 2015 (+540 millones de euros respecto a 31 de diciembre de 2014, +316 millones de euros aislando la incorporación de saldos de Barclays Bank, SAU). Adicionalmente, los activos inmobiliarios adjudicados de CaixaBank destinados al alquiler (clasificados contablemente como Inversiones Inmobiliarias) ascienden, a 31 de diciembre de 2015, a 2.966 millones de euros netos de provisiones. En 2015 se han comercializado (venta o alquiler) inmuebles por importe de 2.077 millones de euros. La ratio de ocupación de la cartera destinada al alquiler se ha situado en el 93%. Los activos adjudicados disponibles para la venta no incluyen los derechos de remate de inmuebles procedentes de subasta al no disponerse de la posesión del bien (692 y 745 millones de euros netos de provisiones en 2015 y 2014, respectivamente). Refinanciaciones: La refinanciación es la reinstrumentación de riesgos de clientes con impagados para intentar mejorar las garantías disponibles y facilitar el cumplimiento de sus compromisos. El 2 de octubre de 2012 el Banco de España publicó la circular 6/2012, de 28 de septiembre, sobre el tratamiento y clasificación de las operaciones de refinanciación y reestructuración. El Grupo cuenta con una detallada política de refinanciación de deudas de clientes, que cumple con la mencionada Circular 6/2012 y que comparte los principios generales publicados por la Autoridad Bancaria Europea para este tipo de operaciones. A 31 de diciembre de 2014, el total de operaciones refinanciadas ascendía a 20.653 millones de euros. De éstas, 8.280 millones de euros (40% de la cartera) estaban clasificados como activos dudosos y 2.101 millones de euros (10% de la cartera) como subestandar. Las provisiones asociadas ascendían a 3.759 millones de euros (3.339 millones de euros para dudoso y 420 millones de euros para subestandar). A 31 de diciembre de 2015, el total de operaciones refinanciadas se sitúa en 20.131 millones de euros. De éstas, 7.659 millones de euros (38% de la cartera) están clasificados como activos dudosos y 1.543 millones de euros (8% de la cartera) como subestándar. Las provisiones asociadas a estas operaciones ascienden a 3.501 millones de euros (3.144 millones de euros para dudosos y 357 para subestándar). Riesgo soberano: Se refiere a la posibilidad de sufrir pérdidas como consecuencia de las exposiciones significativas o alta concentración de riesgo de crédito en determinados países. La posición en deuda soberana del Grupo, concentrada principalmente en CaixaBank y el Grupo Asegurador, está sujeta a la política general xx xxxxxxxx de riesgos de la Sociedad que asegura que la totalidad de las posiciones tomadas estén alineadas con el perfil de riesgo objetivo de la misma. A continuación se presenta el valor en libros de la información relevante en relación a la exposición al riesgo soberano referida a 31 de diciembre de 2014 y 31 de diciembre de 2015. La información se presenta desglosada distinguiendo las posiciones mantenidas por CAIXABANK directamente de aquéllas correspondientes al Grupo asegurador, cuya entidad más importante es VidaCaixa, SA de Seguros y Reaseguros: |
31.12.2015 (CaixaBank + Grupo Asegurador)
(M iles de euros)
C artera de nego xxxxxx x
xxxx res
representativo s de deuda
C artera de nego xxxxxx n
po sicio nes co rtas
A ctivo s
financiero s
dispo nibles para la vent a
Inversio nes crediticias
X xxxxxx xx xxxxxxxx x x xxxxxxxxxxx
Xxxx | |||||
Xxxxxx | 2.653.960 | (2.582.979) | 12.970.235 | 14.116.486 | 2.040.794 |
Italia | 346.196 | (118.704) | 2.288.619 | 0 | 0 |
Resto | 51.653 | 0 | 817.927 | 36.191 | 0 |
Total CaixaBank | 3.051.809 | (2.701.683) | 16.076.781 | 14.152.677 | 2.040.794 |
Total Grupo Asegurador | 0 | 0 | 36.666.787* | 0 | 0 |
Total CaixaBank + Grupo Asegurador | 3.051.809 | (2.701.683) | 52.743.568 | 14.152.677 | 2.040.794 |
* De los cuales, el 95,56% corresponden a España
31.12.2014 (CaixaBank + Grupo Asegurador)
(M iles de euros)
C artera de nego xxxxxx x
xxxx res
representativo s de deuda
C artera de nego xxxxxx n
po sicio nes co rtas
A ctivo s
financiero s
dispo nibles para la vent a
Inversio nes crediticias
X xxxxxx xx xxxxxxxx x x xxxxxxxxxxx
Xxxx | |||||
Xxxxxx | 1.483.108 | (1.795.083) | 22.453.460 | 13.961.373 | 6.309.235 |
Italia | 82.929 | (74.383) | 0 | 0 | 0 |
Resto | 254.624 | 0 | 409.730 | 21.863 | 0 |
Total CaixaBank | 1.820.661 | (1.869.466) | 22.863.190 | 13.983.236 | 6.309.235 | |
Total Grupo Asegurador | 0 | 0 | 36.324.161 | * | 0 | 0 |
Total CaixaBank + Grupo Asegurador | 1.820.661 | (1.869.466) | 59.187.351 | 13.983.236 | 6.309.235 |
* De los cuales, el 95,56% corresponden a España
Riesgo de contrapartida generado por la operativa de Tesorería:
La máxima exposición autorizada de riesgo de crédito con una contrapartida se determina mediante un cálculo, aprobado por la Dirección, basado fundamentalmente en los ratings de las entidades y en el análisis de sus estados financieros.
La práctica totalidad de las exposiciones en el ámbito de la actividad de la Sala de Tesorería se asumen con contrapartidas localizadas en países europeos y en Estados Unidos.
Riesgo asociado a la cartera de participadas:
El riesgo de la cartera de participadas del Grupo CaixaBank es el asociado a la posibilidad de incurrir en pérdidas por los movimientos de los precios xx xxxxxxx y/o por la quiebra de las posiciones que forman la cartera de participaciones con un horizonte de medio y largo plazo.
A 31 de diciembre de 2015 el deterioro del fondo de comercio de la cartera de participadas asciende a 621 millones de euros (674 millones de euros a 31 de diciembres de 2014).
• Riesgo xx Xxxxxxx:
Se refiere a la pérdida potencial sobre la rentabilidad o el valor de la cartera derivada de los movimientos desfavorables de los tipos o precios xx xxxxxxx.
Riesgo estructural de tipo de interés:
El riesgo de tipo de interés es inherente a toda actividad bancaria y se produce cuando los cambios en la estructura de tipos de interés xx xxxxxxx afectan a las masas de activo y pasivo del balance con diferentes vencimientos e índices de referencia, provocando su renovación o contratación a tipos diferentes de los anteriores con efectos en su valor económico y en el margen financiero.
La sensibilidad del margen de intereses a un año de las masas sensibles del balance, considerando un escenario de subida y otro de bajada de tipos instantáneo de 100 puntos básicos cada uno, es aproximadamente del +2,4% en el escenario de subida y del -2,0% en el de bajada. Dado el nivel actual de tipos de interés es importante señalar que el escenario de stress de bajada de -100pbs no supone la aplicación de tipos de interés negativos.
La sensibilidad del valor patrimonial a los tipos de interés mide cuál sería el impacto en el valor actual del balance ante variaciones en los tipos de interés.
Impacto de un incremento de 1 punto básico en la curva
(miles de euros) 31.12.2015 31.12.2014
Sobre el Valor actual de los flujos futuros 3.399 (1.501)
Riesgo estructural de tipos de cambio:
Es el riesgo generado básicamente por posibles fluctuaciones del valor de activos y pasivos denominados en divisa. La gestión de este riesgo se desarrolla a través de la actividad de cobertura en los mercados bajo la premisa de minimizar los riesgos de cambio asumidos, hecho que explica la reducida exposición de CaixaBank a este riesgo xx xxxxxxx.
El contravalor en euros de los activos y pasivos en moneda extranjera mantenidos por CaixaBank a 31 de diciembre de 2015 es el siguiente: 8.855 millones de euros el activo (6.378 millones de euros a 31 de diciembre de 2014) y 8.882 millones de euros el pasivo (7.224 millones de euros a 31 de diciembre de 2014).
• Riesgo de Liquidez:
Consiste en la posibilidad de que, a causa de un desfase entre los plazos de vencimiento de activos y pasivos, el Grupo se
encontrara en una eventual incapacidad para atender sus compromisos de pago a un coste razonable o que no pudiera dotarse de una estructura de financiación estable capaz de soportar los planes de negocio a futuro. La liquidez bancaria materializada en efectivo, el neto de depósitos interbancarios, la deuda pública neta de repos y no incluida en póliza y añadiendo el saldo disponible de la póliza de crédito con el Banco Central Europeo, ascendía a 54.090 y 56.665 millones de euros a 31 de diciembre de 2015 y 2014, respectivamente. CaixaBank gestiona el riesgo de liquidez con un sentido de anticipación a posibles necesidades de fondos prestables, así dispone de varios mecanismos que le permiten habilitar y acortar los plazos de acceso al mercado: o Mantiene programas de emisión registrados en CNMV con el fin de acortar los plazos de formalización de la emisión de valores al mercado. o Delegación de la Junta General de Accionistas para emitir. o Para facilitar la salida en los mercados a corto plazo, se dispone actualmente de:líneas interbancarias con un importante número de entidades y de terceros estados, líneas repo con varias contrapartidas nacionales y acceso a Cámaras de Contrapartidas Central para la operatoria de repos. o Se dispone de varias líneas abiertas con: el Instituto de Crédito Oficial (ICO), con el Banco Europeo de Inversiones (BEI) y el Council of Europe Development Bank (CEB). o Capacidad de emisión de cédulas hipotecarias y territoriales. o Instrumentos de financiación con el Banco Central Europeo para el que se tienen depositadas una serie de garantías que permiten obtener de forma inmediata elevada liquidez. o En el Plan de Contingencia de Liquidez y Recovery Plan se contemplan un amplio abanico de medidas que permiten generar liquidez en situaciones de crisis de diversa naturaleza. Entre ellas se incluyen potenciales emisiones de deuda secured and unsecured, recursos al mercado repo, etc. La financiación obtenida del Banco Central Europeo, a través de los distintos instrumentos de política monetaria, es de 18.319 millones de euros a 31 de diciembre de 2015 frente a los 6.868 millones de euros a 31 de diciembre de 2014. Tanto el saldo actual dispuesto a 31 de diciembre de 2015 como el dispuesto a 2014 se corresponde a las subastas extraordinarias de liquidez denominada TLTRO (vencimiento hasta septiembre de 2018). El incremento de la financiación obtenida del Banco Central Europeo se debe a la integración de Barclays Bank, SAU (5.450 millones de euros) y al incremento de operaciones de financiación (6.001 millones de euros). El 1 de octubre de 2015 ha entrado en vigor el cumplimiento de la ratio LCR que supone mantener un nivel de activos disponibles de elevada calidad para hacer frente a las necesidades de liquidez en un horizonte de 30 días, bajo un escenario de estrés que considera una crisis combinada del sistema financiero y de nombre. El límite regulatorio establecido es del 60% a partir del 1 de octubre de 2015, 70% a partir del 1 de enero de 2016, del 80% a partir del 1 de enero de 2017 y del 100% a partir del 1 de enero de 2018. CaixaBank ha establecido en el Marco de Apetito al Riesgo, y como objetivo financiero de su Plan Estratégico vigente, mantener una ratio de un nivel superior al 130%. A 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 xx xxxxx XXX xx del 172% (175% a 31 de diciembre de 2014). • Riesgo Actuarial y del negocio asegurador: En 2013 las autoridades europeas establecieron el 1 de enero de 2016 como la fecha de entrada en vigor de la Normativa Europea de Solvencia II. En 2014 se aprobó la Directiva Omnibus II que modifica la Directiva de Xxxxxxxxx XX y completa el nuevo marco de regulación y supervisión de seguros en la UE, dando poderes a EIOPA para finalizar el proyecto de Xxxxxxxxx XX. Durante 2015 a nivel europeo se han finalizado los desarrollos normativos actualmente en discusión (Actos Delegados, Normas Técnicas de Implementación y Guías). A nivel nacional, durante 2015 se han transpuesto al ordenamiento jurídico español todo el conjunto de normativas de Solvencia II. Con el fin de preparar la adaptación a Solvencia II hasta su entrada en vigor el 1 de enero de 2016, en 2014 EIOPA (el supervisor Europeo de seguros) emitió cuatro guías de preparación, las cuales tienen como objetivo ayudar a que las compañías aseguradoras vayan incorporando progresivamente determinados aspectos que desarrolla Solvencia II hasta 2016. El Grupo, además de trabajar en el cumplimiento de estas guías de adaptación, trabajó activamente en la implantación de Solvencia II desde el inicio del proyecto, participando en los grupos de trabajo a nivel del sector asegurador y en los test de impacto cuantitativo y cualitativo realizado por los supervisores, y desarrollando las adaptaciones y mejoras necesarias en los sistemas y la gestión. En este sentido, el Grupo está preparado para el cumplimiento de la normativa de Solvencia II a partir de su entrada en vigor el 1 de enero de 2016. • Riesgo de rebaja de la calificación crediticia: Cualquier descenso de los ratings de CaixaBank puede incrementar los costes de su financiación, limitar el acceso a los mercados de capitales y afectar negativamente a la venta o comercialización de productos y a la participación en operaciones en especial, las de plazos mayores y operaciones con derivados. Esto podría reducir la liquidez del Grupo y tener un efecto adverso en el resultado operacional y en su situación financiera Los ratings de CaixaBank a 14 xx xxxxx de 2016 son: | |||||||
Agencia | Fecha Revisión | Calificación a corto plazo | Calificación a largo plazo | Perspectiva | |||
Standard & Poor’s Credit Market Services Europe Limited, Sucursal en España | 06/10/2015 | A-2 | BBB | Estable | |||
Moody’s Investors Services España, S.A. | 17/06/2015 | P-2 | Baa2 | Estable |
Xxxxx Ratings España, S.A.U. | 23/02/2016 | F2 | BBB | Positiva | |||
DBRS | 20/11/2015 | R-1 (low) | A (low) | Positiva | |||
Las agencias de calificación crediticia mencionadas han sido registradas en la European Securities and Markets Authority (ESMA) de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1060/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009 sobre agencias de calificación crediticia. Las calificaciones A (low), Baa2, BBB y BBB otorgadas a CaixaBank, S.A. por DBRS, Xxxxx´s, Fitch y Standard & Poor´s, respectivamente, indican la capacidad buena para hacer frente al pago de las obligaciones. Estas calificaciones crediticias no constituyen una recomendación para comprar, vender o ser titular de valores. Las calificaciones crediticias pueden ser revisadas, suspendidas o retiradas en cualquier momento por las agencias de calificación responsables de las mismas, no existiendo ninguna garantía de mantenimiento de las mismas durante todo el periodo de vigencia del Folleto. Las mencionadas calificaciones crediticias son sólo una estimación y no tienen por qué evitar a los potenciales inversores la necesidad de efectuar sus propios análisis de CaixaBank, S.A. en tanto Emisor • Riesgo de situación de recursos propios: El riesgo de solvencia, se debe a la restricción de la capacidad del Grupo CaixaBank para adaptar su volumen de recursos propios a las exigencias normativas o a la modificación de su perfil de riesgo. La efectiva gestión del capital del grupo es importante para su capacidad para operar y fijar su estrategia de negocio. En este sentido, la gestión de los recursos propios de la entidad viene en gran parte determinada por el marco normativo aplicable. La solvencia de las entidades financieras está regulada, desde el 1 de enero de 2014, por el Reglamento (EU) nº 575/2013 (CRR) y la Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, ambos del 26 xx xxxxx de 2013, que incorporan el marco normativo de Xxxxxxx XXX (Bis III) en la Unión Europea. Adicionalmente, y con posterioridad a la transposición legal europea, el Comité de Basilea y otros organismos competentes han publicando normas y documentos adicionales, con nuevas especificaciones en el cálculo de recursos propios. Esto conlleva un estado de permanente desarrollo, por lo cual CaixaBank va adaptando continuamente los procesos y los sistemas, para asegurar que el cálculo del consumo de capital y de las deducciones directas de recursos propios estén totalmente alineados con los nuevos requerimientos establecidos. A 31 de diciembre de 2015, el Grupo CaixaBank alcanza una ratio de Common Equity Tier 1 (CET1) del 12,9% (-5 puntos básicos en el año). Los recursos propios computables totales se sitúan en el 15,9% de los activos ponderados por riesgo. La evolución anual del CET1 responde a la integración de Barclays Bank, SAU, así como a la generación de capital, tanto por los resultados del Grupo como por la gestión prudente de los riesgos. Los activos ponderados por riesgo (APR) se sitúan a 31 de diciembre de 2015 en 143.312 millones de euros, lo que supone un crecimiento de 3.583 millones de euros respecto al cierre del ejercicio anterior (2,6%), básicamente por la incorporación de los activos ponderados por riesgo de Barclays Bank, SAU, compensado en parte por el desapalancamiento de la cartera crediticia. Aplicando los criterios previstos para el final del periodo transitorio (fully loaded), CaixaBank alcanza una ratio CET1 de 11,55%. CaixaBank ha recibido la decisión del Banco Central Europeo (BCE) sobre los requisitos mínimos de capital regulatorio, una vez analizados los resultados del proceso de revisión y evaluación supervisora (SREP), que exigen que mantenga una ratio CET1 regulatoria del 9,25%, que incluye el mínimo común exigido por el Xxxxx 1 del 4,5% así como un 4,75% adicional que agrega los requerimientos específicos xx Xxxxx 2 y el colchón de conservación de capital. Asimismo, CaixaBank ha recibido la decisión del Banco de España sobre el colchón de capital exigible como Otra Entidad de Importancia Sistémica (OEIS) a partir del 1 de enero de 2016 (0,25% de implantación gradual en 4 años hasta 2019). Estas decisiones, en su conjunto, exigen que CaixaBank mantenga en 2015 una ratio CET1 del 9,25% (el 9,3125% en 2016). Este requerimiento comparado con los niveles actuales de la ratio CET1, constata que los requerimientos aplicables a CaixaBank no implicarían ninguna limitación de las referidas en la normativa de solvencia sobre distribución de dividendos, de retribución variable y de intereses a los titulares de valores de capital de nivel 1 adicional. 4. RIESGOS ASOCIADOS A LA CONTINUIDAD DE LA ACTIVIDAD • Riesgo operacional: El riesgo operacional comprende las eventuales pérdidas que pueden producirse como resultado de una falta de adecuación o un fallo en los procesos, el personal o los sistemas internos, o bien como consecuencia de acontecimientos externos imprevistos incluyendo el riesgo legal. Incluye el riesgo legal y regulatorio y excluye el riesgo estratégico, el de reputación y el de negocio. La gestión del riesgo operacional llevada a cabo contempla aquellas pérdidas de riesgo de crédito o riesgo xx xxxxxxx cuyo origen es la materialización de riesgos operacionales. El objetivo global es mejorar la calidad en la gestión del negocio aportando información de riesgos operacionales que permita la toma de decisiones que aseguren la continuidad de la organización a largo plazo, la mejora en sus procesos y la calidad de servicio al cliente, ya sea interno o externo, cumpliendo con el marco regulatorio establecido y optimizando el consumo de capital. Durante el 2015 se ha consolidado el proyecto de evolución de la gestión de riesgo operacional, con el doble objetivo de implantar las mejores prácticas de gestión de riesgo operacional y, a la vez, disponer de mediciones internas sensibles al riesgo. El Grupo CAIXABANK posee pólizas de seguro corporativas para dar cobertura a los principales riesgos en que puede incurrir como resultado del desarrollo de su actividad • Riesgo reputacional El Área de Responsabilidad Social Corporativa y Reputación de CaixaBank, de acuerdo con el Comité de Reputación de |
CaixaBank, es la encargada de realizar el seguimiento de aquellos riesgos que, de materializarse, puedan afectar negativamente a la reputación de XxxxxXxxx, entendida como la percepción y las expectativas que tienen de la entidad sus grupos de interés. En 2015 se ha renovado el Comité de Reputación del Grupo, ahora denominado Comité de Responsabilidad Corporativa y Reputación, para adaptarlo a las recomendaciones del nuevo Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas, aprobado en febrero de 2015 por la CNMV. El Comité reportará a la Comisión de Nombramientos del Consejo de Administración el Grupo, entre cuyas funciones figura: “Supervisar la actuación de la entidad en relación con los temas de responsabilidad social corporativa y elevar al Consejo las propuestas que considere oportunas en esta materia”. Una de las principales acciones llevadas a cabo en este sentido ha sido la elaboración de la Política de Responsabilidad Social Corporativa el Grupo. • Riesgo de cumplimiento El riesgo de cumplimiento se define como el riesgo de sufrir deficiencias en los procedimientos que originen actuaciones u omisiones no ajustadas al marco jurídico, regulatorio, o a los códigos y normas internas, de las que se puedan derivar sanciones administrativas o daños reputacionales. El objetivo del Grupo CaixaBank es, por un lado, minimizar la probabilidad de que se materialice este riesgo y, por otro lado, en caso de que se pudiera materializar, que las deficiencias fueran detectadas, reportadas y solventadas con celeridad. El riesgo de cumplimiento no corresponde a un área específica sino a toda la Entidad que, a través de sus empleados, debe asegurar el cumplimiento de la normativa vigente, aplicando procedimientos que traslade dicha normativa a la actividad que realizan. • Riesgo legal El riesgo legal y regulatorio va asociado a la potencial pérdida o disminución de rentabilidad a consecuencia de las modificaciones en el marco regulatorio o de los fallos judiciales desfavorables para el Emisor. CaixaBank, en su condición de entidad financiera, está sujeta a un entorno altamente regulado y, entre otros requisitos, al cumplimiento de la normativa del Banco de España referente a niveles de solvencia y recursos propios, normativa que afecta, entre otros aspectos, a los niveles de inversión que la entidad financiera y sus filiales puedan efectuar, y a la normativa sobre actividad transfronteriza de las entidades de crédito conforme a la cual las inversiones significativas en entidades de crédito y en establecimientos financieros de crédito que realicen sus filiales estarán, en determinadas circunstancias, sometidas al régimen de autorización previa por parte del Banco de España. Asimismo, CaixaBank está sujeta a la regulación y/o supervisión de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores. No obstante lo anterior, el pasado 4 de noviembre de 2014, el Banco Central Europeo (BCE) asumió sus nuevas funciones de supervisión con la entrada en funcionamiento del Mecanismo Único de Supervisión (MUS). El MUS se compone del BCE y de las autoridades nacionales de los Estados miembros participantes. | |
D.6 | Información fundamental sobre los principales riesgos específicos de los valores 8. Riesgo de Pérdidas: Se advierte sobre el riesgo de que los inversores puedan perder el valor de toda su inversión o parte de ella Los warrants son valores que contienen una apuesta por una evolución determinada del precio de un Activo Subyacente; es preciso, por tanto, que el inversor adquiera en todo momento los warrants con un juicio fundado sobre el riesgo de su inversión y sobre las expectativas de evolución del Activo Subyacente, asumiendo que podrá obtener una rentabilidad negativa de su inversión en caso de que la evolución del Activo Subyacente sea contraria a la esperada o apostada, o se produzca cualquier supuesto extraordinario que afecte a los Activos Subyacentes, pudiendo incluso llegar a perder parte o la totalidad de la inversión efectuada. 9. Fluctuación del valor del warrant: El inversor debe tener en cuenta que en la valoración del warrant intervienen otros factores, además de la evolución del precio del Activo Subyacente, tales como la evolución de la volatilidad, la evolución de los tipos de interés, los supuestos de interrupción xx xxxxxxx y los dividendos. El efecto de estos factores tiene que analizarse conjuntamente. Así, es posible que a pesar de que la evolución del subyacente sea favorable su valor a una fecha dada se reduzca como consecuencia de la evolución desfavorable de alguno o algunos de los restantes factores. 10. Riesgo de Liquidez: El inversor que compra warrants debe tener en cuenta que, si trata de venderlos antes de su vencimiento, la liquidez puede ser limitada. Si bien el Emisor, para fomentar la liquidez, difusión y formación de precios en el mercado, realizará las funciones de entidad especialista de los warrants que se emitan al amparo del Folleto de Base, de acuerdo con lo establecido en la Circular 1/2002 de la Sociedad de Bolsas, esta función de contrapartida no siempre evita el riesgo de liquidez. 11. Riesgos específicos de los Warrants Turbo: (eliminar cuando no se emitan warrants turbo) • Cancelación anticipada por toque xx xxxxxxx: En el caso de los Warrants Turbo Call y los Warrants Turbo Put el inversor debe también tener en cuenta que incorporan una barrera que se activa cuando el valor del Activo Subyacente alcanza ese nivel xx xxxxxxx (“Nivel xx Xxxxxxx”) en sus mercados de referencia, activación que puede ocurrir en cualquier momento durante la vida del Turbo, trayendo como consecuencia el vencimiento anticipado del warrant correspondiente, sin producirse liquidación alguna y con pérdida total de la inversión. • Vencimiento anticipado por pago de dividendos: Se debe tener en cuenta que la rentabilidad por dividendos y el pago de los mismos podrá afectar al valor del Activo Subyacente y por tanto podría también provocar que éste tocara el Nivel xx Xxxxxxx. • Coste adicional de los Warrants Turbo(“Pin Risk”): Se trata de un sobreprecio adicional que el emisor traslada al inversor en concepto del coste que tendría en caso de deshacer la cobertura de estos valores. Este coste que soporta el inversor consiste en una cantidad fija que se calcula como un porcentaje del |
precio del Strike del Turbo, no siendo inferior al 0% ni superior al 5% del precio del Strike. El inversor debe tener en cuenta que este coste adicional que asume, en ningún caso, tanto si toca el Nivel xx Xxxxxxx como si se liquida a vencimiento, le será reembolsado. 12. Ineficiencia de Xxxxxxxxx: El inversor debe ser consciente, en caso de adquirir el warrant como instrumento de cobertura, que existe un riesgo de correlación. El warrant no es un instrumento perfecto de cobertura de un Activo Subyacente o cartera que incluye el Activo Subyacente. 13. Garantía: El Emisor en ningún caso garantiza la rentabilidad de la inversión efectuada ni hace recomendación alguna sobre la evolución de cualquiera de los Activos Subyacentes, asumiendo por tanto el suscriptor o comprador de los warrants emitidos el riesgo de una evolución desfavorable de alguno o algunos de los factores que determinan el precio del warrant y, por tanto, la pérdida total o parcial de la inversión efectuada. 14. Producto de estructura compleja: El Folleto de Base se refiere a productos cuya estructura, descripción y comprensión son complejas por lo que el warrant no es un valor apto para todo tipo de inversor. Los potenciales inversores deben tener los conocimientos y la experiencia suficientes para poder realizar una valoración adecuada de los warrants así como los riesgos que pueda conllevar la inversión de los mismos. Asimismo, los posibles inversores deben tener recursos financieros y liquidez suficientes para poder soportar el riesgo de invertir en warrants. Los potenciales inversores deberían entender las condiciones concretas de cada emisión y estar familiarizados con el comportamiento de los índices relevantes y mercados financieros. Asimismo, deberían estar capacitados para evaluar escenarios posibles para factores económicos, tipos de interés y otros factores que puedan influir en la inversión. El Folleto de Base recoge en términos generales la información que un posible inversor deberá tener en cuenta antes de invertir en este tipo de productos. En todo caso, es responsabilidad de cada potencial inversor hacer su propio análisis (incluyendo un análisis legal, fiscal y contable) con anterioridad a su decisión sobre la compra de los warrants. Cualquier evaluación sobre la idoneidad de los warrants para un inversor depende de, entre otras cosas, sus circunstancias financieras. Si un potencial inversor no tuviera la suficiente experiencia en temas financieros, de negocio o inversión como para decidir su compra de los warrants deberá consultar a su asesor financiero antes de tomar una decisión sobre dicha inversión. Se resalta, además, que para la descripción y los métodos de valoración de los warrants se utilizan en este folleto fórmulas matemáticas complejas |
Sección E – Oferta | |
E.2b | Motivos de la oferta y destino de los ingresos cuando esos motivos no sean la obtención de beneficios o la cobertura de ciertos riesgos Las emisiones de valores a realizar al amparo del presente Folleto de Base, obedecen a la actividad propia del negocio bancario de CaixaBank, S.A. |
E.3 | Descripción de las condiciones de la oferta. • Fecha de emisión: 12 de julio de 2016 • Nº de Warrants emitidos: 9.000.000 • Importe efectivo emitido: 2.170.000 euros • Plazo durante el que estará abierta la oferta y descripción del proceso de solicitud: Los warrants emitidos serán suscritos, en el mercado primario por GDS-CUSA, S.A.U. Una vez admitidos a negociación, los valores, durante su vida, pueden ser adquiridos en cualquier momento por los inversores a través de los canales de CaixaBank, S.A. • Cantidad mínima y/o máxima de solicitud La cantidad mínima de solicitud es de 1 (un) warrant En relación con los warrants de ejercicio americano el número mínimo de warrants para los que se solicite el ejercicio es de 100. • Procedimiento de solicitud Los inversores podrán realizar operaciones de compraventa de valores en el mercado secundario oficial, cursando órdenes a través de los intermediarios financieros. El inversor que desee cursar órdenes de compraventa de valores habrá de suscribir la correspondiente orden normalizada de valores. En la orden podrá indicar un precio o limitar el mismo, de conformidad con lo establecido por la normativa bursátil aplicable a todas las compraventas de valores realizadas en Bolsa, incluidos los warrants. Las órdenes se cursarán por número de warrants y no por importes efectivos. El intermediario financiero informará, a petición del inversor, de las cotizaciones de compra y venta que se publiquen en el sistema de Interconexión Bursátil Español -“SIBE” (Segmento de Contratación de Warrants, Certificados y Otros productos), advirtiéndole que dichas cotizaciones son para importes máximos y mínimos y que tienen carácter indicativo en el sentido de que pueden haberse modificado en el momento en el que se ejecute la orden. • Método y plazos para el pago de los valores y para la entrega de los mismos. El método y los plazos para el pago de los valores y la entrega de los mismos, una vez admitidos a negociación, estarán sujetos a las prácticas habituales para los valores cotizados. • Categorías de posibles inversores a los que se ofertan los valores Los warrants emitidos serán suscritos, en el mercado primario por GDS-CUSA, S.A.U., sociedad del Grupo CaixaBank. Una vez admitidos a cotización, los warrants, durante su vida, se podrán adquirir en cualquier momento por los inversores a través de cualquier intermediario financiero y podrán comercializarse entre el público en general, con las únicas limitaciones que puedan resultar de normas que prohíban o limiten específicamente a determinadas instituciones la inversión en este tipo de activos (por ejemplo, la normativa sobre coeficientes de inversión de Sociedades de Inversión Colectiva o Fondos de Pensiones). Destinatarios de la emisión (Completar según lo establecido en las Condiciones Finales) Una vez admitidos a cotización, la comercialización de los valores objeto de la emisión se realizará a través del Emisor, a través de sus oficinas así como por vía telefónica y telemática. |
• Precios El precio de la emisión: Véase tabla anexa al presente resumen En importe efectivo de los valores de la emisión dependerá de las condiciones existentes en el mercado en el momento de su lanzamiento. El Precio de Emisión o Prima, como precio efectivo a satisfacer por los suscriptores de los warrants a emitidos, varía, según sea el subyacente elegido y el momento de la emisión. El método de cálculo utilizado por el Emisor para determinar la Prima a pagar por los suscriptores de los warrants estará basado fundamentalmente en la aplicación del método de valoración: - Binomial x xx Xxx-Xxxx-Xxxxxxxxxx. • Colocación y aseguramiento La entidad colocadora es CaixaBank, S.A. La entidad que suscribirá las emisiones de warrants en el mercado primario es GDS-CUSA, S.A.U., entidad del Grupo CaixaBank. • Agente de Pagos Las funciones de agente de pagos de las emisiones serán realizadas por el propio Emisor. • Agente de Cálculo El Agente de Cálculo de las emisiones realizadas bajo el Folleto de Base será Analistas Financieros Internacionales, S.A. con domicilio en Madrid, C/ Españoleto nº 19. | |
E.4 | Descripción de cualquier interés que sea importante para la emisión/oferta, incluidos los conflictivos. CaixaBank, el Agente de Cálculo, GDS-CUSA, S.A.U. (100% de Caixabank), y cualesquiera otras personas participantes en las futuras emisiones no tienen ningún interés particular que sea importante para la misma. |
E.7 | Gastos estimados aplicados al inversor por el Emisor o el oferente. Sin perjuicio de la Prima o Precio de Emisión, al inversor se le aplicarán las siguientes comisiones que, en cada momento, CaixaBank tenga establecidas y que podrán consultarse en el correspondiente folleto de tarifas en Banco de España y en la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores. La inscripción, mantenimiento y liquidación de los valores, a favor de los suscriptores y de los tenedores posteriores, en los registros de detalle a cargo de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores y de las Entidades Participantes al mismo, estará sujeto a las comisiones y gastos repercutibles que, en cada momento, dichas entidades tengan establecidos, y correrán por cuenta y cargo de los titulares de los valores. Dichos gastos y comisiones se podrán consultar por cualquier inversor en los correspondientes folletos de tarifas que las entidades sujetas a supervisión del Banco de España y de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores están legalmente obligadas a publicar. Se pueden consultar copias de dichas tarifas en los organismos supervisores mencionados. |
ANEXO
Tabla características de la emisión
Tipo (C.1) | Activo subyacente (C.20) | Precio ejercicio (C.19) | Moneda ejercicio (C.2) | Tipo ejercicio (C.1) | Fecha emisión (C.8) | Fecha Vto. (C.16) | Nº warrants (E.3) | Ratio (C.17) | Prima (E.3) | Código ISIN (C.1) |
PUT | BBVA | 4,5 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 21/10/2016 | 500.000 | 0,5 | 0,17 | ES0640612YM3 |
PUT | BBVA | 4,25 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 18/11/2016 | 500.000 | 0,5 | 0,15 | ES0640612YN1 |
PUT | BBVA | 4,25 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/12/2016 | 500.000 | 0,5 | 0,18 | ES0640612YO9 |
PUT | IBE | 5,25 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 19/08/2016 | 250.000 | 0,5 | 0,02 | ES0640612YP6 |
PUT | IBE | 5,25 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/09/2016 | 250.000 | 0,5 | 0,05 | ES0640612YQ4 |
PUT | IBE | 5 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 21/10/2016 | 250.000 | 0,5 | 0,05 | ES0640612YR2 |
PUT | IBE | 5 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 18/11/2016 | 250.000 | 0,5 | 0,06 | ES0640612YS0 |
PUT | ITX | 29 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 19/08/2016 | 250.000 | 0,5 | 0,44 | ES0640612YT8 |
PUT | ITX | 29 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/09/2016 | 250.000 | 0,5 | 0,64 | ES0640612YU6 |
PUT | ITX | 28 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 21/10/2016 | 250.000 | 0,5 | 0,64 | ES0640612YV4 |
PUT | ITX | 28 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 18/11/2016 | 250.000 | 0,5 | 0,8 | ES0640612YW2 |
PUT | REP | 11 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/09/2016 | 500.000 | 0,5 | 0,26 | ES0640612YX0 |
PUT | REP | 10,75 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 21/10/2016 | 500.000 | 0,5 | 0,3 | ES0640612YY8 |
PUT | REP | 10,75 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 18/11/2016 | 500.000 | 0,5 | 0,36 | ES0640612YZ5 |
PUT | SAN | 3,25 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 21/10/2016 | 500.000 | 0,5 | 0,12 | ES0640612ZA5 |
PUT | SAN | 3 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 18/11/2016 | 500.000 | 0,5 | 0,11 | ES0640612ZB3 |
PUT | SAN | 3 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/12/2016 | 500.000 | 0,5 | 0,12 | ES0640612ZC1 |
PUT | TEF | 8,25 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 19/08/2016 | 500.000 | 0,5 | 0,14 | ES0640612ZD9 |
PUT | TEF | 8,25 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/09/2016 | 500.000 | 0,5 | 0,2 | ES0640612ZE7 |
PUT | TEF | 8 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 21/10/2016 | 500.000 | 0,5 | 0,22 | ES0640612ZF4 |
PUT | TEF | 8 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 18/11/2016 | 500.000 | 0,5 | 0,31 | ES0640612ZG2 |
PUT | TEF | 8 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/12/2016 | 500.000 | 0,5 | 0,35 | ES0640612ZH0 |
CONDICIONES FINALES DE WARRANTS CAIXABANK, S.A.
00 XX XXXXX XX 0000
ACTIVO SUBYACENTE: ÍNDICES (CALL)
Las Condiciones Finales se han elaborado a efectos de lo dispuesto en el artículo 5, apartado 4, de la Directiva 2003/71/CE y deben leerse en relación con “Programa de Emisión de Warrants 2015” de Caixabank, S.A. inscrito el 17 de diciembre de 2015, el cual incorpora por referencia el Documento de Registro del Emisor, inscrito el 23 xx xxxxx de 2015.
El Documento de Registro y el Folleto de Base están publicados en las páginas web del emisor (xxx.xxxxxxxxx.xxx) y de CNMV (xxx.xxxx.xx) de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la directiva 2003/71/CE.
A fin de obtener la información completa, deberán leerse conjuntamente el Documento de Registro, el Folleto de Base y las Condiciones Finales.
Aneja a estas Condiciones Finales figura un resumen de la presente emisión.
1.- DESCRIPCIÓN, CLASE Y CARACTERÍSTICAS DE LOS VALORES EMITIDOS
▪ Tipo de valores: warrants call.
▪ ISIN: según tabla a continuación
▪ Características de las emisiones:
Tipo | Activo subyacente | Precio ejercicio | Moneda ejercicio | Tipo ejercicio | Fecha emisión | Fecha Vto. | Nº warrants | Ratio | Prima | Código ISIN |
CALL | IBEX | 8500 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 19/08/2016 | 1.000.000 | 0,001 | 0,22 | ES0640612YI1 |
CALL | IBEX | 8500 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/09/2016 | 1.000.000 | 0,001 | 0,31 | ES0640612YJ9 |
CALL | IBEX | 8750 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 21/10/2016 | 1.000.000 | 0,001 | 0,29 | ES0640612YK7 |
CALL | IBEX | 8750 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 18/11/2016 | 1.000.000 | 0,001 | 0,34 | ES0640612YL5 |
▪ Número de warrants emitidos: 4.000.000
▪ Importe efectivo emitido: 1.160.000 Euros
Todos los warrants emitidos han sido suscritos y desembolsados en su totalidad.
Los warrants emitidos han sido suscritos en la fecha de emisión en el mercado primario por GDS-CUSA, S.A.U.
Una vez admitidos a negociación, los valores, durante su vida, pueden ser adquiridos en cualquier momento por los inversores a través de los canales de CaixaBank, S.A. o a través de cualquier intermediario financiero.
▪ Saldo dispuesto del Folleto de Base: 41.531.500 Euros
▪ Saldo disponible del Folleto de Base: 78.468.500Euros
▪ Colectivo de Inversores: Público en general
▪ Liquidación de los warrants:
Precio de Liquidación:
Para warrants con subyacente IBEX35: precio oficial de cierre en el Mercado Continuo del activo subyacente en la Fecha de Ejercicio o en la Fecha de Vencimiento.
Fecha de Valoración:
La Fecha de Valoración coincidirá siempre con la Fecha de Ejercicio.
Momento de Valoración:
Para warrants con subyacente IBEX35: 17:35 CET, hora aproximada en la que se publican los precios de cierre del activo subyacente en el mercado continuo
El tenedor puede ejercitar el derecho sobre el warrant en cualquier Día Hábil anterior a la Fecha de Vencimiento, mediante la presentación en la entidad donde tenga depositados los valores de un Aviso de Ejercicio. El Aviso de Ejercicio debe ser recibido antes de las 17.00 CET (Central European Time) para ser ejecutado el día siguiente, en este caso la Fecha de Ejercicio será el día siguiente a tal recepción. Los Avisos de Ejercicio recibidos por el Emisor después de las 17:00 CET tendrán Fecha de Ejercicio dos Días Hábiles siguientes a la recepción del aviso. Asimismo, los avisos de ejercicio recibidos después de las 17:00 CET de terceras entidades en la que los inversores tengan depositados los valores, tendrán Fecha de Ejercicio dos Días Hábiles siguientes a la recepción del aviso. El límite final para dar Aviso de Ejercicio será por tanto las 17:00 C.E.T. del Día Hábil anterior a la Fecha de Vencimiento.
Pasado ese momento los warrants no ejercitados por los tenedores serán ejercitados de forma automática por el Emisor en la Fecha de Vencimiento.
El número mínimo de warrants para los que se solicite el ejercicio no podrá ser inferior a cien, salvo el Día Hábil anterior a la Fecha de Vencimiento. En dicha fecha se atenderán todas las peticiones de ejercicio o “Avisos de Ejercicio” que se presenten. Por tanto, aquellos inversores que tengan un número de valores inferior a 100 no podrán ejercitarlos antes de su vencimiento, si bien podrán transmitirlos en el mercado secundario con el fin de realizar su inversión.
Los Avisos de Ejercicio habrán de ser presentados al Emisor por fax, correo o en persona. La dirección a estos efectos es Servicios Bancarios y Operaciones de Caixabank, S.A., Xxxx. Xxxxxxxx 000 00000, Xxxxxxxxx y el número de fax es 00 000 00 00. El modelo para el Aviso de Ejercicio podrá obtenerse en cualquier oficina del Emisor así como a través de su página web.
Día Hábil significa el día en que los Bancos Comerciales estén abiertos para la realización de operaciones financieras en Barcelona y estén abiertas para negociación las bolsas donde coticen los warrants.
▪ Mercados Secundarios:
Mercado de Negociación de los warrants: Bolsas de Madrid, Barcelona, Valencia y Bilbao y módulo de contratación electrónica de warrants del SIBE.
Último día de Negociación:
• Para warrants con Fecha de Vencimiento 19 xx xxxxxx de 2016, el último día de negociación será el 18 xx xxxxxx de 2016.
• Para warrants con Fecha de Vencimiento 16 de septiembre de 2016, el último día de negociación será el 15 de septiembre de 2016.
• Para warrants con Fecha de Vencimiento 21 de octubre de 2016, el último día de negociación será el 20 de octubre de 2016.
• Para warrants con Fecha de Vencimiento 18 de noviembre de 2016, el último día de negociación será el 17 de noviembre de 2016.
Método de Valoración de la prima
Binomial xx Xxx-Xxxx-Xxxxxxxxxx.
▪ Información sobre el activo subyacente:
Información adicional sobre el Activo Subyacente, volatilidad histórica e implícita, trayectoria pasada y reciente en Bloomberg:
Subyacente | Código Bloomberg | Tipo |
IBEX35 | IBEX | Index |
Páginas de información sobre el activo subyacente:
• Código Bloomberg <tipo> HP <Go> para precios históricos,
(trayectoria pasada y reciente).
• Código Bloomberg <tipo> HVT <Go> para volatilidades históricas.
• Código Bloomberg <tipo> XXXX <Go> para volatilidades implícitas.
Mercado de Cotización del Activo: Mercado Continuo.
Mercado de Cotización Relacionado del Subyacente: MEFF Renta Variable.
Distorsión xxx xxxxxxx del subyacente: Se comunicará a la CNMV como hecho relevante y será publicado en su página web (xxx.xxxx.xx).
Asimismo, los diferentes supuestos de distorsión xx xxxxxxx del subyacente se pueden consultar en el apartado 4.2.3 de Folleto de Base “Programa de Emisión de Warrants 2015” de CaixaBank referido.
Marca IBEX-35
CaixaBank conoce las reglas de formación de los precios de los valores incluidos en el Índice IBEX 35 ® y de éste último, de conformidad con la libre concurrencia de las órdenes de compra y de venta dentro de un mercado neutral y transparente, y que se compromete a respetarlas y a abstenerse de cualquier actuación disconforme con ellas.
Sociedad de Bolsas, S.A., no garantiza en ningún caso y cualquiera que sean las razones:
a) La continuidad de la composición del Indice IBEX 35 ® tal cual es hoy en día o en algún otro momento anterior.
b) La continuidad del método de cálculo del Indice IBEX 35 ® tal y como se efectúa hoy día o en algún otro momento anterior.
c) La continuidad en el cálculo, formulación y difusión del Indice IBEX 35 ® .
d) La precisión, integridad o ausencia de fallos o errores en la composición o cálculo del Indice IBEX 35 ®.
e) La idoneidad del Indice IBEX 35 ®
Sociedad de Bolsas, S.A., propietaria del Indice IBEX 35®, así como titular registral y propietaria de las correspondientes marcas asociadas al mismo, en ningún caso patrocina, promueve ni
recomienda la inversión en el producto, ni el otorgamiento de esta autorización comporta juicio favorable de Sociedad de Bolsas, S.A., en relación con la información ofrecida por CaixaBank, o sobre la conveniencia o interés del producto.
2.- ACUERDOS EN VIRTUD DE LOS CUALES SE EMITEN LOS WARRANTS Y VIGENCIA DE LOS MISMOS
Las resoluciones y acuerdos por los que se autoriza la emisión de los warrants siguen vigentes a esta fecha y son los que se enuncian a continuación:
• Acuerdo de la Junta General de Accionistas de fecha 25 xx xxxxx de 2013, en virtud del cual delegó en el Consejo de Administración la facultad de emitir cualquier tipo de valores , xx xxxxx fija o variable, en cualquiera de las formas admitidas en Derecho, incluyendo entre otras, pagarés, cédulas, warrants (excepto los que den derecho a la adquisición o suscripción de acciones de la Sociedad), participaciones preferentes, bonos u obligaciones de cualquier tipo, incluso subordinadas, simples o con garantía de cualquier clase, o canjeables por acciones de la Sociedad o de otras sociedades cotizadas, participadas o no por la Sociedad, hasta un importe máximo total de sesenta mil millones de euros o su contravalor en divisas.
• Acuerdo del Consejo de Administración de 19 de noviembre de 2015, por el cual se aprueba la elaboración de un Folleto de Base de Emisión de Warrants, por importe máximo de ciento veinte millones de euros, al objeto de llevar a cabo emisiones de cualquier tipo de warrants al amparo del mismo y donde se establecen las líneas generales y principales características. En virtud del citado acuerdo se faculta a determinados apoderados para que, de forma solidaria cualquiera de ellos, pueda fijar los términos y condiciones de las emisiones a realizar al amparo de dicho Folleto de Base y realice cuantas actuaciones y otorgue en nombre y representación de CaixaBank los documentos de cualquier naturaleza, que sean necesarios o convenientes para dicho fin.
3.- ACUERDOS DE ADMISIÓN A NEGOCIACIÓN
CaixaBank solicitará la admisión a negociación de los warrants descritos en las presentes “Condiciones Finales” en la Bolsa de Valores de Barcelona, Madrid, Bilbao y Valencia, y se compromete a realizar los trámites necesarios para que se incorporen a la negociación en dichos mercados en el plazo de 7 Días Hábiles desde la Fecha de Emisión.
Las presentes Condiciones Finales incluyen la información necesaria para la admisión a cotización de los warrants en los mercados mencionados anteriormente.
La liquidación se realizará a través de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A., (IBERCLEAR).
Barcelona, a 12 de julio de 2016
Firmado en representación del emisor: Caixabank, S.A.
Fdo. X. Xxxxxxxx Xxxx Xxxx
Director de Departamento de Rates & Equity Derivatives
RESUMEN
(Anexo XXII del Reglamento CE nº 809/2004)
Los elementos de información de este resumen (el “Resumen”) están divididos en cinco secciones (A-E) y numerados correlativamente dentro de cada sección según la numeración exigida por el Reglamento CE nº 809/2004 (por ejemplo, B.1-B.50). Los números omitidos en este Resumen se refieren a elementos de información previstos en dicho Reglamento para otros modelos de folleto. Por otra parte, los elementos de información exigidos para este modelo de folleto pero no aplicables por las características del tipo de valor o del emisor se mencionan como “no procede”.
Sección A – Introducción y advertencias | |
A.1 | Advertencia: • Este Resumen debe leerse como introducción al presente Xxxxxxx, que se compone del Documento de Registro de CAIXABANK, S.A. (en adelante, “CaixaBank”, el “Emisor” o la “Entidad Emisora”), inscrito en los registros oficiales de la CNMV el 23 xx xxxxx de 2015, el Folleto de Base de Warrants inscrito en los registros oficiales de la CNMV el 17 de diciembre de 2015 y el Suplemento al mismo inscrito en los registros oficiales de la CNMV el 15 xx xxxxx de 2016. • Toda decisión de invertir en los valores debe estar basada en la consideración por parte del inversor del Folleto en su conjunto. • Cuando se presente ante un tribunal una demanda sobre la información contenida en el Folleto, el inversor demandante podría, en virtud del Derecho nacional de los Estados Miembros, tener que soportar los gastos de traducción del Folleto antes de que dé comienzo el procedimiento judicial. • La responsabilidad civil solo se exigirá a las personas que hayan presentado el Resumen, incluida cualquier traducción del mismo, y únicamente cuando el Resumen sea engañoso, inexacto o incoherente en relación con las demás partes del Folleto, o no aporte, leído junto con las otras partes del Folleto, información fundamental para ayudar a los inversores a la hora de determinar si invierten o no en dichos valores. |
A.2 | Consentimiento del Emisor relativo a la utilización del Folleto Base para una venta posterior o la colocación final de los valores por parte de los intermediarios No procede. CaixaBank no ha otorgado consentimiento a ningún intermediario financiero para la utilización del Folleto en la venta posterior o colocación final de los valores. |
Sección B – Emisor | |
B.1 | Nombre legal y comercial del emisor La denominación social del Emisor es CaixaBank, S.A. |
B.2 | Domicilio y forma jurídica del Emisor, legislación conforme a la cual opera y país de constitución El Emisor está domiciliado en España, en la Xxxxxxx Xxxxxxxx xxxxxx 000 xx Xxxxxxxxx, tiene la forma jurídica de sociedad anónima y su actividad está sujeta a la legislación española especial para entidades de crédito en general y, en particular, a la supervisión, control y normativa del Banco de España, si bien desde el 4 de noviembre de 2014, el Banco Central Europeo (BCE) asumió sus nuevas funciones de supervisión con la entrada en funcionamiento del Mecanismo Único de Supervisión (MUS). El MUS se compone del BCE y de las autoridades nacionales de los Estados miembros participantes. |
B.3 | Descripción y factores clave relativos al carácter de las operaciones en curso del Emisor y de sus principales actividades, declarando las principales categorías de productos vendidos y/o servicios prestados, e indicación de los mercados principales en los que compite el Emisor. CaixaBank es un banco con un modelo de banca universal, basado en la calidad y la especialización, con una oferta integral de productos y servicios (bancarios, aseguradores, de pensiones y fondos de inversión) y una red comercial multicanal. Además, mantiene participaciones en bancos internacionales y en compañías del sector servicios. Los principales segmentos de negocio del Grupo CaixaBank son los siguientes: Negocio bancario y de seguros: es la principal actividad del Grupo CaixaBank; incluye la totalidad del negocio bancario (banca minorista, banca corporativa, tesorería y mercados) y de seguros, desarrollado, básicamente, en el territorio español a través de la red de oficinas y del resto xx xxxxxxx complementarios. Recoge tanto la actividad como los resultados generados por los clientes del Grupo, sean particulares, empresas o instituciones. También incorpora la gestión de la liquidez y de activos y pasivos y los ingresos por la financiación al negocio de participaciones. Negocio de Participaciones: recoge los ingresos por dividendos y/o método de la participación de las participaciones bancarias internacionales y de servicios del Grupo CaixaBank, netos del coste de financiación. Adicionalmente, se incluyen otras participaciones significativas en el ámbito de la diversificación sectorial, incorporadas en las últimas adquisiciones del Grupo. En cuanto a los principales mercados donde compite, el Grupo CaixaBank desarrolla su actividad básicamente en el mercado español, de donde provienen aproximadamente el 97% de sus ingresos ordinarios a 31 de diciembre de 2015. |
B.4 | Descripción de las tendencias recientes más significativas que afecten al emisor y a los sectores en los que ejerce su actividad Escenario macroeconómico La eurozona mantiene la senda de gradual recuperación de la actividad económica. Aunque en 2015 el crecimiento no fue extraordinariamente dinámico, tampoco fue mediocre, ya que creció a un ritmo en línea con su potencial. Si bien esta evolución depende en gran medida de apoyos temporales como el abaratamiento de las materias primas, la depreciación del euro o la expansión cuantitativa del BCE, la expansión europea también refleja que, en aquellos países que han mostrado mayor ambición, las reformas estructurales están contribuyendo a cimentar la recuperación. De momento, la economía de la eurozona mantiene su |
ritmo de expansión gracias al buen comportamiento de la demanda doméstica, que se espera que continúe en 2016. En España, los datos más recientes muestran que se mantiene el tono expansivo de la actividad económica, ligeramente por encima de lo previsto hace unos meses. El crecimiento del PIB en 2015 fue del 3,2%, el más elevado entre las principales economías de la eurozona. Tras un año muy notable en términos de aumento del PIB, en 2016 esperamos que la velocidad de avance se modere ligeramente hasta el 2,8%, a medida que vayan desvaneciéndose el impacto de los apoyos temporales recibidos a lo largo de 2015, como la rebaja fiscal o la caída del precio del petróleo mientras van ganando peso algunos elementos que ayudan a sostener un crecimiento más equilibrado a largo plazo. En concreto, se espera la consolidación de la mejora de las condiciones de financiación, que el sector inmobiliario vuelva a sumar y que las reformas estructurales sigan dando frutos, sobre todo en el mercado laboral gracias a la creación de empleo. Sin duda, en 2015, la recuperación de la economía española recibió el apoyo de la evolución favorable del sector bancario. La expansión monetaria del BCE y el proceso de saneamiento llevado a cabo en los últimos años ha facilitado que el crédito prosiga su senda de normalización. De hecho, la nueva concesión de crédito se aceleró en el último año, sobre todo la nueva concesión de crédito a hogares y a pymes (avanzó respectivamente un 19,4% y un 5,7% interanual en diciembre). Sin embargo, el saldo vivo siguió cayendo, aunque menos, debido al proceso de desapalancamiento de los hogares y las empresas (-4,3% interanual en 2015 frente al -7,1% en 2014). se espera que la demanda de crédito aumente en 2016, pues dicho proceso de desapalancamiento está ya muy avanzado. Desde la óptica de la oferta, las entidades bancarias también están en mejor posición de conceder crédito que en el pasado gracias, en buena parte, al proceso de reestructuración y consolidación bancaria que ha permitido reforzar la posición de solvencia y liquidez de las entidades resultantes. En el ámbito regulatorio, destaca la modificación del tratamiento de los DTA, que eliminó la incertidumbre sobre su compatibilidad con la legislación comunitaria, y la aprobación del real decreto ley que regula las comisiones por la retirada de efectivo en los cajeros de otra entidad. Además, el proceso de creación de una unión bancaria efectiva siguió avanzando en 2015. Por un lado, se traspuso a la legislación nacional la normativa europea de recuperación y resolución de entidades de crédito, que permite intervenir las entidades financieras con problemas de forma ágil y con el menor coste posible para las arcas públicas. Por otro lado, se inició el proceso de negociación para el sistema de garantía de depósitos europeo, paso final para la culminación de la unión bancaria. En definitiva, la actividad económica española se está beneficiando de factores de apoyo temporal, pero también se aprecia cómo las reformas llevadas a cabo durante los últimos años están permitiendo un crecimiento de fondo más sólido y equilibrado. Con todo, los riesgos no son menores, especialmente los que proceden del exterior, debido a la posible desaceleración de los países emergentes, por lo que es imprescindible seguir fortaleciendo los cimientos para estar preparados ante las eventualidades. Confianza e imagen del sector Continúa sin recuperarse la confianza de la sociedad española y europea en la banca, en un contexto complejo, al que los factores antes mencionados también están contribuyendo (crisis financiera, reacción regulatoria en ocasiones generalizada, etc.). En esta línea también estarían encuadradas las sanciones a determinadas entidades financieras a escala global, en materia del denominado “riesgo de conducta”. Este concepto englobaría malas prácticas en el diseño, venta y post-venta de productos y servicios financieros, con las que la entidad financiera habría aprovechado su mayor información y control del proceso para obtener un mayor beneficio, generando un perjuicio a clientes, a contrapartes o a inversores. A efectos de consumo de capital, estos perjuicios económicos quedarían recogidos en la medición y gestión del riesgo operacional. Asimismo, la crisis económica, el elevado apalancamiento de familias y de empresas, y la pérdida de valor de las inversiones en productos financieros, entre otros aspectos, han provocado una erosión generalizada de la imagen sectorial. Amenazas ancladas en la evolución tecnológica La proliferación acelerada de soluciones digitales a las necesidades de clientes particulares y de empresas está dando lugar a nuevos patrones de consumo, de pago, de ahorro y de financiación. En este contexto, están apareciendo múltiples “FinTechs”: empresas de nueva creación, que prestan servicios vinculados a la industria financiera, basándose en innovaciones disruptivas en tecnologías de información y de comunicación (TICs). En concreto, ponen en valor una combinación de nuevos lenguajes de programación, mayores capacidades de almacenamiento y procesamiento de datos, algoritmos analíticos, menores restricciones legales/regulatorias (también se les incluye en el concepto de “shadow banking”) y modelos de negocio más ligeros en costes. También de origen tecnológico son los “ciber-ataques”, que consisten en el acceso fraudulento a los datos contenidos en las infraestructuras tecnológicas de información y comunicación de la Entidad, o manipulación fraudulenta de los procesos desarrollados mediante dichas infraestructuras, buscando un beneficio para quienes los cometen. Además del perjuicio para los clientes correspondientes, todo ello puede ser objeto de sanciones económicas y de lucro cesante con otros clientes por la imagen de vulnerabilidad que han transmitido las entidades que los han sufrido, con inmediata repercusión mediática. Los crecientes hábitos de compra online/móvil de los clientes facilitan la actuación de grupos criminales, cuya capacidad y alcance están aumentando de forma notoria. Normativa europea de Solvencia II En 2013 las autoridades europeas establecieron el 1 de enero de 2016 como la fecha de entrada en vigor de la Normativa Europea de Solvencia II. En 2014 se aprobó la Directiva Omnibus II que modifica la Directiva de Xxxxxxxxx XX y completa el nuevo marco de regulación y supervisión de seguros en la UE, dando poderes a EIOPA para finalizar el proyecto de Xxxxxxxxx XX. Durante 2015 a nivel europeo se han finalizado los desarrollos normativos actualmente en discusión (Actos Delegados, Normas Técnicas de Implementación y Guías). A nivel nacional, durante 2015 se han transpuesto al ordenamiento jurídico español todo el conjunto de normativas de Solvencia II. Con el fin de preparar la adaptación a Solvencia II hasta su entrada en vigor el 1 de enero de 2016, en 2014 EIOPA (el supervisor Europeo de seguros) emitió cuatro guías de preparación, las cuales tienen como objetivo ayudar a que las compañías aseguradoras vayan incorporando progresivamente determinados aspectos que desarrolla Solvencia II hasta 2016. Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito Con fecha 20 xx xxxxx de 2015 entró en vigor la Ley 11/2015, de 18 xx xxxxx, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, la cual modifica el régimen jurídico del Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito (FGD) consecuencia de la trasposición de la Directiva 2014/49/UE, de 16 xx xxxxx de 2014, que armoniza determinados |
aspectos de los sistemas de garantía de depósitos a nivel europeo. Esta Ley se complementa con el Real Decreto 1012/2015, de 6 de noviembre, que la desarrolla reglamentariamente que modifica el Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, sobre Fondos de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito. El Fondo se divide en dos compartimentos estancos (i) el compartimento de garantía de depósitos, cuyos fondos se destinarán a las tareas encomendadas por la Directiva, y (ii) el compartimento de garantía de valores cuyos fondos se destinarán a los titulares de valores u otros instrumentos financieros confiados a una entidad de crédito. En el caso del compartimento de garantía de depósitos, se establece un nivel objetivo mínimo que deberán alcanzar sus recursos del 0,8 por ciento de los depósitos garantizados antes del 0 xx xxxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxxxxxxx xxxx xxxxx xx 0,5 por ciento previa autorización de la Comisión Europea. De acuerdo con las modificaciones introducidas, la base de cálculo de las aportaciones al Fondo pasa a determinarse por las cuantías efectivamente garantizadas. Hasta 100.000 euros, los depósitos no están sujetos a absorción de pérdidas y tienen preferencia de cobro. Las modificaciones también prevén que las aportaciones anuales de las entidades al compartimento de garantía de depósitos se ajusten en función de su perfil de riesgo una vez el Banco de España haya desarrollado los métodos necesarios para el cálculo. Dado que la fecha máxima para este desarrollo es el 31 xx xxxx de 2016, dichos ajustes no han sido de aplicación a las aportaciones correspondientes al ejercicio 2015. Respecto a la aportación al Fondo correspondiente al ejercicio 2015, en su sesión de 2 de diciembre de 2015 la Comisión Gestora del Fondo acordó fijar la aportación anual al compartimento de garantía de depósitos en el 1,6 por mil de la base de cálculo de los depósitos efectivamente garantizados. Fondo de Resolución Nacional Consecuencia de la transposición de la Directiva 2014/59/UE, de 15 xx xxxx de 2014, por la que se establece un marco para la reestructuración y la resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, es la creación de un Fondo de Resolución Nacional (FRN) a través de la Ley 11/2015, el cual tiene como finalidad financiar las medidas de resolución que ejecute el FROB (Fondo de Resolución Ordenada Bancaria), quien ejerce su gestión y administración. El Fondo está financiado por las aportaciones de las entidades de crédito y las empresas de servicios de inversión, debiendo alcanzar sus recursos financieros, al menos, el 1 por ciento de los depósitos garantizados de todas las entidades no más tarde del 31 de diciembre de 2024. Con el fin de alcanzar este nivel, el FROB recaudará, al menos anualmente y con inicio en el ejercicio 2015, contribuciones ordinarias de las entidades, incluidas sus sucursales en la Unión Europea, tomando en consideración (i) la proporción que la entidad represente sobre el total agregado de las entidades, en términos de pasivos totales, excluidos los recursos propios y el importe garantizado de depósitos, y (ii) el perfil de riesgo de cada entidad, el cual incluye una evaluación de la probabilidad de ser objeto de resolución, la complejidad de su estructura y resolubilidad, e indicadores de la situación financiera y nivel de riesgo entre otros. De acuerdo con el calendario previsto, en enero de 2016 la Autoridad Única de Resolución Europea inició plenamente sus operaciones, habiéndose fusionado a finales de ese mismo mes el FRN con el resto de Fondos Nacionales de los Estados miembros de la Zona del Euro en un Fondo Único de Resolución Europeo. Las aportaciones correspondientes al ejercicio 2016 y siguientes serán realizadas a este Fondo Europeo, quedando el FRN únicamente para las empresas de servicios de inversión. | |
B.5 | Si el emisor es parte de un grupo, una descripción del grupo y la posición del emisor en el grupo CaixaBank y sus sociedades dependientes integran el Grupo CaixaBank (Grupo CaixaBank o el Grupo). CaixaBank es una sociedad anónima cuyas acciones se encuentran admitidas a cotización en las bolsas de Barcelona, Madrid, Valencia y Bilbao a través xxx xxxxxxx continuo, formando parte del IBEX-35 desde el 4 de febrero de 2008. CaixaBank, participado mayoritariamente (56,76% a 31 de diciembre de 2015) por CriteriaCaixa tras la reorganización del Grupo que se produjo en el ejercicio 2014, es una entidad de referencia en el mercado español con actividad bancaria y de seguros. Además, mantiene participaciones en bancos internacionales y en compañías del sector servicios. Como entidad bancaria, se encuentra sujeta a la supervisión del Banco Central Europeo y del Banco de España. A 31 de diciembre de 2015, la estructura societaria del Grupo, en el cual se integra el Grupo CaixaBank, es: A 31 de diciembre de 2015 el Grupo CaixaBank está formado por 69 sociedades participadas directas, de las que 5 son cotizadas y 93 sociedades participadas indirectamente. |
B.6 | En la medida en que tenga conocimiento de ello el emisor, el nombre de cualquier persona que, directa o indirectamente, tenga un interés declarable, según el derecho nacional del emisor en el capital o en los derechos de voto del emisor, así como la cuantía del interés de cada una de esas personas. Si los accionistas principales del emisor tienen distintos derechos de voto, en su caso. En la medida en que sea del conocimiento del emisor, declarar si el emisor es directa o indirectamente propiedad o está bajo control de un tercero y de quién se trata y describir el carácter de ese control A 31 de diciembre de 2015, y según la información pública disponible, Criteria Caixa, S.A., Sociedad Unipersonal, sociedad íntegramente participada por la Fundación Bancaria Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona, “la Caixa”, ostenta una participación en CaixaBank del 56,76% (*). Asimismo, Invesco Limited, a través de Invesco Asset Management Limited y otras entidades individualmente admitidas a cotización bajo la Sección10, ostenta una participación en CaixaBank del 1,00%. Los miembros del Consejo, directa o indirectamente, ostentan en su conjunto una participación en CaixaBank, a 31 de diciembre de 2015, representativa del 1,865% del capital social. (*) Respecto a la situación de la participación de Fundación Bancaria “la Caixa” en CaixaBank, cabe informar que la Asamblea General de la Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona (“la Caixa”), celebrada el 22 xx xxxx de 2014, aprobó su transformación en fundación bancaria, manifestando la voluntad de que la Fundación Bancaria “la Caixa”, adoptase un acuerdo de segregación a favor de Criteria CaixaHolding, S.A.U. (actualmente denominada Criteria Caixa, S.A.U. y en adelante, Criteria Caixa) de las emisiones de títulos de deuda en las que la “la Caixa” tuviese la condición de emisor y de su participación en CaixaBank, que la Fundación Bancaria ostentaba entonces de forma directa. El 14 de octubre de 2014, se inscribió la escritura de segregación a favor de Criteria Caixa de las emisiones de títulos de deuda y de otros activos y pasivos y de la participación en CaixaBank, de modo que la Fundación Bancaria, “la Caixa” pasó a ostentar su participación en CaixaBank a través de Criteria Caixa. Tras este proceso y a cierre del ejercicio 2015, la Fundación Bancaria Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona (“la Caixa”) ostenta a través de Criteria Caixa (sociedad controlada al 100% por la Fundación Bancaria) 3.305.666.049 acciones de CaixaBank. Asimismo, es menester dejar constancia que de conformidad con la Disposición Adicional 8ª de la Ley 26/2013 de 27 de diciembre de 2013, xx Xxxxx de Ahorro y Fundaciones Bancarias, las fundaciones bancarias que acudan a procesos de ampliación de capital de la entidad de crédito participada no podrán ejercer los derechos políticos correspondientes a aquella parte del capital adquirido que les permita mantener una posición igual o superior al 50% o de control, por ello, la Fundación Bancaria Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona (“la Caixa”) de la totalidad de acciones de CaixaBank controladas a cierre de 2015 (3.305.666.049 acciones) sólo puede ejercer los derechos de voto referentes a 3.271.232.029 acciones. Por ende también se deja constancia de que el 3 de diciembre de 2015 se registró en la CNMV la comunicación del Hecho relevante por parte de CaixaBank, S.A. sobre la formalización de un contrato de permuta con su accionista de control, Criteria Caixa, en virtud del cual CaixaBank, S.A. transmitirá a Criteria Caixa todas sus acciones en Grupo Financiero Inbursa, S.A.B. de C.V. (representativas del 9,01% de GFI) y de The Bank of East Asia, Limited (representativas del 17,24% de BEA) y a su vez recibirá de Criteria Caixa, acciones de CaixaBank, S.A. (representativas del 9,9% del capital social) y un importe en efectivo. Asimismo, se informaba que el cierre de la permuta se prevé para el primer trimestre de 2016 y que el consejo de administración de XxxxxXxxx tiene previsto proponer a la próxima junta general de XxxxxXxxx la amortización de un número de acciones propias que representen como mínimo las acciones que adquiera de Criteria Caixa bajo la Permuta (9,9%) y como máximo el 10% del capital social que CaixaBank llegue a tener en autocartera en ese momento. |
B.7 | Información financiera fundamental histórica seleccionada relativa al Emisor que se presentará para cada ejercicio del período cubierto por la información financiera histórica, y cualquier período financiero intermedio subsiguiente, acompañada de datos comparativos del mismo período del ejercicio anterior, salvo que el requisito para la información comparativa del balance se satisfaga presentando la información del balance final del ejercicio. Se adjuntará una descripción narrativa de todo cambio significativo en la situación financiera del Emisor y los resultados de sus operaciones durante o después del período cubierto por la información financiera histórica fundamental. La siguiente información financiera ha sido obtenida a partir de los registros de contabilidad y de gestión consolidados del Grupo CaixaBank y se presenta siguiendo los criterios establecidos en las Normas Internacionales de Información Financiera adoptadas por la Unión Europea (NIIF-UE) y tomando en consideración la Circular 4/2004 del Banco de España, de 22 de diciembre, y posteriores modificaciones. A continuación se informa de las principales magnitudes de gestión del Grupo CAIXABANK, correspondientes al 31 de diciembre de los ejercicios de 2015, 2014 y 2013. La información financiera del Grupo CAIXABANK correspondiente a los ejercicios 2015 y 2014 se basa en datos contables que han sido auditados. La información financiera auditada correspondiente al ejercicio 2013 se presenta únicamente a efectos comparativos. La información financiera histórica de 2013 ha sido reestimada de acuerdo con el nuevo registro de las aportaciones al Fondo de Garantía de Depósitos en aplicación de la IFRIC 21 y la NIC 8. Al respecto de la comparativa anual cabe considerar, a efectos de cambios de perímetro, el registro de la combinación de negocios con Barclays Bank, SAU, desde el 1 de enero de 2015, a efectos contables. G. Balance de situación A continuación se presenta el Balance de situación de Grupo CAIXABANK correspondiente a los ejercicios 2015, 2014 y 2013. |
Importes en millones de euros | 31.12.15 | 31.12.14 | Variación anual | 31.12.13 | ||||
absoluta % | ||||||||
Caja y depósitos en bancos centrales | 5.772 | 4.157 | 1.615 | 38,8 | 6.968 | |||
Cartera de negociación | 13.532 | 12.257 | 1.275 | 10,4 | 10.002 | |||
Activos financieros disponibles para la venta | 62.997 | 71.101 | (8.104) | (11,4) | 56.450 | |||
Inversiones crediticias | 211.317 | 195.731 | 15.586 | 8,0 | 206.846 | |||
Cartera de inversión a vencimiento | 3.820 | 9.608 | (5.788) | (60,2) | 17.831 | |||
Activos no corrientes en venta | 7.961 | 7.248 | 713 | 9,8 | 6.215 | |||
Participaciones | 9.674 | 9.266 | 408 | 4,4 | 8.774 | |||
Activo material | 6.293 | 6.404 | (111) | (1,7) | 5.518 | |||
Activo intangible | 3.672 | 3.635 | 37 | 1,0 | 3.629 | |||
Resto activos | 19.217 | 19.216 | 1 | 0,0 | 18.087 | |||
Total activo | 344.255 | 338.623 | 5.632 | 1,7 | 340.320 | |||
Pasivo | 319.051 | 313.391 | 5.660 | 1,8 | 316.374 | |||
Cartera de negociación | 12.200 | 11.975 | 225 | 1,9 | 7.891 | |||
Pasivos financieros a coste amortizado | 253.499 | 247.539 | 5.960 | 2,4 | 263.201 | |||
Pasivos por contratos de seguros | 40.575 | 40.434 | 141 | 0,3 | 32.028 | |||
Provisiones | 4.598 | 4.371 | 227 | 5,2 | 4.321 | |||
Resto pasivos | 8.179 | 9.072 | (893) | (9,8) | 8.933 | |||
Patrimonio neto | 25.204 | 25.232 | (28) | (0,1) | 23.946 | |||
Fondos propios | 23.689 | 23.373 | 316 | 1,4 | 23.259 | |||
Intereses minoritarios y ajustes por valoración | 1.515 | 1.859 | (344) | (18,5) | 687 | |||
Total pasivo y patrimonio neto | 344.255 | 338.623 | 5.632 | 1,7 | 340.320 | |||
H. Cuenta de resultados A continuación se informa de las partidas más relevantes de la cuenta de resultados correspondientes a los ejercicios 2015, 2014 y 2013. * La cuenta de resultados de 2013 ha sido re expresada en aplicación de la IFRIC 21 y la NIC 8 que ha supuesto un impacto neto de -180MM€ correspondientes al registro de la derrama extraordinaria del FGD de 2013 y -7MM€ al registro anticipado de la aportación ordinaria del FGD de 2013 y 2014. Impacto total de -267 brutos. ** En 2015 no incluye -259 asociados a la integración de Barclays Bank, SAU, y -284 relacionados con el Acuerdo Laboral. En 2013 no incluye -267 (impacto bruto FGD) y -839 gastos extraordinarios. En la partida denominada “Resultado atribuido a intereses minoritarios y otros” se incluye el Resultado de Operaciones Ininterrumpidas (neto) I. Principales ratios de gestión A continuación se informa de las principales magnitudes de gestión del Grupo CAIXABANK, correspondientes al 31 de diciembre de los ejercicios de 2015, 2014 y 2013. |
Importes en millones de euros | Enero - Diciembre 2015 2014 | Variación en % | Enero - Diciembre 2013* | |
Ingresos financieros | 8.372 | 8.791 | (4,8) | 9.301 |
Gastos financieros | (4.019) | (4.636) | (13,3) | (5.346) |
Margen de intereses | 4.353 | 4.155 | 4,8 | 3.955 |
Dividendos | 203 | 185 | 9,4 | 107 |
Resultados de entidades valoradas por el método de la participación | 375 | 306 | 22,7 | 339 |
Comisiones netas | 2.013 | 1.825 | 10,3 | 1.760 |
Resultados de operaciones financieras y diferencias de cambio | 867 | 640 | 35,5 | 679 |
Otros productos y cargas de explotación | (85) | (171) | (50,4) | (475) |
Xxxxxx xxxxx | 7.726 | 6.940 | 11,3 | 6.365 |
Gastos de explotación recurrentes (4.063) (3.773) | 7,7 | (3.947) | ||
Gastos de explotación extraordinarios (543) | (839) | |||
Margen de explotación Margen de explotación sin costes extraordinarios** | 3.120 3.663 | 3.167 3.167 | (1,5) 15,7 | 1.579 2.685 |
Pérdidas por deterioro de activos financieros y otros (2.516) (2.579) | (2,4) | (4.329) | ||
Ganancias/pérdidas en baja de activos y otros 34 (386) | 1.770 | |||
Resultado antes de impuestos | 000 | 000 | 000,6 | (980) |
Impuesto sobre beneficios 181 418 | 1.288 | |||
Resultado consolidado del ejercicio | 819 | 620 | 31,7 | 308 |
Resultado atribuido a intereses minoritarios y otros 5 0 | (8) | |||
Resultado atribuido al Grupo | 814 | 620 | 31,4 | 316 |
En millones de euros | 2015 | 2014 | Variación anual | 2013 | ||||
EFICIENCIA Y RENTABILIDAD (últimos 12 meses) | ||||||||
Ratio de eficiencia (Total Gastos de explotación / Margen bruto) | 59,6% | 54,4% | 5,2 | 75,2% | ||||
Ratio de eficiencia sin costes extraordinarios* | 52,6% | 54,4% | (1,8) | 59,5% | ||||
ROE (Resultado atribuido / Fondos propios medios) | 3,4% | 2,7% | 0,7 | 1,4% | ||||
ROTE (Resultado atribuido / Fondos propios tangibles medios) | 4,3% | 3,4% | 0,9 | 1,7% | ||||
XXX (Resultado neto / Activos totales medios) | 0,2% | 0,2% | 0,0 | 0,1% | ||||
RORWA (Resultado neto / Activos ponderados por riesgo) | 0,7% | 0,5% | 0,2 | 0,2% | ||||
GESTIÓN DEL RIESGO | ||||||||
Ratio de morosidad | 7,9% | 9,7% | (1,8) | 11,7% | ||||
Ratio de morosidad ex-promotor | 6,2% | 6,4% | (0,2) | 6,8% | ||||
Coste del riesgo | 0,7% | 1,0% | (0,3) | 1,9% | ||||
Cobertura de la morosidad | 56% | 55% | 1 | 61% | ||||
Cobertura de la morosidad con garantía real | 128% | 132% | (4) | 140% | ||||
Cobertura de inmuebles adjudicados disponibles para la venta | 58% | 55% | 3 | 54% | ||||
LIQUIDEZ | ||||||||
Liquidez | 54.090 | 56.665 | (2.575) | 60.762 | ||||
Loan to deposits | 106,1% | 104,3% | 1,8 | 109,9% | ||||
SOLVENCIA | ||||||||
Common Equity Tier 1 (CET1) 12,9% 13,0% (0,1) 11,8% | ||||||||
Capital Total 15,9% 16,1% (0,2) 14,6% | ||||||||
APRs 143.312 139.729 3.583 152.502 | ||||||||
Leverage Ratio 5,7% 5,7% 0,0 5,4% | ||||||||
Common Equity Tier 1 (CET1) fully loaded 11,55% 12,1% (0,56) 11,3% | ||||||||
*En 2015 no incluye -259 asociados a la integración de Barclays Bank, SAU, y -284 relacionados con el Acuerdo Laboral. En 2013 no incluye -267 (impacto bruto FGD) y -839 gastos | ||||||||
extraordinarios. | ||||||||
Cambios significativos en la situación financiera del Emisor durante o después del período cubierto por la información | ||||||||
financiera histórica fundamental: | ||||||||
Cambios de perímetro | ||||||||
Destacan como cambios más significativos la integración de Banco de Valencia y la adquisición de Barclays Bank, SAU. | ||||||||
En este sentido, la adquisición de Banco de Valencia fue efectiva a efectos contables desde el 1 de enero de 2013, afectando, por | ||||||||
tanto, al cierre de ejercicio de 2013. | ||||||||
Asimismo, con fecha 2 de enero de 2015, se formalizó la adquisición de Barclays Bank, SAU que incluye el negocio de banca | ||||||||
minorista, gestión de patrimonios y banca corporativa de Barclays Bank en España, excluyendo los negocios de banca de | ||||||||
inversión y de tarjetas. Posteriormente, los Consejos de Administración de CaixaBank y Barclays Bank, SAU aprobaron el 30 xx | ||||||||
xxxxx de 2015 el Proyecto Común de Fusión. La citada fusión ha implicado: (i) la extinción de Barclays Bank, SAU y (ii) la | ||||||||
transmisión en bloque de su patrimonio social a CaixaBank, que ha adquirido por sucesión universal los derechos y obligaciones | ||||||||
de la primera. Con fecha 14 xx xxxx de 2015 quedó inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona la escritura pública de fusión | ||||||||
por absorción de CaixaBank (sociedad absorbente) y Barclays Bank, SAU (sociedad absorbida), con la consiguiente extinción de | ||||||||
la segunda. | ||||||||
OPA sobre Banco BPI | ||||||||
Con fecha 17 de febrero de 2015 CaixaBank comunicó a la Comissão do Mercado de Valores Mobiliários portuguesa (CMVM) su | ||||||||
intención de lanzar una oferta pública de adquisición (OPA) de carácter voluntaria sobre las acciones ordinarias del banco | ||||||||
portugués BPI no pertenecientes a CaixaBank. | ||||||||
Con fecha 18 xx xxxxx de 2015, el Consejo de Administración de CaixaBank acordó presentar ante la CMVM el desistimiento del | ||||||||
registro de su oferta de adquisición sobre las acciones de BPI anunciada el pasado 17 de febrero, a la vista de no haberse dado | ||||||||
cumplimiento a la condición de que se eliminara el límite de derechos de voto que un accionista puede emitir establecido en los | ||||||||
estatutos de BPI, pues la Junta General de BPI, celebrada el 17 xx xxxxx de 2015, acordó no eliminar dicha limitación estatutaria. | ||||||||
Posteriormente, con relación al comunicado divulgado al mercado por BPI, con fecha 4 de febrero de 2016, sobre la propuesta de | ||||||||
su consejo de administración a la asamblea general para eliminar la limitación de derechos de voto (voting cap), CaixaBank | ||||||||
manifestó su posición favorable para eliminar el voting cap y en ese sentido valoró positivamente la decisión. | ||||||||
Asimismo, el pasado 2 xx xxxxx de 2016, CaixaBank informó mediante Xxxxx Xxxxxxxxx: (i) que está manteniendo contactos con | ||||||||
BPI y con el accionista de BPI, Xxxxxxx Finance-Prestação de Serviços, S.A. en el contexto de la situación del exceso de | ||||||||
concentración de riesgos de BPI derivada de su participación de control en BFA. (ii) En estos contactos, CaixaBank y Xxxxxxx | ||||||||
Finance han explorado distintas alternativas para alcanzar una solución a dicha situación que pudiera ser aceptable para todas las | ||||||||
partes interesadas, sin que hasta ahora se haya llegado a una solución en ese sentido. | ||||||||
A fecha de la publicación del presente documento CaixaBank no ha tomado ninguna decisión acerca de su participación en BPI. | ||||||||
CaixaBank tomará las decisiones que considere apropiadas y las comunicará al mercado oportunamente en función del resultado |
de la votación sobre la eliminación del voting cap por la asamblea general y de otras circunstancias que puedan ser relevantes. Venta de la participación en Boursorama a Société Générale y de la participación en Self Trade Bank a Boursorama Con fecha 00 xx xxxxx xx 0000 XxxxxXxxx xxxxxxx xx xxxxx a Société Générale Group de la totalidad de su participación en Boursorama, que representaba un 20,5% del capital social, así como los derechos de voto, por un precio de 218,5 millones de euros. El precio pagado por Société Générale fue el mismo que el ofrecido a los accionistas minoritarios durante la oferta pública de adquisición simplificada y del proceso de exclusión del año 2014, esto es, 12 euros por acción. Con esta operación finalizó la alianza entre Société Générale y CaixaBank que se inició en 2006 tras la venta de CaixaBank France a Boursorama. Como consecuencia de ello, el acuerdo de accionistas firmado en mayo de 2006 y renegociado en marzo de 2014 por ambas instituciones se dio también por terminado. Asimismo, CaixaBank también anunció la firma de la venta a Boursorama de la totalidad de su participación en Self Trade Bank, la joint venture que ambas entidades mantenían en España, y que representa el 49% del capital social. La contraprestación acordada fue de 33 millones de euros. Como consecuencia de esta transacción se da por terminada la joint venture así como los acuerdos firmados en julio de 2008 por Xxxxxxxxxx y CaixaBank. Las plusvalías consolidadas después de impuestos generadas en ambas transacciones ascienden a 38 millones de euros. Firma de un acuerdo de permuta con CriteriaCaixa sobre las participaciones en Grupo Financiero Inbursa y The Bank of East Asia El día 3 de diciembre de 2015 los Consejos de Administración de CaixaBank y de CriteriaCaixa acordaron la firma de un contrato de permuta bajo el cual CaixaBank se obligaba a entregar a CriteriaCaixa el 17,24% de The Bank of East Asia (BEA) y el 9,01% de Grupo Financiero Inbursa (GFI) y CriteriaCaixa se obligaba, por su parte, a entregar a CaixaBank el 9,9% de acciones propias de CaixaBank titularidad de CriteriaCaixa y 642 millones de euros en efectivo. El Consejo de Administración de CaixaBank tiene previsto proponer a la Junta General de Accionistas de CaixaBank la amortización de, como mínimo, las acciones propias que adquiera de Criteria bajo esta permuta (9,9%) y como máximo el 10% del capital social que CaixaBank llegue a tener en autocartera en ese momento. El cierre de la permuta está sujeto a (i) la modificación de los actuales acuerdos suscritos por CaixaBank relativos a sus participaciones en BEA y GFI de modo que Criteria ocupe la posición de CaixaBank, como nuevo accionista de estos bancos y CaixaBank continúe siendo parte como socio bancario de dichos bancos, (ii) la obtención de las autorizaciones regulatorias aplicables en Hong Kong y en Méjico; (iii) la autorización del Consejo de Administración de GFI a la adquisición de las acciones de GFI por parte de Criteria; y (iv) la autorización del Banco Central Europeo para la adquisición por parte de CaixaBank de las acciones propias de CaixaBank, así como la posterior amortización de las mismas, que el Consejo de Administración de CaixaBank prevé proponer a su próxima Junta General de Accionistas. Dado que la entrega de las acciones de BEA y GFI únicamente se producirá si se obtienen la totalidad de las autorizaciones, y no es la intención del grupo enajenar las mismas en caso de no autorizarse la transacción, dichas participaciones se mantienen clasificadas a 31 de diciembre de 2015 como entidades asociadas. Cuando se ejecute esta operación, la participación de CriteriaCaixa en CaixaBank descenderá del 56,76% a 31 de diciembre de 2015 al 52%. Si se considera la participación fully diluted (teniendo en cuenta el bono de CriteriaCaixa de 750 millones de euros canjeable en acciones de CaixaBank con vencimiento en noviembre de 2017), ésta bajaría del 54% al 48,9%. | |
B.8 | Información financiera seleccionada pro forma, identificada como tal No procede, puesto que el Documento de Registro de CaixaBank no incorpora información financiera pro forma. |
B.9 | Si se realiza una previsión o estimación de los beneficios, indíquese la cifra No procede, puesto que no se ha incluido en el Documento de Registro del Emisor |
B.10 | Descripción de la naturaleza de cualquier salvedad en el informe de auditoría sobre la información financiera histórica No procede, puesto que los informes de auditoría emitidos sobre las cuentas anuales del Emisor individuales y de su grupo consolidado, correspondientes a los ejercicios 2015, 2014 y 2013 contienen respectivas opiniones favorables, sin salvedades |
Sección C – Valores | |
C.1 | Descripción del tipo y de la clase de valores ofertados y/o admitidos a cotización, incluido, en su caso, el número de identificación del valor Los warrants emitidos están representados por anotaciones en cuenta. La Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores (en adelante Iberclear), con domicilio en la Xxxxx xx xx Xxxxxxx xx0, 00000 Xxxxxx, será la encargada de su registro contable junto con sus entidades participantes. El Código ISIN (Internacional Securities Identification Number) de cada warrant es el que consta en la tabla anexa a este resumen Warrant significa valor negociable en Bolsa que otorga a su tenedor el derecho, pero no la obligación, a comprar (call warrant) o vender (put warrant) una cantidad determinada de un activo (Activo Subyacente) a un precio (precio de ejercicio o strike) a lo largo de toda la vida del warrant (americano) o a su vencimiento (europeo). Para adquirir el derecho, el comprador debe pagar una prima. La liquidación será exclusivamente por diferencias y no por entrega física del Activo Subyacente. El derecho que otorgan a su tenedor está sujeto, en algunos casos, a ciertas condiciones. Call Warrant Derecho a comprar Put Warrant Derecho a vender Tipos de warrants Los tipos de warrants emitidos son: Warrants de Compra Tradicionales (Call Warrants): son warrants que otorgan a su titular el derecho (no la obligación) a comprar una cantidad determinada de un activo subyacente en la Fecha de Ejercicio y al Precio de Ejercicio, percibiendo, en la Fecha de Pago, la diferencia positiva que existiere entre el Precio de Liquidación y el Precio de Ejercicio en la Fecha de Ejercicio |
Estilo de Warrants Los warrants emitidos son: Warrants Americanos: el tenedor puede ejercitar el derecho sobre el warrant en cualquier Día Hábil anterior a la fecha de vencimiento, mediante la presentación en la entidad donde tengan depositados los valores de un Aviso de Ejercicio. El Aviso de Ejercicio debe ser recibido antes de las 17.00 CET (Central European Time) para ser ejecutado el día siguiente. En caso de que el inversor no proceda a ejercitar sus derechos sobre el warrant en el plazo indicado, el ejercicio será automático a vencimiento. Las características de los warrants a emitir son las indicadas en la tabla anexa a este resumen | |
C.2 | Divisa de emisión de los valores Los warrants estarán denominados en Euros. |
C.3 | Número de acciones emitidas y desembolsadas totalmente, así como las emitidas, pero aún no desembolsadas en su totalidad. Indicar el valor nominal por acción, o que las acciones no tienen ningún valor nominal. El capital social de Caixabank a 9 xx xxxxx de 2016 es de 5.823.990.317 euros, representado por 5.823.990.317 acciones de 1 euro de valor nominal cada una de ellas, pertenecientes a una sola clase y serie, con idénticos derechos políticos y económicos, y representadas en anotaciones en cuenta. Las acciones de la sociedad están admitidas a cotización en las bolsas de valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo) |
C.5 | Descripción de cualquier restricción sobre la libre transmisibilidad de los valores No existen restricciones a la libre transmisibilidad de los valores. |
C.7 | Descripción de la política de dividendos La política de retribución al accionista de CaixaBank se articula a través de un esquema de retribución denominado Programa Dividendo/Acción por el que, en determinados trimestres, se va a permitir a los accionistas elegir entre las siguientes tres opciones: a) Recibir acciones mediante una ampliación de capital liberada, o b) Recibir efectivo, como consecuencia de la venta en el mercado de los derechos asignados en dicha ampliación, o c) Recibir efectivo, por la venta a CaixaBank, a un precio fijado por la entidad, de los derechos asignados en dicha ampliación. Los accionistas también podrán combinar estas tres opciones. No obstante lo anterior, el pasado 12 xx xxxxx de 2015, el Consejo de Administración acordó, en el marco de su política de remuneración al accionista, que la remuneración con cargo al ejercicio 2015 sea de 0,16 euros por acción, mediante dos pagos en efectivo y dos pagos bajo el programa Dividendo/Acción (habiendo propuesto a la Junta General de Accionistas la aprobación de los correspondientes aumentos de capital), manteniéndose en todo caso la política de remuneración trimestral que permite a los accionistas optar entre recibir acciones o efectivo o una combinación de ambos. Este cambio en la política de remuneración al accionista, combinando la aplicación del “Programa Dividendo/Acción” con pagos íntegramente en efectivo ya fue anunciado mediante Hecho Relevante publicado el 17 de febrero de 2015, fecha en la que fue acordado por el Consejo al amparo de la Junta General de Accionistas celebrada el 24 xx xxxxx de 2014. A continuación se detalla la remuneración al accionista correspondiente a los últimos 12 meses: Concepto €/acc Pago1 Dividendo en efectivo, a cuenta 2015 0,04 24/12/2015 Programa Dividendo/ Acción2 0,04 25/09/2015 Dividendo en efectivo, complementario 2014 0,04 12/06/2015 Programa Dividendo/ Acción3 0,04 20/03/2015 (1) Fecha de liquidación de los derechos que se vendieron a la propia sociedad para el programa Dividendo/ Acción. (2) Fecha de inicio cotización derechos de asignación gratuita: 08/09/15. (3) Fecha de inicio cotización derechos de asignación gratuita: 03/03/15. En relación con la Junta General Ordinaria de Accionistas de XxxxxXxxx, S.A.(la “Junta”) que esta previsto que se celebre el día 28 xx xxxxx de 2016 en primera convocatoria, el Consejo de Administración someterá a la Junta Aprobar la distribución del resultado neto individual, que es de un beneficio de 650.692.362,47 euros, de la siguiente forma: (1) Importe estimado (ver nota (2) siguiente). (2) Importe estimado correspondiente al pago de un dividendo complementario de 0,04 euros por acción, a abonar en efectivo en junio de 2016. Este importe se incrementará o reducirá en función del número total de acciones que finalmente se emitan en el marco del acuerdo de ampliación de capital liberado aprobado por la Junta General de Accionistas celebrada el 23 xx xxxxx de 2015 bajo el punto 8.2 del orden del día (Programa Dividendo/Acción) y que el Consejo de Administración acordó ejecutar en su sesión de 25 de febrero de 2016. Asimismo, este importe se reducirá en función del número de acciones en autocartera que CaixaBank tenga en el momento del pago del dividendo, dado que, conforme exige la Ley de Sociedades de Capital, las acciones propias no podrán percibir dividendo. (3) Importe estimado (ver nota (6) posterior). (4) Importe que permite alcanzar el 20% de la cifra de capital social a 31 de diciembre de 2015, superior al importe mínimo que debe destinarse a reserva legal |
conforme al artículo 274 de la Ley de Sociedades de Capital (10% del beneficio del ejercicio). (5) Conforme a lo exigido por el artículo 273.4 de la Ley de Sociedades de Capital. (6) Importe estimado que se destina a la reserva voluntaria. Este importe se incrementará o reducirá en la misma cuantía en que se reduzca o incremente el importe destinado al pago del dividendo complementario (véanse notas 1 y 2 anteriores). El dividendo complementario del ejercicio 2015 se hará efectivo a los accionistas a partir del 1 xx xxxxx de 2016. En el supuesto de que a la fecha de pago del dividendo complementario la Sociedad fuera titular de acciones que no tuvieran derecho a percibir dividendo, el importe que les hubiera correspondido será aplicado a reservas voluntarias. | |
C.8 | Descripción de los derechos vinculados a los valores, incluida cualquier limitación de éstos, y del procedimiento para el ejercicio de tales derechos Derechos Políticos: Conforme a la legislación vigente, los valores carecerán para el inversor que los adquiera de cualquier derecho político presente y/o futuro sobre el Emisor o sobre el emisor de los subyacentes que pueden tener los warrants. Derechos Económicos: Los warrants emitidos no otorgarán a sus titulares derecho alguno de reembolso, sino el derecho a percibir los importes que, en su caso, y de conformidad con lo previsto en las Condiciones Finales, resulten a favor de los mismos. Se liquidarán exclusivamente por diferencias y se entenderán automáticamente ejercitados por sus titulares en sus respectivas Fechas de Ejercicio o de Vencimiento, procediendo el Emisor directamente a realizar a sus titulares las correspondientes liquidaciones positivas a las que tuvieran derecho como consecuencia de dicho ejercicio en las Fechas de Pago de la emisión. Ejercicio de los derechos económicos: El ejercicio de los derechos económicos de los warrants se llevará a cabo de acuerdo con lo establecido a continuación: Warrants Americanos: los warrants emitidos cuyo ejercicio sea americano requieren que sea el titular del warrant el que solicite el ejercicio de acuerdo con el procedimiento establecido a continuación. El Período de Ejercicio se iniciará en la Fecha de Emisión y se prolongará hasta las 17:00 C.E.T. del día hábil anterior a la Fecha de Vencimiento, esto es: • Para warrants con Fecha de Vencimiento 19 xx xxxxxx de 2016, el último día de negociación será el 18 xx xxxxxx de 2016. • Para warrants con Fecha de Vencimiento 16 de septiembre de 2016, el último día de negociación será el 15 de septiembre de 2016. • Para warrants con Fecha de Vencimiento 21 de octubre de 2016, el último día de negociación será el 20 de octubre de 2016. • Para warrants con Fecha de Vencimiento 18 de noviembre de 2016, el último día de negociación será el 17 de noviembre de 2016. El tenedor puede ejercitar el derecho sobre el warrant en cualquier Día Hábil anterior a la Fecha de Vencimiento, mediante la presentación, en la entidad donde tenga depositados los valores, de un Aviso de Ejercicio. Los Avisos de Ejercicio habrán de ser presentados al Emisor por fax, correo o en persona. La dirección a estos efectos es Servicios Bancarios y Operaciones de CaixaBank S.A., Xxxx. Xxxxxxxx 000, 00000, Xxxxxxxxx y el número de fax es 00 000 00 00. El modelo para el Aviso de Ejercicio puede obtenerse en cualquier oficina del Emisor así como a través de su página web. El Aviso de Ejercicio será irrevocable y debe ser recibido antes de las 17.00 CET (Central European Time) para ser ejecutado el día siguiente, en este caso la Fecha de Ejercicio será el día siguiente a tal recepción. Los avisos de ejercicio recibidos por el Emisor después de las 17:00 CET tendrán Fecha de Ejercicio dos Días Hábiles siguientes a la recepción del aviso. Asimismo, los avisos de ejercicio recibidos después de las 17:00 CET de terceras entidades en la que los inversores tengan depositados los valores, tendrán Fecha de Ejercicio dos Días Hábiles siguientes a la recepción del aviso. El límite final para dar Aviso de Ejercicio será por tanto las 17:00 C.E.T. del Día Hábil anterior a la Fecha de Vencimiento. Pasado ese momento los warrants no ejercitados por los tenedores serán ejercitados de forma automática por el Emisor en la Fecha de Vencimiento. El número mínimo de warrants para los que se solicite el ejercicio no podrá ser inferior a 100, salvo el día hábil anterior a la Fecha de Vencimiento. En dicha fecha se atenderán todas las peticiones de ejercicio o “Avisos de Ejercicio” que se presenten. Por tanto, aquellos inversores que tengan un número de valores inferior a 100 no podrán ejercitarlos antes de su vencimiento, si bien podrán transmitirlos en el mercado secundario con el fin de realizar su inversión. Día Hábil significa el día en que los Bancos Comerciales estén abiertos para la realización de operaciones financieras en Barcelona y estén abiertas para negociación las bolsas donde cotizan los warrants. Los derechos económicos que en su caso correspondan a los titulares de los warrants se abonarán por el Emisor a través de las entidades encargadas de la llevanza de los registros contables correspondientes. Prelación Las emisiones de warrants no tienen garantías reales ni de terceros, quedando sujetas por tanto al régimen de responsabilidad patrimonial universal del Emisor. Los warrants serán obligaciones contractuales directas, generales y sin pignoración del Emisor, y tendrán carácter pari passu entre ellas y todas las demás obligaciones sin pignoración y sin subordinación del Emisor. Por tanto, con respecto a la prelación de los inversores en caso de situación concursal del Emisor, los titulares de warrants se situarán detrás de los créditos con privilegio establecidos en la legislación concursal y delante de los acreedores subordinados. |
C.11 | Indicación de si los valores ofertados son o serán objeto de una solicitud de admisión a cotización, con vistas a su distribución en un mercado regulado o en otros mercados equivalentes, indicando los mercados en cuestión. Los warrants emitidos al amparo del Folleto de Base serán suscritos en el mercado primario por GDS-CUSA S.A.U, sociedad del Grupo CaixaBank, S.A., con domicilio en Barcelona, calle Provençals nº 39. El Emisor tiene previsto solicitar la admisión a negociación de las emisiones de warrants emitidas en la Bolsa de Valores de Barcelona Madrid, Valencia Bilbao, así como en el Sistema de Interconexión Bursátil. El Emisor se compromete a realizar los trámites necesarios para que los warrants que se emitan se incorporen a la negociación en dichos mercados en el plazo más reducido posible pero nunca superior a 7 días hábiles desde la Fecha de Emisión. Los warrants no tradicionales cotizarán en un segmento diferenciado dentro de la plataforma de warrants del S.I.B.E. Se puede obtener información sobre los warrants en |
cualquiera de las oficinas del Emisor, página web del Emisor o en las páginas web de las bolsas donde coticen. Para fomentar la liquidez, difusión y formación de precios de los warrants en el mercado, el Emisor realizará las funciones de entidad especialista de los warrants que se emitan al amparo del Folleto de Base, desarrollando sus funciones de acuerdo con lo establecido en la Circular 1/2009 y la Instrucción Operativa 131/2015 de Sociedad de Bolsas. | |
C.15 | Descripción de cómo el valor de su inversión resulta afectado por el valor del instrumento o instrumentos subyacentes Los warrants son valores que conllevan un alto riesgo si no se gestionan adecuadamente. Entre dichos riesgos se encuentra el de tipo de interés, el riesgo de crédito, riesgo xx xxxxxxx, riesgo de tipo de cambio, la volatilidad, la rentabilidad por dividendos o el plazo de tiempo. El inversor debe asumir que podrá obtener una rentabilidad negativa de su inversión en caso de que la evolución del Activo Subyacente sea contraria a la esperada y además debe tener en cuenta que en la valoración del warrant intervienen los siguientes factores: ▪ El precio del subyacente: El precio de un warrant depende del precio del Activo Subyacente. En caso de un warrant de compra (tipo call) se incrementará cuando el precio del Activo Subyacente aumente y bajará cuando éste disminuya. En el caso de un warrant de venta (tipo put), el precio de cotización del warrant se incrementará cuando baje el precio del Activo Subyacente y viceversa. Para aquellos subyacentes con cotización en divisa distinta a la de emisión del warrant, el inversor debe tener presente la existencia de riesgo de tipo de cambio tanto en caso de ejercicio de los warrants como en la cotización diaria, puesto que el Precio de Ejercicio del warrant está determinado en una divisa distinta a la del precio del subyacente. ▪ Dividendos: En el caso de warrants sobre acciones, índices, cestas de acciones y cestas de índices el valor del warrant se calculará teniendo en cuenta los dividendos. Cuantos mayores sean los dividendos, más bajo es el precio del warrant de compra (tipo call) y más alto el precio del warrant de venta (tipo put). ▪ Tipos de interés: En el caso de warrants sobre acciones, índices, cestas de acciones y cestas de índices el valor del warrant se calculará teniendo en cuenta los tipos de interés. Cuanto más alta sea la tasa de interés, más alto es el precio del warrant de compra (tipo call) y más bajo el precio del warrant de venta (tipo put). Para warrants sobre tipos de cambio se tendrá en cuenta para el cálculo del valor del mismo el tipo de interés de la divisa subyacente. ▪ Volatilidad: Cuanto más volátil sea el Activo Subyacente, es decir, cuanto más alta sea la variación estimada de su precio con respecto a una media estimada, mayor precio tendrá el warrant pues en un momento dado el precio del Activo Subyacente tiene más posibilidades de subir o bajar en el período de ejercicio del warrant. De acuerdo con lo anterior, en el momento de liquidación del warrant, el Precio de Liquidación puede haber subido o bajado más con respecto a una media estimada. ▪ Tiempo de vencimiento: Cuanto mayor sea el período de ejercicio, mayor será el precio del warrant, pues la probabilidad de que el precio del Activo Subyacente suba o baje aumenta con el tiempo. Es lo que se denomina “valor temporal” del warrant. El efecto de estos factores tiene que analizarse conjuntamente; así, es posible que a pesar de que la evolución del subyacente sea favorable su valor a una fecha dada se reduzca como consecuencia de la evolución desfavorable de alguno o algunos de los restantes factores. |
C.16 | Fecha de vencimiento o expiración de los valores derivados – fecha de ejercicio o fecha de referencia final Fecha de vencimiento La fecha de vencimiento de los warrants de la emisión es la establecida en la tabla anexa a este resumen. Fecha de Ejercicio La Fecha de Ejercicio y demás parámetros necesarios para determinar los derechos de cada titular son los especificados en la tabla anexa a este resumen Momento de Valoración: Ver elemento C.19 posterior. Fecha de Ejercicio: Ver elemento C.8 anterior. |
C.17 | Descripción del procedimiento de liquidación de los valores derivados Warrants Tradicionales: La cantidad a percibir, en su caso, por el titular de cada warrant, en la Fecha de Pago establecida para cada emisión, será la resultante de aplicar para cada warrant la siguiente fórmula. El Importe de Liquidación se obtendrá de multiplicar el importe de liquidación unitario (redondeado al cuarto decimal) por el número de warrants que se vayan a ejercitar. Para los call warrants: Importe de Liquidación Unitario = Ratio * Max [(PL-PE),0] Si bien la fórmula de pago de los Warrants Turbo es idéntica a la de los warrants tradicionales, su pago está condicionado a que el precio subyacente no toque un determinado Nivel xx Xxxxxxx. El Importe de Liquidación será cero si el Activo Subyacente toca el Nivel xx Xxxxxxx. Donde: PE: Precio de Ejercicio del Activo Subyacente, y significa el precio del Activo Subyacente fijado inicialmente, al que el titular del warrant tendría derecho a comprar (“call”) o vender (“put”) el Activo Subyacente en la Fecha de Ejercicio. El Precio de Ejercicio tiene un máximo de 4 decimales. PL: Precio de Liquidación del Activo Subyacente, y significa el precio del Activo Subyacente que se utilizará por el Emisor como precio de referencia final del Activo Subyacente. El Precio de Liquidación tiene un máximo de 4 decimales. Ratio: cantidad de Activo Subyacente a la que da derecho cada warrant (representada por cada warrant). El Ratio puede tener 4 decimales y puede ser una fracción o un múltiplo de 1. El Ratio se puede modificar a lo largo de la vida del warrant si se |
produjeran circunstancias excepcionales en el Activo Subyacente que serán debidamente comunicadas al inversor. | |
C.18 | Descripción de cómo se van a realizar los pagos provenientes de los valores derivados El Emisor, a partir de la Fecha de Ejercicio y dentro de los 5 días hábiles posteriores, procederá, a pagar a los tenedores de los warrants el Importe de Liquidación que, en su caso, resulten a favor de los mismos de acuerdo con el elemento C.17 anterior. El abono del importe de liquidación se abonará por el Emisor directamente o a través de las entidades encargadas de los registros contables correspondientes. |
C.19 | Precio de ejercicio y Precio de Liquidación o Precio de Referencia Final del subyacente El Precio de Ejercicio es el precio del Activo Subyacente fijado inicialmente, al que el titular del warrant tendría derecho a comprar (call) o vender (put) el Activo Subyacente en la Fecha de Ejercicio, y que se utilizará por el Emisor como precio de referencia inicial del Activo Subyacente, a fin de determinar, mediante la aplicación de la fórmula de liquidación, si corresponde un Importe de Liquidación a los titulares de los warrants. Véase el Precio de Ejercicio en la tabla anexa a este resumen. |
C.20 | Descripción del tipo de subyacente y lugar en el que puede encontrarse información sobre el subyacente Tipo de subyacente: Índices Call Nombres de los subyacentes: el nombre de cada uno de los subyacentes están recogidos en la tabla anexa a este resumen Descripción de los subyacentes: Páginas de información sobre el activo subyacente: • Código Bloomberg <tipo> HP <Go> para precios históricos, (trayectoria pasada y reciente). • Código Bloomberg <tipo> HVT <Go> para volatilidades históricas. • Código Bloomberg <tipo> XXXX <Go> para volatilidades implícitas. Mercado de Cotización del Activo Subyacente: Mercado Continuo. Mercado de Cotización Relacionado del Subyacente: MEFF Renta Variable Distorsión xxx xxxxxxx del subyacente: Se comunicará a la CNMV como hecho relevante y será publicado en su página web (xxx.xxxx.xx). Marca IBEX-35 CaixaBank conoce las reglas de formación de los precios de los valores incluidos en el Índice IBEX 35 ® y de éste último, de conformidad con la libre concurrencia de las órdenes de compra y de venta dentro de un mercado neutral y transparente, y que se compromete a respetarlas y a abstenerse de cualquier actuación disconforme con ellas. Sociedad de Bolsas, S.A., no garantiza en ningún caso y cualquiera que sean las razones: La continuidad de la composición del Indice IBEX 35 ® tal cual es hoy en día o en algún otro momento anterior. La continuidad del método de cálculo del Indice IBEX 35 ® tal y como se efectúa hoy día o en algún otro momento anterior. La continuidad en el cálculo, formulación y difusión del Indice IBEX 35 ® . La precisión, integridad o ausencia de fallos o errores en la composición o cálculo del Indice IBEX 35 ®. La idoneidad del Indice IBEX 35 ® Sociedad de Bolsas, S.A., propietaria del Indice IBEX 35®, así como titular registral y propietaria de las correspondientes marcas asociadas al mismo, en ningún caso patrocina, promueve ni recomienda la inversión en el producto, ni el otorgamiento de esta autorización comporta juicio favorable de Sociedad de Bolsas, S.A., en relación con la información ofrecida por CaixaBank, o sobre la conveniencia o interés del producto |
Sección D – Riesgos | |
D.1 | Información fundamental sobre los principales riesgos específicos del Emisor o de su sector de actividad A continuación se resumen los factores de riesgo inherentes al Emisor que se desarrollan en la sección “Factores de Riesgo “ del Documento de Registro de CAIXABANK, inscrito en los registros oficiales de la CNMV el 23 xx xxxxx de 2015, cuyas cifras se actualizan a continuación a 31 de diciembre de 2015: 5. RIESGOS ASOCIADOS A LA ACTIVIDAD FINANCIERA DE LA ENTIDAD • Riesgo de Crédito: Se refiere a las pérdidas derivadas del incumplimiento de un acreditado en alguna de sus obligaciones. El riesgo de crédito, es el más significativo del balance del Grupo CAIXABANK y se deriva de la actividad bancaria y aseguradora, de la operativa de tesorería y de la cartera de participadas. El Grupo CaixaBank orienta su actividad a la financiación de familias y empresas. La gestión del riesgo de crédito se caracteriza por una política de concesión prudente y de coberturas adecuadas. Con respecto a la distribución geográfica, la actividad crediticia del Grupo CaixaBank se centra, básicamente, en España. A continuación se muestran los datos más relevantes de gestión del riesgo a 31 de diciembre de 2015, 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 x 00 xx xxxxxxxxx xx 0000: |
Subyacente | Código Bloomberg | Tipo |
IBEX35 | IBEX | Index |
Diciembre 2015 Diciembre 2014 Diciembre 2013 En millones de euros | |||
GESTIÓN DEL RIESGO (créditos + riesgos contingentes) | |||
Dudosos 17.100 20.110 25.365 Ratio de morosidad 7,9% 9,7% 11,7% Ratio de morosidad ex-promotor 6,2% 6,4% 6,8% Provisiones para insolvencias 9.512 11.120 15.478 Cobertura de la morosidad 56% 55% 61% Cobertura de la morosidad con garantía real 128% 132% 140% Fallidos1 14.604 11.602 10.453 (1) Incluye intereses devengados por los activos. Cláusulas suelo: Durante el tercer trimestre de 2015 se eliminaron la práctica totalidad de las cláusulas suelo de los préstamos hipotecarios a clientes particulares, procedentes, en su mayoría, de las recientes integraciones. El impacto de menores ingresos financieros estimado por la eliminación de la totalidad de las cláusulas suelo en base anual es de aproximadamente 220 millones de euros. Adicionalmente, existe un procedimiento judicial en el que se está ejercitando una acción colectiva de cesación en la aplicación de las cláusulas suelo que existen en determinadas hipotecas de la entidad. La resolución de dicho procedimiento podría implicar el cese y pretensiones accesorias en la aplicación de algunas de dichas cláusulas. En 2015 el Grupo ha procedido a registrar una provisión de aproximadamente 500 millones de euros que recoge el coste esperado por la devolución de las cantidades percibidas desde mayo 2013 hasta dicha eliminación. Exposición al sector inmobiliario: A 31 de diciembre de 2014 la financiación al sector promotor ascendía a 14.069 millones de euros (-5.911 millones de euros respecto de 2013, -29,6%), con una cobertura específica de 4.387 millones de euros. La ratio de morosidad de promotores se situaba en el 54,6% (59,4% a 31 de diciembre de 2013) y el nivel de cobertura considerados problemáticos (dudosos y subestándar) se situaba en el 52,9% (53,7% a 31 de diciembre de 2013). A 31 de diciembre de 2015 la financiación al sector promotor asciende a 9.825 millones de euros (-4.244 millones de euros respecto de 2014, -30,2%), con una cobertura específica de 2.375 millones de euros. La ratio de morosidad de promotores se sitúa en el 44,1% y el nivel de cobertura considerados problemáticos (dudosos y subestándar) se sitúa en el 48,8%. Los activos adjudicados disponibles para la venta ascendían a 6.719 millones de euros a 31 de diciembre de 2014 (+550 millones de euros respecto a 31 de diciembre de 2013). Adicionalmente, los activos inmobiliarios adjudicados de CaixaBank destinados al alquiler (clasificados contablemente como Inversiones Inmobiliarias) ascendían, a 31 de diciembre de 2014, a 2.771 millones de euros netos de provisiones. En 2014 se comercializaron (venta o alquiler) inmuebles por importe de 2.512 millones de euros. La ratio de ocupación de la cartera destinada al alquiler se situó en el 87%. Los activos adjudicados disponibles para la venta ascienden a 7.259 millones de euros a 31 de diciembre de 2015 (+540 millones de euros respecto a 31 de diciembre de 2014, +316 millones de euros aislando la incorporación de saldos de Barclays Bank, SAU). Adicionalmente, los activos inmobiliarios adjudicados de CaixaBank destinados al alquiler (clasificados contablemente como Inversiones Inmobiliarias) ascienden, a 31 de diciembre de 2015, a 2.966 millones de euros netos de provisiones. En 2015 se han comercializado (venta o alquiler) inmuebles por importe de 2.077 millones de euros. La ratio de ocupación de la cartera destinada al alquiler se ha situado en el 93%. Los activos adjudicados disponibles para la venta no incluyen los derechos de remate de inmuebles procedentes de subasta al no disponerse de la posesión del bien (692 y 745 millones de euros netos de provisiones en 2015 y 2014, respectivamente). Refinanciaciones: La refinanciación es la reinstrumentación de riesgos de clientes con impagados para intentar mejorar las garantías disponibles y facilitar el cumplimiento de sus compromisos. El 2 de octubre de 2012 el Banco de España publicó la circular 6/2012, de 28 de septiembre, sobre el tratamiento y clasificación de las operaciones de refinanciación y reestructuración. El Grupo cuenta con una detallada política de refinanciación de deudas de clientes, que cumple con la mencionada Circular 6/2012 y que comparte los principios generales publicados por la Autoridad Bancaria Europea para este tipo de operaciones. A 31 de diciembre de 2014, el total de operaciones refinanciadas ascendía a 20.653 millones de euros. De éstas, 8.280 millones de euros (40% de la cartera) estaban clasificados como activos dudosos y 2.101 millones de euros (10% de la cartera) como subestandar. Las provisiones asociadas ascendían a 3.759 millones de euros (3.339 millones de euros para dudoso y 420 millones de euros para subestandar). A 31 de diciembre de 2015, el total de operaciones refinanciadas se sitúa en 20.131 millones de euros. De éstas, 7.659 millones de euros (38% de la cartera) están clasificados como activos dudosos y 1.543 millones de euros (8% de la cartera) como subestándar. Las provisiones asociadas a estas operaciones ascienden a 3.501 millones de euros (3.144 millones de euros para dudosos y 357 para subestándar). Riesgo soberano: Se refiere a la posibilidad de sufrir pérdidas como consecuencia de las exposiciones significativas o alta concentración de riesgo de crédito en determinados países. La posición en deuda soberana del Grupo, concentrada principalmente en CaixaBank y el Grupo Asegurador, está sujeta a la política general xx xxxxxxxx de riesgos de la Sociedad que asegura que la totalidad de las posiciones tomadas estén alineadas con el perfil de riesgo objetivo de la misma. A continuación se presenta el valor en libros de la información relevante en relación a la exposición al riesgo soberano referida a 31 de diciembre de 2014 y 31 de diciembre de 2015. La información se presenta desglosada distinguiendo las posiciones |
mantenidas por CAIXABANK directamente de aquéllas correspondientes al Grupo asegurador, cuya entidad más importante es VidaCaixa, SA de Seguros y Reaseguros:
31.12.2015 (CaixaBank + Grupo Asegurador)
(M iles de euros)
C artera de nego xxxxxx x
xxxx res
representativo s de deuda
C artera de nego xxxxxx n
po sicio nes co rtas
A ctivo s
financiero s
dispo nibles para la vent a
Inversio nes crediticias
X xxxxxx xx xxxxxxxx x x xxxxxxxxxxx
Xxxx | |||||
Xxxxxx | 2.653.960 | (2.582.979) | 12.970.235 | 14.116.486 | 2.040.794 |
Italia | 346.196 | (118.704) | 2.288.619 | 0 | 0 |
Resto | 51.653 | 0 | 817.927 | 36.191 | 0 |
Total CaixaBank | 3.051.809 | (2.701.683) | 16.076.781 | 14.152.677 | 2.040.794 |
Total Grupo Asegurador | 0 | 0 | 36.666.787* | 0 | 0 |
Total CaixaBank + Grupo Asegurador | 3.051.809 | (2.701.683) | 52.743.568 | 14.152.677 | 2.040.794 |
* De los cuales, el 95,56% corresponden a España
31.12.2014 (CaixaBank + Grupo Asegurador)
(M iles de euros)
C artera de nego xxxxxx x
xxxx res
representativo s de deuda
C artera de nego xxxxxx n
po sicio nes co rtas
A ctivo s
financiero s
dispo nibles para la vent a
Inversio nes crediticias
X xxxxxx xx xxxxxxxx x x xxxxxxxxxxx
Xxxx | |||||
Xxxxxx | 1.483.108 | (1.795.083) | 22.453.460 | 13.961.373 | 6.309.235 |
Italia | 82.929 | (74.383) | 0 | 0 | 0 |
Resto | 254.624 | 0 | 409.730 | 21.863 | 0 |
Total CaixaBank | 1.820.661 | (1.869.466) | 22.863.190 | 13.983.236 | 6.309.235 | |
Total Grupo Asegurador | 0 | 0 | 36.324.161 | * | 0 | 0 |
Total CaixaBank + Grupo Asegurador | 1.820.661 | (1.869.466) | 59.187.351 | 13.983.236 | 6.309.235 |
* De los cuales, el 95,56% corresponden a España
Riesgo de contrapartida generado por la operativa de Tesorería:
La máxima exposición autorizada de riesgo de crédito con una contrapartida se determina mediante un cálculo, aprobado por la Dirección, basado fundamentalmente en los ratings de las entidades y en el análisis de sus estados financieros.
La práctica totalidad de las exposiciones en el ámbito de la actividad de la Sala de Tesorería se asumen con contrapartidas localizadas en países europeos y en Estados Unidos.
Riesgo asociado a la cartera de participadas:
El riesgo de la cartera de participadas del Grupo CaixaBank es el asociado a la posibilidad de incurrir en pérdidas por los movimientos de los precios xx xxxxxxx y/o por la quiebra de las posiciones que forman la cartera de participaciones con un horizonte de medio y largo plazo.
A 31 de diciembre de 2015 el deterioro del fondo de comercio de la cartera de participadas asciende a 621 millones de euros (674 millones de euros a 31 de diciembres de 2014).
• Riesgo xx Xxxxxxx:
Se refiere a la pérdida potencial sobre la rentabilidad o el valor de la cartera derivada de los movimientos desfavorables de los tipos o precios xx xxxxxxx.
Riesgo estructural de tipo de interés:
El riesgo de tipo de interés es inherente a toda actividad bancaria y se produce cuando los cambios en la estructura de tipos de interés xx xxxxxxx afectan a las masas de activo y pasivo del balance con diferentes vencimientos e índices de referencia, provocando su renovación o contratación a tipos diferentes de los anteriores con efectos en su valor económico y en el margen financiero.
La sensibilidad del margen de intereses a un año de las masas sensibles del balance, considerando un escenario de subida y otro de bajada de tipos instantáneo de 100 puntos básicos cada uno, es aproximadamente del +2,4% en el escenario de subida y del -2,0% en el de bajada. Dado el nivel actual de tipos de interés es importante señalar que el escenario de stress de bajada de -100pbs no supone la aplicación de tipos de interés negativos.
La sensibilidad del valor patrimonial a los tipos de interés mide cuál sería el impacto en el valor actual del balance ante variaciones en los tipos de interés.
Impacto de un incremento de 1 punto básico en la curva
(miles de euros) 31.12.2015 31.12.2014
Sobre el Valor actual de los flujos futuros 3.399 (1.501)
Riesgo estructural de tipos de cambio:
Es el riesgo generado básicamente por posibles fluctuaciones del valor de activos y pasivos denominados en divisa. La gestión de este riesgo se desarrolla a través de la actividad de cobertura en los mercados bajo la premisa de minimizar los riesgos de cambio asumidos, hecho que explica la reducida exposición de CaixaBank a este riesgo xx xxxxxxx.
El contravalor en euros de los activos y pasivos en moneda extranjera mantenidos por CaixaBank a 31 de diciembre de 2015 es el siguiente: 8.855 millones de euros el activo (6.378 millones de euros a 31 de diciembre de 2014) y 8.882 millones de euros el pasivo (7.224 millones de euros a 31 de diciembre de 2014).
• Riesgo de Liquidez: Consiste en la posibilidad de que, a causa de un desfase entre los plazos de vencimiento de activos y pasivos, el Grupo se encontrara en una eventual incapacidad para atender sus compromisos de pago a un coste razonable o que no pudiera dotarse de una estructura de financiación estable capaz de soportar los planes de negocio a futuro. La liquidez bancaria materializada en efectivo, el neto de depósitos interbancarios, la deuda pública neta de repos y no incluida en póliza y añadiendo el saldo disponible de la póliza de crédito con el Banco Central Europeo, ascendía a 54.090 y 56.665 millones de euros a 31 de diciembre de 2015 y 2014, respectivamente. CaixaBank gestiona el riesgo de liquidez con un sentido de anticipación a posibles necesidades de fondos prestables, así dispone de varios mecanismos que le permiten habilitar y acortar los plazos de acceso al mercado: o Mantiene programas de emisión registrados en CNMV con el fin de acortar los plazos de formalización de la emisión de valores al mercado. o Delegación de la Junta General de Accionistas para emitir. o Para facilitar la salida en los mercados a corto plazo, se dispone actualmente de:líneas interbancarias con un importante número de entidades y de terceros estados, líneas repo con varias contrapartidas nacionales y acceso a Cámaras de Contrapartidas Central para la operatoria de repos. o Se dispone de varias líneas abiertas con: el Instituto de Crédito Oficial (ICO), con el Banco Europeo de Inversiones (BEI) y el Council of Europe Development Bank (CEB). o Capacidad de emisión de cédulas hipotecarias y territoriales. o Instrumentos de financiación con el Banco Central Europeo para el que se tienen depositadas una serie de garantías que permiten obtener de forma inmediata elevada liquidez. o En el Plan de Contingencia de Liquidez y Recovery Plan se contemplan un amplio abanico de medidas que permiten generar liquidez en situaciones de crisis de diversa naturaleza. Entre ellas se incluyen potenciales emisiones de deuda secured and unsecured, recursos al mercado repo, etc. La financiación obtenida del Banco Central Europeo, a través de los distintos instrumentos de política monetaria, es de 18.319 millones de euros a 31 de diciembre de 2015 frente a los 6.868 millones de euros a 31 de diciembre de 2014. Tanto el saldo actual dispuesto a 31 de diciembre de 2015 como el dispuesto a 2014 se corresponde a las subastas extraordinarias de liquidez denominada TLTRO (vencimiento hasta septiembre de 2018). El incremento de la financiación obtenida del Banco Central Europeo se debe a la integración de Barclays Bank, SAU (5.450 millones de euros) y al incremento de operaciones de financiación (6.001 millones de euros). El 1 de octubre de 2015 ha entrado en vigor el cumplimiento de la ratio LCR que supone mantener un nivel de activos disponibles de elevada calidad para hacer frente a las necesidades de liquidez en un horizonte de 30 días, bajo un escenario de estrés que considera una crisis combinada del sistema financiero y de nombre. El límite regulatorio establecido es del 60% a partir del 1 de octubre de 2015, 70% a partir del 1 de enero de 2016, del 80% a partir del 1 de enero de 2017 y del 100% a partir del 1 de enero de 2018. CaixaBank ha establecido en el Marco de Apetito al Riesgo, y como objetivo financiero de su Plan Estratégico vigente, mantener una ratio de un nivel superior al 130%. A 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 xx xxxxx XXX xx del 172% (175% a 31 de diciembre de 2014). • Riesgo Actuarial y del negocio asegurador: En 2013 las autoridades europeas establecieron el 1 de enero de 2016 como la fecha de entrada en vigor de la Normativa Europea de Solvencia II. En 2014 se aprobó la Directiva Omnibus II que modifica la Directiva de Xxxxxxxxx XX y completa el nuevo marco de regulación y supervisión de seguros en la UE, dando poderes a EIOPA para finalizar el proyecto de Xxxxxxxxx XX. Durante 2015 a nivel europeo se han finalizado los desarrollos normativos actualmente en discusión (Actos Delegados, Normas Técnicas de Implementación y Guías). A nivel nacional, durante 2015 se han transpuesto al ordenamiento jurídico español todo el conjunto de normativas de Solvencia II. Con el fin de preparar la adaptación a Solvencia II hasta su entrada en vigor el 1 de enero de 2016, en 2014 EIOPA (el supervisor Europeo de seguros) emitió cuatro guías de preparación, las cuales tienen como objetivo ayudar a que las compañías aseguradoras vayan incorporando progresivamente determinados aspectos que desarrolla Solvencia II hasta 2016. El Grupo, además de trabajar en el cumplimiento de estas guías de adaptación, trabajó activamente en la implantación de Solvencia II desde el inicio del proyecto, participando en los grupos de trabajo a nivel del sector asegurador y en los test de impacto cuantitativo y cualitativo realizado por los supervisores, y desarrollando las adaptaciones y mejoras necesarias en los sistemas y la gestión. En este sentido, el Grupo está preparado para el cumplimiento de la normativa de Solvencia II a partir de su entrada en vigor el 1 de enero de 2016. • Riesgo de rebaja de la calificación crediticia: Cualquier descenso de los ratings de CaixaBank puede incrementar los costes de su financiación, limitar el acceso a los mercados de capitales y afectar negativamente a la venta o comercialización de productos y a la participación en operaciones en especial, las de plazos mayores y operaciones con derivados. Esto podría reducir la liquidez del Grupo y tener un efecto adverso en el resultado operacional y en su situación financiera Los ratings de CaixaBank a 14 xx xxxxx de 2016 son: | |||||||
Agencia | Fecha Revisión | Calificación a corto plazo | Calificación a largo plazo | Perspectiva | |||
Standard & Poor’s Credit Market Services Europe Limited, Sucursal en España | 06/10/2015 | A-2 | BBB | Estable |
Moody’s Investors Services España, S.A. | 17/06/2015 | P-2 | Baa2 | Estable | |||
Xxxxx Ratings España, S.A.U. | 23/02/2016 | F2 | BBB | Positiva | |||
DBRS | 20/11/2015 | R-1 (low) | A (low) | Positiva | |||
Las agencias de calificación crediticia mencionadas han sido registradas en la European Securities and Markets Authority (ESMA) de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1060/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009 sobre agencias de calificación crediticia. Las calificaciones A (low), Baa2, BBB y BBB otorgadas a CaixaBank, S.A. por DBRS, Xxxxx´s, Fitch y Standard & Poor´s, respectivamente, indican la capacidad buena para hacer frente al pago de las obligaciones. Estas calificaciones crediticias no constituyen una recomendación para comprar, vender o ser titular de valores. Las calificaciones crediticias pueden ser revisadas, suspendidas o retiradas en cualquier momento por las agencias de calificación responsables de las mismas, no existiendo ninguna garantía de mantenimiento de las mismas durante todo el periodo de vigencia del Folleto. Las mencionadas calificaciones crediticias son sólo una estimación y no tienen por qué evitar a los potenciales inversores la necesidad de efectuar sus propios análisis de CaixaBank, S.A. en tanto Emisor • Riesgo de situación de recursos propios: El riesgo de solvencia, se debe a la restricción de la capacidad del Grupo CaixaBank para adaptar su volumen de recursos propios a las exigencias normativas o a la modificación de su perfil de riesgo. La efectiva gestión del capital del grupo es importante para su capacidad para operar y fijar su estrategia de negocio. En este sentido, la gestión de los recursos propios de la entidad viene en gran parte determinada por el marco normativo aplicable. La solvencia de las entidades financieras está regulada, desde el 1 de enero de 2014, por el Reglamento (EU) nº 575/2013 (CRR) y la Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, ambos del 26 xx xxxxx de 2013, que incorporan el marco normativo de Xxxxxxx XXX (Bis III) en la Unión Europea. Adicionalmente, y con posterioridad a la transposición legal europea, el Comité de Basilea y otros organismos competentes han publicando normas y documentos adicionales, con nuevas especificaciones en el cálculo de recursos propios. Esto conlleva un estado de permanente desarrollo, por lo cual CaixaBank va adaptando continuamente los procesos y los sistemas, para asegurar que el cálculo del consumo de capital y de las deducciones directas de recursos propios estén totalmente alineados con los nuevos requerimientos establecidos. A 31 de diciembre de 2015, el Grupo CaixaBank alcanza una ratio de Common Equity Tier 1 (CET1) del 12,9% (-5 puntos básicos en el año). Los recursos propios computables totales se sitúan en el 15,9% de los activos ponderados por riesgo. La evolución anual del CET1 responde a la integración de Barclays Bank, SAU, así como a la generación de capital, tanto por los resultados del Grupo como por la gestión prudente de los riesgos. Los activos ponderados por riesgo (APR) se sitúan a 31 de diciembre de 2015 en 143.312 millones de euros, lo que supone un crecimiento de 3.583 millones de euros respecto al cierre del ejercicio anterior (2,6%), básicamente por la incorporación de los activos ponderados por riesgo de Barclays Bank, SAU, compensado en parte por el desapalancamiento de la cartera crediticia. Aplicando los criterios previstos para el final del periodo transitorio (fully loaded), CaixaBank alcanza una ratio CET1 de 11,55%. CaixaBank ha recibido la decisión del Banco Central Europeo (BCE) sobre los requisitos mínimos de capital regulatorio, una vez analizados los resultados del proceso de revisión y evaluación supervisora (SREP), que exigen que mantenga una ratio CET1 regulatoria del 9,25%, que incluye el mínimo común exigido por el Xxxxx 1 del 4,5% así como un 4,75% adicional que agrega los requerimientos específicos xx Xxxxx 2 y el colchón de conservación de capital. Asimismo, CaixaBank ha recibido la decisión del Banco de España sobre el colchón de capital exigible como Otra Entidad de Importancia Sistémica (OEIS) a partir del 1 de enero de 2016 (0,25% de implantación gradual en 4 años hasta 2019). Estas decisiones, en su conjunto, exigen que CaixaBank mantenga en 2015 una ratio CET1 del 9,25% (el 9,3125% en 2016). Este requerimiento comparado con los niveles actuales de la ratio CET1, constata que los requerimientos aplicables a CaixaBank no implicarían ninguna limitación de las referidas en la normativa de solvencia sobre distribución de dividendos, de retribución variable y de intereses a los titulares de valores de capital de nivel 1 adicional. 6. RIESGOS ASOCIADOS A LA CONTINUIDAD DE LA ACTIVIDAD • Riesgo operacional: El riesgo operacional comprende las eventuales pérdidas que pueden producirse como resultado de una falta de adecuación o un fallo en los procesos, el personal o los sistemas internos, o bien como consecuencia de acontecimientos externos imprevistos incluyendo el riesgo legal. Incluye el riesgo legal y regulatorio y excluye el riesgo estratégico, el de reputación y el de negocio. La gestión del riesgo operacional llevada a cabo contempla aquellas pérdidas de riesgo de crédito o riesgo xx xxxxxxx cuyo origen es la materialización de riesgos operacionales. El objetivo global es mejorar la calidad en la gestión del negocio aportando información de riesgos operacionales que permita la toma de decisiones que aseguren la continuidad de la organización a largo plazo, la mejora en sus procesos y la calidad de servicio al cliente, ya sea interno o externo, cumpliendo con el marco regulatorio establecido y optimizando el consumo de capital. Durante el 2015 se ha consolidado el proyecto de evolución de la gestión de riesgo operacional, con el doble objetivo de implantar las mejores prácticas de gestión de riesgo operacional y, a la vez, disponer de mediciones internas sensibles al riesgo. El Grupo CAIXABANK posee pólizas de seguro corporativas para dar cobertura a los principales riesgos en que puede incurrir como resultado del desarrollo de su actividad |
• Riesgo reputacional El Área de Responsabilidad Social Corporativa y Reputación de CaixaBank, de acuerdo con el Comité de Reputación de CaixaBank, es la encargada de realizar el seguimiento de aquellos riesgos que, de materializarse, puedan afectar negativamente a la reputación de XxxxxXxxx, entendida como la percepción y las expectativas que tienen de la entidad sus grupos de interés. En 2015 se ha renovado el Comité de Reputación del Grupo, ahora denominado Comité de Responsabilidad Corporativa y Reputación, para adaptarlo a las recomendaciones del nuevo Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas, aprobado en febrero de 2015 por la CNMV. El Comité reportará a la Comisión de Nombramientos del Consejo de Administración el Grupo, entre cuyas funciones figura: “Supervisar la actuación de la entidad en relación con los temas de responsabilidad social corporativa y elevar al Consejo las propuestas que considere oportunas en esta materia”. Una de las principales acciones llevadas a cabo en este sentido ha sido la elaboración de la Política de Responsabilidad Social Corporativa el Grupo. • Riesgo de cumplimiento El riesgo de cumplimiento se define como el riesgo de sufrir deficiencias en los procedimientos que originen actuaciones u omisiones no ajustadas al marco jurídico, regulatorio, o a los códigos y normas internas, de las que se puedan derivar sanciones administrativas o daños reputacionales. El objetivo del Grupo CaixaBank es, por un lado, minimizar la probabilidad de que se materialice este riesgo y, por otro lado, en caso de que se pudiera materializar, que las deficiencias fueran detectadas, reportadas y solventadas con celeridad. El riesgo de cumplimiento no corresponde a un área específica sino a toda la Entidad que, a través de sus empleados, debe asegurar el cumplimiento de la normativa vigente, aplicando procedimientos que traslade dicha normativa a la actividad que realizan. • Riesgo legal El riesgo legal y regulatorio va asociado a la potencial pérdida o disminución de rentabilidad a consecuencia de las modificaciones en el marco regulatorio o de los fallos judiciales desfavorables para el Emisor. CaixaBank, en su condición de entidad financiera, está sujeta a un entorno altamente regulado y, entre otros requisitos, al cumplimiento de la normativa del Banco de España referente a niveles de solvencia y recursos propios, normativa que afecta, entre otros aspectos, a los niveles de inversión que la entidad financiera y sus filiales puedan efectuar, y a la normativa sobre actividad transfronteriza de las entidades de crédito conforme a la cual las inversiones significativas en entidades de crédito y en establecimientos financieros de crédito que realicen sus filiales estarán, en determinadas circunstancias, sometidas al régimen de autorización previa por parte del Banco de España. Asimismo, CaixaBank está sujeta a la regulación y/o supervisión de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores. No obstante lo anterior, el pasado 4 de noviembre de 2014, el Banco Central Europeo (BCE) asumió sus nuevas funciones de supervisión con la entrada en funcionamiento del Mecanismo Único de Supervisión (MUS). El MUS se compone del BCE y de las autoridades nacionales de los Estados miembros participantes. | |
D.6 | Información fundamental sobre los principales riesgos específicos de los xxxxxxx 00. Riesgo de Pérdidas: Se advierte sobre el riesgo de que los inversores puedan perder el valor de toda su inversión o parte de ella Los warrants son valores que contienen una apuesta por una evolución determinada del precio de un Activo Subyacente; es preciso, por tanto, que el inversor adquiera en todo momento los warrants con un juicio fundado sobre el riesgo de su inversión y sobre las expectativas de evolución del Activo Subyacente, asumiendo que podrá obtener una rentabilidad negativa de su inversión en caso de que la evolución del Activo Subyacente sea contraria a la esperada o apostada, o se produzca cualquier supuesto extraordinario que afecte a los Activos Subyacentes, pudiendo incluso llegar a perder parte o la totalidad de la inversión efectuada. 16. Fluctuación del valor del warrant: El inversor debe tener en cuenta que en la valoración del warrant intervienen otros factores, además de la evolución del precio del Activo Subyacente, tales como la evolución de la volatilidad, la evolución de los tipos de interés, los supuestos de interrupción xx xxxxxxx y los dividendos. El efecto de estos factores tiene que analizarse conjuntamente. Así, es posible que a pesar de que la evolución del subyacente sea favorable su valor a una fecha dada se reduzca como consecuencia de la evolución desfavorable de alguno o algunos de los restantes factores. 17. Riesgo de Liquidez: El inversor que compra warrants debe tener en cuenta que, si trata de venderlos antes de su vencimiento, la liquidez puede ser limitada. Si bien el Emisor, para fomentar la liquidez, difusión y formación de precios en el mercado, realizará las funciones de entidad especialista de los warrants que se emitan al amparo del Folleto de Base, de acuerdo con lo establecido en la Circular 1/2002 de la Sociedad de Bolsas, esta función de contrapartida no siempre evita el riesgo de liquidez. 18. Riesgos específicos de los Warrants Turbo: (eliminar cuando no se emitan warrants turbo) • Cancelación anticipada por toque xx xxxxxxx: En el caso de los Warrants Turbo Call y los Warrants Turbo Put el inversor debe también tener en cuenta que incorporan una barrera que se activa cuando el valor del Activo Subyacente alcanza ese nivel xx xxxxxxx (“Nivel xx Xxxxxxx”) en sus mercados de referencia, activación que puede ocurrir en cualquier momento durante la vida del Turbo, trayendo como consecuencia el vencimiento anticipado del warrant correspondiente, sin producirse liquidación alguna y con pérdida total de la inversión. • Vencimiento anticipado por pago de dividendos: Se debe tener en cuenta que la rentabilidad por dividendos y el pago de los mismos podrá afectar al valor del Activo Subyacente y por tanto podría también provocar que éste tocara el Nivel xx Xxxxxxx. • Coste adicional de los Warrants Turbo(“Pin Risk”): |
Se trata de un sobreprecio adicional que el emisor traslada al inversor en concepto del coste que tendría en caso de deshacer la cobertura de estos valores. Este coste que soporta el inversor consiste en una cantidad fija que se calcula como un porcentaje del precio del Strike del Turbo, no siendo inferior al 0% ni superior al 5% del precio del Strike. El inversor debe tener en cuenta que este coste adicional que asume, en ningún caso, tanto si toca el Nivel xx Xxxxxxx como si se liquida a vencimiento, le será reembolsado. 19. Ineficiencia de Xxxxxxxxx: El inversor debe ser consciente, en caso de adquirir el warrant como instrumento de cobertura, que existe un riesgo de correlación. El warrant no es un instrumento perfecto de cobertura de un Activo Subyacente o cartera que incluye el Activo Subyacente. 20. Garantía: El Emisor en ningún caso garantiza la rentabilidad de la inversión efectuada ni hace recomendación alguna sobre la evolución de cualquiera de los Activos Subyacentes, asumiendo por tanto el suscriptor o comprador de los warrants emitidos el riesgo de una evolución desfavorable de alguno o algunos de los factores que determinan el precio del warrant y, por tanto, la pérdida total o parcial de la inversión efectuada. 21. Producto de estructura compleja: El Folleto de Base se refiere a productos cuya estructura, descripción y comprensión son complejas por lo que el warrant no es un valor apto para todo tipo de inversor. Los potenciales inversores deben tener los conocimientos y la experiencia suficientes para poder realizar una valoración adecuada de los warrants así como los riesgos que pueda conllevar la inversión de los mismos. Asimismo, los posibles inversores deben tener recursos financieros y liquidez suficientes para poder soportar el riesgo de invertir en warrants. Los potenciales inversores deberían entender las condiciones concretas de cada emisión y estar familiarizados con el comportamiento de los índices relevantes y mercados financieros. Asimismo, deberían estar capacitados para evaluar escenarios posibles para factores económicos, tipos de interés y otros factores que puedan influir en la inversión. El Folleto de Base recoge en términos generales la información que un posible inversor deberá tener en cuenta antes de invertir en este tipo de productos. En todo caso, es responsabilidad de cada potencial inversor hacer su propio análisis (incluyendo un análisis legal, fiscal y contable) con anterioridad a su decisión sobre la compra de los warrants. Cualquier evaluación sobre la idoneidad de los warrants para un inversor depende de, entre otras cosas, sus circunstancias financieras. Si un potencial inversor no tuviera la suficiente experiencia en temas financieros, de negocio o inversión como para decidir su compra de los warrants deberá consultar a su asesor financiero antes de tomar una decisión sobre dicha inversión. Se resalta, además, que para la descripción y los métodos de valoración de los warrants se utilizan en este folleto fórmulas matemáticas complejas |
Sección E – Oferta | |
E.2b | Motivos de la oferta y destino de los ingresos cuando esos motivos no sean la obtención de beneficios o la cobertura de ciertos riesgos Las emisiones de valores a realizar al amparo del presente Folleto de Base, obedecen a la actividad propia del negocio bancario de CaixaBank, S.A. |
E.3 | Descripción de las condiciones de la oferta. • Fecha de emisión:12 de julio de 2016 • Nº de Warrants emitidos: 4.000.000 • Importe efectivo emitido 1.160.000 euros • Plazo durante el que estará abierta la oferta y descripción del proceso de solicitud: Los warrants emitidos serán suscritos, en el mercado primario por GDS-CUSA, S.A.U. Una vez admitidos a negociación, los valores, durante su vida, pueden ser adquiridos en cualquier momento por los inversores a través de los canales de CaixaBank, S.A. • Cantidad mínima y/o máxima de solicitud La cantidad mínima de solicitud es de 1 (un) warrant En relación con los warrants de ejercicio americano el número mínimo de warrants para los que se solicite el ejercicio es de 100. • Procedimiento de solicitud Los inversores podrán realizar operaciones de compraventa de valores en el mercado secundario oficial, cursando órdenes a través de los intermediarios financieros. El inversor que desee cursar órdenes de compraventa de valores habrá de suscribir la correspondiente orden normalizada de valores. En la orden podrá indicar un precio o limitar el mismo, de conformidad con lo establecido por la normativa bursátil aplicable a todas las compraventas de valores realizadas en Bolsa, incluidos los warrants. Las órdenes se cursarán por número de warrants y no por importes efectivos. El intermediario financiero informará, a petición del inversor, de las cotizaciones de compra y venta que se publiquen en el sistema de Interconexión Bursátil Español -“SIBE” (Segmento de Contratación de Warrants, Certificados y Otros productos), advirtiéndole que dichas cotizaciones son para importes máximos y mínimos y que tienen carácter indicativo en el sentido de que pueden haberse modificado en el momento en el que se ejecute la orden. • Método y plazos para el pago de los valores y para la entrega de los mismos. El método y los plazos para el pago de los valores y la entrega de los mismos, una vez admitidos a negociación, estarán sujetos a las prácticas habituales para los valores cotizados. • Categorías de posibles inversores a los que se ofertan los valores Los warrants emitidos serán suscritos, en el mercado primario por GDS-CUSA, S.A.U., sociedad del Grupo CaixaBank. Una vez admitidos a cotización, los warrants, durante su vida, se podrán adquirir en cualquier momento por los inversores a través de cualquier intermediario financiero y podrán comercializarse entre el público en general, con las únicas limitaciones que puedan resultar de normas que prohíban o limiten específicamente a determinadas instituciones la inversión en este tipo de activos (por ejemplo, la normativa sobre coeficientes de inversión de Sociedades de Inversión Colectiva o Fondos de Pensiones). Destinatarios de la emisión: público en general. |
Una vez admitidos a cotización, la comercialización de los valores objeto de la emisión se realizará a través del Emisor, a través de sus oficinas así como por vía telefónica y telemática. • Precios El precio de la emisión: Véase tabla anexa al presente resumen En importe efectivo de los valores de la emisión dependerá de las condiciones existentes en el mercado en el momento de su lanzamiento. El Precio de Emisión o Prima, como precio efectivo a satisfacer por los suscriptores de los warrants a emitidos, varía, según sea el subyacente elegido y el momento de la emisión. El método de cálculo utilizado por el Emisor para determinar la Prima a pagar por los suscriptores de los warrants estará basado fundamentalmente en la aplicación del método de valoración: -Binomial x xx Xxx-Xxxx-Xxxxxxxxxx. • Colocación y aseguramiento La entidad colocadora es CaixaBank, S.A. La entidad que suscribirá las emisiones de warrants en el mercado primario es GDS-CUSA, S.A.U., entidad del Grupo CaixaBank. • Agente de Pagos Las funciones de agente de pagos de las emisiones serán realizadas por el propio Emisor. • Agente de Cálculo El Agente de Cálculo de las emisiones realizadas bajo el Folleto de Base será Analistas Financieros Internacionales, S.A. con domicilio en Madrid, C/ Españoleto nº 19. | |
E.4 | Descripción de cualquier interés que sea importante para la emisión/oferta, incluidos los conflictivos. CaixaBank, el Agente de Cálculo, GDS-CUSA, S.A.U. (100% de Caixabank), y cualesquiera otras personas participantes en las futuras emisiones no tienen ningún interés particular que sea importante para la misma. |
E.7 | Gastos estimados aplicados al inversor por el Emisor o el oferente. Sin perjuicio de la Prima o Precio de Emisión, al inversor se le aplicarán las siguientes comisiones que, en cada momento, CaixaBank tenga establecidas y que podrán consultarse en el correspondiente folleto de tarifas en Banco de España y en la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores. La inscripción, mantenimiento y liquidación de los valores, a favor de los suscriptores y de los tenedores posteriores, en los registros de detalle a cargo de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores y de las Entidades Participantes al mismo, estará sujeto a las comisiones y gastos repercutibles que, en cada momento, dichas entidades tengan establecidos, y correrán por cuenta y cargo de los titulares de los valores. Dichos gastos y comisiones se podrán consultar por cualquier inversor en los correspondientes folletos de tarifas que las entidades sujetas a supervisión del Banco de España y de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores están legalmente obligadas a publicar. Se pueden consultar copias de dichas tarifas en los organismos supervisores mencionados. |
ANEXO
Tabla características de la emisión
Tipo (C.1) | Activo subyacent e (C.20) | Precio ejercicio (C.19) | Moneda ejercicio (C.2) | Tipo ejercicio (C.1) | Fecha emisión (C.8) | Fecha Vto. (C.16) | Nº warrants (E.3) | Ratio (C.17) | Prima (E.3) | Código ISIN (C.1) |
CALL | IBEX | 8500 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 19/08/2016 | 1.000.000 | 0,001 | 0,22 | ES0640612YI1 |
CALL | IBEX | 8500 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/09/2016 | 1.000.000 | 0,001 | 0,31 | ES0640612YJ9 |
CALL | IBEX | 8750 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 21/10/2016 | 1.000.000 | 0,001 | 0,29 | ES0640612YK7 |
CALL | IBEX | 8750 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 18/11/2016 | 1.000.000 | 0,001 | 0,34 | ES0640612YL5 |
CONDICIONES FINALES DE WARRANTS CAIXABANK, S.A.
00 XX XXXXX XX 0000
ACTIVO SUBYACENTE: ÍNDICES (PUT)
Las Condiciones Finales se han elaborado a efectos de lo dispuesto en el artículo 5, apartado 4, de la Directiva 2003/71/CE y deben leerse en relación con “Programa de Emisión de Warrants 2015” de Caixabank, S.A. inscrito el 17 de diciembre de 2015, el cual incorpora por referencia el Documento de Registro del Emisor, inscrito el 23 xx xxxxx de 2015.
El Documento de Registro y el Folleto de Base están publicados en las páginas web del emisor (xxx.xxxxxxxxx.xxx) y de CNMV (xxx.xxxx.xx) de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la directiva 2003/71/CE.
A fin de obtener la información completa, deberán leerse conjuntamente el Documento de Registro, el Folleto de Base y las Condiciones Finales.
Aneja a estas Condiciones Finales figura un resumen de la presente emisión.
1.- DESCRIPCIÓN, CLASE Y CARACTERÍSTICAS DE LOS VALORES EMITIDOS
▪ Tipo de valores: warrants put.
▪ ISIN: según tabla a continuación
▪ Características de las emisiones:
Tipo | Activo subyacente | Precio ejercicio | Moneda ejercicio | Tipo ejercicio | Fecha emisión | Fecha Vto. | Nº warrants | Ratio | Prima | Código ISIN |
PUT | IBEX | 7500 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 19/08/2016 | 750.000 | 0,001 | 0,1 | ES0640612ZI8 |
PUT | IBEX | 7250 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 21/10/2016 | 750.000 | 0,001 | 0,22 | ES0640612ZJ6 |
PUT | IBEX | 7250 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 18/11/2016 | 750.000 | 0,001 | 0,28 | ES0640612ZK4 |
PUT | IBEX | 7000 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/12/2016 | 750.000 | 0,001 | 0,27 | ES0640612ZL2 |
▪ Número de warrants emitidos: 3.000.000
▪ Importe efectivo emitido: 652.500 Euros
Todos los warrants emitidos han sido suscritos y desembolsados en su totalidad.
Los warrants emitidos han sido suscritos en la fecha de emisión en el mercado primario por GDS-CUSA, S.A.U.
Una vez admitidos a negociación, los valores, durante su vida, pueden ser adquiridos en cualquier momento por los inversores a través de los canales de CaixaBank, S.A. o a través de cualquier intermediario financiero.
▪ Saldo dispuesto del Folleto de Base: 41.531.500 Euros
▪ Saldo disponible del Folleto de Base: 78.468.500Euros
▪ Colectivo de Inversores: Público en general
▪ Liquidación de los warrants:
Precio de Liquidación:
Para warrants con subyacente IBEX35: precio oficial de cierre en el Mercado Continuo del activo subyacente en la Fecha de Ejercicio o en la Fecha de Vencimiento.
Fecha de Valoración:
La Fecha de Valoración coincidirá siempre con la Fecha de Ejercicio.
Momento de Valoración:
Para warrants con subyacente IBEX35: 17:35 CET, hora aproximada en la que se publican los precios de cierre del activo subyacente en el mercado continuo
El tenedor puede ejercitar el derecho sobre el warrant en cualquier Día Hábil anterior a la Fecha de Vencimiento, mediante la presentación en la entidad donde tenga depositados los valores de un Aviso de Ejercicio. El Aviso de Ejercicio debe ser recibido antes de las 17.00 CET (Central European Time) para ser ejecutado el día siguiente, en este caso la Fecha de Ejercicio será el día siguiente a tal recepción. Los Avisos de Ejercicio recibidos por el Emisor después de las 17:00 CET tendrán Fecha de Ejercicio dos Días Hábiles siguientes a la recepción del aviso. Asimismo, los avisos de ejercicio recibidos después de las 17:00 CET de terceras entidades en la que los inversores tengan depositados los valores, tendrán Fecha de Ejercicio dos Días Hábiles siguientes a la recepción del aviso. El límite final para dar Aviso de Ejercicio será por tanto las 17:00 C.E.T. del Día Hábil anterior a la Fecha de Vencimiento.
Pasado ese momento los warrants no ejercitados por los tenedores serán ejercitados de forma automática por el Emisor en la Fecha de Vencimiento.
El número mínimo de warrants para los que se solicite el ejercicio no podrá ser inferior a cien, salvo el Día Hábil anterior a la Fecha de Vencimiento. En dicha fecha se atenderán todas las peticiones de ejercicio o “Avisos de Ejercicio” que se presenten. Por tanto, aquellos inversores que tengan un número de valores inferior a 100 no podrán ejercitarlos antes de su vencimiento, si bien podrán transmitirlos en el mercado secundario con el fin de realizar su inversión.
Los Avisos de Ejercicio habrán de ser presentados al Emisor por fax, correo o en persona. La dirección a estos efectos es Servicios Bancarios y Operaciones de Caixabank, S.A., Xxxx. Xxxxxxxx 000 00000, Xxxxxxxxx y el número de fax es 00 000 00 00. El modelo para el Aviso de Ejercicio podrá obtenerse en cualquier oficina del Emisor así como a través de su página web.
Día Hábil significa el día en que los Bancos Comerciales estén abiertos para la realización de operaciones financieras en Barcelona y estén abiertas para negociación las bolsas donde coticen los warrants.
▪ Mercados Secundarios:
Mercado de Negociación de los warrants: Bolsas de Madrid, Barcelona, Valencia y Bilbao y módulo de contratación electrónica de warrants del SIBE.
Último día de Negociación:
• Para warrants con Fecha de Vencimiento 19 xx xxxxxx de 2016, el último día de negociación será el 18 xx xxxxxx de 2016.
• Para warrants con Fecha de Vencimiento 16 de septiembre de 2016, el último día de negociación será el 15 de septiembre de 2016.
• Para warrants con Fecha de Vencimiento 21 de octubre de 2016, el último día de negociación será el 20 de octubre de 2016.
• Para warrants con Fecha de Vencimiento 18 de noviembre de 2016, el último día de negociación será el 17 de noviembre de 2016.
Método de Valoración de la prima
Binomial xx Xxx-Xxxx-Xxxxxxxxxx.
▪ Información sobre el activo subyacente:
Información adicional sobre el Activo Subyacente, volatilidad histórica e implícita, trayectoria pasada y reciente en Bloomberg:
Subyacente | Código Bloomberg | Tipo |
IBEX35 | IBEX | Index |
Páginas de información sobre el activo subyacente:
• Código Bloomberg <tipo> HP <Go> para precios históricos,
(trayectoria pasada y reciente).
• Código Bloomberg <tipo> HVT <Go> para volatilidades históricas.
• Código Bloomberg <tipo> XXXX <Go> para volatilidades implícitas.
Mercado de Cotización del Activo: Mercado Continuo.
Mercado de Cotización Relacionado del Subyacente: MEFF Renta Variable.
Distorsión xxx xxxxxxx del subyacente: Se comunicará a la CNMV como hecho relevante y será publicado en su página web (xxx.xxxx.xx).
Asimismo, los diferentes supuestos de distorsión xx xxxxxxx del subyacente se pueden consultar en el apartado 4.2.3 de Folleto de Base “Programa de Emisión de Warrants 2015” de CaixaBank referido.
Marca IBEX-35
CaixaBank conoce las reglas de formación de los precios de los valores incluidos en el Índice IBEX 35 ® y de éste último, de conformidad con la libre concurrencia de las órdenes de compra y de venta dentro de un mercado neutral y transparente, y que se compromete a respetarlas y a abstenerse de cualquier actuación disconforme con ellas.
Sociedad de Bolsas, S.A., no garantiza en ningún caso y cualquiera que sean las razones:
f) La continuidad de la composición del Indice IBEX 35 ® tal cual es hoy en día o en algún otro momento anterior.
g) La continuidad del método de cálculo del Indice IBEX 35 ® tal y como se efectúa hoy día o en algún otro momento anterior.
h) La continuidad en el cálculo, formulación y difusión del Indice IBEX 35 ® .
i) La precisión, integridad o ausencia de fallos o errores en la composición o cálculo del Indice IBEX 35 ®.
j) La idoneidad del Indice IBEX 35 ®
Sociedad de Bolsas, S.A., propietaria del Indice IBEX 35®, así como titular registral y propietaria de las correspondientes marcas asociadas al mismo, en ningún caso patrocina, promueve ni recomienda la inversión en el producto, ni el otorgamiento de esta autorización comporta juicio favorable de Sociedad de Bolsas, S.A., en relación con la información ofrecida por CaixaBank, o sobre la conveniencia o interés del producto.
2.- ACUERDOS EN VIRTUD DE LOS CUALES SE EMITEN LOS WARRANTS Y VIGENCIA DE LOS MISMOS
Las resoluciones y acuerdos por los que se autoriza la emisión de los warrants siguen vigentes a esta fecha y son los que se enuncian a continuación:
• Acuerdo de la Junta General de Accionistas de fecha 25 xx xxxxx de 2013, en virtud del cual delegó en el Consejo de Administración la facultad de emitir cualquier tipo de valores , xx xxxxx fija o variable, en cualquiera de las formas admitidas en Derecho, incluyendo entre otras, pagarés, cédulas, warrants (excepto los que den derecho a la adquisición o suscripción de acciones de la Sociedad), participaciones preferentes, bonos u obligaciones de cualquier tipo, incluso subordinadas, simples o con garantía de cualquier clase, o canjeables por acciones de la Sociedad o de otras sociedades cotizadas, participadas o no por la Sociedad, hasta un importe máximo total de sesenta mil millones de euros o su contravalor en divisas.
• Acuerdo del Consejo de Administración de 19 de noviembre de 2015, por el cual se aprueba la elaboración de un Folleto de Base de Emisión de Warrants, por importe máximo de ciento veinte millones de euros, al objeto de llevar a cabo emisiones de cualquier tipo de warrants al amparo del mismo y donde se establecen las líneas generales y principales características. En virtud del citado acuerdo se faculta a determinados apoderados para que, de forma solidaria cualquiera de ellos, pueda fijar los términos y condiciones de las emisiones a realizar al amparo de dicho Folleto de Base y realice cuantas actuaciones y otorgue en nombre y representación de CaixaBank los documentos de cualquier naturaleza, que sean necesarios o convenientes para dicho fin.
3.- ACUERDOS DE ADMISIÓN A NEGOCIACIÓN
CaixaBank solicitará la admisión a negociación de los warrants descritos en las presentes “Condiciones Finales” en la Bolsa de Valores de Barcelona, Madrid, Bilbao y Valencia, y se compromete a realizar los trámites necesarios para que se incorporen a la negociación en dichos mercados en el plazo de 7 Días Hábiles desde la Fecha de Emisión.
Las presentes Condiciones Finales incluyen la información necesaria para la admisión a cotización de los warrants en los mercados mencionados anteriormente.
La liquidación se realizará a través de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A, (IBERCLEAR).
Barcelona, a 12 de julio de 2016
Firmado en representación del emisor: Caixabank, S.A.
Fdo. X. Xxxxxxxx Xxxx Xxxx
Director de Departamento de Rates & Equity Derivatives
RESUMEN
(Anexo XXII del Reglamento CE nº 809/2004)
Los elementos de información de este resumen (el “Resumen”) están divididos en cinco secciones (A-E) y numerados correlativamente dentro de cada sección según la numeración exigida por el Reglamento CE nº 809/2004 (por ejemplo, B.1-B.50). Los números omitidos en este Resumen se refieren a elementos de información previstos en dicho Reglamento para otros modelos de folleto. Por otra parte, los elementos de información exigidos para este modelo de folleto pero no aplicables por las características del tipo de valor o del emisor se mencionan como “no procede”.
Sección A – Introducción y advertencias | |
A.1 | Advertencia: • Este Resumen debe leerse como introducción al presente Xxxxxxx, que se compone del Documento de Registro de CAIXABANK, S.A. (en adelante, “CaixaBank”, el “Emisor” o la “Entidad Emisora”), inscrito en los registros oficiales de la CNMV el 23 xx xxxxx de 2015, el Folleto de Base de Warrants inscrito en los registros oficiales de la CNMV el 17 de diciembre de 2015 y el Suplemento al mismo inscrito en los registros oficiales de la CNMV el 15 xx xxxxx de 2016. • Toda decisión de invertir en los valores debe estar basada en la consideración por parte del inversor del Folleto en su conjunto. • Cuando se presente ante un tribunal una demanda sobre la información contenida en el Folleto, el inversor demandante podría, en virtud del Derecho nacional de los Estados Miembros, tener que soportar los gastos de traducción del Folleto antes de que dé comienzo el procedimiento judicial. • La responsabilidad civil solo se exigirá a las personas que hayan presentado el Resumen, incluida cualquier traducción del mismo, y únicamente cuando el Resumen sea engañoso, inexacto o incoherente en relación con las demás partes del Folleto, o no aporte, leído junto con las otras partes del Folleto, información fundamental para ayudar a los inversores a la hora de determinar si invierten o no en dichos valores. |
A.2 | Consentimiento del Emisor relativo a la utilización del Folleto Base para una venta posterior o la colocación final de los valores por parte de los intermediarios No procede. CaixaBank no ha otorgado consentimiento a ningún intermediario financiero para la utilización del Folleto en la venta posterior o colocación final de los valores. |
Sección B – Emisor | |
B.1 | Nombre legal y comercial del emisor La denominación social del Emisor es CaixaBank, S.A. |
B.2 | Domicilio y forma jurídica del Emisor, legislación conforme a la cual opera y país de constitución El Emisor está domiciliado en España, en la Xxxxxxx Xxxxxxxx xxxxxx 000 xx Xxxxxxxxx, tiene la forma jurídica de sociedad anónima y su actividad está sujeta a la legislación española especial para entidades de crédito en general y, en particular, a la supervisión, control y normativa del Banco de España, si bien desde el 4 de noviembre de 2014, el Banco Central Europeo (BCE) asumió sus nuevas funciones de supervisión con la entrada en funcionamiento del Mecanismo Único de Supervisión (MUS). El MUS se compone del BCE y de las autoridades nacionales de los Estados miembros participantes. |
B.3 | Descripción y factores clave relativos al carácter de las operaciones en curso del Emisor y de sus principales actividades, declarando las principales categorías de productos vendidos y/o servicios prestados, e indicación de los mercados principales en los que compite el Emisor. CaixaBank es un banco con un modelo de banca universal, basado en la calidad y la especialización, con una oferta integral de productos y servicios (bancarios, aseguradores, de pensiones y fondos de inversión) y una red comercial multicanal. Además, mantiene participaciones en bancos internacionales y en compañías del sector servicios. Los principales segmentos de negocio del Grupo CaixaBank son los siguientes: Negocio bancario y de seguros: es la principal actividad del Grupo CaixaBank; incluye la totalidad del negocio bancario (banca minorista, banca corporativa, tesorería y mercados) y de seguros, desarrollado, básicamente, en el territorio español a través de la red de oficinas y del resto xx xxxxxxx complementarios. Recoge tanto la actividad como los resultados generados por los clientes del Grupo, sean particulares, empresas o instituciones. También incorpora la gestión de la liquidez y de activos y pasivos y los ingresos por la financiación al negocio de participaciones. Negocio de Participaciones: recoge los ingresos por dividendos y/o método de la participación de las participaciones bancarias internacionales y de servicios del Grupo CaixaBank, netos del coste de financiación. Adicionalmente, se incluyen otras participaciones significativas en el ámbito de la diversificación sectorial, incorporadas en las últimas adquisiciones del Grupo. En cuanto a los principales mercados donde compite, el Grupo CaixaBank desarrolla su actividad básicamente en el mercado español, de donde provienen aproximadamente el 97% de sus ingresos ordinarios a 31 de diciembre de 2015. |
B.4 | Descripción de las tendencias recientes más significativas que afecten al emisor y a los sectores en los que ejerce su actividad Escenario macroeconómico La eurozona mantiene la senda de gradual recuperación de la actividad económica. Aunque en 2015 el crecimiento no fue extraordinariamente dinámico, tampoco fue mediocre, ya que creció a un ritmo en línea con su potencial. Si bien esta evolución depende en gran medida de apoyos temporales como el abaratamiento de las materias primas, la depreciación del euro o la expansión cuantitativa del BCE, la expansión europea también refleja que, en aquellos países que han mostrado mayor ambición, las reformas estructurales están contribuyendo a cimentar la recuperación. De momento, la economía de la eurozona mantiene su |
ritmo de expansión gracias al buen comportamiento de la demanda doméstica, que se espera que continúe en 2016. En España, los datos más recientes muestran que se mantiene el tono expansivo de la actividad económica, ligeramente por encima de lo previsto hace unos meses. El crecimiento del PIB en 2015 fue del 3,2%, el más elevado entre las principales economías de la eurozona. Tras un año muy notable en términos de aumento del PIB, en 2016 esperamos que la velocidad de avance se modere ligeramente hasta el 2,8%, a medida que vayan desvaneciéndose el impacto de los apoyos temporales recibidos a lo largo de 2015, como la rebaja fiscal o la caída del precio del petróleo mientras van ganando peso algunos elementos que ayudan a sostener un crecimiento más equilibrado a largo plazo. En concreto, se espera la consolidación de la mejora de las condiciones de financiación, que el sector inmobiliario vuelva a sumar y que las reformas estructurales sigan dando frutos, sobre todo en el mercado laboral gracias a la creación de empleo. Sin duda, en 2015, la recuperación de la economía española recibió el apoyo de la evolución favorable del sector bancario. La expansión monetaria del BCE y el proceso de saneamiento llevado a cabo en los últimos años ha facilitado que el crédito prosiga su senda de normalización. De hecho, la nueva concesión de crédito se aceleró en el último año, sobre todo la nueva concesión de crédito a hogares y a pymes (avanzó respectivamente un 19,4% y un 5,7% interanual en diciembre). Sin embargo, el saldo vivo siguió cayendo, aunque menos, debido al proceso de desapalancamiento de los hogares y las empresas (-4,3% interanual en 2015 frente al -7,1% en 2014). se espera que la demanda de crédito aumente en 2016, pues dicho proceso de desapalancamiento está ya muy avanzado. Desde la óptica de la oferta, las entidades bancarias también están en mejor posición de conceder crédito que en el pasado gracias, en buena parte, al proceso de reestructuración y consolidación bancaria que ha permitido reforzar la posición de solvencia y liquidez de las entidades resultantes. En el ámbito regulatorio, destaca la modificación del tratamiento de los DTA, que eliminó la incertidumbre sobre su compatibilidad con la legislación comunitaria, y la aprobación del real decreto ley que regula las comisiones por la retirada de efectivo en los cajeros de otra entidad. Además, el proceso de creación de una unión bancaria efectiva siguió avanzando en 2015. Por un lado, se traspuso a la legislación nacional la normativa europea de recuperación y resolución de entidades de crédito, que permite intervenir las entidades financieras con problemas de forma ágil y con el menor coste posible para las arcas públicas. Por otro lado, se inició el proceso de negociación para el sistema de garantía de depósitos europeo, paso final para la culminación de la unión bancaria. En definitiva, la actividad económica española se está beneficiando de factores de apoyo temporal, pero también se aprecia cómo las reformas llevadas a cabo durante los últimos años están permitiendo un crecimiento de fondo más sólido y equilibrado. Con todo, los riesgos no son menores, especialmente los que proceden del exterior, debido a la posible desaceleración de los países emergentes, por lo que es imprescindible seguir fortaleciendo los cimientos para estar preparados ante las eventualidades. Confianza e imagen del sector Continúa sin recuperarse la confianza de la sociedad española y europea en la banca, en un contexto complejo, al que los factores antes mencionados también están contribuyendo (crisis financiera, reacción regulatoria en ocasiones generalizada, etc.). En esta línea también estarían encuadradas las sanciones a determinadas entidades financieras a escala global, en materia del denominado “riesgo de conducta”. Este concepto englobaría malas prácticas en el diseño, venta y post-venta de productos y servicios financieros, con las que la entidad financiera habría aprovechado su mayor información y control del proceso para obtener un mayor beneficio, generando un perjuicio a clientes, a contrapartes o a inversores. A efectos de consumo de capital, estos perjuicios económicos quedarían recogidos en la medición y gestión del riesgo operacional. Asimismo, la crisis económica, el elevado apalancamiento de familias y de empresas, y la pérdida de valor de las inversiones en productos financieros, entre otros aspectos, han provocado una erosión generalizada de la imagen sectorial. Amenazas ancladas en la evolución tecnológica La proliferación acelerada de soluciones digitales a las necesidades de clientes particulares y de empresas está dando lugar a nuevos patrones de consumo, de pago, de ahorro y de financiación. En este contexto, están apareciendo múltiples “FinTechs”: empresas de nueva creación, que prestan servicios vinculados a la industria financiera, basándose en innovaciones disruptivas en tecnologías de información y de comunicación (TICs). En concreto, ponen en valor una combinación de nuevos lenguajes de programación, mayores capacidades de almacenamiento y procesamiento de datos, algoritmos analíticos, menores restricciones legales/regulatorias (también se les incluye en el concepto de “shadow banking”) y modelos de negocio más ligeros en costes. También de origen tecnológico son los “ciber-ataques”, que consisten en el acceso fraudulento a los datos contenidos en las infraestructuras tecnológicas de información y comunicación de la Entidad, o manipulación fraudulenta de los procesos desarrollados mediante dichas infraestructuras, buscando un beneficio para quienes los cometen. Además del perjuicio para los clientes correspondientes, todo ello puede ser objeto de sanciones económicas y de lucro cesante con otros clientes por la imagen de vulnerabilidad que han transmitido las entidades que los han sufrido, con inmediata repercusión mediática. Los crecientes hábitos de compra online/móvil de los clientes facilitan la actuación de grupos criminales, cuya capacidad y alcance están aumentando de forma notoria. Normativa europea de Solvencia II En 2013 las autoridades europeas establecieron el 1 de enero de 2016 como la fecha de entrada en vigor de la Normativa Europea de Solvencia II. En 2014 se aprobó la Directiva Omnibus II que modifica la Directiva de Xxxxxxxxx XX y completa el nuevo marco de regulación y supervisión de seguros en la UE, dando poderes a EIOPA para finalizar el proyecto de Xxxxxxxxx XX. Durante 2015 a nivel europeo se han finalizado los desarrollos normativos actualmente en discusión (Actos Delegados, Normas Técnicas de Implementación y Guías). A nivel nacional, durante 2015 se han transpuesto al ordenamiento jurídico español todo el conjunto de normativas de Solvencia II. Con el fin de preparar la adaptación a Solvencia II hasta su entrada en vigor el 1 de enero de 2016, en 2014 EIOPA (el supervisor Europeo de seguros) emitió cuatro guías de preparación, las cuales tienen como objetivo ayudar a que las compañías aseguradoras vayan incorporando progresivamente determinados aspectos que desarrolla Solvencia II hasta 2016. Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito Con fecha 20 xx xxxxx de 2015 entró en vigor la Ley 11/2015, de 18 xx xxxxx, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, la cual modifica el régimen jurídico del Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito (FGD) consecuencia de la trasposición de la Directiva 2014/49/UE, de 16 xx xxxxx de 2014, que armoniza determinados |
aspectos de los sistemas de garantía de depósitos a nivel europeo. Esta Ley se complementa con el Real Decreto 1012/2015, de 6 de noviembre, que la desarrolla reglamentariamente que modifica el Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, sobre Fondos de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito. El Fondo se divide en dos compartimentos estancos (i) el compartimento de garantía de depósitos, cuyos fondos se destinarán a las tareas encomendadas por la Directiva, y (ii) el compartimento de garantía de valores cuyos fondos se destinarán a los titulares de valores u otros instrumentos financieros confiados a una entidad de crédito. En el caso del compartimento de garantía de depósitos, se establece un nivel objetivo mínimo que deberán alcanzar sus recursos del 0,8 por ciento de los depósitos garantizados antes del 0 xx xxxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxxxxxxx xxxx xxxxx xx 0,5 por ciento previa autorización de la Comisión Europea. De acuerdo con las modificaciones introducidas, la base de cálculo de las aportaciones al Fondo pasa a determinarse por las cuantías efectivamente garantizadas. Hasta 100.000 euros, los depósitos no están sujetos a absorción de pérdidas y tienen preferencia de cobro. Las modificaciones también prevén que las aportaciones anuales de las entidades al compartimento de garantía de depósitos se ajusten en función de su perfil de riesgo una vez el Banco de España haya desarrollado los métodos necesarios para el cálculo. Dado que la fecha máxima para este desarrollo es el 31 xx xxxx de 2016, dichos ajustes no han sido de aplicación a las aportaciones correspondientes al ejercicio 2015. Respecto a la aportación al Fondo correspondiente al ejercicio 2015, en su sesión de 2 de diciembre de 2015 la Comisión Gestora del Fondo acordó fijar la aportación anual al compartimento de garantía de depósitos en el 1,6 por mil de la base de cálculo de los depósitos efectivamente garantizados. Fondo de Resolución Nacional Consecuencia de la transposición de la Directiva 2014/59/UE, de 15 xx xxxx de 2014, por la que se establece un marco para la reestructuración y la resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, es la creación de un Fondo de Resolución Nacional (FRN) a través de la Ley 11/2015, el cual tiene como finalidad financiar las medidas de resolución que ejecute el FROB (Fondo de Resolución Ordenada Bancaria), quien ejerce su gestión y administración. El Fondo está financiado por las aportaciones de las entidades de crédito y las empresas de servicios de inversión, debiendo alcanzar sus recursos financieros, al menos, el 1 por ciento de los depósitos garantizados de todas las entidades no más tarde del 31 de diciembre de 2024. Con el fin de alcanzar este nivel, el FROB recaudará, al menos anualmente y con inicio en el ejercicio 2015, contribuciones ordinarias de las entidades, incluidas sus sucursales en la Unión Europea, tomando en consideración (i) la proporción que la entidad represente sobre el total agregado de las entidades, en términos de pasivos totales, excluidos los recursos propios y el importe garantizado de depósitos, y (ii) el perfil de riesgo de cada entidad, el cual incluye una evaluación de la probabilidad de ser objeto de resolución, la complejidad de su estructura y resolubilidad, e indicadores de la situación financiera y nivel de riesgo entre otros. De acuerdo con el calendario previsto, en enero de 2016 la Autoridad Única de Resolución Europea inició plenamente sus operaciones, habiéndose fusionado a finales de ese mismo mes el FRN con el resto de Fondos Nacionales de los Estados miembros de la Zona del Euro en un Fondo Único de Resolución Europeo. Las aportaciones correspondientes al ejercicio 2016 y siguientes serán realizadas a este Fondo Europeo, quedando el FRN únicamente para las empresas de servicios de inversión. | |
B.5 | Si el emisor es parte de un grupo, una descripción del grupo y la posición del emisor en el grupo CaixaBank y sus sociedades dependientes integran el Grupo CaixaBank (Grupo CaixaBank o el Grupo). CaixaBank es una sociedad anónima cuyas acciones se encuentran admitidas a cotización en las bolsas de Barcelona, Madrid, Valencia y Bilbao a través xxx xxxxxxx continuo, formando parte del IBEX-35 desde el 4 de febrero de 2008. CaixaBank, participado mayoritariamente (56,76% a 31 de diciembre de 2015) por CriteriaCaixa tras la reorganización del Grupo que se produjo en el ejercicio 2014, es una entidad de referencia en el mercado español con actividad bancaria y de seguros. Además, mantiene participaciones en bancos internacionales y en compañías del sector servicios. Como entidad bancaria, se encuentra sujeta a la supervisión del Banco Central Europeo y del Banco de España. A 31 de diciembre de 2015, la estructura societaria del Grupo, en el cual se integra el Grupo CaixaBank, es: A 31 de diciembre de 2015 el Grupo CaixaBank está formado por 69 sociedades participadas directas, de las que 5 son cotizadas y 93 sociedades participadas indirectamente. |
B.6 | En la medida en que tenga conocimiento de ello el emisor, el nombre de cualquier persona que, directa o indirectamente, tenga un interés declarable, según el derecho nacional del emisor en el capital o en los derechos de voto del emisor, así como la cuantía del interés de cada una de esas personas. Si los accionistas principales del emisor tienen distintos derechos de voto, en su caso. En la medida en que sea del conocimiento del emisor, declarar si el emisor es directa o indirectamente propiedad o está bajo control de un tercero y de quién se trata y describir el carácter de ese control A 31 de diciembre de 2015, y según la información pública disponible, Criteria Caixa, S.A., Sociedad Unipersonal, sociedad íntegramente participada por la Fundación Bancaria Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona, “la Caixa”, ostenta una participación en CaixaBank del 56,76% (*). Asimismo, Invesco Limited, a través de Invesco Asset Management Limited y otras entidades individualmente admitidas a cotización bajo la Sección10, ostenta una participación en CaixaBank del 1,00%. Los miembros del Consejo, directa o indirectamente, ostentan en su conjunto una participación en CaixaBank, a 31 de diciembre de 2015, representativa del 1,865% del capital social. (*) Respecto a la situación de la participación de Fundación Bancaria “la Caixa” en CaixaBank, cabe informar que la Asamblea General de la Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona (“la Caixa”), celebrada el 22 xx xxxx de 2014, aprobó su transformación en fundación bancaria, manifestando la voluntad de que la Fundación Bancaria “la Caixa”, adoptase un acuerdo de segregación a favor de Criteria CaixaHolding, S.A.U. (actualmente denominada Criteria Caixa, S.A.U. y en adelante, Criteria Caixa) de las emisiones de títulos de deuda en las que la “la Caixa” tuviese la condición de emisor y de su participación en CaixaBank, que la Fundación Bancaria ostentaba entonces de forma directa. El 14 de octubre de 2014, se inscribió la escritura de segregación a favor de Criteria Caixa de las emisiones de títulos de deuda y de otros activos y pasivos y de la participación en CaixaBank, de modo que la Fundación Bancaria, “la Caixa” pasó a ostentar su participación en CaixaBank a través de Criteria Caixa. Tras este proceso y a cierre del ejercicio 2015, la Fundación Bancaria Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona (“la Caixa”) ostenta a través de Criteria Caixa (sociedad controlada al 100% por la Fundación Bancaria) 3.305.666.049 acciones de CaixaBank. Asimismo, es menester dejar constancia que de conformidad con la Disposición Adicional 8ª de la Ley 26/2013 de 27 de diciembre de 2013, xx Xxxxx de Ahorro y Fundaciones Bancarias, las fundaciones bancarias que acudan a procesos de ampliación de capital de la entidad de crédito participada no podrán ejercer los derechos políticos correspondientes a aquella parte del capital adquirido que les permita mantener una posición igual o superior al 50% o de control, por ello, la Fundación Bancaria Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona (“la Caixa”) de la totalidad de acciones de CaixaBank controladas a cierre de 2015 (3.305.666.049 acciones) sólo puede ejercer los derechos de voto referentes a 3.271.232.029 acciones. Por ende también se deja constancia de que el 3 de diciembre de 2015 se registró en la CNMV la comunicación del Hecho relevante por parte de CaixaBank, S.A. sobre la formalización de un contrato de permuta con su accionista de control, Criteria Caixa, en virtud del cual CaixaBank, S.A. transmitirá a Criteria Caixa todas sus acciones en Grupo Financiero Inbursa, S.A.B. de C.V. (representativas del 9,01% de GFI) y de The Bank of East Asia, Limited (representativas del 17,24% de BEA) y a su vez recibirá de Criteria Caixa, acciones de CaixaBank, S.A. (representativas del 9,9% del capital social) y un importe en efectivo. Asimismo, se informaba que el cierre de la permuta se prevé para el primer trimestre de 2016 y que el consejo de administración de XxxxxXxxx tiene previsto proponer a la próxima junta general de CaixaBank la amortización de un número de acciones propias que representen como mínimo las acciones que adquiera de Criteria Caixa bajo la Permuta (9,9%) y como máximo el 10% del capital social que CaixaBank llegue a tener en autocartera en ese momento. |
B.7 | Información financiera fundamental histórica seleccionada relativa al Emisor que se presentará para cada ejercicio del período cubierto por la información financiera histórica, y cualquier período financiero intermedio subsiguiente, acompañada de datos comparativos del mismo período del ejercicio anterior, salvo que el requisito para la información comparativa del balance se satisfaga presentando la información del balance final del ejercicio. Se adjuntará una descripción narrativa de todo cambio significativo en la situación financiera del Emisor y los resultados de sus operaciones durante o después del período cubierto por la información financiera histórica fundamental. La siguiente información financiera ha sido obtenida a partir de los registros de contabilidad y de gestión consolidados del Grupo CaixaBank y se presenta siguiendo los criterios establecidos en las Normas Internacionales de Información Financiera adoptadas por la Unión Europea (NIIF-UE) y tomando en consideración la Circular 4/2004 del Banco de España, de 22 de diciembre, y posteriores modificaciones. A continuación se informa de las principales magnitudes de gestión del Grupo CAIXABANK, correspondientes al 31 de diciembre de los ejercicios de 2015, 2014 y 2013. La información financiera del Grupo CAIXABANK correspondiente a los ejercicios 2015 y 2014 se basa en datos contables que han sido auditados. La información financiera auditada correspondiente al ejercicio 2013 se presenta únicamente a efectos comparativos. La información financiera histórica de 2013 ha sido reestimada de acuerdo con el nuevo registro de las aportaciones al Fondo de Garantía de Depósitos en aplicación de la IFRIC 21 y la NIC 8. Al respecto de la comparativa anual cabe considerar, a efectos de cambios de perímetro, el registro de la combinación de negocios con Barclays Bank, SAU, desde el 1 de enero de 2015, a efectos contables. J. Balance de situación A continuación se presenta el Balance de situación de Grupo CAIXABANK correspondiente a los ejercicios 2015, 2014 y 2013. |
Importes en millones de euros | 31.12.15 | 31.12.14 | Variación anual | 31.12.13 | ||||
absoluta % | ||||||||
Caja y depósitos en bancos centrales | 5.772 | 4.157 | 1.615 | 38,8 | 6.968 | |||
Cartera de negociación | 13.532 | 12.257 | 1.275 | 10,4 | 10.002 | |||
Activos financieros disponibles para la venta | 62.997 | 71.101 | (8.104) | (11,4) | 56.450 | |||
Inversiones crediticias | 211.317 | 195.731 | 15.586 | 8,0 | 206.846 | |||
Cartera de inversión a vencimiento | 3.820 | 9.608 | (5.788) | (60,2) | 17.831 | |||
Activos no corrientes en venta | 7.961 | 7.248 | 713 | 9,8 | 6.215 | |||
Participaciones | 9.674 | 9.266 | 408 | 4,4 | 8.774 | |||
Activo material | 6.293 | 6.404 | (111) | (1,7) | 5.518 | |||
Activo intangible | 3.672 | 3.635 | 37 | 1,0 | 3.629 | |||
Resto activos | 19.217 | 19.216 | 1 | 0,0 | 18.087 | |||
Total activo | 344.255 | 338.623 | 5.632 | 1,7 | 340.320 | |||
Pasivo | 319.051 | 313.391 | 5.660 | 1,8 | 316.374 | |||
Cartera de negociación | 12.200 | 11.975 | 225 | 1,9 | 7.891 | |||
Pasivos financieros a coste amortizado | 253.499 | 247.539 | 5.960 | 2,4 | 263.201 | |||
Pasivos por contratos de seguros | 40.575 | 40.434 | 141 | 0,3 | 32.028 | |||
Provisiones | 4.598 | 4.371 | 227 | 5,2 | 4.321 | |||
Resto pasivos | 8.179 | 9.072 | (893) | (9,8) | 8.933 | |||
Patrimonio neto | 25.204 | 25.232 | (28) | (0,1) | 23.946 | |||
Fondos propios | 23.689 | 23.373 | 316 | 1,4 | 23.259 | |||
Intereses minoritarios y ajustes por valoración | 1.515 | 1.859 | (344) | (18,5) | 687 | |||
Total pasivo y patrimonio neto | 344.255 | 338.623 | 5.632 | 1,7 | 340.320 | |||
K. Cuenta de resultados A continuación se informa de las partidas más relevantes de la cuenta de resultados correspondientes a los ejercicios 2015, 2014 y 2013. * La cuenta de resultados de 2013 ha sido re expresada en aplicación de la IFRIC 21 y la NIC 8 que ha supuesto un impacto neto de -180MM€ correspondientes al registro de la derrama extraordinaria del FGD de 2013 y -7MM€ al registro anticipado de la aportación ordinaria del FGD de 2013 y 2014. Impacto total de -267 brutos. ** En 2015 no incluye -259 asociados a la integración de Barclays Bank, SAU, y -284 relacionados con el Acuerdo Laboral. En 2013 no incluye -267 (impacto bruto FGD) y -839 gastos extraordinarios. En la partida denominada “Resultado atribuido a intereses minoritarios y otros” se incluye el Resultado de Operaciones Ininterrumpidas (neto) X. Principales ratios de gestión A continuación se informa de las principales magnitudes de gestión del Grupo CAIXABANK, correspondientes al 31 de diciembre de los ejercicios de 2015, 2014 y 2013. |
Importes en millones de euros | Enero - Diciembre 2015 2014 | Variación en % | Enero - Diciembre 2013* | |
Ingresos financieros | 8.372 | 8.791 | (4,8) | 9.301 |
Gastos financieros | (4.019) | (4.636) | (13,3) | (5.346) |
Margen de intereses | 4.353 | 4.155 | 4,8 | 3.955 |
Dividendos | 203 | 185 | 9,4 | 107 |
Resultados de entidades valoradas por el método de la participación | 375 | 306 | 22,7 | 339 |
Comisiones netas | 2.013 | 1.825 | 10,3 | 1.760 |
Resultados de operaciones financieras y diferencias de cambio | 867 | 640 | 35,5 | 679 |
Otros productos y cargas de explotación | (85) | (171) | (50,4) | (475) |
Xxxxxx xxxxx | 7.726 | 6.940 | 11,3 | 6.365 |
Gastos de explotación recurrentes (4.063) (3.773) | 7,7 | (3.947) | ||
Gastos de explotación extraordinarios (543) | (839) | |||
Margen de explotación Margen de explotación sin costes extraordinarios** | 3.120 3.663 | 3.167 3.167 | (1,5) 15,7 | 1.579 2.685 |
Pérdidas por deterioro de activos financieros y otros (2.516) (2.579) | (2,4) | (4.329) | ||
Ganancias/pérdidas en baja de activos y otros 34 (386) | 1.770 | |||
Resultado antes de impuestos | 000 | 000 | 000,6 | (980) |
Impuesto sobre beneficios 181 418 | 1.288 | |||
Resultado consolidado del ejercicio | 819 | 620 | 31,7 | 308 |
Resultado atribuido a intereses minoritarios y otros 5 0 | (8) | |||
Resultado atribuido al Grupo | 814 | 620 | 31,4 | 316 |
En millones de euros | 2015 | 2014 | Variación anual | 2013 | ||||
EFICIENCIA Y RENTABILIDAD (últimos 12 meses) | ||||||||
Ratio de eficiencia (Total Gastos de explotación / Margen bruto) | 59,6% | 54,4% | 5,2 | 75,2% | ||||
Ratio de eficiencia sin costes extraordinarios* | 52,6% | 54,4% | (1,8) | 59,5% | ||||
ROE (Resultado atribuido / Fondos propios medios) | 3,4% | 2,7% | 0,7 | 1,4% | ||||
ROTE (Resultado atribuido / Fondos propios tangibles medios) | 4,3% | 3,4% | 0,9 | 1,7% | ||||
XXX (Resultado neto / Activos totales medios) | 0,2% | 0,2% | 0,0 | 0,1% | ||||
RORWA (Resultado neto / Activos ponderados por riesgo) | 0,7% | 0,5% | 0,2 | 0,2% | ||||
GESTIÓN DEL RIESGO | ||||||||
Ratio de morosidad | 7,9% | 9,7% | (1,8) | 11,7% | ||||
Ratio de morosidad ex-promotor | 6,2% | 6,4% | (0,2) | 6,8% | ||||
Coste del riesgo | 0,7% | 1,0% | (0,3) | 1,9% | ||||
Cobertura de la morosidad | 56% | 55% | 1 | 61% | ||||
Cobertura de la morosidad con garantía real | 128% | 132% | (4) | 140% | ||||
Cobertura de inmuebles adjudicados disponibles para la venta | 58% | 55% | 3 | 54% | ||||
LIQUIDEZ | ||||||||
Liquidez | 54.090 | 56.665 | (2.575) | 60.762 | ||||
Loan to deposits | 106,1% | 104,3% | 1,8 | 109,9% | ||||
SOLVENCIA | ||||||||
Common Equity Tier 1 (CET1) 12,9% 13,0% (0,1) 11,8% | ||||||||
Capital Total 15,9% 16,1% (0,2) 14,6% | ||||||||
APRs 143.312 139.729 3.583 152.502 | ||||||||
Leverage Ratio 5,7% 5,7% 0,0 5,4% | ||||||||
Common Equity Tier 1 (CET1) fully loaded 11,55% 12,1% (0,56) 11,3% | ||||||||
*En 2015 no incluye -259 asociados a la integración de Barclays Bank, SAU, y -284 relacionados con el Acuerdo Laboral. En 2013 no incluye -267 (impacto bruto FGD) y -839 gastos | ||||||||
extraordinarios. | ||||||||
Cambios significativos en la situación financiera del Emisor durante o después del período cubierto por la información | ||||||||
financiera histórica fundamental: | ||||||||
Cambios de perímetro | ||||||||
Destacan como cambios más significativos la integración de Banco de Valencia y la adquisición de Barclays Bank, SAU. | ||||||||
En este sentido, la adquisición de Banco de Valencia fue efectiva a efectos contables desde el 1 de enero de 2013, afectando, por | ||||||||
tanto, al cierre de ejercicio de 2013. | ||||||||
Asimismo, con fecha 2 de enero de 2015, se formalizó la adquisición de Barclays Bank, SAU que incluye el negocio de banca | ||||||||
minorista, gestión de patrimonios y banca corporativa de Barclays Bank en España, excluyendo los negocios de banca de | ||||||||
inversión y de tarjetas. Posteriormente, los Consejos de Administración de CaixaBank y Barclays Bank, SAU aprobaron el 30 xx | ||||||||
xxxxx de 2015 el Proyecto Común de Fusión. La citada fusión ha implicado: (i) la extinción de Barclays Bank, SAU y (ii) la | ||||||||
transmisión en bloque de su patrimonio social a CaixaBank, que ha adquirido por sucesión universal los derechos y obligaciones | ||||||||
de la primera. Con fecha 14 xx xxxx de 2015 quedó inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona la escritura pública de fusión | ||||||||
por absorción de CaixaBank (sociedad absorbente) y Barclays Bank, SAU (sociedad absorbida), con la consiguiente extinción de | ||||||||
la segunda. | ||||||||
OPA sobre Banco BPI | ||||||||
Con fecha 17 de febrero de 2015 CaixaBank comunicó a la Comissão do Mercado de Valores Mobiliários portuguesa (CMVM) su | ||||||||
intención de lanzar una oferta pública de adquisición (OPA) de carácter voluntaria sobre las acciones ordinarias del banco | ||||||||
portugués BPI no pertenecientes a CaixaBank. | ||||||||
Con fecha 18 xx xxxxx de 2015, el Consejo de Administración de CaixaBank acordó presentar ante la CMVM el desistimiento del | ||||||||
registro de su oferta de adquisición sobre las acciones de BPI anunciada el pasado 17 de febrero, a la vista de no haberse dado | ||||||||
cumplimiento a la condición de que se eliminara el límite de derechos de voto que un accionista puede emitir establecido en los | ||||||||
estatutos de BPI, pues la Junta General de BPI, celebrada el 17 xx xxxxx de 2015, acordó no eliminar dicha limitación estatutaria. | ||||||||
Posteriormente, con relación al comunicado divulgado al mercado por BPI, con fecha 4 de febrero de 2016, sobre la propuesta de | ||||||||
su consejo de administración a la asamblea general para eliminar la limitación de derechos de voto (voting cap), CaixaBank | ||||||||
manifestó su posición favorable para eliminar el voting cap y en ese sentido valoró positivamente la decisión. | ||||||||
Asimismo, el pasado 2 xx xxxxx de 2016, CaixaBank informó mediante Xxxxx Xxxxxxxxx: (i) que está manteniendo contactos con | ||||||||
BPI y con el accionista de BPI, Xxxxxxx Finance-Prestação de Serviços, S.A. en el contexto de la situación del exceso de | ||||||||
concentración de riesgos de BPI derivada de su participación de control en BFA. (ii) En estos contactos, CaixaBank y Xxxxxxx | ||||||||
Finance han explorado distintas alternativas para alcanzar una solución a dicha situación que pudiera ser aceptable para todas las | ||||||||
partes interesadas, sin que hasta ahora se haya llegado a una solución en ese sentido. | ||||||||
A fecha de la publicación del presente documento CaixaBank no ha tomado ninguna decisión acerca de su participación en BPI. | ||||||||
CaixaBank tomará las decisiones que considere apropiadas y las comunicará al mercado oportunamente en función del resultado |
de la votación sobre la eliminación del voting cap por la asamblea general y de otras circunstancias que puedan ser relevantes. Venta de la participación en Boursorama a Société Générale y de la participación en Self Trade Bank a Boursorama Con fecha 00 xx xxxxx xx 0000 XxxxxXxxx xxxxxxx xx xxxxx a Société Générale Group de la totalidad de su participación en Boursorama, que representaba un 20,5% del capital social, así como los derechos de voto, por un precio de 218,5 millones de euros. El precio pagado por Société Générale fue el mismo que el ofrecido a los accionistas minoritarios durante la oferta pública de adquisición simplificada y del proceso de exclusión del año 2014, esto es, 12 euros por acción. Con esta operación finalizó la alianza entre Société Générale y CaixaBank que se inició en 2006 tras la venta de CaixaBank France a Boursorama. Como consecuencia de ello, el acuerdo de accionistas firmado en mayo de 2006 y renegociado en marzo de 2014 por ambas instituciones se dio también por terminado. Asimismo, CaixaBank también anunció la firma de la venta a Boursorama de la totalidad de su participación en Self Trade Bank, la joint venture que ambas entidades mantenían en España, y que representa el 49% del capital social. La contraprestación acordada fue de 33 millones de euros. Como consecuencia de esta transacción se da por terminada la joint venture así como los acuerdos firmados en julio de 2008 por Xxxxxxxxxx y CaixaBank. Las plusvalías consolidadas después de impuestos generadas en ambas transacciones ascienden a 38 millones de euros. Firma de un acuerdo de permuta con CriteriaCaixa sobre las participaciones en Grupo Financiero Inbursa y The Bank of East Asia El día 3 de diciembre de 2015 los Consejos de Administración de CaixaBank y de CriteriaCaixa acordaron la firma de un contrato de permuta bajo el cual CaixaBank se obligaba a entregar a CriteriaCaixa el 17,24% de The Bank of East Asia (BEA) y el 9,01% de Grupo Financiero Inbursa (GFI) y CriteriaCaixa se obligaba, por su parte, a entregar a CaixaBank el 9,9% de acciones propias de CaixaBank titularidad de CriteriaCaixa y 642 millones de euros en efectivo. El Consejo de Administración de CaixaBank tiene previsto proponer a la Junta General de Accionistas de CaixaBank la amortización de, como mínimo, las acciones propias que adquiera de Criteria bajo esta permuta (9,9%) y como máximo el 10% del capital social que CaixaBank llegue a tener en autocartera en ese momento. El cierre de la permuta está sujeto a (i) la modificación de los actuales acuerdos suscritos por CaixaBank relativos a sus participaciones en BEA y GFI de modo que Criteria ocupe la posición de CaixaBank, como nuevo accionista de estos bancos y CaixaBank continúe siendo parte como socio bancario de dichos bancos, (ii) la obtención de las autorizaciones regulatorias aplicables en Hong Kong y en Méjico; (iii) la autorización del Consejo de Administración de GFI a la adquisición de las acciones de GFI por parte de Criteria; y (iv) la autorización del Banco Central Europeo para la adquisición por parte de CaixaBank de las acciones propias de CaixaBank, así como la posterior amortización de las mismas, que el Consejo de Administración de CaixaBank prevé proponer a su próxima Junta General de Accionistas. Dado que la entrega de las acciones de BEA y GFI únicamente se producirá si se obtienen la totalidad de las autorizaciones, y no es la intención del grupo enajenar las mismas en caso de no autorizarse la transacción, dichas participaciones se mantienen clasificadas a 31 de diciembre de 2015 como entidades asociadas. Cuando se ejecute esta operación, la participación de CriteriaCaixa en CaixaBank descenderá del 56,76% a 31 de diciembre de 2015 al 52%. Si se considera la participación fully diluted (teniendo en cuenta el bono de CriteriaCaixa de 750 millones de euros canjeable en acciones de CaixaBank con vencimiento en noviembre de 2017), ésta bajaría del 54% al 48,9%. | |
B.8 | Información financiera seleccionada pro forma, identificada como tal No procede, puesto que el Documento de Registro de CaixaBank no incorpora información financiera pro forma. |
B.9 | Si se realiza una previsión o estimación de los beneficios, indíquese la cifra No procede, puesto que no se ha incluido en el Documento de Registro del Emisor |
B.10 | Descripción de la naturaleza de cualquier salvedad en el informe de auditoría sobre la información financiera histórica No procede, puesto que los informes de auditoría emitidos sobre las cuentas anuales del Emisor individuales y de su grupo consolidado, correspondientes a los ejercicios 2015, 2014 y 2013 contienen respectivas opiniones favorables, sin salvedades |
Sección C – Valores | |
C.1 | Descripción del tipo y de la clase de valores ofertados y/o admitidos a cotización, incluido, en su caso, el número de identificación del valor Los warrants emitidos están representados por anotaciones en cuenta. La Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores (en adelante Iberclear), con domicilio en la Xxxxx xx xx Xxxxxxx xx0, 00000 Xxxxxx, será la encargada de su registro contable junto con sus entidades participantes. El Código ISIN (Internacional Securities Identification Number) es de cada warrant es el que consta en la tabla anexa a este resumen. Warrant significa valor negociable en Bolsa que otorga a su tenedor el derecho, pero no la obligación, a comprar (call warrant) o vender (put warrant) una cantidad determinada de un activo (Activo Subyacente) a un precio (precio de ejercicio o strike) a lo largo de toda la vida del warrant (americano) o a su vencimiento (europeo). Para adquirir el derecho, el comprador debe pagar una prima. La liquidación será exclusivamente por diferencias y no por entrega física del Activo Subyacente. El derecho que otorgan a su tenedor está sujeto, en algunos casos, a ciertas condiciones. Call Warrant Derecho a comprar Put Warrant Derecho a vender Tipos de warrants Los tipos de warrants emitidos son: Warrants de Venta Tradicionales (Put Warrants): son warrants que otorgan a su titular el derecho (no la obligación) a vender una cantidad determinada de un activo subyacente en la Fecha de Ejercicio y al Precio de Ejercicio, percibiendo, en la Fecha de Pago, |
el valor absoluto de la diferencia negativa que existiere entre el Precio de Liquidación del Activo Subyacente y el Precio de Ejercicio en la Fecha de Ejercicio Llegada la Fecha de Vencimiento no será necesario que los titulares de los warrants emitidos realicen acto alguno para el ejercicio de sus derechos ya que son de Ejercicio Automático. Estilo de Warrants Los warrants emitidos son: - Warrants Americanos: el tenedor puede ejercitar el derecho sobre el warrant en cualquier Día Hábil anterior a la fecha de vencimiento, mediante la presentación en la entidad donde tengan depositados los valores de un Aviso de Ejercicio. El Aviso de Ejercicio debe ser recibido antes de las 17.00 CET (Central European Time) para ser ejecutado el día siguiente. En caso de que el inversor no proceda a ejercitar sus derechos sobre el warrant en el plazo indicado, el ejercicio será automático a vencimiento. Las características de los warrants a emitir son las indicadas en la tabla anexa a este resumen. | |
C.2 | Divisa de emisión de los valores Los warrants estarán denominados en Euros. |
C.3 | Número de acciones emitidas y desembolsadas totalmente, así como las emitidas, pero aún no desembolsadas en su totalidad. Indicar el valor nominal por acción, o que las acciones no tienen ningún valor nominal. El capital social de Caixabank a 9 xx xxxxx de 2016 es de 5.823.990.317 euros, representado por 5.823.990.317 acciones de 1 euro de valor nominal cada una de ellas, pertenecientes a una sola clase y serie, con idénticos derechos políticos y económicos, y representadas en anotaciones en cuenta. Las acciones de la sociedad están admitidas a cotización en las bolsas de valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo) |
C.5 | Descripción de cualquier restricción sobre la libre transmisibilidad de los valores No existen restricciones a la libre transmisibilidad de los valores. |
C.7 | Descripción de la política de dividendos La política de retribución al accionista de CaixaBank se articula a través de un esquema de retribución denominado Programa Dividendo/Acción por el que, en determinados trimestres, se va a permitir a los accionistas elegir entre las siguientes tres opciones: a) Recibir acciones mediante una ampliación de capital liberada, o b) Recibir efectivo, como consecuencia de la venta en el mercado de los derechos asignados en dicha ampliación, o c) Recibir efectivo, por la venta a CaixaBank, a un precio fijado por la entidad, de los derechos asignados en dicha ampliación. Los accionistas también podrán combinar estas tres opciones. No obstante lo anterior, el pasado 12 xx xxxxx de 2015, el Consejo de Administración acordó, en el marco de su política de remuneración al accionista, que la remuneración con cargo al ejercicio 2015 sea de 0,16 euros por acción, mediante dos pagos en efectivo y dos pagos bajo el programa Dividendo/Acción (habiendo propuesto a la Junta General de Accionistas la aprobación de los correspondientes aumentos de capital), manteniéndose en todo caso la política de remuneración trimestral que permite a los accionistas optar entre recibir acciones o efectivo o una combinación de ambos. Este cambio en la política de remuneración al accionista, combinando la aplicación del “Programa Dividendo/Acción” con pagos íntegramente en efectivo ya fue anunciado mediante Hecho Relevante publicado el 17 de febrero de 2015, fecha en la que fue acordado por el Consejo al amparo de la Junta General de Accionistas celebrada el 24 xx xxxxx de 2014. A continuación se detalla la remuneración al accionista correspondiente a los últimos 12 meses: Concepto €/acc Pago1 Dividendo en efectivo, a cuenta 2015 0,04 24/12/2015 Programa Dividendo/ Acción2 0,04 25/09/2015 Dividendo en efectivo, complementario 2014 0,04 12/06/2015 Programa Dividendo/ Acción3 0,04 20/03/2015 (1) Fecha de liquidación de los derechos que se vendieron a la propia sociedad para el programa Dividendo/ Acción. (2) Fecha de inicio cotización derechos de asignación gratuita: 08/09/15. (3) Fecha de inicio cotización derechos de asignación gratuita: 03/03/15. En relación con la Junta General Ordinaria de Accionistas de XxxxxXxxx, S.A.(la “Junta”) que esta previsto que se celebre el día 28 xx xxxxx de 2016 en primera convocatoria, el Consejo de Administración someterá a la Junta Aprobar la distribución del resultado neto individual, que es de un beneficio de 650.692.362,47 euros, de la siguiente forma: (1) Importe estimado (ver nota (2) siguiente). (2) Importe estimado correspondiente al pago de un dividendo complementario de 0,04 euros por acción, a abonar en efectivo en junio de 2016. Este importe se incrementará o reducirá en función del número total de acciones que finalmente se emitan en el marco del acuerdo de ampliación de capital liberado aprobado por la |
Junta General de Accionistas celebrada el 23 xx xxxxx de 2015 bajo el punto 8.2 del orden del día (Programa Dividendo/Acción) y que el Consejo de Administración acordó ejecutar en su sesión de 25 de febrero de 2016. Asimismo, este importe se reducirá en función del número de acciones en autocartera que CaixaBank tenga en el momento del pago del dividendo, dado que, conforme exige la Ley de Sociedades de Capital, las acciones propias no podrán percibir dividendo. (3) Importe estimado (ver nota (6) posterior). (4) Importe que permite alcanzar el 20% de la cifra de capital social a 31 de diciembre de 2015, superior al importe mínimo que debe destinarse a reserva legal conforme al artículo 274 de la Ley de Sociedades de Capital (10% del beneficio del ejercicio). (5) Conforme a lo exigido por el artículo 273.4 de la Ley de Sociedades de Capital. (6) Importe estimado que se destina a la reserva voluntaria. Este importe se incrementará o reducirá en la misma cuantía en que se reduzca o incremente el importe destinado al pago del dividendo complementario (véanse notas 1 y 2 anteriores). El dividendo complementario del ejercicio 2015 se hará efectivo a los accionistas a partir del 1 xx xxxxx de 2016. En el supuesto de que a la fecha de pago del dividendo complementario la Sociedad fuera titular de acciones que no tuvieran derecho a percibir dividendo, el importe que les hubiera correspondido será aplicado a reservas voluntarias. | |
C.8 | Descripción de los derechos vinculados a los valores, incluida cualquier limitación de éstos, y del procedimiento para el ejercicio de tales derechos Derechos Políticos: Conforme a la legislación vigente, los valores carecerán para el inversor que los adquiera de cualquier derecho político presente y/o futuro sobre el Emisor o sobre el emisor de los subyacentes que pueden tener los warrants. Derechos Económicos: Los warrants emitidos no otorgarán a sus titulares derecho alguno de reembolso, sino el derecho a percibir los importes que, en su caso, y de conformidad con lo previsto en las Condiciones Finales, resulten a favor de los mismos. Se liquidarán exclusivamente por diferencias y se entenderán automáticamente ejercitados por sus titulares en sus respectivas Fechas de Ejercicio o de Vencimiento, procediendo el Emisor directamente a realizar a sus titulares las correspondientes liquidaciones positivas a las que tuvieran derecho como consecuencia de dicho ejercicio en las Fechas de Pago de la emisión. Ejercicio de los derechos económicos: El ejercicio de los derechos económicos de los warrants se llevará a cabo de acuerdo con lo establecido a continuación: Warrants Americanos: los warrants emitidos cuyo ejercicio sea americano requieren que sea el titular del warrant el que solicite el ejercicio de acuerdo con el procedimiento establecido a continuación.. El Período de Ejercicio se iniciará en la Fecha de Emisión y se prolongará hasta las 17:00 C.E.T. del día hábil anterior a la Fecha de Vencimiento, esto es: • Para warrants con Fecha de Vencimiento 19 xx xxxxxx de 2016, el último día de negociación será el 18 xx xxxxxx de 2016. • Para warrants con Fecha de Vencimiento 16 de septiembre de 2016, el último día de negociación será el 15 de septiembre de 2016. • Para warrants con Fecha de Vencimiento 21 de octubre de 2016, el último día de negociación será el 20 de octubre de 2016. • Para warrants con Fecha de Vencimiento 18 de noviembre de 2016, el último día de negociación será el 17 de noviembre de 2016. El tenedor puede ejercitar el derecho sobre el warrant en cualquier Día Hábil anterior a la Fecha de Vencimiento, mediante la presentación, en la entidad donde tenga depositados los valores, de un Aviso de Ejercicio. Los Avisos de Ejercicio habrán de ser presentados al Emisor por fax, correo o en persona. La dirección a estos efectos es Servicios Bancarios y Operaciones de CaixaBank S.A., Xxxx. Xxxxxxxx 000, 00000, Xxxxxxxxx y el número de fax es 00 000 00 00. El modelo para el Aviso de Ejercicio puede obtenerse en cualquier oficina del Emisor así como a través de su página web. El Aviso de Ejercicio será irrevocable y debe ser recibido antes de las 17.00 CET (Central European Time) para ser ejecutado el día siguiente, en este caso la Fecha de Ejercicio será el día siguiente a tal recepción. Los avisos de ejercicio recibidos por el Emisor después de las 17:00 CET tendrán Fecha de Ejercicio dos Días Hábiles siguientes a la recepción del aviso. Asimismo, los avisos de ejercicio recibidos después de las 17:00 CET de terceras entidades en la que los inversores tengan depositados los valores, tendrán Fecha de Ejercicio dos Días Hábiles siguientes a la recepción del aviso. El límite final para dar Aviso de Ejercicio será por tanto las 17:00 C.E.T. del Día Hábil anterior a la Fecha de Vencimiento. Pasado ese momento los warrants no ejercitados por los tenedores serán ejercitados de forma automática por el Emisor en la Fecha de Vencimiento. El número mínimo de warrants para los que se solicite el ejercicio no podrá ser inferior a 100, salvo el día hábil anterior a la Fecha de Vencimiento. En dicha fecha se atenderán todas las peticiones de ejercicio o “Avisos de Ejercicio” que se presenten. Por tanto, aquellos inversores que tengan un número de valores inferior a 100 no podrán ejercitarlos antes de su vencimiento, si bien podrán transmitirlos en el mercado secundario con el fin de realizar su inversión. Día Hábil significa el día en que los Bancos Comerciales estén abiertos para la realización de operaciones financieras en Barcelona y estén abiertas para negociación las bolsas donde cotizan los warrants. Los derechos económicos que en su caso correspondan a los titulares de los warrants se abonarán por el Emisor a través de las entidades encargadas de la llevanza de los registros contables correspondientes. Prelación Las emisiones de warrants no tienen garantías reales ni de terceros, quedando sujetas por tanto al régimen de responsabilidad patrimonial universal del Emisor. Los warrants serán obligaciones contractuales directas, generales y sin pignoración del Emisor, y tendrán carácter pari passu entre ellas y todas las demás obligaciones sin pignoración y sin subordinación del Emisor. Por tanto, con respecto a la prelación de los inversores en caso de situación concursal del Emisor, los titulares de warrants se situarán detrás de los créditos con privilegio establecidos en la legislación concursal y delante de los acreedores subordinados. |
C.11 | Indicación de si los valores ofertados son o serán objeto de una solicitud de admisión a cotización, con vistas a su distribución en un mercado regulado o en otros mercados equivalentes, indicando los mercados en cuestión. Los warrants emitidos al amparo del Folleto de Base serán suscritos en el mercado primario por GDS-CUSA S.A.U, sociedad del Grupo CaixaBank, S.A., con domicilio en Barcelona, calle Provençals nº 39. El Emisor tiene previsto solicitar la admisión a negociación de las emisiones de warrants emitidas en la Bolsa de Valores de |
Barcelona Madrid, Valencia Bilbao, así como en el Sistema de Interconexión Bursátil. El Emisor se compromete a realizar los trámites necesarios para que los warrants que se emitan se incorporen a la negociación en dichos mercados en el plazo más reducido posible pero nunca superior a 7 días hábiles desde la Fecha de Emisión. Los warrants no tradicionales cotizarán en un segmento diferenciado dentro de la plataforma de warrants del S.I.B.E. Se puede obtener información sobre los warrants en cualquiera de las oficinas del Emisor, página web del Emisor o en las páginas web de las bolsas donde coticen. Para fomentar la liquidez, difusión y formación de precios de los warrants en el mercado, el Emisor realizará las funciones de entidad especialista de los warrants que se emitan al amparo del Folleto de Base, desarrollando sus funciones de acuerdo con lo establecido en la Circular 1/2009 y la Instrucción Operativa 131/2015 de Sociedad de Bolsas. | |
C.15 | Descripción de cómo el valor de su inversión resulta afectado por el valor del instrumento o instrumentos subyacentes Los warrants son valores que conllevan un alto riesgo si no se gestionan adecuadamente. Entre dichos riesgos se encuentra el de tipo de interés, el riesgo de crédito, riesgo xx xxxxxxx, riesgo de tipo de cambio, la volatilidad, la rentabilidad por dividendos o el plazo de tiempo. El inversor debe asumir que podrá obtener una rentabilidad negativa de su inversión en caso de que la evolución del Activo Subyacente sea contraria a la esperada y además debe tener en cuenta que en la valoración del warrant intervienen los siguientes factores: ▪ El precio del subyacente: El precio de un warrant depende del precio del Activo Subyacente. En caso de un warrant de compra (tipo call) se incrementará cuando el precio del Activo Subyacente aumente y bajará cuando éste disminuya. En el caso de un warrant de venta (tipo put), el precio de cotización del warrant se incrementará cuando baje el precio del Activo Subyacente y viceversa. Para aquellos subyacentes con cotización en divisa distinta a la de emisión del warrant, el inversor debe tener presente la existencia de riesgo de tipo de cambio tanto en caso de ejercicio de los warrants como en la cotización diaria, puesto que el Precio de Ejercicio del warrant está determinado en una divisa distinta a la del precio del subyacente. ▪ Dividendos: En el caso de warrants sobre acciones, índices, cestas de acciones y cestas de índices el valor del warrant se calculará teniendo en cuenta los dividendos. Cuantos mayores sean los dividendos, más bajo es el precio del warrant de compra (tipo call) y más alto el precio del warrant de venta (tipo put). ▪ Tipos de interés: En el caso de warrants sobre acciones, índices, cestas de acciones y cestas de índices el valor del warrant se calculará teniendo en cuenta los tipos de interés. Cuanto más alta sea la tasa de interés, más alto es el precio del warrant de compra (tipo call) y más bajo el precio del warrant de venta (tipo put). Para warrants sobre tipos de cambio se tendrá en cuenta para el cálculo del valor del mismo el tipo de interés de la divisa subyacente. ▪ Volatilidad: Cuanto más volátil sea el Activo Subyacente, es decir, cuanto más alta sea la variación estimada de su precio con respecto a una media estimada, mayor precio tendrá el warrant pues en un momento dado el precio del Activo Subyacente tiene más posibilidades de subir o bajar en el período de ejercicio del warrant. De acuerdo con lo anterior, en el momento de liquidación del warrant, el Precio de Liquidación puede haber subido o bajado más con respecto a una media estimada. ▪ Tiempo de vencimiento: Cuanto mayor sea el período de ejercicio, mayor será el precio del warrant, pues la probabilidad de que el precio del Activo Subyacente suba o baje aumenta con el tiempo. Es lo que se denomina “valor temporal” del warrant. El efecto de estos factores tiene que analizarse conjuntamente; así, es posible que a pesar de que la evolución del subyacente sea favorable su valor a una fecha dada se reduzca como consecuencia de la evolución desfavorable de alguno o algunos de los restantes factores. |
C.16 | Fecha de vencimiento o expiración de los valores derivados – fecha de ejercicio o fecha de referencia final Fecha de vencimiento La fecha de vencimiento de los warrants de la emisión es la establecida en la tabla anexa a este resumen. Fecha de Ejercicio La Fecha de Ejercicio y demás parámetros necesarios para determinar los derechos de cada titular son los especificados en la tabla anexa a este resumen Momento de Valoración: Ver elemento C.19 posterior. Fecha de Ejercicio: Ver elemento C.8 anterior. |
C.17 | Descripción del procedimiento de liquidación de los valores derivados Warrants Tradicionales La cantidad a percibir, en su caso, por el titular de cada warrant, en la Fecha de Pago establecida para cada emisión, será la resultante de aplicar para cada warrant la siguiente fórmula. El Importe de Liquidación se obtendrá de multiplicar el importe de liquidación unitario (redondeado al cuarto decimal) por el número de warrants que se vayan a ejercitar. Para los put warrants: Importe de Liquidación Unitario = Ratio * Max [(PE-PL),0] Donde: PE: Precio de Ejercicio del Activo Subyacente, y significa el precio del Activo Subyacente fijado inicialmente, al que el titular del warrant tendría derecho a comprar (“call”) o vender (“put”) el Activo Subyacente en la Fecha de Ejercicio. El Precio de Ejercicio tiene un máximo de 4 decimales. PL: Precio de Liquidación del Activo Subyacente, y significa el precio del Activo Subyacente que se utilizará por el Emisor como precio de referencia final del Activo Subyacente. El Precio de Liquidación tiene un máximo de 4 decimales. Ratio: cantidad de Activo Subyacente a la que da derecho cada warrant (representada por cada warrant). El Ratio puede tener |
4 decimales y puede ser una fracción o un múltiplo de 1. El Ratio se puede modificar a lo largo de la vida del warrant si se produjeran circunstancias excepcionales en el Activo Subyacente que serán debidamente comunicadas al inversor. | |
C.18 | Descripción de cómo se van a realizar los pagos provenientes de los valores derivados El Emisor, a partir de la Fecha de Ejercicio y dentro de los 5 días hábiles posteriores, procederá, a pagar a los tenedores de los warrants el Importe de Liquidación que, en su caso, resulten a favor de los mismos de acuerdo con el elemento C.17 anterior. El abono del importe de liquidación se abonará por el Emisor directamente o a través de las entidades encargadas de los registros contables correspondientes. |
C.19 | Precio de ejercicio y Precio de Liquidación o Precio de Referencia Final del subyacente El Precio de Ejercicio es el precio del Activo Subyacente fijado inicialmente, al que el titular del warrant tendría derecho a comprar (call) o vender (put) el Activo Subyacente en la Fecha de Ejercicio, y que se utilizará por el Emisor como precio de referencia inicial del Activo Subyacente, a fin de determinar, mediante la aplicación de la fórmula de liquidación, si corresponde un Importe de Liquidación a los titulares de los warrants. Véase el Precio de Ejercicio en la tabla anexa a este resumen. |
C.20 | Descripción del tipo de subyacente y lugar en el que puede encontrarse información sobre el subyacente Tipo de subyacente: Índices Put Nombres de los subyacentes: el nombre de cada uno de los subyacentes están recogidos en la tabla anexa a este resumen Descripción de los subyacentes: Páginas de información sobre el activo subyacente: • Código Bloomberg <tipo> HP <Go> para precios históricos, (trayectoria pasada y reciente). • Código Bloomberg <tipo> HVT <Go> para volatilidades históricas. • Código Bloomberg <tipo> XXXX <Go> para volatilidades implícitas. Mercado de Cotización del Activo Subyacente: Mercado Continuo. Mercado de Cotización Relacionado del Subyacente: MEFF Renta Variable Distorsión xxx xxxxxxx del subyacente: Se comunicará a la CNMV como hecho relevante y será publicado en su página web (xxx.xxxx.xx). Marca IBEX-35 CaixaBank conoce las reglas de formación de los precios de los valores incluidos en el Índice IBEX 35 ® y de éste último, de conformidad con la libre concurrencia de las órdenes de compra y de venta dentro de un mercado neutral y transparente, y que se compromete a respetarlas y a abstenerse de cualquier actuación disconforme con ellas. Sociedad de Bolsas, S.A., no garantiza en ningún caso y cualquiera que sean las razones: La continuidad de la composición del Indice IBEX 35 ® tal cual es hoy en día o en algún otro momento anterior. La continuidad del método de cálculo del Indice IBEX 35 ® tal y como se efectúa hoy día o en algún otro momento anterior. La continuidad en el cálculo, formulación y difusión del Indice IBEX 35 ® . La precisión, integridad o ausencia de fallos o errores en la composición o cálculo del Indice IBEX 35 ®. La idoneidad del Indice IBEX 35 ® Sociedad de Bolsas, S.A., propietaria del Indice IBEX 35®, así como titular registral y propietaria de las correspondientes marcas asociadas al mismo, en ningún caso patrocina, promueve ni recomienda la inversión en el producto, ni el otorgamiento de esta autorización comporta juicio favorable de Sociedad de Bolsas, S.A., en relación con la información ofrecida por CaixaBank, o sobre la conveniencia o interés del producto |
Sección D – Riesgos | |
D.1 | Información fundamental sobre los principales riesgos específicos del Emisor o de su sector de actividad A continuación se resumen los factores de riesgo inherentes al Emisor que se desarrollan en la sección “Factores de Riesgo “ del Documento de Registro de CAIXABANK, inscrito en los registros oficiales de la CNMV el 23 xx xxxxx de 2015, cuyas cifras se actualizan a continuación a 31 de diciembre de 2015: 7. RIESGOS ASOCIADOS A LA ACTIVIDAD FINANCIERA DE LA ENTIDAD • Riesgo de Crédito: Se refiere a las pérdidas derivadas del incumplimiento de un acreditado en alguna de sus obligaciones. El riesgo de crédito, es el más significativo del balance del Grupo CAIXABANK y se deriva de la actividad bancaria y aseguradora, de la operativa de tesorería y de la cartera de participadas. El Grupo CaixaBank orienta su actividad a la financiación de familias y empresas. La gestión del riesgo de crédito se caracteriza por una política de concesión prudente y de coberturas adecuadas. Con respecto a la distribución geográfica, la actividad crediticia del Grupo CaixaBank se centra, básicamente, en España. A continuación se muestran los datos más relevantes de gestión del riesgo a 31 de diciembre de 2015, 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 x 00 xx xxxxxxxxx xx 0000: |
Subyacente | Código Bloomberg | Tipo |
IBEX35 | IBEX | Index |
Diciembre 2015 Diciembre 2014 Diciembre 2013 En millones de euros | |||
GESTIÓN DEL RIESGO (créditos + riesgos contingentes) | |||
Dudosos 17.100 20.110 25.365 Ratio de morosidad 7,9% 9,7% 11,7% Ratio de morosidad ex-promotor 6,2% 6,4% 6,8% Provisiones para insolvencias 9.512 11.120 15.478 Cobertura de la morosidad 56% 55% 61% Cobertura de la morosidad con garantía real 128% 132% 140% Fallidos1 14.604 11.602 10.453 (1) Incluye intereses devengados por los activos. Cláusulas suelo: Durante el tercer trimestre de 2015 se eliminaron la práctica totalidad de las cláusulas suelo de los préstamos hipotecarios a clientes particulares, procedentes, en su mayoría, de las recientes integraciones. El impacto de menores ingresos financieros estimado por la eliminación de la totalidad de las cláusulas suelo en base anual es de aproximadamente 220 millones de euros. Adicionalmente, existe un procedimiento judicial en el que se está ejercitando una acción colectiva de cesación en la aplicación de las cláusulas suelo que existen en determinadas hipotecas de la entidad. La resolución de dicho procedimiento podría implicar el cese y pretensiones accesorias en la aplicación de algunas de dichas cláusulas. En 2015 el Grupo ha procedido a registrar una provisión de aproximadamente 500 millones de euros que recoge el coste esperado por la devolución de las cantidades percibidas desde mayo 2013 hasta dicha eliminación. Exposición al sector inmobiliario: A 31 de diciembre de 2014 la financiación al sector promotor ascendía a 14.069 millones de euros (-5.911 millones de euros respecto de 2013, -29,6%), con una cobertura específica de 4.387 millones de euros. La ratio de morosidad de promotores se situaba en el 54,6% (59,4% a 31 de diciembre de 2013) y el nivel de cobertura considerados problemáticos (dudosos y subestándar) se situaba en el 52,9% (53,7% a 31 de diciembre de 2013). A 31 de diciembre de 2015 la financiación al sector promotor asciende a 9.825 millones de euros (-4.244 millones de euros respecto de 2014, -30,2%), con una cobertura específica de 2.375 millones de euros. La ratio de morosidad de promotores se sitúa en el 44,1% y el nivel de cobertura considerados problemáticos (dudosos y subestándar) se sitúa en el 48,8%. Los activos adjudicados disponibles para la venta ascendían a 6.719 millones de euros a 31 de diciembre de 2014 (+550 millones de euros respecto a 31 de diciembre de 2013). Adicionalmente, los activos inmobiliarios adjudicados de CaixaBank destinados al alquiler (clasificados contablemente como Inversiones Inmobiliarias) ascendían, a 31 de diciembre de 2014, a 2.771 millones de euros netos de provisiones. En 2014 se comercializaron (venta o alquiler) inmuebles por importe de 2.512 millones de euros. La ratio de ocupación de la cartera destinada al alquiler se situó en el 87%. Los activos adjudicados disponibles para la venta ascienden a 7.259 millones de euros a 31 de diciembre de 2015 (+540 millones de euros respecto a 31 de diciembre de 2014, +316 millones de euros aislando la incorporación de saldos de Barclays Bank, SAU). Adicionalmente, los activos inmobiliarios adjudicados de CaixaBank destinados al alquiler (clasificados contablemente como Inversiones Inmobiliarias) ascienden, a 31 de diciembre de 2015, a 2.966 millones de euros netos de provisiones. En 2015 se han comercializado (venta o alquiler) inmuebles por importe de 2.077 millones de euros. La ratio de ocupación de la cartera destinada al alquiler se ha situado en el 93%. Los activos adjudicados disponibles para la venta no incluyen los derechos de remate de inmuebles procedentes de subasta al no disponerse de la posesión del bien (692 y 745 millones de euros netos de provisiones en 2015 y 2014, respectivamente). Refinanciaciones: La refinanciación es la reinstrumentación de riesgos de clientes con impagados para intentar mejorar las garantías disponibles y facilitar el cumplimiento de sus compromisos. El 2 de octubre de 2012 el Banco de España publicó la circular 6/2012, de 28 de septiembre, sobre el tratamiento y clasificación de las operaciones de refinanciación y reestructuración. El Grupo cuenta con una detallada política de refinanciación de deudas de clientes, que cumple con la mencionada Circular 6/2012 y que comparte los principios generales publicados por la Autoridad Bancaria Europea para este tipo de operaciones. A 31 de diciembre de 2014, el total de operaciones refinanciadas ascendía a 20.653 millones de euros. De éstas, 8.280 millones de euros (40% de la cartera) estaban clasificados como activos dudosos y 2.101 millones de euros (10% de la cartera) como subestandar. Las provisiones asociadas ascendían a 3.759 millones de euros (3.339 millones de euros para dudoso y 420 millones de euros para subestandar). A 31 de diciembre de 2015, el total de operaciones refinanciadas se sitúa en 20.131 millones de euros. De éstas, 7.659 millones de euros (38% de la cartera) están clasificados como activos dudosos y 1.543 millones de euros (8% de la cartera) como subestándar. Las provisiones asociadas a estas operaciones ascienden a 3.501 millones de euros (3.144 millones de euros para dudosos y 357 para subestándar). Riesgo soberano: Se refiere a la posibilidad de sufrir pérdidas como consecuencia de las exposiciones significativas o alta concentración de riesgo de crédito en determinados países. La posición en deuda soberana del Grupo, concentrada principalmente en CaixaBank y el Grupo Asegurador, está sujeta a la política general xx xxxxxxxx de riesgos de la Sociedad que asegura que la totalidad de las posiciones tomadas estén alineadas con el perfil de riesgo objetivo de la misma. A continuación se presenta el valor en libros de la información relevante en relación a la exposición al riesgo soberano referida a 31 de diciembre de 2014 y 31 de diciembre de 2015. La información se presenta desglosada distinguiendo las posiciones |
mantenidas por CAIXABANK directamente de aquéllas correspondientes al Grupo asegurador, cuya entidad más importante es VidaCaixa, SA de Seguros y Reaseguros:
31.12.2015 (CaixaBank + Grupo Asegurador)
(M iles de euros)
C artera de nego xxxxxx x
xxxx res
representativo s de deuda
C artera de nego xxxxxx n
po sicio nes co rtas
A ctivo s
financiero s
dispo nibles para la vent a
Inversio nes crediticias
X xxxxxx xx xxxxxxxx x x xxxxxxxxxxx
Xxxx | |||||
Xxxxxx | 2.653.960 | (2.582.979) | 12.970.235 | 14.116.486 | 2.040.794 |
Italia | 346.196 | (118.704) | 2.288.619 | 0 | 0 |
Resto | 51.653 | 0 | 817.927 | 36.191 | 0 |
Total CaixaBank | 3.051.809 | (2.701.683) | 16.076.781 | 14.152.677 | 2.040.794 |
Total Grupo Asegurador | 0 | 0 | 36.666.787* | 0 | 0 |
Total CaixaBank + Grupo Asegurador | 3.051.809 | (2.701.683) | 52.743.568 | 14.152.677 | 2.040.794 |
* De los cuales, el 95,56% corresponden a España
31.12.2014 (CaixaBank + Grupo Asegurador)
(M iles de euros)
C artera de nego xxxxxx x
xxxx res
representativo s de deuda
C artera de nego xxxxxx n
po sicio nes co rtas
A ctivo s
financiero s
dispo nibles para la vent a
Inversio nes crediticias
X xxxxxx xx xxxxxxxx x x xxxxxxxxxxx
Xxxx | |||||
Xxxxxx | 1.483.108 | (1.795.083) | 22.453.460 | 13.961.373 | 6.309.235 |
Italia | 82.929 | (74.383) | 0 | 0 | 0 |
Resto | 254.624 | 0 | 409.730 | 21.863 | 0 |
Total CaixaBank | 1.820.661 | (1.869.466) | 22.863.190 | 13.983.236 | 6.309.235 | |
Total Grupo Asegurador | 0 | 0 | 36.324.161 | * | 0 | 0 |
Total CaixaBank + Grupo Asegurador | 1.820.661 | (1.869.466) | 59.187.351 | 13.983.236 | 6.309.235 |
* De los cuales, el 95,56% corresponden a España
Riesgo de contrapartida generado por la operativa de Tesorería:
La máxima exposición autorizada de riesgo de crédito con una contrapartida se determina mediante un cálculo, aprobado por la Dirección, basado fundamentalmente en los ratings de las entidades y en el análisis de sus estados financieros.
La práctica totalidad de las exposiciones en el ámbito de la actividad de la Sala de Tesorería se asumen con contrapartidas localizadas en países europeos y en Estados Unidos.
Riesgo asociado a la cartera de participadas:
El riesgo de la cartera de participadas del Grupo CaixaBank es el asociado a la posibilidad de incurrir en pérdidas por los movimientos de los precios xx xxxxxxx y/o por la quiebra de las posiciones que forman la cartera de participaciones con un horizonte de medio y largo plazo.
A 31 de diciembre de 2015 el deterioro del fondo de comercio de la cartera de participadas asciende a 621 millones de euros (674 millones de euros a 31 de diciembres de 2014).
• Riesgo xx Xxxxxxx:
Se refiere a la pérdida potencial sobre la rentabilidad o el valor de la cartera derivada de los movimientos desfavorables de los tipos o precios xx xxxxxxx.
Riesgo estructural de tipo de interés:
El riesgo de tipo de interés es inherente a toda actividad bancaria y se produce cuando los cambios en la estructura de tipos de interés xx xxxxxxx afectan a las masas de activo y pasivo del balance con diferentes vencimientos e índices de referencia, provocando su renovación o contratación a tipos diferentes de los anteriores con efectos en su valor económico y en el margen financiero.
La sensibilidad del margen de intereses a un año de las masas sensibles del balance, considerando un escenario de subida y otro de bajada de tipos instantáneo de 100 puntos básicos cada uno, es aproximadamente del +2,4% en el escenario de subida y del -2,0% en el de bajada. Dado el nivel actual de tipos de interés es importante señalar que el escenario de stress de bajada de -100pbs no supone la aplicación de tipos de interés negativos.
La sensibilidad del valor patrimonial a los tipos de interés mide cuál sería el impacto en el valor actual del balance ante variaciones en los tipos de interés.
Impacto de un incremento de 1 punto básico en la curva
(miles de euros) 31.12.2015 31.12.2014
Sobre el Valor actual de los flujos futuros 3.399 (1.501)
Riesgo estructural de tipos de cambio:
Es el riesgo generado básicamente por posibles fluctuaciones del valor de activos y pasivos denominados en divisa. La gestión de este riesgo se desarrolla a través de la actividad de cobertura en los mercados bajo la premisa de minimizar los riesgos de cambio asumidos, hecho que explica la reducida exposición de CaixaBank a este riesgo xx xxxxxxx.
El contravalor en euros de los activos y pasivos en moneda extranjera mantenidos por CaixaBank a 31 de diciembre de 2015 es el siguiente: 8.855 millones de euros el activo (6.378 millones de euros a 31 de diciembre de 2014) y 8.882 millones de euros el pasivo (7.224 millones de euros a 31 de diciembre de 2014).
• Riesgo de Liquidez: Consiste en la posibilidad de que, a causa de un desfase entre los plazos de vencimiento de activos y pasivos, el Grupo se encontrara en una eventual incapacidad para atender sus compromisos de pago a un coste razonable o que no pudiera dotarse de una estructura de financiación estable capaz de soportar los planes de negocio a futuro. La liquidez bancaria materializada en efectivo, el neto de depósitos interbancarios, la deuda pública neta de repos y no incluida en póliza y añadiendo el saldo disponible de la póliza de crédito con el Banco Central Europeo, ascendía a 54.090 y 56.665 millones de euros a 31 de diciembre de 2015 y 2014, respectivamente. CaixaBank gestiona el riesgo de liquidez con un sentido de anticipación a posibles necesidades de fondos prestables, así dispone de varios mecanismos que le permiten habilitar y acortar los plazos de acceso al mercado: o Mantiene programas de emisión registrados en CNMV con el fin de acortar los plazos de formalización de la emisión de valores al mercado. o Delegación de la Junta General de Accionistas para emitir. o Para facilitar la salida en los mercados a corto plazo, se dispone actualmente de:líneas interbancarias con un importante número de entidades y de terceros estados, líneas repo con varias contrapartidas nacionales y acceso a Cámaras de Contrapartidas Central para la operatoria de repos. o Se dispone de varias líneas abiertas con: el Instituto de Crédito Oficial (ICO), con el Banco Europeo de Inversiones (BEI) y el Council of Europe Development Bank (CEB). o Capacidad de emisión de cédulas hipotecarias y territoriales. o Instrumentos de financiación con el Banco Central Europeo para el que se tienen depositadas una serie de garantías que permiten obtener de forma inmediata elevada liquidez. o En el Plan de Contingencia de Liquidez y Recovery Plan se contemplan un amplio abanico de medidas que permiten generar liquidez en situaciones de crisis de diversa naturaleza. Entre ellas se incluyen potenciales emisiones de deuda secured and unsecured, recursos al mercado repo, etc. La financiación obtenida del Banco Central Europeo, a través de los distintos instrumentos de política monetaria, es de 18.319 millones de euros a 31 de diciembre de 2015 frente a los 6.868 millones de euros a 31 de diciembre de 2014. Tanto el saldo actual dispuesto a 31 de diciembre de 2015 como el dispuesto a 2014 se corresponde a las subastas extraordinarias de liquidez denominada TLTRO (vencimiento hasta septiembre de 2018). El incremento de la financiación obtenida del Banco Central Europeo se debe a la integración de Barclays Bank, SAU (5.450 millones de euros) y al incremento de operaciones de financiación (6.001 millones de euros). El 1 de octubre de 2015 ha entrado en vigor el cumplimiento de la ratio LCR que supone mantener un nivel de activos disponibles de elevada calidad para hacer frente a las necesidades de liquidez en un horizonte de 30 días, bajo un escenario de estrés que considera una crisis combinada del sistema financiero y de nombre. El límite regulatorio establecido es del 60% a partir del 1 de octubre de 2015, 70% a partir del 1 de enero de 2016, del 80% a partir del 1 de enero de 2017 y del 100% a partir del 1 de enero de 2018. CaixaBank ha establecido en el Marco de Apetito al Riesgo, y como objetivo financiero de su Plan Estratégico vigente, mantener una ratio de un nivel superior al 130%. A 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 xx xxxxx XXX xx del 172% (175% a 31 de diciembre de 2014). • Riesgo Actuarial y del negocio asegurador: En 2013 las autoridades europeas establecieron el 1 de enero de 2016 como la fecha de entrada en vigor de la Normativa Europea de Solvencia II. En 2014 se aprobó la Directiva Omnibus II que modifica la Directiva de Xxxxxxxxx XX y completa el nuevo marco de regulación y supervisión de seguros en la UE, dando poderes a EIOPA para finalizar el proyecto de Xxxxxxxxx XX. Durante 2015 a nivel europeo se han finalizado los desarrollos normativos actualmente en discusión (Actos Delegados, Normas Técnicas de Implementación y Guías). A nivel nacional, durante 2015 se han transpuesto al ordenamiento jurídico español todo el conjunto de normativas de Solvencia II. Con el fin de preparar la adaptación a Solvencia II hasta su entrada en vigor el 1 de enero de 2016, en 2014 EIOPA (el supervisor Europeo de seguros) emitió cuatro guías de preparación, las cuales tienen como objetivo ayudar a que las compañías aseguradoras vayan incorporando progresivamente determinados aspectos que desarrolla Solvencia II hasta 2016. El Grupo, además de trabajar en el cumplimiento de estas guías de adaptación, trabajó activamente en la implantación de Solvencia II desde el inicio del proyecto, participando en los grupos de trabajo a nivel del sector asegurador y en los test de impacto cuantitativo y cualitativo realizado por los supervisores, y desarrollando las adaptaciones y mejoras necesarias en los sistemas y la gestión. En este sentido, el Grupo está preparado para el cumplimiento de la normativa de Solvencia II a partir de su entrada en vigor el 1 de enero de 2016. • Riesgo de rebaja de la calificación crediticia: Cualquier descenso de los ratings de CaixaBank puede incrementar los costes de su financiación, limitar el acceso a los mercados de capitales y afectar negativamente a la venta o comercialización de productos y a la participación en operaciones en especial, las de plazos mayores y operaciones con derivados. Esto podría reducir la liquidez del Grupo y tener un efecto adverso en el resultado operacional y en su situación financiera Los ratings de CaixaBank a 14 xx xxxxx de 2016 son: | |||||||
Agencia | Fecha Revisión | Calificación a corto plazo | Calificación a largo plazo | Perspectiva | |||
Standard & Poor’s Credit Market Services Europe Limited, Sucursal en España | 06/10/2015 | A-2 | BBB | Estable |
Moody’s Investors Services España, S.A. | 17/06/2015 | P-2 | Baa2 | Estable | |||
Xxxxx Ratings España, S.A.U. | 23/02/2016 | F2 | BBB | Positiva | |||
DBRS | 20/11/2015 | R-1 (low) | A (low) | Positiva | |||
Las agencias de calificación crediticia mencionadas han sido registradas en la European Securities and Markets Authority (ESMA) de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1060/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009 sobre agencias de calificación crediticia. Las calificaciones A (low), Baa2, BBB y BBB otorgadas a CaixaBank, S.A. por DBRS, Xxxxx´s, Fitch y Standard & Poor´s, respectivamente, indican la capacidad buena para hacer frente al pago de las obligaciones. Estas calificaciones crediticias no constituyen una recomendación para comprar, vender o ser titular de valores. Las calificaciones crediticias pueden ser revisadas, suspendidas o retiradas en cualquier momento por las agencias de calificación responsables de las mismas, no existiendo ninguna garantía de mantenimiento de las mismas durante todo el periodo de vigencia del Folleto. Las mencionadas calificaciones crediticias son sólo una estimación y no tienen por qué evitar a los potenciales inversores la necesidad de efectuar sus propios análisis de CaixaBank, S.A. en tanto Emisor • Riesgo de situación de recursos propios: El riesgo de solvencia, se debe a la restricción de la capacidad del Grupo CaixaBank para adaptar su volumen de recursos propios a las exigencias normativas o a la modificación de su perfil de riesgo. La efectiva gestión del capital del grupo es importante para su capacidad para operar y fijar su estrategia de negocio. En este sentido, la gestión de los recursos propios de la entidad viene en gran parte determinada por el marco normativo aplicable. La solvencia de las entidades financieras está regulada, desde el 1 de enero de 2014, por el Reglamento (EU) nº 575/2013 (CRR) y la Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, ambos del 26 xx xxxxx de 2013, que incorporan el marco normativo de Xxxxxxx XXX (Bis III) en la Unión Europea. Adicionalmente, y con posterioridad a la transposición legal europea, el Comité de Basilea y otros organismos competentes han publicando normas y documentos adicionales, con nuevas especificaciones en el cálculo de recursos propios. Esto conlleva un estado de permanente desarrollo, por lo cual CaixaBank va adaptando continuamente los procesos y los sistemas, para asegurar que el cálculo del consumo de capital y de las deducciones directas de recursos propios estén totalmente alineados con los nuevos requerimientos establecidos. A 31 de diciembre de 2015, el Grupo CaixaBank alcanza una ratio de Common Equity Tier 1 (CET1) del 12,9% (-5 puntos básicos en el año). Los recursos propios computables totales se sitúan en el 15,9% de los activos ponderados por riesgo. La evolución anual del CET1 responde a la integración de Barclays Bank, SAU, así como a la generación de capital, tanto por los resultados del Grupo como por la gestión prudente de los riesgos. Los activos ponderados por riesgo (APR) se sitúan a 31 de diciembre de 2015 en 143.312 millones de euros, lo que supone un crecimiento de 3.583 millones de euros respecto al cierre del ejercicio anterior (2,6%), básicamente por la incorporación de los activos ponderados por riesgo de Barclays Bank, SAU, compensado en parte por el desapalancamiento de la cartera crediticia. Aplicando los criterios previstos para el final del periodo transitorio (fully loaded), CaixaBank alcanza una ratio CET1 de 11,55%. CaixaBank ha recibido la decisión del Banco Central Europeo (BCE) sobre los requisitos mínimos de capital regulatorio, una vez analizados los resultados del proceso de revisión y evaluación supervisora (SREP), que exigen que mantenga una ratio CET1 regulatoria del 9,25%, que incluye el mínimo común exigido por el Xxxxx 1 del 4,5% así como un 4,75% adicional que agrega los requerimientos específicos xx Xxxxx 2 y el colchón de conservación de capital. Asimismo, CaixaBank ha recibido la decisión del Banco de España sobre el colchón de capital exigible como Otra Entidad de Importancia Sistémica (OEIS) a partir del 1 de enero de 2016 (0,25% de implantación gradual en 4 años hasta 2019). Estas decisiones, en su conjunto, exigen que CaixaBank mantenga en 2015 una ratio CET1 del 9,25% (el 9,3125% en 2016). Este requerimiento comparado con los niveles actuales de la ratio CET1, constata que los requerimientos aplicables a CaixaBank no implicarían ninguna limitación de las referidas en la normativa de solvencia sobre distribución de dividendos, de retribución variable y de intereses a los titulares de valores de capital de nivel 1 adicional. 8. RIESGOS ASOCIADOS A LA CONTINUIDAD DE LA ACTIVIDAD • Riesgo operacional: El riesgo operacional comprende las eventuales pérdidas que pueden producirse como resultado de una falta de adecuación o un fallo en los procesos, el personal o los sistemas internos, o bien como consecuencia de acontecimientos externos imprevistos incluyendo el riesgo legal. Incluye el riesgo legal y regulatorio y excluye el riesgo estratégico, el de reputación y el de negocio. La gestión del riesgo operacional llevada a cabo contempla aquellas pérdidas de riesgo de crédito o riesgo xx xxxxxxx cuyo origen es la materialización de riesgos operacionales. El objetivo global es mejorar la calidad en la gestión del negocio aportando información de riesgos operacionales que permita la toma de decisiones que aseguren la continuidad de la organización a largo plazo, la mejora en sus procesos y la calidad de servicio al cliente, ya sea interno o externo, cumpliendo con el marco regulatorio establecido y optimizando el consumo de capital. Durante el 2015 se ha consolidado el proyecto de evolución de la gestión de riesgo operacional, con el doble objetivo de implantar las mejores prácticas de gestión de riesgo operacional y, a la vez, disponer de mediciones internas sensibles al riesgo. El Grupo CAIXABANK posee pólizas de seguro corporativas para dar cobertura a los principales riesgos en que puede incurrir como resultado del desarrollo de su actividad |
• Riesgo reputacional El Área de Responsabilidad Social Corporativa y Reputación de CaixaBank, de acuerdo con el Comité de Reputación de CaixaBank, es la encargada de realizar el seguimiento de aquellos riesgos que, de materializarse, puedan afectar negativamente a la reputación de XxxxxXxxx, entendida como la percepción y las expectativas que tienen de la entidad sus grupos de interés. En 2015 se ha renovado el Comité de Reputación del Grupo, ahora denominado Comité de Responsabilidad Corporativa y Reputación, para adaptarlo a las recomendaciones del nuevo Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas, aprobado en febrero de 2015 por la CNMV. El Comité reportará a la Comisión de Nombramientos del Consejo de Administración el Grupo, entre cuyas funciones figura: “Supervisar la actuación de la entidad en relación con los temas de responsabilidad social corporativa y elevar al Consejo las propuestas que considere oportunas en esta materia”. Una de las principales acciones llevadas a cabo en este sentido ha sido la elaboración de la Política de Responsabilidad Social Corporativa el Grupo. • Riesgo de cumplimiento El riesgo de cumplimiento se define como el riesgo de sufrir deficiencias en los procedimientos que originen actuaciones u omisiones no ajustadas al marco jurídico, regulatorio, o a los códigos y normas internas, de las que se puedan derivar sanciones administrativas o daños reputacionales. El objetivo del Grupo CaixaBank es, por un lado, minimizar la probabilidad de que se materialice este riesgo y, por otro lado, en caso de que se pudiera materializar, que las deficiencias fueran detectadas, reportadas y solventadas con celeridad. El riesgo de cumplimiento no corresponde a un área específica sino a toda la Entidad que, a través de sus empleados, debe asegurar el cumplimiento de la normativa vigente, aplicando procedimientos que traslade dicha normativa a la actividad que realizan. • Riesgo legal El riesgo legal y regulatorio va asociado a la potencial pérdida o disminución de rentabilidad a consecuencia de las modificaciones en el marco regulatorio o de los fallos judiciales desfavorables para el Emisor. CaixaBank, en su condición de entidad financiera, está sujeta a un entorno altamente regulado y, entre otros requisitos, al cumplimiento de la normativa del Banco de España referente a niveles de solvencia y recursos propios, normativa que afecta, entre otros aspectos, a los niveles de inversión que la entidad financiera y sus filiales puedan efectuar, y a la normativa sobre actividad transfronteriza de las entidades de crédito conforme a la cual las inversiones significativas en entidades de crédito y en establecimientos financieros de crédito que realicen sus filiales estarán, en determinadas circunstancias, sometidas al régimen de autorización previa por parte del Banco de España. Asimismo, CaixaBank está sujeta a la regulación y/o supervisión de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores. No obstante lo anterior, el pasado 4 de noviembre de 2014, el Banco Central Europeo (BCE) asumió sus nuevas funciones de supervisión con la entrada en funcionamiento del Mecanismo Único de Supervisión (MUS). El MUS se compone del BCE y de las autoridades nacionales de los Estados miembros participantes. | |
D.6 | Información fundamental sobre los principales riesgos específicos de los valores 22. Riesgo de Pérdidas: Se advierte sobre el riesgo de que los inversores puedan perder el valor de toda su inversión o parte de ella Los warrants son valores que contienen una apuesta por una evolución determinada del precio de un Activo Subyacente; es preciso, por tanto, que el inversor adquiera en todo momento los warrants con un juicio fundado sobre el riesgo de su inversión y sobre las expectativas de evolución del Activo Subyacente, asumiendo que podrá obtener una rentabilidad negativa de su inversión en caso de que la evolución del Activo Subyacente sea contraria a la esperada o apostada, o se produzca cualquier supuesto extraordinario que afecte a los Activos Subyacentes, pudiendo incluso llegar a perder parte o la totalidad de la inversión efectuada. 23. Fluctuación del valor del warrant: El inversor debe tener en cuenta que en la valoración del warrant intervienen otros factores, además de la evolución del precio del Activo Subyacente, tales como la evolución de la volatilidad, la evolución de los tipos de interés, los supuestos de interrupción xx xxxxxxx y los dividendos. El efecto de estos factores tiene que analizarse conjuntamente. Así, es posible que a pesar de que la evolución del subyacente sea favorable su valor a una fecha dada se reduzca como consecuencia de la evolución desfavorable de alguno o algunos de los restantes factores. 24. Riesgo de Liquidez: El inversor que compra warrants debe tener en cuenta que, si trata de venderlos antes de su vencimiento, la liquidez puede ser limitada. Si bien el Emisor, para fomentar la liquidez, difusión y formación de precios en el mercado, realizará las funciones de entidad especialista de los warrants que se emitan al amparo del Folleto de Base, de acuerdo con lo establecido en la Circular 1/2002 de la Sociedad de Bolsas, esta función de contrapartida no siempre evita el riesgo de liquidez. 25. Riesgos específicos de los Warrants Turbo: (eliminar cuando no se emitan warrants turbo) • Cancelación anticipada por toque xx xxxxxxx: En el caso de los Warrants Turbo Call y los Warrants Turbo Put el inversor debe también tener en cuenta que incorporan una barrera que se activa cuando el valor del Activo Subyacente alcanza ese nivel xx xxxxxxx (“Nivel xx Xxxxxxx”) en sus mercados de referencia, activación que puede ocurrir en cualquier momento durante la vida del Turbo, trayendo como consecuencia el vencimiento anticipado del warrant correspondiente, sin producirse liquidación alguna y con pérdida total de la inversión. • Vencimiento anticipado por pago de dividendos: Se debe tener en cuenta que la rentabilidad por dividendos y el pago de los mismos podrá afectar al valor del Activo Subyacente y por tanto podría también provocar que éste tocara el Nivel xx Xxxxxxx. • Coste adicional de los Warrants Turbo(“Pin Risk”): |
Se trata de un sobreprecio adicional que el emisor traslada al inversor en concepto del coste que tendría en caso de deshacer la cobertura de estos valores. Este coste que soporta el inversor consiste en una cantidad fija que se calcula como un porcentaje del precio del Strike del Turbo, no siendo inferior al 0% ni superior al 5% del precio del Strike. El inversor debe tener en cuenta que este coste adicional que asume, en ningún caso, tanto si toca el Nivel xx Xxxxxxx como si se liquida a vencimiento, le será reembolsado. 26. Ineficiencia de Xxxxxxxxx: El inversor debe ser consciente, en caso de adquirir el warrant como instrumento de cobertura, que existe un riesgo de correlación. El warrant no es un instrumento perfecto de cobertura de un Activo Subyacente o cartera que incluye el Activo Subyacente. 27. Garantía: El Emisor en ningún caso garantiza la rentabilidad de la inversión efectuada ni hace recomendación alguna sobre la evolución de cualquiera de los Activos Subyacentes, asumiendo por tanto el suscriptor o comprador de los warrants emitidos el riesgo de una evolución desfavorable de alguno o algunos de los factores que determinan el precio del warrant y, por tanto, la pérdida total o parcial de la inversión efectuada. 28. Producto de estructura compleja: El Folleto de Base se refiere a productos cuya estructura, descripción y comprensión son complejas por lo que el warrant no es un valor apto para todo tipo de inversor. Los potenciales inversores deben tener los conocimientos y la experiencia suficientes para poder realizar una valoración adecuada de los warrants así como los riesgos que pueda conllevar la inversión de los mismos. Asimismo, los posibles inversores deben tener recursos financieros y liquidez suficientes para poder soportar el riesgo de invertir en warrants. Los potenciales inversores deberían entender las condiciones concretas de cada emisión y estar familiarizados con el comportamiento de los índices relevantes y mercados financieros. Asimismo, deberían estar capacitados para evaluar escenarios posibles para factores económicos, tipos de interés y otros factores que puedan influir en la inversión. El Folleto de Base recoge en términos generales la información que un posible inversor deberá tener en cuenta antes de invertir en este tipo de productos. En todo caso, es responsabilidad de cada potencial inversor hacer su propio análisis (incluyendo un análisis legal, fiscal y contable) con anterioridad a su decisión sobre la compra de los warrants. Cualquier evaluación sobre la idoneidad de los warrants para un inversor depende de, entre otras cosas, sus circunstancias financieras. Si un potencial inversor no tuviera la suficiente experiencia en temas financieros, de negocio o inversión como para decidir su compra de los warrants deberá consultar a su asesor financiero antes de tomar una decisión sobre dicha inversión. Se resalta, además, que para la descripción y los métodos de valoración de los warrants se utilizan en este folleto fórmulas matemáticas complejas |
Sección E – Oferta | |
E.2b | Motivos de la oferta y destino de los ingresos cuando esos motivos no sean la obtención de beneficios o la cobertura de ciertos riesgos Las emisiones de valores a realizar al amparo del presente Folleto de Base, obedecen a la actividad propia del negocio bancario de CaixaBank, S.A. |
E.3 | Descripción de las condiciones de la oferta. • Fecha de emisión:12 de julio de 2016 • Nº de Warrants emitidos:3.000.000 • Importe efectivo emitido: 652.500 euros • Plazo durante el que estará abierta la oferta y descripción del proceso de solicitud: Los warrants emitidos serán suscritos, en el mercado primario por GDS-CUSA, S.A.U. Una vez admitidos a negociación, los valores, durante su vida, pueden ser adquiridos en cualquier momento por los inversores a través de los canales de CaixaBank, S.A. • Cantidad mínima y/o máxima de solicitud La cantidad mínima de solicitud es de 1 (un) warrant En relación con los warrants de ejercicio americano el número mínimo de warrants para los que se solicite el ejercicio es de 100. • Procedimiento de solicitud Los inversores podrán realizar operaciones de compraventa de valores en el mercado secundario oficial, cursando órdenes a través de los intermediarios financieros. El inversor que desee cursar órdenes de compraventa de valores habrá de suscribir la correspondiente orden normalizada de valores. En la orden podrá indicar un precio o limitar el mismo, de conformidad con lo establecido por la normativa bursátil aplicable a todas las compraventas de valores realizadas en Bolsa, incluidos los warrants. Las órdenes se cursarán por número de warrants y no por importes efectivos. El intermediario financiero informará, a petición del inversor, de las cotizaciones de compra y venta que se publiquen en el sistema de Interconexión Bursátil Español -“SIBE” (Segmento de Contratación de Warrants, Certificados y Otros productos), advirtiéndole que dichas cotizaciones son para importes máximos y mínimos y que tienen carácter indicativo en el sentido de que pueden haberse modificado en el momento en el que se ejecute la orden. • Método y plazos para el pago de los valores y para la entrega de los mismos. El método y los plazos para el pago de los valores y la entrega de los mismos, una vez admitidos a negociación, estarán sujetos a las prácticas habituales para los valores cotizados. • Categorías de posibles inversores a los que se ofertan los valores Los warrants emitidos serán suscritos, en el mercado primario por GDS-CUSA, S.A.U., sociedad del Grupo CaixaBank. Una vez admitidos a cotización, los warrants, durante su vida, se podrán adquirir en cualquier momento por los inversores a través de cualquier intermediario financiero y podrán comercializarse entre el público en general, con las únicas limitaciones que puedan resultar de normas que prohíban o limiten específicamente a determinadas instituciones la inversión en este tipo de activos (por ejemplo, la normativa sobre coeficientes de inversión de Sociedades de Inversión Colectiva o Fondos de Pensiones). Destinatarios de la emisión (Completar según lo establecido en las Condiciones Finales) |
Una vez admitidos a cotización, la comercialización de los valores objeto de la emisión se realizará a través del Emisor, a través de sus oficinas así como por vía telefónica y telemática. • Precios El precio de la emisión: Véase tabla anexa al presente resumen En importe efectivo de los valores de la emisión dependerá de las condiciones existentes en el mercado en el momento de su lanzamiento. El Precio de Emisión o Prima, como precio efectivo a satisfacer por los suscriptores de los warrants a emitidos, varía, según sea el subyacente elegido y el momento de la emisión. El método de cálculo utilizado por el Emisor para determinar la Prima a pagar por los suscriptores de los warrants estará basado fundamentalmente en la aplicación del método de valoración: - Binomial x xx Xxx-Xxxx-Xxxxxxxxxx. • Colocación y aseguramiento La entidad colocadora es CaixaBank, S.A. La entidad que suscribirá las emisiones de warrants en el mercado primario es GDS-CUSA, S.A.U., entidad del Grupo CaixaBank. • Agente de Pagos Las funciones de agente de pagos de las emisiones serán realizadas por el propio Emisor. • Agente de Cálculo El Agente de Cálculo de las emisiones realizadas bajo el Folleto de Base será Analistas Financieros Internacionales, S.A. con domicilio en Madrid, C/ Españoleto nº 19. | |
E.4 | Descripción de cualquier interés que sea importante para la emisión/oferta, incluidos los conflictivos. CaixaBank, el Agente de Cálculo, GDS-CUSA, S.A.U. (100% de Caixabank), y cualesquiera otras personas participantes en las futuras emisiones no tienen ningún interés particular que sea importante para la misma. |
E.7 | Gastos estimados aplicados al inversor por el Emisor o el oferente. Sin perjuicio de la Prima o Precio de Emisión, al inversor se le aplicarán las siguientes comisiones que, en cada momento, CaixaBank tenga establecidas y que podrán consultarse en el correspondiente folleto de tarifas en Banco de España y en la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores. La inscripción, mantenimiento y liquidación de los valores, a favor de los suscriptores y de los tenedores posteriores, en los registros de detalle a cargo de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores y de las Entidades Participantes al mismo, estará sujeto a las comisiones y gastos repercutibles que, en cada momento, dichas entidades tengan establecidos, y correrán por cuenta y cargo de los titulares de los valores. Dichos gastos y comisiones se podrán consultar por cualquier inversor en los correspondientes folletos de tarifas que las entidades sujetas a supervisión del Banco de España y de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores están legalmente obligadas a publicar. Se pueden consultar copias de dichas tarifas en los organismos supervisores mencionados. |
ANEXO
Tabla características de la emisión
Tipo (C.1) | Activo subyacente (C.20) | Precio ejercicio (C.19) | Moneda ejercicio (C.2) | Tipo ejercicio (C.1) | Fecha emisión (C.8) | Fecha Vto. (C.16) | Nº warrants (E.3) | Ratio (C.17) | Prima (E.3) | Código ISIN (C.1) |
PUT | IBEX | 7500 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 19/08/2016 | 750.000 | 0,001 | 0,1 | ES0640612ZI8 |
PUT | IBEX | 7250 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 21/10/2016 | 750.000 | 0,001 | 0,22 | ES0640612ZJ6 |
PUT | IBEX | 7250 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 18/11/2016 | 750.000 | 0,001 | 0,28 | ES0640612ZK4 |
PUT | IBEX | 7000 | EUR | AMERICANO | 12/07/2016 | 16/12/2016 | 750.000 | 0,001 | 0,27 | ES0640612ZL2 |