Contract
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE MOBILIARIO ESCOLAR NIVEL PREESCOLAR, QUE CELEBRAN EL MUNICIPIO DE ACAPULCO DE JUÁREZ, POR CONDUCTO DE SU H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL, A QUIEN SE LE DENOMINARA “EL H. AYUNTAMIENTO”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LOS C.C. LIC. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX, PRIMERA SÍNDICA MUNICIPAL Y M.D.C. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, Y POR LA OTRA PARTE EN SU CARÁCTER DE VENDEDOR, LA EMPRESA, “MERCADO INTEGRAL DE BIENES Y SERVICIOS, S.A DE C.V.”, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “EL PROVEEDOR”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU ADMINISTRADOR ÚNICO EL C. XXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXX, EN BASE A LOS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
1. Declara el H. Ayuntamiento:
1.1. Que es un órgano colegiado de elección popular directa que se constituye en una autoridad política y se encarga de la administración de un Municipio el cual se encuentra investido de personalidad jurídica y maneja su administración conforme a lo estipulado en los artículos 115 fracción I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 94, 97 y 100 de la Constitución Política del Estado Libre y Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, y 1, 2, 3, 26, 27 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero y por tanto se cuenta con amplias facultades para la firma del presente instrumento jurídico.
1.2 Que la Licenciada XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX, se desempeña actualmente como Primera Síndica Procuradora Municipal de “EL H. AYUNTAMIENTO”, acreditando la personalidad con la copia certificada de la Constancia de Mayoría y Validez de la Elección de Ayuntamiento, expedida por los Ciudadanos Lic. Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx y Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, en su carácter de Presidente y Secretario Técnico del Consejo Distrital Electoral número 4, respectivamente, de fecha 10 xx Xxxxx del año 2015, siendo además el representante jurídico de “EL H. AYUNTAMIENTO”, en términos de lo dispuesto por los artículos 77 fracción II de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero, y 32 xxx Xxxxx de Policía y Gobierno del Municipio de Acapulco de Juárez Guerrero.
1.3 Que el M.D.C. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, en su carácter de Secretario de Administración y Finanzas y en términos de lo dispuesto por los artículos 22 fracción II y 25 fracción V y LXXVIII del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal del H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Acapulco de Juárez, se encuentra facultado para representar a “EL
H. AYUNTAMIENTO”, para el tramite u operaciones en las que financieramente se pueda beneficiar o afectar el patrimonio municipal; acreditando su personalidad con la copia del nombramiento expedido a su favor, suscrito por el C. LIC. XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, en su carácter de Presidente Municipal Constitucional, de fecha 18 de Octubre del año dos mil dieciséis y en cumplimiento al Acuerdo del X. Xxxxxxx de esa misma fecha.
1.4 Que la clave de su registro federal de contribuyentes es: MAJ010101NA3, con la razón de “Municipio de Acapulco de Juárez” y tiene establecido su domicilio en antiguo xxxxxxx municipal, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx x Xxxxxxxxx, xxx xxxxxx, xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx, Xxxxxxxx. X.X. 00000, para todos los fines y efectos legales que procedan.
1.5 Que mediante acta de sesión extraordinaria del Comité celebrada el día 08 xx Xxxxx del año 2017, se autorizó la adquisición de mobiliario escolar nivel preescolar, solicitado por la (Dirección de Fomento Educativo) Secretaría de Desarrollo Social, de la cual se derivaría el presente contrato.
1.6 Que esta contratación se determinó con fundamento en los artículos 1, 3, 26 fracción III, 40, 41, y 42 de le Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y los artículos 1, 3, 22 fracción III, 44, 45, 47, 49 y 50 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamiento, Contratación de Servicios y Enajenaciones del Municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero.
1.7 Que las erogaciones derivadas de este contrato se financiarán con Recursos xxx Xxxx XXXIII Fondo IV 2017.
1.8 Que no existe impedimento legal alguno para firmar el presente contrato, toda vez que cuenta con las autorizaciones y demás requerimientos que exige la normatividad que resulte aplicable.
1.9 Que es su intención adquirir del proveedor mobiliario escolar nivel preescolar, solicitado por la (Dirección de Fomento Educativo) Secretaría de Desarrollo Social, lo cual se describen en el anexo del presente contrato.
2 Declara el “El Proveedor”, a través de su representante legal:
2.1 Que es una sociedad anónima de capital variable, legalmente constituida conforme a las leyes del país, lo cual consta en el instrumento notarial número treinta y siete mil seiscientos cincuenta y dos, de fecha 20 del mes de julio del año dos mil nueve, pasada ante la fe de la Lic. Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Notario Público Número 9 del Distrito Judicial xx Xxxxxxx, actuando en suplencia del Lic. Robespierre Xxxxxx Xxxxxxx, Notario Público Número 19 del Distrito Judicial xx Xxxxxxx.
2.2. Que su Registro Federal de Contribuyentes es: MIB090720795.
2.3. Que su Administrador Único el C. XXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXX, acredita su personalidad en términos, del instrumento notarial número treinta y siete mil seiscientos cincuenta y dos, de fecha 20 del mes de julio del año dos mil nueve, pasada ante la fe de la Lic. Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Notario Público Número 9 del Distrito Judicial xx Xxxxxxx, actuando en suplencia del Lic. Robespierre Xxxxxx Xxxxxxx, Notario Público Número 19 del Distrito Judicial xx Xxxxxxx.
2.4. Que se identifica con credencial de elector con folio: 0310036685241.
2.5. Que cuenta con la capacidad legal para contratar y obligarse en términos de los ordenamientos civiles y mercantiles, a través de instrumentos como el que hoy suscribe y que estas, bajo formal protesta de decir verdad, no le han sido revocadas ni limitadas, además de contar con la capacidad económica y posibilidades técnicas para suministrar los servicios objeto del presente contrato en el tiempo de respuesta requerido.
2.6. Que señala como domicilio para todos los efectos legales derivados de este contrato, el ubicado en Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx xxxxxx 000 xxxxxx 000, Xxxxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X.00000, Xxxxxxxx, Xxxxxxxx.
2.7. Que su representada tiene por objeto entre otras cosas, la compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento, importación, exportación de equipos de cómputo, artículos de oficina, muebles para oficina, papelería y libros, y de igual forma que cuenta para tal fin, con el personal, equipo, capacidad técnica y financiera suficiente, por lo que propone al “El H. Ayuntamiento”, el servicio profesional motivo de este contrato.
2.8. Que bajo protesta de decir verdad, declara que conoce y se ajusta al contenido del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamiento, Contratación de Servicios, y Enajenaciones del Municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero.
2.9. Manifiesta bajo formal protesta de decir verdad, que ninguna de las personas que forman parte de esta sociedad desempeña algún empleo, cargo o comisión en el servicio público, así como que no tiene impedimento legal alguno que le imposibilite a obligarse en términos del presente contrato.
Ambas partes están de acuerdo en obligarse al tenor de las siguientes:
C L Á U S U L A S
1.Objeto del contrato:
1.1 La compraventa de mobiliario escolar nivel preescolar, solicitado por la (Dirección de Fomento Educativo) Secretaría de Desarrollo Social, de “El H. Ayuntamiento”.
1.2 “El Proveedor” se obliga entregar los bienes que se describen en el anexo uno, que forma parte integral de este contrato y que es suscrito por las partes, de acuerdo con las especificaciones detalladas en su cotización y de acuerdo con la orden de compra No.110-2017 de fecha 00 xx xxxxx xxx 0000, xxx xxxxxx se consideran parte de este contrato para todos los fines legales a que haya lugar.
2. Precio:
2.1. Los precios propuestos por el proveedor, son los que se señalan en el anexo uno de este contrato, los cuales serán fijos durante el período de vigencia de este contrato.
2.2. Las partes acuerdan como precio total de la presente contratación, la cantidad de $499,996.77 (CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS 77/100 M.N.), Incluido el Impuesto al Valor Agregado a una tasa del 16%.
3. Forma de pago:
3.1. El “H. Ayuntamiento” a través de la Dirección de Egresos, efectuará los pagos que se deriven de este contrato, dichos pagos serán efectuados en pesos mexicanos de la siguiente manera: no podrá exceder de 20 días naturales posteriores a la aceptación de la factura respectiva, y a satisfacción de la dependencia que los solicita. Para ello el proveedor deberá presentar las facturas que respalden dicho pago al Departamento de Asesoría y Gestión de la Secretaría Técnica del Comité de Adquisiciones, selladas y firmadas por la dependencia solicitante.
3.2. Se dará la figura de la rescisión o terminación anticipada del presente contrato, por incumplimiento en que haya incurrido el proveedor. Así mismo, podrán dar por terminado anticipadamente este contrato cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los bienes objeto del presente contrato, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio al municipio.
4. Lugar y forma de entrega:
4.1. “El Proveedor”se obliga a entregar el bien objeto de este contrato, en un plazo de 30 días contados a partir de la firma del contrato, en la modalidad libre a bordo en el Almacén General de “El H. Ayuntamiento”, con domicilio ubicado en Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx x Xxxxxxxxx xxx xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx, en esta Ciudad y Puerto de Acapulco de Juárez, Guerrero.
4.2. “El Proveedor” se obliga a entregar el bien objeto del presente contrato de acuerdo con las especificaciones señaladas en el anexo uno del presente contrato.
4.3. Será responsabilidad de “El Proveedor” designar el tipo de transporte que garantice el traslado del bien objeto del presente contrato, en óptimas condiciones, además de asegurarlos durante su transportación hasta que sea depositado en el lugar establecido para su recepción.
4.4. “El Proveedor” se obliga a proteger adecuadamente el bien objeto del presente contrato con el fin de evitar que se dañe en su transportación o almacenamiento, hasta el momento de su recepción en el lugar de entrega indicado. “El H. Ayuntamiento” podrá cambiar el lugar de entrega, en caso de que así se considerase necesario.
4.5. No será recibido el bien si se encontrase en mal estado por cuestiones imputables a “El Proveedor”.
4.6. “El H. Ayuntamiento”, podrá hacer la devolución de los bienes y “El Proveedor” se obliga a aceptar y prestar los servicios necesarios para que se dé solución al desperfecto en un plazo no máximo de 10 días naturales siguientes a la fecha del reporte escrito respectivo o en su caso se realice el cambio respectivo que cumpla completamente con lo solicitado, en el supuesto de que se detecten vicios ocultos o defectos de calidad o incumplimiento de las especificaciones solicitadas por parte de “El H. Ayuntamiento”.
4.7. “El Proveedor” se obliga a cubrir los gastos que se generen en caso de no atender el supuesto de la cláusula 4.6. del presente contrato, y “El H. Ayuntamiento” procederá a reponer los bienes por conducto de terceros.
5. Tiempo de entrega:
5.1. “El Proveedor” se obliga a entregar los bienes objeto del presente contrato en el lugar indicado, en un término de 30 días naturales, contados a partir de la firma del presente contrato, en un horario comprendido de las 09:00 a las 15:00 horas, estos horarios podrán ser modificados a solicitud de “El H. Ayuntamiento”.
6. GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO:
6.1. “EL PROVEEDOR”, se obliga a constituir, a favor del Municipio de Acapulco de Juárez, garantía de cumplimiento de las obligaciones a su cargo establecidas en este contrato así como por los vicios ocultos o defectos en los bienes contratados, por un monto equivalente al 5% (cinco por ciento) del importe total del presente contrato, mediante fianza. la cual deberá tener una vigencia mínima de doce meses a partir de la fecha de inicio de la prestación de servicios y quedará en depósito de “EL MUNICIPIO por un período igual, en términos de lo dispuesto por el artículo 49 Fracción II del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicios y Enajenaciones del Municipio de Acapulco de Juárez.
6.2. Cualquier convenio posterior deberá quedar garantizado en los mismos términos y condiciones señalados en la cláusula anterior.
7. Pena Convencional:
7.1. Por atraso en la entrega de los bienes objeto del presente contrato o por incumplimiento a cualquiera de las obligaciones y responsabilidades asumidas por “El Proveedor”, así como por cualquier acción u omisión que le sea imputable y que incida en detrimento de los derechos establecidos por este instrumento a favor de “El H. Ayuntamiento”, “El Proveedor” se obliga a cubrir a la Secretaría de Administración y Finanzas del H. Ayuntamiento, por cada día natural que transcurra el 0.5% (punto cinco por ciento) de la parte del contrato por la cual se haya incumplido, a partir del día siguiente a aquel en que concluya el tiempo de entrega señalado en la cláusula 5.1 ó de aquel día en que debieron cumplirse las obligaciones, hasta la fecha en que se cumplan o se entreguen los bienes faltantes.
7.2. En ningún caso, el periodo mencionado excederá xx xxxx días naturales ni la pena convencional del 5% (cinco por ciento) del valor total pactado. Transcurrido dicho término el proveedor deberá responder de los daños y perjuicios causados al patrimonio de “El H. Ayuntamiento” y éste, sin incurrir en responsabilidad, podrá rescindir el contrato en la vía administrativa o exigir su cumplimiento, además de hacer efectiva la garantía otorgada.
7.3. “El H. Ayuntamiento”, aplicará durante la vigencia de este contrato las penas convencionales cuando el proveedor incurra en los siguientes casos:
A) No entregue los bienes objeto del presente contrato dentro del plazo establecido en el mismo.
B) Habiendo confirmado la entrega de los bienes objeto del presente contrato, incumpla con la misma.
C) Cuando la cantidad de entrega de los bienes objeto del presente contrato sea inferior a la solicitada, de calidad fraudulenta o inferior a las estipuladas por la Secretaría de Economía, por 2 ocasiones durante el período de vigencia del contrato.
8. Garantías de calidad:
8.1. “El Proveedor” garantiza que todos los bienes a entregar al tenor de este contrato cumplen rigurosamente los estándares de calidad ofrecidos en el Material que se describen en el anexo uno de este contrato, y de igual forma se someterá a las revisiones en el momento en que “El H. Ayuntamiento” indique y que considerarán los aspectos del contrato y revisión a la entrega, tomando como base el patrón y la tolerancia aceptados por la Secretaría de Economía.
9. Responsabilidad en materia de propiedad intelectual:
9.1. “El Proveedor”, será el único responsable y relevará al “El H. Ayuntamiento” respecto a cualquier tipo de reclamación o demanda que se entable en su contra por cuestiones que versen sobre derechos de patente, invención o cualquiera otra prerrogativa de carácter exclusivo que pretenda persona alguna sobre los bienes materia del presente instrumento.
10. Garantía de entrega.
10.1. “El Proveedor”, se compromete a garantizar la entrega de los bienes objeto del presente contrato de acuerdo con la cláusula 5 del presente contrato.
10.2. Las partes convienen que los bienes motivo del presente contrato, podrán ser supervisados en cualquier momento por “El H. Ayuntamiento”, para verificar la calidad y cantidad sea convenida, conforme a las condiciones establecidas en este contrato.
11. Inspección de recepción, y verificación de la calidad de los bienes.
11.1. El “H. Ayuntamiento”, podrá realizar inspecciones de los bienes en las instalaciones del proveedor, por lo que éste se obliga a proporcionar todas las facilidades al personal técnico que el “H. Ayuntamiento”, designe y de considerar éste, podrá solicitar muestra de los bienes a fin de realizar evaluaciones pertinentes.
11.2. La Contraloría General, Trasparencia y Modernización Administrativa, podrá verificar la calidad de las especificaciones de los bienes a través de los laboratorios, normas, instituciones de investigación o con las personas que determine en los términos que establece la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización y que podrán ser aquellos de “El H. Ayuntamiento”.
11.3. El resultado de las comprobaciones se hará constar en un dictamen que será firmado por quien haya hecho la comprobación, así como por “El Proveedor” y el representante de “El H. Ayuntamiento”, si hubieren intervenido, la falta de firma de “El Proveedor”, no invalidará dicho dictamen.
12. Responsabilidades laborales:
12.1. “El Proveedor” será el único responsable y absorberá en cualquier caso las responsabilidades que se deriven de las relaciones de trabajo, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Federal del Trabajo.
13. Modificaciones al contrato:
13.1. Toda modificación o variación con causa a los términos de este contrato deberá efectuarse mediante Addendum escrito y firmado por las partes.
14. Cesión:
14.1. “El Proveedor” no cederá en todo o en parte las obligaciones que le corresponden en virtud de este contrato, excepto con el consentimiento previo por escrito de parte de “El H. Ayuntamiento”.
15. Suspensión:
15.1. “El H. Ayuntamiento”, sin su responsabilidad, en cualquier momento podrá suspender temporalmente en todo o en parte las entregas de los bienes contratados por causas justificadas o por razones de interés general sin que ello implique su terminación definitiva.
15.2. El presente contrato podrá continuar produciendo todos sus efectos legales una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron dicha suspensión.
16. Fuerza mayor:
16.1. Si se presenta una situación de fuerza mayor, “El Proveedor” notificará a “El H. Ayuntamiento” de inmediato y por escrito de la misma, así como sus causas, excepto bajo instrucciones por escrito de “El
H. Ayuntamiento” en contrario, “El Proveedor” continuará cumpliendo con sus obligaciones en virtud del contrato en la medida en que sea prudentemente práctico y tratará de encontrar todos los medios alternativos razonables para cumplir y que no hayan sido afectados por la situación de fuerza mayor.
17. Terminación:
17.1. “El H. Ayuntamiento” podrá terminar el contrato por insolvencia en cualquier momento mediante notificación por escrito “El Proveedor”, sin derecho a indemnización alguna si fuese declarado en quiebra o insolvente, siempre que dicha terminación no perjudique o afecte derecho alguno, acción o recurso que tenga o pudiera tener “El H. Ayuntamiento”.
17.2. “El H. Ayuntamiento”, por la vía administrativa y sin su responsabilidad, podrá dar por terminada anticipadamente la presente contratación cuando concurran causas de interés general.
18. Rescisión:
18.1. “El H. Ayuntamiento”, en cualquier momento, podrá rescindir administrativamente este contrato, sin su responsabilidad, por incumplimiento de las obligaciones a cargo de “El Proveedor”, o por razones de interés general.
18.2. “El H. Ayuntamiento” podrá rescindir administrativamente este contrato, sin más responsabilidad para el mismo y sin necesidad de resolución judicial, cuando “El Proveedor” incurra en cualesquiera de las causales siguientes:
1.- Por incurrir en falsedad total o parcial, respecto de la información proporcionada para la celebración del presente contrato.
2.- Cuando se haya agotado el monto límite de la aplicación de las penas convencionales.
3.- Cuando “El H. Ayuntamiento” compruebe que “El Proveedor” ha entregado los bienes con características distintas a las establecidas en este contrato.
4.-Cuando “El Proveedor” contravenga a las disposiciones establecidas en este contrato.
5.-Cuando “El Proveedor” contravenga a las disposiciones, lineamientos, bases, procedimientos y requisitos que establece el Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicios y Enajenaciones del Municipio de Acapulco de Juárez Guerrero.
6.-Incumpla cuales quiera de las cláusulas establecidas en el presente contrato.
18.3. La contravención a las disposiciones, lineamientos, bases, procedimientos y requisitos que establece el Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicios y Enajenaciones del Municipio de Acapulco de Juárez Guerrero y demás disposiciones sobre la materia, así como el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones de “El Proveedor”, que se estipulan en el presente contrato, da derecho a su rescisión inmediata sin responsabilidad para “El H. Ayuntamiento”, además de que se aplique la pena convencional, conforme a lo establecido por este contrato y se le haga efectiva la garantía otorgada para el cumplimiento del mismo.
19. Vigencia del contrato:
19.1. El presente contrato tendrá una vigencia de doce meses posteriores a la firma del presente contrato, período comprendido para la garantía de los bienes objeto del presente contrato.
20. De la competencia e interpretación:
20.1. Para la entrega de los bienes objeto de este contrato, las partes se obligan a sujetarse estrictamente a todas y cada una de las cláusulas que lo integran.
20.2. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales competentes con sede en esta Ciudad y Puerto de Acapulco de Juárez, Guerrero, por lo tanto el proveedor renuncia al fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente, futuro o cualquier otra causa.
Enterados del contenido y alcance legal de este instrumento las partes manifiestan su voluntad firmando por triplicado el presente contrato al calce y al margen del mismo. En la ciudad de Acapulco de Juárez, Estado de Guerrero, a los 03 días del mes de Julio del año dos mil diecisiete.
POR EL “H. AYUNTAMIENTO”
PRIMERA SÍNDICA MUNICIPAL.
SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS.
LIC. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX M.D.C. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX
EL PROVEEDOR
MERCADO INTEGRAL DE BIENES Y SERVICIOS, S.A DE C.V.
C. XXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXX
TESTIGOS
EL SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN
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LIC. XXXXXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXX LIC. XXXX X. XXXXXX XXXXXXX
A N E X O I
MERCADO INTEGRAL DE BIENES Y SERVICIOS, S.A DE C.V, PROVEEDOR DE NACIONALIDAD MEXICANA, CON DOMICILIO UBICADO EN AVENIDA COSTERA XXXXXX XXXXXX NÚMERO 125 NÚMERO 107, FRACCIONAMIENTO XXXXXXXXXX, C.P.39670, ACAPULCO, GUERRERO, EL CONTRATO DE COMPRAVENTA CON UN VALOR TOTAL DE $499,996.77 (CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS 77/100 M.N.), INCLUYENDO EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, CON UNA TASA DEL 16%, RELATIVO A LA ADQUISICIÓN DE:
PART. | DESCRIPCION | UNIDAD | CANT. | PRECIO UNITARIO | IMPORTE |
1 | MESA PARA JARDIN DE NIÑOS ( PREESCOLAR )DE 800 X 600 X 550 mm. DE ALTURA, CON CUBIERTA EN PANEL ART DE 19 mm. EN COLORES, CON EMBOQUILLADO PERIMETRAL DE PVC, ESTRUCTURA EN TUBULAR CUADRADO DE 1" CALIBRE 18 Y MARCO PERIMETRAL EN TUBULAR RECTANGULAR DE 2” X 1 Ó 1¼” X ¼” CALIBRE 18, TERMINADA EN PINTURA MICROPULVERIZADA COLOR NEGRO.BASE EN PANEL ART. DE 19 MM | XXX | 000 | $504.34 | $156,345.40 |
2 | SILLA PARA JARDIN DE NIÑOS (PREESCOLAR) FABRICADA CON ESTRUCTURA TUBULAR REDONDO DE ¾” CALIBRE 18. CON ACABADO EN PINTURA MICROPULVERIZADA COLOR NEGRO. ASIENTO Y RESPALDO INTEGRADOS EN UNA CONCHA ANATOMICA DE POLIPROPILENO DE ALTA DENSIDAD. EN CINCO DIFERENTES COLORES. | PZA | 1239 | $221.70 | $274,686.30 |
SUB-TOTAL | $431,031.70 | ||||
IVA | $68,965.07 | ||||
TOTAL | $499,996.77 |