CONTRATO Nº 03/2015 REPÚBLICA DEL PARAGUAY MINISTERIO DE HACIENDA
CONTRATO Nº 03/2015 REPÚBLICA DEL PARAGUAY MINISTERIO DE HACIENDA
Programa de Apoyo a la Implementación de un Sistema de Gestión para Resultados Basado en el Presupuesto del Sector Público
Proyecto ATN/OC-13082-PR
Selección Directa (SD) Nº 01/2015
“CONSULTORÍA PARA EL ACOMPAÑAMIENTO A LA IMPLEMENTACIÓN DE LA GESTIÓN PARA RESULTADOS EN PARAGUAY – ID Nº 291.942”
Suscrito con el Consultor XXXX XXXXX XXXXXX
Entre el Ministerio de Hacienda – Programa de Apoyo a la Implementación de un Sistema de Gestión para Resultados basado en el Presupuesto del Sector Público, en adelante denominado “EL CONTRATANTE”, representado en este acto por el Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx, Coordinador General del Programa, conforme a la Resolución N° 7 de fecha 0 xx xxxxxxx xx 0000, xx xxxxxxxxxxxx xxxxxxxxx, con Cédula de Identidad N° 000.000, fijando domicilio en Xxxxxxx Xx 000 c/ Palma, por una parte; y por la otra, el Xx. Xxxx Xxxxx Xxxxxx, en adelante denominado “EL CONSULTOR”, de nacionalidad canadiense, de profesión Ingeniero Agrónomo, con Xxxxxxxxx N° XX000000, domiciliado en Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx Panamá, Teléfono Nº: x000 0000-0000, convienen en celebrar el presente Contrato de Servicios de Consultoría, que se regirá por las siguientes Cláusulas:
CLAUSULA PRIMERA – OBJETO
1.1 El presente contrato tiene por objeto establecer los derechos y obligaciones que asumen las partes contratantes, y a cuyo fiel cumplimiento se obligan para planificar, coordinar y desarrollar los trabajos previstos en los Términos de Referencia que se adjuntan como Anexo I.
1.2 Los honorarios a ser abonados al CONSULTOR serán pagados por EL CONTRATANTE, con fondos del Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable N° ATN/OC-13082-PR “Programa de Apoyo a la Implementación de un Sistema de Gestión para Resultados basado en el Presupuesto del Sector Público, suscrito entre el Gobierno del Paraguay y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), aprobado por Ley N° 4.929 del 21 xx xxxxx de 2013.
CLAUSULA SEGUNDA – DERECHO VIGENTE
2.1 Este Contrato estará sujeto a las leyes vigentes de la República del Paraguay. El Contratado está obligado a cumplir con todas las obligaciones y disposiciones oficiales vigentes.
CLAUSULA TERCERA – MODIFICACIONES Y ENMIENDAS
3.1 En caso de que surjan circunstancias que requieran modificaciones o enmiendas al presente contrato, las mismas se harán de mutuo acuerdo y con aprobación previa del BID, manifestado por escrito, siempre que no se aparten de los procedimientos y las normas que regulan esta contratación.
CLAUSULA CUARTA – DOCUMENTOS DEL CONTRATO
4.1 Los siguientes documentos forman parte integrante del presente contrato:
a) Anexo I: Términos de Referencia de la Consultoría para el Acompañamiento a la Implementación de la Gestión para Resultados en Paraguay.
b) Anexo II: Calendario de Pagos.
c) Anexo III: Certificación de Elegibilidad y de Integridad.
4.2 En caso de ambigüedad, duda o desacuerdo sobre la interpretación del Contrato y sus documentos, anexos y apéndices, prevalecerá la redacción del contrato.
CLAUSULA QUINTA: OBLIGACIONES DEL CONSULTOR
5.1 EL CONSULTOR actuará en todos los aspectos profesionales en carácter de “Consultor para el Acompañamiento a la Implementación de la Gestión para Resultados en Paraguay”, a cuyo efecto empleará toda su habilidad, esmero, y diligencia a efectos del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente contrato y a las normas vigentes y actualizadas.
5.2 EL CONSULTOR conviene en prestar sus servicios en la forma más eficiente y práctica posible. Se deja expresa constancia que de acuerdo a las condiciones generales establecidas, EL CONSULTOR asume total responsabilidad por las recomendaciones y principios técnicos que aplique en el ejercicio de sus funciones con el fin de alcanzar las metas establecidas en este Contrato.
5.3 EL CONSULTOR procurará que sus relaciones con los integrantes de EL CONTRATANTE, sean lo más estrechas posibles con el propósito de llevar a feliz culminación los trabajos que son objeto de este Contrato, y al mismo tiempo, facilitar la transferencia de conocimientos y experiencias.
5.4 EL CONSULTOR se obliga a tomar los medios necesarios para transferir los resultados, tecnologías y conocimientos de EL CONTRATANTE.
CLAUSULA SEXTA: ALCANCE DE LOS SERVICIOS
6.1 EL CONSULTOR proveerá los servicios de acuerdo con los Términos de Referencia que se adjuntan como Anexo I, el cual forma parte integrante del presente Contrato.
6.2 Sujeto al acuerdo entre las partes, las cláusulas de este Contrato, incluidos los Términos de Referencia, podrán ser modificados, si así se requiere, en beneficio del Proyecto.
CLAUSULA SEPTIMA – PLAZO CONTRACTUAL
7.1 El presente Contrato tendrá una duración de siete (7) meses, con vigencia desde el 00 xx xxxxxxx xxx 0000 xxxxx xx 00 xx xxxx xxx 0000.
7.2 Las actividades previstas se cumplirán en conformidad con el Contrato y los Términos de Referencia.
7.3 Dada su naturaleza, este Contrato de Servicios no implica promesa alguna de extensión o renovación.
7.4 Durante la vigencia del presente contrato el Proyecto podrá realizar evaluaciones periódicas del desempeño del Suscrito, para lo cual el mismo se obliga a prestar todo tipo de colaboración y aportar los datos y documentos que el Proyecto considere necesario a dicho efecto.
CLAUSULA OCTAVA – INFORMES
8.1 EL CONSULTOR deberá preparar informes sobre los requerimientos de la Consultoría que serán presentados a EL CONTRATANTE y al BID según el contenido indicado en el Anexo I.
8.2 Independientemente de los informes indicados en el ítem. 8.1, EL CONSULTOR informará a EL CONTRATANTE y al BID sobre cualquier circunstancia extraordinaria que surja durante la ejecución de la prestación de los servicios. Asimismo, EL CONTRATANTE y el BID se reservan el derecho de solicitar a EL CONSULTOR informes especiales con respecto a los servicios prestados sin que ello implique incremento de costos.
CLAUSULA NOVENA – OBLIGACIONES IMPOSITIVAS
9.1 En virtud de este Contrato, EL CONSULTOR no está exento del pago de impuestos y él es el único responsable de los impuestos que haya que pagar por las sumas percibidas bajo este Contrato.
9.2 Los derechos y obligaciones de EL CONSULTOR están estrictamente limitados a las cláusulas y condiciones del presente Contrato. En consecuencia, EL CONSULTOR no tendrá derecho a recibir ningún beneficio, pago, subsidio, compensación, indemnización o jubilación por parte del Proyecto ni del BID, excepto lo expresamente estipulado en este Contrato.
9.3 El contratar un seguro de salud y otros que sean necesarios es de la responsabilidad exclusiva de EL CONSULTOR, quien confirma tener dichos seguros para sí y para sus dependientes inmediatos, al menos por el tiempo de la duración de este contrato.
XXXXXXXX XXXXXX – LUGAR Y HORARIO DE TRABAJO
10.1 EL CONSULTOR prestará sus servicios bajo la modalidad de CONTRATO POR PRODUCTO, concurriendo a la institución los días y horas que fuesen necesarios para desempeñar sus tareas ciñéndose al plan de trabajo y cronograma acordado con EL CONTRANTE. Quedando entendido que si ocasionalmente las necesidades de Consultoría excedieran al cronograma mencionado, no tendrá derecho a remuneración adicional alguna en este concepto.
CLAUSULA DECIMO PRIMERA – RESPONSABILIDAD Y CONFIDENCIALIDAD
11.1 Todos los datos, informes y recomendaciones producidos bajo este Contrato, deberán ser considerados confidenciales por lo que EL CONSULTOR, se obliga a no entregar información alguna a terceros sin previa autorización escrita de EL CONTRATANTE.
11.2 Las informaciones obtenidas, catalogadas y analizadas, que surgieran como resultado de la Consultoría, así como los documentos y materiales que se elaboren, serán puestos a disposición de EL CONTRATANTE para ser utilizados según lo determine.
11.3 EL CONSULTOR declara que no existe ninguna condición o circunstancia que haga incompatible su contratación, de conformidad al Certificado de Elegibilidad que se adjunta como Anexo III, el cual forma parte integrante del presente Contrato.
11.4 Queda absolutamente prohibido a EL CONSULTOR efectuar pagos ni aceptar pagos indirectos, en relación con la obtención de servicios que sean objetos de contratos o con pagos que de éstos deriven.
XXXXXXXX XXXXXX SEGUNDA – PROPIEDAD INTELECTUAL
12.1 Los derechos de autor, propiedad intelectual y todo otro derecho, cualquiera fuese su naturaleza, y del material producido bajo las provisiones de este contrato, pertenecerán en forma exclusiva al Proyecto. EL CONSULTOR no podrá hacer uso de tal documentación e informes, salvo para referirse a ellos o citarlos como antecedente de su actividad técnica y profesional. EL CONTRATANTE acepta reconocer y mencionar la participación de EL CONSULTOR en cualquier publicación que se hiciese con respecto a los resultados de los trabajos previstos en el presente Contrato.
CLAUSULA DECIMO TERCERA – RESPONSABILIDAD TECNICA Y SUPERVISION
13.1 La coordinación y supervisión técnica del trabajo de EL CONSULTOR estarán a cargo de la Coordinación de Monitoreo y Evaluación del Gasto Público dependiente de la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
13.2 EL CONTRATANTE establecerá conjuntamente con EL CONSULTOR el calendario de reuniones periódicas, a fin de evaluar la marcha del trabajo. En estas reuniones, EL CONSULTOR presentará los avances parciales, así como las observaciones y sugerencias que vayan emergiendo de su trabajo. Cualquier sugerencia de modificación al plan de trabajo deberá ser presentada a EL CONTRATANTE por escrito con la debida justificación para ser evaluada.
CLAUSULA DECIMO CUARTA – NOTIFICACIONES
14.1 Todas las comunicaciones, solicitudes, avisos o notificaciones entre las partes deberán ser presentadas por escrito al domicilio de EL CONTRATANTE y se considerarán realizadas desde el momento en que el documento correspondiente se entregue al destinatario en las respectivas direcciones que se describen a continuación:
EL CONTRATANTE
Calle: Xxxxxxx Xx 000 xxxx Xxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx, 0xx. Xxxx, Xxxxxxx 000
Teléfono: x000 00 000 0000
Correo electrónico: xxx_xxx@xxxxxxxx.xxx.xx Asunción – Paraguay
EL CONSULTOR
Nombre: XXXX XXXXX XXXXXX.-
Xxxxx: 000X, Xxxxxx xxx Xxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx.-
Teléfono: x000 0000-0000.-
Correo electrónico: xxxxxx@xxxxx.xxx
Ciudad – País: Ciudad de Panamá - Panamá
CLAUSULA DECIMO QUINTA – REMUNERACION
15.1 EL CONTRATANTE abonará a EL CONSULTOR los honorarios por la suma total de USD 65.000 (DÓLARES AMERICANOS SESENTA Y CINCO MIL) por todo concepto de honorarios, viáticos y pasajes, incluido el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). La misma será abonada conforme a lo establecido en el Calendario de Pagos (Anexo II). La suma del Contrato es fija y no estará sujeta a ningún tipo de reajustes.
15.2 El método de liquidación se realizará conforme a lo establecido en las disposiciones legales vigentes, y de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria.
15.3 El último pago no podrá ser inferior al 10% del valor del contrato y será abonado luego de la aprobación del informe final del contratante y la no objeción del BID.
15.4 EL CONTRATANTE no asume gastos adicionales que impliquen el pago de beneficios sociales e impuestos de cualquier índole.
CLAUSULA DECIMO SEXTA – CONDICIONES DE PAGO
16.1 Todas las solicitudes de pago serán presentadas a EL CONTRATANTE junto con los documentos señalados en los Términos de Referencia. EL CONTRATANTE abonará el último desembolso una vez que el Informe Final del Suscrito haya sido aprobado por EL CONTRATANTE, y cuente con la no objeción del Banco Interamericano de Desarrollo. Todo informe deberá ser entregado al Banco en forma electrónica en un solo archivo, en formato PDF, que incluya la portada, el documento principal y los anexos.
16.2 EL CONSULTOR para el cobro de sus honorarios deberá presentar factura de curso legal por cada pago.
CLAUSULA DECIMO SEPTIMA – SOLUCION DE CONTROVERSIAS
17.1 Cualquier controversia que pudiera suscitarse entre las partes con motivo del presente contrato será resuelta por un Tribunal Arbitral constituido al efecto en cuyo caso quedará integrado por un representante de cada una de las partes y ambos designarán conjuntamente al tercer miembro que deberá ser un profesional abogado.
17.2 El procedimiento arbitral será realizado de acuerdo a las normas legales vigentes en la Ley Nº 1.879/02 De Arbitraje y Mediación. El recurso de nulidad contra un laudo arbitral sólo podrá recurrirse ante el Tribunal de Apelaciones en lo Civil y Comercial con competencia territorial sobre el lugar donde se hubiera dictado el laudo.
CLAUSULA DECIMO OCTAVA – FUERZA MAYOR
18.1 EL CONSULTOR no será responsable por las consecuencias que resulten de un estado de fuerza mayor, siempre que no exista negligencia de su parte y notifique por escrito a EL CONTRATANTE dentro de los diez (10) días siguientes al origen de los hechos. Investigados éstos, EL CONTRATANTE podrá conceder una prórroga para la terminación de los trabajos cuando, a su juicio, hayan razones que la justifique, sin que éstas impliquen un derecho de EL CONSULTOR a pedir modificaciones en los precios, ni indemnizaciones, ni compensaciones.
CLAUSULA DECIMO NOVENA – RESCISION DEL CONTRATO POR PARTE DE EL CONTRATANTE
19.1 EL CONTRATANTE podrá terminar este Contrato en cualquier momento mediante una notificación escrita que se enviará con un mínimo de quince (15) días de anticipación.
19.2 Una vez notificado EL CONSULTOR presentará los informes de servicios prestados terminados en forma oportuna y adecuada y suministrará a EL CONTRATANTE todos los informes, propuestas y otros documentos elaborados hasta la fecha, en forma electrónica en un solo archivo en formato PDF.
XXXXXXXX XXXXXXXX – RESCISION DEL CONTRATO POR PARTE DE EL CONSULTOR
20.1 EL CONSULTOR podrá terminar este Contrato mediante notificación escrita que se enviará como mínimo con quince (15) días de anticipación.
20.2 En caso de que un importe vencido y pagadero a EL CONSULTOR en virtud de este Contrato no haya sido abonado sin ningún tipo de justificación, en un plazo de sesenta (60) días a partir del recibo de la factura, EL CONSULTOR, si lo desea, podrá terminar este Contrato mediante notificación en el periodo descrito en el numeral 20.1.
XXXXXXXX XXXXXXXX PRIMERA – CONSECUENCIAS DE LA RESCISION DEL CONTRATO
21.1 En caso de terminación por causas imputables a EL CONTRATANTE, EL CONSULTOR tendrá derecho a recibir la remuneración pagadera hasta la fecha de rescisión del Contrato y el reembolso de los gastos que hubiera incurrido antes de dicha fecha. Ninguna indemnización será pagada con recursos del financiamiento ni imputable al BID.
21.2 Cualquier indemnización que EL CONTRATANTE deba pagar al Consultor por terminación anticipada de su Contrato debido a causas imputables a ésta, no podrá cargarse a los fondos de financiamiento del Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable N° ATN/OC-13082-PR.
21.3 En caso de una rescisión por causas imputables a EL CONSULTOR, EL CONTRATANTE tendrá derecho a exigir una indemnización por daños y perjuicios.
XXXXXXXX XXXXXXXX SEGUNDA – DESIGNACION DE BENEFICIARIO
22.1 En caso de fallecimiento del Suscrito, éste ha designado a Xxxxxxx Xxxxx, Documento de Identidad N° E-8- 119563 con domicilio en Xxxxxxx Xxxx, Torre 2, N° 13A, con teléfono (000) 000-0000, como beneficiario de las cantidades que se le adeuden bajo los términos de este Contrato.
XXXXXXXX XXXXXXXX TERCERA - DECLARACION DE INCOMPATIBILIDAD O ELEGIBILIDAD
23.1 EL CONSULTOR acepta en toda su extensión lo expresado en el Anexo III – Certificación de Elegibilidad, el cual forma parte integrante del presente contrato.
23.2 EL CONSULTOR declara que no es empleado del Gobierno de Paraguay, bajo ninguna modalidad de contrato.
XXXXXXXX XXXXXXXX CUARTA - CATEGORIA DEL SUSCRITO
24.2 El CONSULTOR será considerado como contratista independiente y en ningún caso como funcionario del gobierno o del BID. No estará regido por las reglas y reglamentos del personal del organismo de ejecución, ni por el convenio sobre privilegios e inmunidades del BID.
XXXXXXXX XXXXXXXX QUINTA – LEY APLICABLE – INTERPRETACION
25.1 El presente Contrato se rige por sus términos y las leyes de la República vigentes en materia de contratos civiles.
25.2 Las partes convienen que en caso de nulidad o enmienda de alguna de las cláusulas, la nulidad o enmienda se suscriba a esa única cláusula, quedando por tanto vigentes las demás estipulaciones nacidas de este Contrato y sus Anexos.
25.3 En prueba de conformidad y aceptación de todas y cada una de las cláusulas de este Contrato, las partes suscriben dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad xx Xxxxxxxx, a los diecinueve días del mes de octubre del año dos mil quince.
Xx. XXXX XXXXX XXXXXX Consultor | Xx. XXXXXXX XXXXXXX Coordinador General Proyecto ATN/OC-13082-PR |
ANEXO I
Términos de Referencia (TDR)
Consultoría para el Acompañamiento a la Implementación de la Gestión para Resultados en Xxxxxxxx
0. Xxxxxxxxxxxx:
Xx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx se vincula en la actualidad más fuertemente a una gestión por normas y medios, presentando como característica básica, la utilización de las variables financieras (gastos) y su asignación a instituciones.
Desde el año 2011 se han establecido lineamientos para la presupuestación por resultados, con la aplicación de ciertas herramientas de dicha técnica. La implementación de esta presupuestación por resultados, se realiza de manera gradual.
En ese sentido, la República del Paraguay ha recibido recursos del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para financiar parcialmente el Programa Apoyo a la Implementación de un Sistema de Gestión para Resultados basado en el Presupuesto del Sector Público mediante el Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable N° ATN/OC-13082-PR.
El objetivo general del indicado Programa es la implementación, en forma progresiva de un modelo de Gestión para resultados basado en el presupuesto del Sector Público, con el fin de mejorar la efectividad de la asignación, el desempeño de la ejecución y la rendición de cuentas.
El Programa está estructurado en 4 (Cuatro) Componentes orientados a: I) Vinculación de la planificación estratégica con el marco presupuestario; II) Implementación de un Presupuesto por Resultados; III) Mejoramiento de la gestión de programas y proyectos y IV) Implementación de un sistema de monitoreo y evaluación.
En efecto, en concordancia con el objetivo del Programa y en el marco de los componentes citados, se ha procedido al desarrollo de una consultoría para elaborar un plan de acción y un proyecto piloto para la implementación de un sistema de Gestión para Resultados (GpR) basado en el Presupuesto Xxxxxxx xx xx Xxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx, y a fin de dar continuidad a este trabajo se requiere realizar la contratación directa de un/a Consultor/a Internacional Individual para efectuar el acompañamiento a la implementación de la GpR en Paraguay.
En este sentido, el objetivo de la consultoría será la continuidad del Proyecto Piloto, producto de la consultoría “Implementación de un sistema de gestión para resultados (GPR) basado en el Presupuesto Xxxxxxx xx xx Xxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx” a fin de conocer las bases para dar acompañamiento y obtener documentación de lecciones aprendidas, contribuyendo así a mejorar la calidad del gasto público en términos de eficiencia y eficacia en la aplicación de los recursos.
2. Objetivos de la Consultoría:
2.1. Objetivo General:
2.1.1.Asesorar y acompañar a la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda, en el proceso de implementación del modelo de gestión para resultados en el sector público, con el fin de mejorar la calidad del gasto público en términos de eficiencia y eficacia en la aplicación de los recursos.
2.2. Objetivos Específicos:
2.2.1.Asistir a la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda en la coordinación y seguimiento del proceso de implementación del modelo de gestión para resultados iniciado como proyecto piloto en el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC).
2.2.2.Elaborar una guía para la implementación de la gestión para resultados, a los efectos de contar con un material didáctico que facilite la implementación de este modelo de gestión en otros Organismos o Entidades del Estado.
3. Actividades:
A continuación se enuncian las principales actividades que deberá realizar el Consultor, sin perjuicio de que se identifiquen actividades adicionales durante el desarrollo de la consultoría, siempre que sean conducentes al objetivo de la misma:
3.1. Acompañar a la Dirección General de Presupuesto (DGP) en la coordinación y seguimiento del proceso de implementación del modelo de gestión para resultados iniciado como proyecto piloto en el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC).
3.2. Monitorear el progreso o avances registrados en el proceso de implementación del modelo de gestión para resultados, con el fin de detectar de manera anticipada posibles obstáculos que dificulten una exitosa culminación del proyecto piloto.
3.3. Revisar y analizar los datos asentados en las matrices de marco lógico y en las de indicadores de desempeño del MOPC, con el propósito de realizar los ajustes que pudieran ser necesarios.
3.4. Elaborar un documento que contenga las lecciones aprendidas en la implementación del proyecto piloto, con el fin de contribuir a una mejor aplicación del modelo de gestión para resultados.
3.5. Presentar una propuesta de normas a ser incorporadas y/o modificadas dentro del marco legal paraguayo, específicamente el relacionado con el sistema de presupuesto, con el fin de contribuir a una mejor implementación del modelo de gestión para resultados.
3.6. Elaborar una guía para la implementación de la gestión para resultados, que detalle el procedimiento a seguir para la aplicación del referido modelo de gestión en otros Organismos o Entidades del Estado.
3.7. Llevar a cabo un análisis de la situación actual de un Organismo o Entidad del Estado (OEE), a ser determinado por la Dirección General de Presupuesto, con el fin de formular una propuesta de adecuación siguiendo el procedimiento descripto en la guía, a los efectos de su incorporación a la misma como un caso práctico de aplicación.
4. Productos Esperados:
Se esperan los siguientes productos finales de la consultoría, los cuales deberán ser recibidos a satisfacción por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda:
4.1. Documento con lecciones aprendidas en la implementación del proyecto piloto, en todo lo relativo a la planificación y presupuestación, las normativas legales vinculadas, y todo lo que el consultor requiera especificar en cuanto a mejorar la calidad del gasto público en términos de eficiencia y eficiacia en la aplicación de los recursos.
4.2. Documento con análisis de matrices de marco lógico y matrices de indicadores de desempeño de la institución que implementó el proyecto piloto de GPR, con comentarios sobre pertinencia de los mismos y sugerencias.
4.3. Documento con propuesta de normas a ser incorporadas y/o modificadas dentro del marco legal paraguayo, específicamente el relacionado con el sistema de presupuesto.
4.4. Guía para la implementación de la gestión para resultados.
5. Informes:
5.1. Informes Solicitados:
El Consultor deberá presentar los siguientes informes, los cuales deberán ser recibidos a satisfacción por la Dirección General de Presupuesto:
Plan de Trabajo: deberá presentarse el día de la firma del contrato, el mismo deberá contener un detalle de las actividades a ser realizadas por el consultor.
Primer Informe de Avance, a los 130 días de la firma del contrato, el cual deberá contener como mínimo la los productos detallados en los numerales 4.1 y 4.2, así como el detalle de las actividades llevadas a cabo, y anexos que el consultor considere conveniente.
Informe Final, a los 210 días de la firma del contrato, el cual deberá contener como mínimo los productos detallados en los numerales 4.3 y 4.4, así como el detalle de las actividades llevadas a cabo, principales conclusiones y apreciaciones que el consultor considere pertinentes.
5.2. Formato de los informes:
5.2.1. Informe de Avance:
Tapa del documento en el que se precisa el nombre de la actividad, el número y nombre de los productos, nombre del autor, fecha de presentación.
Incluirá un índice detallado.
Incluirá una lista de abreviaturas o acrónimos, en caso que se usen siglas en el documento.
Resumen descriptivo de los resultados de las actividades vinculadas al periodo mencionado en el numeral 3.
Las referencias bibliográficas deberán ser incluidas al final del documento y deberán ser rigurosamente numeradas.
Anexos
5.2.2. Informe Final:
Tapa del documento en el que se precisa el nombre de la actividad, el número y nombre de los productos, nombre del autor, fecha de presentación.
Incluirá un índice detallado.
Incluirá una lista de abreviaturas o acrónimos, en caso que se usen siglas en el documento.
Seguidamente incluirá resumen ejecutivo de máximo 3 (Tres) páginas que dé cuenta de los aspectos más relevantes de los productos.
Resumen descriptivo de Actividades efectuadas en la consultoría.
Las referencias bibliográficas deberán ser incluidas al final del documento y deberán ser rigurosamente numeradas.
Anexos
El consultor deberá hacer entrega de los informes solicitados en formato impreso (papel bond blanco tamaño carta) y en formato digital (Word y PDF).
5.3. Aprobación de Informes
La contraparte técnica designada para estos efectos, es la Coordinación de Monitoreo y Evaluación del Gasto Público de la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda, con el Visto Bueno del Titular de la Dirección General de Presupuesto.
Para el caso del Plan de Trabajo, este deberá ser presentado a la contraparte técnica el día de la firma del contrato y deberá ser aprobado por la contraparte pasados 3 días hábiles de la firma del contrato.
La contraparte técnica tendrá 7 días hábiles para aprobar/validar cada informe. En caso de que se requieren ajustes u observaciones al informe, el/la consultor/a dispondrá de 2 días hábiles de plazo para ajustar su informe.
Las aprobaciones de los informes, condición para el pago, quedan sujetas a los criterios que la Dirección General de Presupuesto crea pertinentes.
6. Lugar y plazo:
La consultoría se realizará en la ciudad xx Xxxxxxxx de la República del Paraguay.
El contrato tendrá una duración de 210 días corridos a partir de la fecha de firma de contrato.
El consultor deberá tener una estadía mínima de 60 días en total, repartidas en permanencias de dos
(2) semanas (al menos seis estadías), durante el tiempo de la consultoría, según el plan de trabajo que se acuerde entre el consultor y la contraparte. Se podrá también establecer trabajo a distancia de ser necesario.
7. Supervisión y coordinación:
El Consultor coordinará sus actividades y será supervisado por la Coordinadora de Monitoreo y Evaluación del Gasto Público de la Dirección General de Presupuesto, o por una persona que ésta designe por escrito y comunique al Consultor.
8. Perfil requerido del Consultor:
Formación Profesional: Profesional universitario con postgrados en áreas tales como Administración Pública, Evaluación de Programas Públicos, o afines.
Experiencia Profesional General: Acreditar al menos cinco (5) años de experiencia profesional general, contabilizada a partir de la obtención del título universitario.
Experiencia Profesional Específica: Acreditar experiencia profesional específica de al menos tres (3) años en trabajos de implementación, desarrollo y/o evaluación de procedimientos vinculados a gestión para resultados en el sector público.
9. Presupuesto y modalidad de contratación:
El presupuesto total para la consultoría es de USD 65.000 (DÓLARES AMERICANOS SESENTA Y CINCO MIL CON 00/100), incluido todos los impuestos xx xxx, que será financiado con recursos del Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable N° ATN/OC-13082-PR “Programa de Apoyo a la Implementación de un Sistema de Gestión para Resultados basado en el Presupuesto del Sector Público. El importe correspondiente al I.V.A. será financiado con fondos del Aporte Local.
El contrato será bajo la modalidad de suma alzada (por producto). El monto del contrato es por todo concepto, incluye todos los impuestos xx xxx; el consultor será responsable de su cumplimiento.
10. Forma de pago:
El monto total convenido será cancelado en tres (3) pagos de acuerdo al siguiente detalle:
10.1. Primer pago: 20% a la firma del contrato.
10.2. Segundo pago: 30% con informe de avance presentado y aprobado.
10.3. Pago final: 50% contra aprobación del informe final, el cual deberá incluir todos los productos solicitados en el numeral 4 del presente documento, a satisfacción de la Dirección General de Presupuesto y con la no objeción del BID.
Calendario de Pagos
Concepto | % | Monto BID FF-30 | Monto Ap. Local FF-10 (*) | Total |
1er. Pago – a la firma del Contrato. | 20% | USD 11.818,20 | USD 1.181,80 | USD 13.000,00 |
2do. Pago – a la aprobación del primer informe de avance. | 30% | USD 17.727,30 | USD 1.772,70 | USD 19.500,00 |
3er. Pago – a la aprobación del informe final y la no objeción del BID. | 50% | USD 29.545,50 | USD 2.954,50 | USD 32.500,00 |
TOTAL | 100% | USD 59.091,00 | USD 5.909,00 | USD 65.000,00 |
(*) FF-10 incluye el I.V.A., de los cuales el 100% deberá ser retenido de conformidad a las normativas vigentes. Observaciones:
1. Los contratos y pagos a consultores nacionales se efectuarán en Guaraníes.
2. Los contratos y pagos a consultores internacionales se podrán efectuar en divisas o Guaraníes.
3. Se deberán desglosar los montos en concepto de pasajes, viáticos y otros gastos, en los casos que corresponda.
4. Todos los pagos se efectuarán con autorización del titular de la Dirección General de Presupuesto.
CERTIFICACIÓN DE ELEGIBILIDAD Y DE INTEGRIDAD
(APLICABLE PARA LA CONTRATACIÓN DE CONSULTORES INDIVIDUALES – POLÍTICA PARA LA SEL ECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE CONSULTORES FINANCIADOS POR EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO)
Con el fin de cumplir los requisitos de elegibilidad y de integridad para la contratación como consultor individual, internacional o nacional, en Proyectos (o Programas) financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo (en adelante el Banco), CERTIFICO QUE:
(1) Soy ciudadano o residente permanente “bona fide” del siguiente país miembro del Banco: CANADÁ
(2) Mantendré al mismo tiempo un solo contrato a tiempo completo financiado con recursos del Banco y en el caso de que mantenga más de un contrato a tiempo parcial financiado con recursos del Banco, solo facturaré a un Proyecto (o Programa) por tareas desempeñadas en un solo día.
(3) Si hubiera sido miembro del personal del Banco dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de mi contrato de consultoría, no participaré directa y principalmente en la operación a la que se encuentra vinculada la contratación de los servicios de consultoría objeto de este contrato.
(4) Proporcionaré asesoría imparcial y objetiva y no tengo conflictos de interés para aceptar este contrato.
(5) No tengo una relación de trabajo o de familia con algún miembro del personal de la entidad contratante ni del personal del Prestatario, del Organismo Ejecutor del Proyecto o del Beneficiario de una Cooperación Técnica que esté directa o indirectamente involucrado de cualquier manera con: (i) la preparación de los Términos de Referencia (TR) de este contrato; (ii) el proceso de selección de dicho contrato; o (iii) la supervisión de dicho contrato.
(6) Si fuera funcionario del gobierno o servidor público declaro que: (i) estoy con licencia sin goce xx xxxxxx durante el plazo de ejecución de este contrato; (ii) no he trabajado en la entidad contratante, en el Prestatario, Organismo Ejecutor o Beneficiario de una Cooperación Técnica durante el periodo de
(indicar expresamente el plazo) inmediatamente anterior al periodo en que comenzó la licencia; y (iii) mi contratación no genera un conflicto de intereses de acuerdo con el párrafo 1.9 de las Políticas para la Selección y Contratación de Consultores financiados por el BID.
(7) Mantendré los más altos niveles éticos y no realizaré ninguna de las acciones que constituyen Prácticas Prohibidas definidas en las Políticas para la Selección y Contratación de Consultores financiados por el BID, las cuales declaro conocer, y no he sido declarado inelegible para participar en contratos financiados por otras Instituciones Financieras Internacionales que han suscrito acuerdos con el Banco para el reconocimiento recíproco de sanciones. Si se comprueba, de acuerdo con el procedimiento de sanciones del Banco, que durante el proceso de mi contratación, he incurrido en prácticas prohibidas, el Banco podrá adoptar una o más de las siguientes medidas:
a. Emitir una amonestación;
b. Informar a la entidad contratante, Prestatario, Organismo Ejecutor o Beneficiario de una Cooperación Técnica o a las autoridades del país encargadas de hacer cumplir las leyes, los resultados del procedimiento para que tome(n) las medidas apropiadas;
c. Rechazar mi contratación; y
d. Declararme inelegible, de forma temporal o permanente, para ser contratado o subcontratado por terceros elegibles, con recursos del Banco o administrados por el Banco.
QUEDA ENTENDIDO QUE CUALQUIER INFORMACIÓN FALSA O EQUÍVOCA QUE YO HAYA PROVEÍDO EN RELACIÓN CON ESTOS REQUERIMIENTOS DE ELEGIBILIDAD Y DE INTEGRIDAD QUE CONSTAN DE ESTA CERTIFICACIÓN Y DE LAS POLÍTICAS DEL BANCO, TORNARÁ NULO Y SIN EFECTO ESTE CONTRATO Y NO TENDRÉ DERECHO A REMUNERACIÓN O INDEMNIZACIÓN ALGUNA, SIN PERJUICIO DE LAS ACCIONES O SANCIONES QUE EL BANCO PUDIERA ADOPTAR DE ACUERDO CON SUS NORMAS Y POLÍTICAS.
FIRMA: NOMBRE: XXXX XXXXX XXXXXX FECHA: 19/10/2015