ARRENDAMIENTO CLÁSICO – CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA EMPRESAS
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ARRENDAMIENTO CLÁSICO – CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA EMPRESAS
TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES DE ARRENDAMIENTO
1. INICIO DEL ARRENDAMIENTO
El periodo básico de arrendamiento no sujeto a terminación anticipada comenzará el primer día del trimestre siguiente a aquél dentro del cual se efectuó la entrega del OA, o el primer día del mes si se han pactado pagos mensuales. Si el OA fuere entregado con anterioridad, 1/30 de la renta mensual
ha de ser pagado por cada día del periodo intermedio.
2. DURACIÓN, TERMINACIÓN Y DEVOLUCIÓN DEL OA
El contrato se renovará automáticamente por un periodo de seis meses si no se le ha puesto término por escrito por una de las partes al menos tres meses antes de la fecha de vencimiento del periodo básico de arrendamiento o del periodo de renovación. Al término del contrato – incluso con anterioridad a la fecha convenida – el Arrendatario devolverá el OA al Arrendador en un estado funcional y contractualmente aceptable. Cualquier información perteneciente al Arrendatario debe ser eliminada por completo. El OA será devuelto a costo y a cuenta del Arren- datario al domicilio comercial del Arrendador consignado más arriba, o a una bodega central. Si el OA no es devuelto oportu- namente, el Arrendador tiene derecho, mas no la obligación,
de coordinar que el OA sea retirado a costo del Arrendatario.
Si el Arrendador pusiera término al contrato por una razón por la cual es responsable el Arrendatario, o si el Arrendatario diera término anticipado al contrato por una razón por la cual él es responsable, el Arrendatario estará en incumplimiento si no procede al pago dentro del periodo de 14 días posteriores a la recepción del aviso de término y de la declaración de daños ocasionados. Una vez que el Arrendatario esté en in- cumplimiento, el Arrendador tiene derecho a cobrar las rentas
mensuales adeudadas por todo el periodo contractual restante, entre otros derechos que corresponden al Arrendador.
3. ENTREGA, DEBER DE REPORTAR DEFECTOS Y ACEPTACIÓN DEL OA
El Arrendatario asumirá los costos de entrega a su domicilio. El Arrendador cederá al Arrendatario cualesquiera derechos relativos a la entrega contractual, con excepción del derecho a obtener el reembolso del precio de compra. El Arrendatario inspeccionará el OA inmediatamente después de la entrega y, ante el descubrimiento de cualquier defecto, deberá dar aviso inmediato del mismo. El Arrendatario sólo puede confirmar la entrega del OA una vez que éste se haya cerciorado de que la entrega está completa y que el OA está tanto sin defectos como en condiciones adecuadas para el uso, conforme con lo dispuesto en la “Confirmación de Entrega”.
4. RIESGO DE PÉRDIDA ACCIDENTAL, DESTRUCCIÓN, DETERIORO O NO PAGO.
El Arrendatario asumirá el riesgo de pérdida accidental o daño al OA. El Arrendador renuncia a la inoponibilidad del riesgo de pérdida accidental o deterioro, de daño accidental, de robo del OA y dejará indemne al Arrendatario de los costos y las reclamaciones involucradas.
5. USO, COSTOS Y REPARACIONES
El Arrendatario cumplirá las recomendaciones del proveedor y del productor, aparte de los requerimientos regulatorios relativos a la operación del OA y asumirá cualquier desembol- so relacionado con el uso o la posesión de la OA, así como también de cualquier otro cargo. El Arrendador mantendrá el OA en una condición funcional y contractualmente aceptable (incluyendo la adquisición de las actualizaciones recomen- dadas), a su costo, hasta que sea éste devuelto al Arrendador. Además, el Arrendatario liberará al Arrendador de demandas de cualquier tipo entabladas por terceras personas por motivo de la instalación, la operación o los derechos de propiedad relativos al OA.
El OA no podrá ser facilitado a terceras personas, y sólo puede ser facilitada al Proveedor para efectos de su reparación.
6. RESPONSABILIDAD Y GARANTÍAS
El Arrendador externalizará la responsabilidad por cualquier defecto del OA, asignando, al tiempo de celebración del contrato, todos los derechos relativos a cualquier defecto a los cuales pudiera tener derecho sobre la base del acuerdo de compra del OA al Arrendatario, así como a los derechos que nacen de las garantías. Si surgen defectos o se da un caso para hacer efectiva la garantía, el Arrendatario deberá hacer valer estos derechos inmediatamente. En caso de
sobrevenir una reducción de precio o el término del contrato, el Arrendatario exigirá el pago al Arrendador.
El Arrendatario sólo tendrá derecho a rehusarse a efectuar los pagos correspondientes si el rendimiento garantizado por el Proveedor falla, y este último consiente de manera verificable a la pretensión de reducción de precio o de término del contrato del Arrendatario, o si el Arrendatario ha tomado medidas legales en contra del Proveedor. Los derechos que emanen de productos defectuosos expirarán transcurrido un plazo de seis (6) meses. Dichos derechos estarán excluidos para los OA ya usados. El Arrendador mismo será responsable por un defecto si él, su representante o agente xxxxxxx lo ha ocultado de manera fraudulenta o ha dado una garantía, así como en los siguientes casos: en todo momento, por daños causados a la propiedad o por una pérdida financiera que resulta de culpa grave por parte del Arrendador. Respecto del daño causado
a la propiedad y a una pérdida financiera que resulta de un incumplimiento con culpa leve por parte del Arrendador, dicho Arrendador sólo será responsable si una obligación contractual principal ha sido incumplida, y sólo si el daño fue previsible. Tal responsabilidad se limitará a un total de 25 % del valor de costo neto del OA. Las responsabilidades en los casos estricta- mente dispuestos por ley se mantendrán inalterados.
7. TRANSFERENCIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES
El Arrendatario accederá a transferir sus deberes contractuales a la institución financiera con la cual se repacte su crédito, si dicha transferencia no implicará desventaja legal o económica alguna para el Arrendatario. Para dar garantías a la institución financiera con la cual se repacte el crédito en caso de
insolvencia de parte del Arrendador, se acuerda lo siguiente como medida de resguardo: si dicha institución tiene derecho a usar el OA por medio de un arrendamiento, entonces el Arrendatario estará obligado a celebrar nuevamente un contrato de arrendamiento con ella, o a continuar este contrato de arrendamiento con dicha institución o con un tercero que ésta indique. El Arrendatario no debería encontrarse en una peor posición, desde las perspectivas legal y económica, a aquélla en la que habría estado en caso de no haber habido procedi- miento concursal alguno.
El Arrendatario solo puede transferir o ceder derechos y obligaciones emanados de este contrato con permiso previo y escrito del Arrendador. El requerimiento de pago del Arren- dador incluirá las rentas de arrendamiento pendientes por
la totalidad del periodo contractual. La compensación por el interés no percibido y por otros relativos a la terminación en beneficio del Arrendatario estarán sujetas a las disposiciones legales. El requerimiento de pago del Arrendador será exigible al momento de recibir el aviso de terminación.
8. FACTURAS Y MEDIOS DE PAGO
Emisión de facturas: Facturas individuales a solicitud (sin recargo en formato digital, con recargo de $ 6.000 en formato físico).
El Arrendatario autoriza al Arrendador a cobrar los montos debidos por débito directo, conforme con lo dispuesto en el mandato PAC incluido. El Arrendador informará al Arrenda- tario del próximo pago por débito directo con al menos cinco
(5) días corridos de anticipación al momento en que dicho pago se haga exigible, por medio de un aviso anticipado. Si la misma cantidad ha de ser objeto de débito directo de manera recurrente, entonces sólo será necesario un aviso anticipado.
Si se utiliza un medio de pago diferente, habrá un recargo de $ 7.500 por pago.
9. DERECHO APLICABLE
Este contrato se encuentra regido por el Derecho Civil y Comercial Chileno, y el Arrendador tomará todas las medidas legales que contemple el Derecho Chileno.
10. PROTECCIÓN DE DATOS
Como controlador de datos, el Arrendador tiene derecho a usar, tratar y almacenar los datos del Arrendatario desde
el inicio de la relación comercial entre ambos, con los fines de tratamiento contractual y servicio al cliente. Los datos podrán ser transferidos a la institución financiera con la cual se repacte el crédito, para el fin de repactación.
GC Rent Chile SpA – GRENKE Franchise –
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