PLIEGO CUADRO RESUMEN
PLIEGO CUADRO RESUMEN
SERVICIOS DE FORMACIÓN A TODO EL PERSONAL DE SELAE EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS PENALES – COMPLIANCE PENAL
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN Nº 19/248
CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES Y ELEMENTOS ESTRUCTURALES DEL CONTRATO
Órgano de contratación | Unidad proponente | Calificación del contrato |
Comisión de Contratación >= 15.000 €<300.000 € | Unidad de Prevención de Riesgos Penales | Servicios |
Objeto de contratación
Objeto de contratación | Servicios de formación a todo el personal de SELAE en materia de prevención de riesgos penales – Compliance Penal |
División en lotes
División del objeto del contrato en lotes | Sí ☐ No ☒ |
Lotes | No aplica |
Codificación: nomenclatura CPV
CPV | 80510000-2 - Servicios de formación especializada |
Presupuesto base de licitación
Presupuesto base de licitación (IVA no incluido) | 32.000€ | Presupuesto base de licitación (IVA incluido) | 38.720€ |
Desglose del presupuesto base de licitación de conformidad con el artículo 100.2 LCSP | Coste directo (personal): 15.000 euros Otros costes directos: 11.000 euros Costes indirectos: 6.000 euros | ||
Desglose por lotes | No aplica |
Valor estimado del contrato (IVA no incluido)
Valor estimado | 32.000€ |
Sistema de determinación del precio
Precio a tanto alzado | Sí ☒ No ☐ |
Concepto(s) | Honorarios por la formación impartida y por la elaboración de los materiales necesarios para ello |
Precios unitarios | Sí ☐ No ☒ |
Concepto(s) | Precio unitario máximo € (IVA no incluido) | Estimación de nº de unidades | Nº mínimo de unidades que SELAE se compromete a contratar |
No aplica | No aplica | No aplica | |
Gastos excluidos del precio (y facturables con carácter independiente) | Sí ☐ No ☒ | ||
Concepto y forma de facturación de los gastos excluidos del precio | No aplica |
Plazo de duración del contrato y prórrogas
Duración | Desde la formalización del contrato hasta el 31 de diciembre de 2019 |
Prórroga | No aplica |
CAPÍTULO II.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
Habilitación profesional o empresarial legalmente exigible
Se exige una determinada habilitación profesional o empresarial | Sí ☐ No ☒ |
Requisito | No aplica |
Forma de acreditación | No aplica |
Fin del plazo para presentación de proposiciones
Fin de plazo presentación de proposiciones | Antes de las 15:00:00 horas del día 12 xx xxxxxx de 2019 |
Contenido de las proposiciones y de los sobres
Sobre A.- Documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos previos | |
Contenido: | El previsto en el apartado 11.2 de las Condiciones Administrativas |
Formato: | |
Presentación | Electrónica |
Sobre B.- Propuesta de criterios evaluables automáticamente o mediante fórmula |
Contenido: | Proposición conforme al modelo de Anexo 1, acompañada por los documentos acreditativos de los criterios distintos del precio que, en su caso, se oferten, de acuerdo con lo previsto en las Prescripciones Técnicas (por ejemplo, copia de los artículos doctrinales. |
Formato | |
Presentación | Electrónica |
Criterios de valoración de las proposiciones
Criterios evaluables automáticamente o mediante fórmula | Puntos | Fórmula de valoración |
Precio | 70 | Se sumará el precio ofertado para cada uno de los conceptos y se obtendrá un precio total ofertado por cada licitador. Determinado el precio total más bajo ofertado, se le asignará la máxima puntuación y se calculará la puntuación de los restantes licitadores aplicando una regla de tres inversa. |
Publicación de al menos 2 artículos doctrinales especializados en Compliance Penal por parte de alguno de los miembros del equipo de trabajo | 5 | Sí: 5 puntos, No: 0 puntos |
Suficiencia y capacitación en Compliance emitida por una entidad de reconocido prestigio | 15 | 5 puntos por cada miembro del equipo de formadores, máximo de 15 puntos |
Experiencia en asesoramiento jurídico en derecho penal y defensa y representación en juicio en la jurisdicción penal de al menos 5 años, de al menos uno de los integrantes del equipo de trabajo | 5 | Sí: 5 puntos, No: 0 puntos |
Utilización de herramientas de dinamización de las sesiones (por ejemplo sistemas de votación o encuestas interactivas) | 5 | Sí: 5 puntos, No: 0 puntos |
Total criterios evaluables automáticamente o mediante fórmula | 100 |
La valoración de los precios ofertados se realizará sin tener en cuenta el IVA que pudiera resultar aplicable Otras
No aplica
CAPÍTULO III.- EJECUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Plazo de ejecución del contrato
Plazos totales y/o parciales de ejecución | Los cursos de formación se impartirán en los plazos indicados en las Especificaciones Técnicas. |
Abono del precio (calendario de facturación)
Calendario de facturación | Se facturará el 30% del precio una vez finalizada la formación general a impartir (Curso completo y básico del Programa de prevención de SELAE y las grabaciones del curso de actualización del Programa de prevención) y, un el 70% restante a la finalización de la formación específica por áreas de riesgo. |
Protección de datos de carácter personal
Actividades relacionadas con Datos Personales | Modelo a utilizar | Márquese lo que proceda (siempre una y sólo una) |
No se aplican condiciones (relativas a datos personales) Ni se accede ni tratan datos personales1. No hay posibilidad material de acceso (ni incidental ni doloso) por la segunda parte a datos personales responsabilidad de SELAE. | No hay que cumplimentar nada | ☐ |
Contacto y coordinación sin acceso: Se ceden y tratan datos personales de contacto y coordinación2. No hay posibilidad material de acceso (ni incidental ni doloso) por la segunda parte a otros datos personales responsabilidad de SELAE. | Condiciones generales de datos personales, Modelo 1 | ☐ |
Contacto y coordinación; Prohibición de acceso. Se ceden y tratan datos personales de contacto y coordinación pero no es necesario para la actividad, pero puede producirse, accidental o indebidamente, el acceso a datos personales responsabilidad de SELAE durante el desarrollo de la relación negocial3. Al existir la posibilidad material de acceso (y por tanto tratamiento) por la segunda parte (tanto accidental como doloso violentando las medidas de seguridad) a otros datos personales responsabilidad de SELAE durante el desarrollo de la relación negocial, se estipulan contractualmente medidas de protección relacionadas con la prohibición de acceso, y por tanto de tratamiento, a otros datos personales responsabilidad de SELAE. Posible cesión a SELAE de datos de empleados de la segunda parte. | Condiciones generales de datos personales, Modelo 2 | ☒ |
1 Compras vía web de suministros; y para prestaciones de servicios fuera de los locales de SELAE y sin tratamiento de datos (ni siquiera de contacto); incluye licencias de uso de software a emplear por SELAE en las instalaciones de SELAE siempre que no lleven servicios asociados.
2 Suministros y prestación de servicios fuera de los locales de SELAE y sin tratamiento de datos personales para el desarrollo de la relación negocios. Habrá tratamiento de datos de contacto y coordinación.
3 Prestaciones de servicios que se efectúan, al menos en parte, en los locales de SELAE y sin tratamiento de datos personales para el desarrollo de la relación negocios. Habrá tratamiento de datos de contacto y coordinación.
Contacto y coordinación; Encargo de tratamiento. Se ceden y tratan datos personales de contacto y coordinación y es necesario el tratamiento, y por tanto el acceso, a datos personales responsabilidad de SELAE para el desarrollo de la relación xxxxxxxx0. El desarrollo de la relación negocial conlleva actividades que necesariamente requieren el tratamiento, y por tanto el acceso, de datos personales responsabilidad de SELAE, estipulándose las medidas contractuales correspondientes. No obstante, al existir la posibilidad materias de acceso (y por tanto tratamiento) por la segunda parte (tanto accidental como doloso violentando las medidas de seguridad) a otros datos personales responsabilidad de SELAE durante el desarrollo de la relación negocial, se estipulan contractualmente medidas de protección relacionadas con la prohibición de acceso, y por tanto de tratamiento, a otros datos personales responsabilidad de SELAE. Posible cesión a SELAE de datos de empleados de la segunda parte | Condiciones generales de datos personales, Modelo 3 y anexo de tratamiento de datos personales | ☐ |
Contacto y coordinación; Cesión de datos. Se ceden y tratan datos personales de contacto y coordinación y es necesaria la cesión de datos personales responsabilidad de SELAE para el desarrollo de la relación negocial5. No hay posibilidad material de acceso (ni incidental ni doloso) por la segunda parte a otros datos personales responsabilidad de SELAE. Sin cesión a SELAE de datos de empleados de la segunda parte | Condiciones generales de datos personales, Modelo 4 y anexo de cesión por SELAE de datos personales | ☐ |
Contacto y coordinación; Cesión de datos. Se ceden y tratan datos personales de contacto y coordinación y es necesaria la cesión de datos personales responsabilidad de SELAE para el desarrollo de la relación negocial6. No obstante, al existir la posibilidad materias de acceso (y por tanto tratamiento) por la segunda parte (tanto accidental como doloso violentando las medidas de seguridad) a otros datos personales responsabilidad de SELAE durante el desarrollo de la relación negocial, se estipulan contractualmente medidas de protección relacionadas con la prohibición de acceso, y por tanto de tratamiento, a otros datos personales responsabilidad de SELAE. Posible cesión a SELAE de datos de empleados de la segunda parte | Condiciones generales de datos personales, Modelo 5 y anexo de cesión por SELAE de datos personales | ☐ |
El adjudicatario, para el desarrollo de la relación de negocios, tratará Datos Personales no aportador por SELAE de los que dicho adjudicatario será responsable. | No hay que cumplimentar nada | ☐ |
4 Prestaciones de servicios que comportan tratamiento de datos personales para el desarrollo de la relación negocios. También habrá tratamiento de datos de contacto y coordinación.
5 SELAE cede datos para el desarrollo de la relación negocial. Habrá tratamiento de datos de contacto y coordinación. No hay posibilidad de acceso a otros datos por la otra parte.
6 SELAE cede datos para el desarrollo de la relación negocial. Habrá tratamiento de datos de contacto y coordinación. Al haber posibilidad de acceso a otros datos por la otra parte se describe una prohibición,
Condiciones específicas: - Se informa que los interesados (los profesores o intervinientes en la formación) mantienen sus derechos de protección de datos, si bien los de oposición o cancelación serán denegados, en base a la existencia en el presente pliego de un contrato de cesión de derechos sobre la imagen y la voz de las personas que intervienen, por lo que estaríamos ante un abuso de derecho por parte del interesado, en virtud del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 xx xxxxx, por el que se aprueba texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia. - El adjudicatario deberá presentar las autorizaciones correspondientes a la cesión de derechos de las personas intervinientes en los Servicios del presente pliego, utilizando el modelo del Anexo 2. | No hay que cumplimentar nada | ☒ |
Derechos de propiedad intelectual e industrial
Derechos de propiedad intelectual o industrial | Definiciones A los efectos del presente Pliego “Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial” son (i) todos los derechos reconocidos por la legislación de propiedad intelectual (derechos de autor, derechos afines y sui generis, u otros), (ii) todos los derechos reconocidos por la legislación de propiedad industrial (patentes, marcas, modelos de utilidad, modelos y dibujos industriales y cualesquiera otros derechos) y (iii) todos los derechos reconocidos al propietario de un know-how o secreto empresarial. Derechos de SELAE El adjudicatario no podrá usar los Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial de SELAE, que en su caso sean entregados para la ejecución del contrato, salvo en los casos en los que sea estrictamente necesario para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la ejecución del contrato y limitado temporalmente al periodo de vigencia de este. A estos efectos, SELAE concede al adjudicatario una licencia de uso no exclusiva e intransferible de todos aquellos materiales sobre los que aquélla ostente Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial a los que el adjudicatario deba acceder durante la ejecución del contrato. Dicha licencia se concede únicamente respecto de los derechos necesarios a los exclusivos fines indicados y durante la vigencia del contrato, quedando expresamente revocada a su terminación. Dicha licencia de uso no conlleva la cesión de ningún otro derecho a favor del adjudicatario. Cesión de derechos de propiedad intelectual e industrial a SELAE: desarrollos o trabajos específicos para SELAE A efectos de esta cláusula se entenderá por “Materiales” cada uno de los trabajos elaborados o desarrollados específicamente para SELAE en cumplimiento de las obligaciones objeto de los presentes Pliegos y, en su caso, el contrato que las partes suscriban. Todos los derechos sobre los Materiales y derivados de los Materiales, incluidos los Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial, corresponderán a SELAE a título originario o, si esto no fuera legalmente posible, por cesión del adjudicatario. |
Garantía del adjudicatario El adjudicatario garantiza que la ejecución del contrato no vulnerará ningún Derecho de Propiedad Intelectual o Industrial, o cualesquiera otros derechos legales o contractuales de terceros, ni comportará o constituirá un acto de competencia desleal y que mantendrá indemne a SELAE de cuantas consecuencias se deriven del incumplimiento de dicha garantía, y exonera a SELAE de cualquier tipo de responsabilidad frente a terceros que pudiera derivarse por el incumplimiento de dicha garantía. Asimismo y a efectos de la garantía otorgada en los apartados anteriores, el licitador declara tener las autorizaciones que en su caso correspondan al objeto de no incurrir en vulneración alguna respecto de los derechos de propiedad intelectual e industrial para permitir el goce de los derechos a SELAE en los términos reseñados en esta cláusula así como cualquiera otros reconocidos por la Ley, exonerando, por lo tanto, a SELAE de cualquier responsabilidad que pudiera exigirle un tercero por la utilización y explotación de las obras. A tal efecto, el adjudicatario deberá presentar a SELAE cuanta documentación le sea requerida por ésta a fin de probar la existencia de las autorizaciones que en cada caso resulten pertinentes, tanto de forma previa a la suscripción del presente contrato como durante la ejecución del mismo. Remuneración La remuneración por las cesiones y licencias de Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial y de cualesquiera otros derechos contemplada en la presente cláusula se entiende pagada a tanto alzado en el precio total del contrato, de conformidad con lo establecido en el mismo. El adjudicatario no tendrá derecho a reclamar de SELAE ninguna otra cantidad adicional de dinero o cualquier otra prestación por dicha cesión. |
Previsiones adicionales
No aplica
Anexo 1.- Contenido sobre B. Proposición relativa a criterios evaluables automáticamente o mediante fórmula
D/Xx Xxxx clic aquí para escribir texto, con Documento Nacional de Identidad nº Haga clic aquí para escribir texto, en representación de Haga clic aquí para escribir texto, con Número de Identificación Fiscal Haga clic aquí para escribir texto y domicilio en Haga clic aquí para escribir texto, enterado de las condiciones, requisitos y obligaciones establecidos en los presentes Pliegos, cuyo contenido declarar conocer y acepta plenamente, se compromete a tomar cargo la ejecución del contrato de acuerdo con la siguiente proposición relativa a criterios evaluables automáticamente o mediante fórmula: 1. Información preliminar: El Equipo de formadores que se propone estará compuesto por (mínimo de 2, máximo de 4): 1. _ 2. 3. 4. 2. Proposición económica En caso de que exista contradicción entre el precio total incluido por el licitador/candidato a efectos de valoración y la suma de los precios unitarios se atenderá a esta última. [Eliminar si no procede] La valoración de los precios ofertados se realizará sin tener en cuenta el IVA que pudiera ser aplicable. 3.- Restantes criterios evaluables automáticamente o mediante fórmula | ||||
Criterio | Márquese lo que proceda | Observaciones | ||
Publicación de artículos doctrinales especializados en Compliance Penal por parte de alguno de los miembros del equipo de trabajo | Sí ☐ No ☐ | No aplica | ||
Suficiencia y capacitación en Compliance emitida por una entidad de reconocido prestigio | Sí ☐ No ☐ | Número de integrantes que lo cumplen: |
Precio a tanto alzado | |||
Concepto | Precio (IVA no incluido) | IVA % | Precio (IVA incluido) |
Curso completo y básico del Programa de prevención de SELAE | |||
Curso de actualización del Programa (precio que incluye tanto la formación dirigida a todo el personal de SELAE como a sus Consejeros) | |||
Formacion especifica por áreas de riesgo (precio que incluye la totalidad de las hasta 8 sesiones) | |||
TOTAL |
Experiencia en asesoramiento jurídico en derecho penal y defensa y representación en juicio en la jurisdicción penal de al menos 5 años, de al menos uno de los integrantes del equipo de trabajo | Sí ☐ No ☐ | No aplica | ||
Utilización de herramientas de dinamización de las sesiones (por ejemplo sistemas de votación o encuestas interactivas) | Sí ☐ No ☐ | Identificación de las herramientas: | ||
Se acompañan a la presente proposición las acreditaciones correspondiente a los criterios ofertados, de acuerdo con lo previsto en las Prescripciones Técnicas El licitador/candidato está obligado a rellenar todas las casillas del presente Anexo. En caso de no rellenarse alguna la proposición será excluida del procedimiento. Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente en Haga clic aquí para escribir texto, a 22 de julio de 2019 FIRMADO: Haga clic aquí para escribir texto LEYENDA INFORMATIVA SOBRE DATOS PERSONALES Los Datos Personales incluidos en el presente Anexo se incorporan a un fichero/tratamiento responsabilidad de SELAE en los términos previstos en el pliego de contratación. SELAE, como responsable del fichero y del tratamiento, garantiza el ejercicio de los derechos del interesado en relación a sus datos personales facilitados a estos efectos dirigiéndose por escrito debidamente firmado, adjuntando copia de su DNI e indicando tratamiento a que se refiere y derecho ejercitado a la siguiente dirección: SELAE, Registro, atención “Protección de Datos”, x/ Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx 00, 00000 Xxxxxx o aquella que le sustituya. |
Anexo 2.- Autorización para la cesión de derechos
D/Xx Xxxx clic aquí para escribir texto, con Documento Nacional de Identidad nº Haga clic aquí para escribir texto, trabajador de la empresa Haga clic aquí para escribir texto, (en adelante, el “Adjudicatario”) por la presente:
Toma razón de la adjudicación al Adjudicatario del servicio de formación en materia de prevención de riesgos penales por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.M.E., S.A. (en adelante, “SELAE”) expediente SELAE [xxx]/2019, habiendo el Adjudicatario designado al firmante para la impartición de la formación.
Toma razón de que SELAE dentro de las condiciones del contrato adjudicado, establece que realizará unas grabaciones de las sesiones formativas de prevención de riesgos penales en las que aparecerán la imagen y la voz del firmante.
A los efectos previstos en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 xx xxxx, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, a través de la presente, el firmante del presente documento autoriza expresamente a SELAE a grabar, reproducir y utilizar su imagen y voz (incorporada en los vídeos resultantes de las grabaciones) con la finalidad de utilizarlos para la formación del personal de SELAE, sin que dicha utilización le confiera derecho de remuneración o beneficio alguno.
La presente autorización se concede por el periodo máximo de tiempo establecido por la normativa aplicable y sin limitación en cualquier medio, soporte o formato y a través de cualquier sistema, procedimiento o modalidad de transmisión, comunicación o distribución. La autorización de uso y explotación será exclusiva, para todo el mundo, con facultad de cesión a terceros únicamente para las finalidades descritas en el presente documento.
El uso de la imagen no atentará en ningún caso contra la dignidad y honor del firmante, ni se utilizarán las imágenes con fines distintos de los establecidos.
El firmante reconoce que la titularidad todos los derechos, incluidos los de Propiedad Intelectual, sobre las grabaciones y/o vídeos resultantes, corresponde única y exclusivamente a SELAE.
En Haga clic aquí para escribir texto, a 22 de julio de 2019
FIRMADO: Haga clic aquí para escribir texto
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PLIEGO CONDICIONES ADMINISTRATIVAS
SERVICIOS DE FORMACIÓN A TODO EL PERSONAL DE SELAE EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS PENALES – COMPLIANCE PENAL
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN Nº 19/248
CONDICIONES ADMINISTRATIVAS PARTICULARES: CONTRATOS DE PEQUEÑA CUANTÍA
CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES Y ELEMENTOS ESTRUCTURALES DEL CONTRATO
La Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.M.E., S.A. (en adelante, la “Sociedad” o “SELAE”), es una sociedad anónima, de carácter público, que tiene por objeto la gestión, explotación y comercialización de la actividad del juego en sus distintas modalidades.
1. Régimen jurídico
El contrato objeto del presente procedimiento tendrá la consideración de contrato privado.
Se regirá, en cuanto a su preparación y adjudicación:
Por las Instrucciones Internas de Contratación de SELAE disponibles en el Perfil de Contratante alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público (xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx) (las “Instrucciones de Contratación”) y los artículos 321 y 322 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (“LCSP”).
Las presentes condiciones administrativas particulares y sus anexos (las “Condiciones Administrativas”); el cuadro resumen que complementa y modifica a las anteriores (el “Cuadro Resumen”) y las prescripciones técnicas (las “Prescripciones Técnicas”) conformarán conjuntamente el/los “Pliego/s”.
En cuanto a sus efectos, modificación y extinción, se regirá por los presentes Pliegos y por las normas de derecho privado que le resulten de aplicación.
2. Objeto
El objeto del contrato al que se refieren las presentes Condiciones Administrativas es el señalado en el apartado 4 del Cuadro Resumen (en adelante, la “Prestación”). El detalle y alcance de la Prestación se encuentra especificado en las Prescripciones Técnicas.
3. División en lotes
Cuando así se indique en el apartado 5.1 del Cuadro Resumen el objeto del contrato se dividirá en lotes.
4. Codificación
La codificación correspondiente a la nomenclatura del Vocabulario Común de Contratos (CPV) según el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de noviembre de 2002 por el que se aprueba el vocabulario común de contratos públicos (CPV) o normativa que le sustituya, será la señalada en el apartado 6 del Cuadro Resumen.
5. Presupuesto base de licitación, valor estimado del contrato y precio
El Cuadro Resumen fija el presupuesto base de licitación, valor estimado del contrato y el precio, de acuerdo con las definiciones de estos conceptos contenidos en el apartado 10 de las Instrucciones de Contratación.
En caso de que el sistema de determinación del precio sea a tanto alzado, el importe ofertado por el licitador en ningún caso podrá superar el presupuesto base de licitación (IVA no incluido); en caso contrario, la proposición será excluida.
Cuando el sistema de determinación del precio sea, total o parcialmente a precios unitarios:
En caso de que se fije un precio unitario máximo, el importe unitario ofertado por el licitador (IVA no incluido) en ningún caso podrá superar éste.
En caso de que se fije una estimación de unidades, el resultado de aplicar el importe unitario ofertado por el licitador (IVA no incluido) a la estimación de unidades, en ningún caso podrá superar el presupuesto base de licitación (IVA no incluido).
En caso de que se superen los límites anteriores, la proposición será excluida.
SELAE no se compromete a alcanzar una cifra mínima de gasto, a menos que se indique un número mínimo de unidades a contratar.
En el caso de que el sistema de determinación del precio sea total o parcialmente a precios unitarios las referencias a un porcentaje del precio contenidas en los Pliegos se entenderá realizadas al presupuesto base de licitación.
Xxxxx, que se indique lo contrario en el apartado 9.3. del Cuadro Resumen, en el precio del
contrato se considerarán incluidos todos los gastos que el adjudicatario deba afrontar para ejecutar el contrato, el beneficio industrial, así como los importes de los tributos en los términos señalados en la cláusula siguiente.
6. Tributos y gastos
Serán a cargo del adjudicatario, y se considerarán, asimismo, incluidos en los importes de su proposición, todos aquellos tributos presentes y futuros de los que sea sujeto pasivo, que se deriven de la actividad contratada, incluyendo a título enunciativo, los derivados de la formalización del contrato.
Queda incluido, a estos efectos, el IVA o cualquier otro impuesto indirecto equivalente según corresponda que, si procede, será repercutido posteriormente de forma independiente en las facturas que se expidan con motivo de la ejecución del contrato. El tipo aplicable será el vigente en el momento del devengo.
En el caso de que la entidad adjudicataria sea no residente en territorio español se aplicará a estos efectos lo dispuesto en la normativa reguladora del Impuesto sobre la Renta de los No Residentes. En el caso de que fuera aplicable alguna disposición del Convenio para evitar la doble imposición entre el Xxxxx de España y el país de residencia de la entidad adjudicataria su aplicación quedará condicionada a la remisión, con carácter anual, por la entidad adjudicataria del correspondiente certificado de residencia fiscal en el sentido del Convenio.
7. Plazo de duración del contrato y prórrogas
La duración del contrato y eventuales prórrogas serán las que figuren en el apartado 10 del Cuadro Resumen.
La prórroga, que deberá ser expresa, se acordará por SELAE y será obligatoria para el licitador siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración inicial del contrato o de cualquiera de sus prórrogas, salvo que la duración del contrato sea inferior a dos meses.
CAPÍTULO II.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
8. Proposiciones de los interesados
Condiciones generales aplicables a la presentación de proposiciones
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los Pliegos, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el licitador del
contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna.
Cada licitador podrá presentar una única proposición sin que se admitan variantes. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
SELAE no podrá divulgar la información facilitada por los licitadores en las proposiciones que hayan designado como confidencial, de acuerdo con lo establecido en el artículo 133 de la LCSP.
Serán excluidas, entre otras, las proposiciones que: (i) incumplan los requisitos/prescripciones establecidos en las Prescripciones Técnicas que se entenderán como mínimas; (ii) excedan del presupuesto base de licitación o los precios unitarios máximos previstos; (iii), varíen sustancialmente los modelos establecidos para la presentación de la proposición de criterios evaluables automáticamente o mediante fórmula; o (iv) comporten error manifiesto en el importe de la proposición o exista reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que las hagan inviables.
Los licitadores no podrán retirar su proposición hasta la adjudicación del contrato. La retirada indebida de una proposición será causa que impedirá al licitador contratar con XXXXX.
Toda la documentación se presentará en castellano.
9. Forma de presentación de proposiciones
La presentación de las proposiciones será electrónica. En este sentido, los licitadores deberán preparar y presentar obligatoriamente todos los sobres de sus proposiciones de forma telemática a través de la PCSP o Plataforma de Contratación del Sector Público (xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx) utilizando para ello la “Herramienta de Preparación y Presentación de Ofertas” que se descargará en su equipo local. Todo ello de acuerdo con lo previsto en la “Guía de los Servicios de Licitación Electrónica para Empresas: Preparación y presentación de proposiciones” que podrán encontrar en el siguiente enlace:
xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx/xx iasAyuda.
10. Plazo de presentación de proposiciones
Las proposiciones deberán presentarse, en todo caso, antes de que finalice el plazo indicado en el apartado 12 del Cuadro Resumen.
11. Contenido de las proposiciones
Los licitadores deberán presentar sus proposiciones estructuradas en dos sobres.
SELAE se reserva el derecho de solicitar en cualquier momento cuanta documentación o aclaraciones complementarias considere precisas sobre la información presentada por los licitadores.
SOBRE A: Documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos previos
El sobre A tendrá el siguiente contenido obligatorio
A.1 Documento relativo al cumplimiento de requisitos previos |
Un documento, firmado por el licitador o su representante de acuerdo con el modelo del Anexo 1 de las presentes Condiciones Administrativas que incluye el siguiente contenido: a. Información sobre el licitador (Parte I) b. Declaración responsable relativa a las condiciones establecidas legalmente para contratar con el sector público (Parte II) En el caso de que se concurra a la licitación en UTE se deberán cumplimentar y presentar un documento por cada integrante de la misma. |
A.2 Compromiso de constitución en unión temporal de empresas |
Cuando dos o más licitadores concurran al presente procedimiento de contratación en unión temporal de empresas deberán, además, indicar en documento privado firmado: (i) los nombres y circunstancias de los que la constituyan; (ii) la participación de cada uno; (iii) el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. En el caso de que el objeto del contrato se divida en lotes conforme al apartado 5 del Cuadro Resumen y se permita concurrir a varios lotes, deberá presentarse este compromiso para cada lote al que se concurra en UTE. Dicho compromiso podrá ser suscrito en un único documento firmado por el representante de cada uno de los integrantes, o en documentos separados con idéntico contenido firmados individualmente por |
el representante de cada uno de los integrantes de la unión temporal.
SOBRE B: Propuesta de criterios evaluables automáticamente o mediante fórmula
El sobre B contendrá la proposición de criterios evaluables automáticamente o mediante fórmula que deberá permitir la evaluación de los criterios detallados en el apartado 14 del Cuadro Resumen.
El sobre B tendrá el contenido especificado en el apartado 13.1.4 del Cuadro Resumen.
Los precios vendrán expresados en euros, e indicarán el IVA, en caso de resultar aplicable, como xxxxxxx xxxxxxxxxxxxx.
00. Criterios de valoración de proposiciones
En cumplimiento del artículo 145 de la LCSP, el contrato se adjudicará a la proposición más ventajosa de conformidad con los criterios de adjudicación. Para su determinación se atenderá a los siguientes criterios:
La puntuación máxima que una proposición podrá obtener será de 100 puntos. La puntuación de cada proposición coincidirá con suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los criterios evaluables mediante fórmula.
El contrato se adjudicará a la proposición cuya puntuación final sea mayor. Los criterios para la valoración se indican en el apartado 14 del Cuadro Resumen.
La valoración del precio se hará sin tomar en consideración el IVA que pueda resultar aplicable.
Las operaciones aritméticas para el cálculo de las puntuaciones sobre los criterios de adjudicación que se puedan evaluar mediante la aplicación de fórmulas se redondearán a una precisión de dos decimales.
El empate entre varias proposiciones tras la aplicación de los criterios de adjudicación del contrato se resolverá por sorteo.
13. Proposiciones anormalmente bajas
Se considerarán proposiciones incursas en presunción de anormalidad aquéllas que se encuentren en los siguientes supuestos: (i) Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de
25 unidades porcentuales a la otra proposición; (ii) Cuando concurran tres o más licitadores, las que sean inferiores en más de 25 unidades porcentuales a la media aritmética de las proposiciones presentadas. No obstante, cuando concurran cuatro o más licitadores,
se excluirá para el cómputo de dicha media la proposición de cuantía más elevada.
A los efectos de identificar las proposiciones incursas en presunción de anormalidad, las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentran en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio, que presenten distintas proposiciones para concurrir a la adjudicación, deberán declarar esta condición en la declaración responsable cuyo modelo se incluye como Anexo 1 a las Condiciones Administrativas.
En tal caso, se tomará únicamente, para aplicar el régimen de identificación de las proposiciones incursas en presunción de anormalidad, aquella que fuere más baja, y ello con independencia de que presenten su proposición en solitario o conjuntamente con otra empresa o empresas ajenas al grupo y con las cuales concurran en unión temporal.
Cuando se identifiquen proposiciones incursas en presunción de anormalidad, se seguirá el procedimiento previsto en el apartado 18 de las Instrucciones de Contratación.
14. Tramitación del procedimiento
La tramitación del procedimiento, incluyendo la apertura y examen de las proposiciones y la adjudicación y formalización del contrato, se regirán por lo previsto en el apartado 23.2. de las Instrucciones de Contratación.
15. Documentación a presentar por el adjudicatario. Formalización
SELAE requerirá al adjudicatario para que presente documentación justificativa de la capacidad de obrar, de la representación, de la habilitación legal en caso necesario y de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social así como las condiciones debidamente firmadas que, en su caso, sean aplicables en materia de protección de datos personales y cualquier otra prevista en el Cuadro Resumen. Además deberá entregar firmadas, en su caso, las condiciones generales que procedan en materia de protección de datos personales.
La falsedad al efectuar la declaración responsable o al facilitar a SELAE cualesquiera otros datos conllevará la exclusión del licitador del procedimiento de contratación, sin perjuicio de las consecuencias que de ello se pudieran derivar de conformidad con el artículo 71 y siguientes de la LCSP.
La formalización del contrato se efectuará mediante la firma de aceptación por el adjudicatario de la notificación de la adjudicación.
El contrato se perfeccionará con la formalización.
16. Decisión de no adjudicar o celebrar el contrato y desistimiento
De acuerdo con lo previsto en el apartado 19 de las Instrucciones de Contratación, SELAE podrá decidir no adjudicar o celebrar el contrato y desistir del procedimiento.
CAPÍTULO III.- EJECUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO
17. Lugar y plazo de ejecución del contrato
El adjudicatario estará obligado a ejecutar el contrato en el lugar que, en su caso, se establezca en las Prescripciones Técnicas.
El adjudicatario estará obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado y de los plazos parciales señalados, en su caso, en el apartado 16.1 del Cuadro Resumen.
La constitución en xxxx del adjudicatario no precisará intimación previa por parte de SELAE.
18. Otras obligaciones del adjudicatario
Ejecutar el contrato con sujeción a lo establecido en su clausulado y en los Pliegos.
En el caso de contratos de suministro, entregar los bienes objeto de suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con los Pliegos.
En el caso de contratos de suministro, garantizar la conformidad de los bienes para el fin pretendido y su cumplimiento con las especificaciones señaladas.
Ejecutar el contrato con la diligencia de un profesional experto en el objeto del contrato, conforme a los estándares, calidad, acuerdos de nivel de servicio y plazos, en su caso, previstos en el contrato, siendo responsable de la observancia de dicha diligencia en cuantos trabajos, documentos y entregables sean realizados en ejecución del mismo.
Asignar a la ejecución del contrato personal cualificado, con conocimientos en la materia y la competencia profesional necesaria.
Identificar e informar a SELAE de los riesgos que puedan poner en peligro la consecución de los objetivos del contrato y mitigar el efecto que pudieran tener.
Prestar a su personal el soporte y material necesario para el desarrollo de sus funciones. Salvo
que otra cosa se disponga en los Pliegos, los medios materiales necesarios para la ejecución del contrato, así como los gastos de mantenimiento de dichos medios, serán de cuenta del adjudicatario.
Cumplir con la normativa de toda índole que resulte de aplicación a la ejecución del contrato. Salvo que otra cosa se disponga en los Pliegos, gestionar por sí mismo los permisos, licencias y autorizaciones establecidas en la normativa que resulte de aplicación a la ejecución del contrato.
Cumplir con la normativa de seguridad de la información de SELAE que se ponga a disposición del adjudicatario.
Nombrar un coordinador para la dirección y coordinación directa de los profesionales encargados de la ejecución del contrato con las obligaciones indicadas en la cláusula 19 de las presente Condiciones Administrativas (“Coordinador del Contrato”).
Mantener indemne a SELAE de las consecuencias derivadas del incumplimiento o cumplimiento defectuoso de sus obligaciones bajo el contrato.
Las demás obligaciones que, en su caso, se prevean en el apartado 20 del Cuadro Resumen.
19. Reglas especiales respecto del personal del adjudicatario
Corresponde exclusivamente al adjudicatario la selección del personal que, formará parte de los respectivos equipos de trabajo adscritos a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por SELAE del cumplimiento de los requisitos exigidos.
Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador respecto al mismo, siendo SELAE del todo ajena a dichas relaciones laborales.
El adjudicatario cumplirá durante toda la ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo sectorial de aplicación.
El adjudicatario procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar la buena ejecución del contrato, informando en todo momento a SELAE.
El adjudicatario asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la
ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, la sustitución de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre el empleado y el empleador. A estos efectos la empresa adjudicataria declara que mantiene y mantendrá a todos sus trabajadores en alta en la Seguridad Social y que está y estará al corriente de pago de las cuotas correspondientes, asumiendo cualquier responsabilidad que se pueda derivar en materia de Seguridad Social o de infracción laboral.
El adjudicatario garantiza la más absoluta indemnidad frente a SELAE por cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de las relaciones con su personal y, en su caso, con el personal subcontratado. No obstante, si por incumplimiento de estos compromisos se derivara alguna responsabilidad para SELAE, el adjudicatario responderá por dichas responsabilidades, incluidos cualesquiera gastos y/o costas judiciales que ocasionare la defensa de SELAE.
El adjudicatario velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los Pliegos como objeto del contrato.
El personal del adjudicatario que se desplace a las dependencias de SELAE se someterá a las normas de seguridad en el trabajo y de prevención de riesgos laborales establecidas por este último. SELAE quedará exonerado de cualquier responsabilidad sobre el personal de la empresa contratante en materia de riesgos laborales por la inobservancia por parte de dicho personal de las normas de seguridad en el trabajo y de prevención de riesgos laborales establecidas por SELAE para sus propias dependencias. Este personal desplazado mantendrá los horarios de trabajo internos del adjudicatario excepto en aquellos tramos en los que SELAE considerara que no puede garantizar una correcta seguridad en sus puestos de trabajo por la razón que fuera.
El adjudicatario quedará obligado a informar al personal que forme parte del proyecto del contenido del tratamiento de sus Datos Personales de conformidad con lo establecido en la normativa de
protección de datos y el anexo de Cuadro Resumen de acuerdo con el apartado 18 y de la comunicación de éstos en favor de SELAE para el cumplimiento del objeto del contrato.
El adjudicatario deberá designar un Coordinador del Contrato, integrado en su propia plantilla, que tendrá, entre sus obligaciones, las siguientes:
Actuar como interlocutor del adjudicatario frente a XXXXX, canalizando la comunicación entre el adjudicatario y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, por un lado, y XXXXX, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato.
Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias.
Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tiene encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.
Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente el adjudicatario con SELAE, a efectos de no alterar la buena ejecución del contrato.
Informar a SELAE acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.
En el caso de que el contrato se ejecute de manera continuada en las dependencias de SELAE el adjudicatario deberá:
Facilitar a SELAE, con carácter previo al inicio de la ejecución del contrato, la relación de los trabajadores encargados de dicha ejecución, así como copia de las liquidaciones a la Seguridad Social (modelo TA2 y Tc2) correspondientes a estos trabajadores.
Dicha documentación deberá ser actualizada siempre que se produzca un cambio en los trabajadores que ejecuten el contrato.
Garantizar el cumplimiento de las obligaciones que le correspondan en caso de que asigne a la ejecución del contrato a trabajadores autónomos que ostenten la condición de económicamente dependientes del adjudicatario, debiendo facilitar a
SELAE copia de la documentación justificativa del cumplimiento de tales obligaciones con carácter previo al inicio de la ejecución Contrato.
Ocupar espacios de trabajo diferenciados de los empleados de SELAE.
Utilizar distintivos que identifiquen a su personal como personal externo de XXXXX
El adjudicatario mantendrá indemne a SELAE de cuantas consecuencias se deriven del incumplimiento de lo establecido en la presente cláusula.
20. Abono del precio
El adjudicatario del contrato tendrá derecho al abono del precio convenido por la prestación realizada en los términos establecidos en el contrato.
El pago se realizará contra presentación de factura. La factura será expedida de acuerdo con la normativa vigente y con la periodicidad y/o calendario de facturación establecidos en el apartado 17 del Cuadro Resumen y estará dirigida a la atención de la Subdirección de Gestión Contable y Presupuestaria en el Registro de SELAE en Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, 00 - 00000 Xxxxxx.
Salvo que otra cosa se indique en el apartado 17 del Cuadro Resumen, el plazo de pago será de 60 días naturales desde la prestación de los servicios y/o recepción del bien objeto de suministro.
Para que XXXXX pueda cumplir con sus compromisos de pago, el adjudicatario deberá hacer llegar la factura o solicitud de pago a SELAE antes de que se cumplan 15 días naturales a contar desde la fecha de prestación de los Servicios o de aceptación o recepción de los bienes según proceda.
El medio de pago, salvo que otra cosa se indique en el apartado 17 del Cuadro Resumen, será mediante transferencia a la cuenta bancaria indicada por el adjudicatario.
21. Derechos de propiedad intelectual e industrial
El régimen de protección de datos de carácter personal y la regulación de los derechos de propiedad intelectual e industrial será la indicada en los apartados 18 y 19 respectivamente del Cuadro Resumen.
22. Confidencialidad
El adjudicatario se comprometerá a mantener en secreto todos los datos e informaciones facilitados por SELAE y a cuantos tenga acceso con motivo de la ejecución del contrato (la “Información Confidencial”).
El adjudicatario únicamente podrá utilizar la Información Confidencial a los exclusivos fines de la ejecución del contrato y se abstendrá de utilizarla para fines distintos de los expresamente pactados.
La obligación de confidencialidad y deber xx xxxxxxx permanecerá durante un plazo de cinco años a la finalización de la ejecución del contrato.
El deber de confidencialidad contemplado en esta cláusula únicamente desaparecerá en los siguientes supuestos relativos a la Información Confidencial:
Que resulte accesible al público por causa distinta del incumplimiento de la obligación de confidencialidad por el adjudicatario;
Que sea necesaria para el cumplimiento de los derechos u obligaciones derivados de la relación contractual entre SELAE y el adjudicatario o para información de los asesores o auditores del adjudicatario, siempre y cuando se comprometan a mantenerlo con carácter confidencial; o
Que su revelación responda al cumplimiento de una obligación legal o de una orden de naturaleza judicial o administrativa y siempre que el adjudicatario informe de ello previamente por escrito a SELAE y que limite la entrega de Información Confidencial al mínimo imprescindible.
SELAE tendrá derecho a exigir, en cualquier momento, y siempre que sea legalmente posible, que la Información Confidencial proporcionada al adjudicatario, sea destruida o devuelta, ya sea antes, durante o después de la celebración del contrato.
23. Dirección, control y aceptación de los trabajos
Corresponde a SELAE la supervisión y dirección de los trabajos, proponer las modificaciones que convenga introducir o proponer la suspensión de los trabajos si existiese causa suficientemente motivada.
SELAE designará un responsable técnico cuya función será velar por la adecuada ejecución del contrato (el “Responsable Técnico”).
24. Subcontratación
El adjudicatario podrá subcontratar con terceros la realización parcial de las prestaciones objeto del contrato con sujeción a lo dispuesto en los siguientes apartados y a lo indicado, en su caso, en el Cuadro Resumen..
La subcontratación exigirá que el adjudicatario comunique por escrito a SELAE con anterioridad a la ejecución del subcontrato, la intención de celebrar los
subcontratos, la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad, datos de contacto y representante o representantes legales del subcontratista acreditando que el mismo no se encuentra incurso en prohibición de contratar y que está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social. El adjudicatario deberá justificar el cumplimiento de las restantes condiciones de protección de datos exigidas cuando la subcontratación requiera el acceso a Datos Personales. El contratista principal deberá notificar por escrito a SELAE cualquier modificación que sufra esta información.
Los subcontratistas quedarán obligados solo ante el adjudicatario que asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a SELAE. Los subcontratistas no tendrán en ningún caso acción directa frente a SELAE.
25. Cesión del contrato
Ninguna de las partes podrá ceder ni transmitir los derechos y obligaciones derivados del contrato sin el previo consentimiento por escrito de la otra. No obstante, no será necesario dicho consentimiento en caso de fusión, escisión, transmisión de rama de actividad, segregación o cualquier otra reorganización societaria de SELAE o cuando ésta última realice la cesión a favor de una entidad del mismo grupo, entendiéndose por tal lo previsto en el artículo 42 del Código de Comercio.
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato sólo podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido la razón determinante la adjudicación.
En los supuestos de sucesión del contratista se estará a lo previsto en el artículo 98 LCSP.
26. Extinción del contrato
El contrato se extinguirá por cumplimiento o por resolución.
Serán causas de resolución del contrato, además de cualesquiera otras previstas en la normativa civil, las siguientes:
La muerte o incapacidad sobrevenida del adjudicatario individual o la extinción de la personalidad jurídica del adjudicatario, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 98 de la LCSP.
El mutuo acuerdo entre SELAE y el adjudicatario.
La falsedad de cualquiera de las manifestaciones otorgadas en el proceso de contratación y/o en el contrato.
La pérdida de la habilitación empresarial o profesional necesaria para ejecutar el contrato cuando ésta fuese exigible.
La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados cuando no sea posible modificar el contrato.
El incumplimiento de la obligación principal del contrato.
Las reiteradas deficiencias en la ejecución del contrato o su interrupción injustificada.
El incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales esenciales.
Pese a la extinción del contrato por cualquier causa, los derechos y obligaciones regulados en el contrato que tengan establecido un plazo de vigencia diferente o que por su naturaleza deban extenderse más allá de la terminación del contrato (incluidos los relativos a Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial, Confidencialidad y Protección de Datos), permanecerán en vigor durante el periodo acordado o mientras persista la característica que justifica su vigencia.
SELAE podrá resolver unilateralmente el contrato por las causas previstas en el este apartado mediante declaración extrajudicial dirigida al adjudicatario.
27. Previsiones adicionales
Resultarán, en todo caso, de aplicación las previsiones adicionales incluidas en el apartado 20 del Cuadro Resumen.
CAPÍTULO IV.- OTRAS DISPOSICIONES
28. Orden de prevalencia de los documentos contractuales
En caso de discrepancia entre lo establecido en los distintos documentos que conforman los presentes Pliegos, prevalecerá por el siguiente orden:
(i) Cuadro Resumen, (ii) Condiciones Administrativas y
(iii) Prescripciones Técnicas.
Constituyen parte integrante del contrato y regirán la relación contractual entre SELAE y el adjudicatario, los siguientes documentos en el orden que se indica:
(i) Los Pliegos
(ii) El contrato.
(iii) La proposición presentada por el adjudicatario.
29. Ley aplicable y jurisdicción
El presente Xxxxxx y el contrato están sometidos al derecho privado español.
Las cuestiones que surjan respecto de la preparación y adjudicación del contrato podrán impugnarse en vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en la ley 39/2015 de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, ante el titular del departamento al que está adscrito SELAE, esto es, ante el Ministro de Hacienda y Función Pública. La jurisdicción contencioso-administrativa será competente para los recursos que se interpongan contra las resoluciones que se dicten respecto de dichas cuestiones.
Las cuestiones referidas a los efectos, modificación y extinción del contrato se regularán por las normas de derecho privado que les resulten de aplicación. El orden jurisdiccional civil será competente para resolver dichas cuestiones.
Las partes se someterán en el contrato a la jurisdicción exclusiva de los juzgados y tribunales españoles que procedan, para la resolución de dichas controversias.
Los contratos se entenderán celebrados en Madrid Capital por ser éste el lugar donde se encuentra la sede de SELAE.
ANEXO 1.- MODELO DE DOCUMENTO RELATIVO AL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS PREVIOS
PARTE I: INFORMACIÓN SOBRE EL LICITADOR O CANDIDATO
Datos generales del licitador o candidato | |
Nombre o razón social | |
NIF o DNI o pasaporte | |
Dirección | |
Datos de la persona/s de contacto | |
Nombre y apellidos | |
DNI o pasaporte | |
Dirección | |
Teléfono | |
Correo electrónico | |
Datos del firmante/s de la presente declaración | |
Nombre y apellidos | |
DNI o pasaporte | |
Cargo o capacidad en la que actúa y datos del documento en el que consten sus facultades de representación | Ej. Administrador único en virtud de la Escritura Pública de Constitución de la Sociedad otorgada ante el Notario XX, etc. |
Correo electrónico registrado en la Plataforma de Contratación del Sector Público | Indicar solo cuando la licitación sea electrónica o manual y electrónica |
PARTE II: DECLARACIÓN RESPONSABLE
D/Xx Xxxx clic aquí para escribir texto, con Documento Nacional de Identidad nº Haga clic aquí para escribir texto, en representación de Haga clic aquí para escribir texto, con Número de Identificación Fiscal Haga clic aquí para escribir texto y domicilio en Haga clic aquí para escribir texto
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD
a) Que el licitador tiene plena capacidad de obrar y que, en el caso de ser persona jurídica, la entidad está válidamente constituida y que conforme a su objeto puede presentarse a la licitación.
b) Que el firmante de la declaración ostenta la debida representación para su firma y para la presentación de la proposición.
c) Que cumple la habilitación legal en caso de ser exigida.
d) Que ni el firmante de la declaración, ni la persona física/jurídica a la que represento, ni ninguno de sus administradores o representantes, se hallan incursos en ninguno de los supuestos que en cada caso les resulten de aplicación de conformidad con lo previsto en el artículo 71 de la LCSP.
e) Que, en caso de resultar el adjudicatario, se compromete a aportar los documentos que se señalan en la cláusula 15 de las Condiciones Administrativas “Documentación a presentar por el adjudicatario”.
f) El sometimiento a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto, pudieran derivar del presente procedimiento o del contrato que, en caso de resultar adjudicatario, sea formalizado con la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado S.M.E., S.A. con renuncia expresa, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que le pudiera corresponder (1)
g) Que el licitador al que represento forma parte del siguiente grupo empresarial Haga clic aquí para escribir texto (2)
h) Que del grupo empresarial presentan proposición a esta licitación las siguientes empresas Haga clic aquí para escribir texto (2)
i) Que presenta proposiciones para los siguientes lotes (3)
(1) Solo para el caso de licitadores extranjeros cuando el contrato se ejecute en España
(2) En el caso de no pertenencia al grupo empresarial indicar “NO PERTENECE”. ”
(3) Solo para el caso de existir lotes y presentar oferta a uno o varios lotes. En el caso de que se presente oferta a varios lotes la firma y presentación de la presente declaración responsable responderá del cumplimiento de los requisitos previos exigidos para cada lote.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente en Haga clic aquí para escribir texto, a 22 de julio de 2019
FIRMADO: Haga clic aquí para escribir texto
LEYENDA INFORMATIVA SOBRE DATOS PERSONALES
Los Datos Personales incluidos en el presente Anexo (Partes I, II y III) se incorporan a un fichero/tratamiento responsabilidad de SELAE en los términos previstos en el Pliego de contratación.
SELAE, como responsable del fichero y del tratamiento, garantiza el ejercicio de los derechos del interesado en relación a sus datos personales facilitados a estos efectos dirigiéndose por escrito debidamente firmado, adjuntando copia de su DNI e indicando tratamiento a que se refiere y derecho ejercitado a la siguiente dirección:
SELAE, Registro, atención “Protección de Datos”, x/ Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx 00, 00000 Xxxxxx o aquella que le sustituya.