Modalidades de enseñanza centradas en el desarrollo de competencias CONTRATO DE APRENDIZAJE (Learning Contract)
Modalidades de enseñanza centradas en el desarrollo de competencias
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CONTRATO DE APRENDIZAJE (Learning Contract)
Definición Un acuerdo establecido entre el profesor y el estudiante para la consecución de unos aprendizajes a través de una propuesta de trabajo autónomo, con una supervisión por parte del profesor y durante un período determinado. En el contrato de aprendizaje es básico un acuerdo formalizado, una relación de contraprestación recíproca, una implicación personal y un marco temporal de ejecución.
Fundamentación
En la década de los 80 surge la pedagogía del contrato, tanto para propiciar y fomentar el aprendizaje autónomo del estudiante, como modo de abordar la diversidad de niveles de aprendizaje en los estudiantes. En la búsqueda de nuevas claves que posibiliten la creación de ambientes de aprendizajes eficientes, Xxxxxxx, Xxxxx y Xxxxxx (1989) presentan el modelo de contrato de aprendizaje cognitivo. Se trata de situaciones de aprendizaje en las que se da un acuerdo negociado, precedido de un diálogo entre interlocutores que se reconocen como tales con el fin de alcanzar un objetivo establecido (Xxxxxxxxxx, 1996).
La metodología del contrato se basa en los siguientes principios: - La potencialidad de la persona, en este caso del estudiante, para aprender y para gestionar su
propio itinerario de aprendizaje. - El concepto de contrato psicológico para el logro de un cambio de conducta determinado. - El compromiso recíproco, formalizado en un acuerdo que conlleva una implicación personal de
cumplir el contrato. - La negociación de todos los elementos que constituyen el aprendizaje supervisado. - El desarrollo de la competencia en el aprendizaje autodirigido.
El contrato de aprendizaje permite combinar aprendizajes de habilidades y de contenidos adecuados a las necesidades del estudiante. Promueve el pensamiento crítico y creativo y ayuda a planificar y tomar decisiones que propician una autonomía en el sujeto (Xxxxxxxxx, 2004).
Descripción
Es una técnica para facilitar la individualización del aprendizaje. Se trata de un acuerdo formal escrito entre el profesor o tutor y el estudiante que detalla sus expectativas: qué va a aprender, cómo se va hacer el seguimiento del aprendizaje, el período de tiempo que establece y los criterios de evaluación a ser usados para juzgar cómo completó su aprendizaje.
Un contrato de aprendizaje usualmente contiene los siguientes elementos: - Los objetivos de aprendizaje en términos de competencias que deben alcanzar los estudiantes al
realizar la tarea o tareas. - Las estrategias de aprendizaje que el estudiante debe aplicar para alcanzar los objetivos. - Los recursos o medios que debe emplear - Referencias de auto-evaluación, indicios, señales, pruebas, para que el estudiante contraste
permanentemente el aprendizaje que va logrando en relación a los objetivos formulados. - Criterios de evaluación para verificar las evidencias de aprendizaje presentadas por el
estudiante. - El cronograma de tareas con la temporalidad o tiempos límites acordados.
Con frecuencia el contrato de aprendizaje incluye la elaboración del portafolio como evidencia del proceso de aprendizaje y como recurso de evaluación del aprendizaje desarrollado. El portafolio o carpeta de aprendizaje del estudiante es, según Xxxxxxx (1999:35), la historia documental estructurada de un conjunto (cuidadosamente seleccionado) de desempeños que han recibido preparación y tutoría, y adopta la forma de muestras de trabajo del estudiante que sólo alcanzan realización plena en la escritura reflexiva, la deliberación y la conversación.
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1.1. Generales para el aprendizaje.
Aprendizaje autónomo . Aplicación de estrategias cognitivas en la construcción de conocimiento. Aplicación de estrategias metacognitivas de reflexión, autocontrol, autoregulación y autoevaluación. Organización y planificación del aprendizaje. Aplicación de métodos y procedimientos diversos. Auto-motivación y persistencia en el trabajo.
1.2. Académicos vinculados a una materia.
Aplicación de procedimientos y métodos específicos de la materia.
1. Conocimientos
1.3. Vinculados al mundo profesional.
Iniciativa. Organización y planificación del trabajo.
2.2. De comunicación. Expresión oral y escrita. Argumentación. Uso de las TICS.
2.3. Interpersonales. Confianza en los interlocutores: profesorado, etc Habilidades sociales Negociación con el profesorado
2. Habilidades y destrezas
2.4. Organización/gestión personal.
Gestión del propio proceso de aprendizaje Organización del trabajo personal Gestión de los éxitos y errores
3.1. De desarrollo profesional. - Responsabilidad profesional - Toma de decisiones - Xxxxx y fundamentación
Competencias a desarrollar
3. Actitudes y valores
3.2. De compromiso personal.
Responsabilidad en un proyecto propio de formación Confianza en sí mismo Tolerancia consigo mismo Xxxx de decisiones
Estrategias de enseñanza y
tareas del profesor
La función de facilitador del profesor es esencial. Juntamente con el estudiante: - Define unos objetivos específicos, claramente detallados. - Determina una secuencia de tareas de aprendizaje. - Establece unas sesiones de tutorización o supervisión del proceso de aprendizaje. - Señala criterios de evaluación. - Negocia y acuerda con el estudiante los componentes del contrato de aprendizaje.
Estrategias de aprendizaje y
tareas del estudiante
El estudiante organiza y regula su proceso de aprendizaje de acuerdo al contrato pactado con el profesor. Por ello: - Planifica el itinerario de aprendizaje en fases y según actividades. - Se autorregula en el tiempo y en el nivel de consecución de las tareas y de los aprendizajes. - Participa en las sesiones de tutoría planteando cuestiones de procedimientos y de contenidos. - Busca, selecciona y procesa la información pertinente para la elaboración de las propuestas de
trabajo. - Autoevalúa su progreso, reflexionando sobre el propio proceso de aprendizaje, su estilo de
aprendizaje y el nivel de logro de los objetivos establecidos.
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Recursos
1.- Un Protocolo del Contrato de aprendizaje. Ordinariamente contiene un esquema que básicamente ha de contener estos apartados:
Nombre del estudiante................................................................................................... Nombre del profesor...................................................................................................... Fecha de inicio.........................Fecha prevista de finalización....................................... Denominación del Núcleo de Aprendizaje....................................................................
1. Objetivos competenciales:
¿qué vas aprender?
2. Estrategias de aprendizaje:
¿cómo vas a aprender?
3. Recursos materiales:
¿con qué vas a aprender?
4. Evidencias para la auto- evaluación:
¿cómo sabrás que has
aprendido?
5. Criterios de evaluación: ¿cómo
demostrarás los aprendizajes adquiridos?
6. Cronograma de aprendizaje y de sesiones de tutoría:
Firma del profesor Firma del estudiante
2.- Espacio adecuado y tiempo asignado para la atención individualizada del estudiante.
Evaluación
- Una evaluación continua, a través del feed-back establecido en las sesiones de seguimiento y supervisión en las horas de tutoría. - Una autoevaluación del estudiante normalmente después de cada una de las tareas sobre el estilo de
aprendizaje, las estrategias adoptadas, los recursos utilizados y las posibles mejoras. - Una evaluación final tanto del proceso como de la consecución de los objetivos.
La realización de esta evaluación se puede hacer con ayuda del portafolio.
Ventajas
- Promueve el trabajo autónomo y responsable del estudiante. - Permite la atención a la diversidad de niveles y de maduración del estudiante. - Posibilita aprender a un ritmo apropiado a las posibilidades personales y contextos - Fomenta la relación y comunicación profesor-estudiante - Favorece la maduración del estudiante - Incentiva la elaboración de proyectos de formación del estudiante.
Inconvenientes - Se requiere un cierto nivel de aprendizaje autónomo del estudiante: estrategias cognitivas y metacognitivas, y una cierta motivación personal.
Bibliografía
- XXXXXXXXX, N. (2004): El vínculo profesor-alumno. Buenos Aires: Biblios. - XXXXXXXX, X., XXXX, X. X XXXXXXX, X. (1996): Learning contracts. A practical guide. London:
Xxxxx Page. - XXXXXXXX, X. (2003): De la clase magistral al aprendizaje activo. Cali: CREA de la Universidad
Icesi, 95-96. - XXXXXXX, X. X. (1982): El estudio autodirigido: guía para estudiantes y profesores. México:
Alhambra Mexicana. - XXXXXXXXXX, X. (2000): La pedagogía del contrato. El contrato didáctico en la educación.
Barcelona: GRAO. - XXXXXXX, X. (1990): Portafolios del docente: una actividad teórica. En X. XXXXX (coord.). El uso del
portafolios. Propuestas para un nuevo profesionalismo docente. Buenos Aires: Amorrortu.
Webs con materiales sobre Contrato de Aprendizaje: - xxxx://xxx.xxxxx-xxxxxx.xxx/xxx_xxxxx/xxxxxxxx (The Web portal educators) - xxxx://xxx.xxxx.xxx/xxxx/xxx/xxxx/xxxxxxxx.xxxx (University of Mariland)
Ficha metodológica coordinada por Universitat Xxxxx X. Xxxx 2006. Versión 1 Autores: Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx y Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxx.
Metodología CONTRATO DIDÁCTICO O CONTRATOS DE APRENDIZAJE Definición:
En todo proceso de enseñanza-aprendizaje siempre existe un discurso o “contrato” entre profesor y alumno resultado del conjunto de códigos y pactos implícitos y explícitos que regulan los comportamientos, interacciones y relaciones de los docentes y el alumnado (normas, programas de asignatura, etc.).
Con el contrato se pretende cambiar los parámetros relacionales, del discurso, entre el que enseña y el que aprende, de forma que las normas implícitas sean sustituidas por normas explícitas y el control del docente por la autonomía del alumno, permitiendo de esta forma que emerja con fuerza una “aula diversificada” (tiempos, espacios, contenidos, metas,... pueden ser diferentes). En esta aula, regulada por sistemas de ayuda al aprendizaje, se pasa de un sistema educativo basado en la transmisión de la información [ Profesor-Contenido - vs Alumno ] a otro sistema que pretende provocar la emancipación [ Profesor + Xxxxxx vs Contrato ]
Existe un contrato didáctico o de aprendizaje cuando alumno/a, y profesor/a de forma explícita intercambian sus opiniones, comentan sus necesidades, sus sentimientos, comparten proyectos y deciden en colaboración la forma de llevar a cabo el proceso de enseñanza-aprendizaje y lo reflejan oralmente o por escrito.
Principios: 1) Consentimiento mutuo. Ante una oferta se produce una respuesta con una aceptación o demanda y si consienten se inicia el proceso; 2) Aceptación positiva del alumno, en tanto que es quien mejor se conoce y quien en definitiva realiza la actividad mental de aprender; 3) Negociación de los diferentes elementos; y 4) Compromiso recíproco entre el profesor y el alumno de cumplir el contrato.
En general se trata de una metodología de enseñanza-aprendizaje “personalizada” que permite dirigir el trabajo independiente o no presencial del alumno promoviendo su autonomía y su capacidad de aprender a aprender.
Utilidad:
¿PARA QUÉ SIRVEN? ¿QUÉ FUNCIONES CUMPLE? Xxxxxxxx y cols. (1996) señalan los siguientes beneficios o razones para emplear contratos de aprendizaje: • Relevancia. Cuando los estudiantes han identificados sus propias necesidades, las actividades se vuelven
con toda probabilidad más significativas, relevantes e interesantes para ellos. Los contratos reconcilian las necesidades/intereses de los alumnos con las demandas
• Autonomía. Los contratos de aprendizaje permiten una considerable libertad para elegir qué aprender y cómo aprenderlo.
• Estructura. Proporciona un esquema formal conocido y compartido por profesores y alumnos para estructurar las actividades de aprendizaje. Al mismo tiempo proporcionan un alto grado de flexibilidad.
• Equidad. Se entiende como diversidad de contenidos y procesos, no como oferta educativa “igual” para todos. Los contratos capacitan a los profesores a responder a las necesidades diversas de un amplio rango de estudiantes. Facilitan el acceso a los contextos y la equidad dentro de los cursos.
Además son muy útiles con asignaturas basadas en competencias, en las estancias de prácticas, cuando los alumnos trabajan, como medio de combinar (sustituir) la presencialidad, etc. Los contratos pueden ser utilizados para las siguientes finalidades educativas: • Promover la autonomía y responsabilidad del alumno. • Incrementar la motivación e implicación del alumno en su propio aprendizaje (toma de decisiones). • Estimular la actividad del alumno en el proceso de enseñanza-aprendizaje. • Atender a las características personales de cada alumno/a: responder a las necesidades, intereses, etc. del
alumno como individuo. • Dirigir académicamente el trabajo independiente del alumno. • “Democratizar” la educación, promoviendo procesos de negociación y participación del alumno en el
proceso de la docencia: desde el establecimiento de los objetivos y contenidos a la evaluación. • Promover la capacidad de autoevaluación y pensamiento crítico del alumno/a. Especialmente se estimula la
capacidad de autorreflexión sobre el propio aprendizaje. ¿POR QUÉ PUEDE FRACASAR? DIFICULTADES Y LIMITACIONES • La confusión inicial, el ponerse en marcha, tanto por parte del alumno como del profesor • El que no sea aprobado por la “cultura dominante” del departamento y/o la titulación. • La falta de interiorización, o por el contrario, su excesiva rutinización. • Dificultades que surgen del mismo proceso: no haber logrado que el contrato sea manejable, el acceso al
profesor, el tiempo que necesita la negociación y los mecanismos de seguimiento
Ficha metodológica coordinada por Universitat Xxxxx X. Xxxx 2006. Versión 1 Autores: Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx y Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxx.
Proceso de elaboración
Los contratos de aprendizaje no son sólo una técnica para ayudar al alumno a aprender, son sobretodo, una forma de entender la educación. El uso del contrato implica dotarse de un currículo al servicio de la autonomía y por tanto hay que reconsiderar las mismas decisiones que se toman al planificar la propuesta docente:
• OBJETIVOS: Precisar la finalidad que se persigue con el uso del contrato (p.e. implicar al alumno en su aprendizaje, promover el trabajo cooperativo, recuperación xx xxxxxxx en el aprendizaje, etc.).
• METODOLOGIA: Decidir que aspectos de la docencia van a ser negociables por el alumno y como se va a usar el contrato: ¿Qué aprender? ¿Cómo aprender? ¿Cómo demostrar que se ha aprendido? ¿Cómo evaluar la calidad del aprendizaje? (objetivos, metodología, calendario, evaluación, etc.).
• EVALUACIÓN: Decidir que “evidencias” o producciones del alumno demostraran que se han alcanzado los objetivos de aprendizaje a negociar (informes, resúmenes, comentarios, guiones, artículos, demostraciones, etc.)
• RECURSOS: Seleccionar los recursos didácticos y/o de apoyo que se van a ofrecer a los alumnos para facilitar su aprendizaje autónomo (bibliografías, expertos, visitas, talleres, internet, grupos de estudio, etc.).
Otros elementos a tener en cuenta al elaborar y/o prepararse para usar esta metodología son:
• Organización de la docencia y sesiones de aula: estimar la conveniencia de sustituir clases “expositivas” presenciales por sesiones de tutorización y seguimiento del trabajo autónomo.
• El temario de contenidos: puede derivarse la necesidad y/o conveniencia de eliminar “contenidos” del temario o de las clases presenciales, ya que van a ser trabajados autónomamente.
• La evaluación del rendimiento del alumno: el contrato implica un seguimiento que posibilita una buena evaluación continua o de proceso del aprendizaje, por lo que puede plantearse eliminar evaluaciones finales o reducir notoriamente su peso en la calificación a favor del trabajo demostrado por el alumno.
• Alternativas de evaluación y/o aprendizaje: el contrato es conveniente ofrecerlo como “opcional” y prever una docencia alternativa más tradicional para aquellos alumnos que no quieran participar de esta nueva metodología (por ejemplo asistir a cierta cantidad de clases expositivas, estudiar manuales, hacer unas prácticas y presentarse al examen final oficial). La práctica habitual suele ser que casi el 100% de los alumnos aceptan la propuesta de contratos (si tiene efectos claros sobre la superación de la asignatura), ya que incluso favorece a los alumnos que no pueden asistir a clase (al negociar actividades autónomas).
• Elaborar un modelo-ficha de contrato general: los contratos se elaboran expresamente para cada situación particular y lo mejor es partir de algún modelo concreto. En esta misma ficha incluimos un modelo de posible contrato para orientar y ejemplificar la técnica e incluimos bibliografía en la que se pueden consultar otras alternativas/modelos de posibles contratos
Procedi- miento de uso
Fase 1: Informar al alumno. A principio del curso el profesor/a presenta los objetivos generales de la asignatura y la planificación docente, con descripción detallada de esta metodología. Fase 2: Diagnóstico inicial de la situación xx xxxxxxx del alumno. Facilitar que el alumno analice e identifique su situación xx xxxxxxx en cuanto a aprendizaje, necesidades, intereses, motivaciones, competencias, etc. Fase 3: Negociación del contrato y orientación del aprendizaje. Entrevista cara a cara profesor/a y alumno/a para acordar los diferentes elementos del contrato. El contrato debe ser individualizado pero a la vez garantizar que cumple con los requisitos/objetivos generales básicos de la asignatura y que sea realista (realizable, claro, etc.). La negociación está presente durante todas las fases .Se pueden elaborar diferentes revisiones del mismo. Fase 4: Formulación o protocolización del contrato. Se pueden utilizar diferentes protocolos, en los que se puede explicitar en mayor o menor medida la siguiente información: objetivos específicos que se quiere alcanzar (qué es lo que se quiere/necesita aprender); actividades de aprendizaje que se van a ejecutar para alcanzar los objetivos (evidencias o productos que mostraran lo que el alumno ha aprendido); recursos y estrategias (qué tengo a mi disposición, qué ayudas necesitará el alumno, cómo accederá a dichos recursos); criterios para valorar las evidencias/productos (reúnen los trabajos el nivel de calidad negociado); calendario de las actividades/tareas y momentos de revisión con el profesor; nivel de aspiración/motivación del alumno (p.e. nota que desea obtener en la asignatura). Fase 5: Ejecución del contrato. El alumno lleva a la práctica el proyecto de aprendizaje acordado. La ejecución puede ser paralela al proceso de negociación y convivir con formas de pre-contratos. Fase 6: Evaluación del trabajo realizado. Obviamente pueden evaluarse los logros parciales y a la evaluación puede contribuir el propio alumno (autoevaluación). El contrato puede renovarse y cambiarse a lo largo de la “vigencia” del mismo con el acuerdo mutuo de las partes.
Ficha metodológica coordinada por Universitat Xxxxx X. Xxxx 2006. Versión 1 Autores: Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx y Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxx.
Variantes
A) Por los participantes “firmantes” del contrato
• INDIVIDUAL (acordado con cada uno de los alumnos independientemente)
• GRUPAL (acordado con grupos o equipos de trabajo)
• DE CLASE/AULA (Negociado con toda la clase en conjunto y luego cada alumno redacta individualmente su contrato)
B) Por la finalidad:
• DE RECUPERACIÓN (con el objetivo de que el alumno desarrolle las actividades necesarias para adquirir un aprendizaje previamente defectuoso)
• DE RENDIMIENTO (para evaluar el aprendizaje en una asignatura/módulo)
• DE PROYECTO (para determinar los momentos para los logros/objetivos/acciones parciales de un proyecto concreto y su seguimiento)
• DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTO (para resolver algún tipo de problema actitudinal como absentismo, entrega de trabajos fuera de plazo, etc.)
C) Por el momento de uso:
Al empezar una secuencia nueva de aprendizaje o unidad temática, al empezar un trabajo/proyecto, al empezar una nueva asignatura, al producirse un problema concreto, etc.
D) Por la forma de usarlo:
• BORRADOR DE PRE-CONTRATO (cuando los estudiantes ya han tenido experiencias con contratos y conocen el área a trabajar).
• CON RESTRICCIONES (cuando se proponen algunos objetivos y/o criterios de evaluación en el contrato que no son negociables para el alumno).
• GRADUADO (cuando se establecen diferentes niveles de profundización o niveles de competencia a lograr con fines de evaluación).
• INDEPENDIENTE (cuando se establece un contrato parcial para parte de una asignatura o curso, mientras que el resto de docencia se desarrolla de forma tradicional, no negociada).
• PROGRESIVO O EN SERIE (cuando se usa una secuencia de contratos para ir consiguiendo objetivos de aprendizaje parciales, de forma que todos en conjunto dan respuesta a las metas u objetivos generales del curso).
• DE GRUPO (cuando un objetivo del curso es el aprendizaje cooperativo y/o evitar que el alumno utilice siempre estrategias de aprendizaje individualistas).
• DE CURSO (cuando se permite que los estudiantes diseñen completamente el curso).
Recursos:
• Recursos “personales”. El profesor debe contar con unas habilidades sociales mínimas para poder
entrevistarse con los alumnos, identificar necesidades, reorientar objetivos de aprendizaje, tutorizar, etc. • Formulario de contrato-modelo. • Listado de evidencias/muestras de trabajo que demuestren que se han alcanzado los objetivos de
aprendizaje y/o matriz de evaluación con criterios de calidad de dichas evidencias/muestras. • Material didáctico y estrategias para el aprendizaje autónomo (bibliografías, expertos, visitas, talleres,
internet, grupos de estudio, etc.). • Espacio físico para la negociación individual-grupal y la tutorización (despacho/pequeño seminario).
Ficha metodológica coordinada por Universitat Xxxxx X. Xxxx 2006. Versión 1 Autores: Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx y Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxx.
Ejemplos
Ejemplo de un contrato de aprendizaje (Modelo de las 4 columnas)
Estudiante/es: Xxxxx Xxxxxxxxxx: AA13 Fecha de inicio: Noviembre de 2005
Profesor: Xxxxxxxxx Xxxx /tópico: Gestión de la convivencia Fecha de entrega: Junio 2006
Objetivos de Aprendizaje Estrategias y Recursos Producción Final o Evidencias
Criterios de Evaluación
1 Conocer los principales factores que afectan a la convivencia en un centro educativo
1 Cuadro con los factores que explican en sus modelos Xxxxxxxxx y Xxxxxx
1. Poner ejemplos que hagan evidente el impacto de dichos factores
2 Conocer diferentes modelos de gestión de la convivencia y la resolución de los conflictos
2.1 Diferentes modelos según Xxxxxxx. Modelo en el que se integra las asambleas de clase 2.2 Descripción del funcionamiento de las asambleas en el colegio Grans i Menuts 2.3 Fundamentación de las asambleas a partir del modelo y principios de dicho centro (RRI, PEC, PCC, PAT,...) 2.4 Ejemplo del funcionamiento de las asambleas. Video filmación
2.1 Descripción clara de los modelos presentados 2.2 Cuadro resumen de las aportaciones del profesorado al funciona-miento de las asambleas 2.3 Presentación de mis conclusiones personales y las xxx xxxxxxxx de profesores 2.4 Presentación y exposición en clase
3. Elaborar una propuesta para la intervención directa con victimas y agresores
Revisión bibliográfica; reseñar libros y otros materiales Conocer y resumir la información dada en la asignatura (apuntes) Encuestas y consultas a profesores. Video grabación en el colegio Grans i Menuts Trabajo en equipo con compañeros de clase para el desarrollo de alguna de las evidencias
3. Descripción de varias sesiones, según el modelo xx Xxxxxxx
3.1 Presentación clara y justificada de las sesiones de intervención 3.2 Desarrollo de las tutorías, interés iniciativa 3.3 Material de la carpeta
Firma del estudiante Contacto: Teléfono: ………………… e-mail: …….......
Firma del profesor Contacto: Teléfono: ………………… e-mail: …….......
Bibliografía
Bibliografía básica sobre contrato didáctico y promoción del aprendizaje autónomo • Xxxxxxxx, G., Xxxxx, D. and Xxxxxxx, X. (1996): Learning contracts. A practical guide. London: Xxxxx Page. • Xxxxxxx C. y Xxxx, J.L. (Eds.) (2003): La universidad ante la nueva cultura educativa. Madrid: Síntesis. • Xxxxxxxxxx, X (2000): La pedagogía del contrato. El contrato didáctico en educación. Barcelona: Graó. • Xxxxxx-Xxxxxx (2005): El contrato de aprendizaje como elemento favorecedor de la autonomía del alumno.
Material mimieografiado para los cursos de formación del profesorado universitario. Castellón.
Bibliografía práctica sobre ejemplos de contratos usados en la universidad en diferentes ámbitos disciplinares: • Xxxxxx Xxxxxx, F.J. Xxxxxx, X. (2005): Avaluació de l’estudiantat de l’assignatura J34 (Fonaments de dret
laboral i industrial) mitjançant quasi-contractes d’aprenentatge. En Xxxxxx, L. y Xxxxxx, M.A. • Xxxxxx Xxxxxx, X.X. x Xxxxxx, X. (2005): Contratos de aprendizaje en la asignatura K17 (Literatura Francesa).
En Xxxxxx Xxxxxxxxxx, L. y Xxxxxx Bagán, M.A. (Eds.) • Xxxxxx Xxxxxx, X.X. x Xxxxxxx, X. (2005): Aplicació de contractes d’aprenentatge a l’assignatura “Aplicacions
per a la gestió” de l’Enginyeria tècnica en informàtica de gestió. En Xxxxxx, L. y Xxxxxx, M.A. (Eds.) • Xxx Xxx; M.I. y Xxxxxx Xxxxxx, F.J. (2005): Promoción de la autonomía del alumno a través de los contratos de
aprendizaje en la asignatura Gestión Hospitalaria”. En Xxxxxx, L. y Xxxxxx, M.A. (Eds.) • Xxxxxx, X. x Xxxxxx, M.A. (Eds.) (2005): Formació del professorat davant la convergència europea. Actes de
la V Jornada xx xxxxxxx educativa i IV Jornada d’harmonització europea de la Universitat Xxxxx X
1
Aprendizaje autodirigido Propuesta de trabajo para la asignatura Usuario de WWW
Xxxxxx Xxxxxxx Febrero, 2002
Os propongo un método que puede resultar un tanto extraño para una asignatura en la universidad. Al menos con el concepto que tenemos todos en la cabeza de lo que debería ser una clase. Se trata de usar lo que los expertos llaman aprendizaje autodirigido.
La idea básica es que no es el profesor el que impone un temario, unos contenidos y una forma de evaluación. Eres tú mismo el que propones qué quieres estudiar, cómo vas a hacerlo y cómo quieres que se te evalúe (incluso evaluarte tú mismo).
Para ello, tendrás que elaborar un contrato de aprendizaje, en el que acordaremos en qué va a consistir esta asignatura para ti. En este documento intentaré exp licar con algo más de detalle en qué consiste el contrato. Si te parece un buena idea, podemos ponernos en marcha inmediatamente.
I. QUÉ ES EL APRENDIZAJE AUTODIRIGIDO
El desarrollo de nuevas tecnologías de la enseñanza, la globalización del conocimiento, la sociedad de la información y el conocimiento están cambiando el sentido de la enseñanza y el aprendizaje tradicional. Hoy hay que aprender y enseñar otros contenidos y de otra manera.
El aprendizaje autodirigido es un método de enseñanza en el que el estud iante asume la iniciativa en el diagnóstico de sus
necesidades de aprendizaje, la formulación de los objetivos, la elección y búsqueda de los recursos humanos y materiales para el aprendizaje, selecciona las estrategias para mejor aprender y evalúa los resultados obtenidos. El profesor actúa como facilitador y es un recurso más del aprendizaje autodirigido.
II. QUÉ ES UN CONTRATO DE APRENDIZAJE
Es la manera de acordar el plan de trabajo para conseguir créditos. El contrato se acuerda con el profesor y compromete a ambos en el proceso que se va a seguir. Se trata de un escrito que representa un acuerdo entre el estudiante y la institución educativa con respecto a lo que se quiere aprender, el método de aprendizaje y el método de evaluación.
El contrato de aprendizaje te ayuda a organizar el aprendizaje de una forma más eficaz, induciéndote a ser más creativo a la hora de identificar recursos y actividades para tu aprendizaje (y no únicamente una exposición por parte del profesor) y ayudándote a tener una mejor evidencia de lo que realmente has aprendido que la nota obtenida en un único examen al final del curso.
III. PASOS PARA REALIZAR UN CONTRATO
La confección del contrato requiere un poco de trabajo previo por tu parte, con el que entrarás en contacto con la asignatura. Te sugiero seguir estos pasos en la elaboración de tu contrato inicial:
1. Especifica tus objetivos de aprendizaje
Rellena la primera columna del contrato con todos los objetivos que pienses que te pueden ser de utilidad para desarrollar tu trabajo. No tienes porqué partir de los objetivos de la asignatura,
2
aunque te recomiendo que les eches un vistazo por si encuentras alguno que te sirva.
Un objetivo de aprendizaje es una frase clara y concisa que define específicamente qué quieres aprender. Aquí tienes un par de ejemplos, uno demasiado vago y otro más preciso:1
• Ser capaz de comprender el proceso de desarrollo de un niño (vago).
• Ser capaz de identificar el proceso de desarrollo físico desde el nacimiento hasta la edad de 12 años (preciso)
2. Especifica tus actividades de aprendizaje
Las actividades de aprendizaje describen qué te propones hacer para lograr cada uno de los objetivos. debes identificar las actividades o estrategias que utilizarás para aprender y los recursos, tanto materiales como humanos, que te propones usar. Aquí tienes algunos ejemplos:
• viajes – describe a dónde vas a viajar y el tiempo que te va a llevar;
• lecturas – incluye una bibliografía completa en la sección apropiada;
• observaciones – describe lo que esperas observar; • consultas con el profesor – indica el número aproximado
de encuentros, el tiempo que vas a dedicar y el propósito; • trabajo – describe tus obligaciones en el trabajo y el
lugar del mismo;
1 Son objetivos para un curso titulado "Desarollo del niño"
• trabajo voluntario en la comunidad – describe las actividades que esperas hacer de forma voluntaria y el tiempo que te va a llevar;
• trabajo de campo – identifica el lugar del mismo; • agenda – describe lo que esperas que sea registrado; • talleres – identifica el taller y el número de horas que te
va a llevar; • práctica – especifica el número de horas a la semana.
3. Especifica cómo vas a demostrar lo aprendido
Intenta diseñar un método de evaluación que sea interesante, creativo y estimulante para ti. Ten la seguridad de que existe un método de evaluación para cada objetivo de aprendizaje. De nuevo, aquí tienes una lista con algunas ideas:
• trabajos de investigación – identifica el tema, el formato y las expectativas que tienes sobre ello;
• demostración o simulación – cuando el aprendizaje se realiza mediante la práctica;
• agenda de aprendizaje – describe lo que supones que se debe registrar en la agenda;
• evaluación oral – identifica los temas y el formato; • estudio de casos – identifica el tema y la situación; • examen – tipo test o ensayo, en clase o en casa,... • valoración del producto – especifica el producto que vas
a "construir"; • autoevaluación – a través de una guía que elabores tú
mismo; • proyecto o experimento – especifica la naturaleza del
proyecto o del experimento;
3
• preguntas sobre lo estudiado – tienes que especificar a qué lecturas o capítulos corresponden.
Es deseable la evaluación continua durante la experiencia de aprendizaje, porque da la oportunidad de modificar el contrato o proporcionar la ayuda que se necesite para superar las situaciones.
La inclusión de una agenda de aprendizaje es una muy buena idea para la evaluación. Se trata de un registro que tú haces de las discusiones, las actividades y las reflexiones sobre esta experiencia. Ayudará a tu profesor y a ti mismo a localizar las áreas en las que te desenvuelves con mayor dificultad; por ejemplo: el manejo del tiempo, la organización, el proceso de aprendizaje. También te puede ayudar a integrar el conocimiento al reflexionar sobre esta experiencia.
4. Presenta tu bibliografía
Si no estas seguro de las lecturas o del material que necesitas, puedes consultar los materiales recomendados de la asignatura en la web.
Una vez has realizado estos pasos y tienes tu contrato de aprendizaje, estás en condiciones de negociarlo con el profesor. Algunas de las preguntas que os podríais plantear para comprobar la adecuación del contrato son:
1. ¿Los objetivos son claros y realistas?
2. ¿Se te ocurre algún otro que tú puedas considerar?
3. ¿Las actividades son razonables, apropiadas y eficaces para aprender lo que se desea?
4. ¿Piensas que se debería incluir alguna más?
5. ¿Es relevante la evidencia para los distintos objetivos?
6. ¿Es un modo válido para evaluar la experiencia?
7. ¿Qué otras evidencias sugerirías?
Es una buena idea que tú mismo te hagas estas preguntas ante tu primera versión del contrato para refinarlo las veces que sea necesario hasta que te sientas satisfecho con él
4
Nombre: Asignatura:
Objetivos de aprendizaje Actividades y recursos de aprendizaje Evidencias de cumplimiento Criterios de validación de la
evidencia (evaluación)
1.-
2.-
3.-
4.-
5.-
6.-
1
El contrato de aprendizaje en la enseñanza universi taria
Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx
Xxxxx Xxxxxxx i Banqué Xxxxxx Xxxxx Xxxxx
Grup d’Innovació Docent de la Facultat de Ciències Jurídiques
xxx-xxx@xxx.xxx
Universitat Xxxxxx x Xxxxxxx
Palabras clave: contrato de aprendizaje, proceso de E-A y responsabilización del estudiante, evaluación continua.
Resumen de la Experiencia:
La adaptación de las enseñanzas a los postulados constructivistas del EEES, implica la revisión de la práctica docente y la articulación de herramientas idóneas a este fin. Con este trabajo se pretende analizar una de estas herramientas, el contrato de aprendizaje, desde la doble función que puede desempeñar en la enseñanza superior. Por una parte, como instrumento de responsabilización y motivación por parte de los estudiantes, presupuesto indispensable de cualquier cambio que implique una mayor incidencia del aprendizaje activo y la autonomía en el aprendizaje. Por otra, como estrategia útil en un sistema de evaluación continua. En este sentido, el contrato es el documento en el que se fijan los objetivos de aprendizaje, los aspectos metodológicos y la forma de evaluación y se materializa el compromiso del estudiante. De la experiencia llevada a cabo en el ámbito de la enseñanza del Derecho, se puede concluir la idoneidad de la herramienta a estos fines siempre que se articulen adecuadas estrategias de evaluación formativa y se resuelva la evaluación final de forma negociada. En este sentido, nuestra experiencia nos indica que la eficacia del contrato de aprendizaje se ve potenciada en el contexto de metodologías de aprendizaje activo, como por ejemplo, el aprendizaje basado en problemas, o cuando se combina su uso con la del portfolio del estudiante.
I. Desarrollo.
A) Objetivos.
La presente comunicación se orienta a los siguientes objetivos:
- establecer el marco teórico de la pedagogía de contrato. - identificar las funciones del contrato de aprendizaje en la enseñanza universitaria en el marco del EEES. - analizar la experiencia en distintas asignaturas de la licenciatura de Derecho en la Universitat Xxxxxx x Xxxxxxx y confrontar los resultados con los objetivos pretendidos.
2
- identificar las principales ventajas y problemas del uso del contrato y proponer un protocolo de uso de la herramienta. - ofrecer un modelo de contrato de aprendizaje.
B) Descripción del trabajo.
B.I. Marco teórico del contrato de aprendizaje:
El contrato de aprendizaje o learning contract puede definirse como un acuerdo establecido entre el profesor y el estudiante para la consecución de unos aprendizajes a través de una propuesta de trabajo autónomo, con una supervisión por parte del profesor y durante un periodo determinado (Xxxxxx Xxxx, 2006). El mismo autor señala como características básicas del contrato que sea un acuerdo formalizado, que exista una relación de contraprestación recíproca, una implicación personal y un marco temporal de ejecución. El uso de este contrato permite estimular a los alumnos a comprometerse con su propio proceso de aprendizaje y adaptar su proceso de aprendizaje y su proceso educativo para aprender aquellos objetivos que para ellos son importantes (Xxxxxxxx, Xxxx, Xxxxxxx, 1996). Con ello, se permite que el estudiante participe activamente en su proceso de aprendizaje, pues como señala Xxxxx, la educación no debe ser un proceso pasivo, sino activo. En este sentido, el autor afirma que el contrato proporciona el ambiente académico adecuado para involucrar a los estudiantes en su aprendizaje y convertirlos en sujetos activos (Codde, 1996).
Como explica Xxxxxxxxxx, los orígenes del contrato pueden situarse en Francia entre los años 1957 y 1972 durante la reforma de la Escuela de Minas de Nancy. X. Xxxxxxxx y sus colaboradores reformaron la Escuela y basaron el aprendizaje en los principios de la capacidad de una persona para aprender y en su responsabilidad en la gestión de su propia formación. Los estudiantes organizados en pequeños grupos prepararon con antelación el curso. Éstos diseñaron los ejercicios, las estrategias de aprendizaje, las autoevaluaciones individuales y recíprocas, y las prácticas. Además, durante el curso los alumnos se reunían con el director para hablar de los contenidos, el control de los conocimientos y la asistencia a clase. En este punto, los estudiantes negociaron contratos para regular las asistencias y decidieron sustituir los exámenes por la evaluación continua. Los estudiantes tenían la libertad de escoger determinadas materias de estudio e incluso de proponer un tema de investigación en las empresas. Paulatinamente, se organizaron otros programas de formación colectiva basados en los mismos principios que inspiraron la reforma de la Escuela de Minas. Ello requería un acuerdo previo y contractual entre todos los participantes y decidir las estrategias de aprendizaje y su duración según el ritmo de los estudiantes. Estos mismos principios sirvieron de base al Ministerio de Educación y a la Dirección General de Formación Profesional para iniciar en 1972 la experiencia en 12 centros de formación profesional, en los que se utilizó la pedagogía por objetivos y la del contrato. Los docentes se fueron implicando en la experiencia y elaboraron instrumentos para la información y la evaluación. Los alumnos aprendieron a situarse, a controlar sus progresos y a obtener la información necesaria para todo ello. Esta pedagogía por objetivos se extendió en 1984 a más de 500 centros de formación profesional, en alguno de los cuales, derivó hacia una pedagogía de contrato. El punto de inflexión se encuentra en 1984 cuando se envió una circular a todos los profesores de instituto. En la circular se apuntaba que:
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“El esfuerzo por aprobar de todos nuestros alumnos y alumnas necesita una clarificación a través de un contrato pedagógico, de los objetivos que deben ser alcanzados por los profesores, los alumnos y las alumnas y los medios profesionales (…) este contrato precisa que el alumno sea atendido en consonancia con sus capacidades y sus conocimientos, teniendo en cuenta que le sean realmente asequibles para poder, de esta forma, exigirles”.
De acuerdo siempre con Xxxxxxxxxx, la pedagogía del contrato surge, por lo tanto, de la pedagogía por objetivos, ya que, al clarificarlos, se tiende a modificar la forma de enseñar utilizando las nuevas reglas de aprendizaje.
El uso del contrato de aprendizaje entre los alumnos ha enriquecido en gran medida su proceso de aprendizaje allí donde se ha aplicado. La introducción del contrato se ha realizado como parte de la estrategia para alcanzar determinadas finalidades y objetivos, que pueden ser de tipo cognitivo, metodológico, e incluso, de cambio actitudinal (Xxxxxxxxxx, 1994). De esta forma, la autora explica que el contrato constituye una herramienta que permite que el alumno sea libre en el sentido de que él sea responsable de sí mismo y pueda expresar sus necesidades y proyectos. Además, la celebración del contrato fomenta su motivación, ya que, el estudiante invierte su tiempo en aprender objetivos que le interesan, comprende la importancia de su proceso de aprendizaje y se respeta su propio ritmo de trabajo. Igualmente, se favorece la responsabilidad del alumno puesto que, en realidad, él goza de la libertad de decidir sus propios itinerarios en el marco de las reglas definidas en común. El alumno se convierte en un protagonista y sujeto activo de su aprendizaje. En este marco, el contrato ha dado lugar a una nueva forma de enseñar donde el alumno asume un papel relevante en su proceso de aprendizaje y se compromete a realizar las actividades, investigaciones, debates o ejercicios propuestos en el contrato.
El contrato permite adaptar el proceso de aprendizaje a los intereses y a las concretas habilidades de cada alumno. Este aspecto ha sido valorado por aquéllos que lo han puesto en práctica como muy positivo para reducir las diferencias entre los alumnos de un mismo curso (Codde, 1996). Además el hecho de que el alumno participe en su negociación le convierte en un sujeto activo de su aprendizaje y fomenta su responsabilidad y su implicación en los estudios, ya que, el estudiante comprende la finalidad de cada una de las actividades que realiza durante el curso. Finalmente, favorece el proceso de evaluación, puesto que los criterios de evaluación se encuentran claros y asumidos por ambas partes desde el inicio de curso.
Incluso en el ámbito universitario, se ha destacado ya que la flexibilidad que supone el uso de los contratos es una de sus grandes ventajas al permitir que se adapte el proceso de aprendizaje a las necesidades del alumno desplazando, así, las necesidades del profesor (Xxxxxxxx, Xxxx, Xxxxxxx, 1996). Estos autores destacan que el éxito del contrato se halla supeditado a su correcta negociación. Es decir, el alumno y el profesor asumen los compromisos y acuerdan las actividades que se realizarán durante el curso tras una fase de debate y de discusión entre partes iguales. Ello requiere también que la relación entre profesor y alumno se encuentre abierta a la comunicación y se fundamente en el mutuo respeto. Igualmente, es imprescindible mantener este nivel de comunicación y confianza durante el proceso de aprendizaje para el que profesor pueda
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supervisar el proceso de aprendizaje del estudiante y asegurar que éste asume los objetivos básicos del curso.
El contrato debería contener los objetivos de aprendizaje del curso o proyecto, las estrategias y recursos disponibles para conseguir estos objetivos, las evidencias que probarán que los citados objetivos se han conseguido y los criterios que se utilizarán para valorar estas evidencias (Xxxxxxxx, G., 1996). Además, el contrato debería especificar el inicio y el fin de cada una de las actividades y las competencias y habilidades concretas que asume cada estudiante. El contrato se firma por ambas partes teniendo en cuenta que cualquier modificación posterior deberá ser discutida, añadida y firmada, de nuevo, en el contrato.
B. II. Funciones del contrato de aprendizaje en la enseñanza universitaria:
Una vez establecido el marco teórico del contrato de aprendizaje en el apartado anterior, se trata ahora de establecer las funciones que puede desarrollar en la educación superior y, muy particularmente, en el contexto de adaptación de la enseñanza universitaria a los postulados docentes del EEES.
En este sentido, vaya por delante que la adaptación de la herramienta que hemos hecho para orientarla a las funciones que veremos a continuación, implica una diferencia sustancial respecto a los planteamientos teóricos iniciales de la pedagogía del contrato. Así, mientras como se ha visto es característica básica del contrato de aprendizaje la negociación de los términos del mismo, de forma que los estudiantes se implican directamente en el establecimiento de los objetivos de aprendizaje, diseñando y pactando con el profesor un plan de acción a principio de curso, en nuestro caso optamos por un modelo, si se quiere algo menos flexible, pues los estudiantes no intervienen en la redacción del contrato. Hay que tener en cuenta, de todas formas, que es considerado normal que determinados aspectos del contrato se hallen excluidos de la negociación. Esta premisa debe dejarse clara al iniciar la negociación pues el estudiante debe saber que existen aspectos relacionados con los contenidos o con la evaluación que no son negociables (Xxxxxxxx, Xxxx, Xxxxxxx, 1996). En nuestro caso, los aspectos metodológicos y las estrategias de evaluación, así como los objetivos básicos del curso, son definidos con carácter previo por el profesor, si bien cabe decir que es posible la eventual adición de pactos individuales que permitan adaptarse a las particularidades de determinados alumnos.
Ante una época de cambios como los que implicará el EEES, en el que se redefine tanto el rol del profesor como el del alumno y se fomenta la revisión de las estrategias docentes, nos planteamos el contrato de aprendizaje, por tanto, más como un instrumento de formalización del compromiso entre profesor y alumno en torno a esos cambios que como técnica para facilitar la individualización del aprendizaje, en el sentido descrito por la doctrina de «abordar la diversidad de niveles de aprendizaje del estudiante» (Xxxxxx Xxxx, 2006). Qué duda cabe que compartimos la necesidad de fomentar el aprendizaje autónomo de los estudiantes y la adecuación del proceso de enseñanza-aprendizaje (en adelante, proceso de E-A) a los distintos estilos de aprendizaje de los alumnos -finalidad clásica de la pedagogía del contrato- pero entendemos que la consecución de dichos objetivos será más la consecuencia de la elección de una determinada metodología de aprendizaje junto con la utilización de
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estrategias evaluativas idóneas a la misma, que del uso del contrato de aprendizaje en si mismo. En este mismo sentido, ya ha sido observado que «el sentido del uso del contrato se incrementa notablemente cuando su introducción en el aula se acompaña de la utilización de nuevas metodologías docentes que desplacen la clase teórica en favor del autoaprendizaje del estudiante» (Atherton, 2003), o que «con frecuencia el contrato de aprendizaje incluye la elaboración del portafolio como evidencia del proceso de aprendizaje y como recurso de evaluación del aprendizaje desarrollado» (Xxxxxx Xxxx, 2006).
En el ámbito de la docencia universitaria, entendemos pues que el contrato de aprendizaje puede cumplir dos funciones específicas:
A) - En primer lugar, puede señalarse la capacidad del mismo para materializar uno de los presupuestos básicos del cambio de paradigma docente que implica el EEES: la responsabilización del estudiante en el proceso de enseñanza-aprendizaje. Es por todos conocido el cambio de rol profesor-alumno auspiciado por los postulados constructivistas del proceso de Bolonia. El estudiante debe ser el protagonista y el profesor limitarse a orientar o guiar el proceso de aprendizaje. Ello conlleva cambios en las estrategias de aprendizaje, primándose las propias del aprendizaje activo; en las formas de evaluación, potenciándose la evaluación continua tanto de conocimientos como de competencias; en la planificación docente, incentivando los procesos colaborativos y la coordinación entre los equipos docentes...pero ante todo, implica la necesidad de establecer mecanismos de motivación y responsabilización por parte del estudiante, algo a lo que éste todavía es reacio en la mayoría de los casos. El contrato de aprendizaje resulta un instrumento muy útil en este sentido. Permite al estudiante situarse en el proceso de E-A, puesto que cuando firma asume conscientemente su responsabilidad frente a su aprendizaje, algo a lo que nuestro estudiante no está todavía habituado.
La función del contrato de aprendizaje como instrumento de «reubicación» del estudiante en el proceso de E-A, con todas las consecuencias que ello tiene en orden a la optimización de las estrategias didácticas escogidas por el docente, puede ser calificada, si se quiere, de transitoria, mientras dure el proceso de adaptación al EEES. Partimos de la base de que todo cambio requiere una cultura del cambio. Y para promover la cultura del cambio, algo harto difícil como saben todos los gestores del cambio, se requieren distintas estrategias orientadas a todos los colectivos de la comunidad universitaria: profesorado, PAS y, desde luego, también estudiantes.
Las campañas de formación e información orientadas al profesorado alcanzan a los estudiantes cuando aquéllos deciden aplicar nuevas metodologías, recursos y estrategias de aprendizaje y evaluación. Sin embargo, se sigue corriendo el riesgo de que el estudiante, menos sensible a dichas campañas, conozca su nuevo rol activo el primer día de clase cuando el profesor introduce la asignatura y las nuevas reglas del juego. Ello supone desde luego un inconveniente importante que el contrato de aprendizaje no está en condiciones de solventar pero sí de matizar. Mientras no se cuente con más o mejores acciones que desde una perspectiva institucional incidan en lograr la complicidad de los estudiantes en un proceso del que se dice ellos deben ser los protagonistas, el contrato de aprendizaje puede resultar una herramienta útil al profesor que xxxxxxx a título casi individual la tarea de convencer a sus alumnos de los
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beneficios del aprendizaje activo y de la evaluación continua, ideas que, partiendo de lo que se conoce como «comportamiento estratégico de los estudiantes» (Xxxxx, 2003), sabemos que algunos de ellos recibirán con desconfianza al interpretarlas exclusivamente y de forma casi automática en clave de volumen de trabajo.
En definitiva, en el contrato de aprendizaje que el profesor propondrá y debatirá con los estudiantes quedará reflejado el cambio de paradigma docente, pudiéndose cumplir una de las más importantes funciones descritas por la pedagogía del contrato según hemos tenido ocasión de ver en el epígrafe anterior: la motivación del alumno para el aprendizaje a partir de su responsabilización como sujeto activo del mismo.
B) - El contrato de aprendizaje encuentra un segundo ámbito de incidencia en la evaluación. La evaluación es el arma más poderosa que tienen los profesores para influir en el modo que los estudiantes responden a los cursos y se comportan como alumnos (Xxxxx, 2003). Si tenemos en cuenta que una de las consecuencias de la adaptación de la docencia universitaria al proceso de Bolonia es la evaluación continua de los aprendizajes que, además de los conocimientos, deberá comprender, como es sabido, un conjunto de competencias genéricas y específicas del ámbito disciplinar, el contrato de aprendizaje vuelve a convertirse en un instrumento idóneo para la consecución de dichos objetivos.
Así, el contrato de aprendizaje permite formalizar el compromiso en torno a objetivos de aprendizaje hasta ahora no asumidos como tales por los estudiantes, como puede ser el caso de la mayoría de las competencias genéricas (trabajo en equipo, expresión oral y escrita...) además de otras de específicas (por ejemplo, el uso de una base de datos específica). La toma de conciencia del impacto de tales competencias sobre la evaluación final de la asignatura, incentivará una mayor eficacia de las acciones formativas orientadas a las mismas, siempre que se combine dicho compromiso estudiante-profesor con adecuadas estrategias evaluativas de las habilidades o competencias especificadas en el contrato.
Por otro lado, el paso de una evaluación exclusivamente acreditativa o sumativa a una evaluación con mayor incidencia de la evaluación formativa, requiere en ámbitos como el de la enseñanza del Derecho, tradicionalmente basada en las metodologías puramente transmisivas, de herramientas específicas que permitan al estudiante identificar los objetivos y estrategias de aprendizaje, orientando así su actividad a la construcción consciente de su propio conocimiento. El contrato de aprendizaje es en este sentido un instrumento idóneo para potenciar la autoevaluación y la autonomía del estudiante en un contexto de aprendizaje activo, máxime cuando la evaluación final se resuelve de forma negociada entre estudiante y profesor, confrontando los términos del contrato con el conjunto de evidencias del proceso de aprendizaje. Por parte del docente, en este contexto de evaluación negociada será imprescindible un especial cuidado en el uso de métodos de evaluación que permitan recoger suficientes pruebas o evidencias del mismo, lo que supondrá una cuidadosa planificación de las actividades formativas y el establecimiento de los criterios de evaluación en el contrato. En este sentido, cabe destacar el portafolio o carpeta de aprendizaje, la autoevaluación y la evaluación entre pares como estrategias evaluativas especialmente adecuadas.
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B. III. La introducción de la herramienta en distintas asignaturas del ámbito del Derecho:
Con el fin de enmarcar el uso de la herramienta en un contexto docente en particular, se describen a continuación las principales características de las distintas experiencias de introducción del contrato de aprendizaje en la enseñanza del Derecho, llevadas a cabo en la Facultat de Ciències Jurídiques de la Universitat Xxxxxx x Xxxxxxx.
El contrato de aprendizaje se ha puesto en práctica en cuatro asignaturas optativas de diferentes áreas de conocimiento: Derecho Penal Ambiental (del área de Derecho Penal), Planificación tributaria de la empresa (del área de Derecho Financiero y Tributario), Nacionalidad y Extranjería (del área de Derecho Internacional Privado), y Derecho de la Publicidad (del área de Derecho Mercantil). Las tres primeras son de la licenciatura de Derecho y la última de la licenciatura de Publicidad y Relaciones Públicas.
Las cuatro experiencias que estamos analizando tienen en común que como actividad introductoria de la asignatura, se dedica la primera sesión a explicar con detalle la metodología de aprendizaje y el sistema de evaluación. Se insiste en el papel del estudiante como protagonista del proceso de enseñanza-aprendizaje y la consecuente necesidad de autoresponsabilización del mismo. Al final de la sesión se explica la función del contrato de aprendizaje como herramienta para formalizar el compromiso, indicándose que se utilizará también como referencia fundamental en la negociación final de la nota. Los estudiantes proceden a la lectura del contrato y disponen de una semana, es decir, hasta la siguiente sesión, para decidir. En caso afirmativo, en la siguiente sesión ambas partes (profesor y alumno) firman el contrato, quedándose en posesión de una copia cada una de ellas. Como se indicaba anteriormente, el contrato se facilita ya redactado, pero se ofrece la posibilidad de establecer “pactos privados” entre el alumno y el profesor (básicamente se utiliza para acordar la no asistencia a alguna sesión presencial cuando existan motivos que lo justifiquen y que el alumno ya conozca). Los alumnos que opten por no seguir el sistema propuesto, deberán realizar un examen final relativo a los contenidos del temario publicado en la guía docente, que deberán prepararse por su cuenta o con la tutorización del profesor si lo solicitan.
El promedio de alumnos matriculados en estas asignaturas durante el curso académico 2005-2006 que optaron por seguir la propuesta formativa del profesor formalizada en el contrato de aprendizaje, es de 19 (este resultado se obtiene a través de la suma de los estudiantes que han seguido el sistema de contrato de aprendizaje, dividido por las cuatro asignaturas impartidas). La distribución es la siguiente: Nacionalidad y Extranjería, 13 alumnos (de 25 matriculados), Derecho de la publicidad, 19 alumnos (de 22 matriculados), Derecho Penal Ambiental, 15 alumnos (de un total de 18) y Planificación Tributaria de la Empresa, 27 alumnos (de 43 matriculados). Debemos destacar, por tanto, que estamos ante grupos no numerosos, lo cual favorece sin duda la adopción de metodologías que impliquen una mayor dedicación del profesor.
Las metodologías docentes utilizadas varían en función de las asignaturas. Así, mientras en dos de ellas se optó por la combinación de diferentes metodologías basadas en el aprendizaje activo del alumno ya sea de forma colaborativa o individual (tales como la resolución de problemas en el aula ordinaria, comentarios de textos,
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presentaciones orales, prácticas a través de TIC en el aula informática...); en las otras dos se optó por una metodología integrada, como es el aprendizaje basado en problemas. El aprendizaje basado en problemas o Problem Based Learning (PBL) es una metodología de enseñanza-aprendizaje en la que los estudiantes asumen el rol principal de su proceso de aprendizaje, siendo la función del profesor la de facilitador de este proceso. Éste es un sistema que, siguiendo las pautas del constructivismo, parte de la autonomía del estudiante para orientar de forma responsable su actividad académica a la adquisición de los conocimientos, habilidades y capacidades que le permitirán desarrollarse en el mundo profesional. El PBL además, en la medida en que favorece el autoaprendizaje, la autoevaluación y el compromiso con la calidad, capacita al futuro profesional para formarse a lo largo de la vida (Long Life Learning).
En todas las asignaturas el contrato ha significado el compromiso inicial y expreso del alumno en la responsabilización de su propio aprendizaje, a partir de la propuesta metodológica del profesor.
El sistema de evaluación en todas estas asignaturas ha sido la evaluación continua, potenciándose las estrategias de evaluación formativa junto a las formas de evaluación acreditativa en algunos casos. De acuerdo con la función descrita más arriba, el contrato de aprendizaje sirve en estas asignaturas de instrumento de refuerzo a este sistema de evaluación. En él se plasman la estructura y objetivos del curso (la metodología docente, los objetivos de aprendizaje del curso y los criterios de evaluación), y las obligaciones de las partes contratantes (alumno y profesor). Adquiere especial relevancia la entrevista final en la que el profesor y el alumno negocian la nota definitiva a partir del grado del cumplimiento de las cláusulas establecidas en el contrato. Así, en Derecho Penal Ambiental y en Nacionalidad y Extranjería, la nota final se negocia individualmente con cada alumno durante esta entrevista, en la que se tendrá en cuenta la adecuación de los resultados obtenidos con los términos del contrato de aprendizaje firmado a principio del curso. El alumno deberá proponer una nota a la profesora, motivándola a la vista de todas las evidencias de aprendizaje recogidas, y en concreto en el caso de Derecho Penal Ambiental y de Derecho de la Publicidad, en la carpeta de aprendizaje del grupo o individual. Los elementos que se valorarán durante esta reunión entre el profesor y el alumno, son tanto de carácter individual como colectivo, de acuerdo con la naturaleza de las distintas actividades realizadas durante el curso. En Planificación Tributaria de la empresa también existió esta posibilidad y, a título de ejemplo, se llegó a subir la nota a un alumno que lo solicitó por escrito argumentando jurídicamente y utilizando para ello las cláusulas del contrato de aprendizaje.
B. IV. Valoración de la experiencia y conclusiones:
En este apartado se pretende identificar las principales ventajas y problemas tanto desde la perspectiva docente como discente con relación a la introducción del contrato de aprendizaje, y establecer, a modo de conclusión, un protocolo o unas pautas de uso del contrato en aras a una mayor optimización de sus resultados en la enseñanza superior. Se ofrece así mismo, un modelo de contrato de aprendizaje como anexo.
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Ventajas de la utilización del contrato:
- La responsabilización del estudiante de su aprendizaje optimiza tanto la metodología como sus resultados. El estudiante abandona la actitud pasiva para asumir un rol activo en su aprendizaje. Un porcentaje de los estudiantes ha considerado que la firma del documento les ha ayudado a asumir sus responsabilidades y les ha transmitido una sensación de compromiso mayor que en otras asignaturas donde no se firma este documento.
- Permite formalizar el compromiso de los estudiantes en torno a la adquisición de determinadas competencias genéricas y específicas, ajenas a la tradición de una enseñanza universitaria centrada en la transmisión de conocimientos.
- Algunos estudiantes valoran como positivo el hecho de que el docente también lo firme, puesto que de esta forma también asume sus compromisos y responsabilidades estableciéndose una relación de iguales.
- Es una herramienta útil en la negociación de la nota final. El estudiante aprende a razonar su nota confrontando el compromiso adquirido al inicio de curso con las evidencias de su aprendizaje. Es especialmente aconsejable en este sentido la utilización de herramientas que permitan documentar el proceso de aprendizaje, como el portfolio o carpeta de aprendizaje, ya sea individual o de equipo (en este último caso, será importante añadir elementos de valoración individual).
- Es una buena herramienta de prevención y gestión de conflictos. Así, de la misma forma que los estudiantes valoran positivamente el hecho de conocer por escrito los objetivos del curso, la metodología y las obligaciones que hay que asumir para aprobar la asignatura (objetivo realizable ya con la mera publicación de la guía docente), con el contrato de aprendizaje saben además que no pueden argumentar ante el profesor el desconocimiento de las obligaciones que le comportan realizar esta asignatura: tales como entregar trabajos, asistencia a las clases, etc. Las obligaciones del alumno y del profesor quedan reflejadas en un documento que han aceptado ambas partes con la plasmación de su firma.
Problemas en la utilización del contrato:
- La no asistencia a la actividad introductoria del curso: algunos alumnos consideran por norma no necesario asistir el primer día de presentación de la asignatura. En este caso, suelen informarse de forma parcial por sus compañeros o, en el mejor de los casos, consultan con el profesor durante la primera semana en las tutorías. Ello supone tanto una disfunción grave el primer día de trabajo, como un esfuerzo añadido por parte del profesor en caso de que se realicen repetidas consultas individuales. Una posible solución es un preaviso a los estudiantes matriculados a través del campus virtual acerca de la importancia de asistir a la actividad introductoria. Además es conveniente realizar un particular esfuerzo para completar la información ofrecida en la guía docente.
- La necesidad de formalizar el compromiso puede operar como factor de desincentivación en aquellos estudiantes reticentes a los cambios o innovaciones. Para
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evitarlo será muy importante la motivación durante la actividad introductoria, explicando los beneficios de la metodología e intentando detectar y dar respuesta ese mismo día a las preocupaciones y reticencias iniciales que pueda tener ese grupo de estudiantes. Será importante, por ello, intentar diagnosticar desde el primer día los distintos estilos de aprendizaje de los estudiantes matriculados.
- Un grupo de los alumnos ha tenido la sensación que el compromiso adquirido ha sido el mismo con independencia de la firma del contrato. De hecho, uno de los alumnos consideró que si se generan dudas sobre su contenido y eficacia podría producir el abandono de la asignatura. En este sentido cabe decir que otros alumnos han opinado incluso que la necesidad de formalizar la responsabilización del estudiante disminuye en los cursos superiores, si bien sobre este aspecto no existe acuerdo entre las profesoras de las distintas asignaturas.
- Algunos estudiantes, a pesar de firmar el contrato no llegan a leérselo, “descubriéndolo” durante la entrevista final. Para evitar tal desconocimiento y sus consecuencias en la dinámica de trabajo, es importante sobre todo durante las primeras semanas del curso ir recordando el peso de las distintas actividades en la evaluación final de acuerdo con los términos del contrato.
- La falta de tradición de metodologías activas en las Facultades de Derecho junto con la desinformación que todavía hoy tienen muchos estudiantes con relación a la formación basada en competencias y el EEES, juegan como factores contrarios a la comprensión de las funciones de la herramienta. Algunos alumnos, instalados en la cultura del «comportamiento estratégico», se muestran más preocupados por las obligaciones y consecuencias que tendrán para ellos que en los beneficios para su formación.
- Diseño de los contenidos del contrato. A lo largo curso van surgiendo diferentes situaciones que hay que prever con suficiente anterioridad, es decir, evitar posibles disfuncionalidades que puedan surgir a lo largo del curso académico. Sin embargo, esta capacidad de previsión no siempre es tan efectiva, y estas experiencias hay que tratar de solventarlas en los cursos venideros. Otra opción es la utilización de cláusulas abiertas relativas a la posibilidad de renegociación de algún aspecto del contrato, lo cual es totalmente compatible con la pedagogía del contrato.
Protocolo de redacción y utilización del contrato de aprendizaje:
1. Dejar constancia expresa del interés mutuo (profesor-alumno) en la implementación del sistema de aprendizaje y evaluación que se especifica en el contrato.
2. Establecer los objetivos del curso sobre la base de una previa y realista reflexión del profesor, que permita al final del curso un cumplimiento total y no parcial de los mismos. El compromiso del estudiante debe referirse a objetivos que éste perciba como alcanzables.
3. Incorporar de forma clara y concisa la metodología de aprendizaje, la dinámica de trabajo y la forma de evaluación de la asignatura. Es importante en este sentido
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insistir en el contrato en aquellos aspectos más novedosos para el estudiante (el uso del portfolio, el trabajo colaborativo, la adquisición de competencias, la autoevaluación...). La falta de tradición de metodologías activas en muchas facultades junto con la introducción de la formación por competencias y la evaluación continua, aconsejan establecer muy detalladamente desde el principio las pautas del curso para que el alumno sea consciente de su nuevo rol en el proceso de aprendizaje y de los objetivos de aprendizaje.
4. Especificar las consecuencias del incumplimiento del contrato y su impacto sobre la evaluación. Se recomienda hacer uso de fórmulas no amenazantes que pudieran tener como consecuencia la desincentivación del alumno a principio de curso. Así, por ejemplo, resulta más eficaz establecer como obligación del profesor la exoneración del alumno de la realización de un examen final, añadiendo una cláusula del tipo “siempre que el resultado de la evaluación continua sea positiva”.
5. Es importante establecer las obligaciones del profesor (simboliza el compromiso mútuo en el cambio de roles y el pacto entre iguales).
6. Permitir, con los límites que establezca el profesor, el establecimiento de pactos privados con aquellos alumnos que así lo soliciten y argumenten. Cierto grado de flexibilidad es consustancial a la idea de pacto entre iguales y redunda en la motivación del alumno.
7. En la sesión introductoria de la asignatura, explicar a los alumnos con detalle qué es y qué función tiene el contrato de aprendizaje, e insistir en el compromiso que asumen en caso de aceptarlo.
8. Cada parte (profesor-alumno) debería tener y conservar un ejemplar firmado del contrato de aprendizaje.
9. Se recomienda la realización de la entrevista final con el alumno para consensuar la nota definitiva de la asignatura, sobre la base de los resultados obtenidos y los criterios establecidos en las cláusulas del contrato. Para ello, se recomienda incluir en el contrato los procesos de obtención de evidencias del aprendizaje.
C) Conclusiones.
Como principales conclusiones de la experiencia, pueden señalarse las siguientes:
- en el marco de la adaptación de las enseñanzas al EEES, deben articularse mecanismos que permitan al estudiante asumir su rol protagonista en el proceso de E-A. Ello implica no sólo una mejor campaña de información entre los estudiantes, sino también la articulación de instrumentos concretos que sirvan en el aula para materializar dicho compromiso.
- el contrato de aprendizaje se revela en este sentido como una herramienta de responsabilización y motivación por parte de los estudiantes, presupuesto indispensable
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de cualquier cambio que implique una mayor incidencia del aprendizaje activo y la autonomía en el aprendizaje.
- en un sistema de evaluación continua como el que se deriva de los postulados docentes del EEES, el contrato como documento en el que se fijan los objetivos de aprendizaje, la forma de evaluación y los aspectos metodológicos del aprendizaje, es una estrategia útil, siempre que se articulen adecuadas estrategias de evaluación formativa y se resuelva la evaluación final de forma negociada. En este sentido, nuestra experiencia nos indica que la eficacia del contrato de aprendizaje se ve potenciada en el contexto de metodologías como el aprendizaje basado en problemas, o cuando se combina su uso con la del portfolio del estudiante.
D) Bibliografía.
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• University of Colorado at Denver, Learning Contracts. [en línea] [ fecha de consulta: 24-02-06] xxxx://xxxxxx.xxxxxxxx.xxx/xxxxxxxx/xxx0000/xxxxxxxx_xxxxxxxxx/xxxxx_xxxxxxxxx/x enu.html
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X. XXXXX: Modelo de contrato de aprendizaje.
(Adaptación del modelo de contrato de aprendizaje del Xx. Xxxxxx Font Xxxxx, catedrático de Derecho Mercantil del Departament de Dret Mercantil, Dret del Treball i de la Seguretat Social de la Universitat de Barcelona, y coordinador del Grupo Consolidado de Innovación Docente Dikasteia sobre Aprendizaje Basado en Problemas de la UB).
En la ciudad de Tarragona, el __________ de ______
REUNIDOS
De un lado, el alumno Sr. /Sra. _____________________________________________ con domicilio en ________________ , calle ______________________, núm. _______, DNI núm. _____________________ y e-mail: _______________________________; y del otro lado, la Sra. _______________, profesora del área de Derecho penal del Departament de Dret Públic de la Universitat Xxxxxx x Xxxxxxx, y responsable de las asignaturas “Derecho penal ambiental”, de Derecho (plan 2002) i Graduado Superior en Derecho Ambiental; y “Desarrollo del Derecho del medio ambiente”, de Derecho (plan 1992)
MANIFIESTAN
Que es de interés común de ambas partes la implementación de un nuevo sistema de aprendizaje con la finalidad de mejorar el rendimiento, el aprendizaje y la evaluación de los conocimientos, habilidades y competencias, así como también la renovación de los contenidos y la metodología utilizada para adquirirlos.
Que el éxito de este sistema depende del compromiso individual voluntariamente asumido de cada una de las partes contratantes.
Que con esta finalidad las partes deciden suscribir este contrato según los siguientes
PACTOS
TÍTULO I
Estructura y objetivos del curso
Primero.- La metodología de enseñanza-aprendizaje en la que se desarrollará el curso es el aprendizaje basado en problemas (ABP o PBL).
Segundo- El curso se estructura según el calendario y el programa de actividades que se adjunta como anexo a este contrato, publicado en los materiales electrónicos de la asignatura, en la herramienta de campus virtual de la URV.
Tercero.- Los objetivos del curso, de acuerdo con los cuales se establecerán las pautas de evaluación final, son:
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- conocer la protección penal del medio ambiente. - comprender la incidencia de otras áreas jurídicas y no jurídicas de conocimiento en la interpretación de los delitos ambientales. - identificar los problemas jurídicos y diseñar las estrategias de defensa de los intereses de parte en el marco de un proceso penal. - integrar los conocimientos extrapenales en las estrategias de defensa de intereses jurídicos. - tomar conciencia de la incidencia de la buena argumentación jurídica en la defensa de derechos. - apreciar las ventajas de la autonomía en los procesos de trabajo y aprendizaje e implicarse en la autoevaluación. - apreciar las ventajas del trabajo cooperativo en procesos complejos de conocimiento. - tomar conciencia de la importancia del razonamiento crítico en la práctica profesional. - utilizar las bases de datos y recursos electrónicos en el ámbito del Derecho Penal y el Derecho Penal Ambiental.
Cuarto.- Para la resolución de los problemas que se irán planteando a lo largo del curso, el alumno trabajará en grupos reducidos. Cada equipo, que tendrá un nombre, tendrá una carpeta o dossier, en la que se recogerán todas las fases del procedimiento de aprendizaje, debidamente documentadas, así como todos aquellos materiales o evidencias que reflejen la actividad del grupo (reuniones, consultas…). La carpeta o dossier del equipo es un elemento importante de la evaluación final.
Xxxxxx.- El equipo tendrá que ser capaz, en la resolución de cada problema, de: - identificar las diversas cuestiones que suscita el problema. - organizar las ideas en un mapa conceptual, que permita identificar los objetivos de aprendizaje. - planificar, de acuerdo con los objetivos fijados, la estrategia de aprendizaje del equipo en términos de trabajo colaborativo. - identificar y utilizar las herramientas y recursos de investigación y aprendizaje, en el ámbito del Derecho, más adecuados a la estrategia diseñada. - organizar la información obtenida según las pautas de la argumentación jurídica. - trasladar, individualmente, el resultado del aprendizaje a la forma procesal correspondiente a uno de los posibles intereses de parte (querella, escrito de defensa o acusación…)
Sexto- El curso se realiza de forma semipresencial con el soporte de materiales electrónicos. Es requisito para poder seguir el curso en la modalidad ABP, la competencia básica en la herramienta de campus virtual de la URV y disponer de una cuenta de correo electrónico.
TÍTULO II Obligaciones de la profesora
Primero.- La profesora se compromete a evaluar de forma permanente y continuada al alumno que voluntariamente haya optado por el ABP, y a exonerarle de la evaluación final mediante un examen, siempre que el resultado de la evaluación continua sea positivo. Segundo.- La profesora se compromete a orientar al alumno en la búsqueda de los materiales necesarios para la preparación de las diversas actividades de que consta el
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curso, utlilizando para esta finalidad de forma prioritaria los instrumentos que proporcionan las tecnologías de la información. Tercero.- La profesora se compromete a tutorizar el aprendizaje del alumno y de asesorarlo, tanto de forma individual como colectiva, ya sea de forma presencial acordando previamente una entrevista, ya sea a través de las tutorías electrónicas.
TÍTULO III Obligaciones del alumno
Primero.- El alumno se compromete a asumir de forma responsable su proceso de aprendizaje, orientando su actividad académica a los objetivos establecidos en el Título X. Xxxxxxx.- El alumno se compromete a asistir a todas las sesiones presenciales programadas y a entregar las actividades según el calendario que se adjunta como anexo a este contrato, publicado en los materiales electrónicos de la asignatura, en la herramienta del campus virtual de la URV.
Tercero.- El alumno se compromete a desarrollar su actividad de aprendizaje en términos de trabajo colaborativo.
Y como prueba de conformidad, suscriben este contrato en el lugar y fecha indicados al inicio.
Firmado: La profesora El alumno
El contrato de aprendizaje
El contrato de aprendizaje es una herramienta que permite acotar qué
actividades y qué resultados ha de obtener, mediante aprendizaje supervisado, en unos
plazos concretos un estudiante. Se trata de una modalidad de acuerdo formal entre
partes que vincula a una persona que quiere formarse (formando) con una persona de su
entorno profesional (mentor). Este asume el compromiso de efectuar un seguimiento de
los progresos, estancamientos o fracasos del formando durante un período determinado.
Direcciones de referencia
Los contratos de aprendizaje han puesto en marcha en entornos universitarios de
segundo o tercer ciclo así como en entornos empresariales. Las siguientes direcciones
sirven de botón de muestra:
• xxxx://xxxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xxx.xx/xx/xx.xxx Western Xxxxxx
University
• xxxx://xxx.xxxxx-xxxxxx.xxx/xxx_xxxxx/xxxxxxxx/ The Web portal for
educators
• xxxx://xxx.xxx.xxxx.xx.xx/xxx/xxxxx.xxxx Postgraduate Learning Program
•
xxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx.xxx/xxxxxxxx/xxxxxxx/xxxxxxxx_xxxxxxxx.xxxx,
LC-UMD
• xxxx://xxx.xxxx.xxx/xxxx/xxx/xxxx/xxxxxxxx.xxxx University of
Maryland.
• xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx-xxxxxxxxx.xx.xx/XXX.xxx Psychological
Contract Scale
Delimitación conceptual
Es una herramienta de trabajo individualizada que se moldea en función de las
querencias y de las carencias que la persona que quiere aprender pone de manifiesto
ante la persona que va a convertirse, durante algún tiempo, en su rodrigón. Al
formalizarse el acuerdo mediante un contrato se recalca la existencia de un compromiso
que vincula a ambas partes en la consecución del crecimiento profesional y personal en
la dirección deseada. Ello da pie a que
• formando y mentor acuerden un calendario de reuniones periódicas,
• el mentor fije un plan de actividades aprendizaje que pueden acaecer
dentro y fuera del aula, dentro y fuera del puesto de trabajo,
• el formando se empeñe en el aprendizaje a conseguir con un talante
proactivo, relegando a un segundo plano los esquemas reactivos,
• el formando tenga que asumir su protagonismo en el proceso de
aprendizaje, relegando a un segundo plano el papel de la enseñanza,
• el formando avance a su propio ritmo y en sintonía con las metas que
persigue bajo la supervisión de un mentor,
• la disciplina del propio formando y las interacciones que mantiene con el
mentor son un ingrediente clave para el seguimiento de los sucesivos
logros o la corrección de los posibles fracasos.
El formando y su mentor se comprometen, durante un tiempo dado, a llevar a
cabo evaluaciones periódicas de índole formativa y a concluir el contrato cuando se
produzca una evaluación sumativa final. Asimismo el mentor realiza evaluaciones
periódicas de índole psicológica para comprobar si se produce la oportuna re-
estructuración cognitiva y si la motivación y el interés del formando perduran. Subyace
un contrato psicológico para salir al paso de estados de desaliento o de la tentación de
abandono.
El mentor se compromete asimismo a dar una recompensa externa al formando
o a realzar una recompensa interna del formando. La gama de recompensas viables
suelen estudiarse y acordarse al inicio.
Componentes básicos
He aquí los cinco componentes más habituales en los contratos de aprendizaje.
• El punto xx xxxxxxx es la identificación de aquellas metas que se quieren
alcanzar y para cuya consecución el aprendizaje es un medio. En otras
palabras, se da respuesta a la siguiente pregunta: ¿a donde quiero llegar
en mi capacitación profesional?
• A continuación se concretan cuáles con las carencias que detectan la
persona que quiere formarse y la persona que va a actuar como su
mentor. Suelen contrastarse los puntos fuertes y los puntos débiles, la
disposición y talante personal con la mira en dar respuesta a la siguiente
pregunta: ¿Cuál es mi punto xx xxxxxxx?.
• En tercer lugar el formando y su mentor pasan revista a los recursos para
el aprendizaje disponibles. Ambos efectúan un análisis de esfuerzos y
resultados, de costes y beneficios con el propósito de responder a la
siguiente pregunta: ¿Cómo puedo llegar allí?
• Seguidamente, se concretan los indicios, señales, pruebas que permiten
constatar que se consiguen las cotas de aprendizaje pertinentes, que se
progresa en la dirección deseada. Se procura dar respuesta a la siguiente
pregunta: ¿Aprendo lo que preciso?
• Finalmente, se fijan los criterios que permiten elucidar que el grado de
pericia alcanzado es el pertinente, que se ha tenido éxito, que el contrato
de aprendizaje se da por concluido. Se despeja la incógnita definitiva:
¿He llegado a donde quería llegar?
Protocolo
A título de ejemplo se reseña a continuación un esquema básico del protocolo
que deben cumplimentar el formando y el mentor al comienzo del acuerdo y a lo largo
de las sucesivas reuniones de trabajo. Se trata de un esquema ajustable a los acuerdos
que se concreten. Suelen firmarse al menos dos copias, unas para el formando y otra
para el mentor. Xxxxx firmarse una tercera copia para el responsable del programa de
formación.
Contrato de aprendizaje
Nexos con el contrato psicológico
Esta herramienta está relacionada con el concepto de contrato psicológico al que
aluden
• los psicólogos del trabajo al ahondar en las relaciones que vinculan a los
empleados con la organización en la que prestan sus servicios,
• los psicólogos clínicos de orientación conductista al establecer los
lindes de las interacciones y compromisos que mantiene con sus
pacientes.
El contrato de aprendizaje y el contrato psicológico comparten un esquema
subyacente parejo:
• Centra la atención en un acuerdo formalizado,
• Se percibe una relación de contraprestación equitativa
• Se recalca la importancia de la implicación personal
• Se fija un marco temporal de ejecución .
Bibliografía:
Xxxxxxx, X. (1986). Using learning contracts: practical approaches to
individualising and structuring learning. San Xxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxx.
Nombre del formando ....................................................................................... Nombre del mentor ........................................................................................... Fecha xx xxxxxxx ................................. Fecha prevista de conclusión ............................. Denominación programa ................................................................................................. Recompensa acordada ......................................................................................................
¿A donde quiero llegar?
¿Cuál es punto xx xxxxxxx?.
¿Cómo puedo llegar allí?
¿Aprendo lo que preciso?
¿Llegué a donde quería llegar?
Firmas del formando y del xxxxxx
Xxxxxxxx, D.M. (1995) Psychological contracts in organizations: understanding
griten and unwritten agreements. New York, Sage
Xxxx X. Xxxxxx
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