Seleccionar la Propuesta más favorable para la adjudicación de un (1) Contrato de Interventoría cuyo objeto será: “La interventoría integral del Contrato de Concesión, que incluye pero no se limita a la interventoría técnica, financiera, jurídica,...
MINISTERIO DE TRANSPORTE INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES
CONCURSO DE MERITOS SEA-CM-PRE-001-2010 OBJETO:
Seleccionar la Propuesta más favorable para la adjudicación de un (1) Contrato de Interventoría cuyo objeto será: “La interventoría integral del Contrato de Concesión, que incluye pero no se limita a la interventoría técnica, financiera, jurídica, medioambiental y sociopredial del mismo” del contrato de concesión No. 002 del 14 de enero de 2010, el cual hace parte del Proyecto Vial Ruta del Sol y que corresponde al Sector 1: Tobiagrande/Villeta El Korán.
INFORME DE RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES PRESENTADA AL INFORME PRELIMINAR DE PRECALIFICACION DE PROPUESTAS
Una vez publicado el informe preliminar de evaluación de precalificación de las propuestas los interesados presentaron observaciones al mismo, y en tal sentido el Instituto Nacional de Concesiones procede a dar respuesta a cada una de ellas.
1. OBSERVACIONES DE CARÁCTER JURIDICO INTERESADO No. 1 CONSORCIO CRA – AUDING
La firma española AUDING S.A. no presenta carta de autorización al apoderado para suscribir contratos superiores a US 50.000, ni presenta inscripción en el RUP.
Mediante radicado INCO No.0000-000-0000000 del 3-06-10 Y 0000-000-000000 2 el Consorcio CRA AUDING 001, frente a la observación manifiesta:
• “Carta de autorización al apoderado para suscribir contratos superiores a US 50.000.
De acuerdo con la Carta de Presentación según modelo suministrado por el Instituto Nacional de Concesiones, se cita presentamos Manifestación de Interés en desarrollo del proceso de precalificación No.SEA-CM-PRE-002-2010 por lo que no es procedente solicitar una Carta de Autorización para suscribir contratos, puesto que el proceso licitatorio se encuentra en la Etapa de Precalificación , por lo que este documento seria aplicable en el proceso de presentación de propuestas del Concurso de Meritos No. SEA-CM-002-2010 de acuerdo con el prepliego. La etapa de presentación de propuesta y firma de contrato es posterior a la presente etapa. En su debido momento se hará llegar al INCO.
Igualmente se adjunta certificación expedida por Xxxx Xxxxx Quer Xxxxxxxx a la apoderado a la FIRMA AUDITORIA E INGENIERIAS SA donde se ratifica la representación de Xxxxxx Xxxxxx para la participación de FIRMA AUDITORIA E INGENIERIAS SA en el proceso SEA- CM-PR-002-2010.
También se aclara al INCO que el poder otorgado a Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx incluido en la manifestación en el folio 036 puede ejercer en todo el territorio de la REPUBLICA DE COLOMBIA todas y cada una de las siguientes: FACULTADES literal” a) Concurrir con facultades ilimitadas a todo tipo de procesos licitatorios, caso actual”.
INCO RESPONDE
Dentro de los requisitos habilitantes establecidos en el numeral 3.4.3 del documento de convocatoria se encuentra la capacidad jurídica en la cual se establece que en el Certificado RUP deberá constar la capacidad jurídica del representante legal para la presentación de la manifestación de interés, para la presentación de la propuesta y para la suscripción del contrato, en el numeral romano (iii) se prevé que cuando se tiene limitaciones estatutarias para presentar la manifestación de interés y o propuesta, suscribir el contrato o realizar cualquier otro acto requerido para la presentación de la manifestación de interés de la propuesta de la participación o concurso de merito yo para la contratación en caso de resultar adjudicatario, se deberá presentar en la manifestación de interés un extracto de acta en la que conste la decisión del órgano social correspondiente, que autorice la presentación de la manifestación de interés y de la propuesta en caso de quedar incluidos en la lista corta definitiva, la celebración del contrato y la realización de los demás actos requeridos para la contratación en caso de quedar adjudicatario.
En consonancia con lo anterior era necesario que el integrante consorcial presentara la autorización de la sociedad española AUDING S.A. dada al representante o apoderado para celebrar el contrato resultante del proceso de selección en caso de resultar adjudicatario.
El artículo 10 del Decreto 2474 de 2008, dispone: “(…) En ningún caso la entidad podrá señalar taxativamente los requisitos o documentos subsanables o no subsanables en el pliego de condiciones, ni permitir que se subsane la falta de capacidad para presentar la oferta, ni que se acrediten circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso”. (Subrayado y negrilla fuera de texto)
Para confirmar lo anterior el numeral 3.10 establece de documento de convocatoria prevé que la ausencia o errores en los documentos mediante los cuales se acredita la capacidad jurídica del interesado, no serán subsanables y por lo tanto implicaran el rechazo de manifestación de interés. NO HABIL.
• “Inscripción en el RUP:
La inscripción en el RUP se efectúo bajo el régimen del Decreto 1464 del 24 xx xxxxx de 2010 dando cumplimiento con lo detallado en los documentos de convocatoria versión 8 publicado en la pagina del SECOP el 12 xx xxxx de 2010 a las 6:21 PM, por lo que se adjunto en la manifestación de interés en el folio 138 – A el recibo de inscripción.
Igualmente se adjunta Certificación de la Cámara de Comercio de Bogotá en la cual la firma AUDITORIAS E INGENIERIAS SA presento la inscripción para el REGISTRO UNICO DE PROPONENTES bajo el régimen del Decreto 1464 del 2010 la cual se encuentra en trámite.
Por otra parte dentro de los Documentos de Convocatoria Versión 8, numeral 3.4 criterios para conformar la lista corta 3.4.1 clasificación de los interesados, literal c) Los Interesados que
presenten Manifestaciones de Interés de manera conjunta a través de Estructuras Plurales se encuentra clasificado en el RUP de conformidad con lo establecido en el literal (a) del presente numeral (en caso de que dicho MAP deba estar inscrito en el RUP) o (ii)por lo menos uno de los MAP que conforman la Estructura Plural desarrolla como parte de su objeto empresarial las actividades señaladas en el literal b del presente numeral (en caso de que dicho MAP no tenga que estar inscrito en el RUP).
Que de acuerdo con este requisitos unos de los MAP de las Estructuras Plurales que es en caso de CONSULTORES REGIONALES ASOCIADOS CRA SA COMO MAP DEL CONSORCIO CRA –AUDING cumple con la INSCRIPCION EN EL RUP Y EN LAS
ACTIVIDADES requeridas en el documento de Convocatoria por lo tanto no es necesario aportar el RUP de AUDITORIAS E INGENIERIAS S.A.”
INCO RESPONDE
En el numeral 3.4.3 requisitos habilitantes-interesados Colombianos o Extranjeros obligados a inscribirse en el RUP del documento de Convocatoria, se establece que los interesados colombianos o extranjeros obligados a inscribirse en el RUP deberán adjuntar como parte de la manifestación de interés su propio certificado y en el caso de las estructurales plurales cada uno de los miembros debe adjuntarla. Igualmente se establece en el literal a (i) del mismo numeral que las personas extranjeras domiciliado o con sucursal en Colombia deberán acreditar su existencia, vigencia y representación legal y capacidad jurídica presentando su respectivo certificado RUP. Con fundamento en lo anterior la firma AUDING SA con sucursal en Colombia debía presentar el RUP, el cual no fue anexado en la manifestación de interés aunque anexo el certificado de existencia y representación legal en los folios 132 a 137 y 267 a 274, en el folio 137 presenta el recibo de inscripción en el RUP, reiterando que en ningún momento se presenta el RUP por parte de la firma AUDING S.A., existiendo la obligación legal conforme al artículo 6 de la Ley 1150 de 2007 de estar inscritos en el RUP por ser una persona jurídica extranjera con sucursal en Colombia.
De acuerdo con lo anterior y lo establecido en el numeral 3.10.2 al no presentar el RUP se rechaza la respetiva manifestación de interés. NO HÁBIL.
Con radicado INCO No. 2010-409-012999-2 del 9 xx xxxxx de 2010, el Representante Legal del Consorcio Proyección Vial Puerto Xxxxxx y Consorcio Proyección Vial Tobiagrande Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx, presento la siguiente observación al consorcio CRA AUDING: “ … a folio 36 la sociedad comercial española AUDING SA otorga poder al señor Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx para que presente manifestación de interés en el concurso de meritos mencionados en el asunto sin embargo, su autorización se encuentra limitada a la ejecución de negocios que no superen los USD$50.000 así pues, era obligación del representante del integrante consorcial presentar la autorización de la sociedad para celebrar el negocio respectivo resultante de los negocios presentes. Dicha condición hace parte de los requisitos esenciales a todos los negocios jurídicos en especial en lo que se refiere al consentimiento para celebrar contratos que superen los USD $ 50.000 dado que, no es de la ejecución normal del objeto de la sociedad dejar en manos del representante legal o mandatarios de la persona jurídica contratos de mayor valor en tanto que estos actos fueron reservados exclusivamente a órganos societarios de mayor competencia.
Por lo tanto dicha situación se encuentra enmarcada en lo señalado en el numeral 3.1.0.1 del documento de convocatoria que a tener literal establece
3.1 REGLAS DE SUBSANABILIDAD
3.10.1 En los términos del parágrafo 1 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 el INCO podrá solicitar en cualquier momento hasta la Publicación de la lista Corta que el Interesado aclare la información presentada en la Manifestación de Interés. Sin perjuicio de lo anterior la ausencia o errores en los documentos mediante los cuales se acredita la Capacidad Jurídica del Interesado, no serán subsanable y por lo tanto implicaran el rechazo de Manifestaciones de Interés. (subrayado fuera de texto).
De ahí que la propuesta incumpla con lo requerido por la entidad razón por la cual debe ser rechazada.
INCO RESPONDE
Dentro de los requisitos habilitantes establecidos en el numeral 3.4.3 del documento de convocatoria se encuentra la capacidad jurídica en el cual se establece que en el Certificado RUP deberá constar la capacidad jurídica del representante legal para la presentación de la manifestación de interés, para la presentación de la propuesta y para la suscripción del contrato, en el numeral romano (iii) se prevé que cuando se tiene limitaciones estatutarias para presentar la manifestación de interés y o propuesta, suscribir el contrato o realizar cualquier otro acto requerido para la presentación de la manifestación de interés de la propuesta de la participación o concurso de merito yo para la contratación en caso de resultar adjudicatario, se deberá presentar en la manifestación de interés un extracto de acta en la que conste la decisión del órgano social correspondiente, que autorice la presentación de la manifestación de interés y de la propuesta en caso de quedar incluidos en la lista corta definitiva, la celebración del contrato y la realización de los demás actos requeridos para la contratación en caso de quedar adjudicatario.
En consonancia con lo anterior era obligación del integrante consorcial presentar la autorización de la sociedad española AUDING SA al representante para celebrar el contrato resultante del proceso de selección en caso de resultar adjudicatario.
Para confirmar lo anterior el numeral 3.10 establece que la ausencia o errores en los documentos mediante los cuales se acredita la capacidad jurídica del interesado, no serán subsanables y por lo tanto implicaran el rechazo de manifestación de interés. NO HABIL
INTERESADO No. 2 CONSORCIO CONCESIONES PARA EL FUTURO
En el informe de evaluación se le indicó al interesado que conforme al certificado de existencia y representación del integrante XXXXX XXXXXX Y ASOCIADOS S.A., el representante legal necesitará aprobación de la firma PETROTIGER LTDA. para realizar las siguientes actividades: "9. CIERRE DE NEGOCIOS. EL CIERRE O CLAUSURA DE CUALQUIER NEGOCIO O ACTIVIDAD DE LA COMPAÑÍA CUYOS INGRESOS BRUTOS ANUALES SEAN DE DOSCIENTOS CINCUENTA MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA (USD 250.000) O MAS (...) 14. ACUERDOS FUERA DEL GIRO ORDINARIO DE LOS NEGOCIOS. LAS SUSCRIPCIÓN DE ACUERDOS, CONTRATOS O ENTRADA EN TRANSACCIONES QUE SEAN INUSUALES AL GIRO ORDINARIO DE LOS NEGOCIOS DE LA COMPAÑÍA, O CUYAS PRESTACIONES RESULTEN
NOTABLEMENTE ONEROSAS O CUYO TÉRMINO DE DURACIÓN SEA NOTABLEMENTE LARGO EN COMPARACIÓN CON OTROS ACUERDOS CONTRATOS O TRANSACCIONES DE LA MISMA NATURALEZA, SUSCRITOS POR LA COMPAÑÍA EN EL PASADO O SI NO HAN SIDO SUSCRITOS NUNCA POR LA COMPAÑÍA QUE SE APARTEN NOTABLEMENTE EN LOS ASPECTOS ANTES MENCIONADOS ONEROSIDAD Y TERMINO DE DURACIÓN A LOS OTROS CONTRATO O ACUERDOS DE SIMILARES CARACTERÍSTICAS EN EL MERCADO" y no aportó
documento contentivo de la autorización.
Igualmente que respecto de los documentos que se relacionan a continuación, los cuales fueron otorgados, autenticados, legalizados y consularizados en Chile, carecían de la legalización de la firma del Cónsul Colombiano ante la Oficina de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, conforme al numeral 3.2.2. del documento de convocatoria:
• Poder conferido Xxxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx. Folios 16 y 17.
• Estados financieros de Ingelog Consultores de Ingeniería y Sistemas S.A. Adicionalmente en este documento el sello del Cónsul Colombiano presenta uso de corrector en la fecha. Folios 81 a 95.
• Certificación de la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile. Folio 97.
• Fotocopia de la licencia del contador Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx. Folio 98.
• Certificado Tipo A. Folio 99.
• Información fiscal. Folios 100 a 104. Adicionalmente en este documento el sello del Cónsul Colombiano presenta uso de corrector en la numeración consecutiva.
• Certificaciones del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Folios 112 y 113.
• Copias de escrituras de la sociedad Ingelog. Folios 114 a 119 y 127.
• Acta de junta extraordinaria de accionistas. Folios 126 a 129.
• Copias de los pasaportes de Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx y Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx. Folios 130 y 131.
Mediante comunicación radicada en el INCO el 3 xx xxxxx de 2010 con el No. 2010-409-012714-2, XXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXXXX, representante legal del consorcio manifiesto:
“…En cuanto a la plena capacidad jurídica del miembro XXXXX XXXXXX Y ASOCIADOS S.A., consideramos que existe una imprecisión por parte del grupo evaluador en cuanto a cuáles son las actividades delegadas al Representante que son sujeto de aprobación por parte de la Junta Directiva de XXXXX XXXXXX y cuales son objeto de aprobación de la Junta Directiva de PETROTIGER LTDA. veamos:
Las funciones generales del Representante Legal, determinadas en el reverso del folio 68 de nuestra oferta, son las siguientes:
a. Celebrar contratos.
b. Representar a la sociedad judicial y extrajudicialmente ante toda clase de autoridades y designar apoderados.
c. Convocar a la junta directiva y la asamblea general de accionistas a reuniones ordinarias y extraordinarias.
d. Transigir, recibir, desistir y comprometer en los negocios sociales.
e. Elevar a escritura pública las reformas estatutarias que apruebe la Asamblea General de Accionistas.
f. Cumplir con las demás funciones que le señale la Junta Directiva y la Asamblea General de Accionistas.
Para celebrar actos o contratos relacionados con los literales anteriores, que excedan la suma equivalente a mil salarios mínimos legales mensuales vigentes, el Representante Legal requiere obtener previa autorización de la Junta Directiva de XXXXX XXXXXX Y ASOCIADOS S.A. Es decir, para ejecutar todas las actividades y negocios que comprometan el objeto social el cual corresponde entre otras a la prestación de servicios de ingeniería y asesoría técnica, estudios e interventorías gerencia de obras y proyectos y todo lo relacionados con la ingeniería, que sobrepasen esos mil (1000) SMLMV requerirá exclusivamente esa aprobación de la junta de XXXXX XXXXXX Y ASOCIADOS S.A.
En cumplimiento de lo anterior y en la medida que el proceso referenciado en el asunto corresponde a servicios de interventorìa, que según el presupuesto asignado sobrepasan los mil SMLMV, la junta Directiva de XXXXX XXXXXX Y ASOCIADOS S.A., mediante Acta No. 981 del 19 xx xxxxx de 2010, autorizó expresamente al Representante Legal para asociarse en Consorcio con los miembros que conforman nuestra oferta, así como para presentar la manifestación de interés y firmar el contrato y todos los documentos que se requieran hasta la firma del contrato correspondiente (Acta anexa a folio 72).
Caso distinto es la autorización que requiere el representante legal por parte de la Junta directiva de PETROTIGER LTDA para las actividades expresamente señaladas por el grupo evaluador y que corresponden a los numerales 9) y 14) de la página 3 de 5 del certificado expedido por la Cámara de comercio de Bogotá, los cuales pasamos a explicar:
En el numeral 9) expresamente señala que requerirá autorización de ese grupo directivo para el cierre o clausura de cualquier negocio o actividad que la Compañía actualmente desarrolle y cuyos ingresos brutos anuales sean de doscientos cincuenta mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (USD 250.000) o más. Es decir, si el Representante Legal quisiera liquidar o terminar una actividad comercial actualmente desarrollada por XXXXX XXXXXX que sobrepase la cuantía señalada, deberá contar con dicha autorización, todo lo cual es totalmente distinto a la autorización que se requiere para desarrollar su objeto social y que sobrepase en cuantía 1000 SMMV (sic).
El numeral 14) es mucho más claro en cuanto a que expresamente señala que la autorización recae sobre actividades o acuerdos fuera del giro ordinario de los negocios de la compañía y los contratos y acuerdos asociados a esos inusuales negocios. El proceso que nos ocupa, corresponde, reiteramos, a la actividad normal del giro de los negocios de la Compañía, toda vez que el servicio a prestar corresponde a interventoría de obras que según se determina en el Certificado de la Cámara, hace parte del objeto principal a desarrollar por la razón social.
Por lo anteriormente expuesto, es claramente evidente que el Representante Legal de la Firma XXXXX XXXXXX Y ASOCIADOS cuenta con la capacidad jurídica suficiente para comprometer la Compañía en este proceso o negocio, toda vez que el órgano competente para autorizarlo lo efectuó mediante el Acta 961 del 19 xx xxxxx de 2010, anexa a la manifestación de interés.
En cuanto a la observación de los documentos consularizados anexos por el miembro INGELOG S.A., en la que requieren la legalización de la firma del Cónsul Colombiano en la oficina de legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, según lo supuestamente determinado en el numeral 3.2.2. del documento de convocatoria, manifestamos lo siguiente:
El Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, en su página WEB, publicó un aviso mediante el cual informaba que a partir del 1 xx xxxxxx de 2009 los documentos firmados por los Cónsules de Colombia, acreditados en el exterior, podrán ser presentados sin necesidad de ser legalizados por el Ministerio.
De hecho, el INCO, a la pregunta No. 57 de la “Segunda ronda de preguntas y respuestas”, mediante la cual la firma INGELOG S.A. preguntó sobre la necesidad de esta legalización, respondió lo siguiente:
“No es necesario ingresar dichos documentos a Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia…”
Con base en lo anterior, solicitamos amablemente otorgar la condición de hábil en la evaluación jurídica de la oferta presentada por el CONSRCIO CONCESIONES PARA EL FUTURO.
Finalmente, sobre la apreciación que en los estados financieros de la firma INGELOG el sello del Cónsul Colombiano presenta uso de corrector en la fecha, nos permitimos certificar bajo la gravedad de juramento que dicha situación ocurre por la forma en que mecánicamente se controla con cinta el consecutivo y no a ninguna adulteración de datos…”
INCO RESPONDE
Sea lo primero transcribir el numeral 3.2.2. del documento de convocatoria:
“…3.2.2 Documentos Otorgados en el Exterior
(a) Consularización. De conformidad con lo previsto en el artículo 480 del Código de Comercio, los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes. Tratándose de sociedades, al autenticar los documentos a que se refiere el mencionado artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país. Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (Oficina de Legalizaciones) para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes…”
Conforme al anterior numeral del documento de convocatoria, no es ninguna suposición el requerimiento realizado al interesado en el informe de evaluación, respecto de los documentos aportados con la manifestación de interés, que carecen del requisito de legalización de la firma del Cónsul Colombiano en Chile.
Adicionalmente, verificada la segunda ronda de preguntas y respuestas, en la No. 57, se determina que en la misma se dieron las siguientes respuestas:
“…El Documento de Convocatoria señala en su numeral 3.2.2 literal (d) Traducción Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma castellano deberán presentarse acompañados de una traducción oficial a dicho idioma, traducción que deberá ser efectuada por un traductor oficial debidamente registrado como tal en Colombia o en el país de origen del Interesado. En cualquiera de los casos se deberá acreditar la calidad de traductor oficial en los términos señalados en la Ley Aplicable o en la xxx xxx xxxx de origen de la traducción. Los Anexos a este Aviso de Convocatoria no requerirán de traducción oficial, pero cualquier documento adjunto a dichos Anexos si lo requerirá.
La consularización o Apostilla de los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse en original o copia auténtica so pena de tenerse como no presentada…”
Como se observa, la respuesta no relaciona en nada lo manifestado por el interesado.
Así las cosas, en aplicación del numeral 3.2.2. del documento de convocatoria que estableció como requisito la legalización de la firma del Cónsul Colombiano ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de los documentos consularizados, y el interesado no aportó la documentación con el tramite en referencia.
Respecto de la capacidad del representante legal del integrante XXXXX XXXXXX ASOCIADOS S.A., no se comparte el análisis realizado por el representante legal del interesado, toda vez que de una lectura juiciosa del certificado de existencia y representación legal, este es claro al establecer como requisito adicional para la realización de las actividades señaladas en los numerales 9) y 14) la aprobación de la junta directiva de la empresa PETROTIGER LTDA., y no como lo manifiesta en su comunicación que solo se “requerirá exclusivamente” autorización de la junta de socios de XXXXX XXXXXX ASOCIADOS S.A. para los contratos que superen los 1000 smlmv.
En efecto, en el certificado de existencia y representación que fuera aportado con la manifestación de interés se establece literalmente:
“…PARÁGRAFO PRIMERO. PARA CELEBRAR ACTOS O CONTRATOS QUE EXCEDAN LA SUMA EQUIVALENTE A MIL (1.000) SALARIOS MINIMOS MENSUALES VIGENTES (SIC), EL REPRESENTANTE LEGAL REQUIERE OBTENER PREVIA AUTORIZACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA DE XXXXX XXXXXX S.A. ADICIONALMENTE, EL REPRESENTANTE LEGAL NECESITARÁ PREVIA AUTORIZACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA DE PETROTIGER LTDA., POR MAYORÍA DE LOS VOTOS PRESENTES EN LA RESPECTIVA REUNIÓN PARA REALIZAR LOS SIGUIENTES ACTOS Y ACTIVIDADES, SIN IMPORTAR QUE ALGUNO (S) DE DICHOS ACTOS O ACTIVIDADES TAMBIÉN DEBAN SER AUTORIZADOS POR ALGÚN ÓRGANO CORPORATIVO DE LA COMPAÑÍA DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LOS
ESTATUTOS SOCIALES Y/O LA LE Y (SIC)…” (Subrayado y negrilla fuera de texto)
Ahora bien, frente a la observación relacionada con el numeral 9) respecto a que la autorización corresponde para la terminación o liquidación de negocios, no se comparte la apreciación del representante legal del interesado, toda vez esos conceptos se encuadran dentro de la clausura, más no dentro del concepto de cierre de negocios que corresponde a su celebración, y el presente proceso tiene como objeto seleccionar un contratista para la celebración de un contrato de interventoría, que por demás eventualmente generaría en su ejecución ingresos brutos anuales superiores a los doscientos cincuenta mil dólares de los Estados Unidos de Norteamerica.
En cuanto a la observación del numeral 14) no se comparte la apreciación realizada por el representante legal del consorcio, por cuanto la limitación no está ligada como tal a la actividad que pretende desarrollar la sociedad, el numeral es claro cuando establece que la autorización se requerirá cuando los acuerdos estén por fuera del giro ordinario de los negocios Ó cuando las prestaciones resulten notablemente onerosas o cuyo término de duración sea notablemente largo, como es el caso del contrato que eventualmente pretendería suscribirse, de resultar adjudicatarios.
Así las cosas, y ante la notable e imperiosa obligación que tenía el representante legal de la sociedad XXXXX XXXXXX ASOCIADOS LTDA. de obtener previa autorización para participar en el presente proceso, por parte de la junta directiva de la sociedad PETROTIGER LTDA. y no aportarla
junto con la manifestación de interés, aunado al hecho de no aportar los documentos consularizados con el trámite de legalización de la firma del Cónsul, el interesado CONSORCIO CONCESIONES PARA EL FUTURO obtiene calificación jurídica de NO HABIL.
INTERESADO No. 3 CONSORCIO ELTREBOL
El interesado obtuvo calificación jurídica de HABIL, desde el informe de evaluación. INTERESADO No. 4 CONSORCIO INFRAESTRUCTURA VIAL 2010
INTEGRANTE CAL Y MAYOR: Se observó por parte de la entidad la falta de consularización de documentos otorgados en la ciudad de México, conforme al numeral 3.2.2 del documento de convocatoria.
El proponente entrega respuesta en el termino señalado por la entidad, precisando que la consularización no es requerida por indicación del Ministerio de Relaciones Exteriores en aplicación del artículo 259 del código de procedimiento civil, además anota que en la respuesta a la pregunta numero 57, la entidad informó que dicho trámite no es necesario. Verificados los apartes señalados, se confirma lo afirmado por el proponente, por consiguiente debe entenderse HABIL
Adicionalmente, el interesado CONSORCIO CONCESIONES PARA EL FUTURO, mediante comunicación radicada en el INCO el 3 xx xxxxx de 2010 con el No. 2010-409-012716-2, realiza las siguientes observaciones frente al proponente CONSORCIO INFRAESTRUCTURA VIAL 2010:
En relación con la propuesta presentada por el CONSORCIO INFRAESTRUCTURA VIAL 2010, en particular con los documentos acreditados por el integrante APPLUS NORCONTROL COLOMBIA LTDA nos permitimos aclarar lo siguiente:
a. La empresa APPLUS NORCONTROL COLOMBIA LTDA, no corresponde a una sucursal de una empresa extrajera si no que corresponde e (sic) una nueva sociedad cuyos socios son APPLUSS SERVICIOS TECNOLOGICOS S.L. y APPLUS NORCONTROL S.L., creada el 23 de diciembre de 2004, tal y como se puede verificar en el certificado de existencia y representación legal allegado por el proponente.
b. De acuerdo con lo anterior no se acreditó la experiencia solicitada porque para estos efectos APPLUS NORCONTROL COLOMBIA LTDA. hizo uso de manera indebida de la experiencia de uno de sus socios como es XXXXXX XXXXXXXXXX S.L.
c. Se indica que fue de manera indebida por que a la fecha de cierre de la Manifestación de Interés ya se encontraba vencido el plazo consagrado en el artículo 60 del decreto 2474 de 2008, ratificado por el decreto 1464 de 2010, en el siguiente sentido “la experiencia de los socios de una persona jurídica se podrá acumular a la de esta cuando ella no cuente con más de cinco (5) años de constituida. La acumulación se hará en proporción a la participación de los socios en el capital de la persona jurídica.”
d. Adicionalmente el artículo 60 es claro en señalar que cuando el proponente se presente en consorcio o unión temporal su experiencia s (sic) la sumatoria corresponde a cada uno de sus miembros sin que en este evento (presentación plural de la oferta) la norma permita echar mano de la experiencia de otras personas como lo son los socios de los consorciados o de quienes se asocian en unión temporal
INCO RESPONDE
No se comparte la observación realizada por el interesado, toda vez que verificado el certificado de existencia y representación legal, de la empresa APPLUS NORCONTROL COLOMBIA LIMITADA,se determina que si bien fue constituida mediante escritura pública 0007408 del 23 de diciembre de 2004, de acuerdo al mismo certificado por documento privado 0000001 del 5 xx xxxxx de 2006, inscrito el 27 xx xxxxx de 2007 bajo el número 01140786 del libro IX, se comunicó que se ha configurado una situación de control por parte de la sociedad matriz, y que por documento privado del 2 de enero de 2007, inscrito el 29 xx xxxxx de 2007 bajo el número 01141531 del libro IX, se comunicó la sociedad matriz: APPLUS NORCONTROL SLU, con domicilio fuera del país y que se ha configurado una situación de control con la sociedad de la referencia.
INTERESADO No. 5 CONSORCIO RDS 2010
La firma SIGA INGENIERÍA Y CONSULTORÍA S.A. SUCURSAL COLOMBIA dentro del certificado de existencia y representación legal reporta que la duración de su existencia será hasta el 10 de febrero de 2014.
Que la firma en mención, allega un Acta de la octava junta extraordinaria de accionistas en la que se decide "1. Los presentes accionistas, abajo firmantes, nos comprometemos bajo la gravedad de juramento, a reformar los estatutos de la sociedad "SIGA INGENIER{IA Y CONSULTORÍA S.A. SUCURSAL COLOMBIA" dado el caso que resultemos adjudicatarios de cualquiera de los procesos licitatorios en los participemos y cuyo término así lo ameriten, prorrogando la vigencia de la sucursal por periodos iguales a veinte (20) años"
Que como se observa en la transcripción descrita en el párrafo anterior, la decisión tomada en la Junta Extraordinaria de Accionistas, versa sobre prórroga de la duración de la sucursal por periodos iguales a veinte años, dado el caso que resulte adjudicatario de cualquier proceso licitatorio en el que participen, sin embargo, el proceso que nos ocupa es un Concurso de Méritos bajo el sistema de Precalificación , modalidad de selección distinta a la Licitación según lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, situación que implica claridad sobre el compromiso en firme de prorrogar la duración de la persona jurídica para alcanzar los plazos previstos dentro del Documento de Convocatoria, en caso de resultar adjudicatarios del Concurso de Méritos No. SEA-CM-001-2010 y antes de la suscripción del contrato de interventoría.
Así las cosas la calificación jurídica del interesado queda PENDIENTE.
Respuesta del Consorcio RDS 2010, Rad. 2010-409-012721-2 de fecha 3 xx xxxxx de 2010-06-09
“ Se adjunta Acta de la Novena Junta Extraordinaria de Xxxxxxxxxxx, en la cual se revisa, aclara y amplía la decisión de la junta en el siguiente sentido:
1. Los presentes accionistas, abajo firmantes, nos comprometemos bajo la gravedad de juramento, a reformar los estatutos de “SIGA INGENIERÍA Y CONSULTORÍA S.A. SUCURSAL COLOMBIA”, dado que el caso que resultemos adjudicatarios de cualquiera de los procesos en los que participemos, bajo cualquiera de las modalidades de selección establecidas en el Artículo 2° de la Ley 1150 de 2007 (licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos bajo el sistema de precalificación, contratación directa y demás sistemas incluidos en este artículo) y cuyos términos así lo ameriten, prorrogando la vigencia de la sucursal por períodos iguales a veinte (20) años
2. Esta reforma se hará posterior a la adjudicación del proceso bajo cualquiera de las modalidades de selección establecidas en el Artículo 2° de la Ley 1150 de 2007 y con anterioridad a la firma del contrato correspondiente.
Con lo anterior, damos cumplimiento al requerimiento indicado en el pliego de condiciones y por lo tanto, solicitamos Habilitar la capacidad jurídica del Consorcio RDS 2010. ”
Respuesta de la entidad
Que una vez verificada el Acta Novena de la Junta Extraordinaría de Accionistas de SIGA INGENIERÍA Y CONSULTORÍA S.A. SUCURSAL COLOMBIA suscrita en la ciudad de Santiago de Chile, el día 2 xx xxxxx de 2010, se encuentra que:
1. Se revisó el compromiso adoptado por la junta de accionistas en la Octava reunión extraordinaria, en el cual se estableció bajo la gravedad de juramento, precisando que los accionistas firmantes, se comprometen bajo la gravedad de juramento, a “(…) reformar los estatutos de SIGA INGENIERÍA Y CONSULTORÍA S.A. SUCURSAL COLOMBIA, dado el caso que resultemos adjudicatarios de cualquiera de los procesos en los que participemos, bajo cualquiera de las modalidades de selección establecidas en el Artículo 2° de la Ley 1150 de 2007 (licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos bajo el sistema de precalificación, contratación directa y demás sistemas incluidos en este artículo) y cuyos términos así lo ameriten, prorrogando la vigencia de la sucursal por períodos iguales a veinte
(20) años (…).”
2. Se prosigue con la verificación del documento de conformidad con lo establecido en el literal
(a) numeral 3.2.2 del Documento de Convocatoria, denominado “Consularización”, así:
a) El Notario Público doctor Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx “CERTIFICO QUE EL PRESENTE LEGAJO COMPUESTO DE 03 FOJAS ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL QUE HE TENIDO A LA VISTA Y HE DEVUELTO AL INTERESADO” en Xxxxxxxx 0 xx xxxxx xx 0000 xx Xxxxx.
b) Legalización en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile firma del señor Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx de fecha 2 xx xxxxx de 2010, Oficial de Legalizaciones.
c) El Ministerio de Justicia de Chile “Certifica la autenticidad de la firma de don ” a través de la señora Xxxxxxxx Lagos Xxxxx, Titular de Legalizaciones, en Santiago a los 3 días del mes xx xxxxx de 2010.
d) El Consulado General de Colombia doctor Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, en Santiago de Chile, el 3 xx xxxxx de 2010 No. 2640, “(…) El suscrito Cónsul General de Colombia CERTIFICA Que el señor Xxxxxx Xxxxx que autoriza el presente documento ejerce legalmente en la fecha allí expresada las funciones de OFICIAL DE LEGALIZACIONES DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE CHILE, y que la firma y sello de los documentos como en los que usa y acostumbra en sus actos oficiales”
Antes de entrar a dar respuesta al interesado, es necesario transcribir lo contenido en el Documento de Convocatoria, sobre el particular:
“3.4.3 Requisitos Habilitantes – Interesados Colombianos o Extranjeros Obligados a Inscribirse en el RUP.
(…)
a.) Existencia, vigencia, representación legal y Capacidad Jurídica.
(i) Todas las personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, deberán acreditar su existencia, vigencia, representación legal y Capacidad Jurídica presentado su respectivo Certificado RUP.
(ii) El Certificado RUP deberá haber sido expedido máximo sesenta (60) Días antes contados desde la fecha de presentación de la Manifestación de Interés, y en éste deberán constar, por lo menos, los siguientes aspectos:
(1) La existencia y representación legal;
(2) La Capacidad Jurídica del representante legal para la presentación de la Manifestación de Interés, para la presentación de la Propuesta y para la suscripción del Contrato;
(3) Que se han constituido con anterioridad a la Fecha de Cierre, y que el término de duración es por lo menos igual al plazo total estimado del Contrato y cinco (5) años más. (Subrayado y negrilla fuera de texto)
(…)
(iii) En los casos en que el vencimiento del período de duración de la persona jurídica sea inferior al plazo exigido, se admitirá un acta proveniente del órgano social con Capacidad Jurídica para tomar esa clase de determinaciones, en la cual se exprese el compromiso en firme de prorrogar la duración de la persona jurídica para alcanzar los plazos aquí previstos, en caso de resultar adjudicatario y antes de la suscripción del Contrato de Interventoría o de la constitución de la sociedad si se presenta bajo Promesa de Sociedad Futura. Este compromiso deberá reflejarse en la Carta de Manifestación de Interés (Anexo 1). (…)”
Con fundamento en la anterior, y teniendo en cuenta que el Acta Novena de la Junta Extraordinaria de Accionistas de SIGA INGENIERÍA Y CONSULTORÍA S.A. SUCURSAL COLOMBIA suscrita en la ciudad de Santiago de Chile, tiene fecha de 2 xx xxxxx de 2010, fecha posterior al término establecido para el cierre del presente concurso de méritos, se da aplicación a lo dispuesto en el numeral 3.10 del Documento de Convocatoria en consonancia con lo señalado en el inciso quinto del artículo 10 del Decreto 2474 de 2008, el cual dispone: “(…) En ningún caso la entidad podrá señalar taxativamente los requisitos o documentos subsanables o no subsanables en el pliego de condiciones, ni permitir que se subsane la falta de capacidad para presentar la oferta, ni que se acrediten circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso” . (Subrayado y negrilla fuera de texto)
Por lo tanto, la calificación jurídica es NO HÁBIL.
INTERESADO No. 6 CONSORCIO INJOCIV
El interesado obtuvo calificación jurídica de HABIL, desde el informe de evaluación. INTERESADO No. 7 CONSORCIO XXXXXXX - MAB – VELNEC
El interesado obtuvo calificación jurídica de HABIL, desde el informe de evaluación. INTERESADO No. 8 CONSORCIO RDS 1
En el Informe Preliminar de Evaluación de las manifestaciones de interés, la entidad señalo:
Con el fin de dar cumplimiento al artículo 14 de la Ley 64 de 1978 la manifestación de interés presentada por el Consorcio Interventoría RDS1 es avalada por el ingeniero Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx del que no se allega el certificado en el que consta que su matrícula se encuentra vigente, expedido por el Consejo Nacional de Ingeniería COPNIA.
Dentro del objeto social de la firma Xxxxxxxx Xxxxxxx & Asociados S.A.S, se evidencia que el objeto expresado dentro del certificado de existencia y representación legal aportado por dicha firma no guarda relación con el objeto social del presente Concurso de Méritos, por cuanto el aportado con la oferta corresponde a : “OBJETO SOCIAL: LA SOCIEDAD TENDRÁ POR OBJETO LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE CONSULTORIA LEGAL Y FIANCIERA, REPRESENTACION JUDICIAL O EXTRAJUDICIAL A ENTIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS NACIONALES Y EXTRANJERAS, ESTRUCTURACIÓN JURÍDICA, TÉCNICA Y FINANCIERA E PROYECTOS EN ÁREAS TALES COMO: TRANSPORTE, INFRAESTRUCTURA, SERVICIOS DE COMUNICACIONES, O EN CUALQUIER OTRO, ASÍ COMO TAMBIÉN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE BANCA DE INVERSIÓN, PARA LO CUAL PODRÁ DESARROLLAR LAS SIGUIENTES ACTIVIDADES: ASESORÍA FINANCIERA, DISEÑO DE MODELOS FINANCIEROS, EVALUACIÓN FINANCIERA, ANÁLISIS Y PROYECCIONES FINANCIERAS, VALORACIÓN DE COMPAÑÍAS, VALORACIONES ECONÓMICAS, CONSECUCIÓN DE CRÉDITOS O DE CAPITAL, CON BANCA NACIONAL O EXTRANJERA, O CON CUALQUIER TIPO DE INTERMEDIARIO FINANCIERO AUTORIZADO, Y EN GENERAL TODAS LAS ACTIVIDADES FINANCIERAS Y ECONÓMICAS DE EMPRESAS DEL SECTOR PÚBLICO Y PRIVADO. PARÁGRAFO: PARA EL CUMPLIMIENTO DE DICHO OBJETO SOCIAL, LA SOCIAL, LA SOCIEDAD PODRÁ ADQUIRIR, GRAVAR, LIMITAR, DAR O TOMAR EN ARRENDAMIENTO O A OTRO TÍTULO NO TRASLATICIO DEL DERECHO DE DOMINIO TODA CLASE DE BIENES CORPORALES O INCORPORALES, MUEBLES O INMUEBLES, Y ENAJENAR LOS SUYOS PROPIOS CUANDO POR RAZÓN DE NECESIDAD O CONVENIENCIA FUERE ACONSEJABLE HACERLO; TOMAR Y DAR DINERO EN MUTUO, CELEBRAR TODAS LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS QUE LE PERMITAN ADQUIRIR FONDOS U OTRAS ACTIVIDADES NECESARIAS PARA EL DESARROLLO DE SUS ACTIVIDADES, Y EN GENERAL, EJECUTAR TODOS LOS ACTOS Y CELEBRAR TODOS LOS CONTRATOS, SEAN DE CARÁCTER CIVIL MERCANTIL O LABORAL QUE GUARDEN RELACIÓN CON EL OBJETO SOCIAL EXPRESADO, Y TODOS LOS DEMÁS QUE TENGAN COMO FINALIDAD EJERCER LOS DERECHOS Y CUMPLIR LAS OBLIGACIONES LEGALES Y CONVENCIONALES DERIVADOS DE LA EXISTENCIA Y DE LAS ACTIVIDADES DESARROLLADAS POR LA COPAÑIA (SIC).
Así las cosas la calificación jurídica del interesado es NO HÁBIL.
Respuesta del Consorcio RDS 2, Rad. 2010-409-012725-2 de fecha 3 xx xxxxx de 2010 (…)
“ I. OBSERVACIONES AL INFORMA DE EVALUACIÓN – CAPACIDAD JURÍDICA
Para la acreditación de la capacidad jurídica, el documento de convocatoria exige que el proponente acredite que su objeto social principal o complementario le permite la participación en el presente proceso y en el Concurso de Méritos (en sus dos etapas) y la celebración y ejecución del contrato.
El presente proceso de selección tiene como objeto: “La interventoría del Contrato de Concesión, que incluye pero no se limita a la interevntoría técnica, financiera, jurídica, medioambiental y sociopredial del mismo” del contrato de concesión No. 002 del 14 de enero de 2010, el cual hace parte del Proyecto Vial Ruta del Sol y que corresponde al Sector 1: Tobiagrande/Villeta El Korán. Por lo tanto debe demostrarse que el objeto social le permite a los proponente a celebrar y ejecutar el presente contrato de interventoría.
En el informe de evaluación se indica: “El objeto expresado dentro del certificado de existencia y representación legal aportado por dicha firma (XXXXXXXX XXXXXXX & ASOCIADOS S.A.S) no guarda relación con el objeto social del presente Concurso de Méritos”. Esta afirmación no corresponde a la realidad por cuanto el objeto social contenido en el certificado de existencia y representación legal expresa: “…la prestación de servicios de consultoría legal y financiera…”
Los contratos de consultoría son los que celebren las entidades estatales referidos a los estudios necesarios para la ejecución de proyectos de inversión, estudios de diagnóstico, prefactibilidad o factibilidad para programas o proyectos específicos, así como a las asesorías técnicas de coordinación, control y supervisión, según lo establecido en el Artículo 32 de la Ley 80.
La interventoría se encuentra incluida en los contratos de consultoría. Es así, como el artículo 32 de la Ley 80 de 1993 establece: “Son contratos de consultoría los que tienen por objeto la intereventoría, asesoría, gerencia de obra o proyectos, dirección, programación y la ejecución de diseños, planos, anteproyectos y proyectos.” (NEGRILLA FUERA DE TEXTO).
Es tan claro, que la mayoría de los concursos de méritos que tienen por objeto la adjudicación de contratos de interventoría los denominan contratos de consultoría para la interventoría.
Siendo claro que la interventoría es una especie de la consultoría y que la prestación de servicios de consultoría es parte del objeto social xx XXXXXXXX XXXXXXX & ASOCIADOS S.A.S. nos referimos a continuación a un aspecto de mayor trascendencia sobre el particular.
Quien ejecuta el contrato de interventoría es el consorcio. La Ley 80 de 1993, al crear las figuras de los consorcios y uniones temporales y constituirlas como sujetos de la contratación administrativa, reconoce una realidad del mundo negocial que son los denominados “contratos de colaboración económica” que en la actualidad celebran para la efectiva realización de proyectos de contratación pública altamente especializados e intensivos en capital.
En virtud de lo anterior, es claro que no es necesario que todos los integrantes del consorcio cuenten con el mismo objeto social. De tal forma que si bien todos los integrantes del consorcio deben tener un objeto social que tenga relación con el objeto del presente concurso de méritos no todos tienen que tener capacidad jurídica para celebrar contratos de interventoría técnica, jurídica y económica. Por lo tanto, algunos tendrán capacidad para la celebración de contratos de interventoría jurídica, otros de intereventoría técnica ect
El objeto que debe permitir la ejecución es el del consorcio y se cumple”
El interesado ajunta copia del certificado del Consejo Profesional Nacional de Ingeniería COPNIA, del ingeniero XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX, vigente.
Respuesta de la Entidad
Antes de entrar a dar respuesta al observante, es importante señalar que los requisitos de “Existencia, vigencia, representación legal y capacidad jurídica” contenidos como Habilitantes dentro del Documento de Convocatoria, en cuanto a las Estructuras Plurales, específicamente en lo que se refiere a los Consorcios y Uniones Temporales, señala en el numeral (1) literal (iv) del numeral 3.4.3, establece que quienes presenten Manifestaciones de Interés a través de Consorcios y Uniones Temporales, deben cumplir entre otros con el siguiente requisito:
(…)
“Acreditar la existencia, vigencia, representación legal y la Capacidad Jurídica de todos y cada uno de los miembros de la estructura Plural (…)” (Subrayado y negrilla fuera de texto)
Como se observa dentro de los requisitos acreditables se encuentra la Capacidad Jurídica de todos y cada uno de los miembros de la estructura plural, entendiendo como miembro, cada una de las sociedades que conforman dicha forma asociativa, capacidad que de acuerdo con el artículo 99 del Código de Comercio, se ciñe a:
“ La capacidad de la sociedad se circunscribirá al desarrollo de la empresa o actividad prevista en su objeto. Se entenderán incluidos en el objeto social los actos directamente relacionados con el mismo y los que tengan como finalidad ejercer los derechos o cumplir las obligaciones, legal o convencionalmente derivados de la existencia y actividad de la sociedad.” (Subrayado y negrilla fuera de texto)
Al respecto, la Superintendencia de Sociedades en concepto emitido mediante Oficio 220-012334 del 21 de enero de 2008, señalo “(…) Conforme a la norma citada, la sociedad puede ejercer de manera profesional todos los actos previstos en su objeto como actividad empresarial; y, como complemento de lo anterior y en la medida en que tengan una relación de medio a fin con la actividad principal y con el cumplimiento de sus obligaciones, todos los actos tendientes al desarrollo de sus fines.
Así las cosas, es el objeto social de la sociedad de que se trate, el que determina su capacidad negocial y por lo tanto el alcance de las atribuciones de sus administradores, en especial del representante legal que es el órgano de comunicación externa de la misma (…)”.
Así las cosas, y de la lectura literal del objeto social de la sociedad XXXXXXXX XXXXXXX & ASOCIADOS S.A.S. se extracta que dentro de su objeto principal se encuentra “(…) la prestación de los servicios de Consultoría Legal y Financiera, sino la Representación Judicial o Extrajudicial a entidades públicas y privadas nacionales y extranjeras, Estructuración jurídica, Técnica y Financiera en Proyectos en áreas tales como: Transporte, Infraestructura, Servicios de Comunicaciones, o en cualquier otro, así como también la prestación de servicios de banca de inversión”, del análisis lógico-jurídico se evidencia que la actividad económica que desarrolla la sociedad XXXXXXXX XXXXXXX & ASOCIADOS S.A.S. no guarda relación directa con el objeto materia del presente Concurso de Méritos, situación que limita la capacidad de dicha firma para celebrar actos o contratos como persona jurídica, dentro de los cuales no exista de manera directa relación alguna con sus actividades en torno a las cuales se enmarca la capacidad de la sociedad.
Con fundamento de lo anterior, y teniendo en cuenta que el objeto del presente Concurso de Méritos no se enmarca dentro del objeto principal o accesorio de la mencionada firma, situación que implica que no exista una relación de medio a fin entre el objeto social y las actividades inherentes para el
desarrollo del objeto contractual del presente proceso, la calificación jurídica del interesado es NO HÁBIL.
INTERESADO No. 9 CONSORCIO PROYECCION VIAL TOBIAGRANDE
Con el fin de dar cumplimiento al artículo 14 de la Ley 64 de 1978 el interesado debe allegar copia del certificado de la vigencia de la matricula profesional del ingeniero que avala la propuesta, expedido por el Consejo Nacional de Ingeniería COPNIA.
Integrante RYQ INGENIERIA S.A., SOCIEDAD COMERCIAL CHILENA: Los documentos consularizados carecen de legalización de la firma del Cónsul Colombiano ante la Oficina de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, lo anterior conforme al numeral 3.2.2. del documento de convocatoria.
RTA: Mediante radicado INCO No.0000-000-000000 del 3-06 -10 el Consorcio Proyección Vial Tobiagrande, frente a la observación manifiesta:
Se anexa a esta comunicación original del certificado de vigencia de matricula profesional del Ingeniero Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx
Integrante RYQ INGENIERIA S.A., SOCIEDAD COMERCIAL CHILENA: Los documentos consularizados carecen de legalización de la firma del Cónsul Colombiano ante la Oficina de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, lo anterior conforme al numeral 3.2.2. del documento de convocatoria.
Mediante radicado INCO No.0000-000-000000 del 3-06 -10 el Consorcio Proyección Vial Puerto Xxxxxx, frente a la observación manifiesta:
RTA: Se anexa copia autentica de los documentos aportados por el integrante RYQ INGENIERIA S.A., SOCIEDAD COMERCIAL CHILENA, legalizado la firma cónsul colombiano.
INCO responde en los siguientes términos: Una vez verificada la información se determina que frente al requisito se encuentra HÁBIL.
INTERESADO No. 10 CONSORCIO VIAS PARA EL DESARROLLO
El integrante TECNICA Y PROYECTOS SA – TYPSA, presentó documentos que determinan la radicación ante la Cámara de Comercio de la inscripción para el Registro Único de Proponentes, pero se requiere que aporte el Registro Único de Proponentes.
Mediante radicado INCO No.0000-000-000000 del 8-06-10 el Consorcio Vial para el Desarrollo, frente a la observación manifiesta:
RTA: Adjuntamos con este comunicado el Registro Único de Proponentes de la firma TECNICA Y PROYECTOS SA-TYPSA.
INCO responde en los siguientes términos: Una vez revisado se determina que la inscripción el Certificado Único de Proponentes es del 4 xx xxxxx de 2010 quedando establecido que el integrante
no estaba inscrito antes del cierre para la presentación de la manifestación de interés y por lo tanto no cumplía con las condiciones habilitantes.
El documento de convocatoria en su numeral 3.8.2 establece la obligación de presentar el Registro Único de Proponentes de acuerdo con lo siguiente:
“La manifestación de interés debes estar acompañada del Certificado RUP del interesado o de cada uno de los miembros de la estructura plural”.
Y admitir la inscripción en el RUP con posterioridad de la fecha de cierre seria mejorar la oferta lo cual controvierte los principios de la selección objetiva.
Por lo anterior se RECHAZA.
Revisada la pagina web Procuraduría General de la Nación en la verificación de antecedentes disciplinarios, se determina que el integrante TECNICA Y PROYECTOS SA – TYPSA no aparece registrado en el sistema de información.
Mediante radicado INCO No.0000-000-000000 del 8-08-10 el Consorcio Vial para el Desarrollo, frente a la observación manifiesta:
RTA: Adjuntamos con este comunicado certificado vigente de Antecedentes Disciplinarios emitido por la Procuraduría General de la Nación par la firma TECNICA Y PROYECTOS SA’TYPSA el Registro Único de Proponentes de la firma TECNICA Y PROYECTOS SA-TYPSA.
INCO responde: En efecto una vez verificado la página se determino que no tiene antecedentes disciplinarios.
Con radicado INCO No. 2010-409-012999-2 del 9 xx xxxxx de 2010 El Representante Legal del Consorcio Proyección vial Puerto Xxxxxx y Consorcio Proyección Vial Tobiagrande Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx presento la siguiente observación al Consorcio Vias para el Desarrollo: “ a folio 19 la cámara de comercio de Bogotá certifica que la sociedad comercial TYPSA con Nit.900 335 108-1 (deducido del folio 05 donde se constata la existencia de registro único tributario de la empresa en mención) tiene en trámite el registro único de proponente. Ante esta situación debemos solicitarle a esta entidad que califique como inadmite al presente consorcio, en tanto que, el articulo 6 de la Ley 1150 obliga a toda organización empresarial (nacional o naturalizada o con sucursal en Colombia) a estar inscrito en el Registro Único de Proponentes:
Artículo 6: De la verificación de las condiciones de los proponentes todas las personas naturales y jurídicas nacionales o extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales, se inscriban en el Registro único de Proponentes del Registro Único Empresarial de la Cámara de Comercio con jurisdicción en su domicilio principal.
Razón por la que no acreditar esta condición impide a cualquier persona participar en procesos de selección objetiva, entre los que se encuentran los concurso de meritos señalados en el asunto tenga en cuenta que el documento de convocatoria en su numeral 3.8.2 establece la obligación de presentar el Registro Único de Proponentes.
3.8.2 La manifestación de interés deberá estar acompañada del Certificado RUP de interesado (cuando se presente de manera individual) o de cada uno de los miembros de la Estructura Plural según corresponda. Para los interesados extranjero o miembros extranjeros de estructuras plurales que de acuerdo con la ley aplicable no están obligados a inscribirse en el RUP no será requisito allegar el certificado RUP pero deberán acreditar los requisitos habilitantes que señalan en el numeral 3.4.4 en este documento de convocatoria a través del diligenciamiento de formatos 1 y 4 acompañados de los documentos de soporte según estos se indican en el presente de Convocatoria.
Acreditar esta condición luego de haberse iniciado el concurso de meritos significa una mejora de la oferta que se presente inicialmente en vista que no ostenta dicha condición en el momento de presentar la oferta lo cual desconocería los derechos a la igualdad que poseen los otros proponentes.”
INCO responde en los siguientes términos: Una vez revisado se determina que la inscripción el Certificado Único de Proponentes es del 4 xx xxxxx de 2010 quedando establecido que el integrante no estaba inscrito antes del cierre para la presentación de la manifestación de interés y por lo tanto no cumplía con las condiciones habilitantes.
El documento de convocatoria en su numeral 3.8.2 establece la obligación de presentar el Registro Único de Proponentes de acuerdo con lo siguiente:
“La manifestación de interés debes estar acompañada del Certificado RUP del interesado o de cada uno de los miembros de la estructura plural”.
Y admitir la inscripción en el RUP con posterioridad de la fecha de cierre seria mejorar la oferta lo cual controvierte los principios de la selección objetiva.
2. DE CARÁCTER FINANCIERO INTERESADO No. 01 CONSORCIO CRA-AUDING
AUDING no presenta el RUP, razón por la cual no puede evaluarse financieramente. En consecuencia el consorcio se declara NO HABIL.
INTERESADO No. 02 CONCESIONES PARA EL FUTURO
Mediante radicado No 2010-409-012888-2 Y 2010-409-012714-2 xx Xxxxx 03 de 2010, allego aclaración respecto al informe de evaluación asi:
Del consorciado INGELOG en el Formato 1, el PATRIMONIO expresado con los SMLMV del año 2008, cumple con el indicador.
Por tanto CONCESIONES PARA EL FUTURO obtiene calificación financiera de HABIL. INTERESADO No. 03 CONSORCIO SUPERVISIÓN EL TRÉBOL
Cumple con lo exigido en el documento de convocatoria, por lo tanto obtiene calificación financiera de HÀBIL.
INTERESADO No. 04 CONSORCIO INFRAESTRUCTURA VIAL 2010
✓ Del consorciado GETINSA INGENIERIA S.L. No resulta claro el origen de las cifras del Patrimonio en pesos colombianos y en SMLMV reportado en el formato 1, es decir, la conversión de las cifras en euros presentadas en los Estados Financieros a la tasa de cambio vigente a 31 de diciembre de 2008 no coincide con las cifras en pesos colombianos reportados en dicho formato, lo mismo ocurre para el cálculo del capital de Trabajo en el Formato 2.
Observación subsanada, mediante comunicación con radicado INCO 2010-409-012734-2: por lo tanto obtiene calificación financiera de HÀBIL.
INTERESADO No. 05 CONSORCIO RDS 2010
Cumple con lo exigido en el documento de convocatoria, por lo tanto obtiene calificación financiera de HÀBIL.
INTERESADO No. 06 CONSORCIO INJOCIV
✓ Del consorciado INGECON S.A. El Formato 2 esta diligenciado con datos con corte a diciembre de 2009 y la información reportada en el RUP se presenta con corte a diciembre de 2008. En consecuencia se debe diligenciar el formato 2 con las cifras que se reportan en el RUP. Observación subsanada.
✓ Del consorciado XXXXXXX XXXXX Y COMPANIA LTDA. El Formato 2 esta diligenciado con datos con corte a diciembre de 2009 y la información reportada en el RUP se presenta con corte a diciembre de 2008. Adicionalmente se toma el dato del pasivo total y no del pasivo corriente. En consecuencia se debe diligenciar el formato 2 con las cifras que se reportan en el RUP. Observación subsanada.
✓ Del consorciado CIVILTEC INGENIEROS LTDA. El Formato 2 esta diligenciado con datos con corte a diciembre de 2009 y la información reportada en el RUP se presenta con corte a diciembre de 2008. En consecuencia se debe diligenciar el formato 2 con las cifras que se reportan en el RUP. Observación subsanada.
✓ Del consorciado INVESTIGACION Y CONTROL DE CALIDAD S.A. INCOSA SUCURSAL COLOMBIA. El Formato 2 esta diligenciado con datos con corte a diciembre de 2009 y la información reportada en el RUP se presenta con corte a diciembre de 2008. En consecuencia se debe diligenciar el formato 2 con las cifras que se reportan en el RUP. Observación subsanada.
Observación subsanada, mediante comunicación con radicado INCO 2010-409-012678-2 y comunicación con radicado INCO 2010-409-012887-2: por lo tanto obtiene calificación financiera de HÀBIL.
INTERESADO No. 07 CONSORCIO XXXXXXX-MAB-VELNEC
Mediante radicado No 2010-409-012679-2 del 03 xx Xxxxx de 2010, allego la siguiente documentación requerida por cada uno de sus integrantes así:
✓ Del consorciado XXXXXXX INGENIEROS CONSULTORES S.A Formato 1 y 2, corrigiendo LA INFORMACION FINANCIERA con relación al BALANCE GENERAL de fecha 31 de diciembre de 2008 y los respectivos indicadores financieros y puntos, por tanto obtiene calificación financiera HABIL
Por tanto el CONSORCIO XXXXXXX-MAB-VELNEC obtiene calificación financiera de HABIL.
INTERESADO No. 08 CONSORCIO INTERVENTORIAS RDS1
Cumple con lo exigido en el en el documento de convocatoria, por lo tanto obtiene calificación financiera de HÀBIL.
INTERESADO No. 09 CONSORCIO PROYECCION VAIL TOBIAGRANDE
Mediante radicados No 2010-409-012732-2 del 03 xx Xxxxx de 2010 y 2010-409-012938-2 xx Xxxxx 08 de 2010, allego la siguiente documentación requerida por cada uno de sus integrantes así:
✓ Del consorciado R&Q INGENIERIA S.A el formato 1 y 2, con las cifras del balance general aportado en la manifestación de interés con corte a diciembre 31 de 2008, con el un factor de conversión de pesos chilenos a dollares americanos y pesos colombianos.
✓ Del consorciado SERVICIOS DE INGENIERIA Y CONSTRUCIONES LTDA SERVINC LTDA el formato 2, debidamente suscrito,
Por tanto el CONSORCIO PROYECCION VAIL TOBIAGRANDE obtiene calificación financiera de HABIL.
INTERESADO No. 10 CONSORCIO VIAS PARA EL DESAROLLO
Mediante radicado No 2010-409-012961-2 del 08 xx Xxxxx de 2010, allego la siguiente documentación requerida por cada uno de sus integrantes así:
✓ Del consorciado TECNOCONSULTA, La calificación financiera es Hábil.
✓ Del consorciado TECNICAS Y PROYECTOS SA- TYPSA fotocopia del RUP, emitido por la cámara de comercio de Bogotá con fecha de inscripción el el registro e los proponente de 04 xx xxxxx de 2010,se evidencia que la fecha de inscripción fue con posterior al cierre del presente proceso.
Por tanto el CONSORCIO VIAS PARA EL DESAROLLO obtiene calificación financiera de NO HABIL.
3. DE CARÁCTER TECNICO PROPONENTE 1: XXXXXXXXX XXX - AUDING
El proponente mediante comunicaciones radicados INCO 2010 409 012736 2 e INCO 2010 409 012948 2 en relación a las observaciones presentadas por el grupo evaluador expresa y adjunta en relación al Concurso SEA CM PRE 001 2010 lo siguiente:
En relación con la VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES CONTENIDOS EN EL REGISTRO UNICO DE PROPONENTES
Observación Grupo evaluador, La firma AUDING NO PRESENTA RUP, SOLO PRESENTA FORMATO 1, FOLIO 069, se solicita allegar dicho documento para verificar las condiciones que se toman directamente del RUP.
Comunicación Radicado INCO 2010 409 012736 2 El proponente manifiesta que no es necesario presentar el RUP de Auding. Ver respuestas jurídicas.
VERIFICACIÓN DE CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN COMO CONSULTOR DISPONIBLE
Cumple
EN CUANTO A LA ACREDITACION DE LA EXPERIENCIA GENERAL:
EXPERIENCIA EN DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA VIAL Y EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA VIAL
Para acreditar la experiencia en EXPERIENCIA EN DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA VIAL Y EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA
XXXX xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxx 0X, XXXX (0) xxxxxxxxx.
0. Xxxxxxxx xxxx xxxxxx xx: ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA REDACCIÓN DEL PROYECTO CONSTRUCTIVO DE NUEVA CARRETERA VIC-OLOT, TRAMO: XXXXXXX-TUNEL XX XXXXXXX-LA VALL D´EN BAS.
Observación Grupo Evaluador: La certificación allegada no contiene las principales actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia Experiencia General literal i numeral 2 , por lo tanto se solicita allegar la certificación en la cual conste el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente de acuerdo a la respuestas dadas en las rondas así: respuesta 34 primera xxxxx, xxxxxxxxx 00 xxxxxxx xxxxx, respuestas 26,27,29,30,33,149,200,205 y 206 tercera ronda. CALIFICACION PENDIENTE
Comunicación Radicado INCO 2010 409 012736 2 e INCO 2010 409 012948 2 No allegan la certificación solicitada. El proponente manifiesta que dentro de las certificaciones adjuntadas en la manifestación de interés, los objetos contractuales de cada proyecto relacionado, detallan las actividades de Estudios (Redacción) para proyectos constructivos de carreteras. Revisada la propuesta en el folio 287, el certificado no incluye las principales actividades desarrolladas en el contrato de consultoría, tal como se establece en el documento de convocatoria en el literal f) Experiencia Xxxxxxx, xxxxxxxxxx x), xxxxxxx 0, xxxxxxx tercero. Por lo anterior el proponente no subsana lo solicitado y la calificación es NO CUMPLE
2. Contrato cuyo objeto es: ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL PROYECTO CONSTRUCTIVO: MEJORA GENERAL. ACONDICIONAMIENTO. CARRETERA C-31.PK356+900 AL 374+400. CARRETERA C-252. PK10+080 AL 12+040. TRAMO: XXXXXX-XXXXXXXXX XX XXXXXX.
Observación Grupo Evaluador: La certificación allegada no contiene las principales actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia Experiencia General literal i numeral 2 , por lo tanto se solicita allegar la certificación en la cual conste el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente de acuerdo a la respuestas dadas en las rondas así: respuesta 34 primera xxxxx, xxxxxxxxx 00 xxxxxxx xxxxx, respuestas 26,27,29,30,33,149,200,205 y 206 tercera ronda. CALIFICACION PENDIENTE
Comunicación Radicado INCO 2010 409 012736 2 e INCO 2010 409 012948 2 No allegan la certificación solicitada. El proponente manifiesta que dentro de las certificaciones adjuntadas en la manifestación de interés, los objetos contractuales de cada proyecto relacionado, detallan las actividades de Estudios (Redacción) para proyectos constructivos de carreteras. Revisada la propuesta en el folio 291, el certificado no incluye las principales actividades desarrolladas en el contrato, tal como se establece en el documento de convocatoria en el literal f) Experiencia Xxxxxxx, xxxxxxxxxx x), xxxxxxx 0, xxxxxxx tercero. Por lo anterior el proponente no subsana lo solicitado y la calificación es NO CUMPLE
3. Contrato cuyo objeto es: ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA REDACCIÓN DEL PROYECTO CONSTRUCTIVO Y DE LA AMPLIACION DEL MISMO: MEJORA GENERAL. NUEVA CARRETERA VIC-OLOT, C-37. TRAMO: BOCA NORTE DEL TUNEL XX XXXXXXX-SAN XXXXXX D`EN BAS (LA VALL D´EN BAS)
Observación Grupo Evaluador: La certificación allegada no contiene las principales actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia Experiencia General literal i numeral 2 , por lo tanto se solicita allegar la certificación en la cual conste el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente de acuerdo a la respuestas dadas en las rondas así: respuesta 34 primera xxxxx, xxxxxxxxx 00 xxxxxxx xxxxx, respuestas 26,27,29,30,33,149,200,205 y 206 tercera ronda de igual manera se solicita que dicha certificación contenga la fecha de suscripción y terminación del contrato, adicionalmente se solicita copia del contrato de asistencia técnica NB-9679.3 por valor de 1.511.840,00 euros, para verificar si los 3 contratos ítems hacen parte del mismo.
Comunicación Radicado INCO 2010 409 012736 2 e INCO 2010 409 012948 2. No allegan la certificación solicitada. El proponente dice que dentro de las certificaciones adjuntadas en la manifestación de interés, los objetos contractuales de cada proyecto relacionado, detallan las actividades de Estudios (Redacción) para proyectos constructivos de carreteras. Revisada la propuesta en el folio 294 A, el certificado no incluye las principales actividades desarrolladas en el contrato de consultoría, tal como se establece en el documento de convocatoria en el literal f) Experiencia Xxxxxxx, xxxxxxxxxx x), xxxxxxx 0, xxxxxxx tercero. Por lo anterior el proponente no subsana lo solicitado y la calificación es NO CUMPLE.
EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE INFRAESTRUCTURA VIAL
Para acreditar la experiencia en EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE INFRAESTRUCTURA XXXX xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxx 0X, XXX(0) xxxxxxxxx.
0. Xxxxxxxx xxxx xxxxxx xx: DIRECCION DE LAS OBRAS DE MEJORA GENERAL. NUEVA CARRETERA VIC-OLOT. TRAMO: XXXXXXX - TUNEL XX XXXXXXX-LA VALL D´EN BAS.CARRETERA X-00.XX 152+500 AL 173+200. TRAMO: XXXXXXX-SANT XXXX XX XXXXXXX=SANTA XXXXX XX XXXXX=LA VALL D´EN BAS
Observación Grupo Evaluador: La certificación allegada no contiene las principales actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia Experiencia General literal ii numeral 3 , por lo tanto se solicita allegar la certificación en la cual conste el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente de acuerdo a la respuestas dadas en las rondas así: respuesta 34 primera xxxxx, xxxxxxxxx 00 xxxxxxx xxxxx, respuestas 26,27,29,30,33,149,200,205 y 206 tercera ronda.
Comunicación Radicado INCO 2010 409 012736 2 e INCO 2010 409 012948 2. No allegan la certificación solicitada. Revisada la propuesta en el folio 297 A, el certificado no incluye las principales actividades desarrolladas en el contrato, tal como se establece en el documento de convocatoria en el literal f) Experiencia Xxxxxxx, xxxxxxxxxx xx), xxxxxxx 0, xxxxxxx tercero. Por lo anterior el proponente no subsana lo solicitado y la calificación es NO CUMPLE.
2. Contrato sin número cuyo objeto es: SUPERVISION DEL XXXXXXXX X XXXXXXXXX XX XXXX XX XX XXXXX XXXX XXX XXXXX XXX XXXXXX ESCULTURA Y XXXXXX XXXXXXXXX EN L`HOSPITALET DE LLOBREGAT
Observación Grupo Evaluador: La certificación allegada no contiene las principales actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia Experiencia General literal ii numeral 3, por lo tanto se solicita allegar la certificación en la cual conste el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente de acuerdo a la respuestas dadas en las rondas así: respuesta 34 primera xxxxx, xxxxxxxxx 00 xxxxxxx xxxxx, respuestas 26,27,29,30,33,149,200,205 y 206 tercera ronda.
Comunicación Radicado INCO 2010 409 012736 2 e INCO 2010 409 012948 2. No allegan la certificación solicitada. Revisada la documentación enviada por el proponente y la propuesta en el folio 301, se verificó que el certificado no incluye las principales actividades desarrolladas en el contrato de consultoría, tal como se establece en el documento de convocatoria en el literal f) Experiencia Xxxxxxx, xxxxxxxxxx xx), xxxxxxx 0, xxxxxxx tercero. Por lo anterior el proponente no subsana lo solicitado y la calificación es NO CUMPLE.
POR LO ANTERIOR LA CALIFICACION TÉCNICA NO CUMPLE
PROPONENTE 2: CONSORCIO CONCESIÓNES PARA EL FUTURO
El proponente mediante comunicaciones radicados INCO 2010 409 012715 2 e INCO 2010 409 012889 2 en relación a las observaciones presentadas por el grupo evaluador expresa y adjunta en relación al Concurso SEA CM PRE 001 2010 lo siguiente:
VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES CONTENIDOS EN EL REGISTRO UNICO DE PROPONENTES
Observación Grupo evaluador, La empresa INGELOG EXCENTO DE RUP. Para la Capacidad Operativa acredita ingresos brutos operacionales del año 2009, incumpliendo lo descrito el Literal c numeral iii, se solicita allegar el formato diligenciado correctamente y sus soportes.
Comunicación Radicados INCO 2010 409 012715 2 e INCO 2010 409 012889 2 Allega Formulario 1 Debidamente diligenciado y con soportes calculado con el balance de los años 2007 y 2008, en el cual el calculo de la capacidad operativa es de 53.583 SMMLV, por lo anterior el proponente subsana y la calificación es CUMPLE.
ACREDITACION DE LA EXPERIENCIA GENERAL
EXPERIENCIA EN DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA VIAL Y EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA VIAL
Para acreditar la experiencia en EXPERIENCIA EN DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA VIAL Y EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA
VIAL relacionó en el Formato 3A, UN (1) contrato.
1. DISEÑO PRELIMINAR Y DISEÑO DETALLADO PARA EL PROYECTO DE INFRAESTRUCTURA VIAL DENOMINADO TUNEL DE ISLISBERG EN FILDEREN- KNONAU-SUIZA, PROYECTO AUTOPISTA NACIONAL
Observación Grupo Evaluador, La certificación allegada no contiene las principales actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia Experiencia General literal i numeral 2 , por lo tanto se solicita allegar la certificación en la cual conste el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente de acuerdo a la respuestas dadas en las rondas así: respuesta 34 primera xxxxx, xxxxxxxxx 00 xxxxxxx xxxxx, respuestas 26,27,29,30,33,149,200,205 y 206 tercera ronda.
Comunicación radicado INCO 2010 409 012715 2 el proponente expresa que en el folio 206 a 212 de su propuesta contiene las actividades, una vez revisada la propuesta los folios 207 y 209 contienen las actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, resulta importante aclarar que en la matriz no existía observación sobre este contrato, por lo anterior la calificación es CUMPLE
EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE INFRAESTRUCTURA VIAL
Para acreditar la experiencia en EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE INFRAESTRUCTURA VIAL relacionó en el Formato 3B, UN (1) contrato.
1. SUPERVISION E INSPECCIÓN DE LAS OBRAS CIVILES PARA XX XXXXXXX XXXXX XX XX XXXXX 0 XXX XXXXX XX XXXXXXXX
Observación Grupo Evaluador, La certificación allegada no contiene las principales actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia Experiencia General literal ii numeral 3 , por lo tanto se solicita allegar la certificación en la cual conste el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente de acuerdo a la respuestas dadas en las rondas así: respuesta 34 primera xxxxx, xxxxxxxxx 00 xxxxxxx xxxxx, respuestas 26,27,29,30,33,149,200,205 y 206 tercera ronda.
Comunicación radicado INCO 2010 409 012715 2 el proponente expresa que en el folio 217 a 225 de su propuesta párrafo final del folio 220 consta la participación de Poyry en el Consorcio, de igual manera en folios 35 y 36 se denota el cambio de razón social de Electrowatt a Poyry, una vez revisada la propuesta los folios 220 y 36 contienen la participación de Poyry en el
Consorcio y el cambio de razón social en el año 2006, estas observaciones se encuentran subsanadas.
En relación a la fecha de inicio y terminación del contrato el proponente en radicados INCO 2010 409 012715 2 e INCO 2010 409 012889 2, el proponente anexa copia del denominado contrato 0262032000 001 en el folio 39 de la primera comunicación informa que la fecha de suscripción del documento anexo es el 4 de septiembre de 2000, no obstante lo anterior el folio 22, expresa lo siguiente “CONVIENEN En reformular el mencionado contrato de fecha 9 de noviembre de 1998 en los términos, modalidades y condiciones que a continuación se estipulan” “OBJETO se obliga a continuar realizando…..” de las anteriores frases se deriva que no obstante el documento presentado tiene fecha de 2000 y la reformulación del contrato se dio en esta fecha, el contrato principal fue suscrito el 9 de noviembre de 1998. En folios 61 y 62 de la comunicación radicado INCO 2010 409 012715 2, presenta certificación donde consta la fecha de inicio 1 de diciembre de 1998 y de terminación 31 xx xxxxxx de 2007, la certifiacion aportada no contiene el alcance de los servicios prestados, y el valor de total del contrato. Por lo anterior la calificación es NO CUMPLE
POR LO ANTERIOR LA CALIFICACION TECNICA NO CUMPLE
PROPONENTE 3: CONSORCIO SUPERVISIÓN EL TRÉBOL
El proponente mediante comunicaciones radicados INCO 2010 409 012719 2 y INCO 2010 409 012791 2 en relación a las observaciones presentadas por el grupo evaluador expresa y adjunta en relación al Concurso SEA CM PRE 001 2010 lo siguiente:
EN CUANTO A LA ACREDITACION DE LA EXPERIENCIA GENERAL:
EXPERIENCIA EN DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA VIAL Y EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA VIAL
Para acreditar la experiencia en EXPERIENCIA EN DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA VIAL Y EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA
VIAL relacionó en el Formato 3A, UN (1) contrato.
1. ESTUDIOS DE FASE 3 (MEJORAMIENTO Y PAVIMENTACION DE LA TRANSVERSAL DEPRESION MOMPOSINA SECTORES LA BODEGA - MOMPOX - EL BANCO - XXXXXX
Observación Grupo Evaluador: La certificación allegada no contiene las principales actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia Experiencia General literal i numeral 2 , por lo tanto se solicita allegar la certificación en la cual conste el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente de acuerdo a la respuestas dadas en las rondas así: respuesta 34 primera xxxxx, xxxxxxxxx 00 xxxxxxx xxxxx, respuestas 26,27,29,30,33,149,200,205 y 206 tercera ronda.
Comunicación Radicado INCO 2010 409 012791 2 Allega certificación expedida por el INVIAS, donde incluyen las principales actividades desarrolladas en el contrato, dando cumplimiento a lo establecido en el documento de convocatoria en el literal f) Experiencia Xxxxxxx, xxxxxxxxxx x), xxxxxxx 0, xxxxxxx tercero. Por lo anterior el proponente subsana lo solicitado y la calificación es CUMPLE
EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE INFRAESTRUCTURA VIAL
Para acreditar la experiencia en EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE DE INFRAESTRUCTURA VIAL relacionó en el Formato 3B, UN(1) contrato.
1. CONSULTORÍA ASESORÍA E INTERVENTORIA TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA DE LAS OBRAS DE MEJORAMIENTO DE LOS SECTORES K55+00 - GUAYABETAL (QUEBRADA PERDICES) Y GUAYABETAL (QUEBRADA PERDICES) -CAÑOSECO, DE LA CARRETERA BOGOTA-XXXXXXXXXXXXX
Observación Grupo Evaluador: La certificación allegada no contiene las principales actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia Experiencia General literal ii numeral 3 , por lo tanto se solicita allegar la certificación en la cual conste el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente de acuerdo a la respuestas dadas en las rondas así: respuesta 34 primera xxxxx, xxxxxxxxx 00 xxxxxxx xxxxx, respuestas 26,27,29,30,33,149,200,205 y 206 tercera ronda.
Comunicación Radicado INCO 2010 409 012791 2 Allega certificación expedida por el INVIAS, donde incluyen las principales actividades desarrolladas en el contrato, dando cumplimiento a lo establecido en el documento de convocatoria en el literal f) Experiencia Xxxxxxx, xxxxxxxxxx xx), xxxxxxx 0, xxxxxxx tercero. Por lo anterior el proponente subsana lo solicitado y la calificación es CUMPLE.
POR LO ANTERIOR LA CALIFICACION TECNICA CUMPLE
PROPONENTE 4: CONSORCIO INFRAESTRUCTURA VIAL 2010
El proponente mediante comunicación radicado INCO 2010 409 012734 2 en relación a las observaciones presentadas por el grupo evaluador expresa y adjunta en relación al Concurso SEA CM PRE 001 2010 lo siguiente:
EN CUANTO A LA ACREDITACION DE LA EXPERIENCIA GENERAL:
EXPERIENCIA EN DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA VIAL Y EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA VIAL
Para acreditar la experiencia en EXPERIENCIA EN DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA VIAL Y EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA
VIAL relacionó en el Formato 3A, DOS (2) contratos.
1. CONTRATO CUYO OBJETO ES :ESTUDIO DE VIABILIDA DEL PROYECTO QUE PRETENDE LOS TRAMOS TEXCOCO=CHALCO, CHALCO=NEPLAMTA, JOROBAS=XXXXXXX Y XXXXXXX TULTEPEC
Observación Grupo Evaluador: La certificación allegada no contiene las principales actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia Experiencia General literal i numeral 2 , por lo tanto se solicita allegar la certificación en la cual conste el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente de
acuerdo a la respuestas dadas en las rondas así: respuesta 34 primera xxxxx, xxxxxxxxx 00 xxxxxxx xxxxx, respuestas 26,27,29,30,33,149,200,205 y 206 tercera ronda.
Comunicación Radicado INCO 2010 409 012734 2, el proponente expresa que en la certificación incluida en la propuesta presentada por el Consorcio Infraestructura Vial 2010, en el folio 154, se indican las actividades desarrolladas durante el contrato. Una vez revisada la certificación se verificó que contiene las actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, resulta importante aclarar que en la matriz técnica no existía esta observación sobre el contrato, por lo anterior la calificación es CUMPLE.
2. ESTUDIO DE REHABILITACION, AMPLIACION, MEJORAMIENTO, IMPACTO AMBIENTAL Y EVALUACION ECONOMICA FINANCIERA REQUERIDOS PARA INICIAR EL PROCESO DE CONCESIÓN DE LA CARRETERA CUENCA ESTACION XXXXX XXXXX PASAJE EL GUABO.
La certificación allegada no contiene las principales actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia Experiencia General literal i numeral 2 , por lo tanto se solicita allegar la certificación en la cual conste el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente de acuerdo a la respuestas dadas en las rondas así: respuesta 34 primera xxxxx, xxxxxxxxx 00 xxxxxxx xxxxx, respuestas 26,27,29,30,33,149,200,205 y 206 tercera ronda.
Comunicación Radicado INCO 2010 409 012734 2, el proponente expresa que en la certificación incluida en la propuesta presentada por el Consorcio Infraestructura Vial 2010, en el folio 156, se indican las actividades desarrolladas durante el contrato. Una vez revisada la certificación se verificó que contiene las actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, resulta importante aclarar que en la matriz técnica no existía esta observación sobre el contrato, por lo anterior la calificación es CUMPLE.
EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE INFRAESTRUCTURA VIAL
Para acreditar la experiencia en EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE INFRAESTRUCTURA VIAL relacionó en el Formato 3B, CUATRO (4) contratos.
1. ASISTENCIA TÉCNICA (INTERVENTORIA AL CONTROL Y VIGILANCIA OBRAS AUTOVIA A-8)
Observación Grupo Evaluador: La certificación allegada no contiene las principales actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia Experiencia General literal ii numeral 3 , por lo tanto se solicita allegar la certificación en la cual conste el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente de acuerdo a la respuestas dadas en las rondas así: respuesta 34 primera xxxxx, xxxxxxxxx 00 xxxxxxx xxxxx, respuestas 26,27,29,30,33,149,200,205 y 206 tercera ronda.
Comunicación Radicado INCO 2010 409 012734 2, el proponente expresa que en la certificación incluida en la propuesta presentada por el Consorcio Infraestructura Vial 2010, en los folios 170 y 171, se indican las actividades desarrolladas durante el contrato. Una vez revisada la certificación se verificó que contiene las actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, resulta importante aclarar que en la matriz técnica no existía esta observación sobre el contrato, por lo anterior la calificación es CUMPLE.
2. ASISTENCIA TÉCNICA (INTERVENTORIA AL CONTROL Y VIGILANCIA OBRAS CONSTRUCCIÓN TRAMO INTERCAMBIADOR REBULLON - FRONTERA PORTUGUESA)
Observación Grupo Evaluador: La certificación allegada no contiene las principales actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia Experiencia General literal ii numeral 3 , por lo tanto se solicita allegar la certificación en la cual conste el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente de acuerdo a la respuestas dadas en las rondas así respuesta 34 primera ronda, respuesta 64 segunda ronda, respuestas 26,27,29,30,33,149,200,205 y 206 tercera ronda .
Comunicación Radicado INCO 2010 409 012734 2, el proponente allega un documento que no corresponde con la certificación solicitada donde incluyan las principales actividades desarrolladas en el contrato, tal como se establece en el documento de convocatoria en el literal
f) Experiencia Xxxxxxx, xxxxxxxxxx xx), xxxxxxx 0, xxxxxxx tercero. Por lo anterior el proponente no subsana lo solicitado y la calificación es NO CUMPLE.
3. CONSULTORÍA Y ASISTENCIA TÉCNICA (INTERVENTORIA PARA EL CONTROL Y VIGILANCIA OBRAS EJE ATLANTICO TRAMO 1 PORTAS-PORTELAS).
Observación Grupo Evaluador: La certificación allegada no contiene las principales actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia Experiencia General literal ii numeral 3 , por lo tanto se solicita allegar la certificación en la cual conste el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente de acuerdo a la respuestas dadas en las rondas así respuesta 34 primera ronda, respuesta 64 segunda ronda, respuestas 26,27,29,30,33,149,200,205 y 206 tercera ronda.
Comunicación Radicado INCO 2010 409 012734 2, el proponente allega copia del contrato y pliego de prescripciones técnicas particulares, pero no presentan la certificación solicitada, donde incluyan las principales actividades desarrolladas en el contrato, tal como se establece en el documento de convocatoria en el literal f) Experiencia Xxxxxxx, xxxxxxxxxx xx), xxxxxxx 0, xxxxxxx tercero. Por lo anterior el proponente no subsana lo solicitado y la calificación es NO CUMPLE.
4. CONSULTORÍA Y ASISTENCIA TÉCNICA (INTERVENTORIA) PARA REALIZAR AUDITORIAS, SEGUIMIENTO DE CALIDAD, CONTROL GEOMETRICO Y ENSAYOS, OBRAS LINEA DE ALTA VELOCIDAD MADRID - BARCELONA
Observación Grupo Evaluador: La certificación allegada no contiene las principales actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia Experiencia General literal ii numeral 3 , por lo tanto se solicita allegar la certificación en la cual conste el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente de acuerdo a la respuestas dadas en las rondas así respuesta 34 primera ronda, respuesta 64 segunda ronda, respuestas 26,27,29,30,33,149,200,205 y 206 tercera ronda
Comunicación Radicado INCO 2010 409 012734 2, el proponente no presenta la certificación solicitada, donde incluyan las principales actividades desarrolladas en el contrato, tal como se establece en el documento de convocatoria en el literal f) Experiencia Xxxxxxx, xxxxxxxxxx xx), xxxxxxx 0, xxxxxxx tercero. Por lo anterior el proponente no subsana lo solicitado y la calificación es NO CUMPLE.
POR LO ANTERIOR LA CALIFICACION TECNICA NO CUMPLE
PROPONENTE 5: CONSORCIO RDS 2010
El proponente mediante comunicaciones radicado INCO 2010 409 012721 2 en relación a las observaciones presentadas por el grupo evaluador expresa y adjunta en relación al Concurso SEA CM PRE 001 2010 lo siguiente:
ACREDITACION DE LA EXPERIENCIA GENERAL
EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE INFRAESTRUCTURA VIAL
Para acreditar la experiencia en EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA INFRAESTRUCTURA VIAL relacionó en el Formato 3B, DOS (2) contratos.
1. INSPECCIÓN TÉCNICA DE OBRAS, CONSTRUCCIÓN DE PIQUES Y GALERIA EN TUNELES Y ESTACIONES, SECTOR QUINTA NORMAL LAS REJA, LINEA MAIPU.
Observación Grupo Evaluador. La certificación allegada no contiene las principales actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia Experiencia General literal ii numeral 3 , por lo tanto se solicita allegar la certificación en la cual conste el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente de acuerdo a la respuestas dadas en las rondas así respuesta 34 primera ronda, respuesta 64 segunda ronda, respuestas 26,27,29,30,33,149,200,205 y 206 tercera ronda.
Comunicación radicado INCO 2010 409 012721 2 informa el contenido de algunas de las respuestas dadas en la ronda de preguntas y respuestas, en lo anterior informamos que bajo diversos supuestos y tanto para la experiencia en diseño como la experiencia en interventoria la administración siempre contesto que las certificaciones adicionales exigidas eran necesarias para acreditar la experiencia general, el proponente allega certificación para el contrato del metro de Xxxxxxxx relacionado en la cual contiene las actividades desarrolladas, y solicita la habilitación de la experiencia técnica, la observación se encuentra subsanada. Por lo anterior CUMPLE
2. INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, AMBIENTAL Y SOCIAL DE LA CONSTRUCCIÓN XXX XXXXXXXX TRONCAL CENTRO Y OBRAS COMPLEMENTARIAS DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE MASIVO DE PASAJEROS DE SANTIAGO DE CALI.
Observación Grupo Evaluador. La certificación allegada no contiene las principales actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia Experiencia General literal ii numeral 3 , por lo tanto se solicita allegar la certificación en la cual conste el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente de acuerdo a la respuestas dadas en las rondas así respuesta 34 primera ronda, respuesta 64 segunda ronda, respuestas 26,27,29,30,33,149,200,205 y 206 tercera ronda.
Comunicación radicado INCO 2010 409 012721 2 informa el contenido de algunas de las respuestas dadas en la ronda de preguntas y respuestas, en lo anterior informamos que bajo diversos supuestos y tanto para la experiencia en diseño como la experiencia en interventoria la administración siempre contesto que las certificaciones adicionales exigidas eran necesarias
para acreditar la experiencia general, el proponente allega certificación para el contrato con metrocali relacionado en la cual contiene las actividades desarrolladas, y solicita la habilitación de la experiencia técnica, la observación se encuentra subsanada. Por lo anterior CUMPLE
POR LO ANTERIOR LA CALIFICACION TÉCNICA CUMPLE PROPONENTE 6: CONSORCIO INJOCIV
El proponente mediante comunicaciones radicados INCO 2010 409 012887 2 e INCO 2010 409 012678 2 en relación a las observaciones presentadas por el grupo evaluador expresa y adjunta en relación al Concurso SEA CM PRE 001 2010 lo siguiente:
EN CUANTO A LA ACREDITACION DE LA EXPERIENCIA GENERAL:
EXPERIENCIA EN DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA VIAL Y EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA VIAL
Para acreditar la experiencia en EXPERIENCIA EN DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA VIAL Y EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA
VIAL relacionó en el Formato 3 A DOS (2) contratos.
1. ESTUDIO Y DISEÑO VIA TRONCAL CORREDOR AV. BOYACA.
Observación Grupo Evaluador: La certificación allegada no contiene las principales actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia Experiencia General literal i numeral 2 , por lo tanto se solicita allegar la certificación en la cual conste el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente de acuerdo a la respuestas dadas en las rondas así respuesta 34 primera ronda, respuesta 64 segunda ronda, respuestas 26,27,29,30,33,149,200,205 y 206 tercera ronda.
Comunicación Radicado INCO 2010 409 012887 2 e INCO 2010 409 012678 2, el proponente expresa que la certificación incluida en la propuesta detalla claramente las actividades del contrato, y una vez revisada la propuesta en los folios 0099, 0100, 0101 0102 se verificó que contienen las actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, dando cumplimiento a lo establecido en el documento de convocatoria en el literal f) Experiencia Xxxxxxx, xxxxxxxxxx x), xxxxxxx 0, xxxxxxx tercero. Resulta importante aclarar que en la matriz no existía observación sobre este contrato, por lo anterior la calificación es CUMPLE.
2. ESTUDIOS Y DISEÑOS TRONCAL CARRERA DECIMA.
CUMPLE
EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE INFRAESTRUCTURA VIAL
Para acreditar la experiencia en EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE INFRAESTRUCTURA VIAL relacionó en el Formato 3B, TRES (3) contratos.
1. INTERVENTORIA TECNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, AMBIENTAL MALLA VIAL GRUPO 2 SUBA.
Observación Grupo Evaluador: La certificación allegada no contiene las principales actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia Experiencia General literal ii numeral 3 , por lo tanto se solicita allegar la certificación en la cual conste el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente de acuerdo a la respuestas dadas en las rondas así: respuesta 34 primera xxxxx, xxxxxxxxx 00 xxxxxxx xxxxx, respuestas 26,27,29,30,33,149,200,205 y 206 tercera ronda.
Comunicación Radicado INCO 2010 409 012887 2 e INCO 2010 409 012678 2 Revisados los documentos allegados por el proponente, se verificó que la certificación no incluye las principales actividades desarrolladas en el contrato, tal como se establece en el documento de convocatoria en el literal f) Experiencia Xxxxxxx, xxxxxxxxxx xx), xxxxxxx 0, xxxxxxx tercero. El proponente adjunta acta de liquidación con actividades, más no certificación requerida, por lo cual no subsana lo solicitado. Por lo anterior la calificación es NO CUMPLE.
2. ASESORIA E INTERVENTORIA TECNICA, FINANCIERA Y AMBIENTAL PARA CONSTRUCCION TRAMO SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE MASIVO.
Observación Grupo Evaluador: La certificación allegada no contiene las principales actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia Experiencia General literal ii numeral 3 , por lo tanto se solicita allegar la certificación en la cual conste el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente de acuerdo a la respuestas dadas en las rondas así: respuesta 34 primera xxxxx, xxxxxxxxx 00 xxxxxxx xxxxx, respuestas 26,27,29,30,33,149,200,205 y 206 tercera ronda.
Comunicación Radicado INCO 2010 409 012887 2 e INCO 2010 409 012678 2 Revisada la certificación presentada por el proponente en el folio 189, se constató que se relacionan las principales obras desarrolldas en el proyecto, más no las actividades desarrolladas en el contrato de consultoría, por lo tanto no cumplen con lo establecido en el documento de convocatoria en el literal f) Experiencia Xxxxxxx, xxxxxxxxxx xx), xxxxxxx 0, xxxxxxx tercero. El proponente no subsana lo solicitado, por lo anterior la calificación es NO CUMPLE.
3. CONTRATO DE CONSULTORIA Y ASISTENCIA TECNICA, CONTROL Y VIGILANCIA OBRAS XXXXXXX XXX XXXXXXXXXX XX-000.
Observación Grupo Evaluador: La certificación allegada no contiene las principales actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia Experiencia General literal ii numeral 3 , por lo tanto se solicita allegar la certificación en la cual conste el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente de acuerdo a la respuestas dadas en las rondas asi/ respuesta 34 primera ronda, respuesta 64 segunda ronda, respuestas 26,27,29,30,33,149,200,205 y 206 tercera ronda.
Comunicación Radicado INCO 2010 409 012887 2 e INCO 2010 409 012678 2 El proponente manifiesta que la certificación presentada en la propuesta detalla claramente las actividades desarrolladas. Revisada la certificación incluida en la propuesta, se verificó que las actividades allí relacionadas corresponden a las obras de construcción y no a las actividades desarrolladas en el contrato de consultoría, no dando cumplimiento a lo establecido en el documento de convocatoria en el literal f) Experiencia Xxxxxxx, xxxxxxxxxx xx), xxxxxxx 0, xxxxxxx tercero. Por lo anterior el proponente subsana lo solicitado y la calificación es CUMPLE
POR LO ANTERIOR LA CALIFICACION TÉCNICA NO CUMPLE
PROPONENTE 7: XXXXXXXXX XXXXXXX – MAB - VELNEC
El proponente mediante comunicación radicado INCO 2010 409 012679 2 en relación a las observaciones presentadas por el grupo evaluador expresa y adjunta en relación al Concurso SEA CM PRE 001 2010 lo siguiente:
ACREDITACION DE LA EXPERIENCIA GENERAL
EXPERIENCIA EN DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA VIAL Y EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA VIAL
Para acreditar la experiencia en EXPERIENCIA EN DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA VIAL Y EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA
VIAL relacionó en el Formato 3A, UN (1) contrato.
1. Asesoría a la inspección Fiscal contrato Concesión Acceso Nor oriente
Observación del Grupo Evaluador La certificación allegada no contiene las principales actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia Experiencia General literal i numeral 2 , por lo tanto se solicita allegar la certificación en la cual conste el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente de acuerdo a la respuestas dadas en las rondas así: respuesta 34 primera xxxxx, xxxxxxxxx 00 xxxxxxx xxxxx, respuestas 26,27,29,30,33,149,200,205 y 206 tercera ronda.
Comunicación radicado INCO 2010 409 012679 2 allega certificaciones para los contratos relacionados, y solicita la habilitación de la experiencia técnica, en los folios 69 y 70 de la mencionada comunicación presenta las actividades desarrolladas, la observación se encuentra subsanada. Por lo anterior CUMPLE
EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE INFRAESTRUCTURA VIAL
Para acreditar la experiencia en EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE INFRAESTRUCTURA VIAL relacionó en el Formato 3B, DOS (2) contratos.
1. Asesoría a la inspección contrato Concesión NORTE SUR
Observación Grupo Evaluador. La certificación allegada no contiene las principales actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia Experiencia General literal ii numeral 3 , por lo tanto se solicita allegar la certificación en la cual conste el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente de acuerdo a la respuestas dadas en las rondas así: respuesta 34 primera xxxxx, xxxxxxxxx 00 xxxxxxx xxxxx, respuestas 26,27,29,30,33,149,200,205 y 206 tercera ronda.
Comunicación radicado INCO 2010 409 012679 2 allega certificaciones para los contratos relacionados, y solicita la habilitación de la experiencia técnica, en los folios 73 y 74 de la
mencionada comunicación presenta las actividades desarrolladas, la observación se encuentra subsanada. Por lo anterior CUMPLE
2. Asesoría a la inspección contrato Concesión Sistema Oriente Poniente
Observación Grupo Evaluador. La certificación allegada no contiene las principales actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia Experiencia General literal ii numeral 3 , por lo tanto se solicita allegar la certificación en la cual conste el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente de acuerdo a la respuestas dadas en las rondas así: respuesta 34 primera xxxxx, xxxxxxxxx 00 xxxxxxx xxxxx, respuestas 26,27,29,30,33,149,200,205 y 206 tercera ronda.
Comunicación radicado INCO 2010 409 012679 2 allega certificaciones para los contratos relacionados, y solicita la habilitación de la experiencia técnica, en los folios 76 y 77 de la mencionada comunicación presenta las actividades desarrolladas, la observación se encuentra subsanada. Por lo anterior CUMPLE
POR LO ANTERIOR LA CALIFICACION TÉCNICA CUMPLE PROPONENTE 8: INTERVENTORÍA RDS I
El proponente mediante comunicación radicado INCO 2010 409 012725 2 en relación a las observaciones presentadas por el grupo evaluador expresa y adjunta en relación al Concurso SEA CM PRE 001 2010 lo siguiente:
A. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES CONTENIDOS EN EL REGISTRO UNICO DE PROPONENTES
Cumple
B. VERIFICACIÓN DE CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN COMO CONSULTOR DISPONIBLE Cumple
C. ACREDITACION DE LA EXPERIENCIA GENERAL
EXPERIENCIA EN DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA VIAL Y EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA VIAL
Para acreditar la experiencia en EXPERIENCIA EN DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA VIAL Y EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA
VIAL relacionó en el Formato 3A, UN (1) contrato.
1. Estudios Fase III cruce cordillera central paralela Ibague la Línea
Observación Grupo Evaluador: La certificación allegada no contiene las principales actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia Experiencia General literal i numeral 2 , por lo tanto se solicita allegar la
certificación en la cual conste el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente de acuerdo a la respuestas dadas en las rondas así: respuesta 34 primera xxxxx, xxxxxxxxx 00 xxxxxxx xxxxx, respuestas 26,27,29,30,33,149,200,205 y 206 tercera ronda..
Comunicación radicado INCO 2010 409 012725 2 el proponente expresa que en el folio 200 de su propuesta contiene las actividades desarrolladas, una vez revisada la propuesta los folios 200 y 202 contienen las actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría. Por lo anterior CUMPLE.
EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE INFRAESTRUCTURA VIAL
Para acreditar la experiencia en EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE INFRAESTRUCTURA VIAL relacionó en el Formato 3B, UN(1) contrato.
1. Asesoría Inspección Vigilancia y Trabajos de Coordinación en materia de seguridad y salud de las obras suterramiento de la avenida de portugal entre el xxxxx xx xxxxxxxxxxx x xx x 00.
Observación Grupo evaluador: La certificación allegada no contiene las principales actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia Experiencia General literal ii numeral 3 , por lo tanto se solicita allegar la certificación en la cual conste el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente de acuerdo a la respuestas dadas en las rondas así: respuesta 34 primera xxxxx, xxxxxxxxx 00 xxxxxxx xxxxx, respuestas 26,27,29,30,33,149,200,205 y 206 tercera ronda.
Comunicación radicado INCO 2010 409 012725 2 el proponente expresa que en el folio 209 de su propuesta contiene la certificación, y que del objeto se pueden inferir las actividades, igualmente expresa que el pliego debe estar enmarcado dentro del articulo 24 de la ley 80, de igual manera informa que durante la ronda de preguntas y respuestas fue de conocimiento de la administración la dificultad de una certificación en los términos xxx xxxxxx, resulta importante destacar que el proceso inicia el 26 xx xxxxx, la primera ronda de preguntas y respuestas se da el 16 xx xxxxx, xxxxxxx 19 xx xxxxx, tercera 00 xx xxxx x xxxxxx 00 xx xxxx, por lo tanto durante todo el proceso ha sido de conocimiento de los proponentes el requisito en el cual se hace necesario la acreditación mediante certificación de las actividades desarrolladas, solicitud expresa xxx xxxxxx, ratificada durante las rondas de preguntas y respuestas a lo largo del proceso, por lo tanto el mencionado requisito no surge como solicitud impuesta por el grupo evaluador sino como documento exigido para el cumplimiento de los requisitos habilitantes. Por lo anterior su solicitud de evaluar la capacidad técnica con las certificaciones aportadas, se realizo desde el primer informe presentado, no obstante lo anterior en los documentos aportados no contemplan las actividades desarrolladas. Por lo anterior NO CUMPLE
POR LO ANTERIOR LA CALIFICACION TÉCNICA NO CUMPLE
PROPONENTE 9: CONSORCIO PROYECCIÓN VIAL TOBIAGRANDE
El proponente mediante comunicaciones radicados INCO 2010 409 012938 2 e INCO 2010 409 012732 2 en relación a las observaciones presentadas por el grupo evaluador expresa y adjunta en relación al Concurso SEA CM PRE 001 2010 lo siguiente:
En relación con la VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES CONTENIDOS EN EL REGISTRO UNICO DE PROPONENTES:
Observacion Grupo Evaluador: La sociedad RyQ NO PRESENTA RUP, SOLO PRESENTA FORMATO 1, FOLIO 107. LA INFORMACION DE INGRESOS OPERACIONALES DEL AÑO
2007 NO APARECEN EN EL BALANCE PRESENTADO, se solicita allegar documento para poder extractar los ingresos operacionales de dicho año.
Comunicación Radicado INCO 2010 409 012961 2 el proponente manifiesta que no está obligado a presentar RUP. Presenta los ingresos operacionales del año 2007. Por lo anterior, el interesado subsana y la calificación es CUMPLE.
A. VERIFICACIÓN DE CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN COMO CONSULTOR DISPONIBLE Cumple
En relación a la ACREDITACION DE LA EXPERIENCIA GENERAL
EXPERIENCIA EN DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA VIAL Y EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA VIAL
Para acreditar la experiencia en EXPERIENCIA EN DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA VIAL Y EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA
VIAL relacionó en el Formato 3A, DOS (2) contratos.
1. Estudio de Ingeniería sector Gorbea Rio Bueno para la Concesión del tramo Temuco Rio Bueno de la Ruta Sur.
Observación Grupo Evaluador: La certificación allegada no contiene las principales actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia Experiencia General literal i numeral 2 , por lo tanto se solicita allegar la certificación en la cual conste el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente de acuerdo a la respuestas dadas en las rondas así: respuesta 34 primera xxxxx, xxxxxxxxx 00 xxxxxxx xxxxx, respuestas 26,27,29,30,33,149,200,205 y 206 tercera ronda. CALIFICACION PENDIENTE.
Comunicación Radicado INCO 2010 409 012732 2 Revisada la certificación expedida por el Ministerio de Obras Públicas de Chile, se verificó que incluyen las principales actividades desarrolladas en el contrato de consultoría, dando cumplimiento con lo establecido en el documento de convocatoria en el literal f) Experiencia Xxxxxxx, xxxxxxxxxx x), xxxxxxx 0, xxxxxxx tercero. Por lo anterior, la calificación es CUMPLE
2. Estudio de Ingeniería sector B suscripción cuesta las chicas Xxxxxxxxx xx xx Xxxx 0 Xxxxx.
Observación Grupo Evaluador: La certificación allegada no contiene las principales actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia Experiencia General literal i numeral 2 , por lo tanto se solicita allegar la certificación en la cual conste el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente de
acuerdo a la respuestas dadas en las rondas así: respuesta 34 primera xxxxx, xxxxxxxxx 00 xxxxxxx xxxxx, respuestas 26,27,29,30,33,149,200,205 y 206 tercera ronda.
Comunicación Radicado INCO 2010 409 012732 2 Revisada la certificación expedida por el Ministerio de Obras Públicas de Chile, se verificó que incluyen las principales actividades desarrolladas en el contrato de consultoría, dando cumplimiento con lo establecido en el documento de convocatoria en el literal f) Experiencia Xxxxxxx, xxxxxxxxxx x), xxxxxxx 0, xxxxxxx tercero. Por lo anterior, la calificación es CUMPLE
EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE INFRAESTRUCTURA VIAL
Para acreditar la experiencia en EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE INFRAESTRUCTURA VIAL relacionó en el Formato 3B, DOS(2) contratos.
1. Inspección Fiscal Proyecto Concesión Internacional Ruta 5 Tramo Xxxxxxxx Xxxxx.
Observación Grupo Evaluador: La certificación allegada no contiene las principales actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia Experiencia General literal ii numeral 3 , por lo tanto se solicita allegar la certificación en la cual conste el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente de acuerdo a la respuestas dadas en las rondas así: respuesta 34 primera xxxxx, xxxxxxxxx 00 xxxxxxx xxxxx, respuestas 26,27,29,30,33,149,200,205 y 206 tercera ronda.
Comunicación Radicado INCO 2010 409 012732 2, La certificación allegada por el proponente no contiene las principales actividades desarrolladas en el contrato de consultoría, las incluidas corresponden a las obras del proyecto, no dando cumplimiento a lo establecido en el documento de convocatoria en el literal f) Experiencia Xxxxxxx, xxxxxxxxxx xx), xxxxxxx 0, xxxxxxx tercero. El proponente no subsana lo solicitado, por lo anterior la calificación es NO CUMPLE.
2. Asesoría de Inspección Técnica de Explotación a la obra Concesionada Sistema Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxx Xxxx 00 Avenida Grecia.
Observación Grupo Evaluador: La certificación allegada no contiene las principales actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia Experiencia General literal ii numeral 3 , por lo tanto se solicita allegar la certificación en la cual conste el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente de acuerdo a la respuestas dadas en las rondas así: respuesta 34 primera xxxxx, xxxxxxxxx 00 xxxxxxx xxxxx, respuestas 26,27,29,30,33,149,200,205 y 206 tercera ronda.
Es importante anotar que esta observación estaba incluida en la matriz técnica, más no en el informe técnico.
Comunicación Radicado INCO 2010 409 012732 2, La certificación allegada por el proponente no contiene las principales actividades desarrolladas en el contrato de consultoría, las incluidas corresponden a las obras del proyecto, no dando cumplimiento a lo establecido en el documento de convocatoria en el literal f) Experiencia Xxxxxxx, xxxxxxxxxx xx), xxxxxxx 0, xxxxxxx tercero. El proponente no subsana lo solicitado, por lo anterior la calificación es NO CUMPLE.
POR LO ANTERIOR LA CALIFICACION TÉCNICA NO CUMPLE PROPONENTE 10: CONSORCIO VIAS PARA EL DESARROLLO
A. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES CONTENIDOS EN EL REGISTRO UNICO DE PROPONENTES
El proponente mediante comunicación radicado INCO 2010 409 012961 2 en relación a las observaciones presentadas por el grupo evaluador expresa y adjunta en relación al Concurso SEA CM PRE 001 2010 lo siguiente:
En relación con la VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES CONTENIDOS EN EL REGISTRO UNICO DE PROPONENTES
Observación Grupo evaluador, EL INTEGRANTE TYPSA NO APORTA RUP, AUNQUE ESTA OBLIGADO. PRESENTA CERTIFICACIÓN DE INSCRIPCION DEL 12 XX XXXX DE 2010 Y SE
ENCUENTRA EN TRAMITE, se solicita allegar el RUP para la verificación de los datos del mismo.
Comunicación Radicado INCO 2010 409 012961 2 Allega RUP con fecha de expedición 4 xx xxxxx de 2010, resultando extemporánea al cierre del presente concurso, el cual fue el 21 xx xxxx de 2010. Por lo anterior el proponente no subsana y la calificación es NO CUMPLE
B. VERIFICACIÓN DE CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN COMO CONSULTOR DISPONIBLE Registrado en Cámara de Comercio, presenta RUP con fecha extemporanea.
En relación a la ACREDITACION DE LA EXPERIENCIA GENERAL
EXPERIENCIA EN DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA VIAL Y EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA VIAL
Para acreditar la experiencia en EXPERIENCIA EN DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA VIAL Y EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA
VIAL relacionó en el Formato 3A, UN (1) contrato.
1. Asistencia Técnica para la redacción del proyecto de trazado y de construcción de la Xxxxxxx xxx xxxxxxxxxxxx X 000 xx Xxxxx x Xxxxxxxxx x Xxxxxxxxx. Tramo Almuñecar Taramay Motril.
Observacion Grupo Evaluador: La certificación allegada no contiene las principales actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia Experiencia General literal i numeral 2 , por lo tanto se solicita allegar la certificación en la cual conste el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente de acuerdo a la respuestas dadas en las rondas así: respuesta 34 primera xxxxx, xxxxxxxxx 00 xxxxxxx xxxxx, respuestas 26,27,29,30,33,149,200,205 y 206 tercera ronda.
Comunicación Radicado INCO 2010 409 012961 2 El proponente allega certificación expedida por el Ministerio de Fomento, donde incluyen las principales actividades desarrolladas en el contrato, dando cumplimiento con lo establecido en el documento de convocatoria en el literal f) Experiencia Xxxxxxx, xxxxxxxxxx x), xxxxxxx 0, xxxxxxx tercero. Por lo anterior el proponente subsana lo solicitado y la calificación es CUMPLE.
EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE INFRAESTRUCTURA VIAL
Para acreditar la experiencia en EXPERIENCIA EN SUPERVISION O INTERVENTORIA DE INFRAESTRUCTURA VIAL relacionó en el Formato 3B, UN (1) contrato.
1. Consultoría y asistencia para la inspección y vigilancia de las obras de construcción de la infraestructura de la xxxxxxxxxxxx xx xx xxxxx 0 xxx xxxxx xx Xxxxxx.
Observacion Grupo Evaluador: La certificación allegada no contiene las principales actividades desarrolladas dentro del objeto de la consultoría, de acuerdo a lo solicitado en los términos de referencia Experiencia General literal ii numeral 3 , por lo tanto se solicita allegar la certificación en la cual conste el cumplimiento de lo dispuesto anteriormente de acuerdo a la respuestas dadas en las rondas así: respuesta 34 primera xxxxx, xxxxxxxxx 00 xxxxxxx xxxxx, respuestas 26,27,29,30,33,149,200,205 y 206 tercera ronda.
Comunicación Radicado INCO 2010 409 012961 2 El proponente allega certificación expedida por la Consejería de Transporte e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, donde incluyen las principales actividades desarrolladas en el contrato, cumpliendo con lo establecido en el documento de convocatoria en el literal f) Experiencia Xxxxxxx, xxxxxxxxxx xx), xxxxxxx 0, xxxxxxx tercero.Por lo anterior el proponente subsana lo solicitado y la calificación es CUMPLE.
POR LO ANTERIOR LA CALIFICACION TECNICA ES NO CUMPLE
4. RESUMEN DE LA EVALUACION
No. de Orden | INTERESADO | EVALUACION JURIDICA | EVALUACION FINANCIERA | EVALUACION TECNICA | CALIFICACION FINAL |
1 | CONSORCIO CRA – AUDING | NO HABIL | NO HABIL | NO HABIL | NO HABIL |
2 | CONSORCIO CONCESIONES PARA EL FUTURO | NO HABIL | HABIL | NO HABIL | NO HABIL |
3 | CONSORCIO SUPERVISIÓN EL TRÉBOL | HABIL | HABIL | HABIL | HABIL |
4 | CONSORCIO INFRAESTRUCTURA VIAL 2010 | HABIL | HABIL | NO HABIL | NO HABIL |
5 | CONSORCIO RDS 2010 | NO HABIL | HABIL | HABIL | NO HABIL |
6 | CONSORCIO INJOCIV | HABIL | HABIL | NO HABIL | NO HABIL |
7 | CONSORCIO XXXXXXX – MAB – VELNEC | HABIL | HABIL | HABIL | HABIL |
8 | INTERVENTORÍA RDS II | NO HABIL | HABIL | NO HABIL | NO HABIL |
9 | CONSORCIO PROYECCIÓN VIAL TOBIAGRANDE | HABIL | HABIL | NO HABIL | NO HABIL |
10 | CONSORCIO VIAS PARA EL DESARROLLO | RECHAZADA | RECHAZADA | NO HABIL | RECHAZADA |
COMITÉ EVALUADOR
COMITÉ JURÍDICO
ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL FIRMADO
XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXX XXX XXXXX XXXX XXXXXX
ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL FIRMADO
XXXXXX XXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXX
ORIGINAL FIRMADO
XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX
COMITÉ TECNICO
ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL FIRMADO
XXXXXXXX XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXX XXXX XXXXX
ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL FIRMADO
XXXXXXXXX XXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXX
ORIGINAL FIRMADO
XXXXX XXXXXXX XXXXXXX
COMITÉ FINANCIERO
ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL FIRMADO
XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX
ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL FIRMADO
XXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXX XXXXX
ORIGINAL FIRMADO
XXXX XXXX XXXXXXX XXXXXX
Coordinadora del Grupo de Defensa Judicial Doctrina y Conceptos Directora de la Evaluación