Modelo de acuerdo de teletrabajo
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a quien pueda
interesarle
Pásaselo
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Para que autónomos, empresas y sus empleados puedan acordar las condiciones de trabajo a distancia de forma oficial, legal y bien definida.
CREADO POR
Modelo de acuerdo de teletrabajo
En , a de de
Reunidos
De una parte,
como representante de la empresa
, con DNI
con CIF
con domicilio social en
en adelante LA EMPRESA. De otra D./Dña.
con domicilio en
, código cuenta de cotización
, calle
, calle
, con DNI
con plena capacidad de obrar, que actúa en nombre propio, en adelante TRABAJADOR.
Manifiestan
LA EMPRESA y TRABAJADOR han convenido de manera voluntaria firmar el presente “Acuerdo de Teletrabajo”, por el cual el trabajador, manifiesta que de manera voluntaria ha accedido a practicar esta modalidad laboral, y pasará a ostentar, durante la duración del presente acuerdo, la cualidad de trabajador a distancia, conservando las mismas garantías y derechos establecidos previamente.
Que reconociéndose mutua capacidad de obrar, es interés de ambas partes concertar el presente Acuerdo, al amparo de lo establecido en los artículos 13 y 34.8 del Estatuto de los Trabajadores, y, el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia, que se regirá por las siguientes:
Cláusulas
PRIMERA. A efectos del presente acuerdo, el trabajador desempeñara las funciones propias de su puesto de trabajo, bajo la modalidad de teletrabajo, en . En dicho lugar el trabajador realizará su trabajo días por semana, distribuidas de conformidad con las medidas de flexibilidad y pacto de disponibilidad que se indican a continuación.
La duración de esta modalidad de trabajo a distancia será de . Si con anterioridad a dicha fecha, la empresa decidiera modificar el centro de trabajo, deberá comunicarlo de conformidad con lo establecido en los artículos 40 y 41 del Estatuto de los trabajadores. Si fuera el trabajador quien tuviera intención de cambiar el lugar donde desempeña su trabajo, deberá comunicarlo a la empresa de forma escrita y con una antelación mínima de
, reservándose la compañía el derecho de evaluar y reconsiderar si la nueva ubicación del trabajador, reúne las condiciones idóneas a ir desarrollando sus tareas en la modalidad de teletrabajo
Con independencia de lo anterior, las partes acuerdan las siguientes medidas de flexibilidad laboral y reglas de disponibilidad:
a) El horario de trabajo será de a horas, y de a horas, con los descansos establecidos en la Ley
b) (Semanal/quincenal/mensualmente) Se celebrarán reuniones por
presencia física del trabajador en el centro de trabajo, de . En caso de cambio de ubicación, se informará al trabajador del centro de reunión, vía e-mail, con una antelación mínima de 72 horas
c) En formato teletrabajo se adoptarán las medidas oportunas para facilitar la comunicación, tales como mantener un canal de chat siempre en abierto durante la jornada laboral; así como la posibilidad de tener un canal audio/vídeo activo para la comunicación de empresa y trabajador, en las condiciones que se estipulen
SEGUNDA. El contrato surtirá efectos desde
.
TERCERA. El salario a percibir será de
, teniendo una duración de
, fijado en atención a las
circunstancias personales de trabajador, y distribuido de conformidad con los conceptos salariales incluidos en el Convenio colectivo del sector
CUARTA. Para la efectiva prestación de trabajo, el trabajador utilizará los siguientes elementos tecnológicos:
Hardware/software (especificaciones técnicas)
Valoración contable /mensual
Ordenador Pantalla/s Ratón Teclado Impresora Software
Servicio de aprovisionamiento de equipamiento de respaldo informático Otros
TOTAL
Los elementos anteriormente son facilitados directamente por la empresa, sirviendo el
presente documento como justificante de su entrega
Los elementos anteriormente pertenecen al trabajador, quien será compensado económicamente
El TRABAJADOR se hace responsable del uso adecuado de los elementos facilitados por la
empresa y a tal fin se compromete a:
• No utilizar el ordenador para usos propios ni permitir su uso por terceros.
• Seguir las instrucciones que proporcione por escrito la empresa relacionadas con la seguridad de la información.
• Cumplir las medidas que establezca la empresa sobre la protección de datos de carácter personal.
• Impedir el acceso de terceros a los dispositivos dotados con claves de acceso (claves, contraseñas, permisos, patrones de seguridad).
• Verificar que el software antivirus y el firewall está actualizado y que el equipo se encuentra
protegido.
• Evitar el acceso a conexiones inalámbricas no seguras,
• Comunicar, inmediatamente cuando tenga conocimiento de ello, robos, pérdidas de informa- ción u otras incidencias a través del correo:
En compensación por la utilización de los medios aportados por el trabajador para el desarrollo de su trabajo, la empresa abonará al trabajador la cantidad de €, que se incluirán en el recibo de salarios como AMORTIZACION DE MEDIOS.
QUINTA. La empresa abonará al trabajador un complemento denominado “PLUS ACTIVIDAD TELETRABAJO”, destinado a indemnizar al trabajador por los gastos personales que debe sufragar por desarrollar su trabajo desde su domicilio. Este Plus no se integra en la Masa salarial Bruta determinada en la anterior cláusula, y únicamente se devengará durante el tiempo en el que el trabajador desarrolle sus funciones desde su propio domicilio, por lo que, en ningún caso podrá ser compensada ni absorbida por otros conceptos salariales, ni tampoco estará sujeta a las variaciones que por convenio pudieran determinarse, debiendo acomodarse, en todo caso a la fluctuación de los precios que afectan a los elementos indicados, mediante acuerdo expreso de las partes. Para el cálculo de este plus se tiene en cuenta los siguientes valores:
Gastos incluidos
Valoración contable /mensual
Limpieza
Material de oficina (papelería, escritura…)
Electricidad
Calefacción/Aire acondicionado Teléfono
ADSL
Mobiliario de oficina
Porcentaje de alquiler de vivienda Otros
TOTAL
SEXTA. La empresa garantizará el acceso a la formación y a las oportunidades de desarrollo de la carrera profesional del trabajador en las mismas condiciones iguales que el resto del personal y con la misma sujeción a las políticas de evaluación establecidas por la empresa,
SÉPTIMA. Con la finalidad de que la empresa pueda garantizar el derecho a la protección de la salud y seguridad profesional del trabajador conforme a la Directiva 89/391/CEE o norma que la sustituya, así como a las directivas particulares, legislaciones nacionales y convenios colectivos vigentes o que puedan aprobarse en desarrollo o sustitución de las mismas y hasta que se desarrolle lo establecido en el artículo 16 L 31/1995 para los puestos de trabajo a distancia, el trabajador se compromete a cumplimentar la autoevaluación de riesgos, de conformidad con el borrador que se le facilite, siendo único responsable de la veracidad de los datos facilitados.
OCTAVA. El control de la actividad de la persona trabajadora por parte de la empresa se hará mediante medios telemáticos, informáticos o electrónicos, disponibles en los dispositivos utilizados para el desarrollo del trabajo, garantizándose, en todo momento el derecho a la intimidad y protección de datos del trabajador y únicamente dentro del horario de referencia acordado; con pleno respeto y reconocimiento al derecho a la desconexión digital de los trabajadores establecido en el art. 88 de la LO 3/2018 o norma que lo sustituya, por lo que dichos elementos estarán programados para no guardar datos fuera del horario laboral establecido.
El trabajador acepta la posibilidad de efectuar reuniones a través de los elementos informáticos que utiliza para el desempeño de su puesto de trabajo, sin que en ningún caso pueda ser considerado como intromisión de su intimidad o una violación de su domicilio, y deberá velar personalmente para que, si se utilizan dispositivos de videoconferencia, estos no capten espacios que puedan considerarse privados.
NOVENA. El acceso del trabajador a los diferentes entornos y sistemas informáticos propiedad de la empresa será efectuado siempre y en todo momento bajo el control y la responsabilidad del trabajador debiendo cumplir todos los procedimientos y protocolos que establezca la empresa para garantizar la seguridad y protección de los datos propiedad de la misma.
En cumplimiento de lo anterior, el trabajador se compromete a respetar la legislación vigente, en cada momento, con relación a la protección de datos, las políticas de privacidad y de seguridad de la información, adecuándose a cuantas medidas implemente la empresa.
Asimismo, el trabajador se compromete a:
• Utilizar los datos de carácter personal a los que tenga acceso, única y exclusivamente para
cumplir con sus obligaciones para con la empresa.
• Cumplir con las medidas de seguridad que la empresa haya implementado para asegurar la confidencialidad, secreto e integridad de los datos de carácter personal a los que tenga acceso, así como a no ceder en ningún caso a terceras personas los datos de carácter personal a los que tenga acceso, ni tan siquiera a efectos de su conservación.
DÉCIMA. Los derechos de representación colectiva previstos y reconocidos en el Estatuto de los Trabajadores, podrán ser ejercidos por el trabajador en el centro de trabajo ubicado en
al que quedará adscrito.
A tal fin se entregará copia de este acuerdo a la representación legal de dicho centro de trabajo, en
un plazo no superior a diez días desde su formalización.
UNDÉCIMA. Propiedad Intelectual. Los derechos de propiedad intelectual e industrial que se generen en virtud del presente acuerdo le pertenecen en exclusiva a la empresa. El trabajador no podrá realizar actividad alguna de uso, reproducción, comercialización, comunicación pública ni transformación sobre el resultado de su trabajo, sin la previa autorización expresa de la empresa.
DUODÉCIMA. En cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos, las partes se comprometen a:
• Tratar los datos personales facilitados por los firmantes de este Contrato de conformidad con la normativa aplicable de Protección de Datos con fines de mantenimiento y ejecución de la relación contractual durante el periodo de vigencia de dicha relación contractual. La base legal para el tratamiento de sus datos personales es, por tanto, la ejecución del presente Contrato.
• Garantizar que los datos personales de los firmantes no serán cedidos a otras entidades,
ni nacionales ni internacionales, salvo obligación legal.
• Los firmantes del presente contrato podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, portabilidad y limitación del tratamiento dirigiéndose por escrito a la entidad que figura en el encabezado del acuerdo. Asimismo, los firmantes del presente contrato, en caso necesario tienen derecho a presentar una reclamación ante la autoridad de control pertinente.
DECIMOTERCERA. El trabajador se compromete a guardar la máxima reserva y confidencialidad sobre las actividades laborales que desarrolle. Se considerará Información Confidencial la información de propiedad de la empresa y la información que genere el trabajador en virtud del contrato de trabajo. El trabajador se compromete a no divulgar dicha Información Confidencial, por ningún medio físico o electrónico, así como a no publicarla ni ponerla a disposición de terceros, aún con posterioridad a la finalización de la relación laboral, a no ser que cuente con el consentimiento expreso y fehaciente de la empresa.
Se firma por las partes, el día del mes de
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Pásaselo
a quien pueda
interesarle
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Este documento es tuyo y puedes utilizarlo de la manera que quieras, siempre bajo tu responsabilidad. El modelo ha sido creado con una base jurídica para recoger las principales medidas a acordar entre empresa y trabajador para regular la situación de teletrabajo, y generalizado para la mayor parte de los casos, de modo que puedes adaptarlo y ajustarlo a la situación concreta de tu empresa y empleados.
Además, la empresa también tiene que establecer y comunicar las medidas de seguridad de la información y de protección de datos de carácter personal que debe cumplir el trabajador en situación de teletrabajo.
Si tienes cualquier duda, en Cuéntica podemos ayudarte.