PLIEGOS DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN ARTÍSTICA DE LA REVETLA DE LAS FIESTAS DE SANT SEBASTIÀ 2019, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD
PLIEGOS DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN ARTÍSTICA DE LA REVETLA DE LAS FIESTAS DE SANT XXXXXXXX 2019, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD
La Revetla de Sant Xxxxxxxx, el 19 de enero, es uno de los actos que identifican las fiestas patronales xx Xxxxx, consistente en la realización simultánea de 8 conciertos con un total de 31 actuaciones musicales en diferentes plazas o espacios de la ciudad.
El Ayuntamiento xx Xxxxx, a través de la Concejalía de Participación Ciudadana, ha ido impulsando en las últimas ediciones, una metodología de trabajo para alcanzar dos objetivos:
a) Un modelo artístico de calidad, con el fin de mejorar y enriquecer la oferta artística y dar coherencia musical en las diferentes plazas que conforman la Revetla.
b) Una mayor representatividad, colaboración y participación ciudadana, con una programación representativa de las preferencias musicales e inquietudes de los ciudadanos.
Ambos objetivos se articulan a través de un servicio de asesoramiento musical, integrado por un equipo multidisciplinar que ha contratado el Ayuntamiento xx Xxxxx, para trabajar desde estos dos ejes: por un lado la información y difusión de esta convocatoria a promotores y artistas para conseguir una oferta amplia, variada, innovadora y de calidad, y por otro el impulso de procesos participativos a través de encuestas y actividades promocionales de cara a conocer los gustos y preferencias musicales de los ciudadanos xx Xxxxx.
Dada la complejidad y envergadura de la programación de la Revetla y para dotar de una perspectiva global todos estos aspectos que interaccionan entre sí, se ha elaborado este Pliego de prescripciones técnicas para la contratación artística y sus necesidades de sonorización, e iluminación y otros servicios complementarios, mediante procedimiento negociado con publicidad.
La selección de dicho procedimiento responde a la necesidad de establecer unas pautas para la selección artística mediante criterios de calidad y procesos participativos, y de ajustar las actuaciones al estilo musical adecuado y a las necesidades técnicas específicas de sonorización e iluminación de los artistas seleccionados, mediante la negociación con los licitadores.
Este año, en la línea de propiciar una Revetla más participativa, se ha considerado adecuado incluir criterios de tipo social que complementen la oferta musical, a la vez que posibiliten llevar a cabo una Revetla más inclusiva.
Primera. El objeto es la contratación de las treinta y una actuaciones musicales que formarán parte de la programación de la Xxxxxxx xx Xxxx Xxxxxxxx 0000 en ocho plazas o lugares de la ciudad; los servicios complementarios (alojamientos, viajes, desplazamientos, dietas, catering, seguros y otros necesarios) de cada una de dichas actuaciones, de su sonorización y la iluminación y, en su caso, del suministro eléctrico.
Segunda. Esta contratación se presenta en treinta y un lotes. Los licitadores deberán tener en cuenta que:
• Pueden presentarse a uno o a más de uno de los lotes ofrecidos.
• No se admitirán propuestas que sólo incluyan parte del objeto del contrato que se especifica en cada lote. Entendemos por parte cualquiera de estas: artista, servicios complementarios, equipo de sonido y luz y suministro eléctrico.
• El Ayuntamiento xx Xxxxx sólo contratará un artista / grupo musical por lote, independientemente de la plaza o lugar donde realice la actuación musical de la Revetla de Xxxx Xxxxxxxx.
XXXX 0: La contratación de la actuación musical principal, de los servicios complementarios necesarios y de la sonorización y la iluminación de la totalidad de las actuaciones musicales en una misma plaza o lugar, el día 19 de enero con motivo de la XXXXXXX xx XXXX XXXXXXXX 0000.
Los licitadores pueden presentar tantas ofertas de artistas como consideren adecuadas en este lote, teniendo en cuenta que cada uno de los artistas propuestos debe orientarse de forma genérica o identificar con cualquiera de los siguientes estilos musicales: rock (catalán, nacional e internacional ) indie, metal, hardcore, punk y similares.
Los servicios complementarios hacen referencia al alojamiento, viajes, desplazamientos, dietas, catering, seguros y otros necesarios para la actuación propuesta.
Los licitadores deberán presentar una oferta de equipo de sonido y luz, que deberá sonorizar e iluminar la actuación del artista principal así como la totalidad de las actuaciones musicales que el Ayuntamiento xx Xxxxx programe a una misma xxxxx x xxxxx, xxxxx xx xxxxxx xx xxxxxx.
XXXX 0: La contratación de la actuación musical intermedia y de los servicios complementarios necesarios, el día 19 de enero con motivo de la REVETLA de SANT XXXXXXXX 2.019.
Los licitadores pueden presentar tantas ofertas de artistas como consideren adecuadas en este lote, teniendo en cuenta que cada uno de los artistas propuestos debe orientarse de forma genérica o identificar con cualquiera de los siguientes estilos musicales: rock (catalán, nacional e internacional ) indie, metal, hardcore, punk y similares.
Los servicios complementarios hacen referencia al alojamiento, viajes, desplazamientos, dietas, catering, seguros y otros necesarios para la actuación propuesta.
LOTE 3: La contratación de la actuación musical telonera y de los servicios complementarios necesarios, el día 19 de enero con motivo de la XXXXXXX xx XXXX XXXXXXXX 0000.
Los licitadores pueden presentar tantas ofertas de artistas como consideren adecuadas en este lote, teniendo en cuenta que cada uno de los artistas propuestos debe orientarse de forma genérica o identificar con cualquiera de los siguientes estilos musicales: rock (catalán, nacional e internacional ) indie, metal, hardcore, punk y similares.
Los servicios complementarios hacen referencia al alojamiento, viajes, desplazamientos, dietas, catering, seguros y otros necesarios para la actuación propuesta.
LOTE 4: La contratación de la actuación musical principal, de los servicios complementarios necesarios, de la sonorización y la iluminación y del suministro eléctrico de la totalidad de las actuaciones musicales en una misma plaza o lugar, el día 19 de enero con motivo de la XXXXXXX xx XXXX XXXXXXXX 0000.
Los licitadores pueden presentar tantas ofertas de artistas como consideren adecuadas en este lote, teniendo en cuenta que cada uno de los artistas propuestos debe orientarse de forma genérica o identificar con cualquiera de los siguientes estilos musicales: pop, hits musicales y éxitos de ayer y xx xxx.
Los servicios complementarios hacen referencia al alojamiento, viajes, desplazamientos, dietas, catering, seguros y otros necesarios para la actuación propuesta.
Los licitadores deberán presentar una oferta de equipo de sonido y luz, el cual deberá sonorizar e iluminar la actuación del artista principal así como la totalidad de las actuaciones musicales que el Ayuntamiento xx Xxxxx programe a una misma plaza o lugar, hasta un máximo de cuatro, así como el suministro eléctrico.
LOTE 5: La contratación de la actuación musical intermedia y de los servicios complementarios necesarios, el día 19 de enero con motivo de la Xxxxxxx xx Xxxx Xxxxxxxx 0000.
Los licitadores pueden presentar tantas ofertas de artistas como consideren adecuadas en este lote, teniendo en cuenta que cada uno de los artistas propuestos debe orientarse de forma genérica o identificar con cualquiera de los siguientes estilos musicales: pop, hits musicales y éxitos de ayer y xx xxx.
Los servicios complementarios hacen referencia al alojamiento, viajes, desplazamientos, dietas, catering, seguros y otros necesarios para la actuación propuesta.
LOTE 6: La contratación de la actuación musical telonera y de los servicios complementarios necesarios, el día 19 de enero con motivo de la Xxxxxxx xx Xxxx Xxxxxxxx 0000.
Los licitadores pueden presentar tantas ofertas de artistas como consideren adecuadas en este lote, teniendo en cuenta que cada uno de los artistas propuestos debe orientarse de forma genérica o identificar con cualquiera de los siguientes estilos musicales: pop, hits musicales y éxitos de ayer y xx xxx.
Los servicios complementarios hacen referencia al alojamiento, viajes, desplazamientos, dietas, catering, seguros y otros necesarios para la actuación propuesta.
LOTE 7: La contratación de la actuación musical DJ y de los servicios complementarios necesarios, el día 19 de enero con motivo de la Xxxxxxx xx Xxxx Xxxxxxxx 0000.
Los licitadores pueden presentar tantas ofertas de artistas como consideren adecuadas en este lote, teniendo en cuenta que cada uno de los artistas propuestos debe orientarse de forma genérica o identificar con cualquiera de los siguientes estilos musicales: pop, hits musicales y éxitos de ayer y xx xxx.
Los servicios complementarios hacen referencia al alojamiento, viajes, desplazamientos, dietas, catering, seguros y otros necesarios para la actuación propuesta.
LOTE 8: La contratación de la actuación musical principal, de los servicios complementarios necesarios, de la sonorización y la iluminación y del suministro eléctrico de la totalidad de las actuaciones musicales en una misma plaza o lugar, el día 19 de enero con motivo de la XXXXXXX xx XXXX XXXXXXXX 0000.
Los licitadores pueden presentar tantas ofertas de artistas como consideren adecuadas en este lote, teniendo en cuenta que cada uno de los artistas propuestos debe orientarse de forma genérica o identificar con cualquiera de los siguientes estilos musicales: música andaluza, flamenco, rumba y similares.
Los servicios complementarios hacen referencia al alojamiento, viajes, desplazamientos, dietas, catering, seguros y otros necesarios para la actuación propuesta.
Los licitadores deberán presentar una oferta de equipo de sonido y luz, el cual deberá sonorizar e iluminar la actuación del artista principal así como la totalidad de las actuaciones musicales que el Ayuntamiento xx Xxxxx programe a una misma plaza o lugar, hasta un máximo de cuatro, así como el suministro eléctrico.
LOTE 9: La contratación de la actuación musical intermedia y de los servicios complementarios necesarios, el día 19 de enero con motivo de la Xxxxxxx xx Xxxx Xxxxxxxx 0000.
Los licitadores pueden presentar tantas ofertas de artistas como consideren adecuadas en este lote, teniendo en cuenta que cada uno de los artistas propuestos debe orientarse de forma genérica o identificar con cualquiera de los siguientes estilos musicales: música andaluza, flamenco, rumba y similares.
Los servicios complementarios hacen referencia al alojamiento, viajes, desplazamientos, dietas, catering, seguros y otros necesarios para la actuación propuesta.
LOTE 10: La contratación de la actuación musical telonera "A" y de los servicios complementarios necesarios, el día 19 de enero con motivo de la Xxxxxxx xx Xxxx Xxxxxxxx 0000.
Los licitadores pueden presentar tantas ofertas de artistas como consideren adecuadas en este lote, teniendo en cuenta que cada uno de los artistas propuestos debe orientarse de forma genérica o identificar con cualquiera de los siguientes estilos musicales: música andaluza, flamenco, rumba y similares.
Los servicios complementarios hacen referencia al alojamiento, viajes, desplazamientos, dietas, catering, seguros y otros necesarios para la actuación propuesta.
LOTE 11: La contratación de la actuación musical telonera "B" y de los servicios complementarios necesarios, el día 19 de enero con motivo de la Xxxxxxx xx Xxxx Xxxxxxxx 0000.
Los licitadores pueden presentar tantas ofertas de artistas como consideren adecuadas en este lote, teniendo en cuenta que cada uno de los artistas propuestos debe orientarse de forma genérica o identificar con cualquiera de los siguientes estilos musicales: música andaluza, flamenco, rumba y similares.
Los servicios complementarios hacen referencia al alojamiento, viajes, desplazamientos, dietas, catering, seguros y otros necesarios para la actuación propuesta.
LOTE 12: La contratación de la actuación musical principal, de los servicios complementarios necesarios, de la sonorización y la iluminación y del suministro eléctrico de la totalidad de las actuaciones musicales en una misma plaza o lugar, el día 19 de enero con motivo de la Xxxxxxx xx Xxxx Xxxxxxxx 0000.
Los licitadores pueden presentar tantas ofertas de artistas como consideren adecuadas en este lote, teniendo en cuenta que cada uno de los artistas propuestos debe orientarse de forma genérica o identificar con cualquiera de los siguientes estilos musicales: música urbana: rap, hip hop , trap y similares.
Los servicios complementarios hacen referencia al alojamiento, viajes, desplazamientos, dietas, catering, seguros y otros necesarios para la actuación propuesta.
Los licitadores deberán presentar una oferta de equipo de sonido y luz, el cual deberá sonorizar e iluminar la actuación del artista principal así como la totalidad de las actuaciones musicales que el Ayuntamiento xx Xxxxx programe a una misma plaza o lugar, hasta un máximo de cuatro, así como el suministro eléctrico.
LOTE 13: La contratación de la actuación musical intermedia y de los servicios complementarios necesarios, el día 19 de enero con motivo de la Xxxxxxx xx Xxxx Xxxxxxxx 0000.
Los licitadores pueden presentar tantas ofertas de artistas como consideren adecuadas en este lote, teniendo en cuenta que cada uno de los artistas propuestos debe orientarse de forma genérica o identificar con cualquiera de los siguientes estilos musicales: música urbana: rap, hip hop , trap y similares.
Los servicios complementarios hacen referencia al alojamiento, viajes, desplazamientos, dietas, catering, seguros y otros necesarios para la actuación propuesta.
LOTE 14: La contratación de la actuación musical telonera "A" y de los servicios complementarios necesarios, el día 19 de enero con motivo de la Xxxxxxx xx Xxxx Xxxxxxxx 0000.
Los licitadores pueden presentar tantas ofertas de artistas como consideren adecuadas en este lote, teniendo en cuenta que cada uno de los artistas propuestos debe orientarse de forma
genérica o identificar con cualquiera de los siguientes estilos musicales: música urbana: rap, hip hop , trap y similares.
Los servicios complementarios hacen referencia al alojamiento, viajes, desplazamientos, dietas, catering, seguros y otros necesarios para la actuación propuesta.
LOTE 15: La contratación de la actuación musical telonera "B" y de los servicios complementarios necesarios, el día 19 de enero con motivo de la Xxxxxxx xx Xxxx Xxxxxxxx 0000.
Los licitadores pueden presentar tantas ofertas de artistas como consideren adecuadas en este lote, teniendo en cuenta que cada uno de los artistas propuestos debe orientarse de forma genérica o identificar con cualquiera de los siguientes estilos musicales: música urbana: rap, hip hop , trap y similares.
Los servicios complementarios hacen referencia al alojamiento, viajes, desplazamientos, dietas, catering, seguros y otros necesarios para la actuación propuesta.
LOTE 16: La contratación de la actuación musical principal, de los servicios complementarios necesarios y de la sonorización y la iluminación de la totalidad de las actuaciones musicales en una misma plaza o lugar, el día 19 de enero con motivo de la Revetla de Sant Xxxxxxxx 2019 .
Los licitadores pueden presentar tantas ofertas de artistas como consideren adecuadas en este lote, teniendo en cuenta que cada uno de los artistas propuestos debe orientarse de forma genérica o identificar con cualquiera de los siguientes estilos musicales: jazz, soul, funk y similares.
Los servicios complementarios hacen referencia al alojamiento, viajes, desplazamientos, dietas, catering, seguros y otros necesarios para la actuación propuesta.
Los licitadores solamente podrán presentar una oferta de equipo de sonido y luz, el cual deberá sonorizar e iluminar la actuación del artista principal así como la totalidad de las actuaciones musicales que el Ayuntamiento xx Xxxxx programe a una misma xxxxx x xxxxx, xxxxx xx xxxxxx xx xxxxxx.
XXXX 00: La contratación de la actuación musical intermedia y de los servicios complementarios necesarios, el día 19 de enero con motivo de la Xxxxxxx xx Xxxx Xxxxxxxx 0000.
Los licitadores pueden presentar tantas ofertas de artistas como consideren adecuadas en este lote, teniendo en cuenta que cada uno de los artistas propuestos debe orientarse de forma genérica o identificar con cualquiera de los siguientes estilos musicales: jazz, soul, funk y similares.
Los servicios complementarios hacen referencia al alojamiento, viajes, desplazamientos, dietas, catering, seguros y otros necesarios para la actuación propuesta.
LOTE 18: La contratación de la actuación musical telonera "A" y de los servicios complementarios necesarios, el día 19 de enero con motivo de la Xxxxxxx xx Xxxx Xxxxxxxx 0000.
Los licitadores pueden presentar tantas ofertas de artistas como consideren adecuadas en este lote, teniendo en cuenta que cada uno de los artistas propuestos debe orientarse de forma genérica o identificar con cualquiera de los siguientes estilos musicales: jazz, soul, funk y similares.
Los servicios complementarios hacen referencia al alojamiento, viajes, desplazamientos, dietas, catering, seguros y otros necesarios para la actuación propuesta.
LOTE 19: La contratación de la actuación musical telonera "B" y de los servicios complementarios necesarios, el día 19 de enero con motivo de la Xxxxxxx xx Xxxx Xxxxxxxx 0000.
Los licitadores pueden presentar tantas ofertas de artistas como consideren adecuadas en este lote, teniendo en cuenta que cada uno de los artistas propuestos debe orientarse de forma genérica o identificar con cualquiera de los siguientes estilos musicales: jazz, soul, funk y similares.
Los servicios complementarios hacen referencia al alojamiento, viajes, desplazamientos, dietas, catering, seguros y otros necesarios para la actuación propuesta.
LOTE 20: La contratación de la actuación musical principal, de los servicios complementarios necesarios, de la sonorización y la iluminación y del suministro eléctrico para la totalidad de las actuaciones musicales en una misma plaza o lugar, el día 19 de enero con motivo de la Xxxxxxx xx Xxxx Xxxxxxxx 0000.
Los licitadores pueden presentar tantas ofertas de artistas como consideren adecuadas en este lote, teniendo en cuenta que cada uno de los artistas propuestos debe orientarse de forma genérica o identificar con cualquiera de los siguientes estilos musicales: música electrónica: EDM, drum & bass, house, techno y similares.
Los servicios complementarios hacen referencia al alojamiento, viajes, desplazamientos, dietas, catering, seguros y otros necesarios para la actuación propuesta.
Los licitadores solamente podrán presentar una oferta de equipo de sonido y luz, el cual deberá sonorizar e iluminar la actuación del artista principal así como la totalidad de las actuaciones musicales que el Ayuntamiento xx Xxxxx programe a una misma plaza o lugar, hasta un máximo de cuatro, así como el suministro eléctrico.
LOTE 21: La contratación de la actuación musical intermedia y de los servicios complementarios necesarios, el día 19 de enero con motivo de la Xxxxxxx xx Xxxx Xxxxxxxx 0000.
Los licitadores pueden presentar tantas ofertas de artistas como consideren adecuadas en este lote, teniendo en cuenta que cada uno de los artistas propuestos debe orientarse de forma genérica o identificar con cualquiera de los siguientes estilos musicales: música electrónica: EDM, drum & bass, house, techno y similares.
Los servicios complementarios hacen referencia al alojamiento, viajes, desplazamientos, dietas, catering, seguros y otros necesarios para la actuación propuesta.
LOTE 22: La contratación de la actuación musical telonera "A" y de los servicios complementarios necesarios, el día 19 de enero con motivo de la Xxxxxxx xx Xxxx Xxxxxxxx 0000.
Los licitadores pueden presentar tantas ofertas de artistas como consideren adecuadas en este lote, teniendo en cuenta que cada uno de los artistas propuestos debe orientarse de forma genérica o identificar con cualquiera de los siguientes estilos musicales: música electrónica: EDM, drum & bass, house, techno y similares.
Los servicios complementarios hacen referencia al alojamiento, viajes, desplazamientos, dietas, catering, seguros y otros necesarios para la actuación propuesta.
LOTE 23: La contratación de la actuación musical telonera "B" y de los servicios complementarios necesarios, el día 19 de enero con motivo de la Xxxxxxx xx Xxxx Xxxxxxxx 0000.
Los licitadores pueden presentar tantas ofertas de artistas como consideren adecuadas en este lote, teniendo en cuenta que cada uno de los artistas propuestos debe orientarse de forma genérica o identificar con cualquiera de los siguientes estilos musicales: música electrónica: EDM, drum & bass, house, techno y similares.
Los servicios complementarios hacen referencia al alojamiento, viajes, desplazamientos, dietas, catering, seguros y otros necesarios para la actuación propuesta.
LOTE 24: La contratación de la actuación musical principal, de los servicios complementarios necesarios, de la sonorización y la iluminación y del suministro eléctrico de la totalidad de las actuaciones musicales en una misma plaza o lugar, el día 19 de enero con motivo de la Xxxxxxx xx Xxxx Xxxxxxxx 0000.
Los licitadores pueden presentar tantas ofertas de artistas como consideren adecuadas en este lote, teniendo en cuenta que cada uno de los artistas propuestos debe orientarse de forma genérica o identificar con cualquiera de los siguientes estilos musicales: música para bailar: swing, salsa, cumbia y similares.
Los servicios complementarios hacen referencia al alojamiento, viajes, desplazamientos, dietas, catering, seguros y otros necesarios para la actuación propuesta.
Los licitadores solamente podrán presentar una oferta de equipo de sonido y luz, el cual deberá sonorizar e iluminar la actuación del artista principal así como la totalidad de las actuaciones musicales que el Ayuntamiento xx Xxxxx programe a una misma plaza o lugar, hasta un máximo de cuatro, así como el suministro eléctrico.
LOTE 25: La contratación de la actuación musical intermedia y de los servicios complementarios necesarios, el día 19 de enero con motivo de la Xxxxxxx xx Xxxx Xxxxxxxx 0000.
Los licitadores pueden presentar tantas ofertas de artistas como consideren adecuadas en este lote, teniendo en cuenta que cada uno de los artistas propuestos debe orientarse de forma
genérica o identificar con cualquiera de los siguientes estilos musicales: música para bailar: swing, salsa, cumbia y similares.
Los servicios complementarios hacen referencia al alojamiento, viajes, desplazamientos, dietas, catering, seguros y otros necesarios para la actuación propuesta.
LOTE 26: La contratación de la actuación musical telonera "A" y de los servicios complementarios necesarios, el día 19 de enero con motivo de la Xxxxxxx xx Xxxx Xxxxxxxx 0000.
Los licitadores pueden presentar tantas ofertas de artistas como consideren adecuadas en este lote, teniendo en cuenta que cada uno de los artistas propuestos debe orientarse de forma genérica o identificar con cualquiera de los siguientes estilos musicales: música para bailar: swing, salsa, cumbia y similares.
Los servicios complementarios hacen referencia al alojamiento, viajes, desplazamientos, dietas, catering, seguros y otros necesarios para la actuación propuesta.
LOTE 27: La contratación de la actuación musical telonera "B" y de los servicios complementarios necesarios, el día 19 de enero con motivo de la Xxxxxxx xx Xxxx Xxxxxxxx 0000.
Los licitadores pueden presentar tantas ofertas de artistas como consideren adecuadas en este lote, teniendo en cuenta que cada uno de los artistas propuestos debe orientarse de forma genérica o identificar con cualquiera de los siguientes estilos musicales: música para bailar: swing, salsa, cumbia y similares.
Los servicios complementarios hacen referencia al alojamiento, viajes, desplazamientos, dietas, catering, seguros y otros necesarios para la actuación propuesta.
LOTE 28: La contratación de la actuación musical principal, de los servicios complementarios necesarios y de la sonorización y la iluminación de la totalidad de las actuaciones musicales en una misma plaza o lugar, el día 19 de enero con motivo de la Xxxxxxx xx Xxxx Xxxxxxxx 0000.
Los licitadores pueden presentar tantas ofertas de artistas como consideren adecuadas en este lote, teniendo en cuenta que cada uno de los artistas propuestos debe orientarse de forma genérica o identificar con cualquiera de los siguientes estilos musicales: folk o música tradicional representativa de un país y que llamaremos "un país para escuchar", donde debe destacar por su ritmo y espectáculo visual.
Los servicios complementarios hacen referencia al alojamiento, viajes, desplazamientos, dietas, catering, seguros y otros necesarios para la actuación propuesta.
Los licitadores deberán presentar una oferta de equipo de sonido y luz, el cual deberá sonorizar e iluminar la actuación del artista principal así como la totalidad de las actuaciones musicales que el Ayuntamiento xx Xxxxx programe a una misma xxxxx x xxxxx, xxxxx xx xxxxxx xx xxxxx.
XXXX 00: La contratación de la actuación musical intermedia y de los servicios complementarios necesarios, el día 19 de enero con motivo de la Xxxxxxx xx Xxxx Xxxxxxxx 0000.
Los licitadores pueden presentar tantas ofertas de artistas como consideren adecuadas en este lote, teniendo en cuenta que cada uno de los artistas propuestos debe orientarse de forma genérica o identificar con cualquiera de los siguientes estilos musicales: folk o música tradicional representativa o identificativa con nuestra cultura.
Los servicios complementarios hacen referencia al alojamiento, viajes, desplazamientos, dietas, catering, seguros y otros necesarios para la actuación propuesta.
LOTE 30: La contratación de la actuación musical telonera "A" y de los servicios complementarios necesarios, el día 19 de enero con motivo de la Xxxxxxx xx Xxxx Xxxxxxxx 0000.
Los licitadores pueden presentar tantas ofertas de artistas como consideren adecuadas en este lote, teniendo en cuenta que cada uno de los artistas propuestos debe orientarse de forma genérica o identificar con cualquiera de los siguientes estilos musicales: ball de bot.
Los servicios complementarios hacen referencia al alojamiento, viajes, desplazamientos, dietas, catering, seguros y otros necesarios para la actuación propuesta.
LOTE 31: La contratación de la actuación musical telonera "B" y de los servicios complementarios necesarios, el día 19 de enero con motivo de la Xxxxxxx xx Xxxx Xxxxxxxx 0000.
Los licitadores pueden presentar tantas ofertas de artistas como consideren adecuadas en este lote, teniendo en cuenta que cada uno de los artistas propuestos debe orientarse de forma genérica o identificar con cualquiera de los siguientes estilos musicales: ball de bot.
Los servicios complementarios hacen referencia al alojamiento, viajes, desplazamientos, dietas, catering, seguros y otros necesarios para la actuación propuesta.
Tercera. La duración del contrato. Desde la firma del contrato hasta la finalización de la actividad, incluyendo los montajes, pruebas de sonido y luz y desmontajes necesarios correspondientes.
Los conciertos de la Revetla se realizarán entre las 20 h de día 19 de enero y las 3 h del día siguiente.
La duración mínima de las actuaciones musicales es de:
a) Principal: mínimo de 90 minutos y máximo de 120 minutos.
b) Intermedia: mínimo 60 minutos, máximo 90 minutos
c) Teloneras: mínimo 45 minutos, máximo 60 minutos
Los cambios de grupos artísticos durante el concierto no deben superar los 15 minutos.
Cuarta. El Ayuntamiento xx Xxxxx, por circunstancias meteorológicas adversas o cualquier otra que afecte la salud o la seguridad de las personas, puede modificar la programación y/o suspender parcial o totalmente las actuaciones (modelo de acta en caso de suspensión-anexo 6- ):
a) Por condiciones meteorológicas adversas:
a.1) Si estas afectan al montaje de los equipos de sonido y luz y otras necesidades técnicas para llevar a cabo la Revetla antes de que ésta se haya iniciado, se ajustarán en el tiempo con el fin de posibilitar la realización de los conciertos.
a.2) En el caso de que las condiciones climatológicas impidan la finalización de los montajes de los equipos de sonido y luz de forma necesaria e imprescindible para la realización de las actuaciones musicales en el momento previsto, el Ayuntamiento podrá modificar el inicio de los conciertos a lo largo de las 2 horas siguientes a la hora de inicio prevista en el programa de fiestas.
a.3) Una vez realizados los montajes mencionados y en el caso de que impidan la realización de las pruebas de sonido y luz totales o parciales de una o más de las actuaciones musicales, el Ayuntamiento podrá ordenar la alteración del orden de las pruebas de sonido de cada grupo artístico e incluso prescindir de una, más de una o todas las pruebas.
a.4) Si en el momento de iniciarse la Revetla, con todos los montajes realizados, las previsiones meteorológicas son adversas, el Ayuntamiento xx Xxxxx puede modificar la hora de inicio prevista de cada una de las actuaciones musicales, la duración de todas y/o de una o más de las actuaciones musicales previstas en la misma plaza, el orden de actuación previsto en el programa de fiestas e incluso anular una o más de las actuaciones musicales programadas en la misma plaza . Sin embargo, la actuación principal siempre será prioritaria.
a.5) En el caso de suspensión total de las actuaciones musicales previstas en la misma plaza, antes de iniciarse la Revetla:
• Por imposibilidad de:
o Iniciar o finalizar los montajes de equipos de sonido y luz previstos y necesarios para el buen desarrollo de la misma.
o Iniciar la totalidad de las actuaciones musicales previstas en dicho lugar, a pesar de que se hayan realizado todos los montajes necesarios.
• Y cuando las autoridades municipales consideren que físicamente se ve afectada la seguridad de las personas que participan o actúan y el público en general.
El Ayuntamiento xx Xxxxx, independientemente de que el contratista haya o no contratado un seguro para contingencias meteorológicas, quedará exento de todos los pagos incluidos en el precio del contrato.
a.6) En cualquiera de los casos especificados en este apartado (a), ni el contratista, ni las empresas subcontratadas por este, ni los artistas y/o representantes de los mismos, podrán demandar ni exigir cualquier pago y/o indemnización al respecto en el Ayuntamiento xx Xxxxx.
a.7) Se prevén las siguientes excepciones al respecto:
• La actuación musical suspendida parcialmente, siempre que la suspensión se de transcurridos 10 minutos de actuación musical realizada.
• El abono de los gastos correspondientes a la sonorización e iluminación de los conciertos, siempre que se anule parte de las actuaciones musicales previstas en un mismo escenario y se haya iniciado la Revetla en la plaza correspondiente.
b) Por amenaza a la salud y seguridad pública: En el caso de suspensión del espectáculo o parte del mismo, por motivos que impliquen una amenaza seria para la salud y seguridad pública, según las autoridades competentes, el Ayuntamiento abonará el 100 % del precio del contrato.
c) En cualquier caso, la suspensión total o parcial de las actuaciones musicales corresponde al Ayuntamiento xx Xxxxx y a las autoridades municipales y/o competentes. Dicha suspensión se producirá a partir del momento que lo comunique al contratista el jefe de departamento de Participación Ciudadana o el Servicio Técnico de Participación Ciudadana o el responsable de que se encuentre en el lugar de la actuación. Se considerará válida la comunicación que se realice vía telefónica por mensaje escrito.
Quinta. Modificaciones y penalizaciones específicas del contrato.
a) En caso de enfermedad grave del artista o de cualquier miembro imprescindible del grupo que imposibilite la actuación prevista, el contratista presentará el correspondiente justificante médico en el Ayuntamiento xx Xxxxx, que quedará eximido del pago del precio del contrato.
En este caso el Ayuntamiento xx Xxxxx dará audiencia al contratista para este formule las consideraciones al respecto y, en su caso, a petición del Ayuntamiento xx Xxxxx, proponer otros artistas para suplir la baja, adjuntando la documentación que se pueda requerir en su momento y el presupuesto, que en ningún caso debe suponer un incremento del precio del contrato. Sin embargo la decisión final corresponde al Ayuntamiento xx Xxxxx, el cual se reserva el derecho de recurrir a las ofertas presentadas a licitación que estén disponibles para actuar, teniendo en cuenta los resultados de los procesos participativos puestos en marcha y los informes que puedan solicitar el servicio de asesoramiento musical.
b) La no comparecencia de los artistas/grupos musicales en el momento del inicio del concierto y/o el no montaje de los equipos de sonido y luz por cualquier motivo, implicará la resolución del contrato y la aplicación de los efectos previstos en la normativa vigente.
c) El incumplimiento parcial o defectuoso del contrato, la no observancia de las indicaciones que pueda realizar el personal municipal y la falta de colaboración con el Ayuntamiento xx Xxxxx y con el servicio de asesoramiento musical, puede implicar la aplicación de penalidades de hasta un 50% del precio total del contrato.
d) Por motivos de programación o de otros justificados, sin que ello suponga ninguna indemnización al respecto, el Ayuntamiento puede no adjudicar la totalidad de los lotes, siempre y cuando figure una actuación principal y el número de actuaciones musicales que se prevé en cada plaza sea de un mínimo de tres.
e) Se prevé, hasta un máximo del 20% del precio de licitación, para posibles modificaciones de los contratos que permitan hacer viables propuestas de tipo social para complementar la oferta musical (inclusión de personas con discapacidad, lenguaje de signos, música para sordos, etc)
f) En caso de que el Ayuntamiento disponga de esponsorizaciones de los viajes y alojamientos de los artistas o de otros elementos objeto del contrato, lo comunicará con la suficiente antelación al contratista, el cual, si no presenta la justificación de haber realizado el gasto con fecha previa a la comunicación del Ayuntamiento xx Xxxxx, debe restar de la facturación correspondiente.
g) Los licitadores, los contratistas y los artistas/grupos musicales en todo momento están obligados a mantener la confidencialidad de sus ofertas musicales y de los datos que aporte el Ayuntamiento xx Xxxxx. La inobservancia de este hecho puede implicar la no adjudicación o ser motivo de resolución del contrato.
Sexta. Obligaciones del contratista:
a) Suscribir los seguros correspondientes de responsabilidad civil para cubrir posibles daños a terceros, personas y bienes.
b) El artista o grupo musical contratado no puede realizar ninguna otra actuación dentro de la isla de Mallorca, durante el periodo comprendido entre los 45 días anteriores y los 15 días posteriores a la actuación dentro del programa de fiestas de Sant Xxxxxxxx 2019, sin el visto bueno del Ayuntamiento xx Xxxxx.
c) Coordinarse permanentemente con el Ayuntamiento xx Xxxxx. Comunicar por escrito el nombre y teléfono de contacto de un representante ante el Ayuntamiento. Esta persona debe estar localizable, durante la duración del contrato y especialmente las 24 horas antes y después de la Revetla.
d) Aportar los alojamientos, los viajes y realizar los traslados internos de los artistas y técnicos objeto del contrato si fuera necesario, así como el catering y dietas de estos.
e) Aportar los instrumentos específicos de los músicos, incluyendo teclados muy específicos, por lo que, y si fuera necesario, se deben preveer posibles gastos de transporte o de alquiler, según se debe hacer constar en el anexo correspondiente. Se exceptúa la batería. En ningún caso se permiten pianos acústicos o clásicos.
f) Presentar la documentación técnica y artística que el Ayuntamiento xx Xxxxx pueda requerir en cualquier momento.
g) Presentar un plan de trabajo con suficiente antelación para hacer viable su aplicación, y que incluya, como mínimo:
• El calendario y horarios concretos de los montajes de los equipos y de las pruebas de sonido y luz.
• La relación de matrículas, el nombre completo y número de DNI de los chóferes de cada vehículo que necesariamente deben tener acceso al lugar de realización del concierto, en las áreas de circulación restringida (ACIRE), incluyendo los montajes y desmontajes.
Durante la realización del evento en la zona de la actividad, el Ayuntamiento no está obligado a reservar espacio para el estacionamiento de vehículos, a excepción de los que llevan los artistas y un máximo de dos vehículos técnicos, según la disponibilidad de espacio. El resto de vehículos sólo pueden tener acceso para carga y descarga.
h) Aportar los vigilantes de seguridad del artista que excedan a los que el Ayuntamiento xx Xxxxx disponga durante el evento: 1 vigilante para el acceso a la zona reservada y camerinos, 2 vigilantes en la zona de seguridad antiavalanchas, 1 vigilante a la mesa de control de sonido y luz externa y 1 vigilante para la zona reservada a personas con discapacidad.
i) A entregar con suficiente antelación y cuando así lo solicite el Ayuntamiento xx Xxxxx, una relación con nombres y DNI de las personas que necesariamente deben tener acceso a las zonas reservadas del espacio escénico, ordenadas según el trabajo que realizarán (técnicos de equipo de sonido y luz, artistas y organización). No se podrá acceder a dichos espacios sin los distintivos que facilitará el Ayuntamiento xx Xxxxx a cada una de las personas que constarán en las listas solicitadas.
j) No utilizar los camerinos como almacén, retirar los desechos y mantenerlos en buenas condiciones después de su uso, incluso si se trata de la última actuación musical.
k) Adaptarse a los escenarios, mixers o cabinas de control de sonido y luz, camerinos y resto de instalaciones existentes para la realización del concierto.
l) Cumplir las exigencias respecto al manual de uso de los escenarios y otras infraestructuras instaladas, el cual se facilitará con antelación suficiente.
m) A la coordinación de empresas para la seguridad y buen desarrollo del evento, el uso del escenario y otras instalaciones, la distribución y uso de camerinos y otras infraestructuras, de las necesidades derivadas de las fichas técnicas o riders y de las pruebas de sonido y luz.
n) Al uso o a hacer extensivo el uso de los medios técnicos y humanos para la ejecución de los aspectos sociales inclusivos que complementen la oferta musical y que se dispongan en una misma plaza o lugar.
o) Si fuera el caso, a entregar, antes de la realización de la actividad, la correspondiente autorización de la madre/padre o tutor para la participación de menores actuantes a los conciertos.
p) En cuanto a la sonorización e iluminación de los conciertos, a:
• Responder a las necesidades técnicas de todos los artistas que actúen en el mismo día y en el mismo lugar.
• Aportar el backline, los "roscos" y otras necesidades técnicas de la totalidad de los grupos musicales actuantes.
• Xxxxxxx la batería (en caso de que fuera necesario, otra para zurdos) y teclados no especiales.
• Realizar los montajes dentro del plazo de 24 horas antes del inicio y el desmontaje inmediatamente después de finalizar las actuaciones musicales. En caso de que se programadores un concierto el día previo o posterior al concierto, el contratista queda obligado a facilitar y realizar los montajes o desmontajes de los equipos de sonido y luz,
al menos en la mitad del tiempo estipulado y en todo caso según las indicaciones y en el plazo que establezca el Ayuntamiento xx Xxxxx en cada caso.
• Programar y realizar una prueba de sonido en cada uno de los grupos y artistas y si fuera necesario por las características del espectáculo, xx xxxxx.
• Proteger los equipos eléctricos de los efectos climatológicos.
• Aportar los elementos necesarios de protección y canalización para aislar el cableado que se desplaza desde la mesa de control de sonido y luz hasta el escenario, sin necesidad de montar vallas metálicas. Este sistema debe estar homologado, ser seguro, protegido de los efectos climatológicos y no impedir la circulación del público y de vehículos aunque la instalación se realice en espacios sin tráfico rodado.
• Cableado suficiente para llegar a las tablas de control de sonido y luz que estarán ubicadas en 20 o 30 m aproximadamente del escenario, según los casos.
• Aportar los grupos electrógenos necesarios para el suministro eléctrico a los lotes donde se especifica, con suficiente potencia para su finalidad y combustible necesario para su funcionamiento.
• Tramitar y legalizar las instalaciones eléctricas especiales, tomas de corriente y/o grupos electrógenos para el uso específico de las instalaciones de baja tensión temporales para fiestas en la XXXX (Unidad de Información y Tramitación de la Dirección General de Industria -Consejería de Comercio, Industria y Energía del Gobierno de las Islas Baleares). Aportar la documentación necesaria y requerida para este fin (proyecto de técnico competente -ingeniero técnico o industrial-, certificado del instalador o boletín, certificado de final de obra...) y a entregar al Ayuntamiento xx Xxxxx , antes de su uso, la autorización de puesta en servicio por parte de la Consejería de industria.
• Seguir las indicaciones de los servicios municipales respecto a la emisión de ruidos durante los montajes, pruebas de sonido y luz, realización y desmontajes.
• Vigilar y cuidar de la seguridad de los equipos de sonido y luz durante su montaje, permanencia, uso y desmontaje.
• Habilitar sistemas de respuesta ante cualquier necesidad e imprevisto que afecte a la convivencia, seguridad, salud de personas y bienes en general, durante la ejecución, montaje, desmontaje, mantenimiento y uso de los equipos de sonido y luz, como por ejemplo, ruidos, humos , acceso de vehículos por viales peatonales, dificultar el acceso a establecimientos comerciales y públicos en general, etc.
• Las pautas de actuación ante una emergencia vendrán determinadas por el Manual de autoprotección que el Ayuntamiento xx Xxxxx dispondrá para la Revetla, en cumplimiento de la normativa vigente sobre emergencias en las Islas Baleares (Ley 2/1998, de 00 xx xxxxx, xx xxxxxxxxxx xx xxxxxxxxxxx xx xxx Xxxxx Xxxxxxxx) y otras disposiciones legales complementarias (Decreto 8/2004, de 23 de enero, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley 2/98, Ley 3/2006, de 00 xx xxxxx, xxxxx xxxxxxx xx xxxxxxxxxxx xx xxx Xxxxx Xxxxxxxx; Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Islas Baleares, etc.). La
empresa adjudicataria en el desarrollo de su actividad y ante una emergencia debe actuar según las instrucciones dadas por los agentes de la autoridad competente.
Séptima. Disponibilidad y exclusividad de las actuaciones musicales.
a) El Ayuntamiento xx Xxxxx entiende que la totalidad de los artistas propuestos por cada licitador están disponibles para actuar en la Revetla. En caso contrario el licitador está obligado, en cualquier momento antes de la adjudicación de los contratos, a informar de posibles bajas de forma razonada y justificada.
b) Es requisito indispensable para poder resultar adjudicatario contar con la disponibilidad y la exclusividad del artista para realizar un concierto con motivo de la Revetla de las fiestas de Xxxx Xxxxxxxx 0000 y presentar la documentación al respecto (anexo 5) cuando así lo requiera el Ayuntamiento xx Xxxxx.
El Ayuntamiento xx Xxxxx se reserva el derecho de solicitar acta notarial, si por motivos justificados así lo considera adecuado y necesario. El gasto que se pueda derivar de este posible hecho irá a cargo de los licitadores.
Octava. El Ayuntamiento xx Xxxxx se reserva el derecho, sin coste económico añadido, a:
a) Incluir, en cualquier momento, ofertas artísticas propuestas por cualquier servicio municipal y por otras administraciones y organismos públicos, que sean ganadoras de certámenes, concursos, etc. o de las que se justifique el interés público general. En este caso el contratista está obligado a realizar su sonorización e iluminación.
b) Establecer y modificar el orden de las actuaciones musicales, la plaza o lugar de la Revetla donde se realizarán y los artistas/grupos musicales que actuarán en estos.
c) Solicitar a los licitadores cualquier aspecto relevante que pueda incidir en el proceso de preselección y de realización de las encuestas.
Novena. Criterios de selección de las propuestas presentadas:
Cuando hablamos de modelo artístico hacemos referencia al logro de un conjunto musical que tenga en cuenta la calidad de los artistas actuantes y la coherencia de estilos, con motivo de la Revetla de las fiestas de Sant Xxxxxxxx. Por este motivo el Ayuntamiento xx Xxxxx ha contratado un servicio de asesoramiento musical que permita mejorar la oferta musical y el contenido de la programación, teniendo en cuenta la participación ciudadana.
En este caso, por participación ciudadana entendemos todos aquellos procesos participativos que permiten la colaboración de la ciudadanía y el conocimiento de sus gustos y preferencias musicales, con un carácter no vinculante.
El procedimiento a seguir para conjugar ambos aspectos será el siguiente:
a) Una vez finalizado el plazo para la captación de ofertas musicales, el Ayuntamiento xx Xxxxx sistematizará y resumirá todas las ofertas musicales presentadas administrativamente y técnicamente se consideren viables e idóneas para cada uno de los lotes ofrecidos.
b) El servicio de asesoramiento musical, a partir de los datos aportados por el Ayuntamiento xx Xxxxx, realizará una primera selección artística, ordenando y agrupará en varias opciones, incluyendo cada una actuación principal, intermedia y teloneros (hasta un máximo de dos) y la plaza o lugar donde inicialmente se propone realizar dichas actuaciones musicales, hasta un máximo de ocho plazas.
c) El servicio de asesoramiento musical tendrá en cuenta los siguientes criterios para la preselección de los artistas / grupos musicales y de posibles opciones o combinaciones de los mismos:
• La calidad musical, tanto técnica y su directo, como en el sentido amplio de innovar, crear y generar valor.
• El estilo y coherencia musical entre las propuestas presentadas, para actuar en una misma plaza.
• La adecuación de las fichas técnicas de sonido y luz de los artistas o riders y de éstas con el espacio donde se llevará a cabo el concierto.
• Disponer de repertorio propio.
• Presentar un nuevo trabajo, disco, formato, etc.
• No haber actuado ninguna vez a las fiestas de SANT XXXXXXXX.
• No haber actuado en las fiestas de SANT XXXXXXXX las dos últimas ediciones, a excepción de los que justifiquen la presentación de un nuevo trabajo, disco, formato, etc.
• Ser grupos emergentes de ámbito local.
• Disponer de repertorio que incluya la lengua catalana.
• Presencia femenina sobre el escenario.
• Prever la vertiente inclusivo, con el fin de poder llegar a aquellas personas espectadoras con alguna discapacidad.
d) El Ayuntamiento xx Xxxxx puede trasladar los artistas seleccionados y sus posibles combinaciones a una posterior encuesta para los ciudadanos, que formará parte de un estudio de público. Dicho estudio quiere recoger una muestra representativa de los intereses de los ciudadanos, con el fin de configurar una programación de la Revetla fundamentada objetivamente sobre un análisis real de las preferencias del público potencial.
Las encuestas se realizarán a pie xx xxxxx, a personas empadronadas en Palma, mayores de 16 años, a partir de una representación equitativa de diferentes grupos poblacionales y perfiles socioculturales que conforman la ciudad.
e) Paralelamente el Ayuntamiento xx Xxxxx podrá convocar votaciones populares por vía telemática a través de la plataforma "Tu fas Palma", para conocer las preferencias musicales
relativas a una o más plazas de la Revetla. Dicha convocatoria se dirigirá igualmente a personas empadronadas en Palma y mayores de 16 años.
f) El Ayuntamiento xx Xxxxx no está obligado a realizar encuestas, en cualquiera de las formas mencionadas ni que éstas incluyan la totalidad de los lotes y/o de grupos musicales ofrecidos.
g) El dato que se publicará en encuestas en general será el nombre del artista/grupo musical. Sin embargo, se podrá publicar un curriculum de referencia así como pequeños fragmentos de muestra musical para utilizar durante la realización de estas, extraídas de los enlaces de los vídeos y de cualquier otro documento acústico que el licitador haga constar en la documentación técnica. El Ayuntamiento xx Xxxxx puede excluir de una posible contratación aquellas propuestas que incluyan cualquier tipo de información o publicidad del licitador y/o de terceros.
h) El hecho de ser preseleccionado y/o de formar parte de las encuestas, no implica la adjudicación del contrato.
i) La preselección de un artista/grupo musical para actuar en una determinada plaza de la Revetla como una posible opción, no impide que éste se pueda adjudicar para actuar a otra plaza.
j) Tanto los artistas/grupos musicales preseleccionados como los resultados finales de las votaciones serán confidenciales hasta la adjudicación y aprobación por el órgano municipal competente, con el fin de garantizar la imparcialidad en los procedimientos contractuales.
k) El servicio de asesoramiento musical puede variar la propuesta inicial de los artistas seleccionados de forma razonada y en función de los resultados de las votaciones.
l) Una vez se disponga de los resultados de las encuestas en general, el Ayuntamiento invitará a la negociación los licitadores que hayan presentado los mismos artistas preseleccionados y/o más votados. Esta negociación se puede realizar de forma presencial o telemática, tantas veces como sea necesario. Se harán constar en el expediente las actas de las reuniones o los correos electrónicos que se deriven de la negociación.
m) Criterios de negociación:
• La tendencia de estilo musical del artista/grupo musical propuesto que se considera prioritaria de cara a lograr la coherencia musical de la plaza donde actuará en la Revetla.
• La adecuación de las necesidades técnicas de sonido y luz de cada uno de los grupos que se prevé que actuarán en una misma plaza de la Revetla.
• La adecuación de los equipos de sonido y luz a las necesidades técnicas de cada uno de los grupos que se prevé que actuarán en una misma plaza de la Revetla y con la plaza o lugar donde se llevarán a cabo los conciertos.
• El horario, duración y orden de actuación del grupo musical propuesto.
• La rebaja del precio ofertado.
• La viabilidad de la vertiente inclusiva propuesta:
o La aportación de los medios técnicos y humanos necesarios y necesarios para su ejecución.
o El precio ofrecido y la posibilidad de ampliar su uso a otros artistas/grupos musicales que actuarán en una misma plaza o lugar de la Revetla.
n) Una vez finalizadas las negociaciones, el Ayuntamiento xx Xxxxx puede abrir un plazo para la reformulación de las propuestas presentadas inicialmente por los licitadores. Las propuestas reformuladas serán valoradas de acuerdo con los siguientes criterios de adjudicación. Si el licitador no presenta dicha reformulación, se entenderá que se mantiene la propuesta inicial.
o) El Ayuntamiento xx Xxxxx sólo adjudicará una actuación principal, una intermedia y dos teloneros por cada plaza o lugar donde se lleven a cabo los 8 conciertos de la Revetla. Sin embargo, podrá no adjudicar la totalidad de los lotes, siempre y cuando figure una actuación principal y el número de actuaciones musicales total sea de un mínimo de tres.
p) Las propuestas se valorarán hasta un máximo de 50 puntos, los siguientes lotes: 2, 3, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 13, 14, 15, 17, 18, 19, 21, 22, 23, 25, 26, 27, 29, 30 y 31. Resultará adjudicatario el licitador que alcance una mayor puntuación, según los siguientes criterios de adjudicación:
• La propuesta inclusiva viable, hasta 20 puntos.
o Disponer de repertorio en lenguaje de signos y/o uso de subtítulos, hasta 5 puntos.
o Música con vibraciones y juegos lumínicos para sordos, hasta 5 puntos.
o Artistas con alguna discapacidad, hasta 5 puntos.
o Otras propuestas, hasta 5 puntos.
• La adecuación de las necesidades técnicas de sonido y luz de la actuación intermedia o teloneros, según el caso, con el resto de actuaciones musicales que actuarán en una misma plaza de la Revetla, hasta 15 puntos.
• La adecuación a la tendencia que se priorizará en cada plaza, dentro del estilo musical inicial propuesto en cada lote de la Revetla, hasta 10 puntos.
• La rebaja del precio, hasta 5 puntos. Se aplicará el criterio de proporcionalidad calculado por la siguiente fórmula.
D = constante de valor (5)
C = importe del precio máximo de licitación del lote al que se ha presentado el licitador
B = Importe ofrecido por cada una de las empresas que presentan un mismo artista / grupo musical
A = importe de la oferta más económica de un mismo artista / grupo musical
Puntuación = D × (CB) / (CA)
q) Las propuestas se valorarán hasta un máximo de 60 puntos, los siguientes lotes: 1, 4, 8, 12, 16, 20, 24 y 28. Resultará adjudicatario el licitador que alcance una mayor puntuación, según los siguientes criterios de adjudicación:
• La propuesta inclusiva viable, hasta 20 puntos.
o Disponer de repertorio en lenguaje de signos y/o uso de subtítulos, hasta 5 puntos.
o Música con vibraciones y juegos lumínicos para sordos, hasta 5 puntos.
o Artistas con alguna discapacidad, hasta 5 puntos.
o Otras propuestas, hasta 5 puntos.
• La adecuación de las necesidades técnicas de sonido y luz de la actuación principal con el resto de actuaciones musicales en una misma plaza de la Revetla, hasta 15 puntos.
• La adecuación de los equipos de sonido y luz en la plaza o lugar ya las necesidades técnicas de todas las actuaciones musicales que actuarán en una misma plaza o puesto de la Revetla, hasta 10 puntos.
• La adecuación a la tendencia que se priorizará en cada plaza, dentro del estilo musical inicialmente propuesto en cada lote de la Revetla, hasta 10 puntos.
• La rebaja del precio, hasta 5 puntos. Se aplicará el criterio de proporcionalidad calculado por la siguiente fórmula.
D = constante de valor (5)
C = importe del precio máximo de licitación del lote al que se ha presentado el licitador
B = Importe ofrecido por cada una de las empresas que presentan un mismo artista/grupo musical
A = importe de la oferta más económica de un mismo artista/grupo musical
Puntuación = D × (CB) / (CA)
r) Así, y teniendo en cuenta que el proceso de selección de las propuestas presentadas expuesto se basa en tres ejes correlativos:
• En primer lugar la publicidad de esta convocatoria.
• En segundo lugar la selección de las actuaciones musicales en la Revetla, por lo que se tendrá en cuenta el modelo artístico propuesto por el servicio de asesoramiento musical y los gustos y preferencias musicales más votados por los ciudadanos xx Xxxxx.
• Y en tercer lugar la selección de los licitadores que han propuesto los artistas/grupos musicales seleccionados (por el servicio de asesoramiento musical y/o mediante votación), según los criterios de negociación y de adjudicación expuestos.
en general y orientativamente el calendario al respecto sería el siguiente:
• A partir de la segunda quincena de septiembre/primera de octubre: presentación de ofertas.
• Octubre: sistematización de los datos relativos a las ofertas musicales presentadas; estudio de su viabilidad administrativa y técnica; preselección musical, elaboración y realización de encuestas.
• Noviembre: elaboración de los informes de resultados, negociaciones y propuestas de adjudicaciones.
Si día 23 de noviembre de 2018, el Ayuntamiento no ha comunicado a los licitadores la aceptación de una o más de sus ofertas artísticas, éstas se entenderán desestimadas.
Décima. A modo orientativo, sin perjuicio de posibles cambios y efectos de prever la capacidad y especificidad de los equipos de sonido y luz y las instalaciones previstas, la Revetla se llevará a cabo en las siguientes plazas o lugares:
a) Plazas con un aforo entre 10.000 y 12.000 personas:
• Pl. d’Espanya:
o Estilo musical: pop, hits musicales, "Éxitos de ayer y xx xxx" y DJ.
o Escenario de medidas aproximadas de 12 m × 10 m cubierto y con alas x xxxxxx laterales; una cabina o mixer para el control de sonido y luz, también cubierto, vallas antialudes ante el escenario y cierre perimetral del área de escenario y de artistas / organización.
o Cuatro camerinos.
o Suministro eléctrico (dos generadores).
b) Plazas con un aforo entre 7.000 y 10.000 personas:
• Pl. del Rei Xxxx Xxxxxx X:
o Estilo musical: rock en catalán, nacional e internacional, independiente, alternativo, metal, hardcore, punk y similares.
o Escenario de medidas aproximadas de 10 m × 10 m cubierto y con alas x xxxxxx laterales; una cabina o mixer para el control de sonido y luz también cubierto, vallas antialudes ante el escenario y cierre perimetral del área de escenario y de artistas / organización.
o Tres camerinos.
o Suministro eléctrico (toma de corriente).
c) Plazas con un aforo entre 5.000 y 7.000 personas:
• C. Xxxxxx Xxxxxxxxx (Ponts del Tren):
o Estilo musical: música urbana: rap, hip hop, trap y similares.
o Escenario de medidas aproximadas de 10 m × 8 m con cubierta superior; una cabina o mixer para el control de sonido y luz también cubierto, vallas antiavalanchas ante el escenario y cierre perimetral del área de escenario y de artistas / organización.
o Tres camerinos.
o Suministro eléctrico (tres generadores -un se destinará exclusivamente a camerinos-).
d) Plazas con un aforo entre 3.000 y 5.000 personas:
• Pl. Major:
o Estilo musical: folk, música tradicional en catalán y ball de bot. Además, la actuación de un grupo de música folk o tradicional representativa de un país "Un país para escuchar".
o Escenario de medidas aproximadas de 10 m × 8 m con cubierta superior; una cabina o mixer para el control de sonido y luz también cubierto, vallas antiavalanchas ante el escenario y cierre perimetral del área de escenario y de artistas / organización.
o Tres camerinos.
o Suministro eléctrico (toma de corriente).
• Pl. de la Reina:
o Estilo musical: música andaluza, flamenco, rumba y similares.
o Escenario de medidas aproximadas de 10 m × 10 m cubierto y con alas x xxxxxx laterales; una cabina o mixer para el control de sonido y luz, también cubierto, vallas antiavalanchas ante el escenario y cierre perimetral del área de escenario y de artistas / organización.
o Tres camerinos.
o Suministro eléctrico (dos generadores).
e) Plazas con un aforo de menos de 3.000 personas:
• La Feixina:
o Estilo musical: música electrónica: EDM, drum & bass, house, techno y similares.
o Escenario de medidas aproximadas de 4 m × 3 m cubierto; una cabina o mixer para el control de sonido y luz también cubierto, vallas antiavalanchas ante el escenario y cierre perimetral del área de escenario y de artistas / organización.
o 2 camerinos
o Suministro eléctrico (dos generadores).
• Pl. xx Xxxx:
o Estilo musical: jazz, soul, funk y similares.
o Escenario de medidas aproximadas de 8 m × 6 m cubierto; una cabina o mixer para el control de sonido y luz también cubierto, vallas antiavalanchas ante el escenario y cierre perimetral del área de escenario y de artistas / organización.
o 2 camerinos.
o Suministro eléctrico (toma de corriente).
• Pl. de l’Olivar:
o Estilo musical: músicas para bailar: swing, salsa, cumbia y similares.
o Escenario de medidas aproximadas de 8 m × 6 m cubierto; una cabina o mixer para el control de sonido y luz también cubierto, vallas antiavalanchas ante el escenario y cierre perimetral del área de escenario y de artistas / organización.
o 2 camerinos.
o Suministro eléctrico (dos generadores).
Undécima. Presencia de marcas comerciales y derechos de retransmisión.
a) El nombre y la imagen del artista pueden ser utilizados en el programa de fiestas y durante el evento, junto con actividades publicitarias y marcas comerciales.
b) El artista tiene que ceder todos los derechos de imagen, sonido y autor para que el concierto pueda ser fotografiado y/o grabado total o parcialmente para posteriores reproducciones en cualquier soporte y por cualquier medio. En caso de que el artista y/o el contratista imponga condiciones especiales o específicas al respecto, el Ayuntamiento xx Xxxxx, como se trata de conciertos en la vía pública, abiertos a todos y gratis, no asumirá ninguna responsabilidad en su cumplimiento por parte de terceros (particulares y medios de comunicación).
c) El contratista será el responsable de delimitar y controlar el acceso a las zonas reservadas para los medios de comunicación (radio, prensa, fotos, TV, Internet...) durante todo el concierto. Sólo se permitirá dicho acceso mediante la correspondiente acreditación que emitirá en su momento el Ayuntamiento xx Xxxxx.
d) El Ayuntamiento xx Xxxxx no solicitará ni facilitará copias a terceros de la posible información grabada.
e) El Ayuntamiento xx Xxxxx puede hacer publicidad (incluyendo imágenes y/o sonido) del artista en cualquier momento, medio, soporte y contenido publicitario que considere adecuado, propio o de terceros, con el fin de promocionar y difundir las fiestas de Sant Xxxxxxxx, sin que ello suponga ningún coste al Ayuntamiento xx Xxxxx, incluidos posibles derechos de autor.
Los enlaces de los vídeos y cualquier otro documento acústico que se compartirán serán solicitados con la documentación técnica y se entenderá que se autoriza al Ayuntamiento xx Xxxxx la utilización de este enlace y su reproducción en la página web municipal para la promoción publicitaria de las fiestas de Sant Xxxxxxxx y si fuera necesario, para las encuestas y votaciones.
f) El contratista no hará publicidad de sí mismo y de otros colaboradores o patrocinadores sin el visto bueno del Ayuntamiento xx Xxxxx.
g) El contratista deberá solicitar la autorización correspondiente para la instalación de merchandising durante la realización del concierto y cumplir con las condiciones que pueda imponer el Ayuntamiento xx Xxxxx.
h) Sólo se autorizará la instalación de puestos de productos alimenticios, refrescos y barras de bar dirigidas al público en general, a los establecimientos de restauración (ante su fachada o, si no es posible, cerca), ONG, partidos políticos y asociaciones no lucrativas legalmente constituidas, dentro de los plazos que establezca el Ayuntamiento al efecto, según establece la Ordenanza municipal de ocupación de vía pública.
Duodécima. Documentación técnica:
a) Es obligado para todos los licitadores, independientemente del lote al que se presenten, la entrega de los siguientes anexos: 1, 2 y 4 xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas para la contratación artística de la Revetla de las fiestas de Xxxx Xxxxxxxx 0000.
b) Es obligado para todos los licitadores que se presenten los lotes 1, 4, 8, 12, 16, 20, 24 y 28 la entrega de los siguientes anexos: 1, 2, 3 y 4 xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas para la contratación artística de la Revetla de las fiestas de Xxxx Xxxxxxxx 0000.
No se admitirán a trámite aquellas propuestas donde la información solicitada sea incompleta o poco clara y que no se entregue o aporte toda la información solicitada según los anexos correspondientes.
Decimotercera. El presupuesto máximo de licitación es de 200.000,00 + 42.000,00 (21% de IVA) = 242.000,00 €, distribuidos de la siguiente manera:
a) El presupuesto máximo de licitación correspondiente a cada uno de los lotes será el siguiente:
Nº. DE LOTE | OBJETO | ESTILO MUSICAL ORIENTATIVO | BASE IMPONIBLE | 21% DE IVA | PRESUPUEST O MÁXIMO DE LICITACIÓN |
1 | artista principal, servicios complementarios y equipo sonido y luz | rock (catalán, nacional e internacional) indie, metal, hardcore, punk y similares | 28.925,62 € | 6.074,38 € | 35.000,00 € |
2 | artista intermedio y servicios complementarios | rock (catalán, nacional e internacional) indie, metal, hardcore, punk y similares | 9.917,36 € | 2.082,64 € | 12.000,00 € |
3 | artista telonero y servicios complementarios | rock (catalán, nacional e internacional) indie, metal, hardcore, punk y similares | 1.652,89 € | 347,11 € | 2.000,00 € |
4 | artista principal, servicios complementarios, equipo sonido y luz y generadores. | pop, hits musicales, éxitos de ayer y xx xxx | 24.793,39 € | 5.206,61 € | 30.000,00 € |
5 | artista intermedio y servicios complementarios | pop, hits musicales, éxitos de xxxx y xx xxx | 8.264,46 € | 1.735,54 € | 10.000,00 € |
6 | artista telonero y servicios complementarios | pop, hits musicales, éxitos de ayer y xx xxx | 1.652,89 € | 347,11 € | 2.000,00 € |
7 | DJ y servicios complementarios | pop, hits musicales, éxitos de xxxx y xx xxx | 1.652,89 € | 347,11 € | 2.000,00 € |
8 | artista principal, servicios complementarios, equipo sonido y luz y generadores | música andaluza, flamenco, rumba y similares | 21.487,60 € | 4.512,40 € | 26.000,00 € |
9 | artista intermedio y servicios complementarios | música andaluza, flamenco, rumba y similares | 6.611,57 € | 1.388,43 € | 8.000,00 € |
10 | artista telonero A y servicios complementarios | música andaluza, flamenco, rumba y similares | 1.652,89 € | 347,11 € | 2.000,00 € |
11 | artista telonero B y servicios complementarios | música andaluza, flamenco, rumba y similares | 1.652,89 € | 347,11 € | 2.000,00 € |
12 | artista principal, servicios complementarios, equipo sonido y luz y generadores | música urbana (rap, hip hop, trap y similares) | 16.528,93 € | 3.471,07 € | 20.000,00 € |
13 | artista secundario y servicios complementarios | música urbana (rap, hip hop, trap y similares) | 4.958,68 € | 1.041,32 € | 6.000,00 € |
14 | artista telonero A y servicios complementarios | música urbana (rap, hip hop, trap y similares) | 1.652,89 € | 347,11 € | 2.000,00 € |
15 | artista telonero B y servicios complementarios | música urbana (rap, hip hop, trap y similares) | 1.652,89 € | 347,11 € | 2.000,00 € |
16 | artista principal, servicios complementarios y equipo sonido y luz | jazz, soul, funk y similares | 8.264,46 € | 1.735,54 € | 10.000,00 € |
17 | artista intermedio y servicios complementarios | jazz, soul, funk y similares | 3.305,79 € | 694,21 € | 4.000,00 € |
18 | artista telonero A y servicios complementarios | jazz, soul, funk y similares | 1.652,89 € | 347,11 € | 2.000,00 € |
19 | artista telonero B y servicios complementarios | jazz, soul, funk y similares | 1.652,89 € | 347,11 € | 2.000,00 € |
20 | artista principal, servicios complementarios, equipo sonido y luz y generadores | música electrónica: EDM, drum & bass, house, techno y similares | 8.264,46 € | 1.735,54 € | 10.000,00 € |
21 | artista intermedio y servicios complementarios | música electrónica: EDM, drum & bass, house, techno y similares | 3.305,79 € | 694,21 € | 4.000,00 € |
22 | artista telonero A y servicios complementarios | música electrónica: EDM, drum & bass, house, techno y similares | 1.652,89 € | 347,11 € | 2.000,00 € |
23 | artista telonero B y servicios complementarios | música electrónica: EDM, drum & bass, house, techno y similares | 1.652,89 € | 347,11 € | 2.000,00 € |
24 | artista principal, servicios complementarios, equipo sonido y luz y generadors | música para bailar: swing, salsa, cumbia y similares | 11.570,25 € | 2.429,75 € | 14.000,00 € |
25 | artista intermedio y servicios complementarios | música para bailar: swing, salsa, cumbia y similares | 3.305,79 € | 694,21 € | 4.000,00 € |
26 | artista telonero A y servicios complementarios | música para bailar: swing, salsa, cumbia y similares | 1.652,89 € | 347,11 € | 2.000,00 € |
27 | artista telonero B y servicios complementarios | música para bailar: swing, salsa, cumbia y similares | 1.652,89 € | 347,11 € | 2.000,00 € |
28 | artista principal, servicios complementarios y equipo sonido y luz | folk o música tradicional representativa de un país "Un país para escuchar" | 12.396,69 € | 2.603,31 € | 15.000,00 € |
29 | artista intermedio y servicios complementarios | folk o música tradicional representativa o identificativa con nuestra cultura | 3.305,79 € | 694,21 € | 4.000,00 € |
30 | artista telonero A y servicios complementarios | ball de bot | 1.652,89 € | 347,11 € | 2.000,00 € |
31 | artista telonero B y servicios complementarios | ball de bot | 1.652,89 € | 347,11 € | 2.000,00 € |
TOTAL | 200.000,00 € | 42.000,00 € | 242.000,00 € |
Los licitadores a los lotes 1, 4, 8, 12, 16, 20, 24 y 28 deben tener en cuenta que la suma de los presupuestos derivados del caché, los servicios complementarios de cada uno de los artistas ofrecidos, más el presupuesto presentado para la sonorización e iluminación de las actuaciones musicales en cada lote, no puede superar el presupuesto máximo de licitación del lote para el que concursan.
El pago se realizará una vez finalizada la actuación musical, mediante talón bancario o transferencia bancaria, tras la presentación de la factura proforma y contraprestación de la factura correspondiente debidamente conformada.
Decimocuarta. El contrato se entiende a riesgo y xxxxxxx del contratista. Es decir, que éste no puede solicitar alteración del precio ni indemnización debido a posibles daños, pérdidas, usurpaciones, incendios, incumplimiento de la normativa vigente y otros derivados de condiciones meteorológicas adversas que puedan sufrir durante el contrato.
Palma, 27 de julio de 2018