SERVICIO DE GRABACION Y PRODUCCION AUDIOVISUAL DE LOS DESFILES DE MBFWM
SERVICIO DE GRABACION Y PRODUCCION AUDIOVISUAL DE LOS DESFILES DE MBFWM
EXP.- 17/165 - 2000012147
COMISIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN
junio 2017
CUADRO RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS XX XXXXXX DE BASES |
EXP.- 17/165 - 2000012147 |
A- DENOMINACIÓN DEL SERVICIO.- SERVICIO DE GRABACION Y PRODUCCION AUDIOVISUAL DE LOS DESFILES DE MBFWM |
B- CÓDIGO CPV.- 92111200-4 92111220-0 |
C- PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN.- PROCEDIMIENTO ABIERTO. |
D- PERIODO DE CONTRATACIÓN.- DESDE LA FIRMA DEL CONTRATO, PREVISTA PARA FINALES DE JULIO 2017, HASTA EL 31 DE ENERO DE 2018 CON POSIBILIDAD DE RENOVACIÓN POR UNA EDICION ADICIONAL, HASTA EL 00 XX XXXXX XX 0000 |
E- PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACIÓN.- 240.000 € (DOSCIENTOS CUARENTA MIL EUROS), IVA EXCLUIDO. |
F- FORMA DE PAGO.- MEDIANTE TRANSFERENCIA A 60 DÍAS |
G- GARANTÍA PROVISIONAL: 7.200 EUROS (3% DEL PRESUPUESTO DE LICITACIÓN) H- GARANTÍA DEFINITIVA.: 5% DEL IMPORTE DE ADJUDICACIÓN |
Í N D I C E
2. PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN. 4
6. PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACIÓN. 5
7. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. 6
11. FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO 7
14. CAPACIDAD JURÍDICA DE LAS EMPRESAS Y AUSENCIA DE PROHIBICIÓN PARA CONTRATAR. 9
16. PERFIL DEL CONTRATANTE. 13
17. PROPOSICIÓN Y DOCUMENTOS. PLAZO DE PRESENTACIÓN. 14
18. APERTURA Y CALIFICACIÓN DE OFERTAS 16
19. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. 18
20. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. 20
21. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. 21
22. EXTINCIÓN DEL CONTRATO. 27
25. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO. 29
ANEXO I – DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA 30
ANEXO II – DOCUMENTACIÓN TÉCNICA 51
XXXXX XXX – PROPOSICIÓN ECONÓMICA 67
SERVICIO DE GRABACION Y PRODUCCION AUDIOVISUAL DE LOS DESFILES DE MBFWM
1. OBJETO DEL CONTRATO.-
El contrato que se regirá por el presente Pliego de Bases tiene por objeto lo especificado en el encabezamiento con arreglo a las condiciones técnicas unidas al expediente y que se dan por reproducidas y se consideran como parte integrante del presente Xxxxxx.
El servicio comprende la grabación, edición y postproducción de videos de cada uno de los desfiles del calendario de MERCEDES-BENZ FASHION WEEK MADRID (MBFWM), que tengan como escenario IFEMA y otras localizaciones en la ciudad de Madrid, incluyendo EGO, para su distribución en medios de comunicación y su entrega a los diseñadores.
También contempla la producción de un programa para cada diseñador participante y un resumen de las colecciones presentadas. Asimismo, la empresa adjudicataria se encargará de subcontratar la señal de satélite para la correcta retransmisión en directo de los desfiles de la MBFWM y EGO. Igualmente se ocupará, del servicio de streaming en directo de los desfiles, tanto a través de la web de la pasarela, como de dispositivos móviles y de habilitar una ftp o similar para que los medios de comunicación nacionales e internacionales y lo diseñadores puedan acceder a los videos de los desfiles y descargárselos. A todo ello se suma que habrán de habilitar 5 líneas de streaming sin coste extra, para distintas necesidades que se puedan plantear en el desarrollo del evento. Por otra parte, habrán de hacer el diseño y gestión de un microsite dentro de la web de la pasarela MBFWM donde se alojarán todos los contenidos de MBFWM TV, clasificados por días de emisión, y diferenciados en pestañas, según contenido –desfiles, entrevistas, programación set tv, etc-.
Junto a todo ello, la empresa adjudicataria deberá realizar un video promocional resumen del evento.
Los Pliegos de Bases y, en su caso, los Pliegos Técnicos, revestirán carácter contractual, por lo que la presentación de ofertas implicará ACEPTACIÓN INCONDICIONADA y conocimiento pleno del ofertante del contenido total de dichas cláusulas así como de las Instrucciones Internas de Contratación sin salvedad alguna.
2. PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN.-
El contrato se adjudicará por procedimiento abierto.
3. PARTICIPANTES.-
Pueden presentar ofertas para optar a la adjudicación, aquellas personas físicas o jurídicas que acrediten capacidad técnica y profesional suficiente, conforme a lo previsto en este pliego de bases y sus anexos, para llevar a buen término todos los trabajos que se encomiendan en el presente pliego.
Si varias empresas concurren mediante compromiso de constitución de una unión temporal de empresas, cada uno de los empresarios comprometidos en su constitución deberá acreditar individualmente los requisitos establecidos en la Documentación administrativa, salvo los correspondientes a la “Garantía provisional” y a los requisitos de solvencia indicados en los apartados 5.1 y 5.2 del ANEXO I, que podrán ser cumplidos complementariamente entre las empresas comprometidas en la constitución de la U.T.E. Deberán acompañar, asimismo, una declaración expresa por la que se obliguen solidariamente frente a IFEMA, en la que indicarán los nombres y circunstancias de los empresarios que lo suscriben y el porcentaje de participación de cada uno de ellos. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas.
4. CÓDIGOS CPV.-
92111200-4
92111220-0
5. PERIODO DE CONTRATACIÓN.-
La duración del contrato se corresponderá al plazo establecido desde la firma del contrato, estimada para finales de julio de 2017, hasta el 31 de enero de 2018, comprendiendo las ediciones de septiembre de 2017 y de enero de 2018, con posibilidad de renovación de contrato por una edición adicional, hasta el 15 de julio de 2018, mediante acuerdo expreso de ambas partes, manifestado por escrito con al menos cuatro meses de antelación a la celebración de la siguiente edición.
Las fechas exactas de celebración del certamen se comunicarán a la empresa adjudicataria una vez estén fijadas.
6. PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACIÓN.-
El presupuesto máximo de licitación es de 240.000 euros, IVA excluido (DOSCIENTOS CUARENTA MIL EUROS, IVA EXCLUIDO).
Este presupuesto comprende la realización completa de las dos ediciones citadas en el apartado de periodo de contratación.
Las proposiciones que se presenten superando el presupuesto máximo de licitación serán automáticamente desechadas. El precio del contrato será aquél al que ascienda la adjudicación que, en ningún caso, superará el presupuesto base de licitación.
7. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO.-
El valor estimado del servicio para el plazo total de ejecución del contrato y sus posibles prórrogas, excluido el IVA correspondiente, ascendería a 360.000 euros, IVA EXCLUIDO.
8. PLAZO DE GARANTÍA.-
El plazo de garantía será el correspondiente al plazo de ejecución fijado en el apartado anterior, entendiendo que el ofertante deberá garantizar el servicio y materiales durante todo el periodo de montaje y celebración en cada uno de los desfiles a celebrar en Feria de Madrid.
9. REVISIÓN DE PRECIOS.-
El contrato no contempla la posibilidad de revisión de precios durante el periodo de contratación, según el artículo 89 del TRLCSP, modificado por la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de desindexación de la economía española. Por tanto, los precios propuestos por el adjudicatario se mantendrán fijos durante todo el periodo de duración de contrato y de su prórroga.
10. PLAZO DE EJECUCIÓN.-
El plazo de ejecución corresponderá a las ediciones de septiembre 2017 y enero 2018. Se deberá tener en cuenta que el contratista realizará con carácter previo para la edición las actividades de preparación necesarias para la prestación del servicio.
11. FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO.-
Las facturas - con referencia al pedido asignado por IFEMA-, deben recibirse en el Departamento de Contabilidad, en un plazo máximo de 10 días desde la finalización de la prestación del servicio de cada edición. Una vez conformada la factura, se procederá a su pago mediante transferencia con vencimiento a 60 días. En caso de recepcionarse la factura en el departamento de Contabilidad después de los 10 días autorizados, prevalecerá la fecha de recepción de ésta para el cálculo del plazo de pago.
12. GARANTÍA PROVISIONAL.-
El ofertante deberá incorporar en el sobre de Documentación Administrativa, el documento acreditativo de haber constituido a disposición de IFEMA una garantía provisional por importe de 7.200 EUROS (SIETE MIL DOSCIENTOS EUROS) (3 % DEL PRESUPUESTO DE LICITACIÓN).
La garantía podrá depositarse en metálico, aval bancario o contrato de seguro de caución, o mediante cualquiera de los medios previstos en las normas de contratación pública.
Si la garantía se presta en metálico, deberá ingresarse en la cuenta corriente abierta a nombre de IFEMA que se cita a continuación, indicando el procedimiento selectivo mediante la cita, al menos, del número de expediente de contratación:
BANCO XXXXXXXX
IBAN XX00 0000 0000 00 0000000000
Swift XXXXXXXX
El resguardo acreditativo del ingreso, en original o copia compulsada deberá incorporarse al sobre de Documentación Administrativa.
Si se constituyera mediante aval bancario o seguro de caución, deberán utilizase los modelos que figuran como ANEXO del presente Xxxxxx, que igualmente deberán incorporarse al sobre de Documentación Administrativa.
La garantía provisional deberá estar constituida antes del vencimiento del plazo de presentación de ofertas. Cuando se preste en metálico, se entenderá constituida cuando el ingreso (por el importe total exigido en concepto de garantía) tenga efectiva entrada en la cuenta bancaria de IFEMA antes del vencimiento del plazo de presentación de ofertas.
La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación La devolución se producirá mediante la puesta a disposición del licitador, en el departamento de Tesorería de IFEMA del documento acreditativo de la garantía constituida, o mediante la devolución a través de cheque nominativo del importe en metálico depositado (opcionalmente se podrá realizar una transferencia bancaria, en el caso de designación de una cuenta bancaria nominativa cuyo único titular sea el licitador siempre que así se comunique a IFEMA de manera fehaciente, mediante certificación de la entidad bancaria). La persona que pretenda hacerse cargo de tales documentos, deberá acreditar poder suficiente a tal fin.
Se incautará la garantía provisional a aquellos licitadores que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación. Se entenderá injustificada, entre otras, la retirada que pretenda fundamentarse en error en la formulación de la oferta.
En todo caso la garantía provisional responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación.
13. GARANTÍA DEFINITIVA.-
1.- El adjudicatario deberá prestar una garantía definitiva por el 5% del importe de adjudicación, en cualquiera de las formas admitidas para la garantía provisional, es decir metálico, aval bancario o contrato de seguro de caución o mediante cualquiera de los medios previstos en las normas de contratación pública.
Si la garantía se presta en metálico, deberá ingresarse en la cuenta corriente abierta a nombre de IFEMA que se cita a continuación, indicando el procedimiento selectivo mediante la cita, al menos, del número de expediente de contratación:
BANCO XXXXXXXX
IBAN XX00 0000 0000 00 0000000000
Swift XXXXXXXX
Esta garantía deberá constituirse en el plazo y forma previstos en la Cláusula 20.1 de este Pliego.
2.- La garantía definitiva responderá de los siguientes conceptos:
De las penalidades impuestas al contratista por razón de la ejecución del contrato, cuando aquéllas no puedan deducirse del pago de las facturas recibidas del mismo.
De la pérdida que pueda decretarse en los casos de resolución del contrato, de acuerdo con lo establecido en el mismo, sin perjuicio del derecho de IFEMA al resarcimiento, además, de los daños y perjuicios que el adjudicatario ocasionara a la misma con motivo de la ejecución del contrato, en lo que exceda del importe de la garantía definitiva incautada.
De los gastos originados por demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones y de los daños y perjuicios causados por el contratista en supuestos de incumplimiento del mismo, sin resolución del contrato.
3.- Cuando como consecuencia de la modificación del contrato experimente variación el precio del mismo, se reajustará la garantía en el plazo de quince días contado desde la fecha en la que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, para que guarde la debida proporción con el precio del contrato resultante de su modificación. De no cumplirse estos requisitos por causas imputables al contratista, IFEMA podrá declarar resuelto el contrato por culpa del contratista, con incautación de la garantía definitiva e indemnización además, en lo que exceda del importe de la garantía incautada, de los daños y perjuicios causados.
4.- La garantía definitiva deberá permanecer vigente durante toda la vida del contrato y hasta su completa extinción, incluido el periodo de garantía si lo hubiere. La garantía será liberada dentro del plazo de dos meses contados a partir de esa fecha.
La devolución se producirá mediante la puesta a disposición del licitador, en el departamento de Tesorería de IFEMA del documento acreditativo de la garantía constituida, o mediante la devolución a través de cheque nominativo del importe en metálico depositado (opcionalmente se podrá realizar una transferencia bancaria, en el caso de designación de una cuenta bancaria nominativa cuyo único titular sea el licitador siempre que así se comunique a IFEMA de manera fehaciente, mediante certificación de la entidad bancaria). La persona que pretenda hacerse cargo de tales documentos, deberá acreditar poder suficiente a tal fin.
14. CAPACIDAD JURÍDICA DE LAS EMPRESAS Y AUSENCIA DE PROHIBICIÓN PARA CONTRATAR.-
1. No podrán contratar con IFEMA con los efectos establecidos en el artículo 61 bis del TRLCSP, las personas en quienes concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) Haber sido condenadas mediante sentencia firme por delitos de terrorismo, constitución o integración de una organización o grupo criminal, asociación ilícita, financiación ilegal de los partidos políticos, trata de seres humanos, corrupción en los negocios, tráfico de influencias, cohecho, prevaricación, fraudes, negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios, delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, delitos contra los derechos de los trabajadores, malversación, blanqueo de capitales, delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, la protección del patrimonio histórico y el medio ambiente, o a la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio, industria o comercio.
La prohibición de contratar alcanzará a las personas jurídicas que sean declaradas penalmente responsables, y a aquéllas cuyos administradores o representantes, lo sean de hecho o de derecho, vigente su cargo o representación y hasta su cese, se encontraran en la situación mencionada en este apartado.
b) Haber sido sancionadas con carácter firme por infracción grave en materia profesional, de falseamiento de la competencia, de integración laboral y de igualdad de oportunidades y no discriminación de las personas con discapacidad, o de extranjería, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente; por infracción muy grave en materia medioambiental, de acuerdo con lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre (RCL 2013, 1776) , de evaluación ambiental; en la Ley 22/1988, de 00 xx xxxxx (XXX 0000, 0000) , xx Xxxxxx; en la Ley 4/1989, de 00 xx xxxxx (XXX 0000, 660) , de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres; en la Ley 11/1997, de 24 xx xxxxx (RCL 1997, 1007) , de Envases y Residuos de Envases; en la Ley 10/1998, de 00 xx xxxxx (XXX 0000, 0000) , xx Xxxxxxxx; en el Texto Refundido de la Xxx xx Xxxxx, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 00 xx xxxxx (XXX 0000, 1824 y 2906) , y en la Ley 16/2002, de 0 xx xxxxx (XXX 0000, 1664) , de Prevención y Control Integrados de la Contaminación; o por infracción muy grave en materia laboral o social, de acuerdo con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 xx xxxxxx (RCL 2000, 1804 y 2136) , así como por la infracción grave prevista en el artículo
22.2 del citado texto.
c) Xxxxx solicitado la declaración de concurso voluntario, haber sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declaradas en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia un convenio, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 0 xx xxxxx (XXX 0000, 0000) , Xxxxxxxxx, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
d) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos que reglamentariamente se determinen; o en el caso de empresas de 50 o más trabajadores, no cumplir el requisito de que al menos el 2 por ciento de sus empleados sean trabajadores con discapacidad, de conformidad con el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre (RCL 2013, 1746) , por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de
su inclusión social, en las condiciones que reglamentariamente se determinen.
En relación con el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social, se considerará que las empresas se encuentran al corriente en el mismo cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado su suspensión con ocasión de la impugnación de tales deudas.
e) Haber incurrido en falsedad al efectuar la declaración responsable a que se refiere el artículo 146 del TRLCSP o al facilitar cualesquiera otros datos relativos a su capacidad y solvencia, o haber incumplido, por causa que le sea imputable, la obligación de comunicar la información que corresponda en materia de clasificación y la relativa a los registros de licitadores y empresas clasificadas.
f) Estar afectado por una prohibición de contratar impuesta en virtud de sanción administrativa firme, con arreglo a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (RCL 2003, 2684) , General de Subvenciones, o en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre (RCL 2003, 2945) , General Tributaria.
g) Estar incursa la persona física o los administradores de la persona jurídica en alguno de los supuestos de la Ley 5/2006, de 00 xx xxxxx (XXX 0000, 757) , de Regulación de los Conflictos de Intereses de los Miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado o las respectivas normas de las Comunidades Autónomas, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre (RCL 1985, 14) , de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 xx xxxxx (RCL 1985, 1463 y RCL 1986, 192) , del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma.
La prohibición alcanzará a las personas jurídicas en cuyo capital participen, en los términos y cuantías establecidas en la legislación citada, el personal y los altos cargos a que se refiere el párrafo anterior, así como los cargos electos al servicio de las mismas.
La prohibición se extiende igualmente, en ambos casos, a los cónyuges, personas vinculadas con análoga relación de convivencia afectiva, ascendientes y descendientes, así como a parientes en segundo grado por consanguineidad o afinidad de las personas a que se refieren los párrafos anteriores, cuando se produzca conflicto de intereses con el titular del órgano de contratación o los titulares de los órganos en que se hubiere delegado la facultad para contratar o los que ejerzan la sustitución del primero.
Concurrirá causa de incompatibilidad para contratar en relación con aquellas empresas privadas de cuyos órganos de administración u órganos rectores formen parte el Director General o alguno de los miembros del Equipo de Dirección de IFEMA, o sus cónyuges o demás personas en los términos señalados en el párrafo anterior.
h) Xxxxx contratado a personas respecto de las que se haya publicado en el "Boletín Oficial del Estado" el incumplimiento a que se refiere el artículo 18.6 de la Ley 5/2006, de 10 xx xxxxx, de Regulación de los Conflictos de Intereses de los Miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado o en las respectivas normas de las Comunidades Autónomas, por haber pasado a prestar servicios en empresas o sociedades privadas directamente relacionadas con las competencias del cargo desempeñado durante los dos años siguientes a la fecha de cese en el mismo. La prohibición de contratar se mantendrá durante el tiempo que permanezca dentro de la organización de la empresa la persona contratada con el límite máximo de dos años a contar desde el cese como alto cargo.
2. Además de las previstas en el apartado anterior, son circunstancias que impedirán a los empresarios contratar con IFEMA, en las condiciones establecidas en el artículo 61 bis del TRLCSP las siguientes:
a) Xxxxx retirado indebidamente su proposición o candidatura en un procedimiento de adjudicación, o haber imposibilitado la adjudicación del contrato a su favor por no cumplimentar lo establecido en el apartado 2 del artículo 151 del TRLCSP dentro del plazo señalado mediando dolo, culpa o negligencia.
b) Haber dejado de formalizar el contrato, que ha sido adjudicado a su favor, en los plazos previstos en el artículo 156.3 del TRLCSP por causa imputable al adjudicatario.
c) Xxxxx incumplido las cláusulas que son esenciales en el contrato, incluyendo las condiciones especiales de ejecución establecidas de acuerdo con lo señalado en el artículo 118, cuando dicho incumplimiento hubiese sido definido en los pliegos o en el contrato como infracción grave, concurriendo dolo, culpa o negligencia en el empresario, y siempre que haya dado lugar a la imposición de penalidades o a la indemnización de daños y perjuicios.
d) Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con una entidad de las comprendidas en el artículo 3 del TRLCSP.
3. Las prohibiciones de contratar afectarán también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquéllas.
Si IFEMA tuviese conocimiento de alguna de estas circunstancias con posterioridad a la celebración del contrato, o si la vinculación antes aludida se produjese a lo largo del desarrollo de éste, IFEMA podrá resolverlo dejándolo sin efecto, con derecho a exigir del empresario el resarcimiento de daños y perjuicios que haya podido causar.
Los documentos acreditativos de la personalidad serán aportados en los supuestos y condiciones que se establecen en el Anexo III.-Documentación Administrativa. El
representante responderá de la vigencia y eficacia de sus facultades y de que están subsistentes y no han sido modificadas, ni revocadas.
El contrato se otorgará con una sola persona o entidad. No obstante, podrá concertarse con dos o más personas o entidades siempre que la oferta la hubieran formulado conjuntamente y en ella se incluya (i) el porcentaje de participación de cada una de ellas en el contrato de resultar adjudicatarios, (ii) una declaración expresa por la que se obliguen solidariamente frente a IFEMA y (iii) la designación de un representante o apoderado único con poderes suficientes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato, y cuyas decisiones vincularán a los partícipes. Dicho representante o apoderado único será el interlocutor de IFEMA en todo lo que atañe al contrato.
15. CONSULTAS.-
Todos los ofertantes podrán formular por escrito, hasta las 12:00 h. del día 27 xx xxxxx de 2017 cuantas aclaraciones precisen, remitiendo la solicitud de las citadas aclaraciones al número de fax: 00.000.00.00, y confirmando su correcta recepción al teléfono: 00.000.00.00, o bien entregándolas por escrito directamente en la Dirección de Compras de IFEMA., indicando en ambos casos los datos de la empresa, persona de contacto, número de teléfono y número de fax.
IFEMA, tras la finalización del mencionado periodo, procederá a la contestación de las consultas recibidas, publicando en el perfil del contratante de IFEMA (xxx.XXXXX.xx, apartado Concursos y Licitaciones) las consultas realizadas por todas las empresas participantes y las correspondientes contestaciones de IFEMA.
16. PERFIL DEL CONTRATANTE.-
En la página web de IFEMA (xxx.XXXXX.xx, apartado de Concursos y Licitaciones) podrá consultarse el perfil del contratante de IFEMA en el que se incluirán cualesquiera datos e informaciones referentes a este concurso y, en particular, las modificaciones y correcciones de erratas que afecten a este Pliego, las consultas planteadas por los licitadores y la adjudicación del contrato. Sin perjuicio de lo anterior, la adjudicación provisional y su elevación a definitiva se notificarán también personalmente al interesado.
La publicación de cualquier información general en el perfil del contratante produce plenos efectos desde el momento de su publicación.
17. PROPOSICIÓN Y DOCUMENTOS. PLAZO DE PRESENTACIÓN.-
Esta documentación, con las condiciones y demás elementos, podrá ser revisada o retirada en el perfil del contratante (xxx.xxxxx.xx, apartado Concursos y Licitaciones), a partir del día 19 hasta el día 4 de julio de 2017 ambos inclusive.
Hasta las 13:00 horas del día 4 de julio de 2017, podrán entregarse las proposiciones y la documentación adjunta en el Registro General de IFEMA, ubicado en la tercera planta del Edificio de Oficinas mencionado, en horario de 10hs a 13hs.
La citada documentación deberá presentarse por duplicado en tres sobres precintados, debiendo indicar en el anverso del sobre:
Att.: Dirección de Compras Expediente: 17/165 - 2000012147
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Sobre: …………………….
Documentación/Proposición: ......................
Presentado por: .................................
Cada empresario no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en unión temporal con otros empresarios si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La contravención de estas prohibiciones dará lugar a la inadmisión de todas las proposiciones por él suscritas.
POR MOTIVO DE URGENCIA, SÓLO SE ADMITIRÁ LA PRESENTACIÓN FÍSICA DE OFERTAS EN EL CITADO REGISTRO GENERAL, NO ADMITIÉNDOSE LA POSIBILIDAD DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS POR CORREO.
Sobre núm. 1.- Documentación Administrativa.
Incorporará la firma de la persona que represente legalmente al ofertante y habrá de contener la documentación recogida en el ANEXO I. Los mencionados documentos deberán presentarse originales o copias auténticas, acompañados de fotocopia simple.
En el caso de que el licitador opte por requerir del servicio de COPIA IFEMA para realización de compulsas de documentación original, le recordamos que el horario del servicio es:
Lunes y jueves de 10:15 a 13:15 h. solicitando cita previa en el Departamento de Reprografía de IFEMA tlf. 00.000.00.00, ext. 4899.
Para conocer los detalles del servicio (tarifas, forma de pago, etc…) puede acceder al perfil del contratante de IFEMA a través de la web xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxx.xx apartado “Compulsa de documentación”.
Sobre núm. 2.- Documentación Técnica
Incorporará la firma de la persona que represente legalmente al ofertante. Se deberá presentar un original de la citada documentación en papel y una copia en soporte informático (formato PDF).
El ofertante deberá tener en cuenta que ante discrepancias en la documentación facilitada, la documentación presentada en papel prevalecerá sobre la copia en soporte informático
Se adjuntará la documentación relativa al servicio según se indica en el apartado 7. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA A PRESENTAR -del Anexo II.
Sobre núm. 3.- Proposición Económica.
Incorporará la firma de la persona que represente legalmente al ofertante y contendrá la oferta económica, de conformidad con el modelo -3- del ANEXO III. La mencionada documentación se deberá presentar por duplicado.
Se deberá presentar un original de la citada documentación en papel y una copia en soporte informático (CD, USB, etc) en formato PDF.
El ofertante deberá tener en cuenta que ante discrepancias en la documentación facilitada, la documentación presentada en papel prevalecerá sobre la copia en soporte informático.
Las proposiciones que se aparten de los modelos incluidos en este Pliego podrán ser rechazadas. IFEMA, a su criterio, no obstante podrá admitir aquellos documentos que, aun apartándose del modelo, incorporen la totalidad y el detalle de la información solicitada en cada caso.
IDIOMA.-
Todos los documentos que conforman las propuestas tienen que ser presentados en idioma castellano. Las empresas extranjeras presentarán sus documentos traducidos de forma oficial xx xxxxxxxxxx.
00. APERTURA Y CALIFICACIÓN DE OFERTAS.- 18.1.- Apertura de proposiciones:
La Comisión de Compras y Contratación se reunirá con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de ofertas y revisará la documentación presentada en el sobre 1 “DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA”, decidiendo sobre la admisión de las proposiciones y concediendo, un plazo no superior a tres días hábiles para la subsanación de carencias en la documentación. En ningún caso podrá otorgarse plazo de subsanación para permitir el cumplimiento material tardío de requisitos impuestos al licitador.
La fecha y hora del acto público de apertura de las proposiciones técnicas correspondiente a los criterios subjetivos (sobre núm. 2. Documentación Técnica), se comunicará oportunamente en el Perfil del Contratante de IFEMA. Este acto se celebrará en el edificio de oficinas de IFEMA, sala de Comisión de Compras y Contratación en la planta -1, comenzando con la lectura del anuncio y de la relación de las proposiciones presentadas.
En el acto público de apertura no se admitirá la presentación de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas o, en su caso, durante el plazo otorgado para la subsanación de defectos. La documentación técnica será valorada con carácter previo a la apertura del sobre 3 “OFERTA ECONÓMICA”.
Previa convocatoria que se anunciará en el Perfil del Contratante, se procederá a la apertura en acto público de la documentación correspondiente al sobre 3 “OFERTA ECONÓMICA”. Antes de su apertura y en el mismo acto público, se expondrán las
puntuaciones obtenidas en la propuesta técnica correspondiente a los criterios subjetivos por los licitadores admitidos.
Seguidamente o en un momento posterior, la Comisión de Compras y Contratación realizará su informe final de propuesta de adjudicación. Dicho informe versará sobre los criterios de adjudicación reseñados en este Pliego y según el baremo que se incluye en el mencionado apartado 19. - CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO- La Comisión de Compras y Contratación, de conformidad con el acta de apertura y el informe final de propuesta de adjudicación, elevará dicha propuesta al Órgano de Contratación, que tendrá la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa o declarar desierto el concurso, en los términos señalados en este Pliego.
La Comisión de Compras y Contratación podrá requerir cualquier aclaración de la documentación presentada por alguno de los ofertantes con el carácter fehaciente que considere necesario, para una mayor comprensión y adecuada valoración de las ofertas presentadas.
La Comisión de Compras y Contratación, atendiendo a criterios técnicos y/o económicos, podrá considerar temerarias aquellas propuestas que por sus características así se deban de entender, al no corresponder su valoración con la evaluación mínima de costes para desarrollar el servicio con garantías suficientes.
Todo ello de acuerdo con los siguientes cálculos que se realizarán una vez abiertas las ofertas económicas:
18.2.- Ofertas desproporcionadas o temerarias:
De las ofertas admitidas se podrán considerar desproporcionadas o temerarias las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos:
- Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
- Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
- Cuando concurran tres licitadores, las ofertas admitidas que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas admitidas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media.
- Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas admitidas. No obstante, si existieran ofertas superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es
inferior a tres, la nueva media se calculará considerando las tres ofertas de menor cuantía.
- Aquella oferta cuya baja en relación al presupuesto tipo sea superior a 25 unidades porcentuales.
En el caso de presentarse una oferta que, de acuerdo con los criterios establecidos anteriormente, pueda ser considerada desproporcionada a criterio de la Comisión de Compras y Contratación y, previamente a su consideración definitiva como desproporcionada o temeraria, se solicitará al licitador con la oferta más ventajosa los informes complementarios que especifiquen las circunstancias por las cuales considera el ofertante que la proposición presentada puede ser cumplida en los términos ofertados.
Para la valoración de las ofertas como desproporcionada, la Comisión de Compras y Contratación podrá considerar la relación entre la solvencia de la empresa y la oferta presentada.
Para el caso de que, a la luz de los informes complementarios presentados, la oferta considerada inicialmente como desproporcionada o temeraria resulte finalmente la adjudicataria, será condición necesaria la constitución por el adjudicatario de una garantía definitiva del 20 % del importe de la adjudicación.
Pueden, además, ser rechazadas las proposiciones que no guarden concordancia con la documentación examinada y admitida, excedan del presupuesto base de licitación, varíen sustancialmente el modelo establecido, o comporten error manifiesto en el importe de la proposición, así como cuando existiese reconocimiento por parte del dictador d que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable.
19. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.-
El ofertante deberá acompañar, además de la documentación administrativa y técnica que se solicita en los ANEXOS, toda la documentación que considere oportuna relacionada con los criterios de evaluación que se fijan en este apartado, para una correcta valoración de los mismos. La ausencia de información, o la adecuada acreditación, impedirá la posibilidad de valoración.
Los criterios objetivos y su ponderación que servirá de base para la adjudicación, serán, por orden decreciente de importancia, los siguientes:
BASE 1.000
CRITERIOS OBJETIVOS DE VALORACIÓN: (TOTAL 700 PUNTOS)
A) PROPUESTA
ECONÓMICA 700
(Se incorporará en el modelo –3- el total ofertado para el servicio propuesto).
Se valorarán con cero puntos a aquellas proposiciones económicas que coincidan con el presupuesto tipo incorporado en el pliego de condiciones.
La valoración de la propuesta económica se realizará mediante la utilización de la siguiente fórmula matemática:
M x Min
Y = ----------------------
X
Siendo para este caso:
Y: puntuación de la oferta que se valora. M: máxima puntuación a otorgar.
X: precio ofertado a valorar. Min: precio más bajo ofertado.
CRITERIOS SUBJETIVOS DE VALORACIÓN: (TOTAL 300 PUNTOS)
B) PROPUESTA DE ORGANIZACIÓN DEL
SERVICIO 300
Se valorará el proyecto de realización presentado por cada empresa, teniendo en cuenta los medios técnicos y humanos indicados con carácter mínimo en este pliego. Se valorarán aquellas aportaciones en cuanto a grabación, realización y postproducción para lograr la mayor y mejor difusión de los contenidos de MBFWM y EGO.
Para la valoración de cada apartado de criterios subjetivos se establecen veinte niveles de puntuación en tramos de cinco puntos porcentuales, comenzando en el 100% del máximo de puntuación y finalizando en el 5 %.
IFEMA SE RESERVA LA CAPACIDAD DE SOLICITAR AL OFERENTE QUE ACREDITE FEHACIENTEMENTE AQUELLA INFORMACIÓN O DOCUMENTACIÓN QUE CONSIDERE OPORTUNO. LA FALTA DE ACREDITACIÓN ADECUADA, IMPEDIRÁ LA POSIBILIDAD DE VALORACIÓN DE LA PROPUESTA
Preferencia en la adjudicación
1.- Tendrán preferencia en la adjudicación en caso de empate entre dos o más licitadores, las empresas que acrediten tener en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por cien del total de la plantilla siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirven de base para la adjudicación.
Si dos o más de las empresas licitadoras que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditasen así mismo tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
A efectos de aplicación de esta circunstancia los licitadores deberán presentar declaración responsable al respecto de conformidad con el modelo incluido en el Anexo I
En el caso de considerarlo necesario, esta Institución podrá solicitar la aportación de los documentos que acrediten lo reflejado en la Declaración Responsable relativa al personal discapacitado en plantilla en los términos y condiciones reflejados en el Modelo de Declaración Responsable incluida en el Anexo I.
2.- En aquellos casos en los que no se pueda aplicar el criterio de preferencia indicado anteriormente (por ausencia de acreditación de las circunstancias descritas o incluso por coincidencia en el número de trabajadores minusválidos) y se presentasen dos o más proposiciones que igualen en todos sus términos a la más ventajosa, se decidirá la adjudicación mediante sorteo para cuya realización se convocará a ambas partes. En el caso de no presentarse alguna de ellas, el sorteo tendrá lugar igualmente en la fecha y hora señaladas en la convocatoria.
20. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.-
20.1.- El Órgano de Contratación, previa la propuesta de la Comisión de Compras y Contratación, y los informes técnicos que considere conveniente, clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y admitidas, atendiendo a los criterios de valoración contemplados en este Pliego. Se requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente en el Departamento de Tesorería de IFEMA acreditación de haber constituido la garantía definitiva, así como el resto de la documentación administrativa requerida al adjudicatario, que figura en el Anexo I del presente pliego de bases.
20.2. El Órgano Contratante adjudicará el contrato, si procediera, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación señalada en el apartado anterior. El acto de adjudicación del contrato deberá ser motivado, se notificará a los licitadores, indicándose el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato.
Posteriormente, requerirá al adjudicatario para la formalización del contrato, formalización que deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores. El contrato se entenderá perfeccionado con su formalización. Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, el Órgano de Contratación podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso, se hubiese exigido.
20.3.- De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado en los términos previstos en la Cláusula 20.1 anterior, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
20.4.- IFEMA tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa mediante los criterios establecidos para su adjudicación sin atender necesariamente al valor económico de la misma, o declarar desierto el concurso cuando no se hayan presentado ofertas, cuando no sean admisibles o cuando, a juicio del Órgano de Contratación, motivadamente no satisfagan las necesidades de IFEMA.
Con independencia de ello, el Órgano de Contratación podrá renunciar a la celebración del contrato o desistir por razones justificadas del procedimiento de licitación inacabado. La decisión se notificará personalmente a los licitadores que hubieran presentado oferta, acompañándoles la resolución completa por la que se adopte dicho acuerdo.
21. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.-
El contratista está obligado a prestar el servicio objeto del contrato y a seguir las instrucciones de IFEMA, conforme a lo dispuesto en este pliego. La reiteración en la no prestación de algunos de los servicios contratados dará lugar a la resolución inmediata del contrato y a la reclamación de los daños y perjuicios que se hubieran producido, sin perjuicio de la incautación de la garantía definitiva.
a) Obligaciones fiscales, laborales y sociales.-
El contratista está obligado al cumplimiento de la legislación vigente, especialmente en todo lo previsto en las disposiciones en materia fiscal, laboral, de Seguridad Social y Prevención de Riesgos Laborales, u otros que le sean de aplicación. A tal efecto, vendrá obligado a facilitar a IFEMA la documentación que ésta le solicite al
respecto para cerciorarse del cumplimiento por parte del adjudicatario de todas sus obligaciones.
En consecuencia, la empresa contratista, como único empresario de su personal adscrito a los trabajos contratados, se compromete expresamente a cumplir, respecto del mismo, con todas las obligaciones derivadas, tanto laboral y social, como fiscal.
Ambas partes acuerdan que el incumplimiento de las mismas constituirá causa suficiente para la resolución del contrato, sin derecho a indemnización alguna.
Asimismo, en materia de prevención de riesgos laborales, el contratista deberá tener a disposición de IFEMA su plan de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con la legislación vigente, así como acreditación suficiente de haber transmitido a su personal la información y las instrucciones recibidas del empresario titular del centro de trabajo en los términos previstos en el artículo 18.1 LPRL, en relación con el artículo 9.3 del RD 171/2004.
En materia laboral y de Seguridad Social.-
El adjudicatario/contratista efectuará la prestación indicada con personal que tenga contrato laboral con dicha Empresa, siendo el adjudicatario/contratista por tanto, titular exclusivo de los derechos y obligaciones que dicho carácter de empresario le confiere, liberando en consecuencia a IFEMA de toda responsabilidad frente al citado personal.
Las personas que el adjudicatario/contratista designe para la prestación del servicio objeto de este contrato, dependen, a todos los efectos, de dicha Empresa; es decir, el adjudicatario/contratista es un contratante independiente y sus empleados no son, ni de hecho ni de derecho, empleados de IFEMA, hallándose vinculados laboralmente, única y exclusivamente, a la empresa del adjudicatario/contratista, quién será responsable del abono de los salarios, las cotizaciones a la Seguridad Social, las retenciones, declaraciones y liquidaciones de impuestos, y todas las obligaciones dimanantes del contrato de trabajo o de cualquier otro tipo de contrato.
Conforme a la normativa vigente en materia de subcontratación de obras y servicios, control del empleo sumergido, lucha contra el empleo irregular y fraude a la Seguridad Social, el adjudicatario/contratista es responsable de acreditar fehaciente y documentalmente el debido cumplimiento de las obligaciones de inscripción, afiliación y cotización de su empresa como empleadora y de sus empleados como trabajadores en relación con los trabajos objeto del contrato. Para ello, recabará por sus medios, dispondrá y entregará a IFEMA los documentos más válidos en derecho respecto de su participación en la actividad contratada y de los trabajadores asignados a la misma.
El adjudicatario/contratista declara que todos los conceptos salariales abonados a sus trabajadores por los trabajos realizados para el desarrollo del presente contrato son adecuados a derecho, responden a la naturaleza de los trabajos efectivamente ejecutados, tienen el debido reflejo en los recibos salariales y en los documentos de cotización, y son gravados con los impuestos que, en su caso, correspondan.
El adjudicatario/contratista se responsabiliza así mismo de comprobar el cumplimiento de tales obligaciones respecto de las empresas, trabajadores autónomos o profesionales subcontratados, en su caso, por él para la realización de trabajos objeto del presente contrato.
Conforme a lo anterior, el adjudicatario/contratista vendrá obligado a facilitar a IFEMA la siguiente información y/o documentación:
a) Con carácter previo a comienzo de la ejecución de los servicios contratados:
- Copia del documento acreditativo de la inscripción empresarial en la Seguridad Social del adjudicatario.
- Certificación negativa de descubiertos frente a la Seguridad Social.
- Relación de trabajadores asignados a la actividad con identificación de apellidos y nombre, y documento de identificación (DNI o NIE).
- Acreditación del alta efectiva en la Seguridad Social de los trabajadores asignados a los trabajos objeto del contrato mediante resolución de alta o Informe de Trabajadores en Alta (ita) emitido por la Seguridad Social con huella de control a través del sistema RED.
b) Con carácter mensual:
- Certificación negativa de descubiertos frente a la Seguridad Social.
- Acreditación del alta efectiva en la Seguridad Social de los trabajadores asignados a los trabajos objeto del contrato mediante resolución de alta o Informe de Trabajadores en Alta (ita) emitido por la Seguridad Social con huella de control a través del sistema RED.
- Documentación acreditativa del efectivo pago de salarios devengados por la realización de los trabajos objeto del contrato a los trabajadores asignados a los mismos.
La anterior relación se entiende de carácter enunciativo y no limitativo, pudiendo IFEMA en cualquier momento solicitar la entrega de información y/o documentación adicional a la contemplada para cerciorarse del cumplimiento por parte del adjudicatario de todas sus obligaciones.
Obligaciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales.-
El adjudicatario, como empresario de los trabajadores adscritos a los servicios contratados, vendrá obligado al cumplimiento íntegro de las obligaciones que en materia de Seguridad y Salud laboral se contienen en la Normativa aplicable, con especial mención a lo dispuesto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y Reglamentaciones específicas que sean de aplicación en relación con el servicio contratado.
En el supuesto de que IFEMA constatase la existencia de incumplimientos por parte del adjudicatario en relación con la citada Normativa, en especial aquellos que afecten a las medidas de seguridad en el trabajo adoptadas para la correcta realización de los servicios contratados, estará facultado, atendiendo a la gravedad del incumplimiento, bien a paralizar el servicio y a requerir al adjudicatario para subsanar las deficiencias detectadas, bien para rescindir el contrato de forma automática y sin perjuicio de cualquier otra, pudiendo en todo caso, retener las facturas pendientes de pago hasta la subsanación de las deficiencias detectadas.
b) Cumplimiento de plazos.-
El contratista queda obligado al cumplimiento de los plazos de ejecución del contrato, en los términos previstos en el ANEXO II - Documentación técnica -..
c) Cesiones y subrogaciones.-
El contrato no podrá cederse por el contratista salvo previa autorización por escrito del órgano de contratación. A tal efecto, deberán facilitarse los datos relevantes del potencial cesionario, con el fin de que IFEMA pueda comprobar si cumple los requisitos de solvencia exigidos en el pliego de bases. Una vez comprobado que reúne solvencia suficiente, IFEMA decidirá discrecionalmente si autoriza o no la cesión, teniendo en cuenta para ello la necesaria confianza que debe existir entre entidad contratante y contratista.
No se aceptarán situaciones de hecho que impliquen subrogaciones de terceros no autorizadas.
En caso de fusión, escisión o transmisión de rama de actividad, el contrato proseguirá con la entidad resultante siempre que acredite solvencia suficiente, lo que deberá ser valorado por IFEMA.
d) Subcontratación.-
La Adjudicataria podrá subcontratar parte del cumplimiento o ejecución del Contrato previa y expresa autorización por escrito de IFEMA. En el supuesto de que el adjudicatario subcontrate o ceda algún servicio, sin el preceptivo permiso, figurará ante IFEMA como único responsable a todos los efectos.
La Adjudicataria informará de los trabajos que pretende subcontratar con indicación de los Subcontratistas propuestos.
La identificación de los subcontratistas deberá comunicarse previamente a IFEMA, que podrán ser vetados justificadamente dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de recepción de la comunicación.
En el caso de que se conceda la autorización de IFEMA para subcontratar, ello no implica el nacimiento de ningún vínculo o relación contractual entre IFEMA y el Subcontratista y no libera a la Adjudicataria de la obligación de vigilar la actividad del Subcontratista, de la de responder de la actuación de éste ni del cumplimiento en todo del Contrato.
Para los servicios subcontratados con la autorización de IFEMA, la Adjudicataria estará obligada a comunicar y a hacer cumplir a los Subcontratistas los requisitos y condiciones técnicas, de calidad y comerciales establecidas en la Documentación Contractual, en tanto les sean aplicables.
En el supuesto de subcontratistas extranjeros, cuando fuese aplicable, tendrá que acreditar de forma fehaciente que el personal que se desplace a territorio español cumpla todos los requisitos establecidos por la legislación española en material laboral y de Seguridad Social, siendo de su cuenta todos los permisos necesarios para la ejecución de servicios en territorio español.
Sin perjuicio de lo anterior, IFEMA podrá en todo momento inspeccionar y vigilar los trabajos del Subcontratista y el cumplimiento de sus obligaciones y el Subcontratista queda obligado a facilitarle toda la colaboración que para ello pueda ser necesaria (documentación, informes, libre acceso a sus instalaciones, etc.). La Adjudicataria deberá incluir en cada uno de sus contratos con los Subcontratistas la obligación de cada Subcontratista de cooperar con IFEMA a fin de favorecer las labores de supervisión y coordinación de la actividad de IFEMA.
Conforme a lo indicado anteriormente, IFEMA no mantendrá relación contractual alguna con los Subcontratistas autorizados. La Adjudicataria queda obligada a comunicar a éstos las condiciones del Contrato y a enviar a IFEMA, si ésta lo solicitase, una copia de los contratos entre la Adjudicataria y cada Subcontratista en los que así se haga constar.
IFEMA antes de realizar el pago correspondiente a la facturación del objeto del Contrato, podrá exigir a la Adjudicataria el cumplimiento de sus obligaciones contractuales con los Subcontratistas, para efectuar, o no, la retención que convenga en caso de incumplimiento.
La Adjudicataria responderá frente a IFEMA, y habrá de justificar, a requerimiento de ésta, por el cumplimiento de las obligaciones laborales, sociales, tributarias y de cualquier otro orden relativas al personal de los Subcontratistas.
e) Seguro.-
La empresa adjudicataria del contrato se compromete a suscribir y mantener en vigor durante la ejecución del contrato, un seguro de responsabilidad civil por la actividad que es objeto del contrato que se adjudica y por importe suficiente para amparar los daños y perjuicios que puedan ocasionar a terceros, incluido al propio IFEMA y que sean reclamados por estos (IFEMA aparecerá como asegurado adicional de la póliza sin perder la condición xx xxxxxxx), con las siguientes coberturas y Límites:
A efectos de garantizar la indemnización por los tipos de daños señalados, el contratista deberá suscribir una póliza de seguro de responsabilidad civil, con un límite no inferior a 600.000 € que contemplará las siguientes coberturas y condiciones mínimas:
1. LIMITE MINIMO DE INDEMNIZACION: 600.000 euros por siniestro y año.
2. RESPONSABILIDADES Y COBERTURAS GARANTIZADAS:
3. Responsabilidad Civil de Explotación.
4. Responsabilidad Civil Subsidiaria de Contratistas y Subcontratistas (incluir sólo en el caso de que se autorice al adjudicatario esta circunstancia tal y como se especifica en el Pliego).
5. Responsabilidad Civil Patronal (Sublímite por víctima no inferior a 600.000€).
6. Responsabilidad Civil Cruzada.
7. Defensa jurídica y constitución de fianzas civiles y criminales.
8. Responsabilidad Civil Profesional
9. FRANQUICIA MAXIMA:
x. Xxxxx materiales: 1.200 euros por siniestro
b. Daños personales: SIN FRANQUICIA
10. ASEGURADO ADICIONAL: IFEMA y sus empleados SIN PERDER LA CONDICION XX XXXXXXX EN LA PÓLIZA y los contratistas y subcontratistas en su caso.
La vigencia del seguro deberá mantenerse durante todo el periodo de contratación del servicio adjudicado.
e) Discontinuidad en el Servicio.-
Si, como consecuencia de conflictos laborales entre el adjudicatario y su personal, u otros motivos de cualquier índole, salvo que estén expresamente contemplados por la Ley como casos de fuerza mayor, el adjudicatario no pudiera llevar a efecto la prestación del servicio contratado, deberán comunicarlo a IFEMA con la máxima antelación posible.
En este supuesto, IFEMA comunicará al contratista aquellos servicios que considera esenciales, con el fin de que éste realice las acciones oportunas tendentes a lograr su cobertura. Si, a pesar de ello, el contratista no pudiera prestarlo con sus propios medios, IFEMA podrán recurrir a los servicios de otras empresas, pudiendo repercutir sobre el adjudicatario los posibles sobrecostes, así como los daños y perjuicios que se produjeran.
f) Penalizaciones.-
El adjudicatario es responsable único frente a IFEMA, salvo las excepciones previstas en el apartado d) Subcontratación, por los retrasos totales o parciales que se produzcan en la ejecución de los trabajos encomendados, así como por defectos en la calidad del servicio prestado.
En este sentido, la garantía constituida quedará afecta al cumplimiento de estas obligaciones. Todo ello sin perjuicio de que el adjudicatario deba asumir todos los gastos que a IFEMA se le produzcan, ya sea por prestaciones personales, por medios materiales, suministros o cualesquiera otros gastos ocasionados por causa de los incumplimientos mencionados y sin perjuicio de la interposición por IFEMA de las acciones de indemnización por daños y perjuicios que fueran procedentes.
22. EXTINCIÓN DEL CONTRATO.-
El contrato se extinguirá por su conclusión o cumplimiento, o bien por resolución. Las causas de resolución del contrato son las siguientes:
- El incumplimiento por el CONTRATISTA de las obligaciones laborales, sociales o fiscales, relativas al personal destinado a los servicios contratados.
- La falsedad en el suministro de datos técnicos, económicos o jurídicos, así como, los relacionados con el número e identidad del personal de la empresa afecto a los servicios contratados, solicitados por IFEMA en el ejercicio de sus facultades de control e inspección, o poner obstáculos, por cualquier causa a dicho ejercicio.
- El incumplimiento de las cláusulas contenidas en este Pliego o en los demás documentos que forman parte del contrato.
- La renuncia de IFEMA a continuar con los trabajos correspondientes a este contrato.
- La extinción de la personalidad jurídica del CONTRATISTA, salvo que el patrimonio y organización de la sociedad extinguida sea incorporada a otra entidad, asumiendo esta última, de manera plena, las obligaciones de aquélla y siempre que la nueva entidad, en el plazo de 15 días naturales, ofrezca llevar a cabo el contrato en las mismas condiciones estipuladas. IFEMA podrá admitir o desechar el ofrecimiento, sin que, en este último caso, haya derecho a indemnización alguna por el resto del contrato dejado de ejecutar.
- La solicitud de declaración de situación concursal del CONTRATISTA.
- La cesión del contrato, en todo o en parte, sin la previa autorización expresa de IFEMA.
- La muerte del CONTRATISTA individual, salvo que sus herederos ofrezcan seguir con la ejecución y así lo acepte IFEMA.
- El mutuo acuerdo entre las partes.
- Aquellas otras causas que se establezcan expresamente en el contrato o en la legislación de contratación pública y resulten aplicables a IFEMA.
23. PROTECCIÓN DE DATOS.-
Las partes manifiestan conocer la incorporación de sus datos voluntariamente facilitados, a sus respectivos ficheros, exclusivamente con una finalidad operativa para la gestión del presente expediente de contratación, incluidos sus antecedentes, contenido y desarrollo. Asimismo autorizan la remisión de información, incluso por vía de correo electrónico y aceptan que sus datos podrán ser comunicados, con obligación de confidencialidad, a sus empresas colaboradoras pudiendo ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación en cualquier momento.
24. CONFIDENCIALIDAD.-
Los servicios descritos en el presente pliego serán realizados por el adjudicatario conforme a las siguientes condiciones de confidencialidad:
Confidencialidad de la información.
Tendrá la consideración de información confidencial toda la información que, cualquiera que fuere su soporte y forma de comunicación, hubiera sido comunicada por una de las partes a la otra y que haya sido clasificada como de propiedad exclusiva y/o confidencial o que, por su naturaleza y/o las circunstancias en que se produzca la revelación, deba
de buena fe estimarse como confidencial. También tendrá esta consideración, el contenido del contrato y todos sus documentos anexos.
La información confidencial será tratada como tal por las partes y no será revelada por el receptor sin el consentimiento previo de la otra parte. En particular, las partes se comprometen a adoptar las medidas necesarias para evitar que terceros no autorizados puedan acceder a la información confidencial y a limitar su acceso a los empleados autorizados que precisen disponer de ella para la ejecución del contrato, trasladándoles idéntica obligación de confidencialidad.
Esta obligación de confidencialidad se mantendrá de forma indefinida por las partes.
25. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.-
Toda controversia que surja entre las partes en relación con la preparación, adjudicación, cumplimiento, efectos y extinción del contrato, corresponderá conocerla a la jurisdicción civil conforme a lo dispuesto en la legislación de contratos del sector público. Los licitadores, por el hecho de presentar sus ofertas, se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de Madrid capital, con renuncia al fuero que pudiera corresponderles.
26. NORMAS APLICABLES.-
En todo lo no previsto en este pliego de condiciones se estará a lo dispuesto en las Instrucciones Internas de Contratación incluida en el Perfil del Contratante y por las normas de derecho privado que resulten de aplicación.
Madrid, 14 xx xxxxx de 2017
Xxxxxxx Xxxxx-Xxxxxxx Director General
ANEXO I DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
ANEXO I DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
I.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LA EMPRESA LICITADORA EN EL SOBRE DE “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA”
1.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN
En el sobre “Documentación administrativa”, cada licitador incluirá, EXCLUSIVAMENTE, una declaración responsable debidamente fechada y firmada, según modelo X de este Anexo, indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, en particular las que resultan de los apartados 2 a 6 siguientes de este Anexo.
Así mismo, deberá aportarse, junto con la mencionada declaración responsable, los documentos originales, copias auténticas o fotocopias compulsadas de la documentación solicitada en el apartado 7.
Igualmente el licitador podrá aportar los documentos originales, copias auténticas o fotocopias compulsadas de la documentación solicitada en el apartado 8 de este mismo Anexo a los efectos recogidos en dicho apartado.
Únicamente en el caso de ser adjudicatarios, deberán, obligatoriamente, acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de la documentación exigida en las condiciones (apartados 2 a 6) del presente Anexo al Pliego de Bases, siendo de aplicación lo previsto en el apartado 9.
En todo caso, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, se podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
La documentación a presentar habrá de ser original, copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello o por el Servicio de Compulsa de IFEMA.
El licitador podrá solicitar la compulsa de documentos por IFEMA; este servicio requiere cita previa (Tlf. 00 000 00 00 Ext. 4899) en el Departamento de Reprografía de IFEMA,
ubicado en su edificio de oficinas. Consulte condiciones en el apartado de “Concursos y Licitaciones” en xxx.xxxxx.xx.
2.- CAPACIDAD DE OBRAR
2.1.- SI LA EMPRESA ES UNA PERSONA JURÍDICA
Escritura de constitución de la entidad o, en su caso, aquella escritura que refleje la situación actualizada de la sociedad en el momento de presentación de la oferta, inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que actualmente se regula su actividad, e inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Igualmente, deberá facilitarse copia notarial o compulsada del NIF (Núm. de Identificación Fiscal (NIF).
2.2.- SI SE TRATA DE EMPRESARIO INDIVIDUAL:
El DNI o documento que, en su caso, lo sustituya reglamentariamente
2.3.- CUANDO SE TRATE DE EMPRESARIOS NO ESPAÑOLES DE ESTADOS MIEMBROS DE LA UNION EUROPEA O SIGNATARIOS DEL ACUERDO SOBRE EL ESPACIO ECONOMICO EUROPEO:
La capacidad de obrar se acreditará mediante su inscripción en un registro profesional o comercial, cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo.
Tendrán capacidad para contratar con el sector público las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate.
Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder realizar la prestación de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
2.4.- CUANDO SE TRATE DE EMPRESAS EXTRANJERAS NO COMPRENDIDAS EN EL APARTADO ANTERIOR:
El informe de la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo, o en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del Contrato.
Estas empresas deberán acreditar que tienen abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que están inscritas en el Registro Mercantil.
2.5.- IDIOMA DE LA DOCUMENTACIÓN:
La documentación extranjera se presentará con traducción oficial al castellano. 2.6.- LOS EMPRESARIOS QUE CONCURRAN AGRUPADOS (UTE):
Quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que deriven de los Pliegos y del Contrato en el caso de que se otorgara.
Deberán incorporar igualmente documento de compromiso en el que se incluya (i) el porcentaje de participación de cada una de ellos en el contrato en el caso de resultar adjudicatarios y (ii) una declaración expresa por la que se obliguen solidariamente frente a IFEMA. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas.
Además, cada una de las empresas que vayan a formar parte de la UTE deberá facilitar la documentación exigida en el presente Pliego.
En relación con el cumplimiento de los criterios de solvencia en el caso de UTE ver específicamente el apartado 5.3 de este documento.
3.- REPRESENTACIÓN
3.1.- Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acreditar su representación legal o poder suficiente tanto para la presentación de la oferta como para la firma del contrato, declarada bastante por IFEMA.
Si el documento acreditativo de la representación contuviese delegación permanente de facultades, deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil.
3.2.- A efectos del bastanteo por IFEMA, deberá presentar copia notarial o compulsada de la escritura de poder junto con copia notarial o compulsada del DNI de la persona a cuyo favor se otorgó el citado poder.
- El licitador puede realizar la compulsa de ambos documentos en el Servicio de Compulsa de IFEMA (solicitando cita previa).
- Para el bastanteo, se ruega contactar con la Secretaría General de IFEMA. Tlf. 00 000 00 00 Att. Xxxxxx Xxxxxxxxxx).
3.3.- El licitador que resulte adjudicatario deberá aportar el documento original que acredita el bastanteo junto con la escritura y DNI aportados para el mismo.
4.- AUSENCIA DE PROHIBICIÓN PARA CONTRATAR
Declaración responsable, conforme al modelo que se incorpora como Anexo de que el empresario, si se tratare de persona física, o la empresa, sus administradores y representantes, si se tratare de persona jurídica, así como el firmante de la proposición, no están incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar reflejadas en el artículo 60 del TRLCSP ni tampoco en las prohibiciones específicas establecidas en el presente Xxxxxx.
Esta declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como de no tener deudas con IFEMA en período ejecutivo de pago, salvo que estuvieran garantizadas.
5.- SOLVENCIA
5.1.- SOLVENCIA TÉCNICA DEL OFERENTE:
Los licitadores deberán acreditar que gozan de experiencia suficiente en la ejecución de las prestaciones que constituyen el objeto del contrato.
Se entenderá acreditada la solvencia técnica cuando aporten documentos justificativos de que en los últimos cinco años han ejecutado o se encuentran ejecutando contratos para la prestación de servicios de características similares a los del objeto del presente contrato, debiendo indicar su importe y fechas de realización.
Deberá acreditar, a través de la declaración responsable que figura en el presente anexo, que ha realizado en los cinco últimos años, (2012, 2013 y 2014, 2015 y 2016), al menos 3 servicios equivalentes al del presente concurso en pasarelas internacionales de primer nivel, o 3 desfiles individuales de diseñadores o marcas de reconocido prestigio o proyección internacional.
5.2.- SOLVENCIA ECONÓMICO-FINANCIERA:
Se acreditará mediante una declaración responsable relativa a la cifra de negocios global de los servicios realizados por la empresa en el curso de los tres últimos ejercicios. En esta declaración se deberá acreditar una facturación superior a 500.000 eur. en cada uno de los ejercicios 2014, 2015 y 2016.
5.3.- ACREDITACION DE LA SOLVENCIA EN EL CASO DE CONCURRIR EN UTE
En caso de concurrir en UTE, las compañías participantes podrán cumplir de forma complementaria todos los requisitos de solvencia técnica del apartado 5.1 y de solvencia económico-financiera indicados en el apartado 5.2 este anexo, en los términos en que se expresa en estos apartados.
6.- JURISDICCIÓN DE EMPRESAS EXTRANJERAS
Sin perjuicio del sometimiento a la cláusula de arbitraje en el caso de que se previera en el Pliego, las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del Contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
Se adjunta modelo como Anexo.
7.- GARANTÍA PROVISIONAL
Justificante de haber constituido la garantía provisional, de conformidad con las condiciones y requisitos establecidos en el presente Pliego. Se adjuntan modelos en Anexo.
En el supuesto de que varios licitadores se presenten de forma conjunta, la garantía provisional deberá garantizar solidariamente a todos ellos.
En caso de presentar la garantía provisional mediante ingreso en cuenta o transferencia, deberán incorporar justificante bancario.
8.- PREFERENCIA EN LA ADJUDICACIÓN
A efectos de la preferencia en la adjudicación, según lo previsto en la cláusula relativa a los “Criterios para la adjudicación del Contrato” - del presente Pliego de Bases, el ofertante podrá presentar la declaración responsable relativa al número de trabajadores con discapacidad en plantilla, de conformidad con el modelo incluido en Se adjunta modelo en Anexo.
9.- PARTICIPACIÓN EN LICITACIONES ANTERIORES DE IFEMA Y REGISTROS DE LICITADORES
9.1.- Si dentro del último año, desde la fecha de presentación de ofertas, el licitador hubiese participado en algún procedimiento de licitación convocado por IFEMA en el que ya hubiese
facilitado la documentación administrativa exigida en este Pliego, no será preciso que tal documentación sea nuevamente presentada, siempre que no hubiese sufrido modificación alguna.
El licitador deberá indicar el número de expediente en que presentó la documentación y la fecha de entrega en Registro.
No obstante lo anterior, deberá ser facilitada de nuevo aquella documentación que no hubiese sido subsanada en su momento, aquella cuyo plazo de vigencia hubiera finalizado, así como la referida a garantías, pólizas de seguros, declaraciones responsables (solicitadas en el presente pliego y conforme a los modelos establecidos en el mismo), acreditando las circunstancias a que se refiere cada una de ellas, así como aquella documentación que hubiese sufrido modificaciones desde la fecha de presentación de la oferta anterior.
9.2.- El licitador puede optar por la presentación del Certificado de inscripción en vigor, correspondiente al Registro de Licitadores de la Comunidad de Madrid, y/o el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado en sustitución de la documentación administrativa exigida en el presente pliego y reflejada en los epígrafes 2, 3 y 5 de este apartado I.
En el caso de que el certificado de inscripción presentado por el licitador no incluyese toda la información solicitada en los citados epígrafes 2, 3 y 5, el licitador deberá aportar, adicionalmente, aquellos documentos que completen la documentación administrativa exigida en el pliego y que no estuvieran reflejados en el certificado aportado.
La documentación solicitada en el resto de los epígrafes de este apartado I debe presentarse en todo caso.
Junto con el certificado de inscripción en el Registro de Licitadores, el empresario deberá presentar una declaración responsable sobre la vigencia de los datos anotados en el Registro de Licitadores, según el modelo que se adjunta en Anexo del presente Xxxxxx. Si se hubiese producido alteración de los datos registrales se hará mención expresa en la citada declaración, uniendo la documentación correspondiente.
II.- DOCUMENTACIÓN A FACILITAR POR LA EMPRESA CON OFERTA MÁS VENTAJOSA PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
El licitador cuya oferta sea declarada más ventajosa deberá presentar la documentación requerida en los apartados 2-6 anteriores así como la que se refleja a continuación en original o copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o junto con fotocopia para su compulsa por el Servicio de Compulsa de IFEMA.
a).- Certificación administrativa en vigor, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria de España o del organismo equivalente del país del domicilio social del Empresario, de que el ofertante se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias.
b).- Si la empresa está obligada legalmente, documento justificativo de estar al corriente de pago en el Impuesto sobre Actividades Económicas, o declaración responsable de no estar obligado al pago del mismo; o, en su caso documento equivalente en el país del domicilio social del empresario.
c)- Certificación administrativa actualizada al mes en curso en la que se acredite que el ofertante se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
d)- Documento que acredite haber constituido a disposición del órgano contratante garantía definitiva, si así se requiere en el presente Pliego, en los términos exigidos en el mismo. En caso de presentar la garantía definitiva mediante ingreso en cuenta o transferencia, deberán facilitar el justificante bancario. (Se adjunta Modelo en Anexo)
e)- Póliza de seguro, en relación con el contrato adjudicado, si así se requiere en el presente pliego, en los términos previstos en el mismo.
f) – (no procede) Pago de los anuncios de licitación, si así se requiere en el pliego, mediante gestión previa en el Departamento de Tesorería de IFEMA, teléfono: 00.000.00.00, extensión 4923.
g)- Certificado específico de estar al corriente de sus obligaciones tributarias referido a contratistas y/o subcontratistas regulado en el artículo 43.1f de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003), relativo a la responsabilidad subsidiaria para las entidades que contraten o subcontraten la ejecución de obras o la prestación de servicios correspondientes a su actividad principal, por las obligaciones tributarias relativas a tributos que deban repercutirse o cantidades que deban retenerse a trabajadores, profesionales u otros empresarios, en la parte que corresponda a las obras o servicios objeto de la contratación o subcontratación.
Este certificado se emite en cualquiera de las oficinas de la Administración Tributaria, o bien a través de su página web xxx.xxxx.xx con una validez de 12 meses amparando exclusivamente los pagos de las facturas de contratación o subcontratación realizados dentro de dicho periodo. Este documento deberá ser presentado ó remitido anualmente.
h)- Cuando el licitador tuviera la condición de unión temporal de empresas (UTE), escritura pública de constitución inscrita en el Registro Especial del Ministerio de Hacienda, u organismo equivalente del país del domicilio social del Empresario, y nombramiento de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo.
El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas.
NOTA.- Si tuvieran cualquier duda sobre la documentación administrativa que debe ser incluida en su oferta pueden realizar la consulta correspondiente a la Secretaría General de IFEMA. Teléfonos: 00 000.00.00, 00.000.00.00 ; fax 00 000.00.00 o a las direcciones de e- mail siguientes: xxxxxxxx@xxxxx.xx; xxxxxx@xxxxx.xx o xxxxxx@xxxxx.xx.
III.- MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE REGISTRO LICITADORES
D. ............................................................................................., domiciliado en
..................................., calle .............................................................................., núm.
......................., con D.N.I. núm , mayor de edad, en nombre propio (o
en representación de la empresa ,
con C.I.F. núm. ..........................................., y domicilio en .................................., calle
..............................................................................., núm ),
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
1.- Que los datos anotados en el registro de licitadores presentado en esta licitación están vigentes y no han sufrido modificación alguna.
(En caso afirmativo se deberán indicar las variaciones o modificaciones que hayan tenido lugar así como aportar los documentos que lo acrediten).
..........................., ........ de de 201
IV.- MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE -
D. ............................................................................................., domiciliado en
..................................., calle .............................................................................., núm.
......................., con D.N.I. núm , mayor de edad, en nombre propio (o
en representación de la empresa ,
con C.I.F. núm. ..........................................., y domicilio en .................................., calle
..............................................................................., núm ),
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
1.- Que el ofertante, y/o el representante de éste (si actuara mediante representante) no están incursos en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar reflejadas en el artículo 60 del TRLCSP ni tampoco en las prohibiciones específicas establecidas en el presente Pliego.
2.- Que el ofertante se encontraba al corriente de sus obligaciones tributarias a la fecha de presentación de la oferta y que se encuentra al corriente cuando formula esta declaración.
3.- Que el ofertante se encontraba al corriente de pago, a la fecha de presentación de la oferta, en el Impuesto sobre Actividades Económicas o documento equivalente en el país del domicilio social del empresario y que se encuentra al corriente cuando formula esta declaración. Si no está obligado al pago del mismo se incorporará una declaración responsable en este sentido.
4.- Que el ofertante se encontraba al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social a la fecha de la presentación de la oferta y que se encuentra al corriente cuando formula esta declaración.
5.- Que el ofertante no tiene deudas con IFEMA en período ejecutivo de pago, salvo que estuvieran garantizadas. (En caso de existir deuda garantizada, indicar deuda: concepto e importe).
6.- Que el resto de la documentación aportada está vigente y no ha sido modificada o sustituida a la fecha en que se formula esta declaración.
..........................., ........ de de 201
Fdo.: ..........................................................
(Firma y sello de la empresa)
V.- MODELO
La Entidad ..................................................................................., NIF .................., con
domicilio en ..........................................................................................., en la
calle/plaza/avenida .................................................., C.P. .........................., y en su nombre
....................................... con poderes suficientes para obligarle en este acto.
A V A L A
a …………....................................................................................……........................, NIF
.........……......, en concepto de garantía provisional, para responder de las obligaciones derivadas de la participación en la licitación de la “………………………. EXP ,”
ante la INSTITUCIÓN FERIAL DE MADRID (IFEMA), por importe de
...................................................................... euros (. €).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos previstos en el art. 56.2 del Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas.
Este Aval se otorga solidariamente con respecto al obligado principal, con renuncia expresa a los beneficios de orden, división y excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la INSTITUCIÓN FERIAL DE MADRID (IFEMA), incluso con la oposición del afianzado y sin poder posponer el pago o negarse al mismo, por ningún motivo
El presente Aval estará en vigor hasta que se autorice su cancelación o devolución por la INSTITUCIÓN FERIAL DE MADRID (IFEMA).
El presente aval ha sido inscrito en esta misma fecha en el Registro de Avales con el número
.........................
(Lugar y fecha) (Razón social de la Entidad) (Firma de los apoderados)
La Entidad ..................................................................................., NIF .................., con
domicilio en ..........................................................................................., en la
calle/plaza/avenida .................................................., C. P , y en su nombre
....................................... con poderes suficientes para obligarle en este acto.
A V A L A
a ....................................................................................……........................, NIF
.........……......, en concepto de garantía definitiva, para responder de las obligaciones derivadas de la adjudicación de la “……………. EXP. ………….”, ante la INSTITUCIÓN FERIAL DE MADRID (IFEMA), por importe de ......................................................................
euros (. €).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos previstos en el art. 56.2 del Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas.
Este Aval se otorga solidariamente con respecto al obligado principal, con renuncia expresa a los beneficios de orden, división y excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la INSTITUCIÓN FERIAL DE MADRID (IFEMA), incluso con la oposición del afianzado y sin poder posponer el pago o negarse al mismo, por ningún motivo
El presente Aval estará en vigor hasta que se autorice su cancelación o devolución por la INSTITUCIÓN FERIAL DE MADRID (IFEMA).
El presente aval ha sido inscrito en esta misma fecha en el Registro de Avales con el número
.........................
(Lugar y fecha) (Razón social de la Entidad) (Firma de los apoderados)
VII.- MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
Certificado número ............................(1) (en adelante, asegurador), con domicilio en ,
calle........................................................, y NIF. , debidamente representado
por Don ........................................................................(2), con poderes suficientes para
obligarle en este acto.
ASEGURA a .......................................................(3), NIF , en concepto
de tomador del seguro, ante la INSTITUCIÓN FERIAL DE MADRID (IFEMA), en adelante asegurado, hasta el importe de
....................................................................................................(en letras y en cifras), en los
términos y condiciones establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y Pliego de Bases por la que se rige la “…………………………. EXP. ……………...”, en concepto de garantía (4),
para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la INSTITUCIÓN FERIAL DE MADRID (IFEMA).
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que la INSTITUCIÓN FERIAL DE MADRID (IFEMA) autorice su cancelación o devolución.
Lugar y fecha Firma: Asegurador.
Instrucciones para la cumplimentación del modelo.
(1) Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora.
(2) Nombre y apellidos del apoderado o apoderados.
(3) Nombre de la persona asegurada.
(4) Indicar modalidad del seguro de que se trata en función de que será garantía provisional o definitiva
En……………., a…..de de 201
Fdo.:……………………………….
(Firma y sello de la empresa)
VIII- MODELO DE DECLARACIÓN DE PERSONAL CON DISCAPACIDAD EN PLANTILLA-
D……………………. , con DNI ………., mayor de edad, en nombre propio (o en representación) de la empresa……………, con CIF…… y domicilio en…………calle………número………. en mi calidad de ………
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD
A) Que, a la fecha de presentación de esta documentación, la empresa arriba indicada tiene una plantilla de trabajadores de……. personas, de los cuales …… se corresponden con trabajadores con discapacidad.
Del total de trabajadores con discapacidad en plantilla …. se corresponden con trabajadores en situación de contratación indefinida.
B) Que, por lo tanto, el número de trabajadores con discapacidad representa un…. por ciento (…%) con respecto a la plantilla total de la empresa.
C) Que, asimismo y de conformidad con lo estipulado en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, que regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad, la empresa representada ha adoptado las siguientes medidas sustitutorias, alternativas o simultáneas:
(En este último caso, la empresa deberá presentar una copia de la declaración de excepcionalidad)
La adopción de dichas medidas sustituyen a……. contratos con trabajadores con discapacidad.
D) Que, si la acreditación de los extremos recogidos en esta declaración se considerase necesaria, la comunicación de la información acreditativa del porcentaje de trabajadores discapacitados contratados en relación con la plantilla total de la empresa se realizaría con estricto cumplimiento de la legalidad vigente. En particular, de ser preciso revelar información de carácter personal en base a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se aportarían formularios oficiales debidamente inscritos y sellados por la administración competente, eliminando de dicha documentación cualquier referencia personal relativa a los trabajadores con discapacidad de la empresa, de forma tal que la misma constase íntegramente disociada. Si la naturaleza de la documentación acreditativa fuese tal, que impidiese la total disociación de la referida información, la comunicación no podría llevarse a cabo de no contar la empresa con el previo consentimiento expreso y por escrito de los sujetos afectados a la revelación de sus datos personales, o si la misma no estuviese debidamente amparada y autorizada por una norma con xxxxx xx xxx.
En……………., a…..de de 201
Fdo.:……………………………….
(Firma y sello de la empresa)
IX.- DATOS DE CONTACTO DEL OFERTANTE -
Con la finalidad de facilitar el contacto entre IFEMA y las empresas participantes, los ofertantes deberán cumplimentar la ficha incluida a continuación con todos aquellos datos de contacto profesional de las personas que intervengan en cualquier asunto administrativo/técnico relacionado con este concurso.
DENOMINACIÓN SOCIAL: | |
DIRECCIÓN: | |
PERSONA/S DE CONTACTO PARA ESTE EXPEDIENTE: | |
TELÉFONO/S: | |
FAX/ES: | |
CORREO ELECTRÓNICO DE LAS PERSONA/S DE CONTACTO PARA ESTE EXPEDIENTE: | |
OTROS DATOS QUE ESTIMEN DE INTERÉS: |
En ..........................., ........ de de 201
Fdo.: ..........................................................
(Firma y sello de la empresa)
Los datos de carácter profesional que facilita se incorporarán en un fichero de IFEMA con domicilio en Feria de Madrid (28042) Madrid, con la finalidad de incluirle como posible proveedor de IFEMA en los sectores que pudieran corresponder a su actividad profesional. Los citados datos podrán ser utilizados, en su caso, para enviarle información, incluso por medios electrónicos, sobre futuras licitaciones de IFEMA que pudieran considerarse incluidas dentro de su actividad o de su interés. Los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de estos datos podrán ejercerse mediante carta dirigida a IFEMA: Protección de Datos (ref.: proveedores de licitaciones), apartado de correos
67.067 (28080) de Madrid, o vía e-mail a la dirección: xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xx incluyendo en el asunto "proveedores de licitaciones”.
X.- MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES EXIGIDAS LEGALMENTE PARA CONTRATAR CON IFEMA, ESTABLECIDAS EN LOS APARTADOS 2 A 6 DEL ANEXO I DEL PRESENTE PLIEGO
D................................................................................................................................................
con D.N.I. o documento que lo sustituya nº , actuando en su nombre o
en representación de la empresa ……………………………………………….., con relación al expediente …………………. para la contratación de………………………………………...
………………………………………………………………………………………….......
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD
Que en la fecha en que finaliza el plazo de presentación de proposiciones u ofertas, cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración y en concreto las que resultan de los apartados 2 a 6 del Anexo I del presente pliego de bases, dispone de la documentación que así lo acredita y se compromete a mantener dichas condiciones durante el tiempo necesario a los efectos del presente contrato.
(Lugar, fecha, firma y sello de la empresa)
XI.- MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE SOMETIMIENTO A LA JURISDICCIÓN ESPAÑOLA
D................................................................................................................................................
con D.N.I. o documento que lo sustituya nº , actuando en su nombre o
en representación de la empresa ……………………………………………….., con relación al expediente …………………. para la contratación de………………………………………...
………………………………………………………………………………………….......
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD
Que para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir en relación con el Contrato, la empresa licitadora que suscribe se somete a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles. Todo ello sin perjuicio del sometimiento a la cláusula de arbitraje en el caso de que, en su caso, se previera en el Pliego.
(Lugar, fecha, firma y sello de la empresa)
- MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE -
APARTADO 5.1 SOLVENCIA TÉCNICA REFERENCIAS
D. ............................................................................................., domiciliado en ,
calle .............................................................................., núm. ......................., con D.N.I. núm.
..................................., mayor de edad, en nombre propio (o en representación de la empresa
.............................................................................................., con C.I.F. núm.
..........................................., y domicilio en .................................., calle
..............................................................................., núm. ,
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD Y A LOS EFECTOS DE ACREDITAR LA SOLVENCIA TÉCNICA REQUERIDA EN EL APARTADO 5.1) DE ESTE ANEXO:
1.- Que en los últimos cinco años la compañía a la que represento ha realizado los siguientes trabajos similares a los citados en el presente pliego:
Se entenderá cumplido el requisito de solvencia técnica si el ofertante puede acreditar que ha realizado en los cinco últimos años, (2012, 2013 y 2014, 2015 y 2016), al menos 3 servicios equivalentes al del presente concurso en pasarelas internacionales de primer nivel, o 3 desfiles individuales de diseñadores o marcas de reconocido prestigio o proyección internacional.
REFERENCIA xx CLIENTE:
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO:
FECHA DE REALIZACIÓN:
IMPORTE:
…………………..
..........................., ........ de de 201
Fdo.: ..........................................................
(Firma y sello de la empresa)
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE SOLVENCIA ECONÓMICO-FINANCIERA (apartado 5.2)
D. ............................................................................................., domiciliado en ,
calle .............................................................................., núm. ......................., con D.N.I. núm.
..................................., mayor de edad, en nombre propio (o en representación de la empresa
.............................................................................................., con C.I.F. núm.
..........................................., y domicilio en .................................., calle
..............................................................................., núm. ,
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
Que la empresa que represento ha realizado la siguiente cifra de negocios en los ejercicios 2014, 2015 y 2016.
2014:…………………….€
2015:…………………….€
2016:…………………….€
Se entenderá acreditada la solvencia económica – financiera por aquellas empresas que dispongan de una cifra de negocios global de los servicios realizados por la empresa en el curso de los tres últimos ejercicios. En esta declaración se deberá acreditar una facturación superior a 500.000 eur. en cada uno de los ejercicios 2014, 2015 y 2016.
..........................., ........ de de 201
Fdo.: ..........................................................
(Firma y sello de la empresa)
ANEXO II PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
ANEXO II – PRESCRIPCIONES TÉCNICAS.
1. OBJETO DEL SERVICIO.-
El presente pliego tiene por objeto establecer las condiciones y necesidades técnicas para la grabación, edición y postproducción de videos de cada uno de los desfiles del calendario de MERCEDES-BENZ FASHION WEEK MADRID (MBFWM), que tengan como escenario IFEMA y otras localizaciones en la ciudad de Madrid, incluyendo EGO, para su distribución en medios de comunicación y su entrega a los diseñadores.
El servicio contempla la producción de un programa para cada diseñador participante y un resumen de las colecciones presentadas. Asimismo, la empresa adjudicataria se encargará de subcontratar la señal de satélite para la correcta retransmisión en directo de los desfiles de la MBFWM y EGO. Igualmente se ocupará, del servicio de streaming en directo de los desfiles, tanto a través de la web de la pasarela, como de dispositivos móviles y de habilitar una ftp o similar para que los medios de comunicación nacionales e internacionales y lo diseñadores puedan acceder a los videos de los desfiles y descargárselos. A todo ello se suma que habrán de habilitar 5 líneas de streaming sin coste extra, para distintas necesidades que se puedan plantear en el desarrollo del evento. Por otra parte, habrán de hacer el diseño y gestión de un microsite dentro de la web de la pasarela MBFWM donde se alojarán todos los contenidos de MBFWM TV, clasificados por días de emisión, y diferenciados en pestañas, según contenido – desfiles, entrevistas, programación set tv, etc-.
Junto a todo ello, la empresa adjudicataria deberá realizar un video promocional resumen del evento.
El periodo establecido para dicho servicio comprende las próximas ediciones de MBFWM y EGO, previstas inicialmente para septiembre 2017 y enero 2018, con posibilidad de prórroga por una edición adicional. No obstante, IFEMA dará a conocer al adjudicatario las fechas exactas de celebración, una vez estén fijadas.
2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.-
2.1. Alcance del trabajo a realizar.
Grabación y producción de los desfiles diarios (en total alrededor de 50) durante los días de celebración de la MBFWM, que tendrán lugar en IFEMA y otros escenarios de Madrid, incluyendo también los desfiles de EGO. El programa de desfiles con la relación de participantes y horarios será entregado a la empresa adjudicataria, una vez se haya confeccionado el calendario definitivo. A modo estimativo, los horarios de los desfiles serán de: 10:30 h., 12:00h., 13:30 h., 15:00 h., 16:30 h., 18: 00 h., 19:30 h. y
21:00 h.
2.2. Características del Servicio.-
En el proyecto habrán de estar incluidos los medios técnicos y humanos requeridos con carácter mínimo en este pliego, así como todas aquellas mejoras
–técnicas y de difusión- que se quieran aportar, sin que supongan un incremento en el precio máximo a ofertar contemplado en este pliego.
- Servicio de grabación y producción audiovisual:
La empresa de video habrá de mantener en cada edición, en las semanas anteriores a su celebración una entrevista con cada diseñador, con objeto de conocer las características de la colección, orden de salida, coreografía, iluminación, etc.
Grabación integra de cada uno de los desfiles con música original.
Retransmisión de los desfiles por circuito cerrado en directo y diferido en las pantallas que el adjudicatario deberá colocar en los distintos lugares que decida IFEMA
Dar señal de los desfiles a todos los stands y soportes externos que IFEMA precise, tanto de la programación íntegra del circuito cerrado, como de los desfiles.
Coordinación, difusión y entrega a TV: la empresa adjudicataria se encargará de coordinar:
- La distribución de señal en directo y claves del satélite a las televisiones y otros medios
- Los copiados a TV y otros medios.
- La entrega de imágenes a informativos y otros programas
Entrega a cada diseñador al término del desfile de una copia en pen drive de la grabación realizada con la cámara frontal, sin manipulado. Asimismo, entrega en Betacam Digital HD o en otro formato de la grabación de alguna de las 6 cámaras a los canales de televisión que lo soliciten.
- Retransmisión vía satélite:
La empresa adjudicataria se encargará de subcontratar la señal de satélite para la correcta retransmisión en directo de los desfiles de la MBFWM y EGO. Al término de cada edición, la empresa adjudicataria deberá remitir a la dirección de comunicación de la MADRID FASHION WEEK, la relación de televisiones que han pedido copias de
los desfiles durante su celebración, así como relación de las cadenas de TV que han solicitado conexión vía señal satélite.
- Emisión en streaming:
La empresa adjudicataria se ocupará de los servicios necesarios (línea ADSL, equipos informáticos con las tarjetas y el software para la codificación, un técnico de streaming y la programación del visor para embeberlo en la página web) para la emisión en streaming en directo de todos los desfiles del calendario de la MADRID FASHION WEEK y EGO, en la web de este certamen, así como en los dispositivos móviles, sin que la realización de todo este servicio suponga un gasto extra para IFEMA, más allá de la cantidad total licitada para este pliego.
Días antes de la celebración del evento, la empresa adjudicataria habrá de probar conjuntamente con personal de IFEMA el perfecto funcionamiento de la emisión tanto en la web, como en los dispositivos móviles y subsanar los fallos que se detectaran.
Una vez finalizadas cada una de las ediciones de la pasarela, la empresa enviará un informe detallado de este servicio, con las estadísticas de visitas, detallando las visitas por PC y por dispositivo móvil por días y el importe.
Además de la línea de emisión en streaming para su visualización en la web de la pasarela y dispositivos móviles, la empresa adjudicataria pondrá a disposición de IFEMA 5 líneas más de streaming, sin coste para IFEMA para necesidades que puedan surgir.
- Servicio de post-producción y edición de las imágenes en Betacam Digital HD para la obtención de:
a) Un vídeo por colección, teniendo en cuenta que algunos de los desfiles son dobles o triples (dos o tres colecciones) con la música original, entregando en cada caso, 3 masters en Betacam digital HD y 5 copias en pen drive de cada desfile, (cada cámara será grabada con grabador independiente). Todo el material deberá haber pasado verificación previa de su correcta grabación, antes de su entrega a cada uno de sus destinatarios.
La cabecera y cierre de cada vídeo será común, debiendo proponerse y ser aprobada por IFEMA, antes de su utilización, (cabecera con animación y derechos musicales). La entrega de los desfiles editados a IFEMA ser realizará en disco duro y será como máximo UNA SEMANA después de la finalización de los desfiles.
b) Producción, realización y edición de clips resumen de cada desfile para Televisiones e IFEMA de 3 minutos de duración, con planos de 3 segundos y efectos digitales, que resulte ser un resumen fidedigno de cada colección o
desfile. El adjudicatario deberá entregar un master de estos clips en Betacam digital, además de 7 copias en pen drive de todos los clips unidos y 7 copias en pen drive de todos los clips grabados en un mismo soporte, pero en archivos separados.
c) Además, tratar estos clips adoptando el formato idóneo para su incorporación a la web de la FASHION WEEK DE MADRID, así como a Youtube, y con música que no lleve consigo el pago de derechos por su utilización. Además, estos clips se entregarán a IFEMA en formato flv, en archivos separados por cada clip ó desfile.
d) Del mismo modo, se facilitará a IFEMA, durante la celebración del evento y a la mayor brevedad posible tras cada desfile, los link por separado de cada desfile, adaptados para incluir en la web en la ficha de cada diseñador.
Así mismo, de forma ágil se incorporará la marca de cada diseñador, así como los logotipos institucionales al final de cada video, pen drive o DVD.
Las grabaciones a las que hace referencia el apartado anterior, así como las cintas Betacam, podrán ser distribuidas por IFEMA a los medios audiovisuales, españoles y extranjeros, con el único fin de promocionar la moda española.
e) Coordinación de peticiones y envío de la señal por satélite. Al final de la edición se entregará a IFEMA una relación de los medios que han conectado indicando fecha y horario.
- Servicio de programación permanente durante los desfiles:
El adjudicatario incluirá en su servicio una propuesta de programación entre desfiles de cada jornada, que completará la retransmisión de las colecciones, con reportajes y entrevistas a los personajes protagonistas, que se emitirán en directo entre desfile y desfile y a demanda. La propuesta de programación habrá de ser joven, fresca, dinámica, reflejando en todo momento una visión y un entorno de moda que atraiga a los jóvenes espectadores.
La presentadora del set habrá de ofrecer un aspecto saludable, tener un estilo ameno y fresco, además de cualidades periodísticas demostradas, haber realizado trabajos similares y contar con amplia trayectoria en el mundo de la moda y grandes conocimientos sobre el diseño español y sus creadores.
Todo ello se alojará en la web de la pasarela en el apartado de MBFWM TV, en una microsite diseñada y coordinada por la empresa adjudicataria, que tendrá los contenidos clasificados por días de emisión, y diferenciados en pestañas según contenido
–desfiles, entrevistas, programación set tv, etc-., y servicio a la carta, para que el usuario pueda visionarlo tanto la semana de celebración de MBFWM, como en los meses siguientes. Este material estará disponible para ordenadores y dispositivos móviles (Android y iOS). Gran parte de los contenidos de esta programación se realizarán desde un set situado en el Cibelespacio de MBFWM. Tanto el montaje del stand, como el personal necesario para llevar a cabo esta programación correrán a cargo del adjudicatario. Igualmente será por cuenta del adjudicatario el alojamiento en el servidor del material producido.
- Habilitación de una FTP para material dirigido a diseñadores y prensa, o bien de dos FTP’S, una para diseñadores y otra para medios de comunicación que estará operativa durante la celebración de la pasarela y en los seis meses después a cada edición. Esta FTP incluirá para los medios de comunicación los videos de cada desfile –los mismos retransmitidos via satélite- y los videoclips de 3 minutos de cada desfile. La FTP para diseñadores tendrá la realización completa con cámara con calidad HD de cada desfile, el desfile grabado en la cámara master y los videos clips de 3 minutos. Además, aquellos diseñadores que lo soliciten tendrán también el material grabado por las cámaras por separado. Todo este material se subirá en el mismo día del desfile
- Realización de un video promocional resumen del evento. La empresa adjudicataria habrá de realizar un video de una duración máxima de 3 minutos de duración cuyo contenido suponga un resumen atractivo y de calidad, reflejo del evento, incluyendo alguna imagen de la ciudad para contextualizar el evento, así como desfiles en plano abierto y de forma dinámica, de backstage (peluquería y maquillaje, últimos retoques antes de salir a pasarela), front row, imágenes de desfiles off, eventos organizados por la pasarela fuera de IFEMA, público y ambiente de los stands del Cibelespacio, así como de todo aquello que la organización de la pasarela considere necesario. El montaje del video habrá de ser dinámico, siempre desde un punto de vista de moda, buen gusto, donde se refleje la calidad y cuidada imagen del evento. Este video habrá de entregarse por parte del adjudicatario en un formato adecuado (HD) y a la vez para colgar en la web, así como en youtube. Habrá de entregarse como máximo dentro de los 7 dias posteriores a la finalización del evento y contemplará que se puedan hacer modificaciones hata que el resultado sea óptimo.
- Diseño y gestión de un microsite dentro de la web de la pasarela MBFWM donde se alojarán todos los contenidos de MBFWM TV, clasificados por días de emisión, y diferenciados en pestañas según contenido – desfiles, entrevistas, programación set tv, etc
2.3. Medios técnicos y humanos requeridos con carácter mínimo.- Medios técnicos y humanos requeridos con carácter mínimo.-
Para la grabación de los desfiles, el ofertante deberá disponer como mínimo de los medios técnicos y humanos que indican a continuación. En ellos habrá de tenerse en cuenta que algunos de los desfiles podrían celebrarse fuera xxx xxxxxxx de IFEMA, por lo que habrán de tener en cuenta la disponibilildad de equipos para cubrir estos desfiles sin ningún coste extra para IFEMA.
Estos medios tienen el carácter de mínimos, por lo que las propuestas que no contemplen alguno de los medios técnicos o el personal señalados, serán desechadas.
a) 1 Unidad Móvil Digital configurada en HD (1920x1080) equipada con:
- 18 cámaras HD (modelo LDK 8000 o similares), que deberán cubrir cada una de las dos pasarelas y el set de televisión. Una de estas cámaras deberá montarse sobre cabeza caliente de 3 ejes con una longitud de entre 3 y 5 metros.
- La relación de ópticas que deberán llevar las 18 cámaras HD serán, 2 ópticas HD 86x, 13 ópticas HD 22x y 3 ópticas HD granangular.
- 18 trípodes (3 trípodes ligeros y 15 trípodes pesados)
- 4 Xxxxx.
- 19 tiradas de triax para cubrir tanto las dos pasarelas, como el set de TV (CCTV)
- 1 sistema RF inalámbrico HD compatible con LDK o similar, que cubra todo el recinto, para una de las cámaras de la CCTV.
- 18 unidades de control CCU para cámaras HD LDK 8000 o similar.
- 1 mezclador HD Xxxxx & Xxxxxx Kahuna o similar, con 21 entradas en la primera capa, con dos M/E y Ram Recorder.
- 1 mesa de audio capaz de producir dos FEED de audio independientes, el de pasarelas y el de la CCTV.
- Microfonía de ambiente necesaria, montada en las dospasarelas.
- 1 sistema de Intercom para las distintas comunicaciones. Este sistema tendrá que poder conectarse al sistema de intercom de la regiduría de las dos pasarelas.
- 1 sistema de Intercom inalámbrico para la regiduría de la CCTV.
- Microfonía DPA para presentador e invitados de la CCTV.
- Sistema de pinganillo para presentador CCTV.
- Microfonía inalámbrica para presentador en cámara RF.
- Sistema de pinganillo inalámbrico para presentador en cámara RF.
- 1 tituladora Inscriber o similar.
- Sistema EVS capaz de grabar y gestionar todas las señales producidas en la Unidad Móvil, incluyendo los contenidos de la CCTV.
- Sistema de XFILE capaz de grabar sobre discos duros en formato MXF, todas las cámaras de las dos pasarelas.
- Sistema de IP director para gestión de grabaciones de material de las distintas EVS.
- Sistema XT Access con licencia de transcode para tanto el envío de materiales a la unidad de copiados y postproducción, como la generación de contenidos de la CCTV, para la web de Ifema.
- 1 distribuidor de video y audio (HD/SD) con audio embebido, para que se conecten las distintas TV en la zona deprensa.
- Iluminación necesaria para set de CCTV, en la cual podrán participar hasta 3 o 4 personas.
- Iluminación LED para cámara RF y cámaras situadas en el Backstage.
- Iluminación para cada uno de los dos backstage
b) Una unidad móvil de copiados/repicados y postproducción, que se encargará de la entrega inmediata de copias solicitadas por las diferentes TV y Dirección de prensa de Ifema, subida y gestión de contenidos a la FTP, postproducción de videoclips de
cada uno de los desfiles, entrega de materiales bajo petición, de las distintas cámaras de las pasarelas y revisión y en su caso corrección de las realizaciones de los distintos desfiles.
Esta unidad estará equipada con:
- 2 HDCAM.
- 4 Betacam Digital.
- 3 estaciones de trabajo con sistema AVID Media Composer o similar para edición de videoclips de cada uno de los desfiles, contenidos de CCTV o correcciones de realizaciones de pasarelas.
- 1 sistema de almacenamiento compartido, tipo Unity para estaciones de trabajo AVID o similar.
- 2 ordenadores con conversor H264 tipo Blackmagic o similar, para
transcodificación de material realizado en las postproducciones.
- 2 ordenadores con software compatible para gestión de contenidos de la FTP
c) 1 Espacio FTP al que tendrán acceso tanto los medios de comunicación, como los diseñadores, en el cual se subirán los siguientes contenidos: videoclips de cada uno de los diseñadores, editados en las estaciones de postproducción, realizaciones revisadas de cada uno de los diseñadores y peticiones de masterización de cámaras de los distintos desfiles. Este espacio FTP se deberá mantener online hasta la siguiente edición de la pasarela.
d) 1 equipo ENG P2 o similar, con operador, para grabación de contenidos de la CCTV, disponible dos días antes del comienzo de la pasarela.
e) Personal técnico necesario: 3 Productores (UM, CCTV y booking copiados), 1 realizador y 1 ayudante (ambos con experiencia en desfiles de moda internacionales), 1 mezclador, 1 jefe técnico de UM, 1 técnico de audio, 8 operadores xx xxxxxx, 1 operador xx xxxx, 1 auxiliar xx xxxx, 1 técnico de CCU, 1 operador de tituladora, 1 operador de IP director y EVS, 1 técnico de XXXX, 0 técnico de enlaces RF, 1 jefe de montaje, auxiliares de sonido, auxiliares de video, 1
director de contenidos de CCTV, 1 operador de EVS de CCTV, 1 redactor/presentador de CCTV, 1 iluminador, 1 realizador/coordinador de volcados y postproducción, 1 operador de VTR, 2 operadores de postproducción especialistas en Avid o similar, 2 jefes técnicos de postproducción.
Para la realización de este servicio, se requiere que tanto el realizador como el ayudante propuestos hayan realizado en los últimos cuatro años al menos dos trabajos de grabación/realización de videos de desfiles de moda en pasarelas internacionales del circuito internacional, del primer nivel o de diseñadores y marcas españolas de reconocido prestigio con proyección internacional. Para la acreditación de este requisito, el ofertante deberá incluir obligatoriamente los C.V. del realizador y del ayudante de realización.
Este requisito se considera mínimo exigible, por lo que no serán tenidas en consideración las ofertas de empresas que no acrediten la capacidad técnica del realizador y el ayudante en los términos indicados en este apartado.
f) Sistema de RF o TDT para poder atender las peticiones de cualquiera de los stands xxx xxxxxxx. Asimismo, instalación de líneas de audio y video para dar señal en directo de los desfiles, a los stands del Cibelespacio que lo necesiten.
g) Instalación de pantallas con circuitos cerrados, audio y video, en las siguientes localizaciones:
- 2 monitores de 42” para backstage Mercedes
- 2 monitores de 42” para backstage Xxxxxx
- 1 monitor de 32” para backstage pasarela Mercedes
- 1 monitor de 32” para backstage pasarela Xxxxxx
- 1 monitor de 15” en PA Mercedes
- 1 monitor de 15” en PA Xxxxxx
- 1 pantalla de 32” en dirección
- 2 pantallas de 60” en prensa
- 3 monitores de 42” o pantalla gigante para cafetería Mercedes
- 1 monitor de 32” para set tv
- 1 monitor para cafetería backstage
h) La entrega a las TV que soliciten imágenes de los desfiles, así como el envío de la señal por satélite lo coordinará la empresa adjudicataria sin coste extra.
i) Coordinación de peticiones y envío de la señal por satélite. Al final de la edición se entregará una relación de los medios que han conectado indicando fecha y horario
j) Coordinación de las peticiones de la ftp. al final de cada edición, se entregará una relación de los medios que han conectado indicando fechas y horario.
k) Al finalizar el evento se deberá entregar en disco duro a la organización:
- Los videoclips de cada uno de los diseñadores.
- La realización de cada uno de los desfiles de losdiseñadores
- La masterización de las cámaras solicitadas por los diseñadores.
- El streaming de cada uno de los días que dura el evento.
Además del material antes mencionado, se entregará en un pendrive cada uno de los videoclips realizados en postproducción, de cada uno de los diseñadores.
Medios para la realización de un video resumen promocional del evento
La empresa habrá de disponer de un equipo xx xxxxxx y operador/es adecuado para la grabación y realización de un video promocional resumen del evento, siempre bajo el punto de vista de la Moda, ofreciendo en todo momento una imagen cuidada y de calidad del evento, cuyo master final tenga calidad para emitir en televisión, así como webs, youtube y otras redes sociales. El video habrá de transmitir, además, un ritmo ágil.
Medios para el servicio de retransmisión vía satélite
Se requerirá, como mínimo:
Una estación terrena transportable para los días que dure el evento y con las horas necesarias para las retransmisiones.
Segmento espacial digital de 6 Mhz, en algún satélite cuyos proveedores tengan acuerdos (Telefónica, Retevisión, etc.). Se contratará las horas ó minutos que se precisen para cubrir la retransmisión de todos los días que se celebre el evento. Se incluirá la realización de pruebas previas que garanticen una perfecta retransmisión.
La oferta incluirá el personal técnico, transporte y todos los equipos que consideren necesarios para su perfecta retransmisión.
Los permisos, licencias y autorizaciones de los Ayuntamientos ó Comunidades, en caso de ser necesarios, los tramitará IFEMA.
La empresa deberá incluir en apartado independiente de la oferta económica el coste extra de minuto y hora, por si hicieran falta algún tiempo extra en las retransmisiones vía satélite.
La empresa adjudicataria deberá entregar al término de cada edición un informe con la relación de medios que se han conectado al satélite indicando, fecha y horas de la conexión.
Medios para el servicio de retransmisión en streaming en directo en la web:
La empresa deberá disponer como mínimo de los medios técnicos y humanos que se indican a continuación:
línea ADSL
equipos informáticos con las tarjetas y el software para la codificación un técnico de streaming
programación del visor para embeberlo en la página web
5 líneas streaming extra para necesidades relacionadas con el evento, por determinar sin coste para IFEMA
En este sentido, la empresa adjudicataria detallará en su propuesta las tarifas del tráfico de visitas, divididas por tramos en función del número de usuarios. Una vez finalizada la pasarela, la empresa enviará un informe detallado de este servicio, con las estadísticas de visitas, detallando las realizadas por PC y por dispositivo móvil; por días; por ciudades/países; por horas, y el importe total del servicio.
Medios para el servicio de contenidos VIDEO ON DEMAND en la web:
La empresa adjudicataria deberá disponer de los medios técnicos y humanos para poder colgar en la web, tanto los videoclips realizados en postproducción, como una selección de los contenidos generados en la CCTV.
3. REQUERIMIENTOS DE INSPECCIÓN Y CONTROL DEL SERVICIO.-
La inspección y control los ejercerá la Dirección de Comunicación y Prensa, a través del personal de dicha Dirección. Independientemente de este control, la empresa adjudicataria vendrá obligada a ejecutar, en tiempo y forma, los servicios solicitados, así como, a ejercer un exhaustivo control de los mismos mediante inspecciones a cargo del propio personal.
El material a instalar será nuevo o en perfecto estado de conservación. IFEMA podrá rechazar el montaje o instalación de cualquier material o equipamiento que no cumpla los niveles de calidad e imagen exigidos, obligándose las empresas adjudicatarias a sustituirlo inmediatamente por otros que cumplan estas exigencias, sin reclamación alguna por parte del contratista.
IFEMA ordenará retirar y sustituir todos aquellos materiales (aún después de instalados) que no se ajusten a lo anterior, sin derecho a reclamación alguna por parte del contratista.
IFEMA, podrá exigir al asignatario, sin cargo alguno, cuantos protocolos de prueba se soliciten, sobre medios y equipos aportados.
Todos los costes ocasionados por revisiones o cualquier otro documento exigible para la comprobación de la correcta instalación: control de calidad bondad de los equipos, etc., será siempre por cuenta del adjudicatario.
4. NORMATIVA Y REGLAMENTACIÓN TÉCNICA.-
Todos los materiales y equipamientos cumplirán los requisitos exigidos por la normativa y reglamentación vigente en la materia (resistencia o esfuerzos, protección contra el fuego, normativas sobre salud y medio ambiente, etc.). El adjudicatario será el único responsable ante la ley por la infracción de cualquier normativa o el mal uso de los materiales y equipamientos.
5. MEDIOS HUMANOS.-
5.1.- Acreditación y uniformidad del personal del adjudicatario.-
El adjudicatario conoce y acepta que todo el personal que preste servicios en el recinto ferial deberá estar, en todo momento, uniformado e identificado con el nombre de la empresa contratista y acreditado con “la tarjeta de empresa colaboradora correspondiente" que le facilitará IFEMA, correspondiente con el servicio desarrollado, sin la cual no está permitido el acceso o la estancia en el recinto; por ello, remitirá y actualizará periódicamente la relación de su personal y del personal de sus subcontratistas destinado en el recinto ferial e IFEMA expedirá las acreditaciones. Los datos personales de su personal, y de sus subcontratistas, se incorporarán a un fichero de IFEMA y se utilizarán para elaborar las acreditaciones, el control y la gestión de accesos y estancias así como la seguridad general de la Institución. Es responsabilidad del contratista obtener el consentimiento firmado de su personal y del personal de sus subcontratistas, para la cesión a IFEMA, en los citados términos, de sus datos personales. IFEMA no solicita ni acepta datos susceptibles de medidas de seguridad de nivel medio o alto (económicos, salud, raza, religión etc.). Los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de estos datos pueden ejercitarse mediante carta dirigida a IFEMA: Protección de Datos, apartado de correos 67.067 (28080) de Madrid, o vía e-mail a la dirección: xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xx. La cancelación de los datos conlleva la devolución de la acreditación y la retirada de la autorización para prestar servicios en el recinto.
5.2.- Cambios del personal del adjudicatario.-
El cambio de alguna de las personas a cargo del adjudicatario que realizan las tareas objeto del contrato, ha de ser tenido en cuenta como una posibilidad más ante el incumplimiento puntual o habitual del servicio contratado. Esta consecuencia ha de ser prevista por el adjudicatario en algún caso concreto de falta de plena adaptación conforme a los estándares de calidad exigidos para un óptimo desarrollo y ejecución del servicio contratado.
Si por cualquier causa el adjudicatario debiera sustituir al personal adscrito a la contrata, ello no podrá repercutir negativamente en el servicio prestado, siendo a su exclusivo cargo las sustituciones realizadas, abonando IFEMA únicamente el servicio prestado de forma efectiva.
Cualquier sustitución del personal asignado a la ejecución del servicio deberá ser puesta en conocimiento de IFEMA. El personal que se incorpore a la ejecución del servicio deberá acreditar la capacitación técnica requerida con carácter mínimo en el pliego de bases.
5.3. Supervisión del personal del adjudicatario.-
Será exclusiva responsabilidad del adjudicatario la organización, formación, control, dirección, selección, aseguramiento, retribución, disciplina y cuantas facultades y obligaciones atribuya la legislación laboral a los empresarios, y en particular, respecto de los retrasos, ausencias, sustituciones, enfermedad o cualquier otra situación similar en que pudieran incurrir sus empleados, así como reclamaciones.
El personal del adjudicatario deberá estar dirigido y controlado por el/los responsable/s pertenecientes al adjudicatario, mencionado en el apartado 3.3.- RESPONSABLES DEL SERVICIO, quién, como interlocutor de dicha empresa, coordinará la prestación del servicio y sus diferentes aspectos con IFEMA, actuando de acuerdo con las indicaciones que reciba de IFEMA.
La presencia de esta/s persona/s responsables será obligatoria en las reuniones de coordinación, previas al inicio del servicio y durante la prestación del mismo, salvo indicaciones en su contra por parte de personal autorizado de IFEMA.
5.4. Acceso a dependencias de IFEMA.-
IFEMA facilitará el acceso del personal del adjudicatario a sus locales si bien, en este supuesto, dicho personal deberá cumplir con la normativa interna de acceso y uso de las dependencias que Ifema tenga establecido para su propio personal (del incumplimiento de la normativa por parte de su personal responde el adjudicatario).
Independientemente de las acreditaciones que IFEMA entrega a la empresa contratista y las propias del adjudicatario, éste proveerá de identificación corporativa iguales a todas las personas que destine al servicio. Estas identificaciones contarán con textos y/o logos propios que hagan inequívoca la identificación de sus portadores como pertenecientes a la empresa adjudicataria.
Será así mismo responsabilidad del adjudicatario la supervisión del uso permanente de estas identificaciones y aseguramiento de su correcto estado.
Queda expresamente prohibida la adquisición, por el personal de la empresa adjudicataria, de cualquier artículo, producto o servicio expuestos en los certámenes profesionales celebrados por Ifema, así como la visita a los certámenes o actos durante la prestación del servicio. Fuera del servicio tampoco estarán permitidas las visitas con el uniforme de trabajo. El incumplimiento de esta prohibición, será causa de expulsión, y motivo para dejar de prestar servicio de forma inmediata.
6. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.-
Además de las obligaciones previstas en el apartado 21 xxx xxxxxx de bases, el contratista se verá obligado a disponer de un equipo de mantenimiento durante los días y horarios de celebración del certamen o actividad, dotando al mencionado equipo de teléfonos móviles que permita su contacto y localización. Quedará entendido que el equipo de mantenimiento realizará turnos en el horario de comida para tener permanentemente cubierto el servicio.
7. DOCUMENTACIÓN A APORTAR POR EL OFERTANTE.-
Las empresas ofertantes deberán incorporar en el sobre nº 2 - Documentación Técnica - la siguiente documentación:
Propuesta organizativa de desarrollo del servicio, que incluirá lo siguiente:
- Proyecto global del servicio. El ofertante deberá presentar un proyecto detallado de este servicio, destacando los aspectos que considere necesarios - grabación, realización y postproducción- para ofrecer un resultado satisfactorio en la imagen final de estos desfiles. En el proyecto habrán de estar incluidos tanto los medios técnicos y humanos requeridos con carácter mínimo en este pliego, como todas aquellas mejoras –técnicas y de difusión- que se quieran aportar, sin que supongan un incremento en el precio máximo a ofertar contemplado en este pliego.
- Descripción de la organización y planificación de todas las tareas objeto del servicio: montaje, mantenimiento, desmontaje de equipos y todos los trabajos descritos en el apartado 2- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS- de este anexo.
- Relación de los medios humanos destinados para la realización de los trabajos teniendo en cuenta los requerimientos mínimos exigidos en el apartado 2.3-Medios técnicos y humanos requeridos con carácter mínimo.- de este anexo.
- Currículum Vitae del realizador y del ayudante del realizador propuesto para la ejecución del servicio. Este CV deberá contener los datos profesionales necesarios para acreditar la experiencia mínima requerida.
- Curriculum de la presentadora y equipo del set de televisión
- Descripción del número y tipo de equipos que utilizará para la realización del rodaje y producción de los videos: unidades móviles, cámaras, etc., así como de todos los medios técnicos auxiliares necesarios para la realización del servicio.
- Especificaciones técnicas del tipo de equipos que utilizará para la realización del servicio, con indicación de marca y modelo.
- Propuesta de programación entre desfiles de cada jornada, por circuito CCTV según lo descrito en el apartado 2.2 del presente anexo
8. RESPONSABLE DEL SERVICIO.-
El adjudicatario designará a una persona que pertenecerá a su plantilla y que actuará ante IFEMA como responsable e interlocutor válido para cualquier cuestión relacionada con los servicios encomendados. Dicha persona recibirá de IFEMA, con la suficiente antelación, las necesidades requeridas para cada feria/instalación, y será el responsable de asegurar la presencia de recursos adecuados a tales necesidades específicas. Para cualquier incidencia relacionada con cualquier aspecto de este servicio, IFEMA se pondrá en contacto directa y únicamente con este responsable del servicio, asignado por la empresa adjudicataria.
9. PERSONAS DE CONTACTO.-
Para cualquier aclaración relacionada con cuestiones económico-administrativas, deberán dirigirse a D. Xxxxxxx Xxxxx de la Dirección de Compras de IFEMA, teléfono: 00.000.00.00, fax: 00.000.00.00. xxxxxx@xxxxx.xx
ANEXO III PROPOSICIÓN ECONÓMICA
XXXXX XXX – PROPOSICIÓN ECONÓMICA.-
El ofertante deberá cumplimentar el modelo de oferta económica contemplado en este ANEXO, indicando en su propuesta el precio total ofertado (IVA EXCLUIDO), teniendo en cuenta las siguientes consideraciones y entendiendo que dicho precio incluye todas las necesidades fijadas en el pliego de bases y sus anexos.
CONSIDERACIONES:
1. El ofertante no podrá superar el presupuesto máximo de licitación indicado en el apartado 5.– PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACIÓN- para el periodo de contratación.
2. El ofertante deberá indicar entregar dentro de este mismo sobre el detalle del coste extra de minuto y hora, por si hicieran falta algún tiempo extra en las retransmisiones vía satélite.
3. También deberá indicar la propuesta las tarifas del tráfico de visitas para la retransmisión por streaming vía web, el licitador detallará en su propuesta las tarifas del tráfico de visitas, divididas por tramos en función del número de usuarios.
4. El ofertante deberá contemplar en su propuesta, que el citado presupuesto incluye todos los costes necesarios para el adecuado desarrollo del servicio: xxxxxx xx xxxxxx, seguros, embalajes y financieros, y que en caso de haberlos, correrían a cargo del adjudicatario, con la sola excepción de condiciones particulares pactadas y aceptadas de mutuo acuerdo, en forma expresa y escrita.
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
D. ............................................................................................., domiciliado en
..................................., calle .............................................................................., núm.
......................., con D.N.I. núm , mayor de edad, en nombre propio (o
en representación de la empresa ,
con C.I.F. núm. ..........................................., y domicilio en .................................., calle
..............................................................................., núm ), una vez enterado
de las condiciones exigidas para optar a la adjudicación del “SERVICIO DE GRABACION Y PRODUCCION AUDIOVISUAL DE LOS DESFILES DE MBFWM EXP.- 17/165 -
2000012147”, se compromete a realizarlo con sujeción al Pliego de Bases, por la cantidad total de ...................................................................................................................
Euros. (en letras y cifras), en dicha cantidad no se incluye el Impuesto
sobre el Valor Añadido.
..........................., ........ de de 201.
Fdo.: ..........................................................
(Firma y sello de la empresa)