SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE JARDINERÍA EN EL EDIFICIO SITUADO EN LA CALLE MAUDES, NÚMERO 17, DE MADRID.
SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE JARDINERÍA EN EL EDIFICIO SITUADO EN LA CALLE MAUDES, NÚMERO 17, DE MADRID.
PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto del contrato
El contrato tendrá por objeto la prestación del servicio de conservación y mantenimiento de jardinería en el edificio situado en la calle Maudes, número 17, de Madrid, comprendiendo todas las zonas verdes del referido inmueble, incluidas las zonas del perímetro ajardinado de aparcamientos, retranqueos en fachada, así como en las plantas de interior de pasillos y despachos de Altos Cargos.
CLAUSULA SEGUNDA: Plazo de ejecución
La vigencia del contrato se extenderá durante un periodo de treinta y seis meses (36 meses).
CLAUSULA TERCERA: Contenido de la prestación
Los trabajos ordinarios a realizar por la Empresa Adjudicataria en el edificio de la c/ Maudes 17, son los siguientes:
- Limpieza de todas las zonas incluidas en el contrato, incluida la retirada de árboles, plantas, etc., cuando sea preciso.
- Abono y riego de césped, árboles, arbustos y plantas de interior y exterior.
- Poda de árboles, arbustos y plantas de interior y exterior.
- Fumigación de árboles, arbustos y plantas de interior y exterior.
- Replantación xx xxxxxxxx con césped, plantas y arbustos, así como sustitución de plantas de interior, en temporada.
- Plantación xx xxxxxx de temporada en las zonas xx xxxxxxxx y entrada al edificio.
- Sustitución o, en su caso, nueva plantación de árboles.
CLAUSULA CUARTA: Técnicas de trabajo
Las técnicas, utensilios, materiales y productos a utilizar, serán los adecuados y necesarios para la conservación de los jardines, árboles y plantas, al objeto de que no produzcan daños en las zonas objeto del mantenimiento.
La Consejería de Transportes e Infraestructuras podrá impartir a la Empresa Adjudicataria las instrucciones que sean pertinentes, relativas a técnicas a emplear y productos adecuados, todo ello en orden a la mejor conservación de los jardines, césped, árboles y plantas.
Todos los materiales y herramientas a emplear en la prestación del servicio serán por cuenta de la Empresa Adjudicataria, así como los productos que sean necesarios, tales como abonos, pesticidas, herbicidas, etc., y las pequeñas plantas, flores, arbustos y césped para la replantación en temporada.
También serán por cuenta del Adjudicatario los desplazamientos y transportes.
CLAUSULA QUINTA: Personal colaborador
Para la prestación del servicio objeto del presente contrato, la empresa adjudicataria destinará a 1 jardinero en el edificio de la c/ Maudes 17, con una jornada de siete horas y treinta y cinco minutos diarios, en horario de 7,00 a 14,35 horas, de lunes a viernes no festivos.
El Adjudicatario pondrá a disposición del servicio los medios personales suficientes y necesarios para ejecutar la prestación objeto del presente pliego. En todo caso, la dotación de personal estipulada en la presente cláusula se considera como necesaria y tiene el carácter de mínimo.
La empresa adjudicataria tendrá asegurado al personal que intervenga en los servicios objeto de este contrato contra el riesgo de accidentes
de trabajo y estará incluido en el Régimen General de Seguridad Social, debiendo acreditar su correspondiente alta y el abono de las cuotas, a petición del Área de Asuntos Generales.
El Adjudicatario entregará a la Consejería de Transportes e Infraestructuras, en el plazo de 15 días naturales a partir del día siguiente al de la notificación de la adjudicación del contrato, la relación nominal y pormenorizada del personal adscrito al presente contrato. Asimismo se presentarán certificaciones relativas a la formación y experiencia profesional de este personal y documentación acreditativa de su categoría laboral y datos de afiliación a la Seguridad Social.
En el supuesto de que la Empresa considere oportuna la sustitución del personal adscrito a este servicio, deberá notificarlo al Director del mismo con una antelación mínima de cinco días naturales.
Las sustituciones que tengan su causa en la cobertura de bajas por enfermedad u otros motivos de carácter imprevisible, que no hayan podido ser comunicadas en el plazo anteriormente fijado, serán notificadas al Director del Servicio en el momento de la incorporación del sustituto. En dichas notificaciones se expresarán las circunstancias que obligan a la sustitución y los datos personales y profesionales del trabajador que se incorpora al servicio, de acuerdo con lo establecido anteriormente.
El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de lo establecido en la Legislación Laboral y en la Legislación de Seguridad Social, de Prevención de Riesgos Laborales, Convenio Colectivo del sector, y disposiciones concordantes y complementarias vigentes o que en lo sucesivo se dicten en la materia.
La empresa adjudicataria dotará a todo el personal de todos los elementos de seguridad y prevención de accidentes que exigen las disposiciones vigentes y los que resulten adecuados para la realización de la prestación, debiendo tomar las medidas necesarias para conseguir que dichos elementos sean utilizados por el personal, siendo responsabilidad de la misma los accidentes laborales que pueda sufrir el personal.
El Adjudicatario vendrá obligado a subrogarse en el contrato del trabajador adscrito al servicio objeto del presente contrato, de conformidad con lo establecido en el vigente Convenio Colectivo del sector
CLÁUSULA SEXTA: Dirección y organización del Servicio
La Consejería de Transportes e Infraestructuras designará un Director del Servicio que desempeñará las funciones de dirección, coordinación y supervisión de la ejecución del contrato.
La empresa adjudicataria vendrá obligada a designar un Delegado de la Empresa que será la persona responsable de la prestación del servicio, y que al propio tiempo recibirá las instrucciones pertinentes en relación con el presente contrato.
La Consejería de Transportes e Infraestructuras podrá impartir las instrucciones que estime oportunas en relación con la ejecución del contrato. Estas instrucciones se facilitarán al Delegado de Empresa o bien, cuando su naturaleza o la necesidad de aplicación inmediata lo permitan o aconsejen, directamente al personal de jardinería, que las recibirá en nombre de la empresa adjudicataria.
La empresa, una vez adjudicado el contrato, confeccionará y presentará en el Área de Asuntos Generales un esquema básico de organización del servicio, en el que se programarán las tareas a desempeñar por el personal de jardinería, forma de realización, productos y técnicas a emplear, calendario de actuaciones, etc. El esquema básico de organización del servicio deberá ajustarse al contenido del presente Pliego y de la oferta presentada por la Empresa en el concurso que se convoque para la adjudicación del contrato y, una vez aprobado por el Director del Servicio, será de obligado cumplimiento para la Empresa, siempre que no contradiga instrucciones del Director, en cuyo caso prevalecerán éstas últimas. El personal adscrito al Servicio deberá conocer tanto este programa, como las instrucciones que imparta el Director del Servicio.
La Consejería de Transportes e Infraestructuras podrá exigir que la empresa adjudicataria presente la relación de los trabajos efectuados y las fechas en que se han llevado a cabo. El incumplimiento de dicha obligación implicaría la no prestación de conformidad a las facturas que presente la empresa adjudicataria en relación la prestación del servicio.
CLAUSULA SÉPTIMA: Horario de trabajo
Los trabajos objeto del presente contrato se realizarán en el horario estipulado en la cláusula quinta del presente Pliego o, excepcionalmente, en el horario establecido por el Director del Servicio, al que se refiere la cláusula sexta. La Consejería de Transportes e Infraestructuras podrá establecer formas de control del cumplimiento horario del personal adscrito a este servicio.
CLAUSULA OCTAVA: Presupuesto tipo
El presupuesto tipo de este contrato es de 116.696,82 euros
El presupuesto de este contrato incluye los costes de todos los servicios, costes de personal, medios materiales y auxiliares necesarios para su ejecución, desplazamientos, etc., quedando incluidos todos estos gastos, así como los tributos y cualquier otro que pueda derivarse del cumplimiento del mismo.
Madrid,18 de septiembre de 2008
EL JEFE DE AREA DE ASUNTOS GENERALES,
Fdo.: Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
ANEXO AL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO DENOMINADO "SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE JARDINERÍA EN EL EDIFICIO SITUADO EN LA CALLE MAUDES.”
RELACIÓN DE PERSONAL QUE ACTUALMENTE PRESTA EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE JARDINERÍA EN LOS EDIFICIOS SITUADOS EN LA XXXXX XXXXXX, XXXXXX 00:
NOMBRE CATEGORÍA ANTIGÜEDAD JORNADA
XXXX XXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX 13/02/95 37,78 H/S de lunes a
viernes
Nota: Relación de personal facilitada por la empresa PROYECTOS INTEGRALES DE LIMPIEZA S.A.(PILSA)