Ayudas e incentivos para empresas
Ayudas e incentivos para empresas
Actualizado a: 06/08/2019
Convocatoria de incentivos a la contratación de colectivos de difícil inserción. Eje 1 de la linea estratégica 3 "Apoyo a la empleabilidad" del Fondo de Desarrollo de Canarias (FDCAN), anualidad 2019
Destinatarios: Cualquier entidad, ya sea persona física o jurídica, así como también comunidad de bienes, con capital íntegramente privado, que tengan sede o centro de trabajo en la isla de Gran Canaria
Información de interés Ámbito gegráfico: Las Palmas
Organismo: Cabildo Insular de Gran Canaria
Administración: Administración Local
Plazo(s) de solicitud: 31/07/2019
Notas solicitud: Última convocatoria, hasta el 31 de julio de 2019. En espera de próxima convocatoria
Tipo: Subvención
Importe: 2.150.000,00€
Notas: Crédito 2019: 2.150.000 euros para personas físicas, jurídicas y comunidades de bienes, con capital
íntegramente privado que realicen una actividad empresarial con finalidad lucrativa
CEE: En el marco del Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 de ayudas de minimis, y del Reglamento 1408/2013 de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 de ayudas de minimis en el sector agrícola
Enlaces: xxxxx://xxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Referencias de la publicación
- Acuerdo 190318. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 39 de 1 xx xxxxx de 2019. (Extracto-Convocatoria)
Ayudas e incentivos para empresas Referencia: 68116 | |||
Sectores | Subsectores | Descriptores | |
Empresas en general | Empleo | Contratación indefinida Contratación laboral Contratos de aprendizaje Contratos de formación Contratos temporales Cotización social Creación de empleo Reinserción profesional |
ANUNCIO
La información relativa a esta Convocatoria puede consultarse en las siguientes páginas web:
EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE FOMENTO DE LA FORMACIÓN PARA ADULTOS CON ESCASO NIVEL DE ESTUDIOS, PERTENECIENTE AL EJE 3 DE LA LÍNEA ESTRATÉGICA 3 “APOYO X XX XXXXXXXXXXXXX” XXX XXXXX XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX (FDCAN). ANUALIDAD 2019.
BDNS (Identif.): 446025.
Extracto de la convocatoria: Por Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno Insular, en su Sesión Ordinaria del día 18 xx xxxxx de 2019, se procedió a la aprobación de la Convocatoria de fomento de la formación para adultos con escaso nivel de estudios, perteneciente al eje 3 de la línea estratégica 3 “apoyo a la empleabilidad” del Fondo de Desarrollo de Canarias (FDCAN). Anualidad 2019.
Beneficiarios: Entidades sin ánimo de lucro que realicen actividades y acciones dentro del marco de estas subvenciones y que cumplan con los requisitos para obtener la condición de beneficiario establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Base 6ª.1 de la Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria y en la disposición segunda de la presente convocatoria.
Objeto: La concesión de subvenciones para financiar acciones que fomenten la formación y orientación para la inserción laboral, dirigida a personas desempleadas residentes en Gran Canaria y con escaso nivel formativo y por ende con dificultades de inserción laboral, que se realicen en modalidad presencial y encaminadas a mejorar la empleabilidad de los mismos. Se podrán desarrollar dentro de esta convocatoria acciones de formación y/o un proyecto de orientación laboral.
Bases reguladoras: Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria.
Cuantía: 1.300.000 euros.
Plazo de presentación de solicitudes: QUINCE (15) DÍAS HÁBILES a contar desde el día siguiente a la publicación del presente programa en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.
xxx.xxxxxxxxxxx.xxx xxx.xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/
Las Palmas de Gran Canaria, a dieciocho xx xxxxx de dos mil diecinueve.
EL CONSEJERO DE GOBIERNO DE EMPLEO
Y TRANSPARENCIA, Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx.
40.370
ANUNCIO
1.797
EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN DE COLECTIVOS DE DIFÍCIL INSERCIÓN. EJE 1 DE LA LÍNEA ESTRATÉGICA 3 “APOYO X XX XXXXXXXXXXXXX” XXX XXXXX XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX (FDCAN). ANUALIDAD 2019.
BDNS (Identif.): 446055.
Extracto de la convocatoria: Por Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno Insular, en su Sesión Ordinaria del día 18 xx xxxxx de 2019, se procedió a la aprobación de la Convocatoria de incentivos a la contratación de colectivos de difícil inserción. Eje 1 de la línea estratégica 3 “apoyo a la empleabilidad” del Fondo de Desarrollo de Canarias (FDCAN). Anualidad 2019.
Beneficiarios: Cualquier entidad, ya sea persona física, jurídica, o comunidades de bienes, con capital íntegramente privado, que tengan sede o centro de trabajo en la isla de Gran Canaria. Además, deberán cumplir con los requisitos para obtener la condición de beneficiario establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la Base 6ª.1 de la Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria.
Objeto: Fomentar la contratación y contribuir a la incorporación y reincorporación al mercado laboral en Gran Canaria de personas desempleadas, especialmente procedentes de colectivos de difícil inserción laboral, mediante el establecimiento de
incentivos a su contratación laboral, con los requisitos señalados en las bases cuarta y quinta de la presente convocatoria.
Bases reguladoras: Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria.
Cuantía: 2.250.000 euros.
Plazo de presentación de solicitudes: Desde la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas hasta el 31 de julio de 2019, siempre sujeto a la existencia de consignación presupuestaria.
Las Palmas de Gran Canaria, a dieciocho xx xxxxx de dos mil diecinueve.
EL CONSEJERO DE GOBIERNO DE EMPLEO
Y TRANSPARENCIA, Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx.
40.373
ANUNCIO
(2) MESES, el Requerimiento Previo a que hace referencia el artículo 44 de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en su defecto, en el mismo plazo, interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria.
Destinatario: Todas aquellas personas, tanto físicas como jurídicas, que elaboren quesos en la isla de Gran Canaria, en establecimientos debidamente inscritos en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos, o bien en el registro autonómico que corresponda, bajo cualquiera de las modalidades que figuran en las Bases Reguladoras.
Objeto: La concesión de premios en el “XXVI Concurso Oficial de Quesos de Gran Canaria”.
Bases Reguladoras: Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria.
Cuantía: DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS (18.900,00). EUROS.
1.798
SUBVENCIÓN DESTINADA AL “XXVI CONCURSO OFICIAL DE QUESOS DE GRAN CANARIA”.
BDNS (Identif.): 446699
Extracto de la convocatoria: Por Resolución número 19/068 R-AGP de la Consejería de Sector Primario y Soberanía Alimentaria, de 22 xx xxxxx de 2019, se procedió a la aprobación de las bases reguladoras destinada al “XXVI Concurso Oficial de Quesos de Gran Canaria”.
Contra la citada Resolución podrá interponerse Recurso Potestativo de Reposición ante el Consejo de Gobierno Insular, en el plazo de UN (1) MES a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, o en su defecto, y en el plazo de DOS (2) MESES, contados de la misma forma, interponer directamente Recurso Contencioso- Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria.
Plazo de presentación de solicitudes: El plazo comenzará a computarse a partir del día siguiente a la publicación en el BOP, extendiéndose hasta el 6 xx xxxx de 2019.
La información relativa a esta Convocatoria puede consultarse en las siguientes páginas web:
xxx.xxxxxxxxxxx.xxx xxx.xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/
Las Palmas de Gran Canaria, a veintidós xx xxxxx de dos mil diecinueve.
EL CONSEJERO DE SECTOR PRIMARIO Y
SOBERANÍA ALIMENTARIA, Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx.
41.752
ANUNCIO
En el caso de las Administraciones Públicas, en lugar del indicado Recurso Administrativo aludido en el párrafo anterior, aquéllas podrán formular, ante el mismo Órgano indicado anteriormente y en el plazo de DOS
1.799
CONVOCATORIA DE BECAS PARA REALIZAR ESTUDIOS DE POSTGRADO DURANTE EL CURSO 2017/2018.
CONVOCATORIA DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN DE COLECTIVOS DE DIFÍCIL INSERCIÓN. EJE 1 DE LA LÍNEA ESTRATÉGICA 3 “APOYO X XX XXXXXXXXXXXXX” XXX XXXXX XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX (FDCAN). ANUALIDAD 2019
El Decreto 85/2016, de 4 de julio, sobre la creación y regulación del Fondo de Desarrollo de Canarias (FDCAN) 2016-2025, modificado por Xxxxxxx 000/0000, xx 00 xx xxxxxxxxx x xxx Xxxxxxx 127/2017, de 20 xx xxxxx, crea y regula el Fondo de Desarrollo de Canarias, cuyo origen se encuentra en la Disposición Final del Acuerdo adoptado por el Pleno de la Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias, celebrada el día 16 de noviembre de 2015, que contempla que los recursos provenientes de la suspensión de la compensación al Estado por la supresión del Impuesto General sobre Tráfico de Empresas (IGTE), a partir del ejercicio 2016, serán destinados a gasto finalista en servicios públicos fundamentales, a empleo y a un plan de inversiones estratégicas que contribuyan al desarrollo de Canarias.
El artículo 3 del Decreto 85/2016 define las tres líneas estratégicas y ejes que deberán desarrollar los programas y proyectos a financiar con cargo al FDCAN. La línea estratégica 3: “Apoyo a la empleabilidad”, presenta cinco ejes diferentes, siendo el primero, “Incentivos a la contratación para colectivos de difícil inserción”.
En orden a la ejecución del mencionado Eje 1, el Cabildo de Gran Canaria, a propuesta de la Consejería de Empleo y Transparencia, aprueba por tercer año consecutivo y a la vista del buen acogimiento que ha tenido en las dos ediciones anteriores, la presente convocatoria de subvenciones destinadas a incentivar la contratación de personas procedentes de colectivos de difícil inserción, mediante incentivos económicos dirigidos a empresas y a entidades no lucrativas, variables en su cuantía en función de la modalidad de contratación y del colectivo al que pertenezca la persona contratada.
La gestión de la presente convocatoria se llevará a cabo mediante la colaboración de la Fundación Canaria Universitaria de las Palmas (FULP), en calidad de entidad colaboradora prevista en el artículo 12 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que fue seleccionada por Resolución del Consejero de Empleo y Trasparencia nº 211/2018, de 25 de julio, previa tramitación del procedimiento regulado en la “Convocatoria para la selección de entidad colaboradora para la gestión de la línea de subvención de Incentivos a la contratación para colectivos de difícil inserción” (B.O.P. Las Palmas 27/06/2018), con la que se ha suscrito en fecha de 30 de octubre de 2018 acuerdo de prórroga del Convenio de Colaboración para la gestión de la de la presente convocatoria de subvenciones durante la anualidad 2019. Tanto el Convenio de Colaboración como su prórroga están publicados en la página web del Cabildo de Gran Canaria www.grancanaria .com.
1.- OBJETO
El objeto de la presente convocatoria es fomentar la contratación y contribuir a la incorporación y reincorporación al mercado laboral en Gran Canaria de personas desempleadas, especialmente procedentes de colectivos de difícil inserción laboral, mediante el establecimiento de incentivos a su contratación laboral, con los requisitos señalados en las bases cuarta y quinta.
2.-RÉGIMEN JURÍDICO
El régimen jurídico aplicable a la concesión, ejecución y justificación de la presente subvención será el contenido en las bases de la presente Convocatoria, y en la siguiente normativa:
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria (BOP de Las Palmas nº 166, de 26 de diciembre de 2008).
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y demás normas de derecho administrativo que sean de aplicación.
Las presentes subvenciones estarán sometidas al régimen de ayudas de mínimis, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento (UE) nº 1407/2013, de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis (DOUE 352, de 24 diciembre de 2013), no pudiendo las empresas beneficiarias obtener ayudas acogidas al régimen de mínimis cuyo importe acumulado supere 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales, límite que se reduce a 100.000 euros para las empresas que realicen por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera. El citado reglamento resultará de aplicación con las exclusiones de los sectores contenidos en su artículo 1, a los cuales, ello y no obstante, les podrá ser de aplicación, en su caso, lo dispuesto en el párrafo siguiente.
Las presentes subvenciones también estarán sometidas al régimen de ayudas de mínimis, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento (UE) nº 1408/2013, de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis en el sector agrícola (DOUE 352, de 24 diciembre de 2013), no pudiendo las empresas beneficiarias pertenecientes a este sector de actividad, obtener ayudas acogidas al régimen de mínimis cuyo importe acumulado supere 15.000,00 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.
Las presentes subvenciones también estarán sometidas al régimen de ayudas de mínimis, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento (UE) número 717/2014 de la Comisión, de 27 xx xxxxx de 2014, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas “de minimis” en el sector de la pesca y de la acuicultura, en virtud del cual, la cuantía total de las ayudas “de minimis” concedidas a una empresa del sector pesquero, no será superior a 30.000 euros brutos.
Decreto 85/2016, de 4 de julio, sobre creación y regulación del Fondo de Desarrollo de Canarias (FDCAN) 2016-2025 (modificado por Decreto 140/2016, de 21 de noviembre y Decreto 127/2017, de 20 xx xxxxx).
Convenio de Colaboración entre la Comunidad Autónoma de Canarias y el Cabildo Insular de Gran Canaria, para la gestión de los recursos asignados en el marco del FDCAN para el desarrollo del Programa de Desarrollo Socioeconómico de Gran Canaria (Boletín
Oficial de Canarias nº 24, de 32 de febrero de 2017), modificado mediante adenda de fecha 00 xx xxxxx xx 0000 (Xxxxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxx nº 75 de 19 xx xxxxx de 2017).
La gestión de subvenciones se realizará conforme a los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como de eficacia en el cumplimiento de los objetivos de la Administración otorgante y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
3.- ENTIDADES BENEFICIARIAS.
Podrán ser beneficiarias de las presentes subvenciones cualquier entidad, ya sea persona física, jurídica, o comunidades de bienes, con capital íntegramente privado, que tengan sede o centro de trabajo en la isla de Gran Canaria.
Las entidades deberán cumplir los requisitos señalados en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la Base 6ª de la Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria.
4.- PERSONAS A CONTRATAR POR LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS
El incentivo se destinará a la contratación laboral de personas que cumplan los siguientes requisitos:
1. Ser residentes en Gran Canaria.
2. Estar desempleadas en el momento de la contratación
3. Pertenecer a alguno de los siguientes colectivos de difícil inserción laboral:
1º. Personas desempleadas de larga duración: personas inscritas como demandantes de empleo durante un período de al menos 360 días, ininterrumpidamente o no, en los 540 días inmediatamente anteriores a la fecha de su contratación.
2º. Mujeres.
3º. Personas mayores de 45 años. 4º. Jóvenes menores de 30 años.
5º. Personas que tengan reconocido por la Administración competente un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
4. En el caso de que destinatario no pertenezca a ningún colectivo de los indicados en el número anterior, solo será subvencionable su contratación si fuera por tiempo indefinido y se encontrase en situación de desempleo un mínimo de 180 días ininterrumpidos anteriores a la fecha de su contratación.
5.- REQUISITOS DE LAS CONTRATACIONES.
A los efectos de esta convocatoria, serán subvencionables las contrataciones que reúnan los siguientes requisitos:
1. Estar formalizadas entre el 1 de enero y el 00 xx xxxxx xx 0000 x xxxxxxxx en el momento de la solicitud.
2. Los contratos deberán ser suscritos de conformidad con la normativa laboral que resulte de aplicación en cada momento, con la persona que cumpla con los requisitos descritos en la base cuarta y en las condiciones consignadas en la presente convocatoria.
3. Los contratos deberán formalizarse por escrito, en el modelo establecido al efecto por el Servicio Público de Empleo Estatal, y ser registrados.
4. Periodos mínimos exigibles de mantenimiento de la contratación y de sus condiciones (jornada laboral, grupo de cotización, tipo y duración de contrato). Los contratos tendrán la siguiente duración mínima ininterrumpida, que contará desde el alta efectiva en la Seguridad Social:
- Para contratos indefinidos: Doce meses.
- Para contratos temporales de duración igual o superior a seis meses: Seis meses.
- Para contratos temporales de duración igual o superior a tres meses e inferior a seis meses: Tres meses.
Durante estos periodos la entidad beneficiaria mantendrá el contrato incentivado en las mismas o mejores condiciones que dieron lugar a la concesión del incentivo. En ningún caso, una mejora de las condiciones, antes o después de la concesión, dará lugar a un incremento del incentivo.
La interrupción de la contratación o el empeoramiento de las condiciones laborales durante los periodos mínimos exigibles de mantenimiento de la contratación, serán causa de reintegro total de conformidad con lo dispuesto en la base 22 de la presente convocatoria.
5. Jornada laboral:
- Los contratos de trabajo cuya duración sea inferior a seis meses deberán suscribirse a jornada completa.
- Los contratos de trabajo indefinidos y aquellos cuya duración sea igual o superior a seis meses podrán suscribirse a jornada parcial, viéndose disminuida la correspondiente subvención en atención a la jornada por la que se hubiere formalizado el contrato, que, en cualquier caso, no podrá ser inferior al 50% de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo de aplicación o, en su defecto, la jornada máxima legal.
6. El centro de trabajo en el que preste sus servicios la persona contratada deberá estar radicado en la isla de Gran Canaria.
6.- CONTRATACIONES EXCLUIDAS.
1. Contrataciones de trabajadores que hayan tenido relación laboral de carácter indefinido en los seis meses inmediatamente anteriores a la contratación objeto de esta subvención, con la entidad solicitante o con entidades pertenecientes al mismo grupo.
2. Contrataciones para la formación y el aprendizaje y contratos en prácticas.
3. Contrataciones que se realicen en el supuesto de vinculación laboral anterior de la persona contratada con empresas a las que el solicitante de los beneficios haya sucedido en virtud de lo establecido en el artículo 44 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
4. Las contrataciones realizadas por empresas que hayan sido excluidas del acceso a los beneficios derivados de los programas de empleo por imposición de la sanción accesoria prevista en los artículos 46.1.b) y 46 bis.1.b) del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 xx xxxxxx.
5. Las relaciones laborales de carácter especial contempladas en el artículo 2.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
6. Las contrataciones de miembros de los órganos administración y de representación de la entidad solicitante.
7. Los contratos fijos discontinuos.
8. Las conversiones de contratos temporales en contratos indefinidos.
9. Las contrataciones realizadas por los Centros Especiales de Empleo y Empresas de Inserción.
10. Las contrataciones realizadas por Empresas de Trabajo Temporal y Agencias de Colocación, para la puesta a disposición de trabajador contratado para prestar servicios en empresas usuarias.
11. Las contrataciones efectuadas por empresas adjudicatarias de contratos del sector público o por empresas con las que se haya subcontratado la realización de la prestación principal o accesoria de los mencionados contratos, así como las contrataciones efectuadas por entidades beneficiarias de subvenciones o subcontratistas de éstas, cuando las personas contratadas, por cuyos contratos laborales se soliciten las ayudas, se destinen a la ejecución de los referidos contratos o proyectos subvencionados y su coste se halle financiado, directa o indirectamente, con cargo a los mismos.
12. Las contrataciones por las que el solicitante haya resultado beneficiario al amparo de los Programas de Incentivos a la Contratación gestionados por la Dirección General de Servicio Público de Empleo, o procedentes del Servicio Xxxxxxx xx Xxxxxx.
7.- CRÉDITO FINANCIADOR.
Los fondos públicos que financian las ayudas ascienden a un total de DOS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (2.250.000,00 €), que se distribuyen en las siguientes aplicaciones presupuestarias:
A) Incentivos destinados a personas físicas, jurídicas y comunidades de bienes, con capital íntegramente privado que realicen una actividad empresarial con finalidad lucrativa: Un importe de DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL EUROS (2.150.000,00 €) Aplicación presupuestaria 14140/241/470000619- “Subv. Incentivos a la contratación de colectivos de difícil inserción-FDCAN”.
B) Incentivos destinados a asociaciones, fundaciones, federaciones, y demás entidades sin ánimo de lucro, con capital íntegramente privado: Un importe de CIEN MIL EUROS EUROS (100.000,00 €). Aplicación presupuestaria 14140/241/480000819- “Subv. Incentivos contratación de colectivos de difícil inserción - FDCAN”.
La distribución de estos créditos tiene carácter estimativo y podrá ser modificada sin necesidad de nueva convocatoria previa publicación de la declaración de créditos disponibles y distribución definitiva con carácter previo a la resolución de concesión.
Dicho crédito puede verse incrementado como consecuencia de modificaciones de crédito cuya efectividad quedará condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito y su aplicación a esta subvención no precisará de nueva convocatoria, siempre que su publicación se realice con carácter previo a la resolución de concesión.
8.- GASTOS SUBVENCIONABLES: DESTINO Y CUANTÍA DE LOS INCENTIVOS.
Los incentivos se destinarán a subvencionar los costes salariales y de cotización a la Seguridad Social derivados del contrato laboral formalizado con las personas destinatarias, en el periodo estipulado en la base 5.1, entre el 1 de enero y el 31 de julio de 2019, y con los requisitos y obligaciones de la presente convocatoria.
No serán subvencionables los gastos correspondientes a los costes salariales y de cotización a la Seguridad Social correspondientes a los días en que esté suspendido el contrato de trabajo, cualquiera que sea su causa.
Las cuantías de las ayudas a conceder se fijarán en los siguientes importes, dependiendo de la duración de la contratación, el grupo de cotización, la jornada laboral y el número de colectivos de difícil inserción al que pertenezca la persona a contratar:
A) CONTRATACIÓN INDEFINIDA:
Periodo mínimo exigible de mantenimiento de la contratación: Doce meses ininterrumpidos.
Jornada: Completa, o parcial con el mínimo de 50%.
A.1) Grupos de Cotización a la Seguridad Social 1 a 2 ambos inclusive:
Desempleado/a perteneciente a 1 colectivo se subvencionará con un importe de 6.000 euros
cada contrato.
Desempleado/a perteneciente a 2 colectivos se subvencionará con un importe de 7.000 euros cada contrato.
Desempleado/a perteneciente a 3 colectivos se subvencionará con un importe de 8.000 euros cada contrato.
Desempleado/a perteneciente a 4 colectivos se subvencionará con un importe de 9.000 euros cada contrato.
Desempleado al menos 180 días inmediatamente anteriores a la fecha de su contratación, se subvencionará con un importe de 3.000 euros cada contrato.
A.2) Grupos de Cotización a la Seguridad Social 3 a 11 ambos inclusive:
Desempleado/a perteneciente a 1 colectivo se subvencionará con un importe de 5.000 euros
cada contrato.
Desempleado/a perteneciente a 2 colectivos se subvencionará con un importe de 6.000 euros cada contrato.
Desempleado/a perteneciente a 3 colectivos se subvencionará con un importe de 7.000 euros cada contrato.
Desempleado/a perteneciente a 4 colectivos se subvencionará con un importe de 8.000 euros cada contrato.
Desempleado al menos 180 días inmediatamente anteriores a la fecha de su contratación, se subvencionará con un importe de 2.500 euros cada contrato.
B) CONTRATACIÓN TEMPORAL DE DURACIÓN IGUAL O SUPERIOR 6 MESES:
Periodo mínimo exigible de mantenimiento de la contratación: Seis meses ininterrumpidos.
Jornada: Completa, o parcial con el mínimo de 50%.
B.1) Grupos de Cotización a la Seguridad Social 1 a 2 ambos inclusive:
Desempleado/a perteneciente a 1 colectivo se subvencionará con un importe de 4.000 euros
cada contrato.
Desempleado/a perteneciente a 2 colectivos se subvencionará con un importe de 4.500 euros cada contrato.
Desempleado/a perteneciente a 3 colectivos se subvencionará con un importe de 5.000 euros cada contrato.
Desempleado/a perteneciente a 4 colectivos se subvencionará con un importe de 5.500 euros cada contrato.
B.2) Grupos de Cotización a la Seguridad Social 3 a 11 ambos inclusive:
Desempleado/a perteneciente a 1 colectivo se subvencionará con un importe de 3.000 euros
cada contrato.
Desempleado/a perteneciente a 2 colectivos se subvencionará con un importe de 3.500 euros cada contrato.
Desempleado/a perteneciente a 3 colectivos se subvencionará con un importe de 4.000 euros cada contrato.
Desempleado/a perteneciente a 4 colectivos se subvencionará con un importe de 4.500 euros cada contrato.
C) CONTRATACIÓN TEMPORAL DE DURACIÓN IGUAL O SUPERIOR A 3 MESES E INFERIOR A 6 MESES:
Periodo mínimo exigible de mantenimiento de la contratación: Tres meses ininterrumpidos.
Jornada: Completa
C.1) Grupos de Cotización a la Seguridad Social 1 a 2 ambos inclusive:
Desempleado/a perteneciente a 1 colectivo se subvencionará con un importe de 1.700 euros
cada contrato.
Desempleado/a perteneciente a 2 colectivos se subvencionará con un importe de 1.900 euros cada contrato.
Desempleado/a perteneciente a 3 colectivos se subvencionará con un importe de 2.100 euros cada contrato.
Desempleado/a perteneciente a 4 colectivos se subvencionará con un importe de 2.300 euros cada contrato.
C.2) Grupos de Cotización a la Seguridad Social 3 a 11 ambos inclusive:
Desempleado/a perteneciente a 1 colectivo se subvencionará con un importe de 1.500 euros
cada contrato.
Desempleado/a perteneciente a 2 colectivos se subvencionará con un importe de 1.700 euros cada contrato.
Desempleado/a perteneciente a 3 colectivos se subvencionará con un importe de 1.900 euros cada contrato.
Desempleado/a perteneciente a 4 colectivos se subvencionará con un importe de 2.100 euros cada contrato.
DESTINATARIO | CONTRATOS INDEFINIDOS(duración mínima 12 meses) | CONTRATOS TEMPORALES DE DURACIÓN IGUAL O SUPERIOR A 6 MESES | CONTRATOS TEMPORALES DE DURACIÓN IGUAL O SUPERIOR A 3 MESES E INFERIOR A 6 MESES | |||
*G.C 1-2 | G.C. 3-11 | G.C 1-2 | G.C. 3-11 | G.C 1--2 | G.C. 3-11 | |
Desempleado/a perteneciente a 1 colectivo | 6.000 € | 5.000 € | 4.000€ | 3.000€ | 1.700€ | 1.500€ |
Desempleado/a perteneciente a 2 colectivos simultáneamente | 7.000 € | 6.000 € | 4.500€ | 3.500€ | 1.900€ | 1.700€ |
Desempleado/a perteneciente a 3 colectivos simultáneamente | 8.000 € | 7.000 € | 5.000€ | 4.000€ | 2.100€ | 1.900€ |
Desempleado/a perteneciente a 4 colectivos simultáneamente | 9.000 € | 8.000 € | 5.500€ | 4.500€ | 2.300€ | 2.100€ |
Desempleado de al menos 180 días | 3.000€ | 2.500€ | No subvencionable |
*Grupo de cotización.
9.- SUSTITUCIÓN DE LA PERSONA TRABAJADORA SUBVENCIONADA.
En el supuesto de extinción del contrato por dimisión/baja voluntaria, despido procedente o no superación del periodo de prueba de la persona contratada, con anterioridad a la finalización del período mínimo exigible, ésta podrá ser sustituida en el plazo máximo de quince días naturales a contar desde el día siguiente al de la baja. En el plazo indicado se comunicará la sustitución a la entidad colaboradora mediante presentación del Anexo VI- Documento de comunicación de baja/sustitución de la persona trabajadora (apartado 1º) acompañado del reconocimiento de baja del trabajador que ha cesado, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, así como la documentación señalada en los puntos 8 al 17 de la base 11 C, para el trabajador sustituto.
Igualmente, se permitirá la sustitución temporal de la persona contratada cuando se produzca la suspensión del contrato de trabajo con derecho a reserva del puesto de trabajo, por períodos de tiempo que se prevea superen un mes.
El contrato de trabajo de la persona sustituta estará afectado por las exclusiones previstas en la base sexta, y deberá reunir las mismas o mejores condiciones que el inicialmente subvencionado (tipo
de contrato, jornada, duración y grupo de cotización) y ser formalizado con una persona que pertenezca como mínimo al mismo número de colectivos que la persona sustituida.
A los efectos del cumplimiento del cómputo del período mínimo exigible de mantenimiento de la contratación, se computará el período del contrato finalizado y se acumulará con el periodo del contrato de la persona sustituta, hasta completar el cumplimiento del periodo mínimo exigido.
En ningún caso la sustitución supondrá la percepción de ninguna cuantía adicional.
10.- COMPATIBILIDAD
Las presentes subvenciones no serán compatibles con cualquier otra ayuda o subvención con la misma finalidad, procedente de cualquier Administración o entidades públicas o privadas, salvo las ayudas estatales de bonificaciones a la Seguridad Social.
11.- SOLICITUDES DE SUBVENCIÓN
La presentación de la solicitud implicará la aceptación por parte del solicitante de las condiciones, requisitos y obligaciones establecidas en la presente convocatoria.
Para formular las solicitudes se requerirá a los interesados el uso obligado de cualquier medio de firma que permita acreditar la autenticidad de la expresión de su voluntad y consentimiento, así como la integridad e inalterabilidad de su documento, considerándose válidos a efectos de firma de las solicitudes los medios contemplados en la cláusula 12 de la presente convocatoria.
Las entidades interesadas podrán solicitar, durante el plazo de presentación abierto, hasta un máximo de 10 incentivos, simultánea o sucesivamente. Se formulará una solicitud por cada incentivo solicitado.
A. PLAZO DE PRESENTACIÓN
El plazo de presentación permanecerá abierto desde la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de las Palmas hasta el 31 de julio de 2019, siempre sujeto a la existencia de consignación presupuestaria.
B. LUGAR DE PRESENTACIÓN:
Las solicitudes se presentarán electrónicamente a través de la plataforma web de la que dispone la entidad colaboradora: xxxxx://xxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
C. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
Las solicitudes se formularán en el modelo establecido como Anexo I - Solicitud e irán acompañadas de la siguiente documentación:
1. Copia del DNI del solicitante, si fuera persona física.
2. Escritura de constitución de la persona jurídica solicitante, debidamente inscrita en el Registro correspondiente.
3. Documento de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, en el régimen especial por cuenta propia que corresponda o mutualidad del colegio profesional en su caso.
4. Copia del DNI del representante y acreditación de su poder de representación.
5. Copia del Documento de Identificación Fiscal del solicitante.
6. Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias a nivel estatal, autonómico y local (Cabildo de Gran Canaria) y con la Seguridad Social, en la modalidad “Obtención de subvenciones y ayudas otorgadas por las administraciones públicas”.
7. Anexo II- Declaración responsable.
8. Fotocopia del DNI del destinatario de la subvención.
9. Informe de vida laboral de un afiliado de cada destinatario de la subvención, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
10. Informe de vida Laboral Acotado del trabajador, con un periodo de 6 meses anterior al alta efectiva del destinatario objeto de la subvención.
11. Informe de Periodos de Desempleo, emitido por el Servicio Xxxxxxx xx Xxxxxx, para los casos en que destinatarios de la subvención tengan que acreditar su condición de desempleados e inscritos como demandante de empleo en los períodos mínimos exigidos en la convocatoria.
12. Informe de Datos para la Cotización-Trabajadores por cuenta ajena (IDC), del destinatario de la subvención, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, donde se pueda comprobar los datos relativos a la relación laboral objeto de la subvención solicitada, con fecha de emisión del mismo día del alta efectiva en la Seguridad Social.
13. Copia del contrato de trabajo debidamente comunicado al Servicio Público de Empleo de cada destinatario de la subvención.
14. Resolución sobre Reconocimiento de alta en la Seguridad Social del destinatario de la subvención, correspondiente al contrato objeto de subvención.
15. Informe de plantilla media de trabajadores en alta emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, de los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha del alta efectiva del destinatario objeto de la subvención. En el caso de los trabajadores autónomos o PYMES que cuenten con plantilla inferior a cinco trabajadores, el informe de plantilla media será presentado, tomando de referencia como fecha de inicio y de fin del periodo, la de la fecha de alta en la Seguridad Social del trabajador objeto de la subvención.
16. Certificado de discapacidad del trabajador emitido por la Administración competente, en su caso.
17. Documento de consentimiento e información del tratamiento de datos personales del trabajador, según Xxxxx XXX.
18. Documento de consentimiento e información del tratamiento de datos personales de la entidad solicitante, según Xxxxx XX.
19. Documento o certificado bancario donde conste el número de cuenta (IBAN) y se acredite la titularidad del solicitante.
12.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
Será obligatorio para los interesados el uso de firma para:
a) Formular solicitudes.
b) Presentar declaraciones responsables o comunicaciones.
c) Interponer recursos.
d) Desistir de acciones
e) Renunciar a derechos
A estos efectos, se considerarán válidos a efectos de firma, en aplicación del artículo 10.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los siguientes:
a) Sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». A estos efectos, se entienden comprendidos entre los citados certificados electrónicos reconocidos o cualificados los de persona jurídica y de entidad sin personalidad jurídica.
b) Sistemas de sello electrónico reconocido o cualificado y de sello electrónico avanzado basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de sello electrónico incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación».
13.- PRÁCTICA DE LAS NOTIFICACIONES Y PUBLICACIONES
El Servicio de Empleo y Desarrollo Local publicará en la página web del Cabildo de Gran Canaria (xxx.xxxxxxxxxxx.xxx), sin perjuicio de la obligación de publicación en la BDNS y diarios oficiales correspondientes, en su caso, las siguientes:
a) La convocatoria de la subvención
b) Las resoluciones de concesión y desestimación
Los requerimientos de subsanación de solicitud y los actos de instrucción, así como las actuaciones de comprobación de la justificación, serán notificados a través del portal web de la entidad colaboradora mediante comparecencia del interesado o su representante, entendiéndose por comparecencia el acceso al contenido de la notificación a través de los sistemas de firma electrónica indicados en la base 12, momento a partir del cual se entenderá practicada la notificación. De no producirse este acceso en el plazo xx xxxx días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido se entenderá rechazada.
14.- GESTIÓN DE LOS INCENTIVOS. INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN. CRITERIOS DE VALORACIÓN.
La prelación de solicitudes se realizará mediante el sistema de concurrencia competitiva simplificada, de forma que las solicitudes que cumplan los requisitos exigidos en la presente convocatoria serán valoradas atendiendo exclusivamente a la fecha de su presentación, estimándose aquellas solicitudes que se encuentren dentro de los límites del crédito disponible en cada una de las aplicaciones presupuestarias y desestimándose el resto de las solicitudes.
Con la finalidad de evitar demoras en la concesión y pago de los incentivos, se emitirán sucesivas resoluciones del procedimiento, que irán concediendo o desestimando las subvenciones solicitadas, siempre que se cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria y hasta agotar la consignación presupuestaria.
La instrucción de la convocatoria será asumida por la entidad colaboradora seleccionada.
Recibidas las solicitudes, la entidad colaboradora comprobará que las mismas reúnen los requisitos de la presente convocatoria. Si la solicitud no reuniera alguno de los datos o documentos previstos, la entidad colaboradora requerirá mediante notificación a través del portal web a la entidad interesada para que subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos en el plazo máximo e improrrogable xx xxxx días hábiles, con apercibimiento de que, si no lo hiciese, se la tendrá por desistida de su petición. Asimismo, se podrá requerir de las entidades interesadas la mejora de la información y documentación presentada si se considera necesaria para una mejor evaluación de las solicitudes.
Cuando la subvención a conceder coincida en todos sus términos con la solicitud, se podrá prescindir de la propuesta provisional y de la aceptación de la subvención, dictándose directamente por la entidad colaboradora propuesta definitiva que elevará al Sr. Consejero de Empleo y Transparencia para resolución.
En caso contrario, es decir, en los supuestos en que proceda la desestimación de la solicitud o bien su estimación en términos diferentes de los solicitados, se seguirá el siguiente procedimiento:
- Analizada la documentación, la entidad colaboradora comunicará a la entidad solicitante propuesta provisional de concesión de la subvención y cuantía de la misma, o bien propuesta de desestimación de la subvención solicitada y los motivos de la misma.
- Las entidades interesadas dispondrán de un plazo xx xxxx días hábiles, a contar del día siguiente al de la comunicación, para aceptar de forma expresa la subvención, o bien formular las alegaciones que estimen pertinentes, que serán presentadas electrónicamente en la plataforma web de la que dispone la entidad colaboradora. Si la entidad acepta la subvención propuesta, se elevará propuesta para su resolución por el órgano competente.
- En el supuesto de formularse alegaciones, la entidad colaboradora, a la vista de las mismas, formulará la propuesta definitiva de resolución que será notificada a las entidades
interesadas, que dispondrán de un plazo de cinco días hábiles siguientes a la fecha de la notificación para manifestar expresamente su no aceptación. Transcurrido dicho plazo sin haber recibido ninguna respuesta de las entidades interesadas, se dará por aceptada la subvención y se emitirá resolución por el Sr. Consejero de Empleo y Transparencia.
Es órgano competente para la resolución de procedimiento el Sr. Consejero de Empleo y Transparencia que actuará por delegación del Consejo de Gobierno Insular de Gran Canaria.
15.- PLAZO MÁXIMO DE RESOLUCIÓN Y EFECTO DEL SILENCIO
La resolución y notificación del procedimiento tendrá lugar en el plazo máximo de 6 meses que contarán desde la fecha de presentación de solicitud.
Transcurrido este plazo sin que se haya notificado la resolución, los solicitantes podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.
16.- RECURSOS
Contra las resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno Insular de Gran Canaria, en el plazo de UN MES contado a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución, si el acto fuera expreso; o en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto, conforme a lo establecido en el art. 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
También se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional correspondiente en el plazo de DOS MESES contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución, si el acto fuera expreso; si no lo fuera, el plazo será de seis meses y se contará a partir del día siguiente a aquel en que, de conformidad con el apartado anterior, se produzca el acto presunto; según dispone el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
17.- MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN
Una vez notificada la resolución de concesión se podrá solicitar la modificación de su contenido en los siguientes supuestos:
1. Extinción del contrato por dimisión/baja voluntaria, despido procedente, o no superación del periodo de prueba de la persona contratada, sin sustitución del trabajador, durante el periodo mínimo exigible de mantenimiento de la contratación. La entidad beneficiaria lo notificará a la entidad colaboradora, mediante presentación del Anexo VI - Documento de comunicación de baja/sustitución de la persona trabajadora (apartado 1º), acompañado del documento de reconocimiento de baja emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social del trabajador que ha cesado, en el plazo
máximo de quince días naturales a contar desde el día siguiente al de la baja, a los efectos de proceder a la modificación de la resolución de concesión para ajustar la cuantía al tiempo efectivo de contratación.
2. Reducción de jornada prevista en el artículo 37 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, que lleve aparejada una disminución proporcional xxx xxxxxxx. La entidad beneficiaria lo notificará a la entidad colaboradora, mediante presentación del Anexo VI - Documento de comunicación de baja/sustitución de la persona trabajadora (apartado 2º), acompañado del documento de la vida laboral de un afiliado donde se pueda comprobar la reducción de jornada efectiva, en el plazo máximo de quince días naturales a contar desde el día efectivo de la reducción de la jornada aplicada, a los efectos de proceder a la modificación de la resolución de concesión y ajustar la cuantía subvencionada.
18.- OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD BENEFICIARIA.
Son obligaciones de las entidades beneficiarias:
1. Formalizar los contratos de trabajo por escrito en el modelo establecido al efecto por el Servicio de Empleo Estatal, y registrarlos.
2. Mantener la contratación subvencionada durante el periodo mínimo exigible de mantenimiento de la contratación, conservando o mejorando las condiciones laborales objeto del incentivo, salvo en los supuestos recogidos en la base 17 de la convocatoria y previo cumplimiento de los requisitos y trámites establecidos en la misma.
3. Mantener el nivel de plantilla media de los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha del alta efectiva del trabajador, acreditado en la solicitud, durante todo el periodo mínimo exigible de contratación, con la excepción a los trabajadores autónomos o pymes que cuenten con plantilla inferior a cinco trabajadores. A estos efectos no se considerará causa de disminución de la plantilla media de la empresa, las establecidas en el RDL 1/2015 de 27 de febrero en su Artículo 8.d): "A efectos de examinar el nivel de empleo y su mantenimiento en la empresa, no se tendrán en cuenta las extinciones de contratos de trabajo por causas objetivas o por despidos disciplinarios que no hayan sido declarados improcedentes, los despidos colectivos que no hayan sido declarados no ajustados a Derecho, así como las extinciones causadas por dimisión, muerte o incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez de los trabajadores o por la expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato, o por resolución durante el periodo de prueba."
4. Informar a las personas contratadas de la financiación de su contrato con fondos procedentes del FDCAN. A efectos de acreditar el cumplimiento de esta obligación, se presentará Anexo V- Documento de comunicación a la persona contratada de la financiación, en los 15 días naturales siguientes a la publicación de la concesión del incentivo. En el supuesto de sustitución contemplado en la base 9, se deberá presentar este Anexo en el plazo de 15 días naturales siguientes al alta efectiva en la Seguridad Social del trabajador sustituto.
5. Abonar el pago de las nóminas de los destinatarios de esta subvención, mediante transferencia bancaria en el que deberá indicarse; el ordenante del pago, el destinatario del pago, el concepto (nómina/mes), el importe y la fecha de la operación.
6. Justificar ante la entidad colaboradora la subvención concedida en los términos regulados en la presente convocatoria.
7. Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección, así como al control financiero a efectuar por el órgano concedente y/o entidad colaboradora y las actuaciones de control financiero que se puedan acordar por el órgano de control competente.
8. Acreditar que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en la modalidad “Obtención de subvenciones y ayudas otorgadas por las administraciones públicas”.
9. Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
10. Proceder al reintegro de los fondos recibidos en los supuestos establecidos en la convocatoria.
19.- ABONO DE LOS INCENTIVOS CONCEDIDOS.
El abono de la subvención se realizará por la entidad colaboradora en el plazo xxxxxx xx xxxx días naturales desde la publicación de su concesión.
20.- JUSTIFICACIÓN
Las entidades beneficiarias deben justificar ante la entidad colaboradora en la modalidad de cuenta justificativa simplificada del artículo 75 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
A) Plazo para justificar
Las entidades beneficiarias deberán justificar en los siguientes plazos dependiendo de la modalidad del contrato subvencionado:
-Contratos indefinidos: Un mes desde la finalización del periodo mínimo exigible de mantenimiento de la contratación indicado en la base 5.4 de la presente convocatoria.
-Contratos temporales: Dos meses desde la finalización del periodo mínimo exigible de mantenimiento de la contratación indicado en la base 5.4 de la presente convocatoria.
B) Documentación justificativa
B.1) Documentación justificativa a presentar por todos los beneficiarios
1. Anexo VII - Memoria justificativa de la contratación realizada con cargo a la subvención y comprensiva de una relación clasificada de gastos subvencionables de la cláusula 8 realizados, como mínimo, durante los siguientes periodos justificables:
- Contratos Indefinidos y temporales de duración igual o superior a seis meses: Seis primeros meses.
- Contratos Temporales de duración igual o superior a tres meses e inferior a seis meses: Tres primeros meses.
En esta relación clasificada de gastos sólo se admitirán pagos realizados mediante transferencias bancarias. Los pagos realizados en efectivo darán lugar al correspondiente reintegro parcial, en el supuesto establecido en la base 22.3.B).
2. Informe de Datos para la Cotización-Trabajadores por cuenta ajena (IDC) del destinatario final de la subvención emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social que abarque todo el periodo mínimo de contratación exigido por la presente convocatoria señalado en la base 5.4, a contar desde la fecha efectiva de alta en la seguridad social del contrato subvencionado.
3. Informe de plantilla media de trabajadores en alta emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, que abarque todo el periodo mínimo exigible de mantenimiento de la contratación exigido por la presente convocatoria señalado en la base 5.4, a contar desde la fecha efectiva de alta en la seguridad social del contrato subvencionado. Estarán exceptuados de la presentación de dicho documento los trabajadores autónomos o pymes que cuenten con plantilla inferior a cinco trabajadores.
4. Informe de vida laboral de un afiliado del destinatario final de la subvención, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
5. Carta de pago de los remanentes no aplicados, en su caso.
B.2) Documentación justificativa complementaria a presentar por los beneficiarios resultantes de la técnica de muestreo.
En ejecución de lo dispuesto en el art. 75.3 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones y a fin de obtener evidencia razonable de la aplicación de la subvención, se comprobarán los justificantes de pago incluidos en la relación clasificada de gastos aportada, a un 5% de las entidades beneficiarias que serán seleccionadas por el Cabildo de Gran Canaria, mediante aplicación de la técnica de muestreo aleatorio simple sobre el total de solicitudes, atendiendo al número del registro de su solicitud. En el supuesto de ser seleccionada una entidad solicitante no beneficiaria será seleccionada la siguiente beneficiaria según número correlativo de registro de la solicitud. En el caso de que esto no sea posible al no haber más solicitudes correlativas estimadas por agotamiento del crédito disponible de la convocatoria, se realizará una nueva selección, según la técnica de muestreo aleatorio simple, hasta completar el 5%.
La entidad colaboradora comunicará a las entidades beneficiarias seleccionadas a los efectos de que éstas presenten, además de la documentación señalada en la base 20.B.1), las fotocopias de la siguiente documentación complementaria:
Las nóminas mensuales de la persona contratada, acompañadas del recibo individual bancario donde conste la entidad ordenante y la persona destinataria del pago, el concepto (nómina/mes), el importe y la fecha de la operación o de valor de la transferencia.
Los recibos mensuales de liquidación de cotizaciones a la Seguridad Social (TC1) mecanizados o sellados por la entidad bancaria. Si dichos documentos no están mecanizados por el banco, deberán acompañarse del recibo bancario que acredita el pago de la Seguridad Social.
La Relación nominal mensual de Trabajadores (RNT) por NAF (TC2 por NAF).
El Modelo 111 de retención de IRPF, mecanizado o sellado por la entidad bancaria. Si dichos documentos no están mecanizados por el banco, deberán acompañarse del recibo bancario.
Cuando se proceda a la sustitución en los términos descritos en la presente convocatoria, la entidad beneficiaria deberá presentar los documentos justificativos de los apartados B1 y B2, de ambas contrataciones (trabajador sustituto y sustituido).
La entidad colaboradora llevará a cabo la comprobación de la justificación documental de la subvención, a cuyo fin revisará la documentación que obligatoriamente deba aportar el beneficiario y realizará los requerimientos que estime oportunos para su subsanación. Realizada la comprobación, emitirá el correspondiente informe de justificación de cada beneficiario que será remitido al Servicio de Empleo y Desarrollo Local estableciendo el resultado de la misma y que servirá de base para el inicio, si procede, del procedimiento de reintegro de la subvención.
21.- DEVOLUCIÓN DE LA SUBVENCIÓN A INICIATIVA DEL BENEFICIARIO.
1. El beneficiario que proceda a la devolución voluntaria total o parcial de la ayuda, cualquiera que sea su causa, sin previo requerimiento por parte del órgano concedente, deberá realizar el ingreso en la cuenta corriente de la entidad colaboradora XX00 0000 0000 00 0000000000 incluyendo las siguientes referencias: “Incentivos 2019; número del expediente”.
2. Cuando se produzca dicha devolución, la entidad colaboradora calculará los intereses de demora de acuerdo con lo previsto en el artículo 38 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y hasta el momento en que se produjo la devolución efectiva por el beneficiario.
22.- CAUSAS DE REINTEGRO.
1. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención según lo establecido en el artículo 38.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en los casos establecidos en el artículo 37 del mismo texto legal.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 38/2003, serán causas de reintegro total:
a) El incumplimiento de los requisitos relacionados con las personas a contratar recogidos en la base 4 de esta convocatoria.
b) El incumplimiento de los periodos mínimos exigibles de mantenimiento de la contratación y/o el empeoramiento de las condiciones laborales en estos periodos, salvo que dé lugar a la modificación de la resolución en los términos de la base 17 de esta convocatoria.
c) El despido improcedente.
d) Xxxxxxxxx de la jornada laboral exigida, salvo los supuestos de modificación de la resolución en los términos de la base 17.2 de esta convocatoria.
e) En caso de subrogación de otra empresa en el contrato subvencionado, la entidad beneficiaria deberá reintegrar el importe total de la subvención concedida.
f) No dar ocupación efectiva al trabajador.
g) Incumplir los requerimientos de aportación de información y documentación por el beneficiario que se estime necesaria para el seguimiento y control de la actividad subvencionada.
h) Incumplimiento de cualquiera de las características legales u obligaciones de la modalidad contractual elegida.
i) Incumplimiento del mantenimiento del nivel medio de trabajadores en alta de la entidad beneficiaria, durante el periodo mínimo exigido para cada contratación y regulado en esta convocatoria, con la excepción de los trabajadores autónomos o pymes que cuenten con plantilla inferior a cinco trabajadores.
j) Incumplimiento de la obligación de presentación del Anexo VI- Documento de comunicación de baja/sustitución de la persona trabajadora, antes de la justificación.
k) Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones consignadas en la base 18 de la presente convocatoria que no dé lugar a un reintegro parcial.
3. Se procederá el reintegro parcial de la subvención percibida, con los intereses de demora devengados desde la fecha de su pago efectivo, en los siguientes supuestos:
a) Incumplimiento de la obligación de presentar el Anexo V- Documento de Comunicación a la persona contratada de la financiación, un 20% del importe subvencionado.
b) Justificación por importe inferior a la cuantía del incentivo efectivamente concedido, el importe correspondiente a la cantidad no justificada.
23.- RESPONSABILIDAD Y RÉGIMEN SANCIONADOR.
Las entidades beneficiarias quedarán sometidas a las responsabilidades y el régimen sancionador que sobre infracciones administrativas en materia de subvenciones establece el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
24.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
Cada una de las entidades beneficiarias deberá facilitar datos de carácter personal, tanto propios como de las personas contratadas objeto del incentivo, a la entidad colaboradora encargada de la
gestión de la presente convocatoria, la Fundación Canaria Universitaria de las Palmas (FULP), representando ésta la figura de Encargado del Tratamiento. Esta relación se rige de conformidad con la normativa vigente en materia de protección de datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).
Los datos personales facilitados al Encargado del Tratamiento podrán ser accesibles por el Responsable del Tratamiento, el Cabildo Insular de Gran Canaria, que los tratará sólo con las finalidades de comprobación y control financiero de la subvención otorgada, no pudiendo usar los mismos para una finalidad distinta.
Los datos de carácter personal deben haber sido obtenidos de forma lícita conforme a la normativa vigente en materia de protección de datos, la LOPDGDD, y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016, y normativa que sustituya o complemente a las indicadas. Para ello, las entidades beneficiarias deberán presentar cumplimentados en el momento de la solicitud los Anexos III y IV (Protección de datos personales. Consentimiento e información), donde se informa a los titulares de los datos personales del tratamiento de estos, de conformidad con los artículos 13 y 14 del Reglamento (UE) 2016/679.
En el supuesto de que la entidad colaboradora (Encargado del Tratamiento) destinase los datos aludidos a otra finalidad, los comunicase, cediese, o utilizase incumpliendo cualquiera de sus obligaciones, ésta exonera expresamente al CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA de cualquier tipo de responsabilidad, respondiendo directamente ante la Agencia Española de Protección de Datos u autoridad correspondiente, o ante cualquier tercera persona de las infracciones que se puedan haber cometido derivadas del incumplimiento de la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal.
Anexos que acompañan a la Convocatoria de subvenciones destinadas a incentivar la contratación de colectivos de difícil inserción:
Anexo I- Solicitud
Anexo II- Declaración Responsable
Anexo III- Protección de datos personales (trabajador). Consentimiento e información.
Anexo IV- Protección de datos personales (entidad solicitante). Consentimiento e información.
Anexo V- Documento de Comunicación a la persona contratada de la financiación Anexo VI- Documento de comunicación de baja/sustitución de la persona trabajadora. Anexo VII- Memoria justificativa
ANEXO I - SOLICITUD
CONVOCATORIA DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN DE COLECTIVOS DE DIFÍCIL INSERCIÓN. EJE 1 DE LA LÍNEA ESTRATÉGICA 3 “APOYO A LA EMPLEABILIDAD” DEL FONDO DE DESARROLLO DE CANARIAS (FDCAN).
ANUALIDAD 2019.
1. ENTIDAD SOLICITANTE | |||
1.- Datos de la entidad solicitante | |||
DENOMINACIÓN | D.N.I./N.I.F. | ||
DIRECCIÓN | |||
MUNICIPIO | CÓDIGO POSTAL | ||
TELÉFONO | FAX | CORREO ELECTRÓNICO | |
2. Datos del representante legal | |||
NOMBRE Y APELLIDOS | |||
D.N.I. | CARGO | ||
3. Datos de la persona de contacto | |||
NOMBRE Y APELLIDOS | |||
PUESTO | |||
TELÉFONO | CORREO ELECTRÓNICO | ||
2. DOCUMENTACIÓN QUE SE APORTA | |||
1. Copia del DNI del solicitante, si fuera persona física | |||
2.Escritura de constitución de la persona jurídica solicitante, debidamente inscrita en el Registro correspondiente | |||
3.Documento de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, en el régimen especial por cuenta propia que corresponda o mutualidad del colegio profesional en su caso | |||
4. Copia del DNI del representante |
5. Acreditación del poder de representación | |
6. Copia del Documento de Identificación Fiscal del solicitante | |
7. Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la AEAT (Agencia Española de Administración Tributaria). | |
8. Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la ATC (Agencia Tributaria Canaria). | |
9. Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Cabildo de Gran Canaria (Valora Gestión Tributaria). | |
10. Certificado de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social | |
11. Anexo II – Declaración responsable | |
12. Fotocopia del DNI del destinatario de la subvención | |
13. Informe de vida laboral de un afiliado cada destinatario de la subvención, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. | |
14. Informe de vida Laboral Acotado del trabajador, con un periodo de 6 meses anterior al alta efectiva del destinatario objeto de la subvención | |
15. Informe de Periodos de Desempleo, emitido por el Servicio Xxxxxxx xx Xxxxxx, para los casos en que destinatarios de la subvención tengan que acreditar su condición de desempleados e inscritos como demandante de empleo en los períodos mínimos exigidos en la convocatoria | |
16. Informe de Datos para la Cotización-Trabajadores por cuenta ajena (IDC), del destinatario de la subvención, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, con fecha de emisión del mismo día del alta efectiva en la Seguridad Social | |
17. Copia del contrato de trabajo debidamente comunicado al Servicio Público de Empleo de cada destinatario de la subvención | |
18. Resolución sobre Reconocimiento de alta en la Seguridad Social del destinatario de la subvención, correspondiente al contrato objeto de subvención | |
19. Informe de plantilla media de trabajadores en alta, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, de los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha del alta efectiva del destinatario objeto de la subvención. En el caso de los trabajadores autónomos o pymes que cuenten con plantilla inferior a cinco trabajadores, el informe de plantilla media será presentado, tomando de referencia como fecha de inicio y de fin del periodo, la de la fecha de alta en la Seguridad Social del trabajador objeto de la subvención | |
20. Certificado de discapacidad de los trabajadores, en su caso. | |
21. Anexo III - Documento de consentimiento e información del tratamiento de datos personales del trabajador | |
22. Anexo IV - Documento de consentimiento e información del tratamiento de datos personales de la entidad solicitante | |
23. Documento o certificado bancario donde conste el número de cuenta (IBAN) y se acredite la titularidad del solicitante |
3. ACTUACIÓN SUBVENCIONABLE | |||
MODALIDAD CONTRACTUAL | JORNADA DE TRABAJO | GRUPO DE COTIZACIÓN | PERTENENCIA A COLECTIVOS DE DIFÍCIL INSERCIÓN LABORAL |
Contrato Indefinido | Desempleado de larga duración 2 | ||
Contrato Temporal de duración igual o superior a 6 meses Contrato Temporal de duración igual o superior a 3 meses e inferior a 6 meses | Jornada Completa Jornada Parcial 1 Porcentaje de jornada: | 1-2 3-11 | Mujer Joven menor de 30 años Mayor de 45 años Discapacidad igual o superior al 33 % |
Ninguno de los anteriores 3 | |||
INCENTIVO SOLICITADO: |
1: En los contratos a tiempo parcial, será aplicable el criterio de proporcionalidad, viéndose disminuida la correspondiente subvención en atención a la jornada por la que se hubiere formalizado el contrato, que en cualquier caso no podrá será inferior a la señalada en la convocatoria.
2: Desempleados de larga duración: personas inscritas como demandantes de empleo durante un período de al menos 360 días, ininterrumpidamente o no, en los 540 días inmediatamente anteriores a la fecha de su contratación.
3: Personas que no pertenezcan a ningún colectivo de los anteriormente señalados y se encuentren en situación de desempleo un mínimo de 180 días ininterrumpidos anteriores a la fecha de su contratación. Sólo se subvencionará la contratación indefinida.
En , a de de 2019 Fdo:
XXXXX XX - DECLARACION RESPONSABLE
CONVOCATORIA DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN DE COLECTIVOS DE DIFÍCIL INSERCIÓN. EJE 1 DE LA LÍNEA ESTRATÉGICA 3 “APOYO X XX XXXXXXXXXXXXX” XXX XXXXX XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX (FDCAN).
ANUALIDAD 2019.
D./Dña. con DNI actuando en su propio nombre o como representante de la empresa .
DECLARA:
No estar incurso/a en ninguna de las circunstancias impeditivas de la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
No estar incurso/a en procedimientos de cobro por vía de apremio de deudas contraídas por el Cabildo de Gran Canaria o sus Organismos Autónomos.
No tener pendientes de justificar subvenciones concedidas por el Cabildo de Gran Canaria, una vez vencido el plazo de justificación, estando obligado a ello.
No haber percibido ni solicitado otras subvenciones o ayudas para la realización de la actividad objeto de subvención.
No haber recibido ayudas acogidas al régimen de mínimis por importe acumulado superior a lo establecido en la convocatoria.
Que en el contrato de trabajo objeto de la solicitud no concurren las circunstancias previstas en el apartado 6 de estas bases.
Que al trabajador contratado objeto de la solicitud le resulta de aplicación:
El convenio colectivo sectorial denominado:
Publicado en el BOE/BOP:
El convenio colectivo de la propia Entidad. Publicado en el BOE/BOP:
Otros (especificar la normativa laboral):
Lo que manifiesta, con el conocimiento de incurrir en responsabilidad, en caso de falsedad de la declaración.
En , a de de 2019.
Fdo:
ANEXO III - PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES (TRABAJADOR).
CONSENTIMIENTO E INFORMACIÓN.
CONVOCATORIA DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN DE COLECTIVOS DE DIFÍCIL INSERCIÓN. EJE 1 DE LA LÍNEA ESTRATÉGICA 3 “APOYO X XX XXXXXXXXXXXXX” XXX XXXXX XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX (FDCAN).
ANUALIDAD 2019.
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016, y considerando la presentación de SOLICITUD DE SUBVENCIÓN formulada por la entidad
en la “Convocatoria de Incentivos a la Contratación de Colectivos de Difícil Inserción. Eje 1 de la Línea Estratégica 3 “Apoyo a la Empleabilidad” del Fondo de Desarrollo de Canarias (FDCAN). Anualidad 2019“, con el objeto de subvencionar su contratación, se LE INFORMA de lo siguiente:
Responsable del Tratamiento | CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA NIF: P3500001G Tel: x00 000 00 00 00 Email: xxxx@xxxxxxxxxxx.xxx X/ Xxxxx Xxxxxxx 00 00000 Xxx Xxxxxx xx Xxxx Xxxxxxx |
Encargado del Tratamiento | FUNDACIÓN CANARIA UNIVERSITARIA DE LAS PALMAS NIF: G35073303 Tel: x00 000 00 00 00 X/ Xxxx xx Xxxxxxx, 00 00000 Xxx Xxxxxx xx Xxxx Xxxxxxx |
Finalidad | Gestión y control de la convocatoria de subvenciones destinadas a incentivar la contratación de colectivos de difícil inserción. |
Legitimación | Consentimiento expreso |
Destinatarios | Responsable y Encargado del Tratamiento. Posibilidad de cesión de datos a Administraciones Públicas del Gobierno de Canarias. |
Derechos | Acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición. Puede ejercitarlos ante el Responsable y/o Encargado del Tratamiento. |
Plazo de conservación | Los datos personales serán conservados durante el tiempo que sea necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar posibles responsabilidades que se pudieran derivar, según la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o hasta que ejerza su derecho de supresión, salvo disposición legal que lo impida. |
Autoridad de Control | Puede presentar reclamaciones ante la Agencia Española de Protección de Datos. |
En virtud de lo expuesto anteriormente,
D./Dña. con DNI CONSIENTO la recogida, tratamiento y cesión de datos de carácter personal para la finalidad descrita anteriormente y HE SIDO DEBIDAMENTE INFORMADO de conformidad con el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
En , a de de 201
Fdo:
ANEXO IV - PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES (ENTIDAD SOLICITANTE).
CONSENTIMIENTO E INFORMACIÓN.
CONVOCATORIA DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN DE COLECTIVOS DE DIFÍCIL INSERCIÓN. EJE 1 DE LA LÍNEA ESTRATÉGICA 3 “APOYO X XX XXXXXXXXXXXXX” XXX XXXXX XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX (FDCAN).
ANUALIDAD 2019.
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016, y considerando su presentación de solicitud en la “Convocatoria de Incentivos a la Contratación de Colectivos de Difícil Inserción. Eje 1 de la Línea Estratégica 3 “Apoyo a la Empleabilidad” del Fondo de Desarrollo de Canarias (FDCAN). Anualidad 2019“, se LE INFORMA de lo siguiente:
Responsable del Tratamiento | CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA NIF: P3500001G Tel: x00 000 00 00 00 Email: xxxx@xxxxxxxxxxx.xxx X/ Xxxxx Xxxxxxx 00 00000 Xxx Xxxxxx xx Xxxx Xxxxxxx | |||||
Encargado del Tratamiento | FUNDACIÓN CANARIA UNIVERSITARIA DE LAS PALMAS NIF: G35073303 Tel: x00 000 00 00 00 X/ Xxxx xx Xxxxxxx, 00 00000 Xxx Xxxxxx xx Xxxx Xxxxxxx | |||||
Finalidad | Gestión y control de la convocatoria de subvenciones destinadas a incentivar la contratación de colectivos de difícil inserción. | |||||
Legitimación | Consentimiento expreso | |||||
Destinatarios | Responsable y Encargado del Tratamiento. Posibilidad de cesión de datos a Administraciones Públicas del Gobierno de Canarias. | |||||
Derechos | Acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición. Puede ejercitarlos ante el Responsable y/o Encargado del Tratamiento. | |||||
Plazo de conservación | Los datos personales serán conservados durante el tiempo que sea necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar posibles responsabilidades que se pudieran derivar, según la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o hasta que ejerza su derecho de supresión, salvo disposición legal que lo impida. | |||||
Autoridad de Control | Puede presentar reclamaciones Protección de Datos. | ante | la | Agencia | Española | de |
En virtud de lo expuesto anteriormente,
D./Dña. con DNI actuando en su propio nombre o como representante de la empresa
CONSIENTO la recogida, tratamiento y cesión de datos de carácter personal para la finalidad descrita anteriormente y HE SIDO DEBIDAMENTE INFORMADO de conformidad con el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
En , a de de 2019.
Fdo:
ANEXO V - DOCUMENTO DE COMUNICACIÓN A LA PERSONA CONTRATADA DE LA FINANCIACIÓN
CONVOCATORIA DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN DE COLECTIVOS DE DIFÍCIL INSERCIÓN. EJE 1 DE LA LÍNEA ESTRATÉGICA 3 “APOYO X XX XXXXXXXXXXXXX” XXX XXXXX XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX (FDCAN).
ANUALIDAD 2019.
1. EMPRESA/AUTONOMO
Razón Social/Nombre y Apellidos (autónomo): NIF/NIE:
2. REPRESENTANTE EMPRESA / AUTÓNOMO
D./Dña. con NIF
en representación de con NIF INFORMA al trabajador/a que este contrato de trabajo ha sido subvencionado con un importe de € vinculados a la Convocatoria de Incentivos a la Contratación para Colectivos de difícil inserción, financiado con cargo al FDCAN (Línea Estratégica 3- Apoyo a la Empleabilidad), Anualidad 2019).
En a de de
FIRMA (Representante legal de la empresa /autónomo)
3. TRABAJADOR/A
D./D.ª con DNI/NIF
mediante el presente documento declara haber recibido por parte de la empresa la información relativa a que su contratación ha sido subvencionada con cargo a los fondos a la Convocatoria de Incentivos a la Contratación para Colectivos de difícil inserción, financiado con cargo al FDCAN (Línea Estratégica 3- Apoyo a la Empleabilidad).Anualidad 2019.
En a de de FIRMA (trabajador/a)
XXXXX XX - DOCUMENTO DE COMUNICACIÓN DE BAJA/SUSTITUCIÓN DE LA PERSONA TRABAJADORA
1. COMUNICACIÓN DE BAJA / SUSTITUCIÓN DE PARTICIPANTES
D./Dña. con DNI actuando en su propio nombre o como representante de la empresa , y en calidad de beneficiario en la “Convocatoria de Incentivos a la Contratación de Colectivos de Difícil Inserción. Eje 1 de la Línea Estratégica 3 “Apoyo a la Empleabilidad” del Fondo de Desarrollo de Canarias (FDCAN). Anualidad 2019”, comunica que el trabajador/a D./Dña contratado con fecha de inicio ha causado baja definitiva en fecha por los siguientes motivos:
y que
□ sí opta por cubrir la vacante generada, en los términos establecidos en la disposición novena de esta convocatoria, con la contratación efectuada en la fecha y en las condiciones que a continuación se relacionan:
Nombre y Apellidos del trabajador | Grupo de Cotización | Duración del contrato y Jornada | Tipo de Contrato | El destinatario cumple con los requisitos | ||
1-2 | Fecha inicio: | ☐ Contrato indefinido | Residente en Gran Canaria | |||
Desempleado Desempleados de larga duración1 Mujer Jóvenes menores de 30 años Mayores de 45 años Discapacidad igual o superior al 33 % Ninguno de los anteriores2 | ||||||
3-11 | Fecha fin: | ☐ Contrato temporal de duración igual o | ||||
Duración total: | superior a 6 meses. | |||||
Jornada: | ☐ Contrato temporal de duración igual o | |||||
superior a 3 meses e inferior a 6 meses. | ||||||
Completa | ||||||
Parcial-Porcentaje: | ||||||
(1) Desempleados de larga duración: personas inscritas como demandantes de empleo durante un período de al menos 360 días, ininterrumpidamente o no, en los 540 días inmediatamente anteriores a la fecha de su contratación.
(2) Personas que no pertenezcan a ningún colectivo de los anteriormente señalados y se encuentren en situación de desempleo un mínimo de 180 días ininterrumpidos anteriores a la fecha de su contratación. Sólo se subvencionará la contratación indefinida.
ADJUNTANDO LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
a) Documentación señalada en los puntos 8 al 17 de la disposición 11 C, para el trabajador sustituto.
b) Documento de reconocimiento de baja emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, del trabajador que ha cesado.
□ no opta por cubrir la vacante generada, adjuntando el documento b) del apartado anterior.
2. REDUCCIÓN DE JORNADA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 37 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES.
D./Dña. con DNI actuando en su
propio nombre o como representante de la empresa y en calidad de beneficiario en la “Convocatoria de Incentivos a la Contratación de Colectivos de Difícil Inserción. Eje 1 de la Línea Estratégica 3 “Apoyo a la Empleabilidad” del Fondo de Desarrollo de Canarias (FDCAN). Anualidad 2019”, comunica que se ha producido una reducción de jornada al trabajador/a contratado, de las previstas en el artículo 37 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, que lleva aparejada una disminución proporcional xxx xxxxxxx, quedando la contratación de la siguiente manera:
Nombre y Apellidos del trabajador | Grupo de Cotización | Duración del contrato y Jornada | Tipo de Contrato | El destinatario cumple con los requisitos | ||
1-2 | Fecha inicio: | ☐ Contrato indefinido | Residente en Gran Canaria | |||
Desempleado Desempleados de larga duración1 Mujer Jóvenes menores de 30 años Mayores de 45 años Discapacidad igual o superior al 33 % Ninguno de los anteriores2 | ||||||
3-11 | Fecha fin: Duración total: | ☐ Contrato temporal de duración igual o superior a 6 meses. | ||||
Jornada inicial: Jornada reducida: | ☐ Contrato temporal de duración igual o superior a 3 meses e inferior a 6 meses. |
(1) Desempleados de larga duración: personas inscritas como demandantes de empleo durante un período de al menos 360 días, ininterrumpidamente o no, en los 540 días inmediatamente anteriores a la fecha de su contratación.
(2) Personas que no pertenezcan a ningún colectivo de los anteriormente señalados y se encuentren en situación de desempleo un mínimo de 180 días ininterrumpidos anteriores a la fecha de su contratación. Sólo se subvencionará la contratación indefinida.
ADJUNTANDO LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
a) Documento de la Vida laboral de un afiliado, donde se plasme dicha reducción de jornada.
En , a de de 201 Fdo:
N
ANEXO VII - MEMORIA JUSTIFICATIVA
CONVOCATORIA DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN DE COLECTIVOS DE DIFÍCIL INSERCIÓN. EJE 1 DE LA LÍNEA ESTRATÉGICA 3 “APOYO X XX XXXXXXXXXXXXX” XXX XXXXX XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX (FDCAN). ANUALIDAD 2019.
SUBVENCIÓN CONCEDIDA | |||||||
ENTIDAD BENEFICIARIA (Nombre/Razón social) | NIF | Nº EXPEDIENTE | RESOLUCIÓN CONCESIÓN | IMPORTE CONCEDIDO | RESOLUCIÓN MODIFICACIÓN CONCESIÓN (en su caso) | IMPORTE RESOLUCIÓN MODIFICACIÓN CONCESIÓN (en su caso) | |
CONTRATACIÓN SUBVENCIONADA | |||||||
TRABAJADOR Nombre y apellidos NIF | COLECTIVO | MODALIDAD CONTRACTUAL | GRUPO COTIZACIÓN | JORNADA | TEMPORALIZACIÓN | ||
Desempleado de larga duración Mujer Joven menor de 30 años Mayor de 45 años Discapacidad igual o superior al 33 % Ninguno de los anteriores | ☐ Contrato indefinido ☐ Contrato temporal de duración igual o superior a 6 meses. ☐ Contrato temporal de duración igual o superior a 3 meses e inferior a 6 meses. | ☐ 1- 2 ☐ 3- 11 Otro: | ☐ Completa ☐ Parcial – Porcentaje: | Fecha inicio del contrato: Fecha fin del periodo mínimo exigible de mantenimiento de la contratación: Fecha fin del periodo mínimo subvencionable: Fecha fin del contrato: |
CONTRATACIÓN SUBVENCIONADA (Rellenar solo en caso de sustitución) | |||||
TRABAJADOR SUSTITUTO Nombre y apellidos NIF | COLECTIVO | MODALIDAD CONTRACTUAL | GRUPO COTIZACION | JORNADA | TEMPORALIZACIÓN |
Desempleado de larga duración Mujer Joven menor de 30 años Mayor de 45 años Discapacidad igual o superior al 33 % Ninguno de los anteriores | ☐ Contrato indefinido | ||||
☐ Contrato temporal de duración igual o superior a 6 meses. | ☐ 1- 2 | ☐ Completa | Fecha inicio del contrato: | ||
☐ Contrato temporal de duración igual o superior a 3 meses e inferior a 6 meses. | ☐ 3- 11 Otro: | ☐ Parcial – Porcentaje: | Fecha fin del contrato: |
RELACIÓN DE GASTOS | |||||
MES | AÑO | SALARIO BRUTO (A) | FECHA PAGO NÓMINA | SEGURIDAD SOCIAL CUOTA PATRONAL (B) | FECHA DE PAGO SS |
TOTAL | |||||
TOTAL GASTO LABORAL (C) = (A + B) |
RESUMEN DE LA JUSTIFCACIÓN | |
SUBVENCIÓN CONCEDIDA | |
SUBVENCIÓN MODIFICADA (En su caso) | |
TOTAL GASTO JUSTIFICADO (C) | |
IMPORTE REINTEGRADO (En su caso) | |
FECHA REINTEGRO (En su caso) | |
IMPORTE A REINTEGRAR |
D/Doña con DNI en nombre propio o en representación de
, en calidad de beneficiario de la subvención cuyos datos están descritos arri ba, DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
1. Que son ciertos los datos reflejados en este documento y corresponden a gastos efectuados como consecuencia directa y necesaria para la realización de la actividad objeto de la subvención.
2. Que la documentación justificativa de la aplicación de los fondos está disponible para cualquier acción de comprobación y control que se lleve a cabo por parte de la Entidad Colaboradora, el Cabildo Insular de Gran Canaria o la Administración de la Comunidad Autónoma Canaria.
En , a de de 2019.
Fdo:
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR TODOS LOS BENEFICIARIOS
☐ Informe de Datos para la Cotización- Trabajadores por cuenta ajena (IDC)
☐ Informe de plantilla media de trabajadores en alta emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
☐ Informe de vida laboral de un afiliado del destinatario final de la subvención, emitido por la Tesorería General de la Seguri dad Social.
☐ Carta de pago de los remanentes no aplicados, en su caso: Justificantes bancarios acreditativos de los reintegros efectuados.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS BENEFICIARIOS RESULTANTES DE LA TÉCNICA DE MUESTREO
☐ Informe de Datos para la Cotización- Trabajadores por cuenta ajena (IDC)
☐ Informe de plantilla media de trabajadores en alta emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
☐ Informe de vida laboral de un afiliado del destinatario final de la subvención, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
☐ Carta de pago de los remanentes no aplicados, en su caso: Justificantes bancarios acreditativos de los reintegros efectuados.
☐Nóminas.
☐ Recibo individual bancario donde conste la entidad ordenante y la persona destinataria del pago, el concepto (nómina/mes), el importe y la fecha de la operación o de valor de la transferencia.
☐ Recibos de liquidación de cotizaciones a la Seguridad Social (TC1) mecanizados o sellados por la entidad bancaria o recibo bancario acreditativo de los pagos de la Seguridad Social.
☐ Relación nominal de Trabajadores (RNT) por NAF (TC2 por NAF)
☐Modelo 111