CONTRATACIÓN DE LA GESTIÓN DE LAS INSTALACIONES SOLARES FOTOVOLTAICAS DEL PROYECTO SOLARÍZATE
CONTRATACIÓN DE LA GESTIÓN DE LAS INSTALACIONES SOLARES FOTOVOLTAICAS DEL PROYECTO SOLARÍZATE
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
REF: PCP-5685.82/15 Madrid, junio de 2015
1. ANTECEDENTES
El IDAE es una Entidad Pública Empresarial, adscrita al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través de la Secretaría de Estado de Energía.
Entre sus misiones está la promoción de la eficiencia energética y el uso racional de la energía en España, así como la diversificación de las fuentes de abastecimiento y la utilización creciente de las energías renovables.
El Proyecto SOLARÍZATE nace el 29 de enero de 2002, con la firma entre IDAE y Greenpeace de un Convenio de Colaboración para realizar instalaciones solares fotovoltaicas de generación de energía eléctrica en 52 centros de enseñanza pública (colegios, institutos y universidades).
IDAE se encarga de ejecutar, explotar, mantener y financiar cada una de las instalaciones, aplicando la fórmula de Financiación por Terceros. Las instalaciones se amortizan con la energía generada, tras lo cual el IDAE cederá su titularidad. En cualquier caso el plazo máximo de permanencia de IDAE es de 20 años.
En la Fase II, el Convenio contemplaba 50 nuevas instalaciones fotovoltaicas también de potencia 2,5 kWp. En este caso, se extiende a centros de titularidad pública, lo que posibilita la adhesión de otro tipo de centros además de los centros de enseñanza (como bibliotecas, casas de cultura, instalaciones municipales etc.).
El proyecto está formado por 79 instalaciones.
2. OBJETO DEL CONTRATO Y NORMATIVA APLICABLE
El objeto del presente expediente consiste en la contratación de los servicios de mantenimiento y gestión de las instalaciones solares fotovoltaicas del proyecto SOLARIZATE, durante un periodo de un año, ampliable a otro año adicional, de conformidad con lo previsto en el Pliego de Condiciones Técnicas.
En la interpretación del Contrato, en caso de conflicto entre los documentos que forman parte del mismo, estos tendrán la siguiente jerarquía:
1. El presente documento “Contratación de la gestión de las instalaciones solares fotovoltaicas del proyecto SOLARÍZATE”; pliego de condiciones particulares, con referencia PCP-5685.82/15 de fecha junio de 2015.
2. Pliego de Condiciones Técnicas para la “Contratación de la gestión de las instalaciones solares fotovoltaicas del proyecto SOLARÍZATE” de referencia: PCT-5685.82/15 y fecha junio de 2015.
3. Oferta del Adjudicatario.
Se entenderán como actividades propias de la asistencia técnica a realizar, las que se relacionan, en el Pliego de Condiciones Técnicas (PCT) que forma parte del contrato.
La contratación del presente servicio se regirá por lo establecido en la documentación del concurso, así como por las instrucciones de contratación de
IDAE que podrán consultarse en el perfil del contratante insertado en el sitio Web oficial de IDAE (xxx.xxxx.xx), así como el resto de disposiciones que resulten de aplicación de acuerdo con lo previsto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP, RDL 3/2011 de 14 de noviembre).
El conocimiento de las controversias que surjan en relación a la preparación, adjudicación, cumplimiento, efectos y extinción de los contratos formalizados corresponderá a los órganos judiciales del orden jurisdiccional civil (art. 21.2 TRLCSP).
3. TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
El presente servicio se adjudicará por procedimiento abierto mediante concurso y tramitación ordinaria de ofertas a tenor de lo previsto en las Instrucciones Internas de Contratación de este Instituto, al no igualar ni superar el valor estimado del contrato el umbral establecido en el artículo 16.1 b) del TRLCSP.
4. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Las proposiciones se presentarán en la sede de IDAE sita en la calle Madera, nº 8, 00000 Xxxxxx (entrega de paquetería X/ Xxx Xxxxx xx 7) y en el plazo señalado en el anuncio de licitación publicado en la Web de IDAE.
Cuando las proposiciones se envíen por correo deberán remitirse a la dirección indicada en el párrafo anterior, debiendo justificarse la fecha y hora de la imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax o telegrama en el que se consigne la clave, título completo del servicio y nombre del licitador. El fax o telegrama deberá haberse impuesto igualmente dentro del plazo fijado en el anuncio publicado. A efectos de justificar que el envío por correo se hace dentro de la fecha y hora señaladas para la admisión de proposiciones, se admitirá como medio de prueba, que en el fax o telegrama se haga referencia al número del certificado del envío hecho por correo.
Las empresas solicitantes, deberán ser personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, Entidades o Instituciones con personalidad jurídica propia, que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el art. 60 del TRLCSP.
Además de lo anterior, debe existir relación directa, entre sus actividades, fines o funciones y el objeto de la adjudicación, todo ello, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales.
5. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
Las proposiciones se compondrán de tres partes que se presentarán en sobres diferentes, haciendo constar en cada sobre, el objeto del concurso, el contenido y el nombre del licitador, de la forma siguiente:
5.1 SOBRE A: Documentación Administrativa y General
Incluirá el modelo de solicitud que se incorpora como Anexo I al presente documento y original y una (1) copia en formato electrónico de la siguiente documentación:
SECCIÓN I-A: Documentación administrativa y general
Solicitud de participación, conforme al modelo que se incorpora al presente documento como Anexo I: Modelo de solicitud, debidamente cumplimentada.
Acreditación de no hallarse incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración previstas en el artículo 60 de conformidad con lo establecido en el artículo 73 del TRLCSP, cuando no pueda realizarse mediante testimonio judicial o certificación administrativa, mediante declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado o mediante declaración responsable, según el modelo que se incorpora al presente documento como Anexo II.
Certificación que acredite la disposición de póliza de seguro vigente de responsabilidad civil por importe superior a los 400.000,00 €.
SECCIÓN II-A: Acreditación de la solvencia económica financiera.
La justificación de la solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse al momento de presentar su correspondiente propuesta, por los medios siguientes:
Informe de instituciones financieras.
Presentación de balance y cuenta de resultados de los tres últimos ejercicios presentadas en el Registro Mercantil o registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar sus cuentas en registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
Declaración relativa a la cifra de negocios global y de los servicios o trabajos realizados por el empresario, correspondientes al objeto del contrato, en el curso de los tres últimos ejercicios.
Si por razones justificadas un empresario no puede facilitar las referencias solicitadas, podrá acreditar su solvencia económica y financiera por cualquier otra documentación considerada como suficiente por IDAE.
SECCIÓN III-A: Acreditación de la solvencia técnica.
La solvencia técnica o profesional del empresario será apreciada teniendo en cuenta sus medios, conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que podrá acreditarse, al momento de presentar su propuesta, pudiendo complementarla con cualquiera otra documentación que permita valorar la capacidad técnica del solicitante.
Para ello en este apartado deberá aportar la siguiente documentación prestando especial atención a los límites máximos especificados en cada apartado:
1. Estructura y Organización:
Se aportará una presentación de la empresa ofertante en la que se describan las actividades principales que realiza, su organización de divisiones y/o departamentos, presencia a nivel nacional etc…
Máximo de 4 hojas a 1 cara en tamaño A4.
2. Infraestructura técnica y humana necesaria.
A tal efecto, se justificará adecuadamente la estructura necesaria que garantice presencia nacional en todas las comunidades autónomas (CC.AA.), bien con personal propio o a través de empresas colaboradoras, proporcionándose en este caso listado de las empresas colaboradoras propuestas por CC.AA. Para ello se dará cumplimiento a lo solicitado en el PCT.
3. Experiencia en trabajos similares
Relación de los proyectos más importantes que con alcances semejantes a los descritos en el Pliego de Condiciones Técnicas, permitan evaluar la capacidad de la empresa para realizar todas las actividades descritas en el PCT.
A tal efecto, se incluirá en la oferta una relación de estos trabajos con el nombre del trabajo, potencia gestionada, descripción de la actividad realizada por el interesado, presupuesto, fecha de realización y promotor, valorándose, entre otros, las referencias disponibles en el ámbito del territorio español. Para ello se utilizará el Modelo de declaración de trabajos similares del Anexo III. El IDAE podrá requerir la presentación de los contratos de estos trabajos para comprobar la veracidad de la información proporcionada.
La máxima antigüedad válida para estas referencias de trabajos será de 3 años. Máximo de 6 hojas a 1 cara en tamaño A4.
4. Subcontrataciones previstas:
Indicación de la parte del contrato que el empresario tendría eventualmente el propósito de subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización.
SECCIÓN IV-A: Garantía provisional.
No se exige la constitución de garantía provisional para la participación en este proceso de Adjudicación.
La solvencia tanto económico-financiera como técnica de las uniones temporales o las agrupaciones de empresas será apreciada teniendo en cuenta la solvencia de cada una de las empresas que formen parte de las mismas, no integrándose ésta salvo para aquellos supuestos de disponibilidad de medios personales y materiales necesarios para la ejecución del contrato.
El Departamento de Contratación, Compras y Servicios de IDAE, podrá recabar de los empresarios licitantes aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados en aplicación de los apartados anteriores o requerir la presentación de otros complementarios.
5.2 SOBRE B: Oferta Técnica
Contendrá original, una (1) copia en soporte papel y otra copia adicional en soporte informático (en caso de diferencias prevalecerá el soporte papel) de la documentación descrita en el PCT según la estructura referida en dicho PCT.
En este sobre se incluirá la documentación técnica sujeta a valoración para la presente adjudicación, y que describa cómo propone el ofertante cumplir con el alcance de los servicios a prestar descritos en el punto 3 del PCT.
Para ello, se incluirán en el SOBRE –B los contenidos especificados en el punto 4. del PCT estructurados según en él se indica, de forma que se asegure que los contenidos en él relacionados están presentes en la oferta técnica.
Se incluirá adicionalmente cualquier otra información que el proponente juzgue conveniente para la valoración de la propuesta de acuerdo con los criterios objetivos señalados en el presente pliego.
5.3 SOBRE C: Oferta económica
Contendrá un original, una (1) copia en soporte papel y otra adicional en soporte informático (en caso de diferencias prevalecerá el soporte papel) de la siguiente documentación.
SECCIÓN I-C: Propuesta económica. Conocimiento y aceptación.
Se incluirán los precios unitarios (IVA excluido) por los que el proponente se compromete a dar el servicio de acuerdo con el alcance y prestaciones incluidas en los Pliegos de Condiciones
La proposición económica se presentará redactada conforme al Modelo de proposición económica incluido en Anexo IV del presente pliego, debiendo incluirse claramente cualquier condición o término no habitual de aplicación al precio ofertado en caso de que lo hubiera. Se detallará el importe correspondiente al primer periodo de un año, así como el precio ofertado para la eventual prórroga por otro periodo de un año adicional.
De forma adicional, deberá incluirse, de acuerdo con lo establecido en el pliego de especificaciones técnicas, la oferta de precios de administración para trabajos de mantenimiento correctivo que pudiera solicitar IDAE.
Los precios se consignarán suponiendo incluidos todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son los generales, financieros, de personal, materiales, beneficio, etc.
El servicio se abonará mediante ocho (8) pagos trimestrales iguales, a trimestre vencido de prestación.
Los pagos se realizarán en un plazo no superior a 60 días desde la presentación de la correspondiente factura si esta resulta de conformidad.
6. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN. DETERMINACIÓN DEL PRECIO DEL CONTRATO.
El presupuesto máximo de gasto disponible para el contrato asciende a la cantidad de cuarenta y un mil cuatrocientos euros (41.400,00 €), más el I.V.A. correspondiente, y del mismo importe en caso de prórroga, con la siguiente distribución:
Gestión de instalaciones (unitario) | 600 € por instalación y año |
Presupuesto máximo de licitación para las 69 instalaciones a gestionar | 41.400 €/año |
Todos los gastos que se deriven de la explotación, operación y mantenimiento de las 69 instalaciones correrán por cuenta del adjudicatario. De esta manera, se encuentran incluidos en este importe los gastos derivados de las actividades de mantenimiento preventivo, visita de detección de avería, mano de obra de reparaciones de mantenimiento correctivo, visitas de resolución de avería y desplazamiento a las instalaciones y gastos por actividades de gestión y seguimiento de la operación y producción.
El contrato tendrá una vigencia de un año desde el momento de su firma, existiendo la posibilidad de renovación por otro periodo adicional de un año, a juicio de IDAE y siempre que el servicio se siguiera considerando necesario, el servicio se hubiera prestado de forma satisfactoria y no hubiera variación en los precios del mismo, lo que será acordado, en todo caso, por el órgano de contratación.
Está previsto el inicio de la prestación para el día 23 de julio de 2015.
Los oferentes deberán valorar el coste de sus servicios de acuerdo al alcance y condiciones establecidos en los documentos que forman parte de la convocatoria, teniendo presente que el precio que determine para la prestación de sus servicios será fijo y no podrá sufrir revisión alguna durante la ejecución del contrato. Dicho precio comprenderá la total ejecución y perfecta realización de los trabajos descritos en los documentos contractuales, compensando, además, todos los imprevistos que pudieran resultar de la naturaleza de los servicios a prestar. Asimismo, se incluyen en el precio la realización de todos aquellos trabajos que, aunque no estén expresamente especificados en los documentos contractuales, y sin separarse xxx xxxxxxxx general de los mismos, sean indispensables para la correcta y total ejecución del objeto del contrato.
A todos los efectos se entenderá que en las ofertas que se presenten estarán incluidas todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son los generales, financieros, beneficio, seguros, honorarios de personal técnico, comprobaciones y ensayos, tasas, visados, emisión de certificados y toda clase de tributos, con la excepción del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
Para atender las obligaciones económicas que se derivan por el cumplimiento del correspondiente contrato, existe crédito suficiente en el Presupuesto de gasto de IDAE, con cargo al proyecto nº 5685. Cualquier posible ampliación de trabajos, respecto a los incluidos en este contrato, queda condicionada a la aprobación por parte de IDAE, previamente a su ejecución, de presupuesto suficiente y formalización del correspondiente contrato de modificación y sólo será posible en el caso de justificarse suficientemente la concurrencia de alguno de los supuestos previstos en el artículo 107.1 del TRLCSP.
Los ofertantes presentarán su mejor oferta a este presupuesto máximo fijado.
7. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Asimismo, se indicará en el anuncio, el lugar en que se deberán presentar las propuestas.
8. APERTURA Y EXAMEN DE PROPUESTAS
La apertura de proposiciones se realizará por parte del Departamento de Contratación, Compras y Servicios de IDAE.
En primer lugar se dará apertura al sobre “A” de documentación administrativa. En el caso de que del análisis de la documentación administrativa se detectara alguna deficiencia subsanable, será puesto en conocimiento de la empresa afectada disponiendo de un plazo máximo de 3 días para subsanar. En el caso de que alguna de las propuestas fuera descartada por presentar deficiencias en esta documentación administrativa, o no cumplir con los requisitos establecidos en los pliegos, este hecho será puesto en conocimiento del interesado poniendo la documentación presentada a su disposición para que proceda a su retirada.
Seguidamente se abrirán las ofertas técnicas (sobre "B") de las empresas admitidas, procediendo a su análisis por parte de los servicios especializados de IDAE, conforme a los criterios establecidos en los pliegos.
Finalmente se abrirán las ofertas económicas (sobre “C”) de las empresas que han sido admitidas, procediendo a su análisis por parte de los servicios especializados de IDAE, conforme a los criterios establecidos en los pliegos.
9. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
Una vez llevados a cabo los análisis y trabajos relacionados en el anterior punto 8 y los correspondientes informes, y determinada la oferta más ventajosa para el Instituto, se notificará tal circunstancia al oferente responsable de la propuesta para que en el plazo de CINCO (5) DÍAS hábiles, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la solicitud aporte la siguiente documentación:
Para los empresarios individuales, será obligatoria la presentación de la fotocopia legitimada notarialmente o compulsa administrativa del Documento Nacional de Identidad o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
Los empresarios que fueran personas jurídicas, y en lo que les afecte a los individuales, deberán presentar los siguientes documentos:
Escritura de constitución y estatutos sociales, así como sus posibles modificaciones, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, habrá de presentarse escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
Fotocopia autenticada de la Tarjeta de Identidad Fiscal.
Documento que acredite suficientemente las facultades de representación del firmante de la proposición.
Cuando se trate de empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su inscripción en un registro
profesional o comercial cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con certificación expedida por la Embajada de España en el Estado correspondiente.
En el caso de empresas extranjeras no comunitarias deberán aportar los documentos que acrediten las condiciones exigidas en el artículo 72 del TRLCSP.
Los empresarios extranjeros deberán aportar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
Justificantes de estar al corriente de las obligaciones tributarias: alta en el I.A.E. en el epígrafe que corresponda a su actividad así como último recibo, certificado de estar al corriente de pagos con la Hacienda Pública y con la seguridad social de los trabajadores.
IDAE podrá contratar con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. No obstante, deberá aportarse declaración firmada por persona responsable de todas las empresas a incluir en la futura U.T.E. en la que se detallen los porcentajes de participación de cada empresa y se designe un interlocutor único ante IDAE durante el proceso de adjudicación.
Dichos empresarios quedarán obligados solidariamente ante IDAE y deberán nombrar un representante o apoderado de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
El Comité de Adjudicaciones, tras solicitar los informes técnicos que estime oportunos, elevará al órgano de contratación, que a los efectos del presente expediente es el Director General de IDAE, la propuesta de adjudicación que juzgue conveniente, acompañada de la documentación que pudiera haberse generado en sus actuaciones.
En el caso de que la propuesta señalara a algún empresario, como elegido para ser adjudicatario de los servicios, aquélla no creará derecho alguno en favor de dicho empresario, el cual no lo adquirirá hasta que se le haya adjudicado el contrato, por acuerdo del Órgano de Contratación.
IDAE tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato a la proposición que alcance mayor puntuación mediante la aplicación de los criterios establecidos en el punto 10, o declarar desierto el concurso, motivando su resolución con referencia a los criterios de adjudicación de concurso que figura en este pliego.
10. REQUISITOS Y CRITERIOS
Para la selección de la empresa adjudicataria del contrato de gestión de las instalaciones solares fotovoltaicas del proyecto SOLARIZATE, se atenderá a los criterios de valoración siguientes:
Quedarán excluidas las empresas que no cumplan los siguientes requisitos, procediéndose por tanto a la devolución de sus ofertas:
a) Deberá existir relación directa, entre las actividades, fines o funciones del oferente y el objeto de los servicios a realizar en virtud de la presente convocatoria, todo ello, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales.
b) Las que no den cumplimiento a los requisitos que se establecen en el punto
5.1 anterior, en lo referente a no estar incurso en prohibición de contratar.
c) Haber realizado o participado en la Gestión de Instalaciones Solares FV, con alcances semejantes a los descritos en el Pliego de Condiciones Técnicas.
d) Las que no acredite estar en disposición de la infraestructura técnica y humana necesaria para llevar a cabo la gestión en todas las CC.AA.
e) Las que no den cumplimiento a los requisitos o a la disponibilidad del equipo mínimo detallado en el Pliego de Condiciones Técnicas.
f) Deberá acreditarse la disposición de solvencia técnica, capacidad y medios suficientes para el desarrollo de los servicios objeto del contrato, en instalaciones multidisciplinares que incluya, al menos, las siguientes especialidades:
- Generación eléctrica.
- Operación y Mantenimiento de instalaciones solares fotovoltaicas conectadas a red de más de 100kW.
- Electricidad y electrónica.
g) Deberá acreditarse la disposición de póliza de seguro de responsabilidad civil de la empresa por importe superior a los 400.000,00 €.
Se determina asimismo, que la solvencia técnica mínima necesaria para poder acometer los trabajos con garantías requiere que el oferente disponga de referencias en la realización de trabajos similares en los últimos tres (3) años para instalaciones fotovoltaicas con equipamiento equivalente. Quedarán excluidas las empresas que no dispongan de las citadas referencias, procediéndose a la devolución de sus ofertas.
Por considerarse que en el objeto del contrato concurre lo establecido en el art. 150.3.c) y d), del TRLCSP la adjudicación recaerá en la oferta que, alcance la mayor puntuación de acuerdo con los siguientes criterios:
1. Calidad técnica de la oferta: Con una ponderación de 70 puntos sobre 100, con el siguiente desglose:
Puntos máximos | |
Calidad de los medios personales y materiales | 30 |
Adecuación del alcance y la metodología del trabajo | 20 |
Planificación y plazos | 5 |
Calidad, profundidad y nivel de detalle de los informes de mantenimiento y seguimiento | 10 |
Mejoras en la Oferta | 5 |
2. Precio ofertado. Con una ponderación de 30 puntos sobre 100.
Las ofertas por importe máximo superior al presupuesto máximo disponible serán descartadas.
Para la valoración de la oferta económica se asignará la puntuación máxima de TREINTA (30) puntos a la oferta más económica de las aceptadas. A las demás ofertas económicas aceptadas se les asignará la puntuación según la siguiente fórmula:
−
siendo:
= 30 − 30 (
)
Nota:
P = Puntuación final del licitador.
O = Precio de referencia del licitador.
Om = Precio mínimo de las ofertas presentadas en cada lote.
Se asignará valor cero en los casos en que la fórmula dé como resultado un valor negativo.
En caso de recibirse más de tres (3) ofertas, podrán tener la consideración de ofertas con valores anormales o desproporcionados, y serían eventualmente descartadas, aquéllas que presenten un presupuesto total para la ejecución de los trabajos que resulte inferior en más de un veinticinco por ciento (25%) a la media de todas las ofertas admitidas.
11. CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS DEFINITIVAS
La constitución de garantía definitiva, por parte del adjudicatario del contrato, se llevará a cabo en forma de un aval bancario, conforme al Modelo de aval bancario del ANEXO V que se adjunta, y por un importe equivalente al 5 por 100
(5%) del importe total de adjudicación, dicho aval deberá estar en poder de IDAE con carácter previo a la firma del contrato correspondiente.
El adjudicatario podrá optar por la retención de un importe similar al establecido como garantía definitiva, de la primera facturación.
La garantía responderá de las penalizaciones que pudieran corresponder al adjudicatario en razón de la deficiente ejecución del contrato, retrasos, así como de todas y cada una de las obligaciones derivadas del mismo, de los gastos originados a IDAE por demora en el cumplimiento, y de cualesquiera daños y perjuicios ocasionados a éste con motivo de la ejecución contrato.
La garantía definitiva no será cancelada, y por tanto devuelto al adjudicatario el aval entregado, hasta que se haya cumplido satisfactoriamente el contrato.
12. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El adjudicatario queda obligado a suscribir, dentro del plazo de quince (15) días naturales a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación, el documento de formalización del contrato.
Cuando el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios, dentro del mismo plazo y con anterioridad a la firma del contrato, deberá aportar escritura pública de constitución como tal.
Formarán parte del contrato este Pliego de Condiciones Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas, con este orden de prelación.
El contrato se podrá formalizar en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento.
Si por causa imputable al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, IDAE podrá acordar la resolución del mismo, siendo trámite necesario la audiencia del interesado. En tal supuesto, procederá la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados así como la incautación del aval. En este contexto, el órgano de contratación podrá adjudicar el contrato al licitador que hubiera hecho la siguiente oferta económicamente más ventajosa, siempre que preste su conformidad. En el caso de que no prestase su conformidad o no se pudiera adjudicar el contrato por causa imputable a dicho licitador, se podrán realizar sucesivos ofrecimientos a los restantes licitadores, siguiendo el orden de puntuación obtenido.
13. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, aquellas otras condiciones de ejecución que se determinen con el adjudicatario y se establezcan en el correspondiente contrato, observando fielmente la metodología técnica que se concreta en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para IDAE o para cualesquiera terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. El contratista se obliga a prestar los servicios especificados, en el lugar indicado, utilizando para ello los medios humanos y materiales que sean necesarios y que garanticen la calidad técnica de los servicios prestados. En este sentido, el Adjudicatario designará al inicio del Contrato el equipo de trabajo, con cualificación necesaria y nombrará un responsable único en relación con IDAE, no pudiendo sustituir a estas personas salvo razones de fuerza mayor o expresa petición de XXXX.
Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, a cualesquiera terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. A tal efecto deberá tener contratada y mantener en vigor póliza de seguros de responsabilidad civil que cubra los eventuales riesgos por cuantía suficiente.
El contratista deberá contratar al personal preciso para atender a sus obligaciones. Dicho personal dependerá exclusivamente del contratista, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de patrono y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, referidas al propio personal a su cargo, sin que en ningún caso pueda alegarse derecho alguno por dicho personal en relación con IDAE, ni exigirse a éste responsabilidades de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre el contratista y sus empleados. En ningún caso, el desarrollo del trabajo en la sede o en dependencias del IDAE, supone la existencia de relación laboral entre IDAE y el personal asignado por el Adjudicatario a la realización de los trabajos.
El contratista asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato en caso de concertar con terceros la realización parcial del mismo, para lo cual deberá recabarse la previa y expresa conformidad de IDAE tanto en lo que se refiere a la empresa subcontratada como respecto del subcontrato a celebrar.
El contratista queda obligado al cumplimiento de prestación del servicio durante en las condiciones estipuladas en el Pliego de Condiciones Técnicas. En caso de incumplimiento en la prestación del servicio, IDAE podrá imponer al adjudicatario penalizaciones por este motivo.
El contratista garantizará en todo caso a IDAE toda reclamación de tercera persona fundada en la actividad de aquél.
Si para el desarrollo de los trabajos, el Adjudicatario o su equipo técnico debiera asistir a reuniones, visitar instalaciones u organismos o asumir la representación de IDAE, por encargo de éste, frente a terceros, pondrá especial cuidado en las relaciones y actuará en todo momento cumpliendo las instrucciones recibidas de IDAE.
El contratista estará obligado a rehacer sin cargo cualesquiera estudios, cálculos o trabajos realizados y que resulten ser incorrectos o no adecuados al fin pretendido.
La totalidad de la información y documentación generada será entregada a IDAE en edición original y formato electrónico apto para PC-compatible, si así fuera requerido.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
14. RESPONSABILIDAD CIVIL
El contratista garantizará en todo caso a IDAE cualquier reclamación de tercera persona fundada en la actividad de aquél, siendo responsable de todo daño o perjuicio que se cause a terceras personas o cosas durante la realización de los servicios, y que le sea imputable, debiendo reparar o indemnizar los daños causados, sin que le sea exigible responsabilidad alguna a IDAE.
El adjudicatario deberá tener contratado y mantener en vigor durante toda la vigencia del contrato un seguro de responsabilidad civil que cubra suficientemente todas las eventualidades que se pudieran derivar de la actividad que desarrolle la empresa adjudicataria.
15. VIGENCIA Y CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS
El periodo de duración del contrato será de DOCE (12) MESES, siempre de acuerdo con las condiciones establecidas en la documentación de concurso, existiendo la posibilidad de renovación por otro periodo adicional de un año.
El contratista queda obligado al cumplimiento de prestación del servicio durante el periodo establecido y en las condiciones establecidas en los pliegos y en la oferta presentada por el adjudicatario.
Cualquier incidencia en la planificación que supusiera que el contrato no fuera operativo de acuerdo con los plazos que se establezcan, se considerará incumplimiento grave y podrá suponer la resolución automática del contrato, sin perjuicio de otras medidas que pudiera adoptar el IDAE.
Si los trabajos realizados no se ajustan a los requisitos establecidos en el presente pliego o en el de condiciones técnicas, en su caso, XXXX ordenará por escrito al contratista corregir o completar las partes que estime necesario, haciendo constar en dicho escrito el plazo que para ello se fije, sin perjuicio de la imposición de las penalizaciones por incumplimiento de plazo si a ello hubiera lugar. Por otro lado si se advierten vicios o defectos en el trabajo realizado, IDAE podrá rehusar los que no estime satisfactorios.
En caso de incumplimiento imputable al contratista, IDAE podrá imponer las penalizaciones que correspondan para lo cual, podrá hacer efectiva la garantía disponible. El importe de la penalización será del 0,2 % del importe contratado por cada día de retraso en la conclusión de los trabajos. Dichas penalizaciones se harán
efectivas mediante su deducción de los pagos que proceda realizar al contratista o con cargo a la garantía por él constituida.
Cuando las penalizaciones por demora alcancen el 5 por 100 del importe del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalizaciones.
Esta misma facultad tendrá el IDAE respecto al incumplimiento por parte del contratista de los plazos de ejecución parciales o cuando la demora en el cumplimiento de aquéllos haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total.
La imposición de penalizaciones, o pérdida de garantías, no excluye la indemnización de daños y perjuicios a que pueda tener derecho IDAE.
La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa por parte de IDAE.
16. REGLAS ESPECIALES RESPECTO DEL PERSONAL DE LA EMPRESA CONTRATISTA
Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en los pliegos, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte del IDAE del cumplimiento de aquellos requisitos.
La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio, informando puntualmente al IDAE de cualquier cambio que pudiera ser requerido por circunstancias extraordinarias e imprevistas.
La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.
La empresa contratista velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del contrato.
La empresa contratista estará obligada a ejecutar el contrato en sus propias dependencias o instalaciones salvo que el pliego de condiciones técnicas establezca la prestación de los servicios en las dependencias del IDAE. En este último caso, el personal de la empresa contratista ocupará exclusivamente los espacios de trabajo habilitados al efecto por IDAE, debiendo velar por la conservación y correcta utilización de los medios que, de acuerdo a lo establecido en el pliego de condiciones técnicas, el IDAE ponga a su disposición, siendo responsable de su correcto uso y conservación. En este caso, el personal del adjudicatario asignado al servicio deberá vestir uniforme o distintivos que lo identifiquen.
La empresa contratista deberá designará un coordinador técnico o responsable, que deberá pertenecer a su propia plantilla, que tendrá, aparte de las funciones que se establezcan en el resto de documentos contractuales, las siguientes obligaciones:
a) Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente al IDAE, canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, de un lado, y el responsable de los servicios por parte del IDAE, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato.
b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado.
c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.
d) Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la empresa contratista con el responsable del servicio por parte del IDAE, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio.
e) Informar al IDAE acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.
17. RESPONSABILIDAD LABORAL
La empresa contratista, como empresario en concepto de empleador de su personal, es responsable del cumplimiento de las Normas Laborales y de Seguridad Social vigentes, amparando al IDAE y dejándolo a salvo de cualquier reclamación, eventualidad, incidencia o actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. En ningún caso el otorgamiento de este Contrato, supone la existencia de relación laboral entre IDAE y el personal asignado por la empresa contratista para la realización de los trabajos.
La empresa contratista se hará cargo de cualquier pérdida para IDAE, responsabilidad o multas, proveniente de un incumplimiento de cualquier
disposición en materia laboral, o reclamación de los empleados de la empresa contratista relacionada con la ejecución del Contrato.
18. GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DE CONTRATISTA
Serán por cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de los anuncios legalmente previstos en la TRLCSP si los hubiere, así como los de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública.
19. ABONO DE LOS TRABAJOS
El contratista tendrá derecho al abono del trabajo que realmente realice con arreglo a los precios convenidos mediante presentación de la correspondiente factura conforme a los hitos de pago establecidos en contrato.
Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria dentro del plazo de 60 días desde la recepción de la factura correspondiente, si dicha factura fuera conforme y adecuada al calendario de pagos establecido.
20. RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS
Una vez concluidos los trabajos objeto del contrato, si se considera que los mismos reúnen las condiciones debidas, el contratista podrá solicitar el levantamiento de la correspondiente acta de recepción suscrita por ambas partes.
Si los trabajos o servicios no reunieran las condiciones necesarias para proceder a su recepción, se indicarán por escrito al contratista, las instrucciones oportunas para que subsane los defectos observados y cumpla sus obligaciones en el plazo que para ello se fije. El incumplimiento de dichas instrucciones, sin motivo justificado, será causa de rescisión con pérdida de la garantía.
21. DERECHOS DE PROPIEDAD
La propiedad de la documentación, que se obtenga y elabore, como resultado de los trabajos realizados, corresponderá a IDAE, no pudiendo por tanto el Contratista ceder, transmitir o divulgar dicha documentación sin permiso expreso de IDAE. La totalidad de la información y documentación generada será entregada a IDAE en edición original.
La información que IDAE pueda facilitar al Contratista para la realización de los trabajos o a la que éste pueda acceder durante la realización de los mismos tendrá el carácter de confidencial, comprometiéndose el Contratista a no hacer uso de la misma para un fin distinto de la realización de los trabajos objeto del presente Contrato.
El Contratista deja a salvo a IDAE en cuanto al uso de los resultados de los servicios contratados en lo que se refiere a propiedad intelectual o industrial, amparándole y soportando los gastos derivados de cualquier reclamación o litigio por estas causas.
Los derechos de autor de los trabajos objeto de este Contrato, se entenderán cedidos a favor de IDAE, pudiendo IDAE, por tanto, difundir o aprovechar para cualquier medio de información, comunicación pública o reproducción, en cualquier lugar del mundo y sin límite temporal, los resultados o suministros de este Contrato.
22. CONFIDENCIALIDAD
Tanto la información aportada para el adecuado desarrollo del contrato, como la generada por el propio adjudicatario dentro de los trabajos incluidos en el mismo tendrán el carácter de CONFIDENCIAL, no pudiendo ser facilitada a terceros sin el consentimiento expreso y por escrito de XXXX. En caso de incumplimiento de esta cláusula de confidencialidad, el IDAE podría proceder a la resolución automática del contrato, todo ello sin perjuicio de otras medidas que considerara adecuadas al carácter y consecuencias del incumplimiento.
23. IDIOMA
El idioma de trabajo será el castellano, por lo que toda la documentación que se genere durante el desarrollo de los trabajos objeto de este contrato, deberá estar en este idioma.
24. NORMAS COMPLEMENTARIAS
La dirección e inspección por parte de IDAE de los trabajos a realizar por el adjudicatario, corresponderá al Departamento Solar, dependiente de la Dirección de Energías Renovables de este Instituto, los cuales, podrán dirigir instrucciones al adjudicatario siempre que no supongan modificaciones de la prestación no autorizadas, ni se opongan a las disposiciones en vigor o a las cláusulas del presente Pliego y demás documentos contractuales.
25. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto, de conformidad con lo establecido en los documentos contractuales a satisfacción de IDAE.
26. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBROGACIÓN
El adjudicatario no podrá ceder o transferir a terceros, ni subrogar a persona alguna, en todo o en parte, los derechos y obligaciones dimanantes del presente Contrato, sin autorización previa por escrito de IDAE.
En el caso de que el adjudicatario subcontratara parte de los trabajos objeto de este contrato, dichas subcontrataciones deberán ser conocidas y aprobadas por IDAE, siendo en todos los casos el adjudicatario, quien asume la total responsabilidad de la ejecución de los trabajos, tanto los desarrollados por él como por sus subcontratados.
En todo caso, el adjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por escrito a IDAE la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de éste para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia. La acreditación de la aptitud del subcontratista podrá realizarse inmediatamente después de la celebración del subcontrato si ésta es necesaria para atender a una situación de emergencia o que exija la adopción de medidas urgentes y así se justifica suficientemente.
Las prestaciones parciales que el adjudicatario podrá, en su caso, subcontratar con terceros no podrán exceder de un porcentaje del 50% del importe de adjudicación.
27. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
El Contrato se extinguirá por conclusión y cumplimiento del mismo o por resolución. Son causas de resolución del Contrato las siguientes:
El incumplimiento de las obligaciones esenciales contenidas en el mismo o en caso de reiterado incumplimiento de cualquier obligación contractual.
Incumplimiento por el Adjudicatario de los plazos de ejecución o entrega.
La muerte del contratista individual.
La extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratada o en el caso de Uniones Temporales de Empresas, la disolución de las mismas.
El cese o suspensión por parte del adjudicatario de sus actividades.
La solicitud de declaración de concurso, por parte de cualquiera de los sujetos legitimados a que hace referencia el artículo 3 y concordantes de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
Pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar con la administración.
El mutuo acuerdo del IDAE y el adjudicatario. Esta causa solo podrá tener lugar cuando no concurra otra causa de resolución imputable al adjudicatario.
La falta de prestación por la adjudicataria de las garantías establecidas en el contrato.
Salvo en el caso de mutuo acuerdo, la resolución por cualquiera de los motivos indicados en el punto 26.1. precedente implicará la ejecución de los avales que se hubieran prestado y la devolución de las cantidades recibidas a cuenta por el Adjudicatario, que serán devueltas con su interés igual al preferencial para préstamos o créditos a tres años, de los tres mayores bancos, que se acreditará mediante certificación del Banco de España.
IDAE podrá resolver el Contrato unilateralmente mediante comunicación escrita, en caso de incumplimientos que superen:
el 2% del tiempo de prestación anual previsto de forma continuada,
el 5% del citado tiempo de prestación anual previsto de forma discontinua en un mismo mes, ó
el 7% de dicho tiempo previsto de forma acumulada.
La resolución del contrato dará derecho al Adjudicatario a percibir sólo el precio de los estudios, informes, proyectos, trabajos o servicios que efectivamente hubiese realizado con arreglo al Contrato, y que hubiesen sido recibidos por el IDAE, descontando las penalizaciones que le fueran aplicables, todo ello sin perjuicio de las reclamaciones que IDAE pudiera realizar por posibles daños y perjuicios.
IDAE podrá resolver el Contrato unilateralmente, en cualquier momento, mediante comunicación escrita, en el caso de que por acontecimientos sobrevenidos que afecten a la instalación fotovoltaica, se estimara que los servicios contratados dejaran de ser precisos, notificando tal circunstancia al adjudicatario con un preaviso mínimo de UN (1) MES.
IDAE podrá resolver el Contrato, mediante comunicación escrita, en caso de incumplimiento de las obligaciones designadas como esenciales en el mismo, o en caso de reiterado incumplimiento de cualquier otra obligación contractual.
28. JURISDICCIÓN APLICABLE
Las partes, con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderle, si fuera otro, se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales y Juzgados de Madrid capital para la resolución de cualquier controversia que pudiera surgir en la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente Contrato.
29. ANEXOS
ANEXO I: MODELO DE SOLICITUD
XXXXX XX: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
ANEXO III: MODELO DE DECLARACIÓN DE TRABAJOS SIMILARES
ANEXO IV: MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA y DECLARACIÓN DE CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN
ANEXO V: MODELO DE AVAL BANCARIO
ANEXO I: MODELO DE SOLICITUD
D/Dña. , en representación de
con C.I.F.
, en calidad de , solicita su participación en el concurso para la contratación de la gestión de las instalaciones solares fotovoltaicas del proyecto SOLARIZATE.
Datos de contacto de la empresa solicitante
Persona de Contacto: | |
Cargo en la empresa: | |
Dirección completa: | |
Teléfono: | |
Fax: | |
Correo-e: |
(Firma y sello de la empresa)
ANEXO II: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES DE CONTRATAR QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 60 del TR DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO
D/Dña. , con DNI en representación de con C.I.F. y domicilio en ,
DECLARO RESPONSABLEMENTE:
Que ni el firmante de la declaración, ni la persona física/jurídica a la que represento, ni ninguno de sus administradores o representantes, se hallan incursos en supuesto alguno a los que se refiere el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, hallándose, la persona física/jurídica representada, al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Que existe relación directa entre las actividades, fines o funciones de la persona jurídica a la que represento y el objeto de la adjudicación, según resulte consta en los estatutos de la misma.
Asimismo me comprometo a aportar los certificados y documentos requeridos por los artículos 151.2 del TR de la LCSP, así como la garantía definitiva que corresponda, en el plazo máximo de 10 días hábiles a partir del siguiente a aquel en que se produzca el requerimiento por parte del IDAE en tal sentido, en el caso de resultar propuesto como adjudicatario.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente en
, a _ , de de 2015.
A la atención de: Sr. Director General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)
ANEXO III: MODELO DE DECLARACIÓN DE TRABAJOS SIMILARES
Proyecto | Potencia | Actividad realizada | Presupuesto | Ubicación | Fechas | Promotor/titular |
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ANEXO IV: MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA y DECLARACIÓN DE CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN
D/Dña.………………………………………………………………………………..., con DNI en
representación de la empresa ………………………………………………………………………. con CIF.
…………………………………………, en calidad de ……………………………………………., declara conocer y aceptar íntegramente toda la documentación que forma parte del presente concurso, formada por:
1.- Contratación de la gestión de las instalaciones solares fotovoltaicas del proyecto SOLARIZATE, Pliego de Condiciones Particulares con referencia PCP 5685.82/15 y fecha junio de 2015.
2.- Contratación de la gestión de las instalaciones solares fotovoltaicas del proyecto SOLARIZATE, Pliego de Condiciones Técnicas con referencia PCT 5685.82/15 y fecha junio de 2015.
Igualmente, se compromete, en caso de resultar adjudicatario, a ejecutar el citado contrato por los precios siguientes:
El primer periodo de un año, por un importe de
(nota: el precio se consignará sin I.V.A. en números y letras), más el I.V.A. correspondiente.
En caso de prórroga por un año adicional, por un importe de
€, más el
I.V.A. correspondiente.
Todo ello de acuerdo a la siguiente forma de pago:
Descripción del hito de pago importe asignado
Único A la realización de los trabajos, mediante facturas trimestrales, a trimestre vencido, todas ellas por igual importe 100% s/importe total adjudicado
Igualmente se compromete a mantener durante la vigencia del contrato las siguientes condiciones de precios por administración para trabajos extraordinarios:
CONCEPTO | PRECIO |
Y para que conste firma el presente en .......................... a ...... de ...... de ........
Fdo:
(Firma del representante y sello de la empresa)
ANEXO V: MODELO DE AVAL BANCARIO
El BANCO ..........................................., con domicilio en de
............., representado por D. , con poderes
suficientes para obligarse en este acto, se constituye, tan ampliamente como en derecho se requiera, ante el INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA (IDAE),
con domicilio en calle Madera número 8 de Madrid y C.I.F. Q-2820009-E, en fiador solidario de la entidad ............................................... con domicilio social en
....................................., y C.I.F. , hasta la cantidad que constituye
límite máximo del compromiso que por el presente adquiere, por importe de
............................ Euros, y en garantía del cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que se derivan del contrato con referencia para
…………………..………………………….. suscrito con el INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA. El presente Xxxx tendrá validez, hasta su devolución por parte de IDAE conforme a lo previsto en el pliego de condiciones particulares del concurso.
El BANCO como entidad fiadora, renuncia expresamente a cualquier
beneficio que pudiere corresponderle y muy especialmente a los de orden, división y excusión comprometiéndose a atender, a primer y simple requerimiento, todas las peticiones que el INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA le
realice con respecto a este aval, abonándole los importes que el mismo pudiere solicitar, bastando para ello que se lo comunique fehacientemente por escrito. La atención a la petición, se realizará sin oponer dicha entidad fiadora, excusa alguna, incluyendo la oposición del avalado, en relación con la ejecución del presente AVAL.
El firmante de este Aval está debidamente autorizado, en virtud de la escritura pública de apoderamiento otorgada ...................................................................................., para
obligar en la forma y términos antes expuestos a su mandante: el BANCO
.............................................., siendo ésta una de las operaciones que, a tenor del artículo de sus Estatutos, puede realizar legalmente.
El presente Aval ha sido inscrito con fecha .................... en el Registro Especial de Avales (o Garantías) de esta entidad con el número ................
En .............................., a ........ de ................................ de 20……
(Sello de la entidad financiera y firma de su apoderado)
NOTA: La firma del apoderado de la entidad financiera deberá constar reconocida por fedatario público