PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA EL CONTRATO DE SUMINISTRO “ARRENDAMIENTO
TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA EL CONTRATO DE SUMINISTRO “ARRENDAMIENTO
FINANCIERO SIN OPCIÓN A COMPRA DE 14 VEHÍCULOS INDUSTRIALES, ASEGURADOS A TODO RIESGO, INCLUIDOS TODOS LOS MANTENIMIENTOS, PERMISOS Y LICENCIAS PARA SU CIRCULACIÓN” DE LA AGENCIA DE VIVIENDA SOCIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
EXPEDIENTE: A/SUM-049933/2023
1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
Es objeto del presente Xxxxxx definir las características técnicas que han de regir el suministro de 14 vehículos industriales en arrendamiento financiero.
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1.1. Objeto del contrato:
Arrendamiento financiero sin opción a compra de 14 vehículos industriales matriculados, sin conductor, incluidos todos los permisos y licencias para su circulación en Zona de Bajas Emisiones reguladas (en adelante ZBE), asegurados a todo riesgo sin franquicia, incluidos todos los mantenimientos preventivos, correctivos y técnico-legales; para el uso por la Subdirección General de Proyectos y Obras (en adelante SGPO) de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid (en adelante AVS) en el transporte de trabajadores itinerantes y de los materiales, útiles, herramientas y resto de equipos de trabajo necesarios en su labor.
Es objeto del contrato el suministro de dos tipos distintos de vehículos, que resultan susceptibles de suministro independiente, por lo que se han establecido dos lotes, referidos a la categoría y uso, de conformidad con el Art. 99.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en adelante LCSP.
LOTE | CPV | DESCRIPCIÓN | UNIDADES |
1 | 34130000-7 34137000-6 66114000-2 | Renting de vehículos L3H3, nuevo o usado, para el transporte de mercancías. | 2 |
2 | 34115200-8 34115300-9 66114000-2 | Renting de Vehículos L3H2 mixtos, nuevo o usado, para el transporte de pasajeros y equipos. | 12 |
Los licitadores podrán concurrir a uno sólo de los lotes o a los dos. Los licitadores deberán expresar en su oferta la marca, modelo y motor de los vehículos ofertados en cada lote, solamente se admitirá una oferta del mismo licitador por cada lote. La adjudicación recaerá en aquel licitador que haya presentado la proposición más ventajosa para cada lote conforme a los criterios de adjudicación incluidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Teniendo en cuenta que cada lote será objeto de adjudicación individual, un mismo licitador podrá resultar adjudicatario de los dos lotes.
1.2. Ámbito de Aplicación:
Los vehículos estarán destinados para su circulación habitual en el ámbito geográfico de la Comunidad de Madrid.
Los vehículos precisarán todas las autorizaciones, permisos, licencias y distintivos que permitan su circulación por todos los municipios de la comunidad de Madrid que regulen Planes de Movilidad Urbana Sostenible con restricciones de circulación para ZBE, temporales o permanentes, en cumplimiento de la normativa de aplicación, La Ley 7/2021, de 20 xx xxxx, y Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire, concordantes y sucesivas en los ámbitos autonómicos y municipales de la Comunidad de Madrid. Al menos dos vehículos del lote 2 y los dos vehículos del lote 1, deben tener distintivo ambiental Cero Emisiones, o Etiqueta Eco si es habilitante para su circulación su en Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) del Distrito Centro del municipio de Madrid.
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Esta condición, de salvaguarda de la circulación en zonas restringidas, es exigible desde el momento de entrega de los vehículos y durante toda la vigencia del contrato, incluidas en su caso las prórrogas que pudieran materializarse. En caso de que durante la vigencia del contrato se aprobaran normas más restrictivas que limitaran la circulación, en alguna ZBE regulada, a los vehículos ya entregados y recepcionados de conformidad, la adjudicataria deberá estar en disposición de sustituirlos por otros del mismo tipo y dimensiones, en el plazo máximo de 30 días naturales.
2. CONTENIDO DE LA PRESTACIÓN CONTRATADA:
2.1. Puesta a disposición de modelos y entrega de vehículos:
La puesta a disposición de los modelos de vehículo se producirá en el plazo de 5 días naturales contados desde el día siguiente a la fecha de publicación de la adjudicación del contrato en xxxxx://xxxxxxxxx- xxxxxxxx.xxxxxxxxx.xxxxxx/. Y consistirá en el traslado de un modelo de cada uno de los tipos de vehículos incluidos en cada lote del contrato a la Xxxxx Xxxxxxxxx xx 00, 00000 xx Xxxxxx.
Los vehículos deberán ser aprobados previamente por la SGPO, o unidad administrativa en la que ésta delegue, que hará constar en un documento de conformidad, la adecuación de las características técnicas a los requerimientos del presente pliego.
Dicha unidad administrativa será también la encargada de la recepción de los vehículos, que se entregarán en plazo inferior a 15 días naturales desde la formalización del contrato. La entrega de los vehículos se producirá en el momento y lugar que indique la SGPO o unidad administrativa delegada, siempre en el ámbito geográfico próximo al municipio de Madrid, hasta un radio máximo de 50 km del límite municipal.
Podrá establecerse, de mutuo acuerdo entre el responsable del contrato y la adjudicataria, la entrega sucesiva de los vehículos en distintas ubicaciones, sin exceder el límite geográfico anteriormente
especificado. Los plazos, ubicaciones y medios de puesta a disposición y entrega de los vehículos podrán ser modificados previo mutuo acuerdo de las partes. Dicho acuerdo deberá constar por escrito, ostentará la representación del interés de la AVS el área de Producción de la SGPO.
La entrega del vehículo conllevará la entrega de todos los documentos y accesorios, exigidos en este pliego, y todos los necesarios para su circulación: permiso, ficha técnica, copia de la póliza de seguro a todo riesgo, justificantes de pago de los impuestos o tasas que procedan, así como el distintivo medioambiental correspondiente.
Se encuentran incluidos en el precio del contrato todos los gastos de transporte de los vehículos objeto de contratación a las instalaciones de la AVS para su entrega. El Adjudicatario asumirá todos los riesgos de perecimiento, pérdida o menoscabo de los vehículos objeto de contratación hasta el momento de su entrega efectiva.
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El retraso en los plazos máximos de puesta a disposición y de entrega de los vehículos podrá dar lugar a la imposición de penalidades, incluida en su caso la resolución del contrato, de conformidad con lo establecido el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y memorias explicativas del expediente.
2.2. Matriculación:
Los vehículos nuevos deberán estar matriculados a nombre del arrendador a la fecha de entrega; en su caso, la fecha de matriculación de los vehículos usados no podrá ser anterior a 2021. Durante la vigencia del contrato permanecerán en perfecto estado y listos para circular tanto desde el punto de vista funcional o técnico como administrativo, de modo que permita su normal y legal circulación en el ámbito geográfico a la cláusula 1.2.
2.3. Seguro:
2.3. I. El Adjudicatario contratará y asumirá por su cuenta y a su cargo una póliza de seguro a todo riesgo, que dé cobertura a la conducción de los vehículos en territorio español, y que incluya como mínimo:
- Seguro Responsabilidad Civil Obligatorio.
- Seguro complementario de Responsabilidad Civil y daños a terceros ilimitada.
- Daño o pérdida del vehículo derivada de incendio o robo.
- Daños propios del vehículo, y todos sus accesorios incluidos en el contrato.
- Daños por colisión.
- Seguro de daños de conductor y ocupantes.
- Conductor y ocupantes: defensa penal, fianzas y reclamación de daños.
- Fianza, defensa jurídica y reclamación de daños (conductor y ocupantes).
- Servicio de asistencia técnica en carretera las 24 horas del día, cobertura nacional.
- Rotura de lunas.
- Dichas pólizas deberán de contemplar, además de las coberturas expuestas, que podrán ser conductores de dichos vehículos todas las personas autorizadas por la Agencia de Vivienda Social que estén en posesión del permiso de conducir correspondiente.
El Adjudicatario toma a su cargo igualmente la reparación de los daños causados por accidente, colisión, vuelco, roces y cualquier tipo de desperfecto del vehículo arrendado, siempre y cuando los mismos no se hayan producido como consecuencia de negligencia grave, mala fe, o sean daños producidos por causa catastrófica o fuerza mayor.
El Adjudicatario exime a la AVS del pago de cualquier indemnización por el valor del vehículo si este sufriera su total destrucción o tales daños que desaconsejaran su reparación.
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El adjudicatario responderá de los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse en las instalaciones de la AVS relacionadas con el suministro, incluidos los accidentes por incorrecto mantenimiento de los vehículos.
2.3. II. Sin perjuicio de cuanto ha quedado dispuesto en el apartado anterior del presente punto, en el supuesto de que un vehículo objeto de alquiler sufra un accidente de tráfico o cualquier tipo de percance del tipo que sea, que suponga su declaración por parte xxx xxxxxx correspondiente como “siniestro total”, se establece lo siguiente:
1.- Si dicho siniestro se produce durante los dieciocho primeros meses de vigencia del alquiler, esté quedará subsistente debiendo el adjudicatario sustituir el vehículo en cuestión por una nueva unidad, en las mismas condiciones de contratación.
En tal caso y hasta la entrega del nuevo vehículo, el adjudicatario pondrá a disposición de la AVS una unidad de semejantes características al vehículo contratado y de forma provisional*.
2.- Si el siniestro se produce pasados los dieciocho primeros meses de vigencia del alquiler, se producirá la extinción del mismo sin ningún coste adicional por ningún concepto para la AVS, salvo que el adjudicatario comunique a la Agencia su voluntad de continuar con el contrato sustituyendo el vehículo en cuestión por una nueva unidad, en las mismas condiciones de contratación.
2.4. Mantenimiento:
Los trabajos de mantenimiento y reparación son todos los que se requieran para el correcto funcionamiento y presentación de los vehículos, incluyendo a modo enunciativo, pero no limitativo, los repuestos, piezas, así como la reparación de pinchazos, la sustitución de cámaras y neumáticos en la forma establecida en el pliego y por la normativa aplicable en materia de tráfico y circulación.
El mantenimiento integral y reparación de los vehículos, en los talleres que designe el arrendador entre los concesionarios de la marca del automóvil adjudicado, incluirá:
• Todas las revisiones periódicas que establezca la marca en el libro de mantenimiento del automóvil, tanto repuestos y líquidos como mano de obra, con independencia de que se encuentre o no en periodo de garantía del fabricante.
• Las reparaciones de todas las averías, incluida mano de obra. Todo el gasto derivado incluido traslados, grúas, presupuestos o diagnosis, irán a cargo de la empresa arrendadora.
• La sustitución piezas desgastadas producto del uso normal, tales como escobillas de limpiaparabrisas, alfombrillas, pastillas de freno y otros fungibles. Se utilizarán piezas y materiales
nuevos y originales de los fabricantes.
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• Baterías, su mantenimiento y sustitución cuando así lo precisaran, deben estar incluidas en el coste de arrendamiento de los vehículos, asegurando en todo caso un rendimiento superior al 75% de su capacidad total con independencia del año de instalación, vida útil certificada por fabricante y el nº de ciclos de carga estimado o efectivo del modelo que se trate.
• La sustitución de neumáticos de acuerdo con las normas marcadas por la Dirección General de Tráfico, y en todo caso, cada 45.000 Km. Los cambios de neumáticos serán de primeras marcas similares a las de origen y siempre con las mismas características técnicas homologadas por la ficha técnica del vehículo.
• Los importes por honorarios y tasas que suponga, en su caso, la Inspección Técnica de Vehículos (I.T.V.).
• Estará incluida la sustitución* por un vehículo de características similares para los casos en que la revisión o la reparación suponga la inmovilización por plazo superior a 48 horas del vehículo.
2.5. Obligaciones del Arrendatario:
La AVS se obliga a observar las normas de seguridad y uso establecidas por el fabricante y a cuidar con la diligencia debida los vehículos entregados.
A estos efectos los usuarios de los vehículos realizarán las comprobaciones habituales incluidas en el manual de usuario dando traslado al arrendador de todas las averías, avisos e incidencias que se detecten.
La AVS se obliga a informar en el plazo máximo de 72 horas al Adjudicatario de cualquier avería o daño que sufra el vehículo. La Agencia facilitará el procedimiento para efectuar las revisiones o reparaciones que correspondan por cuenta del arrendador, incluidos los permisos, si fueran necesarios, para el acceso a inmuebles propiedad de la AVS.
Son a cargo del arrendatario el combustible y los lavados tanto interior como exterior del vehículo, cuidando de mantener en condiciones adecuadas la pintura y chapa exteriores y los elementos interiores, utilizando productos respetuosos con los materiales y componentes.
Son a cargo de la AVS, arrendatario, el exceso en el kilometraje anual, que se produzca conforme a los precios ofertados por los licitadores dentro de los márgenes establecidos en el apartado 2.7. del presente Pliego. La Agencia facilitará, en la forma en que se determine de mutuo acuerdo, tanto las lecturas de cuenta kilómetros de forma anual como el acceso a las comprobaciones que considere necesarias el arrendador para comprobación de niveles, testigos, los avisos de averías o accidentes.
2.6. Vehículos de Sustitución:
El plazo para la entrega de vehículo de sustitución será de 5 días hábiles, salvo para los casos de sustitución incluidos en el apartado 2.3.II y en el último punto del apartado 2.4 marcados con asterisco, en los que el plazo máximo será de 72h.
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En todos los casos contemplados en los pliegos, en los que proceda la sustitución de algún vehículo, los que sean entregados deberán tener idénticas características técnicas y volumétricas que el vehículo aprobado inicialmente por la SGPO. No obstante, en aquellos casos en que no sea posible practicar la sustitución con un vehículo del mismo modelo o con las mismas características que las del vehículo sustituido, se podrá acordar, alternativamente, la sustitución por otro vehículo de características similares o superiores, sin coste adicional, siempre previa conformidad de la SGPO.
Cuando se tenga que suministrar un vehículo de sustitución, éste se entregará con los mismos documentos, licencias, permisos necesarios para su circulación y con un seguro con la misma cobertura que la del vehículo sustituido.
Serán la por cuenta de la empresa arrendadora los costes y gastos originados para aportar el vehículo de sustitución y recoger el vehículo afectado en el lugar indicado por parte de la SGPO o unidad administrativa que designe; de transportarlo hasta el taller correspondiente, así como la devolución del mismo al lugar que establezca y determine la misma unidad, en los supuestos de sustitución por averías, trabajos de mantenimiento, reparación o cualquier trabajo que implique la inmovilización temporal del vehículo.
2.7. Kilometraje:
2.7. I. El kilometraje anual contratado para todos los vehículos será de 15.000 km anuales. La ampliación del kilometraje anual incluido en el precio del contrato formará parte de los criterios automáticos de adjudicación por aplicación de fórmula. De manera que los licitadores podrán ampliar en su oferta el número de kilómetros anuales incluidos en el precio.
2.7. II. Los licitadores indicarán en su oferta económica un precio para el número de kilómetros recorridos en exceso sobre los inicialmente pactados. El precio indicado será idéntico para todos los vehículos del lote objeto del contrato, y estará vigente durante toda su vigencia. Estos precios deberán ofertarse para un precio (IVA no incluido) por cada km de exceso sobre el kilometraje anual contratado, con los siguientes límites:
LOTES | Precio máximo km de exceso | Precio mínimo km de exceso |
1y2 | 0,6 € | 0,2 € |
Los precios indicados por los licitadores para el exceso de kilometraje serán tenidos en cuenta para la valoración de la oferta y tendrán carácter vinculante para el adjudicatario.
2.7. III. Con base al precio de exceso de kilometraje, comprometido por la adjudicataria que será el mismo para todos los vehículos del lote, se procederá a determinar de forma anual la cuantía que la AVS deberá abonar al Adjudicatario por los kilómetros de exceso que recorra sobre los inicialmente pactados.
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El abono del exceso del kilometraje efectuado se realizará al vencimiento de cada anualidad del contrato, en una factura independiente, indicando el lote afectado, los vehículos incluidos en el lote, y especificando la diferencia de kilómetros entre los contratados y los recorridos, su precio e importe a abonar.
En ningún caso el arrendador pagará o reembolsará a la AVS importe alguno por el defecto en los kilómetros anuales realizados. Sin embargo la AVS sí podrá compensar excesos anuales entre los vehículos de un mismo lote, sea transporte de pasajeros o transporte de mercancías.
3. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LOS VEHÍCULOS:
Los vehículos ofertados deberán encontrarse matriculados en la fecha indicada para la entrega en el apartado 2.1. del presente pliego.
Podrá tratarse de vehículos usados siempre que cumplan con los siguiente límites: fecha de matriculación posterior a enero de 2021, con menos de 30.000 Km certificados y cuando la garantía del fabricante cubra la vigencia del contrato.
Todos los vehículos deberán cumplir con todas las características técnicas mínimas establecidas, anteriormente y a continuación, para cada tipo de vehículo. Se establecen las características para los vehículos de cada lote, categoría N1 y M1.
Lote 1: DOS VEHÍCULOS PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCIAS
CATEGORIA VEHÍCULO N1 | Vehículo concebido y fabricado para el transporte de mercancías cuya masa máxima no supere las 3,5 toneladas. |
MOTORIZACIÓN | Potencia (KW) Mínima 100KW / 135 CV. Caja de cambio: Indistintamente MANUAL / AUTOMÁTICO de 5 o 6 velocidades. Emisiones: Euro VI. Si se trata de vehículos de combustión interna se asegurará que cumplan con las últimas normas europeas sobre emisiones. Partiendo de EURO 6, deberán cumplir las previsiones de la próxima EURO7, o estar en disposición de sustituirlos. |
Consumos: consumo combinado máximo de 12l /100 Km. Emisiones y consumos cumplimiento de ciclo WLTP. Distintivo Ambiental: Cero Emisiones: Vehículos clasificados en el Registro de Vehículos como vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV), con una autonomía mínima de 150km. Etiqueta Eco: para híbridos no enchufables (HEV), respetando las dimensiones de espacios interiores. | ||
DIMENSIONES L3H3 | Volumen útil (m³) Carga útil Longitud interior carga útil (m) Anchura interior útil (mm) Altura ampliada (mm) | Desde 12 m3 hasta 18 m3 Desde 1.200 con límite M.M.A 3.500 Kg 3.000 mm en adelante 1.750 mm en adelante Min 2.500 mm |
EQUIPAMIENTO | Dos juegos de llaves. Cierre centralizado. Airbag conductor y pasajero. Puerta trasera doble, dos hojas batientes 250º. Puertas laterales deslizantes ambos lados. Aire acondicionado con salida en posiciones delanteras. Elevalunas eléctricos delanteros. Dispositivos de sujeción y separador de carga. Extintor y soporte. Luces de señalización emergencia y dos chalecos homologados. Kit pinchazos. | |
OTROS SERVICIOS | Impuestos, tasas, y distintivos necesarios. Seguro todo riesgo sin franquicia. Asistencia en carretera. Mantenimientos Técnicos preventivo y de reparaciones, ITV. Vehículo de sustitución mismas características en 24h. Mínimo incluido 15.000 Km / año. Cambio neumáticos por desgaste al menos una vez durante la vigencia del contrato antes de 45.000 Km. |
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Lote 2: DOCE VEHÍCULOS PARA EL TRANSPORTE DE PERSONAS
CATEGORIA VEHÍCULO M1 MIXTO | Vehículo mixto adaptable que tenga, como máximo, 5 plazas de asiento además de la del conductor (6 en total) en dos filas de asientos. No dispondrán de ningún espacio para viajeros de pie. El número de plazas podrá limitarse a una, es decir la del conductor. Permiso B. Deberán cumplir el apartado 3. del ANEXO VI “Dispositivos de retención y aseguramiento de la carga en vehículos que puedan transportar simultáneamente personas y carga en un mismo habitáculo” del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre. |
MOTORIZACIÓN | Potencia (KW) Mínima 100KW / 135 CV. Caja de cambio: Indistintamente MANUAL / AUTOMÁTICO de 5 o 6 velocidades. Emisiones: Euro VI. (+ Apartado 1.2. del presente informe). Si se trata de vehículos de combustión interna se asegurará que cumplan con las últimas normas europeas sobre emisiones. Partiendo de EURO 6, deberán cumplir las previsiones de la próxima EURO7, o estar en disposición de sustituirlos. Consumos: consumo combinado máximo de 12l /100 Km. |
Emisiones y consumos cumplimiento de ciclo WLTP. | autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx xxxxxxx el siguiente código seguro de verificación: 0962852484377921442634 | ||
Distintivo Ambiental: | |||
Cero Emisiones: Vehículos clasificados en el Registro de Vehículos como vehículos | |||
eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), | |||
vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV), con una autonomía mínima de 150km. | |||
Etiqueta Eco: para híbridos no enchufables (HEV), respetando las dimensiones de | |||
espacios interiores. | |||
Etiqueta C, Verde : vehículos de combustión interna que cumplen con las últimas | |||
emisiones EURO. Tendrán derecho a esta etiqueta turismos y furgonetas ligeras de | |||
gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de septiembre de | |||
2015. | |||
Volumen útil (m³) | Desde 12 m3 hasta 18 m3 | ||
DIMENSIONES | Carga útil | Desde 1.200 con límite M.M.A 3.500 Kg | |
L3H2 | Longitud interior útil (m) | 4 m en adelante | |
Anchura interior útil (mm) | 1.750 mm en adelante | ||
Puerta trasera AlxAn (mm) | Min 1.750 x 1.750 mm | ||
Dos juegos de llaves. | |||
Cierre centralizado. | |||
Airbag conductor y pasajero. | |||
Puerta trasera doble, dos hojas batientes 180º. | |||
Puertas laterales deslizantes ambos lados. Acristaladas practicables. | |||
Aire acondicionado con salida en asientos delanteros y traseros. | |||
EQUIPAMIENTO | Elevalunas eléctricos delanteros. | ||
Tercera fila abatible. | |||
Anclajes y separación física de la carga conforme a DGV. | |||
Bandeja o compartimentos superiores para EPIS (equipaje mano). | |||
Extintor y soporte. | |||
Luces de señalización emergencia y dos chalecos homologados. | |||
Kit pinchazos. | |||
Impuestos, tasas, distintivos necesarios. | |||
Seguro todo riesgo sin franquicia. Asistencia en carretera. | |||
OTROS | Mantenimientos Técnicos preventivo y de reparaciones, ITV. | ||
SERVICIOS | Vehículo de sustitución mismas características. | ||
Mínimo incluido 15.000 Km / año. | |||
Cambio neumáticos por desgaste al menos una vez durante la vigencia del contrato | |||
antes de 45.000 Km. |
La m
4. DEVOLUCIÓN DE LOS VEHÍCULOS.
Al término del arrendamiento, los vehículos deberán de ser retirados por parte del Adjudicatario con sus propios medios y por su propia cuenta y riesgo, en la fecha señalada por la AVS, partiendo de las instalaciones que sean indicadas por este organismo.
Las fechas y las ubicaciones serán en su momento oportunamente comunicadas por escrito al Adjudicatario, con antelación mínima de 10 días hábiles, para que proceda a la retirada de los vehículos en fecha cierta. Ostentará la representación del interés de la AVS el área de Producción de la SGPO.
Se encuentran incluidos dentro de las prestaciones del contrato de arrendamiento, todos los gastos de retirada y transporte de los vehículos objeto de contratación, desde las instalaciones indicadas por la Agencia de Vivienda Social hasta las instalaciones del propio adjudicatario.
La fecha de finalización del contrato será la correspondiente al día de puesta a disposición de los vehículos para la retirada por parte del adjudicatario de las instalaciones de la AVS, entendiéndose esta como la fecha de su devolución efectiva, aunque la retirada la realizara el adjudicatario en fecha posterior.
5. DURACIÓN DEL CONTRATO.
La fecha de inicio prevista del contrato es el 1 de julio de 2024, o desde el día de la entrega de los vehículos si ésta se produjera en fecha posterior en virtud de los plazos establecidos en el apartado 2.1 para la puesta a disposición y entrega vinculados a la adjudicación y perfeccionamiento del contrato.
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El plazo de duración de vigencia del contrato será de tres años. El contrato prevé que pueda prorrogarse por un año más.
El precio ofertado deberá ser expresado mediante el importe de la cuota fija mensual por lote durante todo el plazo de vigencia del contrato, estando en ésta incluidos todos los gastos, impuestos y tasas, exceptuando el combustible.
Además de la cuota mensual, los licitadores deberán indicar en su oferta el precio unitario por kilómetro recorrido en exceso sobre la previsión de kilometraje a contratar contenida en el Pliego de Prescripciones Técnicas (15.000 km./año), teniendo en cuenta los importes fijados en el punto de “Kilometraje a contratar” del apartado 2.7. de este pliego.
Las subvenciones o ayudas que en su caso pudieran proceder por el tipo de vehículo de cada uno de los lotes serán minoradas del precio ofertado por el adjudicatario del lote correspondiente, proporcionalmente en las cuotas mensuales, una vez recibida la citada ayuda o subvención por el adjudicatario.
No se admiten variantes. Los licitadores presentarán una única oferta por lote y tipo de vehículo con una marca y modelo, que deberá cumplir necesariamente con los requisitos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
6. CONTROL Y SEGUIMIENTO DEL CONTRATO
La ejecución de la prestación contratada se prestará de acuerdo con lo establecido en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas, bajo la supervisión y dirección de la Secretaría General de la AVS, que podrá actuar delegadamente a través de sus distintas Áreas, Unidades y Servicios Administrativos. La Secretaría General es responsable del contrato a los efectos del Art. 62 de la LCSP.
Se establecen como interlocutores directos por parte de la AVS:
1º Jefatura de Servicio de Gestión Económica, integrada en el Área de Asuntos Generales y Seguridad de la Subdirección General de Coordinación Administrativa de la Secretaría General de la AVS. La Jefatura de
Servicio Gestión Económica asumirá las tareas de control presupuestario, conformidad de las facturas y tramitación de pagos.
2º Corresponde al Área de Producción de la SGPO, o unidad administrativa en la que esta última delegue, la recepción de conformidad de los vehículos y la verificación del cumplimiento de las condiciones del contrato en cuanto a revisiones, mantenimientos, reparaciones y sustituciones. Será el Área de Producción de la AVS el interlocutor directo para la programación de acuerdo con el adjudicatario de los
trabajos de mantenimientos y revisiones; la comunicación de averías o accidentes; las comprobaciones habituales de usuario y el cuidado de los vehículos.
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La empresa adjudicataria informará de, al menos, un Interlocutor para el contrato, con comunicación directa a través de móvil y correo electrónico. Podrán ser un máximo de 3 interlocutores en caso de que se seleccionen perfiles de gestión facturas, taller mecánico y superior jerárquico con autonomía de decisión para la dirección coordinada del contrato.
A iniciativa de la AVS, se podrán llevar a cabo, en cualquier momento, reuniones con la empresa adjudicataria para el seguimiento de la ejecución del contrato. La Agencia de la Vivienda Social, podrá bien con medios propios, o bien a través de empresas especializadas, realizar, sin necesidad de previo aviso, la supervisión, inspección y comprobación del cumplimiento de las condiciones exigidas en el presente pliego y, en general, del funcionamiento de los vehículos.
Madrid, a la fecha de firma,