Convenio de concertación Núm. CNF/GE 133/2014.
Convenio de concertación Núm. CNF/GE 133/2014.
Convenio de concertación, para el otorgamiento de planta forestal, que celebran por una parte la Comisión Nacional Forestal, representada por el M.C. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, en su carácter de Gerente Estatal en Jalisco, a quien en lo sucesivo se le denominará “LA CONAFOR” y por la otra parte, El Organismo Público Descentralizado “Bosque La Primavera” representado (a) por el Biol. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx en su carácter de Encargado de Despacho de Dirección General del OPD, a quien en lo sucesivo se le denominará “EL ORGANISMO”, al tenor de los antecedentes, declaraciones y cláusulas siguientes:
ANTECEDENTES:
El Plan Nacional de Desarrollo, precisa los objetivos nacionales, estrategias y prioridades del desarrollo integral y sustentable del país, contiene previsiones sobre los recursos que serán asignados a tales fines; determina los instrumentos y responsables de su ejecución; establece los lineamientos de políticas de carácter global, sectorial y regional; sus provisiones se referirán al conjunto de la actividad económica, social y cultural, tomando siempre en cuenta las variables ambientales que se relacionen a éstas; y regirán el contenido de los programas que se generan en el sistema nacional de planeación democrática.
La Ley de Planeación, en su artículo 28, establece que; El Plan y los programas especificarán las acciones que serán objeto de coordinación con los gobiernos de los estados y de inducción o concertación con los grupos sociales interesados.
El Programa Nacional Forestal, en lo sucesivo “PRONAFOR”, tiene como objetivo; promover el aprovechamiento sustentable de los recursos forestales del país; reactivar la economía del sector forestal; y contribuir a la generación de empleos, ingresos y mejora de la calidad de vida de los habitantes de las zonas forestales. También busca mantener e incrementar la provisión de bienes y servicios ambientales a la sociedad y reducir las emisiones de carbono generadas por la deforestación y degradación forestal.
Sus principales ejes rectores son: La elaboración de inventarios estatales forestales en el periodo 2013‐2018; impulsar el aprovechamiento sustentable de los recursos forestales a través del fortalecimiento de las capacidades de sus dueños y poseedores, el incremento de la productividad de los bosques, respaldar el establecimiento de plantaciones forestales comerciales, para incrementar la producción forestal del país y promover el desarrollo económico regional.
La Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, en el artículo 17 establece que: El objeto de la Comisión será desarrollar, favorecer e impulsar las actividades productivas, de protección, conservación y de restauración en materia forestal, que conforme a la presente Ley se declaran como una área prioritaria del desarrollo, así como participar en la formulación de los planes y programas y en la aplicación de la política de desarrollo forestal sustentable y sus instrumentos.
Con pleno reconocimiento a la administración libre y autónoma de “EL ORGANISMO”, se propuso impulsar que la descentralización y programas públicos se orienten a lograr una participación informada y oportuna de las comunidades, con la finalidad de precisar las aportaciones, acciones, ejecución de proyectos y programas de reforestación, forestación y restauración de los ecosistemas forestales y los que de común acuerde con “LA CONAFOR”, entre otros.
DECLARACIONES:
I.- Declara “LA CONAFOR” a través de su representante, que:
I.1 Es un organismo público descentralizado de la administración pública federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, creado bajo la denominación de Comisión Nacional Forestal, mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, del 04 xx xxxxx de 2001.
I.2 De conformidad a lo dispuesto por el artículo 11, fraccion VII, del Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional Forestal en vigor, el Ing. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, en su carácter de Gerente Estatal en Jalisco, está facultado para suscribir el presente convenio de concertación.
I.3 Señala como domicilio el ubicado en Xxxx. Xx. Xxxxxx Xxxxx Xx. 000, Xxxxx. Xxxxxxx xxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxxx, asimismo, las notificaciones que se practiquen a partir de la firma del mismo.
II.- Declara “EL ORGANISMO”, a través de sus representantes que:
II.1 Es un organismo público descentralizado del Gobierno del Estado de Jalisco, con autonomía, personalidad jurídica y patrimonio propios, conforme a lo dispuesto en el artículo 1º de su Ley, publicada por el Ejecutivo Local el día 12 doce del mes de octubre del año 2013 dos mil trece, en ejecución del decreto número 24,475 del H. Congreso del Estado de Jalisco.
II.2 Tiene como objeto la administración y manejo del Área de Protección de Flora y Fauna “La Primavera”, en los términos del artículo 52 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco.
II.3 Conforme al artículo 2 de su Ley, tiene como atribuciones y facultades la realización de los actos de autoridad que permitan la efectiva protección, conservación, restauración y el desarrollo de las condiciones que den a los propietarios y usuarios del Área de Protección de Flora y Fauna “La Primavera”, los beneficios a los que tienen derecho.
II.4 El Director General es el representante legal del “OPD BOSQUE LA PRIMAVERA”, conforme a lo estipulado en el artículo 13, fracción III de su Ley, con facultades generales para pleitos y cobranzas y para actos de administración, mismas que manifiesta bajo protesta de decir verdad, no le han sido modificadas, revocadas o restringidas en forma alguna.
II.5 El Biólogo Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx es el Encargado del Despacho de dicho organismo, calidad que le fue conferida por el Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, a razón de ello cuenta con las facultades legales necesarias para la suscripción de este Acuerdo.
II.6 Para todo lo relativo con el presente convenio, señala como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones, en el Local “E-38” letra “X” xxxxxx xxxxxxx x xxxx, xxx Xxxxxxxxxx “Xxxxxxxxx”, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, xxx xxxxxxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxxx.
DE LAS PARTES:
El presente convenio de concertación, coadyuvara al cumplimiento de las acciones comprometidas por el Ejecutivo Federal, orientadas a incrementar la participación de la sociedad dentro del sector forestal en el desarrollo económico, cultural y social del país, con base al aprovechamiento sustentable del potencial productivo existente en el marco del Programa Nacional de Reforestación “PRONAFOR”.
CLÁUSULAS:
PRIMERA. El presente convenio de concertación, tiene por objeto establecer los lineamientos y mecanismos de concertación entre “EL ORGANISMO”, con la finalidad de conjuntar esfuerzos y recursos para reforestaciones sociales con la donación a la asociación de 3,000 (Tres mil) plantas de especies forestales de la región que “LA CONAFOR” proporciona a “EL ORGANISMO”con fines de conservación y restauración.
SEGUNDA.- Las plantas que “LA CONAFOR” proporciona a “EL ORGANISMO” y que ésta las establecerá en la superficie concertada, cuentan con las características físicas y fisiológicas siguientes:
ESPECIES | PARÁMETROS MÍNIMOS DE LAS CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LA PLANTA |
Nombre científico | Númer o de plantas | Tipo de contened or y/o bolsa
| Tall a (cm)
| Diámetr o en el cuello de la raíz (mm) | Sistema radicula r (cm) | Relación Tallo/Ra íz | Lignificació n (cm) | Presencia de Microrriz as | Sanida d | Eda d |
Pinus douglasian a | 3,000 | Bolsa | 1 año | |||||||
TOTAL | 3,000 |
Para el caso de que “LA CONAFOR” entregue la planta en charolas o contenedores a “EL ORGANISMO”, éste (a) las reintegrará a “LA CONAFOR” para su devolución. El sitio de recolección de las charolas o contenedores será el que acuerden “LAS PARTES”.
TERCERA. DE LAS OBLIGACIONES.- “EL ORGANISMO” se compromete a coordinar las acciones de reforestación en las áreas concertadas, con las cantidades de plantas que le otorga “LA CONAFOR”, así como la elaboración de un programa de reforestación, en el que se establecerán las acciones, metas, períodos, cantidades de planta y localidades a reforestar, mismo que formará parte integrante de este convenio de concertación.
CUARTA. “EL ORGANISMO” se compromete a:
a) Enviar por escrito a “LA CONAFOR” la superficie de interés a reforestar, conforme al programa de actividades.
b) Contar con la superficie a reforestar sin conflicto alguno, para que se lleve a cabo el establecimiento de las plantas.
c) Establecer con sus agremiados las plantaciones, así como realizar el traslado de las plantas xxx xxxxxx x xxxxxxx xxxxxxxx hasta el lugar de la plantación.
d) Asegurar el establecimiento de las plantas en la superficie concertada.
e) Permitir el acceso al personal técnico de “LA CONAFOR”, a efecto de que supervise los avances, la calidad y el desarrollo de las plantaciones.
f) Apegarse a los lineamientos normativos, técnicos y administrativos que resulten aplicables en este proyecto de reforestación.
g) Cumplir con las acciones comprometidas en el presente convenio.
h) Notificar inmediatamente a “LA CONAFOR” la conclusión de los trabajos de reforestación.
i) Apoyar en la medida que le sea posible a los programas, proyectos y acciones que “LA CONAFOR” realice en materia forestal.
j) Apoyar con la difusión del “PRONAFOR” y sus objetivos.
QUINTA. Por su parte “LA CONAFOR” se compromete a:
a) Proporcionar mediante órdenes de salida de planta a “EL ORGANISMO”3,000 (Tres mil) plantas, xxx xxxxxx XXXXXX Xxxxx ubicado en Xxxxxx x Xxx Xxxxxxx X/X, Xxx. Xx Xxxxx, 00 Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx, Xxxxx, Xxxxxxx, para su establecimiento en las superficies concertadas.
b) Definir con “EL ORGANISMO” la superficie viable a reforestar, conforme al programa de actividades.
c) Proporcionar la asesoría técnica necesaria al personal que “EL ORGANISMO” designe y responsabilice en la realización de las plantaciones.
d) Coordinar las acciones de reforestación con “EL ORGANISMO”, para el buen desarrollo de las actividades a realizar.
e) Difundir las acciones de reforestación realizadas por la “EL ORGANISMO”.
SEXTA. “LAS PARTES” según lo que les corresponda, se obligan a realizar las actividades establecidas en las cláusulas cuarta y quinta de este convenio; además, dentro de sus posibilidades, gestionar la adquisición de insumos y recursos materiales necesarios para la implementación de las plantaciones.
SÉPTIMA.- DE LA VERIFICACIÓN.- Como responsables del seguimiento al cumplimiento de las obligaciones derivadas de este convenio de concertación, “LA CONAFOR” designa en este acto al Subgerente de Conservación y Restauración, quien será el encargado de cerciorarse de que “EL ORGANISMO” cumpla con los objetivos referidos en la cláusula cuarta.
Para estos propósitos, “EL ORGANISMO” designa en este acto al Ing. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx.
Quienes podrán actuar conforme a las atribuciones otorgadas por sus propios estatutos orgánicos, sin perjuicios de las atribuciones que les pueda corresponder a otras áreas administrativas.
OCTAVA.- DE LA COLABORACIÓN.- “EL ORGANISMO” en caso de que “LA CONAFOR” le entregue
herramientas o equipo de trabajo, se compromete a utilizarlos exclusivamente en las actividades que son objeto de este convenio de concertación, así como a realizar la devolución de los mismos a la conclusión de los trabajos.
NOVENA. “LAS PARTES” convienen en proporcionarse oportunamente toda la información relativa en la ejecución de las acciones establecidas en este convenio de concertación. En este orden, se comprometen en realizar reuniones al inicio y termino de la entrega de la planta, para la revisión de los avances de este programa de reforestación, conforme al programa de actividades que deberán presentar, así como para proponer en el caso, los ajustes y medidas adecuadas para asegurar su cabal cumplimiento.
DÉCIMA. “LAS PARTES” por los medios de difusión más convenientes, promoverán y divulgarán entre los sectores público, social y privado vinculados a la actividad forestal, las características, alcances y beneficios de este proyecto de reforestación.
DÉCIMA PRIMERA. CAUSAS DE TERMINACIÓN ANTICIPADA. “LAS PARTES” convienen en que serán causas de terminación del presente convenio de concertación, las siguientes:
a) El consentimiento de “LAS PARTES”, manifiesto por escrito en el que expresen las causas que den origen a tal decisión.
b) El incumplimiento de alguna de “LAS PARTES” a las obligaciones adquiridas en el presente convenio;
c) La imposibilidad física o jurídica, para continuar con el objeto de este convenio y;
d) El caso fortuito o de fuerza mayor, que impidan el cumplimiento del objeto del presente convenio.
DÉCIMA SEGUNDA. En el caso de dar por terminada anticipadamente el convenio, “LAS PARTES” elaborarán un informe del estado en que guarden el destino de las acciones, así como la aplicación de los recursos, que deriven de las acciones que refiere la cláusula primera del presente convenio.
DÉCIMA TERCERA. DE LA INTERPRETACIÓN. “LAS PARTES” convienen que en toda interpretación que se derive de este convenio de concertación en su instrumentación, formalización y cumplimiento, se resolverá de común acuerdo, asimismo, lo no previsto en este documento será motivo de acuerdos posteriores, que consignados por escrito se agregarán y formarán parte integral del mismo.
DÉCIMA CUARTA. El personal que cada una de “LAS PARTES” designe para la realización de cualquier actividad relacionada con este acuerdo de voluntades, permanecerá en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la entidad con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil, administrativa, o cualquier otra, por lo que no se creará una subordinación con la otra parte, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior, independientemente de que se encuentre prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la parte por la que fue contratada, o realiza labores de supervisión de las acciones que se lleven a cabo.
DÉCIMA QUINTA. DE LA VIGENCIA.- El presente convenio de concertación entrará en vigor el día de su firma y permanecerá vigente hasta cumplir con el objeto y metas planteadas.
DÉCIMA SEXTA. DE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.- “LAS PARTES” manifiestan que las obligaciones y derechos contenidos en este instrumento, son producto de la buena fe, por lo que realizarán todas las acciones necesarias para su debido cumplimiento; en caso de que se suscitase duda o controversia en la interpretación y cumplimiento, “LAS PARTES” se someten expresamente a la legislación y competencia de los Tribunales Federales, con sede en la ciudad de Guadalajara, Jalisco, renunciando desde ahora a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles en razón de su domicilio presente o futuro, o que por cualquier otra causa, pudieren competerles.
Leído el convenio de concertación y enteradas las “PARTES” del alcance y de su contenido, manifiestan que no existe dolo, mala fe o cualquier otro motivo que vicien su consentimiento, firmando de conformidad por duplicado, en la ciudad de Zapopan, Estado de Jalisco, a los 03 días del mes de Julio de dos mil catorce.
Por “LA CONAFOR” Ing. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Gerente Estatal | Por “EL ORGANISMO” Biólogo Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx Encargado de Despacho de Dirección General del OPD Bosque La Xxxxxxxxx |
X. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Subgerente de Conservación y Restauración C. Xxxxxx Xxxx Xxxxxx El Subgerente Administrativo | Ing. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Coordinador de protección de Recursos Naturales |