PLAZA MAYOR MEDELLÍN CONVENCIONES Y EXPOSICIONES S.A.
PLAZA MAYOR MEDELLÍN CONVENCIONES Y EXPOSICIONES S.A.
PLIEGO DE CONDICIONES
INVITACIÓN PÚBLICA No 007 DE 2019
OBJETO
“REALIZAR INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, AMBIENTAL, JURÍDICA, FINANCIERA Y DE CRONOGRAMA, PARA EL CORRECTO CONTROL DE LA OBRA “CONSTRUCCIÓN DE AMPLIACIÓN Y REPOTENCIACIÓN DEL PABELLÓN AMARILLO DE PLAZA MAYOR”
MEDELLÍN, MAYO DE 2019
GENERALIDADES
Debido a que se ejecutará la obra “CONSTRUCCIÓN DE AMPLIACIÓN Y REPOTENCIACIÓN DEL PABELLÓN AMARILLO DE PLAZA MAYOR” y que la entidad debe controlar el cumplimiento de las especificaciones técnicas, ambientales, financieras, jurídicas, de cronograma y de seguridad en obra; necesita contratar una interventoría para que actué en representación de Plaza Mayor Medellín Convenciones y Exposiciones S.A. ante el constructor, para así garantizar una correcta ejecución de obra, teniendo en cuenta la magnitud, especialidad y valor del proyecto.
Plaza Mayor Medellín S.A. se encuentra interesado en recibir propuestas para seleccionar empresa que realice interventoría para llevar a cabo el control, seguimiento, vigilancia y apoyo de la ejecución del contrato de obra para la ampliación y repotenciación del Pabellón Amarillo; lo anterior, para asegurar su correcta ejecución y cumplimiento de acuerdo con lo previsto en el Manual de Contratación, en la Guía de supervisión e interventoría de la entidad y en las obligaciones contenidas en el contrato.
1. OBJETO:
REALIZAR INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, AMBIENTAL, JURÍDICA, FINANCIERA Y DE CRONOGRAMA, PARA EL CORRECTO CONTROL DE LA OBRA “CONSTRUCCIÓN DE AMPLIACIÓN Y REPOTENCIACIÓN DEL PABELLÓN AMARILLO DE PLAZA MAYOR”
2. CRONOGRAMA
Actividad | Fecha | Lugar |
Publicación, consulta xxx xxxxxx | Desde el 24 xx xxxx de 2019 hasta el 4 xx xxxxx de 2019 | |
Audiencia aclaratoria y visita técnica | 29 xx xxxx de 2019 hora: 2:00 pm | Plaza Mayor Medellín S.A. Xxxxx 00 Xx. 00-00 Xxxxxxxx |
Plazo para presentar observaciones | Desde el 24 xx xxxx de 2019 hasta el 30 xx xxxx de 2019 | |
Entrega de propuestas | 4 xx xxxxx de 2019 hora 2:00 pm | Centro de Administración Documental (CAD) Plaza Mayor Medellín S.A. Xxxxx 00 Xx. 00-00 Xxxxxxxx |
Evaluación preliminar de propuestas | Dentro de los tres días hábiles siguientes a la entrega de propuestas | |
Periodo de observaciones a la evaluación y presentación de subsanaciones | Dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación del informe de evaluación preliminar | |
Evaluación definitiva | Dentro de los cuatro días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para presentar observaciones al informe de evaluación preliminar |
Adjudicación | Dentro de los tres días hábiles siguientes de la publicación del informe de evaluación definitivo |
3. INFORMACIÓN GENERAL:
El inicio del presente proceso fue recomendado en la sesión del Comité Asesor de Contratación de Plaza Mayor Medellín S.A., el día 24 xx xxxx de 2019.
La información contenida en esta invitación sustituye totalmente cualquier otra que Plaza Mayor o sus representantes pudieran haber suministrado en forma preliminar a los proponentes interesados.
En la propuesta no podrán señalarse condiciones diferentes o aportarse documentos distintos a los establecidos en el presente pliego de condiciones. En caso de hacerlo se tendrán por no escritas y, por lo tanto, prevalecerán las disposiciones respectivas contenidas en este documento.
La aceptación de las condiciones indica que se cuenta con las condiciones técnicas, jurídicas, financieras y de experiencia para cumplir con el servicio requerido por Plaza Mayor, en caso de salir seleccionado.
La información que se consigna a continuación contiene los elementos básicos para la presentación de la propuesta. El proponente debe verificarla completamente y cerciorarse de que no alberga dudas respecto a ella. En caso contrario, debe elevar las consultas que considere pertinentes en las oportunidades que estos documentos le conceden.
Las interpretaciones o deducciones que el proponente haga de las estipulaciones contenidas en estos pliegos de condiciones serán de su exclusiva responsabilidad. Con la presentación de propuestas el proponente manifiesta que estudió el contenido de la Invitación Pública y todos los documentos de la misma, que obtuvo las aclaraciones sobre las estipulaciones que haya considerado inciertas o dudosas, que conoce la naturaleza de los trabajos, su costo y su tiempo de ejecución, que formuló su oferta de manera libre, seria, precisa y coherente, y que además, se acoge a los dictados del Reglamento de Contratación de Plaza Mayor.
En consecuencia, Plaza Mayor no será responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones, mala interpretación u otros hechos desfavorables en que incurra el proponente y que puedan incidir en la elaboración de su manifestación de interés. El hecho de que el proponente no se informe y documente debidamente sobre los detalles y condiciones bajo los cuales serán ejecutados los trabajos objeto de la presente Invitación Pública, no se considerará como excusa válida para la futura formulación de eventuales reclamaciones.
4. CONFIDENCIALIDAD:
La suscripción de todo contrato con PLAZA MAYOR implica la obligación para EL CONTRATISTA de utilizar y manejar cualquier información de la que tenga conocimiento por cualquier medio y que le sea confiada o a la que tenga acceso en razón o con ocasión de sus labores, de manera confidencial, garantizando por
todos los medios a su alcance que los trabajadores a su servicio y demás personas que autorice, respetarán la obligación de mantener reserva sobre la misma.
Las partes se obligan a que la información que se suministre durante el desarrollo del contrato sea manejada como confidencial y sólo podrá ser utilizada para su debida ejecución. La violación de la confidencialidad o el uso indebido de la información dará lugar a la parte cumplida a reclamar indemnización a cargo de la parte incumplida, así como a tipificar un incumplimiento contractual objetivo, independientemente de la causación de perjuicios, cuando la información confidencial fue marcada como tal por PLAZA MAYOR.
No se considera violación de la confidencialidad, la entrega de información a autoridad competente o cuando sea de conocimiento público. Ninguna de las partes adquiere derechos de propiedad o disposición respecto de la información suministrada por la otra.
5. HABEAS DATA:
Cuando para la debida ejecución del contrato el contratista deba acceder, consultar y/o administrar bases de datos de PLAZA MAYOR MEDELLÍN CONVENCIONES Y EXPOSICIONES S.A., sus clientes, trabajadores, proveedores o accionistas, previos los permisos concedidos para el efecto, se obliga a disponer de los medios necesarios para observar, cumplir e instruir a sus empleados sobre los principios de administración de datos de terceros, tales como: veracidad, finalidad, acceso y circulación restringida, temporalidad, seguridad, confidencialidad, libertad y transparencia, conforme con lo establecido en la Ley 1266 de 2008, y demás normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan.
Para los mismos efectos, con la presentación de la oferta se entiende dada la aceptación del oferente, en caso de resultar adjudicatario, de adherirse a la política de seguridad que tiene adoptada PLAZA MAYOR MEDELLÍN CONVENCIONES Y EXPOSICIONES S.A., para el manejo de su información y la de datos de terceros, la cual se obliga a conocer y cumplir, así como instruir al personal que ocupe para la ejecución del contrato, independientemente de la forma de vinculación del mismo, sobre la obligatoriedad de su cumplimiento.
6. AVISO DE PRIVACIDAD:
De conformidad con el aviso de privacidad que se suministra con la firma del presente contrato, EL CONTRATISTA autoriza de manera voluntaria, previa, explícita, informada e inequívoca a PLAZA MAYOR para tratar sus datos personales de acuerdo con la Política de Tratamiento de Datos Personales de la Compañía. Para conocer los derechos que le asisten como titular de los datos de personales y los procedimientos para acceder a ellos, el contratista tiene la facultad de conocerlas a través de la página web xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx y contactar al área encargada en el teléfono 0000000 o en el correo electrónico xxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx.
7. PREVENCIÓN XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO:
EL CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la suscripción del presente contrato, que los recursos que componen su patrimonio no provienen xx xxxxxx de activos, financiación del terrorismo, narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general de cualquier actividad ilícita; de igual manera manifiesta que los recursos recibidos en desarrollo de éste contrato, no serán destinados a ninguna de las actividades antes descritas.
8. CONDICIONES DE INGRESO A LAS INSTALACIONES DE PLAZA MAYOR MEDELLIN S.A.
Cuando para la ejecución del presente contrato el contratista requiera el ingreso de personal al recinto de Plaza Mayor para realizar actividades de trabajo, deberá suministrar al supervisor del contrato con la suficiente anticipación el listado del personal para dicho fin indicando nombre y documento de identificación. Al momento del ingreso, el personal relacionado previamente en el listado deberá presentar su respectivo documento de identificación y la fotocopia de los documentos donde se evidencie la afiliación al sistema de seguridad social. En caso de no presentar la documentación completa, Plaza Mayor no autorizará el ingreso al recinto. Si las actividades de trabajo que se deben realizar incluyen montaje eléctrico y montaje en alturas, además de la documentación anteriormente relacionada, se deberán presentar el certificado de técnico electricista y el certificado de trabajo en alturas y deberá contar con el coordinador debidamente certificado que supervise la actividad en todo momento.
Al retirar del servicio a un trabajador cuya remoción sea solicitada por PLAZA MAYOR, se deberá realizar mediante comunicación escrita. En caso de que PLAZA MAYOR solicite el cambio de trabajadoras embarazadas, éste solo tendrá efecto una vez cumplido el procedimiento xx xxx.
OBJETO: REALIZAR INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, AMBIENTAL, JURÍDICA, FINANCIERA Y DE CRONOGRAMA, PARA EL CORRECTO CONTROL DE LA OBRA “CONSTRUCCIÓN DE AMPLIACIÓN Y REPOTENCIACIÓN DEL PABELLÓN AMARILLO DE PLAZA MAYOR”
9. PLAZO DEL CONTRATO:
Desde la aprobación de las garantías por parte de la dirección jurídica de Plaza Mayor Medellín hasta el 31 de enero de 2020.
El plazo del contrato que se suscriba podrá ser prorrogado de mutuo acuerdo entre las partes, antes del vencimiento, por periodos iguales o inferiores al inicialmente pactado, previo el análisis de la ejecución por parte del contratista.
El inicio del contrato queda supeditado a la adjudicación del contrato de obra.
PLAZA MAYOR se reserva el derecho a suspender las labores como consecuencia de la realización de algún evento previamente programado en las instalaciones a intervenir o en sus áreas de influencia. Para tal fin se entregará calendario de eventos de Plaza Mayor al adjudicatario.
10. SUJECIÓN DEL CONTRATO DE INTERVENTORÍA A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO DE OBRA
La ejecución del contrato de interventoría estará sujeta a la efectiva ejecución del contrato de obra; por lo tanto, los actos que dispongan u ordenen la suspensión, terminación o liquidación de aquel, implicarán que el contrato de interventoría sea suspendido, terminado o liquidado, mediante el o los actos correspondientes, sin que haya lugar a indemnización alguna.
11. PRESUPUESTO OFICIAL:
Se cuenta con un presupuesto estimado DE CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS VEINTISIETE PESOS M/L ($443.933.527) todo costo
incluido impuestos, respaldado en la verificación presupuestal No XOP07 345
El contrato que se derive de la presente contratación no será objeto de ajustes en los sueldos, tarifas, jornales o costos ofrecidos.
12. PUBLICACIÓN:
El pliego de condiciones de la Invitación Pública No 007 de 2019 y demás documentos de naturaleza pre contractual y contractual serán publicados en la página web xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx
13. ACLARACIONES:
Dentro del plazo indicado en el cronograma de la invitación pública los interesados podrán presentar por escrito las observaciones o solicitudes de aclaración al pliego de condiciones. Dicha comunicación deberá ser dirigida al correo xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx
NOTA: el correo Gmail de PLAZA MAYOR para envió y recibo de archivos tiene una capacidad de hasta 25 megas y para archivos compartidos en drive de Gmail tiene la capacidad de hasta 5 gigas. El hecho de que los proponentes no se familiaricen debidamente con las condiciones bajo las cuales será ejecutado el contrato, no se considerará como excusa válida para posteriores reclamaciones.
14. REUNIÓN ACLARATARIO.
Se realizará reunión aclaratoria de carácter opcional con los posibles interesados que deseen asistir a la misma, el día 00 xx xxxx 0000 a las 02:00 p.m. en las instalaciones de PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A. ubicadas en la Calle 41 No. 55 - 80. La asistencia no es obligatoria. Este mismo día se realizará una visita con el objeto de observar y reconocer el sitio en el que se van a efectuar los trabajos.
15. FORMA DE PAGO:
PLAZA MAYOR pagará mensualmente el valor del contrato mediante el reembolso de los costos directos, aprobados por PLAZA MAYOR y efectivamente empleados en la Interventoría, aplicando el factor multiplicador, previa presentación de las respectivas actas y planillas, constancias o documentos de los que se pueda deducir la utilización en el proyecto de los recursos prometidos, elaboradas y aprobadas por el supervisor designado para el efecto por PLAZA MAYOR.
Las actas y planillas, constancias o documentos deberán ser presentadas dentro de los primeros tres (3) días hábiles siguientes al mes en que se ejecutaron las actividades, acompañadas de la respectiva factura de venta.
Estos valores a reembolsar deberán ser soportados por el contratista, el cual debe cumplir, con los requisitos, en caso de aplicar, de las normas fiscales establecidas en el artículo 617 del Estatuto Tributario. Los documentos soportes deben corresponder al mes en el cual se prestó el servicio, y en estos se describirá el número del contrato, el concepto del servicio que se está cobrando, el ítem correspondiente y el nombre del supervisor del proyecto por parte de PLAZA MAYOR.
El INTERVENTOR deberá informar a PLAZA MAYOR mediante certificación bancaria la cuenta (corriente o de ahorros), abierta a su nombre, en la cual le serán transferidos electrónicamente los pagos que por este concepto le efectúe PLAZA MAYOR.
Para proceder al pago, se deberá adjuntar la respectiva acta de recibo a satisfacción del servicio, suscrito por el supervisor designado, PLAZA MAYOR pagará dentro de los treinta (30) días siguientes a la presentación de la documentación correspondiente, acompañada de la certificación por parte del representante legal o revisor fiscal si aplica, del pago de aportes a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes xx xxxxx de compensación familiar, ICBF y SENA, cuando hubiere lugar a ello. Cuando sea persona natural deberá aportar las planillas de pago correspondientes. Dicha información será objeto de verificación y visto bueno de parte del supervisor del contrato.
Se pagará el valor xxx xxxx por ciento (10%) del valor total del contrato una vez el Interventor entregue a satisfacción a PLAZA MAYOR el cierre de la obra con todos los aspectos técnicos, administrativos, ambientales, jurídicos, financieros y de cronograma debidamente liquidados.
GASTOS REEMBOLSABLES
Plaza Mayor pagará a la interventoría de la siguiente manera:
Costos directos del personal en obra específicamente aprobados por escrito por Plaza Mayor, con su factor multiplicador.
Otros costos directos como estudios, ensayos, topografía, instalaciones provisionales, que específicamente sean aprobados por escrito por Xxxxx Xxxxx.
00. RETENCION DE PAGOS.
PLAZA MAYOR MEDELLÍN-, podrá retener cualquier monto que deba pagar al contratista por la prestación de los servicios, inclusive el pago final, cuando:
• El contratista haya incumplido alguna de las obligaciones a su cargo o cuando cualquier otra circunstancia la Entidad presente reclamación judicial o extrajudicial contra él.
• Se presenten reclamaciones contra el contratista por parte de sus trabajadores, subcontratistas, proveedores o terceros.
• Se presenten reclamaciones contra Plaza Mayor Medellín por parte de trabajadores, subcontratistas o proveedores del contratista, o terceros cuyas causas sean imputables al contratista.
PLAZA MAYOR MEDELLÍN liberará los pagos retenidos cuando:
• El contratista subsane el incumplimiento y satisfaga las reclamaciones presentadas contra la Entidad.
• El contratista se comprometa a defender, mantener libre e indemnizar a la Plaza Mayor Medellín de cualquier reclamo instaurado contra el contratista por sus trabajadores, subcontratistas, proveedores suyos o terceros, prestando garantía suficiente para ello, a juicio de la Entidad.
• El contratista se comprometa a defender, mantener libre e indemnizar a Plaza Mayor Medellín de cualquier reclamo instaurado en contra de la misma, cuyas causas sean imputables al contratista, prestando garantía suficiente para ello, a juicio de la Entidad.
17. LUGAR DE EJECUCION DEL CONTRATO:
El lugar de ejecución del Contrato de obra es la ciudad de Medellín, en la Xxxxx 00 Xx. 00-00, en las instalaciones de Plaza Mayor Medellín S.A
18. ALCANCE DEL OBJETO DEL CONTRATO.
Realizar la interventoría técnica, administrativa, ambiental, financiera, contable y jurídica del contrato de obra, para asegurar su correcta ejecución y cumplimiento de acuerdo con lo previsto en el Manual de Contratación, la Guía de supervisión e interventoría de la entidad y en las obligaciones contenidas en el contrato.
19. OBLIGACIONES GENERALES.
1. Prestar los servicios objeto del contrato, de conformidad con los requerimientos y necesidades de
PLAZA MAYOR, las cuales serán canalizadas siempre a través del supervisor del contrato.
2. Cumplir durante la vigencia del contrato con todas las especificaciones técnicas consagradas en el pliego de condiciones, sus anexos y en la oferta económica.
3. Contar con el personal idóneo y calificado para la prestación de los servicios objeto del contrato. Se deberá garantizar que tenga la experticia suficiente en cada una de las líneas de ejecución del contrato.
El personal operativo y profesional del contratista, debe contar con certificación en la norma de competencia laboral vigente para trabajo seguro en alturas, capacitación en el nivel de coordinador de trabajo en alturas y experiencia certificada.
4. El personal contratado por el contratista deberá usar siempre ropa adecuada a la labor, portar su identificación que lo vincule a la obra. Según resolución 2400 de 1979.
5. Suministrar con cargo al valor del contrato todos los bienes y herramientas necesarias para la ejecución del objeto contractual.
6. Proporcionar todo su conocimiento, experiencia para la implementación y desarrollo del objeto contractual.
7. Contar con la autorización formal del supervisor del contrato cuando se soliciten bienes o servicios inicialmente no cotizados o adicionales.
8. Asumir todas las obligaciones legales y extralegales que se deriven de la relación contractual con el personal que presta el servicio, quedando PLAZA MAYOR indemne de toda reclamación.
9. Acatar las indicaciones que sobre la ejecución del contrato le haga el supervisor del contrato.
10. Entregar a PLAZA MAYOR cualquier información necesaria relacionada con el presente contrato.
11. Cumplir con los impuestos, retenciones y gastos que sean relacionados con el objeto del presente contrato.
12. Xxxxxxx el apoyo y asistencia técnica requerida para cumplir a cabalidad el contrato.
13. Asistir a las reuniones programadas con ocasión del contrato, previamente concertadas con EL CONTRATISTA.
14. Facilitar la labor de supervisión dando respuesta oportuna a las observaciones o requerimientos que se realicen.
15. Realizar las acciones necesarias para el cumplimiento del objeto, alcance y especificaciones esenciales estipuladas en la propuesta.
16. Presentar los informes que sean requeridos según las necesidades específicas y en los tiempos acordados con el supervisor.
17. Atender los requerimientos, instrucciones y/o recomendaciones que durante el desarrollo del contrato le imparta PLAZA MAYOR a través del supervisor, para una correcta ejecución y cumplimiento de sus obligaciones.
18. Reportar de manera inmediata al supervisor, la ocurrencia de cualquier novedad durante la ejecución del contrato
19. Salvaguardar la información confidencial que obtenga o conozca en el desarrollo de sus actividades salvo requerimiento expreso de autoridad competente. Toda la información y/o documentos que se produzcan en desarrollo del presente contrato, serán de uso exclusivo de PLAZA MAYOR, obligándose EL CONTRATISTA a no utilizarlos para fines distintos a los previstos en este contrato, ni a divulgar la información que se le suministre, ni los resultados de su labor conservando la confidencialidad de los mismos, de conformidad con la ley, so pena de las acciones civiles, administrativas o penales a que haya lugar.
20. Presentar para efectos del pago las facturas con el lleno de los requisitos legales.
21. Las demás obligaciones emanadas de la naturaleza jurídica del contrato y de sus obligaciones que no se encuentren explícitamente relacionadas en el presente contrato.
20. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS:
Con el fin de buscar la adecuada y oportuna ejecución de las obras objeto de Interventoría y a su vez, una mayor eficiencia en la administración de las mismas, la Interventoría comprenderá, además de la gestión técnica, el control financiero, económico, ambiental y jurídico del Contrato de Obra, por lo cual, deberá apoyar, asistir y asesorar a la PLAZA MAYOR en todos los asuntos de orden técnico, financiero, económico, ambiental y jurídico que se susciten durante la ejecución de las obras, suministrando oportuna información sobre los mismos, preparando los documentos que al respecto se requieran y rindiendo los conceptos y evaluaciones que sobre la materia se le soliciten. En tal sentido, se establecen las siguientes funciones para la Interventoría:
1. Control de anticipo: En caso de que el constructor le sea entregado anticipo, el interventor deberá verificar la correcta inversión de este solicitando las facturas o subcontratos de obra y en caso de prefabricados deberá constatar la existencia de la orden de trabajo en la planta de producción, para asegurarse del correcto avance de cada uno de los frentes de obra. El interventor deberá dar el aval para el desembolso del anticipo en la fiducia.
2. Estudio de contratos y especificaciones: La Interventoría deberá estudiar detalladamente el contrato de construcción objeto de ésta, así como todos los documentos que tengan que ver con los mismos, a fin de formarse criterios claros y precisos que le permitan adelantar con eficiencia y eficacia las labores encomendadas por XXXXX XXXXX.
0. Aprobación del programa de trabajo: El interventor presentará informe semanal del estado del contrato y del avance de las actividades realizadas tanto en tiempo como en valor, al supervisor asignado por XXXXX XXXXX.
0. Inicio del contrato: Una vez aprobado el respectivo programa de trabajo se procederá a efectuar vigilancia y control de su cumplimiento, dejando constancia de las fechas de inicio y terminación del contrato.
5. Revisión del proyecto: La Interventoría debe estudiar todos y cada uno de los planos y especificaciones técnicas del proyecto que hayan sido suministrados al Contratista. Igualmente debe estudiar, revisar, aprobar o improbar los informes de levantamientos, también examinará las zonas de construcción o adecuación del proyecto y comparará las condiciones reales observadas en el terreno con las consignadas y mostradas en los planos y diseños, efectuando oportunamente las sugerencias y ajustes necesarios. En resumen, la Interventoría debe lograr un conocimiento total y detallado sobre el proyecto materia del contrato; revisará minuciosamente los proyectos de diseño, construcción y adecuación, localización sobre el terreno, las referencias necesarias con sus correspondientes coordenadas y niveles, a fin de estudiar los replanteos que sean del caso.
El interventor hará un análisis exhaustivo de los planos de construcción, pliego de condiciones, formulario de cantidades de obra y presupuestos y presentará a PLAZA MAYOR un informe sobre las deficiencias que pudiere encontrar en el desarrollo del proyecto,
Además, deberá revisar detalladamente todos los planos de construcción, para garantizar que haya correspondencia entre ellos, verificar que los diseños cumplan con la norma vigente para edificaciones sismo resistentes NSR-10, con la norma de diseño de los elementos no estructurales y con las demás normas de las autoridades correspondientes, con el fin de solucionar problemas antes de iniciar las obras.
La revisión y aprobación del proyecto, incluye todos los estudios y diseños correspondientes a éste, ciñéndose al alcance exigido en la NSR-10 en lo relacionado con el diseño estructural y a las normas vigentes para los demás diseños, así como también al diseño arquitectónico entregado por PLAZA MAYOR.
Los diseños entregados por PLAZA MAYOR, deberán ser revisados y aprobados por la interventoría, durante los cinco primeros días hábiles siguientes a la firma del contrato de interventoría, certificando que fueron elaborados correctamente y que con ellos se garantiza el correcto funcionamiento de lo diseñado, en caso de presentar inconvenientes con los mismos la interventoría procederá a realizar las correcciones necesarias para ejecutar el proyecto sin permitir retrasos, los costos en que se incurra en esta revisión y aprobación definitiva serán incluidos en el Factor Multiplicador y no se pagaran valores por esta actividad.
6. Interventoría de construcción: La Interventoría procederá con base en los planos y especificaciones y las propuestas aceptadas de los proyectos, a revisar el plan de operaciones, el programa de trabajo, el personal profesional de construcción, el equipo y maquinaria con que cuenta el Contratista, su oportuna asignación, las fuentes de materiales, el manejo y desvío del tránsito peatonal, la señalización del mismo, la seguridad de los trabajadores y en general la seguridad industrial en las obras y toda labor conducente a una adecuada y eficiente realización de la obra. En general la Interventoría y el Contratista establecerán las pautas generales sobre la organización, dirección y control del proyecto de construcción y adecuación. Si el equipo o personal es diferente del ofrecido inicialmente por el Contratista, la Interventoría notificará a PLAZA MAYOR y exigirá al Contratista su ubicación en el lugar de los trabajos en forma inmediata; en caso contrario la Interventoría solicitará a PLAZA MAYOR. La aplicación de las sanciones a que haya lugar.
7. Revisión y replanteo: El Interventor verificará la localización de los ejes (por medio de comisión topográfica) y las obras del proyecto efectuado por el contratista, con la información suministrada por aquel. Durante la construcción revisará permanentemente la localización de las estructuras, rampas, redes, obras de drenaje y demás estructuras que hacen parte de la construcción.
8. Revisión de planos de detalles: La Interventoría revisará minuciosamente los planos de detalles de las obras y de ser necesario solicitará a los diseñadores correspondientes una aclaración de los mismos, de tal forma que le permitan la mejor interpretación y precisión de las obras a intervenir.
En caso de que sea necesario, la Interventoría deberá elaborar planos de detalles de las obras, y especificar los pormenores de éstas cuando en los planos generales del proyecto no existan. Los
costos de la elaboración de planos de detalles estarán inmersos dentro del costo de la interventoría, en ningún caso se pagará valor alguno por estos planos.
9. Control de calidad: La Interventoría efectuará la revisión general del diseño, los ensayos de campo, de laboratorio y demás pruebas requeridas en todas las actividades de construcción y adecuación que garanticen la buena calidad de las obras ejecutadas. El récord y resultado de las pruebas y ensayos, así como de los comentarios correspondientes deben ser condensados en los informes periódicos, los cuales deben reflejar la calidad de los trabajos contratados y ejecutados. La Interventoría deberá exigir la construcción de la obra de acuerdo con los parámetros técnicos, arquitectónicos, urbanísticos, planos y especificaciones particulares del proyecto y generales. La Interventoría realizará reuniones semanales con los Contratistas, PLAZA MAYOR y las demás personas que considere necesarias. Los métodos de construcción quedan a juicio de los Contratistas, sin embargo, la Interventoría podrá sugerir cambios en los métodos que considere inadecuados o que según su criterio garantizan una mejor calidad y rapidez en las ejecuciones.
El interventor implementará un plan de inspección del control técnico de la obra y por tanto como mínimo deberá presentar a los representantes de PLAZA MAYOR un plan de puntos de inspección y ensayo, formatos de identificación y trazabilidad, identificación y seguimiento al producto no conforme, además de las acciones correctivas y preventivas implementadas en el plan de calidad
10. Consultas: La Interventoría absolverá las consultas que formule el constructor sobre los aspectos técnicos del proyecto que hacen parte del contrato y le comunicará a PLAZA MAYOR las observaciones y recomendaciones que de su propia iniciativa tuviese en lo concerniente a dichos aspectos.
11. Cambio de condiciones técnicas: La Interventoría sugerirá a PLAZA MAYOR, los cambios en las condiciones de carácter técnicas que estime apropiados y las medidas que crea convenientes para mejorar las condiciones de construcción de las obras.
12. Reparación de obras defectuosas: La Interventoría ordenará, tantas veces como sea necesario, la reconstrucción total o parcial o la reparación de obras defectuosas y verificará que unas y otras se realicen correctamente, según lo establecido en los contratos.
13. Actas de pago: La Interventoría se reunirá, en fecha acordada con el contratista, para determinar el cumplimiento de los hitos de avance obra ejecutada y verificar el cálculo de los mismos, con el fin de autorizar las actas de pago por el cumplimiento de dichos hitos, según los términos que se estipulan en el respectivo contrato de obra. Para el trámite de estas actas se adjuntará, según el caso, los soportes y ensayos de laboratorio.
14. Autorización de pagos: En caso de que se haya creado una fiducia por parte del proponente al inicio del proyecto, con destinación específica para el Pabellón amarillo, el interventor debe autorizar los pagos de dicho fondo.
15. Programa y plazos: Cuando la Interventoría lo estime necesario, solicitará por escrito al Contratista ampliar los horarios de trabajo, reforzar cuadrillas o implementar programas de contingencia, con el objetivo de cumplir con los respectivos plazos de las actividades, sin que esto incurra en un costo adicional para la obra.
16. Coordinación con las empresas de servicios públicos: La Interventoría colaborará en el trámite ante las empresas respectivas, para que coordinadamente se adelanten a la mayor brevedad posible el retiro de postes, instalaciones, poda o tala de árboles, conexiones a redes públicas y reparaciones de redes de servicio, señalización, demarcación, etc. En general el interventor deberá gestionar en forma oportuna en coordinación con el contratista ante las respectivas entidades públicas o privadas, todos los trámites que se requieran para el normal desarrollo y ejecución de la obra.
17. Comprobación de órdenes: La Interventoría deberá comprobar que las medidas de carácter técnico y administrativo procedentes de los Contratistas, correspondan en su fondo y forma a las estipulaciones y finalidades del contrato, sin que tal comprobación interfiera con la facultad autónoma de decisión que tiene el Contratista y sin que demore, paralice o perjudique la marcha de los trabajos. La Interventoría le comunicará a PLAZA MAYOR, la ocurrencia de hechos que hubiese comprobado en relación con el incumplimiento del contrato por parte del Contratista y formulará las recomendaciones que estime oportunas sobre el particular.
18. Funciones Generales: La Interventoría de obra ejercerá en general las funciones de intervención, control y vigilancia de acuerdo con las prácticas más correctas y conocidas, sin contrariar en ningún caso lo dispuesto en el contrato y los documentos que hacen parte del mismo. En forma coordinada, la Interventoría estará atenta a que el contratista garantice el cumplimiento de sus obligaciones y el buen éxito de sus labores, tendientes a la realización de las obras dentro del plazo estipulado y con óptima calidad. La Interventoría es delegataria de PLAZA MAYOR. La supervisión de la ejecución del contrato de interventoría, estará a cargo del supervisor designado por XXXXX XXXXX.
00. Responsabilidad del Interventor: El Interventor será responsable de la dirección general del contrato a él encomendado, su control y vigilancia en la ejecución idónea y oportuna del mismo. La Interventoría llevará un registro diario (bitácora de obra), de cada una de las actividades que adelante el Contratista de acuerdo con el programa de obra. Allí se registrarán en general las indicaciones e instrucciones que la Interventoría considere necesarias para el normal funcionamiento de las operaciones de la obra.
La responsabilidad básica del Interventor es verificar y certificar de manera documentada que la obra que está interviniendo se realice de acuerdo con la calidad, costos y plazos preestablecidos por PLAZA MAYOR. Para cumplir con esta función básica el Interventor deberá ejecutar correctamente entre otras, las siguientes funciones:
Definir el control de la Interventoría.
Diseñar, implementar y mantener la organización de la Interventoría y definir las líneas de autoridad y las interrelaciones entre el personal clave y las actividades del proyecto.
Establecer un marco para alcanzar y mantener el control general de la construcción del proyecto.
Diseñar e implementar un sistema de control interno y de auditoria externa para la organización de la Interventoría.
Establecer metodologías operativas que permitan el trámite apropiado y oportuno de los asuntos relacionados con la coordinación y control de contratos.
Preparar, implementar y mantener un sistema de aseguramiento de la calidad de su propia gestión interventora.
Recopilar, analizar y evaluar toda la información disponible en PLAZA MAYOR y en otras entidades relacionadas con el proyecto o su zona de influencia que pueda ser utilizada para la ejecución de los trabajos.
Estudiar y analizar los planos, informes, especificaciones y pliegos de condiciones para la construcción de las obras correspondientes a la invitación pública contratadas por PLAZA MAYOR.
Mantener contacto permanente con los diseñadores del proyecto.
Estudiar, supervisar, hacer recomendaciones, aprobar o improbar los procedimientos de construcción propuestos por los Contratistas para la realización de la obra.
Estudiar las modificaciones y ajustes tanto en el número como en la capacidad o potencia de los equipos de construcción a utilizar por el Contratista de las obras civiles y recomendar los ajustes que considere necesarios para el logro de los plazos preestablecidos.
Llevar el control de todas las modificaciones que se realicen durante la construcción de la obra para que estas sean estudiadas, aprobadas y oficializadas por los responsables del diseño de las obras. El Interventor no tendrá autoridad para modificar los diseños y especificaciones del proyecto
Informar oportunamente y por escrito tanto al supervisor y a PLAZA MAYOR, sobre anomalías que se detecten en la calidad de las obras.
Supervisar el oportuno suministro y manejo de materiales y aprobar o rechazar los destinados a las obras del proyecto, los procesos de elaboración de los materiales y exigir a los Contratistas los certificados de garantía de calidad que avalen el cumplimiento de la calidad especificada.
Xxxxxxx y aprobar los replanteos de construcción ejecutados por los Contratistas antes de iniciar los trabajos y durante el desarrollo de los mismos; en general, verificar que se ejecuten todos los trabajos con las especificaciones de construcción exigidas.
Mantener un conocimiento adecuado de todos los problemas que puedan afectar la construcción de las obras y autorizar los cambios necesarios, con la aprobación previa de PLAZA MAYOR y con la suficiente autoridad para lograr que las obras se ejecuten de acuerdo con la calidad, costos y plazos preestablecidos.
Exigir al Contratista el empleo de personal técnico capacitado y el retiro del que a su juicio o el de PLAZA MAYOR sea inconveniente para los intereses de PLAZA MAYOR.
Solicitar la participación en la obra de especialistas técnicos cuando la complejidad de las obras lo amerite.
Formular, desarrollar, elaborar, establecer, implementar y documentar un sistema de control del alcance de las obras intervenidas.
Formular, desarrollar, elaborar, establecer, implementar y documentar un sistema de verificación, control y seguimiento de los programas de construcción de las obras intervenidas.
Supervisar el cumplimiento de los programas de trabajo del Contratista y presentar periódicamente, previo acuerdo con la PLAZA MAYOR los informes de seguimiento de los programas de trabajo.
Formular, desarrollar, elaborar, establecer, implantar y documentar un sistema de seguimiento y control de los costos incurridos por el propio interventor en desarrollo del contrato.
Mantener sistemas de seguimiento e información en tiempo real sobre el estado del contrato intervenido en relación con su avance, calidad y costo.
Preparar y presentar mensualmente informes técnicos y de programación, en los cuales se analice el programa de ejecución de los trabajos, las documentaciones de los cambios, las inversiones realizadas, los recursos de personal (incluyendo los empleos directos e indirectos, los equipos utilizados y todos los demás aspectos que permiten el adecuado seguimiento y control de las obras).
Diseñar, implementar y mantener un sistema para controlar el avance y calidad de los trabajos objeto de la Interventoría y de esta manera hacerlos coherentes con los objetivos del proyecto.
Mantener personal calificado y competente en número suficiente, para un adecuado y oportuno desempeño de las funciones de la Interventoría.
Realizar la vigilancia y cuidado de los elementos PLAZA MAYOR encomendados al Interventor.
Asistir a las reuniones periódicamente con los Contratistas, los diseñadores y PLAZA MAYOR, con el objeto de analizar en el sitio todos los aspectos que requieran el concepto o conocimiento de las entidades relacionadas con la ejecución de las obras, a fin de lograr un acuerdo permanente entre ellas para beneficio del proyecto.
Concertar reuniones periódicas con PLAZA MAYOR o sus representantes, para analizar el avance de la obra, control de costos, problemas de diseño, reclamaciones de Contratistas, entre otros, para mantener a PLAZA MAYOR plenamente informado sobre detalles del avance de las obras y del desarrollo del contrato.
Presentar informes sobre aspectos específicos, bien sea técnicos, financieros o administrativos, cada vez que PLAZA MAYOR lo solicite.
Resolver en coordinación con PLAZA MAYOR y los Diseñadores, las consultas que hagan los Contratistas sobre la interpretación de planos y especificaciones.
Asesorar a PLAZA MAYOR en la solución de las discrepancias de carácter técnico o contractual que surjan con los Contratistas durante el desarrollo del contrato.
Analizar con PLAZA MAYOR las reclamaciones presentadas por los Contratistas y recomendar soluciones.
Elaborar planes de contingencia para atender eventos imprevistos que puedan afectar la seguridad, calidad, costo o plazo de las obras, de manera que se eviten o mitiguen las implicaciones de tales eventos.
Estudiar el incumplimiento del Contratista y solicitar PLAZA MAYOR las sanciones a que diere lugar.
Sugerir a PLAZA MAYOR la conveniencia o no de aceptar los subcontratos que proponga el Contratista.
Certificar el cumplimiento de los hitos para el pago al contratista y presentar a PLAZA MAYOR las actas elaboradas y revisadas.
Exigir el cumplimiento en la obra de las normas de higiene y seguridad industrial de todo el personal que tenga acceso a la obra, en forma permanente o temporal.
Realizar la liquidación financiera del contrato y elaborar cuadros resúmenes de las cuentas pagadas y la amortización del anticipo, en caso de existir anticipo. Esta información será la base para que PLAZA MAYOR formalice la liquidación del contrato.
Elaborar un informe mensual de construcción con inclusión de los elementos administrativos y técnicos del contrato, incluyendo todos los datos sobre su desarrollo y memorias técnicas de la construcción de las obras. Este informe deberá ser presentado a PLAZA MAYOR dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes.
Establecer un archivo sistematizado de la correspondencia de forma aceptable para PLAZA MAYOR, de manera que toda la correspondencia se conteste lo más pronto posible y no permanezcan puntos sin solución que puedan tomar los Contratistas como base para futuras reclamaciones. El Interventor enviará las copias de la correspondencia entre él y el Contratista que PLAZA MAYOR considere necesarias.
Participar en el diseño, implementación y mantenimiento del sistema de información del proyecto de PLAZA MAYOR- en los aspectos que conciernen a la Interventoría.
Revisión de los planos finales de la obra: La Interventoría revisará minuciosamente los planos de construcción o adecuación de la obra corregida por El Contratista. Estos planos incluirán todas las modificaciones que se hubiesen presentado en desarrollo de la construcción o adecuación de las estructuras, de las obras de alcantarillado, energía, acueducto, entre otros, en los sitios utilizados en la obra y cualquier información adicional que sea pertinente a juicio del Interventor y PLAZA MAYOR. Una vez revisados por la Interventoría, los planos rubricados se entregarán a PLAZA MAYOR.
Inspección final para entrega de la obra a PLAZA MAYOR: Al finalizar la obra, la Interventoría, el Contratista y el supervisor designado de PLAZA MAYOR efectuarán la visita de inspección a la misma con el objeto de determinar su estado. Es necesario que la Interventoría prepare previamente un informe técnico fotográfico para la entrega a cada uno de los integrantes de esta comisión, donde se pueda observar el balance general de las cantidades de obra ejecutada, el costo de la misma, los ensayos de laboratorio, etc.
Elaborar antes de iniciar al contrato, el acta de espacio público y/o de vecindad con el respectivo registro fotográfico y de video, firmada por el contratista, el interventor y los vecinos.
Velar por el estricto cumplimiento de todas las obligaciones del contratista de obra, consignadas en el contrato y sus anexos.
Atender en forma oportuna todos los requerimientos de tipo jurídico y administrativos derivados de reclamaciones, demandas y recursos que interponga el contratista de obra, hasta que queden debidamente resueltos.
Diligenciar en forma oportuna la aplicación de sanciones, estipulaciones adicionales o descuentos y garantías del contrato de obra.
Todo cambio sustancial del contrato de obra, debe estar aprobado por el Interventor y PLAZA MAYOR
20. ENTREGA DE PROPUESTAS:
El cierre de la presente Invitación Pública será el 4 xx xxxxx de 2019 a las 2:00 pm.
De esta diligencia se levantará un acta suscrita por el o los funcionarios asistentes en representación de PLAZA MAYOR donde se consignarán los nombres de los proponentes, el número de folios de la oferta, los retiros de propuestas si las hubiere y las observaciones correspondientes.
Las propuestas deberán ser entregadas en el Centro de Administración Documental (CAD) de PLAZA MAYOR, ubicado en la xxxxx 00 # 00-00.
Las propuestas entregadas deberán contener toda la documentación requerida en el presente pliego, teniendo en cuenta las siguientes normas de presentación:
‐ Deberá aportarse un original físico y una copia digital con un índice del contenido de la propuesta. ‐ El primer folio de la propuesta deberá ser el formato No.1.
‐ La documentación debe ir debidamente foliada y en sobre sellado.
‐ El sobre sellado deberán ser dirigido así: PLAZA MAYOR MEDELLÍN CONVENCIONES Y EXPOSICIONES S.A. SECRETARIA GENERAL. INVITACIÓN PÚBLICA No. 007 DE 2019 CALLE 00 Xx. 00 – 80.
PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A. no se hace responsable de las ofertas enviadas por correo en lo referente a la fecha de entrega y al estado de las mismas. Tampoco se responsabiliza por no abrirlas oportunamente cuando los sobres no estén correctamente marcados y dirigidos a la dirección señalada en este punto. Las propuestas deben ser remitidas de manera física a la dirección anteriormente señalada. La dirección electrónica indicada en este pliego es únicamente para resolver observaciones y entregar documentos para subsanaciones dentro del proceso de invitación pública.
21. PARTICIPANTES:
Podrán participar todas aquellas personas naturales o jurídicas, consideradas legalmente capaces en las disposiciones vigentes que no tengan incompatibilidades o inhabilidades para contratar, cuyo objeto se encuentre relacionado directamente con el objeto de la presente Invitación Pública (aplica para cada uno de los miembros del consorcio, unión temporal u otra forma de asociación).
Para el caso de las personas jurídicas deberán acreditar que su duración no será inferior a la de la vigencia del contrato, y un (1) año más. La propuesta del proponente que no reúna estas condiciones será rechazada o eliminada de plano.
22. CONSORCIOS, UNIONES TEMPORALES U OTRA FORMA DE ASOCIACIÓN:
Se permite la presentación de propuestas a consorcios, uniones temporales u otras formas asociativas con capacidad para contratar, con las mismas exigencias xx xxx. Los proponentes indicarán si su participación es a título de consorcio, unión temporal u otra forma asociativa, para lo cual deberán señalar las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos. Deberán diligenciar el formato No. 2 o 2.1. Para el caso de las uniones temporales, deberán indicar su porcentaje de participación en la propuesta y en la ejecución del contrato, lo cual no podrá ser modificado sin la autorización previa de PLAZA MAYOR. En los casos en que se conformen asociaciones bajo cualquiera de las modalidades previstas en la ley con el único objeto de presentar una propuesta o celebrar un contrato estatal, la responsabilidad y sus efectos se regirán por las disposiciones previstas en la ley para los consorcios.
23. COMITÉ EVALUADOR:
Técnico: Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx- Gerente de servicio y operaciones/ Xxxxxx Xxxxxx Xxxx- Director de operaciones.
Jurídico: Xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx – Director Jurídico
Financiero: Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx- Gerente Administrativa y financiera
24. REQUISITOS HABILITANTES
24.1. CAPACIDAD JURÍDICA.
• Certificado de existencia y representación legal expedido dentro de los 90 días anteriores a la fecha de entrega de propuestas.
• RUT- Registro único tributario.
• Carta de presentación de la propuesta anexo No. 1 suscrito por el representante legal.
• Fotocopia legible de la cédula del Representante Legal
• Certificado actualizado de antecedentes disciplinarios del Representante Legal y la persona jurídica (Procuraduría).
• Certificado actualizado de antecedentes fiscales del Representante Legal y la persona jurídica (Contraloría)
• Certificado actualizado de antecedentes judiciales del Representante Legal (Policía Nacional).
• Pantallazo que la persona natural o representante legal se encuentre al día con el pago de multas establecidas en el Código Nacional de Policía y Convivencia Ley 1801 de 2016 de conformidad con el artículo 183, lo cual puede ser consultado en el siguiente enlace xxxxx://xxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/XXX/xxx_xxx_xxxxxxxx.xxxx
• Si el proponente es persona jurídica deberá aportar el certificado actualizado del pago de parafiscales y de los aportes a la seguridad social firmado por el Representante Legal o el Revisor Fiscal según el caso. Formato No. 3. Si el proponente es persona natural deberá aportar la Planilla integrada de liquidación de aportes (PILA) a la seguridad social, de todos los empleados.
• Autorización de la Junta o Asamblea de Socios, cuando el Representante Legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntar el documento
de autorización expresa del órgano societario competente donde se acredite su autorización para participar en la invitación pública, firmar la propuesta y suscribir el contrato en el evento de salir favorecido. La autorización deberá expedirse con fecha anterior a la entrega de propuestas o cierre de la invitación pública. La anterior observación también es válida para los miembros del Consorcio, Unión Temporal u otra forma asociativa que se presente.
• RUP: deberá aportar el (i) Registro Único de Proponentes -RUP-
El certificado deberá tener una fecha de expedición no mayor a TREINTA (30) DÍAS calendario previos s a la fecha de cierre del presente proceso. En caso de formas asociativas como Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los integrantes deberá aportar estos documentos.
• Garantía de seriedad de la oferta: el proponente debe presentar junto con la propuesta una garantía de seriedad de la oferta a favor de la entidad contratante en los siguientes términos:
La propuesta deberá estar acompañada del original de una garantía de seriedad a favor de Plaza Mayor Medellín S.A, otorgada por una entidad bancaria o compañía de seguros legalmente establecida en Colombia para entidades estatales.
El valor asegurado será equivalente al 10% del valor del presupuesto oficial, con vigencia de noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha de presentación de la oferta.
EN CASO DE PRESENTARSE EN CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL, LA PROPUESTA SE HARÁ A NOMBRE DEL RESPECTIVO CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL, Y LOS REQUISITOS HABILITANTES DE PARTICIPACIÓN DESCRITOS EN EL PRESENTE NUMERAL DEBERÁN ACREDITARSE POR CADA UNO DE SUS INTEGRANTES.
24.1.1. ABONO DE LA PROPUESTA Personas Jurídicas
Si el proponente es persona jurídica y quien suscribe la carta de presentación de la propuesta (Representante Legal) no es Ingeniero Civil, Arquitecto, constructor civil, Arquitecto Constructor o Constructor en Arquitectura e Ingeniería, deberá presentar la propuesta abonada por alguno de estos profesionales, para lo cual éste deberá suscribir la carta de presentación de la propuesta y adjuntar copia de la cédula de ciudadanía, matrícula profesional, y su correspondiente certificado de vigencia expedido por la entidad competente (tal certificación igualmente deberá estar vigente al momento de ser presentada al proceso). En caso que el representante legal cumplan con el perfil profesional descrito y no se abone la postura, éste deberá adjuntar la documentación relacionada anteriormente.
Personas Naturales
Si el proponente es persona natural y no es Ingeniero Civil, Arquitecto, constructor civil, Arquitecto Constructor o Constructor en Arquitectura e Ingeniería, deberá presentar la propuesta abonada por alguno de estos profesionales, para lo cual éste deberá suscribir la carta de presentación de la propuesta y adjuntar copia de la cédula de ciudadanía, matrícula profesional y su correspondiente certificado de
vigencia expedido por la entidad competente (tal certificación igualmente deberá estar vigente al momento de ser presentada al proceso). En caso que proponente persona natural cumpla con el perfil profesional descrito no requerirá abonarla, pero deberá adjuntar la documentación relacionada anteriormente.
Proponentes Asociados
En el caso de las formas asociativas previstas en la Ley como Consorcios y Uniones Temporales, integradas por personas jurídicas, y donde el representante legal de alguna no sea Ingeniero Civil, Arquitecto, constructor civil, Arquitecto Constructor o Constructor en Arquitectura e Ingeniería, deberán abonar la propuesta por un profesional de esta disciplina, para lo cual se adjuntará copia de la cédula de ciudadanía, tarjeta profesional y su certificado de vigencia expedido por la entidad competente (tal certificación igualmente deberá estar vigente al momento de ser presentada al proceso). En caso que el representante legal de alguna de las personas jurídicas cumpla con el perfil profesional descrito y no se abone la propuesta, éste deberá adjuntar la documentación relacionada anteriormente.
Para formas asociativas entre personas naturales que no tengan la profesión de Ingeniero Civil, Arquitecto, constructor civil, Arquitecto Constructor o Constructor en Arquitectura e Ingeniería, deberán abonar la propuesta por un profesional de esta disciplina, para lo cual se adjuntará copia de la cédula de ciudadanía, tarjeta profesional y su certificado de vigencia expedido por la entidad competente (tal certificación igualmente deberá estar vigente al momento de ser presentada al proceso). En caso que alguna de las personas naturales cumpla con el perfil profesional descrito no se requerirá abonar la propuesta, pero deberá adjuntar la documentación relacionada anteriormente.
Para formas asociativas que el representante legal de la persona jurídica o la persona natural que no sea Ingeniero Civil, Arquitecto, constructor civil, Arquitecto Constructor o Constructor en Arquitectura e Ingeniería, deberá abonar la propuesta por un profesional de esta disciplina, para lo cual se adjuntará copia de la cédula de ciudadanía, tarjeta profesional y su certificado de vigencia expedido por la entidad competente (tal certificación igualmente deberá estar vigente al momento de ser presentada al proceso). En caso que la persona naturales o representante legal de la persona jurídica cumplan con el perfil profesional descrito no se requerirá abonar la propuesta, pero deberá adjuntar la documentación relacionada anteriormente.
Plaza Mayor Medellín S.A.-, admitirá la propuesta que sea presentada en Consorcios o Uniones Temporales o cualquier otra forma asociativa permitida por la ley, conformado hasta máximo por dos (2) integrantes, quienes deberán señalar las reglas básicas que regularán las relaciones entre ellos, con el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley al respecto.
Dichas formas asociativas deberán estar conformadas a la fecha de cierre del proceso, mediante documento suscrito por cada uno de sus miembros, según los formatos suministrado en el pliego de Condiciones.
EN CASO DE PRESENTARSE EN CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL, LA PROPUESTA SE HARÁ A NOMBRE DEL RESPECTIVO CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL, Y LOS REQUISITOS HABILITANTES DE
PARTICIPACIÓN DESCRITOS EN EL PRESENTE NUMERAL DEBERÁN ACREDITARSE POR CADA UNO DE SUS INTEGRANTES
24.2. CAPACIDAD FINANCIERA
Los documentos de contenido financiero no tienen puntaje alguno, se trata del estudio que debe realizar Plaza Mayor, para determinar si la propuesta se ajusta a los requerimientos establecidos en el presente numeral y demás normas vigentes sobre la materia, estableciendo como resultado si el oferente CUMPLE o NO CUMPLE.
Todos los proponentes que demuestren interés en el presente proceso de contratación, deberán estar inscritos en el Registro Único de Proponentes (RUP).
Para la verificación del cumplimiento de los márgenes establecidos para los indicadores financieros se tomarán los valores registrados en el RUP respecto de la información financiera.
Con el fin de verificar la capacidad financiera de los oferentes, deberán presentar los documentos relacionados a continuación, en moneda legal Colombiana:
Los requisitos financieros para participar en el presente proceso de selección, serán verificados a partir de la información sobre la capacidad financiera con corte al 31 de diciembre de 2018, que repose en el RUP y los estados financieros firmados por Contador Público y debidamente dictaminados por el Revisor fiscal, si se está obligado a ello de conformidad con los requerimientos xx xxx. Los proponentes deberán aportar: ESTADOS FINANCIEROS COMPARATIVOS 2017 Y 2018 BAJO Normas Internacionales de Información Financiera - NIIF, los cuales están compuestos por Estado de Situación Financiera clasificado en Corriente y no corriente, Resultado Integral del ejercicio, Cambios en el patrimonio flujo de efectivo y Notas a los Estados Financieros.
Se aclara que la entrega de la información es subsanable pero el cumplimiento de los índices requeridos
en ningún momento será subsanable.
Cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal o cualquier otra forma asociativa, así como los otros proponentes individuales, deberán cumplir los requisitos mínimos establecidos.
Nombre | Fórmula | Valores deseados | Observaciones | |||
Estado de disolución | Patrimonio neto vs 0,5 *aporte del capital Social o capital | Patrimonio neto >50%*aporte del capital Social o suscrito depende del tipo de empresa | Si la empresa está en causal de disolución, la contratación no es viable. Si se presenta un consorcio, unión temporal o figura similar, cada una | |||
suscrito según tipo de empresa | ||||||
de las empresas debe cumplir el indicador. Si se presenta una entidad sin ánimo de lucro, el representante legal debe certificar que no está en causal de disolución | |||
Endeudamiento | (Pasivo total/ activo total)*100 | Menor o igual al 60% | Si se presenta un consorcio, unión temporal o figura similar, cada una de las empresas debe cumplir el indicador. |
Índice de liquidez | Activo Corriente/ pasivo corriente | Mayor a 1.3 | Si se presenta un consorcio, unión temporal o figura similar, cada una de las empresas debe cumplir el indicador. |
Respaldo patrimonial Patrimonio neto | Patrimonio neto | Patrimonio neto > valor del contrato con IVA. | Si se presenta un consorcio, unión temporal o figura similar, la suma del patrimonio de máximo dos de los integrantes, debe ser mayor a el valor del proyecto incluyendo IVA |
Razón de cobertura de intereses | Utilidad Operacional/intereses | >3 | El contador debe certificar el valor de todos los intereses pagados para el año en evaluación. Si se presenta un consorcio, unión temporal o figura similar, cada una de las empresas debe cumplir el indicador. |
CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
Nombre | Fórmula | Valores deseados | Observaciones |
Rentabilidad sobre patrimonio | (Utilidad Operacional / Patrimonio) | >0,05 | Si se presenta un consorcio, unión temporal o figura similar, cada una de las empresas debe cumplir el indicador. |
Rentabilidad sobre activos | (Utilidad Operacional / Activo Total) | >0,035 | Si se presenta un consorcio, unión temporal o figura similar, cada una de las empresas debe cumplir el indicador. |
24.3. CAPACIDAD FINANCIERA DE PERSONAS EXTRANJERAS
Para garantizar la participación de las Personas Extranjeras no inscritas en el Registro Único de Proponentes por no tener domicilio o sucursal en el país, a estas no se les podrá exigir el requisito de inscripción en el registro único de proponentes.
En consecuencia, los citados oferentes deberán aportar la misma información indicada anteriormente, es decir, los Estados Financieros (estado de la situación financiera y estado de resultados), debidamente aprobados por el representante legal y por el Contador Público o Revisor Fiscal según corresponda, así mismo, una certificación del revisor fiscal o contador público, en la cual certifique y especifique las cifras utilizadas para verificar la capacidad financiera.
Las personas jurídicas extranjeras deberán presentar los Estados Financieros y la certificación firmada por el Representante legal y Revisor Fiscal o Contador Público, acompañada de traducción simple al idioma español, con los valores re-expresados a la moneda funcional colombiana, a la tasa de cambio de la fecha de cierre de los mismos, avalados con la firma de un contador público con Tarjeta Profesional expedida por la Junta Central de Contadores de Colombia.
La información debe ser presentada en español y moneda legal colombiana, por ser ésta la unidad de medida por disposición legal.
Para el caso de las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia y las sociedades extranjeras sin sucursal en Colombia, deberán presentar los estados financieros con corte al 31-12-2018, firmados por, el representante legal y avalados con la firma de quien se encuentre en obligación de hacerlo, de conformidad con la legislación propia del país de origen, debidamente consularizado o apostillado, acompañado de traducción simple al idioma español, con los valores expresados en moneda legal colombiana, a la tasa de cambio de la fecha de cierre de los estados financieros, avalados por un Contador
Público debidamente inscrito ante la Junta Central de Contadores, quien deberá presentar el Certificado
de Vigencia de Inscripción y Antecedentes Disciplinarios, vigente a la fecha de cierre del presente proceso. El pago de la propuesta, se realizará en pesos colombianos, pagaderos en Colombia.
24.4. CAPACIDAD TÉCNICA (CUMPLE Ó NO CUMPLE) Personal requerido
El proponente deberá acreditar experiencia para cada uno de los profesionales indicados a continuación, la cual deberá ir acompañada de las certificaciones o documentos soportes que demuestren la experiencia específica de cada profesional.
Esta experiencia se evaluará para las dos siguientes opciones o mediante la suma de las dos:
Ejercicio profesional en entidades públicas como funcionario del nivel ejecutivo, asesor y/o director o como contratista de Prestación de servicios. La experiencia certificada se evaluará con base en los certificados que se adjunten.
Ejercicio profesional en la empresa privada. La experiencia certificada se computará con base en la dedicación Hombres-Mes y se evaluará de acuerdo con los certificados que se adjunten.
Los estudios de Post-grado se acreditarán mediante fotocopia de los diplomas. Con el fin de constatar la fecha a partir de la cual se acreditará la experiencia, debe anexarse fotocopia ampliada de la matrícula profesional y fotocopia del documento expedido por el Concejo Profesional de Ingeniería y Arquitectura o la entidad donde indique que dicha matrícula está vigente, de los ingenieros propuestos.
El proponente es independiente de establecer el número de personas a emplear en el desarrollo de los trabajos, de acuerdo con el enfoque que la organización dé a los mismos; sin embargo, deberá contar como mínimo con el siguiente personal profesional y con las dedicaciones exigidas en estos términos:
Personal mínimo en interventoría | Descripción |
Director de interventoría. 50% | Que acredite ser Ingeniero Civil, Arquitecto o Arquitecto Constructor, debidamente matriculado. Con una experiencia general mínima de ocho (8) años contados a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional y con una experiencia específica mínima de cinco (5) años en cualquiera de las siguientes opciones o mediante la suma de las dos: |
En la empresa privada y/o entidades oficiales, haber ejercido como Director o Residente de Interventoría, en contratos cuyo objeto haya sido la construcción de edificaciones y estructuras metálicas. Por lo menos uno (1) de los contratos certificados y acreditados debe incluir la actividad de estructura metálica con un volumen igual o superior a DOSCIENTAS TONELADAS (200 ton.), y mínimo (2) años como director en actividades o contratos cuyo objeto haya sido, o dentro de su alcance incluyan, la construcción de estructuras metálicas especiales como cubiertas y/x xxxxxxx. Esta experiencia se calculará con base en la dedicación total en Hombres-Mes que haya tenido el profesional en cada proyecto. | |
En caso de tener título de Especialización, Maestría o Doctorado en el área de Gerencia de Proyectos u Obras Civiles, se podrán homologar un (1) año de experiencia específica. |
Personal mínimo en interventoría | Descripción |
Residente de control de obra y acabados 100% | Que acredite ser Ingeniero Civil, Arquitecto, constructor civil, Arquitecto Constructor o Constructor en Arquitectura e Ingeniería, debidamente matriculado para lo cual deberá anexar copia de la matricula profesional y certificado de vigencia expedido por la entidad competente (tal certificación igualmente deberá estar vigente al momento de ser presentada al proceso). |
Que acredite una experiencia general mayor a cinco (5) años contados a partir de la expedición de la matricula profesional, para lo cual deberá anexar copia del documento idóneo que acredite la aprobación del mismo, copia de la matricula profesional y certificado de vigencia expedido por la entidad competente (tal certificación igualmente deberá estar vigente al momento de ser presentada al proceso). | |
Que mediante certificaciones acredite como experiencia específica la participación como Coordinador, Director o Residente de obra o interventoría en el sector público o privado en mínimo tres (3) contratos certificados que hayan tenido por objeto o dentro de su alcance incluyan la CONSTRUCCIÓN DE EDIFICACIONES NUEVAS O SU INTERVENTORÍA. Se tendrán en cuenta proyectos celebrados a partir de la expedición de la matricula profesional. | |
Uno (1) de los proyectos certificados y acreditados por el profesional para el cumplimiento del requisito anterior, individualmente considerado, debe incluir en su objeto o alcance la interventoría o construcción de edificaciones nuevas, con un área igual o superior a dos mil (2.000) m2. Para verificar este requisito, en caso de no estar de manera explícita en el certificado aportado, el oferente deberá adjuntar adicional al certificado, copia de acta de pago o copia de la última acta de obra o un documento idóneo, debidamente firmado por la Entidad Contratante y/o interventoría. de donde se extractará la información necesaria para validar el cumplimiento de este requisito. | |
Deberá acreditar una experiencia específica mínima, de un (1) año a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional, en control de programación y presupuesto de obras de Infraestructura. | |
La duración del profesional durante la ejecución de cada uno de los contratos certificados debe ser mínimo de dos (2) meses cuando el contrato tenga una duración superior a éste término; en caso que el proyecto certificado haya tenido una duración inferior, su participación debe ser por la totalidad del plazo del contrato. |
Personal mínimo en interventoría | Descripción |
Residente técnico. Estructura metálica. 50% | Que acredite ser Ingeniero Civil, Mecánico, Arquitecto o Arquitecto Constructor, debidamente matriculado. Con una experiencia general mínima de seis (6) años contados a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional. El profesional que llevará a cabo este cargo deberá tener experiencia y conocimiento en programación de obra, además deberá acreditar una experiencia específica mínima de cuatro (4) años en cualquiera de las siguientes opciones o mediante la suma de las dos: |
En la empresa privada y/o entidades oficiales, haber ejercido como Director o Residente de Interventoría, en contratos cuyo objeto haya sido la Construcción edificaciones. Al menos una certificación debe tener dentro sus actividades o dentro de su alcance, la construcción de edificaciones y estructuras metálicas, entre los cuales se debe acreditar la instalación de por lo menos 200.000 kg de estructura metálica. | |
En caso de tener título de Especialización, Maestría o Doctorado en el área de Gerencia de Proyectos u Obras Civiles, se podrán homologar un (1) año de experiencia específica. | |
Residente técnico. Instalaciones eléctricas, voz y datos. 50% | Ingeniero electricista con tarjeta profesional vigente, que tenga una experiencia general mínima de cinco (5) años contados a partir de la fecha de expedición de la matricula profesional para lo cual deberá anexar copia de la matricula profesional y certificado de vigencia expedido por la entidad competente, (tal certificación igualmente deberá estar vigente al momento de ser presentada al proceso) y una experiencia especifica de dos (2) años en el área de edificaciones. |
Experiencia específica: Deberá acreditar una experiencia específica mínima a partir de la fecha de expedición de la tarjeta profesional, haber ejercido como residente de redes eléctricas de obra o Interventoría, en por lo menos tres (3) contratos que hayan tenido por objeto o contemplado en su alcance efectivamente ejecutado, la construcción de edificaciones. | |
Deberá acreditar para la experiencia específica mínimo (2) años en actividades o contratos cuyo objeto haya sido o dentro de su alcance incluyan la instalación de redes eléctricas, voz y datos para edificaciones. | |
Residente auxiliar de obra. 100% | Que acredite ser tecnólogo en construcciones civiles, o afines, ingeniero civil, arquitecto, arquitecto constructor con una experiencia mínima de tres (3) años contados a partir de la fecha de expedición de la matrícula o tarjeta que lo acredite como tecnólogo, para lo cual deberá anexar copia de la matricula profesional y certificado de vigencia expedido por la entidad competente, (tal certificación igualmente deberá estar vigente al momento de ser presentada al proceso). |
Experiencia específica: Deberá acreditar una experiencia específica mínima, a partir de la fecha de expedición de la matrícula o tarjeta que lo acredite como tecnólogo, haber ejercido como residente, tecnólogo o auxiliar de obra o de Interventoría, en por lo menos dos (2) contratos, que haya tenido por objeto o incluido dentro de su alcance y efectivamente lo hayan ejecutado, "la construcción de edificaciones en estructura metálica". |
Personal mínimo en interventoría | Descripción |
Los Tecnólogos en Construcciones Civiles pueden ser reemplazados por tecnólogos en las profesiones auxiliares de la ingeniería en el área de la construcción, definidos por el COPNIA, siempre y cuando cumplan los requisitos de matrícula profesional y experiencia específica descritos en este numeral, o por Ingenieros Civiles, Arquitectos, Arquitectos Constructores ó Constructor en Arquitectura e ingeniería, siempre y cuando cumplan los requisitos de matrícula profesional. | |
Residente de calidad y ambiental. 100% | Que acredite ser Ingeniero sanitario, ambiental, o forestal o tecnólogo ambiental con una experiencia mínima a dos (2) años contados a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional, para lo cual deberá anexar copia de la matricula profesional y certificado de vigencia expedido por la entidad competente, (tal certificación igualmente deberá estar vigente al momento de ser presentada al proceso). |
Experiencia específica: Que acredite como experiencia específica la participación como Residente o tecnólogo Ambiental Con experiencia específica mínima de un (1) año en el manejo de la Gestión Socio-Ambiental de obras de Infraestructura. | |
El Tecnólogo o Técnico podrá ser reemplazado por un tecnólogo o técnico en las profesiones auxiliares de la ingeniería en el área ambiental, definidos por el COPNIA, siempre y cuando cumplan los requisitos de matrícula profesional y experiencia específica descritos en este numeral, ó por un ingeniero Ambiental, un Ingeniero Sanitario, Ingeniero Sanitario y Ambiental, Ingeniero forestal o Agroambiental, siempre y cuando cumplan los requisitos de matrícula profesional. | |
Profesional en Salud y seguridad en el trabajo. 100% | Que acredite ser Profesional en el área de salud ocupacional o seguridad y salud en el trabajo, profesional con especialización o maestría en Seguridad y Salud en el Trabajo, para lo cual deberá anexar copia del documento idóneo que acredite la aprobación del mismo, copia de la matricula profesional, licencia de salud ocupacional o seguridad y salud en el trabajo vigente, expedida por las secretarias seccionales y distritales de salud y certificado de vigencia expedido por la entidad competente (tal certificación igualmente deberá estar vigente al momento de ser presentada al proceso). Adicionalmente debe acreditar la aprobación del curso de capacitación virtual de (50) horas en seguridad y salud en el trabajo. |
Experiencia específica: Que acredite como experiencia específica la participación como Residente del Área de seguridad y salud en el trabajo por un periodo de tiempo de seis (6) meses. | |
Según la Resolución 1111 de 2017 establece que, salvo algunas excepciones , el responsable del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo debe ser: | |
· Profesional en Seguridad y Salud en el Trabajo |
Personal mínimo en interventoría | Descripción |
· Profesional especializado en seguridad y salud en el trabajo y/o salud ocupacional | |
En ambos casos, el responsable del Sistema de Gestión tiene que tener licencia vigente y el curso de 50 horas del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. |
Por lo menos un (1) miembro del personal operativo o profesional del interventor, de permanencia 100% en obra, debe contar con certificación en la norma de competencia laboral vigente para trabajo seguro en alturas, capacitación en el nivel de coordinador de trabajo en alturas y experiencia certificada mínima de un año relacionada con trabajo en alturas.
24.5. EXPERIENCIA:
24.5.1. EXPERIENCIA GENERAL
Para verificación de la experiencia se tomarán los contratos celebrados por el proponente, ya sean individualmente o en consorcio o unión temporal, que estén registrados por éste en el RUP, de los cuales el proponente deberá relacionar en el formato N°4 aquellos con los que pretende acreditar las condiciones exigidas en este pliego. No se tendrán en cuenta para la evaluación de los contratos que no estén registrados en el RUP.
Los contratos aportados por el proponente para acreditar las condiciones de experiencia deberán estar clasificado en el RUP en la siguiente clase del Clasificador de Bienes y Servicios de las Naciones Unidas para estandarizar productos y servicios (UNSPSC)
Clases: | Descripción | |
81101500 | Ingeniería civil y arquitectura |
24.5.2. EXPERIENCIA ESPECÍFICA.
Experiencia en contratos de interventoría cuyo objeto o alcance comprenda la construcción de edificaciones de uso comercial o fabril e industrial o institucional o lugares de reunión, conforme a la clasificación de las edificaciones por grupos de ocupación del capítulo K.2 de la NSR-10, con un área igual o superior a dos mil metros cuadrados (2.000 m²). La experiencia específica debe haber sido adquirida durante los últimos 10 años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección.
A los proponentes sólo se le tendrá en cuenta la experiencia obtenida en máximo TRES (3) certificados
de contratos terminados celebrados por el proponente con el sector público o privado, o actas de liquidación bilateral de contratos suscritos con entidades públicas, que se encuentren inscritos en el RUP terminados durante los diez (10) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección; la sumatoria de los contratos certificados, a la fecha de terminación de los contratos, deberá ser igual o superior al 200% del valor del presupuesto oficial expresado en SMMLV (IVA incluido) y que hayan tenido por objeto o estén incluidas dentro de su alcance alguna de las siguientes actividades:
INTERVENTORÍA A LA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICACIONES COMERCIALES, INDUSTRIALES O
BODEGAS CON INSTALACIONES TÉCNICAS. (Según las exclusiones de esta invitación)
INTERVENTORÍA A LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS CON ESTRUCTURA METÁLICA (según las
exclusiones de esta Invitación)
Para efectos de validar la experiencia específica, se aplicarán las siguientes DEFINICIONES: INTERVENTORIA DE CONSTRUCCION DE EDIFICACIÓN DE GRANDES SUPERFICIES COMERCIALES:
supermercados de gran tamaño (áreas mayores a 2000 m2), centros comerciales.
INTERVENTORIA DE CONSTRUCCION DE EDIFICACIÓN INDUSTRIALES: Bodegas, centros logísticos,
fabricas.
INTERVENTORIA DE CONSTRUCCION DE EDIFICACIÓN DE GRANDES SUPERFICIES: coliseos, aeropuertos,
terminales de transporte (áreas mayores a 2000m2).
Adicionalmente, en los certificados contractuales o actas de liquidación presentadas para acreditar el requisito anterior, el proponente debe cumplir con los siguientes requisitos:
En uno (1) de los contratos certificados y acreditados por el proponente, individualmente considerado, el ÁREA DE INTERVENTORÍA A LA CONSTRUCCIÓN DE LA EDIFICACIÓN DE USO
COMERCIAL, INDUSTRIAL O BODEGAS (Según las exclusiones de esta invitación) deberá ser igual o superior a dos mil (2.000) m2. Para verificar estos requisitos, en caso de no estar de manera explícita en el certificado o acta de liquidación aportados, el proponente deberá adjuntar adicional al certificado, copia de la última acta de obra o un documento idóneo, debidamente firmado por la interventoría o Entidad Contratante, de donde se extraerá la información necesaria para validar el cumplimiento de este requisito.
En uno (1) de los contratos certificados y acreditados por el proponente, individualmente considerado, debe incluir una cantidad de ESTRUCTURAS METALICAS EN EDIFICACIONES OBJETO DE INTERVENTORÍA igual o superior a doscientas toneladas (200) tons. Para verificar este requisito, en caso de no estar de manera explícita en el certificado aportado, el oferente deberá adjuntar adicional al certificado, copia de acta de pago o copia de la última acta de obra o un documento idóneo, debidamente firmado por la Entidad Contratante y/o supervisor de donde se extractará la información necesaria para validar el cumplimiento de esterequisito.
En por lo menos uno (1) de los contratos certificados y acreditados por el proponente, individualmente considerado, la INTERVENTORÍA A LA CONSTRUCCIÓN DE REDES ELECTRICAS,
SISTEMAS VENTILACIÓN, REDES DE VOZ Y DATOS. (Según las exclusiones de esta invitación) deberá ser igual o superior a dos mil (2.000) m2. Para verificar estos requisitos, en caso de no estar de manera explícita en el certificado o acta de liquidación aportados, el proponente deberá adjuntar adicional al certificado, copia de la última acta de obra o un documento idóneo, debidamente firmado por la interventoría o Entidad Contratante, de donde se extraerá la información necesaria para validar el cumplimiento de esterequisito.
Con el fin de facilitar la verificación se deben resaltar los ítems en las actas de obra o documento que se aporte para certificar los requisitos anteriores.
EXCLUSIONES: Para efectos de la verificación de la Experiencia del proponente se establecen las siguientes exclusiones:
CONSTRUCCION DE EDIFICACIONES NUEVAS: Para este proceso no se aceptarán obras de ampliación, remodelación, reparación y/o mantenimiento que no incluyan el incremento de área de la edificación existente, o no incluyan todas las actividades propias de una construcción nueva, desde nivel de fundación y hasta nivel de cubierta.
Nota: El proponente debe aportar el respectivo certificado del contrato, el cual debe ser un contrato terminado y debe estar inscrito en el RUP del proponente, de no ser así no será tenido en cuenta para la verificación de experiencia.
EXCEPCIÓN: No se exigirá el registro de los contratos en el RUP, a las personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia.
25. INFORMACIÓN DE LOS CERTIFICADOS CONTRACTUALES:
Para la verificación de la experiencia, de los proponentes deberán anexar los respectivos certificados contractuales. Dichas certificaciones deben ser expedidas por la entidad contratante y deben contener la siguiente información:
Nombre del Contratante.
Objeto del contrato.
Valor del contrato.
Plazo.
Fecha de inicio.
Fecha de terminación.
Descripción y alcance de la ejecución del contrato.
Área de construcción de la edificación nueva (m2) (si aplica y según las exclusiones de esta Invitación)
Volumen de concreto (m3) de 21 Mpa, 210 kg/cm2, 3000 Psi o superior (si aplica)
Área o Kg de estructura metálica en edificaciones (m2 o Kg), (si aplica y según las exclusiones de esta Invitación)
Porcentaje de participación, cuando el contrato haya sido ejecutado en Consorcio o UT.
Fecha de expedición de la certificación.
Nombre y cargo de quien expide la certificación.
Dirección y teléfono de quien expide la certificación
En caso que el proponente no cuente con el certificado contractual expedido por la contratante, podrá aportar el acta de liquidación en la cual se pueda verificar los datos antes enunciados, siempre y cuando sean proyectos contratados por entidades públicas.
26. PROPUESTA PRESENTADA POR CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL:
Cuando la propuesta sea presentada en Consorcios o Unión Temporal el proponente, adicional al cumplimiento de los requisitos mencionados anteriormente, deberá cumplir con el siguiente requisito para cada uno de los integrantes de la forma asociativa:
Cada integrante deberá acreditar individualmente como mínimo el CUARENTA POR CIENTO (40%) de UNA (1) VEZ, el valor del presupuesto oficial expresado en SMMLV (IVA incluido).
Cada integrante deberá acreditar individualmente como mínimo la ejecución del CUARENTA POR CIENTO (40%) del área de interventoría (medida en planta) a la construcción de edificación nueva, sin importar su uso, es decir ochocientos (800)m2.
Cuando la propuesta sea presentada en Consorcio o Unión Temporal, la experiencia del proponente será la suma total de las experiencias válidas aportadas por cada uno de sus integrantes.
De llegarse a conformar una forma asociativa (consorcio o unión temporal) entre una sociedad matriz y su subordinada, no se admitirá la acumulación de la experiencia entre éstas y, en consecuencia, ninguno de los integrantes de dicha forma asociativa podrá acreditar la experiencia mediante las certificaciones de la otra.
27. REQUISITOS HABILITANTES PARA EXTRANJEROS
Para los efectos previstos en este documento, se consideran interesados de origen extranjero las empresas que no hayan sido constituidas de acuerdo con la legislación colombiana, sea que tengan o no domicilio o sucursal en Colombia y las personas naturales que no tengan nacionalidad colombiana.
Para todos los efectos, las Propuestas de Proponentes de origen extranjero se someterán a la legislación colombiana, sin perjuicio de lo cual, para su participación deberán cumplir con las siguientes condiciones:
Las personas naturales o jurídicas extranjeras con sucursal o domicilio en Colombia deberán acreditar el
cumplimiento de los requisitos habilitantes, exigidos para proponentes nacionales.
Los proponentes extranjeros no obligados a estar registrados en el RUP deben acreditar que cumplen con los requisitos habilitantes, bien sea proponentes individuales o integrantes de una unión temporal, consorcio o promesa de sociedad futura; para el efecto, el proponente podrá aportar debidamente diligenciados los formularios o modelos, utilizados por las cámaras de comercio, los cuales podrán ser descargados del siguiente link. (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx/Xxxxxxxxx-Xxxxxxxxxxx/Xxxxxxxx- Unico-de-Proponentes/Inscripcion/Modelos-de-certificacion.aspx).
Tratándose de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o de personas Jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia no se les exigirá RUP. En consecuencia PLAZA MAYOR verificará directa y únicamente la información sobre la capacidad jurídica, y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes.
Para acreditar la Existencia y Representación Legal, la persona jurídica, deberá aportar el documento que acredite la adquisición de la personería jurídica en el país de origen, expedido por la autoridad competente, el cual contenga como mínimo los siguientes datos:
-Nombre o razón social completa del proponente
-Tipo, número y fecha del documento de constitución o creación.
-Fecha y clase de documento por el cual se reconoce la personería jurídica.
-Duración de la entidad, igual al plazo del contrato y un año más Objeto social, el cual debe tener relación directa con el objeto de la contratación
-Facultades del representante legal.
Cuando en el documento aportado que acredita la existencia y representación legal de la persona jurídica extranjera no cuente con toda la información requerida, deberá adjuntar una certificación del presentante legal de la sociedad extranjera con la información requerida o la faltante, la cual se entiende formulada bajo la gravedad del juramento.
Cuando no exista autoridad competente que expida dicha certificación, se exigirá la certificación indicada en el párrafo anterior. La expedición de dicho certificado no podrá tener una anterioridad superior a treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre del proceso, con los documentos soporte.
Las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia, y las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado
para presentar la Propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias de la invitación pública , suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con el presente Xxxxxx, así como para representarla judicial o extrajudicialmente.
Dicho apoderado podrá ser el mismo apoderado único para el caso de personas extranjeras que participen en consorcios, uniones temporales u otras formas de asociación y en tal caso, bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los participantes en cualquier forma de asociación con los requisitos de autenticación, consularización y traducción exigidos en el Código de Comercio de Colombia. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución de la forma asociativa.
28. CÁLCULO Y OPERACIONES ARITMÉTICAS:
Para efectos de la verificación de la experiencia aportada por el proponente, que hubiere sido obtenida como parte de una forma asociativa, tanto las cantidades (áreas, volúmenes, kg, ton, pulgadas, etc.) como los valores en SMMLV se ponderarán de acuerdo con el porcentaje de participación en dicha forma asociativa, durante la ejecución del contrato acreditado.
Las fórmulas establecidas para chequear todas las cantidades y los valores establecidos para acreditar la experiencia del proponente realizarán las operaciones mediante el sistema de REDONDEO ajustando los valores resultantes a la UNIDAD y/o PESO, bien sea por exceso o por defecto, es decir, si las cifras decimales son iguales o superiores a CINCUENTA (50) se ajustarán por exceso, si son inferiores a CINCUENTA (50) se ajustarán por defecto.
Para los contratos terminados o en proceso de liquidación se tendrá en cuenta el valor xxx xxxxxxx mínimo que corresponde al año de la fecha de terminación de los mismos, en todo caso teniendo en cuenta los SMMLV expresado en el RUP.
29. CRITERIOS DE EVALUACIÓN: CRITERIO PUNTAJE MÁXIMO
Valor de la propuesta 500
Experiencia del Proponente 500
TOTAL 1000
29.1. Precio (Máximo 500 puntos)
Para la evaluación del precio, los puntajes se asignarán de acuerdo al resultado de aplicar la siguiente fórmula:
P: 500 x Pm/Pi
Donde:
P: Puntaje para el factor precio Pm: Valor de la propuesta más baja
Pi: Valor de la propuesta comparada 500: Puntaje máximo asignado al factor
No se aceptarán cifras decimales en la propuesta económica, solo se tendrán en cuenta los números enteros
Cada proponente deberá diligenciar los formatos:
Formato 5. Personal requerido (Valor equipo de trabajo) Formato 6. Factor multiplicador
29.2. Experiencia específica del proponente (Máximo 500 puntos)
Se tendrán en cuenta máximo TRES (3) contratos terminados, celebrados por el proponente, ya sea individualmente, en consorcio o unión temporal, durante los últimos DIEZ (10) años anteriores a la fecha de cierre de la contratación, que hayan tenido por objeto o dentro de su alcance incluya: “INTERVENTORÍA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICACIONES DE USO COMERCIAL, INDUSTRIAL O BODEGAS”.
El puntaje se distribuirá de acuerdo con la sumatoria del valor certificado de un máximo de TRES (3)
contratos, expresados en salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) a la fecha de celebración:
5.3.1. Al proponente cuya sumatoria de los certificados aportados, sea igual o superior a CUATRO (4) VECES
el valor del presupuesto oficial expresado en SMMLV, se le asignarán QUINIENTOS (500) puntos. A los demás proponentes se les calificará mediante la siguiente fórmula:
PEP = 500 x SFi / (4 x PO )
Donde,
PEP = Puntaje por Experiencia del Proponente.
SFi = Sumatoria de la facturación del Proponente i (en SMMLV). PO = Presupuesto Oficial (en SMMLV).
Por certificaciones contractuales cuyo valor acumulado sea inferior al cincuenta por ciento (50%) del presupuesto oficial expresado en SMMLV, se asignarán cero (0) puntos.
Cuando la propuesta sea presentada en Consorcio o en Unión Temporal, la experiencia será la suma total de las experiencias válidas aportadas por cada uno de sus integrantes.
Las certificaciones presentadas deben contener de manera explícita la información requerida en los pliegos de condiciones.
29.3. Reducción de puntos por multas en firme
Si el proponente registra multas o sanciones en firme, que le hubieren sido impuestas dentro de los últimos dos (2) años anteriores a la fecha de cierre de este proceso contractual, se disminuirá el puntaje total obtenido, así:
Por una (1) multa o sanción, se restarán cien (100) puntos.
Por dos (2) multas o sanciones, se restarán ciento cincuenta (150) puntos Por tres (3) multas o sanciones, se restarán ciento ochenta (200) puntos.
Por cuatro (4) o más multas o sanciones, o por declaratoria de incumplimiento, se restarán doscientos (250)
La información sobre multas o sanciones será obtenida del Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio y/o de las entidades del Orden Regional, Nacional y Municipal que oficialmente acrediten dichas multas.
En el caso de consorcios o uniones temporales, se restará la totalidad del puntaje por multas o sanciones que registren sus integrantes de manera individual
30. DESEMPATE: Se presentará empate cuando dos o más firmas obtienen el mismo puntaje, y éste resultare ser el más alto.
1. Se escogerá la oferta que haya presentado menor precio
2. De continuar el empate, se escogerá la oferta presentada primero en el tiempo.
31. ORDEN DE ELEGIBILIDAD
Agotado el análisis comparativo de las propuestas, se procederá a conformar en forma descendente (de mayor a menor) un orden de elegibilidad, con las propuestas que hubiesen obtenido un puntaje igual o mayor a setecientos cincuenta (750) puntos.
31.1. NOTAS
El proponente deberá tener en cuenta todos los costos para el desarrollo de sus labores, esto incluye instalaciones provisionales con todo lo necesario.
El proponente de servicios de interventoría, deberá estudiar:
Los pliegos de condiciones de la invitación pública para presentar oferta de interventoría.
Los pliegos de condiciones de la invitación pública del contrato de la obra.
De tal manera que tenga un conocimiento completo de la obra “construcción para la ampliación y Repotenciación del Pabellón Amarillo de Plaza Mayor”, antes de presentar su propuesta.
Los planos de los anexos técnicos suministrados por parte de PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A. pueden presentar variaciones en sus medidas lo que obliga al interventor a realizar visita técnica, previamente al inicio de la obra, para comprobar medidas y especificaciones.
32. CAUSALES DE RECHAZO Y ELIMINACIÓN DE PROPUESTAS: PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A.
Rechazará las ofertas presentadas por los Proponentes en los siguientes casos:
1. Cuando el proponente no aporte o reúna los requisitos habilitantes o condiciones de participación indicados en el presente pliego o el proponente no presente los documentos subsanables requeridos, dentro del plazo otorgado por PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A.
2. Cuando su presentación sea extemporánea; es decir, se presente luego de la fecha y hora fijadas para el cierre de este proceso de selección.
3. Cuando la oferta presentada supere el presupuesto oficial del proceso de selección.
4. Cuando no se diligencie en su totalidad o se modifique el FORMATO No 7 “propuesta económica”, o éste sea modificado.
5. Cuando no se aporte alguno de los documentos para calificar la propuesta, necesarios para la comparación objetiva de las mismas y que tengan que ver con exigencias mínimas.
6. Cuando el proponente no cumpla con la totalidad de las condiciones técnicas consignadas el presente pliego de condiciones y sus anexos.
7. Cuando el objeto social o actividad mercantil del proponente no corresponda a lo requerido por PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A., esta exigencia aplica a cada uno de los integrantes, cuando se trate de consorcios, uniones temporales u otra forma de asociación.
8. Si la propuesta es presentada en idioma diferente sin la respectiva traducción al español.
9. Por no considerar las modificaciones al pliego de condiciones que mediante adendas haya hecho PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A.
10. Cuando existan varias propuestas presentadas por el mismo proponente, bajo el mismo nombre o con nombres diferentes, para el mismo proceso de selección.
11. Si luego de evaluadas las propuestas, se encuentra contradicción entre los documentos aportados con la propuesta y lo confrontado con la realidad.
12. Cuando la oferta sea incompleta o parcial, esto es, cuando no cumpla lo especificado o no incluya algún documento que, de acuerdo con estos pliegos de condiciones, se requiera adjuntar y dicha deficiencia impida la comparación objetiva con otras ofertas.
13. Si del análisis de los precios o condiciones xxx xxxxxxx se desprende que no existen razones que justifiquen la diferencia de precios entre los precios de referencia y los presentados por los oferentes, siempre y cuando el proponente una vez requerido el proponente no justifique el valor de los precios.
14. Cuando el proponente no xxxxxxx la garantía de seriedad con la presentación de su propuesta. Las anteriores causales, no son taxativas.
NOTA: la propuesta debe cumplir estrictamente y sujetarse a todos y cada uno de los requisitos xxx xxxxxx de condiciones, si el proponente condiciona los efectos o alcance de la propuesta o presenta condiciones diferentes a las mínimas establecidas en el pliego de condiciones, estas condiciones se tendrán como no escritas.
33. PERFECCIONAMIENTO
PLAZA MAYOR dispondrá hasta de tres (3) días hábiles a partir de la notificación de la adjudicación para elaborar y entregar el respectivo contrato al proponente favorecido, EL CONTRAISTA quien dispondrá de tres (3) días hábiles para entregar los documentos exigidos para su legalización (garantías exigidas) y ejecución. Estos plazos podrán ser modificados previa justificación.
34. MATRIZ DE RIESGOS.
Los riesgos previsibles en este proceso de contratación son los que reposan en la matriz de riesgos que se encuentra adjunta el en formato No. 9 Matriz de riesgos.
35. CONDICIONES DE EJECUCIÓN
GARANTÍAS: El contratista constituirá a favor del PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A. las garantías aquí señaladas, otorgadas por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia a favor de Entidades Estatales con régimen privado de contratación.
Cumplimiento: se establece para precaver los perjuicios que se deriven para PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A., por el incumplimiento total o parcial del contrato, cuando éste sea imputable al contratista; por el cumplimiento tardío o defectuoso de las obligaciones contractuales, cuando sea imputable al contratista; por los daños imputables al contratista por entregas parciales del objeto contractual, cuando el contrato no prevé entregas parciales; y el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria. Su cuantía será hasta del veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y su vigencia será igual a la del plazo de ejecución total del contrato y cuatro (4) meses más.
Pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales: la cuantía de esta garantía será del veinte por ciento (20%) del valor de del contrato y su vigencia será igual a la del plazo de ejecución total del contrato y tres (3) años más.
Calidad del servicios: La cuantía de esta garantía debe ser xxx xxxx por ciento (10%) del valor total del contrato y su vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y 4 meses más.
Seguro de responsabilidad civil extracontractual: Su cuantía deberá ser igual a 200 SMLMV y su vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato.
36. SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO.
Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito se podrá de común acuerdo entre las partes suspender temporalmente la ejecución del contrato, mediante la suscripción de un acta donde conste tal evento, sin que, para efectos del plazo extintivo, se compute el tiempo de la suspensión. Se considerará como fuerza mayor o caso fortuito, el suceso que no es posible predecir y que está determinado por circunstancias no imputables al contratista o a PLAZA MAYOR, que impidan totalmente el trabajo u obliguen a disminuir notablemente su ritmo, como por ejemplo, catástrofes, guerras, huelgas causadas por razones no imputables al contratista u otros similares. La situación de fuerza mayor o caso fortuito deberá ser demostrada por el contratista, y en tal evento tendrá derecho a la ampliación del plazo pero no a indemnización alguna. Sin embargo, esto no lo exonera de su obligación de constituir y mantener vigentes la garantía estipulada en el contrato, y de la responsabilidad por los daños que sufra el PLAZA MAYOR por no haberlas constituido o mantenido vigentes.
37. SUPERVISIÓN
PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A. designará un supervisor para el proceso contractual, quien tendrá la facultad de inspeccionar en cualquier tiempo, el desarrollo del contrato, incluyendo las especificaciones
técnicas, así como la calidad del servicio de los productos ofrecidos e igualmente velar por el estricto cumplimiento de su objeto.
FORMATO No. 1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA.
Lugar y fecha
Señores
PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A.
Referencia: Invitación pública No. 007 de 2019.
Estimados señores:
[Nombre del Representante Legal o de la persona natural Proponente], identificado como aparece al pie de mi firma, [obrando en mi propio nombre o en mi calidad de Representante Legal de] [nombre del Proponente], presento oferta para el proceso Invitación Pública No. 007 de 2019 y hago las siguientes manifestaciones:
1. Que conozco y acepto los documentos del proceso, tuve la oportunidad de solicitar aclaraciones y modificaciones a los mismos y recibí de PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A., respuesta oportuna a cada una de las solicitudes.
2. Que declaro bajo la gravedad del juramento, que no me encuentro incurso en ninguna de las causales de inhabilidades e incompatibilidades consagradas en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, sus Decretos reglamentarios y en las demás normas legales vigentes.
3. Que declaro bajo la gravedad de juramento que no me encuentro reportado en el sistema de información del Boletín de Responsables Fiscales “SIBOR” de la Contraloría General de la Republica, ni en el sistema de información de Sanciones e inhabilidades (SIRI) de la Procuraduría General de Nación.
4. Que estoy autorizado para suscribir y presentar la oferta en nombre del proponente y estoy autorizado para suscribir el contrato resultare adjudicatario del proceso de contratación de la referencia.
5. Que la oferta que presento cumple con la totalidad de los requisitos y especificaciones técnicas xxx xxxxxx de condiciones del proceso de selección de la referencia.
6. Que la oferta económica están adjuntas a la presente comunicación y han sido elaboradas de acuerdo con los documentos del proceso y hacen parte integral de la oferta.
7. Que los documentos que presento con la oferta son ciertos y han sido expedidos por personas autorizadas para el efecto.
8. Que la oferta económica adjunta, fue elaborada teniendo en cuenta todos los gastos, costos, derechos, impuestos, tasas y demás contribuciones que se causen con ocasión de la presentación de la propuesta, suscripción y ejecución del contrato y que en consecuencia, de resultar adjudicatario no presentaré reclamos con ocasión del pago de tales gastos.
9. Que en caso de resultar adjudicatario, suscribiré el contrato en la fecha prevista para el efecto en el cronograma contenido en los documentos del proceso.
10. Que en caso de resultar adjudicatario, me obligo a presentar las garantías prevista en los documentos del proceso en la fecha prevista para el efecto.
11. Que en caso de resultar adjudicatario, me comprometo a que a la terminación de la vigencia del contrato, el objeto del contrato cumplirá con la totalidad del alcance y los requerimientos y especificaciones técnicas de que trata el pliego de condiciones.
12. Manifiesto que estoy x xxx y salvo con las obligaciones laborales frente al sistema de seguridad social integral y demás aportes relacionados con las obligaciones laborales.
13. Que la duración de la oferta tiene un plazo de 90 días.
14. Recibiré notificaciones en la siguiente dirección en:
Nombre Representante Legal
Dirección [Dirección de la compañía]
Teléfono [Teléfono de la compañía] Celular
e-mail notificaciones [Dirección de correo electrónico de la compañía]
Firma Representante Legal del Proponente Nombre:
Abono la presente propuesta: (Cuando aplique)
Nombre
Firma
Cédula o Documento de Identidad
Profesión
Matricula profesional No
Firma proponente
FORMATO No. 2. CONSTITUCIÓN DE CONSORCIO
Medellín, de de 2019.
Señores
PLAZA MAYOR MEDELLÍN CONVENCIONES Y EXPOSICIONES S.A.
Xxxxx 00 Xx. 00 - 00
Xxx xxxxx firmantes manifestamos, a través de este documento, que hemos convenido asociarnos en Consorcio para participar en el proceso de invitación pública No 007 de 2019, por lo anterior expresamos lo siguiente:
1. La duración de este Consorcio será igual al término de ejecución del contrato y un año más.
2. El Consorcio está integrado por:
NOMBRE INTEGRANTE NIT o CÉDULA PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN (%)
3. El representante del Consorcio es: , identificado con la cédula de ciudadanía número de , quien está expresamente facultado para firmar el presente contrato y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias al respecto, con amplia y suficientes facultades.
4. La responsabilidad de los integrantes del Consorcio es solidaria.
Para constancia se firma en a los días del mes de de 2019.
Nombre y firma de cada uno de los integrantes del Consorcio.
Nombre y firma del Representante Legal.
FORMATO No. 2.1. CONSTITUCIÓN DE UNIÓN TEMPORAL
Medellín, de de 2019.
Señores
PLAZA MAYOR MEDELLÍN CONVENCIONES Y EXPOSICIONES S.A.
Xxxxx 00 Xx. 00 – 80
Los abajo firmantes manifestamos a través de este documento que hemos convenido asociarnos en Unión Temporal para participar en el proceso de invitación pública No 007 de 2019, por lo anterior expresamos lo siguiente:
1. La duración de esta Unión Temporal será igual al término de ejecución del contrato y un más.
2. La Unión Temporal está integrada por:
NOMBRE INTEGRANTE NIT o CÉDULA PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN (%)
3. El representante de la Unión Temporal es: , identificado con la cédula de ciudadanía de , quien está expresamente facultado para firmar el presente contrato y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias al respecto, con amplia y suficientes facultades.
4. La responsabilidad de los integrantes de la Unión Temporal, es solidaria de conformidad con lo estipulado en la ley 80 de 1993.
Para constancia se firma en a los días del mes de de 2019. Atentamente,
Nombre y firma de cada uno de los integrantes de la Unión Temporal.
Nombre y firma del Representante Legal
FORMATO No. 3.
CERTIFICADO DE PAGO DE LOS APORTES
Ciudad y fecha
Señores
PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A
Asunto: Carta de certificación de pago de aportes
Por medio de la presente me permito certificar que la firma que represento se encuentra x xxx y salvo por todo concepto de pago de los aportes de los empleados a los sistemas de salud, pensiones, riesgos laborales, aportes parafiscales y de contratación de aprendices al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF y Cajas de compensación Familiar.
Atentamente,
NOMBRE:
FIRMA:
CARGO:
NOTA: ESTE DOCUMENTO DEBERÁ SER FIRMADO ÚNICAMENTE POR EL REVISOR FISCAL CUANDO ESTE EXISTA DE ACUERDO CON LO REQUERIMIENTOS XX XXX O POR EL REPRESENTANTE LEGAL.
EXPERIENCIA GENERAL
Medellín, de de 2019
Señores:
PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A.
Xxxxx 00 Xx. 00 - 00 Xxxxxxxx
Referencia: Experiencia general en interventoría para la invitación pública cuyo objeto es “realizar interventoría técnica, administrativa, ambiental, Jurídica, financiera y de cronograma, para el correcto control de la obra “construcción de ampliación y repotenciación del pabellón amarillo de Plaza Mayor”
El suscrito , en calidad de representante legal de de acuerdo con las condiciones generales de los pliegos de condiciones y especificaciones de la invitación Pública No.007 de 2019 cuyo objeto es “Realizar interventoría técnica, administrativa, ambiental, jurídica, financiera y de cronograma, para el correcto control de la obra “construcción de ampliación y repotenciación del pabellón amarillo de Plaza Mayor”.
Dichos contratos se encuentran inscritos en el Registro Único de Proponentes RUP. Atentamente,
Nombre del proponente o de su Representante Legal
C. C. o NIT
Nos permitimos poner en su conocimiento los contratos con los cuales nuestra empresa va a constatar su experiencia general en interventoría:
No de contrato | objeto contrato | fecha de inicio | fecha de terminación | valor en SMLMV |
(Firma del proponente o de su Representante Legal)
PERSONAL REQUERIDO
Personal mínimo en interventoría | Dedicación | Unidad | Meses | Valor mes | Valor total | |
1 | Director de interventoría | 50% | Mes | 7 | ||
2 | Residente de control de acabados y obra blanca. | 100% | Mes | 7 | ||
3 | Residente técnico. Estructura metálica | 50% | Mes | 6 | ||
4 | Residente técnico 2. Instalaciones eléctricas, voz y datos | 50% | Mes | 6 | ||
5 | Residente calidad y ambiental. | 100% | Mes | 6 | ||
6 | Residente auxiliar de obra. Tecnólogo | 100% | Mes | 6 | ||
7 | Auxiliar Salud ocupacional | 100% | Mes | 6 |
FORMATO No. 6 FACTOR MULTIPLICADOR
Archivo en Excel adjunto.
FORMATO No. 7 PROPUESTA ECONOMICA
Archivo Excel adjunto
FORMATO No. 8 MINUTA CONTRACTUAL
CONTRATO DE 11- 2019000_ ENTRE PLAZA MAYOR MEDELLÍN CONVENCIONES Y EXPOSICIONES S.A. Y
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX, mayor de edad, identificada con cédula de ciudadanía No. 21.527.034, domiciliada en Medellín, en su calidad de Gerente General de PLAZA MAYOR MEDELLÍN CONVENCIONES Y EXPOSICIONES S.A. , sociedad anónima de economía mixta del orden municipal, legalmente constituida, domiciliada en la ciudad de Medellín, identificada con NIT. 890.909.297-2, quien para efectos de este contrato se denominará PLAZA MAYOR, y , mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía No , actuando en su calidad de Representante Legal de , identificada con NIT. , quien para efectos del contrato se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente CONTRATO, previo las siguientes consideraciones:
1. Que Plaza Mayor, se encuentra interesado en recibir propuestas para seleccionar interventor para llevar a cabo el control, seguimiento, vigilancia y apoyo de la ejecución del contrato de obra para la construcción de la ampliación y repotenciación del Pabellón Amarillo; lo anterior, para asegurar su correcta ejecución y cumplimiento de acuerdo con lo previsto en el Manual de Contratación y en las obligaciones contenidas en el contrato.
Debido a que se ejecutará la obra “CONSTRUCCIÓN DE AMPLIACIÓN Y REPOTENCIACIÓN DEL PABELLÓN AMARILLO DE PLAZA MAYOR” y que la entidad debe controlar el cumplimiento de las especificaciones técnicas, ambientales, financieras, de cronograma y de seguridad en obra; necesita contratar la interventoría técnica, administrativa, ambiental, financiera y de cronograma, en representación de Plaza Mayor Medellín Convenciones y Exposiciones S.A. ante el constructor, para así garantizar una correcta ejecución de obra, teniendo en cuenta la magnitud, especialidad y valor del proyecto.
2. Que para satisfacer esta necesidad PLAZA MAYOR realizó la invitación pública No 007 de 2019 cuyo
objeto es “REALIZAR INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, AMBIENTAL, JURÍDICA, FINANCIERA Y DE CRONOGRAMA, PARA EL CORRECTO CONTROL DE LA OBRA “CONSTRUCCIÓN DE AMPLIACIÓN Y REPOTENCIACIÓN DEL PABELLÓN AMARILLO DE PLAZA MAYOR MEDELLÍN”, con un presupuesto oficial total de CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS
VEINTISIETE PESOS M.L ($443.933.527) incluido IVA, amparado en la verificación presupuestal XOP07 345 de 2019 y recomendado por el Comité Asesor de Contratación de PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A. en sesión del 24 xx xxxx de 2019.
3. Que PLAZA MAYOR publicó en la página web xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx los pliegos de condiciones y profirió través de la Resolución No. del de de 2019 el inicio del proceso de invitación pública No. 007 de 2019.
4. Que de conformidad con el cronograma del proceso, el día de de 2019, siendo las p.m., fecha y hora del cierre del recibo de propuestas, PLAZA MAYOR recibió propuestas de oferentes.
5. Que siendo las p.m. de esta misma fecha, se dio inicio a la audiencia de apertura de sobres en la cual se verificaron las propuestas recibidas con su hora, fecha de entrega, número de folios, valor, tal cual consta en el acta publicada en la web.
6. Que la evaluación definitiva de la invitación pública 007 de 2019 fue sometida a consideración del Comité Asesor de Contratación de PLAZA MAYOR del día de de 2019 y recomendó la adjudicación del contrato derivado del citado proceso al proponente
7. Que mediante la Resolución No. del de de 2019, se adjudicó al proponente el contrato derivado del proceso de invitación pública No. 007 de 2019
8. Que la presente contratación se justifica con base en lo dispuesto en el artículo 30 del Acuerdo 01 del 23 de septiembre de 2016 “Por el cual se expide el Manual de Contratación de Plaza Mayor Medellín Convenciones y Exposiciones S.A.”, donde se indica que procederá la contratación mediante invitación pública cuando la cuantía del contrato supere los 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV).
De conformidad con lo expuesto, las partes acuerdan el sometimiento y aplicación de las siguientes cláusulas:
PRIMERA. OBJETO. “REALIZAR INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, AMBIENTAL, JURÍDICA, FINANCIERA Y DE CRONOGRAMA, PARA EL CORRECTO CONTROL DE LA OBRA “CONSTRUCCIÓN DE AMPLIACIÓN Y REPOTENCIACIÓN DEL PABELLÓN AMARILLO DE PLAZA MAYOR MEDELLÍN”.
PARÁGRAFO. ALCANCE. Realizar la interventoría técnica, administrativa, ambiental, financiera, contable y jurídica del contrato de obra, para asegurar su correcta ejecución y cumplimiento de acuerdo con lo previsto en el Manual de Contratación, en la Guía de supervisión e interventoría de la entidad y en las obligaciones contenidas en el contrato.
SEGUNDA. PLAZO DEL CONTRATO. El plazo de ejecución del contrato será desde la aprobación de las garantías por parte de la Dirección Jurídica de PLAZA MAYOR hasta el 31 de enero de 2020.
PARÁGRAFO PRIMERO. El plazo del contrato que se suscriba podrá ser prorrogado de mutuo acuerdo entre las partes, antes del vencimiento, por periodos iguales o inferiores al inicialmente pactado, previo el análisis de la ejecución por parte del contratista.
TERCERA. VALOR DEL CONTRATO. El valor del contrato se estima en la suma de
PARAGRAFO. Sin perjuicio del valor del valor estimado del contrato, PLAZA MAYOR pagará a EL CONTRATISTA el valor que resulte sobre los servicios totales facturados, los cuales al final del plazo de ejecución podrán ser iguales o inferiores al valor del contrato.
CUARTA. FORMA DE PAGO. PLAZA MAYOR pagará mensualmente el valor del contrato mediante el reembolso de los costos directos, aprobados por PLAZA MAYOR y efectivamente empleados en la Interventoría, aplicando el factor multiplicador, previa presentación de las respectivas actas y planillas, constancias o documentos de los que se pueda deducir la utilización en el proyecto de los recursos prometidos, elaboradas y aprobadas por el supervisor designado para el efecto por PLAZA MAYOR.
Las actas y planillas, constancias o documentos deberán ser presentadas dentro de los primeros tres (3) días hábiles siguientes al mes en que se ejecutaron las actividades, acompañadas de la respectiva factura de venta.
Estos valores a reembolsar deberán ser soportados por el contratista, el cual debe cumplir, con los requisitos, en caso de aplicar, de las normas fiscales establecidas en el artículo 617 del Estatuto Tributario. Los documentos soportes deben corresponder al mes en el cual se prestó el servicio, y en estos se describirá el número del contrato, el concepto del servicio que se está cobrando, el ítem correspondiente y el nombre del supervisor del proyecto por parte de PLAZA MAYOR.
El INTERVENTOR deberá informar a PLAZA MAYOR mediante certificación bancaria la cuenta (corriente o de ahorros), abierta a su nombre, en la cual le serán transferidos electrónicamente los pagos que por este concepto le efectúe PLAZA MAYOR.
Para proceder al pago, se deberá adjuntar la respectiva acta de recibo a satisfacción del servicio, suscrito por el supervisor designado, PLAZA MAYOR pagará dentro de los treinta (30) días siguientes a la presentación de la documentación correspondiente, acompañada de la certificación por parte del representante legal o revisor fiscal si aplica, del pago de aportes a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes xx xxxxx de compensación familiar, ICBF y SENA, cuando hubiere lugar a ello. Cuando sea persona natural deberá aportar las planillas de pago correspondientes. Dicha información será objeto de verificación y visto bueno de parte del supervisor del contrato.
Se pagará el valor xxx xxxx por ciento (10%) del valor total del contrato una vez el Interventor entregue a satisfacción a PLAZA MAYOR el cierre de la obra con todos los aspectos técnicos, administrativos, ambientales, jurídicos, financieros y de cronograma debidamente liquidados.
GASTOS REEMBOLSABLES
Plaza Mayor pagará a la interventoría de la siguiente manera:
Costos directos del personal en obra específicamente aprobados por escrito por Plaza Mayor, con su factor multiplicador.
Otros costos directos como estudios, ensayos, topografía, instalaciones provisionales, que específicamente sean aprobados por escrito por Plaza Mayor.
PARAGRAFO. RETENCIÓN DE PAGOS.
PLAZA MAYOR MEDELLÍN-, podrá retener cualquier monto que deba pagar al contratista por la prestación de los servicios, inclusive el pago final, cuando:
• El contratista haya incumplido alguna de las obligaciones a su cargo o cuando cualquier otra circunstancia la Entidad presente reclamación judicial o extrajudicial contra él.
• Se presenten reclamaciones contra el contratista por parte de sus trabajadores, subcontratistas, proveedores o terceros.
• Se presenten reclamaciones contra Plaza Mayor Medellín por parte de trabajadores, subcontratistas o proveedores del contratista, o terceros cuyas causas sean imputables al contratista.
PLAZA MAYOR MEDELLÍN liberará los pagos retenidos cuando:
• El contratista subsane el incumplimiento y satisfaga las reclamaciones presentadas contra la Entidad.
• El contratista se comprometa a defender, mantener libre e indemnizar a la Plaza Mayor Medellín de cualquier reclamo instaurado contra el contratista por sus trabajadores, subcontratistas, proveedores suyos o terceros, prestando garantía suficiente para ello, a juicio de la Entidad.
• El contratista se comprometa a defender, mantener libre e indemnizar a Plaza Mayor Medellín de cualquier reclamo instaurado en contra de la misma, cuyas causas sean imputables al contratista, prestando garantía suficiente para ello, a juicio de la Entidad.
QUINTA. OBLIGACIONES DE EL CONTRATISTA
I. OBLIGACIONES GENERALES
1. Prestar los servicios objeto del contrato, de conformidad con los requerimientos y necesidades de
PLAZA MAYOR, las cuales serán canalizadas siempre a través del supervisor del contrato.
2. Cumplir durante la vigencia del contrato con todas las especificaciones técnicas consagradas en el pliego de condiciones, sus anexos y en la oferta económica.
3. Contar con el personal idóneo y calificado para la prestación de los servicios objeto del contrato. Se deberá garantizar que tenga la experticia suficiente en cada una de las líneas de ejecución del contrato.
El personal operativo y profesional del contratista, debe contar con certificación en la norma de competencia laboral vigente para trabajo seguro en alturas, capacitación en el nivel de coordinador de trabajo en alturas y experiencia certificada.
4. El personal contratado por el contratista deberá usar siempre ropa adecuada a la labor, portar su identificación que lo vincule a la obra. Según resolución 2400 de 1979 y sus normas modificatorias.
5. Suministrar con cargo al valor del contrato todos los bienes y herramientas necesarias para la ejecución del objeto contractual.
6. Proporcionar todo su conocimiento, experiencia para la implementación y desarrollo del objeto contractual.
7. Contar con la autorización formal del supervisor del contrato cuando se soliciten bienes o servicios inicialmente no cotizados o adicionales.
8. Asumir todas las obligaciones legales y extralegales que se deriven de la relación contractual con el personal que presta el servicio, quedando PLAZA MAYOR indemne de toda reclamación.
9. Acatar las indicaciones que sobre la ejecución del contrato le haga el supervisor del contrato.
10. Entregar a PLAZA MAYOR cualquier información necesaria relacionada con el presente contrato.
11. Cumplir con los impuestos, retenciones y gastos que sean relacionados con el objeto del presente contrato.
12. Xxxxxxx el apoyo y asistencia técnica requerida para cumplir a cabalidad el contrato.
13. Asistir a las reuniones programadas con ocasión del contrato, previamente concertadas con EL CONTRATISTA.
14. Facilitar la labor de supervisión dando respuesta oportuna a las observaciones o requerimientos que se realicen.
15. Realizar las acciones necesarias para el cumplimiento del objeto, alcance y especificaciones esenciales estipuladas en la propuesta.
16. Presentar los informes que sean requeridos según las necesidades específicas y en los tiempos acordados con el supervisor.
17. Atender los requerimientos, instrucciones y/o recomendaciones que durante el desarrollo del contrato le imparta PLAZA MAYOR a través del supervisor, para una correcta ejecución y cumplimiento de sus obligaciones.
18. Reportar de manera inmediata al supervisor, la ocurrencia de cualquier novedad durante la ejecución del contrato
19. Salvaguardar la información confidencial que obtenga o conozca en el desarrollo de sus actividades salvo requerimiento expreso de autoridad competente. Toda la información y/o documentos que se produzcan en desarrollo del presente contrato, serán de uso exclusivo de PLAZA MAYOR, obligándose EL CONTRATISTA a no utilizarlos para fines distintos a los previstos en este contrato, ni a divulgar la información que se le suministre, ni los resultados de su labor conservando la confidencialidad de los
mismos, de conformidad con la ley, so pena de las acciones civiles, administrativas o penales a que haya lugar.
20. Presentar para efectos del pago las facturas con el lleno de los requisitos legales.
21. Las demás obligaciones emanadas de la naturaleza jurídica del contrato y de sus obligaciones que no se encuentren explícitamente relacionadas en el presente contrato.
II. OBLIGACIONES ESPECIFICAS
Con el fin de buscar la adecuada y oportuna ejecución de las obras objeto de Interventoría y a su vez, una mayor eficiencia en la administración de las mismas, la Interventoría comprenderá, además de la gestión técnica, el control financiero, económico, ambiental y jurídico del Contrato de Obra, por lo cual, deberá apoyar, asistir y asesorar a la PLAZA MAYOR en todos los asuntos de orden técnico, financiero, económico, ambiental y jurídico que se susciten durante la ejecución de las obras, suministrando oportuna información sobre los mismos, preparando los documentos que al respecto se requieran y rindiendo los conceptos y evaluaciones que sobre la materia se le soliciten. En tal sentido, se establecen las siguientes funciones para la Interventoría:
1. Control de anticipo: En caso de que el constructor le sea entregado anticipo, el interventor deberá verificar la correcta inversión de este solicitando las facturas o subcontratos de obra y en caso de prefabricados deberá constatar la existencia de la planta de producción, para asegurarse del correcto avance de cada uno de los frentes de obra. El interventor deberá dar el aval para el desembolso del anticipo en la fiducia.
2. Estudio de contratos y especificaciones: La Interventoría deberá estudiar detalladamente el contrato de construcción objeto de ésta, así como todos los documentos que tengan que ver con los mismos, a fin de formarse criterios claros y precisos que le permitan adelantar con eficiencia y eficacia las labores encomendadas por XXXXX XXXXX.
0. Aprobación del programa de trabajo: El interventor presentará informe semanal del estado del contrato y del avance de las actividades realizadas tanto en tiempo como en valor, al supervisor asignado por XXXXX XXXXX.
0. Inicio del contrato: Una vez aprobado el respectivo programa de trabajo se procederá a efectuar vigilancia y control de su cumplimiento, dejando constancia de las fechas de inicio y terminación del contrato.
5. Revisión del proyecto: La Interventoría debe estudiar todos y cada uno de los planos y especificaciones técnicas del proyecto que hayan sido suministrados al Contratista. Igualmente debe estudiar, revisar, aprobar o improbar los informes de levantamientos, también examinará las zonas de construcción o adecuación del proyecto y comparará las condiciones reales observadas en el terreno con las consignadas y mostradas en los planos y diseños, efectuando oportunamente las sugerencias y ajustes necesarios. En resumen, la Interventoría debe lograr un conocimiento total y detallado sobre el proyecto materia del contrato; revisará minuciosamente los proyectos de diseño, construcción y adecuación, localización sobre el terreno, las referencias
necesarias con sus correspondientes coordenadas y niveles, a fin de estudiar los replanteos que sean del caso.
El interventor hará un análisis exhaustivo de los planos de construcción, pliego de condiciones, formulario de cantidades de obra y presupuestos y presentará a PLAZA MAYOR un informe sobre las deficiencias que pudiere encontrar en el desarrollo del proyecto,
Además, deberá revisar detalladamente todos los planos de construcción, para garantizar que haya correspondencia entre ellos, verificar que los diseños cumplan con la norma vigente para edificaciones sismo resistentes NSR-10, con la norma de diseño de los elementos no estructurales y con las demás normas de las autoridades correspondientes, con el fin de solucionar problemas antes de iniciar las obras.
La revisión y aprobación del proyecto, incluye todos los estudios y diseños correspondientes a éste, ciñéndose al alcance exigido en la NSR-10 en lo relacionado con el diseño estructural y a las normas vigentes para los demás diseños, así como también al diseño arquitectónico entregado por PLAZA MAYOR.
Los diseños entregados por PLAZA MAYOR, deberán ser revisados y aprobados por la interventoría, durante los cinco primeros días hábiles siguientes a la firma del contrato de interventoría, certificando que fueron elaborados correctamente y que con ellos se garantiza el correcto funcionamiento de lo diseñado, en caso de presentar inconvenientes con los mismos la interventoría procederá a realizar las correcciones necesarias para ejecutar el proyecto sin permitir retrasos, los costos en que se incurra en esta revisión y aprobación definitiva serán incluidos en el Factor Multiplicador y no se pagaran valores por esta actividad.
6. Interventoría de construcción: La Interventoría procederá con base en los planos y especificaciones y las propuestas aceptadas de los proyectos, a revisar el plan de operaciones, el programa de trabajo, el personal profesional de construcción, el equipo y maquinaria con que cuenta el Contratista, su oportuna asignación, las fuentes de materiales, el manejo y desvío del tránsito peatonal, la señalización del mismo, la seguridad de los trabajadores y en general la seguridad industrial en las obras y toda labor conducente a una adecuada y eficiente realización de la obra. En general la Interventoría y el Contratista establecerán las pautas generales sobre la organización, dirección y control del proyecto de construcción y adecuación. Si el equipo o personal es diferente del ofrecido inicialmente por el Contratista, la Interventoría notificará a PLAZA MAYOR y exigirá al Contratista su ubicación en el lugar de los trabajos en forma inmediata; en caso contrario la Interventoría solicitará a PLAZA MAYOR. La aplicación de las sanciones a que haya lugar.
7. Revisión y replanteo: El Interventor verificará la localización de los ejes (por medio de comisión topográfica) y las obras del proyecto efectuado por el contratista, con la información suministrada por aquel. Durante la construcción revisará permanentemente la localización de las estructuras, rampas, redes, obras de drenaje y demás estructuras que hacen parte de la construcción.
8. Revisión de planos de detalles: La Interventoría revisará minuciosamente los planos de detalles de las obras y de ser necesario solicitará a los diseñadores correspondientes una aclaración de los mismos, de tal forma que le permitan la mejor interpretación y precisión de las obras a intervenir.
En caso de que sea necesario, la Interventoría deberá elaborar planos de detalles de las obras, y especificar los pormenores de éstas cuando en los planos generales del proyecto no existan. Los costos de la elaboración de planos de detalles estarán inmersos dentro del costo de la interventoría, en ningún caso se pagará valor alguno por estos planos.
9. Control de calidad: La Interventoría efectuará la revisión general del diseño, los ensayos de campo, de laboratorio y demás pruebas requeridas en todas las actividades de construcción y adecuación que garanticen la buena calidad de las obras ejecutadas. El récord y resultado de las pruebas y ensayos, así como de los comentarios correspondientes deben ser condensados en los informes periódicos, los cuales deben reflejar la calidad de los trabajos contratados y ejecutados. La Interventoría deberá exigir la construcción de la obra de acuerdo con los parámetros técnicos, arquitectónicos, urbanísticos, planos y especificaciones particulares del proyecto y generales. La Interventoría realizará reuniones semanales con los Contratistas, PLAZA MAYOR y las demás personas que considere necesarias. Los métodos de construcción quedan a juicio de los Contratistas, sin embargo, la Interventoría podrá sugerir cambios en los métodos que considere inadecuados o que según su criterio garantizan una mejor calidad y rapidez en las ejecuciones.
El interventor implementará un plan de inspección del control técnico de la obra y por tanto como mínimo deberá presentar a los representantes de PLAZA MAYOR un plan de puntos de inspección y ensayo, formatos de identificación y trazabilidad, identificación y seguimiento al producto no conforme, además de las acciones correctivas y preventivas implementadas en el plan de calidad
10. Consultas: La Interventoría absolverá las consultas que formule el constructor sobre los aspectos técnicos del proyecto que hacen parte del contrato y le comunicará a PLAZA MAYOR las observaciones y recomendaciones que de su propia iniciativa tuviese en lo concerniente a dichos aspectos.
11. Cambio de condiciones técnicas: La Interventoría sugerirá a PLAZA MAYOR, los cambios en las condiciones de carácter técnicas que estime apropiados y las medidas que crea convenientes para mejorar las condiciones de construcción de las obras.
12. Reparación de obras defectuosas: La Interventoría ordenará, tantas veces como sea necesario, la reconstrucción total o parcial o la reparación de obras defectuosas y verificará que unas y otras se realicen correctamente, según lo establecido en los contratos.
13. Actas de pago: La Interventoría se reunirá, en fecha acordada con el contratista, para determinar el cumplimiento de los hitos de avance obra ejecutada y verificar el cálculo de los mismos, con el fin de autorizar las actas de pago por el cumplimiento de dichos hitos, según los términos que se estipulan en el respectivo contrato de obra. Para el trámite de estas actas se adjuntará, según el caso, los soportes y ensayos de laboratorio.
14. Autorización de pagos: En caso de que se haya creado una fiducia por parte del proponente al inicio del proyecto, con destinación específica para el Pabellón amarillo, el interventor debe autorizar los pagos de dicho fondo.
15. Programa y plazos: Cuando la Interventoría lo estime necesario, solicitará por escrito al Contratista ampliar los horarios de trabajo, reforzar cuadrillas o implementar programas de
contingencia, con el objetivo de cumplir con los respectivos plazos de las actividades, sin que esto incurra en un costo adicional para la obra.
16. Coordinación con las empresas de servicios públicos: La Interventoría colaborará en el trámite ante las empresas respectivas, para que coordinadamente se adelanten a la mayor brevedad posible el retiro de postes, instalaciones, poda o tala de árboles, conexiones a redes públicas y reparaciones de redes de servicio, señalización, demarcación, etc. En general el interventor deberá gestionar en forma oportuna en coordinación con el contratista ante las respectivas entidades públicas o privadas, todos los trámites que se requieran para el normal desarrollo y ejecución de la obra.
17. Comprobación de órdenes: La Interventoría deberá comprobar que las medidas de carácter técnico y administrativo procedentes de los Contratistas, correspondan en su fondo y forma a las estipulaciones y finalidades del contrato, sin que tal comprobación interfiera con la facultad autónoma de decisión que tiene el Contratista y sin que demore, paralice o perjudique la marcha de los trabajos. La Interventoría le comunicará a PLAZA MAYOR, la ocurrencia de hechos que hubiese comprobado en relación con el incumplimiento del contrato por parte del Contratista y formulará las recomendaciones que estime oportunas sobre el particular.
18. Funciones Generales: La Interventoría de obra ejercerá en general las funciones de intervención, control y vigilancia de acuerdo con las prácticas más correctas y conocidas, sin contrariar en ningún caso lo dispuesto en el contrato y los documentos que hacen parte del mismo. En forma coordinada, la Interventoría estará atenta a que el contratista garantice el cumplimiento de sus obligaciones y el buen éxito de sus labores, tendientes a la realización de las obras dentro del plazo estipulado y con óptima calidad. La Interventoría es delegataria de PLAZA MAYOR. La supervisión de la ejecución del contrato de interventoría, estará a cargo del supervisor designado por XXXXX XXXXX.
00. Responsabilidad del Interventor: El Interventor será responsable de la dirección general del contrato a él encomendado, su control y vigilancia en la ejecución idónea y oportuna del mismo. La Interventoría llevará un registro diario (bitácora de obra), de cada una de las actividades que adelante el Contratista de acuerdo con el programa de obra. Allí se registrarán en general las indicaciones e instrucciones que la Interventoría considere necesarias para el normal funcionamiento de las operaciones de la obra.
La responsabilidad básica del Interventor es verificar y certificar de manera documentada que la obra que está interviniendo se realice de acuerdo con la calidad, costos y plazos preestablecidos por PLAZA MAYOR. Para cumplir con esta función básica el Interventor deberá ejecutar correctamente entre otras, las siguientes funciones:
Definir el control de la Interventoría.
Diseñar, implementar y mantener la organización de la Interventoría y definir las líneas de autoridad y las interrelaciones entre el personal clave y las actividades del proyecto.
Establecer un marco para alcanzar y mantener el control general de la construcción del proyecto.
Diseñar e implementar un sistema de control interno y de auditoria externa para la organización de la Interventoría.
Establecer metodologías operativas que permitan el trámite apropiado y oportuno de los asuntos relacionados con la coordinación y control de contratos.
Preparar, implementar y mantener un sistema de aseguramiento de la calidad de su propia gestión interventora.
Recopilar, analizar y evaluar toda la información disponible en PLAZA MAYOR y en otras entidades relacionadas con el proyecto o su zona de influencia que pueda ser utilizada para la ejecución de los trabajos.
Estudiar y analizar los planos, informes, especificaciones y pliegos de condiciones para la construcción de las obras correspondientes a la invitación pública contratadas por PLAZA MAYOR.
Mantener contacto permanente con los diseñadores del proyecto.
Estudiar, supervisar, hacer recomendaciones, aprobar o improbar los procedimientos de construcción propuestos por los Contratistas para la realización de la obra.
Estudiar las modificaciones y ajustes tanto en el número como en la capacidad o potencia de los equipos de construcción a utilizar por el Contratista de las obras civiles y recomendar los ajustes que considere necesarios para el logro de los plazos preestablecidos.
Llevar el control de todas las modificaciones que se realicen durante la construcción de la obra para que estas sean estudiadas, aprobadas y oficializadas por los responsables del diseño de las obras. El Interventor no tendrá autoridad para modificar los diseños y especificaciones del proyecto
Informar oportunamente y por escrito tanto al supervisor y a PLAZA MAYOR, sobre anomalías que se detecten en la calidad de las obras.
Supervisar el oportuno suministro y manejo de materiales y aprobar o rechazar los destinados a las obras del proyecto, los procesos de elaboración de los materiales y exigir a los Contratistas los certificados de garantía de calidad que avalen el cumplimiento de la calidad especificada.
Xxxxxxx y aprobar los replanteos de construcción ejecutados por los Contratistas antes de iniciar los trabajos y durante el desarrollo de los mismos; en general, verificar que se ejecuten todos los trabajos con las especificaciones de construcción exigidas.
Mantener un conocimiento adecuado de todos los problemas que puedan afectar la construcción de las obras y autorizar los cambios necesarios, con la aprobación previa de PLAZA MAYOR y con la suficiente autoridad para lograr que las obras se ejecuten de acuerdo con la calidad, costos y plazos preestablecidos.
Exigir al Contratista el empleo de personal técnico capacitado y el retiro del que a su juicio o el de PLAZA MAYOR sea inconveniente para los intereses de PLAZA MAYOR.
Solicitar la participación en la obra de especialistas técnicos cuando la complejidad de las obras lo amerite.
Formular, desarrollar, elaborar, establecer, implementar y documentar un sistema de control del alcance de las obras intervenidas.
Formular, desarrollar, elaborar, establecer, implementar y documentar un sistema de verificación, control y seguimiento de los programas de construcción de las obras intervenidas.
Supervisar el cumplimiento de los programas de trabajo del Contratista y presentar periódicamente, previo acuerdo con la PLAZA MAYOR los informes de seguimiento de los programas de trabajo.
Formular, desarrollar, elaborar, establecer, implantar y documentar un sistema de seguimiento y control de los costos incurridos por el propio interventor en desarrollo del contrato.
Mantener sistemas de seguimiento e información en tiempo real sobre el estado del contrato intervenido en relación con su avance, calidad y costo.
Preparar y presentar mensualmente informes técnicos y de programación, en los cuales se analice el programa de ejecución de los trabajos, las documentaciones de los cambios, las inversiones realizadas, los recursos de personal (incluyendo los empleos directos e indirectos, los equipos utilizados y todos los demás aspectos que permiten el adecuado seguimiento y control de las obras).
Diseñar, implementar y mantener un sistema para controlar el avance y calidad de los trabajos objeto de la Interventoría y de esta manera hacerlos coherentes con los objetivos del proyecto.
Mantener personal calificado y competente en número suficiente, para un adecuado y oportuno desempeño de las funciones de la Interventoría.
Realizar la vigilancia y cuidado de los elementos PLAZA MAYOR encomendados al Interventor.
Asistir a las reuniones periódicamente con los Contratistas, los diseñadores y PLAZA MAYOR, con el objeto de analizar en el sitio todos los aspectos que requieran el concepto o conocimiento de las entidades relacionadas con la ejecución de las obras, a fin de lograr un acuerdo permanente entre ellas para beneficio del proyecto.
Concertar reuniones periódicas con PLAZA MAYOR o sus representantes, para analizar el avance de la obra, control de costos, problemas de diseño, reclamaciones de Contratistas, entre otros, para mantener a PLAZA MAYOR plenamente informado sobre detalles del avance de las obras y del desarrollo del contrato.
Presentar informes sobre aspectos específicos, bien sea técnicos, financieros o administrativos, cada vez que PLAZA MAYOR lo solicite.
Resolver en coordinación con PLAZA MAYOR y los Diseñadores, las consultas que hagan los Contratistas sobre la interpretación de planos y especificaciones.
Asesorar a PLAZA MAYOR en la solución de las discrepancias de carácter técnico o contractual que surjan con los Contratistas durante el desarrollo del contrato.
Analizar con PLAZA MAYOR las reclamaciones presentadas por los Contratistas y recomendar soluciones.
Elaborar planes de contingencia para atender eventos imprevistos que puedan afectar la seguridad, calidad, costo o plazo de las obras, de manera que se eviten o mitiguen las implicaciones de tales eventos.
Estudiar el incumplimiento del Contratista y solicitar PLAZA MAYOR las sanciones a que diere lugar.
Sugerir a PLAZA MAYOR la conveniencia o no de aceptar los subcontratos que proponga el Contratista.
Certificar el cumplimiento de los hitos para el pago al contratista y presentar a PLAZA MAYOR las actas elaboradas y revisadas.
Exigir el cumplimiento en la obra de las normas de higiene y seguridad industrial de todo el personal que tenga acceso a la obra, en forma permanente o temporal.
Realizar la liquidación financiera del contrato y elaborar cuadros resúmenes de las cuentas pagadas y la amortización del anticipo, en caso de existir anticipo. Esta información será la base para que PLAZA MAYOR formalice la liquidación del contrato.
Elaborar un informe mensual de construcción con inclusión de los elementos administrativos y técnicos del contrato, incluyendo todos los datos sobre su desarrollo y memorias técnicas de la construcción de las obras. Este informe deberá ser presentado a PLAZA MAYOR dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes.
Establecer un archivo sistematizado de la correspondencia de forma aceptable para PLAZA MAYOR, de manera que toda la correspondencia se conteste lo más pronto posible y no permanezcan puntos sin solución que puedan tomar los Contratistas como base para futuras reclamaciones. El Interventor enviará las copias de la correspondencia entre él y el Contratista que PLAZA MAYOR considere necesarias.
Participar en el diseño, implementación y mantenimiento del sistema de información del proyecto de PLAZA MAYOR- en los aspectos que conciernen a la Interventoría.
Revisión de los planos finales de la obra: La Interventoría revisará minuciosamente los planos de construcción o adecuación de la obra corregida por El Contratista. Estos planos incluirán todas las modificaciones que se hubiesen presentado en desarrollo de la construcción o adecuación de las estructuras, de las obras de alcantarillado, energía, acueducto, entre otros, en los sitios utilizados en la obra y cualquier información adicional que sea pertinente a juicio del Interventor y PLAZA MAYOR. Una vez revisados por la Interventoría, los planos rubricados se entregarán a PLAZA MAYOR.
Inspección final para entrega de la obra a PLAZA MAYOR: Al finalizar la obra, la Interventoría, el Contratista y el supervisor designado de PLAZA MAYOR efectuarán la visita de inspección a la misma con el objeto de determinar su estado. Es necesario que la Interventoría prepare previamente un informe técnico fotográfico para la entrega a cada uno de los integrantes de esta comisión, donde se pueda observar el balance general de las cantidades de obra ejecutada, el costo de la misma, los ensayos de laboratorio, etc.
Elaborar antes de iniciar al contrato, el acta de espacio público y/o de vecindad con el respectivo registro fotográfico y de video, firmada por el contratista, el interventor y los vecinos.
Velar por el estricto cumplimiento de todas las obligaciones del contratista de obra, consignadas en el contrato y sus anexos.
Atender en forma oportuna todos los requerimientos de tipo jurídico y administrativos derivados de reclamaciones, demandas y recursos que interponga el contratista de obra, hasta que queden debidamente resueltos.
Diligenciar en forma oportuna la aplicación de sanciones, estipulaciones adicionales o descuentos y garantías del contrato de obra.
Todo cambio sustancial del contrato de obra, debe estar aprobado por el Interventor y PLAZA MAYOR
SEXTA. EXCLUSIÓN DE LA RESPONSABILIDAD LABORAL. El presente contrato no genera relación o vínculo laboral alguno entre PLAZA MAYOR y EL CONTRATISTA, y por tanto no tendrá derecho a ninguna contraprestación distinta a la expresamente descrita en la cláusula tercera del presente contrato.
SÉPTIMA. RÉGIMEN APLICABLE. El presente contrato se regirá por el Manual de Contratación de PLAZA MAYOR (Acuerdo 1 del 23 de septiembre de 2016) así como por las normas civiles, comerciales y demás normatividad aplicable a la naturaleza del servicio.
OCTAVA. SUPERVISIÓN. PLAZA MAYOR verificará el cumplimiento del contrato con un supervisor designado a través del acta respectiva, quien actuará como intermediario entre PLAZA MAYOR y EL CONTRATISTA. Entre sus funciones estarán, verificar el adecuado desarrollo del contrato y las demás que se estipulan y sean inherentes a esta clase de encargos.
NOVENA. RÉGIMEN TRIBUTARIO. Se aplicarán a EL CONTRATISTA todas las normas tributarias vigentes al momento del pago.
DÉCIMA. CESIÓN. LAS PARTES no podrán ceder el presente contrato, salvo autorización conjunta, cumpliendo con las formalidades que la cesión requiere.
DÉCIMA PRIMERA INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. EL CONTRATISTA declara bajo la gravedad
del juramento, que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidades e incompatibilidades consagradas en las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, 1174 de 2011, 1778 de 2016, así como en sus Decretos Reglamentarios y en las demás normas legales vigentes. La contravención de lo anterior dará lugar a las sanciones xx Xxx.
PARÁGRAFO. EL CONTRATISTA y su Representante Legal, declaran con la suscripción del presente contrato que no se encuentran reportados en el Sistema de Información del Boletín de Responsables Fiscales “SIBOR” de la Contraloría General de la Republica, ni en el Sistema de Información de Sanciones e Inhabilidades “SIRI” de la Procuraduría General de Nación.
DÉCIMA SEGUNDA. DECLARACIÓN VOLUNTARIA Y ORIGEN LÍCITO DE LOS FONDOS ECONÓMICOS. EL
CONTRATISTA manifiesta que los recursos económicos con los que se obliga en el presente contrato no provienen de ninguna actividad ilícita de las contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier norma que lo modifique o adicione.
DECLARACIONES VOLUNTARIAS:
1.) ORIGEN DE FONDOS: EL CONTRATISTA declara que sus recursos, no provienen de una actividad ilícita tipificada en las normas penales colombianas.
DESTINO DE RECURSOS: EL CONTRATISTA se compromete de manera voluntaria a que sus recursos y dineros no serán destinados al desarrollo de actividades ilícitas tipificadas en las normas penales colombianas.
2.) DECLARACIÓN VOLUNTARIA: De igual manera, EL CONTRATISTA declara de manera voluntaria que no pertenece a ningún grupo terrorista o al margen de la ley, y que no se encuentra reportado en ninguna
lista internacional expedida por la OFAC, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, ni en las demás listas restrictivas nacionales e internacionales y/o bases de datos públicas que tengan carácter vinculante para Colombia, por actividades relacionadas con lavados de activos y/o financiación del terrorismo.
Las partes conocen y aceptan que las declaraciones consagradas en esta cláusula son ciertas tanto al momento de la firma de este documento como durante toda su vigencia.
PARÁGRAFO. El incumplimiento de esta obligación por parte de EL CONTRATISTA faculta a Plaza Mayor a dar por terminado el contrato y a repetir en su contra por todos los daños y/o perjuicios que se le llegaren a causar a Plaza Mayor.
DÉCIMA TERCERA. CLÁUSULA OBLIGATORIA. EL CONTRATISTA garantiza, bajo la gravedad del juramento, que ninguna persona al servicio de PLAZA MAYOR, ha recibido, ni recibirá beneficio directo o indirecto resultante de la adjudicación, celebración o ejecución del contrato, y acepta expresamente que la presente disposición es condición esencial del contrato, por lo que su incumplimiento dará lugar a su terminación y a la aplicación de las sanciones legales pertinentes.
DÉCIMA CUARTA. CONFIDENCIALIDAD. La suscripción de todo contrato con PLAZA MAYOR implica la obligación para EL CONTRATISTA de utilizar y manejar cualquier información de la que tenga conocimiento por cualquier medio y que le sea confiada o a la que tenga acceso en razón o con ocasión de sus labores, de manera confidencial, garantizando por todos los medios a su alcance que los trabajadores a su servicio y demás personas que autorice, respetarán la obligación de mantener reserva sobre la misma.
Las partes se obligan a que la información que se suministre durante el desarrollo del contrato sea manejada como confidencial y sólo podrá ser utilizada para su debida ejecución. La violación de la confidencialidad o el uso indebido de la información dará lugar a la parte cumplida a reclamar indemnización a cargo de la parte incumplida, así como a tipificar un incumplimiento contractual objetivo, independientemente de la causación de perjuicios, cuando la información confidencial fue marcada como tal por PLAZA MAYOR.
No se considera violación de la confidencialidad, la entrega de información a autoridad competente o cuando sea de conocimiento público. Ninguna de las partes adquiere derechos de propiedad o disposición respecto de la información suministrada por la otra.
DÉCIMA QUINTA. HABEAS DATA. Cuando para la debida ejecución del contrato EL CONTRATISTA deba acceder, consultar y/o administrar bases de datos de PLAZA MAYOR, sus clientes, trabajadores, proveedores o accionistas, previos los permisos concedidos para el efecto, se obliga a disponer de los medios necesarios para observar, cumplir e instruir a sus empleados sobre los principios de administración de datos de terceros, tales como: veracidad, finalidad, acceso y circulación restringida, temporalidad, seguridad, confidencialidad, libertad y transparencia, conforme con lo establecido en la Ley 1266 de 2008, y demás normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan.
Para los mismos efectos, con la presentación de la oferta se entiende dada la aceptación del oferente, en caso de resultar adjudicatario, de adherirse a la política de seguridad que tiene adoptada PLAZA MAYOR, para el manejo de su información y la de datos de terceros, la cual se obliga a conocer y cumplir, así como instruir al personal que ocupe para la ejecución del contrato, independientemente de la forma de vinculación del mismo, sobre la obligatoriedad de su cumplimiento.
DÉCIMA SEXTA. AVISO DE PRIVACIDAD. De conformidad con el aviso de privacidad que se suministra con la firma del presente contrato, EL CONTRATISTA autoriza de manera voluntaria, previa, explícita, informada e inequívoca a PLAZA MAYOR para tratar sus datos personales de acuerdo con la Política de Tratamiento de Datos Personales de la Compañía. Para conocer los derechos que le asisten como titular de los datos personales y los procedimientos para acceder a ellos, EL CONTRATISTA tiene la facultad de conocerlas a través de la página web xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx y contactar al área encargada en el teléfono 0000000 o en el correo electrónico xxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx
DÉCIMA SÉPTIMA. PAGO DE APORTES. De conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, la Ley 1607 de 2012, el Decreto 862 de 2013 y demás normatividad vigente EL CONTRATISTA deberá acreditar mediante certificación suscrita por el revisor fiscal o Representante Legal, según lo exija la ley, el pago de los aportes a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar. Así mismo deberá presentar la planilla integrada de liquidación de aportes de cada uno de los operarios que prestó el servicio en el mes a pagar.
DÉCIMA OCTAVA. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA responderá por el
incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, así como por los hechos u omisiones que le fueren imputables y causen daño o perjuicio a PLAZA MAYOR.
DÉCIMA NOVENA. IMPUESTOS. EL CONTRATISTA deberá pagar todos los impuestos establecidas por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales y por lo tanto, su omisión en el pago será de su absoluta responsabilidad.
VIGÉSIMA. INDEMNIDAD.EL CONTRATISTA mantendrá indemne a PLAZA MAYOR, de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes en la ejecución del presente contrato.
VIGÉSIMA PRIMERA. GARANTÍAS. Para iniciar la ejecución del contrato, EL CONTRATISTA, deberá constituir una Garantía Única de Cumplimiento a favor de Entidades Estatales con régimen privado de contratación.
Cumplimiento: se establece para precaver los perjuicios que se deriven para PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A., por el incumplimiento total o parcial del contrato, cuando éste sea imputable al contratista; por el cumplimiento tardío o defectuoso de las obligaciones contractuales, cuando sea imputable al contratista; por los daños imputables al contratista por entregas parciales del objeto contractual, cuando el contrato no prevé entregas parciales; y el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria. Su cuantía será hasta del veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y su vigencia será igual a la del plazo de ejecución total del contrato y cuatro (4) meses más. ‐
Pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales: la cuantía de esta garantía será del veinte por ciento (20%) del valor de del contrato y su vigencia será igual a la del plazo de ejecución total del contrato y tres (3) años más. ‐
Calidad del servicio: La cuantía de esta garantía debe ser xxx xxxx por ciento (10%) del valor total del contrato y su vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y 4 meses más.
Seguro de responsabilidad civil extracontractual: Su cuantía deberá ser igual a 200 SMLMV y su vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato.
VIGÉSIMA SEGUNDA. CLÁUSULA PENAL. En el evento que se configure una o varias causales de incumplimiento, PLAZA MAYOR podrá hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria, la cual será equivalente al VEINTE POR CIENTO (20%) del valor del contrato cada vez que se imponga. Por la ejecución o el pago de la cláusula penal no se entenderá extinguida la ejecución principal y tampoco se entenderán pagados los eventuales perjuicios que se le hubieren causado a PLAZA MAYOR. Podrá igualmente cobrarse de los saldos debidos a EL CONTRATISTA, sin perjuicio de requerir la ejecución de las garantías constituidas por el mismo. Procede la exigencia de la cláusula penal en los casos en que el CONTRATISTA ejecute en forma tardía sus obligaciones o las incumpla parcial o totalmente en términos de calidad, cantidad, oportunidad y/o precio; y por el incumplimiento de las demás cláusulas que le impongan obligaciones al CONTRATISTA
VIGÉSIMA TERCERA. CAUSALES DE TERMINACIÓN. El presente contrato termina por alguna o algunas de las siguientes causales: a) por mutuo acuerdo entre las partes; b) por cumplimiento del objeto contractual;
c) por incumplimiento de las obligaciones del contrato; d) por vencimiento del plazo; e) por las demás causas establecidas por la ley o en el pliego de condiciones.
VIGÉSIMA CUARTA. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO. El presente contrato se perfecciona con la firma de las partes, pero para su ejecución se requiere de la aprobación de las garantías por parte de la Dirección Jurídica de Plaza Mayor Medellín S.A.
VIGÉSIMA QUINTA. DOCUMENTOS. Serán parte integral del presente contrato, el estudio previo, el pliego de condiciones de la invitación pública No 007 de 2019 y sus anexos, la propuesta y documentos de EL CONTRATISTA, así como los informes de supervisión que se generen a partir de la ejecución del contrato y demás documentos.
VIGÉSIMA SEXTA. DOMICILIO DEL CONTRATO. Para todos los efectos legales a que hubiere lugar, se fija como domicilio el municipio de Medellín.
Para constancia se firma en Medellín, a los días del mes de de 2019.
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX
Gerente General EL CONTRATISTA
PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A.
FORMATO No. 9
MATRIZ DE RIESGOS
Archivo en Excel adjunto.