CONTRATO DE SERVICIOS DE LIMPIEZA, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LAS ÁREAS INFANTILES, ÁREAS DEPORTIVAS DE ACCESO LIBRE ANEXAS, PISTAS DE SKATE Y ÁREAS BIOSALUDABLES DEL CASCO URBANO DE LA CIUDAD DE LINARES (C/7/2014)
CONTRATO DE SERVICIOS DE LIMPIEZA, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LAS ÁREAS INFANTILES, ÁREAS DEPORTIVAS DE ACCESO LIBRE ANEXAS, PISTAS DE SKATE Y ÁREAS BIOSALUDABLES XXX XXXXX URBANO DE LA CIUDAD XX XXXXXXX (C/7/2014)
PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS
1.- OBJETO DEL CONTRATO:
El Ayuntamiento xx Xxxxxxx convoca concurso para la contratación de los servicios de limpieza, mantenimiento y conservación de las áreas infantiles, áreas deportivas de acceso libre anexas, pistas de skate y áreas biosaludables xxx xxxxx xxxxxx xx Xxxxxxx, conforme a las condiciones mínimas que se expresan en este Pliego.
El objetivo principal que se persigue es que las áreas objeto del contrato se encuentren en óptimas condiciones de limpieza, seguridad, funcionamiento y certificación, conforme a la normativa vigente sobre seguridad en áreas infantiles que las regula.
Así mismo, y no menos importante, se persigue no sólo conservar sino incentivar su valor lúdico, estética y funcionalidad, además de su integración en el paisaje urbano y la comodidad de las personas usuarias de las áreas de juego.
2.- DEFINICIONES:
Se considerarán áreas infantiles o áreas de juego infantil a los espacios de uso público al aire libre, de libre acceso, normalmente acotados por vallado perimetral específico e integradas en parques o jardines de mayores dimensiones o plazas públicas, que contengan equipamiento destinado al juego de menores. No se considerarán los recintos cerrados, de acceso controlado destinados específicamente a estos fines que, de existir en un futuro, serán objeto de una regulación específica.
Se definen áreas deportivas de acceso libre a aquellas anexas o incluidas dentro del
área de juego infantil o recinto de parque público en el que se incluyan, dotadas de mobiliario urbano específico cuyo uso y control no venga regulado por el propio ayuntamiento, asociación de vecinos o encomienda de gestión, y/o que no estén incluidas dentro de un parque municipal de deportes. Dentro de las mismas podemos encontrar:
o Zonas con mobiliario deportivo específico (mesas multijuegos, futbolines,
o mesas de tenis xx xxxx…)
o Pistas de petanca.
o Áreas destinadas a la práctica de juegos tradicionales.
o Pistas multideporte.
o Pistas para práctica de deportes para discapacitados.
o Otras asimiladas a las anteriores.
Se denomina pista de skate a aquel recinto de acceso libre no incluido dentro de un parque municipal de deportes destinado específicamente a la práctica de este deporte. Se incluyen también en esta denominación genérica las pistas mixtas destinadas a la práctica de otras disciplinas (skate, roller, BMX).
Se denomina área biosaludable a aquella zona o zonas de un espacio público de
acceso libre, acotadas o no, en la que se ubica mobiliario destinado para el mantenimiento físico o rehabilitación de las personas.
3.- LÍMITES Y ÁMBITO DEL SERVICIO
En general, se entiende que la superficie de las áreas objeto de intervención de este contrato quedará englobada por el vallado perimetral de las mismas o, en caso de no existir, será objeto de mantenimiento la totalidad xxx xxxxxxx o plaza en la que se ubique el área de juegos. En todo caso, corresponderá al Ayuntamiento definir el perímetro objeto de mantenimiento para cada caso.
La prestación del servicio comprende los trabajos y operaciones necesarias de mantenimiento, conservación y certificación de las áreas infantiles, áreas deportivas y biosaludables de titularidad pública, así como las de titularidad privada de uso colectivo que el Ayuntamiento acuerde asumir su mantenimiento, ubicadas en parques, plazas, calles y paseos xxx Xxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxx e indicadas en el Anexo Nº 1.
Se actuará en la totalidad de los elementos de mobiliario que se integren en el perímetro del área tales como areneros, carteles indicadores de usos o informativos, bancos, papeleras, canastas, porterías, puntos limpios, apoyos isquiáticos, mobiliario deportivo, vallados específicos, cerramientos perimetrales, pavimentos amortiguadores y otros que incidan directamente en la seguridad del área, con estricto cumplimiento de las directivas o normas vigentes o futuras, recogidas al respecto en las normas UNE-EN 1176, UNE-EN-1177, u otra norma que las sustituya, que se consideran como de obligado cumplimiento en este contrato.
4.- NORMATIVA, CONDICIONES TÉCNICAS Y CANON:
El mantenimiento y conservación es fundamental para garantizar la seguridad de los usuarios, máxime cuanto éstos son niños. En consecuencia, las funciones de inspección y mantenimiento deberán realizarse conforme a las instrucciones del fabricante, de las empresas certificadoras externas y a las especificaciones técnicas de la normativa más adelante especificada.
Las condiciones técnicas incluidas en este Pliego se consideran como mínimas a asumir por el adjudicatario, y de obligado cumplimiento. Los licitadores pueden incluir en sus ofertas las propuestas técnicas, de ámbito o de organización que, sin ajustarse exactamente a lo previsto en este Pliego, supongan mejoras en relación con la prestación del servicio que se requiere.
La empresa adjudicataria debe estar en posesión y en condiciones de aportar el Certificado en instalación, inspección y mantenimiento de áreas de juego y sus elementos, conforme a la norma UNE- EN 1176, u otra norma que la sustituya.
La cuantía percibida mediante el precio de adjudicación incluye el coste del personal, los vehículos, la maquinaria y el material, conforme a lo dispuesto en el presente Pliego.
Serán de aplicación todas las normas de carácter sanitario vigente, normas de seguridad de los juegos y de sus áreas y aquellas de obligado cumplimiento en el ámbito nacional y local, y en especial:
- Plan General de Ordenación Urbana xx Xxxxxxx.
- Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía.
- Decreto 127/2001 de 5 xx xxxxx, sobre medidas de seguridad en los parques infantiles.
- Normas UNE sobre equipamiento y gestión de áreas de juego:
UNE 147101:2000 IN: Equipamiento de las áreas de juego y superficies.
Guía de aplicación de la norma UNE-EN 1176-1.
UNE 147102:2000 IN :Equipamiento de las áreas de juego y superficies. Guía para la aplicación de la norma UNE EN 1176-7 a la inspección y el mantenimiento.
UNE 147103:2001: Planificación y gestión de las áreas y parques de juego al aire libre.
UNE 172001:2004 IN Señalización en las áreas de juego.
UNE EN 1176-1:2009: Equipamiento de las áreas de juego y superficies. Parte 1: Requisitos generales de seguridad y métodos de ensayo
UNE EN 1176-2:2009: Equipamiento de las áreas de juego y superficies. Parte 2: Requisitos de seguridad específicos adicionales y métodos de ensayo para columpios.
UNE EN 1176-3:2009: Equipamiento de las áreas de juego y superficies. Parte 3: Requisitos de seguridad específicos adicionales y métodos de ensayo para toboganes.
UNE EN 1176-4:2009: Equipamiento de las áreas de juego y superficies. Parte 4: Requisitos de seguridad y métodos de ensayo complementarios específicos para tirolinas.
UNE EN 1176-5:2009. Título: “Equipamiento de las áreas de juego y Superficies. Parte 5: Requisitos de seguridad específicos adicionales y métodos de ensayo para carruseles”.
UNE EN 1176-6:2009. Título: “Equipamiento de las áreas de juego y Superficies. Parte 6: Requisitos de seguridad específicos adicionales y métodos de ensayo para balancines”.
UNE EN 1176-7:2009: Equipamiento de las áreas de juego y superficies. Parte 7: Guía para la instalación, inspección, mantenimiento y utilización.
UNE EN 1176-10:2009: Equipamiento de las áreas de juego y superficies. Parte 10: Requisitos de seguridad y métodos de ensayo adicionales específicos para equipos de juego en recintos totalmente cerrados.
UNE EN 1176-11:2009: Equipamiento de las áreas de juego y superficies. Parte 11: Requisitos de seguridad y métodos de ensayo adicionales específicos para redes tridimensionales.
UNE EN 1177:2009: Revestimientos de las superficies de las áreas de juegos absorbedoras de impactos. Determinación de la altura de caída crítica.
- Norma Tecnológica de Jardinería y Paisajismo NTJ 09S “areneros en áreas infantiles”
- Norma Tecnológica de Jardinería y Paisajismo NTJ 13R “higiene en los areneros en áreas de juegos infantiles”,
así como todas las normativas o directrices que se vayan incorporando relativas a la materia objeto del contrato.
5.- CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LAS CONDICIONES TÉCNICAS
La supervisión desde el punto de vista técnico del presente contrato corresponde al personal técnico y administrativo designado por el Ayuntamiento xx Xxxxxxx.
La responsabilidad directa de los trabajos de la Contrata corresponde a la persona Jefe de la Contrata (JC), que ostentará la titulación de Ingeniero, Arquitecto o Arquitecto Técnico. Ésta persona dirigirá al Equipo de Inspección y Control, que será el personal encargado de ejecutar los trabajos establecidos en el presente Pliego.
A través de este personal y bajo las órdenes del personal técnico supervisor del servicio se establecerán los mecanismos de control y seguimiento de los aspectos técnicos
del contrato y se transmitirán las órdenes relacionadas con el servicio contratado, la adaptación puntual de los trabajos, modificaciones, ajustes, horarios, trabajos especiales etcétera.
Así mismo, será obligación de la empresa adjudicataria, fijar y establecer los medios mínimos e itinerarios de inspección de forma que quede perfectamente asegurada la frecuencia de paso mínima exigida en las condiciones de prestación del servicio. Para cumplir
estos requisitos, el adjudicatario incluirá y acreditará en su propuesta un Plan de Trabajo, acorde con las necesidades existentes de forma que se logren los objetivos previstos, si bien el personal técnico supervisor del servicio podrá ordenar modificaciones si el desarrollo del contrato, las condiciones o circunstancias así lo requiriesen.
6.- DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS, CONDICIONES Y OPERACIONES A REALIZAR DENTRO DEL PRESENTE CONTRATO DE MANTENIMIENTO.
a) Consideraciones generales.
El mantenimiento de las áreas objeto del contrato tendrá fundamentalmente carácter preventivo y, en su caso, correctivo. Por lo tanto, el adjudicatario tendrá obligación de actuar con diligencia sobre los problemas detectados que sean objeto de este contrato e intervendrá directamente, sin necesidad de orden o intervención expresa del personal técnico supervisor del servicio en las operaciones de inspección programadas, y de subsanación o reparación inherentes al contrato y de aquellas que pudieran ser necesarias por avisos a la Policía Local, al teléfono de incidencias o cualquier otro medio.
Las mencionadas operaciones deberán quedar reflejadas en los partes de trabajo e incidencias con la frecuencia que es establezca en el pliego de condiciones.
El adjudicatario deberá comunicar al Ayuntamiento cuantas observaciones o incidencias detecte en relación con el estado de las áreas de juegos y su entorno, para así poder actuar en consecuencia.
Para dar cumplimiento a lo antes expresado, se definirán en éste apartado las condiciones técnicas y operaciones mínimas necesarias para el mantenimiento y conservación de las zonas objeto del contrato, tanto de las áreas recogidas en el ya mencionado anexo 1 como las que en un futuro puedan añadirse al contrato, en las condiciones que para ello se establezcan en el Pliego Administrativo.
Por ello, el adjudicatario se obliga a admitir, para su mantenimiento y conservación, las áreas de juegos infantiles, biosaludables o deportivas de nueva creación que, con motivo de obra nueva, ampliaciones, recepciones de urbanizaciones y adquisiciones de todo tipo incrementen las áreas de juegos infantiles iniciales que figuran en el mencionado anexo 1, en las mismas condiciones que el resto de la adjudicación, en las condiciones establecidas en el Pliego de Cláusulas Administrativas.
El canon permanecerá invariable durante todo ese año, si bien el Ayuntamiento podrá modificar el contrato suscrito por aumento o disminución de los límites, unidades o superficies a mantener, aumentando o disminuyendo el canon en función de los precios [y ratios] vigentes en ese momento, conforme al procedimiento que para esos fines se establezca,
b) Tareas y actuaciones previstas. Generalidades.
El mantenimiento y conservación comprende los siguientes trabajos:
- Comprobación, actualización y utilización del inventario de las áreas de juegos infantiles, según condicionantes mínimos establecidos en este Pliego y bajo la supervisión de los servicios municipales competentes.
- Ejecución de las labores periódicas de verificación del estado de los distintos elementos que componen las áreas infantiles con el fin de detectar las posibles incidencias, roturas o desperfectos que se pudieran producir en las áreas de juegos y los elementos que las componen , para solventarlos lo más rápidamente posible.
- Limpieza periódica de las áreas en las condiciones establecidas en el presente Pliego Retirada de todos los elementos peligrosos, nocivos o insalubres que puedan haberse depositado en las áreas de juego como cristales, objetos punzantes, etc, y todo elemento que pueda ofrecer peligro, nocividad o insalubridad a los usuarios.
- Conservación preventiva y correctiva del conjunto de áreas infantiles objeto del contrato, con el fin de alargar la vida de los elementos que las componen y que las mismas se encuentren en adecuado estado de uso.
- Operaciones de reparación y mantenimiento de los elementos que componen las áreas ("in situ" o en taller), atendiendo las órdenes de trabajo en los plazos señalados en este pliego, así como las comunicaciones del personal técnico municipal.
- Tratamiento de desperfectos o falta de pintura en cualquier elemento de juego, vallado o de mobiliario urbano, ya que éstos deberán estar en todo momento correctamente pintados de forma que su aspecto y condiciones de uso sean óptimos.
- Retirada, almacenaje y reinstalación o traslado de áreas infantiles debido a la realización de obras u otras actuaciones o causas que hagan necesario su traslado.
- Realización de pequeñas actuaciones o modificaciones en las áreas infantiles que ordenen los servicios técnicos municipales con el fin de mejorar las condiciones de las mismas.
- Transporte de elementos o componentes de las áreas tanto a los lugares de instalación como a los talleres de reparación o almacenes.
- Fijación o retirada de elementos anclados con o sin obra de fábrica.
- Sustitución de partes o conjuntos completos de elementos, así como la gestión del suministro de piezas necesarias para asegurar la continuidad del uso de los elementos instalados, cerramientos, carteles, suelos de seguridad u otros.
- Sustitución total del juego, equipo o elemento de mobiliario, ya sea por causa de su uso regular, vandalismo o cualquier otra.
- Disponibilidad del personal necesario tanto en número como en capacidad profesional para la adecuada realización de la prestación.
- Disponibilidad de vehículos y equipos en suficiente número y adecuadamente dotados para la correcta realización de la prestación conforme a las exigencias xxx xxxxxx.
- Disponibilidad de materiales y repuestos necesarios, para la adecuada realización del servicio.
- Precintar o retirar de forma inmediata cualquier elemento que represente un peligro, así como dotar de las medidas de seguridad suficientes en el caso de daños o desperfectos en una zona, juego, equipo o elemento de mobiliario, en los que su estado entrañe un riesgo para las personas usuarias. Los elementos utilizados para el precinto de los espacios afectados se dispondrán de forma que se impida el acceso al mismo, pudiéndose, si las circunstancias así lo aconsejan, incluso procederse a la clausura del área completa en tanto dura la reparación.
- Entregar o enviar parte diario de los trabajos y fichas de actuaciones
- Realizar un seguimiento diario del servicio, elaborándose y remitiéndose los correspondientes partes de trabajo, fichas e informes de la prestación del servicio a la persona supervisora y en las condiciones que se establezcan en el contrato.
- Conservación de la superficie amortiguadora de las áreas (arena, suelo de caucho, etc.), realizando las labores necesarias de aporte, excavación, aireación, etc. para que las mismas se encuentren en perfectas condiciones de seguridad y uso.
- Administración del servicio
c) Prestación del servicio.
El servicio se prestará en horario de mañana, a jornada completa, de lunes a viernes entre las 7:00 horas y las 15:00 horas. Si por las necesidades del servicio o razones de urgencia fuese necesario, podrán realizarse tareas en horario de tarde.
Entre las 7:00 horas y las 8:00 horas y las 16:00 y 17:00 horas se procurará realizar tareas que no generen excesivo ruido, para evitar molestias al vecindario.
Para maximizar la eficacia del servicio objeto de contratación, el adjudicatario dispondrá a su xxxxx de un número de teléfono al que cualquier ciudadano podrá dirigirse para denunciar cualquier incidencia en los parques. Dicho teléfono, junto con la razón social del adjudicatario, quedará claramente reflejado en los carteles informativos de las áreas de juego. De las incidencias denunciadas quedará constancia en los correspondientes partes realizados a tales efectos, y se les dará máxima prioridad.
Se prevé la posibilidad, en los casos que se considere necesario y por orden del personal técnico supervisor del servicio, de que se ordene la desinstalación, traslado de unas zonas a otras y/o instalación de nuevos elementos de mobiliario o juegos, corriendo a cargo del adjudicatario la mano de obra necesaria para ello (desmontaje, transporte, montaje e instalación), dentro del horario normal del servicio y sin cargo alguno para el Ayuntamiento, aunque ello supusiera la modificación de la frecuencia de paso establecida.
d) Operaciones no incluidas en el contrato
El Ayuntamiento tendrá plena potestad para decidir si las realiza con medios propios o si encomienda a la empresa adjudicataria o a otras aquellas tareas de mejora, reforma, ampliación u otras no incluidas en el presente contrato, siempre que éstas no vayan a ser asumidas por los servicios de Infraestructuras del propio Ayuntamiento, previo presupuesto y tramitación para aceptación del gasto conforme al procedimiento que se establezca.
Independientemente de lo expuesto en el párrafo anterior, el Ayuntamiento tendrá plena facultad para realizar con personal propio cuantos trabajos de mejora, mantenimiento o conservación considere necesarios en las áreas de juego, que podrán realizarse simultáneamente con los de mantenimiento objeto del contrato, o con otros expresamente contratados a la adjudicataria o a terceros.
7. Desarrollo del contrato.
a) Generalidades. Partes de trabajo e incidencias y fichas.
El mantenimiento y la inspección de los equipamientos y de sus componentes deberán realizarse conforme a las instrucciones del fabricante, y respetando como mínimo la periodicidad señalada por éste, y se dará cumplimiento a lo dispuesto en el apartado 6.2 y
8.1.2 de la Norma UNE-EN 1176-7, o de aquella que la sustituya.
Las operaciones de inspección, reparación y mantenimiento objeto del contrato, quedarán reflejadas en los correspondientes partes de trabajo, con la frecuencia de paso y requerimientos establecidos en el presente Pliego. Se dará especial importancia a la gestión de la seguridad de las áreas de juego.
Independientemente de lo expuesto, es preceptiva la cumplimentación de las fichas de inspección y mantenimiento previstas en la normativa, en las que quedarán reflejadas y evaluadas las incidencias apreciadas en los equipos.
El Equipo de operarios, que deberá estar debidamente cualificado, será el responsable de cumplimentar los partes de trabajo y fichas de inspección y mantenimiento, y tendrán el vº bº de la Jefatura de la Contrata. Éstos se remitirán en soporte informático al órgano de supervisión técnica semanalmente.
Deberán registrarse las acciones rutinarias o de corrección de deficiencias observadas, detallando al menos:
- Ubicación y denominación del elemento.
- Fecha de la intervención.
- Procedencia del aviso (inspección de rutina, aviso telefónico, de la Policía Local…).
- Acciones realizadas, medios, material utilizados y piezas cambiadas.
- Otras observaciones que se estimen de interés
Aun estando reglada la frecuencia mínima de paso por las distintas áreas de juego, tendrán máxima prioridad la realización de reparaciones procedentes de situaciones de emergencia, denuncias o avisos, aunque puedan suponer modificaciones en el orden y frecuencia de paso establecidas, incidencias que deberán constar en el parte de trabajo.
b) Definición, gestión y procedimiento de las operaciones de mantenimiento sujetas a contrato.
El adjudicatario quedará obligado a realizar las comprobaciones periódicas necesarias para asegurar un perfecto conocimiento de las áreas y los elementos que las integran, y que permitan detectar de forma rápida las posibles averías e incidencias que se produzcan.
La forma más adecuada de mejorar y mantener las áreas infantiles en buenas condiciones de conservación pasa, ineludiblemente, por un correcto programa de mantenimiento preventivo, diseñado a partir del conocimiento del estado actual de las áreas, así como un eficiente mantenimiento correctivo, que actúe con prontitud y diligencia sobre los problemas o defectos que se detecten.
Las operaciones a realizar para el cumplimiento de esos objetivos, incluidas dentro del contrato, se materializarán mediante inspecciones, de las que derivarán las reparaciones y trabajos de mantenimiento que en cada caso sean necesarios.
I. Inspecciones: Las inspecciones se realizarán de forma programada, y siguiendo un procedimiento: área, juego y listado de piezas a inspeccionar y resultado final, cumplimentándose las correspondientes fichas de mantenimiento y control, todo conforme a la UNE 147102:2000 IN, o normativa que la sustituya. Las operaciones de inspección se desarrollarán del siguiente modo:
i. Inspecciones rutinarias y de limpieza semanal. Se realizarán con una frecuencia de dos a tres veces por semana, a determinar por el personal técnico supervisor del servicio, dependiendo de la intensidad de uso y características del área y tendrán por objeto la comprobación y correcciones rutinarias del estado general de uso y limpieza de las áreas objeto del contrato.
En éstas se procederá, además, a la limpieza de papeleras y puntos limpios, de los elementos de mobiliario urbano, fuentes bebedero, arquetas, pavimentos, vallados, cartelería y juegos, al soplado y limpieza de los pavimentos amortiguadores y, en general, aquellas necesarias para que el área quede en adecuado estado de limpieza y uso.
Se repartirán en dos rutas, que se realizarán en días alternos, dejando los miércoles de “comodín” para asumir otras tareas de mejora, utilizarlo para no perder la frecuencia de paso mínima semanal en caso de haber algún festivo dentro de la semana o para asumir mayores frecuencias de paso que las inicialmente establecidas, entre otras.
El carácter somero de la inspección no excluye de la obligación de incidir de manera activa, en los “puntos débiles” de cada una de las instalaciones, realizándose en caso necesario el correspondiente “mantenimiento correctivo”, o de proceder, en caso necesario, ante los efectos de condiciones meteorológicas adversas, actos vandálicos, roturas o por avisos en general, adoptando las oportunas reparaciones en el acto o, en caso de imposibilidad, de la adopción de las oportunas medidas correctoras que, en caso necesario, pueden suponer el desmontaje y precintado preventivo de los elementos o zonas afectadas, de lo que quedará constancia en la correspondiente “ficha de inspección ocular de rutina” .
ii. Inspección funcional de rutina: se realizará una vez al mes, y será más exhaustiva, en concreto, más dirigida a los propios equipos, mobiliario y pavimentos amortiguadores y estará enfocada a recoger información relativa a los mismos. Tendrá por objeto comprobar su correcto funcionamiento, detectar y subsanar los desajustes y deficiencias producidas por el uso y otros agentes externos que incidan sobre los elementos de juego, vallado, cartelería y mobiliario urbano existentes en el área.
Se programará para la primera semana de cinco días laborables de cada mes y sustituirá a la correspondiente inspección rutinaria de esa semana. Durará un máximo de cinco días y si requiere de mayor personal para esas tareas, se aportará sin cargo. Se cumplimentará la oportuna “ficha de inspección funcional del equipo”.
Se prestará especial atención a la comprobación de su estabilidad y al estado de uso de los pavimentos amortiguadores, revisándose la cimentación, tornillería y su apriete, el estado de tapones, cartelería, cadenas, asientos, canastas, porterías, redes, cuerdas, baldas, protecciones, elementos xx xxxxxx, escaleras, rampas, barras, elementos de unión, partes móviles etc.
iii. Inspección funcional anual: Encaminada a comprobar la seguridad global de los equipos, será realizada por una entidad certificadora externa, a modo de auditoría técnica, y aportará información complementaria y certificación del cumplimiento de normativa, en beneficio de la gestión del área.
Se hará coincidir con la fecha de renovación de la certificación anual de las áreas y tendrá por objeto, conforme a los criterios y procedimientos de los técnicos de la empresa externa de certificación, el examen, ensayo y comprobación de los distintos elementos de mobiliario y pavimentos amortiguadores, de su cimentación, (pudiendo ser necesario incluso la excavación o desmontaje de las piezas ocultas empotradas), de las corrosiones, pudriciones y agrietamientos así como del estado de los elementos que hayan sido reparados, suprimidos o sustituidos, para verificar si el deterioro de las piezas de recambio es consecuencia del uso o se debe a otras circunstancias. Se entenderá superada con la emisión del preceptivo informe de certificación anual, asumiendo el adjudicatario el coste del mismo.
En caso de detectarse deficiencias deberán ser reparadas o subsanadas, con
cargo a la empresa mantenedora adjudicataria las actuaciones incluidas en el presente Pliego, o por parte de los servicios municipales o mediante contratación externa las no incluidas, a criterio de la Unidad Gestora de Contratación Pública.
Entre tanto se procediese a la realización de las reparaciones y subsanaciones marcadas por la Entidad Certificadora Externa, y conforme a su criterio, se adoptarán las correspondientes medidas de seguridad preventivas del área o áreas afectadas, pudiendo llegar, en los casos que así procediera, a su clausura preventiva por motivos de seguridad.
Las terceras y sucesivas inspecciones realizadas en las mismas áreas, o las extraordinarias derivadas de modificaciones o adaptaciones de las existentes serán abonadas aparte.
II. Reparaciones, trabajos de mantenimiento y sustitución de piezas o repuestos:
Las reparaciones se realizarán como consecuencia de las inspecciones rutinarias, a requerimiento del personal técnico supervisor del servicio o por avisos recibidos desde la Policía Local o al teléfono de incidencias establecido a esos efectos.
Se realizarán de forma inmediata, dándoles máxima prioridad, si bien en el caso de que la avería o la situación del elemento o pieza sea tal que implique riesgo o peligrosidad, en tanto se procede a su reparación, el adjudicatario procederá con la máxima urgencia a la realización de aquellas actuaciones tendentes a eliminar el riesgo o peligro, debiendo constar en el correspondiente parte de incidencias y dando cuenta inmediata al supervisor del servicio.
Si no fuera posible la reparación inmediata por requerirse intervenciones en taller, se establece un plazo máximo de 72 horas para las reposición de lo deteriorado, salvo en los casos en los que deba esperarse a la recepción de repuestos o sean de mayor envergadura, que será de quince (15) días o de reposición completa de los juegos, que será de treinta (30) días, contados desde la fecha de autorización del gasto.
En caso de retraso en la recepción de repuestos no imputables a la empresa concesionaria, que imposibilite el cumplimiento del plazo anterior, deberá tenerse el juego reparado en las 72 horas siguientes a su recepción.
Los plazos podrán modificarse mediante autorización del supervisor del servicio, previa solicitud motivada.
Se procurará la utilización de repuestos y pinturas originales, salvo que, por criterio de economía o rapidez de ejecución, se autorice la realización de reparaciones con piezas o elementos fabricados en el taller propio, siempre que su utilización no menoscabe la estética o utilización del elemento, y sea autorizada por parte de la entidad certificadora, a la que habrá de realizarse la oportuna consulta en los casos que proceda.
Si como consecuencia de las reparaciones u otras causas ha de desmontarse parcialmente un elemento de juego, y el que permanece instalado es susceptible de utilización sin riesgos, previa consulta y autorización de la empresa certificadora externa o fabricante, no será necesario su precintado en tanto se procede a su reparación, pudiendo continuar al servicio de los usuarios.
c) Trabajos a realizar dentro del mantenimiento preventivo:
De manera general, consistirán en:
Precintado de los elementos que representan un riesgo evidente para los usuarios y no pueda ser reparado en el momento.
Apriete de tornillería.
Ajuste y buen estado de las piezas de unión.
Comprobación del perfecto estado de pies y/o la estructura principal de los juegos.
Detección y eliminación, en su caso, de las posibles aristas vivas o cortantes.
Detección y eliminación de cimentaciones al descubierto.
Comprobación de la seguridad de los cimientos y resolución, en su caso, de los posibles problemas que pudieran aparecer.
Comprobación de la posible corrosión y oxidación que pudieran presentar los elementos metálicos de los juegos, cerramientos y carteles informativos, así como sustitución de las piezas o partes que pudieran presentar estas deficiencias.
Comprobación de síntomas de pudrición o en mal estado en las partes xx xxxxxx del juego, cerramientos y carteles informativos, y sustitución, en su caso, de las mismas.
Engrase de los elementos móviles y cojinetes.
Lijado, repintado o barnizado de partes xx xxxxxx, pasamanos y elementos de asideros para evitar astillamientos o desgastes especialmente en zonas de acceso a plataformas.
Comprobación y reparación, en su caso, de piezas de enganche y/o fijaciones.
Repintado y barnizado de juegos.
Operaciones de mantenimiento singulares por tipo de elemento.
Retirada o sustitución de piezas en mal estado, averiadas o rotas.
Movimiento de arena y rastrillado.
Comprobación del perfecto estado de pasamanos, barandillas y/o barreras.
Comprobación del buen estado de toboganes (rampa, laterales, salida, barra, etc) y del suelo en la zona de caída .
Comprobación del buen estado y altura correspondientes de los asientos de columpios.
Detección, reparación o sustitución de redes rotas o excesivamente desgastadas.
Detección y reposición de las posibles faltas de tablas de suelo, peldaños o travesaños.
Tensado de cuerdas de trepa.
Tensado de cables en las tirolinas.
Comprobación y reparación, en su caso, del freno centrifugo de los carruseles.
Retirada, almacenaje y reinstalación o traslado de áreas infantiles debidos a la realización de obras u otras actuaciones o causas que hagan necesario su retirada o traslado.
Realización de pequeñas actuaciones o modificaciones en las áreas infantiles que ordenen el órgano de supervisión del servicio con el fin de mejorar las condiciones de las áreas.
Eliminación de cualquier tipo de pintada o similar, de pegatinas o chicles.
Eliminación de carteles publicitarios o similares que carezcan de licencia municipal y se localicen en el ámbito territorial del área infantil.
Actualización permanente de la información existente en los carteles informativos.
Otros de similares características que pudieran ser necesarios.
d) Trabajos a realizar dentro del mantenimiento correctivo:
De manera general, se realizará:
En cualquier desperfecto dentro del área de juegos.
Se reparará sea cual sea la causa originadora del problema.
Se sustituirá cualquier elemento total o parcialmente irreparable por otro de las mismas características, con la previa conformidad de los servicios técnicos municipales.
Los principales trabajos a realizar dentro del mantenimiento correctivo serán:
Sustitución de las piezas de unión.
Trabajos de soldadura o renovación de las mismas.
Sustitución de las piezas defectuosas o desgastadas.
Sustitución de los elementos estructurales defectuosos.
Reparación de pavimentos amortiguadores de caucho u otro material sintético, tanto continuo como de loseta o césped artificial
Reparación completa de juegos retirados o reposición en caso de no poder ser reparados.
Otros de similares características que pudieran ser necesarios.
8. Descripción de los trabajos de mantenimiento:
a) Mantenimiento y conservación de las superficies de absorción de impactos (en adelante S.A.I.)
Consiste en la limpieza, mantenimiento y reparación de los pavimentos amortiguadores
de seguridad de las áreas de juego infantiles. El Equipo de inspección y control de la contrata se ocupará de la limpieza y gestión de los mismos. Dichos pavimentos han de permanecer en buen estado de conservación al objeto de que cumplan con las condiciones legales de seguridad y las cualidades lúdicas y de aspecto exigibles.
Se considerarán los siguientes tipos de S.A.I. a los que se realizarán las oportunas tareas de mantenimiento, sin perjuicio de que en el futuro puedan utilizarse otros tipos que pudieran aparecer en el mercado, para los que se procedería conforma a las instrucciones del fabricante.
i. Mantenimiento de los pavimentos amortiguadores de arena.
En las áreas cuyo pavimento amortiguador sea de arena, para mantener en lo posible sus cualidades amortiguadoras de su superficie deberán realizarse las siguientes labores:
Rasanteo semanal por rastrillado en un espesor mínimo de 15 cm, insistiendo especialmente en las áreas de seguridad de los juegos. La tierra deberá quedar xxxx, homogénea y disgregada.
Aireado y esponjamiento de áridos cada tres meses, con la excepción de que pueda ser aplazado en aquellos casos en que el servicio técnico municipal estime que no es necesario.
Mantenimiento del nivel de arena adecuado (“cota cero del equipo”) y, en el caso de existencia de drenajes, comprobar periódicamente su funcionamiento, observando si hay obturación y roturas del tubo.
Sustitución y aportación de nuevo material cuando así lo indiquen los ensayos de adecuación a Normativa efectuados durante las pruebas de certificación.
En cualquier caso las labores y frecuencias de trabajos en las superficies amortiguantes deberán adaptarse a las modificaciones de normativa en vigor que puedan producirse tanto a nivel europeo, como de carácter nacional o regional dentro del periodo de vigencia del contrato y las directrices establecidas en las Normas Tecnológicas de Jardinería y Paisajismo para ésta materia.
Si durante una inspección se observa que hay deficiencias en el arenero de las áreas infantiles que puedan suponer peligro a la seguridad de los usuarios se corregirán inmediatamente limpiando, reponiendo, reparando, o renovando según cada caso, incluso procediendo en caso necesario al precintando preventivo del área hasta volver al estado óptimo de servicio.
ii. Mantenimiento de los pavimentos amortiguadores de caucho continuo.
Para evitar un deterioro prematuro de los pavimentos amortiguadores, se vigilará periódicamente su estado, procediéndose a su limpieza y mantenimiento conforme a las instrucciones del fabricante o instalador de forma que se mantengan unas condiciones correctas de higiene, seguridad, uso y aspecto.
Se dará prioridad a la reparación de las zonas de mayor desgaste, incluidos los desperfectos causados por tacones y elementos punzantes y se notificará a los servicios municipales la necesidad de sustitución de las zonas más deterioradas.
Se limpiarán periódicamente con sopladora para eliminar hojas, polvo y cuerpos extraños, procediéndose a una limpieza más profunda mediante chorro de agua u otros sistemas adecuados en caso de suciedad persistente o a requerimiento del personal técnico supervisor del servicio. Se eliminarán los chicles adheridos a los mismos.
En la inspección funcional anual, con cargo a la adjudicataria, se realizará un estudio exhaustivo de las cualidades amortiguadoras de los pavimentos existentes, de forma que, en caso necesario, reciban los tratamientos de saneado y consolidación para que en todo momento cumplan los estándares de elasticidad exigibles, de acuerdo con la normativa vigente.
iii. Mantenimiento de los pavimentos amortiguadores de caucho en baldosas.
Se procederá de similar manera que para los pavimentos ejecutados con caucho continuo si bien, cuando su estado de servicio así lo aconseje o a requerimiento del personal técnico supervisor del servicio, se procederá a la sustitución de aquellas deterioradas.
Se revisará periódicamente su adherencia al soporte, procediéndose al pegado de las que queden sueltas o las que hayan podido desaparecer como consecuencia del vandalismo.
Si la separación entre baldosas llegara a ser excesiva, a criterio del técnico supervisor del servicio o como consecuencia de informe negativo de la entidad certificadora externa podrá requerirse su desmontaje y recolocación sin cargo, dentro de la jornada habitual de trabajo.
iv. Mantenimiento de los pavimentos amortiguadores de césped artificial sobre base amortiguadora.
Los procedimientos de mantenimiento perseguirán garantizar que la superficie de césped esté limpia, que el nivel de la superficie tenga una textura firme, que el drenaje de agua se mantenga a lo largo de la vida útil del material y que en todo momento presente el área un aspecto adecuado.
Para ello, se procederá al soplado suave periódico de hojas y otros restos, cuidando no remover la arena, al cepillado de la superficie para redistribuir la arena y reavivar las fibras, al recebado de arena conforme a los plazos e instrucciones del fabricante.
Periódicamente, se eliminarán con medios y métodos adecuados las manchas, los chicles adheridos y las malas hierbas.
Cada seis meses, se realizarán las operaciones de barrido y levantado de las fibras con máquinas barredoras específicas, procediendo al recebado de arena de sílice de la superficie en los casos que sea necesario.
b) Mantenimiento y conservación de las fuentes bebedero y juegos de agua
Se procederá a la limpieza de las fuentes bebedero y juegos de agua al menos una
vez a la semana.
Se cuidará regularmente la adecuada presión de servicio del agua, se controlará la aparición de óxido y, en general, se velará por el buen estado de uso de las mismas.
Los juegos de agua funcionarán en los meses xx xxxxx a septiembre, procediéndose el corte del suministro de agua el resto del tiempo, período en el que se encontrarán fuera de servicio.
c) Mantenimiento de cartelería, elementos de juego y mobiliario urbano, vallados y cerramientos.
i. Cartelería:
Se mantendrán todos los carteles indicativos e informativos de las áreas de los juegos infantiles en buen estado de conservación tanto en lo relativo a su leyenda, pintura, elementos de sustentación de anclaje y explicación, al objeto que cumplan con el fin para el que se han instalado. Se procederá a su sustitución o reposición inmediata en los casos en los que no sean legibles o su grado de deterioro así lo aconsejen.
ii. Elementos de juego y mobiliario urbano.
Se mantendrán en adecuado estado de uso, aplicándose las medidas de mantenimiento preventivo y correctivo que fueran necesarias. Para ello, se mantendrán limpios, se eliminarán las pintadas utilizando los medios y técnicas adecuadas a tal fin, y se realizarán cuantos arreglos, actuaciones y repasos de masilla y pintura que se estimen necesarios, incluso su repintado total o parcial.
Para general conocimiento, de forma que sea fácil para los adultos valorar los riesgos de cada juego para las personas usuarias, se procurará disponer en cada elemento en lugar visible un rótulo con las franjas de edades concretas a las que se destina.
En el caso de tener que retirar el equipo para proceder a su sustitución o reparación en taller, deberá observarse que los anclajes existentes que tras la retirada permanezcan provisionalmente al descubierto, no ofrezcan peligro para los usuarios de la zona.
En caso contrario, deberá procederse a su protección o retirada, e inmediato vallado perimetral del juego, colocando una placa informativa con la leyenda “juego fuera de servicio por reparación, prohibida su utilización”.
Se prestará especial atención al cuidado de los mástiles y elementos xx xxxxxx tratada existentes en el mobiliario, que se tratarán con productos o imprimaciones adecuadas cuando se estime necesario, a criterio del órgano supervisor del servicio. Incluso se podrá requerir el repintado de los elementos de juego instalados.
iii. Vallados y cerramientos
Los cerramientos se mantendrán en perfecto estado, procediendo a la reparación y en su caso a la sustitución de los elementos que constituyen el cierre en caso de vandalismo, rotura, desprendimiento, desgaste o que se encuentren en mal estado de conservación. En caso de ser necesaria su reposición o sustitución, se utilizará valla igual a la existente.
También se considera comprendido dentro del presupuesto del presente contrato de mantenimiento, y sin costo adicional para el Ayuntamiento el pintado o repintado de todos los elementos de cerramiento perimetrales de todas las áreas de juegos infantiles cuando, a criterio del personal técnico supervisor del servicio, su aspecto exterior o su estado de conservación lo aconsejen, utilizando materiales adecuados.
d) Mantenimiento de las instalaciones deportivas y biosaludables:
Se mantendrán todos los carteles indicativos e informativos de las áreas deportivas y biosaludables en buen estado de conservación tanto en lo relativo a su leyenda, pintura, elementos de sustentación de anclaje y explicación, al objeto que cumplan con el fin para el que se han instalado. Se procederá a su sustitución o reposición en los casos que sea necesario.
Igualmente, se mantendrán los cerramientos y puertas de acceso, procediendo a la reparación y en su caso la sustitución de los elementos deteriorados.
También se considera comprendido dentro del presupuesto del presente contrato de mantenimiento, y sin costo adicional para el Ayuntamiento, el repaso o repintado de las marcas de juego cuando así se requiera por el personal técnico supervisor del servicio. Igualmente, se tratará cualquier desperfecto o falta de pintura en cualquier elemento de mobiliario de juegos, biosaludables o skate.
Se incluye el lavado periódico de canastas, porterías, mesas de tenis xx xxxx, futbolines, etc. que queden dentro de la superficie de actuación así como la eliminación de pintadas, utilizando los medios y técnicas adecuadas a tal fin.
Se repondrán las redes de las canastas y porterías con una periodicidad máxima de tres meses.
e) Trabajos generales de pintura y tratamiento de superficies.
Será responsabilidad del adjudicatario buscar los mecanismos de inspección para evitar que se prolonguen en el tiempo las situaciones de deterioro y actuará a requerimiento
del órgano supervisor del servicio en los casos en que sea necesario por actos vandálicos, desgaste, etc. En todo caso, se tendrán en cuenta las siguientes particularidades:
Tras las reparaciones de desperfectos, se renovará la pintura de la pieza o elemento afectado.
Los elementos deberán estar correctamente pintados según los modelos originales.
Cualquier cambio deberá estar autorizado por el órgano supervisor del servicio.
Para la realización de estos trabajos se señalizará debidamente el área y no se retirará hasta que esté completamente seco.
Independientemente de lo expuesto, podrá requerirse, a criterio de la persona supervisora del servicio, tareas de pintura del mobiliario de juegos infantiles, biosaludables carteles informativos, cerramientos, vallados perimetrales, fuentes y marcado de seguridad y de juego de las pistas deportivas de éstas áreas, como máximo una vez al año, con la única excepción del marcado de seguridad de las áreas que se realizará siempre que sea necesario.
f) Mantenimiento de los areneros y superficies de arena de carácter lúdico
i. Mantenimiento de areneros destinados a juegos de arena:
Las mencionadas superficies quedarán debidamente diferenciadas, acotadas y señalizadas. Deberán mantener unas condiciones correctas de higiene, seguridad de uso y aspecto, procediéndose de la misma manera que para las SAI de arena.
ii. Mantenimiento de superficies de arena destinadas a juegos tradicionales.
En éstos casos, en los que el juego con la arena no es el principal elemento lúdico de la zona, sino un mero espacio para la práctica de otros juegos tradicionales (canicas, chapas, lima, etc), al que no se le requieren cualidades amortiguadoras, no será necesario realizar el procedimiento de mantenimiento establecido en el apartado anterior, limitándose éste al mantenimiento semanal de esas zonas en adecuadas condiciones de limpieza.
9. Valoración del suministro de piezas o partes de juegos o mobiliario instalados, sustituciones completas de elementos u otras actuaciones fuera del contrato.
Corresponde al adjudicatario el suministro de recambios y piezas originales o compatibles. Se establece una cuantía mínima, o franquicia, de CIEN EUROS (100 €) por elemento o conjunto a reparar, sin incluir IVA, a partir de la cual el Ayuntamiento abonará la diferencia de precio, según la tarifa del fabricante.
Todos los suministros, trabajos y prestaciones no incluidos en el presente Pliego, serán objeto de estudio para la determinación de su coste. Si se considera procedente contratar a la adjudicataria para la realización de estos suministros y trabajos, serán motivo de certificación aparte, previa tramitación y aprobación del gasto por el órgano competente.
Para su valoración, se utilizarán los rendimientos de la base de precios de la Junta de Andalucía y, en su defecto, la base de precios “centro” del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Guadalajara o, si procediese, cualquier otra reconocida por los colegios profesionales para el año en curso. El precio de los repuestos será conforme a la tarifa oficial del fabricante para el año en curso, y la hora de mano de obra conforme al precio del convenio que les afecte y, en su defecto, al de jardinería. Los gastos Generales se cifran en el 13% y el beneficio industrial al 6%, siendo el tipo de IVA el vigente en el momento de la obra.
Como complemento de la anterior, podrá acordarse con la Adjudicataria un listado de precios simples de las unidades de obra más utilizadas.
10. Control de calidad de los trabajos
Los servicios contratados estarán sometidos permanentemente a la inspección y vigilancia por parte del Ayuntamiento, quien podrá realizar las revisiones que estime oportunas, en cualquier momento y lugar.
El Ayuntamiento, a través del personal técnico supervisor del servicio, se reserva el derecho a rechazar aquellos elementos o componentes de los mismos, que no cumplan las especificaciones del fabricante original, o en su defecto la normativa vigente en materia de seguridad en el caso de las áreas de juego infantiles.
Así mismo, podrá ordenar cuantas consultas, análisis y ensayos de control de calidad por laboratorios especializados se entiendan necesarias para garantizar la seguridad y calidad de los elementos o componentes suministrados, y en especial para verificar la validez de repuestos compatibles (no originales) o fabricados en taller. El importe de estos trabajos correrá a cargo del adjudicatario hasta un importe máximo de un 1% del presupuesto del contrato establecido para cada anualidad.
La Empresa adjudicataria estará obligada a sustituir de forma inmediata y sin cargo los elementos o componentes que no cumplan las especificaciones o no superen los ensayos antedichos, pudiendo dictar el Ayuntamiento órdenes e instrucciones concretas, que serán de obligado cumplimiento para el adjudicatario.
11. Limpieza, eliminación de residuos y gestión del agua.
Las áreas de juego se mantendrán limpias con la frecuencia y actuaciones inicialmente previstas en el presente Pliego. En épocas en las que la meteorología permite una más asidua utilización de los parques, en aquellos más demandados por los usuarios o en épocas en las que se ensucian más (por ejemplo en otoño con la caída de las hojas, o en época de floración o frutos de las plantas), podrá ser necesaria una mayor frecuencia de limpieza, por lo que, en caso necesario, se reorganizaría el servicio convenientemente.
Se procurará vaciar los puntos limpios en contenedores domiciliarios de recogida selectiva si bien, excepcionalmente, se permitirá depositar su contenido en los contenedores domiciliarios de recogida de basura orgánica para su retirada y posterior tratamiento por el
servicio de recogida domiciliaria, bien cuando los distintos tipos de residuos se encuentren mezclados y sea inviable su separación, bien cuando no existan en las inmediaciones del parque los ya mencionados contenedores domiciliarios de recogida selectiva.
La selección de materiales, su uso y valorización o reciclado deberán estar en concordancia con las normas europeas específicas para cada uno de ellos, prestándose una atención especial a los riegos de toxicidad potencial de los revestimientos protectores de las superficies.
En la elección de los materiales o sustancias para la reparación de equipos, deberá tenerse en consideración las actuaciones de cara a su futuro reciclaje.
Los residuos resultantes de la realización de los trabajos así como embalajes, envases vacíos, etc. serán retirados de forma inmediata por el adjudicatario, sin que se permita la permanencia de los mismos en el lugar de las obras. Se gestionarán de forma adecuada de acuerdo con sus características.
El Adjudicatario estará exento del pago de tasa o canon de vertido de los residuos generados por los trabajos descritos en el presente Pliego o los que se les pueda encomendar, para aquéllos que puedan ser admitidos en el vertedero o plantas municipales de gestión y valorización de residuos.
Se vigilará y controlará que el consumo de agua se limite al mínimo indispensable para la realización de los trabajos. El agua necesaria se tomará de las bocas xx xxxxx existentes en cada parque, y el gasto generado correrá a cargo del ayuntamiento.
12. Garantías
Todas las reparaciones que se efectúen o elementos sustituidos en las instalaciones estarán garantizadas al menos durante dos años. La garantía se entiende total, incluyendo los materiales aportados y la mano de obra. Afectará a todos los gastos que se puedan ocasionar como los de transporte, desplazamientos de los operarios, valor de la mano de obra, materiales e impuestos.
13. Protección, señalización e información sobre los trabajos
Para la realización de cualquier trabajo en el espacio público, la empresa adjudicataria deberá adoptar las condiciones de seguridad necesarias durante su ejecución, de manera que garantice al máximo la eliminación de riesgos para las personas, así como realizar todos los trámites correspondientes en cuanto a la petición de autorizaciones, ocupaciones del espacio público, etc.
La señalización necesaria para la realización de los trabajos será por cuenta de la empresa adjudicataria, que deberá disponer de todos los elementos suficientes y normalizados, cintas en los trabajos de corta duración y vallas de obra de plástico en los restantes, en número adecuado para la correcta realización de cada actuación, y señalizarse adecuadamente según prescriben las ordenanzas en vigor para trabajos en la vía pública, y la Seguridad y Salud Laboral.
En caso de tener que ocupar temporalmente la xxxx xx xxxxxxx, aunque lo sea por corto espacio de tiempo, será imprescindible la adopción de las medidas prescritas en la Ley y Reglamentos de Seguridad Vial.
A efectos informativos, en las actuaciones de especial duración o singularidad, podrá requerirse la colocación por la Empresa adjudicataria, sin coste para el Ayuntamiento, un cartel informativo con una breve descripción de los trabajos y la duración estimada de los mismos.
14. Plan de riesgos laborales.
La empresa adjudicataria se obliga bajo su cuenta y riesgo a cumplir cuantas disposiciones legales estén vigentes en materia de Protección, Seguridad e Higiene en el trabajo. No obstante, el Ayuntamiento podrán exigir las medidas complementarias que consideren oportunas para garantizar la seguridad en los trabajos, siendo todos los gastos que ello ocasione por cuenta del adjudicatario.
En esta materia, el adjudicatario deberá elaborar y presentar con su propuesta la evaluación de riesgos de todas las actividades que, de acuerdo con las mismas, vaya a realizar.
Con base a esta evaluación de riesgos, redactará un documento informativo para los trabajadores, en el que describa los riesgos a que están expuestos, y las medidas preventivas que deben llevar a cabo para reducirlos o eliminarlos. El adjudicatario, a través de la Jefatura de Contrata, observará personalmente y hará observar a las personas de su dependencia las reglas de seguridad y salud en el contrato, asumiendo personalmente el riesgo de toda clase de daños que ellos mismos, o aquellos, pudieran sufrir en su persona o bienes, por su inobservancia o cualquier otra causa de fuerza mayor.
Por otra parte, se acreditará la existencia de técnicos expertos en prevención de riesgos laborales en la empresa, para cuando la situación lo requiera.
15. Medios materiales, mecánicos y personales mínimos.
La Empresa adjudicataria está obligada a mantener en perfecto estado de uso los medios materiales y mecánicos que resulten necesarios para la realización de los fines objeto de este contrato.
Tanto los gastos de adquisición, alquiler o cualquier otro imprescindible para el uso de los vehículos y maquinaria necesarios para la prestación de los servicios contratados, así como los correspondientes a su mantenimiento serán a cuenta del adjudicatario.
Los referidos medios deberán estar sujetos a las especificaciones que figuran a continuación para cada uno de los apartados.
a) Instalaciones.
El Adjudicatario deberá de contar con oficina administrativa en la localidad, pudiéndose utilizar en su defecto las oficinas centrales o delegaciones de la Empresa siempre que se
encuentren dentro de la provincia. Deberá acreditarse el cumplimiento de esta condición a la hora de firma del contrato con la entidad que resulte adjudicataria del concurso.
b) Medios materiales, vehículos y herramientas.
Será obligación del adjudicatario acreditar detalladamente la totalidad de la maquinaría, herramientas, utillaje, y medios de transporte que dedicará a los trabajos objeto del presente contrato, y que pondrá a disposición de los trabajos convenidos.
El contratista dispondrá como mínimo de los siguientes medios móviles, pintados y rotulados exteriormente según los criterios que fije el Ayuntamiento, que deberán estar en todo momento y a lo largo de la duración del Contrato en buenas condiciones tanto operativas como estéticas y de limpieza, que habrá de ser preferentemente nuevos o tener como máximo cinco años:
- 1 furgón cerrado de características medias de capacidad y potencia, destinado a los trabajos de conservación, con capacidad para tres operarios. El adjudicatario está obligado a observar las Ordenanzas Municipales en vigor tanto en relación con la circulación de vehículos por la vía pública como dentro de las áreas en las que se encuentran los elementos objetos del contrato.
- Equipos ligeros de trabajo, herramientas y útiles a disposición del personal, en cuantía suficiente para el cumplimiento de su misión, considerándose imprescindibles los siguientes:
Escalera telescópica.
Banco de trabajo portátil.
Generador eléctrico insonorizado de 5 KVA mínimo.
Teléfono móvil.
Grupo de soldadura eléctrica.
Taladradora portátil.
Radial y lijadoras
Equipo autónomo de agua a presión de 5 Kg. y depósito.
Equipo de pintura.
Botiquín.
La empresa adjudicataria dispondrá de los medios materiales suficientes para resolver cualquier tipo de problema técnico que se pueda plantear, y para ejecutar con eficacia y garantía de calidad todos los servicios objeto del presente contrato.
c) Personal
El adjudicatario aportará el personal necesario para la buena ejecución de las
prestaciones de referencia, que habrá de tener las condiciones de profesionalidad, aptitud y práctica necesarias para la buena ejecución de los trabajos de mantenimiento y conservación requeridos.
El personal mínimo del concurso será el siguiente:
- 1 Técnico responsable, máximo interlocutor válido para todas las relaciones entre éste y el Ayuntamiento, que ostentará la Jefatura de Contrata. La persona Jefe de Contrata (JC) deberá formar parte del equipo técnico de la misma al menos con dedicación parcial. Tendrá una experiencia profesional demostrable de al menos cinco años en un puesto similar.
La persona responsable deberá encontrarse localizable y disponible, para lo cual deberá disponer de los medios necesarios a tal fin. En ningún caso, su labor se limitará a la de persona interlocutora, sino que permanentemente estará al frente de la dirección, organización e inspección de los trabajos.
- Un equipo de inspección y control, a jornada completa, que dependerá directamente de la persona Jefe de Contrata, formado por dos operarios debidamente formados, con nivel mínimo de oficial 2ª, para realizar las tareas de inspección y reparaciones rutinarias objeto de este contrato. Tendrán una experiencia profesional demostrable de al menos dieciocho meses en tareas de mantenimiento de parques infantiles. Estarán dotados de teléfono móvil para comunicación.
Independientemente de lo expuesto, podrá requerirse la intervención de más operarios, si puntualmente fuera necesario de forma que se lleven a cabo correctamente las inspecciones a las que obliga este contrato, sin cargo para el Ayuntamiento.
16. Responsabilidad en caso de accidentes.
El adjudicatario será el único responsable de todos los accidentes, daños, perjuicios e infracciones que pudieran ocurrir o cometerse en las áreas objeto de contrato, tanto a los usuarios como a terceros, debido a no haber aplicado las correctas medidas de seguridad, por omisión de las mismas y/o por no haber realizado con anterioridad las operaciones de mantenimiento y reparación necesarias, por una mala ejecución de los trabajos objeto de éste contrato, o por consecuencia de un mantenimiento defectuoso, incluso en los casos en los que el ayuntamiento tuviera conocimiento del hecho.
Linares, 25 xx xxxxx de 2014 El Arquitecto Técnico Municipal
Fdo. Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx
ANEXO I
ÁREAS DE JUEGOS INFANTILES Y DEPORTIVAS AL AIRE LIBRE Y DE LIBRE ACCESO ANEXAS A MANTENER Y CONSERVAR DE FORMA Y MANERA INTEGRAL.
1. Áreas de juego y deportivas/skate anexas
Xxxxx xx Xxxxxx Xxxxxxx (Xxxxx xx xxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx).
• Area de juegos
• Pista de skate y área deportiva
Plaza de Xxxx Xxxxxxx
Plaza en calle Plata
Plaza xx Xxxxx Arboledas.
Parque Xxxx Xxxxxxx.
Parque en calle los Olivos
• Area de juegos
• Área deportiva.
Parque en calle Finlandia.
Plaza Linares de Chile.
Plaza Xxxxxx y Gasset.
Plaza Xxxxx xx Xxxxx
Plaza Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx.
Plaza xx Xxxxxxxx Alas "Clarín".
Xxxxxx xx Xx Xxxxxx (xxxxxxx xx Xxxx Xxxxx xxx. Xxxxx Xxxxxx).
Parque en plaza de las Amapolas.
Parque en plaza Picual Virgen.
Parques infantiles en xxxxx Xxx Xxxxxxx (2 emplazamientos)
Parque en prolongación xx xxxxx Xxxxx xx Xxxxxx.
Parque en estación de Almería (espaldas al edificio de la antigua Estación).
• Áreas de juegos
• Áreas deportivas (tres pistas)
Parque Periurbano de Cantarranas
• Áreas de juegos (2 emplazamientos)
• Conjunto de mantenimiento físico (1 emplazamiento)
Plaza de Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxx
Plaza Hermanos Xxxxxxx Xxxxxxxx
Plaza Xxxx xx Xxxxxxx.
Plaza de los Toreros
Plaza de Xxxxxxxx Xxxxxxx
Plaza xx Xxxxx
Xxxxxx xx xxxxxxx Xxxxxxx xx Xxxx xxx. Xxxxx xx xx Xxxxxxx
Parque en plaza Xxxxxxx Xxxx
• Área de juegos
• Pista deportiva anexa
2. Áreas biosaludables
Área biosaludable (11 aparatos) en Paseo de los Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx
Área biosaludable (11 aparatos) en Jardines de xxxx Xxxx (paseo de la Ermita)
Area biosaludable (11 aparatos) en Plaza Xxxxx xx Xxxxx.
Area biosaludable (11 aparatos) en Parque en estación de Almería.
Area biosaludable (11 aparatos) en Parque Periurbano de Cantarranas.
Área biosaludable (8 aparatos) en antigua pista deportiva de la calle San Xxxxxxxx.
Área biosaludable (8 aparatos) en plaza sita en plaza entre las calles Amatista y Zafiro.
ÍNDICE
1. Objeto del contrato |
2. Definiciones |
3. Límites y ámbito del servicio |
4. Normativa, condiciones técnicas y canon. |
5. Control y seguimiento de las condiciones técnicas |
6. Descripción de los servicios, condiciones y operaciones a realizar dentro del presente contrato de mantenimiento. a) Consideraciones generales. b) Tareas y actuaciones previstas. Generalidades. c) Prestación del servicio. d) Operaciones no incluidas en el contrato. |
7. Descripción de los trabajos de mantenimiento a) Mantenimiento y conservación de las superficies de absorción de impactos (en adelante S.A.I.) b) Mantenimiento y conservación de las fuentes bebedero y juegos de agua c) Mantenimiento de cartelería, elementos de juego y mobiliario urbano, vallados y cerramientos. d) Mantenimiento de las instalaciones deportivas y biosaludables. e) Trabajos generales de pintura y tratamiento de superficies. f) Mantenimiento de los areneros y superficies de arena de carácter lúdico. |
8. Valoración del suministro de piezas o partes de juegos o mobiliario instalados, sustituciones completas de elementos u otras actuaciones fuera del contrato. |
9. Control de calidad de los trabajos |
10. Limpieza, eliminación de residuos y gestión del agua. |
11. Garantías. |
12. Protección, señalización e información sobre los trabajos |
13. Plan de riesgos laborales. |
14. Medios materiales, mecánicos y personales mínimos |
15. Responsabilidad en caso de accidentes |