ESTRATEGIA DE RECAUDACION DE INGRESOS PROPIOS Y RECUPERACION DE MORA
Proyecto Nexos Locales
Contract No. AID-520-C-14-00002
Implemented by Development Alternatives, Inc.
ESTRATEGIA DE RECAUDACION DE INGRESOS PROPIOS Y RECUPERACION XX XXXX
MUNICIPALIDAD DE SAN XXXXXX XXXXXXXXXX SAN XXXXXX
NÚMERO DE ACUERDO: LGP-STTA-120
NOMBRE DE LA SUBCONTRATISTA: Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx
Puesto: Consultor
Dirección: 0xx. Xxxx 0, Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx, Xxx Xxxxx, Xxxxxxxxxxxx.
Ciudad, País: San Xxxxxx, Guatemala. C.A. Teléfono:
Fax: Correo Electrónico:
PLAZO DEL PROYECTO (FECHAS): 27 de Julio al 31 de octubre del 2016
NOMBRE DEL RESPONSABLE: Xxxxx Xxxxxx
Puesto: Especialista en Finanzas Públicas Municipales Dirección: 00 Xxxxxxx 0-00 Xxxx 0, Xxxxxxxxxxxxxx
Xxxxxx, Xxxx: Quetzaltenango
Teléfono: (502) 3065 - 1988 Fax:
Correo Electrónico: xxxxx_xxxxxx@xxx.xxx
CONTENIDO
ESTRATEGIA DE RECAUDACION DE INGRESOS PROPIOS 3
1. INTRODUCCIÓN 3
2. JUSTIFICACIÓN 4
3. OBJETIVOS 7
4. DESCRIPCIÓN DE LA ESTRATEGIA 8
5. MATRIZ DE LA ESTRATEGIA 14
6. ANEXOS 23
ESTRATEGIA DE RECAUDACION DE RECUPERACIÓN DE MOROSIDAD 36
1. INTRODUCCIÓN 36
2. JUSTIFICACIÓN 37
3. OBJETIVOS 38
4. DESCRIPCIÓN DE LA ESTRATEGIA 39
5. MATRIZ DE LA ESTRATEGIA 41
6. ANEXOS 51
ESTRATEGIA DE RECAUDACION DE INGRESOS PROPIOS
1. INTRODUCCIÓN
El municipio de San Xxxxxx Ixtlahuacan San Xxxxxx cuenta actualmente según información del Instituto Nacional de Estadística con 39,330 habitantes y está conformado por 62 centros poblados, siendo estos el casco urbano, 19 aldeas, 41 caseríos y un cantón.
Hasta la fecha reciben aportes por explotaciones mineras (regalías) ingresos que son importantes y relevantes dentro de la municipalidad de San xxxxxx Ixtlahuacán y respecto a estos ingresos la municipalidad tiene un potencial importante dentro de sus ingresos sin embargo los ingresos propios están por debajo de lo que considerablemente puede recaudarse.
El proyecto Nexos Locales elaboró esta asistencia técnica a la gestión financiera municipal, que presenta un análisis sobre las principales normas constitucionales y leyes ordinarias que regulan en la actualidad el marco de aplicación de arbitrios y tasas; así como de los datos de los ingresos obtenidos por el municipio, por el cobro de los arbitrios y tasas vigentes.
Nexos Locales a través de la asistencia técnica en la gestión financiera municipal y para incrementar los ingresos propios de la municipalidad, presenta una estrategia que coadyuva a fortalecer la recaudación de la municipalidad respecto a los ingresos propios con acciones que le permitan concientizar a los vecinos y que la municipalidad aumente su capacidad económica para brindar a los vecinos los servicios básicos que garantiza la Constitución Política de la República de Guatemala.
Es evidente la importancia que tienen en este proceso de gestión no solo las autoridades municipales: Alcalde e integrantes del concejo municipal si no del personal que tiene relación directa con la recaudación y administración de los ingresos propios municipales, la oficina de servicios públicos municipales, La dirección de administración financiera municipal y la oficina municipal de planificación son pilares importantes para que participen en las diferentes acciones y que se logre el incremento de los ingresos propios como gestión municipal.
La estrategia que se presenta contiene acciones prácticas, sencillas y de fácil aplicación sin descuidar los xxxxxx legales nacionales que son aplicables a las municipalidades.
La meta principal de Nexos Locales es fortalecer a los municipios en el Altiplano Occidental del País para que promuevan desarrollo socioeconómico con mayor respuesta, inclusión y efectividad al mismo tiempo que incrementen ingresos que respondan a las preocupaciones de las y los ciudadanos, administrar recursos públicos a través de la participación y solidos sistemas financiero.
La presente estrategia se construyó, teniendo claro que la única forma sana de fortalecer las finanzas municipales es incrementando los ingresos propios, mediante la recaudación de los arbitrios decretados a favor de las municipalidades; cobrando tasas justas y equitativas, que como mínimo cubran los costos de prestación del servicio,
Si la municipalidad de San Xxxxxx Xxxxxxxxxx, San Xxxxxx, logra incrementar sus ingresos propios no solamente estarán en el camino correcto para lograr el financiamiento de sus operaciones, sino que tendrán un incremento en las transferencias del Gobierno Central, pues una cuarta parte de ellas se asigna con base en la recaudación local. Por otro lado, reducirá la necesidad de recurrir al endeudamiento público para financiar gastos de funcionamiento o inversión pública.
Esta asistencia técnica en gestión financiera, no irrespeta la autonomía de los gobiernos locales, busca ser un elemento práctico y concreto que permita:
a) Contribuir a la definición del marco legal que regula los ingresos propios municipales;
b) Establecer conceptos sencillos de arbitrios y tasas;
c) Xxxxxxx quién es el encargado de crearlos o modificarlos;
d) Identificar cuáles son los principios o pasos que se deben tener presentes en la recaudación de ingresos propios municipales;
e) Establecer quién o cuál es la unidad administrativa municipal encargada de dirigir el proceso de recaudación de los ingresos propios municipales; f) Sugerir algunas acciones de cómo concienciar a los vecinos de la importancia del cumplimiento de sus obligaciones tributarias hacia la municipalidad, y
f) Que la municipalidad cuente con un plan de recaudación funcional a través de la aplicación de criterios.
En la municipalidad de San Xxxxxx Ixtlahuacán, San Xxxxxx se implementaran planes de acción a través de una estrategia que permita no solo mejorar los ingresos propios municipales sino reducir la morosidad que presentan los padrones de agua y de arbitrios, morosidad que al reducirse aumenta los ingresos propios y permite mantener padrones actualizados para tener un mejor control de los contribuyentes y la manera en que el comportamiento de los padrones es oportuna y efectiva para la toma de decisiones por parte de las autoridades municipales.
2. JUSTIFICACIÓN
Finalizada la asistencia técnica de nueve (9) sesiones in situ en la municipalidad de San Xxxxxx Xxxxxxxxxx, San Xxxxxx se realizó la identificación y análisis de los ingresos propios municipales que tienen mayor representatividad dentro del total de los ingresos propios de la municipalidad, reflejando este análisis e interpretación que lo ingresos propios municipales son muy bajos y que se necesita implementar una estrategia que permita la mejora de estos ingresos de manera eficaz y oportuna sin descuidar el bien común de los habitantes del municipio tal y como lo establece la Constitución Política de la República de Guatemala.1
1 ARTICULO 1. Protección a la Persona. El Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia; su fin supremo es la realización del bien común
De la información obtenida del trabajo de campo realizado en la municipalidad sobre la identificación y análisis de ingresos propios potenciales del año 2015 y de enero a septiembre de 2016 se determinaron los rubros más representativos respecto a recaudación tal y como se detallan a continuación.
RUBROS | DETALLE DE LOS INGRESOS | IMPORTANCIA | |
2015 | 2016 | ||
00.00.00.00.00. | Intereses generados por cuentas monetarias | 1 | 1 |
00.00.00.00.00. | Valor Boleto xx Xxxxxx | 2 | 2 |
00.00.00.00.00. | Arrendamiento de Locales | 3 | 4 |
00.00.00.00.00 | Piso de Plaza | 4 | 5 |
00.00.00.00.00 | Canon de Agua | 5 | 7 |
00.00.00.00.00 | Feria Titular | 6 | 3 |
00.00.00.00.00. | Estacionamiento de Taxis | 7 | 6 |
00.00.00.00.00 | Concesión de Servicios de Agua | 8 | 8 |
00.00.00.00.00. | Arrendamiento de Cancha sintética | 9 | |
00.00.00.00.00. | Deslinde de Terrenos | 10 | 12 |
00.00.00.00.00. | Concession de drenajes | 11 | 10 |
00.00.00.00.00 | Extracción de ripio y basura | 12 | 9 |
00.00.00.00.00 | Cementerio | 13 | 13 |
El peso porcentual de los mejores ingresos en relación con el total percibido en la municipalidad es para el año 2015 3% y para el año 2016 3% durante el periodo del 1 de enero al 30 de septiembre de cada año.
Derivado de lo anterior se hace necesario tomar acciones que vengan en beneficio de la municipalidad especialmente en incremento de los ingresos propios municipales y conseguir que el peso porcentual vaya en aumento.
El proyecto Nexos Locales, en conjunto con funcionarios de la municipalidad identificó diversas acciones para una buena y sana recaudación de los ingresos propios municipales y que a continuación se numeran:
1) Voluntad política.
2) Cumplir con el principio de legalidad.
3) Capacidad técnica.
4) Contar con registros de contribuyentes actualizados y unificados.
5) Crear conciencia tributaria en la población y/o rendición de cuentas.
La voluntad política es clave para el desarrollo de la estrategia para la mejora de la recaudación de los ingresos propios municipales. Sin descuidar, por otro lado el cumplimiento del principio de legalidad que norma y rige las actividades municipales relacionadas con la recaudación de los ingresos propios.
La constitución Política de la República expresa en el artículo 253. La autonomía municipal así “los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde: a. Elegir a sus propias autoridades; b. Obtener y disponer de sus recursos; y c. Atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios. Para los efectos correspondientes emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos y el artículo 3 del Código Municipal resalta la responsabilidad de la autoridades para la administración de los intereses del municipio, que significa que se tiene la plena libertad de emitir reglamentos que normen lo relacionado al agua potable y alcantarillado y las tasas y arbitrios que sean objeto de percibir un ingreso que fortalezca el desarrollo económico del municipio.
En el Artículo 134 de la Constitución Política de la República de Guatemala en los incisos:
a. Coordinar su política, con la política general del Estado y, en su caso, con la especial xxx xxxx a que correspondan;
b. Mantener estrecha coordinación con el órgano de planificación del Estado.
Se observan también las obligaciones mínimas que el municipio debe observar para la administración de los intereses del municipio.
La corporación municipal debe procurar el fortalecimiento económico del municipio de San Xxxxxx Ixtlahuacán, a efecto de poder realizar las obras y prestar los servicios que les sean necesarios. “La captación de recursos deberá ajustarse al principio establecido en el artículo 239 de esta Constitución, a la ley y a las necesidades de los municipios”2.
En el artículo 98 del Código Municipal Decretos 12-2002 y 22-2010 se hace referencia a las funciones y competencias de la DAFIM3 en los incisos:
h) Recaudar administrar, controlar y fiscalizar los tributos y, en general, todas las demás rentas e ingresos que deba percibir la municipalidad, de conformidad con la ley;
k) Elaborar y mantener actualizado el registro de contribuyentes en coordinación con el catastro municipal;
l) Informar al alcalde y a la oficina municipal de planificación sobre los cambios de los objetos y sujetos de la tributación…
Así mismo de lo establecido en el Código Municipal en el artículo 100 incisos:
d) Los bienes comunales y patrimoniales del municipio, y las rentas, frutos y productos de tales bienes;
0 XXXXXXXX 000 xx xx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx
3 Dirección de Administración Financiera Municipal
e) El producto de los arbitrios, tasas administrativas y por servicios municipales;
f) El ingreso proveniente de las contribuciones por mejoras, aportes compensatorios, derechos e impuestos por obras de desarrollo urbano y rural que realice la municipalidad, así como el ingreso proveniente de las contribuciones que paguen quienes se dedican a la explotación comercial de los recursos del municipio o que tengan su sede en el mismo;
h) Los ingresos provenientes de multas administrativas y de otras fuentes legales;
j) Los intereses devengados por las cantidades de dinero consignadas en calidad de depósito en el sistema financiero nacional;
n) Los provenientes de los contratos de concesión de servicios públicos municipales;
r) El ingreso, sea por la modalidad xx xxxxxx a los bienes municipales de uso común o no, por servidumbre onerosa, arrendamientos o tasas; así como el ingreso proveniente de las licencias de construcción, modificación o demolición de obras públicas o privadas dentro de la circunscripción del municipio. (Reformado por el articulo 2 DECRETO 14-2012 el 6 xx xxxxxx de 2012)
Tomados estos incisos como principio de legalidad para efectos de la Estrategia para la recaudación de ingresos propios.
También se hace referencia a lo establecido en el artículo 102 del Código Municipal que habla de las contribuciones por mejoras que los vecinos beneficiarios deben pagar según lo establezca el o los reglamentos que establezca el concejo municipal.
Lo anteriormente descrito por jerarquía tal y como lo establece la Constitución Política de la Republica no deja por un lado la emisión de reglamentos y plan de tasas específicos sobre todos aquello que la municipalidad perciba un ingreso.
Por lo que la municipalidad de San Xxxxxx Ixtlahuacán cumpliendo con lo establecido en la ley cuenta con reglamentos y un plan de tasas que xxxxxx en su mayoría los cobros que se realizan.
Por lo que lo que se pretende con la implementación de la estrategia es la actualización y aplicación de estos reglamentos y plan de tasas y arbitrios.
Es importante mencionar también que los impuestos como el boleto xx Xxxxxx está regulado por Decreto del Congreso de la Republica número 121-2016.
3. OBJETIVOS
• Extender la voluntad política de las autoridades municipales para que basados en las necesidades de los habitantes se apliquen todas aquellas acciones que logren el fortalecimiento de la recaudación de los ingresos propios municipales, obteniendo así una solvencia financiera que no haga a la municipalidad dependiente en un gran porcentaje de aportes del gobierno central o de otros aportes como es el caso particular de las explotaciones mineras.
• Incrementar los ingresos propios municipales, implementando acciones que contribuyan a la mejora a corto y largo plazo.
• Buscar alternativas para que los vecinos puedan contribuir con el pago de tasas en la municipalidad sin que salgan afectados ni afecten a la municipalidad
• Presentar información y acciones precisas y sencillas de aplicar para que la estrategia se aplique al 100%
• Aplicar los principios de legalidad que xxxxxx y rigen las actividades de recaudación municipal , conociendo las causas y efectos al no cumplir con ello
• Fortalecer las actividades y acciones que la municipalidad pretende para la mejora de la recaudación de los ingresos propios municipales involucrando a todos los entes importantes con la capacidad técnica para ello.
• Actualizar los registros de contribuyentes en los padrones de agua potable y arbitrios.
• Fomentar la cultura Tributaria en la población del municipio de San Xxxxxx Ixtlahuacan y la rendición de cuentas.
4. DESCRIPCIÓN DE LA ESTRATEGIA
La implementación de una estrategia que permita una mejora en la recaudación de ingresos propios municipales permitirá a la administración municipal poder tener mayor disponibilidad para la satisfacción de necesidades de la población.
La Estrategia se enfoca en puntos importantes como:
1. VOLUNTAD POLITICA:
Es importante tener conciencia que la voluntad política de las autoridades municipales: Concejo Municipal y Alcalde municipal es necesaria para el incremento en la recaudación de los ingresos propios municipales, son las autoridades municipales los actores esenciales para cumplir este objetivo si hay apatía y falta de voluntad respecto a ello no será posible conseguirlo. Velar por los intereses de una población es una de las principales funciones de las Autoridades municipales y para lograr brindar servicios de calidad a los vecinos es necesario contar con recursos económicos de los que se puedan disponer. Esto se logra con mayor facilidad y eficacia si se incrementan los ingresos propios. Las autoridades municipales son los representantes del pueblo y desde el momento que son elegidos tienen la responsabilidad de tomar decisiones que vayan en beneficio de la población tomando en cuenta los intereses de los pobladores de forma particular y general.
Por lo tanto si esa voluntad política no existe en las autoridades es altamente difícil que la recaudación mejore.
Se puede contar con herramientas, con personal capacitado y con la voluntad de incrementar los ingresos propios, pero si las autoridades municipales flaquean y realizan actividades contrarias la mejora de la recaudación no se logra.
No se pueden dejar en letras muertas los reglamentos o planes de tasas y arbitrios, es necesario cumplirlos a cabalidad, lograr que la cultura tributaria en los vecinos aumente día a día que cumplan con
el pago de sus servicios e impuestos que sepan que si lo hacen de manera constante y oportuna recibirán beneficios en obras o mejora de los servicios básicos.
Es el concejo municipal como máxima autoridad municipal tiene la facultad de la toma de decisiones para lograr una administración eficiente y eficaz y mejor la recaudación tal y como se establece en la legislación guatemalteca4.
No se debe descuidar brindar la información a la población sobre los cambios que se realizan en el aumento de arbitrios o tasas para que exista una estrecha comunicación y conozcan las razones de los cambios, cambios que no deben afectar en ningún momento el bien común de los habitantes.
2. CUMPLIR CON EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD
El principio de legalidad establecido en el Articulo 101 Del Código Municipal, Decreto 12-2002 establece que: La obtención y captación de recursos para el fortalecimiento económico y desarrollo del municipio y para realizar las obras y prestar los servicios que se necesitan, deben ajustarse al principio de legalidad que fundamentalmente descansa en la equidad y justicia tributaria.
Es prohibida la percepción de ingresos que no estén autorizados. Cualquier cobro que se haga bajo este criterio debe ser devuelto al contribuyente, previa solicitud al Concejo Municipal el que antes de autorizar la devolución comprobara el extremo del cobro indebido.
El funcionario o empleado público que exigiere contribución, impuesto, tasa o arbitrio ilegales o mayores de los que correspondan, será sancionado con prisión de seis meses a dos años y multa de cincuenta a trescientos quetzales. Si el funcionario o empleado público convirtiere en provecho propio o de tercero el producto de las exacciones expresadas en el párrafo que precede, las sanciones señaladas se aumentarán al doble.5
El funcionario o empleado público que, abusando de su cargo o de su función, ordenare o cometiere cualquier acto arbitrario o ilegal en perjuicio de la administración o de los particulares, que no se hallare especialmente previsto en las disposiciones de este Código, será sancionado con prisión de uno a tres años.6
Los arbitrios que la Municipalidad de San Xxxxxx Xxxxxxxxxx, San Xxxxxx, puede cobrar se dividen en dos:
a) Generales: pueden cobrarlos todas las municipalidades.
b) Específicos: solo pueden cobrarlos una municipalidad.
Particularmente en la municipalidad de San Xxxxxx Xxxxxxxxxx, de los arbitrios generales se cobra:
4 Artículos 253,254,255 y 261 CPR; y Artículos 35 literal n), 68,72,101,102,103 y 105 Código Municipal Decreto 12-2002
5 Artículo 451, Código Penal, Decreto 17-73
6 Articulo 418 Código Penal, Decreto 17-73
Arbitrio xx xxxxxx municipal Boleto xx xxxxxx
Fue creado por el Decreto No. 121-96 del Congreso de la República y debe ser cobrado por todas las municipalidades del país7. Deben pagarlo todos los vecinos y vecinas que tengan entre 18 y 65 años de edad, así como los menores que trabajen.8 Debe pagarse a más tardar el último día de febrero, salvo que el Concejo Municipal decida ampliar el plazo, pudiendo ser el último día el 31de marzo.9 La multa equivale al 100% del arbitrio dejado de pagar.10 Para garantizar su pago, la municipalidad y todas las instituciones del Estado deben exigir que se presente el comprobante de pago para realizar cualquier trámite.11 Lo mínimo que se puede pagar son Q.4.00 y lo máximo Q.150.00.12 Todas las Municipalidades deben llevar un registro de contribuyentes.13 Están exentas las personas mayores de 65 años, quienes adolezcan enfermedad física o mental que les impida trabajar, los jubilados y quienes obtengan ingresos menores a Q.300.00.
Sobre este arbitrio no se puede cobrar xxxx e intereses, Este es uno de los arbitrios más fáciles de recaudar y con menores posibilidades de ser evadido por los vecinos, lo que la municipalidad debe hacer es lograr que los vecinos paguen este arbitrio en su mayoría de manera que el ingreso por este sea de importancia relativa.
La ley no contempla un destino específico para los ingresos provenientes de este arbitrio, por lo que deberán destinarse a la satisfacción de las necesidades del municipio y el funcionamiento de la municipalidad.
La estrategia propone implementar el cobro de arbitrios generales como:
Arbitrio por la distribución de señales por cable
Está contenido en el artículo 7 Dto. 41-92 de la Ley Reguladora del Uso y Captación de Señales Vía Satélite y su Distribución por Cable; se encuentra vigente desde 1992. Establece que las Municipalidades tienen derecho a cobrar, mensualmente, por cada usuario del servicio, Q.2.00 en la Capital y cabeceras departamentales y Q.1.00 en el resto del país. Por otro lado, dicho artículo establece que para utilizar las vías públicas para la instalación de cables o equipos de retransmisión, deben contar con autorización municipal.
La ley no establece un destino específico para el uso de lo recaudado por este arbitrio, por lo que puede ser usado a discreción por el Concejo Municipal.
Actualmente la municipalidad de San Xxxxxx xxxxxxxxxx no percibe ingresos por este concepto por lo que en la matriz de la estrategia se encontraran diversas acciones que permitirán el cobro de este arbitrio lo que permitirá que se incrementen los ingresos propios.
7 Artículo 1 Decreto 121-96 Ley del boleto xx Xxxxxx 8 Artículo 2 Decreto 121-96 Ley del boleto xx Xxxxxx 9 Artículo 3 Decreto 121-96 Ley del boleto xx Xxxxxx 10 Artículo 5 Decreto 121-96 Ley del boleto xx Xxxxxx 11 Artículo 7 Decreto 121-96 Ley del boleto xx Xxxxxx 12 Artículo 9 Decreto 121-96 Ley del boleto xx Xxxxxx
13 Artículo 10 Decreto 121-96 Ley del boleto xx Xxxxxx
Arbitrio por la colocación de anuncios en vías urbanas y extraurbanas
Está regulado en la Ley de Anuncios en Vías Urbanas, Vías Extraurbanas y Similares (Decreto 34-2003 del Congreso de la República), vigente desde el 2003. Crea un arbitrio por la colocación de cualquier tipo de anuncio dentro de la jurisdicción de un municipio. El arbitrio se calcula según el tamaño del anuncio y se paga en forma anual. Los artículos 12 y 14 establecen los montos que puede cobrar la municipalidad por la colocación de los anuncios, contemplados desde Q.2.00 hasta Q.50.00 el metro cuadrado.
Están exentos del pago de este arbitrio las carreteras nacionales y departamentales, así como las situaciones especiales contenidas en los artículos 13 y 16 de dicha ley.
Los fondos recaudados por este arbitrio deben destinarse al cumplimiento de la ley que lo crea y al mantenimiento de parques, ornato y limpieza del municipio (art. 5).
Este arbitrio actualmente no es percibido en la municipalidad de Xxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx, por lo que se propone Llevar un registro y control de los contribuyentes obligados al pago del impuesto, de acuerdo con las condiciones establecidas en la ley.
Los arbitrios específicos son cobrados de forma distinta en las municipalidades de acuerdo al contexto, cultura y contexto de los municipios.
La estrategia de recaudación de ingresos propios municipales se enfoca también en el cumplimiento y aplicación del plan de tasas y arbitrios y los reglamentos con que se cuenta en la municipalidad para fundamentar y soportar los cobros que se realizan, como canon de agua, servicios de drenaje, arrendamiento de locales, estacionamiento de taxis, extracción de basura, piso de plaza, cementerios, entre otros.
En la municipalidad de San Xxxxxx Xxxxxxxxxx se cuenta actualmente con una normativa para el cobro de tasas y arbitrios como se detalla a continuación:
SI | NO | |||
Tiene plan de Tasas | X | |||
Esta actualizado | X | Fecha de vigencia 28 xx xxxxxx de 1998 | Acuerdo municipal número 40-98 de fecha 29 xx xxxxx de 1998 | |
Tiene reglamentos vigentes (ver artículo 68 del Código Municipal) | ||||
Reglamento de manejo de residuos sólidos del municipio de San Xxxxxx Ixtlahuacán, San Xxxxxx | X | Fecha de vigencia 29 xx xxxxxx de 2013 | ||
Reglamento de Agua potable | X | Fecha de vigencia 10 de diciembre de 1978 Modificado el 4 xx xxxxxx de 1999 | Acta 44-78 Acta 06-99 punto tercero de fecha 12 de febrero de 1999 | |
Reglamento de servicio | X | Fecha de vigencia | Acta 47-86 punto |
de alcantarillado | 27 xx xxxx de 1987 Actualizado 4 xx xxxxxx de 1999 | quinto de fecha 15 de diciembre de 1987 Acta Número 06-99 punto tercero de fecha 12 de febrero de 1999 | ||
Reglamento de moto taxis | X | Fecha de vigencia 0 xx xxxxxxxxxx xx 0000 | Xxxxxxx xxxxxxxxx 61-2013 de fecha 00 xx xxxx xx 0000 | |
Xxxxxxxxxx xx taxis | X | Fecha de vigencia 00 xx xxxxxxx xx 0000 | Xxxxxxx xxxxxxxxx número 57-2010 de fecha 13 de octubre de 2010 |
Además de lo establecido en el plan de tasas y arbitrios de la municipalidad se propone el cobro de contribuciones por mejora. EL Código Municipal establece que los vecinos beneficiarios de las obras de urbanización que mejoren las áreas o lugares en que estén ubicados sus inmuebles, pagaran las contribuciones que establezca el concejo Municipal, mismas que no pueden exceder del costo de las mejoras.14
El Concejo Municipal deberá emitir un reglamento donde se establece el sistema de cuotas y los procedimientos de cobro para las mismas.
Nexos Locales contribuye con proporcionar una estrategia a la municipalidad y todas las herramientas y documentos que contribuyen a que la misma sea aplicable y desarrollada tal y como lo establecen los objetivos, de manera que al finalizar la aplicación de la misma los ingresos propios municipales demuestren en su comportamiento un cambio favorable para la municipalidad.
Lo anteriormente descrito es la base legal para poder realizar los cobros de los rubros que se establecen en cada reglamento y plan de tasas sin embargo algunos de ellos están desactualizados y otros no se aplican por lo que a través de las acciones que contiene la estrategia permitirá a la municipalidad buscar todas las alternativas para la mejora en la gestión de sus ingresos propios para que estos sean programados de forma adecuada y oportuna en relación con el presupuesto de ingresos y gastos de la municipalidad.
La estrategia que se desarrolla tiene como propósito mejorar los ingresos propios municipales, actualizando los padrones de los contribuyentes de agua y de arbitrios, basados en las funciones de la DAFIM15 que establece el Código Municipal articulo 98 en su inciso k)16 actualizar los reglamentos y planes de tasas y arbitrios de la municipalidad considerando que el plan de tasas fue emitido y publicado en el año 1998 y que sigue vigente a la fecha y que este no se ajusta a la realidad del municipio.
14 Artículo 102, Código Municipal
15 DIRECCION DE ADMINISTRACION FINACIERA MUNCIPAL
16 Elaborar y mantener actualizado el registro de contribuyentes…
3. CAPACIDAD TECNICA:
Otro factor importante que se toma en cuenta para la implementación y aplicación de la estrategia para mejorar la recaudación de ingresos propios es el factor humano y la capacidad técnica de cada uno de ellos para poder acrecentar la recaudación de ingresos propios, las tasas, rentas, contribuciones por mejoras y la correcta aplicación de los reglamentos aprobados por el Concejo Municipal.
Un buen control interno hace efectiva la labor municipal y el elemento más sensible e importante del control interno es el humano depende de la capacidad que se tenga para el manejo de todas las normas reglamentos y leyes para que este sea el adecuado si el recurso humano falla no es posible que la aplicación de la estrategia funcione. Por lo que la participación de cada una de las autoridades, de cada dirección y/o oficina relacionada a las finanzas públicas tendrá un papel importante, la participación de cada una de las personas involucradas será vital, por lo que es necesario que se integren y participen las siguientes entidades y/o dependencias municipales:
a) Concejo y Alcalde municipal
b) La Gerencia Municipal;
c) La Dirección de Administración Financiera Municipal (DAFIM)
d) La Oficina de Servicios Públicos Municipales (OSPM);
e) La Dirección Municipal de Planificación, (DMP)
f) El Juzgado de Asuntos Municipales;
g) Fontaneros
h) Encargaos xx Xxxxxxx, entre otros
4. CONTAR CON REGISTROS DE CONTRIBUYENTES ACTUALIZADOS Y UNIFICADOS Actualmente la municipalidad de San Xxxxxx Xxxxxxxxxx, realiza los cobros a través del sistema integrado SERVICIOSGL, esta herramienta permite el registro de los contribuyentes y la actualización de los padrones de agua potable y arbitrios, sin embargo se encuentran algunas deficiencias en los registros derivado a que no se realizan actualizaciones constantes ni en el momento oportuno por lo que es necesario capacitar al personal en el manejo de la herramienta para realizar una depuración y actualización de contribuyentes lo que permitirá tener registros reales en tiempo.
5. CREAR CONCIENCIA TRIBUTARIA A LA POBLACION O RENDICION DE CUENTAS
Es importante crear y fortalecer una cultura tributaria en la población de San Xxxxxx Xxxxxxxxxx, esto puede lograrse a través de una adecuada y oportuna información en la que los vecinos mantengan una estrecha comunicación y conozcan la importancia de pagar sus impuestos, tasas y arbitrios y que beneficios reciben, El código Municipal en su Artículo 17 establece los derechos y obligaciones de los vecinos así:
d) Contribuir a los gastos públicos municipales, en la forma prescrita por la ley”.
g) Ser informado regularmente por el gobierno municipal de los resultados de las políticas y planes municipales y de la rendición de cuentas, en la forma prevista por la ley.
La mayor parte de los ingresos propios que recibe la municipalidad tienen un destino específico y deben ser utilizados como tal.
Rendir cuentas a la población es importante, conocen los detalles de las inversiones y gastos y sobre todo la procedencia y utilización de los ingresos.
5. MATRIZ DE LA ESTRATEGIA
Rubros Potenciales | Acciones | Responsables | Plazo |
00.00.00.00.00 Valor boleto xx xxxxxx | Hacer convenios con las instituciones autónomas y privadas establecidas en el municipio para que todos sus trabajadores paguen su boleto xx xxxxxx en el municipio | Alcalde, Concejo Municipal y Director Financiero | Diciembre 2016 y enero del siguiente año |
Hacer Gestión en las redes sociales sobre concientización del pago del boleto xx xxxxxx y como este se devuelve en beneficio de los habitantes | Dirección de Administración Financiera Municipal | Diciembre 2016 y enero 2017 | |
Realizar los cobros de acuerdo a los ingresos de las personas como lo establece la ley, dando cumplimiento al artículo 5 del Decreto 121-96 “Sanción por incumplimiento” | Alcalde Municipal, Concejo Municipal, Secretario Municipal, Director de Administración financiera municipal y encargado de Tesorería | De enero a febrero 2016 sin multa Y xx xxxxx 2016 en adelante con multa |
Establecer mini munis en comunidades lejanas para que los vecinos tengan acceso inmediato para pagar el boleto xx xxxxxx | Director financiero municipal, Encargado de tesorería Director de servicios públicos Concejo municipal | Enero y febrero de 2016 | |
00.00.00.00.00 Arrendamiento de locales | Realizar asambleas con los arrendatarios de los locales para dar a conocer que se pretende mejorar la recaudación y concientizando que los precios xxx xxxxxxx en relación a arrendamiento de locales comerciales a nivel general son altos comparados con lo que ellos pagan por un local de la municipalidad | Encargado de servicios públicos, alcalde y concejo municipal. Encargado de mercados y Director de Administración Financiera municipal | Noviembre y diciembre de 2016 |
Realizar contratos con los arrendatarios para regular el arrendamiento de los locales comerciales | Secretario Municipal, Alcalde y Concejo Municipal y Director de Administración Financiera municipal | Enero 2017 |
Actualizar y depurar el padrón de contribuyentes para actualizar los arrendatarios de locales y verificar si son todos los registrados en el sistema hasta la fecha, verificando que los traslados se hagan en el momento oportuno | Encargado de tesorería, director de servicios públicos y encargado xx xxxxxxx | De octubre a diciembre 2016 | |
Utilizar stand de información con textos e imágenes que llamen la atención y logren concientizar a los arrendatarios realizar su pago | Director de Servicios públicos, Director XXXXX y encargado de mercados | Octubre a diciembre de 2016 y enero 2017 | |
00.00.00.00.00. Piso de plaza | Hacer acompañamientos periódicos a los cobradores de piso para verificar que el cobro se haga de forma general y con las tarifas establecidas en la municipalidad | Integrantes del Concejo Municipal y personal de la DAFIM | De octubre a diciembre 2016 |
Rotar a los cobradores de piso plaza para que no siempre cobren en la misma ruta y el mismo lugar | Director de servicios públicos y Director de DAFIM | De octubre a diciembre 2016 |
00.00.00.00.00 Canon | Llevar un registro | Oficina de Agua y | A partir del mes de |
de Agua y | de los | saneamiento, Director | noviembre de 2016 |
00.00.00.00.00 | contribuyentes de | Servicios públicos | |
Concesión de Servicios | agua potable | municipales, director | |
de Agua potable (pajas | diferente al de los | DAFIM Y encargado de | |
de agua) | sistemas integrados | tesorería | |
servicios GL. Donde | |||
se nomine con un | |||
número de servicio | |||
o número de título | |||
de agua potable a | |||
cada usuario | |||
indicando el tipo de | |||
tarifa según el | |||
reglamento de | |||
manera que el | |||
padrón de agua | |||
potable este | |||
actualizado y la | |||
información de este | |||
sean relevante y | |||
oportuna. | |||
Citar a través de | Oficina de Agua y | A partir de noviembre | |
una notificación a | saneamiento, Director | 2016 | |
los usuarios de agua | Servicios públicos | ||
potable para que | municipales, director | ||
actualicen sus datos, | DAFIM Y encargado de | ||
con dirección | tesorería | ||
exacta del servicio y | |||
todos aquellos datos | |||
que se consideren | |||
de importancia para | |||
mantener | |||
actualizado el | |||
padrón |
Realizar campañas por boletines, calcomanías, stand por la radio televisión y redes sociales para el uso del agua potable y por qué no se debe desperdiciar | Oficina de Agua y saneamiento, Director Servicios públicos municipales, director XXXXX Y encargado de tesorería | A partir de noviembre 2016 | |
Verificar y monitorear las concesiones de agua potable y el incremento del rubro de canon de agua potable, entre más concesiones se autoricen más ingreso se debe percibir por canon de agua. | Oficina de Agua y saneamiento, Director Servicios públicos municipales, director XXXXX Y encargado de tesorería | A partir de noviembre 2016 | |
Implementar clausulas en el reglamento que a partir del momento de la concesión aun que el servicio no sea utilizado por diferentes razones por el usuario, nace la obligación de cancelar la tarifa mínima de consumo. | Oficina de Agua y saneamiento, Director Servicios públicos municipales, director DAFIM, encargado de tesorería Concejo y alcalde municipal | A partir de noviembre 2016 | |
Planificar un proyecto de instalación de medidores para los usuarios de agua potable | Oficina de Agua y saneamiento, Director Servicios públicos municipales, director DAFIM, encargado de tesorería Concejo y | A partir de noviembre 2016 |
alcalde municipal | |||
00.00.00.00.00 Feria Titular | Ordenar de manera más efectiva y eficaz los puestos xx xxxxx y realizar el cobro por este concepto a todos quienes obtengan un beneficio durante la feria del municipio | Director de Servicios públicos, Juez de asuntos municipales, Director DAFIM y concejo y alcalde municipal | A partir de noviembre 2016 |
Realizar aprobar y publicar un reglamento que contenga las especificaciones y montos de lo que se cobrara como feria titular | Director de Servicios públicos, Juez de asuntos municipales, Director DAFIM y concejo y alcalde municipal | A partir de noviembre 2016 | |
00.00.00.00.00 Estacionamiento de Taxis y moto taxis | Aplicar el reglamento de taxis y moto taxis para que los contribuyentes acaten lo establecido y realicen sus pagos correspondientes para poder circular | Director de Servicios públicos, Juez de asuntos municipales, Director DAFIM y concejo y alcalde municipal | A partir de octubre de 2016 |
Realizar reuniones con los dueños de los taxis y moto taxis para que las asociaciones organizadas apoyen a que los socios de cada una mantengan sus datos actualizados en la municipalidad y que | Director de Servicios públicos, Juez de asuntos municipales, Director DAFIM y concejo y alcalde municipal | A partir de octubre de 2016 |
realicen los pagos respectivos | |||
00.00.00.00.00 arrendamiento de cancha sintética | Elaborar y aprobar un reglamento para regular el cobro de arrendamiento de la cancha sintética | Director de Servicios públicos, Juez de asuntos municipales, Director DAFIM y concejo y alcalde municipal | A partir de octubre de 2016 |
Realizar los cobros direccionándolos al rubro específico para poder controlar el comportamiento de los ingresos de este rubro | Director XXXXX , encargado de presupuesto y encargado de tesorería | A partir de la aprobación del reglamento de cancha sintética | |
00.00.00.00.00 concesión de drenajes y servicios de drenaje | Aplicar el reglamento de alcantarillado para los cobros por servicios de alcantarillado | Director XXXXX , encargado de presupuesto, encargado de tesorería, alcalde y concejo municipal | |
Realizar todas las acciones necesaria para que el servicio de drenaje llene las condiciones ambientales y de salud que la ley establece para que en contraprestación los usuarios puedan cancelar la tarifa por este servicio | Director XXXXX , encargado de presupuesto, encargado de tesorería, Director Municipal de planificación, alcalde y concejo municipal | A partir de noviembre de 2016 |
00.00.00.00.00, Extracción de ripio y basura | Verificar que todos las personas a quienes se le brinda el servicio de recolección de basura tal y como se establece en el reglamento realicen el pago respectivo | Director de servicios públicos, encargados de la recolección de basura, director XXXXX Y encargado de tesorería | A partir de noviembre de 2016 |
Solicitar de forma bimensual el recibo 7-b extendido por la municipalidad que respalde que los usuarios están pagando el servicio, caso no contrario no prestar el servicio | Director de servicios públicos, encargados de la recolección de basura, director XXXXX Y encargado de tesorería | A partir de noviembre de 2016 | |
Hacer campañas respecto a la importancia de clasificar y colocar la basura en un lugar adecuado que coadyuve a la no contaminación del medio ambiente | Director de servicios públicos, encargados de la recolección de basura, director XXXXX Y encargado de tesorería | A partir de noviembre 2016 | |
Planificar la construcción de una planta de tratamiento de desechos sólidos para dar tratamiento a la basura | Director XXXXX , encargado de presupuesto, encargado de tesorería, Director Municipal de planificación, alcalde y concejo municipal | A partir de noviembre de 2016 | |
00.00.00.00.00 Cementerio | Actualizar y Aplicar lo establecido en el plan de tasas | Director de servicios públicos y director de DAFIM | A partir de noviembre de 2016 |
respecto a cementerio, construcciones de nichos y otros | |||
Cable Visión | Implementar en la municipalidad el cobro por distribución de señal de cable, basados en La Ley | Director DAFIM , encargado de presupuesto, encargado de tesorería, Director Municipal de planificación, alcalde y concejo municipal, Juez de asuntos municipales | A partir de enero de 2017 |
Colocación de anuncios en vías urbanas y extraurbanas | Implementar un reglamento que regule el cobro de la colocación de anuncios en vías urbanas y extraurbanas del municipio basados en La ley | Director DAFIM , encargado de presupuesto, encargado de tesorería, Director Municipal de planificación, alcalde y concejo municipal, juez de asuntos municipales | A partir de noviembre de 2016 |
10.2.80 Arbitrios municipales | Implementar el cobro de arbitrios municipales como tiendas, farmacias, talleres mecánicos, comedores, abarroterías, peluquerías entre otros. En el manual de clasificaciones presupuestarias, para el sector público de Guatemala indica que los arbitrios municipales comprenden los ingresos que perciben los gobiernos locales | Alcalde y Concejo municipal, Director de Servicios públicos, Secretario, Director DAFIM. | A partir de noviembre de 2016 |
por aplicación de impuestos que gravan las actividades industriales, comerciales, de servicios y sobre las diversiones y espectáculos y otras de diversa índole.17 Actualizar el plan de tasas incluyendo este tipo de arbitrios. |
6. ANEXOS
A) Modelo de reglamento de agua potable
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN XXXXXX XXXXXXXXXX, DEPARTAMENTO DE SAN XXXXXX
CONSIDERANDO:
Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 72 del Código Municipal establece que el municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales, por lo tanto tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo, para lo que tiene la facultad de determinar y cobrar tasas y contribuciones equitativas y justas. Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo a los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios.
CONSIDERANDO:
Que a pesar de que en el Municipio de se presta el servicio público municipal de
17 Manual de clasificaciones presupuestarias para el sector público de Guatemala, 5ª. Edición pag. 182,
abastecimiento de agua potable y alcantarillado, es necesario emitir un reglamento que lo regule, estableciendo normas claras sobre su administración, uso y los derechos y deberes de la Municipalidad y los vecinos al respecto.
POR TANTO:
El Concejo Municipal, con fundamento en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República; 3, 33, 35, 68, 72, 100 y 101 del Código Municipal (Decreto 12-2,002 del Congreso de la República de Guatemala), por unanimidad:
ACUERDA:
Aprobar el siguiente:
REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN Y PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA Y ALCANTARILLADO DEL MUNICIPIO DE ,
TÍTULO I GENERALIDADES Y ADMINISTRACIÓN CAPÍTULO ÚNICO
OBJETO, PRINCIPIOS Y ADMINISTRACIÓN
Artículo 1. Objeto. El presente Reglamento es de observancia general y tiene por objeto regular la prestación del servicio municipal de abastecimiento de agua y alcantarillado en el Municipio de
.
Artículo 2. Propiedad de las instalaciones. La Municipalidad de , que en adelante se denominará la Municipalidad, es propietaria de la red y las instalaciones de los sistemas de agua y alcantarillado en el Municipio de , así como de sus ampliaciones y mejoras; por lo tanto, tiene la responsabilidad de administrarlas, cuidarlas y darles el mantenimiento adecuado.
Artículo 3. Administración. La correcta administración y funcionamiento del servicio de abastecimiento de agua y de alcantarillado corresponde a la Oficina de Servicios Públicos Municipales, en adelante la OSPM, (u otra entidad dependiendo de la estructura de cada municipalidad) de la Municipalidad de que para el cumplimiento del presente reglamento tendrá, por lo menos, la siguiente estructura administrativa:
1) Encargado del Departamento de Agua, quien, bajo la coordinación xxx xxxxxxx, será el principal responsable del cumplimiento del presente reglamento. El alcalde decidirá en última instancia si se otorgan o no los servicios, basándose en los dictámenes técnicos que para el efecto se emitan.
2) Encargado xx Xxxxxx o Registro. Quien tendrá a su cargo el registro de nuevas inscripciones, suspensiones, reconexiones, cancelaciones definitivas, depuraciones, así como el control del pago mensual y la elaboración del listado mensual de ser vicios pendientes de pago o morosos.
3) Fontanería. El personal que integre la fontanería será el responsable de velar por el perfecto funcionamiento de los sistemas de abastecimiento de agua y alcantarillado. Atenderá las denuncias de fugas, fallas del sistema de funcionamiento, conexiones ilegales, y demás situaciones que violen el presente reglamento o afecten el buen funcionamiento de los sistemas de abastecimiento de agua y alcantarillado.
Dentro del mes siguiente a la entrada en vigencia del presente reglamento, el Concejo Municipal debe emitir el acuerdo en el que designe a los funcionarios o empleados municipales que deberán cumplir con los cargos arriba descritos, sin importar las demás atribuciones que dichos funcionarios o empleados ejerzan.
Artículo 4. Cantidad de agua por servicio. La Municipalidad concederá servicios de agua de hasta 30 metros cúbicos de agua al mes, por inmueble.
Una vez otorgado el servicio, el usuario está obligado a pagar la tasa mensual y los excesos correspondientes, aun cuando no haga uso del mismo; salvo que solicite la suspensión temporal de acuerdo a lo establecido en el presente reglamento.
Artículo 5. Definiciones. Para la aplicación del presente reglamento se entenderá por:
Conexión domiciliar externa de agua: La tubería que par te de la red de distribución municipal y llega hasta el medidor (en donde exista) del inmueble del usuario y la llave de paso.
Conexión domiciliar externa de alcantarillado sanitario: La tubería que par te de la red colectora de alcantarillado y llega hasta la caja de registro x xxxxxxx.
Conexión domiciliar interna de agua: la tubería (incluido el medidor y su caja de protección donde existiere) y accesorios que se internan en el inmueble, así como las instalaciones que se efectúen dentro del mismo.
Conexión domiciliar interna de alcantarillado sanitario: es la tubería que par te de la caja de registro x xxxxxxx hacia el interior del inmueble.
Tasa administrativa: Es el pago que corresponde a la obtención del derecho de recibir el ser vicio de abastecimiento municipal de agua para una casa o inmueble y se denomina “Derecho de suscripción”. Comúnmente se le conoce como paja de agua.
Tasa por conexión del servicio: es el pago que debe realizar la persona natural o jurídica que adquiere el servicio, por el valor e instalación de la caja de protección, la tubería y
accesorios para la conexión domiciliar externa.
Tasa por servicio o canon de agua: corresponde al pago mensual que hace el usuario por el consumo de agua, teniendo derecho a consumir hasta 30 metros cúbicos de agua al mes; por cada servicio suscrito. Deberá pagarse de acuerdo a la categoría de usuario, aun cuando no se consuma el caudal contratado. Las categorías de usuarios son:
Doméstica: cuando el agua se utiliza para usos del hogar y el inmueble para vivienda.
Comercial: cuando el agua se utiliza para consumo humano y el inmueble para fines comerciales.
Pública: cuando el agua se utiliza para consumo de las entidades del sector público.
Industrial: cuando el agua se utiliza como insumo de procesos industriales o instalaciones destinadas a esos fines.
Especial: Cuando el agua se utiliza para abastecer gasolineras, negocios dedicados a lavar vehículos (car wash), hoteles u otros considerados como especiales.
Tasa por exceso: corresponde al pago que el usuario debe efectuar cuando en un mes consuma más de los 30 metros cúbicos de agua establecidos.
Suspensión del servicio: Es la sanción que se aplica automáticamente a los usuarios que incumplen el pago de tres (3) meses consecutivos.
Tasa por reconexión: corresponde al pago que el usuario debe efectuar por cada orden de reconexión a su favor, luego de haber solventado las causas que motivaron la suspensión del ser vicio.
TÍTULO II
DEL SERVICIO Y LAS TASAS CAPÍTULO I
OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO
Artículo 6. Solicitud de servicios. Toda persona, natural o jurídica, propietaria de uno o varios inmuebles que desee contar con el servicio de abastecimiento de agua y alcantarillado municipal deberá solicitarlo por medio del formulario respectivo. Es prohibido que dos inmuebles sean abastecidos por
una misma conexión, por lo que el interesado deberá presentar una solicitud (formulario) por cada inmueble que se posea.
Al formulario deberá adjuntarse la siguiente documentación:
Título de propiedad o documento que acredite la posesión pacífica del inmueble. Fotocopia de documento personal de identificación.
Solvencia Municipal.
Fotocopia del Boleto xx Xxxxxx.
Constancia de la calidad de la instalación y sus planos, emitida por la persona que haya dirigido su instalación.
En caso de ser inmueble nuevo, deberá presentarse copia de la licencia de construcción del inmueble.
Artículo 7. Inspección y autorización. Si la solicitud de servicio presentada llena los requisitos establecidos en el presente reglamento, la municipalidad, a través de fontanería, realizará la inspección del inmueble para determinar si existe red para hacer la instalación.
Si existe red y capacidad para prestar el servicio, la fontanería emitirá el dictamen favorable, que servirá de base al alcalde, quien con las constancias de pago a la vista, procederá a autorizar o no la conexión y la instalación del medidor de agua, así como la conexión al sistema de alcantarillado municipal.
La conexión al sistema de agua debe hacerse en forma simultánea con la conexión al sistema de alcantarillado municipal, salvo que ya se cuente con el servicio de alcantarillado.
Artículo 8. Medidores o contadores. Todos los usuarios del servicio deben contar con sus respectivos medidores. Los usuarios considerados dentro de las categorías especial e industrial están obligados a instalar su medidor o macro medidor, según el dictamen correspondiente, antes de contar con la autorización del servicio.
Artículo 9. Servicio temporal. Se considerarán servicios temporales aquellos que otorga la municipalidad en un lugar específicamente determinado y por un plazo definido. Para solicitar un ser vicio temporal, bastará con llenar el formulario proporcionado por la OSPM y efectuar el pago correspondiente para la actividad y el plazo solicitado, que deberá establecer la OSPM18.
Artículo 10. Proyectos urbanísticos. Cualquier forma de urbanización que desee abastecimiento de agua por par te de la municipalidad, deberá presentar tantas solicitudes como inmuebles tenga planificado desarrollar o vender.
La municipalidad, a través de la Oficina de Servicios públicos Municipales, hará los estudios técnicos y de disponibilidad correspondientes, debiendo trasladarlos al Concejo Municipal para que éste tome la decisión final de prestar o no el servicio, según los resultados de los dictámenes de los estudios técnicos
18 Oficina de servicios públicos municipales
antes mencionados.
Artículo 11. Reparaciones. La municipalidad es la única entidad que puede conectar, revisar
y reparar la red y el sistema municipal de abastecimiento de agua, es decir, hasta el medidor de cada casa; del medidor para adentro las reparaciones corresponden al propietario del inmueble y cualquier problema o desperfecto que sufra serán su responsabilidad. Cualquier usuario, cuando tenga conocimiento de alguna fuga o desperfecto en la conexión externa debe reportarlo inmediatamente a la municipalidad.
La municipalidad no será responsable de las pérdidas, daños, perjuicios o de los desperfectos derivados del uso indebido de los aparatos o instalaciones, o los sufridos por los mismos a causa de suspensión, corte del servicio o variaciones en la presión del agua.
CAPÍTULO II TASAS POR SERVICIO
Artículo 12. Tasas. Por la prestación del servicio de agua y alcantarillado se pagarán los montos establecidos en el plan de tasas. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 72 del Código Municipal, los ingresos provenientes de las tasas por prestación del servicio de abastecimiento de agua y alcantarillado deberán destinarse principalmente para el mantenimiento, ampliación y mejora del servicio de agua y alcantarillado.
Artículo 13. Actualización de tasas. El Concejo Municipal evaluará anualmente, en el mes de septiembre, si las tasas establecidas en el artículo anterior se ajustan a los costos de operación y mantenimiento del servicio de agua y alcantarillado, para lo que tomará en cuenta los informes presentados por los responsables de la administración del servicio.
Artículo 14. Fecha de pago del servicio. Los usuarios del servicio deberán efectuar el pago dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes. Si el usuario se retrase en el pago de tres (3) meses consecutivos, se le suspenderá la prestación del servicio hasta que pague los meses atrasados y la reconexión.
TÍTULO III PROHIBICIONES Y DISPOSICIONES FINALES CAPÍTULO I PROHIBICIONES Y SANCIONES
Artículo 15. Prohibiciones. Queda prohibido:
Extender conexiones intradomiciliares hacia inmuebles vecinos (casas apartamentos o negocios) aun cuando sean del mismo propietario.
Utilizar el agua para riego agropecuario.
Hacer conexiones directas a la línea de conducción de agua y de alcantarillado sin autorización municipal.
Realizar conexiones de bajante de aguas pluviales al drenaje sanitario.
Artículo 16. Conexión de bomba hidráulica. Se prohíbe conectar bombas hidráulicas directamente a la red de distribución. Si por las características de uso del inmueble, es necesario instalar bomba hidráulica, ésta deberá succionar el agua desde un tanque bajo (cisterna) que se localizará en el interior del inmueble.
Artículo 17. Sanciones. Las violaciones a lo establecido en el presente reglamento, el Código Municipal y las leyes aplicables se sancionarán con las siguientes multas:
Por utilizar una misma conexión para dos o más inmuebles. Q.0.00
Por utilizar el agua para riego agropecuario. Q.0.00 Por causar daños a la red de agua y otros componentes del sistema Q.0.00 Por conectarse al servicio de agua y alcantarillado, sin autorización Q.0.00 Por realizar conexiones de bajantes de aguas pluviales a los drenajes Q.0.00
Los usuarios que no efectúen el pago de las multas dentro de los tres (3) meses siguientes a su fijación, serán sancionados con la suspensión temporal del servicio hasta que efectúen el pago o firmen el convenio de pago correspondiente.
CAPÍTULO II DISPOSICIONES FINALES
Artículo 18. Solicitud de suspensión del servicio. Los usuarios del servicio de agua podrán solicitar la suspensión temporal del servicio, presentando solicitud por escrito con un (1) mes de anticipación a la fecha de suspensión solicitada. Una vez evaluada y aprobada la solicitud, se registrará la suspensión correspondiente y no se cobrará el canon por el tiempo que dure la suspensión.
Sin embargo, para la reinstalación del servicio, deberá pagarse el 50% de la tasa por reconexión.
Artículo 19. Casos no contemplados en el presente Reglamento. Los casos no contemplados en el presente Reglamento serán resueltos por el Concejo Municipal, para lo que podrán contar con la asesoría técnica de la Oficina de Ser vicios Públicos Municipales.
Artículo 20. Derogación de disposiciones anteriores. Quedan derogadas las disposiciones reglamentarias que se refieran a la administración, operación y mantenimiento del servicio de agua y alcantarillado publicados en el Diario Oficial con anterioridad al presente reglamento.
Artículo 21. Medios de impugnación. Contra los acuerdos y resoluciones que se emitan con relación a lo regulado en el presente reglamento, se podrán interponer los recursos establecidos en el Código Municipal.
Artículo 22. Reclamos por cobros excesivos. Cuando un usuario estime que la municipalidad le cobra más del monto correspondiente al consumo de agua efectuado, podrá solicitar a la OSPM la relectura del medidor o contador y presentar las pruebas documentales que amparen su solicitud.
La OSPM deberá hacer la relectura dentro de los diez días hábiles siguientes a la solicitud y con los resultados obtenidos y las pruebas documentales presentados, emitirá dentro de los dos días hábiles siguientes la resolución correspondiente.
Artículo 23. Vigencia. El presente Reglamento entrará en vigencia quince (15) días después de su publicación en el Diario Oficial.
B) Plan de tasas y arbitrios
EL CONCEJO MUNICIPAL DE , DEPARTAMENTO DE CONSIDERANDO:
Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 72 del Código Municipal establece que el municipio debe regular y prestar los ser vicios públicos municipales, por lo tanto tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo, para lo que tiene la facultad de determinar y cobrar tasas y contribuciones equitativas y justas. Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo a los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios.
CONSIDERANDO:
Que el plan de tasas del Municipio de incluye las tasas por servicios, fue aprobado en el año de por lo que ya sus valores son obsoletos y no alcanzan a la municipalidad para cubrir los costos de prestación de los servicios administrativos y públicos municipales.
POR TANTO:
Con fundamento en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254 y
255 de la Constitución Política de la República; 3, 33, 35, 68, 72, 100 y 101 del Código Municipal, el Concejo Municipal por unanimidad:
ACUERDA:
Aprobar el siguiente:
PLAN DE TASAS, RENTAS Y MULTAS DEL MUNICIPIO DE TÍTULO I
CAPÍTULO ÚNICO
DE LAS TASAS, RENTAS Y MULTAS
Artículo 1. Tasas administrativas. Por la prestación de servicios administrativos se cobrarán las siguientes tasas:
1. Por cada solvencia municipal que se extienda Q.0.00
2. Por cada certificación que se extienda hasta dos hojas Q.0.00
3. Por cada hoja adicional de la certificación Q.0.00
4. Por cada constancia de supervivencia Q.0.00
5. Por cada constancia de residencia Q.0.00
6. Por cada certificación o constancia sobre derechos municipales Q.0.00
7. Por cada carta de recomendación Q.0.00
8. Por cada licencia de aprovechamiento xx xxxxxx por consumo familiar Q.0.00
9. Por cada reposición de títulos o constancias sobre derechos municipalesQ.0.00
10. Por extensión de guía de conducción de semovientes Q.0.00
11. Por registro xx xxxxxx para marcar ganado Q.0.00
12. Por renovación de registro xx xxxxxx para marcar ganado (cada diez años) Q.0.00
13. Por venta de formularios varios Q.0.00
14. Por cada fotocopia Q.0.00
15. Por cada declaración jurada realizada ante el secretario municipal Q.0.00
16. Por la elaboración de contratos administrativos y sus ampliaciones Q.0.00
17. Por registro pesas, balanzas y medidores, por cada uno Q.0.00
18. Por trámites administrativos de matrimonio civil Q.0.00
19. Por inscripción de derechos posesorios Q.0.00
20. Por inscripción de derechos de gravámenes Q.0.00
Artículo 2. Tasas por inspección de inmuebles. Por el servicio prestado por la municipalidad relacionado con inspecciones a bienes inmuebles se cobrarán las siguientes tasas:
1. Por inspección de inmuebles en proceso de titulación supletoria
2. Por asignación de nomenclatura municipal
3. Por deslinde, desmembración y remedición de inmuebles
4. Por alineación de inmuebles, por cada metro lineal
Artículo 3. Licencias por establecimientos abiertos al público. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 35 z) del Código Municipal, por la autorización de establecimientos abiertos al público en la jurisdicción municipal se cobrará una tasa única de Q.000.00.
El pago de la tasa podrá fraccionarse en x número de pagos.
Artículo 4. Tasas por licencias de operación de transporte. Por la extensión de licencias de operación de transporte de personas y carga se cobrarán las siguientes tasas:
1. Por autorización única de taxis, moto taxis, microtaxis y fleteros | |
(pago único) | Q.0.00 |
2. Por autorización única de buses y microbuses (pago único) | Q.0.00 |
3. Por inscripción de traspaso de autorizaciones (pago único) | Q.0.00 |
4. Por licencia para funcionamiento de taxis, moto taxis y fleteros (anual) | Q.0.00 |
5. Por licencia para funcionamiento de buses y microbuses urbanos (anual) | Q.0.00 |
6. Por aval del Concejo Municipal para autorizar líneas extraurbanas | Q.0.00 |
Artículo 5. Servicio Municipal de recolección de desechos sólidos. Por el servicio de extracción de basura, se cobrará a los usuarios una tasa mensual de:
1. Ser vicio Doméstico Q.0.00
2. Ser vicio Doméstico Comercial Q.0.00
3. Ser vicio Comercial Q.0.00
Artículo 6. Servicio Municipal de cementerio. Por el servicio municipal de cementerio, se cobrarán las siguientes tasas:
1. Por concesión de terreno para construir mausoleos o capillas | ||
Por metro cuadrado | Q.0.00 | |
2. Por inscripción y reposición de títulos de concesión de terreno | Q.0.00 | |
3. Por construcción de primer nicho con sus respectivos basamentos | Q.0.00 | |
4. Por cada nicho adicional | Q.0.00 | |
5. Por inhumación en nichos municipales, por cada año | Q.0.00 | |
6. Por cada exhumación, previo cumplimiento de requisitos xx xxx | Q.0.00 | |
7. Por inhumación en sepultura ínfima para pobres de solemnidad | Exonerado |
Artículo 7. Rastro, poste público y repasto. Por la prestación de los servicios municipales de rastro, poste público y repasto, se cobrarán las siguientes tasas:
1. Por destace de ganado mayor (por cabeza) Q.0.00
2. Por destace de ganado menor (por cabeza) Q.0.00
3. Por permanencia de cada cabeza de ganado mayor en poste público, por día Q.0.00
4. Por permanencia de cada cabeza de ganado menor en poste público, por día Q.0.00
Artículo 8. Estacionamiento y depósito de vehículos. Por el estacionamiento o depósito de vehículos en los predios y lugares establecidos para el efecto se cobrarán las siguientes tasas:
1. Por depósito de microbuses y vehículos pequeños consignados, por día | Q.0.00 |
2. Por depósito de vehículos pesados de 1 y 2 ejes, por día | Q.0.00 |
3. Por estacionamiento de vehículos en el parqueo municipal por hora | Q.0.00 |
4. Por estacionamiento de motocicletas en el parqueo municipal por hora | Q.0.00 |
5. Por parqueo de taxis, mototaxis y fleteros (mensual) | Q.0.00 |
6. Por parqueo de buses y microbuses urbanos (mensual) | Q.0.00 |
Artículo 9. Vehículos distribuidores. Las personas propietarias de vehículos que hacen distribución
de productos en el Municipio de deben contar con una autorización especial
otorgada por la Municipalidad la que les autorizará estacionarse en aquellos lugares señalados como de carga y descarga de productos, para lo que deberán pagar X quetzales (Q0.00) diarios por estacionamiento o podrán optar por un pago mensual de X quetzales (Q0.00).
Artículo 10. Arrendamiento de bienes municipales. Por el arrendamiento de bienes municipales se cobrarán las siguientes rentas (tasas):
1. Por arrendamiento de cada cuerda de terreno municipal, por año Q.0.00
2. Por arrendamiento del Salón Municipal para fines educativos, culturales y
deportivos, por día Q.0.00
3. Por arrendamiento del Salón Municipal para fines lucrativos por día Q.0.00
4. Por arrendamiento de cada silla, por veinticuatro horas Q.0.00
5. Por arrendamiento de cada mesa, por veinticuatro horas Q.0.00
6. Por arrendamiento xx xxxxx municipal, por veinticuatro horas Q.0.00
7. Por arrendamiento de locales del centro comercial municipal,
en el primer nivel por mes Q.0.00
8. Por arrendamiento de locales del centro comercial municipal,
en el segundo nivel por mes Q.0.00
9. Por arrendamiento cubículos del centro comercial municipal, al mes Q.0.00
10. Por arrendamiento de locales en el área de comedores, al mes Q.0.00
11. Por arrendamiento de puestos ubicados en el patio del Centro Comercial
por metro cuadrado al mes Q.0.00
12. Por uso de los baños públicos municipales Q.0.00
13. Por autorización para cerrar calles públicas principales para eventos
comerciales, por día Q.0.00
14. Por renta de local para cajero automático al mes Q.0.00
15. Por cada caseta ubicada en predios municipales,
por metro cuadrado, por día Q.0.00
Artículo 11. Mercado y piso de plaza. Por el uso de las áreas municipales establecidas como mercado, plaza pública y aquellas en donde se realicen actividades comerciales x xx xxxxx, se pagarán las siguientes tasas:
1. Por piso de plaza, por metro cuadrado por días normales Q.0.00
2. Por piso de plaza, por metro cuadrado en xxxx xx xxxxx y bazares Q.0.00
3. Por piso de plaza de comercios móviles en vía pública por mes Q.0.00
4. Por piso de plaza de comercio móvil de pequeña Q.0.00
5. categoría por mes (heladeros, entre otros) Q.0.00
Artículo 12. Licencias de construcción y urbanismo. La Municipalidad está obligada a ejercer el control de toda urbanización, construcción, ampliación, reparación, modificación, cambio de uso, o demolición de edificaciones. Por la prestación de este servicio, que incluye la inspección municipal, se cobrará una tasa sobre el valor de la construcción según la siguiente clasificación:
Categorías:
1. Para vivienda
2. Para uso comercial.
3. Para uso industrial.
4. Entidades estatales y no lucrativas. Las entidades estatales y privadas de naturaleza no lucrativa están exentas del pago de la licencia, pero quedan sujetas a cumplir con disposiciones municipales relativas a alineación, presentaciones de planos, áreas de parqueo, etc.
Costo de la Obra | Categoría | ||||
De | Hasta | 1 | 2 | 3 | 4 |
Q.20,000.00 | x% | x% | x% | Exento | |
Q.20,000.01 | Q.50,000.00 | x% | x% | x% | |
Q.50,000.01 | Q.100,000.00 | x% | x% | x% | |
Q.100.000.01 | Q.200,000.00 | x% | x% | x% | |
Q.200,000.01 | En adelante | x% | x% | x% |
Artículo 13. Licencias por autorización de megáfonos. Por la autorización de megáfonos, equipos de sonido y vehículos promocionales se cobrará las siguientes tasas:
1. Licencia anual para uso de megáfono Q.0.00
2. Licencia mensual para uso de equipos de sonido expuestas al público Q.0.00
3. Licencia anual para vehículos promocionales con aparatos
Reproductores y que amplifiquen el sonido Q.0.00
4. Licencias temporales, desde una hora hasta un día Q.0.00
Artículo 14. Tasas por la prestación del servicio de agua y alcantarillado. Por el servicio de abastecimiento de agua potable y alcantarillado se cobrarán las siguientes tasas:
1. Tasa por conexión de nuevo ser vicio de agua Q.0.00
2. Tasa administrativa por conexión alcantarillado Q.0.00
3. Tasa por reconexión de servicio de agua Q.0.00
4. Tasa mensual por abastecimiento de agua doméstica Q.0.00
5. Tasa mensual por abastecimiento de agua comercial Q.0.00
6. Tasa mensual por abastecimiento de agua industrial Q.0.00
7. Exceso por cada metro cúbico sobre treinta metros cúbicos autorizados Q.0.00
Artículo 15. Multas. Sin perjuicio de lo determinado en el artículo 151 del Código Municipal, se establecen las siguientes multas:
1. Por cada cabeza de ganado mayor que ingrese al poste público, por día Q.0.00
2. Por cada cabeza de ganado menor que ingrese al poste público, por día Q.0.00
3. Por arrojar basura o desechos sólidos en lugares públicos o privados
que no tengan ese destino Q.0.00
4. Por cada casa o sitio urbano sin acera, por metro lineal, al mes Q.0.00
5. Por obstaculizar o utilizar aceras sin previa autorización, al día Q.0.00
6. Por cada sitio urbano sin pared o edificación, por metro lineal, al mes Q.0.00
7. Por cortar flores o especies ornamentales en parques o paseos Q.0.00
8. Por usar nomenclatura no autorizada por la Municipalidad Q.0.00
9. Por estacionar vehículos en áreas prohibidas, debidamente señaladas Q.0.00
10. Por pintarrajear paredes o muros de propiedad municipal Q.0.00
11. Por orinar o defecar en lugares no autorizados Q.0.00
12. Por instalar negocios, ventas o casetas en áreas no autorizadas, por día Q.0.00
13. Por ocupar, cambiar o subarrendar cualquier predio o instalación municipal
sin previo aviso y autorización de la municipalidad Q.0.00
14. Por arrojar o verter aguas servidas en la vía pública o terrenos vecinos
o verter desechos o líquidos contaminantes al drenaje municipal, por día Q.0.00
15. Por mantener sitios, predios o espacios abiertos en área urbana con
desechos sólidos, malezas o aguas estancadas, por mes Q.0.00
16. Por destace de ganado mayor o menor sin previo pago de la tarifa
Correspondiente Q.0.00
17. Por instalar rótulos sin autorización Q.0.00
18. Por no contar con la nomenclatura municipal Q.0.00
19. Por iniciar trabajos de construcción sin licencia o autorización respectiva se impondrá una multa equivalente al cien por ciento del valor de la licencia dejada de pagar
Artículo 16. Derogatoria. Se deroga cualquier disposición municipal que contravenga lo establecido en el presente plan de tasas, rentas, frutos, multas y demás tributos.
Artículo 17. Vigencia. El presente Plan de Tasas Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.
ESTRATEGIA DE RECAUDACION DE RECUPERACIÓN DE MOROSIDAD
1. INTRODUCCIÓN
Reducir la morosidad es muy importante pues más allá de incrementar los ingresos propios municipales se logra con ello que la información que presentan los padrones de agua y de arbitrios sea precisa real y oportuna para la proyección de ingresos de determinado periodo y la toma de decisiones por parte de las autoridades municipales.
Hasta hoy no se le había dado importancia al fenómeno de la morosidad pues pese a que en las municipalidades a partir del año 2006 se implementó una contabilidad completa se realizan los estados financieros y en el balance general no se establece una cuenta nominada cuentas por cobrar que refleje el saldo de la deuda que los contribuyentes tanto de agua potable como de arbitrios tienen con la municipalidad, sin embargo la preocupación en las municipalidades empieza a suscitarse derivado a que se necesitan recursos para cubrir las necesidades de la población y allí es donde es necesaria la gestión.
La gestión para reducir la morosidad es importante no solo porque ayudara a incrementar los ingresos propios sino porque se tendrán datos concretos de los ingresos en periodos mensuales, bimensuales, trimestrales, cuatrimestrales, semestrales y de forma anual y la proyección para el presupuesto de ingresos será más efectiva.
Nexos locales basándose en la asistencia técnica para gestión financiera municipal desarrollada en la municipalidad de San Xxxxxx Ixtlahuacán San Xxxxxx propone una estrategia que coadyuvara de manera práctica a la reducción de la morosidad que reflejan los padrones de agua potable y de arbitrios de la municipalidad. Dentro de la estrategia se presentan acciones que permitirán su aplicación obteniendo resultados favorables para la municipalidad. Con ello no solo se busca el incremento de los ingresos sino que también los contribuyentes puedan poner al día sus servicios sin tener que tomarse acciones extremas como por ejemplo los cortes y suspensiones del servicio de agua de forma permanente hasta que se ponga al día con sus pagos o la no circulación de taxis y moto taxis por no contar con su solvencia municipal.
Sin embargo es una tarea difícil porque la población está acostumbrada que es la municipalidad la que tiene la obligación de cumplir con la población en la satisfacción de las necesidades con una idea errónea que no tiene obligación a tributar en su municipio.
Por lo que deben realizarse campañas de concientización para que sepan que todo lo que tributan les es devuelto en obras y proyectos que contribuyen al desarrollo del municipio y sus habitantes social, cultural y económicamente.
Esta estrategia no es más que llevar a cabo las acciones que permitan que se alcance el objeto principal que es la reducción de morosidad utilizando los recursos necesarios para ello.
Para la aplicación de la estrategia, deberá ser manifiesta la voluntad política del Concejo Municipal, para sanear las finanzas de la municipalidad, previo a realizar cualquier otra acción que pudiera afectar a los habitantes del municipio.
Los principales actores en la aplicación de estas estrategias son El Concejo Municipal y sus comisiones; El Alcalde Municipal; y los Directores y personal de las distintas unidades administrativas, Comisiones creadas responsables directa o indirectamente de la recaudación y cobranza de los ingresos propios municipales
2. JUSTIFICACIÓN
La estrategia de reducción de morosidad pretende mantener los padrones actualizados y con información sobre deuda actualizados que permitan la toma de decisiones en el momento oportuno y de forma acertada.
Durante el desarrollo de la asistencia técnica en la gestión financiera municipal y de acuerdo a la aplicación de las diferentes herramientas que Nexos Locales proporciono a la municipalidad, se estableció la xxxx por padrones, por servicios y por montos, estableciendo que los xxxxxx xx xxxx son altos y que es necesario la implementación de acciones que permitan la reducción de la misma realizando acciones que logren el objetivo.
Por lo tanto es necesario elaborar una estrategia que conlleve una serie de acciones que permitan reducir el porcentaje de morosidad.
Para las tasas administrativas y de servicios y los arbitrios excepto el boleto xx xxxxxx se consideran morosos aquellos contribuyentes que después de transcurridos 5 días del mes siguiente al vencido no hayan cancelado en la tesorería municipal el concepto del servicio que tienen asignado como por ejemplo el agua, arrendamiento de locales, moto taxis, taxis, extracción de basura entre otros.
Considerando que la primera semana del mes de octubre de 2016 según la herramienta de análisis de morosidad de los padrones de agua arbitrios se reflejan datos considerablemente altos en morosidad derivado a que de los 759 usuarios de agua, 629 son morosos, y 130 usuarios se encuentra al día lo que representa 83% de morosidad en el padrón de agua potable. Y en arbitrios de los 925 contribuyentes 817 son morosos representando un 88% de morosidad en el padrón.
Y dando cumplimiento a principios de legalidad como los reglamentos de agua potable, taxis, moto taxis, plan de tasas y arbitrios de la municipalidad de San Xxxxxx Ixtlahuacan San Xxxxxx
Y basados en lo que expresa la Constitución Política de la Republica en el Artículo 253. La Autonomía Municipal así “Los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde: a. Elegir a sus propias autoridades; b. Obtener y disponer de sus recursos; y c. Atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios. Para los efectos correspondientes emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos y el artículo 3 del Código Municipal resalta la responsabilidad de la autoridades para para la administración de los intereses del municipio, llo que significa que se tiene la plena libertad
de emitir reglamentos que normen lo relacionado al Agua potable y alcantarillado y las tasas y arbitrios que sean objeto de percibir un ingreso que fortalezca el desarrollo económico del municipio y lo establecido en el código tributario decreto 6-91 artículo 92. *xxxx. Incurre en xxxx el contribuyente que paga la obligación tributaria después del plazo fijado por la Ley para hacerlo. La xxxx opera de pleno derecho.
Sanción: En caso xx xxxx, se aplicará una sanción por cada día de atraso equivalente a multiplicar el monto del tributo a pagar, por el factor 0.0005, por el número de días de atraso. La sanción por xxxx no aplicará en casos de reparos, ajustes a determinaciones incorrectas, o en determinaciones de oficio efectuadas por la administración tributaria, en los cuales se aplicará la sanción por omisión de pago de tributos establecida en el artículo 89 de este Código.
Por lo que la implementación de una estrategia para reducción de morosidad en la municipalidad de San Xxxxxx Xxxxxxxxxx, San Xxxxxx es de suma importancia y la realización de las acciones paso a paso lograran que la cantidad de morosidad reduzca y de esa forma los padrones reflejen cantidades razonables de acuerdo a la cantidad de contribuyentes inscritos con los que se cuenta dentro de la municipalidad.
Pudiéndose así tomar decisiones certeras para mantener una morosidad considerablemente baja lo que permite a la municipalidad administrar de manera efectiva y eficaz los recursos provenientes de los ingresos propios.
3. OBJETIVOS
• Reducir la morosidad en los padrones de agua y arbitrios en la municipalidad de San Xxxxxx Ixtlahuacán, San Xxxxxx.
• Aplicar acciones que permitan el alcance de la estrategia y fortalezca puntos estratégicos en la municipalidad para gestionar la recaudación y reducción xx xxxx de agua potable y arbitrios
• Establecer información certera y precisa en los padrones respecto a la morosidad de contribuyentes con acciones que fortalezcan las actividades y funciones de empleados municipales para contribuir a la reducción xx xxxx.
• Evitar sanciones de los entes fiscalizadores de las municipalidades por no actualizar sus padrones respecto a morosidad.
• Realizar actividades socioculturales enfocadas a la participación de la población para concientizarla sobre la cultura tributaria y la importancia para el municipio y sus habitantes.
• Establecer un plan propio de la municipalidad que le permita la recuperación de morosidad a corto plazo, mediano y largo plazo en casos especiales.
4. DESCRIPCIÓN DE LA ESTRATEGIA
La recaudación de recuperación de morosidad en la municipalidad de Xxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxx pretende recuperar la recaudación de la morosidad de los contribuyentes de agua y arbitrios a través de una serie de acciones que permiten realizar actividades prácticas y sencillas de aplicación y con el interés y voluntad política de las autoridades municipales todo se facilitara.
Para la implementación y desarrollo de la estrategia para la recaudación y recuperación de la morosidad es necesario tomar en cuenta los siguientes aspectos:
a) Establecimiento de deuda morosa
b) Cronograma de cobros para la recuperación de la cartera morosa.
c) Avisos de cobro.
d) Convenios de pago.
e) Control y seguimiento
1. Establecimiento de deuda morosa
Verificar los montos de deuda morosa por cada contribuyente, generando los reportes de los padrones de agua potable y arbitrios desde el sistema SERVICIOS GL.
Nexos Locales a través de la asistencia técnica a la gestión financiera municipal proporciono y aplico herramientas que ayudan al establecimiento y procesamiento de información respecto a padrones de agua potable y arbitrios entre ellas: Herramienta #04 Revisión y análisis contribuyentes de agua; #05 Revisión y análisis contribuyentes de arbitrios; #07 Análisis de morosidad de agua; #08 Análisis de morosidad de arbitrios; #09 Seguimiento a la morosidad, estas herramientas contribuyen a fortalecer los controles y registros de los contribuyentes de agua potable y de arbitrios tomando como base la información de los sistemas integrados autorizados por el Ministerio de Finanzas Públicas para uso en las municipalidades.
La deuda por morosidad de agua y arbitrios a la primera semana de octubre 2016 asciende a un monto de:
AGUA POTABLE | |
TOTAL DE USUARIOS | 759 |
USUARIOS MOROSOS | 698 |
USUARIOS AL DIA | 61 |
MONTO DE MOROSIDAD | Q 221,827.20 |
ARBITRIOS | |
TOTAL DE CONTRIBUYENTES | 925 |
CONTRIBUYENTES MOROSOS | 850 |
CONTRIBUYENTES AL DIA | 75 |
MONTO DE MOROSIDAD | Q 542,868.40 |
TOTAL DE USUARIOS Y CONTRIBUYENTES | 1684 |
TOTAL DE USUARIOS Y CONTRIBUYENTES MOROSOS | 1548 |
TOTOL DE USUARIOS Y CONTRIBUYENTES AL DIA | 136 |
TOTAL DE MOROSIDAD | Q 764,695.60 |
2. Cronograma de cobros para la recuperación de la cartera morosa.
Se elaborará un cronograma para la recuperación de la morosidad con fechas específicas para lograr el objetivo de recuperación de la morosidad.
3. Avisos de cobro.
Se realizaran avisos de cobro para cada uno de los contribuyentes de agua y de arbitrios de forma periódica para que asistan a la municipalidad a realizar los pagos que les corresponden, para ello se establece una serie de acciones que se detallan en la matriz de la estrategia.
Nexos locales a través de la asistencia técnica proporcionó una herramienta que permite la realización de notas de cobro en serie, _vinculación Excel-Word_”, esta herramienta permite el ahorro de recursos y tiempo para realizar la notificación a los contribuyentes. Es importante tener en cuenta que las notificaciones deben llegar directamente a los contribuyentes y no a terceras personas para que tengan el efecto que se persigue.
4. Convenios de pago:
Es importante para la recuperación de la morosidad la realización de convenios de pago entre contribuyentes y municipalidad de acuerdo a las posibilidades de cada uno de los contribuyentes para no afectarlos económicamente en un lapso prudencial para lograr disminuir la morosidad de agua y arbitrios.
5. Control y Seguimiento:
Para el desarrollo y aplicación de la estrategia de recaudación de recuperación de morosidad en la municipalidad de San Xxxxxx Xxxxxxxxxx es necesario llevar un control para el cumplimiento de todas aquellas actividades que permitan la reducción de la morosidad, es precisamente el control y seguimiento lo que permitirá que los entes involucrados a través de acciones pongan de manifiesto su responsabilidad y cumplan con las funciones que a cada uno correspondan.
Si el control y seguimiento a todas las actividades y acciones que se han implementado en esta estrategia es eficaz y efectivo se lograra el cumplimiento de esta y se lograran los objetivos de la reducción de morosidad.
Se establecen algunas actividades de control y seguimiento:
1. Establecer registros automatizados de contribuyentes y usuarios de servicios, registrarlos y actualizarlos periódicamente, así como establecer los saldos morosos.
2. Determinación bimensual de saldos morosos: Los saldos morosos a favor de la municipalidad, deberá determinarse bimensualmente, con base en la cuenta corriente de contribuyentes y usuarios de servicios, utilizando los sistemas informáticos, llevar un control paralelo por medio de las herramientas de trabajo proporcionadas por Nexos Locales.
3. Controles documentales, presupuestarios y contables: La Dirección Financiera Municipal a través de la Tesorería municipal, establecerá estos controles y los de campo, que permita
verificar la eficiencia de la recaudación y en su defecto, hacer las correcciones necesarias para mejorar los ingresos municipales.
4. Apoyo de la autoridades municipales, a través de la Comisión de Finanzas del Concejo, apoyarán las actividades de cobro y recuperación xx xxxx y recepción de fondos a cargo de la tesorería y las oficinas vinculadas con esta función.
5. Emisión de avisos-recordatorios bimensual: La tesorería municipal, a través del receptor emitirá bimensualmente recordatorios de pago, en aquellos casos cuyo ingreso esperado compense el costo de dichas acciones, se les enviará tres aviso-recordatorios para gestionar el pago de la deuda, con una diferencia de 15, 10 y 5 días de intervalo entre una y otra, respectivamente. con base en la clasificación de la xxxx por montos, tiempos, tipo y categorías de contribuyentes, esto mediante la aplicación de criterios en las herramientas de trabajo proporcionadas por Nexos Locales.
6. Renovación de contratos de arrendamiento: No se renovará contratos a los arrendatarios que no se encuentren al día en el pago de la renta de los locales que ocupan sus negocios.
7. Base legal para demandar el pago: La municipalidad, para requerir el pago a los vecinos por impuestos, arbitrios, y por el uso de los servicios públicos municipales, se basará en lo establecido en el marco legal vigente.19
8. Base legal para la aplicación de multas: El monto y criterios de aplicación de las multas que deben cancelar los vecinos por la falta de pago x xxxx, se establecerá con base en las regulaciones legales, generales y específicas que originaron dicho pago (código municipal, plan de tasas y plan de arbitrios, reglamentos, ordenanzas y acuerdos).
9. Plazos para Cancelar la Deuda: Cuando al vecino que se encuentre en xxxx se le dificulte cancelar en un solo pago sus saldos atrasados, se le podrá conceder pago a plazos, de entre tres
(3) y doce (12) meses, según el monto adeudado, mediante suscripción de convenios de pago.
10. Regulación de la deuda contraída: El personal de receptoría debe gestionar por todos los medios a su alcance que una deuda contraída no prescriba por el tiempo transcurrido y se regularice mediante el pago o la suscripción de convenios de pago.
Se detalla a continuación una matriz donde se establecen todos los aspectos que componen las acciones para el desarrollo de la estrategia de recuperación de morosidad.
5. MATRIZ DE LA ESTRATEGIA
Rubros Potenciales | Acciones | Responsables | Plazo |
00.00.00.00.00 Canon de Agua | Enviar notificaciones de cobro aplicando diferentes criterios como: | Director de servicios públicos y alcalde municipal | Octubre 2016 |
19 Artículo 35, inciso i) Código Municipal
monto de deuda, sectores, cantidad de contribuyentes y otros | |||
Identificar los servicios de agua potable que están activos y funcionando | Fontanero municipal y oficina de Agua y Saneamiento | Octubre 2016 | |
Actualizar los padrones como mínimo una vez por año para que estos mantengan información oportuna y efectiva de los usuarios de agua potable | Encargado de Tesorería | Enero de cada año | |
Realizar campañas a través de redes sociales y/o stand de publicidad para resaltar la importancia que tiene el pago del servicio de agua potable y la utilidad para los vecinos además de la racionalización de la misma para proteger el medio ambiente, “las municipalidades y los habitantes del territorio nacional están obligados a propiciar el desarrollo social, | Oficina de Agua y saneamiento, dirección de servicios públicos municipales | Noviembre 2016 |
económico y | |||
tecnológico que | |||
prevenga la | |||
contaminación del | |||
ambiente y | |||
mantenga el | |||
equilibrio | |||
ecológico. Se | |||
dictarán todas las | |||
normas necesarias | |||
para garantizar | |||
que la utilización y | |||
el | |||
aprovechamiento | |||
de la fauna, de la | |||
flora, de la tierra y | |||
del agua” 20 | |||
Gestionar los | Director de servicios | Octubre y noviembre | |
servicios de agua | públicos municipales y | 2016 | |
potable de | encargado de tesorería | ||
contribuyentes | |||
que deben más de | |||
5 años por | |||
concepto del | |||
servicio | |||
Hacer convenios | Secretario Municipal, | octubre 2016 a enero | |
de pago con | Alcalde y concejo | de 2017 | |
contribuyentes | municipal, | ||
que tengan una | |||
deuda de | |||
Q.1,000.00 | |||
quetzales en | |||
adelante para | |||
recuperar | |||
morosidad a | |||
corto y largo | |||
plazo según la | |||
capacidad |
20 Articulo 97 Constitución Política de la República
económica de los | |||
contribuyentes | |||
Promover | Alcalde municipal y | Octubre y noviembre | |
descuentos y | concejo | de 2016 | |
rebajas en la | |||
deuda a aquellos | |||
contribuyentes | |||
que realicen el | |||
pago inmediato | |||
después de | |||
recibida la | |||
notificación | |||
Designación xx | Xxxxxxx municipal y | Octubre y noviembre | |
personal que | concejo | de 2016 | |
notifique por | |||
sectores y fechas a | |||
los contribuyentes | |||
para que se | |||
acerquen a | |||
realizar los pagos | |||
a la municipalidad | |||
y que a través de | |||
un oficio circular | |||
firmen en | |||
constancia de | |||
recibida la | |||
notificación |
Aplicar los cortes | Alcalde municipal y | Octubre y noviembre | |
y suspensiones | concejo, director de | de 2016 | |
establecidos en el | servicios públicos y | ||
reglamento de | fontanero | ||
agua potable | |||
vigente en la | |||
municipalidad de | |||
San Xxxxxx | |||
Ixtlahuacán para | |||
aplicar el principio | |||
de legalidad | |||
Actualizar el | Secretario Municipal, | a partir del mes de | |
reglamento de | Oficina municipal de agua | noviembre de 2016 | |
agua potable | y saneamiento, Oficina de | ||
ajustándolo a la | servicios públicos | ||
realidad y | municipales y DAFIM | ||
contexto del | |||
municipio con | |||
tarifas factibles y | |||
accesibles para los | |||
contribuyentes | |||
manteniendo y | |||
mejorando un | |||
servicio de calidad |
00.00.00.00.00 Arrendamiento de locales 00.00.00.00.00 Puestos fijos | Establecer las razones del por qué hay contribuyentes que tienen un deuda a la fecha por encima de los Q.5, 000.00. Para lo que se deberá realizar visitas a los locales xxx xxxxxxx de la población así como de los mercados comunales para verificar si están en uso y contactar directamente a la persona que aparece registrada en el padrón de arbitrios. | Encargado de mercados, director de servicios públicos. | Octubre y noviembre de 2016 |
Enviar notificaciones acompañadas de un oficio circular en el que quede registro en la municipalidad de cuando se realizó la notificación de cobro para analizar los resultados que arroje la notificación en la disminución del porcentaje de morosidad de los arrendatarios y | Encargado de mercados, director de servicios público, encargado de tesorería , alcalde y concejo municipal | Octubre y noviembre 2016 |
poder tomar decisiones en el caso que los contribuyentes hagan caso omiso a las notificaciones | |||
Revisar lo establecido en la normativa legal relacionada a los arrendamientos de locales, todo lo relacionado a la cancelación de los contratos y/o cancelación del uso de los locales por el contribuyente en el caso de atraso en los pagos. | Director de servicios público, encargado de tesorería y Director XXXXX | Xxxxxxx y noviembre 2016 | |
12.2.60.16.02 Estacionamiento de Taxis 12.2.60.16.03 Estacionamiento de moto taxis | Enviar notificaciones de cobro a dueños de taxis y moto taxis para que relicen sus pagos y eviten acciones extremas que puedan ser causa de sanciones y/o multas tal y como lo establecen los reglamentos | Director de servicios público, encargado de tesorería , Director DAFIM y Juez de asuntos de municipales | Octubre y noviembre 2016 |
Cumplir con lo | Director de servicios | ||
establecido en los | público, encargado de | ||
reglamentos | tesorería , Director | ||
respecto a las | DAFIM y Juez de asuntos | ||
calcomanías y | de municipales | ||
además realizar | |||
actividades como: | |||
Si está al día | |||
llevar a la vista | |||
del vehículo una | |||
calcomanía donde | |||
indique que no es | |||
un contribuyente | |||
moroso | |||
Actualizar los | Director de servicios | ||
registros en el | público, encargado xx | ||
xxxxxx de | tesorería , Director | ||
contribuyentes y | XXXXX y Juez de asuntos | ||
verificar deudas | de municipales | ||
mayores a Q.6, | |||
000.00 y | |||
establecer si están | |||
en circulación y las | |||
causas por la alta | |||
deuda, para poder | |||
analizar la | |||
posibilidad de | |||
realizar convenios |
14.2.40.18.00 Extracción de ripio y basura | Realizar campañas de concientización para que la población vea la importancia que tiene el clasificar la basura y que esta no se tire e cualquier lugar y lograr de esta forma que los vecinos se acerquen a cancelar el servicio a la municipalidad logrado con ello que el municipio sea un municipio limpio y de esta forma cuidemos el ambiente. | Oficina de agua y saneamiento, Director de servicios públicos | Todos los meses del año |
Realizar convenios interinstitucionales para concientizar a las personas usuarios del servicios de extracción de basura cancelen su servicio pues no solo se benefician ellos como vecinos sino a la población en general de manera que manteniendo sus pagos al día permitirá que los camiones que recolectan la | Oficina de agua y saneamiento, Director de servicios públicos | Todos los meses del año |
basura de acuerdo a la establecido en el reglamento municipal puedan tener el mantenimiento correspondiente. Enviar notificación de cobro a los contribuyentes para que mantengan su pago al día y en coordinación con encargados de colectar la basura se tengan controles por sector de los que están al día y quienes no aplicar medidas de suspensión u otra alternativa para reducir la morosidad en este servicio |
6. ANEXOS
1) Ejemplo de convenio de pago
CONVENIO DE PAGO
En el municipio de , departamento de , el (día) de (mes) de dos mil , NOSOTROS: por una parte, (nombre) , de (edad) , (estado civil) , (profesión u oficio) , guatemalteco, de este domicilio, me identifico con el Código Único de Identificación –CUI– extendido por el Registro Nacional de Personas, con residencia en , señalo como lugar para recibir notificaciones , en adelante el deudor; por otra parte, (nombre) , de (edad) , (estado civil) , (profesión u oficio) , guatemalteco, de este domicilio, me identifico con el Código Único de Identificación –CUI– extendido por el Registro Nacional de Personas, con residencia en este municipio, señalo como lugar para recibir notificaciones la sede municipal, ubicada en , actúo en mi calidad xx xxxxxxx municipal de , departamento de , calidad que acredito con el acta de toma de posesión número , de fecha , asentada en el libro de de la municipalidad de y con acuerdo de adjudicación número , de fecha , extendido por el Presidente de la Junta Electoral del Departamento de _. Ambos comparecientes manifestamos ser de los datos de identificación consignados, encontrarnos en el libre ejercicio de nuestros derechos, que la representación que se ejercita es suficiente de conformidad con la ley y a nuestro juicio para celebrar el presente CONVENIO DE PAGO, contenido en las siguientes cláusulas: PRIMERA: El alcalde municipal manifiesta que el deudor tiene a la fecha un saldo pendiente de pago ante la municipalidad que representa, el cual asciende a un monto de quetzales (Q. ), en concepto de . SEGUNDA: El deudor manifiesta que se reconoce liso y llano deudor de la municipalidad de , departamento de , por la cantidad y concepto anteriormente descritos. TERCERA: Ambos comparecientes manifestamos que por este medio llegamos al siguiente acuerdo:
a) el deudor se compromete a pagar el monto adeudado en mensualidades de quetzales (Q. ), efectuando la primera el día del mes de _ del dos mil ; dichas cuotas se pagarán el día
de cada mes, en la Receptoría Municipal; b) si el deudor incumple con el pago de una de las mensualidades establecidas, el alcalde municipal puede acudir a la vía judicial para hacer efectivo el monto adeudado. CUARTA: Ambos comparecientes, también manifestamos nuestra conformidad con todas y cada una de las cláusulas de este convenio, así como haber leído íntegramente el contenido del presente documento, el cual ratificamos, aceptamos y firmamos.
FIRMA XXX XXXXXXX FIRMA DEL DEUDOR
2) Notificación de cobro
LOGOTIPO DE LA MUNICIPALIDAD
San Xxxxxx Xxxxxxxxxx, San Xxxxxx, xx del mes de octubre de 2016
Señor (a)
Nombre y Apellidos Dirección
Ciudad
Estimado (a) contribuyente:
Reciba un saludo de parte de su municipalidad. En esta ocasión, queremos informarle que a la fecha presenta atraso en el pago del servicio de agua potable por un moto de y de acuerdo a lo establecido en el reglamento de agua de esta municipalidad después de xx meses de no cancelar se le cobrara una multa de por lo que para evitarse este tipo de acción le agradeceremos proceder a hacer los pagos respectivos.
De acuerdo a los datos registrados en la municipalidad:
Tarjeta numero:
NIM:
Si usted ya realizó el pago en cuestión, agradeceremos hacer caso omiso a esta nota.
Para mayor información, contáctenos a los teléfonos 00000000, 00000000 o escríbanos al correo
electrónico .
Atentamente,